Contract
PLIEGO DE CLÁUSULAS ECONÓMICO-ADMINISTRATIVAS QUE HABRÁ DE REGIR LA LICITACIÓN, MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO, PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE LIMPIEZA DEL IMH.
1 OBJETO DEL CONTRATO
El objeto del contrato será la prestación de los servicios de limpieza de las instalaciones propiedad de la FUNDACIÓN PARA LA FORMACIÓN TÉCNICA EN MÁQUINA-HERRAMIENTA, concretamente de los espacios indicados en el Anexo II que acompaña al presente pliego.
La empresa quedará obligada al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia de legislación laboral, entre ellas a la obligación de subrogación (señalada en la Cláusula 13ª sobre B “propuesta técnica”, apartado 2) “Recursos Humanos”, del presente Pliego), de seguridad social y de seguridad e higiene en el trabajo. El incumplimiento de estas obligaciones por el contratista no implicará responsabilidad alguna para FUNDACIÓN PARA LA FORMACIÓN TÉCNICA EN MÁQUINA-HERRAMIENTA.
A tales efectos, se acompaña como Anexo I, la información sobre las condiciones de los contratos de los trabajadores a los que afecta la subrogación y, concretamente, la información necesaria para permitir la evaluación de los costes laborales que implique tal medida.
Junto con la realización del servicio de limpieza de este contrato y como parte del objeto del mismo, FUNDACIÓN PARA LA FORMACIÓN TÉCNICA EN MÁQUINA-HERRAMIENTA persigue la promoción de la estabilidad laboral y la seguridad en el trabajo.
2 ENTIDAD CONTRATANTE Y ÓRGANO DE CONTRATACIÓN
La entidad contratante es la FUNDACIÓN PARA LA FORMACIÓN TÉCNICA EN MÁQUINA-HERRAMIENTA (en adelante, FFTMH).
El Órgano de Contratación es el Director Gerente de la FFTMH.
3 PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN
El contrato se adjudicará, mediante procedimiento abierto, al licitador que presente la oferta económicamente más ventajosa, de acuerdo con los criterios de valoración previstos en el presente Pliego.
4 VARIANTES
No se admiten.
5 DOCUMENTACIÓN CONTRACTUAL
Tendrán carácter contractual, además del correspondiente contrato que se formalice tras la adjudicación, el presente Pliego de Cláusulas Económico- Administrativas, el Pliego de Prescripciones Técnicas y la oferta que presente la empresa adjudicataria.
Dichos documentos habrán de ser firmados por el adjudicatario en prueba de conformidad con los mismos, en el acto de formalización del contrato.
6 PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO Y LUGAR DE ENTREGA
El plazo de duración del contrato será de dos años a partir de la fecha de la formalización del contrato, quedando obligado el contratista al cumplimiento del contrato y de los Pliegos que rigen el mismo durante su vigencia.
7 PRESUPUESTO MÁXIMO DE LICITACIÓN Y VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO
El presupuesto máximo anual de licitación es de CUARENTA Y TRES MIL OCHOCIENTOS CUARENTA EUROS (43.840 euros), IVA excluido.
Dicho presupuesto podrá ser mejorado a la baja por los licitadores en sus ofertas.
Se entenderán comprendidos en el precio máximo anual ofertado por el licitador cualesquiera conceptos inherentes a la prestación de los servicios y todos los gastos relativos al personal (a saber, salarios y Seguridad Social, vacaciones y pagas extraordinarias, sustituciones por baja o enfermedad, seguros de accidentes individuales, etc.), así como todos los tributos (IVA excluido) que ocasionen los mismos, restantes seguros, licencias, autorizaciones y cualesquiera otros gastos generales.
Estarán asimismo incluidos en el precio máximo anual ofertado por el licitador cualesquiera medios, vehículos, equipos, maquinaria, instrumentos, aparatos, útiles y productos de limpieza que requiera emplear la empresa en la prestación de los servicios, así como la colocación de productos higiénicos (papel higiénico doméstico e industrial, productos de limpieza de manos, papel seca manos, etc.).
No queda incluida en esta licitación el suministro de los productos higiénicos ni la limpieza xx xxxxxxxxx exteriores.
Los gastos de consumo de agua y electricidad serán de cuenta de FFTMH.
Los licitadores deberán indicar como partida independiente el IVA que deba soportar FFTMH.
El valor estimado total del contrato, a los efectos de lo previsto en el artículo 88 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (en adelante, TRLCSP), es de OCHENTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS OCHENTA
EUROS (87.680) euros, IVA excluido.
Dicho valor estimado ha sido calculado conforme a lo dispuesto en el artículo 88.5.a) de TRLCSP, esto es, atendiendo al valor real de los contratos similares adjudicados durante lo doce meses previos, y computado por todo el tiempo de posible duración del contrato, es decir, dos años.
8 REVISIÓN DEL PRECIO
No procede.
9 ABONO DEL PRECIO
El precio se abonará mensualmente, previa presentación de la correspondiente factura por la empresa adjudicataria.
El precio que FFTMH deberá abonar a la empresa adjudicataria por los servicios prestados será el que resulte de dividir el importe de adjudicación anual en once mensualidades.
La empresa adjudicataria deberá emitir la factura mensual detallada en los siete primeros días naturales del mes siguiente al que se trate.
El precio por los servicios prestados será abonado por FFTMH a los 60 días desde la finalización del mes a que correspondan los servicios siempre que se haya emitido la factura en el plazo señalado en el párrafo anterior y cuente con el visto bueno de FFTMH.
10 GARANTÍA DEFINITIVA
La empresa adjudicataria, a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones contraídas, vendrá obligada a constituir una garantía definitiva por importe del 5% del precio de adjudicación total del contrato, excluido IVA.
El licitador que hubiere presentado la oferta económicamente más ventajosa deberá constituir la citada garantía en el plazo xx xxxx días hábiles contados desde el siguiente a aquél en que reciba el requerimiento efectuado por FFTMH a tal efecto.
Podrá constituirse por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 96 del TRLCSP.
La acreditación de la garantía no podrá hacerse mediante medios electrónicos.
En el caso de presentarse en forma de aval, el mismo se ajustará al modelo incorporado al presente pliego como Xxxxx XXXX.
La devolución de la garantía se realizará de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 102 del TRLCSP, una vez transcurrido el plazo de garantía y cumplidas por la empresa adjudicataria todas sus obligaciones contractuales.
En el caso de que se hagan efectivas sobre la garantía definitiva las penalidades o indemnizaciones exigibles a la empresa adjudicataria, ésta deberá reponer o ampliar aquélla en la cuantía que corresponda, en el plazo de quince días naturales desde la ejecución, incurriendo en caso contrario en causa de resolución.
En lo no previsto en la presente Cláusula, será de aplicación lo establecido en los artículos 95 y siguientes del TRLCSP.
11 CONDICIONES DE APTITUD
Podrán contratar con FFTMH las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en prohibición de contratar y se hallen debidamente clasificadas.
Las empresas licitadoras deberán contar asimismo con la habilitación profesional o empresarial que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituye el objeto del contrato, sin que sea admisible la habilitación profesional de las empresas de trabajo temporal.
Las personas jurídicas sólo podrán ser adjudicatarias del contrato cuando las prestaciones de éste se encuentren comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus Estatutos o reglas fundacionales, les sean propios.
Tendrán capacidad para contratar con FFTMH en todo caso, las empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea que, con arreglo a la legislación del Estado en el que estén establecidas, se encuentren habilitadas para realizar la prestación de que se trate, siendo de aplicación lo previsto en el artículo 58 del TRLCSP.
Cuando la legislación del Estado en que se encuentren establecidas estas empresas exija una autorización especial o la pertenencia a una determinada
organización para poder prestar en él el servicio de que se trate, deberán acreditar que cumplen dicho requisito.
Las personas físicas o jurídicas de Estados no pertenecientes a la Unión Europea deberán acreditar su capacidad de obrar mediante informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa. Mediante dicho informe deberán justificar que el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración y con los entes, organismos o entidades del sector público asimilables a los enumerados en el artículo 3 del TRLCSP, en forma sustancialmente análoga.
Se prescindirá del informe de reciprocidad en relación con las empresas de Estados signatarios del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial de Comercio.
Podrán contratar con FFTMH las uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto, sin que sea necesaria la formalización de las mismas en escritura pública hasta que se haya efectuado la adjudicación del contrato a su favor, siendo de aplicación lo previsto en el artículo 59 del TRLCSP.
Los licitadores, deberán acreditar estar en posesión de la siguiente clasificación:
- Grupo U, Subgrupo 01, Categoría C.
También deberán acreditar experiencia de al menos cinco años en la prestación de servicios de limpieza en centros de naturaleza similar.
Asimismo, los licitadores deberán acreditar estar en posesión de las certificaciones ISO 9001, ISO 14001 y OSHAS 18001 o similar.
No será exigible la clasificación a los empresarios no españoles de Estados miembros de la Unión Europea, ya concurran al contrato aisladamente o integrados en una unión, sin perjuicio de su obligación de acreditar una solvencia económica y financiera y técnica o profesional equivalente a la necesaria para obtener la clasificación exigida en el presente Xxxxxx.
Para acreditar la clasificación necesaria para celebrar el contrato, los licitadores que pretendan basarse en la clasificación de otras entidades, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tenga con ellas, deberán aportar (según modelo contenido en el Anexo VI) escrito otorgado ante Notario, en el que la empresa implicada manifieste: que conoce en todo su alcance las condiciones de la licitación a la que concurre el licitador; que ostenta la referida clasificación, aportando documento acreditativo de ello (en la forma prevista en la Cláusula 13ª); y manifieste/n su voluntad
irrevocable de poner a disposición de dicho licitador, caso de que resulte adjudicatario, los medios necesarios para la ejecución del contrato (con aceptación expresa de lo dispuesto en el artículo 1257.2 del Código Civil, debiendo autorizarse expresamente por la Administración su sustitución o modificación). La presentación de dicho escrito tendrá los efectos de aceptación de dicho compromiso por FFTMH, para el supuesto de que el licitador en cuestión resulte adjudicatario.
12 PUBLICIDAD
La presente licitación se publicará en el perfil de contratante de FFTMH. La adjudicación se publicará en el perfil de contratante de FFTMH.
El acceso a dicho perfil de contratante se efectuará a través de la página Web: xxx.xxx.xxx.
13 PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES, PLAZO Y DOCUMENTACIÓN
La presentación de proposiciones presupone la aceptación incondicional por el licitador de la totalidad del presente Xxxxxx y restante documentación contractual, sin salvedad alguna.
El presente Pliego y el Pliego de Prescripciones Técnicas podrán ser examinados en las oficinas de FFTMH de lunes a viernes, de 9:00 a 13:00 horas, a partir del día siguiente al de la publicación del anuncio en el perfil de contratante y durante todo el plazo de presentación de proposiciones.
Los Pliegos estarán asimismo accesibles desde la referida fecha y en el mismo plazo en el perfil de contratante de FFTMH (xxx.xxx.xxx).
Para participar en la licitación, los licitadores deberán presentar en las citadas oficinas de FFTMH en horario de Registro (de lunes a viernes, de 8:00 a 13:00) y en el plazo de 15 días naturales a contar desde el siguiente al de la publicación del anuncio, TRES SOBRES CERRADOS (A, B y C), con la documentación que luego se indicará, señalando en el reverso de los mismos la licitación a la que se concurre, esto es, “oferta para tomar parte en la licitación para la contratación del servicio de limpieza del IMH”, letra del sobre, denominación de la empresa, nombre y apellidos de quien firme la proposición y el carácter con que lo hace, números de teléfono y de fax, y dirección de correo electrónico, todo ello de forma legible.
En el caso de que la parte licitadora envíe su proposición por correo, deberá justificar la fecha de imposición del envío en la oficina de Correos y anunciar a FFTMH la remisión de la oferta mediante télex, fax (al número siguiente: 943744153) o telegrama en el mismo día. También podrá anunciarse por correo electrónico (a la dirección xxxxxx@xxx.xxx). El envío del anuncio por
correo electrónico sólo será válido si existe constancia de la transmisión y recepción, de sus fechas y del contenido íntegro de las comunicaciones, y se identifique fidedignamente al remitente y al destinatario. En este supuesto, se procederá a la obtención de copia impresa y a su registro, que se incorporará al expediente.
Sin la concurrencia de ambos requisitos no será admitida la documentación si es recibida con posterioridad a la fecha y hora de la terminación del plazo señalado en el anuncio.
Transcurridos, no obstante, diez días naturales siguientes a la indicada fecha sin haberse recibido la documentación, ésta no será admitida en ningún caso.
Cada sobre constará de los documentos que se indican a continuación y contendrá una relación numerada, en hoja independiente, de los documentos incluidos en el mismo.
Sobre A- Se subtitulará “APTITUD PARA CONTRATAR": Contendrá los siguientes documentos:
1. Documentos acreditativos de la capacidad de obrar del licitador y, en su caso, de su representación.
- La capacidad de obrar de los empresarios que fuesen personas jurídicas se acreditará mediante la escritura o documento de constitución, los Estatutos o el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate.
- La capacidad de obrar de los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea se acreditará por su inscripción en el Registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde estén establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación.
- La capacidad de obrar de los restantes empresarios extranjeros se acreditará mediante informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa. Mediante dicho informe deberán justificar que el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración y con los entes, organismos o entidades del sector público asimilables a los enumerados en el artículo 3 del TRLCSP, en forma sustancialmente análoga.
- La capacidad de obrar de los empresarios que fuesen personas físicas se acreditará mediante la presentación del Documento Nacional de Identidad, o equivalente de su Estado respectivo.
- Los que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otro, presentarán copia del Documento Nacional de Identidad, así como poder bastante al efecto. Si la empresa fuere persona jurídica, el poder deberá figurar inscrito en el Registro Mercantil, cuando así se exija conforme a lo previsto en el artículo 94 del Reglamento del Registro Mercantil.
- Los empresarios que deseen concurrir integrados en una unión temporal deberán indicar los nombres y circunstancias de los que la constituyen y la participación de cada uno, así como que asumen el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar adjudicatarios. Los empresarios que deseen concurrir integrados en una unión temporal quedarán obligados solidariamente y deberán nombrar un representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones de que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar para cobros y pagos de cuantía significativa.
Toda esta documentación se presentará en original, o copia debidamente compulsada o autenticada.
2. Declaración responsable ajustada al modelo del Anexo IV de no estar incurso el licitador en ninguna de las prohibiciones de contratar establecidas en el artículo 60.1 del TRLCSP.
Dicha declaración incluirá la declaración expresa responsable de hallarse al corriente el licitador en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, debiendo el licitador que hubiere presentado la oferta económicamente más ventajosa presentar, en el plazo xx xxxx días hábiles desde el siguiente a aquél en que reciba el requerimiento al efecto realizado por FFTMH, la justificación acreditativa de dicho requisito.
3. Documentos que acrediten:
Ostentar la clasificación Grupo U, Subgrupo 01, Categoría C de empresa contratista de servicios.
Se deberá presentar certificación expedida por órgano competente, acompañada de una declaración responsable de la empresa de su vigencia y de que las circunstancias reflejadas en la correspondiente certificación no han experimentado variación. Esta manifestación deberá reiterarse, en caso de resultar adjudicataria, en el documento en que se formalice el contrato.
La certificación deberá acreditar que la empresa está clasificada en el grupo y subgrupo especificados, en categoría igual o superior a la mencionada.
Dicha certificación podrá asimismo acreditar las circunstancias mencionadas en el apartado a) de esta Cláusula, esto es, la capacidad de obrar de la empresa y, en su caso, su representación.
No será exigible la clasificación a las empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea. Estas, deberán acreditar una solvencia económica y financiera y técnica o profesional equivalente a la necesaria para obtener la clasificación de contratista de servicios exigida en el presente Xxxxxx.
Experiencia de al menos cinco años en la prestación de servicios de limpieza a centros de naturaleza similar.
Disponer de los certificados ISO 9001, ISO 14001 y OHASAS 18001 o similar.
4. En su caso, Acta notarial de manifestaciones para el supuesto de que el licitador, para acreditar la clasificación exigida, pretenda basarse en la clasificación de otras entidades, según modelo contenido en el Anexo VI.
5. Documento de designación de medio preferente de recepción de las notificaciones que se efectúen desde FFTMH, según el modelo incorporado como Anexo III al presente Pliego.
6. Las empresas extranjeras deberán presentar declaración expresa de someterse a la jurisdicción de los juzgados y tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitador.
Las empresas extranjeras presentarán la documentación traducida de forma oficial al euskera o, en su caso, al español.
Aquellos licitadores que se encuentren inscritos en el Registro Oficial de Contratistas regulado por el Decreto 12/1998, de 3 de febrero, por el que se regula el Registro Oficial de Contratistas de la Comunidad Autónoma de Euskadi, podrán presentar copia compulsada del certificado expedido por el letrado responsable del Registro en sustitución de la documentación requerida en los apartados 1 y 3. En el supuesto de que la clasificación a que hace referencia el apartado 3 de esta Cláusula no se halle comprendido en dicho certificado, el licitador deberá aportar asimismo el correspondiente certificado vigente de clasificación.
FFTMH se reserva el derecho a realizar las labores de comprobación que considere oportunas o de exigir cuanta documentación adicional entienda necesaria con la finalidad de comprobar la veracidad de la información aportada por los licitadores.
Sobre B- Se subtitulará “PROPUESTA TÉCNICA". Contendrá los siguientes documentos:
1. Memoria técnica comprensiva de los extremos siguientes:
Descripción detallada de los servicios que se van a prestar y plan de trabajo, que contendrá como mínimo los siguientes aspectos:
La descripción de la supervisión, organización y gestión de los servicios a prestar, adaptados a las necesidades de FFTMH.
El correcto dimensionamiento de las cargas horarias del personal.
La idoneidad del calendario propuesto de días y horarios de trabajo.
Protocolos de actuación ante contingencias y eventos.
Plan específico de prevención de riesgos laborales.
Plan de formación del personal.
2. Medios humanos:
En relación a los medios humanos, el contratista deberá subrogarse en el personal que actualmente viene prestando el servicio, dando cumplimiento a dichos efectos, a la legislación y al Convenio Colectivo de aplicación vigente en el momento de la licitación, tal y como se recoge en la Cláusula 1ª del presente Pliego.
Asimismo, se indicará la siguiente información por parte del licitador:
Para el caso de ser necesaria la sustitución o reemplazo de personal subrogado, señálese el compromiso y propuestas, en su caso, en relación con la promoción de la estabilidad laboral (con concreción del carácter temporal o indefinido del contrato) y la seguridad en el trabajo.
En relación a las personas que actúen como interlocutoras con FFTMH y/o tengan relación con ella, el grado de conocimiento de euskara de las mismas.
3. Relación y descripción de los medios, instrumentos, aparatos, parque móvil, equipos y maquinaria que se adscribirá a la prestación del servicio de limpieza.
4. Mejoras: se indicarán cualesquiera mejoras que oferte el licitador, especialmente las referidas al uso de productos de limpieza ecológicos y biodegradables.
Sobre C- Se subtitulará “PROPOSICIÓN ECONÓMICA".
La proposición económica se ajustará al modelo que se adjunta al presente Xxxxxx como Xxxxx X.
Los criterios de valoración, con su ponderación correspondiente, son los siguientes:
Propuesta técnica: hasta un máximo de 40 puntos.
Memoria técnica: Hasta un máximo de 25 puntos. Se valorará:
- La descripción de la supervisión, organización y gestión de los servicios a prestar, adaptados a las necesidades de FFTMH.
- El correcto dimensionamiento de las cargas horarias del personal.
- La idoneidad del calendario propuesto de días y horarios de trabajo.
- Los protocolos de actuación ante contingencias y eventos.
- El plan específico de prevención de riesgos laborales.
- El plan de formación del personal.
Medios humanos: Hasta un máximo de 6 puntos.
- Se valorará el compromiso y propuesta, en su caso, en relación con la promoción de la estabilidad laboral y la seguridad de los medios humanos a adscribir a la ejecución del contrato en caso de sustituciones o reemplazos y el conocimiento del euskara de los interlocutores con FFTMH.
Medios adscritos al servicio de limpieza: Hasta un máximo de 3 puntos.
- Se valorará la relación y descripción de los medios, instrumentos, aparatos, parque móvil, equipos y maquinaria que se adscribirán a la prestación del servicio de limpieza con carácter habitual.
Mejoras: Hasta un máximo de 6 puntos.
- Se valorarán las mejoras aportadas, especialmente las referidas al uso de productos de limpieza ecológicos y biodegradables.
Proposición Económica: hasta un máximo de 60 puntos.
- Presupuesto máximo: hasta un máximo de 60 puntos
En el análisis económico prima en orden decreciente, el precio más bajo teniendo éste la valoración máxima, es decir, 60 puntos; a continuación se establece la siguiente fórmula:
Vi = 60 * Pmin / Pi Donde:
Vi = Valoración correspondiente a la oferta i
Pi = Presupuesto correspondiente a la empresa i, en € Pmin = Presupuesto mínimo ofertado, en €
Cuando se identifique una proposición que pueda ser considerada desproporcionada o anormal, deberá darse audiencia a/los licitador/es que la haya/n presentado para que justifique/n la valoración de la oferta y precise/n las condiciones de la misma.
A dichos efectos, podrá ser considerada desproporcionada o anormal aquella oferta que sea inferior en 20 unidades porcentuales o más a la media aritmética de la totalidad de las proposiciones.
15 COMITÉ DE EVALUACIÓN
El Comité de Evaluación para la valoración de las proposiciones estará integrado por los siguientes miembros:
Presidente: Director Administrativo-Financiero de FFTMH.
Vocales: Responsable de Mantenimiento de FFTMH.
Director Técnico de FFTMH.
16 APERTURA DE PROPOSICIONES
El Comité de Evaluación calificará previamente los documentos presentados en el sobre A (“Aptitud para contratar”) en tiempo y forma y si observare defectos u omisiones subsanables, concederá un plazo no superior a tres días hábiles para que el licitador subsane dichos defectos u omisiones.
Seguidamente, se procederá a la apertura del sobre B, comprensivo de la propuesta técnica, en orden a efectuar su estudio y valoración.
La apertura de las proposiciones económicas contenidas en el sobre C se verificará públicamente, comunicándose a todos los licitadores admitidos, a través del medio preferente para la recepción de notificaciones designado por los mismos conforme al Anexo III, las circunstancias de fecha, hora y lugar del acto público de apertura de las proposiciones económicas. Dichas circunstancias se publicarán, asimismo, en el perfil de contratante de FFTMH con una antelación mínima de 48 horas.
Leídas las propuestas se desechará las que se encuentren incursas en alguna de las causas previstas en el artículo 84 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, que aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (en lo sucesivo, RGLCAP).
Terminado el acto público de apertura de proposiciones económicas, se iniciará el estudio y valoración de las mismas.
Tras el estudio y valoración, el Comité de Evaluación elevará al Órgano de Contratación la relación de proposiciones presentadas, clasificadas en orden decreciente, atendiendo a los criterios de valoración establecidos en la Cláusula 14 e identificará la oferta económicamente más ventajosa.
Podrá solicitar, antes de formular su propuesta, cuantos informes técnicos considere precisos.
La identificación por parte del Comité de Evaluación de la proposición económicamente más ventajosa no genera derecho alguno a favor del licitador frente a FFTMH.
17 ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO
Para la elección del licitador seleccionado para la adjudicación, el Órgano de Contratación, como regla general, deberá ajustarse a la propuesta realizada por el Comité de Evaluación. En caso contrario, el Órgano de Contratación deberá motivar su decisión de separarse de la propuesta, procediendo a realizar, en su caso, la clasificación definitiva de las proposiciones.
FFTMH requerirá al licitador que hubiere presentado la oferta económicamente más ventajosa para que aporte, en el plazo xx xxxx días hábiles contados desde el siguiente a aquél en que reciba dicho requerimiento, la siguiente documentación:
Documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
Justificante acreditativo de haber constituido la garantía definitiva prevista en la Cláusula 10ª del presente pliego.
Documentación acreditativa de la efectiva disposición de los medios humanos y materiales comprometidos en su oferta.
De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas.
El Órgano de Contratación acordará la adjudicación del contrato dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la referida documentación, y en el plazo máximo de dos meses a contar desde el día de la apertura de las proposiciones.
La adjudicación se acordará por el Órgano de Contratación en resolución motivada, será notificada a los licitadores, mediante el medio indicado conforme al modelo incorporado al presente Pliego como Anexo III, y, simultáneamente, se publicará en el perfil de contratante de FFTMH.
18 PERFECCIÓN Y FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
El contrato se perfeccionará mediante su formalización.
Previamente a la formalización del contrato, el adjudicatario del contrato deberá presentar la siguiente documentación:
En su caso, acreditación de su constitución legal como unión temporal de empresas, debiendo designar un representante o apoderado único de
la unión temporal, con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo.
Copia de la póliza de seguros, en los términos previstos en la Cláusula 23ª del presente pliego.
A efectos de la formalización del contrato, una vez transcurrido el plazo de quince días hábiles desde la remisión de la notificación de la adjudicación a los licitadores, FFTMH remitirá al adjudicatario requerimiento a fin de que se proceda a dicha formalización, que habrá de tener lugar en un documento privado en el plazo de cinco días naturales a contar desde el día siguiente a aquél en que hubiera recibido tal requerimiento.
El adjudicatario podrá solicitar, no obstante, la elevación del contrato a escritura pública, corriendo de su cargo los correspondientes gastos.
Cuando, por causas imputables a la empresa adjudicataria, no se hubiese formalizado el contrato dentro del plazo indicado, FFTMH podrá requerir al licitador siguiente, por el orden en que haya quedado clasificada su oferta, la documentación exigida en la Cláusula 17ª del presente Pliego, concediendo un plazo xx xxxx días hábiles para presentar la misma.
19 RESPONSABLE DEL CONTRATO
El Órgano de Contratación podrá designar un responsable del contrato, al que corresponderá supervisar la ejecución y adoptar las decisiones y dictar las instrucciones necesarias con el fin de asegurar la correcta realización de la prestación pactada, dentro del ámbito de facultades que aquél le atribuya.
El responsable del contrato podrá ser una persona física o jurídica, vinculada a FFTMH o ajena a ésta.
Las instrucciones que imparta el responsable del contrato serán de obligado cumplimiento para la empresa contratista.
20 EJECUCIÓN DEL CONTRATO
El contrato se ejecutará con arreglo a las siguientes condiciones:
- La ejecución del contrato se realizará a riesgo y xxxxxxx del contratista.
- El contrato se ejecutará con estricta sujeción a las estipulaciones contenidas en el presente Xxxxxx, al Pliego de Prescripciones Técnicas, y conforme a las instrucciones que, en interpretación técnica del contrato, diera al contratista FFTMH o, en su caso, el responsable del contrato. El contratista será responsable de la calidad de los servicios que preste así como de las consecuencias que se deduzcan para FFTMH o para terceros
por las omisiones, errores o métodos inadecuados en la ejecución del contrato.
- La ejecución del contrato se desarrollará bajo la dirección, inspección y control de FFTMH. El contratista no podrá obstaculizar las labores de inspección y control ejercidas desde FFTMH. La empresa adjudicataria facilitará cuantos datos relacionados con los servicios le requiera FFTMH, prestando, sin coste adicional alguno, cuanta asistencia sea necesaria, y facilitando, incluso, el acceso a la documentación laboral, administrativa o de otro tipo, relacionada con los servicios contratados.
- El adjudicatario deberá cumplir las disposiciones vigentes en materia fiscal y en materia laboral y de Seguridad Social y Prevención de Riesgos Laborales en relación con el personal que emplee en la ejecución de la prestación.
- El adjudicatario será asimismo responsable de que el personal cumpla la normativa en vigor en materia de seguridad, higiene y salud laboral, y la normativa de funcionamiento general que pudiera emanar del responsable del contrato.
- La totalidad del personal dependerá exclusivamente del adjudicatario, ostentando el mismo los derechos y deberes inherentes a su condición de empresario, sin que pueda realizarse reclamación alguna a FFTMH derivada de tales relaciones laborales o restantes obligaciones.
- El adjudicatario será el único responsable ante cualquier siniestro o reclamación (judicial o extrajudicial) relacionado con el personal que trabaje en la ejecución de la prestación, propio o de las eventuales subcontrataciones, no asumiendo FFTMH ningún tipo de responsabilidad laboral (incluida la referente a la seguridad, higiene y salud laboral), de Seguridad Social o fiscal que el adjudicatario contraiga directa o indirectamente. Igualmente, el adjudicatario asumirá exclusivamente las responsabilidades que pudieran derivarse de siniestros originados por la ejecución de la prestación.
- La prestación del servicio objeto del contrato no comprenderá ni conllevará, en ningún caso, tratamiento alguno de datos de carácter personal por cuenta de FFTMH.
Siendo así, cualquier tratamiento de datos de carácter personal que, durante la vigencia del contrato, el adjudicatario lleve a cabo en el marco de sus actividades, deberá entenderse realizado por su propia cuenta y decisión, como Responsable de dicho tratamiento, asumiendo en todo caso el cumplimiento de las obligaciones que se deriven para él de lo previsto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de
Carácter Personal y su normativa de desarrollo, como consecuencia de dicho tratamiento.
21 OBLIGACIONES CONTRACTUALES ESENCIALES
Serán obligaciones del adjudicatario las siguientes:
a) El cumplimiento del contrato con estricta sujeción a lo establecido en su clausulado y en los Pliegos, así como a las instrucciones que diere al contratista el responsable del contrato.
b) La subrogación en los contratos de los trabajadores que actualmente prestan servicios de limpieza en el lugar de trabajo, con independencia de la duración de su jornada laboral, de la naturaleza de su contrato de trabajo o de su situación laboral.
c) El cumplimiento del compromiso y propuesta del grado de estabilidad laboral del personal a adscribir en caso de sustituciones o reemplazos y del conocimiento del euskara del mismo.
d) La adscripción al contrato de los medios materiales comprometidos en su oferta.
e) La identificación de un responsable o delegado de la empresa con capacidad de decisión suficiente para la resolución de los problemas que pudieran suscitarse con ocasión de la prestación del servicio.
f) Cumplir las disposiciones legales vigentes en materia laboral, de Seguridad Social y de seguridad y salud laboral, así como las obligaciones laborales derivadas de este contrato, quedando FFTMH exonerada de responsabilidad por este incumplimiento.
g) La obtención a su cargo de cuantas licencias y permisos fuesen necesarios para el ejercicio de su actividad.
h) La prestación del servicio con sujeción a lo dispuesto en la normativa sectorial vigente de aplicación en cada momento.
i) La no obstaculización en la celebración de eventos o actos, debiendo acatar cualesquiera instrucciones que, aun de última hora, pudiera impartir FFTMH por dicha causa, así como acomodar la prestación del servicio, especialmente los turnos y horarios del personal, a las indicaciones que reciba de FFTMH, con carácter ordinario o urgente, en cualquier momento a lo largo de la vigencia del contrato.
j) La suscripción y mantenimiento durante toda la vigencia de contrato, posibles prórrogas incluidas, de la póliza de seguro indicada en la Cláusula 23ª del presente Pliego.
k) El cumplimiento de los servicios en el supuesto de huelga. Si no se garantizasen tales servicios, FFTMH estaría facultada para promover los contratos precisos para cubrir los servicios, deduciéndose de su facturación el importe de los referidos contratos. Durante el período de huelga, se abonará únicamente el precio correspondiente a los servicios efectivamente prestados.
l) La sustitución del personal en el supuesto de que no cumpliera su función con la debida diligencia y eficiencia, no estuviese capacitado, fuese poco
cuidadoso en el desempeño de los servicios o cometiese actos perniciosos para la buena marcha del contrato. Ello en el plazo máximo de veinticuatro horas desde el requerimiento que efectúe FFTMH a tal fin. Las sustituciones de personal no implicarán responsabilidad alguna para FFTMH respecto de las relaciones de la empresa adjudicataria con el personal afectado.
Dicho personal deberá acreditar, previamente al inicio de su actuación, que cuenta con la correspondiente autorización.
m) El reemplazo de personal para cubrir las ausencias de trabajo ocasionadas por bajas por enfermedad, vacaciones, permisos, licencias, accidentes, etc, garantizando la prestación efectiva de los servicios contratados. Ello en el plazo máximo de veinticuatro horas.
Las obligaciones previstas en la presente Cláusula tendrán el carácter de obligación contractual esencial a los efectos previstos en el artículo 223.f) del TRLCSP, siendo por tanto el incumplimiento de las mismas causa de resolución del contrato, a voluntad de FFTMH.
22 CONFIDENCIALIDAD
Sin perjuicio de lo dispuesto en este Xxxxxx con relación a la publicidad de la adjudicación y a la información que debe darse a los licitadores, FFTMH no podrá divulgar la información facilitada por los empresarios que éstos hayan designado o designen como confidencial.
La empresa adjudicataria deberá respetar el carácter confidencial de aquella información a la que tenga acceso con ocasión de la ejecución del contrato y a la que se dé el referido carácter en el contrato, o que por su propia naturaleza deba ser tratada como tal. Este deber se mantendrá durante un plazo de quince años desde el conocimiento de dicha información.
23 SEGUROS
La empresa adjudicataria se responsabilizará de todos los daños y perjuicios que se ocasionen a causa de la ejecución del contrato, cualesquiera que sea su naturaleza y volumen.
Con independencia de los términos establecidos en el contrato, la empresa adjudicataria contratará para todo el período que dure el contrato, para hechos ocurridos durante la vigencia del mismo, por su propia cuenta, y a su exclusivo cargo, la siguiente póliza:
Seguro de responsabilidad civil que ampare la responsabilidad derivada de los daños y perjuicios causados a terceras personas y sus bienes a consecuencia de la celebración del contrato.
Este seguro contará como mínimo con las garantías de explotación o general, patronal y defensa y fianzas.
El límite de indemnización para las garantías de este seguro no deberá ser inferior a 1.000.000 euros, por siniestro. El sublímite por víctima en la responsabilidad civil patronal, tampoco será inferior a los 300.000 euros.
En el caso de que la empresa adjudicataria causase daños a FFTMH, sus bienes o personal, éstos tendrán la consideración de terceros indemnizables por la póliza.
En todo caso, será por cuenta de la empresa adjudicataria el importe de las franquicias de los distintos seguros, así como el importe de los siniestros en la cuantía que supere los límites que se establezcan en la póliza de seguro. Igualmente, serán por su cuenta las indemnizaciones a terceros y daños no cubiertos por la póliza.
La empresa adjudicataria, con anterioridad a la firma del contrato, aportará certificado de la aseguradora de responsabilidad civil, según el modelo recogido en el Anexo VII denominado “Certificado de la entidad aseguradora”.
La empresa adjudicataria deberá mantener a su xxxxx y como mínimo durante la ejecución del contrato y para los trabajos y/o servicios que deba acometer, las coberturas siguientes:
o La empresa adjudicataria y los subcontratistas, si los hubiere, deberán tener dados de alta en la Seguridad Social, con arreglo a la normativa vigente, a todas las personas que intervengan en la prestación de los servicios, objeto del presente contrato, así como cumplir con las exigencias de seguros de vida y accidentes que determinen los convenios sectoriales a los que pertenezcan.
o Serán a cargo de la empresa adjudicataria los daños a las instalaciones, maquinaria, equipos, y bienes de cualquiera de los participantes, incluidos efectos personales.
o Responsabilidad Civil de suscripción obligatoria para todos los vehículos puestos a disposición del adjudicatario y/o subcontratistas que sean utilizados para la prestación de los servicios objeto del presente contrato y estén sujetos a la Ley de Uso y Circulación de Vehículos a motor, así como cualquier otro seguro, relacionado o no en el contrato y que sea exigible según la legislación aplicable a lo largo del contrato.
La contratación de los seguros mencionados no limitará las obligaciones y la responsabilidad asumidas por la empresa adjudicataria en virtud del resto de las estipulaciones contractuales. Tampoco la responsabilidad primaria y directa del contratante podrá reducirse, atemperarse o subrogarse al condicionado o actuación de los aseguradores.
Durante la vigencia del contrato, FFTMH podrá pedir a la adjudicataria que le exhiba la documentación correspondiente a los seguros referidos anteriormente, o que se le entregue copia de las pólizas, así como que se le acredite estar al corriente en el pago de las primas, con la obligación, por parte de ésta de cumplimentar dicho requerimiento.
El incumplimiento de los requisitos de contratación de seguros propios, según lo exigido anteriormente y a plena satisfacción de FFTMH se considerará falta contractual grave, reservándose FFTMH el derecho de contratar por cuenta y a cargo de la adjudicataria los seguros requeridos que no estuvieran contratados a plena satisfacción de FFTMH en los plazos por ésta requeridos.
Las obligaciones que se establecen para la adjudicataria, se sobreentienden extensivas a los subcontratistas por ella contratados y, en general, a todos los participantes en la ejecución del contrato, debiendo en consecuencia trasladar y controlar estas obligaciones.
24 PENALIZACIONES
Cuando el contratista, por causas imputables al mismo, hubiere incurrido en demora respecto al cumplimiento del plazo de ejecución ofertado, hubiere incurrido en ejecución defectuosa de las prestaciones contratadas o incumplido cualesquiera otras condiciones contractuales, FFTMH podrá optar, indistintamente, por la resolución del contrato, en los términos previstos en la Cláusula 29ª, o continuar en su ejecución, devengándose, en este caso, a favor de FFTMH, adicionalmente a cualesquiera indemnizaciones de daños y perjuicios que procedan, con carácter cumulativo, una cantidad equivalente al 10% del valor estimado del contrato.
Incluso en el supuesto de opción por la continuación en la ejecución de contrato, mientras dure el incumplimiento por demora o por ejecución defectuosa, en cualquier momento FFTMH podrá optar por la resolución con los efectos antes referidos.
Las penalidades se harán efectivas mediante deducción de las cantidades que, en concepto de pago total o parcial, deban abonarse al contratista.
En todo caso, tanto de opción por la resolución como por la continuación del contrato, FFTMH podrá decidir unilateralmente la continuación del suministro durante el tiempo que estime preciso, por medios propios o de terceros, repercutiendo en ambos casos el coste de dicha continuación en el contratista, sin perjuicio de las indemnizaciones de daños y perjuicios y demás efectos previstos en la presente Cláusula.
25 CESIÓN Y SUBCONTRATACIÓN DEL CONTRATO
Los derechos y obligaciones dimanantes del contrato sólo podrán cederse a un tercero mediando previa autorización, expresa y por escrito de FFTMH y siempre que el cesionario cumpla los requisitos legales y los exigidos en este Pliego para contratar con FFTMH, no esté incurso en prohibición de contratar, acredite su solvencia económica y financiera y técnica o profesional y cumpla con el compromiso de adscripción de medios ofertado por el adjudicatario. Todo ello en cuanto se refiera y/o corresponda a los derechos u obligaciones objeto de cesión.
El adjudicatario del contrato podrá subcontratar las prestaciones del contrato mediando previa autorización, expresa y por escrito de FFTMH y siempre que se cumplan los requisitos legales y los exigidos en este Pliego para contratar con FFTMH, no esté incurso en prohibición de contratar y acredite su solvencia económica y financiera y técnica o profesional y cumpla con el compromiso de adscripción de medios ofertados por el adjudicatario. Todo ello en cuanto se refiera y/o corresponda a la prestación o prestaciones a subcontratar.
Los subcontratistas quedarán obligados sólo ante la empresa contratista que asumirá, por tanto, la total responsabilidad de la ejecución de la prestación frente a FFTMH, con arreglo al presente Xxxxxx, al Pliego de Prescripciones Técnicas y a los términos del contrato que se firme.
26 MODIFICACIÓN DEL CONTRATO
Una vez perfeccionado el contrato, el Órgano de Contratación sólo podrá modificar el contrato en los supuestos previstos en el artículo 107 del TRLCSP.
27 RESPONSABILIDAD
Será obligación del adjudicatario indemnizar todos los daños y perjuicios que se causen a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato.
El adjudicatario será responsable de la calidad técnica de los servicios realizados, así como de las consecuencias que se deduzcan para FFTMH o para terceros de las omisiones, errores o métodos inadecuados en la ejecución del contrato.
28 SUSPENSIÓN DEL CONTRATO
Si FFTMH acordara la suspensión del contrato o ésta tuviera lugar por aplicación de lo dispuesto en el artículo 216, apartado 5, del TRLCSP, se levantará un Acta en la que se consignarán las circunstancias que la han motivado y la situación de hecho en la ejecución de aquél.
Acordada la suspensión, FFTMH abonará al contratista los daños y perjuicios efectivamente sufridos por éste.
Serán causa de resolución del contrato las previstas en el artículo 223, letras a)
-sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 85-, b), d), f), g) y h) del TRLCSP y, en general, cualquier incumplimiento de las obligaciones contractuales, de acuerdo con lo previsto en el artículo 1.124 del Código Civil.
En cualquiera de los casos de resolución previstos en esta Cláusula, dicha resolución operará automáticamente, sin más requisito que la notificación fehaciente que realice FFTMH al contratista de su decisión a tal efecto.
Las responsabilidades económicas que pudieran derivarse de la resolución del contrato por las causas previstas en esta Cláusula, así como por cualesquiera otras que pudieran resultar legalmente procedentes, se liquidarán una vez resuelto efectivamente el contrato, no siendo óbice para que FFTMH pueda continuar con su ejecución.
Cuando la resolución del contrato se produzca por cualquier causa imputable a la empresa contratista, se devengará a favor de FFTMH, adicionalmente a cualesquiera indemnizaciones de daños y perjuicios que procedan, con carácter cumulativo, una cantidad equivalente al 20% del precio del contrato.
Ambas cantidades se deducirán de las cantidades que, en concepto de pago total o parcial, deban abonarse al contratista, siendo objeto de la correspondiente reclamación extrajudicial adicional, en la cuantía que exceda de dichas cantidades pendientes de pago.
30 RÉGIMEN JURÍDICO
En cuanto a su preparación y adjudicación, el contrato se regirá por el Pliego de Cláusulas Económico-Administrativas, por el Pliego de Prescripciones Técnicas y, en lo no previsto en los mismos, por las instrucciones internas de contratación de FFTMH, por las normas establecidas al efecto en el TRLCSP y, en su caso, en el Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público (en adelante, RD 817/2009), para los contratos no sujetos a regulación armonizada celebrados por las entidades del sector público que reúnan la condición de poder adjudicador y no sean Administración Pública, y, en cuanto no se oponga a lo previsto en dichas normas, por el RGLCAP.
En cuanto a sus efectos, cumplimiento y extinción, el contrato se regirá por el Pliego de Cláusulas Económico-Administrativas, por el Pliego de Prescripciones Técnicas y, en lo no previsto en los mismos, por las normas de
derecho privado, salvo en lo relativo a la modificación del contrato, en que en todo caso será de aplicación lo dispuesto en el Titulo V del Libro I del TRLCSP.
Adicionalmente, el TRLCSP, el RD 817/2009 y el RGLCAP serán de aplicación en todo en cuanto este Xxxxxx se remita expresamente a dichos textos normativos.
31 JURISDICCIÓN COMPETENTE
El orden jurisdiccional civil será el competente para resolver las controversias que surjan entre las partes en relación con la preparación, adjudicación, efectos, cumplimiento y extinción del contrato.
Elgoibar, a 5 de octubre de 2015
ANEXO I. RELACIÓN DE TRABAJADORES AFECTOS A LA ACTIVIDAD
Código de trabajador | Jornada | Antigüedad | Categoría | Tipo de contrato |
Trabajador 1 | 27 H/SEM | 09/01/2012 | LIMPIADOR/A | 200 |
Trabajador 2 | 25 H/SEM | 09/01/2012 | LIMPIADOR/A | 200 |
ANEXO II. ESPACIOS
EDIFICIO | PLANTA | DEPENDENCIA | M2 |
Administración | Planta baja | Areas de trabajo | 548 |
Salón de actos | 180 | ||
Zonas comunes | 153 | ||
Zona libre disposición | 127 | ||
Biblioteca | 51 | ||
Aseos | 39 | ||
Planta principal | Areas de trabajo | 744 | |
Zonas comunes | 178 | ||
Aseos | 39 | ||
Sala de café | 28 | ||
Salas de reuniones | 26 | ||
Aulas y talleres | Planta principal | Areas de trabajo | 180 |
Zonas comunes | 100 | ||
Aseos exteriores y vestuarios | 89 | ||
Planta primera | Aulas teóricas | 1.140 | |
Zonas comunes | 530 | ||
Aseos | 67 | ||
Planta segunda | Aulas teóricas y laboratorios | 923 | |
Zonas comunes | 158 | ||
Aseos y vestuarios | 30 | ||
Asmaola | Zonas comunes | 166 | |
Areas de trabajo y salas de reuniones | 162 | ||
Aseos | 69 | ||
Aulas | 248 |
ANEXO III. DESIGNACIÓN DE MEDIO PREFERENTE DE RECEPCIÓN DE NOTIFICACIONES
D./Xx ……………………………, con domicilio en …………………… y D.N.I. nº
……………….. en nombre propio, o en representación de ………………., con domicilio en ………………….. y D.N.I. o C.I.F. nº ,
en plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar, enterado xxx Xxxxxx de Cláusulas Económico-Administrativas y xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas que han de regir la licitación, mediante procedimiento abierto, para la contratación del servicio de limpieza del IMH, designa como medio preferente para la recepción de cualquier notificación que Fundación para la Formación Técnica en Máquina-Herramienta deba realizar con motivo de la licitación el siguiente (*):
Fax.
Correo electrónico. Correo certificado.
(*) Indíquese el medio designado.
En todo caso, a efectos de notificaciones, se indican los siguientes datos: Nº de Fax: …………………………………………………….
Dirección de correo electrónico: ……….………….
Dirección postal: ……………………………………………
Teléfonos/s de contacto: ………………………………..
[Nota: Al efecto de dar mayor agilidad a las notificaciones, se recomienda designar el fax del licitador como medio preferente, medio que será plenamente válido a efectos de notificaciones por ser el señalado por el propio licitador. No obstante, se admite la designación de otro medio como preferente. De no efectuarse dicha designación, se procederá a la notificación por correo postal certificado en el domicilio indicado.]
ANEXO IV. MODELO DECLARACIÓN RESPONSABLE
D./Xx...............................................................................................con domicilio
en ..............................................................................................................................
...., D.N.I. nº......................, teléfono....................................................., e-
mail......................................., en plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar, en nombre propio (o en representación de ..............................................................................................................., con
domicilio en ,
y D.N.I. o C.I.F. [Según se trate de persona física o jurídica] nº........................................, enterado de la licitación convocada por Fundación para la Formación Técnica en Máquina-Herramienta para la contratación del servicio de limpieza del IMH.
DECLARA:
PRIMERO: Que no se encuentra incurso en ninguna de las incompatibilidades y prohibiciones para contratar recogidas en el articulo 60.1 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público y demás disposiciones vigentes sobre la materia.
SEGUNDO: Que cumple con todos los requisitos y obligaciones exigidos por la normativa vigente en materia tributaria y de Seguridad Social.
En ........................, a . .de de 2015
Fdo:……………………
Firma Representante:
ANEXO V. MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA
D./Xx.....................................................................................................con domicilio
en...............................................................................................................................
............ y D.N.I. nº........................, teléfono ,
e-mail........................................., en nombre propio, o en representación de...............................................................................................................................
................., con domicilio en , y X.X.X. x
C.I.F. [Según se trate de persona física o jurídica] nº , en
plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar, enterado de los Pliegos de Clausulas Económico Administrativas y xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas que ha de regir la licitación, mediante procedimiento abierto, para la contratación del servicio de limpieza del IMH.
DECLARA:
1.- Que conoce el Pliego de Cláusulas Económico-Administrativas y el Pliego de Prescripciones Técnicas que han de regir la contratación, que expresamente asume y acata en su totalidad.
2.- Que se compromete a la prestación del servicio de limpieza del IMH, por un plazo de dos años, por el precio de [Indíquese en letra
y números] euros ANUALES, incrementados en el I.V.A. correspondiente, esto es, en [Indíquese en letra y números] euros.
3.- Que cumple con todos los requisitos y obligaciones exigidos por la normativa vigente para la realización del presente contrato.
4.- Que, asimismo, se obliga al cumplimiento de la normativa vigente en materia laboral, prevención y tributaria.
En ........................, a . .de de 2015
Fdo:……………………
Firma Representante:
XXXXX XX- MODELO DE ACTA NOTARIAL DE MANIFESTACIONES PARA EL SUPUESTO DE QUE EL LICITADOR, PARA ACREDITAR CLASIFICACIÓN EXIGIDA, PRETENDA BASARSE EN LA CLASIFICACIÓN DE OTRAS ENTIDADES
D./Xx …………………………………., con D.N.I. ………………………………., como representante legal de la empresa…………………………, con C.I.F.
………………………………………, manifiesta que conoce en todo su alcance las condiciones de la licitación para la contratación del servicio de limpieza del IMH a la que concurre el licitador ...................................................................... (nombre de la empresa licitadora) y manifiesta su voluntad irrevocable de poner a disposición de dicho licitador, caso de que resulte adjudicatario, los medios necesarios para la ejecución del contrato, con aceptación expresa de lo dispuesto en el artículo 1257.2 del Código Civil, debiendo autorizarse expresamente por la FUNDACIÓN PARA LA FORMACIÓN TÉCNICA EN MÁQUINA-HERRAMIENTA su sustitución o modificación.
La presentación de este escrito ante la FUNDACIÓN PARA LA FORMACIÓN TÉCNICA EN MÁQUINA-HERRAMIENTA tendrá los efectos de aceptación de dicho compromiso, para el supuesto de que el licitador en cuestión resulte adjudicatario.
En ........................, a . .de de 2015
Fdo:……………………
Firma Representante:
ANEXO VII- CERTIFICADO DE LA ENTIDAD ASEGURADORA
D./Xx …………………………………., actuando en nombre y representación de la entidad aseguradora………………………………., según consta en la escritura de apoderamiento nº………………………, de fecha………………, autorizada por el Notario, Sr. D…………………………………………………. de la localidad de……………………………
CERTIFICA que:
El contenido de la/s póliza/s de seguro que se adjuntan y más abajo se relaciona, se ajusta/n, en cuanto a capital, riesgo/s, garantía/s y límite/s asegurado/s, al contenido que, con carácter de mínimos, se establece en el contrato a suscribir entre FUNDACIÓN PARA LA FORMACIÓN TÉCNICA EN MÁQUINA-HERRAMIENTA y
…………………………………………………………………., para la prestación del servicio de limpieza del IMH.
La entidad aseguradora se compromete a no modificar en ningún sentido la/s póliza/s contratada/s, sin comunicarlo previamente y de forma fehaciente al Director Gerente de la FUNDACIÓN PARA LA FORMACIÓN TÉCNICA EN MÁQUINA-HERRAMIENTA.
A los efectos oportunos, se expide el presente certificado, en el lugar y fecha abajo indicados.
Tipo seguro | Nº de póliza | Aseguradora | Fecha efecto | Fecha vencimiento |
En ........................, a . .de de 2015
Fdo. (Nombre, sello y firma)
ANEXO VIII. MODELO DE AVAL
La entidad […] (razón social de la entidad de crédito o sociedad de garantía recíproca), con C.I.F. […], con domicilio en […] (a efectos de notificaciones y requerimientos), y en su nombre […] (nombre y apellidos del apoderado), con poderes suficientes para obligarle en este acto, según resulta del bastanteo de poderes que se reseña en la parte inferior de este documento, AVALA ante Fundación para la Formación Técnica en Máquina-Herramienta a: […] (nombre y apellidos o razón social del avalado), C.I.F. […], para responder de las obligaciones derivadas del contrato de prestación de servicio de limpieza del IMH, por importe total de: […] euros (en letra y en números).
La entidad avalista declara bajo su responsabilidad, que cumple los requisitos previstos en el artículo 56.2 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, que aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. Este aval se otorga solidariamente respecto del obligado principal, con renuncia expresa al beneficio de excusión y con compromiso de pago al primer requerimiento, realizado por Fundación para la Formación Técnica en Máquina-Herramienta.
El presente aval estará en vigor hasta que Fundación para la Formación Técnica en Máquina-Herramienta autorice su cancelación o devolución.
Lugar y fecha […].
Razón social de la entidad […]. Firma de los apoderados […].