PLIEGO DEL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL DE OBRAS1
PLIEGO DEL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL DE OBRAS1 |
Empresa Eléctrica Quito
CÓDIGO DEL PROCESO: CAF-RSND-EEQ-LPN-OB-016
Objeto de Contratación:
XXXXXXXXXXXXX XX XXXXXXXX XX XXXXXXXX XXXXXXXXXXXX XXXX XXXXX X XXXX XXX
Xxxxx, 00 noviembre de 2016
El PLIEGO que contiene las condiciones de participación del presente procedimiento de contratación, ha sido dividido en cinco componentes sustanciales y que forman parte integrante del mismo:
I: CONDICIONES PARTICULARES DEL PROCEDIMIENTO DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL DE OBRAS
Se establece la información y reglas específicas que rigen al procedimiento de contratación, incluidos formularios y el contrato. La entidad contratante señalará en las condiciones particulares las especificidades del procedimiento al que convoca y para el efecto detallará e individualizará las condiciones del mismo y del contrato a suscribirse. En consecuencia, deberá realizar los ajustes y/o modificaciones a las condiciones particulares del presente pliego, así como la determinación y aplicabilidad de los componentes de los formularios previstos para el presente procedimiento; remplazando todo texto que conste en paréntesis por el contenido pertinente, así como incorporará o sustituirá la redacción por otro contenido que a su criterio le es aplicable.
II: CONDICIONES GENERALES DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL DE OBRAS
Contiene aquella información y reglas de participación que son comunes al objeto de contratación y por tanto no requieren de variación alguna; por ello, no son materia de ajuste y/o modificación por parte de las entidades contratantes; sin embargo, forman parte sustancial de las condiciones de participación en los procedimientos de contratación. Las resoluciones y disposiciones administrativas dictadas por el SERCOP que se emitan durante el procedimiento, quedan incorporadas al Pliego de Condiciones Generales y se aplicarán de manera obligatoria.
III: FORMULARIOS DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL DE OBRA
Comprende los documentos que el oferente deberá presentar como requisitos mínimos de la oferta, integrado por el formulario de la oferta y los formularios que describen los compromisos que asume el oferente.
IV: CONDICIONES PARTICULARES DE LOS CONTRATOS DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL DE OBRAS
Se presenta un proyecto de contrato que establece las condiciones contractuales que deberán ser acordadas entre la entidad contratante y el adjudicatario para un procedimiento de LICITACIÓN de Obras, documento que perfeccionado será suscrito por las partes intervinientes, la entidad contratante y el adjudicatario.
V: CONDICIONES GENERALES DE LOS CONTRATOS DE EJECUCIÓN DE OBRAS
Recoge las condiciones contractuales de carácter general que son aplicables para los procedimientos de contratación de obras contratadas a través del procedimiento de Licitación Pública Nacional, determinados por las Políticas del Banco de Desarrollo de América Latina - CAF y la normativa del Sistema Nacional de Contratación Pública, en lo que fuere aplicable.
NOTA:
Este procedimiento se aplicará cuando las obras a contratarse tengan un presupuesto referencial de hasta USD 2.000.000.
I. CONDICIONES PARTICULARES DEL PROCEDIMIENTO DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL DE OBRAS
ÍNDICE
SECCIÓN I
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CONVOCATORIA |
SECCIÓN II
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OBJETO DE LA CONTRATACIÓN, PRESUPUESTO REFERENCIAL Y TÉRMINOS DE REFERENCIA
2.1 Objeto 2.2 Presupuesto referencial 2.3 Términos de referencia o especificaciones técnicas
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SECCIÓN III
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CONDICIONES DEL PROCEDIMIENTO
3.1 Cronograma del procedimiento 3.2 Vigencia de la oferta 3.3 Precio de la oferta 3.4 Plazo de ejecución 3.5 Alcance del precio de la oferta 3.6 Forma de pago 3.7 Multas
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SECCIÓN IV
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EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS
4.1 Evaluación de la oferta (cumple / no cumple) 4.2 Evaluación por puntaje
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SECCIÓN V
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OBLIGACIONES DE LAS PARTES
5.1 Obligaciones del Contratista 5.2 Obligaciones de la contratante 5.3 Ejecución del contrato
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Nota: Edición del modelo xx xxxxxx.- La entidad contratante señalará en las condiciones particulares de licitación de obras, las especificidades del procedimiento al que convoca y para el efecto detallará e individualizará las condiciones del mismo. En consecuencia, la entidad contratante asume la responsabilidad por los ajustes y/o modificaciones realizadas a las condiciones particulares del presente pliego, así como por la determinación y aplicabilidad de los formularios previstos para el presente procedimiento, y remplazará todo texto que conste en paréntesis por el contenido pertinente. |
II. CONDICIONES GENERALES DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL DE OBRAS
ÍNDICE
SECCIÓN VI
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DEL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN
6.1 Comisión Técnica 6.2 Participantes 6.3 Presentación y apertura de ofertas 6.4 Inhabilidades 6.5 Obligaciones de los oferentes 6.6 Preguntas, respuestas y aclaraciones 6.7 Modificación xxx xxxxxx 6.8 Convalidación de errores de forma 6.9 Causas de rechazo 6.10 Aprobación de CAF previo a la adjudicación 6.11 Adjudicación y notificación 6.12 Garantías 6.13 Cancelación del procedimiento 6.14 Declaratoria de procedimiento desierto 6.15 Adjudicatario fallido 6.16 Suscripción del contrato 6.17 Precios unitarios y reajuste 6.18 Moneda de cotización y pago 6.19 Reclamos 6.20 Administración del contrato 6.21 Transferencia tecnológica 6.22 Fiscalización 6.23 Control ambiental 6.24 Visitas al sitio de las obras 6.25 Subcontratación 6.26 Inconsistencias, simulación y/o inexactitud de la información
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SECCIÓN VII
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METODOLOGÍA DE EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS
7.1 Metodología de evaluación de las ofertas 7.2 Parámetros de evaluación 7.3 De la evaluación 7.4 Índices financieros 7.5 Formulario para la elaboración de las ofertas
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SECCIÓN VIII
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FASE CONTRACTUAL
8.1 Ejecución del contrato |
III. FORMULARIOS DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL DE OBRAS
INDICE
SECCIÓN IX |
FORMULARIO DE LA OFERTA
9.1 Presentación y compromiso 9.2 Datos generales del oferente. 9.3 Situación financiera 9.4 Tabla de descripción de rubros, unidades, cantidades y precios 9.5 Análisis de precios unitarios 9.6 Plan de trabajo, metodología y plan de manejo socio ambiental 9.7 Experiencia del oferente 9.8 Personal técnico propuesto para el proyecto 9.9 Equipo asignado al proyecto
OTROS FORMULARIOS
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SECCIÓN X
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FORMULARIO DE COMPROMISO DE PARTICIPACIÓN DEL PERSONAL TÉCNICO Y HOJA DE VIDA |
SECCIÓN XI
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FORMULARIO DE COMPROMISO DE ASOCIACIÓN O CONSORCIO
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SECCIÓN XII |
FORMULARIO DE COMPROMISO DE SUBCONTRATACIÓN
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IV. CONDICIONES PARTICULARES DE LOS CONTRATOS DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL DE OBRAS
V. CONDICIONES GENERALES DE LOS CONTRATOS DE EJECUCIÓN DE OBRAS
SECCIÓN I
CONVOCATORIA
Se convoca a las personas naturales o jurídicas, nacionales, asociaciones de éstas o consorcios o compromisos de asociación, que se encuentren habilitadas en el Registro Único de Proveedores - RUP, legalmente capaces para contratar, a que presenten sus ofertas para el REFORZAMIENTO DE SISTEMAS DE MEDICIÓN CONCENTRADOS LOTE NORTE Y LOTE SUR.
El presupuesto referencial es de USD $ 300.395,14, (Trecientos mil trecientos noventa y cinco con 14/100) para la Lote Norte y USD $ 300.395,14, (Trecientos mil trecientos noventa y cinco con 14/100) para la Lote Sur, sin incluir el IVA, y el plazo estimado para la ejecución de cada contrato es de 90 días, contado a partir de la fecha de notificación de que el anticipo se encuentra disponible en la cuenta del contratista.
Las condiciones de esta convocatoria son las siguientes:
El pliego está disponible, sin ningún costo, en el portal de la Entidad Contratante y el MEER, (xxxx://xxx.xxx.xxx.xx:0000/xxxxxxxxxxxx-xxxxxxx/xxxxxxxx-xxx/, xxx.xxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxxx/).
Los interesados podrán formular preguntas por escrito a la siguiente dirección electrónica xxxxxxxx.xxx.xxx@xxx.xxx.xx, la Comisión Técnica absolverá las preguntas y realizará las aclaraciones necesarias a través de las páginas web, en el plazo establecido en el cronograma descrito en este pliego.
La oferta técnica – económica en original y copia debidamente numerada y rubricada, así como en medio digital ( en archivo Excel oferta económica; Formularios No. 9.4TABLA DE DESCRIPCIÓN DE RUBROS, UNIDADES, CANTIDADES Y PRECIOS se presentará en la Secretaría de la Dirección de Contratación Pública, ubicada en la Xx. Xxxx Xxxxxx X00-000, xxxxx 0 xx Xxxxxxx x Xxxxxxxx, cuarto piso, hasta las 10h00 del cronograma establecido en el pliego. La apertura de las ofertas se realizará una hora más tarde de la hora prevista para la recepción de las ofertas. El acto de apertura de ofertas será público y se efectuará en la dirección antes señalada.
Para poder participar en el presente procedimiento, al momento de la presentación de la propuesta, los oferentes interesados deberán encontrarse habilitados en el Registro Único de Proveedores.
La oferta debe presentarse por la totalidad de la contratación o por lotes.
En este proceso no se contempla reajuste de precios.
La evaluación de las ofertas se realizará aplicando los parámetros de calificación previstos en el pliego.
Los pagos del contrato se realizarán con cargo al financiamiento proveniente del Banco de Desarrollo de América Latina – CAF relacionados con la partida presupuestaria (Plan de Reforzamiento PRSND-CAF 121010114770120), de acuerdo a memorandos DF: 2016.10.043 y DF: 2016.10.045 del 31 de octubre de 2016. La partida presupuestaria ha sido emitida por la totalidad de la contratación incluyéndose el IVA2. Se otorgará un anticipo del 50% luego de suscrito el contrato y entrega de garantías; y el restante 50% de la siguiente manera:
20% con el avance físico de la obra del 40%
20% con el avance físico de la obra del 75%
10% a la firma del acta de entrega recepción definitiva.
De cada uno de los pagos se deberá descontar la amortización del anticipo entregado.
Los pagos que correspondan al 50% del valor del contrato, se realizarán contra presentación de planillas por avance de obra previo informe del fiscalizador del contrato con visto bueno del administrador.
El procedimiento se ceñirá a las políticas del Banco de Desarrollo de América Latina - CAF, y a las disposiciones de la LOSNCP, su Reglamento General, las resoluciones del SERCOP en lo que fueren aplicables, mismas que se determinan en el presente pliego.
La Empresa Eléctrica Quito se reserva el derecho de cancelar o declarar desierto el procedimiento de contratación, situación en la que no habrá lugar a pago de indemnización alguna.
Quito,
ING. XXXXXXXX XXXXX XXXXXXX
GERENTE GENERAL (E)
EMPRESA ELÉCTRICA QUITO
SECCIÓN II
OBJETO DE LA CONTRATACIÓN, PRESUPUESTO REFERENCIAL Y
TÉRMINOS DE REFERENCIA
2.1 Objeto: Este procedimiento precontractual tiene como propósito seleccionar a la oferta de obra de mejor costo, en los términos del numeral 18 del artículo 6 de la LOSNCP, para la construcción de: REFORZAMIENTO DE SISTEMAS DE MEDICIÓN CONCENTRADOS LOTE NORTE Y LOTE SUR
Población de referencia: La población del área de influencia del proyecto es de aproximadamente 4847 tableros armarios de medición.
Población demandante potencial: La población demandante potencial son todos los usuarios residenciales que se sirven, es decir 8752 usuarios.
Población demandante efectiva: La población demandante efectiva que requiere el cambio de medidor monofásico a bifásico es de 4050 clientes.
Acometidas y Medidores a futuro con cocinas de inducción redimensionados
Con el ingreso de los electrodomésticos de cocción por inducción se redimensionarán los calibres de los conductores de los tableros armarios inferiores a # 8 AWG y ppromover la producción y el uso eficiente de la energía eléctrica, con el cambio de sistemas de medición monofásicos existentes a sistemas de medición a 220 voltios.
De igual forma se realizará el cambio de aproximadamente 3600 medidores en el área de intervención Lote norte y Lote sur.
Area de intervención
2.2 Presupuesto referencial: El presupuesto referencial por los dos lotes es de USD $ 600.790,28 (seis cientos mil setecientos noventa con 28/100 dólares de Estados Unidos de América), NO INCLUYE IVA, desglosados en el siguiente detalle:
LOTE |
PROYECTO |
PRESUPUESTO REFERENCIAL POR XXXX (SIN IVA) |
1 |
REFORZAMIENTO DE SISTEMAS DE MEDICIÓN CONCENTRADOS LOTE NORTE |
$ 300,395.14
|
2 |
REFORZAMIENTO DE SISTEMAS DE MEDICIÓN CONCENTRADOS LOTE SUR |
$ 300,395.14
|
TOTAL |
$ 600,790.28 |
2.3 Términos de Referencia o Especificaciones técnicas: Se incluirán las especificaciones técnicas del proyecto, considerando todos los rubros a contratarse; los estudios y diseños previos, completos, definitivos y actualizados correspondientes; y, los estudios de prevención/mitigación de impactos ambientales, para lo cual la entidad deberá cumplir la normativa ambiental aplicable respecto de la contratación.
La descripción abarcará los rubros, procedimientos de trabajo, materiales a emplearse, requisitos, disponibilidad del equipo mínimo para la ejecución de cada rubro, ensayos, tolerancias de aceptación, forma de pago, en la medida de que sean necesarios.
LOTE |
PROYECTO |
A |
B |
PRESUPUESTO REFERENCIAL USD SIN IVA |
ACTIVIDADES POR REFORZAMIENTO TABLEROS ARMARIOS |
MATERIALES POR REFORZAMIENTO TABLEROS ARMARIOS |
|||
NORTE |
REFORZAMIENTO DE SISTEMAS DE MEDICIÓN CONCENTRADOS LOTE NORTE |
$ 39,072.50 |
$ 261,321.60 |
$ 300,395.14 |
XXX |
XXXXXXXXXXXXX XX XXXXXXXX XX XXXXXXXX XXXXXXXXXXXX XXXX XXX |
$ 39,072.50 |
$ 261,321.60 |
$ 300,395.14 |
A.- DETALLE DE MANO DE OBRA ACTIVIDADES POR REFORZAMIENTO DE TABLEROS ARMARIOS:
Lote Norte y Lote Sur
ACTIVIDAD_SDI |
CODIGO SIEEQ |
ACTIVIDADES |
UNIDAD |
CANTIDAD |
PRECIOS UNITARIOS |
PRECIO TOTAL |
9.4.2 |
141 |
INSTALACION DE PUESTA A TIERRA(VARILLA DE COBRE, CONECTOR Y CONDUCTOR N°8) |
C/U |
500 |
13,48 |
6740 |
10.1.3 |
202 |
CAMBIO DE MEDIDOR BIFASICO en Tablero Armario o Servicio Convenido |
C/U |
1830 |
9,09 |
16634,7 |
10.1.4 |
203 |
CAMBIO DE MEDIDOR TRIFASICO en Tablero Armario o Servicio Convenido |
C/U |
200 |
10,74 |
2148 |
10.2.2 |
232 |
CAMBIO O REUBICACIÓN DE ACOMETIDA BIFÁSICA |
C/U |
60 |
14,76 |
885,6 |
10.2.3 |
233 |
CAMBIO O REUBICACIÓN DE ACOMETIDA TRIFÁSICA |
C/U |
60 |
19,69 |
1181,4 |
10.2.4 |
234 |
CAMBIO O REUBICACIÓN DE ACOMETIDA DOBLE CIRCUITO BIFÁSICA |
C/U |
10 |
21,48 |
214,8 |
10.2.5 |
235 |
CAMBIO O REUBICACIÓN DE ACOMETIDA DOBLE CIRCUITO TRIFÁSICA |
C/U |
10 |
29,53 |
295,3 |
10.2.6 |
236 |
CAMBIO O REUBICACIÓN DE ACOMETIDA SUBTERRANEA BIFÁSICA |
C/U |
10 |
23,62 |
236,2 |
10.2.7 |
237 |
CAMBIO O REUBICACIÓN DE ACOMETIDA SUBTERRANEA TRIFÁSICA |
C/U |
10 |
29,53 |
295,3 |
10.6.11 |
733 |
MATERIAL DIVERSO (CLAVOS, TORNILLOS, TACOS XXXXXX, CEMENTO, RIPIO, SOPORTE PARA FIJACIÓN, ETC) |
C/U |
3000 |
2,35 |
7050 |
|
936 |
INSTALACION, CAMBIO O REUBICACIÓN DE TABLERO ARMARIO |
C/U |
120 |
20,49 |
2458,8 |
|
937 |
CONSTRUCCION DE BASE PARA TABLERO ARMARIO POR METRO |
M2 |
70 |
13,32 |
932,4 |
VALOR TOTAL MANO DE OBRA |
|
39072,5 |
B.- DETALLE DE MATERIALES ACTIVIDADES POR REFORZAMIENTO DE TABLEROS ARMARIOS:
Lote Norte y Lote Sur
Las
especificaciones técnicas del conductor, según la homologación del
MEER es la siguiente:
Para el resto de materiales las especificaciones técnicas constan en el instructivo de especificaciones técnicas para construcción e instalación de tableros armarios para medidores que se anexará como copia no controlada. (Ver anexo 1)
Los oferentes deberán cumplir las normas de la EEQ (parte A) guía de diseño, (ver anexo 2)
.
2.3.1 Equipo mínimo: En la oferta deberá demostrarse que, para la ejecución de la obra materia del presente procedimiento, el Contratista contará con el equipo mínimo citado en el numeral 4.1.2.
SECCIÓN III
CONDICIONES DEL PROCEDIMIENTO
Cronograma del procedimiento: El cronograma que regirá el procedimiento será el siguiente:
Concepto |
Día |
Hora |
Fecha de publicación |
lunes, 28 de noviembre de 2016 |
15:00 |
Fecha límite para efectuar preguntas |
miércoles, 07 de diciembre de 2016 |
18:00 |
Fecha límite para emitir respuestas y aclaraciones |
martes, 13 de diciembre de 2016 |
16:00 |
Fecha límite de entrega de ofertas |
viernes, 16 de diciembre de 2016 |
10:00 |
Fecha de apertura de ofertas |
viernes, 16 de diciembre de 2016 |
11:00 |
Fecha de calificación de ofertas |
viernes, 23 de diciembre de 2016 |
16:00 |
Fecha estimada de adjudicación |
viernes, 30 de diciembre de 2016 |
18:00 |
En el caso de ser necesario, el término para la convalidación de errores será de acuerdo al siguiente cronograma.
Concepto |
Día |
Hora |
Fecha límite para solicitar convalidación de errores |
miércoles, 21 de diciembre de 2016 |
15:00 |
Fecha límite para convalidación errores |
viernes, 23 de diciembre de 2016 |
15:30 |
Fecha de calificación de ofertas |
martes, 27 de diciembre de 2016 |
16:00 |
Fecha estimada de adjudicación |
viernes, 30 de diciembre de 2016 |
18:00 |
3.2 Vigencia de la oferta: Las ofertas se entenderán vigentes hasta la celebración del contrato, de acuerdo a lo establecido en el artículo 30 de la LOSNCP.
3.3 Precio de la oferta: Se entenderá por precio de la oferta al valor que el oferente haga constar en el apartado 9.4 del formulario de la oferta de estos pliegos.
Los precios presentados por el oferente son de su exclusiva responsabilidad. Cualquier omisión se interpretará como voluntaria y tendiente a conseguir precios que le permitan presentar una oferta más ventajosa.
3.3.1 Forma de presentar la oferta: La oferta se presentará en forma física, dentro de un sobre cerrado que contenga la siguiente ilustración:
CAF-RSND-EEQ-LPN-OB-016
SOBRE ÚNICO
(Original, copia y magnético)
Señor:
Ing. Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxx
GERENTE GENERAL EMPRESA ELECTRICA QUITO
Presente.-
PRESENTADA POR: ____________________________________ RUC: ___________________
REFORZAMIENTO DE SISTEMAS DE MEDICIÓN CONCENTRADOS LOTE NORTE Y LOTE SUR
No se tomarán en cuenta las ofertas entregadas en otro lugar o después del día y hora fijados para su entrega-recepción.
La Secretaría recibirá y conferirá comprobantes de recepción por cada oferta entregada y anotará, tanto en los recibos como en el sobre de la oferta, la fecha y hora de recepción.
3.4 Plazo de ejecución: El plazo para la ejecución del contrato es de 90 días, contado a partir de la fecha de notificación de que el anticipo se encuentra disponible en la cuenta del contratista.
La recepción definitiva se realizará en el término de 10 días, a contarse desde la suscripción de la última acta de recepción parcial, si se hubiere previsto realizar varias de éstas.
3.5 Alcance del precio de la oferta: El precio de la oferta deberá cubrir el valor de la depreciación, operación y mantenimiento de los equipos, (si son de propiedad del oferente) y el costo de arrendamiento en el caso de ser alquilados, el costo de los materiales, equipos y accesorios a incorporarse definitivamente en el proyecto, mano de obra, transporte, etc.; los costos indirectos, los impuestos y tasas vigentes; así como, los servicios para la ejecución completa de la obra a contratarse, es decir, todo lo necesario para entregar la obra contratada lista para ser puesta en servicio.
El participante deberá ofertar todos y cada uno de los rubros señalados en las Condiciones Particulares xxx Xxxxxx, en el Formulario de Oferta Tabla de Descripción de Rubros, Unidades, Cantidades y Precios, para la obra que propone ejecutar.
De existir errores aritméticos se procederá a su corrección conforme a lo previsto en la Resolución emitida por el SERCOP para el efecto.
3.6 Forma de pago: Los pagos se realizarán de la manera prevista en el numeral 7 de la Convocatoria.
Estos pagos se realizarán previo informe del fiscalizador y aprobación del Administrador del contrato.
De cada planilla se descontará la amortización del anticipo y cualquier otro cargo al contratista, que sea en legal aplicación del contrato. El monto del anticipo entregado por la Entidad será devengado proporcionalmente al momento del pago de cada planilla hasta la terminación del plazo contractual inicialmente estipulado y constará en el cronograma pertinente que es parte del contrato.
3.7 Multas: las multas se aplicarán de acuerdo al instructivo de fiscalización a proveedores de servicio en la Dirección de Comercialización, Código DC.DC.741.PRO.01-Rev 00 se adjunta como anexo (Ver anexo 3).
SECCIÓN IV
EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS
4.1 Evaluación de la oferta: Para la verificación del cumplimiento de integridad y requisitos mínimos, se estará a la metodología cumple / no cumple.
4.1.1 Integridad de la oferta: La integridad de la oferta se evaluará considerando la presentación de los Formularios y requisitos mínimos previstos en el pliego, de acuerdo con el siguiente detalle:
I Formulario de la Oferta
Presentación y compromiso
Datos generales del oferente y patrimonio
Situación financiera
Tabla de descripción de rubros, unidades, cantidades y precios
Análisis de precios unitarios
Metodología de construcción
Cronograma valorado de trabajos
Experiencia del oferente
Personal técnico propuesto para el proyecto
Equipo asignado al proyecto
II Formulario de compromiso de participación del personal técnico y hoja de vida
2.1 Compromiso del personal asignado al proyecto
2.2 Hoja de vida del personal técnico clave asignado al proyecto
III Formulario de compromiso de asociación o consorcio (de ser procedente)
IV Formulario de compromiso de subcontratación (de ser procedente)
4.1.2 Equipo mínimo:
Se evaluará la disponibilidad del equipo mínimo solicitado, y no su propiedad.
El listado del equipo mínimo es el detallado a continuación:
HERRAMIENTAS Y EQUIPO DE SEGURIDAD
EQUIPOS Y HERRAMIENTAS |
CANTIDAD |
|
LOTE NORTE |
LOTE SUR |
|
Escalera de extensión de fibra xx xxxxxx (mínimo 20” con extensión) que cumpla la norma IEC 60900 |
4 |
4 |
Escalera de dos metros que cumpla la norma IEC 60900 |
4 |
4 |
Un taladro con mandril hasta 5/8” |
4 |
4 |
Comprobador de fase |
4 |
4 |
Pinza voltamperimétrica |
4 |
4 |
Cámara fotográfica no menor a 8MP |
4 |
4 |
Casco clase E norma ANSI Z89.1, gafas de protección eléctrica, guantes de protección eléctrica para baja tensión, chaleco reflectivo color azul, calzado de protección eléctrica, ropa de trabajo de algodón con el logotipo del contratista con cinta reflectiva clase 1 ancho ½” resistente al agua, carnet de identificación, impermeable. Todo el equipo de seguridad deberá cumplir las normas INEN, ANSI o equivalentes que estén vigentes.
|
Por cada personal técnico. |
Por cada personal técnico. |
Para confirmar la disponibilidad durante el tiempo que dure la construcción del proyecto tanto de los equipos, el contratista deberá presentar:
Facturas de los bienes/equipos o compromisos de alquiler. En caso de no poseer facturas de equipos propios se deberá justificar la disponibilidad (contrato o compromiso de arrendamiento)
SOPORTE ADMINISTRATIVO
No. ITEM |
INFRAESTRUCTURA |
CANTIDAD |
|
XXXX XXXXX |
XXXX XXX |
||
0 |
Xxxxxxx |
0 |
0 |
0 |
Xxxxxx |
1 |
1 |
3 |
Computadora, impresora e Internet. |
1 |
1 |
4 |
teléfono móvil con plan de datos |
POR GRUPO OPERATIVO |
POR GRUPO OPERATIVO |
VEHICULOS REQUERIDOS
Tipo de vehículo |
Característica requerida |
Estado |
OBSERVACIÓN |
CANTIDAD |
|
LOTE NORTE |
LOTE SUR |
||||
Vehículo para el transporte de materiales y personal |
Mínimo 0.75 Toneladas |
Buenas condiciones |
Para las actividades del grupo operativo |
4 |
4 |
Vehículo para movilización |
Mínimo 0.75 Toneladas |
Buenas condiciones |
Para las actividades del supervisor |
2 |
2 |
Se presentará copias de las matrículas de los vehículos propuestos, pudiendo ser estos de propiedad del oferente, como también se aceptará compromiso de arrendamiento de los vehículos.
EXPERIENCIA MÍNIMA DEL OFERENTE
El oferente deberá acreditar a través de actas de entrega de recepción definitivas, o actas de entrega de recepción parciales con ejecución contractual del 80% del avance del contrato; en el que demuestre experiencia dentro de los últimos 10 años en trabajos relacionados con la prestación de servicios o construcción e instalación de tableros armarios para medidores, cuyo monto acumulado alcance USD 24.000,00, las experiencias menores se considerarán con monto mínimo de cada contrato de USD. 8.000,00. En caso de presentar montos contractuales por valores menores a USD 8.000,00 no serán tomados en cuentan.
El acta de entrega recepción deberá contener al menos los siguientes datos: Nombre del Contratista, Nombre del contratante, Plazo del contrato, Monto contractual, Objeto contractual, Indicación de conformidad en la recepción, avance de obra de ser el caso.
4.1.3 Personal técnico mínimo:
A efectos de evaluar este parámetro, la Entidad Contratante ha definido el siguiente equipo técnico mínimo:
ITEM |
PERFIL ACADÉMICO |
CANTIDAD |
|
XXXX XXXXX |
XXXX XXX |
||
0 |
Xxxxxxxxxxxxx x xxxxxxxx (bachiller en electricidad, electromecánico, mecatrónica, electrónica, Técnico Industrial en Instalaciones, equipos y Maquinas Eléctricas.) |
8 |
8 |
2 |
Supervisor (Tecnólogo Eléctrico, Electrónico, Electromecánico) |
2 |
2 |
3 |
Ayudante administrativo (Bachiller) |
2 |
2 |
NOTA: En caso de presentar ofertas en más de un lote, el Ayudante administrativo puede ser el mismo.
EQUIPO NECESARIO PARA EL INICIO DEL CONTRATO
EQUIPOS Y HERRAMIENTAS |
CANTIDAD |
|
LOTE NORTE |
LOTE SUR |
|
Juegos de destornilladores planos y estrella aislados (4, 6, 8, 10 pulgadas) que cumpla la norma IEC 60900 |
4 |
4 |
Martillos de bola de 2 libras que cumpla la norma IEC 60900 |
4 |
4 |
Arco xx xxxxxx que cumpla la norma IEC 60900 |
4 |
4 |
Cortadora de cable que cumpla la norma IEC 60900 |
4 |
4 |
Navajas de electricista que cumpla la norma IEC 60900 |
8 |
8 |
Alicates aislados 8” que cumpla la norma IEC 60900 |
8 |
8 |
Tijera para cortar tol que cumpla la norma IEC 60900 |
4 |
4 |
Juego de brocas xx xxxxx rápido |
4 |
4 |
Un juego de brocas de hormigón |
4 |
4 |
Lámpara portátil a pilas |
4 |
4 |
Cabos de servicio |
4 |
4 |
Maletas portaherramientas |
4 |
4 |
Punta cincel |
4 |
4 |
Soplete ( para realizar la soldadura de la conexión de la puesta a tierra) |
4 |
4 |
Ropa de trabajo y calzado de protección dieléctrica |
8 |
8 |
Conos de seguridad |
8 |
8 |
Cintas reflectivas de seguridad |
4 |
4 |
4.1.4 Patrimonio (Aplicable a personas jurídicas)
La Entidad Contratante verificará que el patrimonio del oferente sea igual o superior a la relación que se determine con respecto del presupuesto referencial conforme las regulaciones expedidas por el SERCOP.
PRESUPUESTO REFERENCIAL SIN IVA (USD) |
MONTO QUE DEBE TENER EL PATRIMONIO (USD) |
|
FRACCIÓN BÁSICA |
EXCEDENTE |
|
0 a 200.000,00 |
25% de presupuesto referencial |
---------------- |
200.000 a 500.000 |
50.000,00 |
20 % sobre el exceso de 250.000,00 |
500.000 a 10.000.000 |
100.000,00 |
10 % sobre el exceso de 1.000.000,00 |
10.000.000,00 en adelante |
1.000.000,00 |
Más del 5% sobre el exceso de 20.000.000,00 |
4.1.5 Información financiera habilitante
Análisis Índices Financieros: Los índices requeridos son: Índice de Solvencia (mayor o igual a 1,0); Índice de Endeudamiento (menor a 0,9). Los factores para su cálculo estarán respaldados en la correspondiente declaración de impuesto a la renta del ejercicio fiscal correspondiente y/o los balances presentados al órgano de control respectivo.
Para el caso de personas naturales no obligadas a llevar contabilidad se solicita la presentación de los siguientes documentos:
Formulario de Declaración del Impuesto a la Renta presentado al SRI del último año fiscal.
Balance de Situación (Personal) del último año, suscrito por un contador público autorizado.
Certificación del Registrador de la Propiedad, respecto de los bienes inmuebles propiedad del oferente; si estos se encuentran hipotecados presentar información detallada de éstos.
Copias de las matrículas actualizadas de equipo, maquinaria o vehículos si dispone.
Certificados Bancarios actualizados.
Detalle y sustento de las obligaciones por cobrar y pagar que consten en el balance a presentar.
Los índices financieros constituirán información habilitante respecto de los participantes en el procedimiento y en tal medida, su análisis se registrará conforme el detalle a continuación:
Índice |
Indicador solicitado |
OBSERVACIONES |
Solvencia |
Mayor o igual a 1,0 |
|
Endeudamiento |
Menor a 0,9 |
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4.1.6 Verificación de cumplimiento de integridad y requisitos mínimos de la oferta
PARÁMETRO |
CUMPLE |
NO CUMPLE |
OBSERVACIONES |
Integridad de la oferta |
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Equipo mínimo |
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Experiencia mínima del oferente |
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Personal técnico mínimo |
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Patrimonio (Personas Jurídicas) |
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Información financiera habilitante |
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Aquellas ofertas que cumplan integralmente con los parámetros mínimos, pasarán a la etapa de evaluación de ofertas con puntaje, caso contrario serán descalificadas.
4.2. Evaluación por puntaje: Solo las ofertas que cumplan con los requisitos mínimos serán objeto de evaluación por puntaje.
Experiencia (10 puntos):
Se asignarán 10 puntos por la presentación de certificados o actas de entrega recepción que avalen experiencia especifica adicional a la mínima requerida, en cualquiera de los últimos 10 años en trabajos relacionados con la prestación de servicios o construcción e instalación de tableros armarios para medidores, cuyo monto acumulado alcance USD 70.000,00, las experiencias menores se calificarán de manera directamente proporcional. El monto mínimo de cada contrato que se aceptará será de USD. 25.000,00.
La participación mínima individual en la asociación o consorcio será de al menos el 30% por cada uno.
La experiencia adquirida en calidad de subcontratista será reconocida y aceptada por la Entidad Contratante, siempre y cuando tenga directa relación al objeto contractual. De igual manera, para los profesionales que participan individualmente, será acreditable la experiencia adquirida en relación de dependencia, ya sea en calidad de residente, superintendente de trabajos o afines; y su valoración se cumplirá considerando el 35% del valor del contrato en el que tales profesionales participaron en las calidades que se señalaron anteriormente.
4.2.2 Personal técnico (40 puntos):
Se calificará con el total del puntaje a todo el personal que acredite mediante documentos el cumplimiento de los requisitos solicitados.
Se reconocerá la experiencia adquirida en relación de dependencia, si el certificado emitido por el contratista o el representante legal de la Entidad Contratante demuestra su participación efectiva, como empleado privado o servidor público, en la ejecución de la o las obras.
Para cada caso ha de establecerse el instrumento o medio por el que se comprobará la experiencia adquirida.
REQUISITOS FUNCIONALES PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO |
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PUNTAJE TOTAL |
FUNCIÓN |
EXPERIENCIA |
PUNTAJE SUBTOTAL |
ERSONAL TÉCNICO MÍNIMO |
40 |
Personal Operativo (Cuatro Grupo de dos electricistas o linieros) |
Experiencia General (adquirida en trabajos de instalación o mantenimiento, revisiones de acometidas o medidores de energía eléctrica, o instalaciones eléctricas – circuitos expresos, x xxxxxx, reconexiones, construcción o mantenimiento de redes de distribución, o instalaciones eléctricas domiciliarias) |
20 |
Personal de Supervisión (Dos tecnólogo Eléctrico, Electrónico, Electromecánico) |
Experiencia General (adquirida en trabajos de supervisión en la instalación o mantenimiento, revisiones de acometidas o medidores de energía eléctrica, o instalaciones eléctricas – circuitos expresos, x xxxxxx, reconexiones, construcción o mantenimiento de redes de distribución, o instalaciones eléctricas domiciliarias) |
15 |
||
Ayudante Administrativo (Un Bachiller) |
Experiencia (realizando trabajos de digitación y manejo de información) |
5 |
Experiencia del personal: Se calificará, de acuerdo a los siguientes parámetros: Experiencia, formación, estos parámetros serán evaluados para el personal operativo, personal de supervisión y ayudante administrativo, como corresponda.
Relacionadas con el proceso de contratación con todas las normas y procedimientos técnicos y de seguridad industrial, registra y reporta novedades oportunamente a su supervisor.
EXPERIENCIA |
|
Tiempo |
Puntaje |
2 años o más de experiencia |
20 puntos |
Menor a 2 años y mayor o igual a 1 año |
10 puntos |
Menor a un 1 año |
0 puntos |
La calificación se la realizará de manera individual y el resultado final será el promedio general.
4.2.2.2. Personal supervisión: Es el encargado de planificar, asignar y supervisar las tareas diarias de trabajo del personal a su cargo, controlar la puntualidad, disciplina, utilización de uniformes e identificaciones, dar el apoyo necesario al grupo operativo en la resolución de cualquier problema, reportar diariamente los trabajos realizados y novedades encontradas, realizar con eficiencia y eficacia la supervisión de los trabajos.
EXPERIENCIA |
|
Tiempo |
Puntaje |
2 años o más de experiencia |
15 puntos |
Menor a 2 años y mayor o igual a 1 año |
8 puntos |
Menor a un 1 año |
0 puntos |
4.2.2.3. Ayudante Administrativo: Es el encargado de colaborar con el apoyo logístico del personal. Para ello mantendrá una programación y control de todos los integrantes del proceso, los materiales y equipos necesarios para realizar las actividades mantenimiento de equipos y vehículos. Proveer de todos los materiales requeridos y stock suficiente para dar soporte oportunamente. Manejo de la aplicación computacional de transferencia de datos.
EXPERIENCIA |
|
Tiempo |
Puntaje |
2 años o más de experiencia |
5 puntos |
Menor a 2 años y mayor o igual a 1 año |
2 puntos |
Menor a un 1 año |
0 puntos |
4.2.3 Oferta económica (50 puntos):
La oferta económica se evaluará aplicando un criterio inversamente proporcional; a menor precio, mayor puntaje. En caso de que existan errores aritméticos en la oferta económica, la Comisión Técnica procederá a su corrección conforme lo previsto en la Resolución expedida por el SERCOP para el efecto.
La evaluación de la oferta económica se efectuará aplicando el “precio corregido” en caso de que hubiera sido necesario establecerlo.
Fórmula obras distribución:
Puntos oferta económica = 50 x (Valor Oferta mínima presentada / Valor oferta presentada)
Para la valoración se observarán los siguientes criterios:
Parámetro de servicios de Comercialización |
Valoración |
Experiencia Específica del Oferente |
10 puntos |
Experiencia del Personal técnico |
40 puntos |
Oferta económica |
50 puntos |
TOTAL |
La sumatoria debe ser 100 puntos |
SECCIÓN V
OBLIGACIONES DE LAS PARTES
5.1 Obligaciones del Contratista: El contratista preparará las planillas de acuerdo a lo establecido en el numeral 7 de la convocatoria las cuales se pondrán a consideración de la fiscalización en los 10 días de cada (período), y serán aprobadas por ella en el término de 10 de días, luego de lo cual, en forma inmediata, se continuará el trámite de autorización del administrador del contrato y solo con dicha autorización se procederá al pago.
Además, el contratista presentará con las planillas el estado de avance del proyecto y un cuadro informativo resumen, que indicará, para cada concepto de trabajo, el rubro, la descripción, unidad, la cantidad total y el valor total contratado, las cantidades y el valor ejecutado hasta el (periodo) anterior, y en el período en consideración, y la cantidad y el valor acumulado hasta la fecha, incluyendo el valor de los rubros subcontratados. Estos documentos se elaborarán según el modelo preparado por la fiscalización y serán requisito indispensable para tramitar la planilla correspondiente.
Previo al inicio de los trabajos operativos del objeto contractual, el Contratista deberá presentar al Fiscalizador del contrato la licencia de riesgos eléctricos vigente de su personal operativo emitida por las instituciones competentes.
El Contratista está obligado a cumplir las normas de seguridad industrial que le hubiere aprobado el organismo competente.
Obligaciones de la contratante:
Dar solución a las peticiones y problemas que se presentaren en la ejecución del contrato, en un plazo 10 de días contados a partir de la petición escrita formulada por el contratista.
Proporcionar al contratista los documentos, permisos y autorizaciones que se necesiten para la ejecución correcta y legal de la obra, y realizar las gestiones que le corresponda efectuar al contratante, ante los distintos organismos públicos, en un plazo 30 días contados a partir de la petición escrita formulada por el contratista.
En caso de ser necesario y previo el trámite legal y administrativo respectivo, autorizar ordenes de cambio y órdenes de trabajo, a través de las modalidades de costo más porcentaje y aumento de cantidades de obra, respectivamente.
En caso de ser necesario y previo el trámite legal y administrativo respectivo, se celebrará los contratos complementarios.
Suscribir las actas de entrega recepción parcial, provisional y definitiva de las obras contratadas, siempre que se haya cumplido con lo previsto en la ley para la entrega recepción; y, en general, cumplir con las obligaciones derivadas del contrato.
5.3. Ejecución del contrato:
5.3.1. Inicio, planificación y control de obra: El fiscalizador tendrá la obligación de supervisar el cumplimiento del porcentaje de subcontratación, para el efecto, en cada informe de aprobación de planilla verificará el cumplimiento por parte del contratista, y adjuntará copias de los contratos o facturas que acrediten la efectiva subcontratación incluyendo el origen nacional.
En las planillas de ejecución de trabajos o avance de obra, se incluirán los resultados de verificación de origen de los componentes y elementos (mano de obra, materiales, equipos y servicios) utilizados para la ejecución de los trabajos a ser planillados, declarado por la Fiscalización con base a la supervisión in situ de los trabajos, las facturas de provisión de materiales y servicios, y formularios de pago de aportes al IESS de la mano de obra.
5.3.2 Facturación y reajuste: El contratista preparará las planillas, las cuales se pondrán a consideración de la fiscalización en los 10 de días de cada período, y serán aprobadas por ella en el término de 10 de días, luego de lo cual, en forma inmediata, se continuará el trámite de autorización del administrador del contrato y solo con dicha autorización se procederá al pago.
Estas planillas serán preparadas siguiendo el orden establecido en el Formulario de la Oferta y a cada planilla se adjuntarán los anexos de medidas, ensayos de suelos y materiales, aprobaciones y otros que correspondan.
Además, el contratista presentará con las planillas el estado de avance del proyecto y un cuadro informativo resumen, que indicará, para cada concepto de trabajo, el rubro, la descripción, unidad, la cantidad total y el valor total contratado, las cantidades y el valor de los trabajos ejecutados y la cantidad y el valor de los trabajos acumulado hasta la fecha, incluyendo el valor de los rubros subcontratados. Estos documentos se elaborarán según el modelo preparado por la fiscalización y serán requisito indispensable para tramitar la planilla correspondiente.
Este proceso no contempla reajuste de precios.
PARTE II. CONDICIONES GENERALES PARA LA CONTRATACIÓN DE OBRAS
CAF-RSND- EEQ-DI-OB-016
SECCIÓN VI
DEL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN
6.1. Comisión Técnica: El presente procedimiento presupone la conformación obligatoria de una Comisión Técnica, integrada de acuerdo al artículo 18 del Reglamento General de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública -RGLOSNCP-, encargada del trámite del procedimiento en la fase precontractual. Esta comisión analizará las ofertas de obras, incluso en el caso de haberse presentado una sola, considerando los parámetros de calificación establecidos en este pliego, y recomendará a la máxima autoridad de la entidad contratante la adjudicación o la declaratoria de procedimiento desierto.
6.2. Participantes: La convocatoria está dirigida a las personas naturales o jurídicas, nacionales, asociaciones de éstas o consorcios, que se encuentren habilitadas en el Registro Único de Proveedores, RUP.
Cuando exista un compromiso de asociación o consorcio, todos los miembros de la asociación deberán estar habilitados en el RUP al tiempo de presentar la oferta, y se designará un procurador común de entre ellos, que actuará a nombre de los comprometidos. El compromiso de asociación o consorcio deberá constar en escritura pública, de acuerdo con la Resolución del SERCOP emitida para el efecto.
En caso de ser adjudicados, los comprometidos deberán constituirse mediante escritura pública en asociación o consorcio y lo inscribirán en el RUP, previa la firma del contrato, dentro del término previsto para la firma del mismo; en caso contrario, se declarará a los integrantes del compromiso de asociación o consorcio como adjudicatarios fallidos.
6.3. Presentación y apertura de ofertas: La oferta técnica – económica se presentará en original y copia debidamente numerada y sumillada, así como en medio digital en un sobre único en la dirección indicada en el numeral 3 de la convocatoria.
Si al analizar las ofertas presentadas la entidad contratante determinare la existencia de uno o más errores de forma, reprogramará el cronograma del proceso en función del término concedido a los oferentes para efectos de que convaliden los errores de forma notificados. Para tal fin otorgará a los oferentes entre dos y máximo cinco días hábiles a partir de la correspondiente notificación.
Para poder participar en el procedimiento, al momento de la presentación de la propuesta, los oferentes interesados deberán encontrarse habilitados en el Registro Único de Proveedores.
Una hora más tarde de aquella fijada como límite para la presentación de las ofertas, se procederá a su apertura. El acto de apertura de ofertas será público y se efectuará en el lugar, día y hora fijados en la convocatoria.
De la apertura, en la que podrán estar presentes los oferentes que lo deseen o sus delegados, se levantará un acta que será suscrita por los integrantes de la Comisión Técnica o si fuera del caso la máxima autoridad o su delegado, con la siguiente información:
a) Nombre de los oferentes;
b) Valor de la oferta económica, identificada por oferente;
c) Plazo de ejecución propuesto por cada oferente;
d) Número de hojas de cada oferta;
6.4. Inhabilidades: No podrán participar en el procedimiento precontractual, por sí o por interpuesta persona, quienes estén inmersos en: 1. Prácticas ilícitas y que consten como inhabilitados por el Banco Mundial y Naciones Unidas3; 2. Prácticas contrarias a las políticas del Banco de Desarrollo de América Latina; y 3. Que incurran en las inhabilidades generales y especiales, contempladas en los artículos 62 y 63 de la LOSNCP; 110 y 111 del RGLOSNCP.
De verificarse que un oferente está incurso en una inhabilidad general o especial o las condiciones determinadas en el párrafo anterior, será causal para el rechazo de su oferta: en caso de haberse suscrito el contrato, dará lugar a la terminación unilateral del contrato conforme el numeral 5 del artículo 94 de la LOSNCP.
6.5. Obligaciones de los oferentes: Los oferentes deberán revisar cuidadosamente el pliego y cumplir con todos los requisitos solicitados en él. Su omisión o descuido al revisar los documentos no le relevará de cumplir lo señalado en su propuesta.
6.6. Preguntas, respuestas y aclaraciones: Todo interesado en presentar propuestas en el procedimiento tiene la facultad y el derecho de, en el caso de detectar un error, omisión o inconsistencia en el pliego, o si necesita una aclaración sobre una parte de los documentos, solicitar a la Comisión Técnica por escrito o al correo electrónico. La Entidad contratante publicará las respuestas y/o aclaraciones a través de su página web y del MEER, de acuerdo a lo establecido en el numeral 2 de la convocatoria.
6.7. Modificación xxx xxxxxx: La Comisión Técnica o la máxima autoridad de la entidad contratante o su delegado, podrá emitir aclaraciones o modificaciones respecto de las condiciones particulares de los pliegos, por propia iniciativa o por pedido de los participantes, siempre que éstas no alteren el presupuesto referencial ni el objeto del contrato, modificaciones que deberán ser publicadas en el Portal de la entidad contratante y el MEER, hasta el término máximo para responder preguntas.
Previo a la publicación de las respuestas, éstas serán enviadas al Banco de Desarrollo de América Latina – CAF para su aprobación, y posteriormente se procederá a notificar a los proponentes.
La máxima autoridad de la entidad contratante o su delegado, podrá ajustar el cronograma de ejecución del procedimiento precontractual con la motivación respectiva. Todo cambio será publicado en el Portal de la Entidad Contratante y podrá realizarse hasta la fecha límite para contestar las preguntas formuladas y realizar aclaraciones.
6.8. Convalidación de errores de forma: Si se presentaren errores de forma, los oferentes en el término previsto en el cronograma contado a partir de la fecha de notificación podrán convalidarlos, previa petición de la entidad contratante.
Los errores aritméticos no serán materia de convalidación de la oferta económica, sino de corrección. Cuando en las ofertas se detectare errores aritméticos relativos a precios totales previstos en la tabla de cantidades y precios o cantidades requeridas por las entidades contratantes, será la máxima autoridad o su delegado o la Comisión Técnica, según corresponda, el responsable de efectuar la corrección aritmética de la oferta. En ningún caso la máxima autoridad o su delegado o la Comisión Técnica, según el caso, podrá modificar el precio unitario ofertado.
Cuando haya una discrepancia entre los montos indicados en cifras y en palabras, prevalecerán los indicados en palabras y en caso de diferencias entre el monto escrito y el numérico
Cuando haya una discrepancia entre el precio unitario y el total de un rubro que se haya obtenido multiplicando el precio unitario por la cantidad de unidades, prevalecerá el precio unitario xxxxxxxx.Xx la entidad contratante, al analizar las ofertas presentadas, determina la existencia de uno o más errores de forma, se deberá reprogramar el cronograma del proceso, en función del término concedido a los oferentes para efectos de que convaliden los errores de forma notificados.
6.9. Causas de rechazo: Luego de evaluados los documentos de la oferta, la Comisión Técnica o el delegado de la máxima autoridad, según el caso, rechazará una oferta por las siguientes causas:
6.9.1. Si no cumpliera los requisitos exigidos en las condiciones generales y condiciones particulares que incluyen las especificaciones técnicas y los formularios xxx xxxxxx.
6.9.2. Si se hubiera entregado y/o presentado la oferta en lugar distinto al fijado o después de la hora establecida para ello.
6.9.3. Cuando las ofertas contengan errores sustanciales, y/o evidentes, que no puedan ser convalidados, de acuerdo a lo señalado en las resoluciones emitidas por el SERCOP.
6.9.4. Si el contenido de cualquiera de los acápites de los formularios difiriere del previsto en el pliego, condicionándolo o modificándolo, de tal forma que se alteren las condiciones contempladas para la ejecución del contrato. De igual forma, si se condicionara la oferta con la presentación de cualquier documento o información.
6.9.5. Si el oferente no hubiere atendido la petición de convalidación, en el término fijado para el efecto, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 23 del RGLOSNCP y en la resolución emitida por el SERCOP, siempre y cuando el error no convalidado constituya causal de rechazo.
6.9.6. Si al momento de la presentación de la propuesta, el oferente interesado no se encontrare habilitado en el Registro Único de Proveedores, RUP.
Una oferta será descalificada por la entidad contratante en cualquier momento del procedimiento si, de la revisión de los documentos que fueren del caso, pudiere evidenciarse inconsistencia, simulación o inexactitud de la información presentada. La entidad contratante podrá solicitar al oferente la documentación que estime pertinente referida en cualquier documento de la oferta, relacionada o no con el objeto de la contratación, para validar la información manifestada en la oferta.
La adjudicación se circunscribirá a las ofertas calificadas. No se aceptarán ofertas alternativas. Ningún oferente podrá intervenir con más de una oferta.
6.10. Aprobación de CAF previo a la adjudicación: El expediente del proceso de contratación será remitido al Banco de Desarrollo de América Latina - CAF, para que se verifique el cumplimiento de sus políticas y se revise el informe de evaluación técnica de las ofertas, a fin de que se emita la aprobación respectiva, con lo cual se procederá a la adjudicación a los oferentes que correspondan.
6.11. Adjudicación y notificación: La máxima autoridad de la entidad contratante o su delegado, con base en el resultado de la evaluación de las ofertas, reflejado en el informe elaborado por los integrantes de la Comisión Técnica, adjudicará el contrato a la propuesta más conveniente para los intereses institucionales, conforme a los términos establecidos en el numeral 18 del artículo 6 de la LOSNCP, mediante resolución motivada, y con sujeción al contenido de la Resolución emitida por el SERCOP para el efecto.
La notificación de la adjudicación realizada en los términos antes referidos, se la publicará en el Portal de la Entidad Contratante.
6.12. Garantías: En forma previa a la suscripción de los contratos derivados de los procedimientos establecidos en este pliego, se deberán presentar las garantías que fueren aplicables de acuerdo a lo previsto en los artículos 74, 75 y 76 de la LOSNCP, en cualquiera de las formas contempladas en el artículo 73 ibídem.
Garantía de calidad del servicio de acuerdo al formato establecido en los capítulos de formularios.
6.12.1. La garantía de fiel cumplimiento del contrato se rendirá por un valor igual al cinco por ciento (5%) del monto total del mismo, en una de las formas establecidas en el artículo 73 de la LOSNCP. La que deberá ser presentada previo a la suscripción del contrato. No se exigirá esta garantía en los contratos cuya cuantía sea menor a multiplicar el coeficiente 0.000002 por el Presupuesto Inicial del Estado del correspondiente ejercicio económico.
En los contratos de obra si la oferta económica adjudicada fuera inferior al presupuesto referencial en un porcentaje igual o superior al 10% de éste, la garantía de fiel de cumplimiento deberá incrementarse en un monto equivalente al 20% de la diferencia del presupuesto referencial y la cuantía del contrato.
6.12.2. La garantía de buen uso del anticipo se rendirá por un valor igual al determinado y previsto en el presente pliego, que respalde el 100% del monto a recibir por este concepto, la que deberá ser presentada previo a la entrega del mismo.
El valor que por concepto de anticipo otorgará la entidad contratante al contratista, no podrá ser superior al cuarenta por ciento (40%) del monto adjudicado. El valor será depositado en una cuenta que el contratista aperturará en un banco estatal o privado, en el que el Estado tenga participación accionaria o de capital superior al cincuenta por ciento. El contratista, en forma previa a la suscripción del contrato, deberá presentar, un certificado de la institución bancaria o financiera en la que tenga a su disposición una cuenta en la cual serán depositados los valores correspondientes al anticipo, de haber sido concedido.
El contratista deberá autorizar expresamente en el contrato el levantamiento del sigilo bancario de la cuenta en la que será depositado el anticipo recibido. El administrador del contrato o el fiscalizador designado por la entidad contratante verificará que los movimientos de la cuenta correspondan estrictamente al procedimiento de devengamiento del anticipo o ejecución contractual.
El monto del anticipo entregado por la entidad será devengado proporcionalmente al momento del pago de cada planilla hasta la terminación del plazo contractual inicialmente estipulado y constará en el cronograma pertinente que es parte del contrato, según lo establecido en la Disposición General Sexta del RGLOSNCP.
6.12.3 Las garantías técnicas serán presentadas en el caso de que en la obra materia del procedimiento de contratación se contemple la provisión o instalación de equipos. Dichas garantías técnicas cumplirán las condiciones establecidas en el artículo 76 de la LOSNCP. En caso contrario, el adjudicatario deberá entregar una de las garantías señaladas en el artículo 73 de la LOSNCP por el valor total de la obra.
Los términos de la garantía técnica solicitada deberán observar lo establecido en las Resoluciones emitidas por el SERCOP en lo que respecta a la aplicación de la vigencia tecnológica.
La entidad contratante no podrá exigir garantía adicional alguna a las previstas en la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública. Sin embargo, podrá requerir los seguros o condiciones de protección para las personas que presten sus servicios en la ejecución de las obras, en la elaboración, transporte, entrega y colocación de bienes y en cualquier tipo de prestación de servicios, que considere pertinentes.
Las garantías se devolverán conforme lo previsto en los artículos 77 de la LOSNCP y 118 del RGLOSNCP.
6.13. Cancelación del procedimiento: En cualquier momento comprendido entre la convocatoria y hasta 24 horas antes de la fecha de presentación de las ofertas, la máxima autoridad de la entidad contratante podrá declarar cancelado el procedimiento, mediante resolución debidamente motivada, de acuerdo a lo establecido en el artículo 34 de la LOSNCP.
6.14. Declaratoria de procedimiento desierto: La máxima autoridad de la entidad contratante o su delegado, hasta antes de resolver la adjudicación, podrá declarar desierto el procedimiento, en los casos previstos en el artículo 33 de la LOSNCP, según corresponda y por políticas establecidas por el Banco de Desarrollo de América Latina – CAF.
Dicha declaratoria se realizará mediante resolución de la máxima autoridad de la entidad contratante o su delegado, fundamentada en razones técnicas, económicas y/o jurídicas. Una vez declarado desierto el procedimiento, la máxima autoridad o su delegado podrá disponer su archivo o su reapertura.
6.15. Adjudicatario fallido: En caso de que el adjudicatario no suscribiere el contrato dentro del término previsto, por causas que le sean imputables, la máxima autoridad de la entidad contratante o su delegado le declarará adjudicatario fallido conforme lo previsto en el artículo 35 de la LOSNCP, y seguirá el procedimiento previsto en la LOSNCP y la Resolución emitida por el SERCOP para el efecto. Una vez que el SERCOP haya sido notificado con tal resolución, actualizará el Registro de Incumplimientos, suspendiendo del RUP al infractor y procederá de conformidad con lo prescrito en el artículo 98 de la LOSNCP.
Cuando la entidad contratante haya cumplido lo previsto en el párrafo precedente, llamará al oferente que ocupó el segundo lugar en el orden de prelación para que suscriba el contrato. Si el oferente llamado como segunda opción no suscribe el contrato, la Entidad declarará desierto el procedimiento por oferta fallida, sin perjuicio de la declaración de fallido al segundo adjudicatario.
6.16. Suscripción del contrato: Dentro del término de 15 días, contado a partir de la fecha de notificación de la adjudicación, es decir, a partir de la fecha en la cual la entidad contratante haya publicado en su Portal web la Resolución correspondiente, la Entidad suscribirá el contrato que es parte integrante de este pliego, de acuerdo a lo establecido en los artículos 68 y 69 de la LOSNCP y 112 y 113 de en su Reglamento General y lo publicará en el Portal web de la Entidad Contratante y del MEER. La entidad contratante realizará la publicación de la Resolución de adjudicación en el mismo día en que ésta haya sido suscrita.
6.17. Precios unitarios y reajuste: No aplica reajuste de precios.
Todo contrato cuya forma de pago corresponda al sistema de precios unitarios se sujetará al sistema de reajuste de precios, salvo que el contratista renuncie expresamente al reajuste de precios y así se haga constar en el contrato, tal como lo prevé el segundo inciso del artículo 131 del RGLOSNCP.
Las cantidades de obra que constarán en el contrato son estimadas y pueden variar durante la ejecución del mismo.
Los análisis de precios unitarios presentados por el oferente son de su exclusiva responsabilidad. No hay opción ni lugar a reclamo alguno por los precios unitarios ofertados.
Los precios unitarios podrán ser reajustados si durante la ejecución del contrato se produjeren variaciones de los costos de sus componentes. El reajuste se efectuará mediante la aplicación de fórmula(s) elaborada(s) con base a los precios unitarios de la oferta adjudicada y conforme lo dispuesto en el Título IV, “De los contratos”, Capítulo VII, “Reajuste de precios” de la LOSNCP y en su Reglamento General. NO APLICA
6.18. Moneda de cotización y pago: Las ofertas deberán presentarse en dólares de los Estados Unidos de América. Los pagos se realizarán en la misma moneda.
6.19. Reclamos: Para el evento de que los oferentes o adjudicatarios presenten reclamos relacionados con su oferta, lo dirigirán a la máxima autoridad de la entidad contratante.
6.20. Administración del contrato: La entidad contratante designará de manera expresa un administrador del contrato, quien velará por el cabal y oportuno cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones derivadas del contrato. Adoptará las acciones que sean necesarias para evitar retrasos injustificados y aprobará las multas y/o sanciones a que hubiere lugar y que hubieran sido solicitadas o establecidas por la fiscalización, según lo dispone el artículo 121 del Reglamento General de la LOSNCP.
El administrador del contrato velará porque la fiscalización actúe de acuerdo con las especificaciones constantes en el presente pliego y en el propio contrato; revisará las planillas aprobadas previas a su autorización para la correspondiente gestión de pago.
6.21. Transferencia tecnológica: En los contratos de ejecución de obras que incorporen bienes de capital se observará y aplicará las resoluciones del SERCOP respecto de la transferencia tecnológica, que permita a la entidad contratante asumir la operación y utilización de la infraestructura y los bienes que la integran, la transferencia de conocimientos técnicos que el contratista debe cumplir con el personal y la eventual realización de posteriores desarrollos o procesos de control y seguimiento, de así requerirse. En las condiciones particulares del contrato se agregará la cláusula pertinente, cuando corresponda.
6.22. Fiscalización: Las actividades de fiscalización, las cuales podrán ser contratadas en el caso de no disponer de personal calificado para el efecto, propenderán a la verificación y supervisión del uso de una adecuada técnica y correcta ejecución de la obra, en aplicación de los términos y condiciones previstas en la oferta adjudicada a fin de que el proyecto se ejecute de acuerdo a sus diseños definitivos, rubros contractuales, subcontratación, especificaciones técnicas, cronogramas de trabajo, recomendaciones de los diseñadores, transferencia tecnológica, cuando corresponda, y normas técnicas aplicables, con sujeción a lo previsto en el contrato.
La fiscalización será responsable de asegurar el debido y estricto cumplimiento de las especificaciones técnicas de diseño y materiales por parte del contratista, debiendo en todo momento observar las que hacen parte de los diseños definitivos y el contrato. La fiscalización no podrá cambiar las especificaciones generales o técnicas de diseño o de materiales sin la justificación técnica correspondiente.
En el caso de existir diferencias entre la fiscalización y el contratista, éste último podrá solicitar la intervención del administrador del contrato a fin de que dirima la situación o desavenencia que se hubiera presentado.
6.23. Control ambiental: El contratista deberá realizar todas las actividades constructivas a su cargo, cumpliendo con la normativa ambiental vigente.
6.24. Visitas al sitio de las obras: En el caso de que la entidad contratante considerare necesario el cumplimiento de una visita técnica al sitio donde se ejecutarán las obras, éstas se podrán realizar en cualquier momento y hasta la fecha límite de entrega de ofertas. En ningún caso este requisito será obligatorio ni las condiciones de la visita podrán ser discriminatorias.
En consecuencia, ni la ausencia en la visita técnica por parte del participante o la falta de presentación del certificado de visita, -de existir éste-, será motivo para inhabilitar la oferta, pues no será considerada como parámetro de evaluación.
6.25. Subcontratación: De conformidad con lo previsto en el artículo 79 de la LOSNCP, el contratista, bajo su riesgo y responsabilidad podrá subcontratar hasta el 30% del monto total de la obra adjudicada, con personas naturales o jurídicas registradas y habilitadas en el RUP debiendo consignar la información detallada en el formulario correspondiente.
Por causas de fuerza mayor o caso fortuito, presentadas por el subcontratista al contratista, aceptadas por éste, y previa autorización escrita de la entidad contratante, el contratista podrá remplazar, sustituir o cambiar a un subcontratista.
Adicionalmente, el contratista en caso de incumplimiento del subcontratista o retraso en el cronograma de avance de ejecución del rubro o grupo de rubros subcontratados, podrá solicitar a la entidad contratante autorización escrita para, bajo exclusiva responsabilidad del contratista, remplazar, sustituir o cambiar a los subcontratistas. Las autorizaciones referidas deberán ser conferidas por el administrador en coordinación con la fiscalización del contrato; en todo caso habrá que estar a lo previsto en las resoluciones que el SERCOP emita para este efecto.
6.26. Inconsistencia, simulación y/o inexactitud de la información: En el caso de que la entidad contratante encontrare que existe inconsistencia, simulación o inexactitud en la información presentada por el oferente, adjudicatario o contratista, la máxima autoridad de la entidad contratante o su delegado, descalificará del procedimiento de contratación al proveedor, lo declarará adjudicatario fallido o contratista incumplido, según corresponda y, en último caso, previo al trámite de terminación unilateral, sin perjuicio además, de las acciones judiciales a que hubiera lugar.
SECCIÓN VII
METODOLOGÍA DE EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS
7.1. Metodología de evaluación de las ofertas: La evaluación de las ofertas se encaminará a proporcionar una información imparcial sobre si una oferta debe ser rechazada y cuál de ellas cumple con el concepto de mejor costo en los términos establecidos en el numeral 18 del artículo 6 de la LOSNCP. Se establecen de manera general para ello dos etapas: la primera, bajo metodología “Cumple / No Cumple”, en la que se analizan los documentos exigidos cuya presentación permite habilitar las propuestas (integridad de la oferta), y la verificación del cumplimiento de capacidades mínimas; y la segunda, en la que se evaluarán, mediante parámetros cuantitativos o valorados, las mayores capacidades de entre los oferentes que habiendo cumplido la etapa anterior, se encuentran aptos para esta calificación.
7.2. Parámetros de Evaluación: Las entidades contratantes deberán acoger los parámetros de evaluación determinados por las políticas del Banco de Desarrollo de América Latina - CAF; los que serán analizados y evaluados al momento de la calificación de las ofertas.
La Entidad Contratante, bajo su responsabilidad, deberá asegurar que los parámetros de evaluación que constan en estos pliegos sean los que realmente se utilizarán en el procedimiento.
7.3.- De la evaluación: Las capacidades requeridas a través de los parámetros de evaluación serán analizadas utilizando las dos etapas de evaluación señaladas en el numeral 7.1, para todos los demás procedimientos de contratación de régimen común; la primera, bajo la metodología “Cumple / No Cumple” y posteriormente, solo con los oferentes calificados, la segunda que será “Por Puntaje”.
Se estará a la metodología “Cumple / No Cumple” cuando el objetivo sea la determinación de cumplimiento de una condición o capacidad mínima por parte del oferente y que sea exigida por la entidad contratante (Requisitos mínimos).
Los índices financieros previstos en los pliegos elaborados por la entidad contratante, en caso de ser considerados, constituirán un requisito mínimo de obligatorio cumplimiento y en consecuencia tendrán un carácter habilitante.
Se estará a la metodología “Por Puntaje” cuando el objetivo sea el establecimiento de mejores condiciones o capacidades de entre los oferentes que han acreditado previamente una condición o capacidad mínima requerida.
a. Primera Etapa: Integridad de las ofertas y verificación de requisitos mínimos. Metodología “Cumple/ No Cumple”-
a.1.- Integridad de las ofertas:-
Se revisará que las ofertas hayan incorporado todos los formularios definidos en el presente pliego, conforme el siguiente detalle:
Formulario de oferta
Formularios de compromiso de participación del personal técnico y hoja de vida
Formulario de compromiso de asociación o consorcio (de ser el caso)
El Formulario de Xxxxxx contendrá los documentos, claramente descritos en las Condiciones Particulares de los Pliegos para los Contratos de Obra.
Aquellas ofertas que contengan los formularios debidamente elaborados y suscritos el Formulario de Oferta, pasarán a la evaluación “cumple / no cumple”; caso contrario serán rechazadas.
a.2. Verificación de requisitos mínimos: Evaluación de la oferta técnica (cumple / no cumple).- Los parámetros de calificación deberán estar definidos y dimensionados por la entidad contratante, no darán lugar a dudas, ni a interpretación o a la subjetividad del evaluador, se considerarán parámetros técnico-económicos con dimensionamiento de mínimos admisibles y de obligatorio cumplimiento.
Los parámetros de calificación que constan en estos pliegos no se contraponen a las políticas del Banco de Desarrollo de América Latina – CAF, y las normas de la LOSNCP, su reglamento o las resoluciones emitidas por el SERCOP y solamente aquellas ofertas que cumplan integralmente con los parámetros mínimos, pasarán a la etapa de evaluación de ofertas con puntaje, caso contrario serán descalificadas.
b. Segunda Etapa: Evaluación por puntaje.-
En esta etapa se procederá a la ponderación valorada de las condiciones diferenciadoras de las ofertas para cada uno de los parámetros señalados en el pliego, a partir de la acreditación de mejores condiciones que las fijadas como mínimos o máximos. En las condiciones particulares del presente pliego se describen los parámetros por la entidad contratante para este procedimiento de contratación, los cuales estarán completamente definidos, no serán restrictivos o discriminatorios y contarán con el medio de medición y comprobación.
Dicha calificación permitirá la adecuada aplicación del criterio de mejor costo previsto en el numeral 18 del artículo 6 de la LOSNCP. Por regla general, se deberá adjudicar a la oferta que obtenga el mayor puntaje de acuerdo a la valoración de los parámetros y cuyos resultados combinen los aspectos técnicos, financieros, legales y económicos de las ofertas.
Al evaluar las ofertas presentadas por una asociación, consorcio o compromiso de asociación o consorcio, las entidades contratantes deberán considerar los aportes de cada participante, con base en la información que deberá desglosarse a través del formulario de la oferta, que es parte del presente pliego e integrará en consecuencia la oferta y en observancia de las resoluciones que el SERCOP emita para el efecto.
En la metodología de evaluación por puntajes se observará el principio de la proporcionalidad o ponderación y en consecuencia la aplicación de puntajes de “cero” no será pertinente.
7.4. Índices financieros.- Corresponde a la entidad contratante señalar en los pliegos los índices financieros que va a utilizar en el procedimiento de contratación y cuál es el valor mínimo/máximo para cada uno de ellos, por lo que, los señalados en el modelo de pliegos expedidos por el SERCOP, en la “Sección IV: Evaluación de las Ofertas”, de las “Condiciones Particulares”, son habilitantes.
El incumplimiento de los índices financieros será causal de rechazo de la oferta.
7.5. Formulario para la elaboración de las ofertas: El oferente incluirá en su oferta la información que se establece en el Formulario de Oferta. Pueden utilizarse formatos elaborados en ordenador a condición que la información sea la que se solicita y que se respeten los campos existentes en el formulario que contiene el presente pliego.
SECCIÓN VIII
FASE CONTRACTUAL
8. 1. Ejecución del contrato:
8.1.1. Inicio, planificación y control de obra: El contratista iniciará los trabajos dentro del plazo establecido en el contrato. En el plazo contractual, el contratista analizará conjuntamente con la fiscalización el avance de los trabajos, de acuerdo con el cronograma entregado por él en su oferta para la ejecución de la obra materia del presente procedimiento de contratación. Por razones no imputables al contratista, la fiscalización reprogramará y actualizará el cronograma valorado de trabajos y el programa de uso de personal y equipos
Igual actualización se efectuará cada vez que, por una de las causas establecidas en el contrato, se aceptase modificaciones al plazo contractual. Estos documentos servirán para efectuar el control de avance de obra, a efectos de definir el grado de cumplimiento del contratista en la ejecución de los trabajos.
8.1.2. Cumplimiento de especificaciones: Todos los trabajos deben efectuarse en estricto cumplimiento de las disposiciones del contrato y de las especificaciones técnicas, y dentro de las medidas y tolerancias establecidas en planos y dibujos aprobados por la entidad contratante. En caso de que el contratista descubriere discrepancias entre los distintos documentos, deberá indicarlo inmediatamente al fiscalizador, a fin de que establezca el documento que prevalecerá sobre los demás; y, su decisión será definitiva. Cualquier obra que realice antes de la decisión de la fiscalización será de cuenta y riesgo del contratista.
En caso de que cualquier dato o información no hubieren sido establecidos o el contratista no pudiere obtenerla directamente de los planos, éstas se solicitarán a la fiscalización. La fiscalización proporcionará, cuando considere necesario, instrucciones, planos y dibujos suplementarios o de detalle, para realizar satisfactoriamente el proyecto.
8.1.3. Personal del contratista: El contratista empleará personal técnico y operacional en número suficiente para la ejecución oportuna de las obras y con la debida experiencia. El personal técnico deberá ser el mismo que consta en el listado de personal que se presentó en la oferta. Para su remplazo se deberá solicitar previamente al fiscalizador su conformidad, acompañando la hoja de vida del profesional propuesto, quien obligatoriamente acreditará una capacidad técnica y experiencia igual o superior a las del remplazado.
El fiscalizador podrá requerir en forma justificada al contratista, el remplazo de cualquier integrante de su personal que lo considere incompetente o negligente en su oficio, se negare a cumplir las estipulaciones del contrato y sus anexos, o presente una conducta incompatible con sus obligaciones.
8.1.4. Materiales: Todos los materiales, instalaciones, suministros y demás elementos que se utilicen en la ejecución del contrato, cumplirán íntegramente las especificaciones técnicas de la oferta, y a su falta, las instrucciones que imparta la fiscalización.
Los materiales a incorporarse definitivamente en la obra, suministrados por el contratista serán nuevos, sin uso y de la mejor calidad. La fiscalización podrá exigir, cuando así lo considere necesario, para aquellos materiales que requieran de un tratamiento o manejo especial, que se coloquen sobre plataformas o superficies firmes o bajo cubierta, o que se almacenen en sitios o bodegas cubiertas, sin que ello implique un aumento en los precios y/o en los plazos contractuales.
Los materiales almacenados, aun cuando se haya aprobado antes de su uso, serán revisados al momento de su utilización, para verificar su conformidad con las especificaciones.
8.1.5. Obligaciones del contratista: El contratista debe contar con o disponer de todos los permisos y autorizaciones que se necesiten para la ejecución correcta y legal de la obra, especialmente, pero sin limitarse a cumplimiento de legislación ambiental, seguridad industrial y salud ocupacional, legislación laboral, y aquellos términos o condiciones adicionales que se hayan establecidos en el contrato. Asimismo, deberá realizar y/o efectuar, colocar o dar todos los avisos y advertencias requeridos por el contrato o las leyes vigentes (señalética, letreros de peligro, precaución, etc.), para la debida protección del público, personal de la fiscalización y del contratista mismo, especialmente si los trabajos afectan la vía pública o las instalaciones de servicios públicos.
Los sueldos y salarios de los trabajadores del contratista se estipularán libremente, pero no serán inferiores a los mínimos legales vigentes en el país.
El contratista deberá pagar los sueldos, salarios y remuneraciones a su personal, sin otros descuentos que aquellos autorizados por la ley, y en total conformidad con las leyes vigentes. Los contratos de trabajo deberán ceñirse estrictamente a las leyes laborales del Ecuador. Las mismas disposiciones aplicarán los subcontratistas a su personal.
Serán también de cuenta del contratista y a su costo, todas las obligaciones a las que está sujeto según las leyes, normas y reglamentos relativos a la seguridad social.
El contratista se comprometerá a no contratar a personas menores de edad para realizar actividad alguna durante la ejecución contractual; y que, en caso de que las autoridades xxx xxxx determinaren o descubrieren tal práctica, se someterá y aceptará las sanciones que de aquella puedan derivarse, incluso la terminación unilateral y anticipada del contrato, con las consecuencias legales y reglamentarias pertinentes.
El contratista, en general, deberá cumplir con todas las obligaciones que naturalmente se desprendan o emanen del contrato suscrito.
8.1.6. Obligaciones de la contratante:
Designar al administrador del contrato.
Designar/contratar a la fiscalización del contrato
La contratante será responsable de obtener todos los permisos ambientales que requiere la obra para su ejecución (licencia ambiental), así como la vigilancia de la ejecución del plan de manejo ambiental, mitigaciones y/o compensaciones, en forma previa a suscribir el contrato
8.1.7. Vigilancia y custodia: El contratista tiene la obligación de cuidar las obras a él encomendadas hasta la recepción definitiva de las mismas, para lo cual deberá proporcionar el personal y las instalaciones adecuadas.
8.1.8. Trabajos defectuosos o no autorizados: Cuando la fiscalización determine que los trabajos realizados o en ejecución fueren defectuosos, por causas imputables al contratista, por el empleo de materiales de mala calidad o no aprobados, por no ceñirse a los planos, especificaciones correspondientes o a las instrucciones impartidas por la fiscalización, ésta ordenará las correcciones y/o modificaciones a que haya lugar. Podrá ordenar la demolición y remplazo de tales obras, todo a cuenta y costo del contratista.
Es trabajo no autorizado el realizado por el contratista antes de recibir los planos para dichos trabajos, o el que se ejecuta contrariando las órdenes de la fiscalización; por tal razón, correrán por cuenta del contratista las rectificaciones o reposiciones a que haya lugar, los costos y el tiempo que ello conlleve.
El contratista tendrá derecho a recibir pagos por los trabajos ejecutados de conformidad con los planos y especificaciones que sean aceptados por la fiscalización. No tendrá derecho a pagos por materiales, equipos, mano de obra y demás gastos que correspondan a la ejecución de los trabajos defectuosos o no autorizados. Tampoco tendrá derecho al pago por la remoción de los elementos sobrantes.
Todos los trabajos que el contratista deba realizar por concepto de reparación de defectos, hasta la recepción definitiva de las obras, serán efectuados por su cuenta y costo siempre que la fiscalización compruebe que los defectos se deben al uso de materiales de mala calidad, no observancia de las especificaciones, o negligencia del contratista en el cumplimiento de cualquier obligación expresa o implícita en el contrato.
8.1.9. Pagos: El trámite de pago seguirá lo estipulado en las cláusulas respectivas del contrato. En caso de retención indebida de los pagos al contratista se cumplirá el artículo 101 de la LOSNCP.
8.1.10. Administrador del Contrato.- El administrador del contrato es el supervisor designado por la máxima autoridad de la entidad contratante, o su delegado, responsable de la coordinación y seguimiento de las actividades de construcción y de las acciones del fiscalizador.
Corresponde, en todos los casos, evaluar las acciones, decisiones y medidas tomadas por la fiscalización para la ejecución de la obra, con estricto cumplimiento de las obligaciones contractuales, conforme los programas, cronogramas, plazos y costos previstos; y, emitir la autorización o conformidad respectiva. Solo contando con la autorización del administrador del contrato, el contratista podrá ejecutar las obras adicionales por costo más porcentaje, aumento de cantidades de obra y contratos complementarios. Para éste último caso, el contratista solo podrá ejecutar los trabajos una vez suscrito el contrato respectivo.
El administrador del contrato tendrá la potestad de dirimir en el caso de existir diferencias de carácter técnico o económico entre el contratista y la fiscalización respecto de la ejecución del contrato.
El administrador será el encargado de la administración de las garantías, durante todo el período de vigencia del contrato. Adoptará las acciones que sean necesarias para evitar retrasos injustificados e impondrá las multas y sanciones a que hubiere lugar, así como también deberá atenerse a las condiciones generales y específicas de los pliegos que forman parte del presente contrato. Sin perjuicio de que esta actividad sea coordinada con el área financiera (Tesorería) de la entidad contratante a la que le corresponde el control y custodia de las garantías.
Respecto de su gestión reportará a la máxima autoridad institucional o ante la autoridad prevista en el contrato (área requirente), debiendo comunicar todos los aspectos operativos, técnicos, económicos y de cualquier naturaleza que pudieren afectar al cumplimiento del objeto del contrato.
8.1.11 Fiscalizador del Contrato.- El/la fiscalizador/a del contrato será la persona con quien la CONTRATISTA, deberá canalizar y coordinar todas y cada una de las obligaciones contractuales convenidas, así como a los integrantes de la Comisión para la recepción parcial, provisional, y definitiva del contrato, de conformidad a lo establecido en la LOSNCP.
El/la Fiscalizador/a del Contrato, está autorizado/a para realizar las gestiones inherentes a su ejecución, incluyendo aquello que se relaciona con el trámite de pedidos de prórroga que pudiera formular la CONTRATISTA, cuya aprobación definitiva, de ser procedente, corresponderá al administrador del contrato, y en el caso de que tales prórrogas modificaren el plazo total de ejecución contractual se requerirá adicionalmente la aprobación de la máxima autoridad.
El/la Fiscalizador/a será el/la encargado/a de velar por el cabal y oportuno cumplimiento de las normas legales y de todas y cada una de las obligaciones y compromisos contractuales asumidos por parte de la CONTRATISTA.
Adoptará las acciones que sean necesarias para evitar retrasos injustificados y establecerá las multas y sanciones a que hubiere lugar, particular del que informará al administrador del contrato a fin de que, de aprobarse le sean aplicadas al Contratista. El/la fiscalizador/a deberá atenerse a las condiciones generales y particulares de los pliegos que forman parte del presente contrato y presentará los informes que le requiera el administrador del contrato o las autoridades respectivas.
PARTE III. FORMULARIOS DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL DE OBRAS
CAF-RSND-EEQ-LPN-OB-016
NOMBRE DEL OFERENTE: ………………………………………………………..
9.1 PRESENTACIÓN Y COMPROMISO
El que suscribe, en atención a la convocatoria efectuada por Empresa Eléctrica Quito para la ejecución de REFORZAMIENTO DE SISTEMAS DE MEDICIÓN CONCENTRADOS LOTE NORTE Y LOTE SUR, luego de examinar el pliego del presente procedimiento de ejecución de obras, al presentar esta oferta por (sus propios derechos, si es persona natural) / (representante legal o apoderado de ....... si es persona jurídica), (procurador común de…, si se trata de asociación o consorcio) declara que:
El oferente es proveedor elegible de conformidad con las políticas del Banco de Desarrollo de América Latina - CAF y las disposiciones de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, LOSNCP, y su Reglamento.
La única persona o personas interesadas en esta oferta está o están nombradas en ella, sin que incurra en actos de ocultamiento o simulación con el fin de que no aparezcan sujetos inhabilitados para contratar con el Estado.
La oferta la hace en forma independiente y sin conexión abierta u oculta con otra u otras personas, compañías o grupos participantes en este procedimiento de ejecución de obras y, en todo aspecto, es honrada y de buena fe. Por consiguiente, asegura no haber vulnerado y que no vulnerará ningún principio o norma relacionada con la competencia libre, xxxx y justa; así como declara que no establecerá, concertará o coordinará –directa o indirectamente, en forma explícita o en forma oculta- posturas, abstenciones o resultados con otro u otros oferentes, se consideren o no partes relacionadas en los términos de la normativa aplicable; asimismo, se obliga a abstenerse de acciones, omisiones, acuerdos o prácticas concertadas o y, en general, de toda conducta cuyo objeto o efecto sea impedir, restringir, falsear o distorsionar la competencia, ya sea en la presentación de ofertas y posturas o buscando asegurar el resultado en beneficio propio o de otro proveedor u oferente, en este procedimiento de contratación. En tal virtud, declara conocer que se presumirá la existencia de una práctica restrictiva, por disposición del Reglamento para la aplicación de la Ley Orgánica de Regulación y Control del Poder xx Xxxxxxx, si se evidencia la existencia de actos u omisiones, acuerdos o prácticas concertadas y en general cualquier conducta, independientemente de la forma que adopten, ya sea en la presentación de su ofertas, o buscando asegurar el resultado en beneficio propio o de otro proveedor u oferente, en este proceso de contratación.
Al presentar esta oferta, cumple con toda la normativa general, sectorial y especial aplicable a su actividad económica, profesión, ciencia u oficio; y, que los equipos vehículos y materiales que se incorporarán a la obra, así como los que se utilizarán para su ejecución, en caso de adjudicación del contrato, serán de propiedad del oferente o arrendados y contarán con todos los permisos que se requieran para su utilización.
Suministrará la mano de obra, equipos y materiales requeridos para la construcción del proyecto, de acuerdo con el pliego, realizará las obras en el plazo y por los precios unitarios indicados en el Formulario de Oferta; que al presentar esta oferta, ha considerado todos los costos obligatorios que debe y deberá asumir en la ejecución contractual, especialmente aquellos relacionados con obligaciones sociales, laborales, de seguridad social, ambientales y tributarias vigentes.
Bajo juramento declara expresamente que no ha ofrecido, ofrece u ofrecerá, y no ha efectuado o efectuará ningún pago, préstamo o servicio ilegítimo o prohibido por la ley; entretenimiento, viajes u obsequios, a ningún funcionario o trabajador de la Entidad Contratante que hubiera tenido o tenga que ver con el presente procedimiento de contratación en sus etapas de planificación, programación, selección, contratación o ejecución, incluyéndose preparación xxx xxxxxx, aprobación de documentos, calificación de ofertas, selección de contratistas, adjudicación o declaratoria de procedimiento desierto, recepción de productos o servicios, administración o supervisión de contratos o cualquier otra intervención o decisión en la fase precontractual o contractual.
Acepta que en el caso de que se comprobare una violación a los compromisos establecidos en los numerales 2, 3, 4, 5 y 6 que anteceden, la Entidad Contratante le descalifique como oferente, o dé por terminado en forma inmediata el contrato, observando el debido proceso, para lo cual se allana a responder por los daños y perjuicios que tales violaciones hayan ocasionado.
Conoce las condiciones del sitio de la obra, ha estudiado los planos, especificaciones técnicas y demás información xxx xxxxxx, las aclaraciones y respuestas realizadas en el proceso, y en esa medida renuncia a cualquier reclamo posterior, aduciendo desconocimiento por estas causas.
Entiende que las cantidades indicadas en el Formulario de Oferta para este proyecto son solamente aproximadas y, por tanto sujetas a aumento o disminución, por lo que está dispuesto a efectuar los aumentos y/o disminuciones de las cantidades requeridas que fueren necesarios, a los precios unitarios de la oferta, y dentro de los límites indicados en los planos y especificaciones técnicas, y utilizando la modalidad que aplique de acuerdo con la LOSNCP.
De resultar adjudicatario, manifiesta que suscribirá el contrato comprometiéndose a ejecutar la obra sobre la base de los estudios con los que cuente la Entidad Contratante, los mismos que declara conocerlos; y en tal virtud, no podrá aducir error, falencia o cualquier inconformidad de dichos estudios, como causal para solicitar ampliación del plazo, contratación de rubros nuevos o contratos complementarios.
Conoce y acepta que la Entidad Contratante se reserva el derecho de adjudicar el contrato, cancelar o declarar desierto el procedimiento, si conviniere a los intereses nacionales o institucionales, sin que dicha decisión cause ningún tipo de reparación o indemnización a su favor.
Se somete a las consideraciones que exige el Banco de Desarrollo de América Latina - CAF, y demás disposiciones de la LOSNCP, de su Reglamento General, de las resoluciones del SERCOP, normativa que le sea aplicable, que no se opongan a las políticas del Banco de Desarrollo de América Latina - CAF.
Garantiza la veracidad y exactitud de la información y documentación, así como de las declaraciones incluidas en los documentos de la oferta, formularios y otros anexos, así como de toda la información que como proveedor consta en el portal, al tiempo que autoriza a la Entidad Contratante a efectuar averiguaciones para comprobar u obtener aclaraciones e información adicional sobre las condiciones técnicas, económicas y legales del oferente. Acepta que, en caso de que se comprobare administrativamente por parte de las entidades contratantes que el oferente o contratista hubiere alterado o faltado a la verdad sobre la documentación o información que conforma su oferta, dicha falsedad ideológica será causal para descalificarlo del procedimiento de contratación, declararlo adjudicatario fallido o contratista incumplido, según corresponda, previo el trámite respectivo; y, sin perjuicio de las acciones judiciales a las que hubiera lugar.
No contratará a personas menores de edad para realizar actividad alguna durante la ejecución contractual; y que, en caso de que las autoridades xxx xxxx determinaren o descubrieren tal práctica, se someterán y aceptarán las sanciones que de tal práctica puedan derivarse, incluso la terminación unilateral y anticipada del contrato, con las consecuencias legales y reglamentarias pertinentes.
En caso de que resuelva subcontratar la ejecución de parte de la obra que se le adjudicare, subcontratará hasta el 30% del valor de la oferta la ejecución de los rubros determinados en ella.
Bajo juramento, que no está incurso en las inhabilidades generales y especiales para contratar establecidas en los artículos 62 y 63 de la LOSNCP y de los artículos 110 y 111 de su Reglamento General y demás normativa aplicable.
En caso de que sea adjudicatario, conviene en:
Firmar el contrato dentro del término de 15 días desde la notificación con la resolución de adjudicación. Como requisito indispensable previo a la suscripción del contrato presentará las garantías correspondientes. (Para el caso de Consorcio se tendrá un término no mayor de treinta días)
Aceptar que, en caso de negarse a suscribir el respectivo contrato dentro del término señalado, se aplicará la sanción indicada en los artículos 35 y 69 de la LOSNCP.
Garantizar todo el trabajo que efectuará de conformidad con los documentos del contrato, y mantener o reparar la obra hasta su recepción definitiva.
9.2 DATOS GENERALES DEL OFERENTE.
NOMBRE DEL OFERENTE: (determinar si es persona natural, jurídica, consorcio o asociación; en este último caso, se identificará a los miembros del consorcio o asociación. Se determinará al representante legal, apoderado o procurador común, de ser el caso).
Ciudad: |
|
Calle (principal) |
|
No: |
|
Calle (intersección): |
|
Teléfono(s): |
|
Correo electrónico |
|
Cédula de Ciudadanía (Pasaporte): |
|
R.U.C: |
|
PARA EL CASO DE PERSONAS JURIDICAS:(siempre que el presupuesto referencial sea igual o superior a 0,000002 del presupuesto inicial del Estado).
1. INDICAR EL VALOR DEL PATRIMONIO: USD __________________________________
2. Adjuntar copia del formulario de declaración del impuesto a renta del último año, como sustento de que el valor de su patrimonio cumple con lo dispuesto en las resoluciones del INCOP RE-2013-000082 del 15 febrero 2013, y RE-2013-0000093 de acuerdo al siguiente cuadro:
PRESUPUESTO REFERENCIAL SIN IVA (USD) |
MONTO QUE DEBE TENER EL PATRIMONIO (USD) |
|
FRACCIÓN BÁSICA |
EXCEDENTE |
|
0 a 200.000,00 |
25% de presupuesto referencial |
---------------- |
200.000 a 500.000 |
50.000,00 |
20 % sobre el exceso de 250.000,00 |
500.000 a 10.000.000 |
100.000,00 |
10 % sobre el exceso de 1.000.000,00 |
10.000.000,00 en adelante |
1.000.000,00 |
Más del 5% sobre el exceso de 20.000.000,00 |
-------------------------------------------------------
CARGO DEL REPRESENTANTE LEGAL O PROCURADOR COMÚN (según el caso)
-------------------------------------------------------
NOMBRE DEL OFERENTE, SU REPRESENTANTE LEGAL O PROCURADOR COMÚN (según el caso)
9.3 SITUACIÓN FINANCIERA
La situación financiera del oferente se demostrará con la presentación del formulario de declaración de impuesto a la renta del ejercicio fiscal inmediato anterior que fue entregada al Servicio xx Xxxxxx Internas SRI.
Para el caso de personas naturales no obligadas a llevar contabilidad se solicita la presentación de los siguientes documentos:
Formulario de Declaración del Impuesto a la Renta presentado al SRI del último año fiscal.
Balance de Situación (Personal) del último año, suscrito por un contador público autorizado.
Certificación del Registrador de la Propiedad, respecto de los bienes inmuebles propiedad del oferente; si estos se encuentran hipotecados presentar información detallada de éstos.
Copias de las matrículas actualizadas de equipo, maquinaria o vehículos si dispone.
Certificados Bancarios actualizados.
Detalle y sustento de las obligaciones por cobrar y pagar que consten en el balance a presentar.
EL participante presentará la información requerida por la entidad para los índices financieros por ella solicitada, conforme el siguiente cuadro:
Índice |
Indicador solicitado |
Indicador declarado por el oferente |
Observaciones |
Solvencia |
Mayor o igual a 1,0 |
|
|
Endeudamiento |
Menor a 0,9 |
|
|
Las fórmulas a aplicar serán las siguientes:
Solvencia:
Activo corriente / Pasivo corriente
Endeudamiento:
Pasivo total / Activo total
Los índices son habilitantes
9.4 TABLA DE DESCRIPCIÓN DE RUBROS, UNIDADES, CANTIDADES Y PRECIOS
LOTE |
PROYECTO |
A |
B |
TOTAL VALOR DE LA OFERTA USD SIN IVA |
MANO DE OBRA |
MATERIALES |
|||
ACTIVIDADES POR REFORZAMIENTO TABLEROS ARMARIOS OFERTADO |
ACTIVIDADES POR REFORZAMIENTO TABLEROS ARMARIOS OFERTADO |
|||
NORTE |
REFORZAMIENTO DE SISTEMAS DE MEDICIÓN CONCENTRADOS LOTE NORTE |
|
|
|
SUR |
REFORZAMIENTO DE SISTEMAS DE MEDICIÓN CONCENTRADOS LOTE NORTE |
|
|
|
A.- DETALLE DE MANO DE OBRA ACTIVIDADES POR REFORZAMIENTO DE TABLEROS ARMARIOS:
Lote Norte y Lote Sur
ACTIVIDAD_SDI |
CODIGO SIEEQ |
ACTIVIDADES |
UNIDAD |
CANTIDAD |
PRECIOS UNITARIOS OFERTADOS SIN IVA |
PRECIO TOTAL OFERTADO SIN IVA |
9.4.2 |
141 |
INSTALACION DE PUESTA A TIERRA(VARILLA DE COBRE, CONECTOR Y CONDUCTOR N°8) |
C/U |
500 |
|
|
10.1.3 |
202 |
CAMBIO DE MEDIDOR BIFASICO en Tablero Armario o Servicio Convenido |
C/U |
1830 |
|
|
10.1.4 |
203 |
CAMBIO DE MEDIDOR TRIFASICO en Tablero Armario o Servicio Convenido |
C/U |
200 |
|
|
10.2.2 |
232 |
CAMBIO O REUBICACIÓN DE ACOMETIDA BIFÁSICA |
C/U |
60 |
|
|
10.2.3 |
233 |
CAMBIO O REUBICACIÓN DE ACOMETIDA TRIFÁSICA |
C/U |
60 |
|
|
10.2.4 |
234 |
CAMBIO O REUBICACIÓN DE ACOMETIDA DOBLE CIRCUITO BIFÁSICA |
C/U |
10 |
|
|
10.2.5 |
235 |
CAMBIO O REUBICACIÓN DE ACOMETIDA DOBLE CIRCUITO TRIFÁSICA |
C/U |
10 |
|
|
10.2.6 |
236 |
CAMBIO O REUBICACIÓN DE ACOMETIDA SUBTERRANEA BIFÁSICA |
C/U |
10 |
|
|
10.2.7 |
237 |
CAMBIO O REUBICACIÓN DE ACOMETIDA SUBTERRANEA TRIFÁSICA |
C/U |
10 |
|
|
10.6.11 |
733 |
MATERIAL DIVERSO (CLAVOS, TORNILLOS, TACOS XXXXXX, CEMENTO, RIPIO, SOPORTE PARA FIJACIÓN, ETC) |
C/U |
3000 |
|
|
|
936 |
INSTALACION, CAMBIO O REUBICACIÓN DE TABLERO ARMARIO |
C/U |
120 |
|
|
|
937 |
CONSTRUCCION DE BASE PARA TABLERO ARMARIO POR METRO |
M2 |
70 |
|
|
VALOR TOTAL MANO DE OBRA OFERTADO |
|
|
B.- DETALLE DE MATERIALES ACTIVIDADES POR REFORZAMIENTO DE TABLEROS ARMARIOS:
Xxxx Xxxxx x Xxxx Xxx
XXX XXXXXXX XX XXX XXXXXXX DEBEN SER PRESENTADA EN LAS HOJAS ANTES DESCRITAS
9.5 ANALISIS DE PRECIOS UNITARIOS
Rubro: ................................................ |
|
|
Unidad |
.......... |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
Detalle:………..................................... |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
EQUIPOS |
||||||||||||||||||||
Descripción |
Cantidad |
Tarifa |
Costo hora |
Rendimiento |
Costo |
|||||||||||||||
|
A |
B |
C=A*B |
R |
D=C*R |
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SUBTOTAL M |
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MANO DE OBRA |
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Descripción |
Cantidad |
Jornal/hr |
Costo hora |
Rendimiento |
Costo |
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C=A*B |
R |
D=C*R |
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SUBTOTAL N |
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MATERIALES |
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Descripción |
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Precio unitario |
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C=A*B |
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SUBTOTAL O |
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TRANSPORTE |
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Descripción |
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Unidad |
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Tarifa |
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A |
B |
C=A*B |
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SUBTOTAL P |
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TOTAL COSTO DIRECTO (M+N+O+P) |
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INDIRECTOS % |
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UTILIDAD % |
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COSTO TOTAL DEL RUBRO |
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VALOR OFERTADO |
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ESTE PRECIO NO INCLUYE IVA.
9.6 PLAN DE TRABAJO, METODOLOGÍA Y PLAN DE MANEJO SOCIO AMBIENTAL
9.6.1 CRONOGRAMA VALORADO DE TRABAJOS
Rubro
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Cantidad
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Precio unitario |
Precio total |
Tiempo en (semanas,)
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1 |
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Inversión mensual
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Avance parcial en %
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Inversión acumulada
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Avance acumulado en %
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9.6.2 METODOLOGÍA
Indicar con el suficiente detalle la metodología y procedimientos a seguirse para los diferentes trabajos de ejecución de las obras. Se considerará la correcta secuencia de actividades y el número de frentes de trabajo simultáneo que se propone. Usar las hojas que se consideren necesarias. El oferente no reproducirá las especificaciones técnicas de la obra para describir la metodología que propone usar.
9.6.3. PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
Plan de manejo socio ambiental: en el que debe constar mínimo:
Programa de Prevención y Mitigación de impactos.
Programa de Contingencias
Programa de Capacitación y Educación Ambiental
Programa de Seguridad Industrial y Salud Ocupacional
Programa de Manejo de Desechos
Programa de Relacionamiento Comunitario
Programa de Monitoreo y Seguimiento
Programa de Rehabilitación de Áreas Afectadas
Plan de Cierre, Abandono y Entrega de Área
9.7 EXPERIENCIA DEL OFERENTE
Contratante |
Objeto del contrato |
Valor del Contrato |
Plazo contractual |
Fechas de ejecución |
Observaciones |
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Inicio |
Terminación |
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A) Experiencia en obras similares Con un acta de entrega-recepción provisional o definitiva |
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2 |
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3 |
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NOTA: Se adjuntará la planilla de avance que justifica el porcentaje requerido o la certificación correspondientes según el caso.
9.8 PERSONAL TÉCNICO PROPUESTO
Nombre |
Nacionalidad |
Título |
Fecha grado |
Cargo a ocupar |
Participación |
Experiencia en obras similares |
Observaciones |
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9.9 EQUIPO ASIGNADO
Detalle del equipo (Tipo, potencia, capacidad, etc.) |
Fecha de fabricación |
Ubicación actual |
Propietario actual |
Matrícula No. ** |
Observaciones
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** La columna con información de matrícula deberá ser completada exclusivamente tratándose de vehículos y equipo xxxxxxxx
Para constancia de lo ofertado, suscribo este formulario,
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FIRMA DEL OFERENTE, SU REPRESENTANTE LEGAL, APODERADO O PROCURADOR COMÚN (según el caso)**
(LUGAR Y FECHA)
**Nota: El formulario de la oferta que se compone por todos los documentos enumerados del 9.1 al 9.10 requiere una sola firma.
OTROS FORMULARIOS
1. GARANTÍA TÉCNICA
Yo ........................................................................................................................ en mi calidad de representante legal de la firma........................................................................................., me comprometo a garantizar por 24 meses contados a partir de la firma del acta de entrega-recepción definitiva, el cumplimiento de las especificaciones técnicas y funcionalidad de los equipos y materiales que forman parte de la ejecución del proyecto de REFORZAMIENTO DE SISTEMAS DE MEDICIÓN CONCENTRADOS LOTE NORTE Y LOTE SUR, tiempo durante el cual la Empresa Eléctrica Quito S.A. podrá devolver los bienes que no cumplan con las estipulaciones contractuales, los cuales serán sustituidos por unidades nuevas y originales en un plazo justificado y convenido con el Administrador del Contrato, luego de la notificación correspondiente, sin ningún costo adicional para la Empresa Eléctrica Quito S.A. El contratista deberá cubrir los costos de desinstalación, instalación y transporte.
La garantía técnica cubrirá el 100% del suministro y considerará desperfectos ocasionados por: daños de fábrica, mal funcionamiento por calidad de los componentes o mano de obra, fallas de ingeniería imputable al montaje. El lugar de entrega-recepción de los bienes defectuosos y remplazo será en el mismo sitio donde estuvieron instalados. Este trámite se realizará en coordinación con el Administrador del Contrato
………...................................................... ………..................................................
NOMBRE REPRESENTANTE LEGAL FIRMA REPRESENTANTE LEGAL
....................................................
Lugar y fecha:
NOTA: Este documento debe contar con el reconocimiento de firma y rúbrica del REPRESENTANTE LEGAL o debidamente protocolizado ante Notario Público en caso de ser adjudicado.
La Garantía Técnica debe ser emitida según el Artículo 76 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública.
2. GARANTÍA DE CALIDAD DE SERVICIO
Yo ........................................................................................................................ en mi calidad de representante legal de la firma........................................................................................., me comprometo a garantizar por un año contado a partir de la suscripción de cada acta de entrega recepción parcial, del proyecto de REFORZAMIENTO DE SISTEMAS DE MEDICIÓN CONCENTRADOS LOTE NORTE Y LOTE SUR, la calidad de los trabajos realizados, tiempo durante el cual la EEQ podrá efectuar las verificaciones que considere necesario y en caso de detectar defectos podrá disponer la repetición de los trabajos correspondientes sin costo alguno para la Contratante, en un plazo justificado y convenido con el Administrador del Contrato, luego de la notificación correspondiente, sin ningún costo adicional para la Empresa Eléctrica Quito S.A.
La garantía de calidad de servicio cubrirá el 100% de los trabajos.
………...................................................... ………..................................................
NOMBRE REPRESENTANTE LEGAL FIRMA REPRESENTANTE LEGAL
....................................................
Lugar y fecha:
NOTA: Este documento debe contar con el reconocimiento de firma y rúbrica del REPRESENTANTE LEGAL o debidamente protocolizado ante Notario Público en caso de ser adjudicado.
SECCIÓN X. FORMULARIO DE COMPROMISO DE PARTICIPACION DEL PERSONAL TECNICO Y HOJA DE VIDA
10.1 COMPROMISO DEL PROFESIONAL ASIGNADO
Hoja ____ de ___
Yo, (nombre del profesional), me comprometo con (nombre del oferente) a prestar mis servicios en calidad de (título profesional), para (cargo asignado) durante la realización del proyecto de REFORZAMIENTO DE SISTEMAS DE MEDICIÓN CONCENTRADOS LOTE NORTE, en caso de adjudicación, adjuntando al presente compromiso mi hoja de vida correspondiente, numeral 2.2 de este formulario.
Lugar y Fecha
__________________________
(Firma, Nombre y Número CC)
(Profesional Asignado al Proyecto)
10.2 HOJA DE VIDA DEL PERSONAL TÉCNICO
Hoja ___ de ___
1. Nombres completos: __________________________________
2. Lugar y fecha de nacimiento: __________________________________
3. Nacionalidad: __________________________________
4. Título profesional: __________________________________
5. Fecha de graduación: __________________________________
6. Título II nivel: __________________________________
7. Fecha de obtención: __________________________________
6. Experiencia profesional:
Empresa / Institución: |
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Contratante: |
|
Proyecto: |
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Monto del proyecto: |
|
Papel desempeñado: |
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Tiempo de participación: |
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Actividades relevantes: |
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SECCIÓN XI. FORMULARIO DE COMPROMISO DE ASOCIACIÓN O CONSORCIO
CAF-RSND-EEQ-LPN-OB-016
Comparecen a la suscripción del presente compromiso, por una parte, ……….. ………, debidamente representada por …………… ………….; y, por otra parte, ……… representada por …………… …………., todos debidamente registrados en el RUP.
Los comparecientes, en las calidades que intervienen, capaces para contratar y obligarse, acuerdan suscribir el presente compromiso de Asociación o Consorcio para participar en el proceso licitatorio convocado por………………….., para………………….
En caso de resultar adjudicados, los oferentes comprometidos en la conformación de la asociación o consorcio, declaran bajo juramento que formalizarán el presente compromiso mediante la suscripción de la pertinente escritura pública y se habilitará al Consorcio constituido en el RUP, para dar cumplimiento a lo previsto en la Resolución emitida por el SERCOP, aplicable a este caso.
Los promitentes asociados o consorciados presentarán la información considerando los porcentajes de participación en relación a índices, calidades, condiciones, experiencia o cualquier otro indicador puntuable, conforme al siguiente detalle:
(Se deberá adjuntar cuadro con el detalle antes referido)
Atentamente,
Promitente Consorciado 1 Promitente Consorciado 2
RUC No. RUC No.
Promitente Consorciado (n)
RUC No.
SECCIÓN XII FORMULARIO DE COMPROMISO DE SUBCONTRATACIÓN
IDENTIFICACIÓN DE SUBCONTRATISTAS Y PORCENTAJE DE SUBCONTRATACIÓN
Yo, ........................................., en mi calidad de persona natural / REPRESENTANTE LEGAL de ……………………, de profesión .............................., con número de RUC …………., me comprometo a prestar los servicios de mi representada, como subcontratista del oferente …………………, en el procedimiento de ejecución de obra para la construcción de (objeto del contrato), durante el período que dure la ejecución de la obra, con (nombre del oferente) en el caso de que suscriba el contrato de ejecución de las obras.
Declaro bajo juramento que no tengo relación de asocio, dependencia, parentesco de ningún tipo con los accionistas, representantes y/o propietarios de la oferente a la cual me comprometo a prestar mis servicios en calidad de subcontratista.
Para tal efecto, dejo señalado que los rubros que se subcontratará son los determinados a continuación, de conformidad con el presupuesto detallado en la Tabla de Cantidades y Precios.
Número de rubro |
Denominación del rubro |
Valor ($) |
% respecto el monto contractual |
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SUMA TOTAL |
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(LUGAR Y FECHA)
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(FIRMA DEL SUBCONTRATISTA)
Cantón: |
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Parroquia: |
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Dirección: |
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Teléfono(s): |
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Correo electrónico |
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PROYECTO DE CONTRATO
(Éste es un modelo, las cláusulas son referenciales)
CAF-RSND-EEQ-LPN-OB-016 |
Comparecen a la celebración del presente contrato, por una parte Empresa Eléctrica Quito, representada por (nombre de la máxima autoridad o su delegado), en calidad de (cargo), a quien en adelante se le denominará CONTRATANTE; y, por otra (nombre del contratista o de ser el caso del representante legal, apoderado o procurador común a nombre de “persona jurídica”), a quien en adelante se le denominará CONTRATISTA. Las partes se obligan en virtud del presente contrato, al tenor de las siguientes cláusulas:
Cláusula Primera.- ANTECEDENTES
1.1 De conformidad con los artículos 3, 22 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública –LOSNCP- , y 25 y 26 de su Reglamento General -RGLOSNCP-, el Plan Anual de Contrataciones de la CONTRATANTE, contempla la ejecución de: (describir objeto de la contratación).
1.2. Previo los informes y los estudios respectivos, la máxima autoridad de la CONTRATANTE resolvió aprobar el pliego de la LICITACIÓN (No.) para (describir objeto de la contratación).
1.3. Se cuenta con la existencia y suficiente disponibilidad de fondos en la partida presupuestaria (No.), conforme consta en la certificación conferida por (funcionario competente y cargo), mediante documento (identificar certificación).
1.4. Se realizó la respectiva convocatoria el (día) (mes) (año), a través del Portal web de la Entidad Contratante.
1.5. Luego del proceso correspondiente, (nombre) en su calidad de máxima autoridad de la CONTRATANTE (o su delegado), mediante resolución (No.) de (día) de (mes) de (año), adjudicó la ejecución de la obra (establecer objeto del contrato) al oferente (nombre del adjudicatario).
Cláusula Segunda.- DOCUMENTOS DEL CONTRATO
2.1Forman parte integrante del contrato los siguientes documentos:
a) El pliego (Condiciones Particulares y Condiciones Generales) incluyendo las especificaciones técnicas, planos y diseños del proyecto que corresponden a la obra contratada.
b) Las Condiciones Generales de los Contratos de Ejecución de Obras publicados y vigentes a la fecha de la Convocatoria en la página web de la Entidad Contratante, página web Institucional del SERCOP adaptadas a las disposiciones emitidas por el Banco de Desarrollo de América Latina - CAF.
c) La oferta presentada por el CONTRATISTA, con todos sus documentos que la conforman.
d) Las garantías presentadas por el CONTRATISTA.
e) La resolución de adjudicación.
f) Las certificaciones de (dependencia a la que le corresponde certificar), que acrediten la existencia de la partida presupuestaria y disponibilidad de recursos, para el cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato.
(Los documentos que acreditan la calidad de los comparecientes y su capacidad para celebrar el contrato deberán protocolizarse conjuntamente con las condiciones particulares del contrato. No es necesario protocolizar las condiciones generales del contrato, ni la información relevante del procedimiento que ha sido publicada en el Portal web de la Entidad Contratante).
Cláusula Tercera.- OBJETO DEL CONTRATO
3.1 El CONTRATISTA se obliga para con la CONTRATANTE a ejecutar, terminar y entregar a entera satisfacción de la misma (describir detalladamente el objeto de la contratación).
Se compromete al efecto, a realizar dicha obra, con sujeción a su oferta, planos, especificaciones técnicas generales y particulares de la obra, anexos, condiciones generales de los contratos de Ejecución de Obras, instrucciones de la entidad y demás documentos contractuales, tanto los que se protocolizan en este instrumento, cuanto los que forman parte del mismo sin necesidad de protocolización, y respetando la normativa legal aplicable.
Cláusula Cuarta.- PRECIO DEL CONTRATO
4.1. El valor del presente contrato, que la CONTRATANTE pagará al CONTRATISTA, es el de (cantidad exacta en números y letras) dólares de los Estados Unidos de América, más IVA, de conformidad con la oferta presentada por el CONTRATISTA.
4.2. Los precios acordados en el contrato por los trabajos especificados, constituirán la única compensación al CONTRATISTA por todos sus costos, inclusive cualquier impuesto, derecho o tasa que tuviese que pagar, excepto el Impuesto al Valor Agregado que será añadido al precio del contrato conforme se menciona en el numeral 4.1.
Cláusula Quinta.- FORMA DE PAGO
5.1. La CONTRATANTE entregará al CONTRATISTA, en el plazo máximo de (días), contados desde la celebración del contrato en calidad de anticipo; el valor de (hasta un máximo del 40 %del valor del contrato), en dólares de los Estados Unidos de América.
5.2. El valor restante de la obra, esto es, (establecer el porcentaje en letras) por ciento (%), se cancelará mediante pago contra presentación de planillas (establecer periodo: mensual, bimensual, etc.), debidamente aprobadas por la fiscalización y la administración del contrato. De cada planilla se descontará la amortización del anticipo y cualquier otro cargo, legalmente establecido, al CONTRATISTA.
5.3. Entregada la planilla por el CONTRATISTA, la fiscalización, en el plazo de (número días) la aprobará o formulará observaciones de cumplimiento obligatorio para el CONTRATISTA, y de ser el caso continuará en forma inmediata el trámite y se procederá al pago dentro del plazo de (número días) contados desde la aprobación. Si la fiscalización no aprueba o no expresa las razones fundadas de su objeción, transcurrido el plazo establecido, se entenderá que la planilla está aprobada y debe ser pagada por la CONTRATANTE.
5.4. Discrepancias: Si existieren discrepancias entre las planillas presentadas por el CONTRATISTA y las cantidades de obra calculadas por la fiscalización, ésta notificará al CONTRATISTA. Si no se receptare respuesta, dentro de los (número días) días laborables siguientes a la fecha de la notificación, se entenderá que el CONTRATISTA ha aceptado la liquidación hecha por la fiscalización y se dará paso al pago. Cuando se consiga un acuerdo sobre tales divergencias, se procederá como se indica en el numeral 5.3 de esta cláusula.
5.5.- En los (número de días) primeros días laborables de cada mes, la fiscalización y el CONTRATISTA, de forma conjunta, efectuarán las mediciones de las cantidades de obra ejecutadas durante los (establecer periodo: mensual, bimensual, etc.) anteriores. Se emplearán las unidades de medida y precios unitarios establecidos en la Tabla de Cantidades y Precios para cada rubro señalada en el Formulario de Oferta.
Nota: (En caso de haberse estipulado reajuste de precios: en cada planilla de obra ejecutada, el fiscalizador calculará el reajuste de precios provisional, aplicando las fórmulas de reajuste que se indican en este contrato. El fiscalizador realizará el reajuste definitivo tan pronto se publiquen los índices del INEC que sean aplicables).
Cláusula Sexta.- GARANTÍAS
6.1.- En este contrato se rendirán las siguientes garantías: (establecer las garantías que apliquen de acuerdo con lo establecido en el numeral 1.11 xxx Xxxxxx de condiciones generales para las contrataciones de obras que son parte del presente contrato).
6.2.-Las garantías entregadas se devolverán de acuerdo a lo establecido en el artículo 77 de la LOSCNP y 118 del RGLOSNCP. Entre tanto, deberán mantenerse vigentes, lo que será vigilado y exigido por la CONTRATANTE.
Cláusula Séptima.- PLAZO
7.1.-El plazo para la ejecución y terminación de la totalidad de los trabajos contratados es de (establecer periodo en letras – días/meses), contados a partir de (establecer si desde la fecha de la firma del contrato, desde la fecha de notificación de que el anticipo se encuentra disponible en la cuenta del contratista, o desde cualquier otra condición, de acuerdo a la naturaleza del contrato), de conformidad con lo establecido en la oferta.
Cláusula Octava.- MULTAS
8.1.-Por cada día de retardo en el cumplimiento de la ejecución de las obligaciones contractuales conforme al cronograma valorado, se aplicará la multa de (valor establecido por la CONTRATANTE, de acuerdo a la naturaleza del contrato.).
(El porcentaje para el cálculo de las multas lo determinará la entidad en función del incumplimiento y del proyecto, por cada día de retraso, por retardo en el cumplimiento de las obligaciones contractuales según el cronograma valorado, o por el incumplimiento de otras obligaciones contractuales. El porcentaje para el cálculo de las multas se deberá determinar dentro de la legalidad y razonabilidad, que implica la comprobación del hecho y la correlativa sanción, y no podrá ser menor al 1 por mil del valor total del contrato, por día de retraso).
Cláusula Novena.- DEL REAJUSTE DE PRECIOS No aplica
9.1.-El reajuste de precios para efectos del pago de las planillas se calculará de acuerdo con la(s) siguientes fórmula(s):
La fecha xx xxxxxxx -sub cero-, corresponde a los treinta días anteriores de la fecha límite de presentación de las ofertas.
(Incorporar la fórmula de reajuste en base a aquella establecida en los artículos 127, 128 y 129 del Reglamento General de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública).
Nota: (Esta cláusula no será aplicable si las partes han convenido, según lo previsto en el pliego correspondiente, en la renuncia del reajuste de precios, caso en el cual se establecerá en su lugar una disposición específica en ese sentido).
Cláusula Décima.- SUBCONTRATACIÓN
10.1.- El CONTRATISTA se obliga a subcontratar los trabajos que han sido comprometidos en su oferta y por el monto en ella establecido.
(En caso de que el contratista no haya ofertado subcontratación, la cláusula 10.1, dirá: “EL CONTRATISTA podrá subcontratar determinados trabajos previa autorización de la entidad contratante siempre que el monto de la totalidad de lo subcontratado no exceda del 30% del valor total del contrato principal, y el subcontratista esté habilitado en el RUP.
Nota: (La Entidad Contratante escogerá una de las dos opciones, dependiendo de si el contratista ofertó o no la subcontratación)
10.2. El CONTRATISTA será el único responsable ante la CONTRATANTE por los actos u omisiones de sus subcontratistas y de las personas directa o indirectamente empleadas por ellos.
Cláusula Undécima.- DE LA ADMINISTRACIÓN DEL CONTRATO:
11.1 LA CONTRATANTE designa al (nombre del designado), en calidad de administrador del contrato, quien deberá atenerse a las condiciones generales y particulares de los pliegos que forman parte del presente contrato.
11.2 LA CONTRATANTE podrá cambiar de administrador del contrato, para lo cual bastará cursar al CONTRATISTA la respectiva comunicación; sin que sea necesario la modificación del texto contractual.
Cláusula Duodécima.- TERMINACION DEL CONTRATO
12.1Terminación del contrato.-El contrato termina conforme lo previsto en el artículo 92 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública y las Condiciones Particulares y Generales del Contrato.
12.2Causales de Terminación unilateral del contrato.-Tratándose de incumplimiento del CONTRATISTA, procederá la declaración anticipada y unilateral de la CONTRATANTE, en los casos establecidos en el artículo 94 de la LOSNCP. Además, se considerarán las siguientes causales:
Si el CONTRATISTA no notificare a la CONTRATANTE acerca de la transferencia, cesión, enajenación de sus acciones, participaciones, o en general de cualquier cambio en su estructura de propiedad, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la fecha en que se produjo tal modificación;
Si la CONTRATANTE, en función de aplicar lo establecido en el artículo 78 de la LOSNCP, no autoriza la transferencia, cesión, capitalización, fusión, absorción, transformación o cualquier forma de tradición de las acciones, participaciones o cualquier otra forma de expresión de la asociación, que represente el veinticinco por ciento (25%) o más del capital social del CONTRATISTA;
Si se verifica, por cualquier modo, que la participación ecuatoriana real en la ejecución de la obra objeto del contrato es inferior a la declarada ó que no se cumple con el compromiso de subcontratación asumido en el formulario de oferta, y en esa medida se ha determinado que el CONTRATISTA no cumple con la oferta; y,
Si el CONTRATISTA incumple con las declaraciones que ha realizado en el numeral 3.1 del formulario de oferta -Presentación y compromiso;
El caso de que la entidad contratante encontrare que existe inconsistencia, simulación y/o inexactitud en la información presentada por contratista, en el procedimiento precontractual o en la ejecución del presente contrato, dicha inconsistencia, simulación y/o inexactitud serán causales de terminación unilateral del contrato por lo que, la máxima autoridad de la entidad contratante o su delegado, lo declarará contratista incumplido, sin perjuicio además, de las acciones judiciales a que hubiera lugar.
(La entidad contratante podrá incorporar causales adicionales de terminación unilateral, conforme lo previsto en el numeral 6 del Art. 94 de la LOSNCP.)
12.3.- Procedimiento de terminación unilateral.-El procedimiento a seguirse para la terminación unilateral del contrato será el previsto en el artículo 95 de la LOSNCP.
Cláusula Décima Tercera.- SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS
13.1.-Si respecto de la divergencia o controversia existentes no se lograre un acuerdo directo entre las partes, éstas se someterán al procedimiento establecido en la Ley de la Jurisdicción Contencioso Administrativa; siendo competente para conocer la controversia el Tribunal Distrital de lo Contencioso Administrativo que ejerce jurisdicción en el domicilio de la Entidad Contratante.
(En caso de que la entidad contratante sea de derecho privado, la cláusula 13.1.- “Solución de Controversias dirá: Si respecto de la divergencia o controversia existentes no se lograre un acuerdo directo entre las partes, éstas recurrirán ante la justicia ordinaria del domicilio de la Entidad Contratante”.
13.2 La legislación aplicable a este contrato es la ecuatoriana. En consecuencia, el contratista declara conocer el ordenamiento jurídico ecuatoriano y por lo tanto, se entiende incorporado el mismo en todo lo que sea aplicable al presente contrato.
Cláusula Décima Cuarta: COMUNICACIONES ENTRE LAS PARTES
14.1.-Todas las comunicaciones, sin excepción, entre las partes, relativas a los trabajos, serán formuladas por escrito y en idioma castellano. Las comunicaciones entre la fiscalización y el CONTRATISTA se harán a través de documentos escritos, cuya constancia de entrega debe encontrarse en la copia del documento y registrada en el libro de obra.
Cláusula Décima Quinta.- DOMICILIO
15.1.Para todos los efectos de este contrato, las partes convienen en señalar su domicilio en la ciudad de (establecer domicilio).
15.2. Para efectos de comunicación o notificaciones, las partes señalan como su dirección, las siguientes:
La CONTRATANTE: (dirección y teléfonos, correo electrónico).
El CONTRATISTA:(dirección y teléfonos, correo electrónico).
Las comunicaciones también podrán efectuarse a través de medios electrónicos.
Cláusula Décima Sexta.- ACEPTACION DE LAS PARTES
16.1.- Declaración.- Las partes libre, voluntaria y expresamente declaran que conocen y aceptan el texto íntegro de las Condiciones Generales delos Contratos de Ejecución de Obras (CGC), publicado en la página institucional del Servicio Nacional de Contratación Pública SERCOP adaptadas a las disposiciones emitidas por el Banco de Desarrollo de América Latina - CAF, vigente a la fecha de la Convocatoria del procedimiento de contratación, y que forma parte integrante de las Condiciones Particulares del Contrato que lo están suscribiendo.
16.2.-Libre y voluntariamente, las partes expresamente declaran su aceptación a todo lo convenido en el presente contrato y se someten a sus estipulaciones.
Dado, en la ciudad de _____________, a
___________________________ _____________________________
LA CONTRATANTE EL CONTRATISTA
CAF-RSND-EEQ-LPN-OB-016 |
Nota: Las Condiciones Generales de los Contratos de provisión de obras son de cumplimiento obligatorio para las entidades contratantes y los contratistas que celebren este tipo de contratos, provenientes de procedimientos sujetos a las disposiciones del Banco de Desarrollo de América Latina - CAF, y la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, como “LICITACIÓN”, en lo que no se oponga.
Cláusula Primera.- INTERPRETACION DEL CONTRATO Y DEFINICIÓN DE TÉRMINOS
1.1.- Los términos del contrato se interpretarán en su sentido literal, a fin de revelar claramente la intención de los contratantes. En todo caso su interpretación sigue las siguientes normas:
a. Cuando los términos están definidos en la normativa del Sistema Nacional de Contratación Pública o en este contrato, se atenderá su tenor literal.
b. Si no están definidos se estará a lo dispuesto en el contrato en su sentido natural y obvio, de conformidad con el objeto contractual y la intención de los contratantes. De existir contradicciones entre el contrato y los documentos del mismo, prevalecerán las normas del contrato.
c. El contexto servirá para ilustrar el sentido de cada una de sus partes, de manera que haya entre todas ellas la debida correspondencia y armonía.
d. En su falta o insuficiencia se aplicarán las normas contenidas en el Título XIII del Libro IV de la Codificación del Código Civil, “De la Interpretación de los Contratos”.
1.2. Definiciones: En el presente contrato, los siguientes términos serán interpretados de la manera que se indica a continuación:
a. “Adjudicatario”, es el oferente a quien la ENTIDAD CONTRATANTE le adjudica el contrato.
b. “Comisión Técnica", es la responsable de llevar adelante el proceso licitatorio, a la que le corresponde actuar de conformidad con la LOSNCP, su Reglamento General, las resoluciones emitidas por el SERCOP, el pliego aprobado, y las disposiciones administrativas que fueren aplicables.
c. “Contratista”, es el oferente adjudicatario.
d. “Contratante” “Entidad Contratante”, es la entidad pública que ha tramitado el procedimiento del cual surge o se deriva el presente contrato.
e. “LOSNCP”, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública.
f. “RGLOSNCP”, Reglamento General de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Púbica.
g. “Oferente”, es la persona natural o jurídica, asociación o consorcio que presenta una "oferta", en atención al llamado a licitación.
h. “Oferta”, es la propuesta para contratar, ceñida al pliego, presentada por el oferente a través de la cual se obliga, en caso de ser adjudicada, a suscribir el contrato y a la ejecución de la obra o proyecto.
i. “SERCOP”, Servicio Nacional de Contratación Pública.
Cláusula Segunda.- FORMA DE PAGO
Lo previsto en la cláusula quinta de las Condiciones Particulares del contrato, y además:
2.1. El valor por concepto de anticipo será depositado en una cuenta que el CONTRATISTA aperturará en una institución financiera estatal, o privada de propiedad del Estado en más de un cincuenta por ciento. El CONTRATISTA autoriza expresamente se levante el sigilo bancario de la cuenta en la que será depositado el anticipo. El administrador del contrato designado por la CONTRATANTE verificará que los movimientos de la cuenta correspondan estrictamente al proceso de ejecución contractual.
El anticipo que la CONTRATANTE haya otorgado al CONTRATISTA para la ejecución de la obra objeto de este contrato, no podrá ser destinado a fines ajenos a esta contratación.
2.2.- La amortización del anticipo entregado se realizará conforme lo establecido en la Disposición General Sexta del RGLOSNCP.
2.3. La CONTRATANTE pagará las planillas previa aprobación de la fiscalización; se evitará caer en el retardo injustificado de pagos, previsto en el artículo 101 de la LOSNCP.
2.4. Todos los pagos que se hagan al CONTRATISTA por cuenta de este contrato, se efectuarán con sujeción a los precios unitarios de los diferentes rubros y por las cantidades reales de trabajo realizado, a satisfacción de la CONTRATANTE, previa la aprobación de la fiscalización y del administrador del contrato.
2.5.- Para la aprobación de las planillas previamente la fiscalización y el CONTRATISTA de forma conjunta, efectuarán las mediciones de las cantidades de obra ejecutadas. Las mediciones parciales de la obra realizada, no implican entrega por parte del CONTRATISTA ni recepción por parte de la CONTRATANTE; las obras serán recibidas parcial o totalmente, siguiendo el procedimiento estipulado para tal efecto.
Las cantidades de obra no incluidas en una medición por discrepancia u omisión, serán incluidas cuando se haya dirimido la discrepancia o establecido la omisión, su pago se calculará conforme a los precios unitarios correspondientes, más los reajustes respectivos, de haber lugar a ello.
2.6. Trámite de las planillas: Para el trámite de las planillas se observarán las siguientes reglas:
a. Las planillas serán preparadas por capítulos y siguiendo el orden establecido en la Tabla de descripción de rubros, unidades, cantidades y precios del Formulario de la oferta, con sujeción a los precios unitarios en dólares de los Estados Unidos de América en los diferentes rubros y por las cantidades reales de trabajos ejecutados.
b. Dentro de los primeros cinco (5) días laborables posteriores al período al que corresponde la planilla, el CONTRATISTA preparará la correspondiente planilla y la someterá a consideración de la fiscalización.
c. Se adjuntarán los anexos de medidas, aprobaciones, pruebas de laboratorio y otros que correspondan.
d. Por cada rubro, el contratista deberá indicar el origen de los bienes y servicios, los que deben cumplir con la previsión hecha en la oferta. La fiscalización deberá verificar esta información teniendo en cuenta las facturas entregadas por el contratista y la planilla de aportes al IESS del personal de la obra.
e. Con las planillas, el CONTRATISTA presentará el estado de avance del proyecto y un cuadro informativo resumen en el que se precise el rubro, descripción, unidad, cantidad total y el valor total contratado; las cantidades y el valor ejecutado hasta el mes anterior y en el período en consideración; y, la cantidad y el valor acumulado hasta la fecha, expresado en dólares de los Estados Unidos de América.
f. Los documentos mencionados en el literal anterior, se elaborarán según el modelo preparado por la CONTRATANTE y será requisito indispensable para la aprobación de la planilla por parte del administrador del contrato, previo a tramitar el pago de la planilla correspondiente.
2.7. Requisito previo al pago de las planillas: Previo al pago de planillas por trabajos ejecutados, el contratista deberá presentar previamente la certificación que acredite estar al día en el pago de aportes, fondos de reserva y descuentos al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, por los empleados y trabajadores a su cargo. La Entidad Contratante tiene la obligación de retener el valor de los descuentos que el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social ordenare y que correspondan a obligaciones en xxxx del contratista o se deriven de convenios de purga xx xxxx patronal por obligaciones con el seguro social, provenientes de servicios personales para la ejecución de dicho contrato.
2.8.- De los pagos que deba hacer, la CONTRATANTE retendrá igualmente las multas que procedan, de acuerdo con el contrato.
2.9. Pagos indebidos: La CONTRATANTE se reserva el derecho de reclamar a la CONTRATISTA, en cualquier tiempo, antes o después de la ejecución de la obra, sobre cualquier pago indebido por error de cálculo o por cualquier otra razón, debidamente justificada, obligándose la CONTRATISTA a satisfacer las reclamaciones que por este motivo llegare a plantear la CONTRATANTE, reconociéndose el interés calculado a la tasa máxima del interés convencional, establecido por el Banco Central del Ecuador.
Cláusula Tercera.- GARANTÍAS
3.1 Lo contemplado en la cláusula sexta de las condiciones particulares del contrato y la Ley.
3.2. Ejecución de las garantías: Las garantías contractuales podrán ser ejecutadas por la CONTRATANTE en los siguientes casos:
3.2.1 La de fiel cumplimiento del contrato:
a) Cuando la CONTRATANTE declare anticipada y unilateralmente terminado el contrato por causas imputables al CONTRATISTA.
b) Si la CONTRATISTA no la renovare cinco días antes de su vencimiento.
3.2.2 La del anticipo:
a) Si el CONTRATISTA no la renovare cinco días antes de su vencimiento.
b) En caso de terminación unilateral del contrato y que el CONTRATISTA no pague a la CONTRATANTE el saldo adeudado del anticipo, después xx xxxx días de notificado con la liquidación del contrato.
3.2.3 La técnica:
a) Cuando se incumpla con el objeto de esta garantía, de acuerdo con lo establecido en el pliego y este contrato.
Cláusula Cuarta.- PRÓRROGAS DE PLAZO
4.1.- La CONTRATANTE prorrogará el plazo total o los plazos parciales en los siguientes casos, y siempre que el CONTRATISTA así lo solicitare, por escrito, justificando los fundamentos de la solicitud, dentro del plazo de quince días siguientes a la fecha de producido el hecho que motiva la solicitud.
a) Por fuerza mayor o caso fortuito aceptado como tal por la máxima autoridad de la Entidad Contratante o su delegado, previo informe del administrador del contrato, en base al informe debidamente fundamentado de la fiscalización. Tan pronto desaparezca la causa de fuerza mayor o caso fortuito, el CONTRATISTA está obligado a continuar con la ejecución de la obra, sin necesidad de que medie notificación por parte del administrador del contrato.
b) Cuando la CONTRATANTE ordenare la ejecución de trabajos adicionales, o cuando se produzcan aumentos de las cantidades de obra estimadas y que constan en la Tabla de Cantidades y Precios del Formulario de la oferta, para lo cual se utilizarán las figuras del contrato complementario, diferencias en cantidades de obra u órdenes de trabajo, según apliquen de acuerdo con la LOSNCP.
c) Por suspensiones en los trabajos o cambios de las actividades previstas en el cronograma, motivadas por la CONTRATANTE u ordenadas por ella, a través de la fiscalización, y que no se deban a causas imputables al CONTRATISTA.
d) Si la CONTRATANTE no hubiera solucionado los problemas administrativos-contractuales o constructivos en forma oportuna, cuando tales circunstancias incidan en la ejecución de los trabajos.
4.2. En casos de prórroga de plazo, las partes elaborarán un nuevo cronograma, que suscrito por ellas, sustituirá al original o precedente y tendrá el mismo valor contractual del sustituido. Y en tal caso se requerirá la autorización de la máxima autoridad de la CONTRATANTE, previo informe del administrador del contrato y de la fiscalización.
Cláusula Quinta.- OTRAS OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA
A más de las obligaciones señaladas en el numeral 5.1 de las condiciones particulares xxx xxxxxx que son parte del presente contrato, las siguientes:
5.1. El contratista se compromete a ejecutar la obra derivada del procedimiento de contratación tramitado, sobre la base de los estudios con los que contó la Entidad Contratante y que fueron conocidos en la etapa precontractual; y en tal virtud, no podrá aducir error, falencia o cualquier inconformidad de dichos estudios, como causal para solicitar ampliación del plazo, contratación de rubros nuevos o contratos complementarios. La ampliación del plazo, contratación de rubros nuevos o contratos complementarios podrán tramitarse solo si fueren solicitados por la fiscalización y aprobados por la administración.
5.2. El contratista se compromete durante la ejecución del contrato, a facilitar a las personas designadas por la Entidad Contratante, toda la información y documentación que éstas soliciten para disponer de un pleno conocimiento técnico relacionado con la ejecución de la obra, la utilización de los bienes incorporados a ella y la operación de la infraestructura correspondiente, así como de los eventuales problemas técnicos que puedan plantearse y de las tecnologías, métodos y herramientas utilizadas para resolverlos.
Los delegados o responsables técnicos de la Entidad Contratante, tales como el administrador y el fiscalizador o empresa fiscalizadora contratados, deberán tener el conocimiento suficiente para la operación y mantenimiento de la obra o infraestructura a ejecutar, así como la eventual realización de ulteriores desarrollos. Para el efecto, el contratista se compromete durante la ejecución de los trabajos, a facilitar a las personas designadas por la Entidad Contratante toda la información y documentación que le sea requerida, relacionada y/o atinente al desarrollo y ejecución constructivos.
5.3. En la ejecución de la obra se utilizarán materiales de la mejor calidad; será realizada por el contratista utilizando las más avanzadas técnicas, con los métodos más eficientes y eficaces, con utilización de mano de obra altamente especializada y calificada; tanto el contratista como sus trabajadores y subcontratistas, de haberlos, emplearán diligencia y cuidado en los trabajos. Por sus acciones, gestiones y/u omisiones, tanto el contratista como sus trabajadores y subcontratistas, de haberlos, responden hasta por culpa leve.
5.4. Corresponde al CONTRATISTA proporcionar la dirección técnica, proveer la mano de obra, el equipo y maquinaria requeridos, y los materiales necesarios para ejecutar debidamente la obra de acuerdo al cronograma de ejecución de los trabajos y dentro del plazo convenido, a entera satisfacción de la CONTRATANTE.
5.5. Queda expresamente establecido que constituye obligación del CONTRATISTA ejecutar conforme a las especificaciones técnicas, todos los rubros detallados en la Tabla de descripción de rubros, unidades, cantidades y precios que consta en el formulario de su oferta, y cumplir con la participación ecuatoriana ofertada, la que ha sido preparada atendiendo los términos establecidos por la CONTRATANTE en el estudio de desagregación tecnológica, cuyo resultado global se ha presentado en el formulario de la oferta.
5.6.El CONTRATISTA está obligado a cumplir con cualquiera otra que se derive natural y legalmente del objeto del contrato y sea exigible por constar en cualquier documento del mismo o en norma legal específicamente aplicable.
5.7. El CONTRATISTA se obliga al cumplimiento de las disposiciones establecidas en el Código del Trabajo y en la Ley del Seguro Social Obligatorio, adquiriendo, respecto de sus trabajadores, la calidad de patrono, sin que la CONTRATANTE tenga responsabilidad alguna por tales cargas, ni relación con el personal que labore en la ejecución de los trabajos, ni con el personal de la subcontratista.
5.8. EL CONTRATISTA se obliga al cumplimiento de lo exigido en los pliegos, a lo previsto en su oferta y a lo establecido en la legislación ambiental, de seguridad industrial y salud ocupacional, seguridad social, laboral, etc.
Cláusula Sexta.- OBLIGACIONES DE LA CONTRATANTE
6.1.Son obligaciones de la CONTRATANTE las establecidas en el numeral 5.2 de las condiciones particulares xxx xxxxxx que son parte del presente contrato.
Cláusula Séptima.- CONTRATOS COMPLEMENTARIOS, DIFERENCIA EN CANTIDADES DE OBRA U ÓRDENES DE TRABAJO.-
7.1.Por causas justificadas, las partes podrán firmar contratos complementarios o convenir en la ejecución de trabajos originados en diferencias en cantidades de obra u órdenes de trabajo, de conformidad con lo establecido en los artículos 85, 86, 87, 88 y 89 de la LOSNCP, y en los artículos 144 y 145 del RGLOSNCP.
Cláusula Octava.- RECEPCIÓN PROVISIONAL Y DEFINITIVA DE LAS OBRAS
8.1.- RECEPCIÓN PROVISIONAL: La recepción provisional se realizará, a petición del CONTRATISTA, cuando a juicio de éste se hallen terminados los trabajos contratados y así lo notifique a la CONTRATANTE y solicite tal recepción, en los términos del artículo 81 de la LOSNCP, y observando el artículo 122 del RGLOSNCP.
La CONTRATANTE podrá presentar reclamos al CONTRATISTA, en el período que media entre la recepción provisional real o presunta y la definitiva, los que deberán ser atendidos en este lapso, siempre y cuando se originen en la inobservancia por parte del contratista respecto a las especificaciones técnicas, planos y diseños del proyecto que corresponden a la obra contratada.
Entre la recepción provisional y definitiva se efectuará una inspección periódica con la finalidad de comprobar el perfecto estado de la obra. En caso de existir objeciones por parte de la fiscalización, el CONTRATISTA está obligado a solucionarlos en el caso de que tales objeciones fueran por causas imputables al CONTRATISTA; caso contrario, se procederá a presentar las planillas que correspondan.
8.2.- RECEPCIÓN DEFINITIVA: Transcurrido el término fijado desde la suscripción del acta de recepción provisional total, o de la última recepción provisional parcial (si se hubiere previsto realizar varias de éstas), o desde la declaratoria de recepción provisional presunta, el CONTRATISTA solicitará una nueva verificación de la ejecución contractual de la obra, a efectos de que se realice la recepción definitiva de la misma, debiéndose iniciar ésta en el plazo xx xxxx(10) días contados desde la solicitud presentada por el CONTRATISTA.
8.3. Si en esta inspección se encuentra algún defecto de construcción no advertido en la recepción provisional, se suspenderá el procedimiento, hasta que se lo subsane, a satisfacción de la CONTRATANTE y a xxxxx del CONTRATISTA. Si el defecto fuere de menor importancia y a juicio de la CONTRATANTE pudiere ser subsanado dentro del proceso de recepción definitiva, se continuará con la misma, pero el acta respectiva sólo se firmará una vez solucionado el problema advertido.
8.4. Todos los gastos adicionales que demanden la comprobación, verificación y pruebas, aún de laboratorio, son de cuenta del CONTRATISTA.
8.5. Si la CONTRATANTE no hiciere ningún pronunciamiento respecto de la solicitud de recepción definitiva, ni la iniciare, una vez expirado el plazo xx xxxx días, se considerará que tal recepción se ha efectuado de pleno derecho, para cuyo efecto un Juez de lo Civil o un Notario Público, a solicitud del CONTRATISTA notificará que dicha recepción se produjo, de acuerdo con el artículo 81 de la LOSNCP.
La CONTRATANTE declarará la recepción presunta en el caso de que el CONTRATISTA se negare expresamente a suscribir las actas de entrega recepción provisional o definitiva, según corresponda, o si no las suscribiere en el término xx xxxx (10) días contados desde el requerimiento formal de la CONTRATANTE.
8.6. Operada la recepción definitiva presunta, a solicitud del CONTRATISTA o declarada por la CONTRATANTE, producirá como único efecto la terminación del contrato, dejando a salvo de los derechos de las partes a la liquidación técnico económica correspondiente.
Las partes buscarán en el plazo de 30 días posteriores a la recepción definitiva presunta suscribir el acta de la liquidación técnico-económica del contrato, sin perjuicio de iniciar las acciones legales de las que se crean asistidas.
8.7. ACTAS DE RECEPCIÓN: En cuanto al contenido de las actas de recepción parcial, provisional y definitiva, se observará lo establecido en el artículo 124 del RGLONSCP.
8.8. LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO: La liquidación final del contrato suscrita entre las partes se realizará en los términos previstos por el artículo 125 del RGLOSNCP.
8.9. PLANILLA DE LIQUIDACIÓN: Junto con la solicitud de entrega-recepción definitiva de las obras, el CONTRATISTA presentará una planilla del estado de cuenta final.
Xxxxxxxx Xxxxxx.- RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA:
9.1.El CONTRATISTA, no obstante la suscripción del acta de recepción definitiva, responderá por los vicios ocultos que constituyen el objeto del contrato, en los términos de la regla tercera del artículo 1937 de la Codificación del Código Civil, en concordancia con el artículo 1940 ibídem, hasta por diez (10) años a partir de la fecha de recepción definitiva.
Xxxxxxxx Xxxxxx.- MANTENIMIENTO DE LA OBRA:
10.1El mantenimiento rutinario y vigilancia de la obra, entre la recepción provisional y la definitiva, estará a cargo del CONTRATISTA, para lo cual deberá proporcionar el personal y las instalaciones adecuadas.
Cláusula Undécima.- TRIBUTOS, RETENCIONES Y GASTOS
11.1. La CONTRATANTE efectuará al CONTRATISTA las retenciones que dispongan las leyes tributarias, actuará como agente de retención del Impuesto a la Renta e Impuesto al Valor Agregado, al efecto procederá conforme la legislación tributaria vigente.
La CONTRATANTE retendrá el valor de los descuentos que el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social ordenare y que corresponda x xxxx patronal, por obligaciones con el seguro social provenientes de servicios personales para la ejecución del contrato de acuerdo a la Ley de Seguridad Social.
11.2. Es de cuenta del CONTRATISTA el pago de los gastos notariales, de las copias certificadas del contrato y los documentos que deban ser protocolizados. El CONTRATISTA entregará a la CONTRATANTE hasta dos copias de este contrato, debidamente protocolizadas, de acuerdo a lo previsto en la cláusula segunda. En caso de terminación por mutuo acuerdo, el pago de los derechos notariales y el de las copias será de cuenta del CONTRATISTA.
Cláusula Duodécima.- TERMINACIÓN UNILATERAL DEL CONTRATO
12.1. La declaratoria de terminación unilateral y anticipada del contrato no se suspenderá por la interposición de reclamos o recursos administrativos, demandas contencioso administrativas, arbitrales o de cualquier tipo de parte del contratista.
12.2 Tampoco se admitirá acciones constitucionales contra las resoluciones de terminación unilateral del contrato, porque se tienen mecanismos de defensa adecuado y eficaZ para proteger los derechos derivados de tales resoluciones, previstos en la Ley.
(Hasta aquí el texto de las condiciones generales de los contratos de ejecución de obras).
1 La versión xxx xxxxxx 1.1., para licitación de obras, del Servicio Nacional de Contratación Pública (SERCOP), emitida el 00 xx xxxxxxx 0000, han servido de referencia para la elaboración de este pliego.
2 El IVA se cancelará con recursos fiscales.
3 En la página web xxx.xxxxxxxxx.xxx/xxxxxx consta el listado actualizado de empresas e individuos inhabilitados públicamente, por el Banco Mundial.
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