FUNDACIÓN MUNICIPAL DE CULTURA DE MOGUER
FUNDACIÓN MUNICIPAL DE CULTURA DE MOGUER
PLIEGO DE CLAUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE HAN DE REGIR PARA LA CONTRATACIÓN POR PARTE DE LA FUNDACIÓN MUNICIPAL DE CULTURA DE MOGUER, MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO, CON VARIOS CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN, PARA LA INSTALACIÓN DEL ALUMBRADO ARTISTICO DE LAS FIESTAS PATRONALES DE MOGUER AÑO 2.017.
1. OBJETO Y CALIFICACIÓN DEL CONTRATO.
El objeto del presente Xxxxxx es regular la contratación de la instalación del alumbrado artístico de las Fiestas Patronales de Ntra. Xxx. xx Xxxxxxxxxx a celebrar durante los días 6 al 10 de Septiembre de 2.017.
El código correspondiente de la nomenclatura CPV de la Comisión Europea, Reglamento (CE) nº 000/0000 xx xx Xxxxxxxx, xx 00 xx Xxxxxxxxx xx 0000, xx:
- 45316100-6 Instalación equipo de alumbrado exterior
El contrato tiene la calificación de contrato administrativo mixto dado que comprende prestaciones relacionadas con las obras de montaje, suministro eléctrico y el mantenimiento de las instalaciones, conforme al artículo 12 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (en adelante TRLCSP)
El presente Pliego de cláusulas administrativas particulares, el Pliego de prescripciones técnicas y demás documentos anexos, revestirán carácter contractual. El contrato se ajustará al contenido del presente Pliego de cláusulas administrativas particulares, que se considerará parte integrante del contrato
2.- PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN.
El contrato se adjudicará por procedimiento abierto, que es el establecido con carácter ordinario en el artículo 138.2 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, utilizándose con varios criterios de adjudicación conforme al artículo 150 del TRLCSP.
La convocatoria de la licitación se anunciará en el Boletín Oficial de la Provincia y en el perfil del contratante, con arreglo al artículo 142, apartados 1 y 4 del TRLCSP.
En el procedimiento abierto todo empresario interesado podrá presentar una proposición, quedando excluida toda negociación de los términos del contrato con los licitantes.
3.- DURACIÓN DEL CONTRATO Y PERÍODO DE EJECUCIÓN
Los plazos de ejecución de la instalación de alumbrado son los establecidos en el Pliego de Prescripciones Técnicas. La duración del contrato se extenderá hasta que finalice el desmontaje de los elementos que se instalen
4.- PRECIO DEL CONTRATO Y TIPO DE LICITACIÓN.
El precio del presente contrato asciende a la cantidad de 44.770,00 Euros, que se desglosa en 37.000,00 € de base y 7.770,00 € de IVA al 21%.
No se admitirán ofertas superiores al precio señalado, que servirá de tipo de licitación.
El precio se abonará con cargo a la partida 338.226.09 “FESTEJOS POPULARES” del vigente Presupuesto, existiendo crédito suficiente.
5. GARANTÍAS EXIGIBLES
* Provisional: No es exigible.
* Definitiva: El licitador que resulte propuesto como adjudicatario deberá prestar una garantía del 5% del importe de la adjudicación del contrato, sin incluir el I.V.A
6.- CAPACIDAD Y SOLVENCIA DEL CONTRATISTA.
Podrán presentar proposiciones las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en una prohibición de contratar y acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional.
La presentación de proposiciones presume por parte del licitador la aceptación incondicionada de las cláusulas de este Xxxxxx y la declaración responsable de que reúne toda y cada una de las condiciones exigidas para contratar con la Administración.
7.- VÍNCULO JURÍDICO.
El presente contrato de prestación de servicios se establece entre la Fundación Municipal de Cultura y la entidad adjudicataria, siendo ésta la única responsable del personal que se encarga de la prestación de los servicios objeto de este contrato. Por tanto, no se establece ningún tipo de relación, ni laboral, ni administrativa, ni de cualquier tipo, entre el mentado personal y la Fundación Municipal de Cultura.
8.- IMPOSICIÓN FISCAL.
Todas las cargas y obligaciones, sea cual sea su clase, derivadas del presente contrato, incluso las de carácter tributario, serán asumidas por quién, en base a la normativa reguladora de aplicación, tenga el carácter de contribuyente o de sujeto obligado, significando que en el precio total fijado en el presente pliego, a percibir por la entidad adjudicataria, se entiende incluida toda imposición fiscal que por imperativo legal haya de ser repercutida a la Administración.
9 - LUGAR Y FORMA DE PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES.
Los licitadores solamente podrán presentar una proposición en la Secretaría del Ayuntamiento, en horas de oficina, durante el plazo de quince días naturales, contados desde el siguiente al de la fecha de publicación del anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia.
Cuando las proposiciones se envíen por correo, el licitador deberá justificar la fecha de imposición del envío en la Oficina de Correos y anunciar al órgano de contratación la remisión de la misma mediante telegrama o telefax en el mismo día. Sin la concurrencia de ambos requisitos no será admitida la proposición si es recogida por el órgano de contratación con posterioridad a la fecha de terminación del plazo de presentación.
La documentación exigida para tomar parte en la licitación se presentará en tres sobres, que podrán ser lacrados y precintados, debiendo figurar en sus cubiertas inscripción en la que se haga referencia al nombre del licitador y al objeto del contrato:
La denominación de los sobres es la siguiente:
1º.- Sobre A (Documentación Administrativa) 2º.- Sobre B (Memoria Técnica)
3º.- Sobre C (Proposición Económica)
1) En el Sobre A (Documentación Administrativa) se deberán incluir los siguientes documentos:
1.- Una declaración responsable del licitador indicando que cumple las condiciones establecidas legalmente para contratar con la Administración, conforme al artículo 146.4 del TRLCSP.
2.- Certificación positiva, expedida por la Agencia Estatal de Administración Tributaria, de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias.
3.- Certificación positiva expedida, por la Tesorería Territorial de la Seguridad Social, de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la Seguridad Social.
4.- Certificado positivo de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones económicas con el Ayuntamiento de Moguer.
5.- Cuando dos o más empresas presenten oferta conjunta de licitación constituyendo agrupación temporal, el Documento de compromiso de constituir una Unión Temporal de Empresas. Además, cada una acreditará su personalidad y capacidad, debiendo indicar los nombres y circunstancias de los empresarios que la suscriben, la participación de cada uno de ellos, y designar la persona o entidad que durante la vigencia del contrato ha de ostentar la plena representación de todos frente a la Administración. Caso de resultar adjudicataria la agrupación de empresas, deberá constituirse en escritura pública.
Las certificaciones de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social deberán estar vigentes en la fecha de finalización del plazo de presentación de proposiciones.
2) El sobre B (Memoria Técnica) relativa a la ejecución del servicio, redactada de forma clara y con el suficiente grado de detalle que abordará en todo caso, los siguientes aspectos:
- Organización para la prestación del servicio:
- Medios humanos y materiales a disposición del servicio.
- Características y condiciones de prestación del servicio.
- Mejoras.
3) El sobre C (Proposición económica) contendrá la oferta económica redactada conforme al MODELO DE PROPOSICIÓN que figura al final xxx Xxxxxx, debidamente fechada y firmada.
10 - CRITERIOS PARA LA ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO.
Para la adjudicación se tendrán en cuenta los siguientes criterios:
- MEJORAS AL PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS: Hasta 35
puntos
a) mejoras en aumento de cantidad de motivos: 10 puntos.
b) mejoras en calidad técnica del material, instalaciones y ahorro energético : 5 puntos.
c) mejoras que garanticen el suministro en caso xx xxxxx: 8 puntos
d) valoración diseños presentados: 12 puntos.
- OFERTA ECONÓMICA: Hasta 35 puntos. La asignación de puntos por este concepto se resolverá con la aplicación de la siguiente expresión matemática:
Nº de puntos del licitador = puntuación máxima del apartado x Precio ofertado más bajo / Precio ofertado por el licitador. El cálculo se efectuará con dos decimales.
11.- MESA DE CONTRATACIÓN, APERTURA DE PLICAS Y PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN.
Para la calificación de los documentos y el examen y la valoración de las ofertas se designarán las personas que compondrán la Mesa de contratación de conformidad con lo establecido en la disposición adicional segunda, apartado 10, del TRLCSP.
A) Calificación previa de la documentación.
Con anterioridad al acto público de apertura de proposiciones, la Mesa de contratación se reunirá, en acto privado, para la calificación de la documentación administrativa y de solvencia incluida en el Sobre “A”, admitiendo o rechazando, motivadamente, las proposiciones siempre que se hayan presentado en tiempo y forma.
A tal efecto, el Presidente ordenará la apertura del referido Sobre “A”, y el Secretario de la Mesa certificará la relación de documentos contenidos en cada uno de ellos.
Si la Mesa de Contratación observare defectos materiales en la documentación presentada podrá conceder, si lo estima conveniente, y comunicándolo por fax o correo electrónico, un plazo no superior a tres días hábiles para que el licitador corrija el error.
Una vez calificada la documentación y subsanados, en su caso, los defectos u omisiones de la documentación presentada, la Mesa procederá a determinar las empresas que cumplen los requisitos exigidos, con pronunciamiento expreso sobre los admitidos a la licitación, los rechazados y las causas de su rechazo. Si la documentación contuviese defectos sustanciales o deficiencias materiales no subsanables, se determinará la exclusión del licitador con expresión de la causa. De igual forma quedará excluido automáticamente el licitador que en plazo no subsane los errores que se le hubieran indicado. Todas estas circunstancias se pondrán en conocimiento de los licitadores en el acto público de apertura de las proposiciones técnicas.
B) Apertura de los Sobres “B”. Solicitud de informes.
Conforme al artículo 27 del Real Decreto 817/2009, la Mesa de Contratación procederá a la apertura de las proposiciones contenidas en el Sobre “B”, en un acto de carácter público, cuya celebración deberá tener lugar en un plazo no superior a siete días a contar desde la apertura de la documentación administrativa.
Comenzará el acto de apertura informándose de las invitaciones cursadas.
A continuación se pondrá en conocimiento de los presentes el número de proposiciones recibidas y el nombre de los licitadores, dando ocasión a los interesados para que puedan comprobar que los sobres que contienen las ofertas se encuentran en la Mesa y en idénticas condiciones en que fueron entregados.
El Presidente de la Mesa manifestará el resultado de la calificación de los documentos presentados, con expresión de las proposiciones rechazadas y la causa de su inadmisión y de las proposiciones admitidas, pudiendo entonces los empresarios no admitidos formular las observaciones que estimen oportunas.
No obstante, las ofertas que correspondan a proposiciones rechazadas quedarán excluidas del procedimiento de adjudicación del contrato y los sobres que las contengan no podrán ser abiertos.
Antes de la apertura de la primera proposición se invitará a los licitadores interesados a que manifiesten las dudas que se les ofrezcan o pidan las explicaciones que estimen necesarias, procediéndose por la Mesa a las aclaraciones y contestaciones pertinentes, pero sin que en este momento pueda aquélla hacerse cargo de documentos que no hubiesen sido entregados durante el plazo de admisión de ofertas, o durante el de corrección o subsanación de defectos u omisiones. Seguidamente, la Mesa de Contratación procederá a la apertura de los Sobres “B”.
Si alguna proposición no guardase concordancia con la documentación examinada y admitida, variara sustancialmente los modelos establecidos, o existiese reconocimiento por parte del licitador de que adolece de error o inconsistencia que la hagan inviable, será desechada por la Mesa, en resolución motivada. Por el contrario, el cambio u omisión de algunas palabras del modelo, con tal que lo uno o la otra no alteren su sentido, no será causa bastante para el rechazo de la proposición.
No son subsanables los defectos o errores de que pudieran adolecer los documentos que han de contenerse en el Sobre “B”, siendo motivo de rechazo de la proposición la inclusión en él de criterios que deban incluirse en el Sobre “C”.
Acabada la apertura de todas las proposiciones se levantará la sesión sin efectuar adjudicación de ningún tipo, dejándose constancia documental de todo lo actuado, e iniciándose el estudio técnico de las ofertas, para lo cual la Mesa solicitará los informes que considere precisos.
A tal fin, el Secretario de la Mesa de Contratación foliará y levantará diligencia del contenido de los Sobres y remitirá su contenido a los técnicos competentes para su evaluación y valoración.
La ponderación asignada a los criterios dependientes de un juicio de valor se dará a conocer en el acto público de apertura de las proposiciones económicas.
C) Apertura de los Sobres “C”.
De acuerdo con en el artículo 30.2 del Real Decreto 817/2009, en todo caso, la valoración de los criterios cuantificables de forma automática se efectuará siempre con posterioridad a la de aquellos cuya cuantificación dependa de un juicio de valor.
Recibidos los informes técnicos de valoración, la Mesa de Contratación procederá a la apertura de las proposiciones contenidas en el sobre “C” en acto público que se celebrará en el lugar y día que previamente se haya señalado,
dentro del plazo máximo de un mes desde la fecha de finalización del plazo de presentación de ofertas.
Comenzará el acto de apertura dándose a conocer la valoración hecha de las proposiciones técnicas. Seguidamente, la Mesa de Contratación procederá a la apertura de los Sobres “C”.
Si alguna proposición no guardase concordancia con la documentación examinada y admitida, no llegase al presupuesto base de licitación, variara sustancialmente los modelos establecidos, comportase error manifiesto en el importe de la proposición, o existiese reconocimiento por parte del licitador de que adolece de error o inconsistencia que la hagan inviable, será desechada por la mesa, en resolución motivada. Por el contrario, el cambio u omisión de algunas palabras del modelo, con tal que lo uno o la otra no alteren su sentido, no será causa bastante para el rechazo de la proposición.
Concluido el acto, se levantará acta que refleje fielmente lo sucedido y que será firmada por el Presidente y Secretario de la Mesa de contratación y por los que hubiesen hecho presentes sus reclamaciones o reservas.
D) Propuesta de adjudicación.
La propuesta de adjudicación de la Mesa de Contratación se realizará en sesión cerrada, una vez estudiadas las distintas proposiciones. La propuesta, que valorará las distintas ofertas, clasificándolas en orden decreciente de valoración, deberá fundamentarse en la ponderación del cumplimiento objetivo de los criterios reglados y uniformes concretados en el presente Pliego, especificando si han sido satisfechos por cada uno de los licitadores y valorando su grado de cumplimiento.
La Mesa, a la vista de las puntuaciones obtenidas, elevará al Órgano de Contratación la propuesta de adjudicación al licitador que obtenga mayor puntuación, para que proceda a la adjudicación definitiva del contrato.
Sin embargo, la propuesta de adjudicación no crea derecho alguno a favor del licitador propuesto frente a la Administración. No obstante, cuando el Órgano de contratación no adjudique el contrato de cesión de acuerdo con la propuesta formulada deberá motivar su decisión.
12- CLASIFICACIÓN DE LAS OFERTAS Y REQUERIMIENTO AL LICITADOR QUE HAYA PRESENTADO LA OFERTA MÁS VENTAJOSA.
Clasificación de las ofertas.
Conforme al artículo 151.1 del TRLCSP, el Órgano de contratación clasificará, por orden decreciente, las proposiciones presentadas y que no hayan sido declaradas desproporcionadas o anormales. Para realizar dicha clasificación, atenderá a los criterios de adjudicación señalados en el presente Xxxxxx, pudiendo solicitar para ello cuantos informes técnicos estime pertinentes.
Requerimiento al licitador que haya presentado la oferta más ventajosa.
Atendiendo al artículo 151.2, el Órgano de contratación requerirá al licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa para que, dentro del plazo xx xxxx días hábiles, a contar desde el siguiente a aquel en que hubiera recibido el requerimiento, presente la siguiente documentación:
1) Acreditación de la personalidad del empresario. La capacidad de obrar de las empresas españolas que fuesen personas jurídicas se acreditará mediante la Escritura de constitución y de modificación, en su caso, inscritas en el Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuere, la acreditación de la capacidad de obrar se realizará mediante la escritura o documento de constitución, de modificación, estatutos o acto fundacional, en el que constaren las normas por las que se regula su actividad, inscritos, o en su caso, en el correspondiente Registro Oficial. Si se tratase de personas físicas presentarán copia compulsada del documento nacional de identidad.
2) Acreditación de la representación. Bastanteo de poderes. Los que actúen o firmen proposiciones en nombre de otros presentarán poder bastanteado al efecto por el Secretario General de este Ayuntamiento, debiendo presentarse para llevar a cabo la diligencia de bastanteo, al menos, 24 horas antes de la terminación del plazo de presentación de ofertas. Se acompañará de copia compulsada del documento nacional de identidad.
3) Cuando dos o más empresas presenten oferta conjunta de licitación constituyendo agrupación temporal (UTE), cada una acreditará su personalidad y capacidad, debiendo indicar los nombres y circunstancias de los empresarios que la suscriben, la participación de cada uno de ellos, y designar la persona o entidad que durante la vigencia del contrato ha de ostentar la plena representación de todos frente a la Administración. Caso de resultar adjudicataria, la agrupación de empresas deberá constituirse en escritura pública.
4) Declaración responsable de no estar incurso en prohibición para contratar. La declaración formulada por el adjudicatario en la que, bajo su responsabilidad, manifieste no encontrarse incurso en causa de incapacidad o en prohibición para contratar con el Sector Público, se ha de otorgar ante una Autoridad administrativa, Notario público u Organismo profesional cualificado, de
acuerdo con los artículos 73 y 146.1 c) del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, debiéndose hacer constar expresamente que no concurre ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 60 del citado Texto Refundido.
5) Acreditación de la constitución de la garantía definitiva por el 5 % del importe de adjudicación del contrato, por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 96 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, en virtud de sus artículos 95.1 y 99.1.
La garantía definitiva responderá, como estipula el artículo 100 del citado Texto Refundido del cumplimiento de las obligaciones impuestas al adjudicatario en el Pliego de condiciones y de los siguientes conceptos:
• De las penalidades impuestas al contratista conforme al artículo 212 del citado Texto Refundido.
• De la correcta ejecución del contrato, de los gastos originados a la Administración por la demora del contratista en el cumplimiento de sus obligaciones, y de los daños y perjuicios ocasionados a la misma con motivo de la ejecución del contrato o por su incumplimiento cuando no proceda su resolución.
• De la incautación que puede decretarse en los casos de resolución del contrato, de acuerdo con lo que en él o en la Ley esté establecido.
6) Documentación acreditativa de la solvencia económica y financiera, que se acreditará mediante la presentación de una Declaración sobre el volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiere el contrato, por importe igual o superior al valor estimado del contrato
7) Documentación acreditativa de la solvencia técnica, que se acreditará por alguno de los medios siguientes:
a. Disponer de un Ingeniero Técnico Industrial en plantilla.
b. Disponer de un mínimo de 6 operarios cualificados. (aportar TC1 y TC2)
c. Disponer de 2 vehículos con cesta.
d. Disponer de un camión con pluma de gran tonelaje.
e. Disponer de un Certificado de Instalador Autorizado en Baja Tensión de Categoría Especialista X0, X0, X0, X0, X0
f. Disponer de un Certificado de Instalador Autorizado en Alta Tensión, categoría LAT 1
g. Declaración indicando los técnicos o las unidades técnicas que estén integradas en la empresa, de los que ésta disponga para la ejecución de la instalación, y que estén en posesión de titulación para manipular aparatos elevadores, acompañada de los documentos acreditativos correspondientes. Criterio de acreditación mínimo: 4 operarios.
h. Los licitadores deberán acreditar la realización de al menos tres contratos similares a este, en volumen de trabajo y/o importe, realizados en los últimos tres años.
8) Póliza y último recibo del seguro de responsabilidad civil por cuantía no inferior a 1.000.000 €.
De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas.
13.- ADJUDICACIÓN Y NOTIFICACIÓN.
El Órgano de contratación adjudicará el contrato dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación, conforme al artículo 151.3 del TRLCSP.
En el procedimiento negociado, la adjudicación concretará y fijará los términos definitivos del contrato.
No podrá declararse desierta la licitación cuando exista alguna oferta o proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuran en el pliego.
La adjudicación, que deberá ser motivada en virtud del artículo 151.4 del TRLCSP, se notificará a los candidatos o licitadores.
La notificación deberá contener, en todo caso, la información necesaria que permita al licitador excluido o candidato descartado interponer recurso suficientemente fundado contra la decisión de adjudicación. En particular expresará los siguientes extremos
En relación con los candidatos descartados, la exposición resumida de las razones por las que se haya desestimado su candidatura.
Con respecto de los licitadores excluidos del procedimiento de adjudicación también en forma resumida, las razones por las que no se haya admitido su oferta.
En todo caso, el nombre del adjudicatario, las características y ventajas de la proposición del adjudicatario determinantes de que haya sido seleccionada la oferta de éste con preferencia a las que hayan presentado los restantes licitadores cuyas ofertas hayan sido admitidas.
En la notificación se indicará el plazo en que debe procederse a su formalización.
14.- FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO.
El contrato se formalizará en documento administrativo, dentro de los diez días hábiles siguientes a contar desde la fecha de la notificación de la adjudicación, constituyendo dicho documento título suficiente para acceder a cualquier registro público, como preceptúa el artículo 156.1 del TRLCSP.
Deberá suscribirse por la Presidencia de la Entidad Local y el concesionario ante la persona titular de la Secretaría de la Entidad.
Formando parte integrante del documento en que se formalice la concesión se unirá un ejemplar de este Pliego y xxx Xxxxxx de prescripciones técnicas, que deberá ser firmado, en prueba de conformidad por el adjudicatario, en el mismo acto de formalización.
Podrá, no obstante, elevarse a escritura pública cuando lo solicite el concesionario, siendo a su xxxxx los gastos derivados de su otorgamiento. También serán de cuenta del adjudicatario todos los gastos derivados del presente procedimiento licitatorio.
15.- FORMA DE PAGO DEL PRECIO.
La entidad adjudicataria presentará la factura correspondiente, una vez que se hayan retirado los elementos instalados. La conformidad de la factura y el pago se efectuarán en los plazos establecidos en el TRLCSP.
16.- CUMPLIMIENTO DE PLAZOS, PENALIDADES POR XXXX E INDEMNIZACIÓN DE DAÑOS Y PERJUICIOS.
El contratista estará obligado al cumplimiento del plazo total de ejecución del contrato, así como de sus plazos parciales si los hubiera. Si llegado el término de cualquiera de dichos plazos, parciales o final, el contratista hubiera incurrido en
demora por causas imputables al mismo, el Ayuntamiento podrá optar indistintamente por la resolución del contrato o por la imposición de las penalidades conforme al régimen previsto en los artículos 212 y 213 del TRLCS. La aplicación y pago de estas penalidades no excluye la indemnización a que la Administración pueda tener derecho por daños y perjuicios ocasionados con motivo del retraso imputable al contratista.
En todo caso la constitución en xxxx del contratista no requerirá intimación previa por parte del Ayuntamiento.
17.- MODIFICACIONES DEL CONTRATO Y REVISIÓN DE PRECIOS.
El contrato sólo podrá ser modificado por razones de interés público en los casos y en las formas previstas en el título V del libro I del TRLCSP, y de acuerdo con el procedimiento regulado en el artículo 211.
En estos casos, las modificaciones acordadas por el Órgano de contratación serán obligatorias para los contratistas.
No se prevé la revisión de precios.
18.- RESOLUCIÓN DEL CONTRATO.
El contrato podrá extinguirse por cualquiera de las causas de resolución enunciadas en los artículos 223 y 299 del TRLCSP.
19.- CESIÓN Y SUBCONTRATACIÓN.
La cesión y subcontratación del contrato se regularán por lo dispuesto en los artículos 226 y 227 del TRLCSP.
20.- GASTOS Y TRIBUTOS.
A) Gastos.
El contratista está obligado a satisfacer los gastos que se deriven de la formalización del contrato en escritura pública, los que se requieran para la obtención de autorizaciones, licencias, documentos o cualquier otra información de Organismos Oficiales o particulares, los correspondientes a pruebas y ensayos, y en general, cualesquiera otros gastos a que hubiera lugar para la prestación del servicio.
B) Tributos.
Tanto en las ofertas que formulen los licitadores como en los presupuestos de adjudicación, se entenderán comprendidos, a todos los efectos, los tributos de cualquier índole que graven los diversos conceptos, incluido el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) o el tributo que por realización de la actividad pudiera corresponder, sin que, por tanto, puedan éstos ser repercutidos como partida independiente al Ayuntamiento.
21.- PRERROGATIVAS DE LA ADMINISTRACIÓN, JURISDICCIÓN Y RECURSOS.
El Órgano de contratación ostenta la prerrogativa de interpretar los contratos administrativos y resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento. Igualmente podrá modificar los contratos celebrados y acordar su resolución, dentro de los límites y con sujeción a los requisitos y efectos señalados en el TRLCSP y sus disposiciones de desarrollo.
Los acuerdos que dicte el Órgano de contratación, previo informe jurídico de los órganos competentes, en el ejercicio de sus prerrogativas de interpretación, modificación y resolución, serán inmediatamente ejecutivos.
Las cuestiones litigiosas surgidas sobre la interpretación, modificación, resolución y efectos de los contratos administrativos, serán resueltas por el Órgano de contratación, cuyos acuerdos pondrán fin a la vía administrativa. Contra los mismos se podrá interponer potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes ante el mismo Órgano o recurso contencioso administrativo en el plazo de dos meses, contados desde
En Moguer, a 20 xx Xxxxx de 2017 EL PRESIDENTE,
MODELO DE PROPOSICIÓN
D. ……………………………………………………………………………………
con domicilio en ……………………………………………………………………
D.N.I. ……………………………...actuando en nombre propio, o en su caso, en representación de ……………………………………………………………..
con domicilio en ……………………………………………………………………
C.I.F. ………………………….., DECLARO que no me encuentro incurso en caso alguno de incompatibilidad para celebrar este Contrato, que estoy al corriente de las obligaciones fiscales y con la Seguridad Social y que, enterado de la licitación convocada por la Fundación Municipal de Cultura para “INSTALACIÓN DEL ALUMBRADO ARTÍSTICO DE LAS FIESTAS PATRONALES DE MOGUER AÑO 2.017”, ACEPTO expresamente las condiciones que rigen dicha contratación, que declaro conocer en su integridad, comprometiéndome a llevar a cabo la referida instalación por el precio de ………………….. Euros, más……………. Euros de IVA.
(Lugar, fecha y firma del proponente).