ANEXO 1. CARACTERÍSTICAS DEL ACUERDO MARCO
ANEXO 1. CARACTERÍSTICAS DEL ACUERDO XXXXX
CON-2019-SE-0261
LICITACIÓN DEL ACUERDO MARCO DE COORDINACIÓN DE SEGURIDAD Y SALUD (C.S.S) SEGURTASUN ETA OSASUN KOORDINAZIOKO ESPARRU AKORDIOAREN LIZITAZIOA
Cláusula 1.- Objeto del acuerdo marco:
a.- Código/s CPV: 71317210-8 Servicios de consultoría en salud y seguridad b.- División en lotes: No
En su caso, justificación de la no división en lotes del contrato: Se considera a efectos de justificar la no división en lotes del objeto del contrato, el hecho de que la realización independiente de las diversas prestaciones comprendidas en el objeto del contrato dificultaría la correcta ejecución del mismo desde el punto de vista técnico.
c.- Obligación de subrogación por norma legal, un convenio colectivo o un acuerdo de negociación colectiva de eficacia general (artículo 130 LCSP): NO
d.- Contrato reservado de conformidad con la D.A. 4ª LCSP: NO Necesidades a satisfacer mediante el contrato:
La contratación de los servicios de coordinación de seguridad y salud deriva de las obligaciones que VISESA debe cumplir como promotor según se indica en el Real Decreto 1627/97:
a. Designar un Técnico competente que elabore el Estudio Básico o el Estudio de Seguridad y Salud.
b. Designar un Técnico competente que desempeñe las funciones de Coordinador/a de Seguridad y Salud en las fases de proyecto y de ejecución, cuando sea exigible
Los trabajos a desarrollar (en cada caso) posibilitarán a VISESA a través de las siguientes funciones que cubrirá el coordinador de seguridad y salud, cumplir con lo establecido en el Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción, así como de las previstas en el art. 14 del Real Decreto 171/2004, de 30 de enero, en materia de coordinación de actividades empresariales aplicables.
Las funciones a desarrollar y que corresponden a la Coordinación de la obra en sus aspectos de Seguridad y Salud son las establecidas, como mínimo, por la legislación vigente, además las detalladas en el pliego de prescripciones técnicas.
El alcance de este Acuerdo Xxxxx se extenderá a las obras de Edificación y urbanización vinculada, rehabilitación y reparaciones y urbanización complementarias en los tres territorios históricos de la CAPV. Dentro del alcance de este acuerdo se entenderá como edificación aquellas promociones de viviendas junto a su urbanización vinculada al proyecto. Las promociones de urbanización complementaria hacen referencia a urbanizaciones no vinculadas a proyectos edificatorios. Las obras de reparación o rehabilitación comprenderán actuaciones de rehabilitación/reparación determinadas en promociones de viviendas excluyendo las realizadas desde el Departamento Postventa en exclusiva.
Del Acuerdo Xxxxx se derivará una única Bolsa de Coordinadores de Seguridad y Salud Contrato complementario de obras/suministro: NO
Cláusula 2.- Órgano de Contratación y gestión: Órgano de contratación:
Denominación: Director General de VISESA
Dirección postal: Portal xx Xxxxxxx 1ª, 2ª planta. 00000 Xxxxxxx-Xxxxxxx
Área tramitadora: área jurídica
Área contable: área económico-financiera
Área destinataria del objeto del contrato
Denominación: Área Técnica
Dirección postal: Portal xx Xxxxxxx 1ª, 2ª planta. 00000 Xxxxxxx-Xxxxxxx
Cláusula 3.- Área encargada del seguimiento y ejecución del contrato:
Denominación: Área Técnica
Cláusula 4.- Valor Estimado.
Valor estimado: 728.913,60 euros IVA excluido
Método de cálculo aplicado para calcular el valor estimado:
- Ejecución material, gastos generales de estructura y beneficio industrial: 607.428 euros
- Prórrogas:
- Modificaciones: 121.485,60 euros
Dicha cantidad se indica únicamente a efectos de publicidad del procedimiento y de información a posibles licitadores, sin que ello suponga en ningún momento un compromiso de gasto por parte de VISESA.
Cláusula 5.- Presupuesto base de licitación y crédito en que se ampara:
Tipo de presupuesto:
Presupuesto (IVA excluido): 607.428 euros IVA: 127.559,88 [Tipo/s: 21%]
Presupuesto base de licitación: 734.987,88 euros, IVA incluido.
Sistema de determinación del presupuesto:
De forma estimada se indican a continuación los conceptos que intervienen en el cálculo del presupuesto base de licitación:
EDIFICACION
- El presupuesto coste hora trabajo efectivo, referido a los salarios de coordinadores de seguridad y salud por cada promoción de edificación, con las categoría referida en el apartado de condiciones especiales de ejecución, se establece en 30,90 € /hora trabajo efectivo
Para el cálculo se ha atendido a los convenios colectivos sectoriales aplicables al presente servicio, atendiendo a su naturaleza, aplicando las tablas salariales del convenio colectivo del sector de la Construcción y Obras Públicas de Gipuzkoa al ser de cuantía más elevada para el trabajador.
Se incluyen en este apartado los pagos a la Seguridad Social y la repercusión de la cobertura del servicio durante el 100% de las vacaciones
- Otros costes derivados de la ejecución material:
o Coste hora trabajo estimado de la flota de vehículo GLP (gama media) en forma de renting y 80.000 km anuales, seguro, mantenimientos y revisiones incluido, se establece en 2,23 € / hora.
Así mismo, se estima unos gastos de combustibles por importe de 1,42 € / hora
o Coste estimado anual del equipamiento informático, teléfonos para cada coordinador de seguridad y salud, previsto en el apartado de medios materiales necesarios se establece en 0,47 € /hora.
- Gastos generales de estructura y el beneficio industrial se establece en un 17%
ESTIMACIÓN PRECIO HORA LICITACIÓN COORDINADOR DE SEGURIDAD Y XXXXX | |||
XXXXXXX BRUTO ANUAL | |||
Nº TECNICOS | CONVENIO | SALARIO ESTIMADO s/CONVENIO | € /hora efectiva |
1 | TABLAS 2019 Construcción Gipuzkoa (Aparejador) 1690 horas efectivas de trabajo | 39.209,33 | |
PAGOS SEGURIDAD SOCIAL 23.60 % | 9253,40 | ||
1 | Salario Sustitución 100% vacaciones | 2999,53 | |
PAGOS SEGURIDAD SOCIAL 23.60 % contingencias sustitución | 771,11 | ||
SUMA1 | 52.233,37 | 30,90 | |
ESTIMACIÓN RENTING VEHÍCULOS | |||
UNIDADES | DESCRIPCION | €/AÑO*UD | €/hora efectiva |
1 | Renting mensual vehículo GLP de gama media (focus, megane, etc….) para un plazo de 5 años y 80.000 kms anuales. Seguro, mantenimientos y revisiones incluido… | 3.780,00 | 2,23 |
1 | Estimación consumos anuales combustible (25.000 Km/año x consumo medio 8l/100 km; 1,2 €/l) | 2.400,00 | 1,42 |
SUMA2 | 6.180,00 | 3,65 | |
EQUIPAMIENTO | |||
UNIDADES | DESCRIPCIÓN | €/UD*año | €/hora efectiva |
1 | Portátil: Convertible en tableta con pantalla táctil con dock con LAN Gigabit, Wifi y 4G. O ultraportatil con 4g y wifi que pese de menos de 2 kilos. Valorable que incluya lápiz óptico. - Disco Duro: SSD, tamaño 240 GB mínimo. - Procesador: intel I5 generación 7 o superior. Valorable positivamente 8th generation. - Memoria Ram: Min 8 GB. - Cuenta de correo electrónico, consultable desde Internet. | 300,00 | 0,17 |
1 | Teléfono móvil, con conexión de datos que permita la recepción de correos electrónicos y hacer fotografías con una resolución de al menos 8x | 500,00 | 0,30 |
SUMA3 | 800 | 0,47 |
SUMA 1+2+3 | 35,02 | |
BI Y GG 17% | ||
TOTAL €/HORA ESTIMADO | 40,97 |
Se estima una dedicación del coordinador de seguridad y salud en horas en función de las tareas descritas en el Pliego Técnico de:
A) EDIFICACIÓN y URBANIZAIÓN VINCULADA:
DEDICACIÓN TIPO TIPOLOGIA 1 = 430 horas + incremento dependiente de número de viviendas DEDICACIÓN TIPOLOGIA 2 = 565 horas + incremento dependiente de número de viviendas DEDICACIÓN TIPOLOGIA 3 = 707 horas + incremento dependiente de número de viviendas
Se realiza un incremento dependiente del número de viviendas, dado que este dato incide directamente en la duración media estimada por visita, incrementándose el tiempo al incrementarse el número de viviendas.
B) REHABILITACIÓN Y REPARACIONES: DEDICACIÓN = 30 h fijas+ 10 h/mes
C) URBANIZACION COMPLEMENTARIA: DEDICACIÓN = 30 h fijas+ 16 h/mes
La planificación actual estimada de edificación pendiente de contratación de coordinadores de seguridad y salud, rehabilitación y urbanización es la siguiente:
A = EDIFICACION Y URBANIZACION VINCULADA | |||
TERRITORIO HISTORICO | TIPOLOGIA PROMOCION | NUMERO VIVIENDAS | PRESUPUESTO ESTIMADO PROMOCION € |
PREVISTO ACTA REPLANTEO 2020 | |||
G-066 Azkoitia | ≤ 50 | 16 | 18.605,00 |
A-041 Xxxxxxx Xxxxx 2 | ≤ 50 | 42 | 20.165,00 |
G-072 Eibar Egazelai | ≤ 50 | 36 | 19.805,00 |
PREVISTO ACTA REPLANTEO 2021 | |||
G-076 Hondarribi-Presa II | ≤ 50 | 34 | 19.685,00 |
G-075 Hondarribi-Presa I | ≤ 50 | 42 | 20.165,00 |
G-075 Hondarribi-Presa I | ≤ 50 | 42 | 20.165,00 |
B-079 Getxo - Sarrikobaso | 50< X ≤100 | 64 | 25.725,00 |
X-000 Xxxxxxx-Xxxxxxxx XXX-00-00 Xxxxxxxx sector 12 | > 100 | 128 | 31.565,00 |
B- 94 Zorrotzaurre - DB 2 | > 100 | 120 | 31.405,00 |
B-47 Bilbao -Bolueta FASE 2 | 50< X ≤100 | 54 | 25.325,00 |
B-101 Bilbao -Bolueta FASE 2 | 50< X ≤100 | 90 | 26.765,00 |
PREVISTO ACTA REPLANTEO 2022 | |||
G-XX Zumárraga | 50< X ≤100 | 72 | 26.045,00 |
G-XX Zumárraga | ≤ 50 | 36 | 19.805,00 |
A-038 Amurrio | 50< X ≤100 | 56 | 25.405,00 |
X-000 Xxxxxxx-Xxxxxxxx 000,XXX 00-00, Xxxxxxxx sector 12 | > 100 | 128 | 31.565,00 |
X-000 Xxxxxx-Xxxx Xxxxxxx | > 100 | 105 | 31.105,00 |
X-000 Xxxxxx-Xxxx Xxxxxxx | 50< X ≤100 | 60 | 25.565,00 |
X-000 Xxxxxxxxxxxx XX0-XX-0 | > 100 | 117 | 31.345,00 |
PREVISTO ACTA REPLANTEO 2023 | |||
X-000 Xxxxxxxxxxx XX0-XX-0-X | 50< X ≤100 | 58 | 25.485,00 |
En suspensión temporal | |||
B-108 Gordexola | ≤ 50 | 15 | 18.545,00 |
X-000 Xxxxxx Xxxxxxxxx | > 100 | 105 | 31.105,00 |
B-109 Mundaka | ≤ 50 | 15 | 18.545,00 |
TOTAL ESTIMADO EDIFICACION Y URBANIZACIÓN VINCULADA | 543.890,00 | ||
B = REHABILITACION Y REPARACIONES | |||
TERRITORIO HISTORICO | DURACION ESTIMADA | COSTE TOTAL PROMOCION € | |
2019 | |||
Araba | 12 meses | 6.050,00 | |
ESTIMACION 2020 | |||
TOTAL 1 OBRA | TOTAL 10 meses | 5.250,00 | |
ESTIMACION 2021 | |||
TOTAL 1 OBRA | TOTAL 10 meses | 5.250,00 | |
ESTIMACION 2022 | |||
TOTAL 1 OBRA | TOTAL 10 meses | 5.250,00 | |
ESTIMACION 2023 | |||
TOTAL 1 OBRA | TOTAL 10 meses | 5.250,00 | |
TOTAL ESTIMADO REHABILITACION/REPARACIONES | 27.050,00 |
C = URBANIZACION COMPLEMENTARIA | ||
TERRITORIO HISTORICO | DURACION ESTIMADA | COSTE TOTAL PROMOCION € |
ESTIMACION 2020 | ||
TOTAL 1 OBRA | 12 meses | 9.122,00 |
ESTIMACION 2021 | ||
TOTAL 1 OBRA | 12 meses | 9.122,00 |
ESTIMACION 2022 | ||
TOTAL 1 OBRA | 12 meses | 9.122,00 |
ESTIMACION 2023 | ||
TOTAL 2 OBRAS | 12 meses | 9.122,00 |
TOTAL ESTIMADO URBANIZACION COMPLEMENTARIA | 36.488,00 | |
TOTAL ESTIMADO A+B+C | 607.428,00 € |
Posibilidad de incrementar hasta el 10 % del precio del contrato: NO
Cláusula 6.- Acuerdo marco sujeto a regulación armonizada.
SÍ
Cláusula 7.- Procedimiento de adjudicación:
Acuerdo Marco
- Tramitación anticipada: NO
- Tramitación: ORDINARIA
- Procedimiento: abierto
- Pluralidad de criterios de adjudicación.
- Adjudicación: VARIAS EMPRESAS
- Adjudicación de Contratos basados:
- Con nueva licitación:
Términos de la nueva licitación:
El Acuerdo Marco se celebrará con las empresas que cumplan con los requisitos y superen la puntuación de 50 puntos en los criterios técnicos, se clasificarán por orden de puntuación, de mayor a menor.
Las empresas que no alcancen una puntuación mínima de 50 puntos al término de esta evaluación quedarán excluidas.
En el caso de alcanzar la misma puntuación dos o más empresas en esta fase, se ordenarán mediante la aplicación por orden de los siguientes criterios:
a) Mayor puntuación obtenida en el apartado de valoración: “Metodología a emplear”
b) Mayor puntuación obtenida en el apartado de valoración: “Organización de los trabajos”
c) Mayor puntuación obtenida en el apartado de valoración: “Técnicos asignados”
d) Mayor puntuación obtenida en el apartado de valoración: “Medidas para la profesionalización del servicio”
e) Mayor puntuación obtenida en el apartado de valoración: “Aspectos sociales”
f) Mayor puntuación obtenida en el apartado de valoración: “Sobreprestaciones Técnicas”
Una vez seleccionados dichos proveedores, VISESA tramitará un contrato para cada promoción o prestación de servicios determinada que requiera de entre los licitadores que resulten adjudicatarios del presente Acuerdo Marco.
Cuando por parte de VISESA se considere necesaria la prestación por parte de los adjudicatarios de los servicios citados como consecuencia de la ejecución de una obra o proyecto, o por cualquier otro motivo, se convocará a los 3 primeros adjudicatarios a nueva licitación restringida entre ellos.
El presupuesto base de esa nueva licitación se indicará en la invitación y se establecerá en base a los precios tipo siguientes según la tipología de obra de que se trate:
PRECIO TOTAL POR TIPOLOGÍA OBRA | |||
A) EDIFICACIÓN + URBANIZACIÓN VINCULADA | |||
PRECIO | X < 50 viviendas | 50 viviendas > X <100viviendas | X >100 viviendas |
A= PRECIO FIJO | 17.645,00 € | 23.165,00 € | 29.005,00 € |
B= PRECIO VARIABLE POR VIVIENDA | 60 € * nº viviendas | 40 €* nº viviendas | 20 €*nº viviendas |
PRECIO TOTAL PROMOCIÓN (€) P = A + B | 17.645,00 + (60* nº viviendas) | 23.165,00 + (40* nº viviendas) | 29.005,00 €+20 €*nº viviendas |
B) REHABILITACIÓN Y REPARACIONES | |||
PRECIO FIJO | 1.250, 00 € |
PRECIO VARIABLE POR MES | 400 € /mes duración obra |
PRECIO TOTAL PROMOCIÓN (€) P = A + B | 1.250,00 + (400 * mes duración obra) |
C) URBANIZACIÓN COMPLEMENTARIA | |
PRECIO FIJO | 1.250,00 € |
PRECIO VARIABLE POR MES | 656 € / mes duración obra |
PRECIO TOTAL PROMOCIÓN (€) P = A + B | 1.250,00 + ( 656 * mes duración obra) |
PRECIO GESTIÓN VISITAS PERSONAL EXTERNO (EN CASOS EXCEPCIONALES POR REQUEREMIENTO DE VISESA) | |
PRECIO HORA DE GESTIÓN VISITA A OBRA DE PERSONAL EXTERNO SOLICITADA POR VISESA (Incluido impartir charla informativa de riesgos a los visitantes, gestión documental, gestión de la visita, control de EPIS, etc.) | 60 € /hora |
Los precios detallados engloban todas las tareas y funciones establecidas en el pliego técnico, incluida la gestión de las visitas a obra por parte de personal externo a la misma, siempre y cuando sea solicitado expresamente por VISESA, y que dispone de su propio precio.
En los precios anteriores se consideran incluidos los costes directos, indirectos, medios auxiliares, gastos generales del adjudicatario y el beneficio industrial.
La cuantía económica del servicio se prorrateará entre los meses previstos de obra, mediante pagos mensuales tras presentación de factura correspondiente en los plazos establecidos en la legislación vigente.
VISESA establecerá el precio máximo para cada promoción licitada según sumatorio de precio fijo más precio variable en base a los precios establecidos por cada tipología de obra. Las empresas presentarán una oferta económica para cada contrato propuesto y un precio de gestión de las visitas solicitadas por VISESA de personal externo a la obra.
Con el objeto de garantizar un servicio de calidad de acuerdo a los criterios de profesionalización del sector, en cada oferta económica, el licitador deberá aportar justificación de la viabilidad de la oferta atendiendo, entre otros, al cumplimiento de la normativa laboral vigente.
Los licitadores o licitadoras indicarán el convenio colectivo aplicable a las trabajadoras y a los trabajadores que realicen la actividad objeto del contrato según DECLARACION RESPONSABLE.
Los adjudicatarios tendrán la obligación de facilitar cuanta información se requiera sobre las condiciones de trabajo que, una vez adjudicado el contrato, se apliquen efectivamente a dichos trabajadores y trabajadoras.
Los criterios de adjudicación de cada contrato específico, y su ponderación relativa, serán los siguientes:
La máxima puntuación corresponderá a la oferta MAS BAJA en el precio total de la obra, salvo que se entienda que no puede ser cumplida por ser desproporcionada o temeraria. El resto de las propuestas se puntuarán mediante la siguiente fórmula:
Siendo:
𝑃𝒖𝒏𝒕𝒖𝒂𝒄𝒊ó𝒏 𝑬𝒎𝒑𝒓𝒆𝒔𝒂 = 𝑴𝑷 ∗ (𝑷𝑴𝑳 − 𝑷𝑶)
(𝑷𝑴𝑳 − 𝑷𝑶𝑴𝑽)
P.O = Precio Ofertado
P.M.L. = Precio Máximo de Licitación |
P.O.M.V. = Precio Oferta Más Ventajosa |
M.P = Máximo de Puntos |
Que se corresponde con la siguiente gráfica:
Puntuación por % ofertado sobre Precio Licitación
60,00
40,00
20,00
-
Parámetros que permitan identificar que una oferta se considera anormal:
Se considerarán, en principio, desproporcionadas o temerarias las ofertas que se encuentren en los siguientes supuestos:
1. Cuando, concurriendo un solo licitador, sea inferior al presupuesto base de licitación en más de 25 unidades porcentuales.
2. Cuando concurran dos licitadores, la que sea inferior en más de 20 unidades porcentuales a la otra oferta.
3. Cuando concurran tres o más citadores, las que sean inferiores en más de 15 unidades porcentuales a la media aritmética de las ofertas presentadas.
Plazo para la justificación de la anormalidad de la oferta: 5 días hábiles
Se adjudicarán las promociones por orden de puntuación de la valoración económica.
La acumulación de contratos no podrá ser mayor a 5 para un mismo licitador, entendiéndose como tal a aquellos adjudicatarios que en la fecha de la licitación concreta del nuevo contrato tengan ya adjudicados y en ejecución (en fase de proyecto u obra), simultáneamente 5 contratos derivados de este Acuerdo Marco.
Aquellos licitadores que lleguen a la máxima acumulación de contratos pasarán al final de la lista por orden de puntuación técnica. Cuando finalicen los 5 contratos adjudicados volverán a ocupar el puesto inicial.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 147.2 LCSP, el empate entre varias ofertas tras la aplicación de los criterios de adjudicación del contrato, se resolverá mediante la aplicación por orden de los siguientes criterios sociales, referidos al momento de finalizar el plazo de presentación de ofertas:
a) Mayor porcentaje de trabajadores con discapacidad o en situación de exclusión social en la plantilla de cada una de las empresas, primando en caso de igualdad, el mayor número de trabajadores fijos con discapacidad en plantilla, o el mayor número de personas trabajadoras en inclusión en la plantilla.
b) Menor porcentaje de contratos temporales en la plantilla de cada una de las empresas.
c) Mayor porcentaje de mujeres empleadas en la plantilla de cada una de las empresas.
d) El sorteo, en caso de que la aplicación de los anteriores criterios no hubiera dado lugar a desempate.
A efectos de aplicación de estos criterios los licitadores deberán acreditarlos, en su caso, mediante los correspondientes contratos de trabajo y documentos de cotización a la Seguridad Social y cualquier otro documento admitido en derecho que acredite los criterios sociales anteriormente referidos.
Cláusula 8.-Admisibilidad de variantes.
Procede: NO
Cláusula 9.- Medios electrónicos y presentación de ofertas.
Licitación electrónica: Se exige la presentación de ofertas por medios electrónicos: SI
Fecha y hora límite de presentación: 25 de noviembre de 2019 a las 13:00 horas Registro de presentación de ofertas: Registro Telemático de Contratación Electrónica Apertura pública de las ofertas (sí/no): SÍ
Lugar de apertura de sobres nº3:
La apertura de sobres nº3 se realizará:
- Fecha: 00 xx xxxxx xx 0000
- Xxxx: 10:00
URL de retransmisión: xxxxx://xxx0.xxxxxxx.xxx/xxxxxxxxxx/xxxxxxx_xxxxxx_xx.xxxx
Cláusula 10.- Plazo de vigencia:
El presente acuerdo marco tendrá una vigencia de 4 años.
Cláusula 11.- Habilitación empresarial o profesional precisa para la realización del contrato:
Procede: NO
Cláusula 12.- Solvencia económica, financiera y técnica y criterios de selección:
El empresario podrá acreditar su solvencia indistintamente mediante su clasificación, en los contratos de servicios cuyo objeto esté incluido en el Anexo II del RGLCAP, o bien acreditando el cumplimiento de los siguientes requisitos específicos de solvencia:
A) Acreditación de la solvencia económica y financiera, según artículo 87 de la LCSP, por alguno de los siguientes medios:
La solvencia económica y financiera del empresario deberá acreditarse por:
SEGURIDAD DE RESPONSABILIDAD CIVIL
Deberá disponer y mantener en vigor, un seguro de Responsabilidad Civil por riesgos profesionales por importe igual o superior a 600.000 euros
Aportación en el DEUC: declaración de estar en posesión del seguro y el importe del mismo. Aportar por la propuesta como adjudicataria: copia de la póliza de seguros y documento de pago.
B) Acreditación de la solvencia técnica, según artículo 89 de la LCSP, por alguno de los siguientes medios:
Las empresas licitadoras deberán estar debidamente reconocidas de máxima categoría por, al menos, dos entidades aseguradoras del ámbito correspondiente (Seguro Decenal de la Edificación) que verifiquen las siguientes condiciones mínimas:
o Medios personales:
Se deberá adscribir a la realización del contrato el siguiente personal:
a) La dotación de los medios humanos que la empresa adjudicataria dedicará a los trabajos será, como mínimo, la de un coordinador de seguridad y salud, con la titulación habilitante según las disposiciones siguientes:
o Obras de Edificación, Rehabilitación o Reparación: UN/A TITULADO/A EN ARQUITECTURA, ARQUITECTURA TÉCNICA o titulación equivalente por competencias e idoneidad, que será nombrado COORDINADOR/A DE SEGURIDAD Y SALUD, a quien corresponderá desempeñar las funciones de directoras, técnicas, administrativas y económicas a fin de que los trabajos sirvan de la mejor forma posible a los intereses y objetivos perseguidos por la Propiedad. Será la persona interlocutora con la misma, y la responsable de realizar la asistencia técnica contratada.
o Obras de Urbanización: UN/A TITULADO/A EN INGENIERÍA O INGENIERÍA TÉCNICA, ARQUITECTURA, ARQUITECTURA TÉCNICA o titulación equivalente por competencias e idoneidad, que será nombrado COORDINADOR/A DE SEGURIDAD Y SALUD, a quien corresponderá desempeñar las funciones de directoras, técnicas, administrativas y económicas a fin de que los trabajos sirvan de la mejor forma posible a los intereses y objetivos perseguidos por la Propiedad. Será la persona interlocutora con la misma, y la responsable de realizar la asistencia técnica contratada.
En todas las tipologías de obra reseñadas anteriormente, deberá contar adicionalmente con:
o la calificación de TÉCNICO/A SUPERIOR EN PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES.
o haya realizado el curso de “Coordinador de Seguridad y Salud en obras de construcción” (200 horas) referido en el Apéndice 2 de la Guía Técnica “para la evaluación y prevención de los riesgos relativos a las obras de construcción” (INSHT, 2012) como contenido mínimo del programa de formación para ejercer las funciones de coordinador en materia de seguridad y salud según el RD 1627/1997.
A presentar por los licitadores en el DEUC: detalle de titulación y estudios en el apartado “Títulos de estudios y profesionales”.
A presentar por la propuesta como adjudicataria: copias de las titulaciones y/o acreditaciones académicas o profesionales, curriculum vitae y documento de adscripción efectiva de medios personales y materiales.
b) Experiencia contrastada del equipo de trabajo, en los últimos tres años, en materia de seguridad en obras, y acreditar haber realizado funciones de Coordinación de Seguridad y Salud en:
▪ Obras de Edificación, Rehabilitación o Reparación: al menos un servicio de coordinación en una promoción de 50 o más viviendas.
▪ Obras de Urbanización: al menos un servicio de coordinación en una urbanización de P.E.M. igual o superior a 500.000,00 €
A presentar por los licitadores en el DEUC: declaración de los principales servicios de naturaleza similar a la requerida.
Aportar por la propuesta como adjudicataria: certificados de buena ejecución de dichos servicios, emitido por empresa empleadora o por el correspondiente Colegio.
o Medios técnicos o materiales:
El licitador queda obligado, en caso de resultar adjudicatario de un contrato derivado del Acuerdo Marco, a disponer de oficina en uno de los tres Territorios Históricos, provista de teléfono con contestador automático, correo electrónico, así como un número de atención de teléfono móvil.
A presentar por los licitadores en el DEUC: detalle según lo solicitado en el párrafo anterior.
Cláusula 13.- Concreción de las condiciones de solvencia:
a) Compromiso de adscripción a la ejecución del contrato de medios [personales] y/o [materiales]: SÍ
c) La dotación de los medios humanos que la empresa adjudicataria dedicará a los trabajos será, como mínimo, la de un coordinador de seguridad y salud, con la titulación habilitante según las disposiciones siguientes:
o Obras de Edificación, Rehabilitación o Reparación: UN/A TITULADO/A EN ARQUITECTURA, ARQUITECTURA TÉCNICA o titulación equivalente por competencias e idoneidad, que será nombrado COORDINADOR/A DE SEGURIDAD Y SALUD, a quien corresponderá desempeñar las funciones de directoras, técnicas, administrativas y económicas a fin de que los trabajos sirvan de la mejor forma posible a los intereses y objetivos perseguidos por la Propiedad. Será la persona interlocutora con la misma, y la responsable de realizar la asistencia técnica contratada.
o Obras de Urbanización: UN/A TITULADO/A EN INGENIERÍA O INGENIERÍA TÉCNICA, ARQUITECTURA, ARQUITECTURA TÉCNICA o titulación equivalente por competencias e idoneidad, que será nombrado COORDINADOR/A DE SEGURIDAD Y SALUD, a quien corresponderá desempeñar las funciones de directoras, técnicas, administrativas y económicas a fin de que los trabajos sirvan de la mejor forma posible
a los intereses y objetivos perseguidos por la Propiedad. Será la persona interlocutora con la misma, y la responsable de realizar la asistencia técnica contratada.
En todas las tipologías de obra reseñadas anteriormente, deberá contar adicionalmente con:
o la calificación de TÉCNICO/A SUPERIOR EN PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES.
o haya realizado el curso de “Coordinador de Seguridad y Salud en obras de construcción” (200 horas) referido en el Apéndice 2 de la Guía Técnica “para la evaluación y prevención de los riesgos relativos a las obras de construcción” (INSHT, 2012) como contenido mínimo del programa de formación para ejercer las funciones de coordinador en materia de seguridad y salud según el RD 1627/1997.
o
Este compromiso de adscripción es obligación contractual esencial.
b) Los licitadores deberán incluir los nombres y cualificación profesional del personal responsable de ejecutar la prestación objeto del contrato: SÍ
Cláusula 14.- Criterios de adjudicación y su ponderación.
El licitador presentara una memoria técnica en la que exponga y recoja su propuesta de trabajo para responder en mejor medida al trabajo que es objeto de la presente contratación.
Los criterios que servirán de base para la adjudicación del presente Acuerdo Xxxxx son los siguientes:
JUICIO DE VALOR | |
APARTADOS | PUNTUACIÓN MÁXIMA |
1. Metodología a emplear | 44 puntos |
2. Organización de los trabajos | 16 puntos |
3. Sobreprestaciones técnicas | 10 puntos |
FORMULAS O ASIGNACIÓN DIRECTA | |
APARTADOS | PUNTUACIÓN MÁXIMA |
a) Técnicos asignados | 6 puntos |
b) Medidas para la profesionalización del servicio | 14 puntos |
c) Aspectos Sociales | 10 puntos |
La memoria técnica tendrá la siguiente extensión máxima:
a) Metodología a emplear: 12 páginas DIN A4
b) Organización de los trabajos: 4 páginas DIN A4
c) Sobreprestaciones técnicas: 4 páginas DIN A4
Esta extensión máxima incluye las notas a pie de página, esquemas o gráficos.
Portadas, contraportadas, índices, separadores y otros elementos que permiten organizar y estructurar el documento pero que no contienen información valorable, no computan para determinar la extensión del documento.
Formato:
- Tamaño de letra mínimo: 11
- Interlineado mínimo: sencillo
- Márgenes horizontales y verticales mínimos: 2,5 cm
No se valorará la información incluida en las páginas que superen la extensión máxima indicada
CRITERIOS SOMETIDOS A JUICIOS DE VALOR:
El licitador presentará una memoria técnica en la que exponga y recoja su propuesta de trabajo para responder en mejor medida al trabajo que es objeto de la presente licitación.
Esta memoria técnica se presentará desglosada en los apartados que se señalan posteriormente y tendrá una valoración máxima total de 70 puntos que serán repartidos analizando y puntuando cada uno de los sub-apartados y de sus epígrafes en relación a la respectiva puntuación parcial que se indica en cada caso posteriormente.
La valoración en cada epígrafe y sub-apartado se realizará ponderando la puntuación máxima correspondiente por un coeficiente relativo al interés apreciado de la propuesta del licitador según el siguiente baremo:
INTERÉS DE LA PROPUESTA DEL LICITADOR | FACTOR DE PONDERACIÓN |
1.- Propuesta inexistente o sin interés significativo | 0,00 |
2.- Propuesta de interés medio | 0,40 |
2.- Propuesta de interés alto | 0,70 |
4.- Propuesta de interés máximo | 1,00 |
Número | Descripción del criterio | Ponderación |
1 | Metodología a emplear (máximo 12 páginas A4) En función del grado de desarrollo de la propuesta de ejecución de los trabajos de acuerdo con los criterios mínimos establecidos en el pliego de prescripciones técnicas particulares de la presente licitación y, en general, con lo dispuesto en la normativa vigente, y con sujeción a los siguientes sub-apartados: 1.1) Coordinación de Seguridad y Salud durante la elaboración de planificación (obras sin proyecto) y fase del proyecto (obras con proyecto). Se valorará el desarrollo de la metodología para la correcta integración de la prevención en la fase de proyecto o en la fase previa (obras sin proyecto). Se valorará, además del contenido, que sea ordenada y comprensible e incluirá los siguientes apartados: A) Descripción de la metodología, lo más detallada posible, para llevar a cabo las obligaciones a cumplir en el ejercicio de la coordinación de seguridad y salud en fase de proyecto, y definición de las medidas que se proponen para su cumplimiento, incluyendo el tratamiento de la siniestralidad laboral. B) Elaboración de los Estudios de Seguridad y Salud o los Estudios Básicos de Seguridad y Salud o Documentos de Gestión Preventiva, o Documento de Información de Riesgos. 1.2) Coordinación de Seguridad y Salud en la fase de ejecución de la obra. Se valorará el desarrollo de la metodología para abordar la realización de las funciones del Coordinador en materia de Seguridad y Salud durante la Ejecución de la Obra. Se valorará, además del contenido, que sea ordenada y comprensible e incluirá los siguientes apartados: A) Descripción de la metodología, lo más detallada posible, para llevar a cabo las obligaciones a cumplir en el ejercicio de la coordinación de seguridad y salud, y definición de las medidas que se proponen para su cumplimiento, incluyendo el tratamiento de la siniestralidad laboral. B) Análisis y definición de las medidas preventivas a adoptar por el contratista previo al inicio de sus trabajos. C) Análisis de la posible coordinación de actividades empresariales en obra y procedimientos previstos para llevarla a cabo. | 15 puntos 7 puntos 12 puntos 5 puntos 5 puntos |
2 | Organización de los trabajos (máximo 4 páginas A4): Descripción de la organización de los trabajos a desarrollar por los Coordinadores de Seguridad y Salud, en la ejecución de las obras. (0-16 puntos), distribuidos en: 2.1) Sistema de seguimiento de programación de las obras: Metodología específica para gestionar los trabajos de coordinación de seguridad respecto a la planificación de las obras. 2.2) Organigrama funcional y operativo de los medios técnicos a disposición del contrato: Presentación de organigrama funcional, valorándose la coherencia y adecuación del mismo a la metodología planteada en el apartado 1. | 10 puntos 6 puntos |
3 | Sobreprestaciones técnicas (máximo 4 páginas A4): 1. Aspectos tecnológicos que agilicen la gestión del contrato. 2. Sobreprestaciones respecto a las tareas a realizar: Se valora la ampliación del alcance de los trabajos a desarrollar, respecto a los recogidos como mínimos en el pliego, que supongan una sobreprestación en las labores relacionadas directamente con la Coordinación y Seguridad de las obras. 3. Sobreprestaciones respecto a la presencia mínima. 4. Sobreprestaciones respecto al sistema de sustituciones. 5. Sobreprestaciones respecto a las garantías ofrecidas. | 2 puntos 2 puntos 2 puntos 2 puntos 2 puntos |
TOTAL 70 PUNTOS
CRITERIOS SOMETIDOS A FÓRMULA:
Número | Descripción del criterio | Ponderación |
4 | Técnicos asignados Se asignarán 6 puntos a la mejor oferta admitida en cuanto a número adicional de personal técnico al contrato. Al resto de ofertas, proporcionalmente, aplicando la siguiente fórmula: 𝑃𝑥 = 6*(Nº Técnicos Oferta)/(Nº Técnicos Oferta máxima) Siendo: Px : Puntuación resultante de la oferta analizada. Nº Oferta máxima: Nº total de técnicos por promoción de la mejor oferta. Nº Oferta x : Nº total de técnicos por promoción de la oferta analizada. | 6 puntos |
5 | Medidas para la profesionalización del servicio Mayor número de contratos indefinidos en la plantilla esencial que ejecutará el contrato personal con contratos indefinidos. Máximo 8 puntos distribuidos en: 6 puntos si el Coordinador de Seguridad y Salud titular dispone de contrato indefinido 2 puntos resto de técnicos propuestos disponen de contrato indefinido: Se otorgará la máxima puntuación a la empresa con una mayor contratación indefinida y el resto de propuesta de manera decreciente y proporcional. Siempre que superen el mínimo que se haya establecido como condición esencial de ejecución, conforme a la siguiente fórmula: 𝑃𝑥 = 2 ∗ (𝑁º 𝑇é𝑐𝑛𝑖𝑐𝑜𝑠 𝑖𝑛𝑑𝑒𝑓𝑖𝑛𝑖𝑑𝑜𝑠)𝑂𝑓𝑒𝑟𝑡𝑎 𝑥 (𝑁º 𝑇é𝑐𝑛𝑖𝑐𝑜𝑠 𝑖𝑛𝑑𝑒𝑓𝑖𝑛𝑖𝑑𝑜𝑠)𝑂𝑓𝑒𝑟𝑡𝑎 𝑚á𝑥𝑖𝑚𝑎 A efectos de comprobación deberá aportarse el ITA de la empresa. Plan de formación del personal de la empresa ofertante 3 puntos por la presentación de un Plan de formación destinado al personal de la empresa licitadora. 3 puntos si el Plan de Formación contiene cursos sobre Negociación o Liderazgo a realizar por el CSS propuesto. | 6 puntos 2 puntos 3 puntos 3 puntos |
6 | Aspectos sociales: 1. Plan de prevención de violencia contra los trabajadores: A razón de 4 puntos la presentación de un plan de prevención de la violencia para el equipo durante la prestación del servicio. 2. Plan de Igualdad: A razón de 4 punto a la presentación del Plan de Igualdad de la empresa y que se vaya a aplicar durante la ejecución del contrato. 3. Lenguaje inclusivo: Se asignará con 2 puntos que el técnico propuesto al contrato haya realizado un curso sobre Lenguaje Inclusivo /no sexista. No serán válidos los cursos de formación interna impartidos por la propia licitadora. | 4 puntos 4 puntos 2 puntos |
Cláusula 15.- Garantía provisional y garantía definitiva.
Se exige garantía provisional: NO
Se exige garantía definitiva: SÍ, únicamente a los adjudicatarios de contratos derivados del acuerdo marco.
Constitución mediante retención en el precio: Procede: NO
Sistema de fijación de la garantía definitiva: Estimativamente en el acuerdo marco: NO
En los contratos basados, en función del importe de adjudicación: SÍ, por un importe del 5% del precio de adjudicación.
Cláusula 16.- Pólizas de seguros:
Procede: SÍ
Seguro de responsabilidad civil igual o superior a 600.000 euros, con el compromiso de mantener ese seguro durante la vigencia del contrato basado en el Acuerdo Marco.
Momento de entrega de las pólizas: Previa a la adjudicación del contrato.
Cláusula 17.- Ejecución del contrato.
Obligación de ejecutar determinadas partes o trabajos, en atención a su especial naturaleza, directamente por el propio licitador o, por un participante en la UTE: NO
Cláusula 18.- Régimen de pagos.
Los contratos derivados del Acuerdo Xxxxx tendrán el siguiente régimen de pagos:
- Se realizarán pagos parciales previa entrega y recepción de las sucesivas fases de ejecución definidas en el programa de trabajo:
o El 20 % en fase de Proyecto, con la entrega del informe Estudio de Seguridad y Salud visado.
o El 80 % en fase de Obra, en 24 mensualidades a partir del inicio de las obras.
- Los abonos se realizarán mediante transferencia bancaria a los 30 días de la fecha factura.
- Abonos a cuenta por operaciones preparatorias: NO proceden.
Cláusula 19.- Revisión de precios.
- Procede: NO
Cláusula 20.- Programa de trabajo:
Obligación de presentar un programa de trabajo: NO
Cláusula 21.- Subcontratación.
Subcontratación: SI
Prestaciones no susceptibles de subcontratación: NO PROCEDE
Indicación en la oferta de la parte del contrato que se pretenda subcontratar: SÍ
Cláusula 22.- Cesión del contrato.
Los derechos y obligaciones dimanantes del contrato podrán ser cedidos por el contratista a un tercero: SI, de conformidad con lo dispuesto en el segundo párrafo del artículo 214.1 LCSP
Cláusula 23.- Modificaciones previstas del acuerdo marco: SÍ
Condiciones en que podrán efectuarse: ampliación en las cargas de actividad no contempladas en las estimaciones de la cláusula 5 de esta carátula y cuando sean necesarias más visitas de personal externo a la obra que las fijadas en el presupuesto del contrato derivado.
Alcance, límites y naturaleza de las modificaciones: 20% del presupuesto base de licitación, esto es, 115.208 euros
Procedimiento para la modificación:
Para las promociones, que a fecha de publicación de este acuerdo marco, no cuentan con programa adjudicado y recogido en la cláusula 7 de esta carátula el importe de dicho contrato se calculará de acuerdo al sistema establecido en la mencionada cláusula.
En aquellas promociones en las que sean necesarias más visitas de personal externo a la obra que las fijadas en el presupuesto del contrato derivado, el presupuesto de dicha modificación se obtendrá multiplicando las horas estimadas por el precio hora de gestión visita a obra de personal externo fijado en la cláusula 7 de esta carátula.
Cláusula 24.- Suspensión.
Abono al contratista de los daños y perjuicios por suspensión del contrato: de conformidad con lo dispuesto en el artículo 208 LCSP.
Cláusula 25.- Condiciones especiales de ejecución del contrato:
- Condiciones especiales de ejecución, (previstas en el artículo 202.2 LCSP):
- De tipo medioambiental:
- De tipo social: las establecidas en la CLÁUSULA 37.
- Relacionadas con la innovación:
- Otras condiciones especiales de ejecución:
Cláusula 26.- Penalidades:
Por demora: 0,60 euros por cada 1.000 euros de precio, al día, IVA excluido.
Por incumplimiento de la ejecución parcial de las prestaciones definidas en el acuerdo marco y contratos basados:
o Por ejecución defectuosa del acuerdo marco y contratos basados: Se aplicarán las previstas en la cláusula 41
o En el caso de incumplimiento de las visitas semanales a la obra con periodicidad y alcance previsto como mínimo en el Pliego Técnico, así como incumplimiento de las reuniones de coordinación de seguridad y salud, se aplicará una penalización de 100 € por visita no realizada y de 120 € por cada reunión de coordinación no realizada, incrementándose esta cuantía un 5% por cada nuevo incumplimiento.
o Por incumplimiento del compromiso de dedicar o adscribir a la ejecución del acuerdo marco y contratos basados los medios personales y materiales suficientes para ello:
Por incumplimiento de las condiciones especiales de ejecución del acuerdo marco y contratos basados:
Por incumplimiento de las obligaciones en materia medioambiental, social o laboral: Se aplicarán las previstas en la cláusula 41
Por infracción de las condiciones establecidas para la subcontratación: Se aplicarán las previstas en la cláusula 25.
Por incumplimiento de los pagos a los subcontratistas o suministradores: Se aplicarán las previstas en la cláusula 25.
o Por incumplimiento del compromiso de dedicar o adscribir a la ejecución del acuerdo marco y contratos basados los medios personales y materiales suficientes para ello: Se aplicarán las previstas en la cláusula 38.
Cláusula 27.- Causas de resolución del contrato.
Se aplicarán las previstas en la cláusula 49
Cláusula 28.- Plazo de garantía:
1 año
Cláusula 29.- Información sobre el acuerdo marco y contratos basados cuyo carácter confidencial debe respetar el contratista:
INFORMACIÓN CONFIDENCIAL
Plazo durante el cual deberá mantener el deber de respetar el carácter confidencial de la información:
5 años.
Cláusula 30.- Documentación a presentar:
SOBRE Nº 1. DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA. (Véase la cláusula 12 xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares).
SOBRE Nº 2. DOCUMENTACIÓN TÉCNICA RELATIVA A LOS CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN CUYA CUANTIFICACIÓN DEPENDE DE UN JUICIO DE VALOR.
Memoria técnica con los siguientes apartados:
o Metodología a emplear (máximo 12 páginas A4).
o Organización de los trabajos (máximo 4 páginas A4).
o Sobreprestaciones técnicas (máximo 4 páginas A4).
SOBRE Nº 3. PROPOSICIÓN ECONÓMICA Y DOCUMENTACIÓN RELATIVA A LOS CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN EVALUABLES DE FORMA AUTOMÁTICA POR APLICACIÓN DE FÓRMULAS.
ANEXO II modelo de oferta de criterios valorables en cifras o porcentajes xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas
Cláusula 31.- Plazo de solicitud de información adicional sobre los pliegos.
Los interesados en el procedimiento de licitación deberán solicitar información adicional sobre los pliegos y demás documentación complementaria con una antelación de 5 días hábiles antes de la finalización del plazo de presentación de las proposiciones.
Cláusula 32.- Perfil de contratante.
La dirección de acceso al perfil de contratante de VISESA es: xxxx://xxx.xxxxxx.xxx/xxxxxxx_xxxxxxxxx.xxx