CONVENIO ESPECÍFICO DE COLABORACIÓN ENTRE EL
CONVENIO ESPECÍFICO DE COLABORACIÓN ENTRE EL
MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, CIENCIA E INNOVACIÓN TECNOLÓGICA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Y LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE XXXX XXXXXXXX XXX
Entre el MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, CIENCIA E INNOVACIÓN
TECNOLÓGICA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, representado en este acto por el señor Ministro, Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxx, D.N.I. N° 24.335.771, con domicilio en la Xxxxx 0 Xx 000 xx xx xxxxxx xx Xx Xxxxx, Xxxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx, en adelante el
e y la UNIVERSIDAD NACIONAL DE XXXX XXXXXXXX
XXX, representada por su Rector, Abog. Xxxxx X. Xxxxxxxx, D.N.I. N° 29.119.469, con domicilio legal en Xxxxxxx X. Xxxx 4731, Partido de Xxxx X. Xxx, Provincia de Buenos
y
CONSIDERANDO:
Que el Ministerio de Producción, Ciencia e Innovación Tecnológica es la máxima autoridad de ciencia y tecnología en el ámbito de la provincia de Buenos Aires y tiene entre sus competencias entender en el diseño e implementación de políticas para el fortalecimiento y promoción del conocimiento científico, tecnológico y de innovación, y su transferencia.
Que mediante RESOL-2021-55-GDEBA-MPCEITGP, el Ministerio de Producción, Ciencia e Innovación Tecnológica creó en el ámbito de la Subsecretaría de Ciencia,
comunicar las capacidades del Sistema de Ciencia y Tecnología Provincial desde un abordaje sistémico, mediante la generación de mecanismos de vigilancia e inteligencia estratégica que posibiliten un monitoreo activo a través del trabajo articulado con redes de colaboradores.
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Que el proyecto ORBITA tiene entre sus objetivos principales (i) Producir, sistematizar y comunicar información actualizada y pertinente acerca de las capacidades y acciones del Sistema Científico-Tecnológico Provincial y (ii) Promover alianzas estratégicas con instituciones y coordinar un equipo multidisciplinario de miembros de referencia en la aplicación de la Vigilancia e Inteligencia Estratégica, asociada por núcleos temáticos.
Que la Universidad Nacional de Xxxx Xxxxxxxx Xxx fue creada en el año 2009 a través de la Ley Nacional N° 26.577 y tiene su sede principal en el Partido de Xxxx X. Xxx, Provincia de Buenos Aires.
Que la misión de la Universidad Nacional de Xxxx Xxxxxxxx Xxx, es la enseñanza en educación superior, así como la producción y difusión de conocimientos que contribuyan al desarrollo de la región, poniéndose al servicio de la consolidación de un modelo nacional que se orienta a la equidad social y el desarrollo.
Que, a través de los Proyectos y Programas Especiales, la Universidad Nacional de Xxxx Xxxxxxxx Xxx articula esfuerzos con gobiernos, organizaciones sociales y culturales, además de organizaciones productivas, teniendo en mira la finalidad de mejorar la calidad de vida de los ciudadanos de la región y el país, siendo sus funciones sustantivas la docencia, la investigación, la extensión, la transferencia y la producción, procurando la formación de profesionales, el desarrollo científico, el desarrollo tecnológico, la innovación productiva y la promoción de la cultura.
Que las Universidades Nacionales con asiento en el territorio de la Provincia de Buenos tienen el carácter de Cuerpos Consultores y Asesores Preferenciales en los términos previstos en el artículo 18, inciso 2), apartado a) IX del Decreto N° 59/19, reglamentario de la Ley N° 13.981 que regula el Subsistema de Contrataciones del Estado Provincial.
Que, en consecuencia, las PARTES acuerdan suscribir el presente Convenio de
cláusulas que a continuación se detallan:
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CLÁUSULA PRIMERA. El presente Convenio Específico se enmarca en el Acuerdo Marco suscripto el día 14 de diciembre de 2021, ratificado por Decreto N° 25/2022, entre el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires y diversas Universidades Nacionales radicadas en la misma.
La presente gestión se encuadra en los términos del artículo 18 inciso 2°, apartado a) de la Ley N° 13.981 y su Decreto Reglamentario N° 59/19.
CLÁUSULA SEGUNDA. La UNIVERSIDAD se compromete a brindar al MINISTERIO el servicio de consultoría, asesoramiento y asistencia para la realización de estudios de casos destinados analizar el impacto tecnológico, productivo y social de los programas de innovación ejecutados p
de Ciencia, Tecnología e Innovación.
A tales fines, las tareas a desarrollar y los productos esperados, pudiendo incorporarse otras o sustituirse las señaladas, serán los descritos en el Anexo I al presente convenio.
CLÁUSULA TERCERA. La UNIVERSIDAD llevará a cabo con personal idóneo y calificado las tareas encomendadas y dispondrá todos los gastos correspondientes a los profesionales y cualquier recurso humano necesario para la realización del servicio. Las personas que la UNIVERSIDAD emplee o contrate para ejecutar las prestaciones acordadas no tendrán relación laboral ni dependencia de ningún tipo con el MINISTERIO.
CLÁUSULA CUARTA. La UNIVERSIDAD podrá contratar servicios de terceros para realizar tareas específicas debidamente individualizadas que resulten necesarias para la prestación de los servicios encomendados sin que ello implique vínculo laboral o contraprestación alguna entre el MINISTERIO y los terceros involucrados. Sin perjuicio de ello, queda expresamente prohibida la subcontratación del objeto principal del contrato.
CLÁUSULA QUINTA. En toda circunstancia o hecho que tenga relación con este CONVENIO, las PARTES mantendrán la individualidad y autonomía de sus
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respectivas estructuras técnicas y administrativas, asumiendo en forma particular las responsabilidades consiguientes (laborales, contractuales o extracontractuales) y comprometiéndose a mantener indemne a la contraparte ante reclamos realizados por terceros cuya solución le corresponda de acuerdo a lo convenido en el presente.
CLÁUSULA SEXTA. Las tareas que se desarrollen para el cumplimiento del presente convenio se llevarán a cabo en la sede y/o dependencias de la UNIVERSIDAD. No obstante, en los casos dónde resulte necesario y/o conveniente de acuerdo con la naturaleza de las acciones a desarrollar, el MINISTERIO podrá solicitar la realización de actividades específicas en el ámbito de sus instalaciones.
CLÁUSULA SÉPTIMA. A los efectos de la ejecución de las acciones contempladas en el presente Convenio, las PARTES acuerdan crear una Unidad de Coordinación, integrada por UN (1) representante titular y UN (1) representante suplente por el MINISTERIO y UN (1) representante titular y UN (1) representante suplente por la UNIVERSIDAD, quienes ej ad honorem Unidad de Coordinación funcionará como instancia de articulación para el efectivo cumplimiento de lo previsto en el Convenio.
En tal sentido, el MINISTERIO designa como responsable titular al Director Provincial de Política Científica y Desarrollo Tecnológico de la Subsecretaría de Ciencia, Tecnología e Innovación, Lic. Xxxx Xxxxxx Xxxx Xxxxx (DNI 00.000.000) y como representante suplente a la Directora de Coordinación con el Sistema Científico dependiente de la subsecretaría citada precedentemente, D.I. Xxxxxx Xxxxxxx (DNI N° 00.000.000) y la UNIVERSIDAD como responsable titular al Lic. Xxxxxxxx Xxxxx (DNI Nº 00.000.000) y como representante suplente a la Lic. Xxxxxxx Xxxxxxx (DNI Nº 00.000.000).
Las PARTES podrán reemplazar en cualquier momento sus representantes cuando lo consideren conveniente, con obligación de comunicar por escrito de forma fehaciente e inmediata a la otra parte los datos de los nuevos representantes.
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CLÁUSULA OCTAVA. El MINISTERIO pagará a la UNIVERSIDAD como
contraprestación por la realización de los productos acordados, la suma total de PESOS DOS MILLONES QUINIENTOS MIL ($ 2.500.000.-), pagaderos de acuerdo con el cronograma establecido en el ANEXO I.
La transferencia de fondos que la UNIVERSIDAD reciba del MINISTERIO quedará condicionada a la presentación y aprobación de los productos previstos de conformidad con el Plan de Trabajo establecido para la ejecución del CONVENIO. La presentación de los informes por parte de la UNIVERSIDAD y su evaluación por parte del MINISTERIO se llevará a cabo a través de los miembros integrantes de la Unidad de Coordinación. El MINISTERIO prestará su conformidad a los informes dentro de los cinco (5) días hábiles de recibidos.
Los pagos se efectuarán mediante transferencia bancaria a la UNIVERSIDAD NACIONAL DE XXXX XXXXXXXX XXX, Cuenta Corriente N° 2075092001754 de la
Sucursal Xxxx X. Xxx (2075) del Banco de la Nación Argentina, bajo la CBU N° 0110092120009200171549, CUIT N° 30-71165548-0, IVA EXENTO.
CLÁUSULA NOVENA. Los productos obtenidos durante la ejecución del presente serán de propiedad del MINISTERIO. Sin perjuicio de ello, en los informes publicados constarán los autores, su grado de participación, así como el hecho de que el trabajo a publicar se origina como consecuencia del presente Convenio.
CLÁUSULA DÉCIMA. El MINISTERIO se compromete a facilitar a la UNIVERSIDAD la información que fuera necesaria para alcanzar los objetivos propuestos, en el marco de las competencias a su cargo.
CLÁUSULA DÉCIMA PRIMERA. Queda prohibida la divulgación o distribución, ya sea en forma oral o escrita, a persona física o jurídica, pública o privada, de la información que hubiera sido expresamente clasificada como reservada o confidencial, que se encuentre protegida bajo secreto estadístico o similar, y/o cuya confidencialidad hubiera sido solicitada o conferida por las PARTES, salvo autorización expresa de estas. Las PARTES garantizarán el estricto cumplimiento de
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las normas sobre confidencialidad de la información y xx xxxxxxx estadístico, por parte de todas las personas que participen de las actividades motivo del presente Convenio.
En ningún caso las PARTES podrán brindar e intercambiar con terceros datos personales y/o sensibles obrantes en archivos, registros, bases o bancos de datos que se pongan a disposición en el marco del presente Convenio, sin previa conformidad por escrito del organismo generador de dicha información.
No se considerará incumplimiento del deber de confidencialidad el cumplimiento de requisitorias legítimas formuladas por autoridades gubernamentales o judiciales en el marco de sus competencias, en la medida en que con carácter previo a la entrega se dé noticia del requerimiento a la otra parte, con el fin de que puedan hacer valer sus intereses en la cuestión.
CLÁUSULA DÉCIMA SEGUNDA. El presente CONVENIO entrará en vigencia a partir de su suscripción por el término de TRES (3) meses (plazo máximo para la realización del servicio), con la opción de prorrogar dicho plazo si ambas partes así lo acuerdan.
CLÁUSULA DÉCIMA TERCERA. El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones derivadas del presente CONVENIO por alguna de las PARTES, faculta a la otra a dar por resuelto el CONVENIO. La resolución operará de pleno derecho, previa intimación fehaciente a la otra parte a fin de dar cumplimiento de sus obligaciones en el término xx XXXX (10) días. Ello no obsta el derecho de exigir el cumplimiento de las obligaciones que se hubieran devengado hasta ese momento y del reclamo de los daños y perjuicios correspondientes.
La parte incumplidora no tendrá derecho a percibir compensación o resarcimiento alguno, ni a percibir el precio pactado con posterioridad a la resolución del CONVENIO.
CLÁUSULA DÉCIMA CUARTA. Sin perjuicio de lo expuesto en la cláusula anterior, las PARTES podrán rescindir unilateralmente y sin expresión de causa el presente CONVENIO, comunicándose fehacientemente tal decisión a la otra parte con una
antelación no menor de TREINTA (30) días. La rescisión no dará derecho alguno a
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LAS PARTES a formular reclamos de indemnizaciones de cualquier naturaleza. Los trabajos en ejecución deberán continuar hasta su finalización.
CLÁUSULA DÉCIMA QUINTA. La responsabilidad por daños a las cosas, al personal y/o a terceros que se produzcan como consecuencia del cumplimiento del presente CONVENIO, en tanto que dichos daños no sean el resultado de la negligencia o culpa del afectado, serán asumidos por cada una de LAS PARTES.
CLÁUSULA DÉCIMA SEXTA. La suscripción del presente CONVENIO no significa un impedimento para que las PARTES signatarias, en forma individual o conjunta, puedan concertar convenios similares con otras entidades o instituciones.
CLÁUSULA DÉCIMA SÉPTIMA. Las PARTES se comprometen a resolver en forma directa y amistosa entre ellas y por medio de las instancias jerárquicas que correspondan, los desacuerdos y discrepancias que pudieran originarse durante la ejecución del CONVENIO. En caso de contienda judicial, las mismas acuerdan someterse al fuero de los Tribunales Federales con asiento en la ciudad de La Plata renunciando a cualquier otro fuero o jurisdicción que pudiera corresponder.
CLÁUSULA DÉCIMA OCTAVA. Para todos los efectos derivados del presente CONVENIO, el MINISTERIO fija su domicilio en el indicado en el encabezado del presente y la UNIVERSIDAD fija como domicilio especial el de su mesa de entradas, sita en Xxxxxxx X. Xxxx 4560 Xxxx X. Xxx, Provincia de Buenos Aires, donde serán válidas todas las comunicaciones que se cursaren entre sí.
En prueba de conformidad, se firma el presente de manera digital, en las fechas indicadas en cada una de las firmas.
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CONVENIO ESPECÍFICO
DE COLABORACIÓN ENTRE EL
MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, CIENCIA E INNOVACIÓN TECNOLÓGICA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Y LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE XXXX XXXXXXXX XXX
1. Objetivos
Objetivo general: Analizar el impacto tecnológico, productivo, económico y social de los proyectos de innovación ejecutados por los organismos de ciencia y tecnología beneficiarios de programas de fomento del desarrollo tecnológico en el ámbito de la Subsecretaría de Ciencia, Tecnología e Innovación.
Objetivos específicos:
- Describir las problemáticas que dan origen a los proyectos.
- Documentar las estrategias implementadas por los equipos de trabajo en relación a los objetivos establecidos en cada proyecto.
- Dar cuenta de los resultados obtenidos y su impacto en las dimensiones tecnológicas, sociales, productivas y económicas desde la perspectiva de los adoptantes de los proyectos.
- Generar contenido que permita analizar y reflexionar sobre las oportunidades y desafíos de las actividades de desarrollo, vinculación, transferencia y/o implementación de soluciones tecnológicas en el ámbito de la provincia de Buenos Aires.
- Aplicar los resultados obtenidos como insumo para mejorar el diseño, desarrollo y ejecución de políticas públicas en materia de ciencia y tecnología.
2.Resultados esperados
A. Metodología a aplicar para el análisis de los casos.
B. Cuatro estudios de caso: Los resultados deberán ser entregados en formato de casos de cuatro (4) casos de estudio, que incluirán un informe y una síntesis.
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Detalle de los resultados esperados:
A. Metodología a aplicar para el análisis de los casos
La metodología principal a aplicar para el análisis de cada caso consistirá en la realización de entrevistas, preferentemente presenciales Se prevé la posibilidad de entrevistas virtuales en caso que por razones de fuerza mayor no se puedan hacer de forma presencial. Esta imposibilidad debe estar plenamente justificada. El objetivo de estas entrevistas es recabar información cualitativa y datos específicos provistos por el entrevistado.
Se requiere al menos dos (2) entrevistas:
- Al menos una (1) entrevista con algún integrante del equipo de trabajo de la Entidad Beneficiaria. Preferentemente, el/la entrevistado/a debería ser el/la coordinador/a del proyecto.
- Al menos una (1) entrevista con algún integrante de la institución adoptante. En lo posible, se sugiere que el integrante haya participado en el equipo de trabajo
Las entrevistas serán no estructuradas y deberán contemplar, entre otras cuestiones, los siguientes puntos, de acuerdo a los ítems listados en los contenidos:
Descripción de la demanda tecnológica de la empresa y del problema a resolver por la institución beneficiaria.
Análisis del proyecto tanto en su etapa de diseño como de ejecución, identificando posibles desvíos. Incluyendo una descripción sobre cómo se resolvió la demanda, los distintos pasos llevados a cabo, el tiempo requerido, los desafíos presentados y cómo se superaron, la articulación entre la empresa y el equipo de trabajo, entre otros aspectos que se consideren importantes destacar.
Detalle de los resultados obtenidos, los nuevos productos o servicios ofrecidos, o la mejora en el proceso de producción, evaluando su impacto en la empresa y en otros actores del territorio de forma indirecta.
Análisis del potencial de replicabilidad del resultado en otros actores que no sean el adoptante del proyecto
Conclusiones y lecciones aprendidas para mejorar el diseño y la ejecución de políticas de Ciencia, Tecnología e Innovación.
La información que surja de las entrevistas se complementará con datos que surjan de diferentes fuentes secundarias relacionadas con las presentaciones, ejecución, seguimiento y resultados informados de los diferentes proyectos financiados.
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Casos de estudio: Los casos a analizar corresponden a proyectos adjudicados y financiados en el marco de los programas de fomento al desarrollo tecnológico con impacto en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires, de acuerdo con el siguiente detalle:
1. Proyecto Hisopo Nasofaríngeo Nacional - Programa de articulación y fortalecimiento federal de las capacidades en ciencia y tecnología AGENCIA I+D+i. Convocatoria del año 2021. Institución Ejecutora: Universidad Nacional de La Plata Adoptante:
P.S. Anesthesia S.A.
2. Proyecto Desarrollo de materiales para ser utilizados en electrodos para baterías de litio- Proyectos Federales de Innovación MINCyT. Convocatoria del año 2022. Institución Ejecutora: Universidad Tecnológica Nacional Regional La Plata Adoptante: LITBAR
3. Proyecto Desarrollo e implementación de un procedimiento de calibración de robots
- Transformación Digital Bonaerense. Convocatoria del año 2021. Institución Ejecutora: Universidad Nacional de Quilmes Adoptante: Poteca Xxxxx Xxxxxx.
4. Proyecto Adaptación y puesta en marcha del Laboratorio de Ensayos de Control de Calidad - Fondo de Innovación Tecnológica de Buenos Aires. Convocatoria del año 2022. Institución Ejecutora: Universidad Nacional del Centro de la Provincia de Buenos Aires Adoptante: Cooperativa Cerámica Blanca.
3. Contenido requerido de los estudios de caso
Cada uno de los casos a analizar deberá incluir necesariamente los siguientes aspectos:
Una cronología de la historia y evolución del adoptante y características particulares que permitan caracterizarla (Ej.: localización, actividad principal, cantidad de empleados, registro Pyme, mercados de venta de sus productos, tipo y localización de proveedores, capacidades tecnológicas y productivas, conocimiento de instrumento de política pública y beneficios obtenidos, experiencia previa de articulación con organismos de Ciencia y tecnología, etc.)
Una descripción de la problemática en el contexto particular del sector de actividad en el que se desenvuelve el adoptante y su posicionamiento en el mismo.
Una breve descripción de la estrategia o cultura organizacional del adoptante en el marco de la cual se desarrolla el proyecto.
Una descripción de los objetivos organizacionales en el marco del cual se establecen los objetivos del proyecto.
Una descripción de las estrategias y metodología utilizadas por la institución beneficiaria para alcanzar los objetivos del proyecto.
La identificación y descripción de la demanda tecnológica de la empresa y la problemática a resolver por la institución beneficiaria. Deberá incluirse su relevancia,
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el impacto de su resolución en la empresa y terceros (efectos indirectos del proyecto).
Marco teórico sobre la base científica y tecnológica de la innovación necesaria. Estado de arte a nivel internacional, su grado de desarrollo nacional y su madurez. Detalle del equipo de trabajo que llevó adelante el proyecto y su experiencia y antecedentes en la temática
Breve Descripción del programa al que aplicó la empresa junto a la institución de CyT
Análisis del proyecto llevado a cabo: como se resolvió la demanda, los distintos pasos llevados a cabo, el tiempo requerido, los desafíos presentados y cómo se superaron, la articulación entre la empresa y el equipo de trabajo, los posibles contratiempos que hayan surgido, sus causas y su resolución entre otros aspectos que se consideren relevantes.
Detalle de los resultados obtenidos, los nuevos productos o servicios ofrecidos, o la mejora en el proceso de producción, evaluando su impacto en la empresa y en otros actores del territorio de forma indirecta. Análisis del potencial de replicabilidad del resultado.
Conclusiones y lecciones aprendidas por parte del adoptante y la institución beneficiaria.
4. Entregables.
Informe parcial
Síntesis inicial de los cuatro (4) casos seleccionados.
Informe final
Cuatro (4) informes, uno (1) por cada estudio de caso realizado que contengan todos los ítems enumerados previamente.
5. Plazos
Tres (3) meses desde la fecha de firma del convenio es el plazo máximo para la presentación del informe final de los cuatro (4) casos.
Respecto al informe parcial, deberá ser presentado dentro de un plazo máximo de un (1) mes de iniciada la consultoría.
6. Presupuesto y forma de pago:
El monto total es de $2.500.000.
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El 30%, equivalente a la suma de $750.000 será abonado contra entrega y certificación de los cuatro (4) informes parciales.
EL 70% restante, equivalente a la suma de $1.750.000, se abonará contra la presentación y certificación de los cuatro (4) informes finales.
7. Conformación del equipo de trabajo:
Lic. Xxxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxx Lic. Xxxxxxx Xxxxx
Lic. Xxxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx Lic. Xxxxx Xxxxxxx Xxxx
8. Detalle del presupuesto:
ANÁLISIS DE COSTOS | |||||
MANO DE OBRA | |||||
CATEGORÍA | CCT | V. HORA | CANTIDAD DE HORAS | IMPORTE TOTAL | |
Consultor/a Semi Sr. | Inv. UNPAZ | $ 7.500,00 | 110 | $ 825.000 | |
Consultor/a Semi Sr. | Inv. UNPAZ | $ 7.500,00 | 110 | $ 825.000 | |
Consultor/a Jr. | Monotributista | $ 4.250,00 | 80 | $ 340.000 | |
Consultor/a Jr. | Monotributista | $ 4.250,00 | 80 | $ 340.000 | |
TOTAL (Mano de obra) | 380 | $ 2.330.000 | |||
OTROS | |||||
DESCRIPCIÓN | MARCA | CANTIDAD | UNIDAD DE MEDIDA | P. UNIT. | P. TOTAL |
Gastos Administrativos | UNPAZ | 1 | $ 170.000 | $ 170.000 | |
TOTAL (Otros) | $ 170.000 | ||||
TOTAL | $ 2.500.000 |
Los honorarios han sido calculados considerando los valores sugeridos en los documentos Anexo
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1 y la Resolución C. D. N° 97/2022 del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires2, y la experiencia del equipo de trabajo.
1 xxxxx://xxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxx/xxxxxxxxxxx/XxxxxxxxxxXxxxxxx.xxx-0X0xXxxXxX.xxx
2 xxxxx://xxx.xxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxx/xxxxxxxxxxx/XX.00-00- Honor.%20M%C3%ADnimos%20Sugeridos%202022.-3rQO2ebbPq.pdf
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G O B I E R N O DE LA P R O V I N C I A DE B U E N O S A I R E S
2023 - Año de la democracia Argentina
Hoja Adicional de Firmas Convenio
Número: CONVE-2023-27810038-GDEBA-MPCEITGP
LA PLATA, BUENOS AIRES
Martes 4 de Julio de 2023
Referencia: Convenio MPCEIT - UNPAZ. ORBITA
El documento fue importado por el sistema GEDO con un total de 13 pagina/s.
Digitally signed by XXXXX Xxxxxxx Xxxxxxx Date: 2023.07.04 17:12:48 ART
Location: Provincia de Buenos Aires
Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxx Ministro
Ministerio de Producción, Ciencia e Innovación Tecnológica
Digitally signed by GDE BUENOS AIRES
DN: cn=GDE BUENOS AIRES, c=AR, o=MINISTERIO DE JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS BS AS, ou=SUBSECRETARIA DE GOBIERNO DIGITAL,
serialNumber=CUIT 30715471511
Date: 2023.07.04 17:12:52 -03'00'