CONDICIONES GENERALES DE ALQUILER
CONDICIONES GENERALES DE ALQUILER
Únicamente son válidas las siguientes Condiciones Comerciales Generales:
1. El Propietario, cede en arrendamiento el vehículo en perfecto estado de uso y conservación y en perfectas condiciones mecánicas, de seguridad y de salubridad. Y autoriza expresamente al segundo como Conductor del vehículo referido.El objeto del contrato formalizado con el arrendatario, es únicamente la entrega en régimen de alquiler del vehículo. El arrendatario no adeudará las prestaciones del viaje ni, sobre todo, la totalidad de éstas últimas.En caso de reserva, entre el arrendatario y el/los arrendador/es se formalizará un contrato de alquiler regido exclusivamente por el derecho español. El arrendatario organizará él mismo su viaje y utilizará el vehículo bajo su propia responsabilidad. El contrato de alquiler estará limitado a la duración acordada.
2. El Arrendatario utilizará el vehículo autocaravana única y exclusivamente como vehículo vivienda, para desplazarse y pernoctar tanto en territorio nacional como en extranjero sin más limitaciones que las previstas en la Ley y a las que puedan imponer países terceros al traspaso de sus fronteras. Se prohíbe expresamente destinar el vehículo a cualquier actividad contraria a la moral, a las leyes y a las buenas costumbres. Expresamente queda prohibido transportar más de 6 personas, realizar carreras, concursos, transporte de cualquier tipo de mercancías u objetos, y cualquier otro servicio o finalidad distinta de la convenida por ambas partes.
3. El contrato de arrendamiento tendrá la duración acordada por las dos partes y firmadas en dicho contrato. La hora de salida será a partir de las 15:00 Horas, y la de llegada antes de las 13:00 Horas. El periodo de alquiler comenzará con la firma del contrato y con la recogida del vehículo autocaravana, y finalizará transcurridos los días naturales acordados, procediéndose entonces a la devolución del vehículo, en el lugar designado y en la hora convenida por ambas partes. En caso de que se produzca la devolución antes de la finalización del periodo de alquiler contratado por razones no imputables al Propietario, se deberá pagar igualmente el precio íntegro del arrendamiento acordado contractualmente.Queda excluida la prolongación tácita del contrato de alquiler por un período indeterminado debido a un uso continuado. Si se devuelve la autocaravana una vez transcurrido el tiempo acordado por escrito, el arrendador computará 26,00 € por hora de retraso (con un máximo por día de retraso del precio fijado por jornada multiplicado por tres, según lo expuesto en el punto 5.4 de las presentes Condiciones Generales). El arrendatario además asumirá los gastos derivados si los hubiese del hecho que otro arrendatario u otra persona haga valer sus derechos frente al arrendador, debido a un retraso en la entrega del vehículo, imputable al arrendatario.
4. Todos los acuerdos entre el arrendador y el arrendatario se realizarán por escrito.
5. Las reservas de alquiler sólo serán vinculantes tras la confirmación expresa y escrita del Propietario. Para hacer efectiva la reserva de alquiler se deberá abonar, el 30% del precio fijado para el periodo, según tarifas y disponibilidad establecida por el Propietario, en concepto de señal, que se entenderá a cuenta del importe del precio total del arrendamiento. Al momento de la liquidación del precio total, se descontará el anticipo del mismo. En caso de cancelación de la reserva por parte de la Propiedad se procederá a la devolución del importe satisfecho en concepto de señal. En caso de imposibilidad de llevarse a cabo el alquiler en la fecha convenida por causa de fuerza mayor o fortuita, el arrendatario podrá modificar el tiempo de alquiler optando por otras fechas, siempre que exista disponibilidad
no pudiendo exigir indemnización alguna.
La anulación de la reserva por parte del Arrendatario faculta al Propietario a retener la totalidad del importe satisfecho en concepto de señal. Al Arrendatario perderá la reserva y el anticipo cuando no recogiera el vehículo autocaravana en la fecha convenida, salvo que confirme su llegada inminente. En caso contrario el Propietario podrá disponer libremente del vehículo.
6. Los precios de alquiler, se derivan de la lista de precios del arrendador en vigor en el momento de formalizar el contrato. El período mínimo establecido de alquiler durante determinadas épocas del año, también se deriva de la lista de precios del arrendador en vigor en el momento de confirmar el contrato. En función de los días de alquiler reservados, serán válidos los precios que aparezcan en la lista para la temporada correspondiente. Por cada alquiler se cobrará un importe fijo y único por los servicios prestados, cuya cuantía también se puede consultar en la lista de precios del arrendador vigente en el momento de formalizar el contrato.El precio de alquiler previsto en función de las fechas de reserva, más todos aquellos cargos por conceptos adicionales al mismo (kits de cama, mesas, sillas, etc.), se deberá ingresar en la cuenta que el arrendador facilitará al arrendatario, con tarjeta de crédito, o en metálico, a más tardar en el momento de la recogida del vehículo, antes del inicio del alquiler. A más tardar, en el momento de la recogida del vehículo, el arrendatario deberá abonar la cantidad de 700,00 €, mediante tarjeta de crédito, en concepto de fianza y como garantía del cumplimiento de las obligaciones de este contrato.
1. La fianza será devuelta después de ser examinado el vehículo por un responsable de la empresa arrendadora, el cual en caso de daños y/o desperfectos por mal uso dictaminará el importe que el cliente deberá abonar. Este importe será deducido de la fianza depositada, por un valor de hasta 700,00 € y será calculado en función del valor de cada pieza de recambio, el porte de las mismas y mano de obra a razón de 44,00 € más IVA la hora. En caso de no ser posible la valoración de los daños de forma inmediata, el arrendador dispondrá de 30 días para efectuar la liquidación y devolver la fianza, si procede. En caso de un siniestro, también se deducirá de la fianza el importe de la franquicia del seguro a todo riesgo.
El arrendatario se compromete expresamente a pagar al arrendador:
- En el momento de la devolución del vehículo, el importe del kilometraje, para alquileres que no respeten el mínimo de días
según la temporada en la que se haya efectuado, por valor 1.00 € / km
- Los cargos adicionales que se originen si el vehículo es dejado en algún otro sitio o ciudad, sin la autorización del arrendador.
- El importe de toda clase de multas, gastos judiciales y extrajudiciales derivados de cualquier infracción de tráfico o de
cualquier otra clase, que sean dirigidas contra el vehículo, el arrendatario o arrendador, derivados del tiempo de vigencia de
este contrato de xxxxxxxx, a no ser que se hayan originado por culpa del arrendador. En el supuesto de que por culpa del
arrendatario fuese el vehículo retenido o embargado, todos los gastos serán a su cargo, incluido el lucro cesante de la
empresa arrendadora durante el tiempo que dure la inmovilización del vehículo.
Gastos incurridos por el arrendador (incluidos honorarios de Abogados y Procuradores) en la reclamación de las cantidades
adeudadas por el arrendatario en virtud del presente contrato.
- En caso de la rotura del neumatico ( pinchazo ) los gastos del liquido ( 65,00 € ) de reparacion provisional + gastos de cada
neumatico con montaje.
El vehículo dispone de un seguro a todo riesgo con franquicia (no incluye los efectos personales del arrendatario y
acompañantes). En caso de accidente o robo, el arrendatario se hará cargo del importe de 700,00 € por xxxxxxxxx.Xx el
arrendatario se retrasa en los pagos, se aplicarán intereses por demora de conformidad con las disposiciones legales vigentes.
Los precios de alquiler de los accesorios opcionales, se derivan de la lista de precios del arrendador en vigor en el momento
de formalizar el contrato.
Los correspondientes precios de alquiler incluyen: 21% de IVA, seguro a todo riesgo según la correspondiente cobertura del
seguro.
El período de alquiler empieza con la recogida de la autocaravana por parte del arrendatario en el parking de Autocaravanas
La oficina de alquiler o lugar acordado de entrega, y finaliza con la recogida del vehículo en el mismo lugar que la entrega.
1. ENTREGA . Antes de iniciar el viaje, el arrendatario está obligado a seguir las instrucciones que le dé el personal técnico del arrendador en el punto de entrega. Asimismo se elaborará un acta de ENTREGA en el que se describirá el estado del vehículo y que deberán firmar ambas partes. El arrendador se podrá negar a entregar el vehículo hasta que no se haya realizado la instrucción para su correcta utilización.Previa confirmación del abono del precio acordado, se hace entrega de la autocaravana con todos sus accesorios y en perfecto estado de uso y conservación, en óptimas condiciones mecánicas, de seguridad y salubridad y provisto de toda la documentación necesaria. El vehículo se entregará completamente limpio, con el depósito de gasoil lleno, el depósito de agua limpia (no potable) lleno, dos bombonas de gas y el WC vacío y listo para su uso, así como con todos los enseres de cocina, y se deberá devolver en las mismas condiciones.
2. DEVOLUCION Al devolver el vehículo, el arrendatario está obligado a realizar una revisión preliminar de la autocaravana junto con los empleados de la oficina de alquiler. Se elaborará un acta de devolución, que deberán firmar el arrendador y el arrendatario. La revisión final del vehículo se realizará por parte de la empresa de alquiler dentro de las 72 horas hábiles siguientes a su devolución.Los desperfectos que no consten en el acta de entrega, pero que se detecten en el momento de devolver el vehículo y/o durante la revisión final, correrán a cargo del arrendatario.
Los retrasos en la devolución, no autorizados, serán penalizados con una tarifa diaria del triple a la cantidad diaria
aplicada en contrato. Los posibles descuentos que se hayan aplicado al contrato no serán tomados en cuenta para esta
penalización. Cualquier causa justificada de fuerza mayor que impida la devolución en el día acordado, deberá ser comunicada
inmediatamente al arrendador por algún método fehaciente para que este la acepte; en caso contrario se considerará retraso no
xxxxxxxxxx.Xx el arrendatario desea prolongar el arrendamiento, deberá solicitarlo al arrendador con un mínimo de tres días de
antelación a la finalización del xxxxxxxx.Xx eventual confirmación de la prórroga estará sujeta a las disponibilidades que en
este momento tenga el arrendador, no asumiendo por tanto esté último ningún compromiso previo alguno.
Cualquier alteración de las fechas de alquiler, deberá ser previamente autorizada por el arrendador. El incumplimiento de esta
condición faculta al arrendador para hacerse cargo del vehículo o requerirlo judicialmente. El arrendador se reserva el derecho
de obtener la devolución del vehículo, en cualquier momento durante la vigencia del presente contrato, si su utilización
contraviniera lo dispuesto en el mismo. En la devolución del vehículo por finalización del alquiler, en la que el arrendatario no
esté presente en la inspección del mismo por causas imputables a él, y se aprecien daños en el vehículo, el arrendatario acepta
la valoración de los daños resultantes de la inspección realizada por el personal del arrendador.
El vehículo se devolverá con los depósitos de aguas residuales y del WC vacíos.
Llenar el depósito de agua potable con otro elemento que no sea propiamente agua, o el depósito de diésel con otro elemento
que no sea combustible diesel, implicará una penalización 700,00 €.
Si se devuelve sin limpiar la autocaravna se cargarán 50 Euros.
Si se devuelve sin vaciar las aguas grises (sucias) se cargarán 20 Euros. Si se devuelve sin limpiar y vaciar el WC se cargarán 30 Euros.
Si se devuelve sin completar el depósito de gasoil se cargarán 30 Euros por cada rayita que falte.
10. Obligaciones del Propietario. Incumplimiento y efectos.
En caso de que el Propietario no entregue la autocaravana en las condiciones pactadas por causas a él imputables, se
resolverá el contrato suscrito procediéndose a la devolución de los importes ingresados. El propietario no será responsable
de los fallos mecánicos o averías debido al deterioro normal del vehículo, ni es responsable de gastos, retrasos o
perjuicios de alguna manera producidos, directa o indirectamente como consecuencia de tales fallos o averías.
11. Obligaciones del Arrendatario.
El arrendatario queda obligado a conservar, mantener y devolver el vehículo autocaravana en el mismo buen estado en el
que lo recibe. El vehículo será conducido única y exclusivamente por el Arrendatario, persona mayor de 25 años y con
más de 5 años de antigüedad mínima de su permiso de conducir clase B y que no le ha sido ni retenido ni retirado por las
autoridades. Deberá aportar copia del carné de conducir al momento de la entrega del vehículo. Asimismo podrá designar en
este mismo acto el/los conductor/es, que cumpliendo sus mismos requisitos de edad y carné, podrán sustituirle en la
conducción. Asimismo se responsabiliza que solo puedan conducir aquellos que han sido declarados conductores en este
documento y que xxxxx aportado copia de su carné. En caso de no ser residente en la UE deberá estar en posesión del permiso
de conducir internacional.
El Arrendatario, y en su caso el conductor, se compromete a respetar en todo momento las obligaciones y limitaciones
descritas en el vigente Código de circulación. Igualmente se compromete a no transitar fuera de la red viaria o en cualquier
terreno no adecuado.
El arrendatario se obliga muy especialmente a cuidar los bienes arrendados (en su caso el bien arrendado) y conducirlo con la
mayor diligencia y cuidado, respondiendo de cualquier deterioro derivado de una defectuosa, negligente o temeraria
conducción. El arrendatario indemnizara al arrendador de cualquier menoscabo en los bienes arrendados sea cual sea la
causa de tal menoscabo. El arrendatario se obliga a comprobar regularmente los niveles de aceite del motor y caja de cambios,
liquido refrigerante y demás que correspondan al vehículo, respondiendo, a su xxxxx, del correcto entretenimiento del vehículo
mientras tenga la posesión del mismo.
El arrendatario reconoce que recibe el vehículo en perfectas condiciones mecánicas, provisto de la documentación necesaria y
con las herramientas, neumáticos y accesorios adecuados y se compromete a conservarlo en buen estado. Asimismo se
compromete a respetar en todo momento las obligaciones y limitaciones descritas en el vigente Código de Circulación y se
obliga a:
a. No permitir que lo conduzcan otras personas más que el mismo o las que expresamente estén autorizadas.
b. No llevar más pasajeros que los especificados en la documentación del vehículo.
c. No realquilar o transportar personas con fines comerciales y cualquier otro uso que no esté incluido en el contrato.
d. No trasportar cualquier tipo de mercancía, drogas, productos tóxicos o inflamables.
e. No ceder su uso a terceros a título gratuito o lucrativo y no auxiliar a delincuentes.
f. No cometer delitos, aunque estos solo sean castigados según la legislación vigente en el lugar de los hechos.
g. No conducir el vehículo en inferioridad de condiciones físicas motivadas por alcohol, drogas, fatiga o enfermedad.
h. No transitar fuera de la red viaria o en cualquier terreno no adecuado, ni participar con el vehículo en pruebas deportivas, de
resistencia, carreras u otras que puedan dañarlo.
i. No utilizarlo para empujar o remolcar otros vehículos o remolques.
j. No desprecintar o manipular el cuentakilómetros, debiendo comunicar inmediatamente al arrendador cualquier avería del mismo.t
k. No circular fuera del territorio nacional sin la autorización expresa del arrendador.En caso contrario sera penalizado con un importe
equivalente de la fianza depositada – 700,00 €
l. Tener el vehículo adecuadamente estacionado y custodiado cuando no lo utilice y protegerlo del deterioro de las heladas, pedrisco o
cualquier otro fenómeno atmosférico susceptible de producirle daños de importancia.
n. Queda expresamente prohibido al arrendatario variar cualquier característica técnica del vehículo, las llaves, cerraduras, equipamiento,
herramientas y/o accesorios del vehículo, así como efectuar cualquier modificación de su aspecto exterior y/o interior, salvo
expresa autorización escrita por parte del arrendador. En caso de infracción de este artículo, el arrendatario correrá con todos los
gastos de reacondicionamiento del vehículo a su estado original, incluso su traslado hasta el parking de la empresa de alquiler debiendo abonar así mismo una indemnización por la inmovilización del vehículo hasta su total reparación.
m. El vehículo se debe cuidar y tratar adecuadamente, así como cerrar debidamente.
n. Se deberán tener en cuenta las normas técnicas, así como las disposiciones determinantes para el uso. Se deberá controlar el estado
del vehículo, al menos cada mil kilómetros, sobre todo el nivel de agua y aceite, así como la presión de los neumáticos. El
arrendatario se compromete a comprobar regularmente si el vehículo de alquiler está en perfectas condiciones para circular con
seguridad.
o. Está prohibido fumar en todos los vehículos.
p. No esta permitido llevar animales.
Los gastos derivados de la ventilación o la eliminación del olor a tabaco, incluyendo las pérdidas generadas por la imposibilidad
de alquilar el vehículo durante algún tiempo debido a este motivo corren a cargo del Arrendatario.
12. El arrendatario está obligado a informar inmediatamente al arrendador llamando al número de teléfono del centro de alquiler (el
teléfono consta en el contrato de xxxxxxxx), a más tardar el día siguiente, de cualquier accidente o daño que le sucediese al
vehículo alquilado, tanto de sus elementos externos como de los internos del habitáculo.
En caso de no informar diligentemente,
el arrendatario correrá con todos los gastos propios del lucro cesante equivalente a los días que quedase el vehículo fuera de
servicio de alquiler como consecuencia de este daño por la espera de la llegada de los correspondientes recambios.
Nunca se reconocerá o prejuzgará la responsabilidad del hecho, salvo la “Declaración Amistosa de Accidentes”. El arrendatario
deberá obtener todos los datos de la parte contraria y de los testigos, que junto con los detalles del accidente remitirá en el plazo
indicado al arrendador. Notificar inmediatamente a las autoridades el accidente si existe culpabilidad de la parte contraria. El
parte de accidente se deberá entregar debidamente cumplimentado y firmado como muy tarde en el momento de devolver el
vehículo al arrendador. El documento deberá incluir el nombre y la dirección de las personas implicadas, sus datos del carné de
conducirlos, los datos del contrario con el nombre de la Compañía Aseguradora y el número de póliza, los datos de los
eventuales testigos, así como las matrículas de los vehículos afectados.
En caso de robo o hurto del vehículo, se denunciará a la autoridad competente inmediatamente, comunicándolo y remitiendo
copia de la denuncia al arrendador, junto con las llaves del vehículo, en un plazo máximo de 24 horas; quedando sin efecto en
caso contrario los seguros y coberturas contratadas.
Incluso en daños sin contrario, independientemente de su gravedad, el arrendatario deberá redactar para el arrendador un amplio
informe por escrito junto con un boceto indicando hora, fecha, lugar y dirección y todas demás circunstancias que ayuden a
reflejar de mejor forma los hechos ocurridos. Si el arrendatario no elabora el informe – no importa cuál sea la razón – e
impide de este modo que la compañía de seguros pague los daños, el arrendatario estará obligado a abonar el importe
correspondiente en su totalidad.
No abandonar el vehículo sin tomar las adecuadas medidas para protegerlo y salvaguardarlo.
Contactar en caso de ser necesario con la Compañía de Asistencia en Carretera contratada con la Aseguradora.
En caso de incumplimiento por el arrendatario de alguna de estas medidas, si son de aplicación, el arrendador podrá reclamar al
arrendatario daños y perjuicios ocasionados por negligencia de este, incluido el lucro cesante de la empresa arrendadora durante
el tiempo que dure la inmovilización del vehículo y los gastos que ello conlleve
13. Defectos de la autocaravana:
- Quedan excluidos los derechos a indemnización por daños y perjuicios del arrendatario por defectos no imputables al arrendador.
- Reparaciones, vehículo de recambio:
- El desgaste mecánico normal del vehículo lo asume el arrendador. Cuando la duración del recorrido o el estado de las carreteras lo aconsejen, se realizaran las operaciones de mantenimiento necesarias en un servicio oficial de la marca del chasis-motor.
- Detener el vehículo lo antes posible cuando se ilumine cualquier testigo que indique anomalía en el funcionamiento del vehículo, debiendo contactar con el arrendador o con la Compañía de Asistencia concertada por el arrendador y solo con esta, debiendo dirigirse exclusivamente a un servicio oficial de la marca del chasis-motor, salvo autorización expresa del arrendador.
- El arrendatario podrá encargar aquellas reparaciones que sean necesarias para garantizar la seguridad durante el funcionamiento y la circulación del vehículo en el período de alquiler y que no superen los 150,00 €. Para ello, tan sólo será necesario contar con la aprobación del arrendador.
Éste último asumirá los gastos de la reparación si se le hace entrega de los justificantes originales y de las piezas cambiadas, siempre que el arrendatario no responda del daño.
- Quedan excluidos de esta norma los daños que afecten a los neumáticos.
- En caso de que una reparación de estas características sea necesaria por un daño imputable al arrendador y el arrendatario no se encargue de solucionarlo, éste último deberá indicar sin demora al arrendador el desperfecto en cuestión y conceder un plazo razonable para su reparación. El arrendador no se responsabilizará de las condiciones específicas de cada país (ejemplo: infraestructura), que conlleven una demora a la hora de realizar la reparación.
- En el caso de cualquier avería de los elementos del habitáculo, el arrendatario deberá comunicarlo inmediatamente al arrendador de quien recibirá las instrucciones oportunas para su reparación.
- En caso de que, la autocaravana sufra graves daños o se prevea que el vehículo no se podrá utilizar durante un largo período de tiempo o se deba retirar de la circulación, el arrendador, si tuviera disponibilidad para poner a disposición del arrendatario en un plazo razonable, un vehículo de repuesto equivalente en el número de plazas o superior, quedaría excluida una rescisión del contrato.
- En caso de que siendo culpable el arrendatario, la autocaravana sufra graves daños o se prevea que el vehículo no se podrá utilizar durante un largo período de tiempo o se deba retirar de la circulación, el arrendador podrá negarse a ofrecer un vehículo de recambio. En este caso queda excluida una rescisión del contrato por parte del arrendatario. Si el arrendador tuviera disponibilidad para poner a disposición del arrendatario un vehículo de recambio, podrá cobrarle al arrendatario los eventuales gastos derivados de ello.
- En caso de avería si no se ha contratado la opción de servicio de sustitución, se deben acatar las garantías ofrecidas en la póliza de seguros y el concesionario del automóvil. El mencionado
contrato de seguro tendrá un costo extra que se calculará según un porcentual del costo total del alquiler y dará derecho a la reposición del vehículo dentro de las 48hs hábiles siguientes a la recepción del pedido de sustitución por parte del arrendatario en cualquier punto del territorio español. Los gastos del traslado del vehículo hasta el sitio donde se encuentre el arrendatario corren por cuenta y cargo del mismo, entendiéndose por gastos tanto el combustible como los costos por el regreso del chófer que realiza la entrega del bien, salvo que la retirada se realiza en la localidad de Málaga en cuyo caso no habrá cargos de traslado.
14. Responsabilidad del arrendatario, seguro a todo riesgo:
- Según los principios del seguro a todo riesgo, en caso de daños integrales, el arrendador eximirá al arrendatario de la responsabilidad de los daños materiales, con una franquicia de 700,00 €, que deberá asumir el arrendatario.
- El arrendatario, bajo ningún concepto, quedará eximido de sus responsabilidades, civiles, administrativas, penales o de cualquier índole que sean consecuencia de un siniestro o comportamiento doloso.
- Si el arrendatario, en contra de la obligación establecida , no avisa a la policía en caso de accidente, excepto en el caso de que esta infracción no haya influido en la comprobación de los motivos del daño ni en el alcance de éste último.
- Si el arrendatario infringe otras obligaciones , excepto en el caso de que esta infracción no haya influido en la comprobación de los motivos del daño ni en el alcance de éste último.
- Si los daños se deben a un uso prohibido.
- Si los daños se deben a una infracción de la obligación establecida.
- Si los daños los ha causado un conductor no autorizado, a quien el arrendatario haya dejado el vehículo.
- Si los daños se han provocado por no tener en cuenta las dimensiones del vehículo (altura, ancho, largo).
- Si los daños se deben a un incumplimiento de las disposiciones relativas a la carga adicional.
- El arrendatario responderá de todos los gastos, tasas, multas y sanciones relacionadas con el uso del vehículo, que se le reclamen al arrendador.
- En caso de haber más arrendatarios, éstos responderán en calidad de deudores solidarios.
Cualquier daño de neumaticos ( pinchazos etc. ) no esta cubierto por el seguro. En caso de dañar , incluso reparacion con el liquido de la reparacion de neumatico se cargara el coste del neumatico y del liquido de la fianza depositada.
15. Responsabilidad del arrendador, prescripción:
El arrendador entrega el vehículo en perfecto estado, habiendo realizado todas las verificaciones y el mantenimiento necesario para su buen funcionamiento. No será responsable de fallos mecánicos o averías debido al deterioro normal del mismo, ni es responsable de gastos, retrasos o perjuicios de alguna manera producidos, directa o indirectamente como consecuencia de tales fallos o averías. Si por causa de fuerza mayor, motivos fortuitos o ajenos al arrendador, no se pudiera entregar el vehículo en la fecha convenida, esto no dará derecho a ninguna indemnización, salvo la devolución por parte del arrendador al arrendatario de la cantidad pagada en concepto de reserva.
Los accesorios del vehículo (TV, antena, SafeDoor, conversores, pantallas solares, cámaras de visión exterior, navegadores GPS, estéreos, altavoces, etc.) así como las llaves y control de apertura del mismo, no están cubiertos por el seguro en caso de robo o pérdida por lo que serán deducidos del valor de la fianza en caso de la falta de cualquiera de ellos.
El arrendador no asume ninguna responsabilidad ante el arrendatario, sobre el automóvil del arrendatario que se encuentre, en calidad de aparcamiento gratuito, en las dependencias del arrendador durante el período de alquiler del autocaravana.
16. Jurisdicción:
En caso de litigios derivados o relacionados con el contrato de alquiler de la autocaravana, se acuerda que la jurisdicción sea en Málaga.