PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES
“CONTRATACIÓN DE UN (1) SERVICIO DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO INTEGRAL DE LOS CUATRO (4) ASCENSORES DEL EDIFICIO SITO EN AV. PASEO COLON 367 Y UN (1) ASCENSOR DEL EDIFICIO SITO EN AZOPARDO 1020, AMBOS DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, POR EL TÉRMINO DE DOCE
(12) MESES”
CONTRATACION DIRECTA Nº 2/2017
Fecha de Apertura: 31/01/2017 Horario: 12:00 Hs.
PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES
PARTICULARES
INDICE
DESCRIPCION Página
OBJETO DE LA CONTRATACIÓN 3
ESPECIFICACIONES TECNICAS 4
CLÁUSULAS PARTICULARES 7
CLAUSULA 1: XXXXX X XXXXXXXXX XX XXXXXXX 0
XXXXXXXX 0: CONSULTAS Y ACLARACIONES AL PLIEGO DE BASES Y 7
CONDICIONES PARTICULARES
CLAUSULA 3: CIRCULARES 7
CLAUSULA 4: NOTIFICACIONES 7
CLAUSULA 5: XXXXX XX XXXXXXXXXXXXX XX XXX XXXXXXX 0
XXXXXXXX 0: REQUISITOS Y PRESENTACIÒN DE LA OFERTA 8
CLAUSULA 7: GARANTIA DE MANTENIMIENTO DE OFERTA 9
CLAUSULA 8: COTIZACION 9
CLAUSULA 9: XXXXXX XX XXXXXXXXXX 0
XXXXXXXX 00: DE LA VISITA 9
CLAUSULA 11: APERTURA DE LAS OFERTAS Y VISTA 10
CLAUSULA 12: XXXXXXXXXX XX XXXXXXX 00
XXXXXXXX 00: NOTIFICACIÓN DEL DICTAMEN DE EVALUACIÓN 10
CLAUSULA 14: IMPUGNACIONES 10
CLAUSULA 15: CRITERIOS DE SELECCIÓN Y ADJUDICACION 10
CLAUSULA 16: PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO 11
CLAUSULA 17: GARANTIA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO 11
CLAUSULA 18: XXXXX XX XXXXXXXXXX XX XXXXXXXX 00
XXXXXXXX 00: XXXXX XX XXXXXXXXXX XX XXXXXXXX 00
XXXXXXXX 00: OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO 11
CLAUSULA 21: PERSONAL DE LA ADJUDICATARIA 14
CLAUSULA 22: SUPERVISION DE CONTRATO 14
CLAUSULA 23: RECEPCION DEFINITIVA 14
CLAUSULA 24: PRESENTACION DE LAS FACTURAS 15
CLAUSULA 25: MONEDA Y FORMA DE PAGO 15
CLAUSULA 26: SEGUROS 15
CLAUSULA 27: PENALIDADES 16
CLAUSULA 28: NORMATIVA APLICABLE 17
CLAUSULA 29: ORDEN DE PRELACION 18
CLAUSULA 30: JURISDICCION 18
CLAUSULA 31: DETALLE DE ANEXOS 18
ANEXOS
ANEXO I PLANILLA DE COTIZACIÓN 19
ANEXO II ESTRUCTURA DE COSTOS 20
PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES
Nombre del Organismo Contratante | Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA) |
Denominación de la UOC | Coordinación de Compras y Contrataciones (UOC 52) |
Domicilio | Xx. Xxxxx Xxxxx 000, 0xx contrafrente |
Correo electrónico | |
Fax | 0000-0000/6652/5141/6069 |
PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN | ||
Tipo: CONTRATACION DIRECTA | Nº 2 | Ejercicio: 2017 |
Clase: SIN CLASE | ||
Modalidad: SIN MODALIDAD |
Expediente Nº: 28682/2016
Rubro Comercial: MANTENIMIENTO, REPARACION Y LIMPIEZA
Objeto de la Contratación: CONTRATACION DE UN (1) SERVICIO DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO INTEGRAL DE LOS CUATRO (4) ASCENSORES DEL EDIFICIO SITO EN AV. PASEO COLON 367 Y UN (1) ASCENSOR DEL EDIFICIO SITO EN AZOPARDO 1020, AMBOS DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, POR EL TERMINO DE DOCE (12) MESES
Plazo de duración del contrato: DOCE (12) meses
Opción a prórroga: SI | Plazo: DOCE (12) meses |
Costo xxx Xxxxxx: SIN VALOR
VISITA
Lugar / Dirección | Plazo y Horario |
Departamento de Servicios Generales del SENASA – SEDE CENTRAL, Xx. Xxxxx Xxxxx 000, XX (0000) Xxxxxxx Xxxxxxx y Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxxxxxxx xxx XXXXXX, Xxxxxxxx 0000, Xxxxxxx Xxxxxxx. | HASTA EL 30/01/2017 A LAS 12:00 HS. (de lunes a viernes en el horario de 10 a 13 y 14 a 16hs.) |
PRESENTACIÓN DE OFERTAS
Lugar / Dirección | Plazo y Horario |
Coordinación de Compras y Contrataciones del SENASA, Xx. Xxxxx Xxxxx 000, 0x Xxxx (0000) Xxxxxxx Xxxxxxx. | HASTA EL 31/01/2017 A LAS 11:00 HS. (De lunes a viernes en el horario de 10 a 13 y 14 a 16hs.) |
ACTO DE APERTURA
Lugar / Dirección | Día y Hora |
Coordinación de Compras y Contrataciones del SENASA, Xx. Xxxxx Xxxxx 000, 0x Xxxx (0000) Xxxxxxx Xxxxxxx. | EL 31/01/2017 A LAS 12:00 HS. |
ESPECIFICACIONES TECNICAS
Renglón | Denominación | Unidad de medida | Cantidad | Nº Catalogo |
UNICO | CONTRATACION DE UN (1) SERVICIO DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO INTEGRAL DE LOS CUATRO (4) ASCENSORES DE XX. XXXXX XXXXX 000 Y UN (1) ASCENSOR EN AZOPARDO 1020 | MES | 12 | 000-00000-0000 |
CONSIDERACIONES GENERALES
RENGLON UNICO:
Ítem 1: Ascensor de Publico, sito en Xx. Xxxxx Xxxxx 000, Sede Central
❖ Cantidad: 1
❖ Maquina:Otis
❖ Capacidad: 600 kg.
❖ Vel. m/min: 90
❖ Numero: 4
❖ Paradas: 12
Ítem 2: Ascensor de Publico, sito en Xx. Xxxxx Xxxxx 000, Sede Central
❖ Cantidad: 1
❖ Maquina:Otis
❖ Capacidad: 600 kg.
❖ Vel. m/min: 90
❖ Numero: 3
❖ Paradas: 11
Ítem 3: Ascensor de Publico, sito en Xx. Xxxxx Xxxxx 000, Sede Central
❖ Cantidad: 1
❖ Maquina:Otis
❖ Capacidad: 600 kg.
❖ Vel. m/min: 90
❖ Numero: 2
❖ Paradas: 11
Ítem 4: Ascensor de Publico, sito en Xx. Xxxxx Xxxxx 000, Sede Central
❖ Cantidad: 1
❖ Maquina:Otis
❖ Capacidad: 600 kg.
❖ Vel. m/min: 90
❖ Numero: 1
❖ Paradas: 12
Ítem 5: Ascensor de Publico, sito en Xxxxxxxx 0000, Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxxxxxxx
❖ Cantidad: 1
❖ Maquina: Ingeser
❖ Capacidad: 450
❖ Vel. m/min: 22
❖ Numero: 1
❖ Paradas: 3
REPARACIONES:
Los ascensores que necesiten reparaciones, no podrán estar fuera de servicio, más de 48 hrs.
Si hubiere causas que impidieran reponer al servicio el ascensor afectado en el plazo estipulado, se deberá informar por escrito de la situación para que la Unidad de Arquitectura autorice, si acuerda con lo informado, un plazo mayor para efectuar las reparaciones.
OBRADOR
El S.E.N.A.S.A. facilitará, dentro de sus posibilidades, un espacio físico, para ser utilizado como obrador, el cual deberá ser mantenido por el Adjudicatario.
TRABAJOS A EJECUTAR:
❖ La adjudicataria deberá realizar el servicio de mantenimiento preventivo y correctivo integral, esto significa que la totalidad de la mano de obra necesaria para prestar el servicio estará a cargo de la misma y que la totalidad de los materiales necesarios para prestar el servicio estará a cargo de la misma, excepto los puntos que a continuación se detallan
para los ascensores de la Av. Paseo Colón:
1. Los cables xx xxxxx.
2. Las cajas reductoras.
3. Los motores eléctricos.
4. Los variadores de frecuencia.
❖ Para el ascensor de la calle Azopardo, no habrá materiales ni mano de obra que queden exceptuados del mantenimiento integral.
❖ Se aceptarán, de corresponder, las observaciones sobre las deficiencias en los ascensores que el contratista denuncie dentro de las 48 hs. de haberse hecho cargo del servicio.
❖ Se deja expresa constancia que habiendo cumplido con el requisito de la visita técnica se exigirá como norma, que todo repuesto o elemento necesario para el perfecto funcionamiento de los ascensores, quedará a cargo de la empresa adjudicataria, no aceptándose mayores costos de ningún tipo sobre la cotización efectuada, como por ejemplo trabajos de albañilería, desarmado, acarreo y toda operación anexa necesaria para efectuar las tareas, aún las inherentes a los materiales exceptuados precedentemente
❖ El ingreso de materiales, máquinas, herramientas y todo otro elemento deberá ser realizado a través de remitos por triplicado de las cuales se distribuirán de la siguiente manera: original para la Unidad de Arquitectura, copia para el conservador y copia para la Vigilancia privada del S.E.N.A.S.A.
Se incluirán en la revisión semestral:
• Prueba de pesadores de carga.
• Prueba de intercomunicadores.
• Prueba de sistema de monitoreo.
• Prueba de sistema de CCTV
Estas pruebas serán programadas y estará en conocimiento el S.E.N.A.S.A, de manera que pueda acompañar, durante la ejecución de las mismas.
❖ Se pintarán todos los bajo recorridos de los ascensores a los seis meses de iniciado el contrato, con pintura latex color a elección del S.E.N.A.S.A.
❖ Toda la información sobre el mantenimiento y los controles realizados deberá ser presentada en planillas e informes descriptivos, que serán provistos y confeccionados (con aprobación de la Unidad de Arquitectura) por el adjudicatario, en forma escrita y digital. La frecuencia de los informes debe ser diaria, mensual y semestral, pudiendo la Unidad de Arquitectura solicitar informes adicionales.
❖ Toda la cartelería necesaria será provista y confeccionada (con aprobación de la Unidad de Arquitectura, en su forma y material) por la adjudicataria.
Dentro de la documentación la adjudicataria deberá presentar una estadística mensual de control de sucesos (fallas, puertas abiertas, etc.) por equipo. Así también se podrá requerir en el futuro nuevas planillas e informes, con distinta información o modificación de las existentes.
COMUNICACIONES POR FALLAS
Las llamadas por fallas en la prestación de los ascensores, deberán ser cumplidos en un lapso máximo de una hora.
Las llamadas por emergencias (personas encerradas o en riesgo) deberán ser cumplidas en el lapso máximo de media hora.
CLAUSULAS PARTICULARES
CLAUSULA 1: VISTA Y OBTENCION DE PLIEGOS
El presente Pliego de Bases y Condiciones Particulares puede consultarse y retirarse en la Coordinación de Compras y Contrataciones del SENASA sito en la Xxxx. Xxxxx Xxxxx 000, 0x xxxx, xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx, de lunes a viernes en el horario de 10 a 13 hs y de 14 a 16:00 horas, hasta el día anterior a la fecha de apertura o visualizarse a través del sitio de Internet de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES: xxx.xxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx, desde donde también podrá ser descargado. En oportunidad de descargar el pliego, se deberá suministrar obligatoriamente los datos correspondientes a: nombre o razón social, domicilio y dirección de correo electrónico en los que serán válidas las notificaciones que deban cursarse hasta el día de apertura de las ofertas.
No será requisito para presentar ofertas, ni para su admisibilidad, ni para contratar, haber obtenido el pliego en el organismo contratante o haberlo descargado del sitio de Internet de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES, no obstante quienes no lo hubiesen descargado, no podrán alegar el desconocimiento de las actuaciones que se hubieren producido hasta el día de la apertura de las ofertas, quedando bajo su responsabilidad llevar adelante las gestiones necesarias para tomar conocimiento de aquellas.
CLAUSULA 2: CONSULTAS Y ACLARACIONES AL PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES
Las consultas al presente Pliego de Bases y Condiciones Particulares deberán efectuarse por escrito en la Coordinación de Compras y Contrataciones del SENASA, sita en Xxxxx Xxxxx 000, 0x xxxx, xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx (xx lunes a viernes en el horario de 10 a 13 hs. y de 14 a 16 hs) o por correo electrónico a la dirección xxxxxxx@xxxxxx.xxx.xx hasta TRES (3) días antes de la fecha fijada para la apertura de las ofertas. En oportunidad de realizar una consulta al pliego, los consultantes que no lo hubieran hecho con anterioridad, deberán suministrar obligatoriamente su nombre o razón social, domicilio y dirección de correo electrónico en los que serán válidas las notificaciones que deban cursarse hasta el día de apertura de las ofertas. No se aceptarán consultas telefónicas y no serán contestadas aquéllas que se presenten fuera de término.
CLAUSULA 3: CIRCULARES
En respuesta a las consultas efectuadas, el SENASA emitirá circulares aclaratorias o modificatorias a este Pliego, de conformidad con lo establecido en el artículo 50 del Reglamento aprobado por Decreto N° 1030 /16 (B.O. 16-09-16)
Las circulares aclaratorias serán comunicadas con DOS (2) días como mínimo de anticipación a la fecha fijada para la presentación de las ofertas.
Las circulares modificatorias serán comunicadas con UN (1) día como mínimo de anticipación a la fecha originaria fijada para la presentación de las ofertas.
Las circulares por las que se suspenda o se prorrogue la fecha de apertura o la de presentación de las ofertas serán comunicadas con UN (1) día como mínimo de anticipación a la fecha originaria fijada para la presentación de las ofertas.
CLAUSULA 4: NOTIFICACIONES
Todas las notificaciones entre el SENASA y los interesados, oferentes, adjudicatarios o proveedores de bienes y/o servicios, podrán realizarse válidamente por cualquiera de los medios indicados en el artículo 7 del Reglamento aprobado por el Decreto N° 1030/16, indi stintamente, salvo lo establecido en el inciso g) del articulo citado.
CLAUSULA 5: PLAZO DE MANTENIMIENTO DE LAS OFERTAS
Los oferentes deberán mantener las ofertas por el término de SESENTA (60) días corridos contados a partir de la fecha del acto de apertura. El plazo antes aludido se prorrogará en forma automática por un lapso igual al inicial, salvo que el oferente manifestare en forma expresa su voluntad de no renovar el plazo de mantenimiento con una antelación mínima xx XXXX (10) días corridos al vencimiento de cada plazo.
El oferente podrá manifestar en su oferta que no renueva el plazo de mantenimiento de la misma al segundo período o que la mantiene por una determinada cantidad de períodos.
CLAUSULA 6: REQUISITOS Y PRESENTACIÒN DE LA OFERTA
Las ofertas deberán cumplir con los siguientes requisitos:
6.1. Deberán ser redactadas en idioma nacional. Si se presentara documentación en idioma extranjero deberá acompañarse la correspondiente traducción certificada por traductor público nacional matriculado en la República Argentina.
6.2. Se presentará un único original que deberá estar firmado, en todas y cada una de sus hojas, por el oferente o su representante legal.
6.3. Se presentará fotocopia de la oferta presentada a efectos de poder facilitar la consulta en el proceso de evaluación. Siempre y en todos los casos, si hubiera diferencia entre el original y las fotocopias, la documentación del juego “ORIGINAL” prevalecerá sobre las copias.
6.4. Las testaduras, enmiendas, raspaduras o interlineas, si las hubiere, deberán estar debidamente salvadas por el firmante de la oferta.
6.5. Los sobres, cajas o paquetes que las contengan se deberán presentar perfectamente cerrados y consignarán en su cubierta la identificación del procedimiento de selección al que corresponden, precisándose el lugar, día y hora límite para la presentación de las ofertas y el lugar, día y hora del acto de apertura.
6.6. Deberán consignar un domicilio especial para este procedimiento en cualquier parte del territorio nacional. Asimismo se deberá constituir una dirección de correo electrónico.
6.7. Acompañar la Planilla de Cotización con la oferta económica que como Anexo forma parte integrante del presente.
6.8. Presentar el “CERTIFICADO DE VISITA” suscripto por el personal de este Organismo autorizado, al efecto, deberán cumplimentar lo dispuesto en la Cláusula 10 “De la visita”
6.9. Acompañar una Declaración Jurada mediante la cual se acredite la condición de micro, pequeña y/o mediana empresa, en caso de cumplir con las condiciones requeridas para ser considerada como tal.
6.10. Adjuntar el Formulario de solicitud (Multinota) presentado ante la AFlP en el caso de no poseer Certificado Fiscal para Contratar con el ESTADO NACIONAL vigente, que emite la AFIP en virtud de la Resolución General AFIP Nº 1814/2005.
6.11. Adjuntar datos de contratos ejecutados no mayores a cinco años o contratos en ejecución, de instalaciones con al menos cuatro ascensores en batería de características similares a los que son objeto de esta licitación, en reparticiones públicas o privadas, de duración y características similares a las condiciones de contrato establecidas por el S.E.N.A.S.A. Se auditará la conformidad de los usuarios de las instalaciones.
6.12. Presentar certificado emitido por el Gobierno de la Cuidad de Bs. As. donde conste Nº de permiso del Conservador y fecha de vigencia.
6.13. Deberá adjuntar datos del Representante Técnico, con el certificado habilitante.
6.14. Toda falsedad que surja de la averiguación de antecedentes será motivo suficiente para anular y desestimar la oferta.
6.15. Toda la documentación técnica respaldatoria deberá ser adjuntada a la Oferta. No se admitirán referencias a sitios de internet u otras fuentes de información que no figuren explícitamente en la Oferta.
Asimismo, el oferente podrá incluir toda otra documentación técnica que complemente la descripción del producto ofertado.
6.16. Sólo en los casos en que se oferten bienes de origen nacional, deberá acompañarse una Declaración Jurada mediante la cual se acredite el cumplimiento de las condiciones requeridas para ser considerada como tal, de acuerdo a la normativa vigente sobre la materia.
6.17. Presentar, respecto de su personal, las respectivas Pólizas de Seguro de Vida Obligatorio, en cumplimiento del Decreto Nº 1567/74 cuyo Reglamento del Seguro Colectivo de Vida Obligatorio fue reemplazado por el Anexo I de la Resolución de la Superintendencia de Seguros de la Nación N° 35.333/2010 (B.O. 29-09-10), con el último comprobante de pago.
6.18. Presentar, respecto de su personal, Contrato de Seguro de Accidente de Trabajo (conforme a lo establecido por la Ley de Riesgo del Trabajo Nº 24.557, sus modificaciones y decretos reglamentarios), con el último listado de personal incluido en el mismo, extendido por la Aseguradora de Riesgos del Trabajo y constancias de los últimos pagos.
6.19. PRE-INSCRIPCIÓN EN EL SIPRO: Los interesados deberán realizar la pre-inscripción al Sistema de Información de Proveedores accediendo al sitio de Internet de XXXXX.XX, donde completarán la información requerida en los formularios de pre-inscripción. Quienes estén exceptuados de estar incorporados en el SIPRO, deberán igualmente realizar la pre-inscripción conforme lo estipulado en el artículo 1º de la Disposición de la Oficina Nacional de Contrataciones Nº 64/16 (B.O. 29-09-16)
6.20. El oferente deberá declarar bajo juramento al momento de presentar su oferta que de resultar adjudicatario se obliga a ocupar a personas con discapacidad, en una proporción no inferior al CUATRO POR CIENTO (4%) de la totalidad del personal afectado a la prestación del servicio, de conformidad con lo dispuesto por el Decreto Nº 312/10, de acuerdo a lo establecido en la disposición de la Oficina Nacional de Contrataciones Nº 21/15 (B.O. 20/04/2015).
INSCRIPCION: Quienes hayan realizado la pre-inscripción suministrando la información correspondiente según el tipo de personería, a los fines de la incorporación en el SIPRO, deberán acompañar la documentación respaldatoria que acredite dicha información conforme lo estipulado en el artículo 9º de la Disposición de la Oficina Nacional de Contrataciones Nº 64/16.
La Oficina Nacional de Contrataciones cotejara los datos ingresados por los interesados en los formularios de pre-inscripción con la documentación aportada por aquellos. Si los datos se corresponden incorporara al proveedor al SIPRO. Caso contrario, podrá requerir enmiendas, subsanaciones o modificaciones durante el proceso de evaluación según lo considere conforme lo estipulado en el artículo 5º de la Disposición de la Oficina Nacional de Contrataciones Nº 64/16.
IMPORTANTE: la Disposición de la Oficina Nacional de Contrataciones Nº 64/16 dispone que para la actualización de datos en el sistema de Información de Proveedores (SIPRO), las inscripciones que estuvieran vigentes tendrán validez hasta el momento en que deban actualizar datos o bien por un plazo de SEIS (6) meses de la vigencia de la norma aludida, lo que ocurra primero, momento a partir del cual deberán incorporarse con la nueva metodología utilizando el procedimiento aprobado por dicha disposición.
CLAUSULA 7: GARANTIA DE MANTENIMIENTO DE OFERTA
Se requiere, en los casos que corresponda, la presentación de garantía de mantenimiento de la oferta por un valor equivalente al CINCO POR CIENTO (5%) del monto total de la oferta mediante alguna de las formas establecidas en el artículo 39 del Anexo de la Disposición de la Oficina Nacional de Contrataciones Nº 63/16 (B.O. 29-09-16). Si el oferente manifestara su voluntad de no mantener su oferta fuera de plazo fijado para realizar tal manifestación o retirara su oferta sin cumplir con los plazos de mantenimiento, será pasible de la sanción regulada en el artículo 106, apartado a) del Reglamento aprobado por el Decreto N° 1030/2016.
CLAUSULA 8: COTIZACION
Las propuestas deberán completarse de acuerdo a lo solicitado en la Planilla de Cotización que como Anexo I forma parte integrante del presente. Se entenderá que se encuentran incluidas en el precio todas las prestaciones que, de acuerdo a su juicio y experiencia, deberá realizar para el fiel y estricto cumplimiento de sus obligaciones, aunque las mismas no estén explicitadas en la oferta. Por tanto el precio cotizado deberá ser el precio final que deba pagar el organismo contratante por todo concepto.
CLAUSULA 9: MONEDA DE COTIZACIÓN
La propuesta económica deberá ser formulada en la moneda de curso legal de la Republica Argentina.
CLAUSULA 10: DE LA VISITA
La visita técnica es obligatoria y se realizara en el lugar y la fecha indicada en la página TRES (3) de este Pliego de Bases y Condiciones Particulares.
Los oferentes deberán concurrir al S.E.N.A.S.A. para la verificación del estado de las instalaciones. El reconocimiento de las mismas permitirá elaborar la propuesta técnico – económica que garantice la prestación de un servicio de excelencia y servirá como reconocimiento fehaciente del estado de las mismas por parte de la adjudicataria. La visita dará comienzo puntualmente. Una vez iniciada la misma, no se permitirá la incorporación de nuevos oferentes.
A los efectos de coordinar la visita, el contacto será: la Arquitecta Xxxxx Xxxxxxx, o Xxxxxx Xxxxxxx o Xx. Xxxxxx Xxxxxx (5222-5825 interno 3025/26)
CLAUSULA 11: APERTURA DE LAS OFERTAS Y VISTA
Cumplido el plazo para la recepción de las ofertas no se recibirán otras, aun cuando el acto de apertura no se haya iniciado. En el lugar, día y hora determinados en la convocatoria, se celebrará en acto público la apertura de las ofertas presentadas.
Si el día señalado para la apertura de las ofertas deviniera inhábil, el acto tendrá lugar el día hábil siguiente y a la misma hora en el mismo lugar, sin necesidad de emitir una circular comunicando dicha modificación.
Los originales de las ofertas estarán a disposición para ser exhibidos a los oferentes por el término de DOS (2) días, contados a partir del día hábil siguiente al de la apertura.
CLAUSULA 12: EVALUACION DE OFERTAS.
Para la evaluación de las ofertas, se tendrá en cuenta el cumplimiento de las exigencias de la normativa aplicable y de las condiciones establecidas en el presente Pliego.
Se evaluará el cumplimiento de los aspectos legales, formales, la calidad de los oferentes, los aspectos técnicos y económicos de las ofertas y se explicará los motivos de la recomendación de desestimación o inclusión en el orden de mérito.
La Comisión Evaluadora podrá requerir información complementaria que estime necesaria para el cumplimiento de su cometido, sin que ello afecte el derecho de igualdad entre los oferentes, ni altere los términos de las ofertas presentadas.
En materia de preferencias, resultarán de aplicación las disposiciones que contemple la normativa vigente conforme el artículo 70 del Reglamento aprobado por el Decreto Nº 1030/16.
En caso de igualdad de precios y calidad entre dos o más ofertas formalmente admisibles y convenientes, se aplicarán en primer término las normas sobre preferencias que establezca la normativa vigente y de mantenerse la igualdad, resultarán de aplicación las previsiones contenidas en el artículo 70 del Reglamento aprobado por el Decreto Nº 1030/16.
CLAUSULA 13: NOTIFICACIÓN DEL DICTAMEN DE EVALUACIÓN
El dictamen de evaluación se notificará a todos los oferentes dentro de los DOS (2) días de emitido y se difundirá en el sitio de Internet de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES.
CLAUSULA 14: IMPUGNACIONES
Los oferentes podrán impugnar el dictamen de evaluación dentro de los TRES (3) días de su notificación, para lo cual la garantía de impugnación será equivalente al TRES POR CIENTO (3%) del monto de la oferta del renglón o los renglones. Quienes no revistan la calidad de oferente para el renglón o los renglones en discusión y el dictamen de evaluación para el renglón o renglones que se impugnen no aconsejare la adjudicación a ninguna oferta, el importe de la garantía de impugnación será equivalente a TRECE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SEIS CON OCHENTA CENTAVOS ($13.996,80), según artículo 32 inciso a) de la Disposición de la Oficina Nacional de Contrataciones Nº 63/16, y podrán impugnarlo dentro de los TRES (3) días de su difusión en el sitio de Internet de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES, previa integración de la garantía regulada en el articulo 78, inciso d) del Reglamento aprobado por el Decreto N° 1030/16.
Las impugnaciones serán resueltas en el mismo acto que disponga la adjudicación, conforme lo dispuesto en el artículo 74 del Reglamento aprobado por el Decreto N° 1030/16.
CLAUSULA 15: CRITERIOS DE SELECCIÓN Y ADJUDICACION
En el Acto Administrativo de Aprobación y Adjudicación de las Ofertas se determinará el proveedor o los proveedores con quienes se suscribirá las respectivas contrataciones. La Selección de los Proveedores se realizará en favor de las ofertas que fueran convenientes, teniendo en cuenta: el precio, la calidad, la idoneidad de los oferentes, y el cumplimiento de los aspectos legales, formales y técnicos; adjudicándose entre la/s oferta/s de igual conveniencia a aquellas que resulten las de menor valor.
Dicha selección será notificada al o a los adjudicatarios y al resto de los oferentes, dentro de los TRES (3) días de dictado el acto respectivo.
CLAUSULA 16: PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO
Dentro de los DIEZ (10) días de la fecha de notificación del acto administrativo de adjudicación se procederá a emitir la Orden de Compra y su notificación al adjudicatario producirá el perfeccionamiento del contrato, conforme lo dispuesto en el artículo 75 del Reglamento aprobado por el Decreto Nº 1030/16.
El SENASA podrá dejar sin efecto el presente procedimiento de contratación en cualquier momento anterior al perfeccionamiento del contrato, sin lugar a indemnización alguna en favor de los interesados u oferentes.
CLAUSULA 17: GARANTIA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO
El adjudicatario deberá integrar dentro del plazo de CINCO (5) días hábiles de notificada o suscripta la Orden de Compra una garantía de cumplimiento de contrato (en original y copia simple), por un valor equivalente al DIEZ POR CIENTO (10%) del monto total adjudicado, pudiéndose constituir en alguna de las formas estipuladas en el Artículo 39 del Anexo de la Disposición de la Oficina Nacional de Contrataciones Nº 63/16.
Dicha garantía deberá ser presentada en la Coordinación de Compras y Contrataciones del SENASA, sito en Xx. Xxxxx Xxxxx 000, 0x xxxx, xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx de lunes a viernes en el horario de 10 a 13 hs. y de 14 a 16 hs.
CLAUSULA 18: LUGAR DE PRESTACION DE SERVICIO
EDIFICIO SEDE CENTRAL: sito en Xx. Xxxxx Xxxxx Xx 000, Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx. XXXXXX XXXXXXXX XXXXXXXXXXXXX: sito en Xxxxxxxx 0000, Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx.
CLAUSULA 19: PLAZO DE PRESTACION DE SERVICIO
El servicio deberá ser prestado dentro de los DIEZ (10) días de notificada la pertinente Orden de Compra, por el término de DOCE (12) meses.
El contrato podrá ser prorrogado en las mismas condiciones, a exclusivo juicio del SENASA, por un periodo de DOCE (12) meses. El uso de esta opción será facultad exclusiva del SENASA, de acuerdo a lo establecido en el articulo 100 inciso b) Anexo al Decreto Nº 1030/16.
Deberá comunicarse con un plazo mínimo de TREINTA (30) días anteriores al vencimiento del contrato.
CLAUSULA 20: OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO
El adjudicatario deberá cumplir con las siguientes obligaciones:
20.1. Garantía de cumplimiento de contrato
Deberá integrar, dentro del plazo de CINCO (5) días hábiles de notificada o suscripta la Orden de Compra, una garantía de cumplimiento de contrato (en original y fotocopia simple), por un valor equivalente al DIEZ POR CIENTO (10%) del monto total adjudicado, de acuerdo a las formas indicadas en la cláusula 7 del presente pliego, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 77 del Reglamento aprobado por el Decreto Nº 1030/16 y articulo 37 de la Disposición de la Oficina Nacional de Contrataciones Nº 63/16.
Dicha garantía deberá ser presentada en la COORDINACIÓN DE COMPRAS Y CONTRATACIONES del SENASA, sito en Xx. Xxxxx Xxxxx 000, 0x Xxxx, Xxxxxx Xxxxxx xx xx Xxxxxx Xxxxx, de lunes a viernes en el horario de 10 a 13hs. y de 14 a 16hs., y deberá estar acompañada de una nota en la cual se indique: nombre de la firma presentante, número de expediente, tipo y número de procedimiento de selección, número de orden de compra y carácter de la garantía.
La garantía será devuelta una vez cumplido el contrato a satisfacción del SENASA y de acuerdo a lo previsto en el Reglamento de Contrataciones.
Excepciones a presentar garantías: rige lo dispuesto en el artículo 80 del Reglamento aprobado por el Decreto N° 1030/16.
Devolución de garantías: rige lo establecido en los artículos 43 y 44 de la Disposición de la Oficina Nacional de Contrataciones Nº 62/16 (B.O. 29-09-16).
20.2. Información de cuenta bancaria
A los efectos de percibir el pago, deberá informar su número de cuenta bancaria, corriente o de ahorro, en moneda nacional, la que deberá encontrarse abierta en alguno de los bancos adheridos al sistema, autorizados a operar como agentes pagadores.
20.3. Alta de beneficiario
Deberá acompañar fotocopia de la presentación del formulario de ALTA DE BENEFICIARIO y de AUTORIZACIÓN DE PAGO, con la constancia de recepción respectiva o indicación del CÓDIGO DEL BENEFICIARIO, otorgado de conformidad a la Disposición Conjunta N° 21/95 de la CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN y N° 10/95 de la TESORERÍA GENERAL DE LA NACIÓN, p or las que se aprueba el procedimiento pertinente.
Aquellos que no posean número de beneficiario deberán obtenerlo en la COORDINACIÓN DE COMPRAS Y CONTRATACIONES del SENASA, sito en Xx. Xxxxx Xxxxx 000, 0x Xxx x, XXXXXX XXXXXXXX XX XXXXXX
XXXXX, de lunes a viernes en el horario de 10 a 13 y 14 a 16 horas.
20.4 Cumplimiento de la normativa vigente
Se obliga a cumplimentar exclusiva y excluyentemente y sin derecho a reembolso o resarcimiento alguno, la totalidad de las normas administrativas, comerciales, laborales, tributario impositivas, previsionales, de cobertura aseguradora o de cualquier otra índole tanto nacionales, provinciales o municipales, que le resulten inherentes como consecuencias de la actividad que desarrolle por el presente, asumiendo idéntica responsabilidad en relación al personal que contrate o preste servicios a su favor a tal efecto.
20.5. Higiene y Seguridad en el Trabajo y Riesgos del Trabajo
Deberá dar estricto cumplimiento a lo establecido en materia de Higiene y Seguridad en el Trabajo (Ley N°
19.587 y su Decreto Reglamentario) y Riesgo de Trabajo (Ley N° 24.557 y su Decreto reglamentario).
La Inspección (ver cláusula 22 de este pliego) tendrá la facultad de exigir el retiro definitivo de los lugares de trabajo del personal de la adjudicataria que no respete estrictamente las normas de seguridad, en cuanto al no uso de los elementos de protección necesarios y reglamentarios, como así también de aquel que realice en forma irresponsable y riesgosa su trabajo.
20.6. Cumplimiento de la prestación
Deberá dar cumplimiento en tiempo y forma a su obligación de prestar los servicios, en un todo de acuerdo con la normativa vigente y con las consideraciones especiales detalladas en las Especificaciones Técnicas del presente pliego.
Particularmente, deberá proveer la mano de obra, equipos, materiales, herramientas e instrumental necesarios para cumplir el objeto y obligaciones de esta contratación, a su exclusivo cargo y costo, y bajo su exclusiva responsabilidad.
20.7. Se deberá registrar en el S.E.N.A.S.A. algún medio fehaciente de comunicación para dar ubicación inmediata tanto al Conservador como al Representante Técnico las 24 hs. durante el período de contratación.
20.8. La adjudicataria deberá contar con guardia pasiva las 24 hs. del día durante toda la vigencia de la licitación. El adjudicatario deberá disponer de medios de comunicación efectivos a saber: telefónicos (línea/celular) indistintamente y en su conjunto para atender los requerimientos de todas las necesidades que surjan en el marco de la licitación.
20.9. La adjudicataria deberá proveer todos los materiales y repuestos nuevos. Los repuestos específicos deberán además ser originales de fábrica. Se deberán indicar las empresas proveedoras de los repuestos específicos a usar durante los mantenimientos. No se aceptarán repuestos de otro origen, los repuestos serán de igual marca y prestación igual o superior al original.
Los repuestos reemplazados quedarán en poder del S.E.N.A.S.A.
20.10. Toda gestión frente al Gobierno de la Cuidad Autónoma de Buenos Aires, para el cumplimiento de cambio de conservador, etc. estará a cargo del contratista, sin que esto implique costos adicionales, respecto al valor mensual del mantenimiento contratado. Plazo para inicio de los trámites: dentro de los diez primeros días a partir de la fecha de inicio del contrato, plazo de finalización máximo: dos meses de iniciados los trámites. En caso que el S.E.N.A.S.A. dispusiera, el cambio del representante técnico, dicha gestión, estará a cargo de la adjudicataria en forma total.
20.11. El programa de Mantenimiento de Ascensores se realizará de acuerdo con la Ordenanza Municipal 49308/95, Decreto 578/GCBA/01 modificado por el decreto 1734/02, sus actualizaciones y futuras modificaciones.
20.12. La adjudicataria se hará cargo de los ascensores en el estado en que se encuentran y deberá mantenerlos en perfecto estado de funcionamiento de acuerdo a las pautas y normas establecidas en el presente pliego y las reglamentaciones vigentes, sin otro cargo para el S.E.N.A.S.A. que el correspondiente al abono.
20.13. Responsabilidad
Asumirá exclusiva responsabilidad por los hechos dañosos de cualquier naturaleza que puedan producirse a sus dependientes, terceros, personal del SENASA, o a los bienes de todos ellos, como consecuencia de la actividad que cumplimentará con motivo de la contratación adjudicada.
Al respecto, se deja establecido que la adjudicataria ejecutará los trabajos contratados de modo que los mismos resulten completos y adecuados a su fin, en la forma que se infiere de las Especificaciones Técnicas y de los demás documentos del contrato, aunque los mismos no mencionen todos los detalles necesarios al efecto, sin que por ello tenga derecho al cobro adicional alguno y responderá de los defectos que puedan producirse durante la ejecución de los mismos y hasta la conformidad definitiva.
Deberá tomar todos los recaudos y precauciones necesarias para evitar daños a su personal, al del SENASA y a terceros vinculados o no con la ejecución de las prestaciones, a las propiedades e instalaciones del SENASA o de terceros, sea que tales daños provengan de la acción de su personal, de elementos instalados o de causas eventuales teniendo, además, a su cargo la reparación de eventuales daños materiales a los bienes de propiedad del SENASA o de terceros y de los ocasionados al personal del SENASA o a terceros.
El resarcimiento de los perjuicios que no obstante se produjeran, correrán por cuenta de la adjudicataria. Estas responsabilidades subsistirán hasta la conclusión de los compromisos contractuales. La contratista responderá por todos los daños que produzca a las personas, bienes o instalaciones del SENASA o terceros; para ello deberá presentar las pólizas de seguros que correspondan.
20.14. Seguro de responsabilidad
Deberá contar con un seguro de responsabilidad para cubrir riesgos de daños a terceros durante la prestación del servicio.
20.15. Personal de la adjudicataria
El personal a emplearse en la presente contratación deberá ser idóneo y experimentado, y estar equipado con los elementos necesarios para un correcto desempeño de sus tareas. Tendrá prohibido el acceso a las instalaciones ajenas al trabajo. No se permitirá el ingreso a las instalaciones del SENASA de personal indocumentado y/o sin residencia autorizada en el país.
La adjudicataria queda obligada a disponer del personal que necesite con arreglo a las disposiciones laborales vigentes.
El personal deberá poseer uniforme de la empresa adjudicataria y contará con una tarjeta identificatoria, visiblemente colocada, con la indicación de nombre, número de documento, nombre de la empresa y cargo.
La adjudicataria deberá confeccionar la lista de personal, en relación de dependencia, fijo y xx xxxxxxx que concurrirá al SENASA para permitir el ingreso al mismo. Cada vez que personal xx xxxxxxx concurra al SENASA en forma espontánea o convocada, deberá registrar su ingreso y egreso en la oficina de vigilancia. Se notificará a la adjudicataria el personal autorizado para efectuar los reclamos.
El personal tendrá la idoneidad necesaria para resolver cualquier problema que surja, para el correcto funcionamiento de todos los ascensores, como así también para desarrollar todas las tareas de mantenimiento preventivo y correctivo.
El personal debe estar debidamente uniformado con toda la indumentaria (nueva al inicio) que asegure cualquier riesgo físico que este pueda tener, contando cada uno de ellos con los elementos de protección personal y de comunicación. Los colores de la indumentaria, como así también cualquier medio de identificación del personal, serán determinados por el S.E.N.A.S.A.
20.16. Elementos de seguridad
El personal que preste el servicio deberá contar con todos los elementos de seguridad para la realización de sus tareas.
CLAUSULA 21: PERSONAL DE LA ADJUDICATARIA
El personal utilizado por la adjudicataria para realizar la prestación del servicio, no adquiere por esta contratación ningún tipo o forma de relación de dependencia con el SENASA, siendo por cuenta de la firma contratada todas las responsabilidades emergentes de la relación laboral con el personal empleado.
Conforme a lo indicado en la cláusula anterior, queda bajo exclusiva responsabilidad de la firma adjudicataria todo accidente de trabajo que ocurra a su personal o a terceros vinculados o no con la prestación del servicio, como asimismo del cumplimiento de impuestos, salarios, cargas sociales, seguros, elementos de seguridad, indumentaria, beneficios y todas las obligaciones y responsabilidades emergentes de la relación laboral que existan o pudieren surgir durante la vigencia del contrato, sin excepción.
El adjudicatario deberá cumplir con la totalidad de sus obligaciones Fiscales, Previsionales, de la Seguridad Social y Sindicales.
El SENASA se reserva el derecho de solicitar en cualquier momento la exhibición de los comprobantes de pago de los mismos y realizar verificaciones in situ.
El S.E.N.A.S.A. se reserva el derecho de requerir al contratista la remoción inmediata de sus empleados que considere que no tengan la idoneidad necesaria o no guarden un comportamiento acorde con las buenas costumbres y reglamentaciones de disciplina vigentes para el S.E.N.A.S.A.
CLAUSULA 22: SUPERVISIÓN DEL CONTRATO
La supervisión del contrato por parte del SENASA se hará efectiva por intermedio de la UNIDAD DE ARQUITECTURA, quien tendrá a su cargo la inspección de los trabajos y a la que el adjudicatario facilitará ampliamente y en forma ineludible su cometido.
La inspección intervendrá en todas las cuestiones concernientes a la prestación del servicio, correcta ejecución del mismo y además verificará el cumplimiento de las obligaciones contractuales.
El SENASA se reserva el derecho de hacer uso de las medidas internas que reglamentan la seguridad y custodia de los bienes que conforman su patrimonio.
Para realizar, además de las tareas operativas del mantenimiento, tareas administrativas y de supervisión técnica y recibir las órdenes que imparta en la Unidad de Arquitectura, deberá ser nombrada una persona que será la interlocutora a efectos de transmitir todas las inquietudes que surjan sobre la prestación del servicio. Llevando adelante las órdenes impartidas por la Unidad de Arquitectura en el marco de la licitación.
22.1 Libros de órdenes de servicio y notas de pedido.
Las observaciones, órdenes y actas de penalidades que el S.E.N.A.S.A emita serán asentadas en un libro de Órdenes de Servicio. La Adjudicataria tendrá en su poder un libro de Notas de Pedido en el cual asentará las solicitudes que efectúe al S.E.N.A.S.A. Ambas notificaciones serán cronológicamente consignadas por duplicado en formularios especiales del tipo Correspondencia duplicado Nº 3 habilitados al efecto y provistos por la adjudicataria. La adjudicataria deberá proveer la totalidad de juegos de libros de Correspondencia, al igual que todos los artículos de librería, fotocopias y planillas que sean necesarios o requeridos por el Hospital.
Todo reemplazo de personal deberá ser notificado a través de este libro con todos los datos correspondientes al personal nuevo.
Los libros de Órdenes de Servicio los confeccionará el personal de la Unidad de Arquitectura y los de Nota de Pedido los confeccionará la Adjudicataria. Deberá notificarse de todas las órdenes de servicio, firmando al pie de la misma.
Las órdenes de servicio que el S.E.N.A.S.A. emita por medio de la Unidad de Arquitectura durante la vigencia del contrato, constituirá el medio legal fehaciente de comunicación entre el S.E.N.A.S.A. y la adjudicataria, deberán ser firmadas por la adjudicataria o su representante dentro de las 24 hrs. del requerimiento. El representante de la firma adjudicataria, no podrá negarse a firmar el libro de órdenes de servicio, éste será el único medio fehaciente por el cual se procederá a tomar conocimiento de las novedades. Caso contrario, la adjudicataria, se dará como notificada de su contenido.
CLAUSULA 23: RECEPCIÓN DEFINITIVA
La conformidad de la recepción se otorgará dentro de los DIEZ (10) días hábiles de la recepción provisoria de la prestación de servicio.
Dicho plazo comenzará a correr, de acuerdo a lo establecido en el artículo 89 del Reglamento aprobado por el Decreto N° 1030/16, a partir del día hábil inmediat o siguiente al de la fecha de entrega de los elementos. En caso de silencio, una vez vencido dicho plazo, el proveedor podrá intimar la recepción. Si la dependencia contratante no se expidiera dentro de los DIEZ (10) días siguientes al de la recepción de la intimación, los bienes o servicios se tendrán por recibidos de conformidad.
En los casos en que la Comisión de Recepción intime la presentación de elementos faltantes o bien cuando solicite el reemplazo de elementos o la adaptación de servicios que no eran conforme x xxxxxx, el plazo para otorgar la conformidad de la recepción de estas nuevas prestaciones comenzará a correr a partir de su ejecución.
CLAUSULA 24: PRESENTACION DE LAS FACTURAS
Las facturas deberán ser presentadas, en la forma, lugar, plazo y horario que se indique en la correspondiente orden de compra o contrato lo que dará comienzo al plazo fijado para el pago.
Las facturas electrónicas, según el caso, deberán indicar: fecha de emisión, Número y año de la Orden de Compra a la que hacen referencia, Número y especificación de cada Renglón facturado.
Las facturas deben presentarse una vez recibida la conformidad de recepción (conf. Art 90 del Reglamento aprobado por el Decreto Nº 1030/16) en la Coordinación de Compras y Contrataciones del SENASA sito en Xx. Xxxxx Xxxxx 000, 0x xxxx, xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx, de lunes a Viernes de 10 a 13 hs y de 14 a 16 hs, debiéndose adjuntar copia de los remitos de entrega con el siguiente detalle:
o Resumen del servicio prestado, desagregados en detalle.
o Fecha y Lugar de prestación del servicio.
o Firma y Aclaración del Funcionario responsable del servicio.
o Copia de la Constancia de inscripción ante la AFIP
o Porcentaje de Exclusión de IVA y Ganancias, en caso de corresponder.
o En caso de ser Agente de Retención, copia del documento que avale dicha situación.
CLAUSULA 25: MONEDA Y FORMA DE PAGO
Los pagos se realizarán en la moneda de curso legal en la República Argentina. Las facturas se pagarán a los TREINTA (30) días corridos contados a partir del día siguiente al de la entrega de las mismas en la forma y lugar indicados en la respectiva orden de compra o contrato. Sin perjuicio de ello, los pagos se atenderán considerando el programa mensual de caja y las prioridades de gastos contenidas en la normativa vigente y mediante sistema CUT.
CLAUSULA 26: SEGUROS
Obligaciones de la adjudicataria en materia de seguros:
26.1. Vida obligatorio al personal
Deberá asegurar al personal a su cargo en los lugares donde se desarrollarán los trabajos, con una cobertura de Vida Obligatorio, según las condiciones que sobre este riesgo prevé el Decreto 1567/74.
26.2 Responsabilidad civil comprensiva
Deberá constituir un seguro de Responsabilidad Civil comprensiva emergente de la actividad que desarrolle y para la cual fueron contratados por un monto no inferior a PESOS CIENTO CINCUENTA MIL ($ 150.000.-). En caso de poseer póliza de R.C. para su empresa en el ámbito nacional, por las actividades que la misma realiza, podrá extender un endoso incorporando como coasegurado al SENASA, aclarando que lo hace en los términos generales y particulares de la presente Licitación.
Cualquier consecuencia, ya fuere de carácter civil o penal que pudiera ocasionar la actuación de su personal con relación a terceros, incluyendo el personal del SENASA o los bienes de éste, será soportada exclusivamente por el adjudicatario, incluso las que derivan de la aplicación del Articulo 1157 del Código Civil y Comercial de la Nación y se consideran incluidos en la oferta.
26.3 Riesgos del trabajo
Deberá contratar un seguro sobre los Riesgos del Trabajo -y acreditar su existencia antes de iniciar los trabajos- para el personal a su cargo que realice tareas en las instalaciones donde se llevarán a cabo las mismas y en un todo de acuerdo a lo previsto por la Ley sobre Riesgos del Trabajo Nº 24.557. Las condiciones de cobertura deberán ser las que prevé la citada Ley.
El SENASA no aceptará bajo ninguna excusa el autoseguro parcial o total. La empresa aseguradora deberá ser una Administradora de Riesgo del Trabajo (A.R.T.), autorizada por la Superintendencia de Seguros de A.R.T.
26.4 De las Pólizas
26.4.1 Las Compañías de Seguros contratadas deberán estar autorizadas a operar por la Superintendencia de Seguros de la Nación y la Superintendencia de Administración de Riesgos de Trabajo. Asimismo, deberán ser de primer nivel y poseer una estructura económico-financiera dentro de los mínimos y máximos que determinan las fórmulas de la Superintendencia de Seguros de la Nación y que surgen del análisis que ese Organismo realiza de los datos presentados por las Aseguradoras.
26.4.2. El SENASA podrá, durante el transcurso de la vigencia de la póliza, exigir el cambio de Asegurador en caso que se lesione la estructura económico-financiera de éste, o por razones técnico-contractuales. Esta modificación no ocasionará ningún costo al Ministerio ni al Estado Nacional.
26.4.3 Los contratos de seguros que se presenten al SENASA deberán serán pólizas originales o copias y/o fotocopias con firmas ORIGINALES del Asegurador en todos los casos.
26.4.4 Dentro de las condiciones particulares deberá figurar expresamente el SENASA como beneficiario solidario con la adjudicataria de todos los derechos y prestaciones que la póliza otorgue al asegurado.
26.4.5 La adjudicataria deberá adjuntar la documentación fehaciente del Asegurador que testifique el pago de las pólizas en tiempo y forma.
26.4.6 Todos los contratos de seguros deberán mantener su vigencia hasta el cabal cumplimiento de las obligaciones de la adjudicataria. Si la finalización del contrato de la prestación fuera posterior al vencimiento de la póliza inicial, QUINCE (15) días antes de ese vencimiento deberá ser presentada la renovación de la misma. Si esta renovación, aún teniendo vigencia anual no llegara a cubrir el plazo del contrato, se repetirá este procedimiento tantas veces como sea necesario hasta cubrir el cumplimiento total de dicho contrato.
CLAUSULA 27: PENALIDADES
Los oferentes, adjudicatarios y cocontratantes podrán ser pasibles de las penalidades establecidas en el artículo 29 del Decreto Delegado Nº 1.023/01 y sus modificaciones y complementarios, por las causales previstas en el artículo 102 del Reglamento aprobado por el Decreto Nº 1030/16 (B.O. 16-09-16),:
a) Pérdida de la garantía de mantenimiento de oferta:
1.- Si el oferente manifestara su voluntad de no mantener su oferta fuera del plazo fijado para realizar tal manifestación o retirara su oferta sin cumplir con los plazos de mantenimiento.
b) Pérdida de la garantía de cumplimiento del contrato:
1.- Por incumplimiento contractual, si el adjudicatario desistiere en forma expresa del contrato antes de vencido el plazo fijado para su cumplimiento, o vencido el plazo de cumplimiento original del contrato o de su extensión, o vencido el plazo de las intimaciones que realizara la Comisión de Recepción, en todos los casos, sin que los bienes fueran entregados o prestados los servicios de conformidad.
2.- Por ceder el contrato sin autorización del organismo contratante.
c) Multa por xxxx en el cumplimiento de sus obligaciones:
1.- Se aplicará una multa xxx XXXX COMA CERO CINCO POR CIENTO (0,05%) del valor de lo satisfecho por cada día hábil de atraso.
2.- En ningún caso las multas podrán superar el CIEN POR CIENTO (100%) del valor del contrato.
3.- A continuación se detallan las multas que puede aplicar el S.E.N.A.S.A. en cada oportunidad en que la contratada contravenga las estipulaciones contractuales parcial o totalmente de acuerdo a la gravedad o riesgo que su falta ocasionara. La estipulación de las mismas no se contrapone con las causantes de rescisión del contrato del régimen de contrataciones del S.E.N.A.S.A..
Los descuentos serán:
• Ante la falta o retraso de la información administrativa o técnica: 1 % de descuento por cada día de retraso del monto mensual del contrato vigente.
• Por cada vez que cada uno de los integrantes de la empresa contratada incurriera en un mal trato, contrario a las normas de disciplina establecidas en el S.E.N.A.S.A. o se compruebe que está cumpliendo sus funciones sin usar el uniforme o los mismos se encuentren en mal estado de limpieza o conservación: 1 % del monto mensual del contrato vigente.
• Por trabajos de mantenimiento preventivo o correctivo no cumplido en tiempo y forma adecuada, resultado de insuficiente calidad, prolijidad y/o seguridad: de 1 % diario del monto mensual del contrato vigente.
• Por cada día o fracción de suspensión de tareas por inconvenientes propios de la contratada: de 1 %
del monto mensual del contrato vigente.
• Por cada trabajo de mantenimiento preventivo que no se realice: 3 % del monto mensual del contrato vigente.
• Toda actividad que la contratada realice con miras o propósitos de encubrir vicios, deficiencias y/o irregularidades en la atención del servicio a su cargo será multada con el 5 % acumulativo mensual (por la totalidad de multas) del monto del contrato vigente.
• Posterior a la orden de servicio que se origine, la contratada contará con 48 hrs. para solucionar las fallas detectadas. Vencido dicho plazo se multará nuevamente a la contratada por un valor del 1 % por cada día de atraso, del monto mensual del contrato vigente.
• Cuando por acumulación de multas la contratada sumare 15 % de multas sobre la facturación del mes en curso, estará a decisión del S.E.N.A.S.A. a ejecutar la garantía de adjudicación y rescindir el contrato.
• Ante la falta de cumplimiento de los tiempos establecidos, en relación a las llamadas por fallas en la prestación de los ascensores y por emergencia (ver especificaciones tecnicas, pag. 32), 3 % del monto mensual, por cada incumplimiento.
d) Rescisión por su culpa:
1.- Por incumplimiento contractual, si el adjudicatario desistiere en forma expresa del contrato antes de vencido el plazo fijado para su cumplimiento, o vencido el plazo de cumplimiento original del contrato o de su extensión, o vencido el plazo de las intimaciones que realizara la Comisión de Recepción, en todos los casos, sin que los bienes fueran entregados o prestados los servicios de conformidad.
2.- Por ceder el contrato sin autorización del organismo contratante.
3.- En caso de no integrar la garantía de cumplimiento del contrato luego de la intimación cursada por el organismo contratante, quedando obligado a responder por el importe de la garantía no constituida de acuerdo al orden de afectación de penalidades establecido en el presente reglamento.
La rescisión del contrato y la consiguiente pérdida de la garantía de cumplimiento del contrato podrán ser totales o parciales, afectando en este último caso a la parte no cumplida de aquél.
4.- La no realización de los trámites de cambio de conservador en tiempo y forma de acuerdo a lo solicitado será motivo de rescisión del contrato.
5.- Sin perjuicio de la enunciación precedente, en caso de producirse algún incumplimiento, de una entidad tal que a exclusivo juicio del S.E.N.A.S.A, impida la continuidad de la relación contractual también podrá procederse a la rescisión por su exclusiva culpa.
CLAUSULA 28: NORMATIVA APLICABLE
La presente contratación se regirá por las disposiciones del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional aprobado por Decreto N° 1023/01, modificat orios y complementarios y el Reglamento aprobado mediante Decreto N° 1030/2016, el Pliego Único de Ba ses y Condiciones Generales y el presente Pliego de Bases y Condiciones Particulares. Dichas disposiciones serán consideradas parte integrante de la presente contratación.
CLAUSULA 29: ORDEN DE PRELACION
Todos los documentos que rijan el llamado, así como los que integren el contrato serán considerados como recíprocamente explicativos. En caso de existir discrepancias se seguirá el siguiente orden de prelación:
a) Decreto Delegado N° 1.023/01 y sus modificatorio s y complementarios.
b) Las disposiciones del Reglamento aprobado por el Decreto Nº 1030/2016.
c) Las normas que se dicten en consecuencia del citado reglamento.
d) El manual de Procedimiento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional que dicte la Oficina Nacional de Contrataciones o las normas que dicte dicha Oficina Nacional en su carácter de órgano rector.
e) El Pliego Único de Bases y Condiciones Generales.
f) El pliego de bases y condiciones particulares aplicable.
g) La oferta.
h) Las muestras que se hubieran acompañado.
i) La adjudicación.
j) La Orden de Compra, de Venta o el Contrato, en su caso.
CLAUSULA 30: JURISDICCION
En caso de contienda judicial, las partes se someten a la jurisdicción y competencia de los Tribunales en lo Contencioso Administrativo Federal de la Capital Federal, renunciando a cualquier otro fuero o jurisdicción que pudiera corresponder.
CLAUSULA 31: DETALLE DE ANEXOS
a) ANEXO I: “Planilla de cotización”.
PLANILLA DE COTIZACION:
El que suscribe Documento
..................................... en nombre y representación de la firma ,
CUIT ........................, constituyendo domicilio en N°
.............., Localidad .................................................................., constituyendo dirección de correo electrónico en……………………………….,Teléfono , y con poder suficiente para obrar en su nombre, luego de
interiorizarse de las condiciones particulares y técnicas que rigen la presente compulsa, cotiza los siguientes precios:
Renglón | Denominación | Unidad de medida | Cantidad | Precio Unitario (IVA Incluido) | Precio Total (IVA incluido) |
ÚNICO | Contratación de un (1) servicio de mantenimiento preventivo y correctivo integral de los cuatro (4) ascensores de sede central y un (1) ascensor en Azopardo 1020 | MES | 12 | $ | $ |
Total General (IVA Incluido) | $ |
SON PESOS (en letras) ..........................................................................
A) FORMA DE PAGO: | SEGÚN PLIEGO: | SI …… | NO …… |
B) PLAZO DE ENTREGA: | SEGÚN PLIEGO: | SI …… | NO …… |
C) LUGAR DE ENTREGA: | SEGÚN PLIEGO: | SI …… | NO …… |
D) TELEFONO FAX: …………………………………………………………………………………..
E) DOMICILIO DE OFICINAS Y/O DEPOSITOS: ………………………………………………….
F) HORARIO DE ATENCION: ……………………………………………………………………….
................................................................
FIRMA
ESTRUCTURA DE COSTOS
Se deberá completar la planilla siguiente para los ascensores de Paseo Colón:
ASCENSOR | VALOR MENSUAL | ||
Mano de Obra | Materiales (estimado) | TOTAL | |
Nº1 | |||
Nº2 | |||
Nº3 | |||
Nº4 | |||
TOTAL |
Y otra similar para el ascensor de la calle Azopardo 1020:
ASCENSOR | VALOR MENSUAL | ||
Mano de Obra | Materiales (estimado) | TOTAL | |
Nº1 | |||
TOTAL |
El oferente suministrará junto con la oferta, precios testigo (materiales y mano de obra) por los valores de cambio de cables xx xxxxx de tracción para cada ascensor, cambio de cables de limitadores de velocidad, retorneado de poleas de tracción, reemplazo de rodamiento de empuje de sin fin, reemplazo de rodamientos de polea de tracción, cambio de rodamientos de motor bobinado de motor de tracción y sustitución del variador de frecuencia.
En caso de ser necesario efectuar alguna estas tareas el S.E.N.A.S.A. podrá contratarlas al valor ofertado. Deberá completarse toda la información para cada ascensor de los instalados en Xxxxx Xxxxx 000.
Asc. Nº1, Nº 2, Nº 3 y Nº 4 | Materiales | M. de obra | Total |
Cables de tracción y accesorios | |||
Cable de limitador y accesorios | |||
Retorneado polea de tracción | |||
Cambio rodamientos sin fin. | |||
Cambio de rodamientos de polea de tracción. | |||
Bobinado de motor y accesorios. | |||
Sustitución del variador de frecuencia. |