Fecha: 6 de diciembre de 2018
Fecha: 6 de diciembre de 2018
Proceso: SDC/00049174/018-2018 Contratación de póliza de seguro de la flota vehicular Naciones Unidas
Estimado Señor(a):
Nos es grato dirigirnos a usted a fin de solicitarle la presentación de una cotización para la provisión de “Contratación de Póliza de Seguro de la flota vehicular del PNUD”, tal como se detalla en el Anexo 1 de esta Solicitud de Cotización (SdC). En la preparación de su cotización le rogamos utilice y rellene el formulario adjunto como Anexo 2. Su cotización deberá ser presentada a más tardar el día lunes 10 de diciembre de 2018 a las 10:00 a.m. al correo electrónico: xxxxxxxxxxxxxXXXXXX@xxxx.xxx o en físico a la siguiente dirección:
Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD)
Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx, Xxxxxxx Xxx Xxxxxx, Xxx. Xxxxxxxxx xx Xxxxxx, # 0000 Xxxxxxxxxxx, Xxxxxxxx
Las cotizaciones presentadas por correo electrónico estarán limitadas a un máximo de 5 Mb y en un número de envíos no superior a tres (3). Los ficheros estarán libres de cualquier tipo de virus o archivo dañado; si no es así, serán rechazados.
Será su responsabilidad asegurarse de que su cotización llegue a la dirección antes mencionada en o antes de la fecha y hora límite. Las cotizaciones que se reciban después del plazo indicado, por cualquier razón, no se tomarán en consideración a efectos de evaluación. Si usted envía su cotización mpor correo electrónico, le rogamos se asegure de que está firmada y en formato pdf y libre de virus o daños.
Le rogamos tome nota de los siguientes requisitos y condiciones relativos al suministro de los servicios antes citados:
Perído de servicio: | 1. Del 31 de diciembre de 2018 hasta el 31 de diciembre de 2019 inclusive, los vehículos con cobertura total del 1 al 23 2. Del 31 de diciembre de 2018 hasta el 30 xx xxxxx de 2019 los vehículos con cobertura daños a terceros (póliza sujeta a renovación después de los 6 meses) vehículos del #1 al #4. 3. El vehículo #19 (ONUMUJERES) de la lista de cobertura total la póliza sería a partirdel 0 xx xxxxxxx xx 0000 xx 00 de diciembre de 2019 inclusive, enviar también el precio de la póliza del 1 de febrero de 2019 al 1 de febrero de 2020 4. Los vehículos 15, 16 y 17 (OHCHR) de la lista de cobertura total (OHCHR) del 00 xx xxxxx xx 0000 xx 00 de diciembre de 2019 inclusive, sin embargo, también incluir el precio de la póliza del 19 xx xxxxx de 2019 al 19 xx xxxxx del 2020. 5. Los vehículos 18 y 19 (UNOPS) la validez de la póliza sería del 1 xx xxxxx de 2019 al 31 de diciembre de 2019, sin embargo, también incluir el costo que tendría la póliza del 1 xx xxxxx de 2019 al 1 xx xxxxx de 2020 |
Descripción detallada de la cobertura: | Obligatorio |
Moneda de cotización: | Lempira |
IVA sobre el precio cotizado: | La póliza de Seguro debe ser cotizada libre de impuesto sobre ventas (ISV) El Proveedor deberá presentar Factura Proforma original con descripción detallada del servicio, precio unitario y total expresado en la moneda de la Orden de Compra. |
Fecha límite de presentación de la cotización: | Fecha: lunes 10 de diciembre de 2018 Hora: 10:00 a.m. Zona horaria de referencia: Hora oficial de Honduras (UTC/GMT -6) |
Documentos que deberán presentarse: | Formularios del Anexo 2 debidamente completado, este úlimo conforme a la lista de requisitos que se indica en el Anexo 1. |
Periodo de validez de la cotización, a partir de la fecha de presentación: | 30 días calendarios En circunstancias excepcionales, el PNUD podrá pedir al proveedor que amplíe la vigencia de la cotización más allá del plazo inicialmente indicado en esta SdC. El Proveedor confirmará entonces la ampliación por escrito, sin modificación alguna de los precios cotizados. |
Cotizaciones parciales: | No permitidas. Se deberá de cotizar la totalidad del Lote de vehículos para la cobertura por “Daños a Terceros” y “Cobertura Total” |
Condiciones de pago: | 100% a la entrega completa de las polizas de los vehículos y documentos pertinentes. |
Indemnización fijada convencionalmente: | 0.5% del monto total de la orden de compra por cada día calendario de retraso hasta un máximo de 10%. |
Criterios de evaluación1: | • Pleno cumplimiento de los requisitos y precio más bajo. • Plena aceptación de los Términos y Condiciones Generales de la Orden de compra o del Contrato. |
El PNUD adjudicará el contrato a: | Al proveedor elegible según las especificaciones solicitadas y que presente el precio más bajo. |
Tipo de contrato: | Orden de compra. |
Condiciones especiales del contrato: | • Cancelación de la Orden de Compra o del Contrato por incumplimiento en la entrega del servicio (polizas) según las especificaciones aceptadas por el PNUD. |
Condiciones para la liberación del pago: | • Aceptación por escrito de los bienes/servicios, basada en el cumplimiento completo con los requisitos de la SdC. |
Anexos a esta SdC: | • Cobertura de la póliza (Anexo 1) • Formulario de presentación de cotizaciones (Anexo 2) • Términos y Condiciones Generales / Condiciones Especiales (Anexo 3). La no aceptación de los Términos y Condiciones Generales será motivo de descalificación de este proceso de adquisición. |
Persona de contacto para todo tipo de información (preguntas por escrito únicamente)2: | Unidad de Adquisiciones xxxxxxxxxxxxxXXXXXX@xxxx.xxx Cualquier retraso en la respuesta del PNUD no podrá ser esgrimido como motivo para ampliar el plazo de presentación, a menos que el PNUD decida que estima necesaria dicha ampliación y comunique un nuevo plazo límite a los solicitantes. |
Se revisarán los servicios ofrecidos basándose en su integridad y en la conformidad de la cotización con las especificaciones mínimas descritas supra y cualquier otro anexo que facilite detalles de los requisitos del PNUD.
Será seleccionada la cotización que cumpla con todas las especificaciones y requisitos y ofrezca el precio más bajo, así como con todos los restantes criterios de evaluación indicados. Cualquier oferta que no cumpla con los requisitos será rechazada.
En caso de discrepancia entre el precio unitario y el precio total (que se obtiene al multiplicar el precio unitario por la cantidad), el PNUD procederá a un nuevo cálculo, y el precio unitario prevalecerá
1 El PNUD se reserva el derecho de no adjudicar el contrato a la oferta con el precio más bajo, si el segundo precio más bajo de entre las ofertas aceptables resulta ser muy superior, y si el precio es más alto que la oferta aceptable más baja en no más del 10%. El presupuesto puede cubrir satisfactoriamente la diferencia de precio. El término "muy superior", en el sentido que se utiliza en esta disposición, se refiere a las ofertas que hayan superado los requisitos predeterminados establecidos en las especificaciones.
2 La persona de contacto y la dirección de la misma serán designadas oficialmente por el PNUD. En caso de dirigir una solicitud de información a otra persona o personas, o dirección o direcciones, aún cuando ésta/s forme/n parte del personal del PNUD, el PNUD no tendrá obligación de responder a dicha solicitud ni de confirmar su recepción.
y el precio total será corregido. Si el proveedor no aceptara el precio final sobre la base del nuevo cálculo del PNUD y su corrección de los errores, su oferta será rechazada.
Una vez que el PNUD haya identificado la oferta de precio más baja, el PNUD se reserva el derecho de adjudicar el contrato basándose únicamente en los precios de los servicios, cuando el costo de transporte (flete y seguro) resulte ser mayor que el propio costo estimado por el PNUD con su propio transportista y proveedor de seguros.
En ningún momento de la vigencia de la cotización aceptará el PNUD una variación de precios debida a aumentos, inflación, fluctuación de los tipos de cambio o cualquier otro factor xx xxxxxxx, una vez haya recibido la oferta. En el momento de la adjudicación del Contrato u Orden de Compra, el PNUD se reserva el derecho de modificar (aumentar o disminuir) la cantidad de servicios y/o bienes, hasta un máximo del veinticinco por ciento (25%) de la oferta total, sin ningún cambio en el precio unitario o en los términos y condiciones.
Todo contrato resultante de esta SdC estará sujeta a los Términos y Condiciones Generales que se adjuntan a la presente. El mero acto de presentación de una oferta implica que el vendedor acepta sin cuestionamiento alguno los Términos y Condiciones Generales del PNUD.
El PNUD no está obligado a aceptar ninguna oferta, ni a adjudicar ningún contrato u orden de compra, ni se hace responsable por cualquier costo relacionado con la preparación y presentación de un presupuesto por parte de un suministrador, con independencia del resultado o la forma de llevar a cabo el proceso de selección.
Sírvase tener en cuenta que el procedimiento establecido por el PNUD para la recepción de reclamos de sus proveedores tiene por objeto ofrecer una oportunidad de apelación a las personas o empresas a las que no se haya adjudicado una orden de compra o un contrato en un proceso de contratación competitivo. En caso de que usted considere que no ha sido tratado(a) con equidad, puede encontrar información detallada sobre los procedimientos de reclamo por parte de los proveedores en el siguiente enlace: xxxx://xxx.xxxx.xxx/xxxxxxxxxxx/xxxxxxx.xxxx.
El PNUD insta a todos los potenciales proveedores de servicios a evitar y prevenir los conflictos de intereses, informando al PNUD si ellos o cualquiera de sus afiliados o miembros de su personal han participado en la preparación de los requisitos, el diseño, las especificaciones, los presupuestos o cualquier otra información utilizada en esta SdC.
El PNUD practica una política de tolerancia cero ante el fraude y otras prácticas prohibidas, y está resuelto a identificar y abordar todos los actos y prácticas de este tipo contra el PNUD o contra terceros implicados en las actividades de PNUD. Asimismo, espera que sus proveedores se adhieran al
Código de Conducta de los Contratistas de las Naciones Unidas, que se puede consultar en el siguiente enlace: xxxx://xxx.xx.xxx/xxxxx/xxx/xxx/xxxxxxx_xxxxxxx.xxx
Le agradecemos su atención y quedamos a la espera de recibir su cotización.
Atentamente le saluda,
Unidad de Adquisiciones PNUD 6 de diciembre de 2018
Anexo1.
A) Cobertura de la póliza: Daños a Terceros
Listado de vehículos a asegurar:
No . | Descripción | Placa | Tipo | Capacida d de pasajeros | Año | Color | Valor del vehículo Lempiras | Motor | Chasis |
1 | Mitsubishi Lancer 1400 (PNUD) | MI1838 | Turismo | 5 | 1998 | Verde | 100,000.00 | 4G15TT5124 | XXXXXXX0XXX000000 |
2 | Mitsubishi L- 200, 4X4 (PNUD) | MI 4100 | Pick-Up | 5 | 2007 | Gris Claro | 306,104.40 | 4M40MA7257 | XXXXXX0000X000000 |
3 | Honda (PNUD) | ME0465 | Motocic xxxx | 0 | 0000 | Xxxx | 27,008.93 | SDH157FMIC0830612 | XXXXXXX0000000000 |
4 | Xxxx Explorer 4x4 (PNUD) | MI 5356 | Camion eta de Lujo | 7 | 2014 | Café oscuro metálico | 962,320.00 | EGB04272 | 0XX0X0X00XXX00000 |
B) Cobertura de la póliza: Cobertura Total
N o. | Descripción | Placa | Tipo | # pasajer os | Año | Color | Valor del vehículo Lempiras | Motor | Chasis |
1 | Toyota Land Cruiser, Xxxxx (PNUD) | CD0989 | Camioneta de Lujo | 7 | 2014 | Xxxxxx Xxxxx | 1,056,081.00 | 1KD2355122 | XXXXX0XX00X000000 |
2 | Xxxx Ranger XLT (PNUD) | MI 5265 | Pick-Up, doble cabina | 5 | 2009 | Gris Claro | 411,000.00 | WLAT965638 | XXXXXXX000X000000 |
3 | Xxxx Everest XLT (PNUD) | MI 4628 | Camioneta | 7 | 2009 | Gris Claro | 403,380.88 | WLAT966418 | XXXXX0X000X000000 |
4 | Land Crusier Xxxxx (PNUD) | MI 5354 | Camioneta de Lujo | 7 | 2014 | Blanco | 1,056,081.00 | 1KD2347655 | XXXXX0XX00X000000 |
5 | Forde Explorer (PNUD) | MI 0765 | Camioneta | 7 | 2015 | Gris Oscuro | 745,374.99 | FGC31247 | 0XX0X0X00XXX00000 |
6 | Mitsubishi Nativa (PNUD) | MI-4385 | Camioneta | 5 | 2008 | Blanco | 402,500.00 | 4M40HJ4624 | JMYONK9708J000756 |
7 | Mazda (PNUD) | MI-4711 | Pick up | 5 | 2010 | Blanco | 336,242.00 | WLAT1156759 | MM7UNYOW4A053081 |
8 | Mazda (PNUD) | MI4650 | Pick-Up | 5 | 2009 | Café metálico | 338,734.00 | WLTA140450 | MM7UNYOW490828649 |
9 | Toyota Land Cruiser Xxxxx | Pendinete | Camioneta | 7 | 2019 | Blanco | US$35,200.00 | Pendiente | pendiente |
4x4 (ONU MUJERES) | |||||||||
10 | Toyota Xxxxx (UNICEF) | CD1471 | Camioneta | 5 | 2018 | Blanco | 1,050,895.14 | 1KD-2793925 | XXXXX0XX00X000000 |
11 | Toyota Land Cruiser (UNICEF) | MI0565 | Camioneta | 5 | 2018 | Blanco | 1,251,043.44 | 1VD-0421831 | XXXXX00X000000000 |
12 | Toyota Land Cruiser (UNICEF) | MI0198 | Camioneta | 5 | 2018 | Blanco | 1,074,372.00 | 1VD-0362515 | XXXXX00X000000000 |
13 | Toyota Land Cruiser (UNICEF) | MI4570 | Camioneta | 5 | 2009 | Blanco | 480,000.00 | TD42203648 | XX0XXXX00X0000000 |
14 | Hyndai Tucson (UNICEF) | MI0575 | Camioneta | 5 | 2013 | Blanco | 514,000.00 | D4HAVCU6268 88 | XXXXX00XXXX000000 |
15 | Toyota Xxxxx (OHCHR) | CD1712 | Camioneta | 7 | 2016 | blanco | 34,222.20 | 1KD2590198 | XXXXX0XX00X000000 |
16 | Toyota Xxxxx (OHCHR) | MI 2742 | Camioneta | 7 | 2016 | blanco | 34,222.20 | 1KD2588957 | XXXXX0XX000000000 |
17 | Nissan Patrol (OHCHR) | MI 0423 | Camioneta | 7 | 2017 | blanco | 32,608.53 | ZD30034111N | XX0XXXX00X0000000 |
18 | Toyota Land Cruiser (UNOPS) | CD1153 | Camioneta | 7 | 2015 | Blanco | USD48,152.34 | 1KD2444863 | XXXXX0XX00X000000 |
19 | Toyota Yaris (UNOPS) | MI0435 | Sedan | 5 | 2013 | Azul | USD14,047.87 | 1NZE182454 | XXXXX00000X000000 |
20 | Toyota Land Cruiser (ACNUR) – vehículo se encuentra en Xxx Xxxxx Xxxx | XX0000 | Camioneta de Lujo | 7 | 2015 | Blanco | 20,351.82 | 1HZ0834316 | XXXXX00X000000000 |
21 | Toyota Land Cruiser Xxxxx (ACNUR) | MI 0147 | Camioneta de Lujo | 7 | 2016 | Blanco | 24,616.75 | 5L6287483 | XXXXX0XX00X000000 |
22 | Toyota Land Cruiser (ACNUR) | MI 0386 | Camioneta de Lujo | 7 | 2017 | Blanco | 21,564.24 | 1HZ0873392 | XXXXX00X000000000 |
Nota:
•
•
•
El vehículo #9 (ONU MUJERES) la validez de la póliza seria del 0 xx xxxxxxx xx 0000 xx 00 de diciembre de 2019 inclusive, sin embargo también incluir el costo que tendría la poliza del 1 de febrero de 2019 al 1 de febrero del 2020
Los vehículos 15, 16 y 17 la validez de la póliza sería del 19 xx xxxxx de 2019 al 31 de diciembre de 2019 inclusive sin embargo también incluir el costo que tendría la poliza del 1 de febrero de 2019 al 1 de febrero del 2020
Los vehículos 18 y 19 (UNOPS) la validez de la póliza sería del 1 xx xxxxx de 2019 al 31 de diciembre de 2019, sin embargo, también incluir el costo que tendría la póliza del 1 xx xxxxx de 2019 al 1 xx xxxxx de 2020.
Requerimientos de la póliza
• Tipo de póliza: Daños a terceros
Vigencia: Seis (06) meses a partir del 1 de enero de 2019, con posibilidad a ampliar a 6 meses. Límites de coberturas mínimas:
Criterio | Límite de coberturas |
Cobertura básica | |
Daños causados a terceros en sus bienes | L. 500,000.00 |
Daños causados a terceros en su persona | L. 500,000.00 |
Rotura xx xxxxxxxxx | Amparado |
Equipo especial, solo automóviles | Amparado |
Extensión territorial | Centroamérica y Panamá |
Gastos médicos por accidente por ocupante | L. 50,000.00 por ocupante |
Seguro de vida por muerte accidental, incapacidad total y/o permanente por ocupante | L. 300,000.00 |
Cláusulas especiales | |
Servicio de asistencia | Sí |
• Tipo de póliza: Cobertura Total
Vigencia: Doce (12) meses a partir del 31 de diciembre de 2018 hasta el 31 de diciembre de 2019 inclusive. Ver abajo para otras coberturas
Límites de coberturas mínimas:
Be ne ficios | |||||||
C obe rtura s A Colisiones, vuelcos accidentales B1 Incendio, autoignición y rayo B2 Robo total B3 Huelgas y alborotos populares C Responsabilidad civil por daños a terceros en sus bienes D Responsabilidad civil por daños a terceros en su persona E Rotura xx xxxxxxxxx F Equipo especial G Ciclón, huracan, granizo, terremoto, desbordamiento, inundación, derrumbe H Extensión territorial *I Gastos Médicos por persona J1 Muerte accidental por persona J2 Incapacidad permanente por persona K1 Cobertura de minoria de edad K2 Cobertura de mayoria de edad D e ducible s *Cobertura (A) Perdida Total *Cobertura (B1) Cobertura (B2) Robo Total *Cobertura (B3) Cobertura (C) Cobertura (E) Rotura xx xxxxxxxxx Cobertura (F) Equipo Especial Cobertura (G) Cobertura (K1) | Turism o, C a m xxxx ta | Pick U p | Motocicle ta s | C obe rtura Ofe rta da | |||
Honduras y Centroamerica Amparado Amparado Amparado Amparado 500,000.00 500,000.00 Amparado Amparado Amparado Centroamericana 100,000.00 Cada uno 300,000.00 Cada uno 300,000.00 Cada uno Opciconal Opciconal | Honduras y Centroamerica Amparado Amparado Amparado Amparado 500,000.00 500,000.00 Amparado Amparado Amparado Centroamericana 100,000.00 Cada uno 300,000.00 Cada uno 300,000.00 Cada uno Opciconal Opciconal | 30,000.00 50,000.00 50,000.00 | Honduras Amparado Amparado Amparado Amparado Xx Xxxxxx Xx Xxxxxx Xx Xxxxxx Xx Xxxxxx Xx Xxxxxx Xxxxxxxx Cada uno Cada uno Cada uno Opciconal Opciconal | ||||
Turism o, C a m xxxx ta | Pick U p | Motocicle ta s | |||||
1.50% 20.00% 1.50% 20.00% 1.50% 1000-2000 15-20% 0.00% 1.50% | por cada reclamo Sobre suma asegurada por cada reclamo Sobre suma asegurada por cada reclamo por cada reclamo Sobre Valor Perdida Sobre SA de Equipo E. Sobre suma asegurada | 1.75% 20.00% 1.75% 20-25% 1.75% 1000-2000 15-20% 20.00% 1.75% | por cada reclamo Sobre suma asegurada por cada reclamo Sobre suma asegurada por cada reclamo por cada reclamo Sobre Valor Perdida Sobre SA de Equipo E. Sobre suma asegurada | 2.00% 30.00% 2.00% 30.00% 2.00% 2000-4000 N/A N/A 2.00% | por cada reclamo Sobre suma asegurada por cada reclamo Sobre suma asegurada por cada reclamo por cada reclamo Sobre Valor Perdida Sobre SA de Equipo E. Sobre suma asegurada |
Otras indicaciones
El ofertante deberá indicar claramente en su oferta:
1. Cualquier cobertura menor o superior a la indicado
2. Plazos para la presentación de reclamos / resolución de reclamos
Anexo 2. Formulario de presentación de cotizaciones por parte de los proveedores3
Los abajo firmantes aceptamos en su totalidad los Términos y Condiciones Generales del PNUD, y por la presente nos ofrecemos a suministrar los elementos que se enumeran a continuación, de conformidad con las especificaciones y requisitos del PNUD con arreglo a esta SdC con el número de referencia SDC/00049174/018-2018.
CUADRO Nº 1: Costos
No. | Descripció n | Placa | Tipo | # pasajer os | Año | Color | Valor del vehículo Lempiras | Motor | Chasis | Precio ofertado |
1 | Toyota Land Cruiser, Xxxxx (PNUD) | CD0989 | Camioneta de Lujo | 7 | 2014 | Xxxxxx Xxxxx | 1,056,081.00 | 1KD2355122 | XXXXX0XX00X000000 | |
2 | Xxxx Ranger XLT (PNUD) | MI 5265 | Pick-Up, doble cabina | 5 | 2009 | Gris Claro | 411,000.00 | WLAT965638 | XXXXXXX000X000000 | |
3 | Xxxx Everest XLT (PNUD) | MI 4628 | Camioneta | 7 | 2009 | Gris Claro | 403,380.88 | WLAT966418 | XXXXX0X000X000000 | |
4 | Land Crusier Xxxxx (PNUD) | MI 5354 | Camioneta de Lujo | 7 | 2014 | Blanco | 1,056,081.00 | 1KD2347655 | XXXXX0XX00X000000 | |
5 | Forde Explorer (PNUD) | MI 0765 | Camioneta | 7 | 2015 | Gris Oscuro | 745,374.99 | FGC31247 | 0XX0X0X00XXX00000 | |
6 | Mitsubishi Nativa (PNUD) | MI-4385 | Camioneta | 5 | 2008 | Blanco | 402,500.00 | 4M40HJ4624 | JMYONK9708J000756 | |
7 | Mazda (PNUD) | MI-4711 | Pick up | 5 | 2010 | Blanco | 336,242.00 | WLAT1156759 | MM7UNYOW4A053081 | |
8 | Mazda (PNUD) | MI4650 | Pick-Up | 5 | 2009 | Café metálico | 338,734.00 | WLTA140450 | MM7UNYOW490828649 | |
9 | Toyota Land Cruiser Xxxxx 4x4 (ONU MUJERES) | Pendinete | Camioneta | 7 | 2019 | Blanco | US$35,200.00 | Pendiente | pendiente | cotizar aquí cobertura del 1 de febrero de 2019 al 31 de diciembre de 2019 |
Toyota Land Cruiser Xxxxx 4x4 (ONU MUJERES) | Pendinete | Camioneta | 7 | 2019 | Blanco | US$35,200.00 | Pendiente | pendiente | Cotizar aquí cobertura del 0 xx xxxxxxx xx 0000 xx 00 xx xxxxxxx de 2020. | |
10 | Toyota Xxxxx (UNICEF) | CD1471 | Camioneta | 5 | 2018 | Blanco | 1,050,895.14 | 1KD-2793925 | XXXXX0XX00X000000 | |
11 | Toyota Land Cruiser (UNICEF) | MI0565 | Camioneta | 5 | 2018 | Blanco | 1,251,043.44 | 1VD-0421831 | XXXXX00X000000000 | |
12 | Toyota Land Cruiser (UNICEF) | MI0198 | Camioneta | 5 | 2018 | Blanco | 1,074,372.00 | 1VD-0362515 | XXXXX00X000000000 | |
13 | Toyota Land Cruiser (UNIC EF) | MI4570 | Camioneta | 5 | 2009 | Blanco | 480,000.00 | TD42203648 | XX0XXXX00X0000000 |
3 La presentación de este formulario se realizará únicamente en papel con el membrete oficial del proveedor. El papel de cartas oficial con el membrete de la empresa deberá señalar datos de contacto
–dirección, correo electrónico, números de teléfono y fax– a efectos de verificación
14 | Hyndai Tucson (UNICEF) | MI0575 | Camioneta | 5 | 2013 | Blanco | 514,000.00 | D4HAVCU62688 8 | XXXXX00XXXX000000 | |
15 | Toyota Xxxxx (OHCHR) | CD1712 | Camioneta | 7 | 2016 | blanco | 34,222.20 | 1KD2590198 | XXXXX0XX00X000000 | Cotizar aquí cobertura del 19 xx xxxxx de 2019 al 31 de diciembre de 2019 |
Toyota Xxxxx (OHCHR) | CD1712 | Camioneta | 7 | 2016 | blanco | 34,222.20 | 1KD2590198 | XXXXX0XX00X000000 | Cotizar aquí cobertura del 00 xx xxxxx xx 0000 xx 00 xx xxxxx de 2020 | |
16 | Toyota Xxxxx (OHCHR) | MI 2742 | Camioneta | 7 | 2016 | blanco | 34,222.20 | 1KD2588957 | XXXXX0XX000000000 | Cotizar aquí cobertura del 19 xx xxxxx de 2019 al 31 de diciembre de 2019 |
Toyota Xxxxx (OHCHR) | MI 2742 | Camioneta | 7 | 2016 | blanco | 34,222.20 | 1KD2588957 | XXXXX0XX000000000 | Cotizar aquí cobertura del 19 xx xxxxx de 2019 al 19 xx xxxxx de 2020 | |
17 | Nissan Patrol (OHCHR) | MI 0423 | Camioneta | 7 | 2017 | blanco | 32,608.53 | ZD30034111N | XX0XXXX00X0000000 | Cotizar aquí cobertura del 19 xx xxxxx de 2019 al 31 de diciembre de 2019 |
Nissan Patrol (OHCHR) | MI 0423 | Camioneta | 7 | 2017 | blanco | 32,608.53 | ZD30034111N | XX0XXXX00X0000000 | Cotizar aquí cobertura del 19 xx xxxxx de 2019 al 19 xx xxxxx de 2020 | |
18 | Toyota Land Cruiser (UNOPS) | CD1153 | Camioneta | 7 | 2015 | Blanco | USD48,152.34 | 1KD2444863 | XXXXX0XX00X000000 | Cotizar aquí cobertura del 1 xx xxxxx de 2019 al 31 de diciembre de 2019 |
Toyota Land Cruiser (UNOPS) | CD1153 | Camioneta | 7 | 2015 | Blanco | USD48,152.34 | 1KD2444863 | XXXXX0XX00X000000 | Cotizar aquí cobertura del 1 xx xxxxx de 2019 al 1 xx xxxxx de 2020. | |
19 | Toyota Yaris (UNOPS) | MI0435 | Sedan | 5 | 2013 | Azul | USD14,047.87 | 1NZE182454 | XXXXX00000X000000 | Cotizar aquí cobertura del 1 xx xxxxx de 2019 al 31 de diciembre de 2019 |
Toyota Yaris (UNOPS) | MI0435 | Sedan | 5 | 2013 | Azul | USD14,047.87 | 1NZE182454 | XXXXX00000X000000 | Cotizar aquí cobertura del 0 xx xxxxx xx 0000 xx 0 xx xxxxx xx 0000. | |
20 | Toyota Land Cruiser (ACNUR) – vehículo se encuentra en Xxx Xxxxx Xxxx | XX0000 | Camioneta de Lujo | 7 | 2015 | Blanco | 20,351.82 | 1HZ0834316 | XXXXX00X000000000 | |
21 | Toyota Land Cruiser Xxxxx (ACNUR) | MI 0147 | Camioneta de Lujo | 7 | 2016 | Blanco | 24,616.75 | 5L6287483 | XXXXX0XX00X000000 | |
22 | Toyota Land Cruiser (ACNUR) | MI 0386 | Camioneta de Lujo | 7 | 2017 | Blanco | 21,564.24 | 1HZ0873392 | XXXXX00X000000000 | |
Emisión de Póliza | ||||||||||
TOTAL |
Nota:
•
•
El vehículo #9 (ONU MUJERES) la validez de la póliza seria del 0 xx xxxxxxx xx 0000 xx 00 de diciembre de 2019 inclusive, sin embargo, también incluir el costo que tendría la poliza del 1 de febrero de 2019 al 1 de febrero del 2020
Los vehículos 15, 16 y 17 la validez de la póliza sería del 19 xx xxxxx de 2019 al 31 de diciembre de 2019 inclusive, sin embargo, también incluir el costo que tendría la poliza del 1 de febrero de 2019 al 1 de febrero del 2020
• Los vehículos 18 y 19 (UNOPS) la validez de la póliza sería del 1 xx xxxxx de 2019 al 31 de diciembre de 2019 inclusive, sin embargo, también incluir el costo que tendría la póliza del 0 xx xxxxx xx 0000 xx 0 xx xxxxx xx 0000.
Nota: Incluir todos los gastos relacionados con la emisión de las polizas (papelería) CUADRO Nº 2: Cobertura Total
Xxxx xxxxxx | |||||||
Xxxxxxxxx s Colisiones, vuelcos accidentales Incendio, autoignición y rayo Robo total Huelgas y alborotos populares Responsabilidad civil por daños a terceros en sus bienes Responsabilidad civil por daños a terceros en su persona Rotura xx xxxxxxxxx Equipo especial Ciclón, huracan, granizo, terremoto, desbordamiento, inundación, derrumbe Extensión territorial Gastos Médicos por persona Muerte accidental por persona Incapacidad permanente por persona Cobertura de minoria de edad Cobertura de mayoria de edad Deducibles *Cobertura (A) Perdida Total *Cobertura (B1) Cobertura (B2) Robo Total *Cobertura (B3) Cobertura (C) Cobertura (E) Rotura xx xxxxxxxxx Cobertura (F) Equipo Especial Cobertura (G) | Turismo, Camione ta | Pick Up | Motocicle ta s | Cobertura Ofe rta da | |||
Honduras y Centroamerica Amparado Amparado Amparado Amparado 500,000.00 500,000.00 Amparado Amparado Amparado Centroamericana 100,000.00 Cada uno 300,000.00 Cada uno 300,000.00 Cada uno Opciconal Opciconal | Honduras y Centroamerica Amparado Amparado Amparado Amparado 500,000.00 500,000.00 Amparado Amparado Amparado Centroamericana 100,000.00 Cada uno 300,000.00 Cada uno 300,000.00 Cada uno Opciconal Opciconal | 30,000.00 50,000.00 50,000.00 | Honduras Amparado Amparado Amparado Amparado Xx Xxxxxx Xx Xxxxxx Xx Xxxxxx Xx Xxxxxx Xx Xxxxxx Xxxxxxxx Cada uno Cada uno Cada uno Opciconal Opciconal | ||||
Turismo, Camione ta | Pick Up | Motocicle ta s | |||||
1.50% 20.00% 1.50% 20.00% 1.50% 1000-2000 15-20% 0.00% 1.50% | por cada reclamo Sobre suma asegurada por cada reclamo Sobre suma asegurada por cada reclamo por cada reclamo Sobre Valor Perdida Sobre SA de Equipo E. Sobre suma asegurada | 1.75% 20.00% 1.75% 20-25% 1.75% 1000-2000 15-20% 20.00% 1.75% | por cada reclamo Sobre suma asegurada por cada reclamo Sobre suma asegurada por cada reclamo por cada reclamo Sobre Valor Perdida Sobre SA de Equipo E. Sobre suma asegurada | 2.00% 30.00% 2.00% 30.00% 2.00% 2000-4000 N/A N/A 2.00% | por cada reclamo Sobre suma asegurada por cada reclamo Sobre suma asegurada por cada reclamo por cada reclamo Sobre Valor Perdida Sobre SA de Equipo E. Sobre suma asegurada |
CUADRO Nº 3: Cobertura daños a Terceros
No. | Descripción | Placa | Tipo | Capacidad de pasajeros | Año | Color | Valor del vehículo Lempiras | Motor | Chasis | Precio ofertado |
1 | Mitsubishi Lancer 1400 (PNUD) | MI1838 | Turismo | 5 | 1998 | Verde | 100,000.00 | 4G15TT5124 | XXXXXXX0XXX000000 | |
2 | Mitsubishi L- 200, 4X4 (PNUD) | MI 4100 | Pick-Up | 5 | 2007 | Gris Claro | 306,104.40 | 4M40MA7257 | XXXXXX0000X000000 | |
3 | Honda (PNUD) | ME0465 | Xxxxxxxx xxx | 0 | 0000 | Xxxx | 27,008.93 | SDH157FMIC083061 2 | XXXXXXX0000000000 | |
4 | Xxxx Explorer 4x4 (PNUD) | MI 5356 | Camione ta de Lujo | 7 | 2014 | Café oscuro metálic o | 962,320.00 | EGB04272 | 0XX0X0X00XXX00000 |
Cuadro #4 Cobertura daños a Terceros
Criterio | Límite de coberturas |
Cobertura básica | |
Daños causados a terceros en sus bienes | L. 500,000.00 |
Daños causados a terceros en su persona | L. 500,000.00 |
Rotura xx xxxxxxxxx | Amparado |
Equipo especial, solo automóviles | Amparado |
Extensión territorial | Centroamérica y Panamá |
Gastos médicos por accidente por ocupante | L. 50,000.00 por ocupante |
Seguro de vida por muerte accidental, incapacidad total y/o permanente por ocupante | L. 300,000.00 |
Cláusulas especiales | |
Servicio de asistencia | Sí |
CUADRO Nº 5: Oferta de cumplimiento con otras condiciones y requisitos conexos
Condiciones y requisitos conexos | Aceptación |
Pleno cumplimiento de la cobertura requerida | |
Validez de la cotización | |
Todas las provisiones de los Términos y Condiciones Generales del PNUD |
Toda otra información que no hayamos facilitado automáticamente implica nuestra plena aceptación de los requisitos, términos y condiciones de la Solicitud de Cotización.
[nombre] [cargo] [fecha]
Anexo 3. Términos y Condiciones Generales
1. ACEPTACIÓN DE LA ORDEN DE COMPRA. Esta Orden de Compra sólo podrá ser aceptada una vez que el Proveedor haya firmado y devuelto una copia como acuse de recibo, o tras la entrega oportuna de las mercancías de conformidad con los términos de esta Orden de Compra, según se especifica aquí. La aceptación de esta Orden de Compra constituirá un contrato entre las Partes en virtud del cual los derechos y obligaciones de las Partes se regirán exclusivamente por los términos y condiciones de la presente Orden de Compra, incluyendo las presentes Condiciones Generales. Ninguna cláusula adicional o incompatible que propusiere el Proveedor obligará al PNUD, salvo que dé su acuerdo por escrito un funcionario debidamente autorizado del PNUD.
2. PAGO. 1. El PNUD deberá, en cumplimiento de las condiciones de entrega y salvo disposición en contra en la presente Orden de Compra, efectuar el pago en los 30 días siguientes a la recepción de la factura del Proveedor por los bienes y copias de los documentos de embarque especificados en la presente Orden de Compra; 2. El pago de la factura mencionada supra reflejará cualquier descuento indicado en las condiciones de pago de la presente Orden de Compra, siempre y cuando el pago se efectúe en el plazo estipulado en dichas condiciones; 3. Salvo que fuera autorizado por el PNUD, el Proveedor deberá presentar una factura en relación con la presente Orden de Compra y en dicha factura se consignará el número de identificación de la citada Orden; 4. Los precios indicados en esta Orden de Compra no podrán aumentarse, salvo acuerdo expreso y por escrito del PNUD.
3 EXENCION TRIBUTARIA. 1. El Artículo 7 de la Convención sobre Privilegios e Inmunidades de las Naciones Unidas dispone, entre otras cosas, que las Naciones Unidas, incluidos sus órganos subsidiarios, quedarán exentas del pago de todo tipo de impuestos directos, salvo las tasas por servicios públicos; además, se exime a las Naciones Unidas de pagar derechos aduaneros e impuestos similares en relación con los artículos importados o exportados de uso oficial. Si alguna autoridad gubernamental se negase a reconocer la exención impositiva de las Naciones Unidas en relación con dichos impuestos, derechos o gravámenes, el Proveedor consultará de inmediato al PNUD a fin de determinar un procedimiento que resulte aceptable para ambas partes; 2. De igual modo, el Proveedor autoriza al PNUD a deducir de la facturación del Proveedor cualquier monto en concepto de dichos impuestos, derechos o gravámenes, salvo que el Proveedor haya consultado al PNUD antes de abonarlos y que el PNUD, en cada caso, haya autorizado específicamente al Proveedor el pago de los impuestos, derechos o gravámenes en cuestión, bajo protesta. En este caso, el Proveedor entregará al PNUD los comprobantes por escrito de que el pago de los impuestos, derechos o gravámenes se haya realizado y haya sido debidamente autorizado.
4 RIESGO DE PÉRDIDA. El riesgo de pérdida, daño o destrucción de los bienes se regirá de conformidad con Incoterms 2010, a menos que haya sido acordado lo contrario por las Partes en la parte frontal de esta Orden de Compra.
5. LICENCIAS DE EXPORTACIÓN. Con independencia del Incoterm 2010 que se utilice en esta Orden de Compra, el Proveedor obtendrá todas las licencias de exportación que requieran los bienes.
6. BUEN ESTADO DE LOS BIENES Y SU EMBALAJE. El Proveedor garantizará que los bienes, incluido su embalaje, cumplen con las especificaciones establecidas en la presente Orden de Compra y que aptos para los fines a que suelen destinarse dichos bienes y para los fines que el PNUD comunicó expresamente al Proveedor, y que están libres de defectos de materiales y fabricación. El Proveedor garantizará también que las mercancías estén envasadas o embaladas adecuadamente para proteger los bienes.
7. INSPECCIÓN. 1. El PNUD dispondrá de un plazo razonable después de la entrega de la mercancía para inspeccionarla y rechazar y rehusar su aceptación si no cumplen con lo indicado en la presente Orden de Compra, el pago de los bienes de conformidad con la presente Orden de Compra no se considerará una aceptación de la mercancía; 2. La inspección anterior al embarque no exonerará al Proveedor de ninguna de sus obligaciones contractuales.
8. VIOLACIÓN DE DERECHOS DE PROPIEDAD INTELECTUAL. El Proveedor garantiza que el uso o suministro por el PNUD de la mercancía vendida en virtud de la presente orden de compra no viola ninguna patente, diseño, nombre comercial o marca registrada. Además, el Proveedor, de conformidad con esta garantía, indemnizará, defenderá y mantendrá al PNUD y a las Naciones Unidas a salvo de cualquier acción o reclamointerpuesto contra el PNUD o las Naciones Unidas relativa a una supuesta infracción de patente, diseño, nombre comercial o marca en relación con los productos vendidos bajo esta Orden de Compra.
9. DERECHOS DEL PNUD. En caso de incumplimiento por parte del proveedor de sus obligaciones en virtud de los términos y condiciones de esta Orden de Compra, incluyendo pero no limitado a la imposibilidad de obtener las licencias de exportación necesarias o de hacer entrega de todo o parte de los bienes en la fecha o fechas de entrega acordada, el PNUD
podrá, después de dar al Proveedor un aviso razonable para que cumpla su obligación y sin perjuicio de cualesquiera otros derechos o recursos, ejercer uno o más de los siguientes derechos: 1 Adquirir la totalidad o parte de los productos de otros proveedores, en cuyo caso el PNUD podrá exigir al proveedor la responsabilidad por cualquier aumento de los costos en que hubiese incurrido; 2. Negarse a aceptar la entrega de todos o parte de los bienes; 3. Rescindir la presente Orden de Compra sin responsabilidad alguna por los gastos de rescisión u otra responsabilidad de cualquier tipo del PNUD.
10. RETRASO EN LA ENTREGA. Sin perjuicio de cualesquiera otros derechos u obligaciones de las partes que constan en el presente, si el Proveedor no pudiera entregar los bienes en la(s) fecha(s) de entrega(s) prevista(s) en esta Orden de Compra, el Proveedor, (i) consultará inmediatamente al PNUD para establecer los medios más rápidos para suministrar la mercancía, y (ii) utilizará un medio rápido de entrega, a su xxxxx (a menos que el retraso se deba a un caso de fuerza mayor), si así lo solicita razonablemente el PNUD.
11. CESION Y QUIEBRA. 1. El Proveedor no podrá, excepto después de haber obtenido el consentimiento por escrito del PNUD, ceder, transferir, dar en prenda o disponer de otro modo de la presente Orden de Compra, o parte de ella, o cualquiera de los derechos u obligaciones del Proveedor en virtud de la presente Orden de Compra; 2. Si el Proveedor cayera en insolvencia o perdiera el control de la empresa por causa de insolvencia, el PNUD podrá, sin perjuicio de cualesquiera otros derechos o recursos, rescindir inmediatamente la presente Orden de Compra emplazando al Proveedor mediante aviso escrito de terminación.
12. UTILIZACIÓN DEL NOMBRE O, EMBLEMA DEL PNUD O DE LAS NACIONES UNIDAS: El Contratista no utilizará en modo alguno el nombre, el emblema o el sello oficial del PNUD o de las Naciones Unidas con ninguna finalidad.
13. PROHIBICIÓN DE PUBLICIDAD: El Proveedor no anunciará ni hará público el hecho de que es un proveedor del PNUD, sin contar antes con la autorización específica del PNUD en cada caso.
14. TRABAJO INFANTIL: El Proveedor declara y garantiza que ni él mismo ni ninguno de sus filiales realiza prácticas que violen los derechos establecidos en la Convención sobre los Derechos del Niño, en particular el Artículo 32 de la misma que, entre otras cosas, requiere que se proteja a los menores del desempeño de trabajos peligrosos que entorpezcan su educación o sean nocivos para su salud o para su desarrollo físico, mental, espiritual, moral o social. Cualquier violación de esta declaración y estas garantías autorizará al PNUD a rescindir la presente Orden de Compra de inmediato, mediante la debida notificación al proveedor y sin responsabilidadalguna para el PNUD por costos de rescisión u otro tipo de responsabilidad.
15. MINAS: El Proveedor declara y garantiza que ni él mismo ni ninguna de sus filiales se encuentran activa y directamente comprometidos en actividades de patente, desarrollo, ensamblado, producción, comercialización o fabricación de minas, o en actividades conexas relacionadas con los componentes utilizados en la fabricación de minas. El término “minas” se refiere a aquellos dispositivos definidos en el Artículo 2, Párrafos 1, 4 y 5 del Protocolo II anexo a la Convención de 1980 sobre Armas Convencionales Excesivamente Nocivas o de Efectos Indiscriminados. Cualquier violación de esta declaración o garantías autorizará al PNUD a rescindir el presente Contrato en forma inmediata, mediante la debida notificación al Proveedor, sin que esto implique responsabilidad alguna por los gastos de rescisión o cualquier otra responsabilidad para el PNUD.
16.0 RESOLUCION DE CONFLICTOS. Resolución de mutuo acuerdo: Las Partes realizarán todos los esfuerzos posibles para resolver de mutuo acuerdo cualquier conflicto, controversia o reclamo que surgiese en relación con la presente Orden de Compra o con algún incumplimiento, rescisión o invalidez relacionados con éste. En caso de que las Partes desearan buscar una solución de mutuo acuerdo mediante un proceso de conciliación, éste tendrá lugar con arreglo a las Reglas de Conciliación de la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional (CNUDMI) vigentes en ese momento, o con arreglo a cualquier otro procedimiento que puedan acordar las Partes. Arbitraje:Si el conflicto, controversia o reclamo que pudiera surgir entre las Partes en relación con esta Orden de Compra, o con su incumplimiento, rescisión o invalidez no, se resolviera de mutuo acuerdo con arreglo a lo estipulado en el Artículo 16.1 supra dentro de los sesenta (60) días a partir de la recepción por una de las Partes de la solicitud de resolución de mutuo acuerdo de la otra Parte , dicha disputa, controversia o reclamo podrá ser sometida por cualquiera de las Partes a un proceso de arbitraje según el Reglamento de Arbitraje de la CNUDMI vigente en ese momento, incluidas sus disposiciones sobre las leyes aplicables. El tribunal arbitral no tendrá autoridad para imponer sanciones punitivas. Las Partes estarán vinculadas por el fallo del tribunal arbitral resultante del citado proceso de arbitraje, a modo de resolución final de toda controversia, reclamo o disputa.
17. PRIVILEGIOS E INMUNIDADES. Nada de lo estipulado en estos Términos y Condiciones Generales o en esta Orden de Compra se considerará como renuncia a los privilegios e inmunidades de las Naciones Unidas, incluidos sus órganos subsidiarios.
18. EXPLOTACIÓN SEXUAL. 1. El Contratista deberá tomar todas las medidas necesarias para impedir la explotación o el abuso sexual de cualquier persona por parte del Contratista, de sus empleados o de cualquier otra persona que pueda ser
contratada por el Contratista para prestar cualquier servicio en virtud del presente Contrato. Para estos efectos, todo intercambio sexual con cualquier persona menor de dieciocho años, con independencia de cualesquiera leyes relativas al consentimiento, constituirá un caso de explotación y abuso sexual de dicha persona. Además, el Contratista se abstendrá, y tomará todas las medidas adecuadas para prohibirque lo hagan sus empleados u otras personas contratadas por él, intercambien dinero, bienes, servicios, ofertas de empleo u otros artículos de valor por favores o actividades sexuales, o entablar relaciones sexuales que constituyan una explotación o degradación de cualquier persona. El Contratista reconoce y acuerda que estas disposiciones del presente Contrato constituyen una condición esencial del mismo, y que cualquier incumplimiento de esta representación y garantía autorizará al PNUD a rescindir el Contrato de inmediato mediante notificación al Contratista, sin obligación alguna relativa a gastos de rescisión o responsabilidad de ningún otro tipo; 2. El PNUD no aplicará la norma que antecede relativa a la edad en ningún caso en que el personal del Contratista o cualquier otra persona contratada por éste para prestar cualquier servicio en virtud del presente Contrato esté casado(a) con la persona menor de dieciocho años con quien haya mantenido dicho intercambio sexual y cuyo matrimonio sea reconocido como válido ante la xxx xxx xxxx de ciudadanía de las personas involucradas contratadas por el Contratista o de cualquier otra persona que pueda contratar el Contratista para realizar alguno de los servicios que incluye este Contrato.
19. LOS FUNCIONARIOS NO SE BENEFICIARÁN. El Contratista garantizará que ningún funcionario del PNUD o de las Naciones Unidas haya recibido o vaya a recibir beneficio alguno, directo o indirecto, como resultado del presente Contrato o de su adjudicación. El Contratista tendrá presente que la violación de esta disposición constituye un incumplimiento de una cláusula esencial del presente Contrato.
20. FACULTAD PARA INTRODUCIR MODIFICACIONES. Con arreglo al Reglamento Financiero y a las normas del PNUD, únicamente el Funcionario Autorizado del PNUD posee la autoridad para aceptar en nombre del PNUD cualquier modificación o cambio del presente Contrato, o renunciar a cualquiera de sus disposiciones o a cualquier relación contractual adicional de cualquier tipo con el Contratista. Del mismo modo, ninguna modificación o cambio introducidos en el presente Contrato tendrá validez y será aplicable contra el PNUD, a menos que se incluya en una enmienda al presente Contrato debidamente firmada por el Funcionario Autorizado del PNUD y por el Contratista.