TÉRMINOS DE REFERENCIA
XXXXXXXXXXXX XXXXXXX Xx. 00 xx 0000
XXXXXXXX XX XXXXXXXXXX
OBJETO: | PRESTAR SERVICIOS DE INGENIERÍA DE SOFTWARE Y APOYAR A LA CORPORACIÓN EN LA IMPLEMENTACIÓN Y OPERACIÓN DE UN NUEVO CENTRO DE DESARROLLO DE SOFTWARE EN LA CIUDAD DE MEDELLÍN DE CONFORMIDAD CON LAS CARACTERÍSTICAS DESCRITAS EN EL ANEXO No. 1. REQUERIMIENTOS TÉCNICOS |
PUBLICACIÓN Y CONSULTA: | Toda la información y demás actuaciones que se produzcan con ocasión del presente proceso de contratación, serán publicadas y deberán consultarse en la página WEB de la Corporación Red Nacional Académica de Tecnología Avanzada – XXXXXX. Por lo anterior, se debe entender que dichos actos son oponibles desde el momento en que aparezcan publicados por este medio. |
Si se necesita más información, aclaración o explicación acerca de uno o más de los puntos establecidos en estos Términos de Referencia, debe ser dirigida al correo electrónico |
BOGOTA D.C., 20 XX XXXXXX DE 2019
1. ESTUDIOS PREVIOS |
La CORPORACIÓN RED NACIONAL ACADÉMICA DE TECNOLOGÍA AVANZADA - XXXXXX, en adelante LA CORPORACIÓN, es una asociación civil de participación mixta y carácter privado, sin ánimo de lucro, con patrimonio propio, organizada bajo las leyes colombianas, dentro del marco de la Constitución Política y las normas de Ciencia y Tecnología en especial del Decreto 393 de 1991 y regida por ellas, la cual tiene por objeto promover el desarrollo de la infraestructura y servicios de la red de alta velocidad, su uso y apropiación, así como articular, facilitar y ejecutar acciones para el desarrollo de proyectos de educación, ciencia, tecnología e innovación y en particular, aquellos que se deriven de la articulación con entidades del Sistema Nacional de Competitividad, Ciencia, Tecnología e Innovación. LA CORPORACIÓN está integrada por: A. Los miembros titulares integrados por las Redes Académicas Regionales: (i) RADAR, (ii) RIESCAR, (iii) RUTA CARIBE y (iv) UNIRED. Y B. Los miembros del Gobierno: (i) Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, (ii) Ministerio de Educación Nacional y (iii) Departamento Administrativo de Ciencia, Tecnología e Innovación – COLCIENCIAS. Dentro de las actividades definidas en el objeto social de XXXXXX están: "d) Establecer contactos con otras redes e instituciones de carácter nacional o internacional, la comunidad científica, académica, sector privado o gobierno, para el desarrollo de actividades de conectividad, colaboración, formación o investigación (...)" y "e) Promover el desarrollo de proyectos de carácter nacional o internacional, crear o administrar fondos para proyectos nacionales (...) -para- fomentar el desarrollo de contenidos y promover el desarrollo de políticas y mecanismos de financiación para proyectos educativos, científicos o de investigación". LA CORPORACIÓN se constituye en la red de tecnología avanzada de ciencia y tecnología que conecta, comunica, y propicia la colaboración entre las instituciones académicas y científicas de Colombia con las redes académicas internacionales y los centros de investigación más desarrollados del mundo. Como parte del proceso de transformación que viene adelantado LA CORPORACIÓN, y en aras de ampliar el impacto de la misma, se realizó un cambio a los Estatutos, incluyendo en las actividades que desarrollan su objeto social, la ejecución de proyectos CTI. Bajo este contexto, en el año 2016 LA CORPORACIÓN suscribió el contrato interadministrativo 1026 de 2016, el cual le permitió bajo un modelo innovador de ciencia y tecnología, implementar y operar un Centro de Desarrollo de Software en el Centro de Teleinformática y Producción Industrial del Alto Cauca xxx XXXX y conectarlo a la red académica mundial. Asimismo se ejecutaron proyectos orientados a fortalecer las competencias de TI de los aprendices que cursaban la |
tecnología de Análisis y Desarrollo de Sistemas de Información y que fueron vinculados al Centro de Desarrollo de Software para promover la empleabilidad y el emprendimiento en materia de TI y por otra parte atender los requerimientos de mantenimiento y/o desarrollo de software para optimizar entre otros, el Sistema de Investigación y Desarrollo Tecnológico xxx XXXX – SENNOVA el cual tiene como propósito fortalecer los estándares de calidad y pertinencia, en las áreas de investigación, desarrollo tecnológico e innovación, de la formación profesional impartida en la Entidad. Ahora bien, ante la necesidad de continuar con la mejora de sus procesos a través de la adopción de las tecnologías de la información y las comunicaciones, la Oficina de Sistemas SENA considera necesaria la implementación de un nuevo Centro de Desarrollo de Software en la ciudad de Medellín, con el fin de desarrollar proyectos que atiendan las necesidades de la entidad en materia de software y de esta forma contribuir a la generación de grupos interdisciplinarios integrados por aprendices y expertos del sector que se conecten dentro de los centros a potenciar bajo un modelo de aprendizaje de "aprender haciendo" donde se resuelvan problemas reales dirigidos por expertos que verifiquen, validen, prueben y produzcan cada uno de los proyectos requeridos por el SENA. Así mismo, y con el fin de atender los requerimientos de software que actualmente tiene el SENA de forma inmediata, se hace necesario reanudar el servicio de desarrollo de software desde el Centro de Desarrollo de Software implementado en el Centro de Teleinformática y Producción Xxxxxxxxxx xxx XXXX xx xx xxxxxxxx xxx Xxxx Xxxxx. Para tal fin, el 24 de julio de 2019, XXXXXX suscribió el contrato interadministrativo No. 1 – 0140 de 2019 con el Servicio Nacional de Aprendizaje - SENA cuyo objeto es: “Implementación y operación de un nuevo Centro de Desarrollo de Software en la ciudad de Medellín y la reactivación del servicio de desarrollo de software para SENA desde el Centro de Desarrollo de Software ya implementado en el Centro de Teleinformática y Producción Xxxxxxxxxx xx xx xxxxxxxx XXXX xxx Xxxx Xxxxx, que realice el mantenimiento, mejoramiento y actualización de los sistemas de información xxx XXXX para garantizar que los sistemas, tanto misionales como de apoyo, puedan cumplir con las funcionalidades requeridas”. En este sentido, y con el propósito de fortalecer los recursos técnicos necesarios para desarrollar las actividades enmarcadas en el contrato interadministrativo en mención, se hace necesario la actual contratación. |
1.1. DESCRIPCIÓN DEL OBJETO PRESTAR SERVICIOS DE INGENIERÍA DE SOFTWARE Y APOYAR A LA CORPORACIÓN EN LA IMPLEMENTACIÓN Y OPERACIÓN DE UN NUEVO CENTRO DE DESARROLLO DE SOFTWARE EN LA CIUDAD DE MEDELLÍN DE CONFORMIDAD CON LAS CARACTERÍSTICAS DESCRITAS EN EL ANEXO No. 1. REQUERIMIENTOS TÉCNICOS |
1.2. MODALIDAD DE CONTRATACIÓN Y RÉGIMEN JURÍDICO En atención a la naturaleza jurídica de la CORPORACIÓN XXXXXX, el presente proceso de selección y la contratación que de él se derive, se encuentran sometidos a las normas del Derecho Privado Colombiano, conforme lo establecido en el artículo 5 del Decreto 393 de 1991 y el mismo se adelantará bajo los parámetros del Reglamento de Contratación de Xxxxxx. Así las cosas, de acuerdo con lo establecido en el literal c) del artículo Décimo Séptimo del Reglamento de Contratación de Xxxxxx, la convocatoria pública de ofertas es la modalidad a seguir para llevar a cabo la contratación de los servicios requeridos por la Entidad, toda vez que la cuantía es superior a doscientos (200) SMLMV, de acuerdo al estudio xx xxxxxxx realizado por la corporación. “ARTÍCULO DÉCIMO SÉPTIMO: MODALIDADES DE SELECCIÓN DE LOS CONTRATISTAS. Según la cuantía y el objeto a contratar, XXXXXX acudirá al procedimiento de selección de contratistas más adecuado, el cual puede ser: a) Convocatoria pública de ofertas: Es el proceso mediante el cual XXXXXX formula una invitación pública, para que, en igualdad de oportunidades todos los interesados que cumplan con los requisitos exigidos en los Términos de Referencia presenten sus ofertas y se seleccione entre ellas la más favorable para contratar los bienes o servicios requeridos por la Corporación, cuando el costo de los bienes o servicios a contratar sea superior a doscientos (200) SMLMV, y no proceda otra modalidad de selección de las que señala el presente Reglamento de Contratación.” En tal sentido, el presente proceso se adelantará por la modalidad de Convocatoria Pública para lo cual se dará observancia a la ley y al Manual de Contratación de la Corporación. |
1.3. PRESUPUESTO DE LA CONTRATACIÓN El valor presupuestado para este contrato es de hasta CUATRO MIL CIENTO TREINTA Y CUATRO MILLONES TRESCIENTOS NOVENTA Y SEIS MIL PESOS ($4.134.396.000) M/CTE incluido IVA, gastos directos e indirectos a que haya lugar, y todos los costos impositivos correspondientes. |
1.4. ANÁLISIS QUE SOPORTA EL VALOR DEL CONTRATO Teniendo en cuenta la necesidad planteada, se solicitaron cotizaciones a las siguientes personas jurídicas: |
1. ZITEC 2. PUERTO 80 3. Everis Spain Sucursal Colombia Recibiendo ofertas de tres invitados. Una vez recibidas las cotizaciones se procedió a calcular el presupuesto final de las tres ofertas, a través de la metodología de la media aritmética. En consecuencia, el monto del presupuesto asignado a la presente convocatoria pública es de hasta CUATRO MIL CIENTO TREINTA Y CUATRO MILLONES TRESCIENTOS NOVENTA Y SEIS MIL PESOS ($4.134.396.000) M/CTE incluido IVA. |
2. CONDICIONES GENERALES DEL CONTRATO |
2.1. OBJETO PRESTAR SERVICIOS DE INGENIERÍA DE SOFTWARE Y APOYAR A LA CORPORACIÓN EN LA IMPLEMENTACIÓN Y OPERACIÓN DE UN NUEVO CENTRO DE DESARROLLO DE SOFTWARE EN LA CIUDAD DE MEDELLIN DE CONFORMIDAD CON LAS CARACTERÍSTICAS DESCRITAS EN EL ANEXO No. 1. REQUERIMIENTOS TÉCNICOS |
2.2. ALCANCE Para la ejecución del objeto de esta convocatoria, se considera que se deberán realizar las actividades que se describen a continuación: • Apoyar a la Corporación en la implementación y operación un nuevo Centro de Desarrollo de Software – CDS en la ciudad de Medellín, de acuerdo con las características requeridas por el SENA en el Anexo No. 1. Requerimientos Técnicos. |
Proveedor | Valor hora de ingeniería de software |
Everis Colombia | 100.000 |
Puerto 80 | 110.000 |
ZITEC | 88.800 |
Promedio | 99.600 |
Cantidad de Horas a ejecutar | 41.510 |
Valor hora promedio | 99.600 |
Presupuesto | 4.134.396.000 |
• Atender los requerimientos de desarrollo / mantenimiento de software desde el centro de desarrollo de software implementado por XXXXXX en el Centro de Teleinformática y Producción Industrial xxx XXXX ubicado en la regional del Alto Cauca. • Seleccionar, formar, contratar y hacer seguimiento a los aprendices y demás personal que sea requerido para la ejecución de las actividades asociadas con los proyectos de desarrollo y/o mantenimiento de software según lo definido en el Anexo No. 1. Requerimientos Técnicos. |
2.3. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DEL CONTRATO Ver Anexo No. 1. Requerimientos Técnicos |
2.4. VALOR DEL CONTRATO El valor presupuestado para este contrato es de hasta CUATRO MIL CIENTO TREINTA Y CUATRO MILLONES TRESCIENTOS NOVENTA Y SEIS MIL PESOS ($4.134.396.000) M/CTE incluido IVA y todos los gastos directos e indirectos a que haya lugar. |
2.5. DURACIÓN DEL CONTRATO El plazo de ejecución del contrato será a partir de la firma del acta de inicio, previa aprobación de la garantía de cumplimiento, y hasta el 31 de diciembre de 2019 o hasta agotar el presupuesto, lo primero que ocurra. |
2.6. FORMA DE PAGO LA CORPORACIÓN pagará al CONTRATISTA el valor correspondiente a los productos terminados, servicios y actividades efectivamente recibidos a satisfacción por parte del supervisor del contrato. PARÁGRAFO 1: No serán objeto de facturación productos parciales o en proceso de construcción o pruebas. Si por algún motivo XXXXXX solicita detener de forma indefinida el requerimiento o proyecto, XXXXXX deberá cancelar al CONTRATISTA el valor correspondiente al trabajo realizado a la fecha en la cual se tome la decisión de suspensión del requerimiento y dicho valor será obtenido con base en la estimación de costos presentada y aprobada para dicho requerimiento de acuerdo con el valor de hora adjudicada. |
PARÁGRAFO 2: En cada uno de los pagos se efectuará el descuento por incumplimiento en los Acuerdos de Niveles de Servicio, según lo establecido en el Anexo No. 1. Requerimientos Técnicos. PARÁGRAFO 3: Cada uno de los pagos estará sujeto a la aprobación por parte de la supervisión del contrato, y al cumplimiento de los siguientes requisitos: A) Correcta presentación de la factura. B) Aprobación del informe mensual de gestión, por parte de la supervisión del contrato en el que se evidencie el cumplimiento de las obligaciones a cargo del CONTRATISTA y/o recibo a satisfacción de entregables. C) Presentación de la certificación de encontrarse al día en el pago de las contribuciones al sistema de seguridad social (salud, pensiones, ARL), así como en el pago de los aportes parafiscales (SENA, ICBF, Cajas de Compensación Familiar) y subsidio familiar a que haya lugar, de los empleados a su cargo. PARÁGRAFO 4: Los pagos se harán mediante consignación o transferencia electrónica a la cuenta, indicada por EL CONTRATISTA. |
2.7. OBLIGACIONES ESPECÍFICAS DEL CONTRATISTA 1. Conocer a cabalidad los términos de referencia del contrato, el Anexo No. 1. Requerimientos Técnicos que le permitan dar cumplimiento del objeto contractual. 2. Cumplir a cabalidad con las actividades del alcance contenidas en el Anexo No. 1. Requerimientos Técnicos y lo ofertado en la propuesta. 3. Poner a disposición y garantizar la permanencia del equipo de trabajo solicitado para satisfacer el cumplimiento del objeto del contrato, según lo requerido en los términos de referencia y lo ofertado en la propuesta. En caso de cualquier modificación del equipo humano que ejecutará el proyecto, la misma deberá contar con autorización previa de la supervisión y será por un perfil de características iguales o superiores al ofrecido en la propuesta. 4. Definir en un documento la estrategia del servicio, las metodologías de desarrollo y las pautas de gobernabilidad para el nuevo Centro de Desarrollo de Software ubicado en la ciudad de Medellín. 5. Proveer las licencias de las herramientas de desarrollo de acuerdo con las tecnologías definidas en el Anexo No. 1. Requerimientos Técnicos, Tecnologías Aplicaciones SENA, incluyendo licencias de Oracle y WebLogic que serán responsabilidad del Contratista. 6. Seleccionar, capacitar, contratar y hacer seguimiento a los aprendices SENA y demás personal que sea requerido para la ejecución de las actividades asociadas con los proyectos según lo definido en el Anexo No. 1. Requerimientos Técnicos. 7. Atender los requerimientos de desarrollo/mantenimiento de software desde el Centro de Desarrollo de Software ubicado en el Centro de Teleinformática y Producción Industrial de |
la regional SENA del Alto Cauca y desde el nuevo Centro de Desarrollo de Software a implementar en la ciudad de Medellín. 8. Estructurar planes de trabajo y cronogramas para cada uno de los proyectos que le sean asignados por la Corporación, los cuales deben ser ajustados a los tiempos, recursos y responsabilidades para cada uno de los integrantes del equipo de trabajo de los proyectos. 9. Establecer para cada uno de los proyectos que le sean asignados, las necesidades de estos, tales como recurso humano, financiero, logístico y de conocimiento. 10. Informar de manera oportuna y de acuerdo con la periodicidad solicitada por el supervisor del contrato los avances, contingencias e identificación de riesgos asociados al desarrollo de los proyectos a su cargo. 11. Coordinar junto con el supervisor las actividades relacionadas con medios de comunicación y así mismo las visitas de personal externo a los Centros de Desarrollo de Software. 12. Apoyar la coordinación de las actividades que desde los proyectos a su cargo permitan el cumplimiento de los acuerdos de niveles de servicio establecidos en los términos de referencia y Anexo No. 1. Requerimientos Técnicos. 13. Elaborar los informes de cada uno de los proyectos que le sean requeridos por el supervisor del contrato y atender las reuniones que se programen para su presentación. 14. Definir el alcance de cada solicitud de servicio y realizar la planificación de las actividades necesarias para el análisis de requerimientos y/o desarrollo de nuevos proyectos o de los casos de uso que le sean entregados por la Corporación cuando ya exista un levantamiento previo. 15. Realizar la correspondiente estimación de esfuerzos que contemple el análisis, diseño, construcción, implementación, actualización/modificación, aseguramiento de calidad y demás actividades relacionadas en los términos de referencia. 16. Realizar el control presupuestal de los proyectos con el respectivo control de facturación de acuerdo con los parámetros establecidos en los términos de referencia. 17. Buscar y gestionar la información interna y externa que requiera para el cumplimiento del objeto contractual. 18. Ejecutar las actividades propuestas en el plan de trabajo previa aprobación del supervisor del contrato. 19. Asistir a reuniones periódicas con la supervisión del contrato para realizar el seguimiento al avance del contrato, que incluya el suministro de la información necesaria para su desarrollo. 20. Realizar la respectiva cesión de derechos patrimoniales de autor a perpetuidad a favor de la Corporación de todo el material que sea creado o suministrado por el contratista en cumplimiento del objeto contractual. Esta obligación implica la entrega a la Corporación de los códigos fuente y demás herramientas y elementos que permitan el registro de los derechos patrimoniales y el uso del software que se genere en virtud de la ejecución del contrato. Lo anterior de conformidad con lo establecido en el Decreto 2591 de 2000 que reglamenta la Decesión 486 de la Comunidad Andina, Ley 23 de 1982, Ley 1450 de 2011 y demás normas conexas y complementarias. |
21. Las demás necesarias para adelantar las actividades de seguimiento descritas en estos términos. |
2.8. OBLIGACIONES GENERALES DEL CONTRATISTA 1. Cumplir de buena fe el objeto contratado. 2. Proyectar y entregar los informes y reportes ordinarios y extraordinarios y los demás documentos que requiera el Supervisor en medio impreso y/o digital de conformidad con lo acordado entre las partes. 3. Atender los requerimientos, instrucciones y/o recomendaciones que durante el desarrollo del contrato le imparta la Corporación, a través del supervisor de este, para una correcta ejecución y cumplimiento de sus observaciones, observando y acatando las instrucciones de manuales y protocolos establecidos por la Corporación. 4. Participar de reuniones ordinarias o extraordinarias, según las necesidades de la Corporación y a las que sea convocado por el Supervisor. 5. Mantener estricta reserva y confidencialidad sobre la información que conozca por causa o con ocasión del contrato. 6. Responder por los documentos físicos o magnéticos que le sean entregados o que elabore en desarrollo del contrato, asegurando que reposen en la dependencia correspondiente. 7. Devolver los documentos y demás elementos que le que fueron entregados para análisis, en el tiempo en que lo indique el supervisor. 8. Hacer buen uso de los elementos que contengan imágenes o elementos de distinción de LA CORPORACIÓN como carné o prendas identificativas y propender por el buen nombre de ésta. 9. Informar a LA CORPORACIÓN el cambio de régimen tributario cuando a ello hubiere lugar. 10. Solicitar al supervisor del contrato con mínimo diez (10) días hábiles de antelación, las modificaciones contractuales que llegare a requerir para la adecuada ejecución del contrato. 11. Cumplir con sus obligaciones con el Sistema General de Seguridad Social Integral y Riesgos Laborales y parafiscales. 12. Radicar las cuentas de cobro o facturas con sus respectivos anexos e informes en las fechas que establezca el supervisor del contrato. 13. Informar al supervisor del contrato cualquier anormalidad que observe en ejecución de las actividades contratadas. PARÁGRAFO: El contratista, con la suscripción del contrato, declara de manera expresa que entiende claramente que estas obligaciones contractuales, NO IMPLICAN EN NINGÚN CASO SUBORDINACIÓN, y que solo constituyen obligaciones contractuales que acepta cumplir. |
2.9. CONTROL Y SEGUIMIENTO AL CONTRATO El control y seguimiento del contrato será ejercido por el Director de Proyectos de la Corporación Red Nacional Académica de Tecnología Avanzada -XXXXXX y/o la persona que designe la Dirección Ejecutiva. |
2.10. LUGAR DE EJECUCIÓN La prestación del servicio será realizada en las ciudades de Bogotá D.C., Popayán – Cauca y otra ciudad que indique la Corporación, que podrá ser Medellín, Barranquilla o Cali. |
2.11. GARANTÍAS EL CONTRATISTA constituirá a favor de LA CORPORACIÓN, dentro de los dos (2) días hábiles siguientes a la firma del contrato, en una compañía bancaria o de seguros legalmente establecida en Colombia, póliza para particulares que ampare los siguientes riesgos: 1. Amparo de cumplimiento: Por el treinta por ciento (30%) del valor del contrato, con una vigencia igual al plazo del contrato y seis (6) meses más. 2. Calidad del Servicio: Por el treinta por ciento (30%) del valor del contrato, con una vigencia igual al plazo del contrato y seis (6) meses más. 3. Pago de salarios y prestaciones sociales: Por el diez por ciento (10%) del valor del contrato, con una vigencia igual al plazo del contrato y tres (3) años más. |
2.12. SANCIONES CONTRACTUALES CLÁUSULA PENAL: En caso de incumplimiento total o parcial de una cualquiera de las obligaciones del contrato, o por el mero retardo en el cumplimiento de ellas, la Corporación podrá imponer al Contratista, a título xx xxxx, una sanción pecuniaria en cuantía equivalente al diez por ciento (10%) del valor total del contrato, sin perjuicio de exigir el cumplimiento y las demás indemnizaciones a que haya lugar. PARÁGRAFO PRIMERO: El valor de la pena se actualizará en términos de valor presente neto al momento del pago. PARÁGRAFO SEGUNDO: Prueba sumaria del incumplimiento, junto con el original de este contrato, será título ejecutivo para el respectivo cobro jurídico. PARÁGRAFO TERCERO: La efectividad de la pena pecuniaria no impide a la Corporación la aplicación y cobro de las demás sanciones contractuales, ni el ejercicio de las acciones previstas |
en las leyes vigentes. PARÁGRAFO CUARTO: Lo anterior no es óbice para que la Corporación persiga una indemnización superior a la garantizada por la Compañía de Seguros |
2.13. INDEMNIDAD El CONTRATISTA mantendrá indemne a LA CORPORACIÓN de cualquier daño o perjuicio originado en reclamaciones, demandas o acciones legales por daños o lesiones a personas o propiedades de terceros, durante la ejecución del contrato. En caso de que se entable un reclamo, demanda o acción legal en contra de LA CORPORACIÓN por los citados daños o lesiones, EL CONTRATISTA será notificado, para que por su cuenta adopte oportunamente las medidas previstas por la Ley para mantener indemne a la Entidad. Si en cualquiera de los eventos antes previstos, EL CONTRATISTA no asume debida y oportunamente la defensa de LA CORPORACIÓN, ésta podrá hacerlo directamente, previa notificación escrita al CONTRATISTA, y éste pagará todos los gastos en que ella incurra por tal motivo. |
3. PROCESO DE CONTRATACIÓN |
3.1. CRONOGRAMA DEL PROCESO El presente proceso de contratación se desarrollará de conformidad con el siguiente cronograma: |
Tabla No. 1 | ||||
ACTIVIDAD | OPORTUNIDAD | LUGAR | ||
Publicación de los términos de referencia | 20 xx xxxxxx de 2019 | |||
Audiencia de aclaración de términos de referencia | 22 xx xxxxxx de 2019 a las 2:00 pm | En las instalaciones de la Corporación Red Nacional de Tecnología Avanzada – Xxxxxx, ubicada en la Xxxxx 00 Xx. 0 - 00 xxxxx X, xxxx 0 | ||
Plazo para presentar observaciones a los términos de referencia | 22 xx xxxxxx de 2019, hasta las 5:00 pm | A través del correo electrónico xxxxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxx.xxx.xx | ||
Fecha límite para responder a las observaciones a los términos de referencia | 23 xx xxxxxx de 2019 | |||
Fecha límite para presentar propuestas | 26 xx xxxxxx de 2019 a las 10:00 am | En las instalaciones de la Corporación Red Nacional de Tecnología Avanzada – Xxxxxx, ubicada en la Xxxxx 00 Xx. 0 - 00 xxxxx X, xxxx 0 | ||
Publicación del informe de evaluación | 28 xx xxxxxx de 2019 | |||
Observaciones al informe de evaluación | 29 xx xxxxxx de 2019 hasta las 5:00 pm | A través del correo electrónico | ||
Audiencia de adjudicación | 30 xx xxxxxx de 2019 a las 10:00 am | En las instalaciones de la Corporación Red Nacional de Tecnología Avanzada – Xxxxxx, ubicada en la Xxxxx 00 Xx. 0 - 00 xxxxx X, xxxx 0 | ||
Suscripción del contrato | 2 de septiembre de 2019 | En las instalaciones de la Corporación Red Nacional de Tecnología Avanzada – Xxxxxx, ubicada en la Xxxxx 00 Xx. 0 - 00 xxxxx X, xxxx 2 | ||
Entrega de la garantía de cumplimiento | Dentro de los 2 días siguientes a la suscripción del contrato | En las instalaciones de la Corporación Red Nacional de Tecnología Avanzada – Xxxxxx, ubicada en la Xxxxx 00 Xx. 0 - 00 xxxxx X, xxxx 0 | ||
3.2. OBSERVACIONES A LOS TÉRMINOS DE REFERENCIA Las observaciones a los términos de referencia que lleguen con posterioridad a la fecha y hora señaladas en el cronograma del presente proceso de selección se entenderán extemporáneas y por lo tanto no se les dará respuesta. | ||||
3.3. ACLARACIONES EXCEPCIONALES Si como consecuencia de la producción de una adenda se modifican los términos de referencia del presente proceso de selección, los PROPONENTES que hayan presentado sus ofertas con anterioridad a la adenda podrán dar alcance a su oferta solo en lo relacionado específicamente en la adenda. Cabe advertir que LA CORPORACIÓN no tendrá en cuenta los aspectos que incluya el PROPONENTE en su aclaración y que no estén contemplados en la adenda. |
3.4. AUDIENCIA DE ACLARACIONES Con el objeto de precisar el contenido y alcance de estos términos de referencia y escuchar a los interesados se realizará una audiencia de aclaraciones, la cual se llevará a cabo en la fecha indicada en la Tabla No. 1 - Cronograma del proceso. La asistencia a esta audiencia no será obligatoria, pero a pesar de no asistir a la misma, lo que allí se consulte, analice o precise, se presumirá conocido y aceptado por parte de todos los interesados. En todo caso, como resultado de lo debatido en la audiencia y cuando lo juzgue conveniente, la Corporación expedirá si hay lugar a ello, las modificaciones acordadas mediante adendas y prorrogará si fuere necesario, la fecha de cierre del proceso. Lo anterior, no impide que los interesados puedan por escrito plasmar inquietudes o solicitar aclaraciones adicionales, las cuales deberán ser remitidas durante el término fijado en la Tabla No. 1 - Cronograma del proceso al correo electrónico xxxxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxx.xxx.xx, para obtener por escrito las respuestas del caso o hacer las modificaciones a que haya lugar. |
3.5. ADENDAS En caso de modificaciones a los términos de referencia, éstas serán adoptadas mediante adendas a los mismos. Las adendas serán publicadas en la página web de la Corporación, para la revisión de cualquier interesado el proceso de contratación. Las adendas y aclaraciones posteriores derogan a los anteriores en cuanto se refieran a un mismo asunto. Es responsabilidad de los interesados consultar permanentemente la página web de la Corporación para efectos de conocer las posibles adendas que se produzcan durante el proceso. En el evento en el que se modifique los plazos y términos del proceso de contratación, la adenda incluirá el nuevo cronograma. |
3.6. DILIGENCIA DE CIERRE Y PLAZO MÁXIMO PARA PRESENTAR OFERTA En la fecha, hora y lugar señalado en el cronograma del presente proceso de contratación, se llevará a cabo el cierre oficial del plazo de presentación de ofertas. Las ofertas presentadas con posterioridad a la hora señalada o en un lugar distinto al establecido en el cronograma, no serán tenidas en cuenta para verificación y evaluación por parte de LA CORPORACIÓN y en consecuencia se devolverá(n) en el estado en que fue (xxx) presentada(s) por el PROPONENTE. |
3.7. ACLARACIONES POR SOLICITUD DE LA CORPORACIÓN |
Después de la diligencia de cierre sólo se le aceptarán a los PROPONENTES las respuestas y aclaraciones relacionadas exclusivamente con las observaciones formuladas mediante escrito por LA CORPORACIÓN LA CORPORACIÓN se reserva el derecho de corroborar la veracidad de la información suministrada por los PROPONENTES. |
3.8. HABILITACION Y EVALUACION DE OFERTAS Dentro de la fecha y hora señaladas en el cronograma del presente proceso de selección, LA CORPORACIÓN elaborará los estudios jurídicos, financieros, técnicos y económicos necesarios dentro de la etapa de habilitación y evaluación de ofertas. Dentro de dicho término se podrán solicitar a los PROPONENTES las aclaraciones, explicaciones y documentos que se estimen indispensables, sin que por ello el PROPONENTE pueda adicionar, modificar, completar o mejorar su OFERTA. |
3.9. PUBLICACION DEL INFORME FINAL DE VERIFICACIÓN Y EVALUACIÓN DE OFERTAS Dentro de las fechas, hora y lugares señalados en el cronograma del presente proceso de contratación, LA CORPORACIÓN pondrá a disposición de los PROPONENTES el informe final de verificación y evaluación de ofertas, el cual se publicará en la página web de LA CORPORACIÓN. Dentro de ese término los PROPONENTES podrán presentar las observaciones que estimen pertinentes sobre el informe, las cuales deben hacerse por escrito a través del correo electrónico xxxxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxx.xxx.xx. Así mismo podrán subsanar la ausencia de requisitos o la falta de documentos habilitantes que le hayan sido solicitados por LA CORPORACIÓN. |
3.10. ADJUDICACIÓN O DECLARATORIA DE DESIERTO DEL PROCESO DE CONTRATACIÓN En el término señalado en el cronograma del presente proceso de contratación, LA CORPORACIÓN expedirá el acta de adjudicación o declaratoria de desierto del proceso de contratación. LA CORPORACIÓN declarará desierto el proceso únicamente por motivos o causas que impidan la escogencia objetiva del CONTRATISTA y lo hará mediante acta en el que se señalarán en forma expresa y detallada las razones que han conducido a esa decisión. El término para adjudicar podrá prorrogarse antes de su vencimiento siempre que las necesidades de LA CORPORACIÓN así lo exijan. |
3.11. SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO Y CONSTITUCIÓN DE GARANTÍAS Dentro de la fecha y hora prevista en el cronograma del presente proceso de selección, EL PROPONENTE ADJUDICATARIO, deberá suscribir el contrato y constituir las garantías que respaldarán las obligaciones contractuales, establecidas en estos Términos de Referencia. | ||
3.12. RENUENCIA DEL ADJUDICATARIO A LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO Si el PROPONENTE adjudicatario no firma el contrato dentro del término señalado en el cronograma de estos términos de referencia, LA CORPORACIÓN podrá adjudicar el contrato dentro de los diez (10) días calendario siguiente al vencimiento del plazo para su suscripción, al PROPONENTE calificado en segundo lugar, siempre y cuando su OFERTA sea igualmente favorable para la entidad. | ||
3.13. EFECTIVIDAD DE LA GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA LA CORPORACIÓN hará efectiva la garantía de seriedad de la OFERTA en los siguientes eventos: • Ante la negativa del proponente adjudicatario de suscribir el contrato. • El retiro de la oferta por parte del proponente una vez esta haya sido presentada. • La no ampliación de la vigencia de la garantía de seriedad de la oferta cuando el término previsto en los términos de referencia para la adjudicación del contrato se prorrogue o cuando el término previsto para la suscripción del contrato se prorrogue, siempre y cuando esas prorrogas no excedan un término de tres (3) meses. • La falta de otorgamiento por parte del proponente seleccionado de la garantía de cumplimiento exigida por la entidad para amparar el incumplimiento de las obligaciones del contrato. Quedará a favor de LA CORPORACIÓN, la garantía de seriedad de la OFERTA, sin menoscabo de las acciones legales conducentes al reconocimiento de los perjuicios causados y no cubiertos por la garantía. | ||
3.14. OFERTA CON PRECIO ARTIFICIALMENTE BAJO Cuando de conformidad con la información arrojada por el estudio xx xxxxxxx la Corporación estime que el valor de alguna oferta resulta artificialmente bajo, rechazará la oferta de plano teniendo en cuenta que dichas condiciones ponen en riesgo el cumplimiento de las obligaciones y la calidad de los productos objeto del proceso. | ||
3.15. PROCEDIMIENTO PARA LA DETERMINACION DEL PRECIO ARTIFICIALMENTE BAJO La CORPORACIÓN utilizara las metodologías de la mediana y la desviación estándar para la determinación del precio artificialmente bajo, tomando como muestra las propuestas económicas de los proponentes que presentaron oferta y que se encuentren habilitados técnica, financiera y jurídicamente. |
Para calcular la mediana, la CORPORACION ordena los valores de mayor a menor y toma el valor de la oferta en la mitad de la lista. Si el número de ofertas es par, se tomará los dos valores de la mitad, se suman y se dividen en dos. La fórmula utilizada para desviación estándar es: El valor mínimo aceptable resultara de aplicar la siguiente fórmula: Valor mínimo aceptable = Mediana – Desviación estándar Toda propuesta económica que este por debajo del valor mínimo aceptable se considerará precio artificialmente bajo. | ||
. |
4. CONDICIONES GENERALES DE LA PRESENTACIÓN DE LA OFERTA |
4.1. IDIOMA La OFERTA y sus documentos anexos deben redactarse en idioma castellano y presentarse en escrito elaborado a máquina o por cualquier medio electrónico. |
4.2. DOCUMENTOS OTORGADOS EN EL EXTERIOR Los documentos y las comunicaciones entregadas, enviadas o expedidas por los Proponentes o por terceros para efectos del presente proceso de contratación o para ser tenidos en cuenta en el mismo, deben ser otorgados y presentados en castellano. Los documentos con los cuales los Proponentes acrediten los requisitos habilitantes de que trata el capítulo 6 que estén en una lengua extranjera, deberán presentarse traducidos al idioma castellano, legalizados o apostillados en la forma prevista en las normas vigentes sobre la materia, en especial en el artículo 251 del Código General del Proceso, artículo 480 del Código de Comercio y en la Resolución 10547 del 14 de diciembre de 2018 expedida por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia. 4.2.1.CONSULARIZACIÓN (DOCUMENTOS PRIVADOS): De conformidad con lo previsto en el artículo 480 del Código de Comercio, “Los documentos otorgados en el exterior se autenticarán por los funcionarios competentes para ello en el respectivo país y la firma de tales funcionarios lo será a su vez por el cónsul colombiano o, a falta de este por el de una nación amiga, sin |
perjuicio de lo establecido en convenios internacionales sobre el régimen de los poderes”. Tratándose de sociedades, expresa además el mencionado artículo que “Al autenticar los documentos a que se refiere este artículo los cónsules harán constar que existe la sociedad y ejerce su objeto conforme las leyes del respectivo país” (CGP artículo 74). Surtido el trámite señalado, estos documentos deben ser presentados ante el Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia (Oficina de Legalizaciones) para la correspondiente legalización de la firma del Cónsul y demás trámites pertinentes. 4.2.2. APOSTILLE (DOCUMENTOS PÚBLICOS): Cuando se trate de documentos de naturaleza pública otorgados en el exterior, de conformidad con lo previsto en la Ley 455 de 1998, no se requerirá del trámite de consularización señalado en este numeral, siempre que provenga de uno de los países signatarios de la Convención de La Haya del 5 de octubre de 1961, sobre abolición del requisito de legalización para documentos públicos extranjeros. En este caso sólo será exigible la apostille, trámite que consiste en el certificado mediante el cual se avala la autenticidad de la firma y la calidad con que ha actuado la persona firmante del documento y que se surte ante la autoridad competente en el país de origen. Si la apostille está dada en idioma distinto al idioma castellano, deberá presentarse acompañada de una traducción oficial a dicho idioma y la firma del traductor legalizada de conformidad con las normas vigentes. |
4.3. CONVERSIÓN DE MONEDAS Los Proponentes deben presentar sus estados financieros en la moneda legal del país en el cual fueron emitidos y adicionalmente en pesos colombianos. Si está expresado originalmente en una moneda diferente a dólares de los Estados Unidos de Norte América, debe convertirse a esta moneda. Una vez que se tengan las cifras en dólares de los Estados Unidos de América o si la información se presenta originalmente en dicha moneda, para la conversión a pesos colombianos se debe tener en cuenta la tasa representativa xxx xxxxxxx certificada por la Superintendencia Financiera de Colombia para la fecha xx xxxxx de los estados financieros. |
4.4. ORIGINAL DE LA OFERTA Los interesados deberán presentar sus ofertas en físico foliada, original y copia en medio digital (CD) a más tardar en la fecha y hora establecidas en el cronograma para el cierre con el asunto: Oferta Convocatoria Pública No. 04 de 2019. |
La copia en medio digital (CD) debe contener como archivo adjunto la oferta y todos los documentos y/o anexos que se requieren para soportar la misma. La propuesta deberá presentarse en formato PDF junto con los anexos debidamente diligenciados. Los anexos deberán presentarse en PDF y en Excel cuando así se requieran. La oferta económica deberá presentarse también en Excel en el formato establecido para tal fin. Las propuestas deberán presentarse en español. |
4.5. VALIDEZ DE LA OFERTA Las OFERTAS deben tener el término de validez contemplado en el numeral 6.1.4 de estos términos de referencia. La validez de la propuesta se entenderá prorrogada con la ampliación del término de la garantía de seriedad de la OFERTA. |
4.6. OFERTA BÁSICA La OFERTA y sus documentos anexos deberán ajustarse a todos los requerimientos mínimos señalados en los presentes términos de referencia. |
4.7. CONFIDENCIALIDAD DE LA OFERTA Los PROPONENTES deben indicar en su OFERTA cuáles de los documentos aportados son de carácter reservado e invocar la norma que ampara dicha reserva Si el PROPONENTE no hace pronunciamiento expreso amparado en la ley, se entenderá que toda la OFERTA es pública. |
4.8. EXIMENTES DE RESPONSABILIDAD LA CORPORACIÓN: Cuando los PROPONENTES no llenaren los requisitos para participar o no reunieren las condiciones exigidas para contratar, es entendido que no adquieren derecho alguno, ni LA CORPORACIÓN asume responsabilidad alguna. El PROPONENTE debe elaborar su OFERTA por su cuenta y riesgo, de acuerdo con los solicitado en estos presente términos de referencia y sus modificaciones, e incluir dentro de esta toda la información exigida. La OFERTA junto con los ajustes que se puedan presentar por solicitud de la entidad formarán parte integral del contrato. |
5. FASES DEL PROCESO DE CONTRATACIÓN |
5.1. FASES DEL PROCESO DE SELECCIÓN: |
FASES | CONDICIONES GENERALES | RESULTADO | |||
Fase I | Verificación Requisitos Mínimos Habilitantes | Capacidad Jurídica | Habilitado o No Habilitado | ||
Capacidad Financiera | |||||
Experiencia mínima habilitante del proponente | |||||
Equipo de trabajo mínimo | |||||
Fase II | Evaluación de Ofertas | Criterio técnico: | Xxxxxxx | ||
• Experiencia específica adicional del proponente | Puntaje | ||||
• Experiencia específica adicional del equipo de trabajo | Puntaje | ||||
Propuesta Económica | Puntaje | ||||
5.2. FASE I: VERIFICACIÓN DE LOS REQUISITOS MÍNIMOS HABILITANTES Durante esta etapa LA CORPORACIÓN verificará los soportes documentales que acompañan la OFERTA presentada dentro del término máximo que señala el cronograma para la diligencia de cierre. Los soportes documentales que acompañan la oferta y que constituyen los requisitos mínimos habilitantes deben contener toda la información referente al PROPONENTE, con el fin de verificar su personalidad, representación, inhabilidades, incompatibilidades, capacidad legal, técnica, financiera y su experiencia. | |||||
5.3. FASE II: EVALUACION DE OFERTAS Durante esta etapa LA CORPORACIÓN efectuará los estudios de la experiencia adicional, equipo humano y oferta económica que acompañan la OFERTA presentada dentro del término máximo que señala el cronograma para la diligencia de cierre. La OFERTA deberá acompañarse de los soportes documentales que constituyen la oferta técnica y la oferta económica, las cuales deben contener toda la información mínima solicitada en los presentes términos de referencia y la adicional ofrecida por el PROPONENTE, con el fin de permitir a LA CORPORACIÓN realizar una comparación objetiva. | |||||
5.4. REGLAS PARA LA VERIFICACIÓN Y EVALUACIÓN DE OFERTAS 1. El proceso de selección cuenta con una primera fase denominada VERIFICACIÓN DE LOS REQUISITOS MÍNIMOS HABILITANTES, durante la cual se analizarán los soportes documentales que acompañan la OFERTA y que se constituyen como requisitos mínimos habilitantes. Dentro de estos soportes se encuentran, entre otros, las CERTIFICACIONES DE EXPERIENCIA MÍNIMA DEL PROPONENTE, las cuales son de obligatorio cumplimiento para |
superar la etapa de habilitación. 2. Posteriormente y una vez superada la etapa de habilitación de las ofertas, se pasa a una segunda fase denominada EVALUACIÓN DE OFERTAS, durante la cual se efectúa el estudio de los documentos que soportan las ofertas técnica y económica y que contienen todo el ofrecimiento adicional del PROPONENTE. 3. En virtud de lo anterior, es factible que dentro de la propuesta se alleguen documentos que acrediten tanto los requisitos habilitantes como la oferta técnica o económica que generan puntaje. En tal virtud, la Corporación durante el proceso de verificación y evaluación de la propuesta, dará a cada aspecto del documento el tratamiento que se merece de conformidad en lo establecido en estos términos de referencia, para lo cual tendrá en cuenta que los requisitos habilitantes son subsanables en las condiciones establecidas en estos términos de referencia, mientras que la oferta técnica y económica objeto de asignación de puntaje no lo es. |
5.5. CRITERIOS DE DESEMPATE Si realizada la sumatoria de la totalidad de los puntajes obtenidos en la calificación, se presenta un empate entre dos (2) o más ofertas, la Corporación procederá a aplicar los siguientes criterios de desempate para seleccionar al proponente adjudicatario, los cuales se harán en estricto orden, en forma excluyente: 1. Se preferirá a quien haya obtenido el mayor puntaje en experiencia especifica adicional del proponente. 2. De mantenerse el empate se preferirá a la propuesta que presente un mayor puntaje en el criterio de propuesta económica. 3. Si finalmente continúa el empate será definido mediante sorteo de balotas, para lo cual se colocará en una bolsa negra tantas balotas marcadas con números como proponentes empatados haya, el proponente que saque la balota con el menor valor numérico será el adjudicatario. |
5.6. CAUSALES DE RECHAZO 1. Cuando la oferta NO haya sido presentada en la fecha y lugar señalada en el plazo de presentación de OFERTAS y con anterioridad a la hora indicada en el cronograma del presente proceso de selección. 2. Cuando el objeto social de la persona jurídica o el objeto social de alguno de los miembros que conforman el Consorcio o la Unión Temporal no permita ejecutar el objeto de la contratación. |
3. Cuando la duración de la persona jurídica, consorcio o unión temporal es inferior a la duración del contrato y tres (3) año más 4. Cuando NO se presente con la OFERTA el documento formal de conformación del Consorcio o Unión Temporal o cuando se omitan las firmas de sus miembros o cuando falte la designación de su Representante Legal. 5. Cuando el PROPONENTE o alguno de los miembros que conforman el Consorcio o la Unión Temporal se encuentra en alguna de las prohibiciones, inhabilidades e incompatibilidades establecidas en la Constitución y la Ley. 6. Cuando el PROPONENTE o alguno de los miembros que conforman el Consorcio o la Unión Temporal se encuentra en alguna de las causales de disolución a que se refieren los artículos 218, 342, 351, 370 y 457 del Código de Comercio. 7. Cuando el PROPONENTE o alguno de los miembros que conforman el Consorcio o la Unión Temporal presente patrimonio negativo. 8. Cuando el PROPONENTE no cumpla con la capacidad financiera requerida en estos términos de referencia. 9. Cuando existan varias OFERTAS presentadas por el mismo PROPONENTE para este mismo proceso de selección (Por sí o por interpuesta persona). 10. Cuando el PROPONENTE no presenta OFERTA ECONÓMICA o presentada esta y modifica o condiciona el contenido del Anexo No. 5 Oferta Económica de estos términos de referencia. 11. Cuando la OFERTA supera el valor del presupuesto asignado para la contratación. 12. Cuando existan inconsistencias en la información o documentos presentados con la propuesta que no puedan ser aclaradas por el proponente, y que en consecuencia no permitan a la Corporación hacer una comparación y evaluación objetiva de las propuestas. 13. Cuando la entidad estime que el valor ofertado es artificialmente bajo en concordancia con lo contemplado en el numeral 3.14 de los términos de referencia. 14. Cuando el proponente oferte un número inferior de horas a las establecidas en el formato de la oferta económica. |
6. FASE I: VERIFICACIÓN REQUISITOS HABILITANTES PARA PRESENTAR PROPUESTA |
6.1. CAPACIDAD JURÍDICA En el presente proceso de contratación podrán participar (i) personas jurídicas nacionales o extranjeras y (ii) consorcios o uniones temporales, cuyo objeto social les permita cumplir con el objeto del contrato. Las personas jurídicas o proponentes plurales deben tener una duración por lo menos igual a la vigencia del contrato y tres (3) años más. La capacidad jurídica del Proponente será objeto de verificación de cumplimiento como requisito habilitante, pero no de calificación. |
6.1.1. CARTA DE PRESENTACIÓN La oferta debe estar acompañada de una carta de presentación firmada por el representante legal del PROPONENTE (sociedad, consorcio o unión temporal) o el apoderado constituido para el efecto, la cual debe ser diligenciada según el formato del Anexo No. 2 Carta de Presentación de la Oferta de estos Términos de Referencia. La carta de presentación deberá estar acompañada de la fotocopia del documento de identificación de quien suscribe como representante legal de la persona jurídica o como apoderado constituido para el efecto. | |||
6.1.2. AUTORIZACIÓN DEL ÓRGANO SOCIAL CORRESPONDIENTE Cuando el Representante legal de la persona jurídica se encuentre limitado para presentar PROPUESTA o para contratar o comprometer a la sociedad, debe anexar la autorización del órgano social correspondiente que lo autorice para presentar la PROPUESTA y suscribir el contrato en el caso que le sea adjudicado, así como la autorización necesaria para presentarse en Consorcio o Unión Temporal. | |||
6.1.3. PRESENTACIÓN DE PROPUESTA MEDIANTE APODERADO Si el proponente actúa a través de un representante o apoderado, deberá acreditar mediante documento legalmente expedido, que su representante o apoderado está expresamente facultado para presentar la oferta y firmar el contrato respectivo. | |||
6.1.4. GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA El PROPONENTE deberá constituir una Garantía de Seriedad de la oferta A FAVOR DE ENTIDADES PARTICULARES, expedida por una entidad bancaria o por una compañía de seguros legalmente establecida en Colombia, debidamente autorizada por la Superintendencia Financiera. La garantía de seriedad de la oferta deberá contener la siguiente información: | |||
BENEFICIARIO | CORPORACIÓN RED NACIONAL ACADÉMICA DE TECNOLOGÍA AVANZADA - XXXXXX, CON NIT 900.156.270-7 | ||
CUANTÍA | Por un valor equivalente al veinte por ciento (20%) del valor de la oferta | ||
VIGENCIA | Noventa (90) días calendario contados a partir de la fecha de cierre del presente proceso de contratación, término que se considera de validez de la OFERTA. | ||
AFIANZADO | 1. El proponente persona Jurídica (Razón Social que figura en el Certificado de Existencia y Representación Legal, expedido por la Cámara de Comercio o su equivalente, sin utilizar sigla, a no ser que el Certificado de la Cámara de Comercio o su equivalente establezca que la firma podrá identificarse con la sigla). |
2. En el caso de consorcios y uniones temporales deberá indicarse como afianzado al proponente plural o conjunto y no el nombre de su representante legal o de alguno de sus integrantes. 3. El /los nombre(s) debe(n) señalarse de la misma forma como figura(n) en el Certificado de Existencia y Representación Legal, expedido por la autoridad competente, y en el cuerpo de la póliza deberá indicarse el nombre o razón social, el documento de identificación o NIT y el porcentaje de participación de cada uno de los integrantes, para el caso de proponente plural. | |||
AMPAROS | 1. La no suscripción del contrato sin justa causa por parte del PROPONENTE seleccionado. 2. La no ampliación de la vigencia de la garantía de seriedad de la oferta cuando el término previsto en los términos de referencia para la adjudicación del contrato se prorrogue o cuando el término previsto para la suscripción del contrato se prorrogue, siempre y cuando esas prorrogas no excedan un término de tres (3) meses. 3. La falta de otorgamiento por parte del proponente seleccionado de la garantía de cumplimiento exigida por la entidad para amparar el incumplimiento de las obligaciones del contrato. 4. El retiro de la oferta después de vencido el término fijado para la presentación de propuestas. | ||
FIRMAS | Deberá ser suscrita por quien la expide y el tomador. | ||
La garantía de seriedad de oferta cubrirá los perjuicios derivados del incumplimiento del ofrecimiento. La Entidad hará efectiva la garantía de seriedad de la propuesta como indemnización por perjuicios, sin menoscabo de las acciones legales conducentes al reconocimiento de mayores perjuicios causados y no cubiertos por el valor de la misma. En caso de presentarse Garantía Bancaria, esta deberá tener la siguiente leyenda. “La presente garantía será pagada por el garante dentro de los treinta (30) días siguientes a la fecha del documento que declare el incumplimiento del oferente”. | |||
6.1.5. CERTIFICADO DE EXISTENCIA Y REPRESENTACIÓN LEGAL EL PROPONENTE persona jurídica nacional o extranjera con sucursal en Colombia debe comprobar su existencia y representación legal mediante certificado de existencia y representación legal expedido por la Cámara de Comercio del domicilio de la sociedad, en donde conste que la duración de la sociedad no sea inferior a la duración del contrato y tres (3) años más, término contado a partir del cierre del presente proceso y en el cual el objeto social comprenda entre otras las actividades a desarrollar o que en general sea suficiente para poder ejecutar el objeto del presente proceso de contratación. El certificado debe tener una fecha de expedición no menor a treinta (30), contados a partir de la fecha de cierre del proceso de contratación. | |||
6.1.6. PERSONAS JURÍDICAS EXTRANJERAS SIN SUCURSAL EN COLOMBIA |
Las personas jurídicas extranjeras si sucursal en Colombia deberán cumplir con los siguientes requisitos:
(i) Documento expedido por la autoridad competente en el país de su domicilio.
Dicho documento, deberá ser expedido por lo menos dentro de los treinta (30) días calendario anteriores a la fecha de cierre, y en el deberá constar su existencia, que su objeto social esté relacionado con las actividades a desarrollar, la fecha de constitución (que en todo caso deberá ser inferior a la fecha de cierre), su vigencia, el nombre del representante legal de la sociedad o de la persona o personas que tengan capacidad jurídica para comprometerla y sus facultades señalando expresamente, si fuere el caso, que el representante no tiene limitaciones para presentar la Propuesta.
En el evento en que conforme a la jurisdicción del interesado extranjero no hubieses un documento que contenga la totalidad de la información, presentarán los documentos que sean necesarios para acreditar lo solicitado en el presente literal, expedidos por las respectivas autoridades competentes.
Si en la respectiva jurisdicción no existiese ninguna autoridad o entidad que certifique la información aquí solicitada, el Proponente extranjero deberá presentar una declaración juramentada de una persona con capacidad jurídica para vincular y representar a la sociedad en donde conste que: A) no existe autoridad u organismo que certifique lo solicitado en el presente numeral; B) la información requerida en el presente numeral; y C) la capacidad jurídica para vincular y representar a la sociedad de la persona que efectúa la declaración y de las demás personas que puedan representar y vincular a la sociedad, si las hay.
Las personas jurídicas extranjeras sin domicilio en Colombia deberán acreditar un apoderado domiciliado en Colombia, debidamente facultado para presentar la Propuesta, participar y comprometer a su representado en las diferentes instancias de la Convocatoria Pública, suscribir los documentos y declaraciones que se requieran, así como el contrato, suministrar la información que le sea solicitada, y demás actos necesarios de acuerdo con los presente términos de referencia.
Dicho apoderado podrá ser el mismo apoderado único para el caso de personas extranjeras que participen en propuestas conjuntas y en tal caso, bastará para todos los efectos, la presentación del poder común otorgado por todos los miembros de la propuesta conjunta con los requisitos de autenticación, consularización y traducción exigidos en el código de comercio de Colombia. El poder a que se refiere este párrafo podrá otorgarse en el mismo acto de constitución de la estructura plural.
(ii) Extracto de los estatutos sociales o certificado de representante legal o funcionario autorizado.
Este documento deberá anexarse para acreditar:
a) Que su objeto social principal o complementario permite la celebración y ejecución del contrato. Para estos efectos, la autorización se entiende contenida dentro de las autorizaciones generales otorgadas para comprometer a la sociedad.
b) Que su representante legal o de su apoderado especial en Colombia tiene suficiente facultad para la suscripción del contrato. c) Que su duración es por lo menos igual al plazo total estimado del contrato y un (1) año más. (iii) Autorización del órgano social competente de la sociedad. Deberá adjuntarse si el representante legal tuviere limitaciones estatutarias para presentar la Propuesta o suscribir el contrato en general para efectuar cualquier acto derivado del proceso de contratación o de su eventual condición de adjudicatario, o si la duración de la sociedad no fuese suficiente en los términos de estos términos de referencia, se adjuntará un documento en el que conste que el órgano social competente ha decidido aumentar el plazo de la sociedad en caso de resultar adjudicatario y antes de la suscripción del contrato o de la constitución de la sociedad si se presenta bajo promesa de sociedad futura. |
6.1.7. DOCUMENTO DE CONFORMACIÓN DEL CONSORCIO O UNIÓN TEMPORAL (Si hay lugar a ello) Si la propuesta es presentada por un consorcio o unión temporal, se deberá indicar tal circunstancia mediante documento que acredite su conformación. Cada uno de sus miembros deberá comprobar su existencia y representación legal mediante certificado expedido por la entidad competente con una antigüedad no mayor a treinta (30) días anteriores a la fecha de presentación de la propuesta, donde conste su razón social y representación legal. En el certificado se verificará la siguiente información: ▪ Que el objeto social de los integrantes del consorcio o unión temporal esté relacionado directamente con el objeto de la presente convocatoria. ▪ Que estén descritas las facultades del representante legal de cada integrante, y que en virtud de las mismas cada uno de los representantes legales puedan comprometer a la sociedad para hacer parte de consorcios o uniones temporales. ▪ Que esté registrado el nombramiento del revisor fiscal, si los integrantes del consorcio o unión temporal están obligados a tenerlo. ▪ Que cada una de las personas jurídicas que integren el consorcio o unión temporal se hubieren constituido legalmente por lo menos dos (2) años antes, contados desde la fecha de cierre de la presente convocatoria. ▪ La duración de cada una de las sociedades que integren el consorcio o unión temporal no será inferior al plazo del contrato y tres (3) años más, contados a partir de la fecha de publicación de la presente convocatoria. Adicionalmente, respecto de los consorcios y uniones temporales se deberá anexar copia del acta de constitución del consorcio unión temporal indicando lo siguiente: |
(i) Si la participación es a título de consorcio o unión temporal y las reglas básicas que regulan las relaciones entre sus integrantes. (ii) Los integrantes del consorcio o unión temporal, personas jurídicas de derecho privado o público, la designación de la persona que para todos los efectos los representará y las reglas básicas que regulen las relaciones entre ellos, su responsabilidad y duración. Estas condiciones no podrán ser modificadas sin el consentimiento previo de la Corporación. (iii) La descripción de actividades que cada integrante realizará para el cumplimiento del objeto del contrato. (iv) El objeto del consorcio o unión temporal debe ser igual al objeto de la presente convocatoria. (v) Tiempo de duración del consorcio o unión temporal, el cual no podrá ser inferior al término del contrato y tres (3) años más al término de duración del mismo. (vi) Nombre del representante del consorcio o unión temporal, indicando sus facultades y limitaciones. (vii) Manifestación clara y expresa sobre la responsabilidad solidaria e ilimitada de los miembros del consorcio, y limitada para uniones temporales, de acuerdo con la participación de sus miembros durante la ejecución del contrato. (viii) Manifestación expresa de que las partes integrantes no podrán disolver el consorcio o unión temporal durante el tiempo de ejecución del contrato y tres (3) años más contados desde la fecha de su finalización, como también que ninguna de ellas podrá ceder su participación en el consorcio o unión temporal a los demás integrantes. (ix) Manifestación bajo gravedad de juramento de que ninguno de sus miembros ha sido sancionado con caducidad administrativa dentro de los cinco (5) años anteriores a la iniciación de este proceso de contratación. (x) Se deberán enlistar y describir las demás normas que sus integrantes acuerden para el normal desarrollo y cumplimiento de sus fines. |
6.1.8. CERTIFICACIÓN DE PAGOS AL SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL Y DE APORTES PARAFISCALES El proponente debe adjuntar con su propuesta, una certificación en la cual acredite el pago de los aportes realizados durante los seis (6) meses anteriores a la fecha de cierre del presente proceso de selección, a los Sistemas de Salud, Pensiones, Riesgos Laborales, Cajas de Compensación Familiar, ICBF y SENA, de acuerdo con lo establecido en el artículo 50 de la Ley 789 de 2002 en caso de que aplique. Dicha certificación debe venir suscrita por el Revisor Fiscal de la sociedad, si el proponente de acuerdo con la Ley lo requiere, o en caso contrario la certificación debe venir suscrita por el Representante Legal de la sociedad proponente. En caso de requerir revisor fiscal deberá aportar copia de la tarjeta profesional y certificado de antecedentes disciplinarios. |
En el caso de Consorcios o Uniones Temporales, cada uno de sus integrantes cuando los mismos sean personas jurídicas constituidas en Colombia, deberán presentar en forma individual dicha certificación expedida por el Revisor Fiscal o por el respectivo Representante Legal, según corresponda. NOTA: En su calidad de proponentes este requisito no es exigible a las personas jurídicas extranjeras sin domicilio y sucursal en Colombia, debido a que con anterioridad a la presentación de la oferta no tendrían negocios en este país que los obliguen a dar cumplimiento a lo dispuesto en la mencionada ley. No obstante, en caso de resultar beneficiado con la adjudicación del contrato deberá dar cumplimiento a la normatividad colombiana, por lo cual deberá atender lo dispuesto en el artículo 50 de la Ley 789 de 2002. |
6.1.9. ANTECEDENTES DISCIPLINARIOS Y FISCALES DEL PROPONENTE Y SU REPRESENTANTE LEGAL La CORPORACIÓN verificará si el proponente individual y cada uno de los integrantes del Consorcio o Unión Temporal, y sus representantes legales, registran sanciones o inhabilidades vigentes en el Certificado de Antecedentes Disciplinarios expedido por la Procuraduría General de la Nación y si no se hallan reportados en el Boletín de Responsables Fiscales de la Contraloría General de la República. Para lo cual se deberá anexar los certificados respectivos, con una fecha de expedición no superior a treinta (30) días anteriores, contados a partir de la fecha de cierre de la presente convocatoria. |
6.2. CAPACIDAD FINANCIERA La capacidad financiera del Proponente será objeto de verificación de cumplimiento como requisito habilitante, pero no de calificación. Cuando se trate de consorcios y uniones temporales se especificará claramente el porcentaje de participación de cada uno de los integrantes, de tal forma que la sumatoria sea el cien por ciento (100%). La capacidad financiera del consorcio o de la unión temporal se determinará con base en la sumatoria de la participación porcentual de cada uno de sus integrantes. La información financiera debe ser presentada en moneda legal colombiana, por ser ésta la unidad de cuenta contable por expresa disposición legal, de conformidad con los artículos 50 y 51 del Decreto 2649 de 1993. |
6.2.1. INDICADORES FINANCIEROS Para acreditar el cumplimiento de los indicadores financieros establecidos en los presentes términos de referencia, el proponente o cada integrante del Consorcio o Unión Temporal debe adjuntar los siguientes documentos: |
• Balance General y Estado de Resultados del proponente correspondientes a 31 de diciembre de 2018, firmados por el Representante Legal, Xxxxxxxx y Revisor Fiscal, si hubiere lugar a ello, de acuerdo con lo establecido en los artículos 37 y 38 de la Ley 222 de 1.995. • Certificación y dictamen (si aplica) de los EEFF • Declaración xx Xxxxx del año gravable 2018 • Fotocopia de la tarjeta profesional del Contador y del Revisor Fiscal o a falta de este último, del Contador Público Independiente que certifica los estados financieros. • Certificado de antecedentes disciplinarios del Revisor Fiscal y del Contador Público que certifican y dictaminan los Estados Financieros, expedidos por la Junta Central de Contadores Persona jurídica extranjera que no tenga establecida sucursal en Colombia: - Presentarán los estados financieros a 31 de diciembre de 2018, o a la fecha de cierre contable anual correspondiente de dicho año, con la información financiera de la casa matriz, según la legislación propia del país de origen, re-expresados en moneda legal colombiana a la tasa de cambio representativa xx xxxxxxx (TCRM) de la fecha de cierre de los mismos, firmados por el representante legal y, certificados y/o dictaminados, de ser procedente, con la(s) firma(s) de quien(es) se encuentre(n) en obligación de hacerlo. Persona jurídica extranjera que tenga establecida sucursal en Colombia: Presentarán los estados financieros a 31 de diciembre de 2018, o a la fecha de cierre contable anual correspondiente de dicho año, de la casa matriz (que deberá contener la información de la sucursal en Colombia), expresados en moneda legal colombiana, firmados por el representante legal y, certificados y/o dictaminados, de ser procedente, con la(s) firma(s) de quien(es) se encuentre(n) en obligación de hacerlo. Cada uno de los proponentes debe cumplir como mínimo con los siguientes indicadores con base en la información contenida en los estados financieros y balance general a corte 31 de diciembre de 2018, para tal efecto se evaluará con CUMPLE o NO CUMPLE, cada uno de ellos: Donde: ACn = Activo Corriente de cada integrante de consorcio o unión temporal. PCn = Pasivo Corriente de cada integrante de consorcio o unión temporal |
Indicador | Índice Requerido | Formula Oferente Individual | Formula Oferente Plural |
Índice de Liquidez | Mayor o Igual a 1.0 | Activo Corriente/Pasivo Corriente | L = ( ∑ (ACn x %n) ÷∑ (PCn x %n)) |
Índice de Endeudamiento | Menor o Igual a 80% | (Pasivo Total/ Activo Total) x 100 | E = ( ∑ PTn x %n) ÷∑( ATn x %n)) x 100 |
Capital de Trabajo | Mayor o Igual al 100% del presupuesto del actual proceso | Activo Corriente – Pasivo Corriente | CT=(∑ (ACn… - PCn… )) |
PTn = Pasivo Total de cada integrante de consorcio o unión temporal. ATn = Activo Total de cada integrante de consorcio o unión temporal. %n = Porcentaje de Participación de cada integrante de consorcio o unión temporal. Nota 1: Para el caso de consorcios o uniones temporales, se tomará el promedio ponderado de cada uno de los integrantes, de acuerdo con su porcentaje de participación, así como lo señala la fórmula para oferente plural en la tabla anterior. HABILITADO: Si al verificar la capacidad financiera a título de requisito habilitante, el PROPONENTE, cumple con la totalidad de los indicadores financieros establecidos. NO HABILITADO: Si al verificar la capacidad financiera a título de requisito habilitante, el PROPONENTE, no cumple con la totalidad de los indicadores financieros establecidos. |
6.3. EXPERIENCIA MÍNIMA HABILITANTE DEL PROPONENTE: (Anexo No. 3: Experiencia Mínima Habilitante del Proponente) El proponente deberá acreditar la siguiente experiencia: Máximo tres (3) contratos relacionados con el objeto de la presente contratación, los cuales deberán tener un plazo de ejecución mínimo de seis (6) meses cada uno y a su vez deberán haber sido suscritos, terminados, ejecutados y/o liquidados dentro de los últimos siete (7) años contados a partir de la fecha del cierre del presente proceso. La sumatoria de los mencionados contratos debe ascender como mínimo al presupuesto del presente proceso, expresado en SMLMV. Los contratos que se pretendan acreditar deben contener en su objeto y/o alcance y/u obligaciones la siguiente condición: • Desarrollo de software y/o • Mantenimiento de software. ACREDITACIÓN DE LA EXPERIENCIA MÍNIMA HABILITANTE DEL PROPONENTE: Para acreditar la experiencia exigida, las certificaciones que anexe el proponente deberán contener como mínimo la información relacionada con cada contrato ejecutado de la siguiente manera: ▪ Nombre del contratante y del contratista. ▪ Objeto y descripción del contrato. ▪ Fecha de suscripción del contrato. ▪ Fecha de terminación del contrato. ▪ Valor del contrato. |
▪ Valor ejecutado del contrato.
▪ Nombre, cargo y firma de quien expide la certificación.
▪ Dirección y teléfono del contratante.
En caso de que la certificación sea expedida a un consorcio o unión temporal, en la misma debe identificarse el nombre de sus integrantes y el porcentaje de participación de cada uno de ellos.
REGLAS PARA VERIFICAR LA EXPERIENCIA MÍNIMA HABILITANTE DEL PROPONENTE:
LA CORPORACIÓN verificará la experiencia acreditada del PROPONENTE de acuerdo con las siguientes reglas:
1. En caso de consorcios o uniones temporales, la experiencia será la sumatoria de las experiencias de los integrantes que la tengan, entendiendo que todos los integrantes deben acreditar experiencia en al menos una de las condiciones determinadas en el ítem EXPERIENCIA MÍNIMA HABILITANTE DEL PROPONENTE
2. Cuando el valor del contrato esté dado en dólares americanos (USD) se convertirá a pesos colombianos utilizando para esa conversión la tasa representativa xxx xxxxxxx (TRM) vigente para la fecha de suscripción o adición del mismo, según corresponda.
3. Cuando el valor del contrato esté dado en moneda extranjera diferente al dólar americano, se realizará su conversión a dólares americanos de acuerdo con las tasas de cambio estadísticas publicadas por el Banco de la República, teniendo en cuenta la fecha de suscripción o adición del mismo y, posteriormente, se procederá a su conversión a pesos colombianos de conformidad con la TRM vigente para la fecha de suscripción o adición del mismo, según corresponda.
4. El contrato certificado debe estar completamente ejecutado.
5. En los casos en que el contrato o los contratos hayan sido celebrados en consorcio, unión temporal o bajo cualquier forma de participación conjunta, será tenida en cuenta la experiencia específica y el valor de acuerdo con el porcentaje de participación.
6. Si la certificación señala calificación del servicio, esta debe ser excelente, buena o satisfactoria, de lo contrario no se tendrá en cuenta la certificación aportada.
7. Para la conversión de salarios mínimos mensuales del valor de los contratos certificados se utilizará el salario mínimo mensual legal vigente a la fecha de recibo final o de terminación de cada contrato.
8. No serán tenidas en cuenta las autocertificaciones, es decir, certificaciones expedidas por la misma organización postulante, o por sus casas matrices o empresas vinculadas.
6.4. EQUIPO DE TRABAJO MÍNIMO HABILITANTE (Anexo No. 4: Equipo de Trabajo Mínimo; Anexo No. 4A - Formación Académica del Personal Propuesto - Requisito Habilitante; Anexo No. 4B. Equipo de Trabajo de Mínimo - Gerente de Proyecto):
Considerando todo lo anterior y para el desarrollo de las actividades del proyecto, el proponente deberá asegurar un equipo interdisciplinario que deberá presentar con su propuesta, junto con los documentos que certifiquen el cumplimiento de los requisitos de todos y cada uno de los perfiles del equipo de trabajo que debe tener conformado al momento de la presentación de la propuesta y debe estar disponible para la ejecución del contrato, en el evento que resulte seleccionado. El proponente puede diseñar su organigrama como lo desee y puede vincular al proyecto cuantas personas considere pertinentes, y del nivel que estime más apropiado para el proyecto. No obstante para el desarrollo del objeto contractual el proponente se obliga a contar con todo el equipo de trabajo que se describe en el presente numeral, aun cuando para efectos habilitantes de la presentación de la propuesta, la Corporación solamente verificará los perfiles en las cantidades requeridas, del (1) Gerente de Proyecto, (10) Desarrolladores y (8) Analistas de Calidad, para lo cual el interesado con la presentación de su oferta se compromete a presentar dentro de los dos días siguientes a la suscripción del contrato en caso de resultar adjudicatario, los perfiles: (1) Líder de Arquitectura, (1) Líder de Calidad, (1) Líder Técnico y (1) Documentador, para la suscripción del acta de inicio, so pena de que se haga exigible la garantía de cumplimiento. Así mismo para efectos de acreditar los perfiles de Gerente de Proyecto, Líder de Arquitectura, Líder de Calidad, Líder Técnico y Documentador, solo se tendrá en cuenta una hoja de vida para cada uno de los roles indicados. Si el proponente llega a presentar más de un candidato para alguno de los perfiles anteriormente indicados, es decir, propone dos profesionales para el mismo rol, sólo se tendrá en cuenta el primer candidato propuesto. Para el desarrollo del objeto contractual se requiere de los siguientes perfiles en el equipo de trabajo: | |||||||
Cantidad | Cargo por desempeñar | Formación Académica mínima habilitante | Experiencia profesional | Experiencia relacionada | Experiencia Específica mínima habilitante | ||
1 | Gerente de Proyecto | Pregrado en alguno de los siguientes programas: Ingeniería de Sistemas y/o ingeniería electrónica y/o ingeniería de telecomunicaciones. Título de postgrado (en modalidad de especialización y/o maestría) en gerencia de proyectos y certificado en ITIL Foundation v3 | 10 años | Experiencia específica mínima de cuatro (4) años en dirección y/o coordinación y/o gerencia de proyectos de tecnología de información y comunicaciones, que incluyan desarrollo de software |
1 | Líder de Arquitectura | Pregrado en ingeniería de sistemas | 5 años | Experiencia específica mínima de tres (3) años como arquitecto de software | |||
1 | Líder de Calidad | Pregrado en alguno de los siguientes programas: Ingeniería de Sistemas y/o ingeniería industrial y/o ingeniería de procesos; con certificación vigente en ISTQB (International Software Testing Qualifications Board) Foundation. | 5 años | Experiencia específica mínima de tres (3) años en control de calidad a procesos de desarrollo de software. | |||
1 | Líder Técnico | Pregrado en Ingeniería de Sistemas con certificación Certified Scrum Master - CSM vigente | 5 años | Experiencia específica mínima de tres (3) años como líder técnico. | |||
1 | Documentador | Pregrado en alguno de los siguientes programas: Ingeniería industrial y/o ingeniería de Sistemas. | 3 años | Experiencia específica mínima de tres (3) años como documentador que incluya generación de documentación a nivel de aplicativo (código fuente), técnica y de usuario final para proyectos de desarrollo de software | |||
10 | Desarrollador | Tecnólogo en análisis y desarrollo de sistemas de información egresado del Centro de Teleinformática y Producción Industrial del Alto Cauca SENA | 1 año | Experiencia relacionada mínima de un año como desarrollador en al menos un (1) proyecto ejecutado en los últimos dos (2) años relacionado con desarrollo de software. | |||
8 | Analista de calidad | Tecnólogo en análisis y desarrollo de sistemas de información egresado del Centro de Teleinformática y Producción Industrial del Alto Cauca SENA | 1 año | Experiencia relacionada mínima de un año como analista de calidad en al menos un (1) proyecto ejecutado en los últimos dos (2) años relacionado con desarrollo de software. | |||
Para acreditar la experiencia del equipo de trabajo deberá tenerse en cuenta lo siguiente: 1. Los trabajos deben haber sido realizados por la persona que el proponente está presentando para el perfil y dicha experiencia deberá ser certificada para este proceso. |
2. En los documentos aportados debe establecerse claramente el tiempo en el cual se realizó la ejecución de las actividades. Cuando se hayan realizado trabajos simultáneos (traslapados), se contabilizará una vez el tiempo de experiencia. Esto solo, para el cómputo de la experiencia profesional o relacionada.
3. Se evaluará como experiencia, única y exclusivamente la referida o incluida en la propuesta y para ser tenida en cuenta, deberá cumplir con lo solicitado en este documento y estar acompañada de los respectivos documentos soporte.
4. Si el proponente es el mismo que certifica la experiencia del profesional y/o tecnólogo propuesto, además de esta certificación, deberá presentar fotocopia legible del contrato suscrito entre el proponente y la persona, a través del cual se evidencie el vínculo contractual.
5. Cada profesional y/o tecnólogo se debe proponer para un solo rol dentro de la propuesta presentada y no podrá presentarse el mismo profesional y/o tecnólogo en diferentes ofertas, so pena de rechazo de las ofertas en las cuales se presente al mismo profesional y/o tecnólogo.
6. Las certificaciones que acrediten la experiencia del personal propuesto se considerarán expedidas bajo gravedad de juramento.
7. Las certificaciones firmadas por el mismo personal propuesto, es decir, las auto certificaciones o declaraciones extrajuicio, no serán tenidas en cuenta.
8. La experiencia profesional será tenida en cuenta de acuerdo con lo establecido en la normatividad vigente, tal como el Decreto-Ley 019 de 2012.
9. Si se trata de estudios obtenidos en el exterior, se deberá presentar la convalidación del título expedida por el Ministerio de Educación – Sistema Nacional de Información de la Educación Superior SNIES, de acuerdo con lo señalado en la Ley 30 de 1992 y la Resolución 21707 de 2017 o de acuerdo con la Circular Externa No. 22 del 16 xx xxxxx de 2017 expedida por Colombia Compra Eficiente, el proponente podrá acreditar la formación académica en el exterior con (i) la copia del diploma expedido por el centro educativo y la descripción del programa correspondiente que permita conocer el nivel de los estudios y su clasificación en la Clasificación Internacional Normalizada de Educación – CINE o, (ii) la convalidación correspondiente.
10. La CORPORACIÓN podrá solicitar aclaraciones a los documentos que acreditan la experiencia de los profesionales y/o tecnólogos propuestos siempre y cuando con las mismas no se mejore la oferta en sus aspectos ponderables.
La CORPORACIÓN realizará la evaluación de la documentación que los proponentes presenten, la cual deberá ajustarse a las exigencias que se describen a continuación.
Nota 1: En caso de que el proponente aporte en las certificaciones fechas en las que no se indique el día, sino solamente el mes y el año, para efectos de verificar y calificar la experiencia, se procederá así:
• Fecha (mes, año) de suscripción y/o inicio del contrato: Se tendrá en cuenta el último día del mes que se encuentre señalado en la certificación.
• Fecha (mes, año) de terminación del contrato: Se tendrá en cuenta el primer día del mes que se encuentre señalado en la certificación.
Formación Académica:
⬧ Todos los programas profesionales universitario, tecnológicos o especializaciones que se presenten como parte de la formación académica de algún integrante del personal propuesto, deberán contar con su correspondiente aprobación del ICFES o de la Secretaría de Educación correspondiente (si fueron obtenidos con anterioridad a la entrada en vigor de la Ley 30 de 1992) o del Ministerio de Educación de conformidad con el Decreto 2230 de 2003.
⬧ En cualquier programa, cada diploma o acta de grado será reconocido para una sola clase de formación, otorgada por el SNIES – Ministerio de Educación, independiente de los calificativos que incorpore el diploma y/o acta de grado; Para este efecto, no se considera el orden cronológico de la realización de las diversas formaciones presentadas.
⬧ No deberán ser incluidos ni serán tenidos en cuenta para efectos de la evaluación: (i) programas de formación académica que no hayan conducido a la obtención de títulos permitidos para este proceso o que no cuenten con la debida aprobación; (ii) Cursos o seminarios que no hayan conducido a la obtención de títulos tecnólogos, profesionales o especializaciones
⬧ Si el programa académico que se pretende acreditar no se encuentra en el SNIES por no estar activo al momento de cierre del proceso, el proponente deberá anexar el documento emitido por la institución educativa que ofreció el programa, en el cual se especifique el pensum respectivo.
Experiencia:
• Para que sea considerada válida, debe referirse a la experiencia específica particular requerida, señalando de manera clara las actividades realizadas en desarrollo del tipo de experiencia específica. No se aceptarán como experiencias específicas válidas del personal propuesto aquellas que guarden relación con trabajos de asistencia académica, docencia, publicaciones o conferencias. Las experiencias reportadas podrán estar vigentes, caso en el cual se contabilizarán hasta la fecha de expedición de la certificación.
• La CORPORACIÓN determinará, de conformidad con este documento, cuándo una experiencia no guarda relación con el rol de desempeño y por lo tanto solicitará las aclaraciones correspondientes. En caso de ser confirmado que la experiencia no se ajusta a lo requerido, ésta no se tendrá en cuenta para efectos de la evaluación.
• Para efectos del presente proceso, se entenderá que 1 año corresponde a 360 días y 1 mes a 30 días.
Nota 1: De conformidad con lo establecido en el artículo 229 del Decreto-Ley 019 de 2012, la experiencia profesional será computada a partir de la terminación y la aprobación de materias correspondientes al respectivo pensum académico de educación superior, excepto en los casos de profesiones relacionadas con el sistema de seguridad social en salud, en los que dicha experiencia se computará a partir de la inscripción o registro profesional.
Nota 2: La experiencia relacionada será computada a partir de la obtención del título que lo acredita como tecnólogo.
Nota 3: El proponente puede acreditar la formación académica en Colombia con la presentación del diploma o los certificados expedidos por el centro educativo.
El proponente puede acreditar la formación académica en el exterior con (i) copia del diploma expedido por el centro educativo y la descripción del programa correspondiente que permita conocer el nivel de los estudios y su clasificación en la Clasificación Internacional Normalizada de Educación o (ii) la convalidación correspondiente. La Entidad verificará que el nivel de la formación académica es equivalente al nivel exigido en estos términos de referencia, para lo cual se debe tener en cuenta la Clasificación Internacional Normalizada de la Educación vigente en el momento de la evaluación.”
7. FASE II: EVALUACIÓN DE OFERTAS
7.1. CRITERIOS DE EVALUACIÓN
Las propuestas serán calificadas según los siguientes criterios:
CRITERIO | PUNTAJE |
TÉCNICOS | 96 puntos |
Experiencia específica adicional del proponente | 40 puntos |
Experiencia específica adicional del equipo de trabajo | 56 puntos |
ECONÓMICOS | 4 puntos |
TOTAL | 100 PUNTOS |
A. EXPERIENCIA ESPECÍFICA ADICIONAL DEL PROPONENTE (40 PUNTOS) (Anexo No. 6. Experiencia Específica Adicional del Proponente):
El proponente que certifique un máximo de dos contratos, adicionales a los presentados para acreditar la experiencia mínima habilitante, con una duración mínima de seis (6) meses, ejecutados y terminados en los últimos siete (7) años, contados a partir de la fecha de cierre del presente proceso y cuyo objeto y/o alcance y/u obligaciones contenga lo siguiente:
Implementación y operación de centros de desarrollo y/o fábricas de software, en donde para el desarrollo del objeto y/o alcance y/o obligaciones haya vinculado como mínimo tres (3) aprendices del programa de Análisis y Desarrollo de Sistemas de Información xxx XXXX.
Cada una de las certificaciones que soporten la experiencia tendrá un máximo valor de veinte (20) puntos, significando lo anterior que el máximo puntaje a otorgar será de cuarenta (40) puntos, los cuales se distribuirán de manera uniforme.
En caso de que el proponente acredite experiencia en más de dos (2) contratos, se tendrá en cuenta únicamente las dos (2) certificaciones más recientes. La información suministrada por el proponente para cada uno de los contratos presentados será verificada para determinar si es válida y puede asignársele puntaje. En todo caso, el proponente debe tener en cuenta que para la verificación de la EXPERIENCIA ESPECÍFICA ADICIONAL DEL PROPONENTE se tendrán en cuenta los mismos parámetros utilizados para la verificación de la EXPERIENCIA DE QUE TRATA EL ACÁPITE EXPERIENCIA MÍNIMA HABILITANTE DEL PROPONENTE. No se otorgará puntaje a la experiencia que fue tenida en cuenta para la habilitación del proponente. NOTA 1: En el evento en que la certificación de experiencia o acta de liquidación no contenga toda la información requerida, se podrá aportar además la copia del contrato, con el fin de completar la información o aclarar lo señalado en la certificación. NOTA 2: En caso de no diligenciarse o no encontrase en los documentos aportados las fechas de inicio, terminación del contrato y expedición de la certificación con día, mes y año, la CORPORACIÓN tomará el último día de cada mes como fecha de inicio y el primer día de cada mes como fecha de terminación, y el último mes de año como mes de inicio y el primer mes del año como mes de finalización. NOTA 3: En caso de que alguna información referente a la acreditación de experiencia obtenida en un país extranjero no esté acreditada de la manera que se exige en los términos de referencia, se deberá aportar el documento o documentos equivalentes, de los cuales se pueda obtener la información requerida. NOTA 4: Para efectos de acreditar la calidad de aprendiz SENA el proponente deberá allegar el contrato de aprendizaje suscrito con el aprendiz, el cual deberá haberse ejecutado de manera parcial o total dentro del plazo de ejecución de los contratos que se pretendan acreditar para efectos de la EXPERIENCIA ESPECÍFICA ADICIONAL DEL PROPONENTE B. EXPERIENCIA ESPECÍFICA ADICIONAL DEL EQUIPO DE TRABAJO (56 PUNTOS). (Anexo No. 7. Experiencia Específica Adicional del Equipo de Trabajo) | ||||
Cargo | Experiencia Específica Adicional (diferente a la mínima habilitante) | Puntaje Máximo | ||
Gerente de Proyecto | El profesional que certifique hasta dos (2) años adicionales a los requeridos para efectos de acreditar la experiencia específica mínima habilitante del equipo de trabajo, como gerente y/o coordinador y/o director de proyectos en contratos cuyo objeto y/u obligaciones y/o alcance esté relacionado con la implementación y operación de centros de desarrollo y/o fábricas de software. | 20 puntos |
Por cada año acreditado se otorgarán diez (10) puntos, hasta un máximo de veinte (20) puntos. NOTA: La acreditación de experiencia especifica adicional podrá ser certificada con un máximo de dos proyectos con duración mínima de cada proyecto de doce (12) meses y que a su vez haya sido suscrito y ejecutado dentro de los últimos cinco (5) años contados a partir del cierre del presente proceso. | ||||
Desarrollador Junior | Por cada Tecnólogo (a) en Análisis y Desarrollo de Sistemas de Información egresado del Centro de Teleinformática y Producción Industrial xxx XXXX ubicado en la Regional del Alto Cauca, que acredite hasta un (1) proyecto adicional al requerido para efectos de acreditar la experiencia mínima habilitante del equipo de trabajo, como desarrollador en proyectos de desarrollo de software recibirá un máximo de dos (2) puntos. El proyecto que se pretenda acreditar debe tener una duración mínima de seis (6) meses y a su vez, debe haber sido suscrito y ejecutado dentro de los dos (2) últimos años, contados a partir del cierre del proceso. NOTA: Por cada tecnólogo que acredite el proyecto adicional se le otorgará dos (2) puntos. Teniendo en cuenta que la cantidad de desarrolladores junior requeridos en el numeral 6.4. EQUIPO MÍNIMO DE TRABAJO HABILITANTE es xx xxxx (10), se otorgará un máximo de veinte (20) puntos en este ítem. | 20 puntos | ||
Analistas de Calidad | Por cada Tecnólogo (a) en Análisis y Desarrollo de Sistemas de Información egresado del Centro de Teleinformática y Producción Industrial del Alto Cauca - SENA que acredite hasta un (1) proyecto adicional al requerido para efectos de acreditar la experiencia mínima habilitante del equipo de trabajo, como analista de calidad en proyectos de desarrollo de software recibirá un puntaje máximo de dos (2) puntos El proyecto que se pretenda acreditar debe tener una duración mínima de seis (6) meses y que a su vez se haya suscrito y ejecutado dentro de los dos (2) últimos años, contados a partir del cierre del proceso. NOTA: Por cada tecnólogo que acredite el proyecto adicional se le otorgará dos (2) puntos. Teniendo en cuenta que la cantidad de analistas de calidad requeridos en el numeral 6.4. EQUIPO MÍNIMO DE TRABAJO HABILITANTE es de ocho (8), se otorgará un máximo de dieciséis (16) puntos en este ítem. | 16 puntos | ||
C. OFERTA ECONÓMICA (4 PUNTOS) (Anexo 5. Oferta Económica): El Proponente deberá realizar su ofrecimiento económico teniendo en cuenta todas las actividades y costos en que deba incurrir para ejecutar el Contrato, incluyendo los costos directos e indirectos, IVA |
y demás aspectos impositivos a que haya lugar serán calculados en horas. La propuesta deberá ser presentada en el Formato del Anexo 5. Oferta Económica, el cual deberá estar suscrito por el representante legal. El valor de la oferta será el valor de la hora de servicios de ingeniería de software ofertados por la cantidad de horas requeridas.
La oferta que presente el menor precio obtendrá el máximo puntaje que es de cuatro (4) puntos. Las demás ofertas serán evaluadas proporcionalmente aplicando la siguiente fórmula:
P = Pmax x (Pr/Pe)
Donde:
P= Puntaje
Pe= Precio evaluado
Pmax= Puntaje máximo cuatro (4)
Pr= Precio de quien obtuvo el máximo puntaje (más bajo)