LICITACIÓN PÚBLICA Nº 02-2014-UNAS
BASES ESTÁNDAR DE LICITACIÓN PÚBLICA PARA LA CONTRATACIÓN DE LA EJECUCIÓN DE OBRAS1
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 02-2014-UNAS
PRIMERA CONVOCATORIA EJECUCIÓN DE LA OBRA DENOMINADA:
“CONSTRUCCION E IMPLEMENTACION DEL PABELLON DE AULAS EN LA UNIVERSIDAD NACIONAL AGRARIA DE LA SELVA NACIONAL AGRARIA DE LA SELVA»
1 Estas Bases se utilizarán para la contratación de la ejecución de obras. Para tal efecto, se deberá tener en cuenta la siguiente definición:
Obra: Construcción, reconstrucción, remodelación, demolición, renovación y habilitación de bienes inmuebles, tales como edificaciones, estructuras, excavaciones, perforaciones, carreteras, puentes, entre otros, que requieren dirección técnica, expediente técnico, mano de obra, materiales y/o equipos.
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Licitación Pública N° 002-2014-UNAS
SECCIÓN GENERAL
DISPOSICIONES COMUNES DEL PROCESO DE SELECCIÓN
(ESTA SECCIÓN NO DEBE SER MODIFICADA EN NINGÚN EXTREMO, BAJO SANCIÓN DE NULIDAD)
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CAPÍTULO I
ETAPAS DEL PROCESO DE SELECCIÓN
1.1. BASE LEGAL
- Ley N° 28411 - Ley General del Sistema Nacional del Presupuesto.
- Decreto Legislativo N° 1017 - Ley de Contrataciones del Estado, en adelante la Ley.
- Decreto Supremo N° 184-2008-EF - Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, en adelante el Reglamento.
- Directivas del OSCE.
- Ley N° 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General.
- Código Civil.
- Ley Nº 27806 – Ley de Transparencia y de Acceso a la Información Pública. Las referidas normas incluyen sus respectivas modificaciones, de ser el caso.
Para la aplicación del derecho deberá considerarse la especialidad de las normas previstas en las presentes Bases.
1.2. CALIFICACIÓN PREVIA
En aplicación de lo dispuesto en el artículo 39 del Reglamento, cuando el valor referencial de la contratación de la ejecución de una obra sea igual o superior a veinticinco mil Unidades Impositivas Tributarias (25,000 UIT), en la sección específica de las Bases deberá preverse el requisito de calificación previa.
1.3. CONVOCATORIA
Se efectuará de conformidad con lo señalado en el artículo 51 del Reglamento, en la fecha señalada en el cronograma.
1.4. REGISTRO DE PARTICIPANTES
El registro de participantes se efectuará desde el día siguiente de la convocatoria y hasta un (1) día hábil después de haber quedado integradas las Bases. En el caso de propuestas presentadas por un consorcio, bastará que se registre uno (1) de sus integrantes, de conformidad con el artículo 53 del Reglamento.
La persona natural o persona jurídica que desee participar en el proceso de selección deberá contar con inscripción vigente en el Registro Nacional de Proveedores (RNP) conforme al objeto de la convocatoria. La Entidad verificará la vigencia de la inscripción en el RNP y que no se encuentre inhabilitada para contratar con el Estado.
Al registrarse, el participante deberá señalar la siguiente información: Nombres, apellidos y Documento Nacional de Identidad (DNI), en el caso de persona natural; razón social de la persona jurídica; número de Registro Único de Contribuyentes (RUC); domicilio legal; teléfono y fax.
IMPORTANTE:
Para registrarse como participante en un proceso de selección convocado por las Entidades del Estado Peruano, es necesario que los proveedores cuenten con inscripción vigente ante el Registro Nacional de Proveedores (RNP) que administra el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE). Para obtener mayor información, podrá ingresarse a la siguiente dirección electrónica: xxx.xxx.xxx.xx.
1.5. FORMULACIÓN DE CONSULTAS A LAS BASES
Las consultas a las Bases serán presentadas por un periodo mínimo de cinco (5) días
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hábiles, contados desde el día siguiente de la convocatoria, de conformidad con lo establecido en el artículo 55 del Reglamento.
1.6. ABSOLUCIÓN DE CONSULTAS A LAS BASES
La decisión que tome el Comité Especial con relación a las consultas presentadas constará en el pliego absolutorio que se notificará a través del SEACE, de conformidad con lo establecido en el artículo 54 del Reglamento, en la fecha señalada en el cronograma del proceso de selección.
El plazo para la absolución no podrá exceder de cinco (5) días hábiles contados desde el vencimiento del plazo para recibir las consultas.
IMPORTANTE:
No se absolverán consultas a las Bases que se presenten extemporáneamente o que sean formuladas por quienes no se han registrado como participantes.
1.7. FORMULACIÓN DE OBSERVACIONES A LAS BASES
Las observaciones a las Bases serán presentadas dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de haber finalizado el término para la absolución de las consultas, de conformidad con lo establecido en el artículo 57 del Reglamento.
1.8. ABSOLUCIÓN DE OBSERVACIONES A LAS BASES
El Comité Especial notificará la absolución de las observaciones a través del SEACE, de conformidad con lo establecido en el artículo 56 del Reglamento, en la fecha señalada en el cronograma del proceso de selección.
El plazo para la absolución no podrá exceder de los cinco (5) días hábiles desde el vencimiento del plazo para recibir observaciones.
El Comité Especial debe incluir en el pliego de absolución de observaciones el requerimiento de pago de la tasa por concepto de elevación de observaciones al OSCE.
IMPORTANTE:
No se absolverán observaciones a las Bases que se presenten extemporáneamente o que sean formuladas por quienes no se han registrado como participantes.
1.9. ELEVACIÓN DE OBSERVACIONES AL OSCE
El plazo para solicitar la elevación de observaciones para el pronunciamiento del OSCE es de tres (3) días hábiles, computados desde el día siguiente de la notificación xxx xxxxxx absolutorio a través del SEACE.
Los participantes pueden solicitar la elevación de las observaciones para la emisión de pronunciamiento, en los siguientes supuestos:
1. Cuando las observaciones presentadas por el participante no fueron acogidas o fueron acogidas parcialmente;
2. Cuando a pesar de ser acogidas sus observaciones, el participante considere que tal acogimiento continúa siendo contrario a lo dispuesto por el artículo 26 de la Ley, cualquier otra disposición de la normativa sobre contrataciones del Estado u otras normas complementarias o conexas que tengan relación con el proceso de selección; y
3. Cuando el participante considere que el acogimiento de una observación formulada por otro participante resulta contrario a lo dispuesto por el artículo 26 de la Ley, cualquier otra disposición de la normativa sobre contrataciones del Estado u otras normas complementarias o conexas que tengan relación con el proceso de selección. En este caso, el participante debe haberse registrado como tal hasta el vencimiento del plazo para formular observaciones.
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El Comité Especial, bajo responsabilidad, deberá remitir la totalidad de la documentación requerida para tal fin por el TUPA del OSCE, a más tardar al día siguiente de vencido el plazo para que los participantes soliciten la elevación de observaciones.
La emisión y publicación del pronunciamiento en el SEACE, debe efectuarse dentro de los diez (10) días hábiles siguientes de recibido el expediente completo por el OSCE
1.10. INTEGRACIÓN DE LAS BASES
Las Bases integradas constituyen las reglas definitivas del proceso de selección por lo que deberán contener las correcciones, precisiones y/o modificaciones producidas como consecuencia de la absolución de las consultas y de las observaciones, las dispuestas por el pronunciamiento, así como las requeridas por el OSCE en el marco de sus acciones de supervisión.
Una vez integradas, las Bases no podrán ser cuestionadas en ninguna otra vía ni modificadas por autoridad administrativa alguna, bajo responsabilidad del Titular de la Entidad. Esta restricción no afecta la competencia del Tribunal para declarar la nulidad del proceso por deficiencias en las Bases.
El Comité Especial integrará y publicará las Bases teniendo en consideración los siguientes plazos:
1. Cuando no se hayan presentado observaciones, al día siguiente de vencido el plazo para formularlas.
2. Cuando se hayan presentado observaciones, al día siguiente de vencido el plazo para que los participantes soliciten la elevación de dichas observaciones para la emisión de pronunciamiento, siempre que ningún participante haya hecho efectivo tal derecho.
3. Cuando se haya solicitado la elevación de observaciones, dentro de los dos (2) días hábiles siguientes de notificado el pronunciamiento respectivo en el SEACE.
Corresponde al Comité Especial, bajo responsabilidad, integrar las Bases y publicarlas en el SEACE, conforme lo establecen los artículos 59 y 60 del Reglamento.
De conformidad con el artículo 31 del Reglamento, el Comité Especial no podrá efectuar modificaciones de oficio al contenido de las Bases, bajo responsabilidad.
1.11. FORMA DE PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS Y ACREDITACIÓN
Todos los documentos que contengan información referida a los requisitos para la admisión de propuestas y factores de evaluación se presentan en idioma castellano o, en su defecto, acompañados de traducción oficial o sin valor oficial efectuada por traductor público juramentado o traducción certificada efectuada por traductor colegiado certificado, salvo el caso de la información técnica complementaria contenida en folletos, instructivos, catálogos o similares, que puede ser presentada en el idioma original. El postor es responsable de la exactitud y veracidad de dichos documentos.
Las Entidades someten a fiscalización posterior conforme a lo previsto en el artículo 32 de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, la documentación, declaraciones y traducciones presentadas por el ganador de la Buena Pro. (Según Decreto Supremo N° 080-2014-EF).
Las propuestas se presentarán en dos (2) sobres cerrados, de los cuales el primero contendrá la propuesta técnica y el segundo la propuesta económica.
Si las propuestas se presentan en hojas simples se redactarán por medios mecánicos o electrónicos y serán foliadas correlativamente empezando por el número uno.
Asimismo, cuando las propuestas tengan que ser presentadas total o parcialmente
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mediante formularios o formatos, éstos podrán ser llenados por cualquier medio, incluyendo el manual.
En ambos supuestos, las propuestas deben llevar el sello y la rúbrica del postor o de su representante legal o mandatario designado para dicho fin, salvo que el postor sea persona natural, en cuyo caso bastará que éste o su apoderado, indique debajo de la rúbrica sus nombres y apellidos completos.
Las personas naturales podrán concurrir personalmente o a través de su apoderado debidamente acreditado ante el Comité Especial, mediante carta poder simple (Formato N° 1). Las personas jurídicas lo harán por medio de su representante legal acreditado con copia simple del documento registral vigente que consigne dicho cargo o a través de su apoderado acreditado con carta poder simple suscrita por el representante legal, a la que se adjuntará el documento registral vigente que consigne la designación del representante legal, expedido con una antigüedad no mayor de treinta (30) días calendario a la presentación de propuestas. (Formato Nº 1)
La promesa formal de consorcio deberá ser suscrita por cada uno de sus integrantes, con firmas legalizadas, en el caso de personas jurídicas con la firma legalizada de sus representantes.
En el caso de consorcios, la propuesta puede ser presentada por el representante común del consorcio, o por el apoderado designado por éste, o por el representante legal o apoderado de uno de los integrantes del consorcio que se encuentre registrado como participante, conforme a lo siguiente:
1. En el caso que el representante común del consorcio presente la propuesta, éste debe presentar copia simple de la promesa formal de consorcio.
2. En el caso que el apoderado designado por el representante común del consorcio presente la propuesta, este debe presentar carta poder simple suscrita por el representante común del consorcio y copia simple de la promesa formal de consorcio.
3. En el caso del representante legal o apoderado de uno de los integrantes del consorcio que se encuentre registrado como participante, la acreditación se realizará conforme a lo dispuesto en el sexto párrafo del presente numeral, según corresponda.
1.12. PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS
La presentación de propuestas se realiza en acto público, en la fecha y hora señaladas en el cronograma del proceso.
El acto se inicia cuando el Comité Especial empieza a llamar a los participantes en el orden en que se registraron para participar en el proceso, para que entreguen sus propuestas. Si al momento de ser llamado el participante no se encuentra presente, se le tendrá por desistido. Si algún participante es omitido, podrá acreditarse con la presentación de la constancia de su registro como participante.
Los integrantes de un consorcio no podrán presentar propuestas individuales ni conformar más de un consorcio.
IMPORTANTE:
En caso de convocarse según relación de ítems, los integrantes de un consorcio no podrán presentar propuestas individuales ni conformar más de un consorcio en un mismo ítem, lo que no impide que puedan presentarse individualmente o conformando otro consorcio en ítems distintos.
En el caso que el Comité Especial rechace la acreditación del apoderado, representante legal o representante común, según corresponda en atención al numeral 1.11, y este exprese su disconformidad, se anotará tal circunstancia en el acta y el Notario (o Xxxx xx Xxx) mantendrá la propuesta y los documentos de acreditación en su poder hasta el
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momento en que el participante formule apelación. Si se formula apelación se estará a lo que finalmente se resuelva al respecto.
Después de recibidas las propuestas, el Comité Especial procederá a abrir los sobres que contienen la propuesta técnica de cada postor, a fin de verificar que los documentos presentados por cada postor sean los solicitados en las Bases.
En el caso que de la revisión de la propuesta se adviertan defectos de forma, tales como errores u omisiones subsanables en los documentos presentados que no modifiquen el alcance de la propuesta técnica, o la omisión de presentación de uno o más documentos que acrediten el cumplimiento de los requerimientos técnicos mínimos –siempre que se trate de documentos emitidos por autoridad pública nacional o un privado en ejercicio de función pública, tales como autorizaciones, permisos, títulos, constancias y/o certificados que acrediten estar inscrito o integrar un registro, y otros de naturaleza análoga, para lo cual deben haber sido obtenidos por el postor con anterioridad a la fecha establecida para la presentación de propuestas–, se actuará conforme lo dispuesto en el artículo 68 del Reglamento. Este es el único momento en que puede otorgarse plazo para subsanar la propuesta técnica.
En el caso de advertirse que la propuesta no cumple con lo requerido por las Bases, y no se encuentre dentro de los supuestos señalados en el párrafo anterior, se devolverá la propuesta, teniéndola por no admitida, salvo que el postor exprese su disconformidad, en cuyo caso se anotará tal circunstancia en el acta y el Notario (o Xxxx xx Xxx) mantendrá la propuesta en su poder hasta el momento en que el postor formule apelación. Si se formula apelación se estará a lo que finalmente se resuelva al respecto.
Después de abierto cada sobre que contiene la propuesta técnica, el Notario (o Xxxx xx Xxx) procederá a sellar y firmar cada hoja de los documentos de la propuesta técnica. A su vez, si las Bases han previsto que la evaluación y calificación de las propuestas técnicas se realice en fecha posterior, el Notario (o Xxxx xx Xxx) procederá a colocar los sobres cerrados que contienen las propuestas económicas dentro de uno o más sobres, los que serán debidamente sellados y firmados por él, por los miembros del Comité Especial y por los postores que así lo deseen, conservándolos hasta la fecha en que el Comité Especial, en acto público, comunique verbalmente a los postores el resultado de la evaluación de las propuestas técnicas.
Al terminar el acto público, se levantará un acta, la cual será suscrita por el Notario (o Xxxx xx Xxx), por todos sus miembros, así como por los veedores y los postores que lo deseen.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 64 del Reglamento, en los actos de presentación de propuestas y otorgamiento de la Buena Pro se podrá contar con la presencia de un representante del Sistema Nacional de Control, quien participará como veedor y deberá suscribir el acta correspondiente, su inasistencia no viciará el proceso.
1.13. CONTENIDO DE LA PROPUESTA ECONÓMICA
La propuesta económica (Sobre Nº 2) deberá incluir obligatoriamente lo siguiente:
La oferta económica, en la moneda que corresponda, incluidos todos los tributos, seguros, transportes, inspecciones, pruebas y, de ser el caso, los costos laborales conforme a la legislación vigente, así como cualquier otro concepto que pueda tener incidencia sobre el costo de la ejecución de la obra a ser contratada; excepto la de aquellos postores que gocen de exoneraciones legales. La Entidad no reconocerá pago adicional de ninguna naturaleza.
El monto total de la propuesta económica deberá ser expresada con dos decimales.
IMPORTANTE:
Tratándose de un proceso según relación de ítems, cuando los postores se presenten a más de un ítem, deberán presentar sus propuestas económicas en forma independiente.2
2 Luego de efectuada la evaluación técnica, cabe la posibilidad que dicho postor haya obtenido el puntaje necesario para
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1.14. EVALUACIÓN DE PROPUESTAS
La evaluación de propuestas se realizará en dos (2) etapas: La evaluación técnica y la evaluación económica.
Los máximos puntajes asignados a las propuestas son los siguientes: Propuesta Técnica : 100 puntos
Propuesta Económica : 100 puntos
1.14.1. EVALUACIÓN TÉCNICA
Se verificará que la propuesta técnica cumpla con los requerimientos técnicos mínimos contenidos en las presentes Bases. Las propuestas que no cumplan dichos requerimientos no serán admitidas.
Sólo aquellas propuestas admitidas y aquellas a las que el Comité Especial hubiese otorgado plazo de subsanación, pasarán a la evaluación técnica.
En aquellos casos en los que se hubiese otorgado plazo para la subsanación de la propuesta, el Comité Especial deberá determinar si se cumplió o no con la subsanación solicitada. Si luego de vencido el plazo otorgado, no se cumple con la subsanación, el Comité Especial tendrá la propuesta por no admitida.
Una vez cumplida la subsanación de la propuesta o vencido el plazo otorgado para dicho efecto, se continuará con la evaluación de las propuestas técnicas admitidas, asignando los puntajes correspondientes, conforme a la metodología de asignación de puntaje establecida para cada factor.
Las propuestas técnicas que no alcancen el puntaje mínimo de sesenta (60) puntos, serán descalificadas en esta etapa y no accederán a la evaluación económica.
1.14.2. EVALUACIÓN ECONÓMICA
Si la propuesta económica es inferior al noventa por ciento (90%) del valor referencial o excede el ciento diez por ciento (110%) del valor referencial, será devuelta por el Comité Especial y se tendrá por no presentada, conforme lo establece el artículo 33 de la Ley.
La evaluación económica consistirá en asignar el puntaje máximo establecido a la propuesta económica de menor monto. Al resto de propuestas se les asignará un puntaje inversamente proporcional, según la siguiente fórmula:
Pi | = | Om x PMPE |
Oi | ||
Donde: | ||
i | = | Propuesta |
Pi | = | Puntaje de la propuesta económica i |
Oi | = | Propuesta Económica i |
Om | = | Propuesta Económica de monto o precio más bajo |
PMPE | = | Puntaje Máximo de la Propuesta Económica |
IMPORTANTE:
En caso el proceso se convoque bajo el sistema de precios unitarios, el Comité Especial deberá verificar las operaciones aritméticas de la propuesta que obtuvo el mayor puntaje total y, de existir alguna incorrección, deberá corregirla
acceder a la evaluación económica únicamente en algunos de los ítems a los que se presentó, por lo que, de acuerdo con el artículo 71 del Reglamento, correspondería devolver las propuestas económicas sin abrir, lo que no resultaría posible si la totalidad de las propuestas económicas del postor se incluyen en un solo sobre.
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a fin de consignar el monto correcto y asignarle el lugar que le corresponda. Dicha corrección debe figurar expresamente en el acta respectiva.
Sólo cuando se haya previsto (según el caso concreto) aceptar propuestas económicas que incluyan propuestas de financiamiento, la propuesta económica se evaluará utilizando el método del valor presente neto del flujo financiero que comprenda los costos financieros y el repago de la deuda. Se tomarán en cuenta todos los costos del financiamiento, tales como la tasa de interés, comisiones, seguros y otros, así como la contrapartida de la Entidad si fuere el caso, conforme a las disposiciones contenidas en el artículo 70 del Reglamento.
1.15. ACTO PÚBLICO DE OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO
En la fecha y hora señalada en las Bases, el Comité Especial se pronunciará sobre la admisión y la evaluación técnica de las propuestas, comunicando los resultados de esta última.
La evaluación de las propuestas económicas se realizará de conformidad con el procedimiento establecido en las presentes Bases.
La determinación del puntaje total se hará de conformidad con el artículo 71 del Reglamento.
El Comité Especial procederá a otorgar la Buena Pro a la propuesta ganadora, dando a conocer los resultados del proceso de selección a través de un cuadro comparativo en el que se consignará el orden de prelación en que han quedado calificados los postores, detallando los puntajes técnico, económico y total obtenidos por cada uno de ellos.
En el supuesto que dos (2) o más propuestas empaten, el otorgamiento de la Buena Pro se efectuará observando lo señalado en el artículo 73 del Reglamento.
Al terminar el acto público se levantará un acta, la cual será suscrita por el Notario (o Xxxx xx Xxx), por todos los miembros del Comité Especial y por los postores que deseen hacerlo.
El otorgamiento de la Buena Pro se presumirá notificado a todos los postores en la misma fecha, oportunidad en la que se entregará a los postores copia del acta de otorgamiento de la Buena Pro y el cuadro comparativo, detallando los resultados en cada factor de evaluación. Xxxxx presunción no admite prueba en contrario. Esta información se publicará el mismo día en el SEACE.
IMPORTANTE:
De conformidad con el artículo 76 del Reglamento, para otorgar la Buena Pro a propuestas que superen el valor referencial, hasta el límite del ciento diez por ciento (110%), deberá contarse con la asignación suficiente de créditos presupuestarios y la aprobación del Titular de la Entidad, salvo que el postor que haya obtenido el mejor puntaje total acepte reducir su oferta económica a un monto igual o menor al valor referencial.
1.16. CONSENTIMIENTO DE LA BUENA PRO
Cuando se hayan presentado dos (2) o más propuestas, el consentimiento de la Buena Pro se producirá a los ocho (8) días hábiles de la notificación de su otorgamiento en acto público, sin que los postores hayan ejercido el derecho de interponer el recurso de apelación. En este caso, el consentimiento se publicará en el SEACE al día hábil siguiente de haberse producido.
En el caso que se haya presentado una sola oferta, el consentimiento de la Buena Pro se producirá el mismo día de la notificación de su otorgamiento en acto público, y podrá ser publicado en el SEACE ese mismo día o hasta el día hábil siguiente.
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1.17. CONSTANCIA DE NO ESTAR INHABILITADO PARA CONTRATAR CON EL ESTADO
De acuerdo con el artículo 282 del Reglamento, a partir del día hábil siguiente de haber quedado consentida la Buena Pro o de haberse agotado la vía administrativa conforme a lo previsto en el artículo 122 del Reglamento, hasta el décimo quinto día hábil de producido tal hecho, el postor ganador de la Buena Pro debe solicitar ante el OSCE la expedición de la constancia de no estar inhabilitado para contratar con el Estado.
El OSCE no expedirá constancias solicitadas fuera del plazo establecido.
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CAPÍTULO II
SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS DURANTE EL PROCESO DE SELECCIÓN
2.1. RECURSO DE APELACIÓN
A través del recurso de apelación se impugnan los actos dictados durante el desarrollo del proceso de selección, desde la convocatoria hasta aquellos emitidos antes de la celebración del contrato.
El recurso de apelación se presenta ante y es resuelto por el Tribunal de Contrataciones del Estado.
Los actos emitidos por el Titular de la Entidad que declaren la nulidad de oficio o cancelen el proceso, podrán impugnarse ante el Tribunal de Contrataciones del Estado.
2.2. PLAZOS DE INTERPOSICIÓN DEL RECURSO DE APELACIÓN
La apelación contra el otorgamiento de la Buena Pro o contra los actos dictados con anterioridad a ella debe interponerse dentro de los ocho (8) días hábiles siguientes de haberse otorgado la Buena Pro.
La apelación contra los actos distintos a los indicados en el párrafo anterior debe interponerse dentro de los ocho (8) días hábiles siguientes de haberse tomado conocimiento del acto que se desea impugnar.
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CAPÍTULO III DEL CONTRATO
3.1. DEL PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO
Una vez que quede consentido o administrativamente firme el otorgamiento de la Buena Pro, los plazos y el procedimiento para suscribir el contrato son los siguientes:
1. Dentro del plazo de doce (12) días hábiles siguientes al consentimiento de la Buena Pro o cuando esta haya quedado administrativamente firme, debe suscribirse el contrato. Dentro del referido plazo: a) El postor ganador debe presentar la totalidad de la documentación prevista en las Bases, b) La Entidad, de corresponder, solicita la subsanación de la documentación presentada y c) El postor ganador subsana las observaciones formuladas por la Entidad.
2. Cuando la Entidad no cumpla con suscribir el contrato dentro del plazo establecido en el numeral 1, el postor ganador de la Buena Pro puede requerirla para su suscripción, dentro de los dos (2) días hábiles siguientes de vencido el plazo para suscribir el contrato, dándole un plazo de entre cinco (5) a diez (10) días hábiles. Vencido el plazo otorgado, sin que la Entidad haya suscrito el contrato, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes, tiene la facultad de dejar sin efecto el otorgamiento de la Buena Pro. (Según Decreto Supremo N° 080-2014-EF).
El contrato será suscrito por la Entidad, a través del funcionario competente o debidamente autorizado, y por el ganador de la Buena Pro, ya sea directamente o por medio de su apoderado, tratándose de persona natural, y tratándose de persona jurídica, a través de su representante legal, de conformidad con lo establecido en el artículo 139 del Reglamento.
Para suscribir el contrato, el postor ganador de la Buena Pro deberá presentar, además de los documentos previstos en las Bases, los siguientes:
Constancia vigente de no estar inhabilitado para contratar con el Estado.
Constancia de capacidad libre de contratación.
Garantía de fiel cumplimiento.
Garantía de fiel cumplimiento por prestaciones accesorias, en caso corresponda.
Contrato de consorcio con firmas legalizadas de los integrantes, de ser el caso.
Código de cuenta interbancario (CCI).
Designación del residente de obra, cuando este no haya formado parte de su propuesta técnica.
Calendario de avance de obra valorizado sustentado en el Programa de Ejecución de Obra (PERT-CPM), salvo en obras bajo las modalidades de concurso oferta o llave en mano que incluya la elaboración del expediente técnico.
Calendario de adquisición de materiales o insumos necesarios para la ejecución de obra3, en concordancia con el calendario de avance de obra valorizado, salvo en obras bajo las modalidades de concurso oferta o llave en mano que incluya la elaboración del expediente técnico.
Desagregado por partidas que dio origen a su propuesta, cuando el sistema de contratación sea a suma alzada, salvo en obras bajo las modalidades de concurso oferta o llave en mano que incluya la elaboración del expediente técnico.
3.2. DE LAS GARANTÍAS
3.2.1. GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO
3 De acuerdo con el artículo 183 del Reglamento, este calendario se actualizará con cada ampliación de plazo otorgada, en concordancia con el calendario de avance de obra valorizado vigente.
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El postor ganador debe entregar a la Entidad la garantía de fiel cumplimiento del contrato. Esta deberá ser emitida por una suma equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato original y tener vigencia hasta el consentimiento de la liquidación final.
De manera excepcional, respecto de aquellos contratos que tengan una vigencia superior a un (1) año, previamente a la suscripción del contrato, las Entidades podrán aceptar que el ganador de la Buena Pro presente la garantía de fiel cumplimiento con una vigencia de un (1) año, con el compromiso de renovar su vigencia hasta el consentimiento de la liquidación final.
3.2.2. GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO POR PRESTACIONES ACCESORIAS
En caso el contrato conlleve a la ejecución de prestaciones accesorias, se otorgará una garantía adicional por este concepto, la misma que se renovará periódicamente hasta el cumplimiento total de las obligaciones garantizadas, no pudiendo eximirse su presentación en ningún caso.
3.3. REQUISITOS DE LAS GARANTÍAS
Las garantías que se presenten deberán ser incondicionales, solidarias, irrevocables y de realización automática en el país al sólo requerimiento de la Entidad. Asimismo, deben ser emitidas por empresas que se encuentren bajo la supervisión de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, y deben estar autorizadas para emitir garantías; o estar consideradas en la lista actualizada de bancos extranjeros de primera categoría que periódicamente publica el Banco Central de Reserva del Perú.
IMPORTANTE:
Corresponde a la Entidad verificar que las garantías presentadas por los postores o contratistas cumplen con los requisitos y condiciones necesarios para su aceptación y eventual ejecución.
3.4. EJECUCIÓN DE GARANTÍAS
Las garantías se harán efectivas conforme a las estipulaciones contempladas en el artículo 164 del Reglamento.
3.5. INICIO DEL PLAZO DE EJECUCIÓN DE OBRA4
El plazo de ejecución de obra se inicia a partir del día siguiente de que se cumplan las siguientes condiciones:
1. Que la Entidad designe al inspector o al supervisor, según corresponda.
2. Que la Entidad entregue el expediente técnico de obra completo al contratista.
3. Que la Entidad entregue el terreno o lugar donde se ejecutará la obra al contratista.
4. Que la Entidad provea el calendario de entrega de los materiales o insumos al contratista, cuando en la sección específica de las Bases la Entidad haya asumido esta obligación.
5. Que la Entidad entregue el adelanto directo o el primer desembolso de dicho adelanto al contratista, en las condiciones y oportunidad establecidas en la sección específica de las Bases, salvo que en dicha sección no se haya previsto la entrega de este adelanto.
6. Que el contratista presente el certificado de habilidad de los profesionales5 señalados en su propuesta técnica.
4 En las obras bajo las modalidades de concurso oferta y llave en mano que incluya la elaboración del expediente técnico, estos requisitos deberán ser considerados para el inicio de la ejecución de la obra.
5 Ingenieros o arquitectos.
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Estas condiciones deberán ser cumplidas dentro de los quince (15) días calendario siguientes a la suscripción del contrato.
En caso no se haya solicitado la entrega del adelanto directo, el plazo se inicia con el cumplimiento de las demás condiciones.
Si cumplidas las condiciones antes indicadas la estacionalidad climática no permitiera el inicio de la ejecución de la obra, la Entidad podrá acordar con el contratista la fecha para el inicio de la ejecución. Dicha decisión deberá ser sustentada en un informe técnico que formará parte del expediente de contratación de la obra.
IMPORTANTE:
De acuerdo con el artículo 190 del Reglamento, deberá designarse a un supervisor cuando el valor de la obra a ejecutarse sea igual o mayor al monto establecido por la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal en el que se convoca el proceso de selección.
3.6. RESIDENTE DE OBRA6
Profesional7 colegiado y habilitado, con no menos de dos (2) años de experiencia en la especialidad8, designado por el contratista, previa conformidad de la Entidad. Por su sola designación, el residente representa al contratista para los efectos ordinarios de la obra, no estando facultado a pactar modificaciones al contrato.
La sustitución del residente sólo procederá previa autorización por escrito del funcionario de la Entidad que, según sus normas de organización interna, cuente con facultades suficientes para brindar tal autorización, y siempre que el profesional reemplazante reúna calificaciones profesionales iguales o superiores a las del profesional originalmente propuesto.
El pronunciamiento de la Entidad sobre la sustitución del residente de obra debe ser emitido y notificado al contratista dentro de los ocho (8) días hábiles siguientes de presentada la respectiva solicitud, transcurrido dicho plazo sin que la Entidad emita pronunciamiento alguno, se considerará aprobada la sustitución.
3.7. INSPECTOR O SUPERVISOR9 DE OBRA
Profesional colegiado y habilitado, con no menos de dos (2) años de experiencia en la especialidad, designado por la Entidad para velar, de modo permanente y directo, por la correcta ejecución de la obra y el cumplimiento de las especificaciones técnicas y del contrato. Debe cumplir, cuando menos, con las mismas calificaciones profesionales del residente.
En caso que el supervisor sea una persona jurídica, esta deberá designar a una persona natural como supervisor permanente de la obra.
3.8. CUADERNO DE OBRA Y ANOTACIÓN DE OCURRENCIAS
El cuaderno de obra se abre en la fecha de entrega del terreno al contratista, oportunidad
6 De acuerdo con el artículo 185 del Reglamento, en toda obra debe contarse, de modo permanente y directo, con un residente de obra.
7 Ingeniero o arquitecto, según lo requerido en el expediente técnico de obra que es parte de las Bases, conforme a la naturaleza de la obra a ser ejecutada.
8 En el expediente técnico que es parte de las Bases, la Entidad puede establecer calificaciones y/o experiencia adicionales para el profesional propuesto como residente de obra, según la naturaleza, envergadura y complejidad de la obra a ser ejecutada.
9 De acuerdo con el artículo 190 del Reglamento, deberá contarse con supervisor cuando el valor de la obra a ejecutarse sea igual o mayor al monto establecido por la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal en el que se convoca el proceso de selección.
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en la que deberá ser firmado en cada una de sus páginas por el inspector o supervisor, según corresponda, y por el residente. Dicho cuaderno debe constar de una hoja original con tres (3) copias desglosables, correspondiendo una de estas copias a la Entidad, otra al contratista y la tercera al inspector o supervisor.
El cuaderno de obra original debe permanecer en la obra, bajo custodia del residente, el que no podrá impedirle el acceso al mismo al inspector o supervisor, bajo pena de aplicarle al contratista una multa del cinco por mil (5/1000) del monto de la valorización por cada día en que se impida el acceso.
Sólo el inspector o supervisor, y el residente, pueden hacer anotaciones en el cuaderno de obra. Estos profesionales anotarán los hechos relevantes que ocurran durante la ejecución de la obra, firmando al pie de cada anotación que efectúen. También se anotarán en el cuaderno de obra las consultas al inspector o supervisor de obra, así como la respuesta de este último.
Las solicitudes que realice el contratista, o su representante legal, como consecuencia de las ocurrencias anotadas en el cuaderno de obra, se harán directamente a la Entidad, por medio de comunicación escrita.
El cuaderno de obra será cerrado por el inspector o supervisor cuando la obra haya sido recibida por la Entidad, procediendo a entregar el original de dicho cuaderno a la Entidad.
IMPORTANTE:
El inspector o supervisor, y/o el residente, deben anotar en el cuaderno de obra la fecha de inicio del plazo de ejecución de la obra, a efectos de evitar futuras controversias sobre el particular.
3.9. ADELANTOS
La Entidad entregará adelantos directos y adelantos para materiales o insumos, conforme a lo establecido en el artículo 186 del Reglamento, siempre que ello haya sido previsto en la sección específica de las Bases10.
En el supuesto que no se entreguen los adelantos en el plazo previsto en la sección específica de las Bases, el contratista tendrá derecho a solicitar la ampliación del plazo de ejecución de la obra por el número de días equivalente a la demora, conforme al artículo 201 del Reglamento.
3.10. VALORIZACIONES
La valorización es la cuantificación económica del avance físico en la ejecución de la obra en un periodo determinado, tendrá el carácter de pago a cuenta y deberá ser realizada el último día de cada periodo de valorización previsto en la sección específica de las Bases, por el inspector o supervisor, según corresponda, y por el contratista. Si el inspector o supervisor no se presenta para la valorización conjunta con el contratista, este último la realizará.
En caso de retraso en el pago de las valorizaciones, por razones imputables a la Entidad, el contratista tendrá derecho al pago de intereses, de conformidad con el artículo 48 de la Ley y los artículos 1244, 1245 y 1246 del Código Civil. Para tal efecto, se formulará una valorización de intereses y el pago se efectuará en las valorizaciones siguientes.
En el caso que se haya suscrito contrato con un consorcio, el pago de las valorizaciones se realizará a quien se indique en el contrato de consorcio.
10 En el caso de obras bajo las modalidades de concurso oferta o llave en mano que incluya la elaboración del expediente técnico, si la Entidad prevé la entrega del adelanto directo para la elaboración del expediente técnico, el monto de este adelanto no podrá ser superior al veinte por ciento (20%) del monto original correspondiente a esta prestación. Asimismo, si la Entidad prevé la entrega del adelanto directo para la ejecución de la obra, el monto de este adelanto no podrá ser superior al veinte por ciento (20%) del monto original correspondiente a esta prestación.
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3.11. REAJUSTES
Si el valor referencial es establecido en moneda nacional, las valorizaciones deberán ser ajustadas multiplicándolas por el respectivo coeficiente de reajuste “K” que se obtenga de aplicar en la fórmula o fórmulas polinómicas previstas en el expediente técnico de obra que es parte de las Bases, los Índices Unificados de Precios de la Construcción que publica el Instituto Nacional de Estadística e Informática – INEI.
Dado que los Índices Unificados de Precios de la Construcción son publicados con un mes de atraso, los reajustes deberán calcularse teniendo en consideración el coeficiente de reajuste “K” conocido a ese momento; posteriormente, cuando se conozcan los índices que se deben aplicar, se calculará el monto definitivo de los reajustes que corresponden, los que se pagarán con la valorización más cercana posterior o en la liquidación final sin reconocimiento de intereses.
IMPORTANTE:
Tanto la elaboración como la aplicación de las fórmulas polinómicas se sujetan a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 011-79-VC.
3.12. DE LAS PENALIDADES E INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO
La penalidad por retraso injustificado en la ejecución de la obra y las causales para la resolución del contrato, serán aplicadas de conformidad con los artículos 165 y 168 del Reglamento, respectivamente.
De acuerdo con los artículos 48 de la Ley y 166 del Reglamento, en las Bases o el contrato podrán establecerse penalidades distintas a la mencionada en el artículo 165 del Reglamento, siempre y cuando sean objetivas, razonables y congruentes con el objeto de la convocatoria, hasta por un monto máximo equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato vigente o, de ser el caso, del ítem que debió ejecutarse. Estas penalidades se calcularán de forma independiente a la penalidad por xxxx.
3.13. LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO DE OBRA
El procedimiento para la liquidación del contrato de obra que deberá observarse, es el que se encuentra descrito en el artículo 211 del Reglamento. No procederá la liquidación mientras existan controversias pendientes de resolver.
Luego de haber quedado consentida la liquidación y efectuado el pago del saldo de la liquidación, culmina el contrato y se cierra el expediente respectivo.
Las controversias sobre pagos podrán ser sometidas a conciliación y/o arbitraje, dentro del plazo de quince (15) días hábiles siguientes al vencimiento del plazo previsto en la sección específica de las Bases para efectuar el pago del monto correspondiente al saldo de la liquidación.
3.14. VIGENCIA DEL CONTRATO
En aplicación de lo dispuesto en el artículo 149 del Reglamento, el contrato tiene vigencia desde el día siguiente de la suscripción del documento que lo contiene, hasta que la liquidación quede consentida y se efectúe el pago correspondiente.
3.15. DISPOSICIONES FINALES
Todos los demás aspectos del presente proceso no contemplados en las Bases se regirán supletoriamente por la Ley y su Reglamento, así como por las disposiciones legales vigentes.
IMPORTANTE:
Cuando se trate de obras bajo la modalidad de concurso oferta, a cada una de las prestaciones involucradas se le aplicarán, en principio, las disposiciones de la normativa de contrataciones del Estado que sean compatibles con su naturaleza, salvo en aquellos supuestos que impliquen la erogación de mayores fondos públicos (adelantos y prestaciones adicionales), en los que se aplicarán las disposiciones de dicha normativa que regulan la ejecución de obras.
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SECCIÓN ESPECÍFICA
CONDICIONES ESPECIALES DEL PROCESO DE SELECCIÓN
(EN ESTA SECCIÓN LA ENTIDAD DEBERÁ COMPLETAR LA INFORMACIÓN EXIGIDA, DE ACUERDO A LAS INSTRUCCIONES INDICADAS)
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CAPÍTULO I GENERALIDADES
1.1. ENTIDAD CONVOCANTE
Nombre | : | UNIVERSIDAD NACIONAL AGRARIA DE LA SELVA |
RUC Nº | : | 20172356720 |
Domicilio legal | : | Xx. Xxxxxxxxxxxxx Xx. 0.0 X/X Xxxxx Xxxxx |
Teléfono y fax: | : | 000000000 |
Correo electrónico: | : |
1.2. OBJETO DE LA CONVOCATORIA
El presente proceso de selección tiene por objeto la contratación de la ejecución de la obra
«CONSTRUCCION E IMPLEMENTACION DEL PABELLON DE AULAS EN LA UNIVERSIDAD NACIONAL AGRARIA DE LA SELVA NACIONAL AGRARIA DE LA SELVA».
1.3. VALOR REFERENCIAL11
El valor referencial asciende a de S/. 19,604,208.44 (Diecinueve Millones Seiscientos Cuatro Mil Doscientos Ocho con 44/100 Nuevos Soles), incluidos los impuestos xx Xxx y cualquier otro concepto que incida en el costo total de la ejecución de la obra. El valor referencial ha sido calculado al mes xx Xxxxx del 2014.
Valor Referencial (VR) | Límites | |
Inferior | Superior | |
S/. 19,604,208.44 (Diecinueve Millones Seiscientos Cuatro Mil Doscientos Ocho con 44/100 Nuevos Soles) | S/ 17’643,787.59 (Diecisiete Millones Seiscientos Cuarenta y Tres Mil Setecientos Ochenta y Siete con 59/100 Nuevos Soles) | S/ 21´564,629.28 (Veintiún Millones Quinientos Sesenta y Cuatro Mil Seiscientos Veintinueve con 28/100 Nuevos Soles) |
IMPORTANTE:
De conformidad con el artículo 13 del Reglamento, cuando se trate de una contratación por relación de ítems, también deberán incluirse los valores referenciales en números y letras de cada ítem.
Las propuestas económicas no pueden exceder los límites del valor referencial de conformidad con el artículo 33 de la Ley.
Si durante la fase de actos preparatorios, las Entidades advierten que es posible la participación de proveedores que gozan del beneficio de la exoneración del IGV prevista en la Ley Nº 27037, Ley de Promoción de la Inversión en la Amazonía, deberá tomarse en cuenta la regulación de la Cuarta Disposición Complementaria Final del Reglamento.
De conformidad con lo señalado en el numeral 2 de la citada Disposición
11 El monto del valor referencial indicado en esta sección de las Bases no debe diferir del monto del valor referencial consignado en la ficha del proceso en el SEACE. No obstante, de existir contradicción entre estos montos, primará el monto del valor referencial indicado en las Bases aprobadas.
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Complementaria Final, en las Bases del respectivo proceso de selección deberá establecerse además del valor referencial, los límites de éste, con y sin IGV, tal como se indica a continuación:
Valor Referencial (VR) | Límite Inferior | Límite Superior | ||
Con IGV | Sin IGV | Con IGV | Sin IGV | |
S/. 19,604,208.44 (Diecinueve Millones Seiscientos Cuatro Mil Doscientos Ocho con 44/100 Nuevos Soles) | S/ 17’643,787.59 (Diecisiete Millones Seiscientos Cuarenta y Tres Mil Setecientos Ochenta y Siete con 59/100 Nuevos Soles) | S/ 14’952,362.36 (Catorce Millones Novecientos Cincuenta y Dos Mil Trescientos Sesenta y Dos con 36/100 Nuevos Soles) | S/ 21´564,629.28 (Veintiún Millones Quinientos Sesenta y Cuatro Mil Seiscientos Veintinueve con 28/100 Nuevos Soles) | S/ 18´275,109.55 (Dieciocho Millones Doscientos Setenta y Cinco Mil Ciento Nueve con 55/100 Nuevos Soles) |
1.4. EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN
El expediente de contratación fue aprobado mediante Resolución Vice Rectoral Administrativo Nº 231-2014-VR.ADM.- UNAS, de fecha 21 xx Xxxxxx del 2014.
Asimismo, el expediente técnico de obra fue aprobado mediante Resolución “Resolución Rectoral N° 195-2014-R-UNAS”, de fecha 15 xx Xxxxx del 2014.
1.5. FUENTE DE FINANCIAMIENTO Recursos Ordinarios IMPORTANTE:
La fuente de financiamiento debe corresponder a aquellas previstas en la Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público del año fiscal en el cual se convoca el proceso de selección.
1.6. SISTEMA DE CONTRATACIÓN
El presente proceso se rige por el sistema de SUMA ALZADA 12 , de acuerdo con lo establecido en el expediente de contratación respectivo.
1.7. MODALIDAD DE EJECUCIÓN CONTRACTUAL
No corresponde.
1.8. ALCANCES DEL REQUERIMIENTO
La obra a ser ejecutada está definida en los Requerimientos Técnicos Mínimos que forman parte de la presente sección, en el capítulo III.
1.9. PLAZO DE EJECUCIÓN DE LA OBRA
El plazo de ejecución de la obra materia de la presente convocatoria, es de 420 días calendarios. Dicho plazo constituye un requerimiento técnico mínimo que debe coincidir con lo establecido en el expediente de contratación y en el expediente técnico de obra.
1.10. COSTO DE REPRODUCCIÓN DE LAS BASES
El costo de reproducción de bases asciende a la suma de S/. 200 (Doscientos con 00/100 Nuevos Soles).13
12 De acuerdo al artículo 40 del Reglamento, la Entidad también puede establecer como sistema de contratación, el esquema mixto.
13 Salvo en obras bajo las modalidades de concurso oferta o llave en mano que incluya la elaboración del expediente técnico.
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1.11. BASE LEGAL
- Ley N° 30114 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014.
- Decreto Legislativo N° 1017, que aprueba la Ley de Contrataciones del Estado, en adelante la Ley.
- Decreto Supremo N° 184-2008-EF, que aprueba el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, en adelante el Reglamento, y sus modificatorias y complementarias.
- Decreto Supremo N° 021-2009-EF - Modificación del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
- Decreto Supremo N° 140-2009-EF - Modificación del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
- Directivas del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE).
- Ley N° 29873, Ley que Modifica el Decreto Legislativo N° 1017
- Decreto Supremo N°138-2012-EF, que modifica al Decreto Supremo N° 184-2008- EF.
- Decreto Supremo Nº 080-2014-EF; que modifica al Decreto Supremo N° 184-2008- EF.
Las referidas normas incluyen sus respectivas modificaciones, de ser el caso.
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CAPÍTULO II
DEL PROCESO DE SELECCIÓN
2.1. CRONOGRAMA DEL PROCESO DE SELECCIÓN 14
Etapa | Fecha, hora y lugar | |
Convocatoria | : | 03/09/2014 |
Registro de participantes | : | Del:04/09/2014 Al: 23/09/2014 |
Formulación de Consultas | : | Del: 04/09/2014 Al: 10/09/2014 |
Absolución de Consultas | : | 11/09/2014 |
Formulación de Observaciones a las Bases | : | Del: 12/09/2014 Al: 18/09/2014 |
Absolución de Observaciones a las Bases | : | 19/09/2014 |
Integración de las Bases | : | 22/09/2014 |
Presentación de Propuestas | : | 03/10/2014 |
* El acto público se realizará en | : | Xxxx xx Xxxxxx UNAS a las 09:00 horas |
Calificación y Evaluación de Propuestas | : | 03/10/2014 |
Otorgamiento de la Buena Pro | : | 03/10/2014 |
* El acto público se realizará en | : | Xxxx xx Xxxxxx UNAS a las 18:00 horas |
IMPORTANTE:
Debe tenerse presente que en una licitación pública, entre la convocatoria y la etapa de presentación de propuestas debe existir como mínimo veintidós (22) días hábiles, y entre la integración de Bases y la etapa de presentación de propuestas, debe existir como mínimo cinco (5) días hábiles.
2.2. REGISTRO DE PARTICIPANTES
El registro de los participantes es gratuito y se realizará en la Oficina de Abastecimiento, sito en sito en Campus Universitario, Xx. Xxxxxxxxxxxxx x/x, xxxxxxxxx xxxxxxx Xx. 0.0, Xxxxx María – Huánuco, en las fechas señaladas en el cronograma, en el horario de 07:00 hrs a 14:45 horas.
En el momento del registro, se emitirá la constancia o cargo correspondiente en el que se indicará: número y objeto del proceso, el nombre y firma de la persona que efectuó el registro, así como el día y hora de dicha recepción.
IMPORTANTE:
Al consignar el horario de atención, debe tenerse en cuenta que el horario de atención no podrá ser menor a ocho horas.
Los participantes registrados tienen el derecho de solicitar un ejemplar de las Bases, las que incluyen el expediente técnico de obra, salvo en la modalidades de concurso oferta y llave en mano que incluya su elaboración, para cuyo efecto deben cancelar el costo de reproducción de las mismas.
14 La información del cronograma indicado en las Bases no debe diferir de la información consignada en el cronograma de la ficha del proceso en el SEACE. No obstante, de existir contradicción en esta información, primará el cronograma indicado en la ficha del proceso en el SEACE.
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2.3. FORMULACIÓN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES A LAS BASES
Las consultas y observaciones se presentarán por escrito, debidamente fundamentadas, ante la ventanilla xx Xxxx de Partes de la UNAS, sito en la Xx. Xxxxxxxxxxxxx x/x Xx. 0.0 Xxxxxxxxx Xxxxx Xxxxx Xxxxxxx, en las fechas señaladas en el cronograma, en el horario de 07:00 am a 02:45 pm, debiendo estar dirigidos al Presidente del Comité Especial de la Licitación Pública N° 002-2014-UNAS, pudiendo estar acompañadas de medios magnéticos como CD en Word, CASO CONTRARIO NO SERÁN ACEPTADAS.
IMPORTANTE:
Al consignar el horario de atención, debe tenerse en cuenta que el horario de atención no podrá ser menor a ocho horas.
2.4. ACTO PÚBLICO DE PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS
Las propuestas se presentarán en acto público, en la xxxx xx Xxxxxx de la Unas sito en Campus Universitario, Av. Universitaria s/n, carretera central Km. 1.5, Tingo María – Huánuco en la fecha y hora señalada en el cronograma. El acto público se realizará con la participación de “NOTARIO”
Se podrá contar con la presencia de un representante del Sistema Nacional de Control, quien participará como veedor y deberá suscribir el acta correspondiente. La no asistencia del mismo no vicia el proceso.
Se podrá contar con la presencia de un representante del Sistema Nacional de Control, quien participará como veedor y deberá suscribir el acta correspondiente. La no asistencia del mismo no vicia el proceso.
Las propuestas se presentarán en dos (2) sobres cerrados y estarán dirigidas al Comité Especial de la LICITACIÓN PUBLICA Nº 002-2014-UNAS, conforme al siguiente detalle:
SOBRE N° 1: Propuesta Técnica. El sobre será rotulado:
Señores
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Xx. Xxxxxxxxxxxxx x/x, Xxxxxxxxx Xxxxxxx Xx. 0.0, Xxxxx María – Huánuco Att.: Comité Especial
LICITACIÓN PUBLICA N° 02-2014-UNAS
Objeto del proceso: EJECUCIÓN DE LA OBRA DENOMINADA
« CONSTRUCCION E IMPLEMENTACION DEL PABELLON DE AULAS EN LA UNIVERSIDAD NACIONAL AGRARIA DE LA SELVA NACIONAL AGRARIA DE LA SELVA”.
SOBRE N° 1: PROPUESTA TÉCNICA [NOMBRE / RAZON SOCIAL DEL POSTOR]
SOBRE Nº 2: Propuesta Económica. El sobre será rotulado:
Señores
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Xx. Xxxxxxxxxxxxx x/x, Xxxxxxxxx Xxxxxxx Xx. 0.0, Xxxxx María – Huánuco Att.: Comité Especial
LICITACIÓN PUBLICA N° 02-2014-UNAS
Objeto del proceso: EJECUCIÓN DE LA OBRA DENOMINADA
« CONSTRUCCION E IMPLEMENTACION DEL PABELLON DE AULAS EN LA UNIVERSIDAD NACIONAL AGRARIA DE LA SELVA NACIONAL AGRARIA DE LA SELVA”.
SOBRE N° 2: PROPUESTA ECONÓMICA [NOMBRE / RAZÓN SOCIAL DEL POSTOR]
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2.5. CONTENIDO DE LAS PROPUESTAS
2.5.1. SOBRE N° 1 - PROPUESTA TÉCNICA
Se presentará en un original y 2 copia15.
El sobre Nº 1 contendrá, además de un índice de documentos 16, la siguiente documentación:
Documentación de presentación obligatoria:
a) Declaración jurada de datos del postor.
Cuando se trate de consorcio, esta declaración jurada será presentada por cada uno de los consorciados (Anexo Nº 1).
b) Declaración jurada de cumplimiento de los Requerimientos Técnicos Mínimos contenidos en el Capítulo III de la presente sección17 (Anexo Nº 2).
c) Declaración jurada simple de acuerdo al artículo 42 del Reglamento (Anexo Nº 3).
En el caso de consorcios, cada integrante debe presentar esta declaración jurada, salvo que sea presentada por el representante común del consorcio.
d) Promesa formal de consorcio, de ser el caso, en la que se consigne los integrantes, el representante común, el domicilio común y las obligaciones a las que se compromete cada uno de los integrantes del consorcio, así como el porcentaje equivalente a dichas obligaciones (Anexo Nº 4).
La promesa formal de consorcio deberá ser suscrita por cada uno de sus integrantes, con firmas legalizadas, en el caso de personas jurídicas con la firma legalizada de sus representantes.
Se presume que el representante común del consorcio se encuentra facultado para actuar en nombre y representación del mismo en todos los actos referidos al proceso de selección, suscripción y ejecución del contrato, con amplias y suficientes facultades.
e) Declaración jurada de plazo de ejecución de la obra (Anexo Nº 5).
f) Declaración jurada del personal propuesto para la ejecución de la obra (Anexo Nº 10).
IMPORTANTE:
La omisión de alguno de los documentos enunciados acarreará la no admisión de la propuesta, sin perjuicio de lo señalado en el artículo 68 del Reglamento.
Documentación de presentación facultativa:
a) Factor experiencia en obras en general: Copia simple de contratos y sus respectivas actas de recepción y conformidad; contratos y sus respectivas
15 De acuerdo con el artículo 63 del Reglamento, la propuesta técnica se presentará en original y en el número de copias requerido en las Bases, el que no podrá exceder de la cantidad de miembros que conforman el Comité Especial.
16 La omisión del índice no descalifica la propuesta, ya que su presentación no tiene incidencia en el objeto de la convocatoria.
17 El Comité Especial debe determinar al elaborar las Bases si solo bastará la presentación de una declaración jurada para acreditar el cumplimiento de los requerimientos técnicos mínimos o, de lo contrario, si será necesario que lo declarado se encuentre respaldado con la presentación de algún otro documento, en cuyo caso, deberá precisar dicha información en el listado de documentación de presentación obligatoria del numeral 2.5.1 de la sección específica de las Bases.
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resoluciones de liquidación; o contratos y cualquier otra documentación de la cual se desprenda fehacientemente que la obra fue concluida, así como su monto total. Adicionalmente, para acreditar experiencia adquirida en consorcio, deberá presentarse copia simple de la promesa formal de consorcio o el contrato de consorcio.
Sin perjuicio de lo anterior, los postores deben presentar el Anexo Nº 6,
referido a la experiencia en obras en general del postor.
b) Factor experiencia en obras similares: Copia simple de contratos y sus respectivas actas de recepción y conformidad; contratos y sus respectivas resoluciones de liquidación; o contratos y cualquier otra documentación de la cual se desprenda fehacientemente que la obra fue concluida, así como su monto total. Adicionalmente, para acreditar experiencia adquirida en consorcio, deberá presentarse copia simple de la promesa formal de consorcio o el contrato de consorcio.
Sin perjuicio de lo anterior, los postores deben presentar el Anexo Nº 7,
referido a la experiencia en obras similares del postor.
c) Factor experiencia y calificaciones del personal profesional propuesto: Para acreditar el factor experiencia del personal profesional propuesto, se presentará copia simple de: contratos de trabajo, constancias o certificados.
d) Factor cumplimiento de ejecución de obras: Copia simple de un xxxxxx xx xxxx (10) constancias de prestación. Referidas a las Obras Similares.
IMPORTANTE:
En caso exista contradicción entre la información presentada en la propuesta técnica, la propuesta será descalificada.
2.5.2. SOBRE N° 2 - PROPUESTA ECONÓMICA18
El Sobre Nº 2 deberá contener la siguiente información obligatoria:
Oferta económica expresada en la moneda del valor referencial (Anexo Nº 8).
El monto total de la propuesta económica deberá ser expresado con dos decimales.
IMPORTANTE:
La admisión de la propuesta económica que presenten los postores dependerá de si aquella se encuentra dentro los márgenes establecidos en el artículo 33 de la Ley y el artículo 39 de su Reglamento.
En caso la información contenida en la propuesta económica difiera de la información contenida en la propuesta técnica, la propuesta económica será descalificada.
2.6. DETERMINACIÓN DEL PUNTAJE TOTAL
Una vez evaluadas las propuestas técnica y económica se procederá a determinar el puntaje total de las mismas.
El puntaje total de las propuestas será el promedio ponderado de ambas evaluaciones, obtenido de la siguiente fórmula:
PTPi = c1 PTi + c2 PEi
18 De acuerdo con el artículo 63 del Reglamento la propuesta económica solo se presentará en original.
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Donde:
PTPi = Puntaje total del postor i
PTi = Puntaje por evaluación técnica del postor i PEi = Puntaje por evaluación económica del postor i
Se aplicarán las siguientes ponderaciones:
c1 = Coeficiente de ponderación para la evaluación técnica. = 0.70
c2 = Coeficiente de ponderación para la evaluación económica. = 0.30
Donde: c1 + c2 = 1.00
2.7. REQUISITOS PARA LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO
El postor ganador de la Buena Pro deberá presentar los siguientes documentos para suscribir el contrato:
a) Constancia vigente de no estar inhabilitado para contratar con el Estado.
b) Constancia de capacidad libre de contratación.
c) Garantía de fiel cumplimiento del contrato, que será acreditado mediante la presentación de una Carta Fianza.
d) Contrato de consorcio con firmas legalizadas de los integrantes, de ser el caso.
e) Código de cuenta interbancario (CCI).
f) Domicilio para efectos de la notificación durante la ejecución del contrato.
g) Designación del residente de obra, cuando este no haya formado parte de su propuesta técnica.
h) Calendario de avance de obra valorizado sustentado en el Programa de Ejecución de Obra (PERT-CPM), salvo en obras bajo las modalidades de concurso oferta o llave en mano que incluya la elaboración del expediente técnico.
i) Calendario de adquisición de materiales o insumos necesarios para la ejecución de obra19, en concordancia con el calendario de avance de obra valorizado, salvo en obras bajo las modalidades de concurso oferta o llave en mano que incluya la elaboración del expediente técnico.
j) Desagregado por partidas que dio origen a su propuesta, cuando el sistema de contratación sea a suma alzada, salvo en obras bajo las modalidades de concurso oferta o llave en mano que incluya la elaboración del expediente técnico.
IMPORTANTE:
En caso que el postor ganador de la Buena Pro sea un consorcio y la Entidad opte por solicitar como garantía para la suscripción del contrato carta fianza o póliza de caución, conforme a lo indicado por la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones en los Oficios Nº 5196-2011-SBS y Nº 15072-2012-SBS, a fin de que no existan problemas en la ejecución de las mencionadas garantías, resulta necesario que éstas consignen en su texto, el nombre, denominación o razón social de todas y cada una de las personas naturales y/o jurídicas que integran el consorcio.
Corresponde a la Entidad verificar que las garantías presentadas por los postores o contratistas cumplen con los requisitos y condiciones necesarios para su aceptación y eventual ejecución.
Adicionalmente, se deberá presentar la siguiente documentación:
a. Copia de DNI del Representante Legal.
b. Copia de la vigencia del poder del representante legal de la empresa.
c. Copia de la constitución de la empresa y sus modificatorias debidamente actualizado.
d. Copia del RUC de la empresa.
IMPORTANTE:
La Entidad no podrá exigir documentación o información adicional a la consignada en el presente numeral para la suscripción del contrato.
19 De acuerdo con el artículo 183 del Reglamento, este calendario se actualizará con cada ampliación de plazo otorgada, en concordancia con el calendario de avance de obra valorizado vigente.
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2.8. PLAZO PARA LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO
Una vez que quede consentido o administrativamente firme el otorgamiento de la Buena Pro, los plazos y el procedimiento para suscribir el contrato son los siguientes:
Dentro del plazo de doce (12) días hábiles siguientes al consentimiento de la Buena Pro o cuando esta haya quedado administrativamente firme, debe suscribirse el contrato. Dentro del referido plazo: a) El postor ganador debe presentar la totalidad de la documentación prevista en las Bases, b) La Entidad, de corresponder, solicita la subsanación de la documentación presentada y c) El postor ganador subsana las observaciones formuladas por la Entidad. (Según Decreto Supremo N° 080-2014-EF)
La citada documentación deberá ser presentada en el Oficina de Abastecimiento de la Universidad Agraria de la Selva sito en la Xx. Xxxxxxxxxxxxx x/x, xxxxxxxxx xxxxxxx Xx. 0.0, Xxxxx María – Huánuco,
2.9. ADELANTOS20
2.9.1. ADELANTO DIRECTO
“La Entidad otorgará un adelanto directo por el 20% del monto del Contrato Original21 del monto del contrato original.
El contratista debe solicitar formalmente el Adelanto Directo dentro de los ocho (8) días calendario siguiente, a la Suscripción del Contrato 22 , adjuntando a su solicitud la garantía por adelantos 23 mediante Carta Fianza y el comprobante de pago correspondiente. La Entidad debe entregar el monto solicitado dentro de los siete (7) días siguientes a la presentación de la solicitud del contratista.
Vencido el plazo para solicitar el adelanto no procederá la solicitud.
En el supuesto que no se entregue el Adelanto Directo en la oportunidad prevista, el contratista tendrá derecho a solicitar la ampliación del plazo de ejecución de la obra por el número de días equivalente a la demora, conforme al artículo 201 del Reglamento.”
2.9.2. ADELANTO PARA MATERIALES O INSUMOS
“La Entidad otorgará adelantos para materiales o insumos por el 40% del monto del contrato original24, conforme al calendario de adquisición de materiales o insumos.
20 Si la Entidad ha previsto la entrega de xxxxxxxxx, deberá consignar el procedimiento para su entrega y la respectiva garantía, precisando el plazo en el cual el contratista solicitará los adelantos. Asimismo, deberá consignar la oportunidad y plazo en el cual se entregarán dichos adelantos, conforme a lo previsto por los artículos 186 y 187 del Reglamento.
21 En el caso de obras bajo las modalidades de concurso oferta o llave en mano que incluya la elaboración del expediente técnico, si la Entidad prevé la entrega del adelanto directo para la elaboración del expediente técnico, el monto de este adelanto no podrá ser superior al veinte por ciento (20%) del monto original correspondiente a esta prestación. Asimismo, si la Entidad prevé la entrega del adelanto directo para la ejecución de la obra, el monto de este adelanto no podrá ser superior al veinte por ciento (20%) del monto original correspondiente a esta prestación.
22 En el caso de obras que no se ejecuten bajo modalidad o que se ejecuten bajo la modalidad llave en mano que no incluya la elaboración del expediente técnico, deberá indicarse que el plazo se computa desde el día siguiente de la suscripción del contrato. En el caso de obras que se ejecuten bajo las modalidades de concurso oferta o llave en mano que incluya la elaboración del expediente técnico, para el adelanto directo que corresponda a la elaboración del expediente técnico deberá indicarse que el plazo se computa desde el día siguiente de la suscripción del contrato; en cambio, para el adelanto directo que corresponda a la ejecución de la obra deberá indicarse que el plazo se computa desde el día siguiente del inicio de la ejecución de la obra.
23 De conformidad con el artículo 162 del Reglamento, esta garantía deberá ser emitida por idéntico monto y un plazo mínimo de vigencia de tres (3) meses, renovable trimestralmente por el monto pendiente de amortizar, hasta la amortización total del adelanto otorgado. Cuando el plazo de ejecución de la obra sea menor a tres (3) meses, la garantía podrá ser emitida con una vigencia menor, siempre que cubra la fecha prevista para la amortización total del adelanto otorgado.
24 En el caso de obras que no se ejecuten bajo modalidad o que se ejecuten bajo la modalidad llave en mano que no incluya la elaboración del expediente técnico, deberá consignarse que el monto del adelanto para materiales o insumos se calcula en función del monto del contrato original. En el caso de obras que se ejecuten bajo las modalidades de concurso oferta o llave en mano que incluya la elaboración del expediente técnico, deberá consignarse que el monto del adelanto para
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Para dicho efecto, el contratista deberá entregar la garantía por adelantos25 mediante Carta Fianza y el comprobante de pago correspondiente.”
2.10. VALORIZACIONES
El periodo de valorización será Mensual.
IMPORTANTE:
Cuando el periodo de valorización establecido por la Entidad sea el mensual, el plazo del pago de la valorización se regirá por lo dispuesto en el sexto párrafo del artículo
197 del Reglamento. En cambio, si la Entidad prevé un periodo de valorización distinto al mensual, deberá establecer los plazos y procedimiento aplicables para la valorización, teniendo en consideración lo dispuesto en el quinto párrafo del referido artículo, así como el plazo para el pago de las valorizaciones.
De acuerdo con los párrafos quinto y sexto del artículo 197 del Reglamento, para efectos del pago de las valorizaciones, la Entidad deberá contar con la valorización del periodo correspondiente, debidamente aprobada por el inspector o supervisor, según corresponda; a la que deberá adjuntarse el comprobante de pago respectivo.
2.11. PLAZO PARA EL PAGO DEL SALDO DE LA LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO DE OBRA
La Entidad o el contratista, según corresponda, deben efectuar el pago del monto correspondiente al saldo de la liquidación del contrato de obra, en el plazo de 30 días calendario, computados desde el día siguiente del consentimiento de la liquidación. Para tal efecto, la parte que solicita el pago debe presentar el comprobante de pago respectivo.
materiales o insumos se calcula en función del monto original de la prestación consistente en la ejecución de la obra.
25 De conformidad con el artículo 162 del Reglamento, esta garantía deberá ser emitida por idéntico monto y mantenerse vigente hasta la utilización de los materiales o insumos a satisfacción de la Entidad, pudiendo reducirse de manera proporcional de acuerdo con el desarrollo respectivo.
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CAPÍTULO III REQUERIMIENTOS TÉCNICOS MÍNIMOS
NOTA MUY IMPORTANTE:
La empresa constructora ganadora de la BUENA PRO, deberá ceñirse estrictamente en lo estipulado en el presente “Términos de referencia” y en el expediente técnico aprobado mediante “RESOLUCIÓN N° 195-2014-R-UNAS” en la etapa de ejecución de la obra, además respetara en forma estricta los requerimientos técnicos mínimos del equipo de profesionales, equipos y maquinarias.
I. ANTECEDENTES.
La Universidad Nacional Agraria de la Selva ha considerado en su plan de inversiones del año fiscal 2014, la ejecución de la obra: “CONSTRUCCION E IMPLEMENTACION DEL PABELLON DE AULAS EN LA UNIVERSIDAD NACIONAL AGRARIA DE LA SELVA – TINGO XXXXX” y
está orientado principalmente a que la población estudiantil tenga buen desempeño de las actividades académicas, investigación y proyección universitaria.
1. VIABILIDAD DEL PROYECTO:
El Proyecto: “CONSTRUCCION E IMPLEMENTACION DEL PABELLON DE AULAS EN LA UNIVERSIDAD NACIONAL AGRARIA DE LA SELVA – TINGO XXXXX” inscrito con Código
SNIP 105699, ha sido Declarado Viable por la Oficina de Programación e Inversiones (OPI) de la Asamblea Nacional de Rectores; la Fuente de Financiamiento será por Recursos Ordinarios.
2. ENTIDAD ENCARGADA DEL PROCESO DE SELECCIÓN
La entidad encargada del presente proceso es la misma Universidad Nacional Agraria de la Selva a través de la Dirección de Abastecimiento, mediante la Un Comité Especial AD HOC para la LICITACION PUBLICA; por el monto y por la envergadura del Proyecto.
3. OBJETO
El objeto del presente proceso es seleccionar a la persona natural o jurídica, que se encuentren en capacidad de ejecutar la obra: “CONSTRUCCION E IMPLEMENTACION DEL PABELLON DE AULAS EN LA UNIVERSIDAD NACIONAL AGRARIA DE LA SELVA – TINGO XXXXX”.
4. PROCEDIMIENTO UTILIZADO.
El presente proceso de selección se rige por los procedimientos de la LEY DE CONTRATACIONES DEL ESTADO Y SU REGLAMENTO, los cuales son los que se establecen y detallan en los términos de referencia.
5. COMISIÓN ESPECIAL
Para este proceso la Universidad Nacional Agraria de la Selva designará a un Comité Especial mediante RESOLUCION RECTORAL, que estará conformado por tres miembros. El comité especial tendrá a su cargo la elaboración de las bases y la organización, conducción y ejecución del proceso de selección, hasta que la Buena Pro quede consentida o administrativamente firme, o se cancele el proceso de selección.
6. QUIENES PUEDEN SER POSTORES
Puede presentarse como postor cualquier persona natural o jurídica que se encuentre en capacidad de cumplir con el objeto del presente proceso de selección.
Las personas que formen un consorcio deberán acreditar por lo menos que su duración o existencia legal no será inferior a la vigencia del contrato, de las garantías y un año más, debiendo ser indicado esto en la promesa de consorcio. Los integrantes de un consorcio no podrán presentar propuestas individuales ni conformar, de manera individual o de manera conjunta, más de un consorcio.
Para los postores que pretendan conformar un consorcio, bastará que lo acrediten, en esta etapa del proceso, con una carta de intención, firmada por cada uno de los integrantes, en la
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cual llenen los requisitos solicitados. Para la celebración del contrato, el consorcio deberá estar plena y legalmente constituido, llenando los requisitos de duración y demás solicitados en las presentes bases.
Quien o quienes participen en este proceso se comprometen al fiel cumplimiento de las condiciones establecidas en estos términos de referencia - bases.
Toda persona que adquiera estas bases se compromete a utilizar la información incorporada en las mismas exclusivamente para los fines propios de este proceso.
7. QUIENES NO PUEDEN SER POSTORES.
El postor que se encuentre inhabilitado para contratar con el Estado – OSCE (Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado).
Adicionalmente, están impedidos de ser postores, las personas naturales o jurídicas que hayan participado, directa o indirectamente a través de sus asociados, representantes o empleados en los estudios de preinversión o información técnica previa que da origen al proceso de selección y sirve de base para el objeto del contrato, y otros que estén impedidos por la normatividad vigente.
8. PROHIBICIÓN ESPECIAL
A los postores les está prohibido celebrar acuerdos entre sí o con terceros a fin de establecer prácticas restrictivas de la libre competencia; ante dicha eventualidad, se descalificará al postor o postores.
9. CRONOGRAM A
El cronograma del presente proceso estará consignado en el anexo correspondiente de las presentes bases. (Anexo 09).
La comisión especial podrá, si lo estima conveniente, modificar dicho cronograma, en cuyo caso notificará a cada uno de los adquirentes o postores, a la dirección electrónica indicada por ellos, de los cambios efectuados. Dicha información también estará publicada en el portal de la OSCE.
10 . PRÓRROG AS, POSTERG ACIONES Y CANCELACIÓN DEL PROCESO.
La prórroga o postergación de las etapas de un proceso de selección se determina por acuerdo de la Comisión Especial, para lo cual comunicará en forma oportuna a todos los adquirientes o a todos los postores según corresponda.
11 . COMUNICACIÓN CON LOS PARTIC IPANTES DEL PROCESO.
Toda notificación durante o después de este proceso se efectuará por medio de correo electrónico, en la dirección electrónica que cada postor indique al momento de registrarse como postor.
II. DESARROLLO DEL PROCESO
1. CONVOCATORIA Y DIFUSIÓN.
La convocatoria del presente proceso de selección se efectúa mediante la modalidad de Licitación Pública, registrado en el portal de la OSCE (Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado)
2. VENTA Y ENTREGA
El costo de las bases es de S/.200.00 Nuevos Soles (propuesta), pagaderos en efectivo en la Tesorería de la Universidad Nacional Agraria de la Selva.
Las bases y el expediente técnico serán entregadas en físico y medio magnético en la Dirección de Abastecimiento, ubicada en la Xx. Xxxxxxxxxxxxx xx. 0.0 Carretera Tingo Xxxxx - Huánuco.
El periodo de venta y entrega de bases aparecerá en el cronograma de la convocatoria, portal de la OSCE (Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado)
Horario de atención en la Universidad Nacional Agraria de la Selva es de Lunes a Viernes de 7:00 horas a 14:45 horas.
Teléfax: 062-561784.
Para efectos de participar en el presente proceso de selección es condición indispensable que los postores interesados hayan comprado las bases.
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La concurrencia del postor implica su conocimiento de las bases y tácito sometimiento a ellas en todas sus partes, también en lo concerniente a la presente LEY DE CONTRATACIONES DEL ESTADO Y SU REGLAMENTO.
El postor que adquiera las bases se adhiere al proceso de selección en el estado en que este se encuentre.
3. EJECUCIÓN DE LA OBRA
Las presentes disposiciones enmarcan los puntos genéricos para la construcción de las obras que comprende el proyecto:
Libre Disponibilidad de terreno.
Plan de Trabajo - Operaciones
Certificado de Alineamiento de calles
Permisos, certificación
Localización
Condiciones locales
Límites de trabajo Palan de ejecución de trabajo de obra
Protección del lugar
Mano de obra calificada y no calificada (deberá de ser el 80% de la zona de Tingo Xxxxx)
Inspección y control de obras (seguridad antes, durante y después de cada actividad)
Materiales y equipos
Cambios en el trabajo
Recepción de obra
Liquidación final de la obra
Disposiciones finales
NOTA:
- Una vez obtenido la BUENA PRO y firmado el contrato respectivo a la empresa ganadora – EJECUTORA; No se le aceptará por ningún motivo ni causa de una ampliación de plazo ni de presupuesto por parte de la entidad durante la ejecución del proyecto – obra de ser el caso; para tal efecto deberá de ceñirse estrictamente lo proyectado en el expediente técnico aprobado y viable.
- También se pone muy en claro que se realizaran deductivos durante la ejecución de la obra, para tal efecto deberá de coordinarse con la Oficina de Ingeniería y Mantenimiento de la UNAS y la Supervisión de la Obra, para dar solución al caso, para efectos de valorizaciones.
4. UBICACIÓN Y LÍMITE DEL ÁREA DE INFLUENCIA DE LA OBRA.
El proyecto en mención, se encuentra ubicado en el Departamento de Huánuco, Provincia de Xxxxxxx Xxxxx, Distrito Rupa Rupa, Ciudad de Tingo Xxxxx.
5. MODALIDAD Y SISTEMA DE CONTRATACIÓN
Modalidad: Obra por Contrata Sistema: A SUMA ALZADA
6. POBLACIÓN BENEFICIADA
La población beneficiaria está conformada por 2,954 Estudiantes de la diferentes Carreras Profesionales que ofrece la Universidad Nacional Agraria de la Selva.
7. PROGRAMACIÓN DE LA OBRA
Para la programación, control y supervisión de las obras deberá programarse todas las actividades utilizando el Software de Microsoft Project, presentando en el Diagrama Xxxxx, PERT – CPM y el Calendario, las secuencias y tiempo máximo y mínimo por cada actividad, además de indicar la ruta crítica.
Deberán preverse adecuadamente el suministro oportuno de todos los materiales puestos en obra. El contratista presentará un Cronograma Valorizado detallando de todas las actividades inherentes al Proyecto - Obra, que deberá ser concordante con su propuesta técnica y económica, y que será aprobado por la Supervisión.
Deberá programarse adecuadamente los trámites necesarios correspondientes al otorgamiento de licencias, autorizaciones, derechos de uso, gestiones en instituciones estatales y regional programando oportunamente los desembolsos derivados de ellos.
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8. DOCUMENTOS A SER PROPORCIONADOS POR LA UNIVERSIDAD NACIONAL AGRARIA DE LA SELVA.
La Universidad Nacional Agraria de la Selva a través de la Oficina de Ingeniería y Mantenimiento entregará al Contratista, toda la documentación existente relacionado a los perfiles técnicos y Expedientes Técnicos.
Cabe señalar que las coordinaciones con la Universidad Nacional Agraria de la Selva será con los especialistas de la Oficina de Ingeniería y Mantenimiento.
9. PLAZO DE EJECUCIÓN.
La ejecución de la Obra es de 420 días calendarios (35 meses).
10. MONTO DE EJECUCIÓN DE LA OBRA
El monto de ejecución de la obra asciende a la suma de S/.19,604,208.44 (Incluye IGV, Gastos Generales y Utilidades).
El Valor Referencial, ha sido elaborado y actualizado con precios vigentes a Marzo del 2014. El mismo que se detalla en el siguiente cuadro:
DESCRIPCIÓN | MONTO S/. |
COSTO DIRECTO | S/. 13,844,779.97 |
GASTOS GENERALES (10%) | S/. 1,384,478.00 |
UTILIDADES (10%) | S/. 1,384,478.00 |
SUB TOTAL | S/. 16,613,735.97 |
I.G.V. (18%) | S/. 2,990,472.47 |
PRESUPUESTO DE EJECUCION DE OBRA | S/. 19,604,208.44 |
11. SUPERVISIÓN Y CONTROL DEL PROYECTO.
La Supervisión y control de la obra, estará a cargo una Consultora Supervisora de la Obra en coordinación con la Oficina de Ingeniería y Mantenimiento de la UNAS, quienes harán el seguimiento, control, coordinación y revisión de los Avances físicos de Obra.
El Contratista estará sujeto a la verificación de la participación del personal profesional y técnico de la infraestructura propuesta, antes y durante el desarrollo del Proyecto - Obra.
12. RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA N° 072–98–CG.
En la ejecución de la obra, el Contratista deberá cumplir con las Normas de Control Interno para el área de Obras Públicas en todos sus ítems.
III.- INFORMACIÓN GENERAL DEL PROYECTO
El objetivo central que se plantea está encaminado a obtener una “APROPIADA Y SUFICIENTE INFRAESTRUCTURA PARA EL BUEN DESEMPEÑO DE LAS ACTIVIDADES ACADÉMICAS E
INVESTIGACIÓN Y PROYECCIÓN UNIVERSITARIA”, para cuyo efecto se plantea como objetivos:
Construir pabellones de aulas con los espacios necesarios y niveles de seguridad de evacuación.
Construir dos aulas magnas con los espacios necesarios y niveles de seguridad de evacuación.
Adquisición de mobiliario para aulas destinadas a clases teóricas.
Adquisición de mobiliario para aulas destinadas a clases prácticas.
Adquisición de equipos de cómputo actualizados para el dictado de clases prácticas.
Adquisición de equipos de cómputo y audio visuales para las aulas magnas.
Adquisición de equipos de teleconferencias para dos aulas magnas.
Implementación de equipos de refrigeración y ventilación para los ambientes necesarios.
El presente proyecto se encuentra ubicado en el interior de la Universidad Nacional Agraria de la Selva en la Av. Universitaria Km 1.50 de la Carretera de Tingo Xxxxx x Xxxxxxx
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Metas Físicas:
Construcción de 30 aulas para estudiantes en cuatro niveles y 02 bloques con acabados de alta calidad
Construcción de 02 aulas de computo
Construcción de 02 aulas magnas con capacidad para 60 personas cada una
Instalación de 02 ascensores panorámicos con capacidad para 10 personas - uso exclusivo de /discapacitados
Instalación de 02 plataformas para discapacitados acceso a las aulas magnas
Construcción de 02 cafetines
Construcción de 04 ambientes para oficina en los 04 niveles
Construcción de parque central con espejos de agua y área de descanso y lectura
Construcción xx xxxxxxxx de conexión entre los otros pabellones
Construcción de 122.00 ml de canal pluvial 1.80mx1.50m para desviación de agua de lluvias
Instalación de equipos y mobiliario en general para todos los ambientes
instalación de equipos especializados en computo, teleconferencias y otros.
Población Beneficiaria: 2954 estudiantes.
Plazo de Ejecución: 420 días calendarios.
IV.- DESCRIPCION GENERAL DEL PROYECTO Y OTRAS CONSIDERACIONES GENERALES Y DISCREPANCIA ENTRE LOS DOCUMENTOS TÉCNICOS
En caso de existir divergencia entre los documentos del proyecto, los Planos tienen primacía sobre las Especificaciones Técnicas. Los metrados son referenciales y complementarios y la omisión parcial o total de una partida, no dispensará al Contratista de su ejecución, si está prevista en los Planos, Especificaciones Técnicas o Memoria Descriptiva y otros.
1.- OBJETO DE LAS ESPECIFICACIONES
Las presentes Especificaciones Técnicas tienen como objeto definir las normas y procedimientos que serán aplicados en la construcción de la obra, siendo las mismas parte integrante del Expediente Técnico.
Más allá de lo establecido en estas especificaciones, el Ingeniero residente, tiene autoridad suficiente para ampliarlas en cuanto a la calidad de los materiales a emplearse y la correcta metodología constructiva a seguir en cualquier trabajo. La obra comprende la completa ejecución de los trabajos indicados en estas especificaciones y también de aquellos no incluidos en la misma, pero si están en la serie completa de planos y documentos complementarios (expediente técnico).
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2.- ALCANCE DE LAS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
a.- Comprenden las normas y exigencias para la construcción de las estructuras planteadas, formando parte integrante del proyecto y complementando lo indicado en los planos respectivos.
b.- Precisan las condiciones y exigencias que constituyen las bases de pago para las obras que se ejecuten.
3.- MEDIDAS DE SEGURIDAD
El responsable de la ejecución de la obra bajo responsabilidad, adoptará todas las medidas de seguridad necesarias para evitar accidentes a su personal, a terceros y a la misma Obra, debiendo cumplir con todas las disposiciones vigentes en el Reglamento Nacional de Edificaciones, Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y demás dispositivos legales vigentes.
El responsable de la ejecución de la obra deberá mantener todas las medidas de seguridad en forma ininterrumpida, desde el inicio hasta la recepción de la Obra, incluyendo los eventuales períodos de paralizaciones por cualquier causal.
4.- VALIDEZ DE ESPECIFICACIONES, PLANOS Y METRADOS
En el caso de existir divergencias entre los documentos del Proyecto:
Los Planos tienen validez sobre las Especificaciones Técnicas, Metrados y Presupuestos.
Las Especificaciones Técnicas tienen validez sobre Metrados y Presupuestos.
Los Metrados tienen validez sobre los Presupuestos.
Los metrados son referenciales y la omisión parcial o total de una partida no dispensará al Ejecutor de su ejecución si está prevista en los Planos y/o las Especificaciones Técnicas. Las Especificaciones se complementan con los Planos y Metrados respectivos en forma tal que, las Obra deben ser ejecutadas en su totalidad aunque estas figuren en uno solo de esos documentos, salvo orden expresa del "Supervisor" quien obtendrá previamente la aprobación por parte de la Entidad.
Detalles menores de trabajos y materiales no usualmente mostrados en las Especificaciones, Planos y Metrados pero necesarios para la Obra deben ser ejecutados por el "Responsable de la ejecución de la obra", previa aprobación del “Supervisor”.
5.- CONSULTAS
Todas las consultas relativas a la construcción, serán efectuadas al "Supervisor" mediante un Cuaderno de Obra, quien absolverá las respuestas.
6.- SIMILITUD DE MATERIALES O EQUIPOS
Cuando las Especificaciones Técnicas o Planos indiquen "igual o similar", sólo el "Supervisor" decidirá sobre la igualdad o semejanza.
7.- INSPECCIÓN
Todo el material y la mano de obra empleada, estarán sujetos a la Inspección por el “Supervisor” en la oficina, taller u obra, quien tiene el derecho a rechazar el material que se encuentre dañado, defectuoso o por la mano de obra deficiente, que no cumpla con lo indicado en los Planos o Especificaciones Técnicas.
Los trabajos mal ejecutados deberán ser satisfactoriamente corregidos y el material rechazado deberá ser reemplazado por otro aprobado, por cuenta del Contratista.
El responsable de la ejecución de la obra deberá suministrar sin cargo para la Entidad ni su representante el “Supervisor”; todas las facilidades razonables, mano de obra y materiales adecuados para la inspección y pruebas que sean necesarias.
8.- MATERIALES Y MANO DE OBRA
Todos los materiales adquiridos o suministrados para las obras que cubren estas especificaciones, deberán ser nuevos, de primer uso, de utilización actual en el Mercado Nacional e Internacional, de la mejor calidad dentro de su respectiva clase.
Los materiales que se expendan envasados deberán entrar a la Obra en sus recipientes originales, intactos y debidamente sellados.
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Los materiales deben ser guardados en la Obra en forma adecuada sobre todo siguiendo las indicaciones dadas por el Fabricante o manuales de instalaciones.
9.- TRABAJOS
El Ingeniero Residente tiene que notificar por escrito al “Supervisor” de la Obra sobre la iniciación de sus labores para cada frente y/o etapa de trabajo.
Al inicio de la obra el responsable de la ejecución de la obra podrá presentar al “Supervisor” las consultas técnicas para que sean debidamente absueltas.
Cualquier cambio durante la ejecución de la Obra que obligue a modificar el Proyecto Original será resuelto por la Entidad a través del Proyectista o el “Supervisor” para lo cual deberá presentarse un plano original con la modificación propuesta.
10.- CAMBIOS SOLICITADOS POR EL RESPONSABLE DE LA EJECUCIÓN DE LA OBRA.
El responsable de la ejecución de la obra podrá solicitar por escrito y oportunamente cambios al Proyecto, para lo cual deberá sustentar y presentar los planos y especificaciones para su aprobación por la Entidad.
11.- CAMBIOS AUTORIZADOS POR LA ENTIDAD
La Entidad podrá en cualquier momento a través del "Supervisor" por medio de una orden escrita hacer cambios en los planos o Especificaciones. Los cambios deberán ser consultados al Proyectista. Si dichos cambios significan un aumento o disminución en el monto del presupuesto de obra o en el tiempo requerido para la ejecución se hará el reajuste correspondiente de acuerdo a los procedimientos legales vigentes.
12.- PERSONAL
El responsable de la ejecución de la obra, antes de dar comienzo a la ejecución de la Obra, dará el nombre y número de colegiatura del Ingeniero Residente, quien se hará cargo de la dirección de la obra, así como su curriculum vitae para su aprobación por la Entidad o el "Supervisor”.
13.- MOVILIZACIÓN
El responsable de la ejecución de la obra bajo su responsabilidad movilizará a la obra y oportunamente, el equipo mecánico, materiales, insumos, equipos menores, personal y otros necesarios para la ejecución de la Obra.
14.- ENTREGA DEL TERRENO PARA LA OBRA
El terreno será entregado según Acta pertinente, ratificándose la conformidad con lo indicado en los planos respectivos.
15.- ENTREGA DE LA OBRA TERMINADA
Al terminar todos los trabajos, el responsable de la ejecución de la obra hará entrega de la obra a la Comisión de Recepción, nombrada por la Entidad de acuerdo a lo señalado en el Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado.
Previamente el "Supervisor" hará una revisión final de todas las partes y se establecerá su conformidad de acuerdo a planos y Especificaciones Técnicas.
Así mismo, previamente a la recepción de la obra, el Contratista deberá efectuar la limpieza general de toda el área utilizada para la ejecución de la obra incluyendo campamentos, instalaciones, depósitos, desechos, áreas libres, etc.
Las instalaciones y las estructuras definitivas serán sometidas a pruebas en las condiciones más desfavorables y por el tiempo que las Especificaciones lo señalen.
Se levantará un acta en donde se establezca la conformidad de la obra o se establezcan los defectos observados, dándose en este último caso un plazo al Contratista para la subsanación correspondiente. Vencido el cual, se hará una nueva inspección en donde se establezca la conformidad del "Supervisor".
Si al realizarse la segunda inspección subsisten los defectos anotados en la primera inspección, la Entidad podrá contratar con terceros la subsanación por cuenta del Contratista sin perjuicio de la aplicación de las cláusulas que el Contrato de obra establezca y de acuerdo al Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado.
16.- MATERIALES BÁSICOS PARA LA OBRA
El responsable de la ejecución de la obra tiene conocimiento expreso de la existencia de todos los materiales básicos en el lugar de la obra, x xxxx el modo de aprovisionarse, de tal forma que no haya pretexto para el avance de la obra de acuerdo a lo programado.
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17.- CONOCIMIENTO DEL TERRENO PARA LA OBRA Y ACCESOS
El responsable de la ejecución de la obra tiene conocimiento expreso de las características y condiciones geográficas y climáticas del lugar para la obra; así como de sus accesos, de tal forma que con la debida anticipación prevea todo lo necesario para el inicio y avance de la obra de acuerdo al programa contractual, asegurando entre otros el transporte de materiales, insumos, equipos y explotación de canteras.
18.- ESPECIFICACIONES GENERALES
Estas especificaciones se complementarán con lo establecido en las siguientes normas:
Normas técnicas de edificaciones.
Ley general de la persona con discapacidad y su reglamento Ley N° 27050.
Normas Técnica de Edificación "Seguridad durante la Construcción".
Normas del American Institute Steel Construction (AISC ASD y LRFD).
Normas del American Welding Society (AWS).
Normas del American Society of Testing and Materials (ASTM).
Reglamento Nacional de Edificaciones.
Manual de Normas de ITTNTEC
Manual de Normas de ACI
Especificaciones Particulares de los fabricantes que sean concordantes con los anteriores mencionados en cada especialidad.
Otras Normas referente al objeto de contratación
19.- OBLIGACIONES Y ATRIBUCIONES DEL SUPERVISOR:
El Supervisor está facultado para ejercer todas las potestades y funciones que le confiere el Contrato, la ley Nº 26916, así como sus normas modificatorias, complementarias y reglamentarias.
El Supervisor, más allá de lo establecido en estas especificaciones, tiene autoridad suficiente para ampliar las mismas, en lo que respecta a la ingeniería de detalle, calidad de los materiales a emplearse y la correcta metodología constructiva a seguir en cualquier trabajo.
La Fiscalización del Contrato por encargo del Supervisor durante la etapa de construcción. La Inspección de los diseños, estudios y especificaciones del proyecto.
El Control del cumplimiento de las especificaciones y normas técnicas sobre la Construcción de las obras.
El control del cumplimiento del Calendario de Ejecución de la Obra propuesto por el Contratista. Controlar el cumplimiento de las normas de seguridad.
Revisar la información estadística entregada por el Contratista.
En el ejercicio de sus funciones el Supervisor de la Construcción tendrá las siguientes atribuciones:
Aprobar, rechazar y sugerir modificaciones al Calendario de Ejecución de la Obra, proyectos y otros documentos presentados por el Contratista para los que el contrato requiera su aprobación. No obstante la aprobación de algún proyecto o documento no implicara responsabilidad para el mismo siendo el Contratista el único responsable del diseño y calidad de las obras.
Rechazar materiales de Construcción que no se ajusten a las especificaciones del contrato. Paralizar las Obras en los casos en que no se hayan aprobado los proyectos necesarios para su ejecución o se estuviesen ejecutando sin conformidad a los proyectos aprobados.
20.- OBLIGACIONES Y ATRIBUCIONES DEL CONTRATISTA:
El Contratista es la persona cuya oferta ha sido aceptada por el Contratante (Gobierno Regional xx Xxxx) y los sucesores legales de dicha persona; el cual está obligado a cumplir con las cláusulas del Contrato de Obra, las obligaciones del Contratista son las siguientes:
El Contratista suministrará toda la mano de obra, dirección, materiales, alumbrado, combustible, agua, herramientas, instrumentos, equipos, abastecimiento y otros medios de construcciones necesarias o adecuadas para la ejecución y terminación de la Obra. Obtendrá y pagará, de ser necesario, las licencias a que hubiera lugar.
El Contratista suministrará todos los elementos de construcción, seguros, dirección de obra y pruebas de laboratorio.
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Protegerá las obras durante su ejecución, realizándolas de manera compatible con la seguridad de la vida y propiedad a satisfacción del Supervisor y de acuerdo a los Documentos de Licitación y a los del Contrato.
El Contratista mantendrá limpio el lugar de las obras durante la construcción y después de ésta, hasta la recepción de las mismas; realizará todo el trabajo y pagará los gastos incidentales a que dé lugar. Reparará y reconstruirá todas las estructuras y propiedades que, a juicio del Supervisor, fueran dañadas o afectadas durante la ejecución de las obras.
El Contratista mantendrá las instalaciones y campamentos que fueran necesarios y según lo que establezca el Contrato; así como las herramientas y equipos que sean requeridos para efectuar las Obras en forma aceptable y a satisfacción del Ingeniero y/o como lo especifique el Contrato. Se utilizará únicamente equipos de eficiencia comprobada por el Supervisor, siendo el Contratista el único responsable por la bondad de los mismos. Los campamentos, almacenes, talleres, laboratorios, enfermería y oficinas, deberán estar previstos de instalaciones eléctricas, sanitarias, mobiliario, equipos, enseres, menaje y facilidades necesarias para su funcionamiento y comodidad de los usuarios. El costo que representa la instalación y mantenimiento de los campamentos no será materia de pago directo, debiendo el contratista incluirlo dentro de los gastos generales de la obra.
Notificará por escrito al Supervisor cualquier situación del subsuelo u otra condición física que sea diferente a aquellas indicadas en los planos o en las especificaciones. Deberá actuar tan pronto como sea posible y antes de efectuar cualquier alteración de dicha condición. Perderá tal derecho de reclamar compensación extra por este concepto, si no cumpliera con el requisito arriba mencionado.
21.- PLANOS DE LA OBRA:
El Contratista recibirá del Supervisor un juego de copias reproducibles de los planos y de las Especificaciones Técnicas.
El Contratista deberá obligatoriamente tener disponible en la obra dos juegos completos de planos y de las presentes especificaciones.
Ante alguna discrepancia entre documentos del proyecto, los planos prevalecen sobre las Especificaciones Técnicas, éstas sobre los Metrados y éstos sobre el Presupuesto.
El Contratista no tomará ventaja alguna de cualquier error u omisión que hubiese en los planos o Especificaciones y al Supervisor le será permitido hacer las correcciones e interpretaciones que se juzguen necesarias para el cumplimiento del objeto de los planos y Especificaciones de acuerdo al Contrato. Xxxxxx cambio se hará, sin las instrucciones escritas del Supervisor.
22.- PLANOS DEL CONTRATO:
Los planos suministrados a los postores representan los detalles necesarios para dar una idea comprensiva de la obra considerada. Los planos indican los alineamientos, perfiles longitudinales y pendientes, así como los perfiles transversales correspondientes. Los planos de diseños especiales y estructurales señalan las dimensiones de las obras consideradas.
El trabajo a ejecutarse se muestra en los planos. Para tomar información de los planos, las cifras serán utilizadas en referencia a los de menor escala. En todo caso, los dibujos se complementarán con las especificaciones prevaleciendo de preferencia lo indicado en éstas. En caso de no incluirse algún ítem en las especificaciones, éste estará en los planos o viceversa.
Los planos son a nivel de Licitación. Cada plano tiene espacios en los cuales se podrá indicar cualquier modificación requerida en obra. En caso de ser necesario un mayor detalle durante la construcción, éste se preparará según lo dispuesto en el Contrato o detalle constructivo adicional, así como a la fiel interpretación o ampliación de las Especificaciones.
23.- PLANOS DE OBRA:
El Contratista deberá preparar y someter a consideración del Supervisor, todos los “planos de obra” que puedan ser necesarios para presentar en detalle todas las partes del trabajo, incluyendo los cálculos justificativos que fueran necesarios. Estos planos deberán estar de acuerdo con los correspondientes al Contrato y a las Especificaciones de éste, y son estas últimas las que deben primar sobre cualquier plano o detalle de trabajo preparado por el Contratista, aún cuando los mismos puedan ser aprobados.
El Contratista será el único responsable de la corrección de las dimensiones marcadas en tales planos. Cualquier material encargado antes de la aprobación de estos planos será por cuenta y riesgo del Contratista. No se admitirán modificaciones de estos planos una vez aprobados, salvo
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consentimiento escrito del Supervisor. Después de efectuarse las correcciones y la aprobación consiguiente, el Contratista deberá proporcionar cuatro juegos de estos planos.
Cuando en opinión del Supervisor se crea necesario explicar más detalladamente el trabajo que se va a ejecutar, o sea necesario ilustrar mejor la obra, o pueda requerirse mostrar algunos cambios, el Supervisor preparará dibujos con especificaciones y entregará al Contratista copias del mismo para su ejecución. Cuando tales planos requieran, ya sea menor o mayores cantidades de obra que las que han sido estimadas, la compensación al Contratista estará sujeta a los términos del Contrato.
24.- PLANOS DE POST – CONSTRUCCIÓN:
Las obras terminadas deberán estar de acuerdo con las líneas, pendientes, perfiles y dimensiones indicadas en los planos, excepto en los casos dispuesto de otro modo por el Supervisor. Las variaciones de alineamiento o medidas que puedan requerirse en virtud de exigencias de la obra o por otros motivos serán determinadas por el Ingeniero en todos los casos y autorizadas por él mismo por escrito.
Estos planos reflejarán los cambios de medida y que han dado lugar a las variaciones de los metrados.
Una vez concluidas las obras y de acuerdo a las Normas Técnicas de Control, el Contratista presentará los planos de obra realmente ejecutadas que formarán parte de la Memoria Descriptiva para su posterior inscripción en el Registro de Bienes Nacionales. La Memoria Descriptiva será previamente aprobada por el Supervisor.
La Memoria Descriptiva será presentada en original y tres copias.
El costo que demande estos trabajos deberá incluirse en los gastos generales.
El Contratista, tendrá responsabilidad de toda naturaleza del Proyecto y Obras, eximiendo plenamente a los Organismos del Estado y al Supervisor.
25.- PLAN DE SEGURIDAD EN LA CONSTRUCCION:
Con independencia de los elementos que se especifican en el estudio, y en el resto del Proyecto, el Contratista está obligado al conocimiento y cumplimiento de todas las disposiciones vigentes en materia de seguridad y salud, aunque no se le haga notificación explícita; y a dar prioridad a las medidas necesarias de prevención, dedicando a ello de manera continua la atención por me- dio de sus responsables en obra, el Jefe de la misma y Delegados, con todos los medios humanos y materiales, considerándose el costo que ello implica en los Gastos Generales del Presupuesto de Obra.
De acuerdo con la normativa mencionada en el Estudio de Seguridad, el Plan se someterá, antes del inicio de la obra, a la aprobación del Coordinador en materia de Seguridad de Obra, durante la ejecución de la obra, manteniéndose después de su aprobación, una copia a su disposición. Se considera en este estudio:
Preservar la integridad de los trabajadores y de todas las personas del entorno.
La organización del trabajo de forma tal que el riesgo sea mínimo.
Determinar las instalaciones y útiles necesarios para la protección colectiva e individual del personal.
Definir las instalaciones para la higiene y bienestar de los trabajadores.
Establecer las normas de utilización de los elementos de seguridad.
Proporcionar a los trabajadores los conocimientos necesarios para el uso correcto y seguro de los útiles y maquinaria que se les encomiende.
El transporte del personal.
Los trabajos con maquinaria ligera.
Los primeros auxilios y evacuación de heridos.
El Servicio de Prevención.
Los Delegados de Prevención.
Los Comités de Seguridad.
Es responsabilidad del Contratista, la ejecución de las medidas preventivas fijadas en el Plan y responderá solidariamente a las consecuencias que se deriven de la no consideración de las medidas previstas por parte de los subcontratistas o similares, respecto a las inobservancias que fueren imputables a éstos.
Queda claro que la Dirección General de Higiene y Seguridad Ocupacional del Ministerio de Trabajo, queda encargada de velar por el cumplimiento de las medidas previstas en el Plan de Seguridad de Obra.
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Los Inspectores Técnicos de defensa civil del Gobierno Regional xx Xxxx están en la capacidad de hacer cumplir la seguridad e higiene en las obras y además se sancionar, multar e informar a las autoridades competentes (OSCE), a la empresa contratista en caso de no implementar la seguridad en general en toda la Obra (antes, durante y después de cada actividad).
26.- MANTENIMIENTO DE TRANSITO DURANTE LA CONSTRUCCION:
Bajo este título se considera todo trabajo necesario para el Mantenimiento de Tránsito fluido y seguro en las zonas de trabajo, durante el período de ejecución. Comprende los aspectos siguientes:
Mantenimiento de Tránsito durante el período de construcción.
Ejecución de Obras Auxiliares, como son desvíos, accesos a canteras incluyendo su señalización.
Los fines, objetivos y procedimientos constructivos de esta actividad están contenidos en las Especificaciones del MTC, para la construcción de carreteras, Capítulo 1-3, Numeral 1.3.6 “Mantenimiento de Tránsito”, que es un documento complementario a estas especificaciones.
Tratándose de desvíos y zonas en trabajo se aplicará la normatividad contenida el Capítulo IV del Manual de Señalización del MTC, específicamente referida a las zonas de trabajo, mediante el uso de tranqueras, conos, tambores, sacos de arena, mecheros, lamparines, linternas, lámparas de destello, banderines y en general de todos los diseños mostrados en la norma, tanto en diseño, texto de colores, que advierten al usuario de las restricciones impuestas.
En la construcción de desvíos se utilizará material propio o xx xxxxxxxx para facilitar la ejecución sin producir interrupciones en el tránsito público.
El ancho de los desvíos será lo suficiente para posibilitar la circulación de vehículos pesados y el suelo será tratado por cualquier medio que asegure un pase cómodo y fluido para el tránsito pesado, todo lo que debe contar con la aprobación del Supervisor.
Estos desvíos deberán ser objeto de cuidadoso mantenimiento con motoniveladora, cisternas y rodillo durante su período de utilización, al término de los cuales, el terreno deberá quedar nivelado o restituido a su estado original en concordancia con las exigencias ecológicas.
La limpieza del sistema de drenaje consistirá en la limpieza de cunetas y alcantarillas que permitan su adecuado funcionamiento, evitando aniegos en la zona de trabajo.
Estos trabajos serán programados mensualmente por el Contratista según las actividades a realizar en el próximo mes, con indicación del personal, equipos y materiales a emplear, de los lugares, también de las fechas y horarios.
Esta programación está sujeta a coordinación, revisión y aprobación por la Supervisión.
El Contratista a fin de mes presentará un informe con indicación de las actividades realizadas según la especificación anterior. Este informe será calificado por el Supervisor quien otorgará el certificado correspondiente el que será anexado a la Valorización Mensual de Obra.
Las consideraciones expuestas son de obligado cumplimiento, los costos de las actividades correspondientes a Mantenimiento de tráfico están incluidos en los costos del proyecto, no dando lugar a reclamaciones económicas de ningún tipo.
27.- VALORIZACIONES DE LAS OBRAS:
Las Valorizaciones de las obras serán de acuerdo al avance mensual realmente ejecutado; contempla la mano de obra, materiales, equipo y todo lo necesario para poder ejecutar las partidas correspondientes a las diferentes unidades de obra.
Las valorizaciones mensuales estarán condicionadas al fiel cumplimiento de las estipulaciones contempladas en los planes y Sistemas de Autocontrol de Calidad, Conservación del Medio Ambiente, Seguridad en la Construcción, además del pago de los Trabajadores e Impuestos de acuerdo a la legislación vigente.
28.- MEDIDAS CORRECTORAS GENERALES PARA LA PROTECCIÓN DEL ENTORNO DE LAS OBRAS:
Las prescripciones generales derivadas del EIA del presente proyecto a incluir en estas ESPECIFICACIONES TÉCNICAS referidas a la protección del entorno durante las obras son las que a continuación se especifican.
Las condiciones particulares derivadas de dicho EIA relativas a las prescripciones para la definición y ejecución de determinadas unidades de obra para la protección del entorno durante las obras y la mejora en las posibilidades de restauración posterior, se han incluido en las presentes Especificaciones Técnicas como artículos y apartados añadidos a los artículos de aquellas unidades de obra cuyos efectos ambientales han de ser corregidos.
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29.- MEDIDAS DE SEGURIDAD PROPUESTO POR EL CONTRATISTA PARA LOS CALLES A EJECUTARSE
Previo a la iniciación de los trabajos, el contratista propone:
La implementación de un Plan de Seguridad, que garantice que el personal utilice implementos de seguridad – protección personal (seguridad ante todo – Antes, Durante y Después), tenga acceso a unidad de primeros auxilios por medios comprobados de evacuación, definición de posta médica o de clínica u hospital próximo al área de los trabajadores a la cual sin medir solicitud alguna y previa identificación del personal pueda ser atendido según los requerimientos del momento y otros que se contemplen en las Condiciones Generales de la Ejecución de la Obra.
Que las medidas de seguridad sean extendidas a terceros.
El Plan para el cumplimiento de las normas o recomendaciones del GOBIERNO REGIONAL XX XXXX para trabajos en la vía Pública, de forma tal de disminuir al Mínimo posible los impactos negativos en los usuarios.
Planes alternativos de tránsito, donde se detallen los desvíos de tráfico necesarios para la ejecución de los trabajos ya sea dentro y fuera de la ciudad de Juliaca; en coordinación con la Policía Nacional del Perú - Transito si fuera necesario; debiendo ser aprobado por la supervisión.
CONTROL TOPOGRAFICO
El contratista verificará el trazo y replanteo general del proyecto, que cubre los siguientes trabajos: Reconocimiento del trazo, con el fin de identificar los puntos y las referencias existentes. Recuperación de los puntos que no se encuentren monumentados, mediante la utilización de referencias existentes o cálculos de coordenadas.
Colocación de BM’s complementarios para efectuar un constante control durante la construcción. Asimismo, comprenderá la ejecución de todos los trabajos topográficos y de medición necesaria para verificar la correspondencia de la obra con los planos del proyecto, en lo que respecta a la localización, cotas y dimensiones.
Será obligación del Contratista una vez replanteado el BM principal, mantenerlo localizado mediante la localización de monumentos de referencia, fuera del área afectada por los trabajos, de modo de permitir el restablecimiento del mismo en cualquier momento.
CONTROL CONSTRUCTIVO
Esta actividad será desarrollada por el contratista en forma continua durante el periodo de construcción e implica el control permanente de todos los trabajos, apoyado por las pruebas de campo y laboratorio que señalen las especificaciones técnicas del Expediente Técnico, que deberán ser aprobadas por el Supervisor.
En general, la de existir todo lo razonable y técnicamente recomendado para asegurar la óptima calidad de las obras.
CONTROL DE CALIDAD
En este rubro se incluye las actividades de control de calidad que se realizarán, tanto a la ejecución de las partidas que conforman la Obra, como a los diferentes materiales que se requerirán para la construcción de la misma.
Se refiere al control de calidad de todos los materiales que se emplearán en la construcción de la Obra, que incluyen: agregados para concreto, cemento, acero, tuberías, accesorios, válvulas, compuertas y otros requeridos para la ejecución de la obra.
El proceso de revisión, consistirá en un análisis de la muestra, especificaciones, resultado de los ensayos y certificados de prueba, a fin de verificar si están conforme a las especificaciones técnicas y para los materiales requeridos para la fabricación del concreto.
PROGRAMACIÓN Y AVANCE DE OBRA
Durante todo el transcurso de la ejecución de los trabajos, el contratista desarrollará la actividad de control de la programación de obra, tomando en consideración la fecha y los plazos de terminación de cada una de las partidas que conforman el presupuesto de cada componente a ejecutar, especialmente las que correspondan a la ruta crítica.
En este sentido, el Contratista proyectara los diagramas PERT-CPM, siendo estos actualizados en forma continua por las variaciones que se presenten durante la ejecución del Proyecto.
Es requerimiento Técnico minino el plazo de entrega de la obra:
A.- PRESCRIPCIONES RELATIVAS AL DESARROLLO Y EJECUCIÓN DE ACTUACIONES.
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Minimización de la superficie alterada.
Como principio director de prevención y corrección de impactos ambientales, y con especial relevancia cuando se dan condiciones de fragilidad y dificultad de recuperación del medio atravesado, deberá garantizarse a la ocupación y afección mínima posible de terrenos en la zona de actuación de las obras.
Para ello será preceptivo el replanteo de las zonas de actuación y señalización de sus límites a fin de evitar daños innecesarios en los terrenos limítrofes.
Se procederá al balizamiento de las zonas de ocupación temporal y permanente, de forma que el movimiento de maquinaria y tránsito de camiones quede ceñido a la superficie autorizada. Si por circunstancias excepcionales fuese necesario salir de este perímetro, se solicitará permiso motivado a la Supervisión de Obra.
La delimitación de la zona de obras deberá realizarse mediante estaquillas y cinta plástica, debiéndose informar a los operarios de la prohibición de circular con maquinaria de cualquier tipo, situar acopios, y equipos y otros elementos ligados a las tareas de construcción, fuera de los límites establecidos.
Asimismo, se delimitarán los itinerarios a seguir para el acceso a la obra, zona de acopios y, en general, cualquier actividad que suponga una ocupación temporal de suelo.
Una vez finalizado el movimiento de tierras se procederá a la retirada del sistema de delimitación previa y a la reutilización de los materiales o traslado a vertedero autorizado.
Retirada de residuos de obra y limpieza del terreno.
Una vez terminadas las obras, se llevará a cabo una limpieza general de la zona, que implique la retirada, incluyendo recogida y transporte a vertedero o punto de reciclaje, de todos los residuos de naturaleza artificial existentes en la zona de actuación.
En concreto se prestará atención a restos tales como los excedentes derivados de movimientos de tierra y los restos procedentes de la ejecución de las distintas unidades de obra (embalajes o restos de materiales, piezas o componentes de maquinaria, restos de utensilios, herramientas o equipo de labores manuales, etc.).
Coordinación entre el proyecto de ejecución y el de restauración.
La integración de la obra puede favorecerse en gran medida mediante una adecuada terminación de las obras, en especial aquellas que implican movimientos de tierras. Esta terminación, que en muchos casos es necesaria para la ejecución de las medidas correctoras, debe realizarse durante la fase de construcción. Es por tanto conveniente que todas aquellas operaciones de restauración que impliquen movimientos de tierras o requieran utilización de maquinaria pesada se realicen en esta fase, puesto que una vez que se ha finalizado la construcción sería imposible o de un coste muy elevado.
Por otra parte resulta de gran importancia que la ejecución de los trabajos de restauración se planifique de manera que se reduzcan al mínimo necesario los períodos de tiempo en los que el terreno queda desnudo frente a la acción erosiva. Para ello se programará la ejecución de los trabajos de revegetación de las superficies de extracción de materiales xx xxxxxxxx, conforme éstas vayan adoptando sus perfiles definitivos.
B.- PREVENCIÓN DE LA CONTAMINACIÓN DURANTE LA FASE DE CONSTRUCCIÓN.
Durante la construcción se tendrán en cuenta las medidas preventivas que se enumeran en este artículo, relacionadas con las instalaciones y actividades de obra.
La responsabilidad de una correcta gestión medioambiental de las obras compete directamente al Contratista, considerándose como parte del sistema de auditoría interna de calidad del que debe disponer.
Las medidas aquí relacionadas están encaminadas a la protección hidrológica, al control de la contaminación atmosférica y a la prevención de la contaminación de suelos por actividades e instalaciones de obra.
CAMPAMENTO DE OBRA.
Los campamentos de obra deberán dotarse con un saneamiento y una gestión de basuras adecuadas. Dependiendo de su ubicación y tamaño al saneamiento se podrá realizar mediante conexión a la red de alcantarillado municipal, WP químico, letrinas localizadas a más de 200 m xx xxxxx o de cauces (previo estudio de su ubicación, con el fin de evitar percolaciones), fosa séptica en salida canalizada hacia vaguadas o pequeños arroyos, o por cualquier otro sistema que proponga el contratista que asegure que no se producirán contaminación de las aguas.
Las basuras se depositarán en contenedores cerrados para su recogida periódica por el servicio municipal o si esto no es posible, para su transporte al vertedero controlado o planta de transferencia más próxima.
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GESTIÓN DE ACEITES USADOS.
Como consecuencia del cambio de aceite y lubricantes empleados en los motores de combustión y en los sistemas de transmisión de la maquinaria de construcción, el Contratista queda prohibido de:
a) Todo vertido de aceite usado en aguas superficiales, interiores, en aguas subterráneas, en cualquier zona del mar territorial y en los sistemas de alcantarillado o evacuación de aguas residuales.
b) Todo depósito o vertido de aceite usado con efectos nocivos sobre el suelo, así como todo vertido.
INCONTROLADO DE RESIDUOS DERIVADOS DEL TRATAMIENTO DE ACEITE USADO.
El Contratista está obligado a realizar algunas de las acciones que se mencionan a continuación: Efectuar el cambio en centros de gestión autorizados (talleres, estaciones de engrase, etc.)
Efectuar el cambio en lugar adecuado y entregar los aceites usados a persona autorizada para la recogida.
Efectuar el cambio en lugar adecuado y realizar ellos mismos, con la debida autorización, el transporte hasta el lugar de gestión autorizado.
Realizar la gestión completa mediante la oportuna autorización.
PARQUE DE MAQUINARIA.
En el caso de que el parque de maquinaria se ubique sobre suelo permeable, el Contratista impermeabilizará el suelo.
Además si se realizan los cambios de aceite en el parque de maquinaria, el Contratista construirá una trampa de grasas para la separación de los aceites y grasas de las aguas de limpieza del suelo.
Las trampas de grasas se taparán en su parte superior cuando llueva, con el fin de evitar su desbordamiento, con el consiguiente arrastre de aceites y grasas fuera de ellas.
ACOPIO DE MATERIALES.
El acopio de materiales se realizará de modo que en todo momento estén controladas las molestias a la población así como el arrastre a cauces.
Las materias primas tóxicas empleadas en la obra se almacenarán en depósitos disponiendo de los instrumentos de seguridad establecidos por la legislación correspondiente en un estado de conservación que garantice su eficacia en relación con la protección de suelos y aguas.
CONTROL Y PREVENCIÓN DE LA PRODUCCIÓN DE POLVO Y OTRAS SUSTANCIAS CONTAMINANTES.
Las medidas destinadas a evitar o disminuir la concentración de polvo en el aire durante la fase de ejecución de las obras son las siguientes:
Riego con agua de todas las superficies de actuación, lugares de acopio, accesos, caminos y pistas de la obra, de forma que estas zonas tengan el grado de humedad necesaria y suficiente para evitar, en la medida de lo posible, la producción de polvo. Estos riegos se realizarán usando camiones cisternas, con periodicidad diaria durante los meses xx xxxxxx y semanal los meses invernales, y suprimiendo dichos riegos los días de lluvia.
La acumulación de tierra vegetal y árida, así como materiales de construcción, deberán también regarse con igual frecuencia, en función de su composición y tiempo de inutilización.
El transporte de tierra, arena y grava por camiones, deberá realizarse con la precaución de cubrir la carga con una lona, para evitar la emisión de polvo, tal y como viene exigiendo los dispositivos legales.
Para el cumplimiento de la Legislación vigente en materia de emisión de gases y contaminantes a la atmósfera, se revisará periódicamente los motores de las maquinarias y vehículos de carga. Igualmente, se controlará el uso de tubos de escape y silenciadores efectivos homologados por las normas técnicas establecidas.
Por último, y en relación con el control y prevención de la emisión de gases y otras sustancias contaminantes, se deberá realizar la revisión y puesta a punto, con una frecuencia trimestral, de todos los motores de la maquinaria utilizada en las obras, para que en ningún momento se superen los niveles de emisión permitidos por la Ley. En este sentido, se exigirá, por parte de los organismos competentes, el estricto cumplimiento de lo establecido por la Dirección General de Tránsito, en lo referente a la Inspección Técnica de Vehículos, cuidando de no sobrepasar en ningún caso la fecha límite establecida para la revisión de cada vehículo.
CONTROL DE VERTIDOS.
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En el caso de que se produjeran dichos vertidos, se procederá inmediatamente a una recogida, almacenamiento y transporte de residuos sólidos, así como al tratamiento adecuado de las aguas residuales. Esta medida de carácter general deberá cumplirse siempre que se produzcan vertidos de sustancias contaminantes en cualquier punto de la vía.
OTROS.
El lavado y limpieza de las cucharas, palas y otros elementos de las retroexcavadoras, bulldozers y demás maquinaria de obra no se llevará a cabo en los cauces.
C.- PREVENCIÓN DE EFECTOS DE FORMA PARTICULARIZADA SOBRE LOS ELEMENTOS DEL MEDIO.
Control de los niveles de ruido durante la fase de ejecución.
El ruido producido por el funcionamiento de la maquinaria durante la fase de construcción puede ser aminorado con un mantenimiento regular de la misma, ya que así se eliminan los ruidos procedentes de elementos desajustados que trabajan con altos niveles de vibración. Se prestará especial atención en las zonas en las que la traza discurre cerca de núcleos urbanos de población, así como en las zonas en las que existe fauna de interés que pueda verse afectada.
PROTECCIÓN DEL SISTEMA HIDROLÓGICO.
Durante la ejecución de las obras de drenaje sobre los cursos de agua existentes, se extremarán las precauciones para que no se produzcan aterramientos del cauce, desviaciones, ni vertidos procedentes de la maquinaria en las obras.
D.- LOCALIZACIÓN Y EXPLOTACIÓN DE VERTEDEROS, ÁREAS DE EXTRACCIÓN DE ÁRIDOS E INSTALACIONES AUXILIARES.
Uso y manejo de Canteras y Botaderos
Con respecto al uso y manejo de las Canteras y Botaderos, que permitan conseguir un nivel de calidad global compatible con la ambiental y con los usos del terreno, se tendrán en cuenta una serie de consideraciones preliminares, siendo las más importantes las siguientes:
Elección del emplazamiento en un área poco expuesta a la vista, de manera que se integre en el paisaje circundante en la medida de lo posible.
Elección de un lugar con suficiente capacidad para que no se produzcan problemas de desajuste formal entre la excavación o el vertido y el terreno.
Elección de un lugar geotécnicamente apto.
Elección de un emplazamiento donde no se planteen, problemas de drenaje o su solución sea sencilla y barata.
Elección de una zona en la que no se alteren las condiciones hidrogeológicas o las afecciones no revistan importancia.
CONTROL DE BOTADEROS Y TRATAMIENTO DE RESIDUOS.
Las medidas preventivas más importantes a adoptar serán:
No verter materiales por las laderas hacia los arroyos.
No cubrir los cauces con materiales derramados. En cualquier caso, estará prohibido situar maquinaria, equipos u otros elementos o materiales de obra sobre el lecho de cualquier xxxxxx o curso de agua, así como transitar por los mismos con maquinaria de obra.
Controlar escrupulosamente los movimientos de tierras, con especial cuidado, durante los meses xx xxxxxx para evitar la formación de polvos.
Evitar el rodamiento innecesario con la maquinaria por los cauces, especialmente durante los meses con presencia de lluvias.
Controlar estrictamente las operaciones de cambio de aceites, recarga de combustibles y lavado de maquinaria, impidiendo siempre, que se realice en los cursos de agua y sus proximidades; asimismo, queda prohibido cualquier tipo de derrame, líquido o sólido. Los aprovisionamientos de combustibles, cambios de aceites, lavados de maquinaría y xxxxx de concreto, se realizarán en parques prefijados, que deberán contar con las instalaciones adecuadas para evitar la contaminación de suelos y aguas.
MEDIDAS DE RECUPERACIÓN AMBIENTAL PARA INSTALACIONES AUXILIARES DE LA OBRA
La recuperación medioambiental de las condiciones del entorno afectado requerirá las siguientes labores:
Retirada y transporte a vertedero autorizado de restos de la obra. Para los materiales tóxicos y peligrosos se recabará información con relación al destino y tratamiento final.
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INFORMES DE DESAFECTACIÓN.
El Contratista estará obligado a presentar un informe de desafectación ambiental a recursos naturales y culturales de interés, relativo a la ubicación definitiva de préstamos, vertederos, instalaciones y actividades auxiliares de obra, teniendo en cuenta los criterios expuestos en el presente apartado. Dicho informe se presentará a la dirección de obra para su aprobación antes de iniciar las actividades de obra en la instalación en cuestión. En el informe se justificará la necesidad de las actuaciones así como las medidas de recuperación ambiental siguiendo los criterios expuestos en el presente apartado.
CONSERVACION DEL MEDIO AMBIENTE:
El Contratista está obligado a cumplir con las disposiciones y exigencias del estudio de Impacto Ambiental y ESPECIFICACIONES TECNICAS para la preservación del medio ambiente, para lo cual deberá de establecer un Plan de Vigilancia Ambiental, aplicando un sistema de control que garantice el cumplimiento de las acciones y medidas preventivas y correctivas, enmarcadas dentro del manejo y conservación del medio ambiente en armonía con el desarrollo integral y sostenido de las áreas que se incluyen en el recorrido de la vía.
Para tal efecto, la Empresa Contratista, deberá llevar a cabo las siguientes acciones:
Crear una Unidad de Medio Ambiente, cuya función será identificar los posibles problemas ambientales que se presenten en la etapa de construcción así como redefinir metas para lograr su mejoramiento y el mantenimiento de los ecosistemas.
Promocionar la participación de las organizaciones representativas locales y de los sectores comprometidos como son: Transportes, Energía y Minas y Agricultura, para establecer lineamientos de desarrollo sostenido y de conservación ambiental.
Cumplir con los dispositivos legales y los contenidos en el expediente técnico de las obras programadas.
PLAN DE ABANDONO Y RESTAURACIÓN.
El Plan de Abandono y Restauración está referido a las acciones y medidas que debe realizar la El Contratista después de que haya culminado con todas las obras consideradas en los Términos de Referencia, que comienzan desde la etapa pre operatoria y construcción de las obras, habrá un periodo de clausura hasta la declaración oficial del cierre y abandono de todas las áreas que fueron utilizadas durante el proceso de construcción tales como; el abandono de toda la infraestructura de la obra, campamentos, almacenes, patios del parque automotor y de maquinaria, así como, las áreas que han sido utilizadas como canteras, botaderos, rellenos sanitarios; ya que desde el punto de vista de la conservación del medio ambiente, interesa el retiro inmediato de las instalaciones temporales utilizadas en la construcción de las vías de transporte programadas así como la restauración de las área utilizadas de tal manera de devolver y mejorar el paisaje de las zonas afectadas.
Para dar cumplimiento al mencionado plan la Empresa Constructora, deberá acreditar a un responsable técnico, para que coordine en forma permanente los trabajos de restauración del área xxx xxxxxxxx preferencial y cuando el abandono se considere total se colocarán carteles en lugares apropiados y visibles comunicando el cese de las operaciones de construcción.
HORARIO DE TRABAJO:
El Contratista antes de la iniciación de la obra deberá obligatoriamente poner en conocimiento a la Entidad el horario diurno de trabajo, de lunes a sábado, dentro del cual deberán realizarse todos los trabajos, a fin de que ésta pueda disponer un adecuado control de los mismos.
Una vez iniciados los trabajos, el Ingeniero Supervisor a solicitud del Contratista, autorizará la ejecución de trabajos fuera del horario establecido, siempre que a su criterio; la visibilidad bajo condiciones de iluminación natural o artificial sea adecuada.
CONTROL PARA LA RECEPCION DE OBRA:
Los requerimientos de calidad post-construcción para efecto de recepción de obra son: Serviciabilidad de la vía (Rugosidad) y comportamiento estructural mediante métodos no destructivos.
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V.- REQUERIMIENTOS TÉCNICOS MÍNIMOS PROPUESTOS A.- PLAZO DE EJECUCIÓN:
El plazo de ejecución de la obra es de 420 días calendario.
B.- EXPERIENCIA DEL POSTOR.
Haber ejecutado como mínimo:
El Postor sea persona natural y/o jurídica deberá estar inscrito en el RNP en el capítulo de Ejecutor de obras; en caso que la(s) propuesta(s) sea en consorcio, este requisito tendrá que ser cumplido por c/u de los consorciados.
A efectos de ejecutar las obras previstas, en armonía con los procedimientos de buena construcción y lograr su correcta terminación, los postores podrán ejecutar lo siguiente: Efectuar la inspección de los lugares de abastecimiento, condiciones de trabajo, clima, accesos y reglamentación de la zona donde se va realizar la obra. La presentación de la propuesta implica la tacita aceptación del postor de que no ha encontrado inconveniente alguno para la iniciación y ejecución de las obras en forma técnicamente correcta según los planos entregados. Cabe anotar que la visita del terreno es un requisito opcional, no obligatorio, pero se recomienda a fin de tener un conocimiento de las condiciones en que se ejecutará la obra en proceso. Formular por escrito, dentro de los plazos establecidos en el cronograma del proceso de selección, las observaciones y consultas respectivas, pues en el caso de no hacerlo, se entenderá que el postor encuentra correcto y acepta todo lo contenido y dispuesto en los documentos del proyecto. En consecuencia no podrán justificar desconocimiento de las condiciones de la obra a ejecutar.
C.- PARA LA EJECUCIÓN DE OBRA:
01.- Personal Profesional Mínimo Asignado a la Ejecución de Obra: La Relación mínima de profesionales asignados a la Ejecución de obra es la siguiente:
1. Gerente de Obra (01):
El profesional propuesto será un Ingenieros Civil Colegiado y Habilitado que deberá acreditar por lo menos 08 años de experiencia efectiva como Gerente de Obras, Jefe de proyecto de Obra, Residente de Obra, Supervisor de Obra; en obras iguales o similares.
Dicha experiencia se acreditará indistintamente con la presentación de i) Xxxxxxxxxxx, ii) Certificados, iii) Contratos con su respectiva conformidad o, iv) Cualquier otro documento que, de manera fehaciente, demuestre el tiempo de experiencia del personal propuesto.
2. Ingeniero Residente (01):
Ingeniero Civil, Colegiado y Habilitado. Experiencia como Residente o Supervisor con un acumulado de Xxxx (08) años efectivos en obras similares. Se adjuntara copia simple de los contratos y su respectiva conformidad o certificados o constancias o cualquier otro documento que acredite fehacientemente el servicio prestado, otorgados y suscritos por persona o autoridad competente
3. Ingenieros Asistentes del Residente (02):
Ingeniero Civil y Arquitecto, Colegiado y Habilitado. Experiencia como Residente, Supervisor, Asistente de Residente y/o Supervisor con un acumulado de Ocho (08) años efectivo en obras similares. Se adjuntara copia simple de los contratos y su respectiva conformidad o certificados o constancias o cualquier otro documento que acredite fehacientemente el servicio prestado, otorgados y suscritos por persona o autoridad competente.
4. Especialista en Estructuras y Dirección de la Construcción (01):
Ingeniero Civil, colegiado y habilitado, con estudios de postgrado a nivel de maestría o doctorado en Ingeniería Civil, con Grado de Maestría en Estructuras y estudios de postgrado a nivel de maestría en Dirección de la Construcción, con curso o postgrado de especialización en estructuras. Experiencia como especialista en estructuras con un acumulado de Ocho (08)
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años efectivo en obras de edificación. Adjuntar copia simple de los contratos y su respectiva conformidad o certificados o constancias o cualquier otro documento que acredite documental y fehacientemente que el servicio fue prestado, otorgados y suscritos por persona o autoridad competente.
5. Especialista en Mecánica de Suelos (01):
Ingeniero Civil, Titulado Colegiado y Habilitado, con estudios de postgrado a nivel de maestría en Ingeniería Geotecnia. Deberá contar con Xxxx (08) años de experiencia efectiva en calidad de especialista en estudios de geotecnia o estudios de mecánica de suelos, en obras similares. Se adjuntara copia simple de los contratos o certificados o constancias o cualquier otro documento que acredite documental y fehacientemente que el servicio fue prestado, otorgados y suscritos por persona o autoridad competente.
6. Especialista en Eléctricas (01):
El profesional propuesto será un Ingeniero Electricista o Mecánico Electricista; deberá acreditar por lo menos Cinco 05 años de experiencia efectiva en obra similares, dicha experiencia se acreditará indistintamente con la presentación de i) Constancias, ii) Certificados, iii) Contratos con su respectiva conformidad.
7. Especialista en Instalaciones Sanitarias (01):
Los profesionales propuestos serán un Ingeniero Sanitario; que deberá acreditar por lo menos 05 años de experiencia efectiva en obras similares, dicha experiencia se acreditará indistintamente con la presentación de i) Constancias, ii) Certificados, iii) Contratos con su respectiva conformidad.
8. Especialista en Valorización y Liquidación (01):
Ingeniero Civil; que deberá acreditar por lo menos 08 años de experiencia efectiva en obras similares, dicha experiencia se acreditará indistintamente con la presentación de i) Xxxxxxxxxxx, ii) Certificados, iii) Contratos con su respectiva conformidad.
9. Especialista en Impacto Ambiental (01):
Ingeniero Ambiental, colegiado y habilitado, con grado de maestría en Gestión Ambiental. Deberá contar con un (05) año de experiencia efectiva en calidad de especialista en medio ambiente en la ejecución de Obras similares. Se adjuntará copia simple de los contratos con conformidad, certificados, constancias o cualquier otro documento que acredite fehacientemente el servicio prestado, otorgados y suscritos por persona o autoridad competente.
10. Especialista en Seguridad de Obra (01):
El profesional propuesto será un Ingeniero Civil, Industrial, Minas o afines Colegiado, habilitado y sin impedimento para contratar con el estado, que deberá acreditar por lo menos 04 años de experiencia efectiva de haber participado como especialista y/o supervisor y/o inspector en obras iguales o similares de edificaciones de la educación universitaria en el Seguridad en Obras.
OBRAS SIMILARES.
Mejoramiento y/o Construcción y/o Reconstrucción y/o Rehabilitación de Infraestructura Educativa.
Para todo el plantel técnico requerido La colegiatura y habilitación de los profesionales se requerirá para el inicio de su participación efectiva en la obra, tanto para aquellos titulados en el Perú o en el extranjero.
Así mismo los postores deberán presentar una declaración Jurada en la que indiquen que se someten a la fiscalización posterior de la totalidad de la documentación e información presentada y declarada en su Propuesta Técnica y Económica, asumiendo toda la responsabilidad respecto de
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ellos en caso se verifique documentación falsa, adulterada o que contenga información inexacta; y en consecuencia, el postor manifiesta que tiene pleno conocimiento que la vulneración del Principio de Presunción de Veracidad generará el inicio, en su contra y en el de su representada, de las acciones administrativas, civiles y penales que corresponda, sujetándome a los fueros que correspondan tales acciones.
REQUISITOS DE MAQUINARIA Y EQUIPOS MINIMO PARA EJECUCION DE OBRA
La maquinaria y equipos solicitados son los necesarios para la ejecución de la obra. Deberá sustentarse su pertenencia con las respectivas facturas y/o contrato de arrendamiento (LEASING). La antigüedad del mismo no deberá ser mayor a los 10 años.
RELACION DE MAQUINARIA Y EQUIPO MINIMO | |
DESCRIPCIÓN | CANTIDAD |
Mezcladora Concreto 11 P3 tipo tolva | 3.00 unid |
Camioneta 4x4 - PICK-UP | 2.00 unid |
Compactador Vibrador tipo Plancha 5 HP | 4.00 unid |
Vibrador de Concreto 4 HP 2.40" | 6.00 unid |
Volquete mínimo 15 m3 | 4.00 unid |
Niveles Topográficos | 4.00 unid |
Miras Plegables Metálicos | 8.00 unid |
Teodolitos (Estación Total) | 2.00 unid |
Pc compatible | 1.00 unid |
Scanner | 1.00 unid |
Impresora multifuncional | 1.00 unid |
Tecle de 3–5 Tn. | 2.00 unid |
Motobomba de 4” | 2.00 unid |
Equipos para Pruebas Hidráulicas | 2.00 unid |
No se aceptarán Vehículos con antigüedad mayor a 5 años y Equipos con antigüedad mayor a 5 años.
El equipo propuesto puede ser propio, arrendado o con promesa de adquisición, o arrendamiento.
El equipo Propio se acreditará mediante copia del Libro de Inventario de Activo Fijo, o copia de las Facturas correspondientes.
Para el equipo arrendado o con promesa de adquisición o arrendamiento, se adjuntará los originales de las Cartas de Compromiso de Arrendamiento o Venta, emitidos por terceros.
Deberá indicar claramente, los datos exactos de la maquinaria ofertada, como su ubicación exacta, a fin de poder realizar la respectiva verificación de acuerdo x Xxx, (COMUNICADO Nº 002-2006 PRE), en caso de encontrar alguna irregularidad se pondrá de conocimiento al OSCE.
Nota:
Los requerimientos técnicos mínimos son de presentación obligatoria, estén o no dentro de los factores de evaluación, debiendo acompañar los documentos sustentatorios exigidos.
El equipo puede ser de propiedad y/o en alquiler; de ser el caso de propiedad presentar documentos que acrediten – avalar tal situación, de ser alquilados deberán de presentar el proceso de Alquiler indicando serie y seguro TREC. De constatar INSITU la falsedad de estos equipos y o maquinarias serán descalificados y/o multados en su debido tiempo.
Durante la ejecución de la obra una vez obtenida la BUENA PRO, el comité especial verificara en cualquier momento dentro del plazo de la ejecución de la obra; de no tener estas consideraciones y/o Requerimientos mínimo del equipo y maquinaria para la ejecución de la obra; será acreedor a la multa correspondiente según lo establecido en las normas internas de la institución – GRP, (Lo que establecerá el Comité Especial).
VISITA A LAS ZONAS DE TRABAJO.
Los postores podrán, si lo consideran pertinente, realizar una visita previa al terreno sobre el cual se va a ejecutará la obra con la finalidad de hacerse una idea más real de las condiciones el entorno y sus características.
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CAPÍTULO IV
CRITERIOS DE EVALUACIÓN TÉCNICA
EVALUACIÓN TÉCNICA (Puntaje Máximo: 100 Puntos)
Es de exclusiva responsabilidad del Comité Especial que los factores permitan la selección de la mejor oferta en relación con la necesidad que se requiere satisfacer.
i. FACTORES DE EVALUACIÓN PARA LA CONTRATACIÓN DE LA EJECUCIÓN DE OBRAS
De acuerdo con el artículo 47 del Reglamento, las Bases deben consignar los siguientes factores de evaluación, necesariamente:
FACTORES DE EVALUACIÓN - OBLIGATORIOS | PUNTAJE / METODOLOGÍA PARA SU ASIGNACIÓN26 | |
A. | EXPERIENCIA EN OBRAS EN GENERAL | (15 puntos) |
Criterio: Se evaluará considerando el monto facturado acumulado por el postor correspondiente a la ejecución de obras en general, durante un periodo de 10 años a la fecha de presentación de propuestas, hasta por un monto máximo acumulado equivalente a 5 veces el valor referencial | M = Monto facturado acumulado por el postor por la ejecución de obras en general | |
Acreditación: La experiencia se acreditará mediante copia simple de: contratos y sus respectivas actas de recepción y conformidad; contratos y sus respectivas resoluciones de liquidación; o contratos y cualquier otra documentación de la cual se desprenda fehacientemente que la obra fue concluida, así como su monto total. | M >= 5 veces el valor referencial 15 puntos M >= 4 veces el valor referencial y < 5 veces el valor referencial: 10 puntos | |
En los casos que se acredite experiencia con contratos en los que se participó en consorcio, deberá presentarse la promesa formal de consorcio o el contrato de consorcio del cual se desprenda fehacientemente el porcentaje de las obligaciones que se asumió en el contrato presentado; de lo contrario, no se computará la experiencia proveniente de dicho contrato. | M > = 3 veces el valor referencial y < 4 veces el valor referencial: 05 puntos27 | |
Asimismo, cuando se presenten contratos derivados de procesos de selección convocados antes del 20.09.2012, se entenderá que el porcentaje de las obligaciones equivale al porcentaje de participación de la promesa formal o del contrato de consorcio. En caso en dichos documentos no se consigne el porcentaje de participación se presumirá que las obligaciones se ejecutaron en partes iguales. | ||
Cuando los contratos presentados se encuentren expresados en moneda extranjera, deberá indicarse el tipo de cambio venta publicada por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP correspondiente a la fecha de suscripción. | ||
Sin perjuicio de lo anterior, los postores deben llenar y presentar el Anexo Nº 6 referido a la experiencia en obras en |
26 De acuerdo con el artículo 47 del Reglamento, para la determinación de los puntajes de cada factor de evaluación, deberá considerarse los márgenes aquí establecidos. En ningún caso, podrá establecerse puntajes que excedan dichos márgenes.
27 El Comité Especial define los rangos de evaluación e indica cuáles son los parámetros en cada rango. Asimismo, podrá cambiar la metodología para la asignación de puntaje.
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general del postor. La obra presentada para acreditar la experiencia en obras similares servirá para acreditar la experiencia en obras en general. | ||
B. | EXPERIENCIA EN OBRAS SIMILARES | (35 puntos) |
Criterio: Se evaluará considerando el monto facturado acumulado por el postor correspondiente a la ejecución de obras similares, durante un periodo de 10 años a la fecha de presentación de propuestas, hasta por un monto máximo acumulado equivalente al valor referencial. | ||
Se considerará obras iguales o similares cuyo valor mínimo sea equivalente al quince por ciento (15%) del valor referencial. | ||
Acreditación: La experiencia se acreditará mediante copia simple de: contratos y sus respectivas actas de recepción y conformidad; contratos y sus respectivas resoluciones de liquidación; o contratos y cualquier otra documentación de la cual se desprenda fehacientemente que la obra fue concluida, así como su monto total. | M = Monto facturado acumulado por el postor por la ejecución de obras iguales o similares | |
En los casos que se acredite experiencia con contratos en los que se participó en consorcio, deberá presentarse la promesa formal de consorcio o el contrato de consorcio del cual se desprenda fehacientemente el porcentaje de las obligaciones que se asumió en el contrato presentado; de lo contrario, no se computará la experiencia proveniente de dicho contrato. Asimismo, cuando se presenten contratos derivados de procesos de selección convocados antes del 20.09.2012, se entenderá que el porcentaje de las obligaciones equivale al porcentaje de participación de la promesa formal o del contrato de consorcio. En caso en dichos documentos no se consigne el porcentaje de participación se presumirá que las obligaciones se ejecutaron en partes iguales. | M >= 1 veces el valor referencial: 35 puntos M >= 0.5 veces el valor referencial y < 1 veces el valor referencial: 20 puntos28 | |
Cuando los contratos presentados se encuentren expresados en moneda extranjera, deberá indicarse el tipo de cambio venta publicada por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP correspondiente a la fecha de suscripción. | ||
Sin perjuicio de lo anterior, los postores deben llenar y presentar el Anexo Nº 7, referido a la Experiencia del Postor en obras similares. | ||
C. | EXPERIENCIA Y CALIFICACIONES DEL PERSONAL PROFESIONAL PROPUESTO | 35 puntos |
Criterio: Se evaluará en función al tiempo de del personal propuesto para la ejecución de la obra. De presentarse experiencia ejecutada paralelamente (traslape), para el cómputo del tiempo de dicha experiencia sólo se considerará una vez el |
28 El Comité Especial define los rangos de evaluación e indica cuáles son los parámetros en cada rango. Asimismo, podrá cambiar la metodología para la asignación de puntaje.
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periodo traslapado. Acreditación: Mediante la presentación de copia simple de i) Constancias, ii) Certificados, iii) Contratos con su respectiva conformidad o, iv) Cualquier otro documento que, de manera fehaciente, demuestre el tiempo de experiencia del personal propuesto. En caso de Certificados de obras ejecutadas en Consorcio serán aceptados los Certificados de Trabajo del personal propuesto que laboró en dicha obra extendidos por el Representante Común del Consorcio o por el Representante Legal de una de las empresas que conformaron el Consorcio, siempre que el profesional acreditado haya pertenecido a dicha empresa (de acuerdo al Pronunciamiento N° 386- 2010/DTN). C.1 Gerente de Obra El profesional propuesto podrá acreditar su experiencia como Jefe de proyecto, residente y/o supervisor y/o inspector en obras iguales o similares. > 5 Años 05 Puntos > 1 Años y <= a 5 años 02 Puntos C.1 Ingeniero Residente El profesional propuesto podrá acreditar su experiencia como residente y/o supervisor y/o inspector en obras iguales o similares. > 5 Años 05 Puntos > 1 Años y <= a 5 años 02 Puntos C.2 Ingeniero Asistente del Residente 01 y 02 El profesional propuesto podrá acreditar su experiencia como residente y/o supervisor y/o inspector y/o Asistente del residente y/o Asistente del supervisor y/o Asistente del inspector en obras iguales o similares. > 5 Años 2.5 puntos 05 Puntos > 1 Años y <= 5 años 01 puntos 02 Puntos C.3 Especialista en Mecánica de Suelos El profesional propuesto podrá acreditar su experiencia como especialista en Mecánica de Suelos o geología o geotecnia en obras en similares. > 5 Años 05 Puntos > 1 Año y <= 5 años 02 Puntos C.4 Especialista en Estructuras y Dirección de la Construcción. El profesional propuesto podrá acreditar su experiencia en actividades similares de Especialidad en obras en similares. > 5 Años 05 Puntos > 1 Años y <= 5 años 02 Puntos C.5 Especialista en Eléctricas El profesional propuesto podrá acreditar su experiencia como Ingeniero Electricista en obras en general. > 5 Años 05 Puntos > 1 Años y <= 5 años 03 Puntos |
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C.6 Especialista en Instalaciones Sanitarias El profesional propuesto podrá acreditar su experiencia como Especialista en Instalaciones Sanitarias en Actividades Similares de obras en Similares. > 5 Años 05 Puntos > 1 Años y <= 5 años 02 Puntos C.7 Especialista en Valorización y Liquidación El profesional propuesto podrá acreditar su experiencia como Especialista en Actividades Similares de Obras Similares. > 5 Años 02 Puntos > 1 Año y <= 5 años 01 Punto C.8 Especialista en Impacto Ambiental El profesional propuesto podrá acreditar su experiencia como Ingeniero Ambiental en obras en general. > 5 Años 02 Puntos > 1Año y <= 5 años 01 Punto C.9 Especialista en Seguridad de Obras El profesional propuesto podrá acreditar su experiencia como Especialista en Actividades Similares en obras en similares. > 5 Años 03 Puntos > 1 Año y <= 5 años 01 Puntos Deberá evaluarse en función a la experiencia en la especialidad requerida en obras similares, condición que debe ser acreditada fehacientemente. Si no se precisara la condición de similar de la experiencia presentada, deberá adjuntar otro documento emitido por la entidad contratante como Contratos, Actas de Recepción de Obras, etc., que indiquen de manera expresa que se trata de una obra igual o similar, caso contrario no se considerarán dichas experiencias para la evaluación. Los profesionales pueden participar con más de un postor, sin ser esto, motivo de descalificación para el postor y el profesional. Una vez otorgada y consentida la buena pro, los profesionales propuestos por el postor ganador que se encuentren comprometidos en otros trabajos, estarán en la obligación de resolver o renunciar a dichos compromisos. Solo se aceptarán cambios por razones de fuerza mayor, no considerándose como tal el reemplazo de un profesional propuesto por un postor, por estar comprometido en otro proyecto de la Universidad Nacional Agraria de la Selva contratado previamente con dicho postor, de manera individual o en Consorcio. C.2.2 CAPACITACIÓN: Criterio Se evaluará en función al Nivel de capacitación del personal propuesto como: Gerente de Obra; Residente y Asistente de Residente, en: |
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FACTORES DE EVALUACIÓN - OBLIGATORIOS | PUNTAJE / METODOLOGÍA PARA SU ASIGNACIÓN26 | |
Gerente de Obra: Maestría y/o Diplomado Relacionadas con la Funciones a realizar. Residente: Maestría y/o Diplomado Relacionadas con la Funciones a realizar. | Gerente de Obra: Cuenta con Maestría 08 puntos Cuenta con Diplomado 05 Puntos | |
Asistente de Residente: Maestría y/o Diplomado Relacionadas con la Funciones a realizar. | Residente de Obra Cuenta con Maestría 08 puntos Cuenta con Diplomado 05 Puntos | |
Asistente de Residente Cuenta con Maestría 04 puntos Cuenta con Diplomado 02 Puntos | ||
Acreditación Se acreditarán con copia simple de Títulos, Constancias, Certificados, u otros documentos, que de manera fehaciente que demuestren lo solicitado. | ||
D. | CUMPLIMIENTO DE EJECUCIÓN DE OBRAS | 10 puntos |
Criterio: Se evaluará el nivel de cumplimiento del postor, respecto de las obras similares presentadas para acreditar la experiencia del postor, en función al número de constancias de prestación presentadas. | Se debe utilizar la siguiente fórmula de evaluación: PCP= PF x CBC NC Dónde: PCP = Puntaje a otorgarse al postor. PF = Puntaje máximo al postor. NC = Número de contrataciones presentadas para acreditar la experiencia del postor. CBC = Número de constancias de prestación válidas. | |
Acreditación: Mediante la presentación de copia simple de un xxxxxx xx xxxx (10) constancias de prestación o cualquier otro documento que, independientemente de su denominación, indique, como mínimo, lo siguiente: | ||
1. La identificación del contrato, indicando como mínimo su objeto. | ||
2. El monto correspondiente; esto es, el importe total al que asciende el contrato, comprendiendo las variaciones por adicionales, reducciones, reajustes, etc., que se hubieran aplicado durante la ejecución contractual. | ||
3. Las penalidades en que hubiera incurrido el contratista durante la ejecución de dicho contrato. | ||
PUNTAJE TOTAL | 100 puntos |
IMPORTANTE:
Los factores de evaluación no pueden calificar con puntaje el cumplimiento de los requerimientos técnicos mínimos.
Para acceder a la etapa de evaluación económica, el postor deberá obtener un puntaje técnico mínimo de sesenta (60) puntos.
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CAPÍTULO V PROFORMA DEL CONTRATO
IMPORTANTE:
Dependiendo del objeto del contrato, de resultar indispensable, podrá efectuarse la inclusión de cláusulas adicionales o la adecuación de las propuestas en el presente documento, las que en ningún caso pueden contemplar disposiciones contrarias a la normativa vigente ni a lo señalado en este capítulo.
Conste por el presente documento, la contratación de la ejecución de la obra ejecución de la obra: “CONSTRUCCION E IMPLEMENTACION DEL PABELLON DE AULAS EN LA UNIVERSIDAD NACIONAL AGRARIA DE LA SELVA – TINGO XXXXX”, que celebra de una
parte la UNIVERSIDAD AGRARIA DE LA SELVA - UNAS, en adelante LA ENTIDAD, con RUC Nº 20172356720, con domicilio legal en la Xx. Xxxxxxxxxxxxx Xx. 0.0 x/x Xxxxx Xxxxx, representada por [………..…], identificado con DNI Nº [………], y de otra parte [……………….....................], con RUC Nº [................], con domicilio legal en
[……………….....................], inscrita en la Ficha N° [……………….........] Asiento N° [……….......] del Registro de Personas Jurídicas de la ciudad de [ ],
debidamente representado por su Representante Legal, [……………….....................], con DNI N° [………………..], según poder inscrito en la Ficha N° […………..], Asiento N° […………] del Registro de Personas Jurídicas de la ciudad de […………], a quien en adelante se le denominará EL CONTRATISTA en los términos y condiciones siguientes:
CLÁUSULA PRIMERA: ANTECEDENTES
Con fecha [………………..], el Comité Especial adjudicó la Buena Pro de la LICITACIÓN PÚBLICA Nº [001-2014-UNAS para la contratación de la ejecución de la obra ejecución de la obra: “CONSTRUCCION E IMPLEMENTACION DEL PABELLON DE AULAS EN LA UNIVERSIDAD NACIONAL AGRARIA DE LA SELVA – TINGO XXXXX”, a [CONSIGNAR
NOMBRE DEL GANADOR DE LA BUENA PRO], cuyos detalles e importe constan en los documentos integrantes del presente contrato.
CLÁUSULA SEGUNDA: OBJETO
El presente contrato tiene por objeto la ejecución de la obra: “CONSTRUCCION E IMPLEMENTACION DEL PABELLON DE AULAS EN LA UNIVERSIDAD NACIONAL AGRARIA DE
LA SELVA – TINGO XXXXX”, conforme a los Requerimientos Técnicos Mínimos.
CLÁUSULA TERCERA: MONTO CONTRACTUAL
El monto total del presente contrato asciende a [CONSIGNAR MONEDA Y MONTO], [CONSIGNAR SI O NO] incluye IGV.29
Este monto comprende el costo de la ejecución de la obra, seguros e impuestos, así como todo aquello que sea necesario para la correcta ejecución de la prestación materia del presente contrato.
CLÁUSULA CUARTA: DEL PAGO30
LA ENTIDAD se obliga a pagar la contraprestación a EL CONTRATISTA en Nuevo Soles, en periodos de valorización MENSUALES, conforme a lo previsto en la sección específica de las Bases. Asimismo, LA ENTIDAD o EL CONTRATISTA, según corresponda, se obligan a pagar el monto correspondiente al saldo de la liquidación del contrato de obra, en el plazo xx Xxxx (10) días calendario, computados desde el día siguiente del consentimiento de la liquidación.
En caso de retraso en el pago de las valorizaciones, por razones imputables a LA ENTIDAD, EL CONTRATISTA tendrá derecho al pago de intereses, de conformidad con el artículo 48 de la Ley de Contrataciones del Estado y los artículos 1244, 1245 y 1246 del Código Civil. Para tal efecto, se
29 Consignar que NO incluye IGV en caso el postor ganador de la Buena Pro haya presentado la Declaración Jurada de cumplimiento de condiciones para la aplicación de la exoneración del IGV (Anexo Nº 8) en su propuesta técnica.
30 En cada caso concreto, dependiendo de la naturaleza del contrato, podrá adicionarse la información que resulte pertinente a efectos de generar el pago.
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formulará una valorización de intereses y el pago se efectuará en las valorizaciones siguientes.
CLÁUSULA QUINTA: DEL PLAZO DE EJECUCIÓN DE LA OBRA
El plazo de ejecución del presente contrato es de [420] días calendario, el mismo que se computa desde el día siguiente de cumplidas las condiciones previstas en el numeral 3.5 de la sección general de las Bases.
CLÁUSULA SEXTA: PARTES INTEGRANTES DEL CONTRATO
El presente contrato está conformado por las Bases integradas, la oferta ganadora 31 y los documentos derivados del proceso de selección que establezcan obligaciones para las partes.
CLÁUSULA SÉTIMA: GARANTÍAS
EL CONTRATISTA entregó a la suscripción del contrato la respectiva garantía solidaria, irrevocable, incondicional y de realización automática a sólo requerimiento, a favor de LA ENTIDAD, por los conceptos, importes y vigencias siguientes:
De fiel cumplimiento del contrato32: S/. [CONSIGNAR EL MONTO], a través de la CARTA FIANZA. Cantidad que es equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato original, la misma que deberá mantenerse vigente hasta el consentimiento de la liquidación final.
CLÁUSULA OCTAVA: EJECUCIÓN DE GARANTÍAS POR FALTA DE RENOVACIÓN
LA ENTIDAD está facultada para ejecutar las garantías cuando EL CONTRATISTA no cumpliera con renovarlas, conforme a lo dispuesto por el artículo 164 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
IMPORTANTE:
Si LA ENTIDAD considera necesario entregar adelanto directo, deberá consignar la siguiente cláusula:
CLÁUSULA NOVENA: ADELANTO DIRECTO33
“LA ENTIDAD otorgará UN ADELANTO directos por el del 20% del monto del contrato original.
EL CONTRATISTA debe solicitar formalmente el ADELANTO DIRECTO dentro de los ocho (8) días calendarios siguientes a la suscripción del contrato, adjuntando a su solicitud la garantía por adelantos34 mediante CARTA FIANZA y el comprobante de pago correspondiente. LA ENTIDAD debe entregar el monto solicitado dentro de los siete (7) días siguientes a la presentación de la solicitud de EL CONTRATISTA. Vencido el plazo para solicitar el adelanto no procederá la solicitud.
En el supuesto que no se entregue EL ADELANTO en la oportunidad prevista, EL CONTRATISTA tendrá derecho a solicitar la ampliación del plazo de ejecución de la obra por el número de días equivalente a la demora, conforme al artículo 201 del Reglamento.”
Si LA ENTIDAD considera necesario entregar adelantos para materiales o insumos a EL
31 La oferta ganadora comprende a las propuestas técnica y económica del postor ganador de la Buena Pro.
32 En aplicación de lo dispuesto en el artículo 158 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, la garantía de fiel cumplimiento deberá ser emitida por una suma equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato original y tener vigencia hasta el consentimiento de la liquidación final.
De manera excepcional, respecto de aquellos contratos que tengan una vigencia superior a un (1) año, las Entidades podrán aceptar que el ganador de la Buena Pro presente la garantía de fiel cumplimiento, con una vigencia de un (1) año, con el compromiso de renovar su vigencia hasta el consentimiento de la liquidación final.
33 Si la Entidad ha previsto la entrega de adelantos, deberá consignar el procedimiento para su entrega y la respectiva garantía, precisando el plazo en el cual el contratista solicitará los adelantos. Asimismo, deberá consignar la oportunidad y plazo en el cual se entregarán dichos adelantos, conforme a lo previsto por los artículos 186 y 187 del Reglamento.
34 De conformidad con el artículo 162 del Reglamento, esta garantía deberá ser emitida por idéntico monto y un plazo mínimo de vigencia de tres (3) meses, renovable trimestralmente por el monto pendiente de amortizar, hasta la amortización total del adelanto otorgado. Cuando el plazo de ejecución de la obra sea menor a tres (3) meses, la garantía podrá ser emitida con una vigencia menor, siempre que cubra la fecha prevista para la amortización total del adelanto otorgado.
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CONTRATISTA, deberá consignar la siguiente cláusula:
CLÁUSULA DÉCIMA: ADELANTO PARA MATERIALES O INSUMOS35
“LA ENTIDAD otorgará adelantos para materiales o insumos por el 40% del monto del
CONTRATO ORIGINAL.
La entrega de los adelantos se realizará en un plazo de Quince [15] días calendario previo a la fecha prevista en el calendario de adquisición de materiales o insumos para cada adquisición, con la finalidad que EL CONTRATISTA pueda disponer de los materiales o insumos en la oportunidad prevista en el calendario de avance de obra valorizado. Para tal efecto, EL CONTRATISTA deberá solicitar la entrega del adelanto en un plazo xx Xxxx [10] días calendarios anteriores al inicio del plazo antes mencionado, adjuntando a su solicitud la garantía por adelantos36 mediante CARTA FIANZA y el comprobante de pago respectivo.
La primera solicitud de El CONTRATISTA solo procederá una vez iniciada la ejecución de la obra. No procederá la entrega de los adelantos cuando las solicitudes sean realizadas con posterioridad a la fecha prevista para cada adquisición en el calendario de adquisición de materiales o insumos.
En el supuesto que no se entreguen los adelantos en la oportunidad prevista, EL CONTRATISTA tendrá derecho a solicitar la ampliación del plazo de ejecución de la prestación por el número de días equivalente a la demora, conforme al artículo 201 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.”
CLÁUSULA UNDÉCIMA: PREVISIÓN DE PRESUPUESTO
Al tener el presente contrato un plazo de ejecución que supera el presente Año Fiscal 2014, en cumplimiento a lo dispuesto por el numeral 27.3 de la Ley Nº 28411 – Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto- se determina que su ejecución estará sujeta a la disponibilidad presupuestaria y financiera correspondiente al Año Fiscal 2015.
CLÁUSULA DUODÉCIMA: CONFORMIDAD DE LA OBRA
La conformidad de la obra será dada con la suscripción del Acta de Recepción de Obra.
CLÁUSULA DÉCIMO TERCERA: DECLARACIÓN JURADA DEL CONTRATISTA
EL CONTRATISTA declara bajo juramento que se compromete a cumplir las obligaciones derivadas del presente contrato, bajo sanción de quedar inhabilitado para contratar con el Estado en caso de incumplimiento.
CLÁUSULA DÉCIMO CUARTA: RESPONSABILIDAD POR XXXXXX XXXXXXX
Ni la suscripción del Acta de Recepción de Obra, ni el consentimiento de la liquidación del contrato de obra, enervan el derecho de LA ENTIDAD a reclamar, posteriormente, por defectos o vicios ocultos, conforme a lo dispuesto por el artículo 50 de la Ley de Contrataciones del Estado.
El plazo máximo de responsabilidad de EL CONTRATISTA es de 7 años.
CLÁUSULA DÉCIMO QUINTA: PENALIDADES
Si EL CONTRATISTA incurre en retraso injustificado en la ejecución de las prestaciones objeto del contrato, LA ENTIDAD le aplicará una penalidad por cada día de atraso, hasta por un monto máximo equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato vigente o del monto del ítem vigente que debió ejecutarse, en concordancia con el artículo 165 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. En todos los casos, la penalidad se aplicará automáticamente y se calculará de acuerdo a la siguiente fórmula:
Penalidad Diaria = | 0.10 x Monto |
F x Plazo en días |
35 En caso de obras bajo las modalidades de concurso oferta o llave en mano que incluya la elaboración del expediente técnico, este adelanto solo cabe para la prestación consistente en la ejecución de la obra.
36 De conformidad con el artículo 162 del Reglamento, esta garantía deberá ser emitida por idéntico monto y mantenerse vigente hasta la utilización de los materiales o insumos a satisfacción de la Entidad, pudiendo reducirse de manera proporcional de acuerdo con el desarrollo respectivo.
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Donde:
F = 0.15
Cuando se llegue a cubrir el monto máximo de la penalidad, LA ENTIDAD podrá resolver el contrato por incumplimiento.
Esta penalidad será deducida en la liquidación final, o si fuese necesario, se cobrará del monto resultante de la ejecución de la garantía de fiel cumplimiento.
La justificación por el retraso se sujeta a lo dispuesto por la Ley de Contrataciones del Estado y Reglamento, el Código Civil y demás normas aplicables, según corresponda.
IMPORTANTE:
De preverse en los Requerimientos Técnicos Mínimos penalidades distintas a la penalidad por xxxx, se deberá consignar en esta cláusula el listado detallado de las situaciones, condiciones, etc., que serán objeto de penalidad; los montos o porcentajes que se aplicarán por cada tipo de incumplimiento; y la forma o procedimiento mediante el que se verificará su ocurrencia.
CLÁUSULA DÉCIMO SEXTA: RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
Cualquiera de las partes podrá resolver el contrato, de conformidad con los artículos 40, inciso c), y 44 de la Ley de Contrataciones del Estado, y los artículos 167 y 168 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. De darse el caso, LA ENTIDAD procederá de acuerdo a lo establecido en los artículos 169 y 209 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
CLÁUSULA DÉCIMO SÉTIMA: RESPONSABILIDAD DE LAS PARTES
Cuando una de las partes no ejecute injustificadamente las obligaciones asumidas, debe resarcir a la otra parte por los daños y perjuicios ocasionados, a través de la indemnización correspondiente. Ello no obsta la aplicación de las sanciones administrativas, penales y pecuniarias a que dicho incumplimiento diere lugar, en el caso que éstas correspondan.
Lo señalado precedentemente no exime a ninguna de las partes del cumplimiento de las demás obligaciones previstas en el presente contrato.
CLÁUSULA DÉCIMO OCTAVA: MARCO LEGAL DEL CONTRATO
Sólo en lo no previsto en este contrato, en la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, en las directivas que emita el OSCE y demás normativa especial que resulte aplicable, serán de aplicación supletoria las disposiciones pertinentes del Código Civil vigente, cuando corresponda, y demás normas de derecho privado.
CLÁUSULA DÉCIMO NOVENA: SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS 37
Cualquiera de las partes tiene el derecho a iniciar el arbitraje administrativo a fin de resolver las controversias que se presenten durante la etapa de ejecución contractual dentro del plazo de caducidad previsto en los artículos 184, 199, 201, 209, 210 y 212 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del estado o, en su defecto, en el artículo 52 de la Ley de Contrataciones del Estado.
Facultativamente, cualquiera de las partes podrá someter a conciliación la referida controversia, sin perjuicio de recurrir al arbitraje en caso no se llegue a un acuerdo entre ambas, según lo señalado en el artículo 214 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
El laudo arbitral emitido es definitivo e inapelable, tiene el valor de cosa juzgada y se ejecuta como una sentencia.
CLÁUSULA DÉCIMO VIGÉSIMA: FACULTAD DE ELEVAR A ESCRITURA PÚBLICA
Cualquiera de las partes podrá elevar el presente contrato a Escritura Pública corriendo con todos
37 De conformidad con los artículos 216 y 217 del Reglamento, podrá adicionarse la información que resulte necesaria para resolver las controversias que se susciten durante la ejecución contractual. Por ejemplo, para la suscripción del contrato y, según el acuerdo de las partes podrá establecerse que el arbitraje será institucional o ante el Sistema Nacional de Arbitraje del OSCE (SNA-OSCE), debiendo indicarse el nombre del centro de arbitraje pactado y si se opta por un arbitraje ad-hoc, deberá indicarse si la controversia se someterá ante un tribunal arbitral o ante un árbitro único.
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los gastos que demande esta formalidad.
CLÁUSULA VIGÉSIMA PRIMERA: DOMICILIO PARA EFECTOS DE LA EJECUCIÓN CONTRACTUAL
Las partes declaran el siguiente domicilio para efecto de las notificaciones que se realicen durante la ejecución del presente contrato:
DOMICILIO DE LA ENTIDAD: [ ]
DOMICILIO DEL CONTRATISTA: [CONSIGNAR EL DOMICILIO SEÑALADO POR EL POSTOR GANADOR DE LA BUENA PRO AL PRESENTAR LOS REQUISITOS PARA LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO]
La variación del domicilio aquí declarado de alguna de las partes debe ser comunicada a la otra parte, formalmente y por escrito, con una anticipación no menor de quince (15) días calendario.
De acuerdo con las Bases, las propuestas técnico y económica y las disposiciones del presente contrato, las partes lo firman por duplicado en señal de conformidad en la ciudad de [. ] al
[CONSIGNAR FECHA].
“LA ENTIDAD” | “EL CONTRATISTA” |
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Licitación Pública N° 002-2014-UNAS:
FORMATOS Y ANEXOS
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Licitación Pública N° 002-2014-UNAS
FORMATO N° 138
MODELO DE CARTA DE ACREDITACIÓN
Tingo María,
Señores
COMITÉ ESPECIAL
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 002-2014-UNAS
Presente.-
[CONSIGNAR NOMBRE DEL POSTOR (PERSONA NATURAL, PERSONA JURÍDICA Y/O CONSORCIO)], identificado con DNI [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA NATURAL] y Nº
RUC Nº [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA], debidamente representado por su [CONSIGNAR SI SE TRATA DE REPRESENTANTE LEGAL EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA O DEL REPRESENTANTE COMÚN EN CASO DE CONSORCIOS, ASÍ COMO SU
NOMBRE COMPLETO], identificado con DNI Nº […………], tenemos el agrado de dirigirnos a ustedes, en relación con la LICITACIÓN PÚBLICA Nº 002-2014-UNAS, a fin de acreditar a nuestro apoderado: [CONSIGNAR NOMBRE DEL APODERADO] identificado con DNI Nº [………], quien se encuentra en virtud a este documento, debidamente autorizado a realizar todos los actos vinculados al proceso de selección.
Para tal efecto, se adjunta copia simple de la ficha registral vigente del suscrito.39
…..………………………….…………………..
Firma, Nombres y Apellidos del postor o Representante legal o común, según corresponda
38 El presente formato será utilizado cuando la persona natural, el representante legal de la persona jurídica o el representante común del consorcio no concurra personalmente al proceso de selección.
39 Incluir dicho párrafo sólo en el caso de personas jurídicas.
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ANEXO Nº 1
DECLARACIÓN JURADA DE DATOS DEL POSTOR
Señores
COMITÉ ESPECIAL
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 002-2014-UNAS
Presente.-
Estimados Señores:
El que se suscribe, [……………..], postor y/o Representante Legal de [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA], identificado con [CONSIGNAR TIPO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD]
N° [CONSIGNAR NÚMERO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD], con poder inscrito en la localidad de [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA] en la Ficha Nº [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA] Asiento Nº [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA],
DECLARO BAJO JURAMENTO que la siguiente información se sujeta a la verdad:
Nombre | o | Razón | Social | : | |||
Domicilio Legal : | |||||||
RUC | : | Teléfono : | Fax | : |
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
……...........................................................
Firma, Nombres y Apellidos del postor o Representante legal, según corresponda
IMPORTANTE:
Cuando se trate de consorcios, esta declaración jurada será presentada por cada uno de los consorciados.
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ANEXO Nº 2
DECLARACIÓN JURADA DE CUMPLIMIENTO DE LOS REQUERIMIENTOS TÉCNICOS MÍNIMOS
Señores
COMITÉ ESPECIAL
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 002-2014-UNAS
Presente.-
De nuestra consideración:
Es grato dirigirme a usted, para hacer de su conocimiento que luego de haber examinado las Bases y demás documentos del proceso de la referencia y, conociendo todas las condiciones existentes, el postor ofrece la ejecución de la Obra «CONSTRUCCION E IMPLEMENTACION DEL PABELLON DE AULAS EN LA UNIVERSIDAD NACIONAL AGRARIA DE LA SELVA NACIONAL AGRARIA DE
LA SELVA», de conformidad con el respectivo Expediente Técnico, las demás condiciones que se indican en el Capítulo III de la sección específica de las Bases y los documentos del proceso.
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
…….………………………….…………………..
Firma, Nombres y Apellidos del postor o Representante legal o común, según corresponda
IMPORTANTE:
Adicionalmente, puede requerirse la presentación de otros documentos para acreditar el cumplimiento de los Requerimientos Técnicos Mínimos, conforme a lo señalado en el contenido del sobre técnico.
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ANEXO Nº 3
DECLARACIÓN JURADA
(ART. 42 DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE CONTRATACIONES DEL ESTADO)
Señores
COMITÉ ESPECIAL
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 002-2014-UNAS
Presente.-
De nuestra consideración:
Mediante el presente el suscrito, postor y/o Representante Legal de [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA], declaro bajo juramento:
1.- No tener impedimento para participar en el proceso de selección ni para contratar con el Estado, conforme al artículo 10 de la Ley de Contrataciones del Estado.
2.- Xxxxxxx, aceptar y someterme a las Bases, condiciones y procedimientos del proceso de selección.
3.- Ser responsable de la veracidad de los documentos e información que presento a efectos del presente proceso de selección.
4.- Comprometerme a mantener la oferta presentada durante el proceso de selección y a suscribir el contrato, en caso de resultar favorecido con la Buena Pro.
5.- Conocer las sanciones contenidas en la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, así como en la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
………………………….……………………….. Firma, Nombres y Apellidos del postor o Representante legal, según corresponda
IMPORTANTE:
Cuando se trate de consorcios, esta declaración jurada será presentada por cada uno de los consorciados.
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ANEXO Nº 4
PROMESA FORMAL DE CONSORCIO
(Sólo para el caso en que un consorcio se presente como postor)
Señores
COMITÉ ESPECIAL
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 002-2014-UNAS
Presente.-
De nuestra consideración,
Los suscritos declaramos expresamente que hemos convenido en forma irrevocable, durante el lapso que dure el proceso de selección, para presentar una propuesta conjunta a la LICITACIÓN PÚBLICA Nº 002-2014-UNAS, responsabilizándonos solidariamente por todas las acciones y omisiones que provengan del citado proceso.
Asimismo, en caso de obtener la Buena Pro, nos comprometemos a formalizar el contrato de consorcio bajo las condiciones aquí establecidas (porcentaje de obligaciones asumidas por cada consorciado), de conformidad con lo establecido por el artículo 141 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
Designamos al Sr. [..................................................], identificado con [CONSIGNAR TIPO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD] N° [CONSIGNAR NÚMERO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD],
como representante común del consorcio para efectos de participar en todas las etapas del proceso de selección y para suscribir el contrato correspondiente con la Entidad [CONSIGNAR NOMBRE DE LA ENTIDAD]. Asimismo, fijamos nuestro domicilio legal común en [ ].
OBLIGACIONES DE [NOMBRE DEL CONSORCIADO 1]: % de Obligaciones
[DESCRIBIR LA OBLIGACIÓN VINCULADA AL OBJETO DE LA CONVOCATORIA] [ % ]
[DESCRIBIR OTRAS OBLIGACIONES] [ % ]
OBLIGACIONES DE [NOMBRE DEL CONSORCIADO 2]: % de Obligaciones
[DESCRIBIR LA OBLIGACIÓN VINCULADA AL OBJETO DE LA CONVOCATORIA] [ % ]
[DESCRIBIR OTRAS OBLIGACIONES] [ % ]
TOTAL: 100%
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
..…………………………………. …………………………………..
Nombre, firma, sello y DNI del Nombre, firma, sello y DNI del
Representante Legal Consorciado 1 Representante Legal Consorciado 2
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ANEXO Nº 5
DECLARACIÓN JURADA DE PLAZO DE EJECUCIÓN DE LA OBRA
Señores
COMITÉ ESPECIAL
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 002-2014-UNAS
Presente.-
De nuestra consideración,
Mediante el presente, con pleno conocimiento de las condiciones que se exigen en las Bases del proceso de la referencia, me comprometo a ejecutar la obra «CONSTRUCCION E IMPLEMENTACION DEL PABELLON DE AULAS EN LA UNIVERSIDAD NACIONAL AGRARIA DE LA SELVA NACIONAL AGRARIA DE LA SELVA» en el plazo de [CONSIGNAR EL PLAZO OFERTADO, EL CUAL DEBE SER EXPRESADO EN DÍAS CALENDARIO] días calendario.
Tingo María,
……..........................................................
Firma, Nombres y Apellidos del postor o Representante legal o común, según corresponda
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ANEXO Nº 6
EXPERIENCIA DEL POSTOR EN OBRAS EN GENERAL
Señores
COMITÉ ESPECIAL
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 002-2014-UNAS
Presente.-
Mediante el presente, el suscrito detalla lo siguiente como EXPERIENCIA EN OBRAS EN GENERAL:
Nº | CLIENTE | OBJETO DEL CONTRATO | N° CONTRATO | FECHA40 | MONEDA | IMPORTE | TIPO DE CAMBIO VENTA41 | MONTO FACTURADO ACUMULADO42 |
1 | ||||||||
2 | ||||||||
3 | ||||||||
4 | ||||||||
5 | ||||||||
6 | ||||||||
7 | ||||||||
8 | ||||||||
9 | ||||||||
10 | ||||||||
TOTAL |
Tingo María,
………..........................................................
Firma, Nombres y Apellidos del postor o Representante legal o común, según corresponda
40 Se refiere a la fecha de suscripción del contrato.
41 El tipo de cambio venta debe corresponder al publicado por la SBS correspondiente a la fecha de suscripción del contrato.
42 Consignar en la moneda establecida para el valor referencial.
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ANEXO Nº 7
EXPERIENCIA DEL POSTOR EN OBRAS SIMILARES
Señores
COMITÉ ESPECIAL
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Presente.-
Mediante el presente, el suscrito detalla lo siguiente como EXPERIENCIA EN OBRAS SIMILARES:
Nº | CLIENTE | OBJETO DEL CONTRATO | N° CONTRATO | FECHA43 | MONEDA | IMPORTE | TIPO DE CAMBIO VENTA44 | MONTO FACTURADO ACUMULADO45 |
1 | ||||||||
2 | ||||||||
3 | ||||||||
4 | ||||||||
5 | ||||||||
6 | ||||||||
7 | ||||||||
8 | ||||||||
9 | ||||||||
10 | ||||||||
TOTAL |
Tingo María,
………..........................................................
Firma, Nombres y Apellidos del postor o Representante legal o común, según corresponda
43 Se refiere a la fecha de suscripción del contrato.
44 El tipo de cambio venta debe corresponder al publicado por la SBS correspondiente a la fecha de suscripción del contrato.
45 Consignar en la moneda establecida para el valor referencial.
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ANEXO Nº 8
CARTA DE PROPUESTA ECONÓMICA (MODELO)
Señores
COMITÉ ESPECIAL
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Presente.-
De nuestra consideración,
Es grato dirigirme a usted, para hacer de su conocimiento que, de acuerdo con el valor referencial del presente proceso de selección, y el expediente técnico de obra46, mi propuesta económica es la siguiente:
CONCEPTO | COSTO TOTAL [CONSIGNAR MONEDA] |
TOTAL |
La propuesta económica incluye todos los tributos, seguros, transportes, inspecciones, pruebas, y de ser el caso, los costos laborales conforme a la legislación vigente, así como cualquier otro concepto que le sea aplicable y que pueda tener incidencia sobre el costo de la obra a ejecutar, excepto la de aquellos postores que gocen de exoneraciones legales.
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
……………………………….…………………..
Firma, Nombres y Apellidos del postor o Representante legal o común, según corresponda
IMPORTANTE:
En caso de tratarse de la contratación de la ejecución de una obra bajo el sistema a suma alzada, el postor formulará su propuesta considerando los trabajos que resulten necesarios para su ejecución, según los planos, especificaciones técnicas, memoria descriptiva y presupuesto de obra contenidos en el expediente técnico, en ese orden de prelación; considerándose que el desagregado por partidas que da origen a su propuesta y que debe presentar para la suscripción del contrato, es referencial.
46 Salvo en obras ejecutadas bajo las modalidades de concurso oferta y llave en mano que incluya la elaboración del expediente técnico.
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ANEXO Nº 9
DECLARACIÓN JURADA DEL PERSONAL PROPUESTO PARA LA EJECUCIÓN DE LA OBRA
Señores
COMITÉ ESPECIAL
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Presente.-
De nuestra consideración,
Mediante el presente el suscrito, postor y/o Representante Legal de [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA], declaro bajo juramento que la información del personal propuesto para la ejecución de la obra es el siguiente:
NOMBRE | DOCUMENTO NACIONAL DE IDENTIDAD U OTRO ANÁLOGO | CARGO Y/O ESPECIALIDAD |
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
……..........................................................
Firma, Nombres y Apellidos del postor o Representante legal o común, según corresponda
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ANEXO Nº 10
DECLARACIÓN JURADA DE CUMPLIMIENTO DE CONDICIONES PARA LA APLICACIÓN DE LA EXONERACIÓN DEL IGV
Señores
COMITÉ ESPECIAL
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 002-2014-UNAS
Presente.-
De nuestra consideración,
Mediante el presente el suscrito, postor y/o Representante Legal de [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA], declaro bajo juramento que gozo del beneficio de la exoneración del IGV previsto en la Ley Nº 27037, Ley de Promoción de la Inversión en la Amazonía, dado que cumplo con las condiciones siguientes:
1.- Que el domicilio fiscal de la empresa47 se encuentra ubicado en la Amazonía y coincide con el lugar establecido como sede central (donde tiene su administración y lleva su contabilidad);
2.- Que la empresa se encuentra inscrita en las Oficinas Registrales de la Amazonía (exigible en caso de personas jurídicas);
3.- Que, al menos el setenta por ciento (70%) de los activos fijos de la empresa se encuentran en la Amazonía; y
4.- Que la empresa no tiene producción fuera de la Amazonía48.
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
………………………….……………………….. Firma, Nombres y Apellidos del postor o Representante legal, según corresponda
IMPORTANTE:
Cuando se trate de consorcios, esta declaración jurada será presentada por cada uno de los consorciados.
47 En el artículo 1 del “Reglamento de las Disposiciones Tributarias contenidas en la Ley de Promoción de la Inversión en la Amazonía” se define como “empresa” a las “Personas naturales, sociedades conyugales, sucesiones indivisas y personas consideradas jurídicas por la Ley del Impuesto a la Renta, generadoras xx xxxxxx de tercera categoría, ubicadas en la Amazonía. Las sociedades conyugales son aquéllas que ejerzan la opción prevista en el Artículo 16 de la Ley del Impuesto a la Renta.”
48 En caso de empresas de comercialización, no consignar esta condición.