Oposiciones y concursos
II. Autoridades y personal
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Otras Administraciones Públicas
Xxxxxxxxxxx xx Xxx Xxxxxx xx Xxxx Xxxxxxx
0000 RESOLUCIÓN de 19 xx xxxxx de 2015, por la que se convoca, mediante concurso- oposición libre, un puesto de Oficial de Mantenimiento General para su desempeño mediante contrato temporal de relevo a tiempo parcial.
Vista la solicitud formulada por trabajador fijo de esta Universidad y de conformidad con lo establecido en el Acuerdo de 21 de julio de 2009, sobre aplicación en la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria de procesos de jubilaciones parciales vinculadas a la formaliza- ción de contratos de relevo para el Personal de Administración y Servicios Laboral, así como en la normativa de general aplicación, esta Gerencia, en uso de las atribuciones que tiene delegadas por Resolución del Rectorado de esta Universidad de fecha 6 xx xxxxx de 2012 (BOC de 18.6.12), ha resuelto convocar concurso oposición libre de acuerdo a las siguientes
BASES
Primera.- Objeto.
El objeto de la presente convocatoria es la selección, mediante concurso-oposición libre, de un Oficial de Mantenimiento General que prestará sus servicios, mediante contrato de re- levo a tiempo parcial, mientras permanezca el trabajador jubilado en situación de jubilación parcial.
Segunda.- Normas de aplicación.
2.1. Este procedimiento selectivo se regirá por lo dispuesto en estas bases y, en lo no previsto expresamente en las mismas, le serán de aplicación:
- La Ley 7/2007, de 12 xx xxxxx, del Estatuto Básico del Empleado Público.
- La Ley 30/1984, de 2 xx xxxxxx, de medidas para la Reforma de la Función Pública.
- La Ley Territorial 2/1987, de 30 xx xxxxx, de la Función Pública Canaria.
- La Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades.
- Los Estatutos de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria, aprobados por Decreto 30/2003, de 10 xx xxxxx.
- El Real Decreto 364/1995, de 10 xx xxxxx, por el que se aprueba el Reglamento Ge- neral de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de
Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración del Estado.
- La Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Pú- blicas y del Procedimiento Administrativo Común y restante normativa de general aplicación.
- El II Convenio Colectivo para el Personal Laboral de las Universidades Públicas Canarias.
2.2. La contratación que se formalice y la relación jurídica originada se regirá por la normativa citada en el apartado anterior, por lo previsto en el contrato de trabajo y, además, por lo establecido en:
- El II Convenio Colectivo para el Personal de Administración y Servicios Laboral de las Universidades Públicas Canarias.
- El Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 xx xxxxx, por el que se aprueba el texto re- fundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.
- El Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 xx xxxxx, por el que se aprueba el texto refun- dido de la Ley General de la Seguridad Social.
- El Real Decreto 1131/2002, de 31 de octubre, por el que se regula la Seguridad Social de los trabajadores contratados a tiempo parcial, así como la jubilación parcial.
- Ley 40/2007, de 4 de diciembre, de medidas en materia de Seguridad Social.
- Acuerdo de 21 de julio de 2009, sobre aplicación en la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria de procesos de jubilaciones parciales vinculadas a la formalización de contra- tos de relevo para el Personal de Administración y Servicios Laboral.
- Real Decreto-Ley 8/2010, de 20 xx xxxx, por el que se adoptan medidas extraordina- rias para la reducción del déficit público.
- Ley 27/2011, de 1 xx xxxxxx, sobre actualización, adecuación y modernización del sis- tema de Seguridad Social.
- Real Decreto-Ley 29/2012, de 28 de diciembre, de mejora de gestión y protección so- cial en el Sistema Especial para Empleados de Hogar y otras medidas de carácter económico y social.
- Real Decreto-Ley 5/2013, de 15 xx xxxxx, de medidas para favorecer la continuidad de la vida laboral de los trabajadores de mayor edad y promover el envejecimiento activo.
Quien supere el proceso selectivo estará sometido al régimen de incompatibilidades es- tablecido en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del personal al ser- vicio de las Administraciones Públicas (BOE de 4.1.85), y Real Decreto 598/1985, de 30 xx
xxxxx, sobre Incompatibilidades del personal al servicio de la Administración del Estado, de la Seguridad Social y de los Entes, Organismos y Empresas dependientes (BOE de 4.5.85).
Tercera.- Características.
El puesto que se convoca pertenece al grupo profesional “Oficial” especialidad “Man- tenimiento General”, nivel retributivo 4, a tenor de lo establecido en el vigente Convenio Colectivo. Las funciones son las siguientes:
a) Colaborar en el mantenimiento preventivo básico de las Instalaciones y Equipos que se le encomienden.
b) Colaborar en la realización de trabajos técnicos de reparación de instalaciones y equi- pos que se le encomienden.
c) Reparaciones de pequeñas roturas y xxxxxxx.
d) Montajes de muebles en general y de mecanismos y piezas relacionadas con el oficio.
e) Colaborar en la realización de tareas de mantenimiento básico de las máquinas y he- rramientas necesarias para su trabajo.
f) Colaborar con el transporte del material, útiles y herramientas necesarios para la rea- lización de su trabajo.
g) Aquellas otras tareas que por necesidades del servicio le sean encomendadas, siempre y cuando estas no supongan la realización de cometidos específicos correspondientes a otros grupos o especialidades.
Cuarta.- Requisitos de los aspirantes.
Para ser admitido al proceso selectivo, será necesario reunir los siguientes requisitos ge- nerales, que deberán cumplirse el día que finalice el plazo de presentación de solicitudes ex- cepto el apartado 4.6 que deberá cumplirse en el momento de la formalización del contrato:
4.1. Tener la nacionalidad española. También podrán participar:
a) Los nacionales de los Estados miembros de la Unión Europea.
b) El cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, cualquiera que sea su nacionalidad siempre que no estén separados de dere- cho. Asimismo con las mismas condiciones, podrán participar los descendientes menores de veintiún años o mayores de dicha edad que sean dependientes.
c) Las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales ce- lebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.
d) Igualmente podrán participar los extranjeros que se encuentren legalmente en España, y estén habilitados para residir y para poder acceder sin limitaciones al mercado laboral.
Los aspirantes no residentes en España incluidos en el apartado b), así como los extran- jeros incluidos en los apartados c) y d), deberán acompañar a su solicitud, documento que acredite las condiciones que se alegan.
La acreditación de la nacionalidad y demás requisitos exigidos en la convocatoria se reali- zarán por medio de los documentos correspondientes, certificados por las autoridades compe- tentes de su país de origen y traducidos al español, que será la lengua oficial en la que tendrá lugar el desarrollo del concurso y cuyo conocimiento será exigible a todos los participantes.
Los aspirantes que no posean la nacionalidad española y procedan de países cuya lengua oficial no sea el español, deberán acreditar un conocimiento adecuado xxx xxxxxxxxxx me- diante la presentación de Diplomas de español como lengua extranjera (DELE) nivel C1 o C2, o equivalentes, expedido conforme a lo establecido en el Real Decreto 1137/2002, de 31 de octubre, por el que se regulan los diplomas de español como lengua extranjera (DELE).
4.2. Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad de jubilación ordinaria.
4.3. Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
4.4. No haber sido separado, mediante expediente disciplinario del servicio del Estado, en cualquiera de sus esferas de la Administración Institucional, Local o Autonómica, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas. Los aspirantes cuya nacio- nalidad no sea la española deberán acreditar igualmente no estar sometidos a sanción disci- plinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.
4.5. Estar en posesión del título de enseñanza secundaria obligatoria o titulación equiva- lente en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes.
4.6. Encontrarse inscrito en el Servicio Xxxxxxx xx Xxxxxx como desempleado en el mo- mento de suscribir el correspondiente contrato de relevo.
Quinta.- Solicitudes.
5.1. Forma:
Quienes deseen tomar parte en el proceso selectivo, deberán presentar solicitud, que fi- gura como Anexo 2 de la presente Resolución, o bien puede ser descargada de la página web de la Universidad, en el siguiente enlace: xxxx://xxx.xxxxx.xx/xxxxx.xxx?xxxxxxxxxxxxxxxx ionpas&ver=personallaboraltemporal y a la que se deberá acompañar:
5.1.1. Fotocopia del Documento Nacional de Identidad o Pasaporte en vigor, debiendo aportar, los solicitantes que no posean la nacionalidad española, documentación acreditativa de que reúnen los requisitos previstos en la base 4.1.b) y 4.1.c).
5.1.2. Fotocopia del documento acreditativo del cumplimiento del requisito establecido en la base 4.5, debidamente compulsado.
5.2. Xxxxxx a quien se dirigen:
Las solicitudes se dirigirán al Sr. Gerente de la Universidad de Las Palmas de Gran Ca- naria y se presentarán en el Registro General de la Universidad sito en el Edificio de los Ser- vicios Administrativos de la Universidad (Camino Real de San Xxxxx, nº 1, de Las Palmas de Gran Canaria), o según lo establecido en el artículo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.
Presentación telemática: Si dispone de un certificado digital puede presentar la solicitud a través de la Sede Electrónica de esta Universidad (xxxxx://xxxx.xxxxx.xx). Deberá acceder por el Registro electrónico al procedimiento denominado “Solicitud Genérica”, identificándose con el certificado digital. Tendrá que realizar las siguientes acciones:
1. Cumplimentar un formulario donde se indicarán los siguientes datos:
- Tipo de documento: Solicitud.
- Asunto: Proceso selectivo relevo mantenimiento.
- Unidad u órgano al que va dirigido: Subdirección de Personal de Administración y Servicios.
2. Incorporar la documentación que se especifica en el apartado 5.1 de esta base. Los documentos se adjuntarán en formato PDF. Los documentos escaneados deberán utilizar una resolución máxima de impresión de 200 dpi (puntos por pulgada).
Para más información puede seguir las indicaciones de la guía de uso disponible en la siguiente página web:
xxxx://x-xxxxxxxxxxxxxx.xxxxx.xx/xxx_xxxx
En caso de problemas o dudas relativos al uso de la Sede Electrónica, los interesados pueden contactar con la Oficina Técnica de la Administración Electrónica de la ULPGC, a través del correo electrónico “xxxx@xxxxx.xx”.
5.3. Plazo de presentación:
El plazo de presentación de solicitudes será de veinte (20) días naturales, contados a partir del siguiente a la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de Canarias.
5.4. Derechos de examen:
Los participantes en este proceso selectivo estarán exentos del pago de derechos de examen.
5.5. Defectos en las solicitudes:
Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio, o a petición del interesado.
Sexta.- Admisión de aspirantes.
6.1. Expirado el plazo de presentación de solicitudes, la Gerencia de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria dictará Resolución en el plazo máximo de un mes, por la que se hará pública la relación provisional de admitidos y excluidos. En la relación de los aspiran- tes excluidos, se indicarán las causas de la exclusión. Además recogerá el lugar, fecha y hora de comienzo de los ejercicios, que no podrán celebrarse antes de que transcurran 10 días desde su publicación. En la relación deberán constar, en todo caso, los apellidos, nombre y número del Documento Nacional de Identidad o pasaporte.
La relación de admitidos y excluidos aprobada en dicha Resolución se publicará conjun- tamente en los tablones de anuncios del edificio de los Servicios Administrativos (Camino Real de San Xxxxx, nº 1, de Las Palmas de Gran Canaria), así como en la página web seña- lada en la base 5.1.
6.2. Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo xx xxxx días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la Resolución indicada en el párrafo anterior, para poder subsanar el defecto que haya motivado la exclusión, o su omisión de las relaciones de admitidos y excluidos. Los aspirantes que dentro del plazo señalado no subsanen el motivo de la exclusión, serán definitivamente excluidos de la realización de las pruebas.
6.3. Transcurrido el plazo de reclamaciones contra la relación provisional de admitidos y excluidos, se aprobará la relación definitiva, haciéndose pública en los medios de difusión anteriores.
Séptima.- Tribunal Calificador.
7.1. Composición:
Tribunal Titular:
Presidente: D. Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx. Vocales:
1. X. Xxxxxxx Xxxx Xxxxx.
2. X. Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxx.
3. D. Xxxx Xxxx Xxxxxxx Xxxxxxx.
4. X. Xxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx.
Secretario: D. Xxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx. Tribunal Suplente:
Presidente/a: D. Xxxx Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx.
Vocales:
1. X. Xxxxxx Xxxx Xxxxx.
2. X. Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxx.
3. X. Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx.
4. X. Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxx.
Secretaria: Dña. Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxx.
7.2. Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al Xxxxx- te de la Universidad, cuando concurran en ellos las circunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando estimen que concurren las circunstancias previstas en el artículo 29 de la citada Ley.
7.3. Con anterioridad al inicio del proceso selectivo, la autoridad convocante publicará en los tablones de anuncios del Edificio de los Servicios Administrativos (Camino Real de San Xxxxx, nº 1, de Las Palmas de Gran Canaria), así como en la página web señalada en la base 5.1, Resolución por la que se nombre a los nuevos miembros del Tribunal, que hayan de sus- tituir a los que hayan perdido su condición por alguna de las causas previstas en la base 7.2.
7.4. Previa convocatoria del Presidente, se constituirá el Tribunal, con asistencia del Pre- sidente, del Secretario y de la mitad, al menos, de sus miembros, titulares o suplentes. En dicha sesión, el Tribunal acordará todas las decisiones que le correspondan en orden al co- rrecto desarrollo del proceso selectivo.
7.5. El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo momento a lo dis- puesto en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
7.6. El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas para las pruebas correspondientes de los ejercicios que estimen pertinentes, limitándose di- chos asesores a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas. La designación de tales asesores corresponderá al Gerente de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria, a propuesta del Tribunal Calificador.
7.7. El Tribunal Calificador adoptará las medidas oportunas para garantizar que los ejer- cicios sean corregidos sin que se conozca la identidad de los aspirantes.
El Tribunal excluirá a aquellos candidatos en cuyos ejercicios figuren marcas o signos que permitan conocer la identidad del opositor.
7.8. A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal Calificador tendrá su sede en el edificio de los Servicios Administrativos de esta Universidad (Camino Real de San Xxxxx, nº 1, de Las Palmas de Gran Canaria), correo electrónico: xxx_xxx@xxxxx.xx.
7.9. De conformidad con lo establecido en el Acuerdo del Gobierno de Canarias de 22 de octubre de 2010, relativo a las medidas extraordinarias para la reducción del gasto en la acti- vidad administrativa y la gestión de los recursos humanos (BOC nº 216, de 3.11.10), las reu- niones de la Comisión de Valoración se celebrarán dentro de la jornada de trabajo, por lo que no se abonarán indemnizaciones por razón del servicio. En el supuesto de que, por circuns- tancias extraordinarias debidamente justificadas y autorizadas previamente por la Gerencia, debieran celebrase sesiones fuera de la jornada de trabajo, el tiempo dedicado a las mismas será compensado con descansos en la forma establecida en la Instrucción 1/2007 sobre per- misos, licencias, vacaciones, jornadas y horario del personal de administración y servicios.
7.10. En ningún caso, el Tribunal Calificador podrá aprobar ni declarar que ha superado el proceso selectivo un número de aspirantes superior al de las plazas convocadas. Cualquier propuesta de aprobados que contravenga lo establecido, será nula de pleno derecho.
Octava.- Desarrollo del proceso selectivo.
8.1. El orden de actuación de los aspirantes se iniciará alfabéticamente por aquel cuyo primer apellido comience por la letra “J” de conformidad con lo establecido en la Resolu- ción de la Secretaría de Estado para la Función Pública, de 5 de febrero de 2015 (BOE nº 36, de 11 de febrero).
8.2. En cualquier momento del proceso selectivo los aspirantes podrán ser requeridos por los miembros del Tribunal, con la finalidad de acreditar su personalidad.
8.3. Convocatoria del primer ejercicio: los aspirantes serán convocados para la realización del primer ejercicio en único llamamiento, con al menos cuarenta y ocho horas de antelación, mediante anuncio que se hará público en los tablones de anuncios del edificio de los Servicios Administrativos (Camino Real de San Xxxxx, nº 1, de Las Palmas de Gran Canaria), así como en la página web señalada en la base 5.1, siendo, en todo caso, excluidos de la oposición quie- nes no comparezcan al mismo, dado el carácter de unidad de acto de la convocatoria, salvo en los casos de fuerza mayor debidamente justificados y apreciados por el Tribunal.
8.4. Sucesivos anuncios de convocatoria para la realización de ejercicios: desde la con- clusión de un ejercicio hasta el comienzo del siguiente deberá transcurrir un plazo mínimo de setenta y dos horas y máximo de cuarenta y cinco días naturales. Una vez iniciado el proceso selectivo, la publicación de los sucesivos anuncios de celebración de los restantes ejercicios se efectuará por el Tribunal Calificador en los locales donde se haya celebrado el primer ejercicio, así como en el tablón de anuncios del Edificio de Servicios Administrati- vos de la ULPGC (Camino Real de San Xxxxx, nº 1, de Las Palmas de Gran Canaria), así como en la página web señalada en la base 5.1, y por cualesquiera otros medios si se juzga conveniente para facilitar su máxima divulgación, con cuarenta y ocho horas, al menos, de antelación a la señalada para la iniciación de los mismos.
8.5. Los aspirantes dispondrán de un plazo de tres días hábiles, a partir del siguiente a la finalización de cada ejercicio, para plantear reclamaciones contra las preguntas formuladas. Dichas reclamaciones deberán dirigirse, debidamente documentadas, al Tribunal. Asimismo dispondrán de un plazo de tres días hábiles, a partir de la publicación de la calificación de cada ejercicio, para solicitar la revisión de su ejercicio ante el Tribunal.
8.6. Si en cualquier momento del procedimiento de selección, llegase a conocimiento del Tribunal que alguno de los aspirantes carece de los requisitos exigidos en la convocatoria, previa audiencia del interesado, deberá proponer su exclusión a la Gerencia de la Universi- dad, comunicándole, asimismo, la inexactitud o falsedades formuladas por el aspirante en la solicitud de admisión al proceso selectivo, a los efectos procedentes.
Novena.- Sistema selectivo.
La selección de aspirantes se realizará mediante el sistema de concurso-oposición.
9.1. Fase de oposición.
Constará de dos ejercicios. Los ejercicios serán eliminatorios.
1er Ejercicio: de carácter teórico. Consistirá en contestar a un cuestionario compuesto por un máximo de 50 preguntas con respuestas alternativas siendo correcta solo una de ellas, relativas al temario que figura como Anexo 1 a esta Resolución, aplicando una distribución homogénea sobre el mismo. Todas las preguntas tendrán idéntico valor. El tribunal esta- blecerá el valor negativo de las respuestas incorrectas, no pudiendo ser mayor del 25% del valor de la respuesta correcta, este acuerdo se dará a conocer a los aspirantes en el acto de celebración del ejercicio y con anterioridad a su inicio.
El ejercicio se calificará de 0 a 10 puntos, tendrá carácter eliminatorio y será superado por los 50 aspirantes que obtengan mayor puntuación, siempre que, como mínimo, hayan alcanzado el 50% de la media aritmética de las calificaciones de todos los aspirantes pre- sentados, desechadas la máxima y la mínima. En el supuesto de existir varios aspirantes con igual puntuación que pudieran ocupar el último lugar del referido cupo, el mismo será ampliado incluyéndolos a todos ellos.
Este ejercicio será corregido sin que se conozca la identidad de los aspirantes, por lo que el Tribunal excluirá a aquellos aspirantes en cuyos ejercicios figuren marcas o signos que permitan conocer su identidad.
2º Ejercicio: de carácter práctico dirigido a apreciar la capacidad para desarrollar las fun- ciones propias del puesto convocado. Consistirá en varios supuestos prácticos de temáticas distintas, relativos al contenido del temario que figura como Anexo 1 a esta Resolución y a las materias relacionadas con las funciones asignadas al puesto de trabajo que se especifican en la base tercera de esta convocatoria. De su resultado quedará constancia por escrito.
El ejercicio se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 5 pun- tos para superar el ejercicio.
La puntuación final de la fase de oposición vendrá dada por la media aritmética de las puntuaciones obtenidas en los dos ejercicios de esta fase.
9.2. Fase de concurso.
Finalizada la fase de oposición tendrá lugar la fase de concurso. Tan solo participarán en esta fase aquellos aspirantes que hayan superado la fase de oposición.
En ningún caso, los puntos obtenidos en esta fase podrán ser computados para superar los ejercicios que se hayan realizado en la fase de oposición.
En esta fase se valorarán los méritos acreditados por los aspirantes de conformidad con el baremo que se señala a continuación.
A partir del día siguiente de ser publicada la relación de aspirantes que han superado la fase de oposición, se procederá a la apertura de un plazo xx xxxx días hábiles, para que los opositores aporten justificación documental de todos y cada uno de sus méritos a efectos de valoración en la fase de concurso.
Los documentos se presentarán en fotocopia simple, pudiendo ser requerido el opositor, en cualquier momento, si se considera oportuno, para la comprobación de los documentos por el Tribunal Calificador.
En todo caso, los opositores que obtengan las plazas deberán compulsar los documentos en el momento de la formalización del contrato.
Finalizado este plazo el Tribunal valorará y hará pública la lista provisional de la fase de concurso, estableciéndose un nuevo plazo xx xxxx días hábiles para interponer reclamacio- nes a la valoración de esta fase.
A los efectos de valoración de los méritos en la fase de concurso, si los aspirantes van a acreditar periodos de trabajo prestado en cualquier administración pública deberán presentar certificación, expedida por el órgano competente en materia de personal de la Administración en que el interesado haya prestado o preste sus servicios, acreditativa de su antigüedad y de los puestos de trabajo desempeñados a lo largo de su vida profe- sional, indicando los períodos de permanencia en el puesto de trabajo, así como cuanta documentación estime oportuno para la mejor valoración de los méritos señalados en el baremo de esta convocatoria.
Para la valoración de los méritos alegados, el Tribunal tomará como fecha límite para su cómputo, la de finalización del plazo de presentación de las solicitudes de participación en el presente proceso selectivo.
El baremo aplicable para la valoración de esta fase se desglosa en los siguientes apartados:
1. Servicios prestados como Oficial de Mantenimiento General en las Universidades Pú- blicas Canarias: los servicios prestados en Puestos de Trabajo de igual grupo y especialidad en las Universidades Públicas Canarias, se valorarán a razón de 0,08 puntos por año de ser- vicio, hasta un máximo de 10 años. La fracción de año superior a seis meses se considerará como un año completo.
2. Servicios prestados como Oficial de Mantenimiento General en las Administraciones Públicas: los servicios prestados en las Administraciones Públicas se valorarán a razón de 0,07 puntos por cada año de servicio, hasta un máximo de 10 años. La fracción de año supe- rior a seis meses se considerará como un año completo.
3. Servicios prestados como Oficial de Mantenimiento General en otras empresas: se va- lorarán a razón de 0,04 puntos por año de servicio hasta un máximo de 10 años. La fracción de año superior a seis meses se considerará como un año completo. Este mérito se acreditará con la presentación de una copia del contrato donde conste la categoría laboral, así como una certificación de vida laboral expedida por la Seguridad Social para acreditar los periodos de tiempo cotizados en dicha empresa.
4. Residencia en Canarias: se valorará con 0,4 puntos la residencia del opositor en Cana- rias por períodos temporales, siendo los tramos siguientes:
3 años: 0,1 punto.
4 años: 0,2 puntos.
5 años: 0,3 puntos.
6 o más años: 0,4 puntos.
La fracción de año superior a seis meses se considerará como año completo. La acredita- ción de estos extremos se deberá hacer mediante certificación del Ayuntamiento correspon- diente, en el que conste la inscripción en el Padrón Municipal de habitantes.
5. Cursos de Formación: se valorarán los cursos recibidos relacionados con las funciones ci- tadas en la base tercera de la presente convocatoria impartidos por organismos oficiales, o acre- ditados por los mismos, hasta un máximo de 0,4 puntos, valorándose de la siguiente manera:
Hasta 40 horas: 0,1 punto.
De 41 a 100 horas: 0,2 puntos.
De 101 a 300 horas: 0,3 puntos.
De 300 horas en adelante: 0,4 puntos.
9.3. Calificación final.
La calificación final del proceso selectivo vendrá dada por la suma de las puntuaciones obtenidas en ambas fases (concurso y oposición), no pudiendo resultar aprobados, tras la suma de ellas, un número mayor de personas que el total de plazas convocadas.
Para superar el proceso selectivo y obtener alguna de las plazas convocadas será nece- sario superar el ejercicio de la fase de oposición y encontrarse, una vez sumadas las pun- tuaciones de la fase de concurso, en un número de orden no superior al número de plazas convocadas.
En caso de igualdad en la puntuación total, una vez sumadas la fase de concurso y opo- sición, se dará prioridad al aspirante con:
a) Mayor puntuación en la fase de oposición.
b) Mayor puntuación en la valoración de los méritos de la fase de concurso que aparezca enunciado en primer lugar y así sucesivamente de persistir la igualdad. Si una vez aplicadas estas reglas no se ha dirimido el empate, este se resolverá finalmente por sorteo entre los aspirantes elegidos.
Décima.- Propuesta de opositores que han superado el proceso selectivo.
10.1. Terminada la calificación de aspirantes, el Tribunal hará pública en el lugar o luga- res de celebración del último ejercicio, así como en la sede del Tribunal y en aquellos otros que estime oportuno, la identidad del aspirante que ha superado el proceso selectivo, con in- dicación de su Documento Nacional de Identidad, no pudiendo declarar que lo ha superado un número superior al de plazas convocadas.
10.2. El Presidente del Tribunal elevará a la Gerencia de la Universidad, la propuesta de aprobados para su contratación como personal laboral de relevo de carácter temporal y a tiempo parcial.
Décimo primera.- Presentación de documentación.
En el plazo xx xxxx días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de la identidad del aspirante propuesto que ha superado el proceso selectivo, este deberá presentar la siguiente documentación:
- Documento acreditativo de encontrarse inscrito en el Servicio Xxxxxxx xx Xxxxxx como desempleado.
- Certificación médico-oficial de no padecer enfermedad ni defecto físico o psíquico para el desempeño de funciones públicas.
- Declaración jurada de no haber sido separado de la Administración del Estado, Ins- titucional o Local, ni de la Administración de las Comunidades Autónomas, en virtud de expediente disciplinario y no hallarse inhabilitado para el ejercicio de la función pública.
- Los aspirantes extranjeros que no residan en España deberán presentar fotocopia compulsada del resguardo de haber solicitado la tarjeta de residencia comunitaria, en el caso de que no la hubiesen tenido que aportar en el momento de presentar la solicitud de participación.
Quien dentro del plazo fijado, y salvo causas de fuerza mayor, no presentare la docu- mentación, o del examen de la misma se dedujera que carece de alguno de los requisitos señalados en la base 4, no podrá ser contratado, y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubiere incurrido por falsedad en la solicitud inicial.
Una vez cumplidos los requisitos establecidos en la presente base, vista la propuesta del Tribunal, la Gerencia de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria dictará Resolución en la que se hará pública la identidad de los aspirantes que han superado el proceso selectivo. Esta Resolución se hará pública en la sede del Tribunal Calificador indicada en la base 7.8.
Décimo segunda.- Formalización y características del contrato.
Una vez aprobada la Resolución correspondiente, la adjudicación del puesto y la formali- zación del contrato quedarán condicionadas a que el trabajador a sustituir solicite y obtenga efectivamente la jubilación parcial.
El contrato que se suscriba se ajustará a la modalidad de relevo y tendrá efectividad desde el día inmediatamente posterior a la fecha en que se inicie la jubilación parcial del trabaja- dor sustituido. Tendrá carácter temporal con una duración igual a la del tiempo que falte al trabajador sustituido para alcanzar la edad de jubilación ordinaria. Se extinguirá al cumplir el trabajador sustituido la edad de jubilación ordinaria.
El contrato se celebrará a tiempo parcial, la duración de la jornada será igual a la reduc- ción de jornada acordada por el trabajador sustituido.
El puesto de trabajo del trabajador relevista será de oficial de mantenimiento general adscrito el Servicio de Obras e Instalaciones.
Décimo tercera.- Bolsa de trabajo.
Se formará una lista de reserva con los aspirantes que, habiendo superado la fase de oposición, no obtengan la puntuación suficiente para la contratación que ha sido convocada.
El Tribunal calificador elaborará la propuesta de lista de reserva estableciendo el orden de prelación de los aspirantes según la puntuación obtenida en los ejercicios superados, tal como señala la base novena, apartado 9.3, de la presente convocatoria.
Esta bolsa se utilizará en el supuesto de que el trabajador inicialmente seleccionado no pudiese suscribir el contrato, por cualquier circunstancia, así como en el supuesto de que su contrato se extinga antes de alcanzar la duración indicada en el segundo párrafo de la base anterior.
La vigencia de esta bolsa de trabajo será hasta que el trabajador sustituido alcance la edad de jubilación ordinaria, o bien hasta la elaboración de una nueva lista derivada de la cele- bración del siguiente concurso-oposición libre para la provisión de puestos de igual grupo y especialidad o igual encuadramiento profesional que establezca el Convenio Colectivo en cada momento, si esta se produjera con anterioridad.
Décimo cuarta.- Norma final.
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día si- guiente de su publicación, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo a tenor de lo regulado en el artículo 10.1.a), en relación con el artículo 14.2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa; o bien, interponer en vía administrativa recurso potestativo de reposición ante el Gerente de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria, en el plazo de un mes a contar del día siguiente a que tenga lugar su publicación en los términos previstos en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Las Palmas de Gran Canaria, a 19 xx xxxxx de 2015.- El Gerente, Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxx.
A N E X O 1
TEMARIO DE OFICIAL DE MANTENIMIENTO GENERAL (L4)
Tema 1. Fontanería. Técnicas básicas. Herramientas y materiales. Circuito de una insta- lación de agua de una vivienda.
Tema 2. Electricidad. Nociones Generales. Corriente alterna y corriente continua. Xxx xx Xxx. Efectos de la corriente. Aparatos de medida. Protecciones en los circuitos eléctricos. Esquema básico de un circuito eléctrico en una vivienda. Conductores y aislantes. Motores de CC y CA monofásico y trifásicos.
Tema 3. Redes informáticas y telefonía. Sistemas de intercomunicación. Conocimientos básicos.
Tema 4. Motores. Grupos electrógenos. Tipos y características.
Tema 5. Albañilería: Conceptos generales. Útiles y Herramientas. Materiales: usos y ca- racterísticas. Pequeñas reparaciones.
Tema 6. Carpintería: Reparaciones. Herramientas. Elementos de fijación y herraje. Tema 7. Aire acondicionado centralizado. Componentes de los sistemas de aire acon-
dicionado: unidades de tratamiento de aire, ventiladores, bombas, xxxxxx de refrigeración.
Intercambiadores.
Tema 8. Los refrigerantes. Usos y cualidades.
Tema 9. Frío industrial: elementos fundamentales de las instalaciones frigoríficas: acce- sorios, controles e instrumentación de los circuitos frigoríficos. Aislamiento térmico, tube- rías y valvulería.
Tema 10. Instalaciones de agua caliente sanitaria (ACS): El agua y su calentamiento. Tratamientos. Elementos de regulación, control y seguridad. Principios fundamentales para la instalación de ACS.
Tema 11. La soldadura: Técnicas, tipos y materiales.
Tema 12. Reglamento de instalaciones de protección contra incendios. Planes de emer- gencia contra incendios: Obligatoriedad, clasificación de las emergencias. Acciones, equi- pos de autoprotección, medios de protección y extinción.
Tema 13. Normativa Básica sobre Prevención de Riesgos Laborales: Objeto, ámbito, definiciones. Derechos y obligaciones. Señalizaciones de seguridad y salud en el trabajo.
Tema 14. Los Estatutos de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria, aprobados por Decreto 30/2003, de 10 xx xxxxx (BOC de 24 xx xxxxx de 2003).
Título I, sección I, artículos del 8 al 12. Título II, sección II, artículos del 63 al 65. Título II, sección VI, artículos 81 al 92.
Título II, sección VII, artículos 93 al 101. Título II, sección VIII, artículos 102 al 111.
Tema 15. II Convenio Colectivo para el Personal Laboral de Administración y Servicios de las Universidades Públicas Canarias (BOC de 18 de noviembre de 2013).
Título IV, Organización del Trabajo. Título V, Clasificación Profesional.
Título VI, Provisión de vacantes, contratación e ingresos. Título VII, Jornada y Horario de Trabajo.
Título XI, Régimen Disciplinario.
Tema 16. Atención al público. Derechos de los ciudadanos en sus relaciones con la Ad- ministración: Artículo 35 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (BOE de 27), de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
ANEXO 2
SOLICITUD DE ADMISIÓN AL PROCESO SELECTIVO, MEDIANTE CONCURSO- OPOSICIÓN LIBRE, DE UN OFICIAL DE MANTENIMIENTO GENERAL PARA SU CONTRATACIÓN TEMPORAL EN LA MODALIDAD DE RELEVO A TIEMPO PARCIAL
1.- CONVOCATORIA
Resolución del Gerente de fecha ---- /-----/ 2015 | FORMA DE ACCESO: CONCURSO-OPOSICIÓN LIBRE |
Minusvalía Especificar el % | En caso de minusvalía o discapacidad, adaptación que se solicita y motivo de la misma |
2.- DATOS PERSONALES
D.N.I | Primer Apellido | Segundo Apellido | Nombre | |
Fecha nacimiento dd/mm/aaaa | Sexo Varón Mujer | Provincia de nacimiento | Localidad de nacimiento | |
Teléfono (con prefijo) | Domicilio: xxxxx x xxxxx x xxxxxx | Xxxxxx Xxxxxx | ||
Teléfono móvil | ||||
Domicilio: Municipio | Domicilio: Provincia | Domicilio: Nación |
3.- DOCUMENTACIÓN QUE ADJUNTA A LA SOLICITUD
El abajo firmante solicita ser admitido a las pruebas selectivas a que se refiere la presente instancia y declara que son ciertos los datos consignados en ella, que reúne las condiciones exigidas en la legislación para el acceso al empleo público y las especialmente señaladas en la convocatoria anteriormente citada, así como que las copias de los documentos que presento concuerdan con su original, comprometiéndose a probar documentalmente los datos que figuran en esta solicitud, decayendo de mis derechos de participación en el proceso en caso de no así hacerlo.
Las Palmas de Gran Canaria a ....... de de 2015.
(Firma)
Sus datos personales quedan sometidos a las medidas de protección previstas en la Ley Orgánica 15/1999, de Protección de Datos de Carácter Personal. Le comunicamos que podrá ejercer los derechos de acceso, rectificación y cancelación de sus datos, dirigiendo un escrito al Rector de esta Universidad, adjuntando copia de documento que acredite su identidad. Con igual sometimiento a dichas medidas de protección, sus datos pueden ser cedidos a otras Administraciones Públicas para los fines previstos en la Ley. Si usted no está conforme con dicha cesión, ponga una X en el siguiente recuadro:
XX. XXXXXXX XX XX XXXXXXXXXXX XX XXX XXXXXX XX XXXX XXXXXXX.