PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES
ANEXO X
XXXXXX DE BASES Y CONDICIONES
Nombre del Organismo contratante | MINISTERIO PÚBLICO FISCAL PROCURACIÓN GENERAL DE LA NACIÓN |
PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN
Tipo: Licitación Pública | Nº: 10 | Ejercicio: 2018 |
Clase: De Etapa Única Nacional | ||
Modalidad: Sin Modalidad |
Expediente: CUDAP: EXP-MPF: 938/2018
Rubro comercial: Equipo de oficina y muebles
Objeto de la contratación: Provisión de mobiliario para el Ministerio Público Fiscal.
Costo xxx xxxxxx: Sin Costo
ACTO DE APERTURA DE OFERTAS
Lugar/Dirección | Día y Hora |
MINISTERIO PÚBLICO FISCAL PROCURACIÓN GENERAL DE LA NACIÓN Dirección Unidad Operativa de Contrataciones Xxxx 000, Xxxx 00, X.X.X.X. | El día 14 de septiembre de 2018 a las 11:00 hs |
PLIEGO DE ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
Renglón | Cantidad | Unidad de Medida | Descripción |
1 | 10 | Unidad | Armarios para funcionarios, de acuerdo a las especificaciones técnicas. |
2 | 25 | Unidad | Armarios metálicos, de acuerdo a las especificaciones técnicas. |
3 | 60 | Unidad | Armarios operativos de melamina, de acuerdo a las especificaciones técnicas. |
4 | 20 | Unidad | Bibliotecas para funcionarios, de acuerdo a las especificaciones técnicas. |
5 | 60 | Unidad | Bibliotecas operativas de melamina, de acuerdo a las especificaciones técnicas. |
6 | 40 | Unidad | Bibliotecas de melamina para biblioratos, de acuerdo a las especificaciones técnicas. |
7 | 5 | Unidad | Escritorios para funcionarios tipo 1, de acuerdo a las especificaciones técnicas. |
8 | 15 | Unidad | Escritorios para funcionarios tipo 2, de acuerdo a las especificaciones técnicas. |
9 | 70 | Unidad | Escritorios operativos de melamina tipo 1, de acuerdo a las especificaciones técnicas. |
10 | 70 | Unidad | Escritorios operativos de melamina tipo 2, de acuerdo a las especificaciones técnicas. |
11 | 80 | Unidad | Estanterías metálicas, de acuerdo a las especificaciones técnicas. |
12 | 80 | Unidad | Lámparas de escritorio, de acuerdo a las especificaciones técnicas. |
13 | 10 | Unidad | Mesas para reunión de melamina, de acuerdo a las especificaciones técnicas. |
14 | 10 | Unidad | Mesas de PC para funcionarios, de acuerdo a las especificaciones técnicas. |
15 | 55 | Unidad | Mesas de PC operativas de melamina, de acuerdo a las especificaciones técnicas. |
16 | 10 | Unidad | Muebles bajos para funcionarios, de acuerdo a las especificaciones técnicas. |
17 | 25 | Unidad | Muebles bajos operativos de melamina, de acuerdo a las especificaciones técnicas. |
18 | 50 | Unidad | Percheros de pie, de acuerdo a las especificaciones técnicas. |
19 | 300 | Unidad | Sillas fijas sin apoyabrazos, de acuerdo a las especificaciones técnicas. |
20 | 300 | Unidad | Sillas operativas, de acuerdo a las especificaciones técnicas. |
21 | 50 | Unidad | Sillones gerenciales con respaldo alto, de acuerdo a las especificaciones técnicas. |
22 | 5 | Unidad | Sillones de dos (2) cuerpos, de acuerdo a las especificaciones técnicas. |
23 | 10 | Unidad | Sillones de un (1) cuerpo, de acuerdo a las especificaciones técnicas. |
24 | 10 | Unidad | Tándems de tres (3) cuerpos, de acuerdo a las especificaciones técnicas. |
RENGLÓN Nº 1: DIEZ (10) ARMARIOS PARA FUNCIONARIOS.
Armario de un (1) cuerpo, cerrado con dos (2) puertas batientes, sobre zócalo perimetral macizo de 8 cm de altura, totalmente ejecutado en MDF de 600 kg/m3 de 25 mm de espesor, enchapado en cedro y lustre con laca poliuretánica color caoba.
Deberá contar con cuatro (4) estantes de 25 mm de espesor; los mismos serán regulables en su altura y tendrán una capacidad de carga uniforme de al menos ochenta (80) kilogramos cada uno.
Las puertas tendrán una apertura angular hasta los 90º mediante cuatro (4) bisagras ocultas, cerradura tipo yale o tambor, una (1) traba inferior y una (1) superior que garanticen el cierre, con dos (2) copias de llaves.
Los herrajes serán de bronce colocados en forma vertical.
La terminación de los bordes y cantos de las puertas, tapa superior, fondo, piso, laterales, estantes y zócalos, serán en el mismo tono. No deben ser visibles tornillos ni sistemas de ensamble.
Medidas:
90 cm de ancho.
45 cm de profundidad. 180 cm de altura.
Ver ESQUEMA 1 en Anexo A.
RENGLÓN Nº 2: VEINTICINCO (25) ARMARIOS METÁLICOS.
Armario metálico de dos (2) puertas batientes xx xxxxx bisagra, confeccionado en xxxxx xx xxxxx laminado en frío calibre BWG 22 – Calidad SAE 1010 o superior.
Deberá contar con cuatro (4) estantes xx xxxxx calibre BWG 23 – Calidad SAE 1010 o superior; los mismos serán regulables en su altura y tendrán el diseño adecuado para soportar una capacidad de carga uniforme mínima de ochenta (80) kilogramos cada uno.
Las puertas tendrán un refuerzo soldado, cierre triple falleba y cerradura de seguridad monoblock con dos
(2) copias de llaves.
Las bisagras serán ocultas y anti vandálicas.
La terminación será prolija al interior y al exterior, sin aristas vivas y finalizará con pintura epoxi en polvo horneada color gris.
Medidas:
90 cm de ancho.
45 cm de profundidad. 180 cm de altura.
Ver ESQUEMA 2 en Anexo A.
RENGLÓN Nº 3: SESENTA (60) ARMARIOS OPERATIVOS DE MELAMINA.
Armario de un (1) cuerpo, cerrado con puertas batientes, sobre zócalo perimetral de 8 cm de altura, totalmente ejecutado en MDF de 600 kg/m3 de 18 mm de espesor y enchapado en laminado plástico color gris ceniza.
Deberá contar con cuatro (4) estantes de 18 mm de espesor; los mismos serán regulables en su altura y tendrán una capacidad de carga uniforme de al menos ochenta (80) kilogramos cada uno.
Las puertas tendrán una apertura angular hasta los 90º mediante cuatro (4) bisagras ocultas, cerradura tipo yale o tambor, una (1) traba inferior y una (1) superior que garanticen el cierre, con dos (2) copias de llaves.
Los herrajes serán semimate colocados en forma vertical.
La terminación de las puertas, tapa superior, fondo, piso, laterales, estantes y zócalos, deberá ser veta en ABS de 1 mm de espesor. No deben ser visibles tornillos ni sistemas de ensamble.
Medidas:
90 cm de ancho.
45 cm de profundidad.
180 cm de altura.
Ver ESQUEMA 3 en Anexo A.
RENGLÓN Nº 4: VEINTE (20) BIBLIOTECAS PARA FUNCIONARIO.
Biblioteca de un (1) cuerpo, sobre zócalo perimetral macizo de 8 cm de altura, totalmente ejecutada en MDF de 600 kg/m3 de 25 mm de espesor y enchapada en cedro y lustre con laca poliuretánica color caoba.
Deberá contar con cuatro (4) estantes de 25 mm de espesor; los mismos serán regulables en su altura y tendrán una capacidad de carga uniforme mínima de ochenta (80) kilogramos cada uno.
La terminación de los bordes y cantos de la tapa superior, fondo, piso, laterales, estantes y zócalos, serán en el mismo tono. No deben ser visibles tornillos ni sistemas de ensamble.
Medidas:
90 cm de ancho.
45 cm de profundidad. 180 cm de altura.
Ver ESQUEMA 4 en Anexo A.
RENGLÓN Nº 5: SESENTA (60) BIBLIOTECAS OPERATIVAS DE XXXXXXXX.
Biblioteca de un (1) cuerpo, sobre zócalo perimetral de 8 cm de altura, totalmente ejecutada en MDF de 600 kg/m3 de 18 mm de espesor y enchapada en laminado plástico color gris ceniza.
Deberá contar con cuatro (4) estantes de 18 mm de espesor; los mismos serán regulables en su altura y tendrán una capacidad de carga uniforme de al menos ochenta (80) kilogramos cada uno.
La terminación de la tapa superior, fondo, piso, laterales, estantes y zócalos, deberá ser veta en ABS de 1 mm de espesor. No deben ser visibles tornillos ni sistemas de ensamble.
Medidas:
90 cm de ancho.
45 cm de profundidad. 180 cm de altura.
Ver ESQUEMA 5 en Anexo A.
RENGLÓN Nº 6: CUARENTA (40) BIBLIOTECAS DE MELAMINA PARA BIBLIORATOS.
Biblioteca de un (1) cuerpo con panel divisorio central, sobre zócalo perimetral de 8 cm de altura, totalmente ejecutada en MDF de 600 kg/m3 de 18 mm de espesor y enchapada en laminado plástico color gris ceniza.
Deberá contar con cinco (5) estantes de 18 mm de espesor: uno (1) fijo a 128 cm de altura y cuatro (4) regulables en su altura; los mismos tendrán una capacidad de carga uniforme de al menos ochenta (80) kilogramos cada uno.
La terminación de la tapa superior, fondo, piso, laterales, panel divisorio, estantes y zócalos, deberá ser veta en ABS de 1 mm de espesor. No deben ser visibles tornillos ni sistemas de ensamble.
Medidas:
120 cm de ancho.
45 cm de profundidad. 248 cm de altura.
Ver ESQUEMA 6 en Anexo A.
RENGLÓN Nº 7: CINCO (5) ESCRITORIOS PARA FUNCIONARIOS TIPO 1.
Escritorio sobre zócalos moldurados xx xxxxx macizo de 50 mm de ancho y 60 mm de altura, totalmente ejecutado en MDF de 600 kg/m3 enchapado en cedro y lustre con laca poliuretánica color caoba.
Deberá contar con una estructura del lado derecho compuesta por paneles verticales y horizontales, con cuatro (4) cajones de 15 cm de altura; cada módulo de dos (2) cajones tendrá una (1) cerradura tipo tambor de bronce que permita el cierre del mismo, con dos (2) copias de llaves y un (1) herraje de xxxxxx xxxxxx por cada cajón.
Los cajones se deslizarán por medio de polines de nylon con un sistema de cuatro (4) correderas metálicas con capacidad de carga de veinte (20) kilogramos.
El espesor del lateral y de la tapa será de 36 mm, el espesor de los paneles verticales, paneles horizontales, panel frontal y panel cubre falda será de 25 mm y el espesor de los cajones será de 18 mm. La tapa contará con cantos moldurados con vuelo de 40 mm en el perímetro.
Deberán aplicarse molduras xx xxxxx formando recuadros en laterales y cajones.
La terminación de los bordes de las partes será en el mismo tono. No deben ser visibles tornillos ni sistemas de ensamble, en la tapa ni en los laterales.
Medidas:
180 cm de largo. 80 cm de ancho. 75 cm de altura.
Ver ESQUEMA 7 en Anexo A.
RENGLÓN Nº 8: QUINCE (15) ESCRITORIOS PARA FUNCIONARIOS TIPO 2.
Escritorio sobre zócalos moldurados xx xxxxx macizo de 50 mm de ancho y 60 mm de altura, totalmente ejecutado en MDF de 600 kg/m3 enchapado en cedro y lustre con laca poliuretánica color caoba.
Deberá contar con una estructura del lado derecho compuesta por paneles verticales y horizontales con cuatro (4) cajones de 15 cm de altura; cada módulo de dos (2) cajones tendrá una (1) cerradura tipo tambor de bronce que permita el cierre del mismo, con dos (2) copias de llaves y un (1) herraje de xxxxxx xxxxxx por cada cajón.
Los cajones se deslizarán por medio de polines de nylon con un sistema de cuatro (4) correderas metálicas con capacidad de carga de veinte (20) kilogramos.
El espesor del lateral y de la tapa será de 36 mm, el espesor de los paneles verticales, paneles horizontales, panel frontal y panel cubre falda será de 25 mm y el espesor de los cajones será de 18 mm. La tapa contará con cantos moldurados con vuelo de 40 mm en el perímetro.
Deberán aplicarse molduras xx xxxxx formando recuadros en laterales y cajones.
La terminación de los bordes de las partes será en el mismo tono. No deben ser visibles tornillos ni sistemas de ensamble, en la tapa ni en los laterales.
Medidas:
160 cm de largo. 70 cm de ancho. 75 cm de altura.
Ver ESQUEMA 8 en Anexo A.
RENGLÓN Nº 9: SETENTA (70) ESCRITORIOS OPERATIVOS DE MELAMINA TIPO 1.
Escritorio sobre regatones xx xxxxxx regulables en altura, totalmente ejecutado en MDF de 600 kg/m3 y enchapado en laminado plástico color gris ceniza.
Deberá contar con dos (2) cajones en el lado derecho, de 10 cm de alto cada uno, con herrajes metálicos de color plateado colocados de forma horizontal y con cerradura de seguridad. Los mismos se deslizarán por medio de polines de nylon con un sistema de cuatro (4) correderas metálicas con capacidad de carga de veinte (20) kilogramos.
El espesor de los laterales y del panel frontal cubre falda será de 25 mm, el espesor de la tapa será de 36 mm, el espesor del panel vertical, panel horizontal de la cajonera y de los cajones será de 18 mm.
La terminación de los laterales, panel frontal cubre falda, panel vertical, panel horizontal y cajones deberá ser veta en ABS de 1 mm de espesor.
La terminación de la tapa deberá ser veta en ABS de 2 mm de espesor.
Las uniones entre las partes deberán ejecutarse mediante perfiles ángulo de aluminio de 11/4´´ x 1/8´´ o de sección superior. En caso de utilizar otro sistema de ensamble, deberán colocarse los perfiles mencionados como refuerzos de las uniones; asimismo, deberán proveerse estos refuerzos en la unión de las patas regulables con los laterales.
No deben ser visibles tornillos, sistemas de ensamble y refuerzos en tapa ni cara externa de los laterales.
Medidas:
150 cm de largo. 65 cm de ancho. 75 cm de altura.
Ver ESQUEMA 9 en Anexo A.
RENGLÓN Nº 10: SETENTA (70) ESCRITORIOS OPERATIVOS DE MELAMINA TIPO 2.
Escritorio sobre regatones xx xxxxxx regulables en altura, totalmente ejecutado en MDF de 600 kg/m3 y enchapado en laminado plástico color gris ceniza.
Deberá contar con dos (2) cajones en el lado derecho de 10 cm de alto cada uno, con herrajes metálicos de color plateado colocados de forma horizontal y con cerradura de seguridad. Los mismos se deslizarán por medio de polines de nylon con un sistema de cuatro (4) correderas metálicas con capacidad de carga de veinte (20) kilogramos.
El espesor de los laterales y del panel frontal cubre falda será de 25 mm, el espesor de la tapa será de 36 mm, el espesor del panel vertical, panel horizontal de la cajonera y de los cajones será de 18 mm.
La terminación de los laterales, panel frontal, panel vertical, panel horizontal y cajones deberá ser veta en ABS de 1 mm de espesor.
La terminación de la tapa deberá ser veta en ABS de 2 mm de espesor.
Las uniones entre las partes deberán ejecutarse mediante perfiles ángulo de aluminio de 11/4´´ x 1/8´´ o de sección superior. En caso de utilizar otro sistema de ensamble, deberán colocarse los perfiles mencionados como refuerzos de las uniones; asimismo, deberán proveerse estos refuerzos en la unión de las patas regulables con los laterales.
No deben ser visibles tornillos, sistemas de ensamble y refuerzos en tapa ni cara externa de los laterales.
Medidas:
120 cm de largo. 65 cm de ancho. 75 cm de altura.
Ver ESQUEMA 10 en Anexo A.
RENGLÓN Nº 11: OCHENTA (80) ESTANTERÍAS METÁLICAS.
Estantería metálica sobre cuatro (4) regatones de polipropileno de alta densidad.
Deberá contar con cinco (5) estantes xx xxxxx calibre BWG 23, Calidad SAE 1010 o superior; los mismos serán regulables en su altura y tendrán el diseño adecuado para soportar una capacidad de carga uniforme de al menos ochenta (80) kilogramos cada uno. Los parantes y las cruces rigidizadoras frontal y lateral serán xx xxxxx calibre BWG 18, Calidad SAE 1010 o superior.
Se proveerán dieciséis (16) escuadras de refuerzos, y los ochenta y ocho (88) bulones para el ensamble. La terminación de parantes y estantes será prolija, sin aristas vivas y finalizará con pintura epoxi en polvo horneada color gris.
Medidas:
90 cm de largo.
45 cm de ancho.
200 cm de altura.
Ver ESQUEMA 11 en Anexo A.
RENGLÓN Nº 12: OCHENTA (80) LÁMPARAS DE ESCRITORIO.
Lámpara de escritorio metálica con pantalla orientable, cuello flexible o articulado, interruptor de encendido y portalámparas roscado E27.
Las piezas de unión serán metálicas.
Deberá contar con un cable de longitud superior a 150 cm, con terminación macho para conexión eléctrica a toma de 10 Amper de dos (2) patas planas inclinadas más tierra.
La terminación será de color platil y deberá proveerse con su correspondiente lámpara LED de 7 W-690 lúmenes.
Medidas:
14/16 cm de diámetro de base. 35/40 cm de altura.
Ver ESQUEMA 12 en Anexo A.
RENGLÓN Nº 13: DIEZ (10) MESAS PARA REUNIÓN DE MELAMINA.
Mesa circular sobre base monoblock en xxxx, totalmente ejecutada en MDF de 600 kg/m3 y enchapada en laminado plástico color negro.
La base apoyará en regatones xx xxxxxx regulables en altura. El espesor de la tapa y de la base será de 36 mm.
La unión entre la tapa y la base deberán realizarse con un sistema que no requiera herramientas especiales ni personal especializado para el ensamble o el desacople de la misma.
La terminación de la tapa y base deberá ser veta en ABS de 2 mm de espesor. No deben ser visibles tornillos ni sistemas de ensamble en tapa.
Medidas:
120 cm de diámetro.
75 cm de altura.
Ver ESQUEMA 13 en Anexo A.
RENGLÓN Nº 14: DIEZ (10) MESAS DE PC PARA FUNCIONARIOS.
Mesa de PC sobre zócalos moldurados xx xxxxx macizo de 50 mm de ancho y 60 mm de altura, ejecutado en MDF de 600 kg/m3 enchapada en cedro y lustre con laca poliuretánica color caoba.
Deberá contar con un (1) estante para el apoyo de teclado y mouse; el mismo se deslizará por medio de polines de nylon en un sistema de cuatro (4) correderas metálicas con capacidad de carga xx xxxx (10) kilogramos.
El espesor de los laterales y tapa será de 36 mm, el espesor del panel frontal cubre falda, panel horizontal inferior y estante deslizable será de 18 mm.
La tapa se ejecutará con xxxxxx xx xxxxx maciza de 40 mm y contará con cantos moldurados con vuelo de 40 mm en el perímetro.
Deberán aplicarse molduras xx xxxxx formando recuadros en laterales.
No deben ser visibles tornillos, sistemas de ensamble en tapa ni cara externa de los laterales.
La terminación de los bordes de las partes será en el mismo tono. No deben ser visibles tornillos ni sistemas de ensamble, en la tapa ni en los laterales.
Medidas:
80 cm de largo.
55 cm de ancho.
75 cm de altura de estante portateclado. Ver ESQUEMA 14 en Anexo A.
RENGLÓN Nº 15: CINCUENTA Y CINCO (55) MESAS DE PC OPERATIVAS DE XXXXXXXX.
Mesa de PC sobre regatones xx xxxxxx regulables en altura, totalmente ejecutada en MDF de 600 kg/m3 y enchapada en laminado plástico color gris.
Deberá contar con un (1) estante para el apoyo de teclado y mouse; el mismo se deslizará por medio de polines de nylon en un sistema de cuatro (4) correderas metálicas con capacidad de carga xx xxxx (10) kilogramos.
El espesor de los laterales y tapa será de 25 mm, el espesor del panel frontal cubre falda, panel horizontal inferior y estante deslizable será de 18 mm.
La terminación de los laterales, panel frontal, panel horizontal inferior y estante deslizable será veta en ABS de 1 mm de espesor, y en caso de requerir, poseerá cantoneros rectos al tono.
La terminación de la tapa deberá ser veta en ABS de 2 mm de espesor, y en caso de requerir, poseerá cantoneros rectos al tono.
Las uniones entre las partes deberán ejecutarse mediante perfiles ángulo de aluminio de 11/4´´ x 1/8´´ o de sección superior. En caso de utilizar otro sistema de ensamble, deberán colocarse los perfiles mencionados como refuerzos de las uniones; asimismo, deberán proveerse estos refuerzos en la unión de las patas regulables con los laterales.
No deben ser visibles tornillos, sistemas de ensamble y refuerzos en tapa ni cara externa de los laterales.
Medidas:
80 cm de largo.
55 cm de ancho.
75 cm de altura.
Ver ESQUEMA 15 en Anexo A.
RENGLÓN Nº 16: DIEZ (10) MUEBLES BAJOS PARA FUNCIONARIOS.
Armario de un (1) cuerpo, cerrado con puertas corredizas, sobre zócalo perimetral de 8 cm de altura, totalmente ejecutado en MDF de 600 kg/m3 de 18 mm de espesor enchapado en cedro y lustre con laca poliuretánica color caoba.
Deberá contar con un (1) estante de 18 mm de espesor; el mismo será regulable en su altura y tendrá una capacidad de carga uniforme de al menos ochenta (80) kilogramos.
Las puertas deslizarán por sistema guía/riel; el mismo deberá permitir la máxima apertura de ambas hojas. La cerradura de seguridad será central de tipo botón con dos (2) copias de llave.
Los herrajes serán de bronce colocados en forma vertical.
La terminación de los bordes y cantos de las puertas, tapa superior, piso, laterales, estante y zócalos serán en el mismo tono. No deben ser visibles tornillos ni sistemas de ensamble.
Medidas:
120 cm de ancho.
40 cm de profundidad. 75 cm de altura.
Ver ESQUEMA 16 en Anexo A.
RENGLÓN Nº 17: VEINTICINCO (25) MUEBLES BAJOS OPERATIVOS DE MELAMINA.
Armario de un (1) cuerpo, cerrado con puertas corredizas, sobre zócalo perimetral de 8 cm de altura, totalmente ejecutado en MDF de 600 kg/m3 de 18 mm de espesor y enchapado en laminado plástico color gris.
Deberá contar con un (1) estante de 18 mm de espesor; el mismo será regulable en su altura y tendrá una capacidad de carga uniforme de al menos ochenta (80) kilogramos.
Las puertas deslizarán por sistema guía/riel; el mismo deberá permitir la máxima apertura de ambas hojas. La cerradura de seguridad será central de tipo botón con dos (2) copias de llave.
Los herrajes serán semimate colocados en forma vertical.
La terminación de las puertas, tapa superior, piso, laterales, estante y zócalos deberá ser veta en ABS de 1 mm de espesor, y en caso de requerir, poseerá cantoneros rectos al tono. No deben ser visibles tornillos ni sistemas de ensamble.
Medidas:
120 cm de ancho.
40 cm de profundidad. 75 cm de altura.
Ver ESQUEMA 17 en Anexo A.
RENGLÓN Nº 18: CINCUENTA (50) PERCHEROS DE PIE.
Perchero de pie de metal de parante central tubular de 1´´¼ de diámetro o superior, con seis (6) ganchos de colgar de ½´´ de diámetro o superior, con terminación esférica plástica negra.
Deberá contar con aro paragüero; la base será circular y metálica. La terminación será de pintura epoxi de color negro.
Medidas:
160 cm de altura.
22/25 cm de diámetro de base. Ver ESQUEMA 18 en Anexo A.
RENGLÓN Nº 19: TRESCIENTAS (300) SILLAS FIJAS SIN APOYABRAZOS.
Xxxxx apilable sin apoyabrazos.
El asiento y respaldo serán de polipropileno inyectado de color negro y de diseño monocasco. La estructura soporte y patas se ejecutarán con hierro trefilado de 10 mm de diámetro, con terminación cromada. El diseño de las patas será del tipo trineo y apoyarán sobre cuatro (4) regatones de polipropileno.
Deberán soportar una carga superior a los ochenta y cinco (85) kilogramos.
Medidas:
58/60 cm de ancho en la base.
57/60 cm de profundidad del asiento. 44/46 cm de altura asiento.
82/86 cm de altura.
Ver ESQUEMA 19 en Anexo A.
RENGLÓN Nº 20: TRESCIENTAS (300) SILLAS OPERATIVAS.
Silla para escritorio, de asiento y respaldo de contacto permanente. Estructura de polipropileno inyectado de 3 mm de espesor. Reclinable con sistema basculante con bloqueo a 90º y ajuste de tensión de basculante. Tapizado en cuero ecológico color negro y relleno con espuma con forma ergonómica moldeada de alta densidad. Con apoyabrazos de polipropileno color negro. Base giratoria de cinco (5) ramas plásticas de color negro, reforzadas con reparticiones en su interior, resistente a rayaduras, de altura regulable neumática a gas y ruedas dobles de nylon de alta densidad de 45/50 mm de diámetro.
Medidas:
60 cm de ancho en la base.
45 cm de profundidad del asiento. 47 cm de ancho de respaldo.
48 cm de altura de respaldo. Ver ESQUEMA 20 en Anexo A.
RENGLÓN Nº 21: CINCUENTA (50) SILLONES GERENCIALES CON RESPALDO ALTO.
Sillón gerencial para escritorio, de respaldo alto. Estructura xx xxxxxx premoldeada de 12 mm de espesor o de polipropileno inyectado de 3 mm de espesor. Reclinable con sistema basculante con bloqueo a 90º y ajuste de tensión de basculante. Tapizado en cuero ecológico color negro y relleno con espuma de poliuretano de alta densidad. Con apoyabrazos de metal recubierto con poliuretano texturado negro. Base giratoria de cinco (5) ramas de estructura xx xxxxx con terminación cromada, de altura regulable neumática a gas y ruedas doble de nylon de alta densidad de 45/50 mm de diámetro.
Medidas:
65 cm de ancho en la base.
50 cm de profundidad del asiento. 50 cm de ancho de respaldo.
70 cm de alto de respaldo.
Ver ESQUEMA 21 en Anexo A.
RENGLÓN Nº 22: CINCO (5) SILLONES DE DOS (2) CUERPOS.
Sillón de dos (2) cuerpos, diseño Xx Xxxxxxxxx modelo LC2. La estructura se ejecutará con tubo xx xxxxxx de 1´´, sección 1,6´´; el marco del asiento con hierro ángulo de 1´´ ¼ x 3/16; barra de contención de almohadones en hierro trefilado de 11 mm de diámetro; apoyo del asiento sobre resortes cerrados de 6 mm envainados.
La terminación será con pulido espejo, cromada brillante y con topetinas.
Tapizado de cuero ecológico color negro de máxima calidad, con patrón de estampa y textura a definir, y doble costura. Almohadones de espuma de poliuretano, densidad superior a los 24 kg/m3.
Medidas:
130 cm de ancho (frente).
70 cm de profundidad.
68 cm de altura.
49 cm de altura de asiento.
Ver ESQUEMA 22 en Anexo A.
RENGLÓN Nº 23: DIEZ (10) SILLONES DE UN (1) CUERPO.
Sillón de un (1) cuerpo, diseño Xx Xxxxxxxxx modelo LC2. La estructura se ejecutará con tubo xx xxxxxx de 1´´, sección 1,6´´; el marco del asiento con hierro ángulo de 1´´ ¼ x 3/16; barra de contención de almohadones en hierro trefilado de 11 mm de diámetro; apoyo del asiento sobre resortes cerrados de 6 mm envainados.
La terminación será del tipo pulido espejo y cromado brillante. Deberá contar con topetinas.
Tapizado de cuero ecológico color negro de máxima calidad, con patrón de estampa y textura a definir, y doble costura. Almohadones de espuma de poliuretano densidad superior a los 24 kg/m3.
Medidas:
70 cm de ancho (frente).
70 cm de profundidad.
68 cm de altura.
49 cm de altura de asiento.
Ver ESQUEMA 23 en Anexo A.
RENGLÓN Nº 24: DIEZ (10) TÁNDEMS DE TRES (3) CUERPOS.
Silla tándem de tres (3) cuerpos con asiento y respaldo en polipropileno inyectado de diseño preferentemente monocasco. Montado sobre xxxx estructural de 40x40x1,8 mm o superior. Debe resistir un peso superior a ochenta y cinco (85) kilogramos por butaca.
La terminación de la estructura será ejecutada con pintura epoxi en polvo horneada color negro, y contará con regatones xx xxxxxx regulables de altura y puntera polipropileno.
Medidas:
150/160 cm de ancho.
45/48 cm de altura asiento.
40/45 cm de altura respaldo. 55/60 cm de profundidad.
Ver ESQUEMA 24 en Anexo A.
Características de la contratación
1- En el mobiliario de funcionario, el color del lustre responde a la siguiente homologación:
• Tinta “PETRILAC” al agua CAOBA (tonalidad según muestra).
• Base poliuretánica, xxxxx XXXXXX.
• Mono componente, xxxxx XXXXXX.
• Lustre poliuretánica, xxxxx XXXXXX.
• Mono componente transparente semimate, xxxxx XXXXXX.
• Aspecto de acabado similar a las muestras que serán provistas a los adjudicatarios.
• A los adjudicatarios se les proveerá una muestra que será idéntica a lo que se aplicará como evaluación al momento de recepción de la mercadería, siendo pasible de rechazo en caso de no cumplir con color aplicación xx xxxx y calidad de terminación.
Las marcas mencionadas son indicativas de la calidad mínima aceptada. Cuando se oferte una marca diferente a la sugerida, se deberá presentar una muestra y/o adjuntar folletería aclaratoria o cualquier otro detalle que aporte elementos de juicio que permitan evaluar la calidad de los mismos. Las ofertas serán aceptadas si de su evaluación resultan técnica y económicamente convenientes a criterio exclusivo de esta Procuración General de la Nación.
2- Los elementos a proveer deberán ser de primera calidad, nuevos y sin uso, y deberán encontrarse en perfecto estado al momento de la entrega, no debiendo presentar deterioro alguno en su exterior. Se entiende por nuevos y sin uso que el Ministerio Público Fiscal será el primer usuario de los mismos desde que estos salieron de fábrica. Cualquier incumplimiento sobre el particular dará lugar al rechazo del material entregado.
3- Se contemplará una tolerancia en las dimensiones exteriores totales de -2 cm/+3 cm.
4- Las figuras incluidas en el presente Pliego de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas son sólo a título informativo.
5- El adjudicatario deberá garantizar el mobiliario ofrecido contra todo defecto de fabricación y/o vicios ocultos, por un período no inferior a los doce (12) meses, contados a partir de la recepción definitiva de los mismos, la cual se producirá con la emisión del acta de la Comisión de Recepción Definitiva.
6- Los oferentes deberán indicar en su cotización el detalle de los elementos ofertados y la marca de los mismos en caso de corresponder. Asimismo, podrán adjuntar folletería aclaratoria y cualquier otro detalle que aporte elementos de juicio que permitan comprobar que los muebles ofertados reúnen las características requeridas.
7- Todos los elementos adjudicados deben entregarse armados y en condiciones normales de uso.
8- El Ministerio Público Fiscal se reserva el derecho de realizar visitas a las empresas adjudicatarias durante el período de fabricación, a fin de examinar los componentes no visibles resultantes del armado del equipamiento. Para ello, se deberá facilitar el acceso al personal del Organismo que concurra a las mismas.
9- El Ministerio Público Fiscal se reserva el derecho de solicitar muestras a los oferentes en el momento de la contratación en que lo considere necesario.
PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES
ARTÍCULO 1: NORMATIVA APLICABLE – ORDEN DE PRELACIÓN
La presente licitación se regirá por las normas contenidas en el Reglamento de Compras y Contrataciones del Ministerio Público Fiscal, aprobado por Resolución PGN Nº 1107/14, sus modificatorias, el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales del Régimen de Contrataciones de la Administración Pública Nacional, el presente Pliego de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas, la Oferta, las Muestras que se hubieren acompañado (en caso de corresponder) y la Orden de Compra.
ARTÍCULO 2: ORGANISMO CONTRATANTE
El organismo contratante es el MINISTERIO PÚBLICO FISCAL – PROCURACIÓN GENERAL DE LA NACIÓN.
ARTÍCULO 3: OBJETO DE LA CONTRATACIÓN
La presente licitación tiene por objeto la PROVISIÓN DE MOBILIARIO PARA EL MINISTERIO PÚBLICO FISCAL, debiendo ajustarse al Pliego de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas.
ARTÍCULO 4: OBTENCIÓN XXX XXXXXX
A los efectos de retirar u obtener el pliego, los interesados deberán proceder de la siguiente manera:
1. Los interesados podrán optar por descargar el pliego del sitio web del Ministerio Público Fiscal, xxx.xxx.xxx.xx; quienes opten por esta metodología deberán comunicar la obtención del mismo a través de internet, desde un correo electrónico, a la dirección xxxxxxxxxxxxxx@xxx.xxx.xx indicando: Clave Única de Identificación Tributaria (C.U.I.T.), razón social o nombres y apellidos completos, domicilio, dirección de correo electrónico en el que serán válidas las comunicaciones que deban cursarse hasta el día de apertura de ofertas y los datos del procedimiento de selección de que se trate.
2. El pliego podrá ser retirado personalmente en la sede del Ministerio Público Fiscal, sita en Xxxx 000, Xxxx 00, X.X.X.X., hasta el día y hora establecidos para la presentación de las ofertas, de lunes a viernes de 09:00 a 16:00 horas.
3. Quienes al momento de descargar o retirar el pliego no informen los datos indicados en el punto 1 del presente artículo, no podrán alegar el desconocimiento de las circulares que se hubiesen dictado conforme el artículo siguiente.
ARTÍCULO 5: CONSULTAS, ACLARACIONES Y/O MODIFICACIONES AL PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES Y DE ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
Las consultas respecto xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas deberán efectuarse únicamente por presentación escrita ante la Dirección Unidad Operativa de Contrataciones, en la dirección consignada en el artículo anterior, o bien por correo electrónico a xxxxxxxxxxxxxx@xxx.xxx.xx. No se aceptarán consultas telefónicas y no serán contestadas aquellas que se presenten fuera de término.
Las consultas podrán ser efectuadas hasta cinco (5) días hábiles antes de la fecha fijada para la apertura de ofertas.
Las circulares que emita el Organismo, ya sean de oficio o con motivo de una consulta, serán notificadas con cuarenta y ocho (48) horas como mínimo de anticipación a la fecha de la apertura, a todas las personas que hubieran retirado el pliego y al que hubiera efectuado la consulta que origina la circular, si éste fuera el caso. Las circulares podrán ser notificadas en forma válida al domicilio, fax o correo electrónico denunciados al obtener el pliego conforme el artículo 4 del presente.
Todas las circulares serán incluidas como parte integrante xxx xxxxxx, exhibidas en la cartelera del Ministerio Público Fiscal para conocimiento de los restantes interesados y difundidas en el sitio web del Organismo.
Cuando por la índole de la consulta practicada por un interesado resulte necesario pedir informes o realizar verificaciones técnicas que demanden un plazo superior a veinticuatro (24) horas contadas desde que se presentare la solicitud, esta Procuración tiene la facultad para posponer de oficio la fecha de apertura. El cambio de fecha de la apertura de ofertas será comunicado a todos aquellos a quienes se les hubiese comunicado el llamado, publicado en los mismos medios en los que se haya difundido el llamado y notificado en forma fehaciente a todas las firmas que hayan obtenido el pliego.
La Procuración General de la Nación podrá de oficio realizar las aclaraciones que sean pertinentes, debiendo comunicarlas siguiendo el procedimiento detallado en los párrafos precedentes.
ARTÍCULO 6: PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS
1. Forma y lugar de la presentación: las ofertas deberán presentarse en la Dirección Unidad Operativa de Contrataciones de la Procuración General de la Nación, sita en Xxxx 000, Xxxx 00, X.X.X.X., hasta el día y hora fijados para la recepción de las ofertas. Estará contenida en sobres, cajas o paquetes, los cuales deberán estar perfectamente cerrados e indicar los siguientes datos:
• Tipo y Nº de Procedimiento
• Objeto de la Contratación
• Día y hora de la Apertura de Ofertas
• Nombre o Razón Social del oferente
A partir de la hora fijada como término para la recepción de las ofertas no podrán recibirse otras, aun cuando el Acto de Apertura no se haya iniciado. Aquellas ofertas presentadas fuera de término serán
rechazadas sin más trámite por la Dirección Unidad Operativa de Contrataciones de la Procuración General de la Nación.
2. Traspapeleo / Apertura prematura: la Procuración General de la Nación no se responsabilizará por traspapeleo o apertura prematura de la oferta como consecuencia de que su envoltorio o sobre exterior no haya sido debidamente cerrado y rotulado según las instrucciones indicadas. La Procuración General de la Nación no recibirá ni se responsabilizará por los documentos que no sean entregados en el lugar indicado y dentro del plazo establecido.
ARTÍCULO 7: EFECTOS DE LA PRESENTACIÓN DE LA OFERTA
La presentación de la oferta significará para el oferente el pleno conocimiento y aceptación de los términos y cláusulas xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas que rige el llamado a licitación, la evaluación de todas las circunstancias, la previsión de sus consecuencias y la aceptación en su totalidad de las bases y condiciones estipuladas, sin que pueda alegar en adelante el oferente su desconocimiento.
ARTÍCULO 8: INMODIFICABILIDAD DE LA OFERTA
La posibilidad de modificar la oferta precluirá con el vencimiento del plazo para presentarla, sin que sea admisible alteración alguna en la esencia de las propuestas después de esa circunstancia.
ARTÍCULO 9: CONTENIDO DE LA OFERTA E INFORMACIÓN A SUMINISTRAR POR EL OFERENTE
La oferta deberá contener la documentación que se detalla a continuación, en las condiciones establecidas en los artículos precedentes y con los recaudos exigidos por los artículos 41 y 43 del Reglamento de Compras y Contrataciones del Ministerio Público Fiscal, aprobado por Resolución PGN Nº 1107/14:
1- Deberán ser redactadas en idioma nacional.
2- Deberán encontrarse foliadas en todas sus hojas de manera correlativa.
3- Deberán estar firmadas en todas sus fojas por el oferente o su representante legal autorizado, en cuyo caso deberá acreditar la personería invocada.
4- La cotización deberá contener el precio unitario y cierto, en moneda nacional y con referencia a la unidad de medida establecida en las especificaciones técnicas, el precio total de cada renglón, y el precio total general de la oferta, expresado en letras y números.
5- La cotización deberá realizarse de la manera prevista en la Planilla de Cotización que se encuentra adjunta al presente pliego como Planilla Anexa I.
6- Para el caso de personas jurídicas se deberá presentar el estatuto junto con las modificaciones y acompañar las actas de designación de los directores.
7- Las testaduras, enmiendas, raspaduras o interlíneas en las propuestas, deberán ser debidamente salvadas por el oferente o su representante legal autorizado.
8- El Pliego de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas que rige la licitación, y constancia de su obtención.
9- Constitución de domicilio: se deberá consignar domicilio especial para el procedimiento de selección en cualquier parte del territorio nacional o el extranjero. En este último caso, siempre que no cuente con domicilio o representación legal en el país, situación que deberá acreditarse mediante declaración jurada. De no consignarse un domicilio especial en la respectiva oferta, se tendrá por domicilio especial el declarado como tal en el Sistema de Información de Proveedores (SIPRO).
10- Descripción de la propuesta técnica ofertada.
11- Garantía de Mantenimiento de Oferta constituida conforme lo establecen los artículos 13 y 15 del presente pliego, salvo en los casos en que el oferente se encontrara exento de presentar la misma de acuerdo a lo normado en el artículo 16 del citado pliego.
12- Declaración Jurada establecida en la Planilla Anexa II que forma parte del presente pliego.
13- El oferente deberá encontrarse inscripto o preinscripto en el Sistema de Información de Proveedores (SIPRO), dependiente de la Oficina Nacional de Contrataciones, en oportunidad del comienzo del período de evaluación de las ofertas. En caso de resultar adjudicatario, en dicha instancia deberá encontrarse en estado inscripto/incorporado en el SIPRO.
14- Todo otro requisito específico indicado en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas.
Toda documentación que se presente en fotocopias deberá ser legible y estar certificada por escribano público, autoridades judiciales o administrativas competentes, legalizándose la documentación cuando intervenga en su certificación notario de extraña jurisdicción; o bien se deberá presentar junto con la copia, el original para su cotejo.
ARTÍCULO 10: FORMA DE COTIZACIÓN
Se deberá cotizar en moneda de curso legal. La oferta expresada en otra moneda será automáticamente desestimada.
El oferente podrá cotizar uno, varios o todos los renglones que integran el presente llamado. Se deberá cotizar el renglón completo, no pudiéndolo hacer por una parte o división del mismo. Después de haber cotizado por renglón, podrá efectuar un descuento en el precio, por el total de los renglones o por grupo de renglones, sobre la base de su adjudicación íntegra.
Deberá consignarse las cantidades ofrecidas, el precio unitario y cierto, con referencia a la unidad de medida establecida en las especificaciones, el precio total del renglón, y el total general de la oferta, expresado en números y letras.
La cotización deberá ser por cantidades netas, libres de envases y gastos de embalaje o flete; es decir que el precio ofertado deberá incluir los gastos de embalaje y traslado hasta el lugar de entrega.
Los precios cotizados deberán incluir el importe correspondiente a la alícuota del Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.). En caso de no hacerse expresa mención a ello en la oferta, quedará tácitamente establecido que dicho valor se encuentra incluido en la misma.
Errores de cotización: si el total cotizado para cada renglón no respondiera al precio unitario, se tomará éste último como precio cotizado. Todo otro error en el monto cotizado denunciado por el oferente o detectado por el Organismo contratante antes de la adjudicación, producirá la desestimación de la oferta en la proporción que corresponda.
ARTÍCULO 11: OFERTA ALTERNATIVA
El oferente podrá efectuar una oferta alternativa de conformidad con lo normado por el artículo 43 de la Resolución PGN Nº 1107/14, modificada por su similar Nº 1459/15. La oferta alternativa no exime al oferente de efectuar la presentación simultánea de la oferta básica o principal, ajustada a las bases. La Garantía de Mantenimiento de Oferta deberá calcularse sobre el mayor valor propuesto.
ARTÍCULO 12: PLAZO DE MANTENIMIENTO DE LAS OFERTAS
Los oferentes deberán mantener las ofertas por el término de treinta (30) días corridos, contados a partir de la fecha del Acto de Apertura de Ofertas, con renovación automática y sucesiva por igual período no fraccionable (treinta (30) días corridos) y por un plazo máximo de un (1) año contado desde el día de Apertura de Ofertas; salvo manifestación fehaciente por parte del oferente de no renovar su propuesta con una antelación mínima xx xxxx (10) días corridos anteriores al vencimiento del mantenimiento de la oferta, de conformidad con las condiciones dispuestas por el artículo 46 del Reglamento de Compras y Contrataciones del Ministerio Público Fiscal, aprobado por Resolución PGN Nº 1107/14.
ARTÍCULO 13: GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE OFERTA
Los oferentes deberán integrar la Garantía de Mantenimiento de Oferta por un monto equivalente al cinco por ciento (5%) del monto total de su oferta. En caso de cotizarse con alternativa, el monto de la garantía deberá calcularse sobre el mayor valor propuesto. La misma deberá ser presentada conjuntamente dentro del sobre con la oferta para que la misma resulte válida, y constituirse en alguna de las formas previstas en el artículo 15 del presente pliego.
ARTÍCULO 14: ERROR EN EL MONTO DE LA GARANTÍA
No serán desestimadas las ofertas cuando, por error, la garantía presentada fuera por un importe inferior al que corresponda, siempre que se encuentre comprendido dentro del veinte por ciento (20%) del correcto. Cuando se verificara el error en el importe de la garantía de acuerdo a lo señalado, se intimará al oferente a subsanar la diferencia en un plazo perentorio de tres (3) días hábiles, bajo apercibimiento de la pérdida del monto integrado en concepto de garantía.
ARTÍCULO 15: FORMAS DE CONSTITUCIÓN DE LAS GARANTÍAS
Las Garantías de Mantenimiento de Oferta, de Cumplimiento de Contrato, de Impugnación al Dictamen de la Comisión Evaluadora de Ofertas y la Contragarantía por Anticipo, podrán constituirse en alguna de las siguientes formas o combinaciones de ellas:
a) En efectivo o mediante depósito bancario en la cuenta oficial del Ministerio Público Fiscal, acompañando la boleta pertinente.
b) Mediante cheque certificado contra una entidad bancaria.
c) Mediante aval bancario u otra fianza a satisfacción del Ministerio Público Fiscal, constituyéndose el fiador –cuando así corresponda– en deudor solidario, liso, llano y principal pagador, con renuncia a los beneficios de división y excusión en los términos de los artículos 1583, 1584 y 1589 del Código Civil, así como al beneficio de interpelación judicial.
d) Mediante seguro de caución a través de pólizas emitidas por compañías de seguros autorizadas por la Superintendencia de Seguros de la Nación, cuyas cláusulas no se opongan a las disposiciones del Reglamento de Compras y Contrataciones aprobado por Resolución PGN Nº 1107/14, y sean extendidas a favor del Ministerio Público Fiscal.
e) Con pagarés a la vista suscriptos por quienes tengan el uso de la firma social o actuaren con poderes suficientes, cuando el importe que resulte de aplicar el porcentaje que corresponda según se trate de la Garantía de Mantenimiento de Oferta, de Cumplimiento de Contrato o de Impugnación, no supere la suma de quince (15) Módulos de Compra; estableciéndose el valor del Módulo de Compra en Pesos dos mil ($ 2.000,00).
La elección de la forma de constitución de las garantías queda a opción del oferente y/o adjudicatario.
Las garantías establecidas deben ser constituidas a entera satisfacción del Ministerio Público Fiscal y en forma independiente para cada contratación.
Las garantías deberán ser extendidas a nombre de la Procuración General de la Nación y/o Ministerio Público Fiscal, y deberán indicar como datos principales el número de expediente, el tipo y número de Licitación/Contratación que corresponda, el nombre o razón social del proponente, con su correspondiente firma, sello y/o aclaración, el lugar de emisión y el de pago (indicando el domicilio legal del Organismo: Xx. xx Xxxx 000, XXXX), el importe a pagar en pesos (no se aceptarán documentos expresados en otra moneda), sin fecha de vencimiento, y cualquier otro dato que identifique el respaldo de la oferta/adjudicación.
Todas las garantías serán sin término de validez y garantizarán el fiel cumplimiento de las obligaciones contraídas.
ARTÍCULO 16: EXCEPCIONES A LA PRESENTACIÓN DE LAS GARANTÍAS
No será necesario constituir las Garantías de Mantenimiento de Oferta y de Cumplimiento de Contrato en los siguientes casos:
a) Cuando se cumpla la prestación contractual dentro del plazo de integración de la Garantía de Cumplimiento de Contrato, salvo en caso de rechazo. En estos casos, el plazo para la integración se contará a partir de la comunicación fehaciente del rechazo. Los elementos así rechazados quedarán en caución y no podrán ser retirados, sin previamente integrar la garantía que corresponda.
b) En los supuestos de contratos interadministrativos o con universidades nacionales.
c) Cuando el monto ofertado o el monto adjudicado no fuere superior a cien (100) Módulos de Compra; estableciéndose el valor del Módulo de Compra en Pesos dos mil ($ 2.000,00).
ARTÍCULO 17: DEVOLUCIÓN DE GARANTÍAS
Las garantías serán devueltas bajo las siguientes modalidades y plazos, según el tipo de instrumento de que se trate:
a) Garantía de Mantenimiento de Oferta: se devolverá de oficio o a solicitud del interesado a los oferentes que no resulten adjudicatarios dentro de los diez (10) días posteriores a la publicación del acto administrativo de adjudicación. A los adjudicatarios, se devolverá una vez que integren válidamente la Garantía de Cumplimiento de Contrato o ejecuten la prestación dentro del plazo previsto para su constitución.
b) Garantía de Impugnación: se devolverá de oficio o a solicitud del interesado dentro de los diez (10) días hábiles posteriores a la publicación del acto administrativo que resuelve, solo en el caso que éste haga lugar a la impugnación.
c) Garantía de Cumplimiento de Contrato: se devolverá de oficio o a solicitud del interesado, dentro de los diez (10) días de aprobada la recepción definitiva de los bienes o servicios objeto del contrato. Durante la etapa de ejecución del contrato, se devolverá parcialmente a solicitud de los interesados en proporción a la parte cumplida del contrato, para lo cual se aceptará la sustitución del instrumento para cubrir los valores restantes.
Notificado fehacientemente el interesado respecto de la devolución de la garantía, podrá efectuar su retiro dentro del plazo de seis (6) meses. La falta de presentación dentro del mencionado plazo, implicará la renuncia tácita del mismo a favor del Ministerio Público Fiscal. Cuando la garantía haya sido constituida mediante pagaré, éste se destruirá al término de dicho plazo.
ARTÍCULO 18: APERTURA DE OFERTAS
El Acto de Apertura de sobres se llevará a cabo en el lugar, día y hora determinados para el mismo, en presencia de los funcionarios de la Dirección Unidad Operativa de Contrataciones y de todos aquellos interesados que desearen asistir, quienes podrán verificar la existencia, número y procedencia de los sobres dispuestos para ser abiertos.
Si el día señalado para la apertura de las ofertas deviniera inhábil, el acto tendrá lugar el día hábil siguiente, en el mismo lugar y a la misma hora.
El Acta de Apertura de ofertas confeccionada al efecto será firmada por los funcionarios intervinientes y por los asistentes al acto.
Ninguna oferta presentada en término podrá ser desestimada en el Acto de Apertura.
ARTÍCULO 19: RECHAZO DE LAS OFERTAS – INELEGIBILIDAD
Serán objeto de desestimación sin más trámite las ofertas en las que se produzca alguna de las siguientes situaciones:
a) Que no estuvieren firmadas por el oferente o su representante legal en todas sus fojas.
b) Que estuvieran escritas con lápiz o que resultaren ilegibles.
c) Que carecieran de la garantía exigida.
d) Que no acompañaren las muestras requeridas en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas con carácter obligatorio.
e) Que fueran formuladas por personas inhabilitadas en los términos del artículo 40 del Reglamento de Compras y Contrataciones del Ministerio Público Fiscal, aprobado por Resolución PGN Nº 1107/14.
f) Que contuvieren condicionamientos.
g) Que presentaren raspaduras, enmiendas o interlíneas en el precio, cantidades, plazo de mantenimiento, plazo de entrega o alguna otra parte que hiciere a la esencia del contrato, si las mismas no estuvieren debidamente salvadas.
h) Que contuvieren cláusulas que se opongan a las normas que rigen la licitación.
i) Que se cotizara precio excesivamente bajo de acuerdo con los criterios objetivos que surjan de los precios xx xxxxxxx y de la evaluación de la capacidad del oferente que mereciere manifiestamente la calificación de vil o no serio.
j) Que incurrieren en otras causales de inadmisibilidad que expresamente este pliego hubiere previsto. Asimismo, se evaluará que los oferentes se encuentren habilitados para contratar con el Ministerio Público Fiscal, quedando inhabilitadas para hacerlo:
a) Las personas físicas o jurídicas sancionadas con suspensión o inhabilitación en el Sistema de Información de Proveedores (SIPRO) de la Oficina Nacional de Contrataciones.
b) Los funcionarios y empleados públicos del Ministerio Público Fiscal y las empresas en las cuales aquellos tuvieren participación suficiente para formar la voluntad social.
c) Los condenados por delitos dolosos, por un plazo igual al doble de la condena.
d) Las personas que se encontraren procesadas por delitos contra la propiedad o contra la Administración Pública Nacional u otras entidades del sector público nacional, provincial y municipal o contra la fe pública
o por delitos tipificados por la Convención Interamericana contra la Corrupción, así como las personas jurídicas cuyos integrantes se encuentren en dichas situaciones.
e) Los evasores y deudores morosos tributarios y previsionales de orden nacional, provincial y municipal.
ARTÍCULO 20: EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS
La etapa de evaluación de las ofertas es confidencial, por lo cual mientras se sustancie ese proceso no se concederá vista de las actuaciones.
La Comisión Evaluadora de Ofertas analizará el cumplimiento de la totalidad de la documentación e información requerida en el presente pliego y en caso de resultar necesario requerirá la producción de informes técnicos, a efectos de ampliar los elementos de juicio para pronunciarse sobre las ofertas recibidas.
La Comisión Evaluadora de Ofertas emitirá un dictamen de carácter no vinculante, que proporcionará a la autoridad competente para adjudicar los fundamentos para el dictado del Acto Administrativo con el cual concluya el procedimiento.
La adjudicación recaerá en la/s oferta/s más convenientes para el Organismo teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás características de la propuesta.
Se dará preferencia a las micro, pequeñas y medianas empresas (MIPyMES) que desarrollen actividades productivas en el país, de conformidad con lo previsto en el artículo 39 de la Ley Nº 25.300; a tales efectos, el oferente deberá acreditar fehacientemente su condición de tal mediante certificado expedido por autoridad pública competente.
ARTÍCULO 21: SUBSANACIÓN DE ERRORES U OMISIONES
Para la subsanación de errores u omisiones insustanciales de la oferta, la Comisión Evaluadora de Ofertas procederá a intimar a los oferentes a que subsanen los mismos dentro del término de cinco (5) días hábiles, contados a partir del día siguiente de la fecha de recibido el requerimiento.
La solicitud de subsanación se realizará al número de fax, dirección de correo electrónico o domicilio oportunamente declarados, donde se tendrán por válidas las comunicaciones efectuadas.
Si no se subsanaren los defectos en el plazo indicado, la Comisión Evaluadora de Ofertas desestimará la oferta de que se trate sin más trámite.
ARTÍCULO 22: NOTIFICACIÓN DEL DICTAMEN DE EVALUACIÓN DE OFERTAS
El Dictamen de Evaluación de Ofertas emitido por la Comisión Evaluadora de Ofertas se notificará en forma fehaciente a todos los oferentes dentro de los tres (3) días hábiles de emitido. Desde la fecha de notificación y hasta el vencimiento del plazo para impugnar, las actuaciones quedarán a disposición de los oferentes para su vista en la Dirección Unidad Operativa de Contrataciones de este Organismo.
Asimismo, el dictamen en cuestión se publicará durante un (1) día en el Boletín Oficial de la República Argentina y en el sitio web del Ministerio Público Fiscal.
ARTÍCULO 23: IMPUGNACIONES AL DICTAMEN DE EVALUACIÓN
Los interesados podrán impugnar el Dictamen de Evaluación de Ofertas dentro de los tres (3) días hábiles de notificado, previa integración de la Garantía de Impugnación prevista en el artículo siguiente, en caso de corresponder. Las impugnaciones serán resueltas en el mismo acto que disponga la adjudicación.
ARTÍCULO 24: GARANTÍA DE IMPUGNACIÓN DEL DICTAMEN DE EVALUACIÓN DE OFERTAS
En aquellos casos en que los oferentes hubiesen presentado más de dos (2) impugnaciones contra dictámenes de evaluación en un año calendario, deberán con carácter previo a interponer una nueva impugnación, integrar una garantía del uno por ciento (1%) del valor de cotización del oferente impugnante.
ARTÍCULO 25: ADJUDICACIÓN
Una vez vencido el plazo para presentar impugnaciones al Dictamen de Evaluación de Ofertas, y dentro del plazo de mantenimiento de oferta, se realizará el acto administrativo aprobando el procedimiento de selección y la adjudicación. El mismo será notificado a los oferentes dentro de los tres (3) días de su emisión. Asimismo, será publicado durante un (1) día en el Boletín Oficial de la República Argentina y en el sitio web del Ministerio Público Fiscal.
La adjudicación se hará por renglón completo al/los oferente/s que en arreglo a lo expresado en los artículos anteriores, hubiese/n presentado la oferta más conveniente a los intereses del Organismo.
ARTÍCULO 26: PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO
Dentro de los diez (10) días corridos de notificada la adjudicación se emitirá la Orden de Compra, la cual se notificará al adjudicatario dentro de los tres (3) días de emitida. En los tres (3) días subsiguientes, el adjudicatario deberá presentarse en la Dirección Unidad Operativa de Contrataciones a fin de suscribir el instrumento en cuestión.
Suscripto el instrumento o transcurrido el plazo sin haber sido rechazado, se tendrá por perfeccionado el contrato.
Si el adjudicatario rechazara la Orden de Compra dentro de los tres (3) días de recibida la notificación o no constituyera la Garantía de Cumplimiento de Contrato en tiempo y forma, podrá adjudicarse la licitación al oferente que siga en el orden de mérito, sin perjuicio de la aplicación de las penalidades correspondientes.
ARTÍCULO 27: GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO
El adjudicatario deberá presentar una garantía xxx xxxx por ciento (10%) del monto total adjudicado, dentro de los cinco (5) días hábiles de recibida la notificación de la Orden de Compra. Vencido dicho plazo, se le intimará en forma fehaciente a presentar la garantía en cuestión en un plazo no mayor de cinco (5) días, transcurrido el cual se rescindirá el contrato con la pérdida de la Garantía de Mantenimiento de Oferta.
ARTÍCULO 28: PLAZO DE ENTREGA
La entrega deberá realizarse dentro de los treinta (30) días corridos, contados a partir del día hábil siguiente al perfeccionamiento de la Orden de Compra. Los adjudicatarios podrán presentar un plan de entregas parciales.
ARTÍCULO 29: PRÓRROGA DEL PLAZO CONTRACTUAL
El adjudicatario podrá solicitar la prórroga del plazo de entrega por causas debidamente acreditadas que justifiquen la demora, la cual podrá ser aceptada siempre que las necesidades del Ministerio Público Fiscal admitan la satisfacción de la entrega fuera de término.
La solicitud de prórroga deberá hacerse antes del vencimiento del plazo de entrega, exponiendo los motivos de la demora; el Ministerio Público Fiscal deberá resolver el pedido dentro de los cinco (5) días de presentado el mismo.
En caso de vencimiento del plazo contractual y no habiéndose expedido la autoridad competente respecto de una solicitud de prórroga cursada por el adjudicatario, se tendrá por concedida la prórroga.
La aceptación de la prórroga por parte del Organismo implicará la aplicación de las penalidades por xxxx establecidas en el artículo 40 del presente pliego.
El adjudicatario sólo podrá hacer uso de este derecho por única vez y el total de la prórroga que se le otorgue no podrá exceder, en ningún caso, el cincuenta por ciento (50%) del plazo original del contrato.
ARTÍCULO 30: REHABILITACIÓN DEL CONTRATO
Vencido el plazo de la prórroga concedida sin que se hubiera satisfecho la obligación contractual, se producirá la caducidad del contrato.
No obstante, antes de producirse el vencimiento del plazo de la prórroga que se hubiere otorgado, el adjudicatario podrá requerir la rehabilitación del contrato por la parte no cumplida del mismo. La rehabilitación podrá ser aceptada por única vez, previo pago de una multa equivalente al diez por ciento (10%) del valor del contrato que se rehabilita, el que debe cumplirse de acuerdo a las condiciones estipuladas en el presente pliego.
Si el adjudicatario no abonara la multa dentro de los tres (3) días de notificado el acto administrativo que aprueba la rehabilitación, se dará por rescindido el contrato sin más trámite, con pérdida de la Garantía de Cumplimiento de Contrato establecida en el artículo 27 del presente pliego.
ARTÍCULO 31: LUGAR DE ENTREGA
Los elementos adjudicados serán entregados en uno o más depósitos de la Procuración General de la Nación situados en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. La entrega deberá coordinarse con la Sección Mobiliario y Equipamiento, comunicándose para ello al correo electrónico xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx@xxx.xxx.xx y/o a los teléfonos 0000-0000/4488.
ARTÍCULO 32: RECEPCIÓN DE LOS BIENES Y/O SERVICIOS ADJUDICADOS
La Comisión de Recepción Definitiva procederá a la recepción de los bienes y/o servicios adjudicados. A tales efectos, confrontará la prestación con las especificaciones técnicas contractuales, la muestra presentada, la orden de compra y/o con los resultados de las pruebas que fuere necesario realizar. En caso de verificar que la misma cumple con las condiciones establecidas, procederá a otorgar la conformidad de la recepción emitiendo la correspondiente Acta de Recepción Definitiva. Un (1) ejemplar de dicha acta será entregado al adjudicatario a los efectos del trámite de pago.
En caso de verificar que los bienes entregados o los servicios prestados no cumplieran en cantidad y/o calidad con lo solicitado, se procederá a su rechazo y se intimará al proveedor a realizar las acciones correspondientes para proceder al reemplazo de los bienes y/o prestar los servicios conforme lo adjudicado, dentro del plazo que se le otorgue.
El proveedor estará obligado a retirar los elementos rechazados dentro del plazo que se le fije, el que comenzará el día siguiente al de la notificación del rechazo. Vencido el lapso indicado, se considerará que existe renuncia tácita a favor del Ministerio Público Fiscal, pudiendo éste disponer de los elementos. Sin perjuicio de las penalidades que correspondieren, el proveedor cuyos bienes hubieran sido rechazados deberá hacerse cargo de los costos de traslado y, en su caso, de los que se derivaren de la destrucción de los mismos.
La recepción definitiva se otorgará dentro del plazo de cinco (5) días de la recepción provisoria de los bienes o servicios, contados a partir del día siguiente de la fecha de entrega o prestación de los mismos.
En caso de silencio, una vez vencido dicho plazo, el proveedor podrá intimar la recepción. Si el Ministerio Público Fiscal no se expidiera dentro de los diez (10) días siguientes al de la recepción de la intimación, los bienes se tendrán por recibidos de conformidad.
ARTÍCULO 33: VICIOS REDHIBITORIOS
La conformidad definitiva otorgada de acuerdo a lo normado en el artículo precedente, no libera al adjudicatario de las responsabilidades emergentes de los vicios redhibitorios que se adviertan durante el plazo de un (1) año, computado a partir de dicha conformidad, quedando el adjudicatario obligado a
efectuar las reparaciones o reposiciones correspondientes en el mismo término y lugar que se indica en el presente pliego y la correspondiente Orden de Compra.
ARTÍCULO 34: FACTURACIÓN Y CONDICIONES DE PAGO
Las facturas deberán contener la referencia a la Orden de Compra y al Expediente (identificados con número y año). Deberá aclararse si se procedió a facturar el total o una parte de la Orden de Compra, indicando en este último caso qué renglones o ítems se incluyeron.
El adjudicatario deberá entregar la factura en la Mesa de Entradas de la Secretaría General de Administración, sita en Xx. xx Xxxx 000, Xxxx 0, Xx. 000, X.X.X.X. A partir de la Recepción Definitiva o entrega de la factura –lo que fuese posterior– comienza el plazo para cumplir la gestión de pago, el cual se hará efectivo dentro de los treinta (30) días hábiles.
La factura será emitida a nombre del Ministerio Público Fiscal, CUIT Nº 30-68723581-5. A los efectos de su posición en el Impuesto al Valor Agregado, este Organismo reviste el carácter de exento.
Las facturas deberán ajustarse a la reglamentación vigente de la Administración Federal de Ingresos Públicos, debiendo indicar en las mismas como mínimo los siguientes datos:
- Número de la orden de compra
- Número del expediente asignado a la licitación
- Número y fecha de los remitos de entrega
- Número de renglón, especificaciones e importe unitario y total de cada uno de ellos
- Importe total bruto
- Monto y tipo de descuento, si corresponde
- Importe total neto de la factura
Asimismo, en caso de estar alcanzado por alguna eximición parcial o total de algún tributo, se deberá acompañar con las facturas que se presenten una copia de la Resolución correspondiente de la AFIP. Según la Resolución General AFIP Nº 2485/08, sus modificatorias y complementarias, para poder percibir el pago correspondiente por la prestación de servicios y/o provisión de bienes, los adjudicatarios deberán presentar la Factura Electrónica en los términos de la citada normativa.
ARTÍCULO 35: CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR
Las penalidades establecidas en el artículo 124 del Reglamento de Compras y Contrataciones del Ministerio Público Fiscal, aprobado por Resolución PGN Nº 1107/14, no serán aplicadas cuando el incumplimiento de la obligación provenga de caso fortuito o de fuerza mayor, o de actos o incumplimientos de autoridades públicas nacionales o del Ministerio Público Fiscal, de tal gravedad que coloquen al adjudicatario en una situación de razonable imposibilidad de cumplimiento con las obligaciones a su cargo, debidamente documentados por el adjudicatario y aceptados por el Organismo.
La existencia de dichas circunstancias, deberá ser puesta en conocimiento del Organismo dentro de los diez (10) días de producido o desde que cesaren sus efectos. Transcurrido dicho plazo no podrá invocarse el caso fortuito o la fuerza mayor.
ARTÍCULO 36: RESCISIÓN SIN CULPA DEL ADJUDICATARIO
La revocación o rescisión de los contratos por razones de oportunidad, mérito o conveniencia, cuyas causas no fueran imputables al proveedor, no generará derecho a indemnización en concepto de lucro cesante o por intereses de capitales requeridos para la financiación de la prestación. El adjudicatario sólo tendrá derecho a que se le reconozcan los gastos que probare fehacientemente haber incurrido con motivo del contrato.
ARTÍCULO 37: RESCISIÓN POR CULPA DEL ADJUDICATARIO
Si el adjudicatario desistiere en forma expresa del contrato antes del plazo fijado para su cumplimiento, o si vencido el plazo de cumplimiento original del contrato, de su prórroga o el contrato rehabilitado, en todos los casos sin que los bienes hubiesen sido entregados o los servicios prestados de conformidad, el Ministerio Público Fiscal rescindirá el contrato sin necesidad de interpelación judicial o extrajudicial, con pérdida de la Garantía de Cumplimiento de Contrato por la parte no cumplida del mismo.
Si el adjudicatario no integrara la Garantía de Cumplimiento de Contrato de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 27 del presente, se rescindirá el contrato con la pérdida de la Garantía de Mantenimiento de Oferta.
En caso de fraude, negligencia en la ejecución del contrato o en incumplimientos de las obligaciones por parte del adjudicatario que diera lugar a la aplicación de multas por un importe acumulado equivalente al quince por ciento (15%) del monto total del contrato, el Ministerio Público Fiscal rescindirá unilateralmente el mismo con pérdida de la Garantía de Cumplimiento de Contrato, quedando a cargo del adjudicatario la reparación de los daños y perjuicios que hubiere causado su accionar.
Si el adjudicatario transfiriera o cediera todo o parte del contrato sin que ello fuere autorizado previamente por el Ministerio Público Fiscal, el mismo se rescindirá unilateralmente, con pérdida de la Garantía de Cumplimiento de Contrato.
ARTÍCULO 38: MODIFICACIONES AL CONTRATO
En los casos de prestaciones de servicios, el Ministerio Público Fiscal podrá prorrogar el plazo contractual original por única vez y por un período igual al del contrato original, o por un plazo máximo de un (1) año en caso de contratos cuya duración exceda dicho período. La prórroga se realizará en las mismas condiciones y precios originales. Por circunstancias debidamente acreditadas, el Ministerio Público Fiscal podrá renegociar el monto del contrato con el adjudicatario; en caso de no llegar a un acuerdo, no podrá hacerse uso de la opción de prórroga.
Asimismo, y de manera unilateral, este Ministerio Público Fiscal podrá aumentar o disminuir el monto del contrato hasta el veinte por ciento (20%), sin variar las condiciones contractuales y los precios unitarios adjudicados; y podrán incidir sobre uno, varios o el total de los renglones de la Orden de Compra o Contrato.
En los casos en que resulte imprescindible garantizar el normal funcionamiento del Organismo, dicho porcentaje podrá excederse hasta el treinta y cinco por ciento (35%), en cuyo caso el adjudicatario deberá prestar conformidad en forma previa a proceder con dicha modificación.
ARTÍCULO 39: CESIÓN O SUBCONTRATACIÓN
El adjudicatario tendrá la obligación de ejecutar el contrato por si, quedando prohibida la subcontratación, transferencia o cesión del contrato, salvo consentimiento expreso del Ministerio Público Fiscal, el cual verificará que el cesionario o subcontratista cumpla con todos los requisitos de la convocatoria. El adjudicatario quedará obligado solidariamente con el cesionario por las obligaciones emergentes del contrato.
ARTÍCULO 40: PENALIDADES
En caso que los oferentes y/o adjudicatarios no den cumplimiento en tiempo y forma con lo establecido en el presente pliego, serán pasibles de las penalidades establecidas en el Título V del Reglamento de Compras y Contrataciones del Ministerio Público Fiscal aprobado por Resolución PGN Nº 1107/14.
En caso de no depositarse en el tiempo estipulado la multa correspondiente, la afectación de las multas aplicadas se realizará de acuerdo al orden de prelación establecido en el artículo siguiente.
ARTÍCULO 41: AFECTACIÓN DE MULTAS
Las multas que se apliquen se afectarán conforme el siguiente orden de prelación:
a) A las facturas emergentes del contrato que estén al cobro o en trámite.
b) A la correspondiente Garantía de Cumplimiento de Contrato.
c) A los créditos del adjudicatario resultantes de otros contratos de suministro o prestación de servicios no personales.
ARTÍCULO 42: CLASES DE SANCIONES
Los oferentes y/o adjudicatarios podrán ser pasibles de las siguientes sanciones:
a) Apercibimiento
b) Suspensión
c) Inhabilitación
Las sanciones enumeradas precedentemente serán aplicadas por la Oficina Nacional de Contrataciones, según lo dispuesto en el inciso a) del artículo 23 y en el inciso b) del artículo 29, ambos del Decreto Nº 1023/01.
ARTÍCULO 43: ALTA EN EL PADRÓN ÚNICO DE ENTES
El adjudicatario deberá estar dado de alta en el Padrón Único de Entes del Sistema Integrado de Información Financiera que administra la Secretaría de Hacienda dependiente del Ministerio de Hacienda, de conformidad con lo dispuesto por la Disposición Nº 40 de la Contaduría General de la Nación y Nº 19 de la Tesorería General de la Nación de fecha 8 de julio de 2010, ambas de la citada cartera de Estado, o las que en el futuro las reemplacen.
ARTÍCULO 44: JURISDICCIÓN
El organismo contratante, los oferentes y los adjudicatarios se someterán, para dirimir cualquier divergencia en la presente contratación una vez agotadas todas las instancias administrativas, a la competencia de los Tribunales en lo Contencioso Administrativo Federal con asiento en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, renunciando expresamente a todo otro fuero o jurisdicción de excepción que pudiera corresponderles.
ARTÍCULO 45: HABILIDAD PARA CONTRATAR
Al momento de la adjudicación, el oferente que resulte adjudicatario no deberá registrar incumplimientos tributarios y/o previsionales. Por ello, en forma previa a la suscripción del acto administrativo de adjudicación, esta Procuración verificará dicha situación siguiendo el procedimiento establecido en la Resolución General 4164-E de la Administración Federal de Ingresos Públicos. En el caso que el adjudicatario posea incumplimientos, será intimado a subsanar los mismos en el plazo perentorio de cinco
(5) días hábiles.
PLANILLIA ANEXA I
PLANILLA DE COTIZACIÓN
El que suscribe .............................................................................. Documento Nº ......................................
en nombre y representación de la empresa ………..………………………………….….......……..……………
con domicilio legal en la calle ,
Nº ……..…….., Localidad …....…………………………, Teléfono/Fax ............................................., E-Mail
……………….……………………………., C.U.I.T. Nº ............................................., y con poder suficiente para obrar en su nombre, según consta en acta poder que acompaña, luego de interiorizarse de las condiciones particulares y técnicas que rigen la presente contratación, cotiza los siguientes precios:
Renglón | Cantidad | Unidad | Descripción | Costo Unitario (IVA incluido) | Costo Total (IVA incluido) |
1 | 10 | Unidad | Armarios para funcionarios. | $ | $ |
2 | 25 | Unidad | Armarios metálicos. | $ | $ |
3 | 60 | Unidad | Armarios operativos de melamina. | $ | $ |
4 | 20 | Unidad | Bibliotecas para funcionarios. | $ | $ |
5 | 60 | Unidad | Bibliotecas operativas de melamina. | $ | $ |
6 | 40 | Unidad | Bibliotecas de melamina para biblioratos. | $ | $ |
7 | 5 | Unidad | Escritorios para funcionarios tipo 1. | $ | $ |
8 | 15 | Unidad | Escritorios para funcionarios tipo 2. | $ | $ |
9 | 70 | Unidad | Escritorios operativos de melamina tipo 1. | $ | $ |
10 | 70 | Unidad | Escritorios operativos de melamina tipo 2. | $ | $ |
11 | 80 | Unidad | Estanterías metálicas. | $ | $ |
12 | 80 | Unidad | Lámparas de escritorio. | $ | $ |
13 | 10 | Unidad | Mesas para reunión de melamina. | $ | $ |
14 | 10 | Unidad | Mesas de PC para funcionarios. | $ | $ |
15 | 55 | Unidad | Mesas de PC operativas de melamina. | $ | $ |
16 | 10 | Unidad | Muebles bajos para funcionarios. | $ | $ |
17 | 25 | Unidad | Muebles bajos operativos de melamina. | $ | $ |
18 | 50 | Unidad | Percheros de pie. | $ | $ |
19 | 300 | Unidad | Sillas fijas sin apoyabrazos. | $ | $ |
20 | 300 | Unidad | Sillas operativas. | $ | $ |
21 | 50 | Unidad | Sillones gerenciales con respaldo alto. | $ | $ |
22 | 5 | Unidad | Sillones de dos (2) cuerpos. | $ | $ |
23 | 10 | Unidad | Sillones de un (1) cuerpo. | $ | $ |
24 | 10 | Unidad | Tándems de tres (3) cuerpos. | $ | $ |
TOTAL: | $ |
Son Pesos: ………………………………………………………………………………………………………………
……………………………………………………………………………………………………………………………
…………………………………………………………………………………………………………………………….. Indicar la propuesta de ALTERNATIVAS: SI NO Página
CANTIDAD DE FOJAS: ……..
……..…..…………………………
FIRMA
PLANILLA ANEXA II
DECLARACIÓN JURADA
Nombre o Razón Social:………………………………………………………………………………………………..
El que suscribe .............................................................................. Documento Nº ......................................
en mi carácter de ………………………………………. de la firma mencionada ut-supra, declara bajo juramento que la presentación de la presente oferta importa el pleno conocimiento de toda la normativa que rige el llamado a contratación, la evaluación de todas las circunstancias, la previsión de sus consecuencias y la aceptación en su totalidad de las bases y condiciones estipuladas.
Asimismo, declaro bajo juramento que la firma oferente no se encuentra dentro de alguna de las causales de inhabilidad para contratar con el Ministerio Público Fiscal de la Nación establecidas en el artículo 40 del Reglamento de Compras y Contrataciones del citado organismo, aprobado por la Resolución PGN Nº 1107/2014, a saber:
a) Las personas físicas o jurídicas sancionadas con suspensión o inhabilitación en el Sistema de Información de Proveedores (SIPRO) de la Oficina Nacional de Contrataciones.
b) Los funcionarios y empleados públicos del Ministerio Público Fiscal y las empresas en las cuales aquellos tuvieren participación suficiente para formar la voluntad social.
c) Los condenados por delitos dolosos, por un plazo igual al doble de la condena.
d) Las personas que se encontraren procesadas por delitos contra la propiedad o contra la Administración Pública Nacional u otras entidades del sector público nacional, provincial y municipal o contra la fe pública o por delitos tipificados por la Convención Interamericana contra la Corrupción, así como las personas jurídicas cuyos integrantes se encuentren en dichas situaciones.
e) Los evasores y/o deudores morosos tributarios y/o previsionales de orden nacional, provincial y municipal.
Firma:
Aclaración:
Documento: