PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS
PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE RECOGIDA DE ANIMALES ABANDONADOS O PERDIDOS Y CONTROL DE COLONIAS FELINAS MEDIANTE EL PLAN “CES” CAPTURA, ESTERILIZACIÓN Y SUELTA
1. OBJETO DEL CONTRATO
El presente documento tiene por objeto establecer las condiciones técnicas mínimas que han de regir la contratación de los servicios de recogida, custodia de animales abandonados o extraviados y control de colonias felinas, todo ello en el término municipal de Moralzarzal.
La prestación de los servicios objetos del presente pliego se ajustará en todo momento a lo establecido en la normativa en vigor, tanto autonómica como estatal, o local, y a sus posibles modificaciones que le sea de aplicación.
Se indica una relación no exhaustiva de las normas de aplicación.
- Ley 7/2023, de 28 xx xxxxx, de protección de los derechos y el bienestar de los animales
- Ley 4/2016, de 22 de julio, de Protección de los Animales Domésticos de compañía de la Comunidad de Madrid.
- Decreto 44/1991, de 30 xx xxxx, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Protección de los Animales Domésticos, de 1 de febrero de 1990.
- Ley 50/1999, de 23 de diciembre, sobre el Régimen Jurídico de la Tenencia de Animales Potencialmente Peligrosos.
- Decreto 30/2003 de 13 xx xxxxx, por el que se aplica en la Comunidad de Madrid el Real Decreto 287/2002, de 22 xx xxxxx, y se crean los registros de perros potencialmente peligrosos
Igualmente, la entidad prestadora del servicio deberá cumplir cualquier nueva normativa, que afectará a las prestaciones del servicio y que entrará en vigor durante la vigencia del contrato.
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NOMBRE:
Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx
PUESTO DE TRABAJO:
Técnico Auxiliar Medio Ambiente
FECHA DE FIRMA: 25/06/2024
HASH DEL CERTIFICADO: C0050DE9367070FCA0F97FAD616B0454C37D50E8
2. ÁMBITO DEL SERVICIO
Los servicios a prestar y que son objeto del presente pliego de prescripciones técnicas, serán de aplicación en el ámbito público en todo el término municipal de Moralzarzal.
3. DESCRIPCIÓN DE LOS SERVICIOS
ASPECTOS LEGISLATIVOS DE REFERENCIA
De acuerdo a la Ley 4/20l6, de 22 de julio, de Protección de los Animales de Compañía de la Comunidad de Madrid, los centros deberán tener las siguientes características:
Artículo 16. Requisitos de los centros de animales de compañía
2. Los centros de animales de compañía deberán reunir los siguientes requisitos, sin perjuicio de los que se establezcan reglamentariamente:
a) Tener condiciones higiénico-sanitarias adecuadas, así como espacio suficiente en relación a los animales que albergan, que posibiliten el suficiente ejercicio a los mismos, de acuerdo a sus necesidades específicas.
b) Contar con un espacio apropiado para mantener a animales enfermos o que requieren cuidados o condiciones de mantenimiento especiales, donde estos animales puedan recibir la atención necesaria o guardar, en su caso, períodos de cuarentena.
c) Contar con medidas para evitar el escape de los animales albergados que no interfieran con su bienestar.
d) Disponer de personal suficiente y cualificado para su manejo, de acuerdo a lo que se determine reglamentariamente, que proporcione a los animales alojados en ellos todos los cuidados necesarios desde el punto de vista higiénico sanitario y de bienestar animal, incluyendo una alimentación adecuada, protección frente a las inclemencias climatológicas, ejercicio, y en general la atención necesaria de acuerdo a sus necesidades, incluso durante las horas en las que el centro permanezca cerrado.
e) Contar con un libro de registro en formato papel o en formato electrónico, en el que consten al menos datos suficientes para la trazabilidad de los animales, su origen, su destino, las incidencias sanitarias y las causas de las bajas, en su caso.
f) Contar con un veterinario responsable.
g) Los Centros públicos o privados, de recogida de animales vagabundos o extraviados, podrán contar con programas específicos de voluntariado y colaboración con entidades de protección animal y la sociedad civil.
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NOMBRE:
Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx
PUESTO DE TRABAJO:
Técnico Auxiliar Medio Ambiente
FECHA DE FIRMA: 25/06/2024
HASH DEL CERTIFICADO: C0050DE9367070FCA0F97FAD616B0454C37D50E8
Artículo 20. Recogida y alojamiento de animales de compañía perdidos abandonados y vagabundos
1. Corresponderá a los Ayuntamientos recoger los animales que sean vagabundos o estén extraviados e ingresarlos en los centros de acogida de animales. Debiendo contar con un servicio de 24 horas de urgencia para la recogida y atención veterinaria de estos animales, ya sea propio, mancomunado o convenido.
2.Corresponderá asimismo a los Ayuntamientos recoger y hacerse cargo de los animales internados en residencias de animales que no hubieran sido retirados por sus propietarios en el plazo acordado.
3. Las funciones de recogida y alojamiento podrán ser realizadas directamente por los servicios municipales competentes o por entidades privadas, preferentemente de defensa de los animales. Sin perjuicio de que, siempre que sea posible, se realicen mediante convenio con las asociaciones de protección de los animales previstas en el artículo 4.11 de esta ley. En los dos últimos supuestos, será necesario disponer de autorización previa expresa de la Comunidad de Madrid para desarrollar esta actividad, en los términos que se desarrolle reglamentariamente.
4. La recogida y el alojamiento se llevará a cabo por personal cualificado de acuerdo con lo que se establezca reglamentariamente, y contará con medios especializados e instalaciones adecuadas.
5. Todos los centros de recogida y alojamiento de animales de compañía vagabundos, extraviados y abandonados que gestionen la recogida y alojamiento en cualquier municipio de la Comunidad de Madrid, deben estar situados en el territorio de aplicación de esta Ley.
Artículo 21. Destino de animales extraviados abandonados y vagabundos
1. Los Ayuntamientos pondrán en marcha medidas de fomento de la adopción de los animales abandonados y vagabundos.
2. Los centros de acogida fomentarán en todo momento la adopción responsable de animales. La adopción se llevará a cabo con todos los tratamientos obligatorios al día y previa identificación y esterilización del animal, o compromiso de esterilización en un plazo determinado, si hay razones sanitarias que no la hagan aconsejable en el momento de la adopción. Se informará a los adoptantes sobre el estado sanitario del animal, con el fin de aplicar, en su caso, los tratamientos veterinarios necesarios para su bienestar, así como del coste estimado de los mismos. Cuando los animales de compañía que estén en centros de protección animal padezcan enfermedades infecto-contagiosas o parasitarias transmisibles al hombre o a los animales, que a criterio del veterinario responsable del centro supongan un riesgo para la Salud Pública o la Sanidad Animal, no podrán ser entregados en adopción. La adopción será gratuita, si bien se podrá repercutir sobre el adoptante el coste de los tratamientos, la identificación y la esterilización.
3. Excepcionalmente, cuando concurran circunstancias especiales que así lo aconsejen, el centro de acogida podrá otorgar la custodia provisional de un animal sin dueño conocido a aquella persona física que actuando como poseedor del mismo, pueda garantizar el cuidado y atención del animal y su mantenimiento en buenas condiciones higiénico sanitarias.
Esta cesión estará condicionada al compromiso de comunicar al centro de acogida cualquier incidencia relativa al bienestar del animal, y de entregarlo de forma inmediata si aparece su dueño o se encuentra a un adoptante.
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NOMBRE:
Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx
PUESTO DE TRABAJO:
Técnico Auxiliar Medio Ambiente
FECHA DE FIRMA: 25/06/2024
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No se podrán mantener en este régimen más de 5 animales en un mismo domicilio, que tendrá la consideración de casa de acogida. El centro mantendrá una relación actualizada de estas casas de acogida, a disposición de la Consejería competente en materia de protección animal y del Ayuntamiento donde se ubiquen.
4. Los centros de acogida comunicarán en un máximo de 24 horas la entrada de un animal identificado al Registro de Identificación de Animales de Compañía, realizando en este plazo los trámites necesarios para la localización inmediata del propietario.
5. Una vez ingresado el animal extraviado en un centro de acogida, su propietario, o persona autorizada por éste, deberá recogerlo en el plazo de 5 días hábiles a contar desde la recepción de la notificación, abonando previamente la totalidad de los gastos causados por la recogida y estancia del animal en el centro de acogida, incluidos los gastos veterinarios necesarios, y presentando la licencia correspondiente en caso de tratarse de un animal potencialmente peligroso. Transcurrido el citado plazo sin que se haya recuperado el animal extraviado, éste pasará a tener la condición de abandonado y podrá ser dado en adopción tan pronto como el veterinario responsable del centro determine que cumple las condiciones para ello.
6. En el caso de animales vagabundos o abandonados que ingresen en un centro de acogida, se podrá proceder a su entrega en adopción tan pronto como el veterinario responsable del centro determine que cumple las condiciones para ello.
7. En aquellas ubicaciones en las que existan colonias de gatos, donde las condiciones del entorno lo permita, y al objeto de promover tanto la protección como el control poblacional de los gatos, los ayuntamientos fomentarán la gestión ética de dichas colonias, consistente en la captura y control sanitario de estos animales, su esterilización, marcaje, y suelta en su colonia de origen. Esta gestión se realizará, preferentemente, en colaboración con entidades de protección animal existentes en la zona.
Los ayuntamientos realizarán, además, campañas informativas sobre los beneficios que reportan a la colectividad las colonias de gatos controladas y promoverán, la más amplia colaboración con particulares y entidades para facilitar los cuidados a los animales.
8. Los centros de acogida deberán comunicar a la Consejería competente en materia de protección animal con una periodicidad trimestral toda la información referente a las entradas, salidas y destino de los animales, así como las incidencias sanitarias más significativas.
CAPTURA, ESTERILIZACIÓN Y SUELTA GATOS (CES).
El gato como especie (Felis catus) es siempre considerado como animal doméstico y nunca como animal “salvaje” o “asilvestrado” o “xxxxxxxxx”, el gato doméstico nunca se va a asilvestrar. Posee la tutela jurídica de protección como animal doméstico y de compañía, siendo el mayor rango de protección para los animales de compañía independientemente del lugar en que habiten (amparados por la reciente Ley 4/2016, de 22 de julio, de Protección de los Animales de Compañía de la Comunidad de Madrid, artículo 4.1). Y como especie doméstica también están amparados por el artículo 337 del Código Penal, entre otras normativas locales (Ordenanza de Moralzarzal).
La Gestión Ética de Colonias Felinas llevada a cabo por el Ayuntamiento de Moralzarzal y el adjudicatario del servicio se refleja íntegramente en el Plan Integral de Gestión de Colonias Felinas
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NOMBRE:
Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx
PUESTO DE TRABAJO:
Técnico Auxiliar Medio Ambiente
FECHA DE FIRMA: 25/06/2024
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(PGI), aportado por el adjudicatario en el plazo de dos meses a contar dese el día siguiente al de la firma del el acta de inicio, que incluye un Plan de Esterilización Felina (PEF) mediante el método CES (Captura, Esterilización y Suelta en el lugar de origen de los gatos ferales y marcaje de los animales), método recomendado por la OMS que está contemplado específicamente en la Ley 4/2016 de Protección de Animales de Compañía de la Comunidad de Madrid, Artículo 21.7., y en la Ley 7/2023, de 28 xx xxxxx, de protección de los derechos y el bienestar de los animales.
El Plan de Gestión Integral (PGI) de Colonias Felinas del Ayuntamiento de Moralzarzal es elaborado por la empresa adjudicataria del servicio, velando por su puesta en marcha y funcionamiento a largo plazo. Mediante su implantación el Ayuntamiento pretende que se atiendan las necesidades de todos los miembros del PGI (Ayuntamiento, red de Gestores de Colonias de la zona, veterinarios del municipio, vecindario del municipio y gatos ferales patrimonio del municipio) y entiende como necesaria la implicación de todos ellos en el Plan. El Ayuntamiento de Moralzarzal es sensible con la situación en la que se encuentran las colonias felinas del municipio y las quejas o preocupaciones que estas pueden generar y dentro del plan se compromete a la difusión y concienciación en el municipio.
El PGI incluye:
1.1.1. Un PLAN DE ESTERILIZACIÓN FELINA (PEF) mediante el MÉTODO CES (Captura y control sanitario de gatos ferales, Esterilización, marcaje y Suelta en el lugar de origen de los gatos ferales).
El CES es un método integral donde se actúa de forma conjunta y coordinada entre el Ayuntamiento, y la empresa adjudicataria del servicio. Es un modelo participativo basado en la colaboración entre la empresa adjudicataria de los servicios, los Gestores de Xxxxxxx Xxxxxxx y la Administración, que por la confluencia de intereses, y a través de la racionalización de la actuación, benefician a las partes implicadas y a la comunidad, con lo que ello supone de desarrollo de la conciencia colectiva en el respeto hacia los animales. El método CES juega así un papel importante como motor de sensibilización y progreso moral de toda la comunidad.
1.1.2. DIVULGACIÓN Y CAMPAÑAS INFORMATIVAS: el AYUNTAMIENTO, a través de la empresa adjudicataria del servicio de acuerdo al artículo 21.7 de la reciente Ley 4/2016 de Protección de Animales de Compañía de la CAM, realizará campañas informativas sobre los beneficios que reportan a la colectividad las COLONIAS DE GATOS GESTIONADAS. Al igual que de acuerdo al artículo 24 de la misma Ley divulgará los contenidos de la misma entre los habitantes de su municipio realizando las campañas necesarias en esta materia. También organizará la formación regulada en materia de protección animal dirigida a cualificar a las personas que trabajen con animales de compañía.
Esto se ve reflejado en el PGI de la empresa adjudicataria:
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NOMBRE:
Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx
PUESTO DE TRABAJO:
Técnico Auxiliar Medio Ambiente
FECHA DE FIRMA: 25/06/2024
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1. Con la implantación de su PGI, la empresa adjudicataria se compromete a promover e implementar con los medios materiales estipulados las campañas de esterilización y desparasitación de las colonias del municipio a través de su Plan de Esterilización Felina, en colaboración con diferentes asociaciones que crea oportuno.
2. Con la implantación de su PGI se compromete a la divulgación e información mediante campañas dirigidas al vecindario acerca de la legislación de protección animal y en particular sobre el PGI mediante bandos y publicaciones, cartas, charlas informativas, así como campañas de Concienciación y Adopción, Tenencia Responsable.
3. La empresa adjudicataria del servicio presentará un estudio sobre la ubicación y censo de colonias felinas, acuerdos con los propietarios de localizaciones privadas donde se ubican algunas colonias. Una vez implantado el PGI se puede valorar conjuntamente la localización de puntos de alimentación en zonas públicas protegidas de colonias controladas, si bien, dado el estadio inicial del PGI se valoró no visibilizar aún a las colonias felinas colocando carteles o puntos de alimentación públicos señalizados.
4. La empresa adjudicataria, en colaboración con los Gestores de Colonias gestionará las Quejas y Avisos que se reciban a través de su registro o vía correo electrónico o a través de las Redes sociales, informando a estos vecinos sobre el PGI y sobre procedimientos prácticos de mejora de la convivencia en cada caso.
5. Con las partidas asignadas al presente pliego, se cubrirán los gastos veterinarios correspondientes derivados de las esterilizaciones y desparasitaciones y vacunaciones, y si corresponde a los gastos extras imprevistos que se puedan producir (suturas o intervenciones más extensas, test puntuales de retrovirus y otras enfermedades infectocontagiosas,…) siempre bajo decisión veterinaria.
6. Para la recogida y alojamiento de gatos perdidos o abandonados (están sociabilizados, no son ferales), gatos gravemente enfermos, gatos accidentados y cachorros desamparados sin la madre,.. la empresa adjudicataria contará con un servicio de 24 horas de urgencia para su recogida y atención veterinaria y posterior adopción en el caso de que no se localice al dueño. Los enfermos o accidentados ferales de las colonias no se socializan, una vez recuperados, pueden retornar a su colonia. Y respecto a los casos de animales con una grave enfermedad o discapacidad que no permita permanencia en la colonia o su tratamiento in situ o que se decidiera su no retorno a la colonia se tomarán siempre las decisiones en base a un sistema objetivo de valoración Etológica y de Bienestar Animal.
COMPROMISOS DE LA EMPRESA ADJUDICATARIA DEL SERVICIO
1. La empresa adjudicataria firmará el presente pliego comprometiéndose a cumplir el protocolo del Plan de Esterilización Felina (PEF) incluido en el PGI de Colonias Felinas aportado al Ayuntamiento, con unos criterios muy claros de Bienestar Animal. La empresa adjudicataria, organizará, fomentará y supervisará junto con los Gestores de Colonias el control de colonias de gatos errantes no identificados y sin propietarios.
2. En colaboración con el AYUNTAMIENTO ayudará a la difusión de la información del PGI destinada al vecindario (cartas, difusión de charlas informativas o campañas).
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NOMBRE:
Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx
PUESTO DE TRABAJO:
Técnico Auxiliar Medio Ambiente
FECHA DE FIRMA: 25/06/2024
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3. ESTUDIO PREVIO Y CENSO DE LAS COLONIAS FELINAS POR PARTE DE LA EMPRESA ADJUDICATARIA:
3.1. Se estudiarán las colonias y se censará el número de animales, tras detectarlas y situarlas con la información que se va recopilando (REGISTRO GENERAL DE LAS COLONIAS).
3.2. Se identifican zonas conflictivas a través del REGISTRO DE AVISOS Y QUEJAS y tras consultar a vecinos y a personas que llevan años siendo Gestores-Alimentadores-Cuidadores por libre.
3.3. Se incluirán en el Censo los animales o colonias detectadas mediante las Sugerencias, Quejas y Avisos recibidos en el Ayuntamiento, o a través de las Redes sociales del municipio, o a través de la Asociación o asociaciones afines del municipio (REGISTRO DE QUEJAS Y AVISOS), sujetos a los criterios de prioridad de colonias. Se detectan así también nuevos posibles.
3.3.1. Se establecen CRITERIOS OBJETIVOS PARA PRIORIZAR COLONIAS a controlar,
3.3.1.1.Zonas donde los animales están en situación de peligro por la existencia de carreteras o la excesiva exposición por una mala gestión de la distribución de los puntos de alimentación
3.3.1.2.Zonas donde se han producido problemas vecinales (maltrato de los animales con muertes, envenenamiento, o amenazas a gestores o hacia los animales, problemas de convivencia entre Alimentadores y Vecinos)
3.3.1.3.Zonas donde ha habido sugerencias, consultas, avisos y quejas vecinales (Ver REGISTRO DE AVISOS Y QUEJAS),
3.3.2. Se elabora un MAPA DE ACTUACIÓN.
4. PROGRAMACIÓN DE LAS CAPTURAS, TRASLADOS A LOS CENTROS VETERINARIOS, POSTOPERATORIOS Y RETORNOS AL LUGAR DE ORIGEN:
4.1. Se seguirán los criterios veterinarios y las medidas higiénico-sanitarias establecidas en el PEF del PGI del Ayuntamiento en materia de Higiene y Bienestar Animal en todo el proceso de captura, transporte, postoperatorios y retorno.
4.2. El adjudicatario del servicio deberá de aportar:
-materiales necesarios para realizar las capturas que fueran necesarios.
-servicio propio xx xxxxxx y desinfección de las prendas de trabajo utilizadas, de los materiales de captura y transporte.
-útiles de limpieza, de uso exclusivo, para los elementos de captura y transporte
4.3. CALENDARIO DE ESTERILIZACIONES: se programarán fechas en base a las posibilidades de captura, facilidades de preparatorio y postoperatorio.
4.4. PREPARATIVOS DE LA CAPTURA, PREOPERATORIO Y TRASLADO:
4.4.1. Personal cualificado para realización de las actuaciones
4.4.2. Rutina de alimentación para que los gatos acudan a la misma hora.
4.4.3. Se retira la alimentación 24 horas antes de la captura para favorecer las capturas.
4.4.4. Rutina con jaulas trampa.
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NOMBRE:
Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx
PUESTO DE TRABAJO:
Técnico Auxiliar Medio Ambiente
FECHA DE FIRMA: 25/06/2024
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4.5. REGISTRO DE ACTUACIONES VETERINARIAS para cada animal.
4.5.1. Se llevarán a cabo los POSTOPERATORIOS siguiendo el criterio veterinario
5. La SUELTA en el lugar de origen.
6. Se seguirán las PAUTAS DE HIGIENE Y DESINFECCIÓN establecidas en el PEF para la limpieza y desinfección de los materiales de captura y transporte y de las instalaciones. Dispondrán de métodos y útiles de limpieza, de uso exclusivo, para el material de captura y transporte y el local, y desinfección y lavado de prendas de trabajo utilizadas para la consecución de los trabajos.
7. MANTENIMIENTO Y SUPERVISIÓN DE LAS COLONIAS por parte del adjudicatario del servicio, en colaboración con los diferentes Gestores de Colonias felinas que crean oportuno.
7.1. Cuidado del estado de salud e inmunidad de los animales esterilizados mediante la alimentación controlada y supervisada (pienso seco de la mejor calidad posible). Se seguirán las PAUTAS DE ALIMENTACIÓN DE LAS COLONIAS FELINAS estipuladas en el PEF.
7.2. Los restos de comida, areneros y zona en general, deben limpiarse diariamente para evitar riesgos para la salud, quejas y atracción de otros animales. Se realiza la Limpieza de los puntos de alimentación y zona de la colonia, los envases de alimentos se colocarán, siempre que sea posible, escondidos en las áreas de vegetación y no se dejará en el suelo ningún tipo de residuo, orgánico o inorgánico, sólido o líquido y de cualquier tamaño o los recipientes.
8. La empresa adjudicataria del servicio colaborará con la POLICÍA LOCAL para la recogida de animales muertos y su posible identificación.
RECOGIDA Y CUSTODIA DE ANIMALES EXTRAVIADOS, VAGABUNDOS O ABANDONADOS.
Durante el periodo de ejecución del contrato, el licitador pondrá a disposición del Ayuntamiento de Moralzarzal las instalaciones de recogida temporal de animales extraviados, vagabundos o abandonados, que tenga en régimen de propiedad o de arrendamiento. Las condiciones mínimas de prestación del servicio serán las siguientes:
El contratista del servicio debe ofertar al Ayuntamiento un servicio de recogida las 24 horas al día, durante los siete días de la semana.
El contratista deberá disponer de centro de recogida de animales abandonados debidamente inscrito y de los medios materiales, vehículos y personal debidamente formado para la prestación del servicio, lo que acreditará en el proyecto a presentar en el procedimiento de licitación.
El tiempo de respuesta máximo será de 3 horas desde la recepción del aviso, es ese tiempo se deberá retirar el animal, bien al lugar designado por el Ayuntamiento, bien al centro de recogida.
Protocolo de actuación ante la recogida de un animal extraviado, vagabundo o abandonado
- Si el animal está identificado y/o se conoce al propietario:
Se notificará al propietario que su animal se encuentra en el centro de acogida temporal de animales vagabundos y/o abandonados.
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NOMBRE:
Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx
PUESTO DE TRABAJO:
Técnico Auxiliar Medio Ambiente
FECHA DE FIRMA: 25/06/2024
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El propietario dispondrá de 5 días hábiles desde la comunicación para la recuperación del animal, transcurrido dicho plazo sin ser reclamado se considerará como abandonado.
La retirada del animal por su propietario se realizará, mediante la cumplimentación de impreso normalizado, previa revisión del cumplimiento de los requisitos legales: identificación del animal, vacunas obligatorias y, en su caso, posesión de la licencia para la tenencia de perros potencialmente peligrosos, así mismo se deberán abonar gastos correspondientes por la recogida y traslado al Centro, así como la estancia/mantenimiento del animal durante los días que haya permanecido en el Centro.
Cuando se proceda a la devolución al propietario de un animal, se deberá dejar constancia en el correspondiente
“acta de entrega” que incluirá como mínimo los siguientes datos:
Especie y raza Sexo animal
Nº Chip del animal y datos que figuran en el RIAC Lugar, fecha y hora de la entrega
Datos de la persona que lo recoge
Importe abonado por el propietario en concepto de gastos ocasionados.
- Si el animal no está identificado:
Los animales sin identificar y los que no hayan sido reclamados en el plazo de 5 días hábiles, se considerarán animales vagabundos o abandonados. Por lo que será de aplicación el protocolo establecido por la legislación vigente.
El centro de acogida fomentará en todo momento la adopción responsable de animales. La adopción se llevará a cabo con todos los tratamientos obligatorios al día y previa identificación y esterilización del animal, o compromiso de esterilización en un plazo determinado, si hay razones sanitarias que no la hagan aconsejable en el momento de la adopción. Se informará a los adoptantes sobre el estado sanitario del animal, con el fin de aplicar, en su caso, los tratamientos veterinarios necesarios para su bienestar, así como del coste estimado de los mismos. La adopción será gratuita.
Excepcionalmente, cuando concurran circunstancias especiales que así lo aconsejen, el centro de acogida podrá otorgar la custodia provisional de un animal sin dueño conocido a aquella persona física que, actuando como poseedor del mismo, pueda garantizar el cuidado y atención del animal y su mantenimiento en buenas condiciones higiénico sanitarias.
Se podrá proceder a su entrega en adopción tan pronto como el veterinario responsable del centro determine que cumple las condiciones para ello.
El centro de acogida deberá comunicar a la Consejería competente en materia de protección animal con una periodicidad trimestral toda la información referente a las entradas, salidas y destino de los animales, así como las incidencias sanitarias más significativas.
Recogida
La recogida de los animales se realizará, por parte de la entidad adjudicataria.
- Los animales que sean recogidos por los servicios municipales (policía local o protección civil)
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NOMBRE:
Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx
PUESTO DE TRABAJO:
Técnico Auxiliar Medio Ambiente
FECHA DE FIRMA: 25/06/2024
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serán trasladados a las instalaciones municipales de recogida temporal de animales extraviados, vagabundos o abandonados, procediéndose a avisar, inmediatamente, a la entidad adjudicataria de los hechos, siendo esta la que a partir de ese momento se encargará de la custodia y mantenimiento del animal.
- Recogida por la entidad adjudicataria: La entidad adjudicataria deberá realizar la recogida y/o captura de todos los animales domésticos extraviados, vagabundos y/o abandonados en la vía pública dentro del término municipal de Moralzarzal, a través de los avisos que realicen tanto la Policía Local como la Concejalía de Medio Rural o la Guardia Civil. Los avisos se realizarán a través de correo electrónico, fax o teléfono, por lo que la entidad adjudicataria tendrá que poner a disposición una o varias de estas vías.
*El horario de recogida será de 0,00h a 23,59 horas, la recogida deberá realizarse en las 3 horas siguientes a la recepción del aviso. Para los casos urgentes, el tiempo de respuesta será inmediato, no excediendo este de 90 minutos durante las 24 horas del día, los 365 días del año. Se considerarán como urgencias, aquellos perros o gatos que estén gravemente heridos, accidentados o con serio riesgo sanitario, así como los perros potencialmente peligrosos y los animales que hayan mordido o causado alguna lesión a personas, así como los que por su actitud supongan un posible riesgo para la seguridad.
Traslado
El traslado de los animales se realizará en vehículo autorizado y señalizado específicamente, que cumpla los requisitos establecidos por la normativa vigente en cuanto a diseño y capacidad para garantizar las condiciones de salud de los animales durante el traslado.
Custodia
Para la custodia de los animales recogidos se usarán las instalaciones del adjudicatario.
La entidad adjudicataria deberá garantizar el siguiente protocolo para el manejo, atención, cuidados, limpieza, mantenimiento y servicios veterinarios de los animales abandonados recogidos de Moralzarzal:
- Control de registro de entrada/salida de los animales recogidos, donde cada animal tendrá una ficha individual, donde conste la fecha de ingreso, especie, nombre, raza, sexo, edad aproximada, capa y color, número de identificación en su caso, lugar de procedencia, causa del ingreso, fecha de salida y destino del animal. Asimismo, en dicha ficha también constará el protocolo veterinario que, en su caso, se le realice con las fechas de sus correspondientes tratamientos veterinarios, desparasitaciones, vacunaciones, analíticas, etc. Desde la Concejalía de Medio Rural del Ayuntamiento de Moralzarzal se podrá supervisar, cuando así se requiera, las fichas de los animales recogidos.
- En el caso de que el animal esté identificado y reclamado por el propietario, se activará el protocolo de retirada del animal/es recogidos. En caso de que se trate de un animal identificado y/o con propietario conocido no reclamado, la solicitud de retirada se realizará finalizado el plazo otorgado al propietario para su recogida.
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NOMBRE:
Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx
PUESTO DE TRABAJO:
Técnico Auxiliar Medio Ambiente
FECHA DE FIRMA: 25/06/2024
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- Mantenimiento, alimentación, custodia y si procede asistencia veterinaria adecuada de los animales, para ello las instalaciones deberán reunir las condiciones higiénico-sanitarias adecuadas para garantizar la salud y el bienestar de los animales, deberán realizarse las siguientes tareas:
o Salida diaria de los perros de sus cheniles para su esparcimiento, donde tendrán agua limpia y fresca para beber
o Limpieza y desinfección diaria del chenil de cada animal con los productos adecuados.
o Limpieza y desinfección de las zonas comunes y de los accesorios de los animales, camas y su ropa, comederos, bebederos, areneros, juguetes, etc.
o Separación y distribución de las comidas, con una dieta especial según las características o necesidades de cada animal y con las calorías necesarias, tanto en pienso seco como húmedo según proceda.
o Limpieza y cuidados diarios o semanales del pelaje, bien con cepillado, baños o corte de pelo, según cada caso y de acuerdo con las características específicas de cada animal.
o Separación o unión en el mismo chenil de los animales, según el carácter, tamaño, edad o estado de salud, para evitar problemas de relación entre ellos.
o Atención veterinaria de aquellos animales recogidos accidentados o gravemente enfermos que así lo requieran.
o Identificación y vacunación antirrábica, en su caso, de los animales con propietario conocido, previa a su salida del centro. Los costes del control y asistencia veterinaria (incluida la identificación y vacunación), que haya sido preciso aplicar, serán abonados por el propietario del animal a la entidad adjudicataria, no corriendo el Ayuntamiento, en ningún caso, con dichos costes.
En todo momento, y en todas las actividades para la prestación del servicio la entidad adjudicataria ejercerá su labor primando la salud y el bienestar de los animales.
GESTIÓN Y GARANTÍA DE ADOPCIÓN DE LOS ANIMALES RECOGIDOS.
La entidad adjudicataria deberá promover la adopción de los animales abandonados como sistema preferente, siguiendo un protocolo establecido y formalizado, para ello deberá presentar un programa de adopciones en el que esté incluido el objetivo de conseguir "sacrificio cero" y en el que se garantice la vida de los animales, se deberá especificar expresamente que no se podrá sacrificar animales sanos, ni animales enfermos o accidentados que puedan curarse o tener una calidad de vida aceptable con un tratamiento veterinario adecuado.
REALIZACIÓN DE CAMPAÑAS DE INFORMACIÓN/CONCIENCIACIÓN
La entidad adjudicataria deberá realizar al menos las siguientes campañas de información/concienciación:
- Una campaña anual de información sobre tenencia responsable, fomento de la adopción, control de natalidad, etc.
- Una campaña anual de control de identificación de los animales de compañía, informando a los propietarios de su obligatoriedad.
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NOMBRE:
Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx
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Técnico Auxiliar Medio Ambiente
FECHA DE FIRMA: 25/06/2024
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CONTROL Y SEGUIMIENTO DEL SERVICIO
PRESENTACIÓN DE INFORMES PERIÓDICOS.
Con carácter semestral la entidad adjudicataria deberá remitir un informe a la Concejalía de Medio Rural en el que figure la siguiente información
1. Datos generales:
- Periodo temporal que comprende el informe
- Firma del responsable de su cumplimentación
2. En relación a la gestión de las instalaciones de recogida temporal de animales extraviados, vagabundos o abandonados, se especificarán las tareas que se hayan realizado en las mismas (limpieza, mantenimiento, etc.) y la fecha de realización de las mismas.
3. En relación a los recogidos, se especificará para cada animal, en modelo de ficha, los siguientes datos:
- Día y hora de la recogida
- Tipo de animal
- Motivo de recogida (aviso particular, aviso policía local)
- Tipo de servicio de recogida (ordinario, extraordinario, urgente)
- Nº de chip del animal recogido
- Día de salida del animal
- Motivo de salida del animal
o Recogida por el propietario: se deberán consignar datos personales de mismo (nombre, apellidos DNI, domicilio y teléfono de contacto) y verificación de la cartilla sanitaria del animal (número de identificación y vacunas obligatorias) así como la posesión de licencias para la tenencia de perros potencialmente peligrosos, en su caso.
o Adopción: igual que el punto anterior
- Descripción del estado inicial del animal
- Tiempo de estancia total del animal
- Costes desglosados de la estancia del animal en función de los siguientes conceptos:
o Alimentación
o Servicios veterinarios, en su caso.
o Otros
4. En relación a la recogida, transporte y tratamiento de animales muertos, se detallará para cada animal:
- Día y hora de la recogida
- Ubicación del animal
- Motivo de la recogida: servicio público/ servicio particular. En caso de tratarse de recogida en vía pública de un animal identificado se adjuntará ficha en la que conste número de identificación del mismo y datos del propietario del animal, así como los costes de la retirada.
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NOMBRE:
Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx
PUESTO DE TRABAJO:
Técnico Auxiliar Medio Ambiente
FECHA DE FIRMA: 25/06/2024
HASH DEL CERTIFICADO: C0050DE9367070FCA0F97FAD616B0454C37D50E8
INSPECCIÓN DEL SERVICIO
El Ayuntamiento de Moralzarzal, podrá realizar, sin previa cita, cuantas visitas de inspección estime oportunas a los centros, con el objetivo de garantizar el buen desarrollo del servicio.
DURACIÓN Y VIGENCIA DEL CONTRATO
El plazo de ejecución será de un año a contar desde la fecha de su formalización, con posibilidad de prórroga anuales hasta un máximo de tres años de prórroga total, mediante acuerdo expreso y de acuerdo a lo establecido en la Ley de contratos del sector público. Para que el contrato sea prorrogado el adjudicatario presentará una memoria de las actividades realizadas que será evaluada por los servicios técnicos municipales, que emitirá informe correspondiente.
CONDICIONES Y REQUISITOS PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO.
Las entidades concursantes deberán estar inscritas en el registro de la Dirección General de Agricultura y Alimentación de la Comunidad de Madrid relativo a centros de alojamiento de animales, además deberán estar autorizadas por dicha Dirección General para el ejercicio de la actividad de recogida y centro de alojamiento de animales abandonados o, en su defecto, ser entidad colaboradora con la autoridad competente.
Deberán contar, al menos, con un convenio con una clínica veterinaria de 24 horas para las urgencias, a fin de atender sanitariamente a los animales que se recojan gravemente enfermos o accidentados y que necesiten de atención veterinaria inmediata o de hospitalización urgente, o bien pueden contar con sus propias instalaciones debidamente establecidas.
RECURSOS MATERIALES Y HUMANOS.
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NOMBRE:
Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx
PUESTO DE TRABAJO:
Técnico Auxiliar Medio Ambiente
FECHA DE FIRMA: 25/06/2024
HASH DEL CERTIFICADO: C0050DE9367070FCA0F97FAD616B0454C37D50E8
RECURSOS MATERIALES
El licitador deberá disponer de las instalaciones adecuadas para el alojamiento de los animales de acuerdo con las necesidades fisiológicas y etológicas de los mismos. Contará con un número adecuado de jaulas para perros y gatos teniendo en cuenta el número de animales del municipio.
Las instalaciones se mantendrán en todo momento en condiciones higiénico-sanitarias adecuadas para el mantenimiento de los animales y la adecuada prestación del servicio.
En la memoria técnica se indicarán los medios de que dispone o que dispondrá para la prestación del servicio (ya sea propios o de otras entidades con las que tenga firmados convenios o contratos) que al menos serán:
- Para la captura de animales difíciles: Lazos, bozales, cerbatana,1 jaula-trampa para perro y 3 jaulas- trampa para gato.
- Lector de microchip.
- Trasportines de todos los tamaños, para el transporte de los animales.
- Utensilios para los animales, como collares, correas, bozales, comederos, bebederos, areneros, cepillos, camas y mantas, etc...
- Vehículos especialmente acondicionados para trasladar animales
- Equipamiento adecuado para el diferente personal
- Bolsas específicas para la recogida de cadáveres
- Arcón-congelador para los cadáveres
- Equipamiento y quirófano, y su correspondiente instrumental completo para cirugías, curas, así como botiquín de urgencias
RECURSOS PERSONALES
El licitador declarará responsablemente disponer del personal necesario para realizar el servicio eficazmente, en caso de no disponer de personal propio para la realización de todas las labores recogidas en el pliego, deberá presentar convenios o contratos con las entidades que vayan a realizar dichas tareas.
Es necesario disponer de un veterinario propio o externo, justificando debidamente su adscripción al servicio, ya sea mediante contratación del mismo por parte de la empresa o bien presentado convenio o contrato firmado con una clínica veterinaria externa.
PRESUPUESTO BASE LICITACIÓN
*Se establece precio fijo por el servicio contratado de CES en una cuantía anual máxima de 5.370,00€ (MÁS IVA), mejorable a la baja
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NOMBRE:
Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx
PUESTO DE TRABAJO:
Técnico Auxiliar Medio Ambiente
FECHA DE FIRMA: 25/06/2024
HASH DEL CERTIFICADO: C0050DE9367070FCA0F97FAD616B0454C37D50E8
*Se establece precio fijo anual por el servicio de recogida, albergue, custodia de animales y asistencia sanitaria de animales extraviados, vagabundos o abandonados de 14.844,11€ (MÁS IVA), mejorable a la baja.
Se emitirá factura mensual por el importe resultado de la adjudicación entre las doce mensualidades, en las que se incluyen los siguientes servicios:
-Captura, esterilización y suelta de gatos
-Recogida, captura, transporte, alojamiento, que incluye albergue y custodia de acuerdo a lo estipulado en el presente pliego.
-Servicios veterinarios, que incluyen:
• Chequeo veterinario
• Esterilización gatos
• Esterilización perros
• Análisis coprológico y leishmania / leucemia
• Vacunación antirrábica
• Vacunación polivalente
• Implantación de microchip
• Eutanasia perro (en su caso)
• Eutanasia gato (en su caso)
• Gestión de cadáver (en su caso)
• Curas
El precio de licitación se establece en 20.214,11 € más IVA por anualidad.
*Además, se establece una reserva anual máxima de 2.000 euros, en concepto de necesidades especiales (servicios quirúrgicos o medicamentos especiales). Los cuales deberán ser justificados previamente con informe veterinario antes del reconocimiento de la obligación.
El importe del presupuesto del contrato que regirán durante la ejecución del mismo, serán los que resulten de la aprobación de la proposición seleccionada.
En las cantidades señaladas, así como en las fijadas en las proposiciones económicas a presentar por los licitadores y en el importe de adjudicación, se encuentran incluidos la totalidad de los gastos que al adjudicatario le pueda producir la realización del presente contrato, incluidos los de publicidad de la presente licitación y adjudicación del contrato.
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NOMBRE:
Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx
PUESTO DE TRABAJO:
Técnico Auxiliar Medio Ambiente
FECHA DE FIRMA: 25/06/2024
HASH DEL CERTIFICADO: C0050DE9367070FCA0F97FAD616B0454C37D50E8
CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN CRITERIOS OBJETIVOS: CRITERIOS VALORABLES EN CIFRAS O PORCENTAJES OFERTA ECONÓMICA: 60 PUNTOS
La valoración se realizará de la siguiente forma:
Se asignarán a la baja media (suma de las bajas/nº de licitadores) de las presentadas por los licitadores una puntuación de 30 puntos.
Cuando la baja del licitador es inferior a la baja media:
Puntos a asignar = Puntos que otorgan a la baja media (30) * Baja ofertada/Bmedia. Y cuando la baja es igual o superior a la baja media, la fórmula es:
Puntos obtenidos por el licitador = (Baja licitador -Bmaxima/Baja máxima -Bmedia) X (Puntos máximos del criterio económico - Puntos que se otorgan a la baja media) + Puntos criterio económico.
Se considerarán, en principio, desproporcionadas o anormales las ofertas que se encuentren en los supuestos recogidos en el artículo 85 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
MEJORAS DE LOS SERVICIOS: 15 puntos
*Número de veterinarios en plantilla: Máximo 5 puntos.
En el caso de la empresa adjudicataria cuente con el personal veterinario propio, se otorgarán los siguientes puntos por incremento del número de veterinarios en plantilla, acreditándolo mediante la presentación de los contratos laborales pertinentes:
2 veterinarios en plantilla--- 1 punto
3 veterinarios en plantilla--- 3 puntos
Más de 3 veterinarios en plantilla --- 5 puntos
*Personal habilitado veterinario con máster en Dirección y Gestión Veterinaria de Centros de Protección Animal y Residencias: 5 puntos
En el caso de la empresa adjudicataria cuente con el personal veterinario propio, se otorgarán 5 puntos si el veterinario existente cuenta con la siguiente titulación: máster en Dirección y Gestión Veterinaria de Centros de Protección Animal y Residencias con un número mínimo de 106 CTS lectivos. Se acreditará mediante la presentación de copia auténtica del titulo correspondiente.
*Aumento en el número de campañas de sensibilización anual: Máximo 5 puntos
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NOMBRE:
Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx
PUESTO DE TRABAJO:
Técnico Auxiliar Medio Ambiente
FECHA DE FIRMA: 25/06/2024
HASH DEL CERTIFICADO: C0050DE9367070FCA0F97FAD616B0454C37D50E8
-1 campaña más anual de información sobre tenencia responsable, fomento de la adopción, control de natalidad ---2 puntos
-2 campañas más anuales: una campaña más anual de información sobre tenencia responsable, fomento de la adopción, control de natalidad, y una campaña más anual de control de identificación de los animales de compañía, informando a los propietarios de su obligatoriedad -
--5 puntos
CRITERIOS SUBJETIVOS: CRITERIOS NO VALORABLES EN CIFRAS O PORCENTAJES
MEMORIA DE ACTUACIONES: 25 PUNTOS
El licitador deberá entregar un proyecto donde se indique la metodología de trabajo y la organización del servicio. Esta memoria no deberá tener más de 10 hojas a una cara en formato de letra Times New Xxxxx o similar y tamaño 12.
La puntuación tendrá la siguiente distribución:
• Sistemas de recogida: Hasta 10 puntos.
Mejoras en el horario de atención al público, puesta a disposición de los ciudadanos de otras tecnologías para recibir avisos y demandas. Presentación de protocolos especializados por tipos de animales: gatos y perros, domésticos y ferales. Protocolo especial para camadas abandonadas y para casos de animales agresivos.
• Medios materiales adscritos: Hasta 5 puntos.
Adaptaciones en vehículos y utensilios que conlleven una mejora del bienestar animal o su seguridad.
• Formación específica del personal: Hasta 5 puntos.
Cualificación del personal para realizar las capturas y traslados que suponga mejora de la seguridad y bienestar animal. Formación específica para el manejo, atención y cuidado de animales: primeros auxilios en animales, bienestar animal, manejo específico de diversas especies.
• Instalaciones ofertadas: Hasta 5 puntos.
Elementos de las instalaciones propias que mejoren el bienestar animal y adaptaciones en las instalaciones aportadas para el servicio que conlleven la mejora del bienestar animal: confort térmico, adaptaciones de camas o nidos, adaptaciones que mejoren la limpieza, patio de ejercicios amplios para animales.
En Moralzarzal a 20 xx xxxxx de 2024.
Técnico de Medio Ambiente Fdo,-Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx
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NOMBRE:
Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx
PUESTO DE TRABAJO:
Técnico Auxiliar Medio Ambiente
FECHA DE FIRMA: 25/06/2024
HASH DEL CERTIFICADO: C0050DE9367070FCA0F97FAD616B0454C37D50E8
Concejal delegado Cultura y Medio Rural Fdo.: Xxxx Xxxx Xxxxxx Xxxxx
ANEXO. HISTÓRICO
SERVICIO RECOGIDA Y CUSTODIA ANIMALES EXTRAVIADOS O ABANDONADOS
Recogida y captura 2023
18 ENE - CAN Rumba 2 sin chip. Ingresa a albergue. 06 MAR - FEL adulto atigrado. Ingresa a albergue. 11 MAR - CAN podenco sin chip. Ingresa a albergue. 03 MAY – CAN Galga en jaula.
08 MAY – FEL adulto. Ingresa en el albergue. 23 MAY – FEL naranja bebé.
19 JUN – CAN perra negra 21 JUL – FEL 2 gatitos bebé. 28 JUL – FEL gatito negro.
29 JUL – Gatito blanco y negro. 12 SEP – FEL 5 gatos bebés.
24 SEP – CAN Xxxxx Xxxxxxxx.
08 OCT - FEL pequeño. Ingresa al albergue.
Recogida con propietario
21 ENE - CAN pequeño. Recoge propietario.
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NOMBRE:
Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx
PUESTO DE TRABAJO:
Técnico Auxiliar Medio Ambiente
FECHA DE FIRMA: 25/06/2024
HASH DEL CERTIFICADO: C0050DE9367070FCA0F97FAD616B0454C37D50E8
11 MAR - CAN golden. Recoge propietario.
14 JUL – CAN perro negro. Recogido por propietario. 08 OCT - CAN adulto. Recoge tutor del animal.
Adopciones
19 JUN – CAN perra negra. Adoptada el 22/07/2023. 18 ENE - CAN Rumba. Adoptada el 13/08/2023.
06 MAR - FEL adulto atigrado. Adoptado el 25/08/2023. 11 MAR – CAN Podenco. Adoptado el 13/09/2023.
29 JUL – Gatito blanco y negro. Adoptado el 22/09/2023. 23 MAY – FEL naranja bebé. Adoptado el 15/09/2023.
21 JUL – FEL 2 gatitos bebés. Adoptados de forma conjunta el 8/09/2023. 28 JUL – FEL gatito negro. Adoptado 19/09/2023.
03 MAY – CAN Galga. Adoptada 25/09/2023.
12 SEP – FEL 5 gatos bebés. Adoptados de manera conjunta el 14/10/2023. 24 SEP – CAN Perro malinois. Acogida, posterior adopción 22/12/2023.
08 OCT - FEL pequeño. Adoptado el 28/12/2023. Fallecidos
12 SEP – FEL 2 gatos bebés.
GESTIÓN COLONIAS FELINAS Media mensual de 3,4 gatos.
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NOMBRE:
Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx
PUESTO DE TRABAJO:
Técnico Auxiliar Medio Ambiente
FECHA DE FIRMA: 25/06/2024
HASH DEL CERTIFICADO: C0050DE9367070FCA0F97FAD616B0454C37D50E8