Contract
CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, EL PARTIDO DE LA REVOLUCIÓN DEMOCRÁTICA, REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR EL C. XXXXXXXX XXXXXXXX XXXXXX, EN SU CARÁCTER DE REPRESENTANTE LEGAL, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE DENOMINARÁ “EL PRD”, Y POR LA OTRA, “XXXXX PRODUCTIONS, S.A. DE C.V.”, REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR EL C.
, EN SU CARÁCTER DE ADMINISTRADOR UNICO, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE DENOMINARÁ “EL PRESTADOR”, AL TENOR DE LAS DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:
D E C L A R A C I O N E S
I. DECLARA “EL PRD”, POR CONDUCTO DE SU REPRESENTANTE:
I.1 Que su representado es un Instituto Político creado en términos de lo establecido en la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales y Ley General de Partidos Políticos, con registro único ante el Instituto Nacional Electoral, y que tiene como fin promover la participación del pueblo en la vida democrática, contribuir a la integración de la representación nacional y como organización de ciudadanos, hacer posible el acceso de éstos al ejercicio del poder público, de acuerdo con los programas, principios e ideas que postula y mediante el sufragio universal, libre, secreto y directo, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 41 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
I.2 Que su Representante tiene facultades suficientes y necesarias para celebrar el presente contrato en su nombre y representación, mismas que no le han sido revocadas a la fecha, según consta en la Escritura Pública Número 75,801 de fecha 7 xx xxxxxx de 2012, otorgada ante la Fe del Xx. Xxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxx, Notario Público Número 128 de la Ciudad de México.
I.3 Que de acuerdo a sus necesidades, requiere contar con los servicios de una empresa con experiencia en los servicios de comedor para empresas e instituciones, por lo que ha determinado llevar a cabo la contratación de los servicios de “EL PRESTADOR”.
I.4 Que el presente contrato se celebra en cumplimiento a lo establecido por el Reglamento de Fiscalización aprobado por Acuerdo del Consejo General del Instituto Nacional Electoral el día 19 de noviembre de 2014, Título V denominado “Del Gasto Programado”, Capítulo 1, 2, 3,4, 5, 6, así como del artículo 131 en caso de recibos de honorarios, que regulan los gastos efectuados en Actividades Específicas y el Liderazgo Político de la Mujer, en el concepto de educación y capacitación política, investigación socioeconómica y política y tareas editoriales.
I.5 Que para efectos de este contrato señala como su domicilio el ubicado en Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx xxxxxx 00, xxxxxxx Xxxxxxxx, Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxxxx, Xxxxxx Xxxxxx 00000, Xxxxxx xx Xxxxxx.
II. DECLARA “EL PRESTADOR”, POR CONDUCTO DE SU REPRESENTANTE:
II.1 Que su representado es una sociedad anónima de capital variable legalmente constituida, como lo acredita con la Escritura Pública número de fecha dieciocho de noviembre de dos mil dieciséis otorgada ante la fe del Lic. Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxx, Notario Público número 74 de la Ciudad de México. Inscrita en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio, bajo el folio mercantil número , de fecha 08 de diciembre de 2016, Con Registro Federal de Contribuyentes .
II.2 Que el C. , en su carácter de Administrador Único de la sociedad, cuenta con poderes amplios y suficientes para suscribir el presente contrato y obligar a su representada en los términos del mismo, lo que acredita con la Escritura Pública número de fecha diez de octubre de dos mil diecisiete otorgada ante la fe del Lic. Xxxx
Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx, Notario Público número 46 de la Ciudad de México. El C.
, bajo protesta de decir verdad, declara que dicha personalidad no le ha sido revocada, limitada, ni modificada en forma alguna.
II.3 Que tiene capacidad jurídica para contratar y no existe impedimento alguno para obligarse en los términos de este contrato, toda vez que reúne las condiciones técnicas, económicas y demás necesarias que requiere “EL PRD” para la presente contratación.
II.4 Que conoce las características del servicio objeto del presente contrato y que dispone de los recursos técnicos y económicos necesarios e idóneos para proporcionar dicho servicio de forma eficiente, oportuna y en las mejores condiciones para “EL PRD”, toda vez que cuenta con la infraestructura, así como con el personal que tiene experiencia y capacidad requeridas para proporcionar el servicio objeto de este contrato.
II.5 Que conoce el sentido y alcance de las disposiciones contenidas en el Reglamento de Fiscalización aplicable a los Partidos Políticos Nacionales.
II.6 Que acredita su inscripción en el Registro Nacional de Proveedores del Instituto Nacional Electoral, con el Acuse de refrendo 2018 número RNP: .
Que para todos los efectos legales de este contrato, señala como su domicilio el ubicado en la
.
II.7
Expuesto lo anterior, las partes otorgan las siguientes:
C L Á U S U L A S
PRIMERA.- OBJETO. “EL PRESTADOR” se obliga a proporcionar los servicios de coordinación y organización de los talleres “Derechos Políticos Electorales de los Pueblos y Comunidades Indígenas en el Estado xx Xxxxxxx” el 06 de diciembre de 2019 y “Reglas de Postulación para Garantizar la Paridad de Género y la Participación de Ciudadanas y Ciudadanos menores de 30 años y Personas Indígenas” el 07 de diciembre del presente año en el estado xx Xxxxxxx; también asume la responsabilidad de elaborar el material para los cursos, cafetería, alimentos, así como apoyo logístico. Servicio requerido por “EL PRD” y planteado en el Programa Anual de Trabajo (PAT) del proyecto número 2019-28 a cargo del Instituto de Formación Política.
SEGUNDA.- PRECIO. El monto de la operación objeto del presente contrato es de $213,000.00 (Doscientos trece mil pesos 00/100 M.N.), más el 16% de impuesto al valor agregado por
$34,080.00 (Treinta y cuatro mil ochenta pesos 00/100 M.N.); importe neto a pagar de
$247,080.00 (DOSCIENTOS CUARENTA Y SIETE MIL OCHENTA PESOS 00/100 M.N.) De
acuerdo a la cotización de fecha 12 de octubre de 2019.
TERCERA.- FORMA DE PAGO. “EL PRD” se obliga a pagar el monto de los servicios solicitados en una sola exhibición a más tardar el 06 de diciembre de 2019. Ambas partes convienen en que el pago se efectuará mediante transferencia electrónica, previa presentación de la factura correspondiente, misma que deberá cumplir con todos los requisitos fiscales.
CUARTA.- VIGENCIA. La vigencia del presente contrato será del 22 de noviembre al 18 de diciembre de 2019.
QUINTA.- LUGAR Y FECHA DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO. “EL PRESTADOR” se obliga
a proporcionar los servicios objeto del presente contrato de la siguiente manera:
- 06 de diciembre de 2019 en las instalaciones del Hotel-balneario “Xxxxx xxx Xxxxxxx” ubicado en xxxxxxxxx Xxxxxx-Xxxxxx xx 000, xxxxxxxxx Xxxxxxxxx, X.X. 42300, Ixmiquilpan, Hidalgo.
- 07 de diciembre de 2019 en las instalaciones del “Salón Antigua Pemex” ubicado en xxxxxxxxx Xxxxxx-Xxxxxx xx 000, xxxxxxx Xxxxxx, X.X. 42200, Xxxxxx xx Xxxxxxx, Hidalgo.
SEXTA.- GARANTÍA DE LOS SERVICIOS. “EL PRESTADOR” conviene en responder de la calidad de los servicios y de cualquier otra responsabilidad en que hubiere incurrido, en los términos señalados en el Código Civil de la Ciudad de México.
SÉPTIMA.- PENA CONVENCIONAL. “EL PRESTADOR” estará obligado a pagar como pena convencional por la cancelación del servicio, imputable a él o por no prestar los servicios en los términos pactados, el 30% del monto máximo de los servicios contratados.
OCTAVA.- RESPONSABILIDAD LABORAL. “EL PRESTADOR” reconoce y acepta ser el único patrón de todos y cada uno de los trabajadores que intervienen en el desarrollo y ejecución de los servicios pactados en el presente contrato, en forma tal, que deslinda de toda responsabilidad a “EL PRD” respecto de cualquier reclamo que en su caso puedan efectuar sus empleados o trabajadores, derivado de las disposiciones legales y demás ordenamientos en materia de trabajo y de seguridad social.
NOVENA.- OBLIGACIONES DEL PRESTADOR. “EL PRESTADOR” se obliga a prestar los
servicios objeto de este contrato, de conformidad con las características y especificaciones descritas en el presente contrato.
DECIMA.- SUPERVISIÓN DE LOS SERVICIOS. “EL PRD” tendrá en todo momento, la facultad de verificar directamente o a través de un tercero, si “EL PRESTADOR” está desarrollando los servicios objeto de este contrato, de acuerdo con las especificaciones derivadas del mismo, y comunicará por escrito las cuestiones que estime pertinentes en relación con su ejecución en la forma convenida y con las modificaciones que en su caso acuerde.
DECIMA PRIMERA.- DERECHOS DE AUTOR. “LA PRESTADORA” acepta y reconoce que
los derechos de autor de los servicios, objeto del presente contrato, serán de la exclusiva propiedad de “EL PRD”. “EL PRESTADOR” reconoce que todo el material e información que le sean proporcionados por “EL PRD” para la prestación de los servicios (incluyendo, sin limitar, arte, diseños de marcas, personajes, obras literario musicales), son propiedad de “EL PRD”, por lo que “EL PRESTADOR” no podrá hacer uso diferente para el que le fueron proporcionados.
Asimismo “EL PRESTADOR” reconoce que todos los derechos de propiedad industrial y derechos de autor inherentes a las marcas, avisos comerciales, diseños, modelos, lemas, textos, ideas, obras artísticas e intelectuales y otras similares, que sean utilizados por “LA PRESTADORA” o adquiridos a nombre de “EL PRD”, serán propiedad de “EL PRD”, el cual los podrá utilizar o emplear en la forma que decida y a su mejor derecho y conveniencia. Todo el material que sea preparado durante la prestación de los servicios y que en una forma enunciativa más no limitativa, incluyen arte en impresos, obras literario musicales (salvo aquellas que correspondan a sincronización y/o adaptaciones de obras literarios musicales ya existentes), coreografías y material audiovisual en general, serán propiedad exclusiva de “EL PRD”.
DÉCIMA SEGUNDA.- MODIFICACIONES DEL CONTRATO. “EL PRD” podrá solicitar el
incremento del servicio acordado originalmente; para ello “EL PRD” notificará por escrito a “EL PRESTADOR”, el cual lo suministrará en las mismas condiciones de precio pactadas originalmente. Cualquier modificación al presente contrato, deberá formalizarse por escrito mediante convenios modificatorios.
DÉCIMA TERCERA.- CESIÓN DE DERECHOS Y OBLIGACIONES. “EL PRESTADOR” no
podrá ceder total o parcialmente los derechos y obligaciones derivados del presente contrato, en favor de cualquier otra persona física o moral.
DÉCIMA CUARTA.- CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR. Ninguna de las partes será responsable de cualquier retraso o incumplimiento de este contrato, que resulte de caso fortuito o fuerza mayor.
Se entiende por caso fortuito o fuerza mayor, aquellos hechos o acontecimientos ajenos a la voluntad de cualquiera de las partes, siempre y cuando no se haya dado causa o contribuido a ellos.
La falta de previsión o por negligencia de “EL PRESTADOR”, que le impida el cabal cumplimiento de las obligaciones del presente contrato, no se considerará caso fortuito o fuerza mayor.
DÉCIMA QUINTA.- EROGACIONES POR PARTE DE “EL PRESTADOR”. Todas las
erogaciones que haga “EL PRESTADOR” por pago a su personal, adquisición de maquinaria y equipo, amortización, viáticos, mantenimiento, adquisición de materiales, útiles, artículos, uniformes de trabajo de su personal, primas de seguros, impuestos y por cualquier otro concepto, serán directamente a cargo del mismo y no podrán ser repercutidos a “EL PRD”.
DÉCIMA SEXTA.- DAÑOS Y PERJUICIOS. “EL PRESTADOR” se obliga a responder ante “EL PRD”, por todos los daños y perjuicios que se ocasionen, derivados de la ejecución del objeto de este contrato, por negligencia e impericia técnica.
DÉCIMA SEPTIMA.- JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA. Para la interpretación y cumplimiento del presente contrato, así como para todo aquello que no esté estipulado en el mismo, las partes se someten a la jurisdicción y competencia de los Tribunales del Fuero Común con residencia en la Ciudad de México. Las partes renuncian al fuero que les pudiera corresponder por razón de sus domicilios presentes o futuros.
LEÍDAS LAS CLÁUSULAS POR LAS PARTES Y ENTERADAS DE SU CONTENIDO Y ALCANCE, EL PRESENTE CONTRATO SE FIRMA POR TRIPLICADO EN LA CIUDAD DE MÉXICO, EL DÍA VEINTIDOS DE NOVIEMBRE DE DOS MIL DIECINUEVE.
POR “EL PRD”
XXXXXXXX XXXXXXXX XXXXXX REPRESENTANTE LEGAL
POR “EL PRESTADOR”
ADMINISTRADOR UNICO DE XXXXX PRODUCTIONS, S.A. DE C.V.
Por el Administrador del Contrato:
X. Xxxxxxx Sabido Xxxxxx.-
Director General del Instituto de Formación Política