ACUERDO POR EL QUE EL TITULAR DE LA JEFATURA DE LA OFICINA DE LA GUBERNATURA DEL ESTADO, RATIFICA Y DELEGA LA ATRIBUCIÓN PARA SUSCRIBIR LOS ACTOS JURÍDICOS, RELATIVOS A LA CONTRATACIÓN DE BIENES Y SERVICIOS EN MATERIA DE RADIO Y DIFUSIÓN POR MEDIOS DE...
ACUERDO POR EL QUE EL TITULAR DE LA JEFATURA DE LA OFICINA DE LA GUBERNATURA DEL ESTADO, RATIFICA Y DELEGA LA ATRIBUCIÓN PARA SUSCRIBIR LOS ACTOS JURÍDICOS, RELATIVOS A LA CONTRATACIÓN DE BIENES Y SERVICIOS EN MATERIA DE RADIO Y DIFUSIÓN POR MEDIOS DE COMUNICACIÓN, AL TITULAR DE LA COORDINACIÓN DE COMUNICACIÓN SOCIAL
OBSERVACIONES GENERALES.-
Aprobación 2020/09/11
Publicación 2020/11/11
Vigencia 2020/11/12
Expidió Poder Ejecutivo del Estado xx Xxxxxxx
Periódico Oficial 5878 “Tierra y Libertad”
Al margen superior un Escudo del Estado xx Xxxxxxx que dice: “Tierra y Libertad”.- La tierra volverá a quienes la trabajan con sus manos.- 2018-2024, y un logotipo que dice: Xxxxxxx Anfitrión del Mundo Gobierno del Estado 2018-2024.
XXXX XXXXXX XXXX XXXXXX, JEFE DE LA OFICINA DE LA GUBERNATURA DEL ESTADO, EN TÉRMINOS DE LO DISPUESTO POR LOS ARTÍCULOS 74 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y XXXXXXXX XX XXXXXXX; 3, PÁRRAFO SEGUNDO, 9, FRACCIÓN I, 13, FRACCIÓN VI, 14 Y 21, FRACCIÓN XXVIII, DE LA LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO LIBRE Y XXXXXXXX XX XXXXXXX; ASÍ COMO 9 Y 10, FRACCIÓN XXIX, Y PENÚLTIMO PÁRRAFO, DEL REGLAMENTO INTERIOR DE LA JEFATURA DE LA OFICINA DE LA GUBERNATURA DEL ESTADO; Y CON BASE EN LA SIGUIENTE:
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Con motivo de la extinción del Órgano Desconcentrado denominado Coordinación de Comunicación Social, mediante la abrogación del Reglamento Interior de la Coordinación Estatal de Comunicación Social, a través de la cuarta disposición transitoria del Reglamento Interior de la Jefatura de la Oficina de la Gubernatura del Estado, publicado en el Periódico Oficial “Tierra y Libertad”, número 5663, el 02 de enero de 2019; y de su creación como Unidad Administrativa dependiente de la Oficina de la Gubernatura del Estado, de acuerdo a lo establecido en el artículo 6, fracción I, del Reglamento Interior de la Jefatura de la Oficina de la Gubernatura del Estado; el 05 de octubre de 2018, se emitió el “ACUERDO POR EL QUE SE DELEGA Y AUTORIZA A LA PERSONA TITULAR DE LA COORDINACIÓN DE COMUNICACIÓN SOCIAL, PARA SUSCRIBIR LOS ACTOS JURÍDICOS RELATIVOS A LA CONTRATACIÓN DE BIENES Y SERVICIOS EN MATERIA DE RADIO Y DIFUSIÓN POR MEDIOS DE COMUNICACIÓN”, que en
su parte dispositiva autorizó y delegó a la persona Titular de la Coordinación de Comunicación Social, suscribir los actos jurídicos relativos a la contratación de bienes y servicios en materia de radio y difusión por medios de comunicación, atendiendo a las necesidades del servicio.
Bajo dicho contexto, el artículo 9, fracción I, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado Libre y Xxxxxxxx xx Xxxxxxx, señala que el
Gobernador del Estado, en su carácter de Titular del Poder Ejecutivo y responsable de la buena marcha de la Administración Pública, se auxiliará en el ejercicio de sus atribuciones, entre otras, de la Jefatura de la Oficina de la Gubernatura del Estado, a cuyo Titular corresponde originalmente, ejercer las atribuciones establecidas en el artículo 21 de la Ley Orgánica referida.
El artículo 13 del mismo ordenamiento legal, prevé en su fracción VI, como facultad genérica para los Secretarios de Despacho que integran la Administración Pública Centralizada del Poder Ejecutivo del Estado xx Xxxxxxx, suscribir los documentos relativos al ejercicio de sus atribuciones, así como celebrar, otorgar y suscribir actos jurídicos de carácter administrativo o de cualquier otra índole dentro del ámbito de su competencia, necesarios para el ejercicio de sus funciones y, en su caso, de las Unidades Administrativas y Órganos Desconcentrados que les estén adscritos.
Asimismo, el antes citado artículo 21, fracción XXVIII, de la aludida Ley Orgánica, así como el diverso 10, fracción XXIX, del Reglamento Interior de la Jefatura de la Oficina de la Gubernatura del Estado, confieren como atribución del Titular de dicha Jefatura, suscribir los actos jurídicos relativos a la contratación de bienes y servicios en materia de radio y difusión por medios de comunicación, para lo cual se auxilia del Titular de la Coordinación de Comunicación Social, quien con sustento en lo que establece el artículo 21, fracción XI, del referido Reglamento, se encarga de proponer la celebración de los actos jurídicos relativos a la contratación de bienes o servicios en materia de radio y difusión.
En tal sentido, conscientes del dinamismo con que se mueve el aparato burocrático estatal, es necesario adoptar medidas administrativas que permitan una atención eficaz y ágil de las acciones en materia de comunicación social; por lo que en estricto acatamiento a lo que estipulan los artículos 9 y 10, penúltimo párrafo del multicitado Reglamento Interior de la Jefatura, y atento a los principios de simplificación, agilidad, economía, información, precisión, legalidad, transparencia, austeridad e imparcialidad, que rigen el actuar dentro de la Administración Pública; resulta indispensable ratificar la delegación expresamente otorgada en el Titular de la Coordinación de Comunicación Social, para suscribir los actos jurídicos relativos a la contratación de bienes y servicios, en materia de radio y difusión por medios de comunicación; así como para suscribir documentos
y celebrar actos relacionados con trámites administrativos, presupuestales y financieros que sean necesarios y que permitan cumplir con la encomienda materia de este Acuerdo, de conformidad con lo establecido en el presente documento y tomando en consideración el diverso emitido el 05 de octubre de 2018.
Por lo expuesto y fundado; tengo a bien emitir el siguiente:
ACUERDO POR EL QUE EL TITULAR DE LA JEFATURA DE LA OFICINA DE LA GUBERNATURA DEL ESTADO, RATIFICA Y DELEGA LA ATRIBUCIÓN PARA SUSCRIBIR LOS ACTOS JURÍDICOS, RELATIVOS A LA CONTRATACIÓN DE BIENES Y SERVICIOS EN MATERIA DE RADIO Y DIFUSIÓN POR MEDIOS DE COMUNICACIÓN, AL TITULAR DE LA COORDINACIÓN DE COMUNICACIÓN SOCIAL.
ARTÍCULO PRIMERO. Se ratifica en todas sus partes el contenido del “ACUERDO POR EL QUE SE DELEGA Y AUTORIZA A LA PERSONA TITULAR DE LA COORDINACIÓN DE COMUNICACIÓN SOCIAL, PARA SUSCRIBIR LOS ACTOS JURÍDICOS RELATIVOS A LA CONTRATACIÓN DE BIENES Y SERVICIOS EN MATERIA DE RADIO Y DIFUSIÓN POR MEDIOS DE
COMUNICACIÓN”, emitido el 05 de octubre de 2018.
ARTÍCULO SEGUNDO. De conformidad con lo dispuesto por los artículos 21, fracción XXVIII, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado Libre y Xxxxxxxx xx Xxxxxxx, 9 y 10, fracción XXIX y penúltimo párrafo, del Reglamento Interior de la Jefatura de la Oficina de la Gubernatura del Estado; se delega para su ejercicio directo, a favor del Titular de la Coordinación de Comunicación Social, la atribución para suscribir los actos jurídicos relativos a la contratación de bienes y servicios, en materia de radio y difusión por medios de comunicación.
ARTÍCULO TERCERO. Para el ejercicio de la atribución contenida en el numeral que antecede, se faculta al Titular de la Coordinación de Comunicación Social, para suscribir documentos y celebrar actos relacionados con trámites administrativos, presupuestales y financieros que sean necesarios y que permitan cumplir con la encomienda materia de este Acuerdo.
ARTÍCULO CUARTO. En el ejercicio de la atribución que se delega, el Titular de la Coordinación de Comunicación Social deberá observar estrictamente los lineamientos y criterios administrativos que para tal efecto se encuentran vigentes a fin de salvaguardar los principios de la Administración Pública Estatal, de simplificación, agilidad y economía, información, precisión, legalidad, transparencia, austeridad e imparcialidad.
ARTÍCULO QUINTO. El servidor público a quien se le delegan atribuciones en el presente Acuerdo, será responsable por los actos que realice en el ejercicio de las mismas, obrando en todo momento en el mejor interés del Estado y cumpliendo las disposiciones legales aplicables.
ARTÍCULO SEXTO. La delegación de atribuciones a que se refiere este Acuerdo, no excluye la posibilidad de su ejercicio directo por el Titular de la Jefatura de la Oficina de la Gubernatura del Estado, en cualquier momento.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
PRIMERA. El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial “TIERRA Y LIBERTAD”, Órgano de difusión oficial del Gobierno del Estado xx Xxxxxxx.
SEGUNDA. Se deja sin efectos cualquier disposición administrativa que se contraponga con el presente Acuerdo.
Dado en Xxxxxxx de Gobierno en la ciudad de Cuernavaca capital del estado xx Xxxxxxx; a los once días del mes de septiembre de 2020.
EL JEFE DE LA OFICINA
DE LA GUBERNATURA DEL ESTADO XXXX XXXXXX XXXX XXXXXX XXXXXXX.