SERVICIO DE SOPORTE A LA IMPLEMENTACIÓN DE LA NUEVA METODOLOGÍA DE ANÁLISIS EX ANTE DE LAS OFERTAS COMERCIALES DE TELEFONICA DE ESPAÑA, S.A.U
Pliego de Prescripciones técnicas
SERVICIO DE SOPORTE A LA IMPLEMENTACIÓN DE LA NUEVA METODOLOGÍA DE ANÁLISIS EX ANTE DE LAS OFERTAS COMERCIALES DE TELEFONICA DE ESPAÑA, S.A.U
Procedimiento Negociado sin Publicidad Expediente de contratación: 1400042
Madrid, marzo de 2014
Índice
1. Alcance del contrato
2. Descripción de los trabajos a ejecutar
3. Personal a adscribir a la ejecución del contrato
4. Lugar de ejecución del contrato. Medios materiales y técnicos a adscribir al contrato
5. Planificación y fases de ejecución de cada fase
6. Supervisión del contrato
1. Alcance del contrato.
El contrato comprende la ejecución de las siguientes prestaciones:
1.1. Diseño detallado del proceso de implementación de la metodología de análisis ex ante de las ofertas comerciales de Telefónica de España, S.A.U. y de determinadas obligaciones impuestas en el marco de los mercados 1 y 5 de la Recomendación de mercados (en adelante, la metodología) aprobada mediante Resolución de 30 xx xxxx de 2013, y prestación de soporte a la CNMC a lo largo de dicho proceso.
1.2. Revisión completa y validación de la información que previsiblemente se requerirá a TESAU en abril de 2014, relativa al trimestre comprendido entre enero y marzo de 2014. Desarrollo y ejecución, de acuerdo a dicha información, del test agregado de replicabilidad descrito en la metodología.
1.3. Revisión completa y validación de la información de la primera entrega de datos establecida en la metodología. Desarrollo y ejecución del test agregado de replicabilidad.
1.4. Elaboración de una guía de uso interno para la CNMC que detalle los procedimientos necesarios para la verificación semestral de la información remitida por TESAU en el marco de la metodología, y los procedimientos para conciliar los datos del requerimiento de información semestral con la contabilidad de costes del operador, una vez que la CNMC cuente con esta información.
2. Descripción de los trabajos a ejecutar
2.1. Actividades generales
2.1.1. Seguimiento de las actividades y procesos desarrollados en el marco de la metodología, y validación de los datos obtenidos de TESAU.
2.1.2. Atender a las reuniones de trabajo convocadas por la Subdirección de Análisis de Mercados de Comunicaciones Electrónicas.
2.1.3. Producir cuando sea preciso notas aclaratorias sobre las cuestiones que la Subdirección de Análisis de Mercados de Comunicaciones Electrónicas identifique como relevantes para que el operador pueda continuar avanzando en el proceso de modelización de los datos o con cualquier otro propósito relacionado con la metodología.
2.2. Fase I : Implementación
En esta fase, que comenzaría de manera inmediata a la adjudicación del contrato, se deberán solventar las cuestiones que puedan presentarse en relación a la implementación de la nueva metodología, especialmente las de naturaleza específica. Sin carácter de exhaustividad, deberán llevarse a cabo las siguientes actividades:
2.2.1. Segmentos relevantes
2.2.1.1. Identificación precisa de los servicios relevantes para el control semestral.
2.2.1.2. Identificación de los segmentos objeto de análisis e imputación de ingresos a cada uno de ellos.
2.2.2. Ingresos
2.2.2.1. Especificación de las fuentes de información para identificar los ingresos correspondientes a cada servicio y para su correcta imputación a cada segmento.
2.2.2.2. Establecimiento de criterios de conciliación de los datos obtenidos en el marco de la metodología con la información procedente de la contabilidad de costes.
2.2.3. Costes
2.2.3.1. Cálculo y determinación de costes incrementales a los que se refiere la metodología.
2.2.3.2. Establecimiento de criterios para la imputación de costes entre segmentos por tipo de coste, etc.
2.2.3.3. Determinación de los activos de la contabilidad de TESAU que corresponden a los servicios mayoristas del operador.
2.2.3.4. Eliminación de los costes mayoristas para evitar la doble contabilización.
2.2.3.5. Introducción en el modelo de los costes mayoristas para un operador alternativo de acuerdo a los precios regulados y el mix de la metodología.
2.2.4. Otros aspectos
2.2.4.1. Tratamiento específico de los servicios móviles en el caso de paquetes convergentes y ventas conjuntas (imputación de ingresos y costes, sistemas de conciliación)
2.2.4.2. Ajustes para la normalización de altas y bajas del período.
2.2.4.3. Adaptación del test de replicabilidad individual que actualmente se realiza por la CNMC a los principios y a la información obtenida.
2.3. Fase II: Revisión y validación de los datos del requerimiento preliminar de información.
Una vez definidos los criterios en la fase de implementación, la segunda fase consiste en aplicar estos criterios a la información que presumiblemente se solicitará a TESAU en el mes xx xxxxx de 2014 -y que sería relativa al primer trimestre de 2014- con el propósito de realizar una revisión y valoración preliminar que permita afrontar con mayor solvencia las valoraciones posteriores.
En concreto, se deberán realizar actividades tales como:
2.3.1. Proceder a la revisión completa de los ficheros entregados y validación de formatos.
2.3.2. Verificar la consistencia de los ficheros entregados entre sí y con la contabilidad regulatoria.
2.3.3. Verificar la correcta aplicación de la metodología.
2.3.4. Identificar cuestiones relevantes y proceder al análisis de las mismas en reuniones de trabajo.
2.3.5. Dar soporte a la CNMC en la interpretación y análisis de los resultados.
2.3.6. Definir y categorizar por importancia las actuaciones de mejora que precisan actuación.
2.3.7. Preparar un informe ejecutivo con las principales conclusiones y recomendaciones.
2.3.8. Dar seguimiento al informe con TESAU para la introducción de los ajustes y mejoras a fin de producir un segundo set de resultados corregidos.
2.3.9. Revisar la correcta introducción de las mejoras solicitadas.
2.3.10. Producir la versión final del informe que cierra la Fase II.
2.4. Fase III: Revisión y validación de la primera entrega oficial de datos Deberán realizarse las siguientes actividades:
2.4.1. Proceder a una revisión general de los ficheros entregados.
2.4.2. Verificar la consistencia de los ficheros entre sí y con los resultados de la Fase II.
2.4.3. Identificar cuestiones o desviaciones de particular relevancia y proceder al análisis de las mismas si fuera necesario en reuniones de trabajo ad- hoc.
2.4.4. Dar soporte a la CNMC en la interpretación y análisis de los resultados.
2.5. Fase IV: Elaboración y presentación de informes.
Como resultado de los trabajos enumerados anteriormente, la empresa adjudicataria deberá emitir los siguientes documentos:
i. Informe definitivo de verificación de resultados, en el que se detalle el proceso de verificación seguido, todas las incidencias relevantes acaecidas durante el mismo y las conclusiones del proceso.
ii. Guía de uso interno para la CNMC que detalle:
a. los procedimientos necesarios para la verificación semestral de la información remitida por TESAU en el marco de la metodología
b. los procedimientos para conciliar los datos del requerimiento de información semestral con la contabilidad de costes del operador, una vez que la CNMC cuente con esta información.
iii. La documentación será sometida a la consideración de la Subdirección de Análisis de Mercados de Comunicaciones Electrónicas de la Comisión Nacional de Mercados y la Competencia. Dicha empresa, si así se requiere por parte de esta Comisión, deberá llevar a cabo una presentación de las conclusiones más relevantes al Consejo de la citada Comisión.
Una vez aceptada, se entregarán dos copias encuadernadas finales de los documentos, así como copia de todos ellos en formato electrónico editable.
Tal como se señala en el Pliego de cláusulas administrativas particulares, el adjudicatario no podrá dar publicidad al contenido total o parcial del informe ni del resumen ejecutivo.
3. Personal a adscribir a la ejecución del contrato.
3.1. El adjudicatario es responsable de contar con el personal especializado necesario para desarrollar el trabajo encomendado con una calidad adecuada. Una vez adjudicado el contrato y con carácter previo al inicio de su ejecución,
el contratista deberá presentar una relación nominativa que detalle el personal que se vaya a dedicar al trabajo objeto del contrato.
3.2. La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia ejercerá el control y vigilancia que estime conveniente, en relación con el debido cumplimiento por el adjudicatario de todas sus obligaciones y la correcta prestación del trabajo.
3.3. El adjudicatario designará una persona de contacto, quien recibirá las órdenes e instrucciones pertinentes de la Comisión.
3.4. El adjudicatario ejercerá el control y supervisión del personal que preste la asistencia y consultoría, objeto de este contrato, en orden al debido desempeño de su cometido, sustituyéndole en caso de enfermedad, vacaciones, ausencias o cese, por otro personal igualmente cualificado y previa validación por parte de la Comisión.
3.5. Dicho personal dependerá exclusivamente del adjudicatario, quién será responsable de todos los derechos y obligaciones inherentes a su condición de patrono o empresario, con arreglo a la legislación laboral y social vigente en cada momento, sin que en ningún caso pueda el citado personal esgrimir derecho alguno en relación con la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, ni exigirle responsabilidad de ninguna clase como consecuencia de las relaciones existentes entre el adjudicatario y sus trabajadores, aún en el supuesto de que las medidas que adopte, incluso el despido, se basen en el incumplimiento, interpretación y otros efectos del contrato.
4. Lugar de ejecución del contrato. Medios materiales y técnicos a adscribir al contrato
Serán por cuenta y cargo del adjudicatario las instalaciones necesarias y los medios materiales y técnicos precisos para la realización del objeto del contrato, según las que correspondan en cada caso, debiendo reunir las adecuadas condiciones para una efectiva y rápida ejecución del trabajo.
5. Planificación y plazos de ejecución de cada fase.
El adjudicatario se obliga a comenzar los trabajos una vez firmado el contrato, en cuanto así se lo ordene la Comisión Nacional de Mercados y Competencia.
Los plazos de ejecución de cada una de las fases son los siguientes:
- Fase I (Implementación): Dos o tres semanas de trabajo (con TESAU y/o con la CNMC) desde la adjudicación del contrato.
- Fase II (Revisión y validación de los datos del requerimiento preliminar de información): mes y medio de trabajo desde la recepción de la información del requerimiento, y fecha de finalización en todo caso anterior al 31 de julio de 2014.
- Fase III (Revisión y validación de la primera entrega oficial de datos): un mes desde la recepción de la información del requerimiento semestral, prevista para el 31 de octubre de 2014.
- Fase IV (Entrega de documentación final): un mes desde la finalización de la Fase III.
El establecimiento de los plazos anteriores no obsta para que la solicitud de notas aclaratorias o la convocatoria de reuniones de trabajo puedan tener lugar en cualquier momento anterior a la finalización de todas las tareas.
Antes del inicio de la ejecución del contrato, el adjudicatario entregará una planificación del trabajo a realizar, con desglose de las tareas a cumplimentar y horas previstas de dedicación a cada una de las tareas que componen su objeto.
6. Supervisión del contrato.
La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia ejercerá la supervisión y control de la calidad en la ejecución del contrato, a través del responsable designado por el adjudicatario a tal efecto.
Dicha supervisión se realizará cuantas veces se estime oportuno para la debida comprobación de la celeridad y eficacia en la ejecución y la forma en que se cumple el trabajo, así como cualquier otra de las obligaciones consignadas en la documentación contractual.