CUADRO DE CARACTERÍSTICAS
MINISTERIO DE FOMENTO
SECRETARÍA DE ESTADO DE PLANIFICACIÓN E INFRAESTRUCTURAS
PLIEGO TIPO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES
- Contrato de servicios
- Procedimiento abierto
CUADRO DE CARACTERÍSTICAS
1. OBJETO DEL CONTRATO |
Título del contrato: CONTRATO DE SERVICIOS DE CONSULTORÍA Y ASISTENCIA TÉCNICA PARA EL CONTROL Y VIGILANCIA DE LAS OBRAS DE CONSERVACIÓN EN LA RED DE CARRETERAS DEL ESTADO EN CASTILLA Y LEÓN OCCIDENTAL. Clave: PYO 513/16 Comunidad Autónoma: CASTILLA Y LEÓN OCCIDENTAL Provincia: Valladolid |
Nomenclatura NACE: Código CPV: 71311000-1 |
2. INFORME JURÍDICO Y APROBACIÓN XXX XXXXXX | |||
Informado por la Abogacía del Estado en fecha: | 13 xx | xxxx de | 2016 |
Aprobado por la Secretaría de Estado en fecha: | 13 xx | xxxx de | 2016 |
3. NECESIDADES A SATISFACER Y CIRCUNSTANCIAS DEL CONTRATO |
Con este contrato se satisfarán las necesidades que se describen en el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares, con las características y calidad que se recogen en el mismo. |
g) Valor estimado (artículo 88 del TRLCSP, IVA excluido y teniendo en cuenta las eventuales
prórrogas, así como las modificaciones previstas en el Pliego): 1.516.793,04 €
17.038.453C.611
f) Aplicación presupuestaria:
72.228,24 €
e) Presupuesto de las modificaciones previstas (IVA excluido):
722.282,40 €
d) Presupuesto de eventuales prórrogas (IVA excluido):
722.282,40 €
a)Presupuesto base de licitación (IVA excluido):
4. PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN, ANUALIDADES, APLICACION PRESUPUESTARIA Y VALOR ESTIMADO
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b)Importe del IVA ( c)Anualidades: | 21 | %) | 151.679,30 € Presupuesto | IVA | Total |
2017 | 240.760,80 € | 50.559,77 € | 291.320,57 € | ||
2018 | 361.141,20 € | 75.839,65 € | 436.980,85 € | ||
2019 | 120.380,40 € | 25.279,88 € | 145.660,28 € | ||
Xxxxxxxx | |||||
0000 | 240.760,80 € | 50.559,77 € | 291.320,57 € | ||
2020 | 361.141,20 € | 75.839,65 € | 436.980,85 € | ||
2021 | 120.380,40 € | 25.279,88 € | 145.660,28 € | ||
Modificado | |||||
2019 | 72.228,24 € | 15.167,93 € | 87.396,17 € |
5. DOCUMENTOS QUE REVISTEN CARACTER CONTRACTUAL |
Sin perjuicio de las obligaciones adicionales asumidas por el adjudicatario al formular su proposición, revestirán carácter contractual los siguientes documentos: - El pliego de cláusulas administrativas particulares (PCAP) - El pliego de prescripciones técnicas particulares (PPTP) - El programa de trabajo en aquellos casos en los que éste sea exigible según el PPTP. - El documento de formalización. |
6. RÉGIMEN JURÍDICO DEL CONTRATO |
- Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (TRLCSP) - RD 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (RCAP), en lo que no se oponga al TRLCSP (disposición derogatoria única del TRLCSP). -Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, con las modificaciones establecidas por el Real Decreto 300/2011, de 4 xx xxxxx |
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- Por correo certificado: Pº de la Castellana 67. Subdirección General de Conservación
- Por correo electrónico: xxxxxxx@xxxxxxx.xx
(En el "Asunto" del correo deberán especificarse la clave y referencia del contrato)
- Por telefax:
7. MEDIOS DE COMUNICACIÓN CON LOS LICITADORES
8. PERFIL DEL CONTRATANTE |
9. PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN |
Tramitación: Ordinaria Anticipada En caso de tramitación anticipada conforme al artículo 110.2 del TRLCSP, la adjudicación quedará condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en la anualidad en la que vaya a ejecutarse el contrato. Urgente En caso de tramitación urgente, justificación [artículo 112 TRLCSP] Procedimiento Abierto Justificación [artículo 109.4 TRLCSP]: Se licita por el procedimiento abierto en garantía de los principios de publicidad y concurrencia. Criterios de adjudicación: Uno (precio) / Justificación [artículo 109.4 TRLCSP]: Por tratarse de un contrato de servicios en el que las prestaciones están perfectamente definidas técnicamente y no es posible variar los plazos de entrega ni introducir modificaciones de ninguna clase en el contrato [artículo 150.3.g) del TRLCSP] ❒ Varios Justificación [artículo 109.4 TRLCSP]: Seleccionar la oferta más ventajosa en su conjunto teniendo igualmente en cuenta lo establecido en el artículo 150.3.g) del TRLCSP. Admisión de variantes (artículo 147 TRLCSP): Sí / ❒ No En caso de admitirse variantes, indicación precisa de los elementos y condiciones en que queda autorizada su presentación. |
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10. INCOMPATIBILIDADES A LA LICITACIÓN
❒ 1. Empresas que hubieran participado en la elaboración de especificaciones técnicas o de los documentos preparatorios del contrato (artículo 56.1 del TRLCSP).
Los licitadores deberán presentar en el sobre de la documentación administrativa una declaración responsable sobre si participaron directa o indirectamente en la elaboración de las especificaciones técnicas o de los documentos preparatorios del contrato. Cuando licite una UTE esta declaración deberá referirse a cada una de las empresas que la integren.
2. Empresas que liciten a contratos de vigilancia, supervisión, control y dirección de la ejecución de contratos de obras e instalaciones (artículo 56.2 del TRLCSP).
Los licitadores deberán presentar en el sobre de la documentación administrativa una declaración responsable de no haber sido adjudicatarios y no estar vinculados a la empresa adjudicataria del contrato o los contratos de obras siguientes:
Contratos vigentes de obras de la Subdirección General de Conservación en la Demarcación objeto del contrato. Se entenderá que el contrato está vigente si no se ha aprobado la liquidación.
Cuando licite una UTE esta declaración deberá referirse a cada una de las empresas que la integren.
Si esta situación de incompatibilidad sobreviniera una vez adjudicado este contrato, el contratista estará obligado a comunicarlo inmediatamente a la Administración. Asimismo, la declaración incluirá la renuncia a, durante la ejecución de este contrato, concertar con la empresa adjudicataria de tales obras cualesquiera contratos o subcontratos que tengan por objeto la colaboración en la ejecución de las mismas obras. El incumplimiento de esta obligación será causa de resolución de este contrato.
3. Empresas que liciten a contratos de servicios que tengan por objeto la vigilancia, supervisión, control y dirección de otros contratos (artículo 56.2 del TRLCSP).
Los licitadores deberán presentar en el sobre de la documentación administrativa una declaración responsable de no haber sido adjudicatarios y no estar vinculados a la empresa adjudicataria del contrato o los contratos siguientes:
Cuando licite una UTE esta declaración deberá referirse a cada una de las empresas que la integren. Si esta situación de incompatibilidad sobreviniera una vez adjudicado este contrato, el contratista estará obligado a comunicarlo inmediatamente a la Administración. Asimismo, la declaración incluirá la renuncia a, durante la ejecución de este contrato, concertar con la empresa adjudicataria de tales servicios cualesquiera contratos o subcontratos que tengan por objeto la colaboración en la ejecución de los mismos servicios. El incumplimiento de esta obligación será causa de resolución de este contrato.
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11. ENUMERACIÓN DE LOS SOBRES QUE CONFORMAN LA PROPOSICIÓN
Los sobres que han de conformar la proposición y los documentos contenidos en los mismos serán los enumerados en clausulado de este Pliego.
Estos sobres se designarán de la siguiente manera:
•S obre nº 1: Será el de la documentación administrativa, en todos los casos.
•S obre nº 2: Será el de la documentación relativa a la solvencia cuando no se haya autorizado la justificación del cumplimiento de los requisitos previos mediante declaración.
- Será el de la documentación técnica cuando se haya autorizado la justificación del cumplimiento de los requisitos previos mediante declaración y se hayan establecido criterios no evaluables mediante fórmulas.
- Será el de la oferta económica cuando se haya autorizado la justificación del cumplimiento de los requisitos previos mediante declaración y el precio sea el único criterio evaluable.
•S obre nº 3: Será el de la documentación técnica cuando no se haya autorizado la justificación del cumplimiento de los requisitos previos mediante declaración y se hayan establecido criterios no evaluables mediante fórmulas.
- Será el de la oferta económica cuando no se haya autorizado la justificación del cumplimiento de los requisitos previos mediante declaración y el precio sea el único criterio evaluable o cuando se haya autorizado la justificación del cumplimiento de los requisitos previos mediante declaración y se hayan establecido criterios no evaluables mediante fórmulas.
•S obre nº 4: Será el de la oferta económica cuando no se haya autorizado la justificación del cumplimiento de los requisitos previos mediante declaración y se hayan establecido criterios no evaluables mediante fórmulas.
Contratos con valor estimado inferior a 90.000 €
Declaración responsable, conforme al modelo que figura como Anexo I.1 a este Pliego, indicando que cumple las condiciones establecidas legalmente para contratar con la Administración. [Art.
146.4 TRLCSP]. En este caso no será necesario aportar el sobre de solvencia, incluyéndose dicha declaración en el sobre de documentación administrativa (nº 1).
Contratos con valor estimado igual o superior a 90.000 € e inferior a 135.000 €
Los enumerados en el clausulado de este Pliego.
Declaración responsable, conforme al modelo que figura como Anexo I.1 a este Pliego, indicando que cumple las condiciones establecidas legalmente para contratar con la Administración. [Art.
146.4 TRLCSP]. En este caso no será necesario aportar el sobre de solvencia, incluyéndose dicha declaración en el sobre de documentación administrativa (nº 1).
12. DOCUMENTOS A INCLUIR EN EL SOBRE DE DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA
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Contratos con valor estimado igual o superior a 135.000 €
El licitador podrá optar por presentar la documentación enumerada en el clausulado de este Pliego o declaración responsable, que se ajustará al modelo que figura como Anexo I.2 a este Pliego.
Este modelo de declaración está disponible en la dirección xxxxx://xx.xxxxxx.xx/xxxxxx/xxxxx- databases/espd/filter?lang=es, y deberá cumplimentarse atendiendo a las instrucciones que encabezan el Anexo I.2 y conforme a las que se recogen en el Reglamento de Ejecución (UE) 2016/7 de la Comisión, de 5 de enero de 2016, por el que se establece el formulario normalizado del Documento Europeo Único de Contratación (DEUC), y en la Resolución de 6 xx xxxxx de 2016, de la Dirección General del Patrimonio del Estado, por la que se publica la Recomendación de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa sobre la utilización del Documento Europeo Único de Contratación (DEUC) previsto en la nueva Directiva de contratación pública.
13. DOCUMENTOS A INCLUIR EN EL SOBRE PARA ACREDITAR LA SOLVENCIA
En los casos en los que, conforme a lo previsto en el Apartado 12, los licitadores aporten declaración responsable de que cumplen las condiciones establecidas legalmente para contratar con la Administración, no será necesaria la presentación del sobre de solvencia.
En el resto de casos, los licitadores deberán acreditar su solvencia y podrán hacerlo indistintamente mediante su clasificación en los grupos o subgrupos de clasificación y categoría mínima exigible especificados en el apartado 1.a), o bien certificando el cumplimiento de los requisitos específicos de solvencia indicados en el apartado 1.b):
1.- Contratos con valor estimado igual o superi|or a 35.000 €
a) Clasificación:
|
R.D. 1098/2001
|
Grupo Subgrupo Categoría |
_ |
|
R.D. 1098/2001
(modificado por R.D. 773/2015
Grupo Subgrupo Categoría
b) Los licitadores que acrediten su solvencia mediante la presentación de la documentación especificada en las opciones seleccionadas a continuación, presentarán dos separatas independientes dentro del mismo sobre: una para la solvencia económica y financiera y otra para la solvencia técnica o profesional.
Documentación para la acreditación de la solvencia económica y financiera:
1. Volumen anual de negocios, que referido al año de mayor volumen de negocio de los tres (3) últimos concluidos deberá ser €. [contratos de duración no superior a un año]
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❒ 2. Volumen anual de negocios, que referido al año de mayor volumen de negocio de los tres (3)
.
últimos concluidos deberá ser igual o superior a
superior a un año]
541.711,80 €
[contratos de duración
Estos dos extremos (1. ó 2.) se acreditarán mediante la presentación de las cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil o en el Registro oficial que corresponda. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante la presentación de los libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil. Asimismo, se cumplimentará el Anexo IV del presente Pliego.
3. Patrimonio neto en el balance de las cuentas anuales del último ejercicio económico para el que esté vencida la obligación de aprobación de las mismas igual o superior a .
4. Ratio entre activos y pasivos en el balance de las cuentas anuales del último ejercicio económico para el que esté vencida la obligación de aprobación de las mismas igual o superior a...
Estos dos extremos (3. y/o 4.) se acreditarán mediante la presentación de las cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil o en el Registro oficial que corresponda. Si no hubiese vencido el plazo de presentación y no se encuentran depositadas, deberán presentarse acompañadas de la certificación de su aprobación por el órgano de administración competente. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil deberán acreditarlo mediante la presentación de los libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil. Asimismo, se cumplimentará el Anexo IV del presente Pliego.
5. En el caso de que el licitador sea un profesional (y no una empresa), justificante de la existencia de póliza de responsabilidad civil por riesgos profesionales por importe igual o superior al valor estimado del contrato, vigente hasta el fin del plazo de presentación de ofertas, así como el compromiso vinculante de suscripción, prórroga o renovación, en caso de resultar adjudicatario, para garantizar la cobertura durante toda la ejecución del contrato.
La acreditación de este requisito (5.) se efectuará por medio de certificado expedido por el asegurador, en el que consten los importes y riesgos asegurados y la fecha de vencimiento del seguro, y mediante el documento de compromiso vinculante de suscripción, prórroga o renovación del seguro, en los casos en que proceda.
Documentación para la acreditación de la solvencia técnica o profesional:
❒ 1. Relación de los principales servicios o trabajos realizados en los últimos cinco (5) años que incluya importe, fechas y el destinatario, público o privado, de los mismos, acreditados mediante un certificado del órgano competente o una declaración del empresario, en su caso, conforme a lo dispuesto en el artículo 78 del TRLCSP, según modelo del Anexo V.1 (Formulario T-1).
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•T anto para las empresas que se presenten individualmente a la licitación como para las empresas que liciten agrupadas en UTE, se entenderá cumplido el requisito de solvencia si se acredita haber ejecutado, o estar ejecutando, en los cinco (5) últimos años:
-1 contrato/s de servicios de igual o similar naturaleza al que es objeto de este contrato, por importe equivalente al 30 por 100 del valor estimado, o bien,
- 2 contratos de servicios de igual o similar naturaleza al que es objeto de este contrato, cuyo importe sume el 50 por 100 del valor estimado.
•P ara el cumplimiento de este apartado se tendrá en cuenta lo siguiente:
- Se entenderá por contrato de igual o similar naturaleza: Contratos de servicios de asistencia técnica para el control y vigilancia de obras u otros contratos de servicios de carreteras.
- El importe de los contratos se calculará con exclusión del IVA.
- Cuando la empresa licitadora hubiera ejecutado el contrato a través de una UTE, se computará el importe de aquél en proporción a la participación de dicha empresa en la citada UTE.
- Cuando las empresas liciten agrupadas en UTE se considerarán indistintamente los contratos de cualquiera de las empresas constituyentes de la UTE para alcanzar los porcentajes del valor estimado fijados.
❒ 2. Indicación del personal técnico o de las unidades técnicas, integradas o no en la empresa, participantes en el contrato, especialmente aquéllos encargados del control de calidad, sin especificación de nombres, de acuerdo con el formulario EH-1 a cumplimentar, incluido en el Anexo
V.2 al presente Pliego, que deberá estar firmado por el representante legal de la empresa.
•P ara acreditar este extremo deberá asignarse, como mínimo a la ejecución del contrato, mediante compromiso suscrito por el representante legal del licitador, el siguiente personal técnico titulado:
❒ Número de titulados
-1 titulado superior por cada 600.000 €, o fracción, de la anualidad media (sin IVA) del contrato.
- 1 titulado medio, por cada 300.000 €, o fracción, de la anualidad media (sin IVA) del contrato.
(Se tendrá en cuenta que las anteriores cantidades han de calcularse con exclusión del IVA y que las titulaciones académicas requeridas deberán tener relación directa con el objeto y actividad del contrato).
Medios personales especificados en el cuadro (cumplimentado por la Administración) que figura en el Anexo V.3 al presente Pliego.
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3. Descripción de las instalaciones técnicas, de las medidas empleadas por el empresario para❒ garantizar la calidad y de los medios de estudio e investigación de la empresa.
•E l licitador deberá aplicar en la ejecución del contrato, al menos, las siguientes medidas que se
estiman necesarios para ejecutar el contrato, bastando para la acreditación de este extremo incluir en el sobre de solvencia una declaración responsable del representante legal de la empresa indicando la disposición para la ejecución del contrato de dichas medidas, incluyendo, en su caso, documento acreditativo de estar en posesión de los certificados correspondientes.
- Certificado de calidad en control y vigilancia de obras o estudios y proyectos de carreteras
-
4. Un control efectuado por el órgano de contratación o, en nombre de éste, por un organismo oficial u homologado competente del Estado en que esté establecido el empresario, siempre que medie acuerdo de dicho organismo, por tratarse de servicios o trabajos complejos o que respondan a un fin especial.
•E l control versará sobre la capacidad técnica del empresario y, si fuese necesario, sobre los medios de estudio y de investigación de que disponga y sobre las medidas de control de la calidad.
5. Titulaciones académicas y profesionales del empresario y del personal directivo de la empresa y, en particular, del personal responsable de la ejecución del contrato, sin especificación de nombres, que deberán cumplimentarse en el formulario EH-1 incluido en el Anexo V.2 al presente Pliego.
•P ara acreditar este extremo deberá presentarse una declaración jurada del representante legal de la empresa indicando la disposición y compromiso de adscripción al contrato, como mínimo, del personal directivo y jefes de equipo especificados en el cuadro (cumplimentado por la Administración) que figura en el Anexo V.4 al presente Pliego.
6. Indicación de las medidas de gestión medioambiental que el empresario podrá aplicar al ejecutar el contrato, con indicación expresa de las normas técnicas o especificaciones técnicas aplicables a la ejecución del contrato y a la verificación objetiva de la correcta aplicación de dichas medidas.
•E l licitador deberá aplicar en la ejecución del contrato, al menos, las siguientes medidas que se estiman necesarias para su ejecución, bastando para la acreditación de este extremo incluir en el sobre de solvencia una declaración responsable del representante legal de la empresa indicando la disposición para la ejecución del contrato de dichas medidas, incluyendo, en su caso, documento acreditativo de estar en posesión de los certificados correspondientes.
-
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7. Declaración sobre la plantilla media anual de la empresa y la importancia de su personal directivo durante los tres (3) últimos años, acompañada de la documentación justificativa
•P ara acreditar este extremo deberá presentarse una declaración jurada del representante legal de la empresa la existencia de una plantilla media anual de, al menos, --.
8. Declaración indicando la maquinaria, material y equipo técnico del que se dispondrá para la ejecución de los trabajos o prestaciones, a la que se adjuntará la documentación acreditativa pertinente.
•S e exigirá a los licitadores el compromiso de disponer para la ejecución del contrato de, al menos, la siguiente maquinaria, material y equipo técnico, que se estiman necesarios para su ejecución, bastando para la acreditación de este extremo incluir en el sobre de solvencia una declaración responsable del representante legal de la empresa indicando la disposición para la ejecución del contrato de dichos medios:
[Enumeración concreta de medidas]
-
-
9. Indicación de la parte del contrato que el empresario tiene eventualmente el propósito de subcontratar.
•P ara acreditar este extremo deberá presentarse una declaración jurada del representante legal de la empresa indicando si se va a realizar la totalidad de los trabajos con medios propios o si alguna parte y cuál, va a ser objeto de subcontratación o de colaboración externa y con quién.
2.- Contratos con valor estimado no superior a 35.000 €
No se exige la acreditación de la solvencia económica y financiera, ni la acreditación de la solvencia técnica o profesional.
Se exige la acreditación de la solvencia económica y financiera, y la acreditación de la solvencia técnica o profesional (en la forma prevista en el punto 1.-).
3.- Concreción de las condiciones de solvencia [artículo 64 del TRLCSP]:
En los casos en los que la solvencia se acredite aportando la clasificación del contratista especificada en el punto 1.a):
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Se exigirá a los licitadores el compromiso de adscribir específicamente los siguientes medios, bastando para la acreditación de este extremo incluir en el sobre de solvencia una declaración responsable del representante legal de la empresa indicando la disposición para la ejecución del contrato de dichos medios: [Enumeración concreta de medidas] - - Los licitadores deberán especificar la cualificación profesional del personal, integrado o no en la empresa, participante en el contrato y responsable de ejecutar la prestación, de acuerdo con el formulario EH-1 a cumplimentar, incluido en el Anexo V.2 al presente Pliego, que deberá estar firmado por el representante legal de la empresa. •D eberá incluirse compromiso suscrito por el representante legal del licitador, de adscripción a la ejecución del contrato, como mínimo, de los medios personales especificados en el cuadro (cumplimentado por la Administración) que figura en el Anexo V.3 al presente Pliego. 4.- Habilitación empresarial exigible para realizar la prestación [artículo 54.2 del TRLCSP]: ❒ Ninguna en especial. La siguiente habilitación: •E l licitador deberá aportar el documento acreditativo de que cuenta con dicha habilitación. |
14. GARANTÍAS |
a) Provisional [103.2 de la TRLCSP] ❒ No se exige Sí se exige (hasta el 3% del presupuesto base de licitación, IVA excluido): En caso afirmativo, justificación: b) Definitiva [95.1 TRLCSP]: 5% del importe de: - Licitación, IVA excluido ❒ -Adjudicación, IVA excluido: Posibilidad de acreditar la garantía definitiva por medios electrónicos: Sí/ ❒ No c) Complementaria [95.2 TRLCSP]: ❒ - No se exige. - Sí se exige, hasta el 5% del importe de adjudicación, IVA excluido: --- % Se constituirán a disposición de: Dirección General de Carreteras NIF: ES-0002817015-G |
- Criterios evaluables mediante fórmulas.
-Ponderación de la puntuación económica ppe = 60
- Puntuación máxima obtenible: 100 puntos.
Se aplicarán los criterios establecidos en el clausulado de este Pliego, con la siguiente
ponderación, puntuación y extensión máxima de los documentos a presentar:
-C riterios no evaluables mediante fórmulas.
- Ponderación de la puntuación técnica: (ppt) = 40
- Puntuación máxima obtenible: 100 puntos.
18. CRITERIOS DE VALORACIÓN
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15. GASTOS DE PUBLICIDAD. GASTOS POR RENUNCIA Y DESISTIMIENTO |
a) El adjudicatario estará obligado a satisfacer los gastos de publicidad de licitación hasta el siguiente importe máximo [67.2 g ]RCAP]: 4.000 € b) En caso de renuncia o desistimiento, se compensará a cada licitador por los gastos en que hubiese incurrido hasta el límite del tres por mil del presupuesto del contrato [155.2 TRLCSP]. |
16. DOCUMENTOS QUE DEBEN INCLUIRSE EN EL SOBRE PARA LA VALORACIÓN DE LOS CRITERIOS NO EVALUABLES MEDIANTE FÓRMULAS |
No es necesario aportar este sobre, al ser el precio el único criterio evaluable ❒ Los enumerados en el clausulado de este pliego |
17. DOCUMENTOS QUE DEBEN INCLUIRSE EN EL SOBRE PARA LA VALORACIÓN DE LOS CRITERIOS EVALUABLES MEDIANTE FÓRMULAS |
Los enumerados en el clausulado de este pliego |
Criterios no evaluables mediante fórmulas | Puntuación máxima | Extensión máxima (nº de caras) |
1. -Memoria | 70 | 20 |
2.-Plan de calidad | 10 | 5 |
3.- Programa de actuaciones medioambientales | 0 | - |
4.- Tecnología e I+D+I | 20 | 10 |
Documentación complementaria: | No se admite |
19.U MBRAL MÍNIMO DE PUNTUACIÓN QUE DEBE OBTENERSE EN LOS CRITERIOS NO EVALUABLES MEDIANTE FÓRMULAS |
En el caso de que la forma de adjudicación elegida en el Apartado 9 sea la de varios criterios, para la admisión de ofertas en la fase de evaluación global [artículo 150.4 TRLCSP]: |
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No se establece umbral mínimo de puntuación en los criterios no evaluables mediante fórmulas. ❒ Se establece un umbral mínimo de puntuación en los criterios no evaluables mediante fórmulas de: 60 puntos. |
20.U MBRAL DE TEMERIDAD (UT) |
Para la determinación de las ofertas con valores anormales o desproporcionados: Se aplicarán los criterios establecidos en el artículo 85 del RCAP. - Se reducirán en un tercio los porcentajes establecidos [artículo 85.5 del RCAP]: Sí/ No En caso afirmativo, justificación: ❒ Se establece como umbral de temeridad (UT): 2,5 % |
21. PLAZO PARA LA ADJUDICACIÓN |
El estipulado en los artículos 151 y 161 del TRLCSP |
22.P LAZO DE EJECUCIÓN O PLAZO DE DURACIÓN |
Este contrato de servicios se define como: Un contrato con plazo de ejecución. ❒ Un contrato con plazo de duración. En el caso de tratarse de un contrato con plazo de ejecución: Plazo Total [días/meses/años] Plazos Parciales: Plazo igual al del contrato principal de obra del que es complementario más el tiempo necesario para proceder a la liquidación de la obra, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 303.2 y 303.4 del TRLCSP. En el caso de tratarse de un contrato con plazo de duración: Plazo: 24 meses Prórroga: No se prevé. ❒ Sí se prevé, por un plazo de 24 meses (No superior al plazo inicialmente previsto y con límite global de seis (6) años, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 303.1 del TRLCSP). |
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El plazo del contrato se iniciará:
Al día siguiente al de formalización del contrato.
A partir del día siguiente a la firma del contrato o a partir del día siguiente a la finalización
❒ del contrato anteriormente vigente siempre que esta sea posterior a la firma del contrato del
presente pliego
2,5 meses.
-J ustificación: Tiempo necesario exigido por los mecanismos preparatorios de la documentación necesaria para la celebración del acto de recepción
❒
Un (1) mes.
23.P LAZO DE RECEPCIÓN
24.F ORMA DE PAGO DEL PRECIO Y REVISIÓN DE PRECIOS
a)L a forma de pago será:
1. Precios unitarios, fijando como precios del contrato los de licitación, afectados por el porcentaje de baja único ofertado para todos los precios.
2. Precios unitarios, fijando como precios del contrato los ofertados por el adjudicatario en la justificación de su oferta.
3. Precios a tanto alzado
4. Combinación de precios unitarios y precios a tanto alzado [artículos 87.2 y 302 del TRLCSP], fijando como precios unitarios del contrato los de licitación, afectados por el porcentaje de baja único ofertado para todos los precios.
5. Combinación de precios unitarios y precios a tanto alzado [artículos 87.2 y 302 del TRLCSP], fijando como precios unitarios del contrato los ofertados por el adjudicatario en la justificación de su oferta.
b)L a periodicidad de los pagos será:
❒ Mensual
---------- [Otra; especificar cuál].
c)R evisión de precios.
No procede revisión de precios, conforme al artículo 89 del TRLCSP.
Procede revisión de precios, de acuerdo con la justificación del Órgano de Contratación y conforme a los artículos 89 a 94 del TRLCSP y concordantes del RCAP.
- Justificación:
- Criterios de revisión:
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25. MODIFICACIONES
No se prevé la modificación del contrato (artículo 106 del TRLCSP).
El contratista acepta que no está facultado para ejecutar trabajos adicionales distintos de los pactados, salvo que estén amparados por un expediente de modificación (art. 107 TRLCSP). En consecuencia, el contratista renuncia a reclamar cualquier compensación por trabajos adicionales no amparados por un expediente de modificación debidamente aprobado por el Órgano de Contratación.
Se prevé la modificación del contrato (artículo 106 del TRLCSP) en los siguientes supuestos:
A) Por necesidad de variar el número de unidades previstas en el contrato.
Porcentaje máximo respecto del presupuesto base de licitación: 10%. Importe resultante: (se sumará al valor estimado; artículo 88.1 del TRLCSP).
B) Por necesidad de incorporar nuevos apartados en los informes ya previstos en el contrato, debido a la necesidad de incorporar adaptaciones exigidas por normas técnicas aprobadas después de la licitación del contrato.
(En función de la modificación en la dedicación del personal asignado al contrato)
Porcentaje máximo respecto del presupuesto base de licitación: 10%. Importe resultante: (se sumará al valor estimado; artículo 88.1 del TRLCSP).
C) Por necesidad de incorporar ensayos de auscultación como consecuencia de la aparición de nuevas tipologías estructurales o materiales no previstos inicialmente.
Porcentaje máximo respecto del presupuesto base de licitación: 10%. Importe resultante: (se sumará al valor estimado; artículo 88.1 del TRLCSP)
En el caso de la letra A) será siempre necesario que las nuevas unidades sean iguales a las previamente definidas en el contrato inicial y que se abonen en el mismo precio unitario. En el caso de las letras B) y C) será necesario que los precios del contrato inicial se hubieran definido descomponiéndose en sus costes elementales y que los precios de las nuevas prestaciones puedan formarse en su totalidad con dichos costes elementales. Cuando no se cumpla este requisito la modificación solo podrá tramitarse al amparo del artículo 107 del TRLCSP.
En todo caso, el contratista acepta que no está facultado para ejecutar trabajos adicionales distintos de los pactados, salvo que estén amparados por un expediente de modificación. En consecuencia, el contratista renuncia a reclamar cualquier compensación por trabajos adicionales no amparados por un expediente de modificación debidamente aprobado por el Órgano de Contratación.
No
Se exige ❒ Sí/
a) Adscripción de medios específicos [artículos 64.2 del TRLCSP].
26. CONDICIONES DE EJECUCIÓN
SECRETARÍA DE ESTADO DE PLANIFICACIÓN E INFRAESTRUCTURAS
MINISTERIO DE FOMENTO
En caso afirmativo:
- Es condición especial de ejecución del contrato
❒ Sí/ No
b) Seguro de accidentes durante la ejecución del contrato [artículo 118 del TRLCSP].
Se exige
❒ Sí/ No
En caso afirmativo:
Asegurado: El personal del Ministerio de Fomento que tenga un accidente calificado como de trabajo o en acto de servicio, según los casos, con ocasión o por consecuencia de este contrato y que produzca el fallecimiento o la declaración de incapacidad permanente, total o absoluta.
- Suma asegurada: 300.000 € por víctima
- Es condición especial de ejecución del contrato
❒ Sí/ No
c) Seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionales [artículo 118 del TRLCSP].
Se exige
❒ Sí/ No
En caso afirmativo:
- Asegurado: El Ministerio de Fomento deberá figurar como asegurado adicional sin perder su condición xx xxxxxxx.
- Suma asegurada: 1.000.000,00 de euros
- Riesgos específicos asegurados:
- Es condición especial de ejecución del contrato
❒ Sí/ No
d) Cumplimiento de obligaciones de carácter social [artículo 118 del TRLCSP].
Se exige
❒ Sí/ No
En caso afirmativo:
Es condición especial de ejecución del contrato
❒ Sí/ No
e)Obligación de subcontratar hasta un 50 por 100 del presupuesto del contrato [artículo 227.7 del
TRLCSP]
Se exige Sí/ ❒ No.
En caso afirmativo es siempre condición especial de ejecución
Las partes de la prestación que, en su caso, es obligado subcontratar son las siguientes:
-
f) Deber de confidencialidad sobre los datos o antecedentes que, no siendo públicos o notorios, estén relacionados con el objeto del contrato, o que el contratista conozca con ocasión de su ejecución [artículo 140.2 del TRLCSP].
SECRETARÍA DE ESTADO DE PLANIFICACIÓN E INFRAESTRUCTURAS
MINISTERIO DE FOMENTO
Se exige ❒ Sí/ No
En caso afirmativo:
Es condición especial de ejecución del contrato ❒ Sí/
No
g) En el caso de tratarse de un contrato de servicios vinculado a un contrato de obras, independencia
de la empresa adjudicataria del contrato de servicios respecto de la adjudicataria del contrato de obras.
Se exige ❒ Sí/ No En caso afirmativo:
Es condición especial de ejecución del contrato ❒ Sí/ No
27.P ENALIDADES. LÍMITES A LA SUBCONTRATACIÓN
Posibles causas para la imposición de penalidades:
a) Por incumplir las condiciones de ejecución calificadas como condiciones especiales de ejecución
[artículo 212.1 del TRLCSP y Cláusula 25.- de este Pliego].
b) Por cumplimiento defectuoso [artículo 212.1 del TRLCSP y Cláusula 26.- de este Pliego]:
❒ Sí/ No
c) Por incumplir criterios de valoración [artículo 150.6 del TRLCSP]:
❒ Sí/ No
❒ Cualquiera de los criterios de valoración
El criterio o criterios que se especifican a continuación:
-
La suma de las penalidades impuestas al contratista por todas o cualquiera de las causas señaladas con los anteriores números 1, 2 y 3 no podrá exceder del máximo legal (10% del presupuesto del contrato; artículo 212.1 del TRLCSP).
d) Por demora, conforme al artículo 212.4 del TRLCSP y a la Cláusula 23.- de este Pliego.
e) Por incumplir el plazo para la presentación del Plan de Seguridad y Salud en trabajo [artículo 212.7 del TRLCSP]:
Sí/
❒ No
f) Por incumplir las condiciones para la subcontratación [artículo 227.2.y 3 del TRLCSP]:
❒ Sí/ No
A los efectos de aplicar esta penalidad, así como a todos lo efectos establecidos en el presente pliego, el límite máximo aplicable para la subcontratación es:
❒ El legal del 60%
El siguiente límite especial 40 %
SECRETARÍA DE ESTADO DE PLANIFICACIÓN E INFRAESTRUCTURAS
MINISTERIO DE FOMENTO
28. PLAZO DE GARANTÍA 12 meses a partir de la recepción (artículo 235.3 del TRLCSP). |
29.P ERSONAL LABORAL DE LA EMPRESA |
❒ No se prevé la prestación de servicios en las dependencias administrativas. Se prevé la prestación de servicios en las dependencias administrativas. Justificación: |
30. PRESENTACIÓN DE FACTURAS E IDENTIFICACIÓN DE ÓRGANOS |
Conforme a la Ley 25/2013, de impulso de la factura electrónica y creación del registro contable de facturas en el sector público, el adjudicatario deberá presentar la factura en soporte electrónico a través del Punto General de Entrada de Facturas Electrónicas (FACe). Identificación de órganos administrativos: •C on competencia en materia de contabilidad pública: E03064903 (Intervención Delegada en el Ministerio de Fomento). •Ó rgano de Contratación: E00124905 (D.G. de Carreteras). •D estinatario: E04909902 (S.G. de Coordinación y Gestión Administrativa). |