BASES
BASES
PARA LA CONTRATACIÓN TEMPORAL DE PERSONAL LABORAL
PARA LA EJECUCIÓN DE LAS OBRAS O PRESTACIÓN DE SERVICIOS EN EL AYUNTAMIENTO XX XXXX, INCLUIDAS EN EL “PLAN PROVINCIAL DE DINAMIZACIÓN ECONÓMICA LOCAL 2015 “
1.- OBJETO DE LA CONTRATACION
Por parte del Ayuntamiento xx Xxxx se va a proceder a la contratación de 138 trabajadores al objeto de proceder a la realización de obras y la prestación de servicios de competencia municipal.
La totalidad de los contratos se encuentran dentro del “Plan Provincial de Dinamización Económica Local para el año 2015” cofinanciado por la Excma. Diputación Provincial xx Xxxxxx, al 80% de los fondos, mediante la concesión de una subvención de 228.772,00 euros al Ayuntamiento xx Xxxx.
Este Plan se ha creado para la realización de programas de dinamización económica, mediante la contratación de trabajadores en situación de desempleo, para la ejecución de obras o la prestación de servicios de competencia municipal que contribuyan al desarrollo económico y social del Municipio xx Xxxx y, en especial, de sus habitantes.
Es por ello que la presente convocatoria tiene por objeto la selección de 138 trabajadores, mediante el sistema de concurso, para la ejecución de las obras y prestación de los servicios que se relacionan en los apartados siguientes.
2.- CARACTERÍSTICAS DE LAS CONTRATACIONES
A. Puestos a cubrir
Los trabajadores a contratar, por servicios, serán los siguientes:
1º. Obras y Servicios Generales
Número de trabajadores a contratar: 67
Objeto: Ejecución de obras de mejora, acondicionamiento, rehabilitación, eliminación xx xxxxxxxx, trabajos de cerrajería, fontanería, pintura, carpintería y resto de obras cuyo promotor y titular sea el Ayuntamiento xx Xxxx y se realicen en vías públicas, edificios e instalaciones municipales.
2º. Servicios Administrativos
- Informática
Número de trabajadores a contratar: 2
Objeto: Programación, mantenimiento de equipos, gestión de programas y herramientas ofimáticas.
- Servicios Administrativos Generales
Número de trabajadores a contratar: 12
Objeto: Grabación de datos para la elaboración de Inventario y Archivo Administrativo e Histórico Municipal, gestión de expedientes y documentos, así como aquellas tareas propias de los servicios administrativos generales.
-Oficina Técnica
Número de trabajadores a contratar: 1
Objeto: Elaboración de Planimetría, tareas de delineación, manejo de aplicaciones informáticas de carácter técnico relacionadas con la ejecución de obras y edificación.
3º. Servicios Culturales y Turismo
Número de trabajadores a contratar: 4
Objeto: Desarrollo de tareas propias del área de turismo, animación sociocultural y biblioteca.
4º. Servicios Múltiples
Número de trabajadores a contratar: 52
Objeto: Desarrollo de tareas propias del área, tales como limpieza de edificios, mantenimiento xx xxxxxxxx, limpieza viaria, trabajos de electricidad, electrónica, cerrajería, fontanería, pintura, carpintería y demás tareas de apoyo propias del personal de oficios.
En el caso de aquellos servicios en los que no haya candidatos suficientes en relación con los puestos a cubrir, se procederá a disminuir el número de puestos que queden vacantes en ese servicio y simultáneamente se procederá a la ampliación del mismo número de puestos en el resto de servicios a cubrir, no pudiendo superar dicha reasignación de contratos en ningún caso los 138 totales.
B. Características de la contratación
Las características comunes de los contratos a celebrar son:
Duración: Tres Meses
Categoría: Operarios de Obra o Personal de Servicios Generales
Jornada: 25 horas semanales. Contratos de lunes x xxxxxxx. Horarios de mañana y tarde, a disponer en turnos de un máximo de cinco horas diarias por la jefatura del servicio. El horario, jornada y turno se aplicará en función del departamento en el que presten servicio los trabajadores contratados o de la obra a la que se adscriban.
Retribuciones: Las retribuciones serán las establecidas en el Convenio Colectivo del Personal Laboral del Ayuntamiento xx Xxxx para un trabajador de su categoría. Las retribuciones tendrán carácter mensual y en las mismas se incluirá la parte proporcional de la paga extra que corresponda.
Período de Prueba: Los trabajadores tendrán un período de prueba de 15 días. En caso de que un trabajador no pase el período de prueba, será sustituido por el que se sitúe en primer lugar de la lista de reservas. Para dicho efecto, por parte de la Jefatura del Servicio, se emitirá informe de evaluación de desempeño del trabajo realizado por cada uno de los trabajadores contratados.
Formación: Se impartirá formación a todos los contratados de al menos el 5 % del tiempo contratado. Dicha formación tendrá por objeto la formación básica de aquellos que accedan a su primer puesto de trabajo o a puesto distinto al de su profesión habitual y al reciclaje de los conocimientos prácticos del resto de trabajadores contratados.
Será impartida por personal perteneciente al servicio en el que preste sus servicios el trabajador.
Los contratos se iniciarán cuando así lo determine la Concejalía competente, en base a los plazos y fechas de inicio de los proyectos y/o servicios en los que el trabajador contratado prestará sus servicios.
Con independencia de lo anterior al menos el 50% de las contrataciones deberán estar realizadas y formalizadas en los dos meses siguientes a la notificación de la resolución de la concesión de la subvención por la Excma. Diputación Provincial xx Xxxxxx, y el resto antes del 31 xx xxxxxx de 2015.
3.- PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES
La solicitud deberá presentarse conforme al modelo que se incluye en el ANEXO I y II de estas bases, y que pueden solicitar en el SERVICIO DE ATENCIÓN AL CIUDADANO-VENTANILLA ÚNICA, ubicado en el Ayuntamiento, en la Plaza Constitución nº, 1 desde el día 9 al 20 de febrero, ambos inclusive.
Dicha solicitud consistirá en la cumplimentación de los datos necesarios para la realización de la valoración previa y una declaración responsable relativa a las circunstancias personales y profesionales del solicitante y junto con la misma NO deberá aportarse ninguna documentación:
Los solicitantes deberán rellenar la solicitud de forma que todos los datos que se consignen sean ciertos. En caso de que los datos suscritos o documentos aportados, se falseen o sean incorrectos, el solicitante podrá ser sancionado con la exclusión del procedimiento, sin perjuicio de la exigencia de responsabilidades en que haya podido incurrir, y pudiendo ser excluido de futuras convocatorias similares.
En las solicitudes se indicará los puestos que se solicita y el orden de preferencia. La selección se realizará individualmente para cada servicio ofertado, por lo que el orden de preferencia únicamente se tendrá en cuenta en caso de resultar seleccionado simultáneamente en varios de los puestos.
Las bases de esta convocatoria e instancias solicitando tomar parte en esta Convocatoria, serán publicadas en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento y, únicamente a efectos informativos, en la página web municipal, no facilitándose copia de las mismas.
La presentación de la solicitud implica la aceptación de todas las clausulas establecidas en estas bases.
4.- REQUISITOS DE LOS SOLICITANTES
Únicamente podrán participar aquellas personas, que cumplan simultáneamente la totalidad de los requisitos siguientes:
1. Ser mayores de 16 y menores de 65 años
2. Que se encuentren en situación de desempleo en el municipio e inscritas en la Oficina de empleo el día de la publicación de la presente convocatoria en el Tablón de Edictos municipal y que, al menos, hayan estado en esta situación tres meses, durante los últimos seis, a contar desde la fecha de publicación de esta convocatoria (1 xx xxxxxx de 2014 a 31 enero de 2015). Se presumirá que ha tenido contrato laboral durante el tiempo que no haya estado inscrito como desempleado.
3. Que no padezcan enfermedad o defecto físico o psíquico que impida el desempeño de los trabajos para los que solicita el puesto.
4. Que habiendo trabajado para el Ayuntamiento xx Xxxx, no se haya emitido informe negativo de evaluación de desempeño en contrataciones anteriores.
5. Estar empadronado en el municipio xx Xxxx en la fecha de publicación de la convocatoria.
6. En el caso de los servicios de cultura, turismo y administración, el solicitante deberá poseer como mínimo el título xx xxxxxxxxx, grado medio o superior de las titulaciones y especialidades que son objeto de baremación conforme a lo dispuesto en estas bases.
Así estarán excluidas de la participación en las acciones previstas:
a) Las personas mayores de 65 años y las menores de 16 años.
b) Los solicitantes que falseen o no aporten la documentación acreditativa de las circunstancias personales y familiares, que se declaren responsablemente en la solicitud.
c) Solicitantes que padezcan enfermedad o defecto físico o psíquico que impida el desempeño de los trabajos incluidos en la obra a realizar.
d) Solicitantes en situación de desempleo e inscritas en la Oficina de empleo con fecha posterior a la fecha de publicación de la convocatoria.
e) Solicitantes empadronados en Xxxx con fecha posterior a la fecha de publicación de la convocatoria (posteriores al 6 de febrero).
f) Solicitantes que no posean la titulación requerida en las especialidades en las que sea requisito necesario el poseerla.
En ningún caso podrán ser seleccionados para este plan más de una persona por unidad familiar.
Con referencia a las exclusiones enumeradas, la Comisión de Selección queda facultada para resolver las dudas que se presenten y proponer los acuerdos necesarios para el buen orden de la convocatoria.
5.- BAREMO DE SELECCIÓN
A. PUNTUACIÓN
Para la selección de los trabajadores, en la primera fase de la selección, se puntuarán:
1. La situación Personal y familiar
2. Los méritos profesionales
3. El empadronamiento
4. El nivel de estudios (solo para las especialidades que se señalan en estas bases)
La puntuación final será la suma de los puntos obtenidos, por los solicitantes, en los 4 primeros apartados.
En caso de empate entre dos o más solicitantes, se seleccionará aquel que lleve más tiempo en situación de desempleo.
Si aun así persistiese el empate se procedería al sorteo entre los solicitantes que se encontrasen en esta situación.
1. Situación Personal y familiar (Máximo 25 puntos)
a) Desempleados que NO perciban prestaciones por desempleo, tanto de nivel contributivo como de nivel asistencial: 20 puntos.
b) Desempleados que perciban una cantidad inferior o igual a 426 euros en concepto de prestaciones por desempleo de nivel asistencial/contributiva o pensión de cualquier tipo: 10 puntos.
c) Desempleados que perciban una cantidad superior a 426 euros en concepto de prestaciones por desempleo de nivel asistencial/contributiva o pensión de cualquier tipo: 0 puntos.
d) Cargas familiares (se entenderá por cargas familiares tener a cargo del solicitante hijos menores de 26 años que no trabajen ni perciban prestación o subsidio por desempleo, hijos con discapacidad desempleados o menores acogidos), por cada hijo: 1 punto.(Con un máximo de 3 puntos. )
e) Cónyuge o persona con análoga relación afectiva que se encuentre en situación de desempleo e inscrito en la correspondiente Oficina de Empleo que NO perciba prestación/ayudas por desempleo: 2 punto
2. Méritos Profesionales. (Máximo de 10 puntos)
Por cada mes de experiencia acreditado: 0,1 puntos, con un máximo de 10 puntos. Se considerará acreditado una vez se aporte la vida laboral, en la que deberá constar expresamente la categoría relacionada con el puesto de trabajo a ocupar o copia del contrato de trabajo y que el mismo esté relacionado con la obra o servicio para el que solicita el puesto.
3. Empadronamiento. (Máximo 10 puntos)
Por estar empadronado en el municipio xx Xxxx:
- Antigüedad superior o igual a 10 años: 10 puntos
- Antigüedad superior o igual a 5 años e inferior a 10 años: 5 puntos
- Antigüedad superior o igual a 2 años e inferior a 5 años: 2 puntos
4. Titulación para los puestos específicos: (Máximo 10 puntos) 4.1. Servicios Administrativos:
- Informática
- Titulado en Grado Medio Informática o similar: 5 puntos
- Titulado en Grado Superior/diplomado/Grado universitario,
en la especialidad de Informática o equivalentes 10 puntos
-Oficina Técnica
- Titulado en Grado Medio Delineación o similar: 5 puntos
- Titulado en Grado Superior/diplomado/Grado
universitario Delineación o equivalentes 10 puntos
- Servicios Administración General:
- Título xx Xxxxxxxxx Superior 5 puntos
- Titulado en Grado Medio Administración 2 puntos
- Titulado en Grado Superior/diplomado/Grado
universitario Administración o equivalentes 5 puntos
El total de este apartado será el resultado de sumar la totalidad de los puntos correspondientes a las titulaciones que posean los aspirantes para cada servicio, hasta un máximo de 10 puntos. No se sumarán aquellas titulaciones aportadas para diferentes servicios.
4.2. Servicios Culturales y Turismo:
- Título xx Xxxxxxxxx Superior 5 puntos
- Titulado en Grado Medio, Documentación,
Archivo, Animación Sociocultural, turismo
o equivalentes 2 puntos
- Titulado en Grado Superior/diplomado/Grado universitario, Documentación, Archivo,
Animación Sociocultural, turismo o equivalentes 5 puntos
El total de este apartado será el resultado de sumar la totalidad de los puntos correspondientes a las titulaciones que posean los aspirantes, hasta un máximo de 10 puntos
No se sumarán aquellas titulaciones aportadas para diferentes servicios.
B. NORMAS GENERALES
Además de aplicar los criterios anteriores, para la selección se tendrá en cuenta las siguientes normas generales:
1º. A efectos de puntuación, se asimilaran los trabajadores autónomos a los asalariados, con la categoría que expresamente conste en el alta del régimen correspondiente.
2º. Se presumirá que todas aquellas personas que no se encuentren inscritas en la Oficina de empleo correspondiente, se encuentran realizando algún trabajo retribuido.
4º. Se entenderán asimilados a los miembros de la unidad familiar inscritos y que no perciben prestación los menores de 26 y mayores de 16 años, no inscritos en la Oficina de empleo correspondiente por estar cursando estudios en centros oficiales, así como los mayores con discapacidad reconocida y superior al 33%. También se entenderá que se encuentran en la situación anterior los menores de 16 años.
Los menores acogidos tendrán la consideración de miembros de la unidad familiar, conforme a lo dispuesto en el párrafo anterior.
5º. Se entenderá que pertenecen a la unidad familiar, el solicitante, el cónyuge o persona con análoga relación afectiva y los hijos menores de 26 años que convivan con el solicitante, conforme a los datos que obran en padrón de habitantes.
6º. En relación con la experiencia acreditada únicamente se puntuará aquella que conste en la vida laboral del solicitante y, en su caso, se acredite mediante la presentación de copia del contrato o de nómina en la que conste la categoría.
7º. Corresponderá a la Comisión valorar si las titulaciones están relacionadas con el puesto a cubrir, así como la equivalencia con la titulación de referencia, debiendo justificar su exclusión, así como estimar acreditada o excluida la experiencia en base a la documentación aportada.
6.- COMISIÓN DE SELECCIÓN:
Los miembros de la comisión, serán designados por el Alcalde-Presidente, conforme al procedimiento establecido en la legislación de régimen local.
La Comisión de Selección estará compuesta por los siguientes cargos:
1.- Presidente. El Secretario de la Corporación o persona que legalmente le sustituya. 2.- Secretario. Un Auxiliar Administrativo de la plantilla de la Corporación.
3.- Un técnico perteneciente a los Servicios Técnicos Municipales.
4.- Un Administrativo del Departamento de Personal de la Corporación 5.- Un Técnico designado por la Excma. Diputación Provincial xx Xxxxxx
Todos ellos tienen voz y voto en las reuniones de la Comisión. Se nombrará un suplente para cada uno de los miembros que forman la Comisión.
La actuación de la Comisión de Selección se ajustará estrictamente a las bases de la convocatoria y a las normas reguladoras de los órganos colegiados. No obstante, la Comisión resolverá las dudas que surjan de su aplicación y podrá adoptar los acuerdos que correspondan para aquellos supuestos no previstos en las bases.
7.- PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN
La selección se realizará en tres fases.
PRIMERA FASE. Para la selección de los candidatos se realizará una preselección de un número suficiente de candidatos.
La preselección se realizará individualmente por servicios ofertados, en base al orden de preferencias marcado por los candidatos. En ella se incluirán aquellos que hubieran obtenido una mayor puntuación conforme al baremo establecido en la base quinta. Para ello se elaborará una lista en la que los candidatos se clasificarán por orden de mayor a menor puntuación obtenida.
Al objeto de determinar el orden en la clasificación de los candidatos con la misma puntuación, se utilizará como criterio de desempate la mayor antigüedad con carácter continuado en la situación de desempleo.
La puntuación máxima, a obtener en esta fase, será de 45 puntos con carácter general y de 55 para las especialidades para las que se exige titulación
SEGUNDA FASE. Una vez realizada la preselección, los candidatos preseleccionados tendrán tres días hábiles para la aportación de la documentación siguiente:
a. Documentación común a todos los puestos:
a.1. Acreditación de la identidad del solicitante:
- Copia del DNI/NIE del solicitante
a.2. Acreditación de la situación personal
- Copia del documento que acredite la situación de desempleo emitido por el organismo competente.
- Vida laboral emitida por el organismo que corresponda del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social
- Certificado emitido por el organismo competente, que acredite la percepción, o no, de prestaciones o subsidios y, en su caso, la fecha de finalización de las mismas.
a.3. Acreditación de la situación familiar
- Copia del Libro de familia que acredite la identidad y pertenencia de los miembros de la unidad familiar
- Copia del DNI/NIE de lo hijos menores de 26 años que convivan con el/la solicitante o que tengan la consideración de carga familiar conforme a lo establecido en estas bases.
--En caso de miembros de la unidad familiar menores de 26 años, no inscritos en la Oficina de Empleo correspondiente por estar cursando estudios en centros oficiales, matricula o certificado expedido por el centro, en el que conste dicha circunstancia.
- Certificado que acredite la situación de percepción, o no, de prestación, subsidio o ayudas, del cónyuge o análogo y/o de los hijos mayores de 16 años y menores de 26 años que convivan con el solicitante. Este certificado podrá sustituirse, por una declaración responsable firmada por el cónyuge o análogo y/o el/los hijo/s a cargo en la que se declare la no percepción de prestación ni subsidio, ni cualquier otra clase de ayuda y en la que se autorice expresamente a la consulta de estos datos por el Ayuntamiento xx Xxxx en la Administración Pública correspondiente.
a.3. Acreditación de la experiencia.
- Vida laboral emitida por el organismo que corresponda del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, en el caso de que se haya solicitado la misma, pero aún no haya sido emitida por el organismo correspondiente PODRA SER SUSTITUIDO por una declaración responsable en la que conste que fue contratado para un puesto relacionado con la profesión, en la categoría para la que solicita la acreditación, autorizando expresamente al Ayuntamiento xx Xxxx a su consulta.
b. Documentación específica para los Servicios Administración General, Culturales y Turismo
- En su caso, Copia del título/s exigidos por las presentes bases y aquellos otros objeto de puntuación.
TERCERA FASE. Entrevista Personal. Puntuación Máxima de esta fase 35 puntos.
Al objeto de proceder a valorar el grado de adecuación del candidato solicitante con el puesto de trabajo ofertado, se procederá a realizar una entrevista personal que versará sobre las funciones y tareas a realizar en el puesto para el que ha sido preseleccionado.
Con el objeto de salvaguardar la imparcialidad y la igualdad en la selección, para la realización de dicha entrevista, la comisión de selección será asistida por Técnicos nombrados por Administración Pública distinta al Ayuntamiento xx Xxxx, los cuales podrán realizar la misma.
Finalizada esta fase, la Comisión de Selección formulará propuesta de contratación a favor de los aspirantes que hayan obtenido una mayor puntuación final, para lo que se procederá a la elaboración de la lista de seleccionados por orden de puntuación total, que será la suma de la totalidad de las fases.
Aquellos trabajadores que pasen la tercera fase, pero no sean seleccionados, se incluirán en la lista de “Trabajadores de reserva”, para el caso de que alguno de los seleccionados deba ser sustituido por cualquier causa. En este caso serán sustituidos conforme al orden en que se encuentren en la citada lista.
En ningún caso podrán ser seleccionados, más de una persona por unidad familiar.
Dichas listas serán aprobadas por Resolución de la Alcaldía-Presidencia, y publicadas únicamente en el tablón de edictos municipal, en el formato que se establezca para el cumplimiento de la normativa reguladora en protección de datos.
En Xxxx, 3 de febrero de 2015 EL ALCALDE-PRESIDENTE
Fdo. Xxxxxx Xxxxx Xxxx
DILIGENCIA DE SECRETARIA: Las presentes bases han sido aprobadas por Resolución de la Alcaldía Presidencia de fecha 5 de febrero de 2015.
EL SECRETARIO GRAL. ACCTAL.
Fdo. Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxx