Contract
XXXXXXXX XX XXXXXXXXXXXX XXXXX XX XXXXXXXXXXXX XX XXXXXX X XXXXXXX ROCKS S.L., PARA LA CELEBRACIÓN DEL EVENTO DENOMINADO “OPENEXPO EUROPE 2019”.
Expediente nº 145/2019/00790
Madrid, a 00 xx xxxx xx 0000.
XXXXXXXX
De una parte, el Ayuntamiento de Madrid, CIF P-2807900-B, con domicilio a efectos del presente convenio en la X/ Xxxxxxxxx, xxxxxx 0, 00000 xx Xxxxxx, representado por D. Xxxx Xxxxx Xxxxxxx xx Xxxxxxxxx, Coordinador General de la Alcaldía, según nombramiento efectuado por Decreto de la Alcaldesa de 13 xx xxxxx de 2015, en relación con el ejercicio de las competencias atribuidas por los artículos 2º.1 y 3.1.8 del Acuerdo de 8 de febrero de 2018 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, por el que se modifica el Acuerdo de 29 de octubre de 2015, de organización y competencias de la Coordinación General de la Alcaldía.
De otra parte, la empresa XXXXXXX ROCKS S.L., con domicilio en la Calle , , Madrid, C.I.F. número , representada por D , con NIE nº , en calidad de Administrador Único, según consta en escritura pública otorgada ante el Notario de Madrid, D con fecha , y número de protocolo .
Ambas partes, en ejercicio de las funciones que les han sido legalmente atribuidas, reconociéndose mutuamente la capacidad legal necesaria.
EXPONEN
I.- Que en virtud de lo dispuesto en el Acuerdo de 8 de febrero de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid por el que se modifica el Acuerdo de 29 de octubre de 2015 de organización y competencias de la Coordinación General de la Alcaldía, la Dirección General de Innovación y Promoción de la Ciudad, tiene atribuidas, entre otras, las siguientes competencias específicas: establecer, desarrollar y ejecutar políticas de apoyo a la innovación, promover e impulsar las relaciones del Ayuntamiento con Instituciones, Administraciones públicas, organismos y empresas públicas y privadas y miembros de la sociedad civil que apuesten por la innovación como fuente de progreso en Madrid, fomentar la innovación abierta entre las Startups, las Pymes y las grandes empresas de la ciudad, promover actitudes innovadoras, disruptivas, creativas y colaborativas entre los madrileños, así como la elaboración de planes y medidas dirigidas a una mayor proyección internacional de Madrid.
II.- Que la economía de la ciudad de Madrid se encuentra sustentada en gran parte por autónomos, empresarios y pequeñas y medianas empresas, en sus múltiples formas y variedades. El fomento de la innovación tecnológica y la competitividad es una forma de explotar el talento, apoyar la creación de empresas, impulsar la investigación, la tecnología y apoyar la internacionalización de la economía madrileña, acciones prioritarias para el Ayuntamiento de Madrid como política de estímulo económico, teniendo en cuenta el retorno que después esos recursos generan sobre el empleo, la actividad empresarial, consolidando, diversificando y enriqueciendo el ecosistema innovador de la ciudad y en general la generación de bienestar, riqueza y crecimiento social en la ciudad.
El fomento y apoyo al software libre y abierto es el resultado del esfuerzo de toda una comunidad durante más de dos décadas conformada por cientos de miles de personas comprometidas en su desarrollo y en la creencia de una mejora de la sociedad mediante conocimiento libre.
III.- Que XXXXXXX ROCKS S.L. es una sociedad especializada en la organización y producción de convenciones, ferias, eventos y congresos nacionales e internacionales, cuyos profesionales cuentan con un importante prestigio y experiencia en la materia.
IV.- Que el Ayuntamiento de Madrid tiene la voluntad de promocionar la ciudad como destino para la atracción xx xxxxxxx innovador, un hub tecnológico de empresas de alto rendimiento y potencial, en el que se facilita y se fomenta la I+D, la innovación en sentido amplio, se apoya al tejido empresarial promoviendo la consolidación de pymes, empresas innovadoras y startups punteras, y como foco de innovación abierta implicando al sector privado, público, universidades, escuelas de negocios, centros de investigación, ciudadanos, etc.
En concreto, la Dirección General de Innovación y Promoción de la Ciudad dirige su actividad fundamentalmente a potenciar los apoyos e impulsar las acciones con mayor probabilidad de éxito para acelerar el nuevo modelo económico al amparo de aquellas actividades de mayor valor añadido, mediante acciones para el desarrollo de la ciudad inteligente, la atracción xx xxxxxxx, el fomento de la innovación tecnológica y la promoción de Madrid en el mundo.
V.- Que las dos entidades coinciden en la importancia y la necesidad de desarrollar una relación de colaboración eficaz que facilite el logro de objetivos de interés común, a través de la realización de actividades conjuntas para la promoción de las excelencias de la innovación en el mercado español e internacional, y contribuir a que la ciudad de Madrid sea un foco de atracción xx xxxxxxx y startups innovadoras que forjen una imagen internacional de ciudad abierta y creativa.
VI.- Que esta colaboración y la celebración del evento “OpenExpo Europe 2019”están orientadas a las innovaciones tecnológicas, y son el mejor vehículo para informar a la comunidad internacional sobre las numerosas contribuciones del Open Source y el Software Libre dentro de las actuales y futuras revoluciones digitales. Los visitantes podrán colaborar, compartir información y aprender sobre una amplia variedad de temas y conocer cómo el Open Source fomenta la innovación y la agilidad en la empresa para impulsar su transformación global y sus procesos tecnológicos.
VII.- Que el Ayuntamiento de Madrid dispone del Centro de Innovación La Nave, situado en la calle Xxxxxxxxx, 5, en el Distrito xx Xxxxxxxxxx, y gestionado por la Dirección General de Innovación y Promoción de la Ciudad. En él se desarrollan actividades y eventos para el fomento de la innovación, por lo que se considera de gran importancia volver a organizar (ésta sería la tercera edición) en el citado Centro el evento denominado “OpenExpo Europe 2019”, en el que, por otra parte, la ciudad de Madrid estaría representada con un espacio de información dentro de la Feria.
Por esta razón, ambas partes, reconociéndose previa y recíprocamente la capacidad legal necesaria, suscriben el presente Convenio de Colaboración, de acuerdo con las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA.- Objeto.
El presente convenio tiene por objeto regular la colaboración entre las partes en la promoción de la innovación tecnológica en el mercado español e internacional a través de la realización del evento denominado “OpenExpo Europe 2019”, con el objeto de contribuir a que la ciudad de Madrid sea un foco de atracción xx xxxxxxx y de colaboración para profesionales y entusiastas de la tecnología con un interés especial en las tecnologías de código abierto y en nuevas formas de impulsar la transformación digital de su negocio, forjando una imagen internacional de ciudad abierta y creativa.
“OpenExpo Europe 2019” es el evento empresarial líder en innovación tecnológica abierta y punto de encuentro del sector donde las empresas amplían su red de contactos, generan negocios y promocionan sus servicios. Los principales proveedores del sector mostrarán sus soluciones tecnológicas para todo tipo de empresas ante más de 3.500 profesionales en 1 solo día, por lo que se espera que esta colaboración genere en un medio plazo un gran movimiento de capital, xx xxxxxxx y de innovación, erigiéndose en elemento dinamizador de la economía madrileña.
SEGUNDA. Derechos y obligaciones del Ayuntamiento de Madrid. Derechos del Ayuntamiento de Madrid.
• Utilizar imágenes del “OpenExpo Europe 2019” en la comunicación y publicidad de sus servicios.
• Posibilidad de instalar elementos gráficos propios en la zona reservada al Ayuntamiento de Madrid en el “OpenExpo Europe 2019”.
• Utilizar la denominación, logotipos y marcas xx XXXXXXX ROCKS S.L en publicidad del evento, pudiéndolos asociar a su marca durante la vigencia del presente acuerdo para indicar la relación de colaboración.
• Comunicar las actividades derivadas del presente convenio a través de los medios que considere oportunos.
Obligaciones del Ayuntamiento de Madrid.
• Colaborar con XXXXXXX ROCKS, S.L. en la organización del “OpenExpo Europe 2019”, evento empresarial líder en innovación tecnológica abierta. Se celebrará el día 20 xx xxxxx de 2019 en el Centro de Innovación LA NAVE, calle Xxxxxxxxx, nº 5, Madrid.
• La cesión gratuita del espacio de La Nave para la celebración del evento, es una de las aportaciones del Ayuntamiento de Madrid a este Convenio de colaboración.
• Designar a un responsable para coordinar las actuaciones, impulsando la celebración del evento y la participación activa de todos los actores implicados, colaborando en su realización. La designación no implicará dedicación exclusiva del funcionario a este proyecto.
• Hacer la cesión gratuita de 1 circuito de publicidad exterior en marquesinas de autobuses dos semanas. Las fechas concretas se determinarán en cada caso. Será XXXXXXX ROCKS, S.L. quien se encargará de la producción de la cartelería destinada a los soportes publicitarios, no repercutiendo ningún gasto para el Ayuntamiento.
• Hacer la cesión gratuita de espacios publicitarios y reportajes en la radio pública del Ayuntamiento de Madrid (M21 RADIO) para la promoción del evento.
• Hacer la inserción de información relativa al desarrollo de este convenio en la Web del el Ayuntamiento de Madrid y en otros medios de comunicación que fomenten la visibilidad y presencia como colaboradores en el mismo.
• Serán por cuenta del Ayuntamiento de Madrid la limpieza, seguridad y mantenimiento de La Nave así como el suministro de la red wifi durante los días de montaje, desmontaje y celebración del “OpenExpo Europe 2019”.
TERCERA. Derechos y obligaciones xx XXXXXXX XXXXX, S.L. Derechos xx XXXXXXX ROCKS, S.L.
• Utilizar la denominación, logotipo y marca del Ayuntamiento de Madrid en publicidad del evento, pudiéndolos asociar a su marca durante la vigencia del presente acuerdo para indicar la relación de colaboración.
• Comunicar las actividades derivadas del presente convenio a través de los medios que considere oportunos.
Obligaciones xx XXXXXXX ROCKS, S.L.
• Ceder dentro de la feria un espacio destacado, de un mínimo de 20m2 (Stand) para la presencia del Ayuntamiento de Madrid en la misma, pudiendo albergar en ella startups, pymes, labs, organismos, centros educativos, universidades o proyectos que se estén desarrollando bajo el paraguas del Ayuntamiento de Madrid.
• Coordinar los actos de inauguración y clausura de “OpenExpo Europe 2019”, momentos de mayor presencia mediática.
• Presencia de imagen del Ayuntamiento de Madrid en las posibles retransmisiones en
streaming de “OpenExpo Europe 2019”.
• Presencia destacada de la imagen del Ayuntamiento de Madrid en todas las comunicaciones del evento: mailings, folletos, photocall, pantallas en el evento, espacio Web y en el monográfico con la cobertura post evento.
• Difundir a la base de datos xx XXXXXXX ROCKS, S.L información acerca de las iniciativas municipales en el ámbito de la innovación y apoyo a startups y pymes.
• Compartir su conocimiento en el sector de los negocios digitales y su experiencia en la generación de una comunidad transnacional de innovación, para el diseño de acciones promocionales destinadas al Ayuntamiento de Madrid y la ciudad.
CUARTA.- Modificación del convenio.
Conforme a lo dispuesto en el artículo 49 g) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, cualquier modificación que afecte al contenido del convenio requerirá acuerdo unánime de los firmantes.
QUINTA.- Incumplimiento y consecuencia.
En caso de que los compromisos y objeto del Convenio no puedan llevarse a cabo por imposibilidad sobrevenida de cumplir las obligaciones derivadas del mismo, por causas materiales o legales, las partes pactarán la forma de terminar las actuaciones en curso que menos perjudique a los intereses de las dos partes y en defecto de acuerdo se someterán a la jurisdicción de los Juzgados de lo Contencioso Administrativo de Madrid.
SEXTA.- Resolución del convenio y efectos.
El convenio se extinguirá por el cumplimiento de las actuaciones que constituyen su objeto o por incurrir en alguna de las siguientes causas de resolución:
1.- El transcurso del plazo de vigencia del convenio.
2.- El acuerdo unánime de las partes, en cuyo caso y en función de la fase de ejecución en que se produzca la resolución, las partes pactarán la forma de terminar las actuaciones en curso que menos perjudique a los intereses municipales.
3.- La imposibilidad sobrevenida, legal o material, de cumplir las obligaciones derivadas del objeto del convenio.
4.- La decisión judicial declaratoria de la nulidad del convenio.
Los efectos de la resolución del convenio se regirán por lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
La resolución del convenio por los motivos expresados en los números 1, 2 y 3 no tendrá efectos sobre las partes.
SÉPTIMA.- Comisión de seguimiento.
Al objeto de llevar a cabo el seguimiento, control y coordinación de las actuaciones previstas en este convenio de colaboración, así como la resolución de las cuestiones que pudieran suscitarse durante su vigencia en relación con la interpretación y el cumplimiento del mismo, se crea una comisión de seguimiento que estará integrada por dos personas designadas por la Dirección General de Innovación y Promoción de la Ciudad del Ayuntamiento de Madrid y otras dos por XXXXXXX ROCKS, S.L.
El funcionamiento de esta comisión se regirá por las normas contenidas en los artículos 15 y siguientes de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
La comisión se reunirá cuando se estime conveniente y, en todo caso, siempre que una de las partes lo solicite al objeto de revisar la relación de acciones y actividades que se realicen al amparo del presento convenio y resolver las incidencias que pudieran surgir en la celebración de los eventos y acciones o cualquier otra cuestión que pudiera suscitarse.
OCTAVA.- Protección de datos.
No se prevé tratamiento de datos de terceros en el marco del presente convenio.
NOVENA.- Vigencia.
El presente convenio entrará en vigor el día de su firma y se extinguirá a la finalización del evento “OpenExpo Europe 2019”, que tendrá lugar el día 20 xx xxxxx de 2019.
DÉCIMA.- Naturaleza jurídica.
El presente convenio se encuentra excluido del ámbito de aplicación de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, en virtud de lo dispuesto en su artículo 6.
No obstante, y según el artículo 4, para la resolución de dudas y lagunas que pudieran presentarse se aplicarán los principios contenidos en la Ley 9/2017 de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.
Será de aplicación al mismo el régimen jurídico establecido en las Leyes 7/1985, de 2 xx xxxxx, Reguladora de las Bases de Régimen Local, 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid.
El conocimiento y resolución de todas las cuestiones que se pudieran plantear en orden a su cumplimiento, interpretación, resolución y efectos, a falta de acuerdo entre las partes, se someterán a la jurisdicción de los Juzgados de lo Contencioso Administrativo de Madrid.
Y para que así conste a los efectos oportunos, en prueba de conformidad, las partes firman el presente Convenio, por duplicado ejemplar, en el lugar y fecha indicados al inicio.