CONTRATO INDIVIDUAL DE TRABAJO A TÉRMINO INDEFINIDO
CONTRATO INDIVIDUAL DE TRABAJO A TÉRMINO INDEFINIDO
Ciudad Armenia
Fecha 01 xx Xxxxx de 2014
Entre Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx, persona mayor de edad, identificada con la cedula de ciudadanía No. 1.094.926.127 de Armenia, domiciliado y residente en Armenia y la empresa CONFECCIONES ANYINA LTDA., con N.I.T. 890435687-3 y domicilio en Armenia, quien a través de su representante legal la Señora Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxx, persona mayor de edad, domiciliado y residente en Armenia, quienes para los efectos legales se denominan el TRABAJADOR, la primera, y el EMPLEADOR, la segunda, acuerdan celebrar el presente CONTRATO INDIVIDUAL DE TRABAJO A TERMINO INDEFINIDO, regido por las siguientes cláusulas:
PRIMERA: El empleador contrata los servicios personales, del trabajador Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx para desempeñar la labor u oficio de Contador, a partir del día primero (01) del mes xx xxxxx del año dos mil catorce (2.014), en un horario de ocho (8) horas diarias, para un total de cuarenta y ocho (48) horas semanales, labor que desarrollará en la ciudad de armenia en la dirección Xxxxx 00 Xx. 00-00 domicilio actual del empleador, devengando un salario de un millón doscientos mil pesos moneda corriente ($1.200.000.oo) mensuales, pagaderos en el lugar del trabajo, dentro de los primeros días de cada mes.
SEGUNDA: Son obligaciones especiales del trabajador:
a. colocar al servicio del empleador toda su capacidad normal de trabajo, de manera exclusiva, en el desempeño de las funciones propias del cargo contratado y en las labores conexas y complementarias del mismo, en consideración con las órdenes e instrucciones que le imparta al empleador o sus representantes.
b. No prestar directa ni indirectamente servicios laborales a otros empleadores, ni trabajar por cuenta propia en el mismo oficio, durante la vigencia del presente contrato.
c. Laborar la jornada ordinaria en los turnos y dentro del horario señalado en este contrato, pudiendo el empleador efectuar ajustes o cambios de horario cuando lo estime conveniente.
d. Las demás consagradas en el artículo 58 del Código Sustantivo del Trabajo.
TERCERA: Como contraprestación por su labor, el empleador pagará al Trabajador el salario estipulado, el cual deberá cancelar en la fecha y lugar indicado, quedando establecido que en dicho pago se halla incluida la remuneración correspondiente a los descansos dominicales y festivos de que tratan los artículos 172 a 178 del Código Sustantivo del Trabajo.
CUARTA: El trabajo suplementario o en horas extras, así como todo trabajo en domingo o festivo en los que deba concederse descanso, será remunerado conforme a la Ley, al igual que los respectivos recargos nocturnos. Es de advertir que dicho trabajo debe ser autorizado por el empleador o sus representantes, para efecto de su reconocimiento y pago.
QUINTA: Son justas causas para dar por terminado unilateralmente el presente contrato, por cualquiera de las partes, las expresadas en los artículos 62 y 63 del Código Sustantivo del Trabajo, en concordancia con las modificaciones introducidas por el artículo 7° del decreto 2351 de 1965.
SEXTA: Aunque el lugar de trabajo es el indicado en este contrato, las partes pueden acordar que el mismo se preste en sitio diferente, siempre que las condiciones laborales del trabajador no se desmejoren o se disminuya su remuneración o le cause perjuicio. De todos modos, corren por cuenta del empleador los gastos que ocasione dicho traslado.
SEPTIMA: El trabajador desde ahora acepta los cambios de oficio que decida el empleador, siempre que sus condiciones laborales se mantengan, se respeten sus derechos y no le causen perjuicios.
OCTAVA: Podrán las partes convenir, expresa o tácitamente, repartir las horas de la jornada ordinaria en la forma permitida por el artículo 164 del Código Sustantivo del Trabajo, teniendo en cuenta que las secciones de descanso entre las jornadas de trabajo no se computan dentro de la misma, conforme lo prescribe el artículo 167 del mismo código.
NOVENA: Acuerdan las partes que los primeros dos meses de ejecución del presente contrato se consideran como de período de prueba. Significa lo anterior que durante este lapso empleador y/o trabajador pueden darlo por terminado unilateralmente, pero vencido el mismo, la duración del contrato se torna indefinida, siempre que subsistan las causas que lo originaron y la materia del trabajo. Con todo, el trabajador podrá dar por terminado unilateralmente este contrato, comunicando por escrito su decisión al empleador, con antelación no inferior a treinta (30) días. En caso de no producirse tal aviso, o de hacerlo en un término inferior al establecido, deberá el trabajador en favor del empleador, a título de indemnización, el equivalente a treinta (30) xxxx xx xxxxxxx o proporcional al tiempo que falte, suma deducible de sus prestaciones sociales.
DECIMA: El presente contrato reemplaza y deja sin efecto cualquier otro contrato, verbal o escrito, que se hubiera celebrado entre las partes con anterioridad.
UNDECIMA: Cualquier modificación al presente contrato debe efectuarse por escrito y anotarse a continuación de su texto.
Para constancia se firma por las partes que han intervenido, en tres (3) hojas tamaño carta en la ciudad de armenia, al primer (01) día del mes xx xxxxx del año dos mil catorce (2.014).
XXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXX XXXXX XXXXXXX XXXXXXX
EMPLEADOR TRABAJADOR
ARMENIA | 201403 01 |
X
890435687
X
CONFECCIONES ANYINA LTDA.
0
XXXXX 00 Xx. 00-00
XXXXXXX
XXXXXXX
0000000 xxxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxx.xxx
1094926127
1986
X
XXXXXXXX
00
00
XXXXXXX XXXXXXX
XXXXX
$1.200.000
COLOMBIANA
X
SALUDCOOP EPS SEGURO SOCIAL
XXXXXXXX XXX XXXXXXX XXXX Xx0
XXXXXXX XXXXXXX
3146304918
CONTADOR
1410 1 0,522%
XXXXX 00 Xx. 00-00
0000000
XXXXXXX XXXXXXX
4703489
X
X
XXXXXXXXX
XXXXXX
XXXXXXX
XXXXX
1982 09
08 X
XXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXX
XXXXX DEL XXXXXX XXXXXX XXXXXXXX
1094933096
XXXXXXX XXXXXXXXX
XXXXXXXX XXXXX XXXXXX XXXXXXX
0000 0000000
X
ARMENIA
XXXXX 00 Xx. 00-00
XXXXXXXXXXXX XXXXXX LTDA.
890435687-3
7402813 xxxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxx.xxx
23-05-1986
XXXXXXXX XXXXX 1094926127
XXXXXXX
XXXXXXX X
CASADA
$1.200.000
CONTADURIA PUBLICA
CONTADORA
01-03-2014
ARMENIA
ARMENIA
CONJUNTO LOS ANGELES C 8
3146304918
X
TRANSPORTES ARMENIA S.A.
478203691-5
31-01-2013
XXXXXXX XXXXXX XXXXX XXXXXXXXX
4703489 09-08-1982 X X
$ 2.000.000
X XXXXXXX XXX XXXX
XXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXX
XXXXXXXX XXXXX XXXXXXX XXXXXXX
Xxxxxxxxx xx Xxxxxxxx
SISTEMA GENERAL DE SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD
FORMULARIO UNICO DE AFILIACION E INSCRIPCION A LA E.P.S. REGIMEN CONTRIBUTIVO PARA TRABAJADORES DEPENDIENTES Y SERVIDORES PUBLICOS
CODIGO 008
NUMERO 058963
PROGRAMA
ENTIDAD PROMOTORA DE SALUD
I. Informacion para ser diligenciada por el cotizante o cabeza de grupo familiar
DATOS PERSONALES DEL ASEGURADO
FECHA DE AFILIACION TIPO DE AFILIACION
DIA MES AÑO
INDIVIDUAL
COLECTIVA X
1 MARZO 2014
TIPO DE EDOCUMENTO NOMBRES Y APELLIDOS COMPLETOS
X C.C.
C.E.
No.
1094926127
XXXXXXXX XXXXX XXXXXXX XXXXXXX
FECHA DE NACIMIENTO
DIA MES AÑO
23 MAYO 1986
PESO 61
ESTATURA 1,59
ESTADO CIVIL CASADA
DIRECCION
CONJUNTO LOS ANGELES CASA No. 8
TELEFONO 0000000000
CIUDAD/MUNICIPIO
ARMENIA
DEPARTAMENTO QUINDIO
NACIONALIDAD COLOMBIANO
No. DOCUMENTO DE IDENTIDAD
IDENTIFICACION DE BENEFICIARIOS
NOMBRES Y APELLIDOS COMPLETOS PARENTESCO FECHA DE NACIMIENTO
1. 0000000
2.
3.
4.
5.
XXXXX XXXXXXXXX XXXXXXX XXXXXX
FIRMA Y HUELLA
ESPOSO
08/09/1982
XXXXXXXX XXXXX XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXX XXXXX XXXXXXX XXXXXXX NOMBRE FIRMA
C.C.
1094926127
HU ELLA IN D IC E D ER EC HO
II. Informacion para ser diligenciada por el empleador
IDENTIFICACION DEL EMPLEADOR
No. De Identificacion DV
000000000 3
ACTIVIDAD ECONOMICA
TIPO NIT
NOMBRE O RAZON SOCIAL CONFECCIONES ANYINA LTDA.
CODIGO ARP
CONFECCION DE PRENDAS DE VESTIR, EXCEPTO PRENDAS XX XXXX
DIRECCION TELEFONO
1410
RIESGO 1 - TARIFA 0,522% E-MAIL
XXXXX 00 Xx. 00 -00 XXXXXX/XXXXXXXXX
XXXXXXX
7402813
xxxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxx.xxx
DEPARTAMENTO FAX
QUINDIO 0000000
INFORMACION SOBRE EL EMPLEADO COTIZANTE
FECHA DE INGRESO CARGO SLARIO BASE
DIA MES AÑO CONTADOR $ 1.200.000
1 MARZO 2014
FIRMA Y HUELLA
XXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXX XXXXX XXXXXXX XXXXXXX NOMBRE FIRMA
REPRESENTANTE LEGAL C.C.
1094926127
HU ELLA IN D IC E D ER EC HO
X
1094926127
X
XXXXXXX
XXXXXXX
XXXXXXXX
XXXXX
1986
XXXXXXX
00
00
X
XXXXXXX
$1.200.000
COLOMBIANA
XXXXXXXX XXX XXXXXXX XXXX Xx. 0 XXXXXXX
3146304918 CONTADOR
X
QUINDIO
CONFECCIONES ANYINA LTDA.
X
8904356873
XXXXX 00 Xx. 00-00 XXXXXXX
7402813
QUINDIO
COMERCIO SISTEMATIZADO
XXXXXXX
XXXXXX
X X
4703489
X X
X
XXXXX XXXXXXXXX
X
1982 09 08
X
ORDINARIO
X
XXXXXXXX XXXXX XXXXXXX XXXXXXX
XXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXX
XXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXX
DOS DE 1o. A 6o. DE BACHILLERATO EQUIVALEN A LOS GRADOS 6o. A 11o. DE EDUCACIÓN BÁSICA SECUNDARIA Y MEDIA )