ADMINISTRACIÓN LOCAL
Número 153 Martes, 11 xx Xxxxxx de 2015 Pág. 15553
ADMINISTRACIÓN LOCAL
DIPUTACIÓN PROVINCIAL XX XXXX
Área de Servicios Municipales
Aceptación de la delegación de las facultades de contratación y ejecución de las obras, "Nueva red de abastecimiento de agua potable para el municipio de Santiago xx Xxxxxxxxx".
Aceptación de la delegación de las facultades de contratación y ejecución de las obras "Impermeabilización del depósito de agua potable del municipio xx Xxxxxx".
AYUNTAMIENTO DE ALCALÁ LA REAL (JAÉN)
Área de Urbanismo y Patrimonio
Aprobación inicial de la modificación núm. 29 del PGOU y aprobar el documento de evalucación ambiental estratégica de modificación puntual núm. 29 PGOU (Expte. 15/43).
AYUNTAMIENTO XX XXXXX (JAÉN)
Aprobados los Padrones correspondientes a las Tasas por Comedor del Centro Ocupacional y Residencia de Adultas Casa Hogar, mes de julio de 2015.
AYUNTAMIENTO XX XXXXXX (JAÉN)
Secretaría General
Resolución de la Alcaldía concediendo delegación especial a Xx. Xxxxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxx para celebración de matrimonio civil.
AYUNTAMIENTO DE CANENA (JAÉN)Aprobación definitiva Expte. núm. 8/2015 de modificación de créditos por suplementos de crédito.
AYUNTAMIENTO DE CARBONEROS (JAÉN)
Aprobación inicial Expediente núm. 7/2015 de modificación de créditos del Presupuesto Municipal 2015.
AYUNTAMIENTO DE CASTILLO DE LOCUBÍN (JAÉN)
BOP-2015-6336
BOP-2015-6337
BOP-2015-6108
BOP-2015-6301
BOP-2015-6099
BOP-2015-6292
BOP-2015-6290
Delegación de atribuciones del Pleno en la Junta de Gobierno Local. BOP-2015-6128
Acuerdo sobre retribuciones de cargos electivos con dedicación parcial e indemnizaciones por asistencia a órganos colegiados.
Acuerdo en materia creación de puestos de personal eventual de confianza política.
Resolución por la que se delegan determinadas atribuciones del titular de la Alcaldía en la Junta de Gobierno Local.
BOP-2015-6129 BOP-2015-6130 BOP-2015-6131
Nombramiento de Tenientes de Alcaldía. BOP-2015-6132
Resolución sobre delegaciones en Tenientes de Alcaldía. BOP-2015-6133 Resolución por la que se designan los miembros de la Junta de Gobierno Local. BOP-2015-6134
Resolución por la que se crean las distintas Concejalías-Delegadas y se nombra a sus titulares.
AYUNTAMIENTO XX XXXXXXX (JAÉN)
BOP-2015-6135
Aprobación definitiva de modificación Planeamiento junto al colegio San Xxxxxx. BOP-2015-6120
AYUNTAMIENTO DE XXXXXXXXX XX XXXXXX (JAÉN)
Resolución sobre sustitución en funciones a la Alcaldía Presidencia por periodo vacacional 2015.
AYUNTAMIENTO DE HUELMA (JAÉN)
BOP-2015-6281
Aprobación definitiva de modificación del Presupuesto Municipal. BOP-2015-6275
AYUNTAMIENTO DE LA CAROLINA (JAÉN)
Convocatoria del concurso para el arrendamiento xx xxxxx industriales. BOP-2015-6279
AYUNTAMIENTO XX XXXXXX (JAÉN)
Aprobación inicial de modificación de créditos al Presupuesto en la modalidad de suplemento de crédito.
AYUNTAMIENTO DE NOALEJO (JAÉN)
Que el Ayuntamiento Pleno, en sesión extraordinaria celebrada el día 28 de julio de 2015, entre otros, adoptó acuerdo de aprobación inicial del expediente 1/2015 de Modificación Presupuestaria.
AYUNTAMIENTO DE ORCERA (JAÉN)
BOP-2015-6282
BOP-2015-6293
Nombramiento de Secretaria accidental. BOP-2015-6289
AYUNTAMIENTO XX XXXXX (JAÉN)
Secretaría
Adhesión al convenio de colaboración con la Consejería de Igualdad, Salud y Políticas Sociales de la nueva aplicación informática del Sistema de Información de Usuarios de Servicios Sociales.
AYUNTAMIENTO XX XXXXXXXXXX DEL ARZOBISPO (JAÉN)
Expuesto al público el Padrón de contribuyentes de las Tasas de basura y alcantarillado del primer semestre de 2015, y anuncio de cobranza.
Aprobada la lista cobratoria del Impuesto sobre actividades económicas del año 2015 - cuotas municipales y recargo provincial-, y anuncio de cobranza.
Expuesto al público el Padrón de contribuyentes de la Tasa xx Xxxxxxx del mes xx xxxxx de 2015, y anuncio de cobranza.
Expuesto el Padrón de contribuyentes y lista cobratoria del Impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza rústica del año 2015, y anuncio de cobranza.
BOP-2015-6303
BOP-2015-6306 BOP-2015-6307 BOP-2015-6308 BOP-2015-6309
JUNTA DE ANDALUCÍA
DELEGACIÓN TERRITORIAL DE AGRICULTURA, PESCA Y MEDIO AMBIENTE EN JAÉN
Resolución de la Delegación Territorial de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente en Jaén, por la que se abre el periodo de información pública para la obra de clave A5.323.1019/0411 "Anteproyecto y Pliego de Bases de la ampliación de la EDAR xx Xxxxxxx (Jaén)".
BOP-2015-5518
MINISTERIOS
MINISTERIO DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO AMBIENTE
Confederación Hidrográfica del Guadalquivir. Comisaría de Aguas. Sevilla.
Trámite de información pública de la solicitud de autorización especial de aguas públicas.
BOP-2015-5255
Trámite de información pública de solicitud de autorización especial de aguas públicas.
Trámite de información pública de de solicitud de autorización especial de aguas públicas.
Trámite de información pública de solicitud de autorización especial de aguas públicas.
BOP-2015-5277 BOP-2015-5278 BOP-2015-5279
ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL NÚM. 1 XX XXXX
Cédula de citación x Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxx. Procedimiento: Social Ordinario 81/2015.
BOP-2015-6141
DIPUTACIÓN PROVINCIAL XX XXXX
ÁREA DE SERVICIOS MUNICIPALES
6336 Aceptación de la delegación de las facultades de contratación y ejecución de las obras, "Nueva red de abastecimiento de agua potable para el municipio de Santiago xx Xxxxxxxxx".
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El Pleno de la Diputación Provincial xx Xxxx en sesión ordinaria núm. 11 celebrada el 00 xx xxxxx xx 0000 xxxxxx por unanimidad, aceptar la delegación de las facultades de contratación y ejecución de las obras, “Nueva red de abastecimiento de agua potable para el municipio de Santiago xx Xxxxxxxxx integrado en el Consorcio de Aguas del Víboras-Quiebrajano Jaén”, en el marco del “Convenio de Colaboración entre la Diputación Provincial xx Xxxx y el Ayuntamiento de Santiago xx Xxxxxxxxx para la construcción de una nueva red de abastecimiento de agua potable.”
Por la presente se somete a la información pública con lo establecido en el Art. 13.3 de la ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de la Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Lo que se hace público para general conocimiento.
Jaén, a 06 xx Xxxxxx de 2015.- La Presidenta Acctal. , XXXXX XXXXX XXXX.
DIPUTACIÓN PROVINCIAL XX XXXX
ÁREA DE SERVICIOS MUNICIPALES
6337 Aceptación de la delegación de las facultades de contratación y ejecución de las obras "Impermeabilización del depósito de agua potable del municipio xx Xxxxxx".
Anuncio
El Pleno de la Diputación Provincial xx Xxxx en sesión ordinaria núm. 11 celebrada el 00 xx xxxxx xx 0000 xxxxxx por unanimidad, aceptar la delegación de las facultades de contratación y ejecución de las obras “Impermeabilización del depósito de agua potable del municipio xx Xxxxxx integrado en el Consorcio de Aguas Víboras-Quiebrajano Jaén”, en el marco del “Convenio de Colaboración entre la Diputación Provincial xx Xxxx y el Ayuntamiento xx Xxxxxx para la impermeabilización del depósito de agua potable”.
Por la presente se somete a la información pública con lo establecido en el Art. 13.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de la Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Lo que se hace público para general conocimiento.
Jaén, a 06 xx Xxxxxx de 2015.- La Presidenta Acctal., XXXXX XXXXX XXXX.
AYUNTAMIENTO DE ALCALÁ LA REAL (JAÉN)
ÁREA DE URBANISMO Y PATRIMONIO
6108 Aprobación inicial de la modificación núm. 29 del PGOU y aprobar el documento de evalucación ambiental estratégica de modificación puntual núm. 29 PGOU (Expte. 15/43).
Edicto
El Alcalde del Excmo. Ayuntamiento de Alcalá la Real.
Hace saber:
Que el Ayuntamiento Pleno en sesión ordinaria celebrada el día 9 de julio de 2015, en relación con el asunto incluido en el orden del día denominado: 7. Aprobación inicial modificación puntual núm. 29 del PGOU en la aldea de Charilla. Expte U 15/043, adoptó el siguiente acuerdo:
Primero.- Aprobar inicialmente la modificación núm. 29 del Plan General de Ordenación Urbana, promovida por D. Xxxxx Xxxx Puerma Xxxxxxx por la que se modifica la delimitación del ámbito del suelo urbanizable en la aldea de Charilla.
Segundo.- Aprobar el documento de evaluación ambiental estratégica de la modificación puntual núm. 29 del PGOU.
Tercero.- Someter ambos documentos a información pública, por plazo de un mes, mediante anuncio que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincial y en uno de los diarios de los de mayor difusión de la misma y en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento.
El expediente puede consultarse en el Área de Contratación y Urbanismo de este Ayuntamiento en horario de oficinas.
Lo que se hace público por plazo de un mes de conformidad con lo dispuesto en el art. 32.1.2ª y 39.1 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía y en el art. 40 de la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental.
Xxxxxx la Real , a 27 de Julio de 2015.- El Alcalde-Presidente, XXXXXX X. XXXXXXXX XXXXXXX.
AYUNTAMIENTO XX XXXXX (JAÉN)
6301 Aprobados los Padrones correspondientes a las Tasas por Comedor del Centro Ocupacional y Residencia de Adultas Casa Hogar, mes de julio de 2015.
Edicto
Xxxxx Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxx, Alcaldesa-Presidenta del Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxx.
Hace saber:
Que por Decreto de la Alcaldía de este Ayuntamiento de fecha 06 xx xxxxxx de 2015 han sido aprobados los Padrones correspondientes a las Tasas por Comedor del Centro Ocupacional y Residencia de Adultas Casa Hogar, mes de julio de 2015.
Dichos padrones se encuentran expuestos al público en el Servicio Municipal de Gestión y Recaudación Tributaria del Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxx, sito en Pasaje Cardenal Xxxxxxxxx, nº 10, de lunes a viernes, en horario de 9 a 14 horas, por plazo de un mes, a partir del día siguiente a la fecha de inserción de este edicto en el Boletín Oficial de la Provincia, lo que se anuncia a efectos de notificación de las correspondientes liquidaciones tributarias, de acuerdo con lo previsto en el artículo 102.3 de la Ley General Tributaria.
Contra estos padrones, los interesados podrán interponer, ante la Alcaldesa-Presidenta de este Excmo. Ayuntamiento, recurso de reposición, previo al contencioso-administrativo, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de finalización del período de exposición pública xxx Xxxxxx, de acuerdo con lo dispuesto en el art. 14.2 del R.D.L. 2/2004, de 5 xx xxxxx, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, sin perjuicio de poder ejercitar cualquier otro que estimen procedente.
El plazo de ingreso en período voluntario, será de 2 meses a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia. Transcurrido el plazo de cobro en período voluntario, las deudas serán exigidas por el procedimiento de apremio, y, devengarán el recargo de apremio, interés de demora y, en su caso, las costas que se produzcan, lo que se indica a tenor de lo dispuesto en el artículo 24 del Reglamento General de Recaudación.
Los recibos se podrán abonar en cualquier cuenta restringida de recaudación abierta a nombre de este Ayuntamiento, en horario bancario, mediante dinero de curso legal, o por cualquier otra forma de pago aprobada por el Ministerio de Economía y Hacienda.
Los recibos cuyos titulares tengan realizada domiciliación bancaria se cargarán directamente en la cuenta corriente o de ahorro designada por cada contribuyente.
Lo que se hace público para general conocimiento.
Baeza, a 06 xx Xxxxxx de 2015.- La Alcaldesa-Presidenta, Xx XXXXXXX XXXXX XXXXXX.
AYUNTAMIENTO XX XXXXXX (JAÉN)
SECRETARÍA GENERAL
6099 Resolución de la Alcaldía concediendo delegación especial a Xx. Xxxxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxx para celebración de matrimonio civil.
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Xxx Xxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxx, Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxx (Jaén).
Hace saber:
Que en el día de la fecha ha tenido a bien dictar el siguiente:
“Decreto.- En uso de las facultades conferidas por el artículo 23.4 de la Ley 7/1985, de 2 xx xxxxx, Reguladora de las Bases del Régimen Local y artículo 51 del Código Civil, esta Alcaldía
Resuelve:
1º.- Conceder a la Concejal Xx. Xxxxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxx, la Delegación especial para la celebración de matrimonio civil, entre X. Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx y Xx. Xxxxxx Xxxxxxxxx Xxxx Xxxx, que tendrá lugar el día 26 de julio de 2015 a las 12,30 horas.
2º.- Dar traslado de la presente Resolución a la Concejal, dar cuenta al Pleno del Ayuntamiento en la primera sesión que celebre y procédase a su publicación en el B.O.P. a los efectos oportunos.
Lo manda y firma el Sr. Alcalde-Presidente Xxx Xxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxx en Xxxxxx, a veintitrés de julio de dos mil quince.”
Lo que se hace público para general conocimiento
Bailén, a 23 de Julio de 2015.- El Alcalde-Presidente, XXXX XXXXXXX XXXXXXX XXXXX.
AYUNTAMIENTO DE CANENA (JAÉN)
6292 Aprobación definitiva Expte. núm. 8/2015 de modificación de créditos por suplementos de crédito.
Edicto
Xxx Xxxx Xxxxxx Xxxxxxx Xxxx, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Canena, Jaén.
Hace saber:
Que no habiéndose presentado alegaciones y/o reclamaciones contra el acuerdo adoptado por el Pleno del Ayuntamiento en sesión extraordinaria celebrada con fecha 10 de julio de 2015, sobre aprobación inicial y provisional del expediente de modificación de créditos número 8/2015 del presupuesto municipal correspondiente al ejercicio 2015, en su modalidad de suplementos de crédito, para llevar a cabo la aplicación del superávit presupuestario, con cargo al remanente de tesorería para gastos generales resultantes de la liquidación del presupuesto municipal correspondiente al ejercicio 2014, a la ejecución de inversiones financieramente sostenibles, de conformidad con lo dispuesto en la Disposición adicional sexta, apartado c) de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 xx xxxxx, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera (Boletín Oficial de la Provincia número 136 del día 17 de julio de 2015). Dicho expediente, en aplicación de lo establecido en el artículo
169.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 xx xxxxx, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se considera definitivamente aprobado.
A continuación se inserta el resumen del citado expediente de modificación de créditos.
APLICACIONES DEL ESTADO DE GASTOS AFECTADAS POR LA MODIFICACIÓN DE CRÉDITOS | |||||
APLICACIÓN | DESCRIPCIÓN | MODALIDAD | CONSIGNACIÓN INICIAL | AUMENTO | CONSIGNACIÓN DESPUÉS DEL AUMENTO |
153.619 | S.P. Básicos. Vda. y Urbanismo. Vías Públicas. Inversiones Reales. Inversión de Reposición de Infraestructuras y Bienes destinados al Uso General. | Suplemento de Crédito. | 72.204,44 | 85.459,19 | 157.663,63 |
165.633 | S.P Básicos. Bienestar Comunitario. Alumbrado Público. Inversiones Reales. Inversión de Reposición asociada al funcionamiento operativo de los servicios. Maquinaria, Instalaciones y Utillaje. | Suplemento de Crédito | 40.000,00 | 3.633,63 | 43.633,63 |
171.619 | S.P. Básicos. Medio Ambiente. Parques y Jardines. Inversiones Reales. Inversión de Reposición de infraestructuras y Bienes destinados al Uso General. | Suplemento de Crédito | 20.000,00 | 32.538,73 | 52.538,73 |
TOTAL AUMENTOS DE CRÉDITOS | 121.631,55 |
FINANCIACIÓN | ||||
APLICACIÓN | DESCRIPCIÓN | CONSIGNACIÓN INICIAL | AUMENTO | CONSIGNACIÓN DESPUÉS DEL AUMENTO |
870 | RTGG-Liquidación 2014 | 0,00 | 121.631,55 | 121.631,55 |
TOTAL AUMENTOS DE INGRESOS | 121.631,55 |
Lo que se hace público para general conocimiento.
Canena, a 05 xx Xxxxxx de 2015.- El Alcalde-Presidente, XXXX XXXXXX XXXXXXX XXXX.
AYUNTAMIENTO DE CARBONEROS (JAÉN)
6290 Aprobación inicial Expediente núm. 7/2015 de modificación de créditos del Presupuesto Municipal 2015.
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El Pleno del Ayuntamiento de Carboneros, en sesión Extraordinaria-Urgente celebrada el día 6 xx xxxxxx de 2015, acordó la aprobación inicial del expediente de transferencia de créditos núm. 7/2015 entre aplicaciones de gastos de distinta área de gasto que no afectan a bajas y altas de créditos de personal.
Y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 169.1 por remisión del 179.4 del Real Decreto 2/2004, de 5 xx xxxxx, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se somete el expediente a información pública por el plazo de quince días a contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.
Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado alegaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho Acuerdo.
Carboneros, a 06 xx Xxxxxx de 2015.- El Alcalde-Presidente, XXXXXXX XXXXXXX XXX.
ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE CASTILLO DE LOCUBÍN (JAÉN)
6128 Delegación de atribuciones del Pleno en la Junta de Gobierno Local.
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El Sr. Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Castillo de Locubín.
Hace saber:
Que el Pleno de la Corporación, en sesión extraordinaria celebrada el día 14 de julio de 2015, adoptó el siguiente acuerdo por el que se delegan determinadas atribuciones del Pleno en la Junta de Gobierno Local:
“De conformidad con lo previsto en el artículo 22.4 de la Ley 7/1985, de 2 xx xxxxx Reguladora de las bases del Régimen Local, y el 55.1 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, y en aras a facilitar la celeridad de la gestión municipal en materias de mero trámite.
Primero.- Delegar en la Junta de Gobierno Local el ejercicio de las siguientes competencias plenarias que resultan delegables de conformidad con lo previsto en el artículo 22.4 de la Ley 7/1985, de 2 xx xxxxx, Reguladora de las bases del Régimen Local:
A.- El ejercicio de acciones judiciales y administrativas y la defensa de la Corporación en materias de competencia plenaria.
B.- La declaración de lesividad de los actos del Ayuntamiento al objeto de proceder a su impugnación ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo.
C.- La Aprobación de los proyectos de obras y servicios cuando sea competente para su contratación o concesión, y cuando aún no estén previstos en los presupuestos.
D.- La solicitud de subvenciones a otras Asociaciones o Entidades del Sector Público cuando la normativa u orden reguladora de las mismas atribuya la competencia al Pleno de la Corporación.
E.- La declaración de obras de utilidad pública o interés social al objeto de aplicar bonificaciones en el ICIO por importe de hasta el 95%.”
Castillo de Locubín, a 27 de Julio de 2015.- El Alcalde-Presidente, XXXXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXXX.
AYUNTAMIENTO DE CASTILLO DE LOCUBÍN (JAÉN)
6129 Acuerdo sobre retribuciones de cargos electivos con dedicación parcial e indemnizaciones por asistencia a órganos colegiados.
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El Sr. Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Castillo de Locubín.
Hace saber:
Que el Pleno de la Corporación, en sesión extraordinaria celebrada el día 14 de julio de 2015, adoptó el siguiente acuerdo en materia de retribuciones de cargos electivos con dedicación parcial e indemnizaciones por asistencia a órganos colegiados.
Primero.- Determinar que se desempeñen en régimen de dedicación parcial al 95%, con las retribuciones que a continuación se determinan, los siguientes cargos de esta Excma. Corporación:
A) El cargo xx Xxxxxxx-Presidente de la Corporación, correspondiéndole el 95% de las retribuciones previstas en la plantilla y la relación de puestos de trabajo para los puestos del grupo A, nivel de destino 26 y el específico del puesto de secretaría, lo que importa una cuantía bruta anual de 36.396.46 euros pagaderos en 14 mensualidades.
B) El Cargo de Concejal-Delegado de Obras y Servicios correspondiéndole el 75% de las retribuciones previstas en la plantilla y la relación de puestos de trabajo para los puestos del grupo A2, nivel de complemento de destino 24, lo que importa una cuantía bruta anual de 23.275,68 euros pagaderos en 14 mensualidades.
El régimen de dedicación implica la necesidad de atender las funciones y necesidades de la Corporación en este Excmo. Ayuntamiento durante el 75% de la jornada prevista convencionalmente para los empleados públicos municipales.
Segundo.- Determinar que se desempeñen en régimen de dedicación parcial al 50%, con las retribuciones que a continuación se determinan, los siguientes cargos de esta Excma. Corporación:
A) El cargo de Primera Teniente de Alcaldía y Concejala-Delegada de las áreas de Educación, Servicios Sociales, Mayores e Igualdad correspondiéndole el 50% de las retribuciones previstas en la plantilla y relación de puestos de trabajo para una plaza/puesto del grupo A2, nivel de complemento de destino 24, lo que importa una cantidad bruta anual de 15.517,12 euros brutos anuales pagaderos en 14 mensualidades.
B) El cargo de Segunda Teniente de Alcaldía y Concejala-Delegada de las áreas Cultura, Festejos, Turismo y Juventud, correspondiéndole el 50% de las retribuciones previstas en la plantilla y relación de puestos de trabajo para una plaza/puesto del grupo A2 lo que importa una cantidad bruta anual de 15.517,12 euros brutos anuales pagaderos en 14 mensualidades.
El régimen de dedicación implica la necesidad de atender en este Excmo. Ayuntamiento las funciones y necesidades de la Corporación durante el 50% de la jornada prevista convencionalmente para los empleados públicos municipales.
Tercero.- Por asistencia a plenos y Junta de Gobierno Local, se percibirá la cantidad de 200 euros. No se devengará indemnización por asistencia a cualquier otro órgano colegiado.
El presente acuerdo deberá reflejarse en el presupuesto de la Corporación incorporando un nuevo apartado segundo en el artículo 46 de las bases de ejecución relativo a “indemnizaciones por asistencia a órganos colegiados”.
Cuarto.- Asimismo se hace constar expresamente que las asignaciones a los grupos políticos municipales se mantienen en los términos establecidos en el artículo 47.3 de las Bases de Ejecución del Presupuesto Municipal, por lo que a cada grupo municipal se le asigna la cantidad fija de 500,00 euros/anuales y por cada Concejal la cantidad de 840 por año.
Asimismo se ha ce constar que los grupos políticos deberán llevar una contabilidad específica de la dotación a que se refiere el párrafo anterior, que pondrán a disposición del Pleno de la Corporación siempre que éste lo pida, sin que puedan destinarse al pago de remuneraciones de personal de cualquier tipo al servicio de la Corporación (incluidos los propios miembros de la Corporación) o a la adquisición de bienes que puedan constituir activos fijos de carácter patrimonial.
Además se recuerda que la Ley Orgánica 3/2015, de 30 xx xxxxx, de control de la actividad económico financiera de los Partidos Políticos (B.O.E. 31/03/2015) impone obligaciones de contabilidad y control sobre este tipo de subvenciones y aportaciones a Grupos Políticos, entre ellas el cumplimiento de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social para poder percibir estos fondos, el hacer públicas sus cuentas, el hacer público por parte de las Administraciones Públicas que las concedan el detalle de las subvenciones abonadas, obligaciones de llevanza de contabilidad y formulación de cuentas anuales en el partido político, incluso la consolidación de cuentas de nivel local si existen las asambleas locales, y un régimen de contratación inspirado en los principios de publicidad, concurrencia, transparencia, confidencialidad, igual y no discriminación.
Quinto.- Lo establecido en el presente acuerdo modifica el artículo 46 de las bases de ejecución del presupuesto que queda redactado en los términos señalados, con efectos retroactivos a fecha de 14 xx xxxxx de 2015.
Castillo de Locubín, a 27 de Julio de 2015.- El Alcalde-Presidente, XXXXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXXX.
AYUNTAMIENTO DE CASTILLO DE LOCUBÍN (JAÉN)
6130 Acuerdo en materia creación de puestos de personal eventual de confianza política.
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El Sr. Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Castillo de Locubín.
Hace saber:
Que el Pleno de la Corporación, en sesión extraordinaria celebrada el día 14 de julio de 2015, adoptó el siguiente acuerdo en materia creación de puestos de personal eventual de confianza política:
Visto lo dispuesto en el artículo 12 de la Ley 7/2012, de 7 xx xxxxx, por la que se aprueba el Estatuto Básico del Empleado Público establece lo siguiente:
“1º. Es personal eventual el que, en virtud de nombramiento y con carácter no permanente, sólo realiza funciones expresamente calificadas como de confianza o asesoramiento especial, siendo retribuido con cargo a los créditos presupuestarios consignados para este fin.
2º. Las leyes de Función Pública que se dicten en desarrollo de este Estatuto determinarán los órganos de gobierno de las Administraciones Públicas que podrán disponer de este tipo de personal. El número máximo se establecerá por los respectivos órganos de gobierno. Este número y las condiciones retributivas serán públicas.
3º. El nombramiento y cese serán libres. El cese tendrá lugar, en todo caso, cuando se produzca el de la autoridad a la que se preste la función de confianza o asesoramiento.
4º. La condición de personal eventual no podrá constituir mérito para el acceso a la Función Pública o para la promoción interna.
5º. Al personal eventual le será aplicable, en lo que sea adecuado a la naturaleza de su condición, el régimen general de los funcionarios xx xxxxxxx.”
Primero.- Crear en la plantilla de personal y la relación de puestos de trabajo del Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxxxx de Locubín el puesto de personal eventual de confianza política denominado “Auxiliar de Asistencia a Alcaldía” con una jornada del 100% de la correspondiente al personal laboral fijo y unas retribuciones brutas mensuales por importe de 1.500 euros pagaderas en 12 mensualidades. (El abono de las pagas extraordinarias
queda prorrateado mensualmente).
El/la titular de este puesto ejercerá las siguientes tareas: Asistencia general a la Alcaldía y gestión de la agenda, Gestión telefónica y de citas, Gestión de la información a la ciudadanía a través de la página web municipal y otros medios de difusión social, Publicidad institucional y relaciones con los medios de comunicación, sí como cualesquiera otras que se consideren necesarias para el adecuado funcionamiento de los órganos políticos municipales y que no impliquen la participación en procedimientos administrativos.
Segundo.- El cese de la persona que designe la Alcaldía será libre y tendrá en todo caso lugar cuando se produzca el del propio Sr. Alcalde-Presidente de la Corporación y realizará exclusivamente las tareas expresamente calificadas de confianza política a que se alude en la parte expositiva del presente acuerdo.
Castillo de Locubín, a 27 de Julio de 2015.- El Alcalde-Presidente, XXXXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXXX.
AYUNTAMIENTO DE CASTILLO DE LOCUBÍN (JAÉN)
6131 Resolución por la que se delegan determinadas atribuciones del titular de la Alcaldía en la Junta de Gobierno Local.
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El Sr. Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxxxx de Locubín.
Hace saber:
Que por Decreto de Alcaldía se ha adoptado la siguiente resolución por la que se delegan determinadas atribuciones del titular de la Alcaldía en la Junta de Gobierno Local:
Tras la celebración de las elecciones municipales el día 24 xx xxxx de 2015 y habiéndose procedido el día 13 xx xxxxx de 2015 a la constitución de la nueva Corporación Local procede dictar los correspondientes de Decretos a través de los cuales se articule la organización municipal bajo los principios constitucionales de eficiencia y eficacia en el funcionamiento administrativo.
Visto lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley 7/85, de 2 xx xxxxx, Reguladora de las Bases del Régimen Local en cuya virtud la existencia de Junta de Gobierno Local es potestativa en aquellos municipios de menos de 5.000 habitantes.
Considerando que con la constitución de la misma se logra una mayor participación y asesoramiento político al Alcalde por el resto de Concejales del equipo de Gobierno, sin perjuicio de las delegaciones que en su caso se determinen por el titular de la Alcaldía y el propio Pleno de la Corporación.
Visto el conjunto de atribuciones de Alcaldía, así como aquellas que resultan delegables de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21.3 del citado texto legal.
Considerando que por Decreto de Alcaldía han sido designados los distintos miembros de la Junta de Gobierno Local.
En uso de las facultades que me están conferidas por el art 20.1 b) y 23 de las Ley 7/85 Reguladora de las Bases del Régimen Local, y los artículos 35.2 y 52 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, 43 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/86 de 28 de noviembre,
He resuelto:
Primero: Delegar en la Junta de Gobierno Local el ejercicio de las siguientes atribuciones correspondientes al titular de la Alcaldía:
1.-La concesión de las licencias de obra mayor.
2.-La concesión de licencias de obras privadas en la vía pública, excepto acometidas, así como la obtención de licencias de Uso Común Especial y Privativo sobre el Dominio Público.
3.-La concesión la correspondiente Calificación Ambiental de Actividades clasificadas y/o las correspondientes licencias de Actividades clasificadas o actos de conformidad con la actividad de control a posteriori.
4.-Aprobación de los siguientes Instrumentos de Planeamiento de Desarrollo del Planeamiento General:
- Aprobación Inicial de Planes Parciales de Ordenación, Planes Especiales y Estudios de Detalle.
- Aprobación Inicial de los Catálogos, cuando formen parte de los instrumentos de desarrollo indicados.
- Aprobación Inicial y Definitiva de los Proyectos de Urbanización.
5.-Aprobación de los siguientes instrumentos de Gestión Urbanística:
- Aprobación inicial y definitiva de los Estatutos y Bases de Actuación de las Entidades Urbanísticas Colaboradoras.
- Aprobación inicial y definitiva de Proyectos de Reparcelación.
- Aprobación inicial y definitiva de Delimitación de Unidades de Ejecución, cuando no se contengan en el instrumento de planeamiento urbanístico.
6.-La aprobación de cualquier otro Instrumento de Ordenación o de Gestión Urbanística en desarrollo del Planeamiento general, previstos en la legislación vigente y que no esté expresamente atribuido al Pleno municipal.
7.-Resolución de instancias en relación con tributos municipales y precios públicos, así como cualquier otra que no recaiga sobre competencia del Pleno de la Corporación.
8.- Aprobación de los expedientes de reconocimiento de obligaciones (aprobación de relaciones de facturas por obras, servicios o suministros).
9.- La aprobación de los proyectos de obras y servicios cuando sea competente para su contratación o concesión y estén previstos en el presupuesto.
12.-Reconocimiento de servicios al personal, así como la asignación de gratificaciones extraordinarias o complementos de productividad en el marco de lo establecido, con
carácter general, por el pleno de la Corporación.
13.- Actuará como órgano de contratación respecto de todos los contratos cuya cuantía sea superior a la legalmente prevista en el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, para los contratos menores, (18.000 euros, obras y 12.000 euros, suministros y servicios, IVA excluido del cómputo) y siempre y cuando no se trate de contratos cuya competencia corresponda al pleno de la Corporación por razón del plazo o la cuantía. (4 años o 10% de los recursos ordinarios del presupuesto).
Segundo.- El presente régimen de delegaciones tendrá efectos a partir de la celebración de la sesión de constitución de la Junta de Gobierno Local.
Tercero. Publíquese esta Resolución en el Tablón de Edictos de este Ayuntamiento, y Boletín Oficial de la Provincia, de acuerdo con lo prevenido al respecto en el Art. 46 del antes mencionado texto legal.
Cuarto. Notifíquese la presente a los distintos miembros de la Junta de Gobierno Local a los efectos procedentes.
Castillo de Locubín, a 27 de Julio de 2015.- El Alcalde-Presidente, XXXXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXXX.
AYUNTAMIENTO XX XXXXXXXX DE LOCUBÍN (JAÉN)
6132 Nombramiento de Tenientes de Alcaldía.
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El Sr. Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Castillo de Locubín
Hace saber:
Que por Decreto de Alcaldía de 16 xx xxxxx de 2015 se ha adoptado la siguiente resolución por la que se nombra a las Tenientes de Alcaldía de este municipio:
X00592272E y 77344563W-XXXXX XXXXXX, XXXX XXXXX Y XXXXXX XXXXXXX, XXXX XXXXX /
Nombramiento Tenientes de Alcaldía.
Visto lo dispuesto en el artículo 46 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2.568/1.986, de 28 de Noviembre, en el que se indica que los Tenientes de Alcaldía serán libremente nombrados y cesados por el Alcalde de entre los miembros de la Junta de Gobierno Local y, donde esta no exista, de entre los Concejales y se añade que su número no podrá exceder del número de miembros de la Junta de Gobierno Local o de un tercio del número legal de miembros de la Corporación.
Considerando la necesidad de formular nombramiento de Tenencias de Alcaldía al objeto de garantizar la continuidad y el adecuado funcionamiento de esta Excma. Corporación Municipal, así como garantizar la prestación de los distintos servicios públicos municipales, ya que a los Tenientes xx Xxxxxxx les corresponde sustituir en la totalidad de sus funciones y, por el orden de su nombramiento, al Alcalde, en los casos de ausencia, enfermedad o impedimento que imposibilite a éste para el ejercicio de sus atribuciones, así como desempeñar las funciones xxx Xxxxxxx en los supuestos xx xxxxxxx en la Alcaldía hasta que tome posesión el nuevo Alcalde.
Por medio del presente, y en uso de las atribuciones que me están conferidas por el Art. 46, en relación con el 47.1) del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2.568/1.986, de 28 de Noviembre,
He resuelto:
Primero. Designar a las siguientes Concejalas, Tenientes de Alcaldía, en los términos que se indican:
.- A Xx Xxxxx Xxxxxx Xxxx Xxxxx, Primera Teniente de Alcaldía.
.- A Xx Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxx Xxxxx, Segunda Teniente de Alcaldía.
Segundo. Determinar, de conformidad con la normativa de aplicación, que a las citadas Tenientes de Alcaldía les corresponde sustituir en la totalidad de sus funciones y, por el orden de su nombramiento, al Alcalde, en los casos de ausencia, enfermedad o impedimento que imposibilite a éste para el ejercicio de sus atribuciones, así como desempeñar las funciones xxx Xxxxxxx en los supuestos xx xxxxxxx en la Alcaldía hasta que tome posesión el nuevo Alcalde.
Tercero. Publíquese esta Resolución en el Tablón de Edictos de este Ayuntamiento, y Boletín Oficial de la Provincia, de acuerdo con lo prevenido al respecto en el Art. 46 del antes mencionado texto legal.
Cuarto. Notifíquese la presente a las dos Tenientes de Alcaldía.
Quinto. Dar cuenta de la presente a la Corporación Municipal en Pleno.
Castillo de Locubín, a 27 de Julio de 2015.- El Alcalde-Presidente, XXXXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXXX.
AYUNTAMIENTO DE CASTILLO DE LOCUBÍN (JAÉN)
6133 Resolución sobre delegaciones en Tenientes de Alcaldía.
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El Sr. Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxxxx de Locubín.
Hace saber:
Que por Decreto de Alcaldía se ha adoptado la siguiente resolución:
25975852-XXXXXXX XXXXXXX, XXXXX XXXXX / Delegación de funciones xx Xxxxxxx
Teniendo previsto ausentarme de la localidad, con motivo del disfrute del período vacacional durante el período comprendido entre los días 27 al 31 del presente mes xx xxxx de 2015, ambos inclusive, y con objeto de que la Alcaldía no quede vacante por mi ausencia, por medio del presente, y en uso de las atribuciones que me están conferidas por el Art. 44, en relación con el 47.1) del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2.568/1.986, de 28 de Noviembre,
He resuelto:
Primero. Delegar la totalidad de mis funciones como Alcalde, durante el período comprendido entre los días 27 al 31 del presente mes xx xxxx de 2015, ambos inclusive, en la Primera Xxxxxxxx xx Xxxxxxx de este Ayuntamiento Doña Xxxxx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx, con documento nacional de identidad número 00.000.000-C.
Segundo. Publíquese esta Resolución en el Tablón de Edictos de este Ayuntamiento, y Boletín Oficial de la Provincia, de acuerdo con lo prevenido al respecto en el Art. 44.2) del antes mencionado texto legal.
Tercero. Notifíquese la presente a la Primer Xxxxxxxx xx Xxxxxxx Doña Xxxxx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx.
Cuarto. Dar cuenta de la presente a la Corporación Municipal en Pleno.
Castillo de Locubín, a 27 de Julio de 2015.- El Alcalde-Presidente, XXXXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXXX.
AYUNTAMIENTO XX XXXXXXXX DE LOCUBÍN (JAÉN)
6134 Resolución por la que se designan los miembros de la Junta de Gobierno Local.
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El Sr. Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxxxx de Locubín.
Hace saber:
Que por Decreto de Alcaldía se ha adoptado la siguiente resolución por la que se designan los miembros de la Junta de Gobierno Local:
Tras la celebración de las elecciones municipales el día 24 xx xxxx de 2015 y habiéndose procedido el día 13 xx xxxxx de 2015 a la constitución de la nueva Corporación Local procede dictar los correspondientes de Decretos a través de los cuales se articule la organización municipal bajo los principios constitucionales de eficiencia y eficacia en el funcionamiento administrativo.
Visto lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley 7/85, de 2 xx xxxxx, Reguladora de las Bases del Régimen Local en cuya virtud la existencia de Junta de Gobierno Local es potestativa en aquellos municipios de menos de 5.000 habitantes.
Considerando que con la constitución de la misma se logra una mayor participación y asesoramiento político al Alcalde por el resto de Concejales del equipo de Gobierno, sin perjuicio de las delegaciones que en su caso se determinen por el titular de la Alcaldía y el propio Pleno de la Corporación.
En uso de las facultades que me están conferidas por el art 20.1 b) y 23 de las Ley 7/85 Reguladora de las Bases del Régimen Local, y los artículos 35.2 y 52 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, 43 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/86 de 28 de noviembre,
He resuelto:
Primero: Designar a los miembros de la Junta de Gobierno Local de este Ayuntamiento con eficacia desde la fecha de celebración de la primera sesión constitutiva que quedará integrada bajo la Presidencia de esta Alcaldía por los siguientes miembros:
XXXX XXXXX XXXXX XXXXXX Primera Teniente de Alcaldía.
XXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXXXX Concejal-Delegado de Deportes y Nuevas Tecnologías. XXXX XXXXXXXXX XXXXXXX XXXXXXX Concejal-Delegado de M. Ambiente y Agricultura.
Segundo.- La periodicidad de las sesiones a celebrar con carácter ordinario será cada quince días. Si dicha fecha coincidiese con día festivo se trasladará al día siguiente hábil inmediato. Se efectuará una primera convocatoria y una segunda una hora más tarde que se celebrará en los casos de falta de quórum. El plazo de quince días empezará a computar desde la fecha de celebración de la sesión constitutiva que será convocada por el Alcalde-Presidente de la Corporación.
Castillo de Locubín, a 27 de Julio de 2015.- El Alcalde-Presidente, XXXXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXXX.
AYUNTAMIENTO DE CASTILLO DE LOCUBÍN (JAÉN)
6135 Resolución por la que se crean las distintas Concejalías-Delegadas y se nombra a sus titulares.
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El Sr. Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxxxx de Locubín.
Hace saber:
Que por Decreto de Alcaldía se ha adoptado la siguiente resolución por la que se crean las distintas Concejalías-Delegadas y se nombra a sus titulares para el ejercicio de las correspondientes facultades delegadas:
“Tras la celebración de las elecciones municipales el día 24 xx xxxx de 2015 y habiéndose procedido el día 13 xx xxxxx de 2015 a la constitución de la nueva Corporación Local procede dictar los correspondientes de Decretos a través de los cuales se articule la organización municipal bajo los principios constitucionales de eficiencia y eficacia en el funcionamiento administrativo.
Resultando que el volumen de actividades de diversa naturaleza en este Ayuntamiento hacen aconsejable y conveniente, para su adecuado seguimiento y mayor garantía del interés público municipal que la Corporación tiene encomendado, que esta Alcaldía delegue funciones y atribuciones diversas por áreas en distintos miembros de la Corporación y con el objeto de dotar de una mayor celeridad y eficacia a la actuación municipal., esta Alcaldía, en uso de las facultades que le confieren los artículos 21.3 y 23.4 de la Ley 7/1985, de 2 xx xxxxx, Reguladora de las Bases del Régimen Local,; artículo 43,44 , 114 a 118 y 121 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, que aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, considera necesario proceder al establecimiento de un régimen de delegaciones de competencias de carácter general, a favor de diferentes Concejales. Considerando que de conformidad con la legislación a la que se ha hecho referencia anteriormente, esta Alcaldía puede delegar el ejercicio de sus atribuciones siempre y cuando no se encuentren dentro de los supuestos que no pueden ser objeto de delegación.
Por todo ello, esta Alcaldía, en uso de las atribuciones que legalmente tengo conferidas,
He resuelto:
Primero.-Efectuar a favor de los Concejales de esta Corporación que a continuación se relacionan, una delegación general de atribuciones de gestión y resolución de los asuntos
de sus respectivas Áreas o Materias de actuación, de acuerdo con la definición funcional efectuada para cada Área o Materia y respecto de los campos de actuación que, a título enunciativo, se recogen a continuación en relación con cada una de ellas:
1.-DELEGACIÓN GENÉRICA DE LAS ÁREAS DE CULTURA, FESTEJOS, TURISMO, JUVENTUD.
- A Xxxx XXXX XXXXX XXXXXX XXXXXXX.
2.-DELEGACIÓN GENÉRICA DE LAS ÁREAS DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS
- A Xxx XXXXXXX XXXXX XXXXXX.
Asimismo se nombra a D. Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxx, Alcalde Pedáneo de las Ventas xxx Xxxxxxxx al objeto de ejercer las funciones de representante personal de esta Alcaldía.
3.-DELEGACIÓN GENÉRICA DE LAS ÁREAS DE HACIENDA, EDUCACIÓN, SERVICIOS SOCIALES, MAYORES E IGUALDAD.
- A Xxxx XXXX XXXXX XXXXX XXXXXX.
4.-DELEGACIÓN GENÉRICA DE LAS ÁREAS DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA, PERSONAL, CAMINOS Y SEGURIDAD CIUDADANA.
- A Xxx XXXX XXXXXXXXX XXXXXXX XXXXXXX.
5.-DELEGACIÓN GENÉRICA DEL ÁREA DE DEPORTES Y NUEVAS TECNOLOGÍAS.
- A Xxx XXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXXXX.
Segundo.- Asimismo se hace constar que las áreas de Urbanismo, Empleo, Emprendimiento y Desarrollo Económico Local serán gestionadas directamente por el Sr. Alcalde-Presidente.
Tercero.-La delegación general de competencias a favor de los citados Concejales a la que anteriormente se ha hecho referencia, comportará, tanto la facultades de iniciativas, informes, propuestas, inspección, dirección y gestión del Área o Materia /as correspondiente/s, incluida la firma de meros actos de trámite. Por tanto no incluye la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros.
No obstante en materia de gestión económica en virtud del presente se delega en los citados concejales las atribuciones de autorización y disposición de gastos dentro de los límites de la competencia de la Alcaldía en materia de gestión económica y presupuestaria, siempre en el marco de sus respectivas áreas de actividad.
Cuarto.-Delegar de forma indistinta en todos los Concejales de este Ayuntamiento, las competencias que a esta Alcaldía le otorga el artículo 51.1 del Código Civil, en la nueva redacción dada al mismo por la Ley 35/1994, de 23 de diciembre, para autorizar los matrimonios civiles que se celebren en este término municipal. Esta delegación faculta a todos los Concejales para autorizar matrimonios civiles, sin que en una misma ceremonia pueda intervenir más de uno de ellos.
Quinto.-Las atribuciones delegadas se deberán ejercer en los términos y dentro de los límites de ésta delegación, no siendo susceptibles de ser delegadas por sus titulares en otro órgano o concejal.
Sexto.-De conformidad con lo dispuesto por el artículo 44 del Reglamente de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, estas delegaciones tendrán efecto desde el día siguiente a la fecha de notificación de este Decreto a los Concejales afectados, y serán de carácter indefinido, sin perjuicio de la potestad de avocación del ejercicio de la competencia por esta Alcaldía.
Séptimo.-Notificar esta resolución a los Concejales afectados, interesados a los efectos determinados en los artículos 44 y 114 del reglamento mencionado, entendiéndose aceptada la competencia delegada de forma tácita, si dentro del plazo de las 24 horas siguientes no se manifiesta nada en contra o se hace uso de la delegación.”
Octavo.-La presente resolución revoca cualquier otra dictada anteriormente con el mismo objeto.
Castillo de Locubín, a 27 de Julio de 2015.- El Alcalde-Presidente, XXXXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXXX.
ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO XX XXXXXXX (JAÉN)
6120 Aprobación definitiva de modificación Planeamiento junto al colegio San Xxxxxx.
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Xxx Xxxxxxx Xxxx Xxxxxxxxx Xxxxx, Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxxx (Jaén).
Hace saber:
Que el Ayuntamiento Pleno por mayoría absoluta de sus miembros presentes, en sesión extraordinaria celebrada el día 26 xx xxxxx de 2014, se ha acordado aprobar definitivamente la modificación del Plan General de Ordenación Urbana xx Xxxxxxx 1/2013 “Ampliación del acceso público al colegio SNA Xxxxxx en X/ Xxxxxxx Xxxxxxxxx xx Xxxxxxx”, redactada por la Unidad Técnica de Asistencia a los Municipios de la Excma. Diputación Provincial xx Xxxx.
Así mismo el expediente ha sido inscrito y depositado en el registro autonómico de instrumentos urbanísticos con el núm. de registro 6221, libro de registro xx Xxxxxxx, Sección instrumentos de Planeamiento y en el registro municipal xx Xxxxxxx, sección instrumentos de planeamiento núm. registro 33/2014, por lo que se procede a publicar el acuerdo de aprobación y el instrumentos de planeamiento aprobado, todo ello de conformidad con el Art. 40 de la Ley 7/2002 de ordenación urbanística de Andalucía y 21.1 del D 2/2004, de 7 de enero:
“APROBACIÓN DEFINITIVA DE LA INNOVACIÓN PUNTUAL DEL PLANEAMIENTO GENERAL 1/2013, RECALIFICACIÓN DE SUELO DOTACIONAL “COLEGIO PÚBLICO SAN XXXXXX”. (RECTIFICACIÓN ERRORES).
Visto el expediente de Innovación Puntual del Planeamiento General xx Xxxxxxx, redactado por el Área técnica de Infraestructuras y equipamientos municipales de la Excma. Diputación Provincial xx Xxxx, cuyo objeto es ampliar el acceso público al Colegio Público San Xxxxxx sito en C/ Maestro Xxxxxxxxx Xxxxx, mediante la calificación de dotacional de una parcela de aproximadamente 20,86 m² que pasarán a integrarse en el suelo dotacional público de sistemas generales afecto educación y que sirve de acceso al colegio.
Visto que por acuerdo plenario de fecha 27 xx xxxxx de 2013, se aprobó inicialmente la Modificación Puntual del Planeamiento General xx Xxxxxxx, 1/2013.
Considerando que por acuerdo plenario de fecha 26 de diciembre de 2013 fue aprobada provisionalmente dicha Innovación puntual, incluyendo una rectificación de errores en planimetría
Resultando que dicho error en la planimetría, referido al límite del dotacional publico con el colegio San Xxxxxx, determina también la modificación en la memoria de dicha innovación.
Visto el documento de modificación rectificado y remitido por la Excma. Diputación Provincial con fecha 14 xx xxxxx de 2014.
Visto el informe emitido por la Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente, por el que se informa favorablemente dicha Modificación Puntual, debiendo el Ayuntamiento realizar la Corrección de las contradicciones entre los diferentes planos del documento técnico, al no concordar el perímetro y la ubicación del Sistema General Escolar, en el que se sitúa el colegio, en el plano núm. 3 y los núm. 5 del documento técnico presentado.
Visto el informe emitido por el Arquitecto municipal en el que se señala que dicho documento aclara las contradicciones.
Resultando que dicha modificación según el informe emitido por la Consejería ha sido tramitada adecuadamente, considerándola como no estructural y solicitado por tanto su aprobación definitiva
Resultando que las modificaciones introducidas en el documento urbanístico son de tal índole que no exigen nuevo periodo de información pública, conforme al Art. 32.3º de la LOUA al tratarse de un rectificación de un error gráfico y su aclaración en la memoria.
Considerando que de conformidad con lo establecido en el art. 105 de la ley 30/92 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Publicas y del procedimiento administrativo común “Las Administraciones públicas podrán, asimismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos“.
Vistos los artículos 10 apartado 1º, artículos 31 al 35 y artículo 41 de la Ley 7/2002, de 17 de Diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, y el Decreto 292/1995, por el que se aprueba el Reglamento de Impacto Ambiental, se propone al Pleno de la Corporación la adopción del siguiente
Acuerdo:
Primero: Aprobar definitivamente la modificación puntual del Planeamiento General xx Xxxxxxx, 1/2013, en la redacción dada al documento por el Área Técnica de Infraestructuras y Equipamientos Municipales de la Excma. Diputación Provincial xx Xxxx, con registro de entrada en este Ayuntamiento 14 xx xxxxx de 2014, documento rectificado cuyo objeto es ampliar el acceso público al Colegio Público San Xxxxxx sito en C/ Maestro Xxxxxxxxx Xxxxx, mediante la calificación de dotacional de una parcela de aproximadamente 20,86 m² que pasarán a integrarse en el suelo dotacional público de sistemas generales afecto educación y que sirve de acceso al colegio.
Segundo.- Remítase copia debidamente diligenciada con la aprobación definitiva a la Consejería de Obras Públicas y Transportes, para su inscripción en el registro correspondiente.
Tercero.- Que se publique el presente acuerdo así como el documento de modificación en el Boletín Oficial de la Provincia, previo depósito en el registro de instrumentos de planeamiento del Ayuntamiento.
No obstante la Corporación acordará lo que estime pertinente.” A continuación se inserta el texto integro de la modificación:
II. MEMORIA DESCRIPTIVA Y JUSTIFICATIVA.
El cambio propuesto se realiza para modificar la delimitación de la parcela dotacional pública correspondiente al centro escolar San Xxxxxx. Ésta presenta en su extremo norte, en su linde con la antigua U.4 (hoy linde con la finca de D. Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx), una forma curva que resulta problemática ya que dificulta la conexión del colegio con la calle Maestro Xxxxxxxxx Xxxxx. El cambio propuesto implica la rectificación del límite entre ambas parcelas de manera que una porción de la parcela lucrativa adjunta, a través de la cual se ha ejecutado uno de los accesos actuales al colegio, se integré en el equipamiento dotacional. La actual estructura de la propiedad hace que la parcela de D. Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx presente una cuña alargada y delgada que se extiende a lo largo de la calle de las Escuelas limitando el acceso al centro escolar San Xxxxxx. En su momento, y por error a la hora de limitar hasta donde se extendía la finca pública, se ejecutó sobre dicho espacio uno de los accesos al colegio que hoy resulta de vital importancia para el funcionamiento del centro.
La rectificación de límites que se propone en el actual documento, pretende añadir a la superficie clasificada como equipamiento escolar, una pequeña cuña de terreno de la parcela colindante que ya está funcionando como acceso al colegio, con una superficie aproximada de 20,86 m². Por todo lo anterior, la actuación tiene como fin regular una situación creada dotando a esa porción de terreno de la calificación urbanística que le corresponde y crear el marco que permita al Ayuntamiento su adquisición para la posterior agrupación a la parcela del colegio.
La actuación de rectificación de límites se ejecuta sin reducir la superficie destinada al equipamiento escolar.
La actuación se formaliza sobre planos de las NNSS vigentes y sobre los planos correspondientes procedentes de la adaptación puntual de las NNSS a la Ley de Ordenación urbanística de Andalucía. En este sentido es necesario aclarar que la U.4 se desarrolló con un trazado viario que presenta variaciones respecto al que en su momento reflejaban las NNSS vigentes.
En cuanto a los documentos urbanísticos actualmente vigentes, se ha puesto de manifiesto por parte del Servicio de Ordenación del Territorio y Urbanismo de la Delegación Territorial de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente en Jaén, que existe una contradicción entre los límites del colegio San Xxxxxx entre los planos de las Normas Subsidiarias vigentes, que son los procedentes para establecer la calificación del suelo, y los que posteriormente se aportaron dentro del documento de Adaptación parcial a la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía, que fue aprobado por la Junta de Andalucía el 7 xx Xxxxxx de 2012. El presente documento subsana dicha discrepancia, ya que los documentos de Adaptación Parcial no pueden alterar las calificaciones recogidas en las NNSS vigentes, máxime cuando afectan a los límites de un equipamiento público. Por todo lo anterior, el plano núm. 5 que se aporta como estado previo a la modificación que se pretende abordar, se ha elaborado (a petición del departamento urbanístico de la Comunidad Autónoma anteriormente citado) de manera que se subsana la discrepancia detectada.
La actuación se realiza sobre suelo urbano consolidado y no se aumenta el aprovechamiento lucrativo, ya que no se aumenta la superficie susceptible de ser edificada, sino que tan solo se cambia la calificación urbanística de una porción de finca convirtiéndola en dotacional para su posterior agregación al equipamiento escolar. Por todo lo anterior, queda evidenciado que no se da lugar a la situación descrita en el art. 36.2. a).2ª de la Ley de Ordenación urbanística de Andalucía. Por las mismas razones no hay afección en relación a conjunto de vivienda protegida ofertado en el municipio.
IV. EVALUACIÓN URBANÍSTICA, AMBIENTAL Y TERRITORIAL
La modificación propuesta supone alteración de las determinaciones estructurales previstas en el planeamiento municipal, de conformidad con lo establecido en el art. 10 de la LOUA, ya que si bien la afección es positiva por aumentar la cuantía de equipamientos, sí afecta a los límites y contornos de un equipamiento señalado en el plano número 5 de la adaptación a la LOUA como sistema general, junto al resto de equipamientos y dotaciones existentes en el municipio, lo cual en principio podría parecer incluso excesivo.
Desde el punto de vista ambiental, la innovación no afecta al suelo no urbanizable por lo que no precisa de Evaluación Ambiental, según establece La Ley 7/2007 de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental y sus anexos.
En cuanto a la incidencia en el territorio de la actuación, según lo establecido en la Ley 1/1994 de 11 de Enero de Ordenación del Territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, la actuación no tiene la consideración de una actividad con incidencia en el territorio tal y como se mencionan en el Anexo II de la referida Ley como Actividades de Intervención Singular (apartado 12º).
La presente Modificación de las NNSS xx Xxxxxxx, no cambia en modo alguno las ordenanzas de edificación, siendo de aplicación a los espacios objeto de modificación los correspondientes al uso dotacional, en el caso de los terrenos que son recalificados como o a la en la correspondiente ficha, tal y como fue recogida por el PGOU.
En cuanto al sistema de adquisición de estos terrenos será el de expropiación, sin perjuicio de los acuerdos a los que se pueda llegar con la propiedad, en su caso, de conformidad con lo establecido en el art. 139.1 de la LOUA, para lo cual deberá disponerse por parte del Ayuntamiento xx Xxxxxxx de la correspondiente consignación presupuestaria.
El presente acuerdo, pone fin a la vía administrativa y podrá ser recurrido potestativamente en reposición ante el pleno (mismo órgano que dictó el acto).
El plazo para interponer el recurso será de un mes, contando desde la fecha de notificación de la presente resolución y si interpone el recurso de reposición, no podrá interponer recurso contencioso administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por resolución.
Transcurrido un mes desde la interposición del recurso de reposición sin que se notifique su resolución, se entenderá desestimado por silencio administrativo y quedará expedita la vía contencioso-administrativa, pudiendo interponer recurso contencioso administrativo ante Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses contados desde el siguiente a aquél en que se notifique la resolución expresa del recurso potestativo de reposición o en el plazo de seis meses contando desde el siguiente a aquél en que se produzca el acto presunto.
El recurso contencioso-administrativo puede ser interpuesto directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo. El plazo para interponer este recurso será de dos meses contados desde el día siguiente al de la notificación de la presente resolución o acuerdo.
Lo que se hace público para general conocimiento.
Cazorla, a 24 de Julio de 2015.- El Alcalde-Presidente, XXXXXXX XXXX XXXXXXXXX XXXXX.
AYUNTAMIENTO DE XXXXXXXXX XX XXXXXX (JAÉN)
6281 Resolución sobre sustitución en funciones a la Alcaldía Presidencia por periodo vacacional 2015.
Edicto
Xxxx Xx. Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx, Alcaldesa-Presidenta del Ayuntamiento de Xxxxxxxxx xx Xxxxxx (Jaén).
Hace saber:
Que con fecha 05-08-2015, se ha dictado la Resolución núm. 398, que dice:
Considerando que corresponde a los Tenientes xx Xxxxxxx, en cuanto tales, sustituir en la totalidad de sus funciones y por el orden de su nombramiento, al Alcalde, en los casos de ausencia, enfermedad o impedimento que imposibilite a éste para el ejercicio de sus atribuciones, así como desempeñar las funciones xxx Xxxxxxx en los supuestos xx xxxxxxx en la Alcaldía hasta que tome posesión el nuevo Alcalde.
Considerando que durante el período de ausencia por vacaciones, la Sra. Alcaldesa se encontrará ausente del Municipio.
Por todo ello, en virtud de lo dispuesto en los artículos 23.3 de la Ley 7/1985, de 2 xx xxxxx, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y de acuerdo con los artículos 44 y 47 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre,
Resuelvo
Primero. Xxxxxxx en X. Xxxxxx Xxxxxx Xxxxx, Primer Xxxxxxxx xx Xxxxxxx, la totalidad de las funciones de la Alcaldía, en los términos del artículo 23.3 Ley 7/1985, de 2 xx xxxxx, Reguladora de las Bases del Régimen Local, durante el periodo comprendido entre los días 17 al 31 xx xxxxxx, ambos inclusive con motivo de las vacaciones de la Alcaldes.
Segundo. La delegación comprende las facultades de dirección y de gestión, así como la de resolver los procedimientos administrativos oportunos mediante la adopción de actos administrativos que afecten a terceros.
Tercero. El órgano delegado ha de informar a esta Alcaldía, a posteriori, y, en todo caso, cuando se le requiera para ello, de la gestión realizada y de las disposiciones dictadas en el período de referencia, y con carácter previo de aquellas decisiones de trascendencia, tal y
como se prevé en al artículo 115 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.
Cuarto. La delegación conferida en el presente Decreto requerirá para su eficacia la aceptación del órgano delegado, entendiéndose ésta otorgada tácitamente si no se formula ante esta Alcaldía expresa manifestación de no aceptación de la delegación en el término de tres días hábiles contados desde el siguiente a aquel en que le sea notificada esta resolución.
Quinto. La presente resolución será publicada en el Boletín Oficial de la Provincia, dándose cuenta de su contenido al Pleno de la Corporación en la primera sesión que esta celebre.
Sexto. En lo no previsto expresamente en esta resolución se aplicarán directamente las previsiones de la Ley 7/1985, de 2 xx xxxxx, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, en cuanto a las reglas que para la delegación se establecen en dichas normas.
Contra este Decreto, que pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo que establece el artículo 52 de la Ley 7/1985, de 2 xx xxxxx, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y de acuerdo con lo que dispone el artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, podrá interponerse, con carácter previo y potestativo, Recurso de Reposición ante la Alcaldía de este Ayuntamiento, en el término de un mes a contar desde el día siguiente a la recepción de su notificación, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo xx Xxxx, en el término de dos meses a contar desde el día siguiente a la recepción de su notificación. No obstante, podrá interponer cualquier otro, si lo considera conveniente.
Xxxxxxxxx xx Xxxxxx, a 05 xx Xxxxxx de 2015.- La Alcaldesa-Presidenta, Xx. XXXXXXXXX XXXXXX XXXXXX.
AYUNTAMIENTO DE HUELMA (JAÉN)
6275 Aprobación definitiva de modificación del Presupuesto Municipal.
Edicto
Xxx Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxx Xxxxxx, Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Huelma (Jaén).
Hace saber:
Que en el Pleno Municipal en sesión extraordinaria celebrada el día 9 de julio del actual, entre otros, se aprobó la modificación núm. 1 de transferencias de crédito aprobadas por el pleno, núm. 1 de crédito extraordinario y núm. 1 de suplemento de crédito al presupuesto del ejercicio 2015, publicado en el X.X.X. xxx. 000 xx 00 xx xxxxx xx 0000.
Habiendo transcurrido el plazo reglamentario de quince días sin que, durante los mismos, se presentaran alegaciones ni reclamaciones, de conformidad con el citado a cuerdo y el art.
169.1 del R.D. Legislativo 2/2004, de 5 xx xxxxx, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, dicho acuerdo provisional queda elevado a definitivo con el siguiente detalle:
MODIFICACIONES POR CREDITO EXTRAORDINARIO
Capítulos | Descripción | Bajas | Altas |
2º | Gastos corrientes | 20.000 € | |
6º | Inversiones reales | 138.916 € | |
Xxxxxxxxx tesorería para gastos generales | 158.916 € |
MODIFICACION POR SUPLEMENTO DE CREDITO
Capítulos | Descripción | Bajas | Altas |
6º | Inversiones reales | 98.000 € | |
Remanente tesorería para gastos generales | 98.000 € |
MODIFICACIONES MEDIANTE TRANSFERENCIAS
Capítulos | Descripción | Bajas | Altas |
2º | Gastos corrientes | 11.482 € | |
5º | Fondo de contingencia | 20.000 € | |
6º | Inversiones reales | 20.000 € | |
7º | Transferencias de capital | 51.482 € |
Lo que se hace público en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 177 y 169 del Texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. Contra dicho acuerdo elevado a definitivo, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición ante el órgano que ha dictado el acto en el plazo de un mes desde la publicación en el B.O.P. o directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Xxxxxx en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente a la publicación del presente Edicto en el B.O.P., de conformidad con lo dispuesto en el art. 116 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del procedimiento administrativo común y de la Ley Reguladora de la Jurisdicción contenciosa-administrativa.
Huelma, a 05 xx Xxxxxx de 2015.- El Alcalde-Presidente, XXXXXXXXX XXXXXX XXXX XXXXXX.
AYUNTAMIENTO DE LA CAROLINA (JAÉN)
6279 Convocatoria del concurso para el arrendamiento xx xxxxx industriales.
Anuncio
De conformidad con la Resolución de Alcaldía núm. 2015-2586 de fecha 30/07/2015, por medio del presente anuncio se efectúa convocatoria del concurso, para el arrendamiento de los bienes inmuebles que figuran descritos en el pliego redactado al efecto y que figura a disposición pública en el perfil del contratante de la sede electrónica de esta entidad: xxx.xxxxxxxxxx.xx
1.- Objeto y Precio
El presente pliego tiene como objeto el arrendamiento de 3 naves industriales propiedad de este Ayuntamiento.
Dichas naves tienen el carácter bienes patrimoniales o de propios, y se propone el arrendamiento de las mismas con el fin de facilitar a los emprendedores la puesta en marcha de proyectos empresariales.
El precio de arrendamiento de las naves industriales en concurso, según estudio e Informe evacuado por el Técnico de Desarrollo Local de fecha 12/03/2015, previo análisis de una muestra significativa xx xxxxx industriales de propiedad privada en la localidad, se ha estimado en 0,81€/m², que se podrá modificar al alza por los licitadores.
No obstante, tanto en el procedimiento de acceso al régimen de alquiler y/o compra de dichas naves, como para la modulación, si cabe, del precio fijado, se tendría que valorar, además, el proyecto empresarial en aspectos como creación y/o mantenimiento de empleo, sector de actividad, capacidad técnica de los promotores, inversión a realizar, etc.
No se podrá arrendar más de un local por licitador, por lo que éste deberá reflejar en el modelo de proposición el orden de arrendamiento que solicita.
1. Entidad adjudicadora: Datos generales y datos para la obtención de la información:
a) Organismo. Ayuntamiento de La Carolina (Jaén).
b) Dependencia que tramita el expediente: Secretaria General.
c) Obtención de documentación e información:
1) Dependencia. Secretaría General.
2) Domicilio. Plaza del Ayuntamiento, núm. 1
3) Localidad y código postal. Xx Xxxxxxxx, 00000 4) Teléfono. 000 000 000
5) Telefax. 953 680 864
6) Correo electrónico. xxxxxxxxx@xxxxxxxxxx.xx
7) Dirección de Internet del perfil del contratante. xxx.xxxxxxxxxx.xx (sede electrónica)
8) Fecha límite de obtención de documentación e información: 15 días hábiles tras la publicación del presente anuncio en el BOP xx Xxxx.
d) Número de expediente. 235-550/2015
2. Objeto del Contrato:
a) Tipo de bien. Bienes patrimoniales descritos anteriormente. Naves industriales.
b) Descripción del objeto. Arrendamiento naves industriales.
c) Duración: Se fija en cuatro años, contados a partir desde la firma del contrato, de carácter prorrogable.
Transcurrido dicho plazo, se producirá automáticamente la prórroga del contrato que les vincula con el Excmo. Ayuntamiento de La Carolina, debiendo abandonar el local arrendado sin necesidad de requerimiento alguno.
3. Tramitación y procedimiento:
a) Tramitación. Urgente.
b) Procedimiento. Concurso.
d) Criterios de adjudicación:
Una vez presentadas las solicitudes, se analizará los diversos aspectos de las mismas que servirán de base a la selección de solicitudes, teniéndose en cuenta los siguientes Criterios Evaluables de forma automática:
Proposición económica (Hasta 15 puntos): Se valorará el incremento ofertado sobre el precio mínimo establecido en el pliego:
- Propuesta de incremento superior a un 5%: 10 puntos.
- Propuesta de incremento superior a un 10%: 15 puntos.
Creación de puestos de trabajo (Hasta 15 puntos): 3 puntos por puesto de trabajo.
Inversión a realizar (Hasta 10 puntos). Se valorará la inversión prevista, tanto en activos fijos materiales (obra civil, instalaciones, maquinaría, utillaje, elementos informáticos, software, etc.), como en activos inmateriales (patentes, licencias, I+D, etc.).
- 0 – 50.000 euros: 2 puntos.
- 50.000 euros - 200.000 euros: 5 puntos.
- Superior a 200.000: 10 puntos.
Proyectos de creación/modernización empresarial (Hasta 10 puntos): Se entenderá por proyectos de creación empresarial los que tengan por finalidad la creación de un nuevo centro de trabajo promovido, bien por una empresa de nueva creación o bien por una ya
existente. Los proyectos de modernización serán aquellos proyectos de empresas ya existentes que incorporen mejoras en sus productos, procesos, servicios, organización o modelo de negocio.
- Proyectos de creación: 10 puntos.
- Proyectos de modernización: 5 puntos.
Emprendedores locales (Hasta 10 puntos): Se valorará el empadronamiento o vecindad administrativa de los emprendedores:
- Emprendedor local: 10 puntos
- Emprendedor no local: 0 puntos
Grado de innovación (Hasta 10 puntos): Se valorará el grado de innovación, tanto tecnológico, comercial, productivo, etc. de la empresa licitadora con respecto al proyecto empresarial a implantar.
Proyectos vertebradores e integradores (Hasta 10 puntos). Se valorará si la actividad articula o completa la cadena productiva de un subsector, o bien cubre huecos xx xxxxxxx y vacíos en la actividad económica de nuestro entorno.
Proyectos promovidos por jóvenes y/o mujeres (Hasta 10 puntos). Se valorará si los promotores son mujeres y/o jóvenes menores de 35 años.
Cualificación y experiencia profesional (Hasta 5 puntos). Se valorará la experiencia profesional y empresarial relacionada con la actividad.
Sector de inversión (Hasta 5 puntos): Se valorará la pertenencia de la empresa a los sectores comercial, servicios e industrial.
- Sector comercial y/o servicios: 3 puntos.
- Sector industrial: 5 puntos
En caso de empate de empate, se convocará a los aspirantes para realizar una entrevista y exposición del Proyecto a realizar ante la comisión de selección que decidirá con carácter vinculante la candidatura más idónea.
4. Tipo de licitación: El tipo mínimo de licitación para las distintas naves será el especificado en el siguiente cuadro descriptivo, mejorable al alza.
Para la valoración del alquiler de la naves propiedad del Ayuntamiento se ha optado por calcular la media aritmética de los precios reflejados según estudio de marcado obrante en informe emitido con fecha 12/03/2015 por los Técnicos de Desarrollo Local, resultando un valor de 0,81 €/m².
Superficie (m²) | Módulo (€/m²) | Base imponible alquiler | IVA (21%) | Precio total propuesto | |
Nave 3 | 402,75 | 0,81 | 326,23 € / mes | 68,51 € | 394,74 € |
Nave 4 | 391,09 | 0,81 | 316,78 € / mes | 66,52 € | 383,30 € |
Nave 6 | 220,11 | 0, 81 | 178,29 € / mes | 37,44 € | 215,73 € |
El precio de adjudicación se actualizará anualmente, incrementándose en las variaciones que figure en el Índice General de Precios al Consumo que fije el Instituto Nacional de Estadística y Organismo que lo sustituya, medido en tanto por cien. La renta actualizada será exigible al arrendatario a partir del mes siguiente a aquél en que el arrendador se lo notifique por escrito, expresando el porcentaje de alteración aplicado, siendo válida la notificación hecha por nota en el recibo de la mensualidad precedente.
El precio del arrendamiento, será satisfecho trimestralmente, del día 1 al día 10 del mes en la Tesorería del Ayuntamiento. No obstante la parte de mensualidad correspondiente al tiempo que medie entre la formalización del contrato y el último día del mes en que tal formalización tenga lugar será ingresado en el mismo día de la firma del contrato.
Cada Licitador presentará una sola oferta económica, es decir, deberá optar por la Nave 3, 4 ó 6, individualmente o en unión temporal de empresas, de conformidad con el artículo 59 del TRLCSP. La infracción de esta condición dará lugar a declarar la inadmisión de todas las proposiciones suscritas.
5.- Garantías.-
Garantía Provisional: No procede.
6. Requisitos específicos del contratista:
a) Según lo dispuesto en el pliego de cláusulas administrativas.
7. Presentación de ofertas o de solicitudes de participación:
a) Fecha límite de presentación. 15 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio en el BOP xx Xxxx.
b) Modalidad de presentación. Las establecidas en el pliego de cláusulas administrativas redactado al efecto.
c) Lugar de presentación:
1. Dependencia. Registro General. del Excmo. Ayuntamiento de La Carolina (Jaén), sito en Xxxxx Xxxxxxxxxxxx xxx. 0.
2 .Dirección electrónica: xxxxxxxxx@xxxxxxxxxx.xx
8. Apertura de ofertas:
a) Descripción. Se publicará con la antelación suficiente en el perfil del contratante del Ayuntamiento de La Carolina.
b) Dirección. En Sala de Juntas del Ayuntamiento; sita en Xxxxx xxx Xxxxxxxxxxxx, xxx. 0. 00000 Xx Xxxxxxxx (Xxxx).
La Carolina, a 06 xx Xxxxxx de 2015.- El Alcalde en funciones (Resolución nº 2015-2606 31.07.15), XXXXXX XXXXXXXX XXXXXXX.
XXXXXXXXXXXXXX XXXXX
XXXXXXXXXXXX XX XXXXXX (XXXX)
0000 Aprobación inicial de modificación de créditos al Presupuesto en la modalidad de suplemento de crédito.
Edicto
Xxxx Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxx, Alcaldesa – Presidenta del Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxx (Jaén).
Hace saber:
Que el Ayuntamiento Pleno, en Sesión de fecha 31 de Julio del 2015 por 5 votos a favor (Grupo Municipal P.S.O.E.) y 6 Abstenciones (4 Grupo Municipal I.U.-L.V.-C.A. y 2 Grupo Municipal P.P.), acordó la aprobación inicial del expediente de modificación de créditos del presupuesto en vigor en la modalidad de Suplemento de Crédito, financiándose la misma por:
• Bajas de crédito de otras aplicaciones.
Resultando que la modificación propuesta se justifica, de acuerdo con el artículo 37.2 del R.D 500/1990 en:
• El carácter específico y determinado del gasto a realizar y la imposibilidad de demorarlo a ejercicios posteriores.
• Insuficiencia de crédito en las aplicaciones presupuestarias de gastos relacionadas en la parte final del presente Edicto.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 169.1 por remisión del 177.2 del Real Decreto 2/2004, de 5 xx xxxxx, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se somete el expediente a exposición pública por el plazo de quince días a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia xx Xxxx, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.
Si transcurrido dicho plazo se hubiesen presentado alegaciones, se retrotraerá el expediente al momento procedimental previsto en el artículo 169.1 in fine, disponiendo en este caso el Pleno de la Corporación del plazo de un mes para resolver las posibles alegaciones presentadas dentro de plazo.
Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado alegaciones, se considerará el Acuerdo hasta entonces provisional, aprobado definitivamente sin necesidad de nuevo Acuerdo Plenario.
En el caso de que no se presenten alegaciones, el acuerdo hasta entonces provisional, elevado a definitivo en los términos del apartado anterior, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 113 de la Ley 7/1985, Reguladora de Bases de Régimen Local, pondrá fin a la vía administrativa, pudiendo los interesados interponer directamente Recurso Contencioso-Administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 43 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicha jurisdicción. Dicho plazo empezará a contar a partir del día siguiente a aquél en que finalice el plazo de información pública de quince días previsto en el apartado tercero del presente edicto.
Se pone así mismo en conocimiento, que a tenor de lo establecido en el artículo 113.3 de la Ley 7/1985, la interposición de dicho Recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado.
Finalmente y en cumplimiento del artículo 169.3 del TRLHL se inserta resumen de las partidas de gastos del Presupuesto Municipal afectadas por el expediente de modificación de créditos del presupuesto en vigor en la modalidad de Suplemento de Crédito:
Estado de gastos
Aplicaciones presupuestarias a suplementar:
Aplicación Presupuestaria | Denominación | Importe |
XXXXX XX XXXXXXX 000/00 | ||
321.212.01 | R.M y Conservación Centros Públicos Educativos | 9.000,00 € |
XXXXX XX XXXXXXX 000/00 | ||
132.219.00 | Señales de Trafico | 1.800,00 € |
132.214.00 | R.M.C Vehículo Policía Local | 2.900,00 € |
XXXXX XX XXXXXXX 000/00 | ||
151.227.06 | Urbanismo Estudios y Trabajos Técnicos | 3.225,75 € |
151.221.03 | Suministro Combustible Policía Local | 3.000,00 € |
151.224.03 | ||
XXXXX XX XXXXXXX 000/00 | ||
311.227.99 | Control de Plagas | 1.650,00 € |
XXXXX XX XXXXXXX 000/00 | ||
151.210.00 | R.M y C Alumbrado Público Parques y Jardines | 6.000,00 € |
151.213.02 | R.M y Maquinaria de Obras | 5.000,00 € |
151.214.02 | R.M y C Vehículo de Obras | 3.500,00 € |
XXXXX XX XXXXXXX 000/00 | ||
920.212.00 | R.M y C Edificios Municipales y Usos Múltiples | 5.500,00 € |
920.213.00 | R.M y C Maquinaria, Instalaciones, Utillaje Ascensores | 8.500,00 € |
920.216.00 | R.M.C Procesos de Información | 500,00 € |
TOTAL | 51.150,75 € |
Estado de Gastos
Financiación
Bajas o anulaciones de créditos.
DENOMINACION | ||
1532.120.04 | Retribuciones Basicas Funcionarios C.2 | 4.000,00 € |
1532.121.00 | Complemento de Destino Funcionarios C.2 | 3.000,00 € |
1532.121.01 | Complemento Específico Funcionarios C.2 | 6.000,00 € |
342.131.08 | Retribuciones Personal Laboral Indefinido Encargado Campo de Futbol | |
011.352.03 | Gastos Financieros Retención Fondo Pago a Proveedores | 27.570,75 € |
TOTAL | 51.150,75 € |
Lopera, a 04 xx Xxxxxx de 2015.- La Alcaldesa-Presidenta, XXXXXX XXXXX XXXXXXX.
AYUNTAMIENTO DE NOALEJO (JAÉN)
6293 Que el Ayuntamiento Pleno, en sesión extraordinaria celebrada el día 28 de julio de 2015, entre otros, adoptó acuerdo de aprobación inicial del expediente 1/2015 de Modificación Presupuestaria.
Edicto
Xxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Noalejo (Jaén).
Hago saber:
Que el Ayuntamiento Pleno, en sesión extraordinaria celebrada el día 28 de julio de 2015, entre otros, adoptó acuerdo de aprobación inicial del expediente 1/2015 de Modificación Presupuestaria.
Lo que se hace público por plazo de quince días hábiles, a efectos de que durante los mismos puedan examinarse el expediente y presentarse las oportunas reclamaciones en la Secretaría General del Ayuntamiento, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 177 y siguientes del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 xx xxxxx, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
Una vez transcurrido dicho plazo, en el caso de que no se haya presentado reclamación alguna, el acuerdo de aprobación del expediente 1/2015 de Modificación Provisional, hasta entonces provisional, se considerará definitivamente aprobado.
Noalejo, a 04 xx Xxxxxx de 2015.- El Alcalde-Presupuesto, XXXXXXX XXXXXXX XXXXXX.
ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE ORCERA (JAÉN)
6289 Nombramiento de Secretaria accidental.
Decreto
Resolución 109/2015
Visto que en este Ayuntamiento ha quedado vacante la plaza de Secretario Interventor de este Ayuntamiento,
Visto que este Ayuntamiento está tramitando la acumulación de funciones de la plaza antes citada y por la que se solicita a la Dirección General de Administración Local el nombramiento xx Xx. Xxxxx del Xxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx.
El Sr. Alcalde Presidente de este término municipal, dispone en uso de las competencias que se me tiene asignadas, entre otras, en el art. 21 de la Ley 7/85 de 02 xx xxxxx, Reguladora de las Bases de Régimen Local:
- Nombrar a la funcionaria de ésta Entidad Local, Xx. Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx, Secretaria – Interventora accidental de este Ayuntamiento, hasta tanto se produce el nombramiento de la Xxx. Xxxxx Xxxxxxxxx como Secretaria Interventora de este Ayuntamiento, en los términos que establece el art. 33 del R.D. 1.732/94 de 29 de julio sobre provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.
- Notificar la presente Resolución a los interesados,
- Comunicar la presente Resolución a las Entidades Bancarias, donde tiene depositadas ésta Entidad Local cuentas corrientes y
- Dese cuenta de la presente Resolución al Pleno de ésta Corporación Municipal en la próxima sesión que celebre el mismo.
Orcera, a 31 de Julio de 2015.- El Alcalde-Presidente, XXXXXX XXXXXXXXX XXXXXX.
AYUNTAMIENTO XX XXXXX (JAÉN)
SECRETARÍA
6303 Adhesión al convenio de colaboración con la Consejería de Igualdad, Salud y Políticas Sociales de la nueva aplicación informática del Sistema de Información de Usuarios de Servicios Sociales.
Decreto
Decreto.- Dado en Úbeda, a 2 xx xxxxx de 2015
En uso de las facultades que me confiere la legislación vigente, y a la vista del informe-propuesta de fecha 22 xx xxxx pasado, emitido por la Sra. Jefa Acctal. del Área de Servicios Sociales sobre la necesidad de adhesión al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Igualdad, Salud y Políticas Sociales de la nueva aplicación informática del Sistema de Información de Usuarios de Servicios Sociales (SIUSS) en entorno web, así como asumir la responsabilidad del fichero de datos personales denominado “Sistema de Información de usuarios de Servicios Sociales (SIUSS)”, inscribiéndolo en el Registro de Ficheros de Datos personales de la Agencia Española de Protección de Datos y la obligación a establecer sobre dicho fichero, las medidas de seguridad que regula el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre de Protección de Datos de Carácter Personal.
Esta Alcaldía Resuelve:
Primero: La adhesión al referido Convenio de la nueva aplicación informática del Sistema de Información de Usuarios de Servicios Sociales (SIUSS) en entorno web.
Segundo: Asumir la responsabilidad del fichero de datos personales denominado “Sistema de Información de usuarios de Servicios Sociales (SIUSS)” inscribiéndolo en el Registro de Ficheros de Datos personales de la Agencia Española de Protección de Datos y establecer sobre dicho fichero, las medidas de seguridad que regula el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre de Protección de Datos de Carácter Personal.
Lo que firmo en Úbeda en el lugar y fecha arriba indicados, y de lo que como Secretario, doy fe.
A los efectos de dar fe
El Secretario
Fdo.: Xxxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxx
Xxxxx, a 02 xx Xxxxx de 2015.- El Alcalde-Presidente, XXXX XXXXXX XXXXXXXXXX.
XXXXXXXXXXXX XX XXXXXXXXXX XXX XXXXXXXXX (XXXX)
0000 Expuesto al público el Padrón de contribuyentes de las Tasas de basura y alcantarillado del primer semestre de 2015, y anuncio de cobranza.
Edicto
Xx. Xx. Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx, Alcaldesa-Presidenta del Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx del Arzobispo (Jaén).
Hace saber:
Que esta Alcaldía, mediante Resolución núm. 272/2015, de 6 xx xxxxxx, ha aprobado el padrón de contribuyentes de las Tasas por Servicios de Basura y Alcantarillado, correspondiente al Primer Semestre del año 2015, que queda expuesto al público durante el plazo de quince días hábiles a partir del siguiente al de la publicación de este edicto en el B.O.P.
De conformidad con el art. 108 de la Ley 7/1985, de 2 xx xxxxx, Reguladora de las Bases de Régimen Local, contra los actos sobre aplicación y efectividad de dichos tributos, podrá formularse el recurso de reposición específicamente previsto al efecto en el art. 14.2 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 xx xxxxx, siendo impugnables, mediante dicho recurso, todos los actos dictados en vía de gestión de las citadas tasas. El recurso de reposición, se interpondrá dentro del plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de la notificación expresa del acto cuya revisión se solicite, o al de finalización del periodo de exposición pública de la lista cobratoria y el correspondiente censo de contribuyentes u obligados al pago.
Simultáneamente se anuncia la cobranza en periodo voluntario de las Tasas por Servicios de Basura y Alcantarillado, del Primer Semestre del año 2015.
La deuda tributaria, con carácter general, deberá ser satisfecha en las entidades colaboradoras, del 4 de septiembre al 9 de noviembre de 2015, ambos inclusive, mediante la presentación del correspondiente aviso de pago. Para facilitar el ingreso del citado impuesto, el reparto de los avisos de pago se efectuará, mediante envío, sin carácter de notificación, al domicilio fiscal de los propios contribuyentes, pudiendo ser retirado, no obstante, en las dependencias de los Servicios Económicos del Ayuntamiento, en horario de 9’00 a 13’30 horas, permaneciendo las oficinas cerradas los xxxxxxx, xxxxxxxx y festivos.
La domiciliación bancaria sigue siendo efectiva, si se hubiese presentado en la forma y plazos reglamentarios señalados por este Ayuntamiento.
Finalizado el plazo de ingreso en periodo voluntario, si no se hubiera satisfecho la deuda tributaria, ésta será exigida por el procedimiento de apremio y devengará el recargo de apremio, interés de demora y, en su caso, las costas que se produzcan, de conformidad con los arts. 26 y siguientes de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.
Lo que se hace público para general conocimiento a los efectos señalados.
Xxxxxxxxxx del Arzobispo, a 06 xx Xxxxxx de 2015.- La Alcaldesa-Presidenta, Xx XXXXXX XXXXXXXX XXXXXXXX.
XXXXXXXXXXXX XX XXXXXXXXXX XXX XXXXXXXXX (XXXX)
0000 Aprobada la lista cobratoria del Impuesto sobre actividades económicas del año 2015 - cuotas municipales y recargo provincial-, y anuncio de cobranza.
Edicto
Xx. Xx. Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx, Alcaldesa-Presidenta del Excmo. Ayuntamiento de Villanueva del Arzobispo (Jaén).
Hace saber:
Que de conformidad con los datos facilitados por la Agencia Tributaria y la Ordenanza Fiscal Municipal, la Junta de Gobierno Local de este Excmo. Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el día 22 de julio de 2015, ha aprobado la lista cobratoria del Impuesto sobre Actividades Económicas, correspondiente al año 2015 –cuotas municipales y recargo provincial- así como las correspondientes liquidaciones tributarias, conforme al Censo de contribuyentes del citado Impuesto, documentos éstos que quedan expuestos durante el plazo de quince días hábiles.
De conformidad con el art. 108 de la Ley 7/1985, de 2 xx xxxxx, Reguladora de las Bases de Régimen Local, contra los actos sobre aplicación y efectividad de dicho tributo, podrá formularse el recurso de reposición específicamente previsto al efecto en el art. 14.2 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 xx xxxxx, siendo impugnables, mediante dicho recurso, todos los actos dictados en vía de gestión del citado Impuesto sobre Actividades Económicas. El recurso de reposición, se interpondrá dentro del plazo de un mes contado desde el día siguiente al de la notificación expresa del acto cuya revisión se solicite o al de finalización del período de exposición pública de la lista cobratoria y el correspondiente Censo de contribuyentes u obligados al pago.
Simultáneamente se anuncia la cobranza en período voluntario del Impuesto sobre Actividades Económicas-Cuotas municipales y recargo provincial- correspondiente al presente año 2015.
La deuda tributaria, con carácter general, deberá ser satisfecha en las entidades colaboradoras, del 12 xx xxxxxx al 13 de octubre de 2015, ambos inclusive, mediante la presentación del correspondiente aviso de pago. Para facilitar el ingreso del citado impuesto, el reparto de los avisos de pago se efectuará, mediante envío, sin carácter de notificación, al domicilio fiscal de los propios contribuyentes, pudiendo ser retirado, no obstante, en las dependencias de los Servicios Económicos del Ayuntamiento, en horario de 9,00 a 13,30 horas, permaneciendo las oficinas cerradas los xxxxxxx, xxxxxxxx y festivos.
La domiciliación bancaria sigue siendo efectiva, si se hubiese presentado en la forma y plazos reglamentarios señalados por este Ayuntamiento.
Finalizado el plazo de ingreso en período voluntario, si no se hubiera satisfecho la deuda tributaria, ésta será exigida por el procedimiento de apremio y devengará el recargo de apremio, interés de demora y, en su caso, las costas que se produzcan, de conformidad con los arts. 26 y siguientes de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.
Lo que se hace público para general conocimiento a los efectos señalados.
Xxxxxxxxxx del Arzobispo, a 06 xx Xxxxxx de 2015.- La Alcaldesa-Presidenta, Xx XXXXXX XXXXXXXX XXXXXXXX.
XXXXXXXXXXXX XX XXXXXXXXXX XXX XXXXXXXXX (XXXX)
0000 Expuesto al público el Padrón de contribuyentes de la Tasa xx Xxxxxxx del mes xx xxxxx de 2015, y anuncio de cobranza.
Edicto
Xx. Xx. Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx, Alcaldesa-Presidenta del Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx del Arzobispo (Jaén).
Hace saber:
Que la Junta de Gobierno Local, en sesión ordinaria celebrada el día 22 de julio de 2015, ha aprobado provisionalmente el padrón de contribuyentes de la Tasa por prestación del Servicio xx Xxxxxxx Municipal, correspondiente al mes xx xxxxx de 2015, que queda expuesto al público durante el plazo de quince días hábiles a partir del siguiente al de la publicación de este edicto en el B.O.P.
De conformidad con el art. 108 de la Ley 7/1985, de 2 xx xxxxx, Reguladora de las Bases de Régimen Local, contra los actos sobre aplicación y efectividad de dicho tributo, podrá formularse el recurso de reposición específicamente previsto al efecto en el art. 14.2 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 xx xxxxx, siendo impugnables, mediante dicho recurso, todos los actos dictados en vía de gestión de la citada tasa. El recurso de reposición, se interpondrá dentro del plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de la notificación expresa del acto cuya revisión se solicite, o al de finalización del periodo de exposición pública xxx xxxxxx de contribuyentes.
Simultáneamente se anuncia la cobranza en periodo voluntario de la Tasa por prestación del Servicio xx Xxxxxxx Municipal, correspondiente al mes xx xxxxx de 2015.
La deuda tributaria, con carácter general, deberá ser satisfecha en las entidades colaboradoras durante el período voluntario de cobranza comprendido entre los días 10 xx xxxxxx y 13 de octubre de 2015, ambos inclusive. La domiciliación bancaria sigue siendo efectiva, si se hubiese presentado en la forma y plazos reglamentarios señalados por este Ayuntamiento.
Finalizado el plazo de ingreso en periodo voluntario, si no se hubiera satisfecho la deuda tributaria, ésta será exigida por el procedimiento de apremio y devengará el recargo de apremio, interés de demora y, en su caso, las costas que se produzcan, de conformidad con los arts. 26 y siguientes de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.
Lo que se hace público para general conocimiento a los efectos señalados.
Xxxxxxxxxx del Arzobispo, a 06 xx Xxxxxx de 2015.- La Alcaldesa-Presidenta, Xx XXXXXX XXXXXXXX XXXXXXXX.
XXXXXXXXXXXX XX XXXXXXXXXX XXX XXXXXXXXX (XXXX)
0000 Expuesto el Padrón de contribuyentes y lista cobratoria del Impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza rústica del año 2015, y anuncio de cobranza.
Edicto
Xx. Xx. Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx, Alcaldesa-Presidenta del Excmo. Ayuntamiento de Villanueva del Arzobispo (Jaén).
Hace saber:
Que de conformidad con los datos facilitados por la Agencia Tributaria y la Ordenanza Fiscal Municipal, la Junta de Gobierno Local de este Excmo. Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el día 22 de julio de 2015, ha aprobado la lista cobratoria del Impuesto sobre Bienes Inmuebles de naturaleza rústica, correspondiente al año 2015, así como las correspondientes liquidaciones tributarias, conforme al Censo de contribuyentes del citado Impuesto, documentos éstos que quedan expuestos durante el plazo de quince días hábiles.
De conformidad con el art. 108 de la Ley 7/1985, de 2 xx xxxxx, Reguladora de las Bases de Régimen Local, contra los actos sobre aplicación y efectividad de dicho tributo, podrá formularse el recurso de reposición específicamente previsto al efecto en el art. 14.2 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 xx xxxxx, siendo impugnables, mediante dicho recurso, todos los actos dictados en vía de gestión del citado Impuesto sobre Bienes Inmuebles de naturaleza rústica. El recurso de reposición, se interpondrá dentro del plazo de un mes contado desde el día siguiente al de la notificación expresa del acto cuya revisión se solicite o al de finalización del período de exposición pública de la lista cobratoria y el correspondiente Censo de contribuyentes u obligados al pago.
Simultáneamente se anuncia la cobranza en período voluntario del Impuesto sobre Bienes Inmuebles de naturaleza rústica correspondiente al presente año 2015.
La deuda tributaria, con carácter general, deberá ser satisfecha en las entidades colaboradoras, del 14 de septiembre al 17 de noviembre de 2015, ambos inclusive, mediante la presentación del correspondiente aviso de pago. Para facilitar el ingreso del citado impuesto, el reparto de los avisos de pago se efectuará, mediante envío, sin carácter de notificación, al domicilio fiscal de los propios contribuyentes, pudiendo ser retirado, no obstante, en las dependencias de los Servicios Económicos del Ayuntamiento, en horario de 9,00 a 13,30 horas, permaneciendo las oficinas cerradas los xxxxxxx, xxxxxxxx y festivos.
La domiciliación bancaria sigue siendo efectiva, si se hubiese presentado en la forma y
plazos reglamentarios señalados por este Ayuntamiento.
Finalizado el plazo de ingreso en período voluntario, si no se hubiera satisfecho la deuda tributaria, ésta será exigida por el procedimiento de apremio y devengará el recargo de apremio, interés de demora y, en su caso, las costas que se produzcan, de conformidad con los arts. 26 y siguientes de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.
Lo que se hace público para general conocimiento a los efectos señalados.
Xxxxxxxxxx del Arzobispo, a 06 xx Xxxxxx de 2015.- La Alcaldesa-Presidenta, Xx XXXXXX XXXXXXXX XXXXXXXX.
JUNTA DE ANDALUCÍA
DELEGACIÓN TERRITORIAL DE AGRICULTURA, PESCA Y MEDIO AMBIENTE EN JAÉN
5518 Resolución de la Delegación Territorial de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente en Jaén, por la que se abre el periodo de información pública para la obra de clave A5.323.1019/0411 "Anteproyecto y Pliego de Bases de la ampliación de la EDAR xx Xxxxxxx (Jaén)".
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Se somete a Información Pública el Anteproyecto y Pliego de Bases de la ampliación de la EDAR xx Xxxxxxx con clave A5.323.1019/0411 cuyas obras se desarrollarán en el término municipal xx Xxxxxxx, a efectos siguientes:
1.- Interés general para su publicación y general conocimiento.
2.- Trámite de expropiaciones forzosas, ocupaciones y afecciones, según Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954.
3.- Tramitación medioambiental según Ley 7/2007, del 9 de julio de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental, así como Decreto 155/1998, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
4.- Tramitación de la autorización del organismo competente para ejecución de las obras en dominio público hidráulico, conforme al artículo 52.2 del reglamento de Dominio Público Hidráulico, aprobado por Decreto 849/1986, de 11 xx xxxxx.
Nota Extracto
1. Objeto del Proyecto
El objeto del presente proyecto es la definición y valoración de las obras necesarias para la ampliación de la planta depuradora existente en un 50% del caudal nominal.
2. Descripción de las Obras.
La alternativa finalmente seleccionada consiste en la ejecución de una planta “espejo” a la existente en cuanto a los elementos que conforman la línea de agua a partir de la decantación primaria. La línea de fangos se amplía en zonas anexas a las actuales instalaciones que posee la planta.
Propietarios Afectados
MUNICIPIO | REF/CAT | POL | PAR. | SUBPARCELA | EXP. DENIFINIVA (m²) | NIF | PROPIETARIO | DIRECCIÓN |
LINARES | 23055A0200100 | 20 | 100 | 489,737047 | 00000000X | XXXXXXXX XXXX, XXXXXX | X/ XXXXX00 XXXXXXX XX XXX, 00000 XXXXXXX (XXXX) | |
XXXXXXX | 23055A0200101 | 20 | 101 | 3110,638367 | 26194532Q | XXXXXX XXXXXXX, XXXXXXX | X/ XXXXXXXXXX 000, 00000 XXXXXXX (XXXX) | |
LINARES | 23055A0200102 | 20 | 102 | a | 188,969817 | 26130658J | XXXXXX XXXXXX, XXXXXXXXX | X/ XXXXX XXXXXX 00, 00000 XXXXXXX (XXXX) |
XXXXXXX | 23055A0200102 | 20 | 102 | b | 5360,509008 | 26130658J | XXXXXX XXXXXX, XXXXXXXXX | X/ XXXXX XXXXXX 00, 00000 XXXXXXX (XXXX) |
XXXXXXX | 23055A0200149 | 20 | 149 | 1173,573951 | 26147836X | XXXXXX XXXXXXX, XXXXXXX | XX XX XXXX XX. XXX XXXXXXXX 0, 00000 XXXXXXX (XXXX) | |
LINARES | 23055A0200150 | 20 | 150 | 156,400023 | P2305500G | AYUNTAMIENTO XX XXXXXXX | XX. XXXXXXXXXXXX, 00000 XXXXXXX (XXXX) |
Lo que se hace público para general conocimiento, abriéndose un plazo de treinta (30) días hábiles contados desde el siguiente a la fecha en que aparezca inserto este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia xx Xxxx a fin de que a tenor de lo dispuesto en el Art. 86 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, los que se consideren perjudicados con este Proyecto puedan presentar reclamaciones a través de los medios permitidos por el art. 38 de la expresada Ley, o bien hacerlo en el Ayuntamiento xx Xxxxxxx, o ante el Delegado Territorial xx Xxxx, C/ Doctor Xxxxxxx Xxxxxx-Xxxxxxx Xxxxx nº 15 C.P.: 00000 - Xxxx, en cuyas oficinas durante los mismos días y en horas hábiles está expuesto el citado Proyecto, a disposición de los que soliciten examinarlo.
Jaén, a 24 xx Xxxxx de 2015.- El Delegado Territorial de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente, XXXXXXXXX XXXXXX XXXXXX.
MINISTERIO DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO AMBIENTE
CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL GUADALQUIVIR. COMISARÍA DE AGUAS. SEVILLA.
5255 Trámite de información pública de la solicitud de autorización especial de aguas públicas.
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Se ha presentado en este Organismo la siguiente petición de autorización especial de aprovechamiento de aguas públicas:
Anuncio – Información Pública
Núm. Expediente: E-469/2010-TYP
Peticionarios: Delegación Provincial de Medio Ambiente
Uso: Doméstico, otros usos domésticos distintos del consumo humano, Agropecuario Ganadería, Extinción de incendios
Volumen anual (m³/año): 10.935 Captación:
Nº | T.M. | PROV | TIPO | CAUCE | SISTEMA | X UTM | Y UTM | ||
ED50 | ETRS89 | ED50 | ETRS89 | ||||||
1 | Santiago-Xxxxxxxx | Xxxx | Toma cauce | Xxxxxx xxx Xxxxxxx xxx Xxxxxxxxx | SE7 Regulación General | 516.003 | 515.891 | 4.216.209 | 4.216.001 |
Lo que se hace público, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 109 del Reglamento del Dominio Público Hidráulico, aprobado por el R.D. 849/1986, de 11 xx xxxxx, modificado por el R.D. 606/2003 de 23 xx xxxx, a fin de que, en el plazo de un mes contado a partir del inicio de la publicación de este anuncio, puedan presentar reclamaciones los que se consideren afectados, ante esta Confederación Hidrográfica del Guadalquivir en la Xxxxx xx Xxxxxx, Xxxxxx XX. 00000 Xxxxxxx, donde se halla de manifiesto la documentación técnica del expediente de la referencia, o ante el registro de cualquier órgano administrativo y demás lugares previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Sevilla, a 29 xx Xxxx de 2015.- El Comisario de Aguas, XXXXXX XXXXXXX XXXXXXX.
MINISTERIO DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO AMBIENTE
CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL GUADALQUIVIR. COMISARÍA DE AGUAS. SEVILLA.
5277 Trámite de información pública de solicitud de autorización especial de aguas públicas.
Anuncio
Se ha presentado en este Organismo la siguiente petición de autorización especial de aprovechamiento de aguas públicas:
Anuncio – Información Pública
Núm. Expediente: A-472/2010-TYP (139/2010) Peticionarios: Delegación Provincial de Medio Ambiente
Uso: Doméstico (Suministro casa), Otros usos no agrícolas (Extinción de Incendios) Volumen anual (m³/año): 8.563
Caudal concesional (L/s): 0,280 Captación:
Nº | T.M. | PROV | TIPO | CAUCE | SISTEMA | X UTM | Y UTM | ||
ED50 | ETRS89 | ED50 | ETRS89 | ||||||
1 | Santiago-Xxxxxxxx | Xxxx | Manantial | 05.01 Xxxxxx xx Xxxxxxx | SE7 Regulación General | 514.970 | 514.859 | 4.212.890 | 4.212.683 |
Lo que se hace público, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 109 del Reglamento del Dominio Público Hidráulico, aprobado por el R.D. 849/1986, de 11 xx xxxxx, modificado por el R.D. 606/2003 de 23 xx xxxx, a fin de que, en el plazo de un mes contado a partir del inicio de la publicación de este anuncio, puedan presentar reclamaciones los que se consideren afectados, ante esta Confederación Hidrográfica del Guadalquivir en la Xxxxx xx Xxxxxx, Xxxxxx XX. 00000 Xxxxxxx, donde se halla de manifiesto la documentación técnica del expediente de la referencia, o ante el registro de cualquier órgano administrativo y demás lugares previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Sevilla, a 05 xx Xxxxx de 2015.- El Comisario de Aguas, XXXXXX XXXXXXX XXXXXXX.
MINISTERIO DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO AMBIENTE
CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL GUADALQUIVIR. COMISARÍA DE AGUAS. SEVILLA.
5278 Trámite de información pública de de solicitud de autorización especial de aguas públicas.
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Se ha presentado en este Organismo la siguiente petición de autorización especial de aprovechamiento de aguas públicas:
Anuncio – Información Pública
Núm. Expediente: A-470/2010 (133/2010) Peticionarios: Delegación Provincial de Medio Ambiente
Uso: Doméstico (Suministro casa), Otros usos no agrícolas (Extinción de Incendios) Volumen anual (m³/año): 8.563
Caudal concesional (L/s): 0,280 Captación:
Nº | T.M. | PROV | TIPO | CAUCE | SISTEMA | X UTM | Y UTM | ||
ED50 | ETRS89 | ED50 | ETRS89 | ||||||
1 | Xxxxxx | Xxxx | Manantial | 05.21 Xxxxxx Xxxxxx | SE7 Regulación General | 457.212 | 457.100 | 4.179.659 | 4.179.452 |
Lo que se hace público, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 109 del Reglamento del Dominio Público Hidráulico, aprobado por el R.D. 849/1986, de 11 xx xxxxx, modificado por el R.D. 606/2003 de 23 xx xxxx, a fin de que, en el plazo de UN MES contado a partir del inicio de la publicación de este anuncio, puedan presentar reclamaciones los que se consideren afectados, ante esta Confederación Hidrográfica del Guadalquivir en la Xxxxx xx Xxxxxx, Xxxxxx XX. 00000 Xxxxxxx, donde se halla de manifiesto la documentación técnica del expediente de la referencia, o ante el registro de cualquier órgano administrativo y demás lugares previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Sevilla, a 05 xx Xxxxx de 2015.- El Comisario de Aguas, XXXXXX XXXXXXX XXXXXXX.
MINISTERIO DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO AMBIENTE
CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL GUADALQUIVIR. COMISARÍA DE AGUAS. SEVILLA.
5279 Trámite de información pública de solicitud de autorización especial de aguas públicas.
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Se ha presentado en este Organismo la siguiente petición de autorización especial de aprovechamiento de aguas públicas:
Anuncio – Información Pública
Núm. Expediente: A-473/2010-TYP (140/2010) Peticionarios: Delegación Provincial de Medio Ambiente
Uso: Doméstico (Suministro casa), Otros usos no agrícolas (Extinción de Incendios) Volumen anual (m³/año): 8.563
Caudal concesional (L/s): 0,280 Captación:
Nº | T.M. | PROV | TIPO | M.A.S. | SISTEMA | X UTM | Y UTM | ||
ED50 | ETRS89 | ED50 | ETRS89 | ||||||
1 | Hornos | Jaén | Manantial | 0501 Xxxxxx xx Xxxxxxx | SE7 Regulación General | 517.051 | 516.940 | 4.219.134 | 4.218.927 |
Lo que se hace público, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 109 del Reglamento del Dominio Público Hidráulico, aprobado por el R.D. 849/1986, de 11 xx xxxxx, modificado por el R.D. 606/2003 de 23 xx xxxx, a fin de que, en el plazo de un mes contado a partir del inicio de la publicación de este anuncio, puedan presentar reclamaciones los que se consideren afectados, ante esta Confederación Hidrográfica del Guadalquivir en la Xxxxx xx Xxxxxx, Xxxxxx XX. 00000 Xxxxxxx, donde se halla de manifiesto la documentación técnica del expediente de la referencia, o ante el registro de cualquier órgano administrativo y demás lugares previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Sevilla, a 05 xx Xxxxx de 2015.- El Comisario de Aguas, XXXXXX XXXXXXX XXXXXXX.
ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL NÚM. 1 XX XXXX
6141 Cédula de citación x Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxx. Procedimiento: Social Ordinario 81/2015.
Edicto
Procedimiento: Social Ordinario 81/2015. Negociado: C.
Sobre: Materias Laborales Individuales. N.I.G.: 2305044S20150000263.
De: Xxxxxx Agrícola, S.L.
Contra: Delegación Territorial de la Consejería Económica, Innovación, Ciencia y Empleo y Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxx.
Xxxx Xxxxx Xxxxxxxx Xxxx xx Xxxxx, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número 1 xx Xxxx.
Hace saber:
Que en virtud de proveído dictado en esta fecha en los autos número 81/2015 se ha acordado citar x Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxx como parte demandada por tener ignorado paradero para que comparezcan el próximo día 00 XX XXXXXXX XX 0000 X XXX 11:10 HORAS para asistir a los actos de conciliación y juicio en su caso, que tendrán lugar en este Juzgado de lo Social, sito en Xxxx. xx Xxxxxx, xxx. 00- 0x. Xxxxxx (Xxxx. xx xx Seg. Social) debiendo comparecer personalmente o por persona legalmente apoderada y con los medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que no se suspenderán por falta injustificada de asistencia.
Igualmente, se le cita para que en el mismo día y hora, la referida parte realice prueba de Confesión Judicial.
Se pone en conocimiento de dicha parte, que tiene a su disposición en la Secretaría de este Juzgado de lo Social copia de la demanda presentada.
Y para que sirva de citación x Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxx.
Se expide la presente cédula de citación para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y para su colocación en el tablón de anuncios.
Jaén, a 00 xx Xxxxx xx 0000.- Xx Xxxxxxxxxx Judicial, XXXXX XXXXXXXX XXXX XX XXXXX.