REPÚBLICA DEL ECUADOR GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO PROVINCIAL DE NAPO
Pliego Xxxxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxx 0
XXXXXXXXX XXX XXXXXXX
GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO
PROVINCIAL DE NAPO
JUNIO 2018
DOCUMENTOS DE LICITACION
Documento para la Contratación de Obras Menores
Construcción del Puente sobre el río Anzu, cantón Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxx, provincia de Napo
Emitido el: 27 xx xxxxx de 2018
LPN No: LPN-GADPN-O-5-2018
Contratante: Gobierno Autónomo Descentralizado Provincial de Napo
País: Ecuador
Tena, junio de 2018
Índice General
Sección I. Instrucciones a los Oferentes 5
Sección II. Datos de la Licitación 33
Sección III. Países Elegibles 53
Sección IV. Formulario de la Oferta 55
Sección V. Condiciones Generales del Contrato 63
Sección VI. Condiciones Especiales del Contrato 99
Sección VII. Especificaciones y Condiciones de Cumplimiento 115
Sección IX. Lista de Cantidades 171
Sección X. Formularios de Garantía 175
Garantía de Mantenimiento de la Oferta (Garantía Bancaria) 98
Garantía de Mantenimiento de la Oferta (Fianza) 100
Declaración de Mantenimiento de la Oferta 102
Garantía de Cumplimiento (Garantía Bancaria) 104
Garantía de Cumplimiento (Fianza) 106
Introducción
Estos documentos de licitación se han preparado para que sean utilizados por el Organismo Ejecutor en las Licitaciones Públicas Nacionales cuyo monto no superen los tres millones de dólares de los Estados Unidos de América (USD. 3.000.000) y pueden emplearse para los tipos de contratos que más se utilizan en la contratación de obras, que son el contrato basado en la medición de ejecución de obra (precios unitarios en una Lista de Cantidades) o el contrato por suma alzada. Los contratos por suma alzada se usan sobre todo en la construcción de edificios y otros tipos de obras bien definidas que tengan pocas probabilidades de experimentar cambios en cantidades o en las Especificaciones, o en las que sea improbable encontrar condiciones difíciles o imprevistas en el Sitio de las Obras (por ejemplo, problemas ocultos de fundación). El texto principal se refiere a los contratos basados en precios unitarios. Se presentan cláusulas o redacciones alternativas para su uso en los contratos por suma alzada.1
Las contrataciones de obras que superen el monto arriba consignado deberán realizarse utilizando los Documentos Estándar de Licitación Pública Internacional del BID, que se encuentra disponible en xxxx://xxx.xxxx.xxx/xxxxxxxxxxx. El método de selección de cada contratación se prevé en el Plan de Adquisiciones del Proyecto.
Se deberán seguir las siguientes indicaciones para el uso de los documentos:
(a) Todos los documentos listados en el índice son normalmente necesarios para la contratación de obras. Sin embargo, los mismos deberán ser adaptados a las circunstancias del proyecto en particular según se requiera.
(b) Antes de emitir los Documentos de licitación, el Contratante preparará los Datos de la Licitación (Sección II), las Condiciones Especiales del Contrato (Sección VI) y las Secciones VII, VIII, IX que se refieren a las Especificaciones, los Planos y la Lista de Cantidades, respectivamente. El Contratante deberá leer y / o proporcionar la información señalada en las notas entre corchetes y letra itálica. En aquellos pocos casos en que se requiera que el Oferente suministre información, así lo especificarán las notas. Las notas de pie de página y las notas para el Contratante no forman parte del texto y no deberán incluirse en los documentos de licitación emitidos a los Oferentes.
(c) Las modificaciones que se requieran para responder a las necesidades de cada proyecto o contrato, deberán realizarse solamente en los Datos de la Licitación y en las Condiciones Especiales del Contrato como enmiendas a las Instrucciones a los Oferentes y a las Condiciones Generales del Contrato, respectivamente.
(d) Estos documentos de licitación han sido preparados para su uso en los procedimientos de licitación en donde no se haya llevado a cabo proceso de precalificación. Pero puede adecuarse a un llamado que prevea precalificación.
Sección I. Instrucciones a los Oferentes
En esta Sección de los documentos de licitación se proporciona la información que los Oferentes necesitan para preparar Ofertas que se ajusten a los requisitos exigidos por el Contratante. También se provee información sobre la presentación, apertura y evaluación de las Ofertas, y sobre la adjudicación del Contrato.
Las disposiciones que rigen el desempeño del Contratista, los pagos que se efectúen en virtud del Contrato, o lo relativo a los riesgos, derechos y obligaciones de las partes en virtud del Contrato no se incluyen normalmente en esta Sección, sino en la Sección V, Condiciones Generales del Contrato (CGC), y/o en la Sección VI, Condiciones Especiales del Contrato (CEC). En caso de que no pueda evitarse el tratamiento de un mismo tema en distintas secciones de los documentos, habrá que tener especial cuidado para evitar las contradicciones entre cláusulas que se refieran al mismo asunto.
Estas Instrucciones a los Oferentes no formarán parte del Contrato y dejarán de tener vigencia una vez que éste haya sido firmado.
5. Calificaciones del Oferente 15
8. Visita al Sitio de las obras 18
B. Documentos de Licitación 18
9. Contenido de los Documentos de Licitación 18
10. Aclaración de los Documentos de Licitación 19
11. Enmiendas a los Documentos de Licitación 19
C. Preparación de las Ofertas 19
13. Documentos que conforman la Oferta 19
15. Monedas de la Oferta y pago 20
17. Garantía de Mantenimiento de la Oferta y Declaración de Mantenimiento de la Oferta 21
18. Ofertas alternativas de los Oferentes 23
19. Formato y firma de la Oferta 23
D. Presentación de las Ofertas 24
20. Presentación, Sello e Identificación de las Ofertas 24
21. Plazo para la presentación de las Ofertas 25
23. Retiro, sustitución y modificación de las Ofertas 25
E. Apertura y Evaluación de las Ofertas 26
24. Apertura de las Ofertas 26
26. Aclaración de las Ofertas 27
27. Examen de las Ofertas para determinar su cumplimiento 27
29. Moneda para la evaluación de las Ofertas 28
30. Evaluación y comparación de las Ofertas 29
F. Adjudicación del Contrato 29
32. Criterios de Adjudicación 29
33. Derecho del Contratante a aceptar cualquier Oferta o a rechazar cualquier o todas las Ofertas 30
34. Notificación de Adjudicación y firma del Convenio 30
35. Garantía de Cumplimiento 31
Instrucciones a los Oferentes (IAO)
A. Disposiciones Generales
1. Alcance de la licitación |
1.1 El Contratante, según la definición2 que consta en las “Condiciones Generales del Contrato” (CGC) e identificado en la Sección II, “Datos de la Licitación” (DDL) invita a presentar Ofertas para la construcción de las Obras que se describen en los DDL y en la Sección VI, “Condiciones Especiales del Contrato” (CEC). El nombre y el número de identificación del Contrato están especificados en los DDL y en las CEC. 1.2 El Oferente seleccionado deberá terminar las Obras en la Fecha Prevista de Terminación especificada en los DDL y en la subcláusula 1.1 (r) de las CEC. 1.3 En estos Documentos de Licitación:
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2. Fuente de fondos |
2.1 El Prestatario identificado en los DDL, se propone destinar una parte de los fondos xxx xxxxxxxx del Banco Interamericano de Desarrollo (BID) (en lo adelante denominado el “Banco”) identificado en los DDL, para sufragar parcialmente el costo del Proyecto identificado en los DDL, a fin de cubrir los gastos elegibles en virtud del Contrato para las Obras. El Banco efectuará pagos solamente a solicitud del Prestatario y una vez que el Banco los haya aprobado de conformidad con las estipulaciones del Contrato xx Xxxxxxxx. Dichos pagos se ajustarán en todos sus aspectos a las condiciones de dicho Contrato. Salvo que el Banco acuerde expresamente con otra cosa, nadie más que el Prestatario podrá tener derecho alguno en virtud del Contrato xx Xxxxxxxx ni tendrá derecho alguno sobre los fondos xxx xxxxxxxx. 2.2 El Banco Interamericano de Desarrollo efectuará pagos solamente a pedido del Prestatario y una vez que el Banco Interamericano de Desarrollo los haya aprobado de conformidad con las estipulaciones establecidas en el acuerdo financiero entre el Prestatario y el Banco (en adelante denominado “el Contrato xx Xxxxxxxx”). Dichos pagos se ajustarán en todos sus aspectos a las condiciones de dicho Contrato xx Xxxxxxxx. Salvo que el Banco Interamericano de Desarrollo acuerde expresamente lo contrario, nadie más que el Prestatario podrá tener derecho alguno en virtud del Contrato xx Xxxxxxxx ni tendrá ningún derecho a los fondos del financiamiento. |
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3. Prácticas prohibidas |
3.1 El Banco exige a todos los Prestatarios (incluyendo los beneficiarios de donaciones), organismos ejecutores y organismos contratantes, al igual que a todas las firmas, entidades o individuos oferentes por participar o participando en actividades financiadas por el Banco incluyendo, entre otros, solicitantes, oferentes, proveedores de bienes, contratistas, consultores, miembros del personal, subcontratistas, subconsultores, proveedores de servicios y concesionarios (incluidos sus respectivos funcionarios, empleados y representantes, ya sean sus atribuciones expresas o implícitas), observar los más altos niveles éticos y denuncien al Banco3 todo acto sospechoso de constituir una Práctica Prohibida del cual tenga conocimiento o sea informado, durante el proceso de selección y las negociaciones o la ejecución de un contrato. Las Prácticas Prohibidas comprenden actos de: (i) prácticas corruptivas; (ii) prácticas fraudulentas; (iii) prácticas coercitivas; y (iv) prácticas colusorias y (v) prácticas obstructivas. El Banco ha establecido mecanismos para la denuncia de la supuesta comisión de Prácticas Prohibidas. Toda denuncia deberá ser remitida a la Oficina de Integridad Institucional (OII) del Banco para que se investigue debidamente. El Banco también ha adoptado procedimientos de sanción para la resolución de casos y ha celebrado acuerdos con otras Instituciones Financieras Internacionales (IFI) a fin de dar un reconocimiento recíproco a las sanciones impuestas por sus respectivos órganos sancionadores. (a) El Banco define, para efectos de esta disposición, los términos que figuran a continuación: (i) Una práctica corruptiva consiste en ofrecer, dar, recibir o solicitar, directa o indirectamente, cualquier cosa de valor para influenciar indebidamente las acciones de otra parte; (ii) Una práctica fraudulenta es cualquier acto u omisión, incluida la tergiversación de hechos y circunstancias, que deliberada o imprudentemente, engañen, o intenten engañar, a alguna parte para obtener un beneficio financiero o de otra naturaleza o para evadir una obligación; (iii) Una práctica coercitiva consiste en perjudicar o causar daño, o amenazar con perjudicar o causar daño, directa o indirectamente, a cualquier parte o a sus bienes para influenciar indebidamente las acciones de una parte; (iv)Una práctica colusoria es un acuerdo entre dos o más partes realizado con la intención de alcanzar un propósito inapropiado, lo que incluye influenciar en forma inapropiada las acciones de otra parte; y (v) Una práctica obstructiva consiste en: a.a. destruir, falsificar, alterar u ocultar deliberadamente evidencia significativa para la investigación o realizar declaraciones falsas ante los investigadores con el fin de impedir materialmente una investigación del Grupo del Banco sobre denuncias de una práctica corrupta, fraudulenta, coercitiva o colusoria; y/o amenazar, hostigar o intimidar a cualquier parte para impedir que divulgue su conocimiento de asuntos que son importantes para la investigación o que prosiga la investigación, o b.b. todo acto dirigido a impedir materialmente el ejercicio de inspección del Banco y los derechos de auditoría previstos en el párrafo 3.1 (f) de abajo. (b) Si se determina que, de conformidad con los Procedimientos de sanciones del Banco, cualquier firma, entidad o individuo actuando como oferente o participando en una actividad financiada por el Banco incluidos, entre otros, solicitantes, oferentes, proveedores, contratistas, consultores, miembros del personal, subcontratistas, subconsultores, proveedores de bienes o servicios, concesionarios, Prestatarios (incluidos los Beneficiarios de donaciones), organismos ejecutores o organismos contratantes (incluyendo sus respectivos funcionarios, empleados y representantes, ya sean sus atribuciones expresas o implícitas) ha cometido una Práctica Prohibida en cualquier etapa de la adjudicación o ejecución de un contrato, el Banco podrá: (i) no financiar ninguna propuesta de adjudicación de un contrato para la adquisición de bienes o servicios, la contratación de obras, o servicios de consultoría; (ii) suspender los desembolsos de la operación, si se determina, en cualquier etapa, que un empleado, agencia o representante del Prestatario, el Organismo Ejecutor o el Organismo Contratante ha cometido una Práctica Prohibida; (iii) declarar una contratación no elegible para financiamiento del Banco y cancelar y/o acelerar el pago de una parte xxx xxxxxxxx o de la donación relacionada inequívocamente con un contrato, cuando exista evidencia de que el representante del Prestatario, o Beneficiario de una donación, no ha tomado las medidas correctivas adecuadas (lo que incluye, entre otras cosas, la notificación adecuada al Banco tras tener conocimiento de la comisión de la Práctica Prohibida) en un plazo que el Banco considere razonable; (iv) emitir una amonestación a la firma, entidad o individuo en el formato de una carta formal de censura por su conducta; (v) declarar a una firma, entidad o individuo inelegible, en forma permanente o por determinado período de tiempo, para que (i) se le adjudiquen contratos o participe en actividades financiadas por el Banco, y (ii) sea designado subconsultor, subcontratista o proveedor de bienes o servicios por otra firma elegible a la que se adjudique un contrato para ejecutar actividades financiadas por el Banco; (vi) remitir el tema a las autoridades pertinentes encargadas de hacer cumplir las leyes; y/o; (vii) imponer otras sanciones que considere apropiadas bajo las circunstancias del caso, incluyendo la imposición de multas que representen para el Banco un reembolso de los costos vinculados con las investigaciones y actuaciones. Dichas sanciones podrán ser impuestas en forma adicional o en sustitución de las sanciones arriba referidas. (c) Lo dispuesto en los incisos (i) y (ii) del párrafo 3.1 (b) se aplicará también en casos en los que las partes hayan sido temporalmente declaradas inelegibles para la adjudicación de nuevos contratos en espera de que se adopte una decisión definitiva en un proceso de sanción, o cualquier otra resolución. (d) La imposición de cualquier medida que sea tomada por el Banco de conformidad con las provisiones referidas anteriormente será de carácter público. (e) Asimismo, cualquier firma, entidad o individuo actuando como oferente o participando en una actividad financiada por el Banco, incluidos, entre otros, solicitantes, oferentes, proveedores de bienes, contratistas, consultores, miembros del personal, subcontratistas, subconsultores, proveedores de servicios, concesionarios, Prestatarios (incluidos los beneficiarios de donaciones), organismos ejecutores o contratantes (incluidos sus respectivos funcionarios, empleados y representantes, ya sean sus atribuciones expresas o implícitas) podrá verse sujeto a sanción de conformidad con lo dispuesto en convenios suscritos por el Banco con otra Institución Financiera Internacional (IFI) concernientes al reconocimiento recíproco de decisiones de inhabilitación. A efectos de lo dispuesto en el presente párrafo, el término “sanción” incluye toda inhabilitación permanente, imposición de condiciones para la participación en futuros contratos o adopción pública de medidas en respuesta a una contravención del marco vigente de una Institución Financiera Internacional (IFI) aplicable a la resolución de denuncias de comisión de Prácticas Prohibidas. (f) El Banco exige que los solicitantes, oferentes, proveedores de bienes y sus representantes, contratistas, consultores, miembros del personal, subcontratistas, subconsultores, proveedores de servicios y sus representantes, y concesionarios permitan al Banco revisar cualesquiera cuentas, registros y otros documentos relacionados con la presentación de propuestas y con el cumplimiento del contrato y someterlos a una auditoría por auditores designados por el Banco. Todo solicitante, oferente, proveedor de bienes y su representante, contratista, consultor, miembro del personal, subcontratista, subconsultor, proveedor de servicios y concesionario deberá prestar plena asistencia al Banco en su investigación. El Banco también requiere que solicitantes, oferentes, proveedores de bienes y sus representantes, contratistas, consultores, miembros del personal, subcontratistas, subconsultores, proveedores de servicios y concesionarios: (i) conserven todos los documentos y registros relacionados con actividades financiadas por el Banco por un período de siete (7) años luego de terminado el trabajo contemplado en el respectivo contrato; y (ii) entreguen todo documento necesario para la investigación de denuncias de comisión de Prácticas Prohibidas y (iii) aseguren que los empleados o agentes de los solicitantes, oferentes, proveedores de bienes y sus representantes, contratistas, consultores, subcontratistas, subconsultores, proveedores de servicios y concesionarios que tengan conocimiento de las actividades financiadas por el Banco estén disponibles para responder a las consultas relacionadas con la investigación provenientes de personal del Banco o de cualquier investigador, agente, auditor, o consultor apropiadamente designado. Si el solicitante, oferente, proveedor de bienes y su representante, contratista, consultor, miembro del personal, subcontratista, subconsultor proveedor de servicios o concesionario se niega a cooperar o incumple el requerimiento del Banco, o de cualquier otra forma obstaculiza la investigación por parte del Banco, el Banco, bajo su sola discreción, podrá tomar medidas apropiadas contra el solicitante, oferente, proveedor de bienes y su representante, contratista, consultor, miembro del personal, subcontratista, subconsultor, proveedor de servicios, o concesionario. (g) Cuando un Prestatario adquiera bienes, servicios distintos de servicios de consultoría, obras o servicios de consultoría directamente de una agencia especializada, todas las disposiciones contempladas en el párrafo 3 relativas a sanciones y Prácticas Prohibidas se aplicarán íntegramente a los solicitantes, oferentes, proveedores de bienes y sus representantes, contratistas, consultores, miembros del personal, subcontratistas, subconsultores, proveedores de servicios, concesionarios (incluidos sus respectivos funcionarios, empleados y representantes, ya sean sus atribuciones expresas o implícitas), o cualquier otra entidad que haya suscrito contratos con dicha agencia especializada para la provisión de bienes, obras o servicios distintos de servicios de consultoría en conexión con actividades financiadas por el Banco. El Banco se reserva el derecho de obligar al Prestatario a que se acoja a recursos tales como la suspensión o la rescisión. Las agencias especializadas deberán consultar la lista de firmas e individuos declarados inelegibles de forma temporal o permanente por el Banco. En caso de que una agencia especializada suscriba un contrato o una orden de compra con una firma o individuo declarado inelegible de forma temporal o permanente por el Banco, el Banco no financiará los gastos conexos y se acogerá a otras medidas que considere convenientes. 3.2 Los Oferentes, al presentar sus ofertas, declaran y garantizan: (a) que han leído y entendido las definiciones de Prácticas Prohibidas del Banco y las sanciones aplicables a la comisión de las mismas que constan de este documento y se obligan a observar las normas pertinentes sobre las mismas; (b) que no han incurrido en ninguna Práctica Prohibida descrita en este documento; (c) que no han tergiversado ni ocultado ningún hecho sustancial durante los procesos de selección, negociación, adjudicación o ejecución de un contrato; (d) que ni ellos ni sus agentes, personal, subcontratistas, subconsultores, directores, funcionarios o accionistas principales han sido declarados por el Banco o por otra Institución Financiera Internacional (IFI) con la cual el Banco haya suscrito un acuerdo para el reconocimiento recíproco de sanciones, inelegibles para que se les adjudiquen contratos financiados por el Banco o por dicha IFI, o culpables de delitos vinculados con la comisión de Prácticas Prohibidas; (e) que ninguno de sus directores, funcionarios o accionistas principales han sido director, funcionario o accionista principal de ninguna otra compañía o entidad que haya sido declarada inelegible por el Banco o por otra Institución Financiera Internacional (IFI) y con sujeción a lo dispuesto en acuerdos suscritos por el Banco concernientes al reconocimiento recíproco de sanciones para que se le adjudiquen contratos financiados por el Banco o ha sido declarado culpable de un delito vinculado con Prácticas Prohibidas; (f) que han declarado todas las comisiones, honorarios de representantes, pagos por servicios de facilitación o acuerdos para compartir ingresos relacionados con actividades financiadas por el Banco; (g) que reconocen que el incumplimiento de cualquiera de estas garantías constituye el fundamento para la imposición por el Banco de una o más de las medidas que se describen en la Cláusula 3.1 (b). |
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4. Oferentes elegibles |
4.4 Las empresas estatales del país Prestatario serán elegibles solamente si pueden demostrar que (i) tienen autonomía legal y financiera; (ii) operan conforme a las leyes comerciales; y (iii) no dependen de ninguna agencia del Prestatario. 4.5 Los Oferentes deberán proporcionar al Contratante evidencia satisfactoria de su continua elegibilidad, cuando el Contratante razonablemente la solicite. |
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5. Calificaciones del Oferente |
5.1 Todos los Oferentes deberán presentar en la Sección IV, “Formularios de la Oferta”, una descripción preliminar del método de trabajo y cronograma que proponen, incluyendo planos y gráficas, según sea necesario. 5.2 Si se realizó una precalificación de los posibles Oferentes, sólo se considerarán las Ofertas de los Oferentes precalificados para la adjudicación del Contrato. Estos Oferentes precalificados deberán confirmar en sus Ofertas que la información presentada originalmente para precalificar permanece correcta a la fecha de presentación de las Ofertas o, de no ser así, incluir con su Oferta cualquier información que actualice su información original de precalificación. La confirmación o actualización de la información deberá presentarse en los formularios pertinentes incluidos en la Sección IV. 5.3 Si el Contratante no realizó una precalificación de los posibles Oferentes, todos los Oferentes deberán incluir con sus Ofertas la siguiente información y documentos en la Sección IV, a menos que se establezca otra cosa en los DDL: (a) copias de los documentos originales que establezcan la constitución o incorporación y sede del Oferente, así como el poder otorgado a quien suscriba la Oferta autorizándole a comprometer al Oferente; (b) Monto total anual facturado por la construcción de las obras civiles realizadas en cada uno de los últimos cinco (5) años; (c) experiencia en obras de similar naturaleza y magnitud en cada uno de los últimos cinco (5) años, y detalles de los trabajos en marcha o bajo compromiso contractual, así como de los clientes que puedan ser contactados para obtener mayor información sobre dichos contratos; (d) principales equipos de construcción que el Oferente propone para cumplir con el contrato; (e) calificaciones y experiencia del personal clave tanto técnico como administrativo propuesto para desempeñarse en el Sitio de las Obras; (f) informes sobre el estado financiero del Oferente, tales como informes de pérdidas y ganancias e informes de auditoría de los últimos cinco (5) años; (g) evidencia que certifique la existencia de suficiente capital de trabajo para este Contrato (acceso a línea(s) de crédito y disponibilidad de otros recursos financieros); (h) autorización para solicitar referencias a las instituciones bancarias del Oferente; (i) información relativa a litigios presentes o habidos durante los últimos cinco (5) años, en los cuales el Oferente estuvo o está involucrado, las partes afectadas, los montos en controversia, y los resultados; y (j) propuestas para subcontratar componentes de las Obras. El límite máximo del porcentaje de participación de subcontratistas está establecido en los DDL. 5.4 Las Ofertas presentadas por una Asociación en Participación, Consorcio o Asociación (APCA) constituida por dos o más firmas deberán cumplir con los siguientes requisitos, a menos que se indique otra cosa en los DDL: (a) la Oferta deberá contener toda la información enumerada en la antes mencionada Subcláusula 5.3 de las IAO para cada miembro de la APCA; (b) la Oferta deberá ser firmada de manera que constituya una obligación legal para todos los socios; (c) todos los socios serán responsables mancomunada y solidariamente por el cumplimiento del Contrato de acuerdo con las condiciones del mismo; (d) uno de los socios deberá ser designado como representante y autorizado para contraer responsabilidades y para recibir instrucciones por y en nombre de cualquier o todos los miembros de la APCA; (e) la ejecución de la totalidad del Contrato, incluyendo los pagos, se harán exclusivamente con el socio designado; (f) con la Oferta se deberá presentar una copia del Convenio de la APCA firmado por todos los socios o una Carta de Intención para formalizar el convenio de constitución de una APCA en caso de resultar seleccionados, la cual deberá ser firmada por todos los socios y estar acompañada de una copia del Convenio propuesto. 5.5 Para la adjudicación del Contrato, los Oferentes deberán cumplir con los siguientes criterios mínimos de calificación: (a) tener una facturación promedio anual por construcción de obras por el período indicado en los DDL de al menos el múltiplo indicado en los DDL. (b) demostrar experiencia como Contratista principal en la construcción de por lo menos el número de obras indicado en los DDL, cuya naturaleza y complejidad sean equivalentes a las de las Obras licitadas, adquirida durante el período indicado en los DDL (para cumplir con este requisito, las obras citadas deberán estar terminadas en al menos un setenta (70) por ciento);
(d) contar con un Administrador de Obras con cinco años de experiencia en obras cuya naturaleza y volumen sean equivalentes a las de las Obras licitadas, de los cuales al menos tres años han de ser como Administrador de Obras; y (e) contar con activos líquidos y/o disponibilidad de crédito libres de otros compromisos contractuales y excluyendo cualquier anticipo que pudiera recibir bajo el Contrato, por un monto superior a la suma indicada en los DDL. 4 Un historial consistente de litigios o laudos arbitrales en contra del Oferente o cualquiera de los integrantes de una APCA podría ser causal para su descalificación. 5.6 Las cifras correspondientes a cada uno de los integrantes de una APCA se sumarán a fin de determinar si el Oferente cumple con los requisitos mínimos de calificación de conformidad con las Subcláusulas 5.5 (a) y (e) de las IAO; sin embargo, para que pueda adjudicarse el Contrato a una APCA, cada uno de sus integrantes debe cumplir al menos con el veinte y cinco por ciento (25%) de los requisitos mínimos para Oferentes individuales que se establecen en las Subcláusulas 5.5 (a), (b) y (e); y el socio designado como representante debe cumplir al menos con el cuarenta por ciento (40%) de ellos. De no satisfacerse este requisito, la Oferta presentada por la APCA será rechazada. Para determinar la conformidad del Oferente con los criterios de calificación no se tomarán en cuenta la experiencia ni los recursos de los subcontratistas, salvo que se indique otra cosa en los DDL. |
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6. Una Oferta por Oferente |
6.1 Cada Oferente presentará solamente una Oferta, ya sea individualmente o como miembro de una APCA. El Oferente que presente o participe en más de una Oferta (a menos que lo haga como subcontratista o en los casos cuando se permite presentar o se solicitan propuestas alternativas) ocasionará que todas las propuestas en las cuales participa sean rechazadas. |
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7. Costo de las propuestas |
7.1 Los Oferentes serán responsables por todos los gastos asociados con la preparación y presentación de sus Ofertas y el Contratante en ningún momento será responsable por dichos gastos. |
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8. Visita al Sitio de las obras |
8.1 Se aconseja que el Oferente, bajo su propia responsabilidad y a su propio riesgo, visite e inspeccione el Sitio de las Obras y sus alrededores y obtenga por sí mismo toda la información que pueda ser necesaria para preparar la Oferta y celebrar el Contrato para la construcción de las Obras. Los gastos relacionados con dicha visita correrán por cuenta del Oferente. |
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B. Documentos de Licitación |
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9. Contenido de los Documentos de Licitación |
9.1 El conjunto de los Documentos de Licitación comprende los documentos que se enumeran en la siguiente tabla y todas las enmiendas que hayan sido emitidas de conformidad con la cláusula 11 de las IAO: Sección I Instrucciones a los Oferentes (IAO) Sección II Datos de la Licitación (DDL) Sección III Países Elegibles Sección IV Formularios de la Oferta Sección V Condiciones Generales del Contrato (CGC) Sección VI Condiciones Especiales del Contrato (CEC) Sección VII Especificaciones y Condiciones de Cumplimiento Sección VIII Planos Sección IX Lista de Cantidades/ Calendario de Actividades Sección X Formularios de Garantías…… |
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10. Aclaración de los Documentos de Licitación |
10.1 Todos los posibles Oferentes que requieran aclaraciones sobre los Documentos de Licitación deberán solicitarlas al Contratante por escrito a la dirección indicada en los DDL. El Contratante deberá responder a cualquier solicitud de aclaración recibida por lo menos 21 días antes de la fecha límite para la presentación de las Ofertas.5 Se enviarán copias de la respuesta del Contratante a todos los que compraron los Documentos de Licitación, la cual incluirá una descripción de la consulta, pero sin identificar su origen. |
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11. Enmiendas a los Documentos de Licitación |
11.1 Antes de la fecha límite para la presentación de las Ofertas, el Contratante podrá modificar los Documentos de Licitación mediante una enmienda. 11.2 Cualquier enmienda que se emita formará parte integral de los Documentos de Licitación y será comunicada por escrito a todos los que compraron los Documentos de Licitación.6 Los posibles Oferentes deberán acusar recibo de cada enmienda por escrito al Contratante. 11.3 Con el fin de otorgar a los posibles Oferentes tiempo suficiente para tener en cuenta una enmienda en la preparación de sus Ofertas, el Contratante deberá extender, si fuera necesario, el plazo para la presentación de las Ofertas, de conformidad con la Subcláusula 21.2 de las IAO. |
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C. Preparación de las Ofertas |
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12. Idioma de las Ofertas |
12.1 Todos los documentos relacionados con las Ofertas deberán estar redactados en el idioma que se especifica en los DDL. |
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13. Documentos que conforman la Oferta |
13.1 La Oferta que presente el Oferente deberá estar conformada por los siguientes documentos:
(f) cualquier otro material que se solicite a los Oferentes completar y presentar, según se especifique en los DDL. |
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14. Precios de la Oferta |
14.1 El Contrato comprenderá la totalidad de las Obras especificadas en la Subcláusula 1.1 de las IAO, sobre la base de la Lista de Cantidades valoradas 8 presentada por el Oferente. 14.2 El Oferente indicará los precios unitarios y los precios totales para todos los rubros de las Obras descritos en la Lista de Cantidades.9 El Contratante no efectuará pagos por los rubros ejecutados para los cuales el Oferente no haya indicado precios, por cuanto los mismos se considerarán incluidos en los demás precios unitarios y totales que figuren en la Lista de Cantidades. Si hubiere correcciones, éstas se harán tachando, rubricando, y fechando los precios incorrectos y rescribiéndolos correctamente. 14.3 Todos los derechos, impuestos y demás gravámenes que deba pagar el Contratista en virtud de este Contrato, o por cualquier otra razón, hasta 28 días antes de la fecha del plazo para la presentación de las Ofertas, deberán estar incluidos en los precios unitarios y en el precio total de la Oferta presentada por el Oferente.10 14.4 Los precios unitarios11 que cotice el Oferente estarán sujetos a ajustes durante la ejecución del Contrato si así se dispone en los DDL, en las CEC, y en las estipulaciones de la Cláusula 47 de las CGC. El Oferente deberá proporcionar con su Oferta toda la información requerida en las Condiciones Especiales del Contrato y en la Cláusula 47 de las CGC. |
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15. Monedas de la Oferta y pago |
15.1 Los precios unitarios12 deberán ser cotizadas por el Oferente enteramente en la moneda del país del Contratante según se especifica en los DDL. Los requisitos de pagos en moneda extranjera se deberán indicar como porcentajes del precio de la Oferta (excluyendo las sumas provisionales13) y serán pagaderos hasta en tres monedas extranjeras a elección del Oferente. 15.2 Los tipos de cambio que utilizará el Oferente para determinar los montos equivalentes en la moneda nacional y establecer los porcentajes mencionados en la Subcláusula 15.1 anterior, será el tipo de cambio vendedor para transacciones similares establecido por la fuente estipulada en los DDL, vigente a la fecha correspondiente a 28 días antes de la fecha límite para la presentación de las Ofertas. El tipo de cambio aplicará para todos los pagos con el fin que el Oferente no corra ningún riesgo cambiario. Si el Oferente aplica otros tipos de cambio, las disposiciones de la Cláusula 29.1 de las IAO aplicarán, y en todo caso, los pagos se calcularán utilizando los tipos de cambio cotizadas en la Oferta. 15.3 Los Oferentes indicarán en su Oferta los detalles de las necesidades previstas en monedas extranjeras. 15.4 Es posible que el Contratante requiera que los Oferentes aclaren sus necesidades en monedas extranjeras y que sustenten que las cantidades incluidas en los precios14, si así se requiere en los DDL, sean razonables y se ajusten a los requisitos de la Subcláusula 15.1 de las IAO. |
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16. Validez de las Ofertas |
16.1 Las Ofertas permanecerán válidas por el período15 estipulado en los DDL. 16.2 En circunstancias excepcionales, el Contratante podrá solicitar a los Oferentes que extiendan el período de validez por un plazo adicional específico. La solicitud y las respuestas de los Oferentes deberán ser por escrito. Si se ha solicitado una Garantía de Mantenimiento de la Oferta de conformidad con la Cláusula 17 de las IAO, ésta deberá extenderse también por 28 días después de la fecha límite prorrogada para la presentación de las Ofertas. Los Oferentes podrán rechazar tal solicitud sin que se les haga efectiva la garantía o se ejecute la Declaración de Mantenimiento de la Oferta. Al Oferente que esté de acuerdo con la solicitud no se le requerirá ni se le permitirá que modifique su Oferta, excepto como se dispone en la Cláusula 17 de las IAO. 16.3 En el caso de los contratos con precio fijo (sin ajuste de precio), si el período de validez de las Ofertas se prorroga por más de 56 días, los montos pagaderos al Oferente seleccionado en moneda nacional y extranjera se ajustarán según lo que se estipule en la solicitud de extensión. La evaluación de las Ofertas se basará en el Precio de la Oferta sin tener en cuenta los ajustes antes señalados. |
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17. Garantía de Mantenimiento de la Oferta y Declaración de Mantenimiento de la Oferta |
17.1 Si se solicita en los DDL, el Oferente deberá presentar como parte de su Oferta, una Garantía de Mantenimiento de la Oferta o una Declaración de Mantenimiento de la Oferta, en el formulario original especificado en los DDL. 17.2 La Garantía de Mantenimiento de la Oferta será por la suma estipulada en los DDL y denominada en la moneda del país del Contratante, o en la moneda de la Oferta, o en cualquier otra moneda de libre convertibilidad, y deberá: (a) a elección del Oferente, consistir en una carta de crédito o en una garantía bancaria emitida por una institución bancaria, o una fianza o póliza de caución emitida por una aseguradora o afianzadora;
(e) ser presentada en original (no se aceptarán copias); (f) permanecer válida por un período que expire 28 días después de la fecha límite de la validez de las Ofertas, o del período prorrogado, si corresponde, de conformidad con la Cláusula 16.2 de las IAO; 17.3 Si la Subcláusula 17.1 de las IAO exige una Garantía de Mantenimiento de la Oferta o una Declaración de Mantenimiento de la Oferta, todas las Ofertas que no estén acompañadas por una Garantía de Mantenimiento de la oferta o una Declaración de Mantenimiento de la Oferta que sustancialmente respondan a lo requerido en la cláusula mencionada, serán rechazadas por el Contratante por incumplimiento. 17.4 La Garantía de Mantenimiento de Oferta o la Declaración de Mantenimiento de la Oferta de los Oferentes cuyas Ofertas no fueron seleccionadas serán devueltas inmediatamente después de que el Oferente seleccionado suministre su Garantía de Cumplimiento. 17.5 La Garantía de Mantenimiento de la Oferta se podrá hacer efectiva o la Declaración de Mantenimiento de la Oferta se podrá ejecutar si: (a) el Oferente retira su Oferta durante el período de validez de la Oferta especificado por el Oferente en la Oferta, salvo lo estipulado en la Subcláusula 16.2 de las IAO; o (b) el Oferente seleccionado no acepta las correcciones al Precio de su Oferta, de conformidad con la Subcláusula 28 de las IAO; (c) si el Oferente seleccionado no cumple dentro del plazo estipulado con: (i) firmar el Contrato; o (ii) suministrar la Garantía de Cumplimiento solicitada. 17.6 La Garantía de Mantenimiento de la Oferta o la Declaración de Mantenimiento de la Oferta de una APCA deberá ser emitida en nombre de la APCA que presenta la Oferta. Si dicha APCA no ha sido legalmente constituida en el momento de presentar la Oferta, la Garantía de Mantenimiento de la Oferta o la Declaración de Mantenimiento de la Oferta deberá ser emitida en nombre de todos y cada uno de los futuros socios de la APCA tal como se denominan en la carta de intención. |
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18. Ofertas alternativas de los Oferentes |
18.1 No se considerarán Ofertas alternativas a menos que específicamente se estipule en los DDL. Si se permiten, las Subcláusulas 18.1 y 18.2 de las IAO regirán y en los DDL se especificará cuál de las siguientes opciones se permitirá: (a) Opción Uno: Un Oferente podrá presentar Ofertas alternativas conjuntamente con su Oferta básica. El Contratante considerará solamente las Ofertas alternativas presentadas por el Oferente cuya Oferta básica haya sido determinada como la Oferta evaluada de menor precio. (b) Opción Dos: Un Oferente podrá presentar una Oferta alternativa con o sin una Oferta para el caso básico. Todas las Ofertas recibidas para el caso básico, así como las Ofertas alternativas que cumplan con las Especificaciones y los requisitos de funcionamiento de la Sección VII, serán evaluadas sobre la base de sus propios méritos. 18.2 Todas las Ofertas alternativas deberán proporcionar toda la información necesaria para su completa evaluación por parte del Contratante, incluyendo los cálculos de diseño, las especificaciones técnicas, el desglose de los precios, los métodos de construcción propuestos y otros detalles pertinentes. |
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19. Formato y firma de la Oferta |
19.1 El Oferente preparará un original de los documentos que comprenden la Oferta según se describe en la Cláusula 13 de las IAO, el cual deberá formar parte del volumen que contenga la Oferta, y lo marcará claramente como “ORIGINAL”.Además el Oferente deberá presentar el número de copias de la Oferta que se indica en los DDL y marcar claramente cada ejemplar como “COPIA”. En caso de discrepancia entre el original y las copias, el texto del original prevalecerá sobre el de las copias.
19.4 El Oferente proporcionará la información sobre comisiones o gratificaciones que se describe en el Formulario de la Oferta, si las hay, pagadas o por pagar a agentes en relación con esta Oferta, y con la ejecución del contrato si el Oferente resulta seleccionado. |
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D. Presentación de las Ofertas |
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20. Presentación, Sello e Identificación de las Ofertas |
20.1 Los Oferentes siempre podrán enviar sus Ofertas por correo o entregarlas personalmente. Los Oferentes podrán presentar sus Ofertas electrónicamente cuando así se indique en los DDL. Los Oferentes que presenten sus Ofertas electrónicamente seguirán los procedimientos indicados en los DDL para la presentación de dichas Ofertas. En el caso de Ofertas enviadas por correo o entregadas personalmente, el Oferente pondrá el original y todas las copias de la Oferta en dos sobres interiores, que sellará e identificará claramente como “ORIGINAL” y “COPIAS”, según corresponda, y que colocará dentro de un sobre exterior que también deberá sellar. 20.2 Los sobres interiores y el sobre exterior deberán: (a) estar dirigidos al Contratante a la dirección16 proporcionada en los DDL; (b) llevar el nombre y número de identificación del Contrato indicados en los DDL y CEC; y (c) llevar la nota de advertencia indicada en los DDL para evitar que la Oferta sea abierta antes de la hora y fecha de apertura de Ofertas indicadas en los DDL. 20.3 Además de la identificación requerida en la Subcláusula 20.2 de las IAO, los sobres interiores deberán llevar el nombre y la dirección del Oferente, con el fin de poderle devolver su Oferta sin abrir en caso de que la misma sea declarada Oferta tardía, de conformidad con la Cláusula 22 de las IAO. 20.4 Si el sobre exterior no está sellado e identificado como se ha indicado anteriormente, el Contratante no se responsabilizará en caso de que la Oferta se extravíe o sea abierta prematuramente. |
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21. Plazo para la presentación de las Ofertas |
21.1 Las Ofertas deberán ser entregadas al Contratante en la dirección especificada conforme a la Subcláusula 20.2 (a) de las IAO, a más tardar en la fecha y hora que se indican en los DDL. 21.2 El Contratante podrá extender el plazo para la presentación de Ofertas mediante una enmienda a los Documentos de Licitación, de conformidad con la Cláusula 11 de las IAO. En este caso todos los derechos y obligaciones del Contratante y de los Oferentes previamente sujetos a la fecha límite original para presentar las Ofertas quedarán sujetos a la nueva fecha límite. |
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22. Ofertas tardías |
22.1 Toda Oferta que reciba el Contratante después de la fecha y hora límite para la presentación de las Ofertas especificada de conformidad con la Cláusula 21 de las IAO será devuelta al Oferente remitente sin abrir. |
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23. Retiro, sustitución y modificación de las Ofertas |
23.1 Los Oferentes podrán retirar, sustituir o modificar sus Ofertas mediante una notificación por escrito antes de la fecha límite indicada en la Cláusula 21 de las IAO. 23.2 Toda notificación de retiro, sustitución o modificación de la Oferta deberá ser preparada, sellada, identificada y entregada de acuerdo con las estipulaciones de las Cláusulas 19 y 20 de las IAO, y los sobres exteriores y los interiores debidamente marcados, “RETIRO”, “SUSTITUCIÓN”, o “MODIFICACIÓN”, según corresponda. 23.3 Las notificaciones de retiro, sustitución o modificación deberán ser entregadas al Contratante en la dirección especificada conforme a la Subcláusula 20.2 (a) de las IAO, a más tardar en la fecha y hora que se indican en la Cláusula 21.1 de los DDL. 23.4 El retiro de una Oferta en el intervalo entre la fecha de vencimiento del plazo para la presentación de Ofertas y la expiración del período de validez de las Ofertas indicado en los DDL de conformidad con la Subcláusula 16.1 o del período prorrogado de conformidad con la Subcláusula 16.2 de las IAO, puede dar lugar a que se haga efectiva la Garantía de Mantenimiento de la Oferta o se ejecute la Garantía de la Oferta, según lo dispuesto en la cláusula 17 de las IAO. 23.5 Los Oferentes solamente podrán ofrecer descuentos o modificar los precios de sus Ofertas sometiendo modificaciones a la Oferta de conformidad con esta cláusula, o incluyéndolas en la Oferta original. |
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E. Apertura y Evaluación de las Ofertas |
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24. Apertura de las Ofertas |
24.1 El Contratante abrirá las Ofertas, y las notificaciones de retiro, sustitución y modificación de Ofertas presentadas de conformidad con la Cláusula 23, en acto público con la presencia de los representantes de los Oferentes que decidan concurrir, a la hora, en la fecha y el lugar establecidos en los DDL. El procedimiento para la apertura de las Ofertas presentadas electrónicamente si las mismas son permitidas de conformidad con la Subcláusula 20.1 de las IAO, estará indicados en los DDL. 24.2 Primero se abrirán y leerán los sobres marcados “RETIRO”. No se abrirán las Ofertas para las cuales se haya presentado una notificación aceptable de retiro, de conformidad con las disposiciones de la cláusula 23 de las IAO. 24.3 En el acto de apertura, el Contratante leerá en voz alta, y notificará por línea electrónica cuando corresponda, y registrará en un Acta los nombres de los Oferentes, los precios totales de las Ofertas y de cualquier Oferta alternativa (si se solicitaron o permitieron Ofertas alternativas), descuentos, notificaciones de retiro, sustitución o modificación de Ofertas, la existencia o falta de la Garantía de Mantenimiento de la Oferta o de la Declaración de Mantenimiento de la Oferta, si se solicitó, y cualquier otro detalle que el Contratante considere apropiado. Ninguna Oferta o notificación será rechazada en el acto de apertura, excepto por las Ofertas tardías de conformidad con la Cláusula 22 de las IAO. Las sustituciones y modificaciones a las Ofertas presentadas de acuerdo con las disposiciones de la Cláusula 23 de las IAO que no sean abiertas y leídas en voz alta durante el acto de apertura no podrán ser consideradas para evaluación sin importar las circunstancias y serán devueltas sin abrir a los Oferentes remitentes. 24.4 El Contratante preparará un acta de la apertura de las Ofertas que incluirá el registro de las ofertas leídas y toda la información dada a conocer a los asistentes de conformidad con la Subcláusula 24.317 de las IAO y enviará prontamente copia de dicha acta a todos los oferentes que presentaron ofertas puntualmente. |
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25. Confidencialidad |
25.1 No se divulgará a los Oferentes ni a ninguna persona que no esté oficialmente involucrada con el proceso de la licitación, información relacionada con el examen, aclaración, evaluación, comparación de las Ofertas, ni la recomendación de adjudicación del contrato hasta que se haya publicado la adjudicación del Contrato al Oferente seleccionado de conformidad con la Subcláusula 34.4 de las IAO. Cualquier intento por parte de un Oferente para influenciar al Contratante en el procesamiento de las Ofertas o en la adjudicación del contrato podrá resultar en el rechazo de su Oferta. No obstante lo anterior, si durante el plazo transcurrido entre el acto de apertura y la fecha de adjudicación del contrato, un Oferente desea comunicarse con el Contratante sobre cualquier asunto relacionado con el proceso de la licitación, deberá hacerlo por escrito. |
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26. Aclaración de las Ofertas |
26.1 Para facilitar el examen, la evaluación y la comparación de las Ofertas, el Contratante tendrá la facultad de solicitar a cualquier Oferente que aclare su Oferta, incluyendo el desglose de los precios unitarios18. La solicitud de aclaración y la respuesta correspondiente deberán efectuarse por escrito pero no se solicitará, ofrecerá ni permitirá ninguna modificación de los precios o a la sustancia de la Oferta, salvo las que sean necesarias para confirmar la corrección de errores aritméticos que el Contratante haya descubierto durante la evaluación de las Ofertas, de conformidad con lo dispuesto en la cláusula 28 de las IAO. |
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27. Examen de las Ofertas para determinar su cumplimiento |
27.1 Antes de proceder a la evaluación detallada de las Ofertas, el Contratante determinará si cada una de ellas: (a) cumple con los requisitos de elegibilidad establecidos en la cláusula 4 de las IAO; (b) ha sido debidamente firmada; (c) está acompañada de la Garantía de Mantenimiento de la Oferta o de la Declaración de Mantenimiento de la Oferta si se solicitaron; y (d) cumple sustancialmente con los requisitos de los documentos de licitación. 27.2 Una Oferta que cumple sustancialmente es la que satisface todos los términos, condiciones y especificaciones de los Documentos de Licitación sin desviaciones, reservas u omisiones significativas. Una desviación, reserva u omisión significativa es aquella que: (a) afecta de una manera sustancial el alcance, la calidad o el funcionamiento de las Obras; (b) limita de una manera considerable, inconsistente con los Documentos de Licitación, los derechos del Contratante o las obligaciones del Oferente en virtud del Contrato; o (c) de rectificarse, afectaría injustamente la posición competitiva de los otros Oferentes cuyas Ofertas cumplen sustancialmente con los requisitos de los Documentos de Licitación. 27.3 Si una Oferta no cumple sustancialmente con los requisitos de los Documentos de Licitación, será rechazada por el Contratante y el Oferente no podrá posteriormente transformarla en una oferta que cumple sustancialmente con los requisitos de los documentos de licitación mediante la corrección o el retiro de las desviaciones o reservas. |
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28. Corrección de errores |
28.1 El
Contratante verificará si las Ofertas que cumplen sustancialmente
con los requisitos de los (a) cuando haya una discrepancia entre los montos indicados en cifras y en palabras, prevalecerán los indicados en palabras y (b) cuando haya una discrepancia entre el precio unitario y el total de un rubro que se haya obtenido multiplicando el precio unitario por la cantidad de unidades, prevalecerá el precio unitario cotizado, a menos que a juicio del Contratante hubiera un error evidente en la expresión del decimal en el precio unitario, en cuyo caso prevalecerá el precio total cotizado para ese rubro y se corregirá el precio unitario. 28.2 El Contratante ajustará el monto indicado en la Oferta de acuerdo con el procedimiento antes señalado para la corrección de errores y, con la anuencia del Oferente, el nuevo monto se considerará de obligatorio cumplimiento para el Oferente. Si el Oferente no estuviera de acuerdo con el monto corregido, la Oferta será rechazada y podrá hacerse efectiva la Garantía de Mantenimiento de su Oferta o ejecutarse la Declaración de Mantenimiento de la Oferta de conformidad con la Subcláusula 17.5 (b) de las IAO. |
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29. Moneda para la evaluación de las Ofertas |
29.1 Las Ofertas serán evaluadas como sean cotizadas en la moneda del país del Contratante, de conformidad con la Subcláusula 15.1 de las IAO, a menos que el Oferente haya usado tipos de cambio diferentes de las establecidas de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO, en cuyo caso, primero la Oferta se convertirá a los montos pagaderos en diversas monedas aplicando los tipos de cambio cotizados en la Oferta, y después se reconvertirá a la moneda del país del Contratante, aplicando los tipos de cambio estipulados de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO. |
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30. Evaluación y comparación de las Ofertas |
30.1 El Contratante evaluará solamente las Ofertas que determine que cumplen sustancialmente con los requisitos de los Documentos de Licitación de conformidad con la Cláusula 27 de las IAO. 30.2 Al evaluar las Ofertas, el Contratante determinará el precio evaluado de cada Oferta, ajustándolo de la siguiente manera: (a) corrigiendo cualquier error, conforme a los estipulado en la Cláusula 28 de las IAO; (b) excluyendo las sumas provisionales y las reservas para imprevistos, si existieran, en la Lista de Cantidades20, pero incluyendo los trabajos por día21, siempre que sus precios sean cotizados de manera competitiva; (c) haciendo los ajustes correspondientes por otras variaciones, desviaciones u Ofertas alternativas aceptables presentadas de conformidad con la cláusula 18 de las IAO; y (d) haciendo los ajustes correspondientes para reflejar los descuentos u otras modificaciones de precios ofrecidas de conformidad con la Subcláusula 23.5 de las IAO. 30.3 El Contratante se reserva el derecho de aceptar o rechazar cualquier variación, desviación u oferta alternativa. En la evaluación de las ofertas no se tendrán en cuenta las variaciones, desviaciones, ofertas alternativas y otros factores que excedan los requisitos de los documentos de licitación o que resulten en beneficios no solicitados para el Contratante. 30.4 En la evaluación de las Ofertas no se tendrá en cuenta el efecto estimado de ninguna de las condiciones para ajuste de precio estipuladas en virtud de la cláusula 47 de las CGC, durante el período de ejecución del Contrato. 30.522 |
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31. Preferencia Nacional |
31.1 No se aplicará un margen de preferencia para comparar las ofertas de los contratistas nacionales con las de los contratistas extranjeros IAO |
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F. Adjudicación del Contrato |
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32. Criterios de Adjudicación |
32.1 De conformidad con la Cláusula 33 de las IAO, el Contratante adjudicará el contrato al Oferente cuya Oferta el Contratante haya determinado que cumple sustancialmente con los requisitos de los Documentos de Licitación y que representa el costo evaluado como más bajo, siempre y cuando el Contratante haya determinado que dicho Oferente (a) es elegible de conformidad con la Cláusula 4 de las IAO y (b) está calificado de conformidad con las disposiciones de la Cláusula 5 de las IAO. |
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33. Derecho del Contratante a aceptar cualquier Oferta o a rechazar cualquier o todas las Ofertas |
33.1 No obstante lo dispuesto en la cláusula 32, el Contratante se reserva el derecho a aceptar o rechazar cualquier Oferta, y a cancelar el proceso de licitación y rechazar todas las Ofertas, en cualquier momento antes de la adjudicación del contrato, sin que por ello incurra en ninguna responsabilidad con el (los) Oferente(s) afectado(s), o esté obligado a informar al (los) Oferente(s) afectado(s) los motivos de la decisión del Contratante.23 |
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34. Notificación de Adjudicación y firma del Convenio |
34.1 Antes de la expiración de la validez de la Oferta, el Contratante le notificará por escrito la decisión de adjudicación del contrato al Oferente cuya Oferta haya sido aceptada. Esta carta (en lo sucesivo y en las CGC denominada la “Carta de Aceptación”) deberá estipular el monto que el Contratante pagará al Contratista por la ejecución, cumplimiento y mantenimiento de las Obras por parte del Contratista, de conformidad con el Contrato (en lo sucesivo y en el Contrato denominado el “Precio del Contrato”). 34.2 La Carta de Aceptación dará por constituido el Contrato, supeditado a la presentación de la Garantía de Cumplimiento por el Oferente, de conformidad con las disposiciones de la Cláusula 35 de las IAO, y a la firma del Convenio, de conformidad con la Subcláusula 34.3 de las IAO. 34.3 El Convenio incorporará todos los acuerdos entre el Contratante y el Oferente seleccionado. Dentro de los 28 días siguientes a la fecha de la Carta de Aceptación, el Contratante firmará y enviará el Convenio al Oferente seleccionado. Dentro de los 21 días siguientes después de haber recibido el Convenio, el Oferente seleccionado deberá firmarlo y enviarlo al Contratante. 34.4 El Contratante publicará en el portal en línea del “UNDB” (United Nations Development Business) y en el sitio de Internet del Banco los resultados de la licitación, identificando la Oferta y los números de los lotes y la siguiente información: (i) el nombre de cada Oferente que presentó una Oferta; (ii) los precios que se leyeron en voz alta en el acto de apertura de las Ofertas; (iii) el nombre y los precios evaluados de cada Oferta evaluada; (iv) los nombres de los Oferentes cuyas Ofertas fueron rechazadas y las razones de su rechazo; y (v) el nombre del Oferente seleccionado y el precio cotizado, así como la duración y un resumen del alcance del contrato adjudicado. Después de la publicación de la información relativa a la adjudicación del contrato, los Oferentes no seleccionados podrán solicitar por escrito al Contratante una reunión informativa a fin de obtener explicaciones de las razones por las cuales sus Ofertas no fueron seleccionadas. El Contratante responderá prontamente por escrito a cada Oferente no seleccionado que tras la publicación de los detalles de la adjudicación del contrato, solicite por escrito explicaciones de las razones por las cuales su Oferta no fue seleccionada. |
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35. Garantía de Cumplimiento |
35.1 Dentro de los 21 días siguientes después de haber recibido la Carta de Aceptación, el Oferente seleccionado deberá firmar el contrato y entregar al Contratante una Garantía de Cumplimiento por el monto estipulado en las CGC y en la forma (garantía bancaria o fianza) estipulada en los DDL, denominada en los tipos y proporciones de monedas indicados en la Carta de Aceptación y de conformidad con las CGC. 35.2 Si la Garantía de Cumplimiento suministrada por el Oferente seleccionado es una garantía bancaria, ésta deberá ser emitida, a elección del Oferente, por un banco en el país del Contratante, o por un banco extranjero aceptable al Contratante a través de un banco corresponsal con domicilio en el país del Contratante. 35.3 Si la Garantía de Cumplimiento suministrada por el Oferente seleccionado es una fianza, ésta deberá ser emitida por una compañía afianzadora que el Oferente seleccionado haya verificado que es aceptable para el Contratante. 35.4 El incumplimiento del Oferente seleccionado con las disposiciones de las Subcláusulas 35.1 y 34.3 de las IAO constituirá base suficiente para anular la adjudicación del contrato y hacer efectiva la Garantía de Mantenimiento de la Oferta o ejecutar la Declaración de Mantenimiento de la Oferta. Tan pronto como el Oferente seleccionado firme el Convenio y presente la Garantía de Cumplimiento de conformidad con la Cláusula 35.1 de las IAO, el Contratante comunicará el nombre del Oferente seleccionado a todos los Oferentes no seleccionados y les devolverá las Garantías de Mantenimiento de la Oferta de conformidad con la Cláusula 17.4 de las IAO. |
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36. Pago de anticipo y Garantía |
36.1 El Contratante proveerá un anticipo sobre el Precio del Contrato, de acuerdo a lo estipulado en las CGC y supeditado al monto máximo establecido en los DDL. El pago del anticipo deberá ejecutarse contra la recepción de una garantía. En la Sección X “Formularios de Garantía” se proporciona un formulario de Garantía Bancaria para Pago de Anticipo. |
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37. Conciliador |
37.1 El Contratante propone que se designe como Conciliador bajo el Contrato a la persona nombrada en los DDL, a quien se le pagarán los honorarios por hora estipulados en los DDL, más gastos reembolsables. Si el Oferente no estuviera de acuerdo con esta propuesta, deberá manifestarlo en su Oferta. Si en la Carta de Aceptación el Contratante no expresa estar de acuerdo con la designación del Conciliador, el Conciliador deberá ser nombrado por la autoridad designada en los DDL y las CEC, a solicitud de cualquiera de las partes. |
Sección II. Datos de la Licitación24
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IAO 1.1 |
El Contratante es: Gobierno Autónomo Descentralizado Provincial de Napo La Obra es: Construcción de un puente carrozable de 120.00 metros de luz y ancho de vía 4.20 metros sobre el río Anzu, cantón Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxx, Provincia de Napo. El nombre e identificación del contrato son: Construcción del Puente sobre el río Anzu, cantón Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxx, Provincia de Xxxx. XXX-XXXXX-X-0-0000 El presupuesto referencial excluido el IVA es: Dos millones doscientos treinta y tres mil setecientos veintiún, con 14/100 Dólares de los Estados Unidos de América (USD 2.233.721,14) |
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IAO 1.2 |
La Fecha Prevista de Terminación de las Obras es: 300 días calendarios contados a partir de la fecha de notificación de que el anticipo se encuentra disponible en la cuenta del contratista. En el caso que el oferente haya indicado en su oferta que no requiere anticipo, la fecha de inicio del contrato será la fecha de suscripción del mismo. |
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IAO 2.1 |
El Prestatario es: La Republica del Ecuador, y la entidad contratante es: Gobierno Autónomo Descentralizado Provincial de Napo |
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IAO 2.1 |
La expresión “Banco” utilizada comprende al Banco Interamericano de Desarrollo (BID). Los requerimientos del Banco y de los fondos administrados son idénticos con excepción de los países elegibles en donde la membresía es diferente (Ver Sección Países Elegibles). Las referencias en este documento a “préstamos” abarcan los instrumentos y métodos de financiamiento, las cooperaciones técnicas (CT), y los financiamientos de operaciones. Las referencias a los “Contratos xx Xxxxxxxx” comprenden todos los instrumentos legales por medio de los cuales se formalizan las operaciones del Banco. El préstamo del Banco es: BID 2839/OC- EC Número: 40428 BDE / GADP NAPO Fecha: 00 xx xxxxxx xx 0000 |
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XXX 2.1 |
El nombre del Proyecto es: Construcción del Puente sobre el río Anzu, cantón Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxx, Provincia de Napo.
Descripción del Proyecto. - La obra consiste en: La Construcción de un Puente colgante carrozable de 120 metros de luz por 4,20 metros de ancho sobre el río Anzu, cantón Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxx, Provincia del Napo, de conformidad con el detalle establecido en estos DDLs, Sección VII Especificaciones Técnicas y Condiciones de Cumplimiento El puente estará ubicado en las coordenadas UTM: Este:182529.752 Norte: 9871941.006 Cota: 514 msnm Este puente se ubica en la vía que comunica a la cabecera cantonal del Cantón Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxx con las comunidades Chucapi, Xxxx xxx Xxxxxx, Morete, Centro Kichwa, entre otras. |
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IAO 5.3 |
La información solicitada a los Oferentes en la Subcláusula 5.3 de las IAO se modifica en los literales a, b, c, d, e, f y j de la siguiente manera:
Los oferentes deberán observar lo dispuesto en el numeral 5.3 de la Sección I. Instrucciones a los oferentes para aquellos literales que no han sido modificados. |
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IAO 5.3 (a) |
Los oferentes deberán considerar los siguientes criterios:
PERSONA NATURAL NACIONAL: Copia de cédula de ciudadanía, y título profesional de Ingeniero Civil o su equivalente en caso de haberse obtenido en el extranjero
PERSONA NATURAL EXTRANJERO: Copia del pasaporte y título profesional de Ingeniero Civil o su equivalente en caso de haberse obtenido en el extranjero.
PERSONA JURÍDICA NACIONAL: Copia de los estatutos de constitución, copia de nombramiento debidamente inscrito en el Registro Mercantil y copia de la cédula de ciudadanía del representante legal.
PERSONA JURÍDICA EXTRANJERA: Documentos de constitución que justifique la personería jurídica, así como los documentos que justifique la representación legal emitida por la autoridad competente del país de origen y del documento de identidad del representante legal.
APCA CONSTITUIDA Copia de la escritura de constitución del APCA, copia de nombramiento debidamente inscrito en el Registro Mercantil y copia de la cédula de ciudadanía o documento de identidad del representante legal.
APCA POR CONSTITUIRSE Convenio de asociación y copia de los documentos anteriormente descritos para personas jurídicas sean estas nacionales o extranjeras. Conforme así lo expresan las Políticas para Adquisición de Bienes y Obras del banco interamericano de desarrollo GN2349-9 en su numeral 1.10 las Asociaciones en participación, Consorcio o Asociación (APCA), se entienden exclusivamente entre firmas (Personas jurídicas). Todos los documentos deberán estar vigentes. |
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IAO 5.3 (b) |
Monto total anual facturado por la construcción de obras civiles en los últimos cinco (5) años. |
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IAO 5.3 (c) |
El proponente deberá presentar experiencia específica en proyectos ejecutados o en ejecución con un avance mínimo del 70% de construcción xx xxxxxxx colgantes carrozables ejecutados en los últimos 10 años. En caso de haber participado en Asociación, se considerará la totalidad del monto de ejecución en tal Asociación |
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IAO 5.3 (d) |
Los principales equipos de construcción que el oferente deberá proponer son los siguientes:
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IAO 5.3 (e) |
El Personal Clave requerido para la ejecución del Contrato será el siguiente:
SUPERINTENDENTE. - Cantidad uno (1). El perfil profesional será Ingeniero Civil o su equivalente en el campo de la Ingeniería Civil25, con un tiempo mínimo xx xxxx (10) años de obtención del título profesional, y experiencia específica como contratista, superintendente y/o residente de obra en la ejecución de máximo cuatro (4) proyectos cuyo objeto sea la construcción xx xxxxxxx colgantes carrozables o atirantados ejecutados en los últimos diez (10) años, por un valor sumado no menor a US$ 2’000.000,00 (Dos millones de dólares de los Estados Unidos de América). El monto mínimo de cada proyecto será de US$ 500.000,00 (Quinientos mil dólares de los Estados Unidos de América). RESIDENTE DE OBRA. - Cantidad uno (1). El perfil del profesional será Ingeniero Civil o su equivalente en el campo de la Ingeniería Civil26 con un tiempo mínimo xx xxxx (10) años de obtención del título profesional, y experiencia específica como contratista, superintendente y/o residente de obra en la ejecución de máximo cuatro (4) proyectos cuyo objeto sea la construcción puentes colgantes carrozables, en los últimos diez (10) años, por un valor sumado no menor a US$ 2’000.000,00 (Dos millones de dólares de los Estados Unidos de América). El monto mínimo de cada proyecto será de US$ 500.000,00 (Quinientos mil dólares de los Estados Unidos de América). GEOTÉCNICO. - Cantidad uno (1). Ingeniero Civil o su equivalente en el campo de la Ingeniería Civil27,con un tiempo mínimo de ocho (8) años de obtención del título profesional, que demuestre experiencia como ingeniero civil en trabajos geotécnicos, en la construcción de obras civiles en máximo cuatro (4) proyectos, en los últimos diez (10) años, por un valor sumado no menor a US$ 1’000.000,00 (Un millón de dólares de los Estados Unidos de América). El monto mínimo de cada proyecto será de US$ 250.000,00 (Doscientos cincuenta mil dólares de los Estados Unidos de América).
INGENIERO AMBIENTAL. - Cantidad uno (1). Ingeniero ambiental o su equivalente en el campo de materia ambiental,28 con un tiempo mínimo de ocho (8) años de obtención del título profesional, que demuestre experiencia en la implementación, ejecución de planes ambientales de proyectos, estudios ambientales para la construcción de obras civiles o haber participado como técnico ambiental en la construcción xx xxxxxxx colgantes carrozables en máximo cuatro (4) proyectos, por un valor sumado no menor a $ 1’000.000,00 (Un millón de Dólares de Estados Unidos de América). El monto mínimo de cada proyecto será de $ 250.000,00 (Doscientos cincuenta mil 00/100 Dólares de Estados Unidos de América).
MECÁNICO. - Cantidad uno (1). Ingeniero Mecánico o su equivalente en el campo de la Ingeniería Mecánica29con un tiempo mínimo de ocho (8) años de obtención del título profesional, que demuestre experiencia en los últimos 10 años como Contratista, Subcontratista, Superintendente o haber trabajado en la fabricación y/o montaje de superestructuras metálicas xx xxxxxxx colgantes carrozables, en máximo (2) proyectos, por un valor sumado no menor a $ 1’000.000,00 (Un millón de Dólares de Estados Unidos de América). El monto mínimo de cada proyecto será de $ 500.000,00 (Quinientos mil 00/100 Dólares de Estados Unidos de América).
El oferente deberá presentar la respectiva carta de compromiso del profesional, que garantice su participación en la ejecución del proyecto.
El Oferente deberá proporcionar los detalles y la información del perfil de cada profesional, en la Sección IV, Formularios de la Oferta.
Los oferentes para acreditar la formación académica y experiencia de cada profesional de su personal técnico clave, deberán adjuntar las copias simples de los documentos habilitantes y/o copias simples de los certificados que acrediten la experiencia, cargos desempeñados, formación académica y/o especialización de acuerdo a los subcriterios establecidos. De igual forma deberá considerar lo siguiente:
En el caso de experiencia adquirida en el sector privado: copia simple del Acta de Entrega-Recepción o el documento equivalente en el caso de proyectos ejecutados en el extranjero (en caso de que el profesional hubiere actuado como contratista y se hubiera suscrito cualquiera de estos documentos) y/o copia simple del certificado o el documento equivalente en el caso de proyectos ejecutados en el extranjero (en caso de que el profesional hubiere actuado como contratista y no se hubiera suscrito un Acta de Entrega recepción o el documento equivalente, o en caso de que el profesional hubiere participado como parte del personal técnico), para el caso del certificado deberá encontrarse conferido por el representante legal del contratante de dicho proyecto y acompañado del contrato suscrito entre las partes. |
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IAO 5.3 (f) |
Los Oferentes deberán acreditar el cumplimiento de los indicadores financieros que se consignan en esta instrucción sustentada con copia de la declaración del impuesto a la Renta en el caso de Oferentes domiciliados en la República del Ecuador. Para el caso de Oferentes no domiciliados en la República del Ecuador copia de la Declaración de Impuestos o copia del Estado de situación económico-financiera acorde a la legislación del país del oferente, debidamente auditado, firmado por el contador y el representante legal del oferente. Los estados financieros en monedas distintas al Dólar de los Estados Unidos de América, deberán venir expresados en dólares.
1) Índice de Liquidez = Activos corrientes / Pasivos Corrientes >= 1,00
2) Nivel de endeudamiento = Pasivo Total / Activo Total <= 0,7
3) Índice Estructural = Patrimonio / Activo Total >= 0,3
Nota: En caso de APCA´s, la estimación de los índices se harán a partir del promedio ponderado de los indicadores financieros de sus integrantes, de acuerdo con el porcentaje de participación de cada uno de ellos. Se consigna la forma en que se calcula el índice de liquidez, para ilustrar el procedimiento a seguir en los demás índices:
Índice de liquidez = (AC1/PC1)*%P1+ (AC2/PC2)*%P2 + (ACn/ACn)*%Pn >= 1,00. Donde: AC1= Activo Corriente Integrante 1 PC1= Pasivo Corriente Integrante 1 AC2= Activo Corriente Integrante 2 PC2= Pasivo Corriente Integrante 2 ACn= Activo Corriente Integrante n PCn= Pasivo Corriente Integrante n %P1 = Porcentaje de Participación integrante 1 %Pn = Porcentaje de Participación integrante n Documentos para Calificación de Capacidad Financiera i. Personas Jurídicas (Firmas): Copia de la Declaración del Impuesto a la Renta – Formulario Único de Sociedades, (Formulario No. 101 del SRI) con la constancia de su presentación al SRI, correspondiente al ejercicio económico del año anterior al Llamado de Licitación (Obligatorio para personas jurídicas nacionales y personas jurídicas extranjeras domiciliadas en el país). Las personas jurídicas extranjeras no domiciliadas en el país, deben presentar copia del Estado de situación económica-financiera debidamente auditado correspondiente al periodo fiscal del año anterior al de la fecha del Llamado de Licitación, firmado por el contador autorizado con licencia actualizada y el representante legal de la Firma.
ii. Personas naturales: Copia de la Declaración del Impuesto a la Renta (Formulario No. 102 del SRI) con la constancia de su presentación al SRI correspondiente al ejercicio económico del año anterior al del Llamado de Licitación, con toda la información relacionada a la “Actividad Empresarial de Personas Naturales Obligadas a llevar Contabilidad” (Obligatorio para personas naturales nacionales y personas naturales extranjeras residentes en el país).
APCA: Si es por constituirse, cada uno de sus integrantes deben presentar los documentos indicados en los numerales (i) y/o (ii) anteriores, según corresponda. Si la Asociación está constituida, cada uno de sus integrantes deben presentar tales documentos y, adicionalmente, los documentos de la Asociación;
Nota: Si el Llamado a Licitación se realiza en los meses de enero x xxxxx inclusive, la información requerida corresponde al año previo al año anterior al del Llamado a Licitación. |
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IAO 5.3 (g) |
Se aplica subclausula 5.5 (e) |
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IAO 5.3 (h) |
Autorización para solicitar referencias a instituciones bancarias del Oferente: NO APLICA. |
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IAO 5.3 (i) |
Información relativa a litigios presentes o habidos durante los últimos 5 años: El porcentaje involucrado en litigios pendientes no podrá ser superior al treinta por ciento (30%) del patrimonio neto del Oferente. |
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IAO 5.3 (j) |
El porcentaje máximo de participación de subcontratistas es: Treinta por ciento (30%).
Nota: En el caso que el oferente no presente la posibilidad de subcontratación ó presente un porcentaje menor al propuesto no será causa de rechazo de la oferta. |
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IAO 5.4 |
Se aplica sub clausula 5.4 de las IAO |
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IAO 5.5 |
Los criterios para la calificación de los Oferentes en la Subcláusula 5.5 de la Sección I, Instrucciones a los Oferentes, se establecen según se indica a continuación para las IAO subcláusula 5.5 literales (a), (b), (c), (d) y (e). El no cumplimiento de los criterios de evaluación consignados en esta cláusula determina la inadmisibilidad y el consecuente rechazo de la oferta |
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IAO 5.5(a) |
El múltiplo es: 0,5 con respecto al presupuesto referencial
El período es: 5 años.
En función de lo detallado, el oferente deberá acreditar la facturación promedio anual por construcción de obras civiles por un valor no menor de: USD. 1’116,860.57 (Un millón ciento dieciséis mil ochocientos sesenta, con 57/100 Dólares de los Estados Unidos de América) en el periodo de los últimos 5 años.
Los Oferentes deberán acreditar el cumplimiento de la facturación que se consigna en esta instrucción sustentada con copia de la Declaración del Impuesto a la Renta en el caso de Oferentes domiciliados en la República del Ecuador.
Para el caso de Oferentes no domiciliados en la República del Ecuador copia de la Declaración de Impuestos o copia del Estado de situación económico-financiera acorde a la legislación del país del oferente, debidamente auditado, firmado por el contador y el representante legal del oferente.
Los oferentes podrán acreditar el cumplimiento de la facturación promedio, a través de su participación en consorcio o asociación, con la presentación de la declaración del impuesto a la renta del consorcio o asociación y el documento de constitución de dicho consorcio o asociación.
Se validará el 100% de la facturación presentada como consorcio o asociación.
El GADP de Napo se reserva el derecho de verificar y solicitar durante la evaluación y hasta la adjudicación, la documentación y soportes que considere necesarios para verificar la información presentada.
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IAO 5.5 (b) |
Experiencia como contratista principal:
El número de obras es: hasta cuatro (4) proyectos.
El período es: en los últimos 10 años contados a partir de la fecha máxima para la recepción de ofertas. Para el período se considerará la fecha de suscripción del contrato de obra que debe constar dentro del periodo establecido.
El Oferente deberá acreditar de manera individual o entre todos sus integrantes en caso de APCA’s haber ejecutado en los últimos diez (10) años máximo cuatro (4) contratos, cuyo alcance comprenda proyectos de construcción xx xxxxxxx colgantes carrozables; por un valor ejecutado no menor a dos millones de dólares (US$ 2’000.000,00). Cada proyecto deberá tener un monto mínimo de $ 500.000,00
Se tendrán en cuenta los proyectos en ejecución siempre que reporten un avance físico y financiero superior al 70% del Contrato, condición que debe ser certificada por el Contratante. En caso de haber participado en Asociación o Consorcio, se considerará la totalidad de la experiencia con relación al monto de ejecución total del contrato.
Para efectos de la verificación de la experiencia, la contratante realizará la conversión monetaria en aquellos contratos que se hayan celebrado en monedas distintas al dólar, a la tasa de cambio del tipo vendedor correspondiente a la fecha de presentación de las ofertas, informada por el Banco Central del Ecuador.
Las certificaciones y documentos de soporte de la experiencia, incluirán como mínimo el nombre de la entidad contratante, alcance de los trabajos ejecutados, objeto, valor y período de ejecución, con indicación de las fechas de inicio y terminación del contrato (mes y año).
El Gobierno Autónomo Descentralizado Provincial de Napo se reserva el derecho de verificar y solicitar durante la evaluación y hasta la adjudicación, la documentación y soportes que considere necesarios para verificar la información presentada. La documentación de soporte la representan copias de las Actas de entrega recepción provisional o definitiva de los trabajos ejecutados, las actas provisionales se aceptarán en el caso que no haya transcurrido el plazo para la suscripción del acta definitiva o que la misma no se haya suscrito por razones ajenas al contratista.
Los oferentes deberán probar su experiencia adjuntando:
NOTA 1: La experiencia adquirida en calidad de subcontratista será reconocida y aceptada por el Gobierno Autónomo Descentralizado Provincial de Napo siempre y cuando los proyectos en los que participó hayan sido de construcción xx xxxxxxx carrozables.
Para certificar la experiencia en calidad de subcontratista deberá presentar el acta de entrega recepción del subcontrato o en su defecto una certificación emitida por la entidad contratante en la que indique que el subcontratista participó en el contrato principal bajo conocimiento y autorización de la misma.
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IAO 5.5 (c) |
DISPONIBILIDAD DE EQUIPO El equipo esencial que deberá tener disponible el Oferente seleccionado para ejecutar el Contrato es el detallado en la IAO 5.3 d). Los oferentes para acreditar la propiedad o disponibilidad del equipo mínimo que se encontrare en el país deberá presentar lo siguiente:
Para el equipo xxxxxxxx y maquinaria pesada, así como para los vehículos usados, obligatoriamente se deberá adjuntar la matrícula vigente.
Los oferentes para acreditar la propiedad o disponibilidad del equipo mínimo que se encontrare fuera del país deberá presentar lo siguiente:
NOTA 1: El Oferente deberá proporcionar detalles adicionales sobre los equipos propuestos, en el formulario No. 2 Información para la Calificación.
NOTA 2: No se pagará por separado ningún equipo que sea necesario para la ejecución de la obra, esté o no contemplado en los documentos de la selección, en la propuesta o en el contrato. Sus costos deberán estar incluidos en los precios unitarios de los ítems de la obra.
NOTA 3: Si el oferente presenta todo el equipo esencial bajo compromiso de compra venta o arrendamiento su oferta no será rechazada. |
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IAO 5.5 (d) |
El administrador de obras es el Superintendente de obra que en concordancia con lo detallado en la IAO 5.3 (e) deberá cumplir con el siguiente perfil:
SUPERINTENDENTE. - Cantidad uno (1). El perfil profesional será Ingeniero Civil o su equivalente en el campo de la Ingeniería Civil30, con un tiempo mínimo xx xxxx (10) años de obtención del título profesional, y experiencia específica como contratista, superintendente y/o residente de obra en la ejecución de máximo cuatro (4) proyectos cuyo objeto sea la construcción xx xxxxxxx colgantes carrozables o atirantados ejecutados en los últimos diez (10) años, por un valor sumado no menor a US$ 2’000.000,00 (Dos millones de dólares de los Estados Unidos de América). El monto mínimo de cada proyecto será de US$ 500.000,00 (Quinientos mil dólares de los Estados Unidos de América).
El porcentaje de participación en el proyecto será del 50%. El oferente deberá presentar la respectiva carta de compromiso de prestación de servicios profesionales que garantice la participación en el proyecto. |
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IAO 5.5 (e) |
El Oferente deberá demostrar acceso o disponibilidad a recursos financieros, tales como activos líquidos, cupos de crédito aprobados no condicionados, que no sean pagos contractuales anticipados, por un valor no menor a USD $260,000.00 (Doscientos sesenta mil 00/100 dólares de los Estados Unidos de América). Deberá consignarse la información correspondiente en los Formularios de Información para la Calificación con su respectiva certificación bancaria.
En el caso que el oferente renuncie parcial o total del anticipo, se deberá demostrar además del monto definido anteriormente los valores correspondientes al porcentaje total o parcial del anticipo renunciado.
Para el cálculo de los recursos financieros disponibles, se deducirá del monto total de activo corriente el monto total del pasivo corriente, registrados en los estados financieros del último período anual (2017) que presente el Oferente. A ese valor se le sumará el monto que acredite el Oferente por concepto de cupos de crédito aprobados para la ejecución del contrato que derive de esta licitación u otros medios financieros.
Esta información deberá estar consignada en los Formularios para la Información para la Calificación.
NOTA 1: Para calcular el capital de trabajo, sólo se considerarán las sumas acreditadas en cupos de crédito aprobados certificados por una entidad financiera autorizada para funcionar en el país de su domicilio, y siempre que se reúnan las siguientes condiciones:
Las certificaciones que condicionen el crédito a otras circunstancias como aporte de documentos adicionales, autorizaciones de terceros, análisis de riesgos, etc., no serán consideradas en la determinación de los recursos financieros disponibles.
NOTA 2: Para el caso de APCA´s, la disponibilidad de recursos financieros, se obtendrá sumando las fuentes presentadas por cada uno de sus integrantes, ponderadas por el porcentaje de participación en la asociación. En todo caso, el integrante designado como representante, deberá acreditar por lo menos un monto de cuarenta por ciento (40%) de la disponibilidad de recursos financieros requerida para el contrato o contratos que oferte.
NOTA 3: El Incumplimiento de este requisito, será causal de rechazo de la oferta
Historial de Litigios:
El porcentaje involucrado en litigios pendientes no podrá ser superior al treinta por ciento (30%) del patrimonio neto del Oferente.
NOTA 1: El Oferente (y cada uno de sus integrantes en caso de APCA´S) deberá presentar en los modelos de formularios. Información para la Calificación, la información que se requiere en este numeral.
NOTA 2: Se entiende por patrimonio neto, el activo total menos el pasivo total. |
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IAO 5.5 |
Adicionalmente a lo establecido en las IAO 5.5 el oferente cuando sea persona jurídica deberá demostrar que su patrimonio es igual o superior al porcentaje determinado en la siguiente tabla con relación al presupuesto referencial.
A tal efecto se deberá acompañar documentación (copia del impuesto a la renta del ejercicio fiscal inmediato anterior o equivalente) mediante la cual se acredite que el patrimonio del oferente sea igual o superior al porcentaje determinado en la tabla consignada precedentemente con relación al presupuesto referencial. |
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IAO 5.6 |
Se mantiene las condiciones de la Subcláusula 5.6 de las IAO. |
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IAO 10.1 |
La dirección de la Contratante para solicitar aclaraciones es: Atención: Ing. Xxxx Xxxxxxx COMISIÓN TÉCNICA DE CONTRATACIÓN DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO PROVINCIAL DENAPO Dirección: Xx. Xxxx Xxxxxxxx x Xxxxxx xxxxxxx Xxxxxx xxx Xxxx/ Oficina: Gobierno Autónomo Descentralizado Provincial de Napo, Oficina de la Subdirección de Compras Públicas. Ciudad: Xxxx Código postal: 150102 País: Ecuador Teléfono: (000 0) 0000 000, 0-000-000 e-mail:xxxxxxxxxxxxxxx@xxxx.xxx.xx; xxxxxxxx@xxxx.xxx.xx; xxxxxxxxxx@xxxx.xxx.xx |
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C. Preparación de las Ofertas |
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IAO 12.1 |
El idioma en que deben estar redactadas las Ofertas es: Español |
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IAO 13.1 |
Los Oferentes deberán presentar los siguientes materiales adicionales con su Oferta:
La metodología deberá incorporar por lo menos:
Por su parte, el programa de trabajo deberá identificar en una secuencia cronológica las actividades más importantes del proyecto, desde la celebración del contrato y hasta su terminación, definiendo fechas de inicio, duración y costos, y cuáles de ellas conforman la ruta crítica del proyecto.
• Manifestación con carácter de Declaración Jurada de no estar inhabilitado para contratar con el Estado Ecuatoriano. • Manifestación con carácter de Declaración Jurada consignando que la empresa seleccionada no tiene ninguna sanción del Banco o de alguna otra Institución Financiera Internacional (IFI) en virtud de la cual hay sido declarado inelegible. • Manifestación con carácter de declaración jurada en la cual se consigne que los bienes a incorporar a las obras son elegibles.
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IAO 14.2 |
El texto de la Sección I, Subcláusula 14.2 se remplaza por el siguiente: “El Oferente indicará los Precios Unitarios y los precios totales para todos los rubros de las Obras descritos en la Lista de Cantidades. El Contratante no efectuará pagos por los rubros ejecutados para los cuales el Oferente no haya indicado precios, por cuanto los mismos se considerarán incluidos en los demás Precios Unitarios y totales que figuren en la Lista de Cantidades. Los documentos no deberán contener texto entre líneas, enmendaduras o tachaduras a menos que fuese necesario corregir errores, en cuyo caso deberán salvarse rubricando al margen”. |
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IAO 14.3 |
Impuestos, Derechos y Gravámenes Para la elaboración de su oferta el Oferente deberá considerar la legislación ecuatoriana aplicable en materia tributaria y sus exenciones. La información puede encontrarse en el Capítulo I, V y VI de la Ley Orgánica de Régimen Tributario sitio de Internet: http:// xxx.xxx.xxx.xx.
El Gobierno Autónomo Descentralizado Provincial de Napo actuará como agente de retención del Impuesto a la Renta (porcentajes aplicados a los montos facturados que el Contratante debe descontar y depositar en el SRI) de conformidad con lo establecido en la legislación tributaria y en las Resoluciones del Servicio xx Xxxxxx Internas vigentes aplicables.
En lo que corresponda, se aplicará lo dispuesto en la Codificación de la Ley Orgánica de Régimen Tributario Interno.
El Contratista debe pagar todos los impuestos y contribuciones establecidos en la Ley Nacional. |
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IAO 14.4 |
Los precios unitarios “no estarán” sujetos a ajustes de precio de conformidad con la cláusula 47 de las CGC y con el numeral 2.24 de las Políticas para la Adquisición de Bienes y obras financiadas por el Banco Interamericano de Desarrollo GN-2349-9. |
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IAO 15.1 |
La moneda del País del Contratante es Dólares de los Estados Unidos de América |
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IAO 15.2 |
La fuente designada para establecer las tasas de cambio será: el Banco Central del Ecuador, (xxxx://xxx.xxx.xxx.xx/xxxxx.xxx/xxxxxxxxx/x0/xxxx/000-xxxxxxxx-xxx-xxxxxxx-xxxxxxxxxxx), solo para acreditar lo establecido en las IAO 5.5 (b) |
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IAO 15.4 |
Los Oferentes [indicar “tendrán” o “no tendrán”] que demostrar que sus necesidades en moneda extranjera incluidas en los precios unitarios son razonables y se ajustan a los requisitos de la Subcláusula 15.1 de las IAO: NO APLICA |
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IAO 16.1 |
El período de validez de las Ofertas será: 120 días calendario a partir de la fecha límite para presentación de las ofertas. |
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IAO 17.1 |
La Oferta deberá incluir una “Manifestación con carácter de Declaración de Mantenimiento de la Oferta” utilizando el formulario incluido en la Sección X. |
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IAO 17.2 |
El monto de la Garantía de la Oferta es: NO APLICA |
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IAO 18.1 |
No se considerarán Ofertas alternativas. |
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IAO 19.1 |
Los oferentes a más de la oferta original, el número de copias de la Oferta que deberán presentar es una (1) copia. Asimismo, se deberá presentar en soporte digital toda la información que conforma la oferta en formato PDF (oferta completa), Excel (oferta económica, cronograma, tabla de cantidades), Programación de ejecución del proyecto con la metodología CPM (ruta crítica) en formato Microsoft Project. |
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D. Presentación de las Ofertas |
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IAO 20.1 |
Los Oferentes no podrán presentar Ofertas electrónicamente ni por correo postal. |
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IAO 20.2 (a) |
Para propósitos de la presentación de las Ofertas, la dirección del Contratante es: Atención: Xx. Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx, Prefecto Provincial de Napo Dirección: Xx. Xxxx Xxxxxxxx x Xxxxxx xxxxxxx Xxxxxx xxx Xxxx/ Oficina: Gobierno Autónomo Descentralizado Provincial de Napo, Oficina de la Subdirección de Compras Públicas. Ciudad: Xxxx Código postal: 150102 País: Ecuador Teléfono: (000 0) 0000 000, 0 000 000 |
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IAO 20.2 (b) |
Nombre y número de identificación del contrato es: “Construcción del Puente sobre el rio Anzu, cantón Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxx, provincia de Napo”. LPN-GADPN-O-5-2018 |
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IAO 20.2 (c) |
La nota de advertencia deberá leer “NO ABRIR ANTES DEL 13 XX XXXXXX DE 2018 a las 16h00 |
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IAO 21.1 |
La fecha y la hora límite para la presentación de las Ofertas serán: a las 15h00 del día 13 xx xxxxxx de 2018 |
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E. Apertura y Evaluación de las Ofertas |
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IAO 24.1 |
La apertura de las Ofertas tendrá lugar en: sala de sesiones de la Prefectura. Dirección: Xx. Xxxx Xxxxxxxx x Xxxxxx xxxxxxx Xxxxxx xxx Xxxx/ Oficina: Gobierno Autónomo Descentralizado Provincial de Napo, Oficina de la Subdirección de Compras Públicas. Ciudad: Xxxx Código postal: 150102 País: Ecuador Fecha: 13 xx xxxxxx de 2018; Hora: 16h00 |
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IAO 28.1 (b) |
Se complementa el contenido de la IAO 28.1 (b) con la siguiente disposición: “cuando exista una discrepancia entre el precio unitario de un rubro de la Lista de Cantidades y el precio unitario del mismo rubro en el Análisis de Precios Unitarios, prevalecerá el del análisis de precio unitario”.
Luego de calculados los "Valores Corregidos de la Propuesta" se analizarán los precios unitarios a fin de determinar que aquellos que integren el 80% del costo total del contrato se encuentren elaborados de manera coherente, sin omisiones de componentes y con rendimientos razonables (para cumplir el Cronograma Valorado y la Programación de Obra) a las condiciones de trabajo esperadas. Además, se analizará el 100% de los análisis de precios unitarios en lo referente al cumplimiento de los salarios que no serán inferiores a los mínimos legales vigentes en el país.
xxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xxx.xx/Xxxxxxxxxxx/XxxxxxxxXxxxXxxx.
De no cumplirse esta condición la oferta será rechazada.
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F. Adjudicación del Contrato |
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IAO 34.4 |
A más de la publicación prevista en la cláusula 34.4 se realizará en el Portal Institucional del GAD Provincial de Napo. |
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IAO 35.1 |
La sub cláusula 35.1 se modifica como sigue: Dentro de los 28 días siguientes después de haber recibido la Carta de Aceptación, el Oferente seleccionado deberá firmar el contrato y entregar al Contratante una Garantía de Cumplimiento de Contrato. La no presentación de la garantía en el plazo y forma solicitada podrá determinar el rechazo de la oferta. La Garantía de Cumplimiento aceptable al Contratante deberá ser: Garantía por un valor equivalente al cinco por ciento (5%) del monto del contrato, incondicional irrevocable y de cobro inmediato, otorgada por un banco o institución financiera, establecía en el país o por intermedio de ellos, o Fianza instrumentada en una póliza de seguros, por un valor equivalente al 5% del monto del contrato, incondicional e irrevocable, de cobro inmediato, emitida por una compañía de seguro establecida en el país Estas garantías no admitirán cláusula alguna que establezca trámite administrativo previo, bastando para su ejecución el requerimiento por escrito del CONTRATANTE. Cualquier cláusula en contrario, se entenderá como no escrita.
La vigencia de esta garantía será hasta la suscripción del Acta Entrega-Recepción definitiva.
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IAO 36.1 |
El pago de anticipo será por un monto máximo del cuarenta (40%) por ciento del Precio del Contrato. En caso de anticipo, se deberá presentar una Garantía por buen uso del anticipo.
En caso de renuncia al anticipo el plazo de inicio de obra será a partir de la suscripción del contrato.
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IAO 37.1 |
El Conciliador que propone el Contratante es el Centro de Mediación de la Procuraduría General del Estado. Los honorarios por hora para este Conciliador serán los que determine el Centro de Mediación de la Procuraduría General del Estado. Los honorarios serán cubiertos de acuerdo a lo que dicte el Centro de Mediación. Los datos personales de este Conciliador son los siguientes: Institución del sector público. La Autoridad que nombrará al Conciliador cuando no exista acuerdo es: Director Regional 6 de la Procuraduría General del Estado con sede en Quito. |
Sección III. Países Elegibles
Países Miembros cuando el financiamiento provenga del Banco Interamericano de Desarrollo.
Alemania, Argentina, Austria, Bahamas, Barbados, Bélgica, Belice, Bolivia, Brasil, Canadá, Chile, Colombia, Xxxxx Rica, Croacia, Dinamarca, Ecuador, El Xxxxxxxx, Eslovenia, España, Estados Unidos, Finlandia, Francia, Guatemala, Guyana, Haití, Honduras, Israel, Italia, Jamaica, Japón, México, Nicaragua, Noruega, Países Bajos, Panamá, Paraguay, Perú, Portugal, Xxxxx Unido, República xx Xxxxx, República Dominicana, República Popular de China, Suecia, Suiza, Surinam, Trinidad y Tobago, Uruguay, y Venezuela.
Territorios elegibles
a) Guadalupe, Guyana Francesa, Martinica, Reunión – por ser Departamentos xx Xxxxxxx.
b) Islas Vírgenes Estadounidenses, Puerto Rico, Guam – por ser Territorios de los Estados Unidos de América.
c) Aruba – Por se País Constituyente xxx Xxxxx de los Países Bajos; y Bonaire, Curazao, Sint Maarten, Sint Eustatius – por ser Departamentos xx Xxxxx de los Países Bajos.
d) Hong Kong – por ser Región Especial Administrativa de la República Popular de China
2) Criterios para determinar Nacionalidad y el país de origen de los bienes y servicios
Para efectuar la determinación sobre: a) la nacionalidad de las firmas e individuos elegibles para participar en contratos financiados por el Banco y b) el país de origen de los bienes y servicios, se utilizarán los siguientes criterios:
A) Nacionalidad
a) Un individuo tiene la nacionalidad de un país miembro del Banco si el o ella satisface uno de los siguientes requisitos:
es ciudadano de un país miembro; o
ha establecido su domicilio en un país miembro como residente “bona fide” y está legalmente autorizado para trabajar en dicho país.
b) Una firma tiene la nacionalidad de un país miembro si satisface los dos siguientes requisitos:
esta legalmente constituida o incorporada conforme a las leyes de un país miembro del Banco; y
más del cincuenta por ciento (50%) del capital de la firma es de propiedad de individuos o firmas de países miembros del Banco.
Todos los socios de una asociación en participación, consorcio o asociación (APCA) con responsabilidad mancomunada y solidaria y todos los subcontratistas deben cumplir con los requisitos arriba establecidos.
B) Origen de los Bienes
Los bienes se originan en un país miembro del Banco si han sido extraídos, cultivados, cosechados o producidos en un país miembro del Banco. Un bien es producido cuando mediante manufactura, procesamiento o ensamblaje el resultado es un artículo comercialmente reconocido cuyas características básicas, su función o propósito de uso son substancialmente diferentes de sus partes o componentes.
En el caso de un bien que consiste de varios componentes individuales que requieren interconectarse (lo que puede ser ejecutado por el suministrador, el comprador o un tercero) para lograr que el bien pueda operar, y sin importar la complejidad de la interconexión, el Banco considera que dicho bien es elegible para su financiación si el ensamblaje de los componentes individuales se hizo en un país miembro. Cuando el bien es una combinación de varios bienes individuales que normalmente se empacan y venden comercialmente como una sola unidad, el bien se considera que proviene del país en donde este fue empacado y embarcado con destino al comprador.
Para efectos de determinación del origen de los bienes identificados como “hecho en la Unión Europea”, estos serán elegibles sin necesidad de identificar el correspondiente país específico de la Unión Europea.
El origen de los materiales, partes o componentes de los bienes o la nacionalidad de la firma productora, ensambladora, distribuidora o vendedora de los bienes no determina el origen de los mismos
C) Origen de los Servicios
El país de origen de los servicios es el mismo del individuo o firma que presta los servicios conforme a los criterios de nacionalidad arriba establecidos. Este criterio se aplica a los servicios conexos al suministro de bienes (tales como transporte, aseguramiento, montaje, ensamblaje, etc.), a los servicios de construcción y a los servicios de consultoría.
Sección IV. Formularios de la Oferta
1. Oferta
[Nota para el Oferente: deberá completar y presentar este formulario junto con su Oferta. Si el Oferente objeta al Conciliador propuesto por el Contratante en los Documentos de Licitación, deberá manifestarlo en su Oferta y presentar otro candidato opcional, junto con los honorarios diarios y los datos personales del candidato, de conformidad con la Cláusula 37 de las IAO.]
[fecha]
Número de Identificación y Título del Contrato: “Construcción del Puente sobre el rio Anzu, cantón Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxx, provincia de Napo”. LPN-GADPN-O-5-2018
A: Gobierno Autónomo Descentralizado Provincial de Napo
Dirección: Av. Xxxx Xxxxxxxx y Xxxxxx esquina
Edificio /Oficina: Gobierno Autónomo Descentralizado Provincial de Napo, Oficina de la Subdirección de Compras Públicas.
Ciudad: Xxxx Código postal: 150102
País: Ecuador
Teléfono: (000 0) 0000 000, 0 000 000
E-mail:xxxxxxxxxxxxxxx@xxxx.xxx.xx; xxxxxxxx@xxxx.xxx.xx; xxxxxxxxxx@xxxx.xxx.xx
Después de haber examinado los Documentos de Licitación, incluyendo la(s) enmienda(s) [ liste], ofrecemos ejecutar la “Construcción del Puente sobre el rio Anzu, cantón Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxx, provincia de Napo”. LPN-GADPN-O-5-2018 de conformidad con las CGC que acompañan a esta Oferta por el Precio del Contrato de [indique el monto en cifras], [indique el monto en palabras] [indique el nombre de la moneda].
El Contrato deberá ser pagado en las siguientes monedas:
Moneda |
Porcentaje pagadero en la moneda |
Tasa de cambio: [indique el número de unidades de moneda nacional que equivalen a una unidad de moneda extranjera] [indique si no aplica] |
Insumos para los que se requieren monedas extranjeras [indique si no aplica]
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(a)
(b)
(c)
(d) |
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El pago de anticipo solicitado es:
-
Monto
Moneda
(a)
(b)
(c)
(d)
Aceptamos la designación de [indicar el nombre propuesto en los Datos de la Licitación] como Conciliador.
[o]
No aceptamos la designación de [indicar el nombre propuesto en los Datos de la Licitación] como Conciliador, y en su lugar proponemos que se nombre como Conciliador a [indique el nombre], cuyos honorarios y datos personales se adjuntan a este formulario.
Esta Oferta y su aceptación por escrito constituirán un Contrato de obligatorio cumplimiento entre ambas partes. Entendemos que ustedes no están obligados a aceptar la Oferta más baja ni ninguna otra Oferta que pudieran recibir.
Confirmamos por la presente que esta Oferta cumple con el período de validez de la Oferta y, de haber sido solicitado, con el suministro de Garantía de Mantenimiento de la Oferta o Declaración de Mantenimiento de la Oferta exigidos en los documentos de licitación y especificados en los DDL.
Los suscritos, incluyendo todos los subcontratistas requeridos para ejecutar cualquier parte del contrato, tenemos nacionalidad de países miembros del Banco de conformidad con la Subcláusula 4.1 de las IAO. En caso que el contrato de obras incluya el suministro de bienes y servicios conexos, nos comprometemos a que estos bienes y servicios conexos sean originarios de países miembros del Banco.
No presentamos ningún conflicto de interés de conformidad con la Subcláusula 4.2 de las IAO.
Nuestra empresa, su matriz, sus afiliados o subsidiarias, incluyendo todos los subcontratistas o proveedores para cualquier parte del contrato, no hemos sido declarados inelegibles por el Banco, bajo las leyes o normativas oficiales del País del Contratante, de conformidad con la Subcláusula 4.3 de las IAO.
No tenemos ninguna sanción del Banco o de alguna otra Institución Financiera Internacional (IFI).
Usaremos nuestros mejores esfuerzos para asistir al Banco en investigaciones.
Autorizamos al ente convocante a solicitar referencias bancarias o comerciales.
Nos comprometemos que dentro del proceso de selección (y en caso de resultar adjudicatarios, en la ejecución) del contrato, a observar las leyes sobre fraude y corrupción, incluyendo soborno, aplicables en el país del cliente.
De haber comisiones o gratificaciones, pagadas o a ser pagadas por nosotros a agentes en relación con esta Oferta y la ejecución del Contrato si nos es adjudicado, las mismas están indicadas a continuación:
-
Nombre y dirección del Agente
Xxxxx y Moneda
Propósito de la Comisión o Gratificación
_____________________
_____________________
_____________________
Firma Autorizada: ____________________________________________________________
Nombre y Cargo del Firmante: _________________________________________________
Nombre del Oferente: _________________________________________________________
Dirección: __________________________________________________________________
3. Información para la Calificación
[Nota para el Oferente: La información que proporcionen los Oferentes en las siguientes páginas se utilizará para calificar o para verificar la precalificación como se indica en la Cláusula 5 de las IAO. Esta información no se incorpora en el Contrato. Adjunte páginas adicionales si es necesario. Las secciones pertinentes en los documentos adjuntos deberán ser traducidas al español. Si la información es para verificar la precalificación, el Oferente deberá completar solamente la información que debe ser actualizada.
1. Firmas o miembros de APCAs |
Lugar de constitución o incorporación: [indique] Sede principal de actividades: [indique] Poder del firmante de la Oferta [adjunte] 1.2 Los montos anuales facturados son: [indicar montos equivalentes en moneda nacional y año a que corresponden de conformidad con la Subcláusula 5.3(b) de los DDL]
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Nombre del Proyecto y País |
Nombre del Contratante y Persona a quien contactar |
Tipo de obras y año de terminación |
Valor del Contrato (equivalente en moneda nacional) |
(a) (b) |
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1.4 Los principales equipos de construcción que propone el Contratista son: [Proporcione toda la información solicitada a continuación, de acuerdo con la Subcláusula 5.3(d) de las IAO.] |
Equipo |
Descripción, marca y antigüedad (años) |
Condición, (nuevo, buen estado, mal estado) y cantidad de unidades disponibles |
Propio, alquilado mediante arrendamiento financiero (nombre de la arrendadora), o por comprar (nombre del vendedor) |
(a) (b) |
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1.5 Las calificaciones y experiencia del personal clave se adjuntan. [adjunte información biográfica, de acuerdo con la Subcláusula 5.3(e) de las IAO [Véase también la Cláusula 9.1 de las CGC y en las CEC]. Incluya la lista de dicho personal en la tabla siguiente. |
Cargo |
Nombre |
Años de Experiencia (general) |
Años de experiencia en el cargo propuesto |
(a) (b) |
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(a)
(b) |
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1.6 Los informes financieros: Declaración del impuesto a la renta correspondiente al ejercicio fiscal inmediato anterior en conformidad con la subcláusula IAO 5.3(f): [el % del patrimonio referencia es………….. adjunte las copia de la declaración de impuesto a las rentas.] 1.7 La evidencia de acceso a recursos financieros de acuerdo con las subclausula 5.3(g) de las IAO es: [liste a continuación y adjunte copias de los documentos que corroboren lo anterior. DE NO REQUERISE ACTIVOS LIQUIDOS EN LOS DATOS DE LA LICITACIÓN ESTA CLAUSULA DEBE ELIMINARSE O TENERSE POR NO ESCRITA, CASO CONTRARIO DEBE PROPORCIONARSE LA INFORMACIÓN REQUERIDA] 1.8 Adjuntar autorización con Nombre, dirección, y números de teléfono, télex y facsímile para contactar bancos que puedan proporcionar referencias del Oferente en caso de que el Contratante se las solicite, se adjunta en conformidad con la Subclausula 5.3(h) de las IAO [Adjunte la autorización]
|
|
1.10 Los Contratistas propuestos y firmas participantes, de conformidad con la subcláusula 5.3 (j) son [indique la información en la tabla siguiente. Véase la Cláusula 7 de las CGC y 7 de las CEC]. |
Nombre de la(s) otra(s) Parte(s) |
Causa de la Controversia |
Monto en cuestión |
(a) (b) |
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Secciones de las Obras |
Valor del Subcontrato |
SubContratista (nombre y dirección) |
Experiencia en obras similares |
(a) (b) |
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1.11 Programa propuesto (metodología y programa de trabajo), y descripciones, planos y tablas, según sea necesario, para cumplir con los requisitos de los Documentos de Licitación. [Adjunte.] |
2. Asociación en Participación, Consorcio o Asociación (APCA) |
2.1 La información solicitada en los párrafos 1.1 a 1.10 anteriores debe ser proporcionada por cada socio de la APCA . 2.2 La información solicitada en el párrafo 1.11 anterior debe ser proporcionada por la APCA. [proporcione la información]. 2.3 Deberá entregase el Poder otorgado al (a los) firmante(s) de la Oferta para firmar la Oferta en nombre de la APCA 2.4 Deberá entregarse el Convenio celebrado entre todos los integrantes de la APCA (legalmente compromete a todos los integrantes) en el que consta que: (a) todos los integrantes serán responsables mancomunada y solidariamente por el cumplimiento del Contrato de acuerdo con las condiciones del mismo; (b) se designará como representante a uno de los integrantes, el que tendrá facultades para contraer obligaciones y recibir instrucciones para y en nombre de todos y cada uno de los integrantes de la APCA; y (c) la ejecución de la totalidad del Contrato, incluida la relación de los pagos, se manejará exclusivamente con el integrante designado como representante. |
3. Requisitos adicionales |
3.1 Los Oferentes deberán entregar toda información adicional requerida en los DDL. |
4. Carta de Aceptación
[en papel con membrete oficial del Contratante]
Nota para quien prepara los documentos de licitación: La Carta de Aceptación será la base para la constitución del Contrato de conformidad con las cláusulas 34 y 35 de las IAO. Este formulario estándar de la Carta de Aceptación debe ser completado y enviado al Oferente seleccionado, sólo después de que la evaluación de la Oferta haya sido completada, supeditada a cualquiera revisión del Banco que se requiera en virtud del Contrato xx Xxxxxxxx.]
[indique la fecha]
Número de Identificación y Título del Contrato LPN No: LPN-GADPN-O-5-2018 “Construcción del Puente sobre el rio Anzu, cantón Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxx, provincia de Napo”.
A: [Indique el nombre y la dirección del Oferente seleccionado]
La presente tiene por objeto comunicarles que por este medio nuestra Entidad acepta su Oferta con fecha [indique la fecha] para la ejecución del [indique el nombre del Contrato y el número de identificación, tal como se emitió en las CEC] por el Precio del Contrato equivalente31 a [indique el monto en cifras y en palabras] [indique la denominación de la moneda], con las correcciones y modificaciones32 efectuadas de conformidad con las Instrucciones a los Oferentes.
[Seleccione una de las siguientes opciones (a) o (b) y suprima la otra]
(a) Aceptamos la designación de [indique el nombre del candidato propuesto por el Oferente] como Conciliador.33
(b) No aceptamos la designación de [indique el nombre del candidato propuesto por el Oferente] como Conciliador, y mediante el envío de una copia de esta Carta de Aceptación a [indique el nombre de la Autoridad para el nombramiento], estamos por lo tanto solicitando a [indique el nombre], la Autoridad Nominadora, que nombre al Conciliador de conformidad con la Subcláusula 37.1 de las IAO.34
Por este medio les instruimos para que (a) procedan con la construcción de las Obras mencionadas, de conformidad con los documentos del Contrato, (b) firmen y devuelvan los documentos del Contrato adjuntos, y (c) envíen la Garantía de Cumplimiento de conformidad con la Subcláusula 35.1 de las IAO, es decir, dentro de los (consignar) días siguientes después de haber recibido esta Carta de Aceptación, y de conformidad con la Subcláusula 52.1 de las CGC.
Firma Autorizada ______________________________________________________________
Nombre y Cargo del Firmante: _________________
Nombre de la Entidad: ___________________________________________________
Adjunto: Convenio
5. Convenio
Nota para quien prepara los documentos de licitación: Deberán incorporarse en este Convenio todas las correcciones o modificaciones a la Oferta que obedezcan a correcciones de errores (de conformidad con la cláusula 28 de las IAO), ajuste de precios durante el período de evaluación (de conformidad con la Subcláusula 16.3 de las IAO), la selección de una Oferta alternativa (de conformidad con la Cláusula 18 de las IAO), desviaciones aceptables (de conformidad con la Cláusula 27 de las IAO), o cualquier otro cambio aceptable por ambas partes y permitido en las Condiciones del Contrato, tales como cambios en el personal clave, los subcontratistas, los cronogramas, y otros.]
Este Convenio se celebra el [indique el día] de [indique el mes], de [indique el año] entre [indique el nombre y dirección del Contratante] (en adelante denominado “el Contratante”) por una parte, y [indique el nombre y dirección del Contratista] (en adelante denominado “el Contratista”) por la otra parte;
Por cuanto el Contratante desea que el Contratista ejecute [indique el nombre y el número de identificación del contrato] (en adelante denominado “las Obras”) y el Contratante ha aceptado la Oferta para la ejecución y terminación de dichas Obras y la subsanación de cualquier defecto de las mismas;
En consecuencia, este Convenio atestigua lo siguiente:
1. En este Convenio las palabras y expresiones tendrán el mismo significado que respectivamente se les ha asignado en las Condiciones Generales y Especiales del Contrato a las que se hace referencia en adelante, y las mismas se considerarán parte de este Convenio y se leerán e interpretarán como parte del mismo.
2. En consideración a los pagos que el Contratante hará al Contratista como en lo sucesivo se menciona, el Contratista por este medio se compromete con el Contratante a ejecutar y completar las Obras y a subsanar cualquier defecto de las mismas de conformidad en todo respecto con las disposiciones del Contrato.
3. El Contratante por este medio se compromete a pagar al Contratista como retribución por la ejecución y terminación de las Obras y la subsanación de sus defectos, el Precio del Contrato o aquellas sumas que resulten pagaderas bajo las disposiciones del Contrato en el plazo y en la forma establecidas en éste.
En testimonio de lo cual las partes firman el presente Convenio en el día, mes y año antes indicados.
El Sello Oficial de [Nombre de la Entidad que atestigua] ______________________________
fue estampado en el presente documento en presencia de:_______________________________
Firmado, Sellado y Expedido por _________________________________________________
En presencia de: _____________________________________________
Firma que compromete al Contratante [firma del representante autorizado del Contratante]
Firma que compromete al Contratista [firma del representante autorizado del Contratista]
Sección V. Condiciones Generales del Contrato
Nota para quien prepara los documentos de licitación: Las Condiciones Generales del Contrato (CGC) junto con las Condiciones Especiales del Contrato (CEC) y los otros documentos que aquí se enumeran, constituirán un documento integral que establece claramente los derechos y obligaciones de ambas partes.
El formato que se ha seguido para las CGC ha sido desarrollado con base en la experiencia internacional en la redacción y administración de contratos, teniendo en cuenta la tendencia en la industria de la construcción del uso de un idioma más simple y directo.
El formato puede ser utilizado directamente para contratos de obras menores a precio unitario y puede adaptarse, mediante la introducción de las modificaciones indicadas en las notas de pie de página, para contratos de suma alzada.
El uso de CGC estándar para construcciones y obras fomentará en los países amplitud de cobertura, la aceptación general de sus disposiciones, el ahorro de recursos y tiempo en la preparación y revisión de las Ofertas, y el desarrollo de un sólido antecedente histórico de casos jurídicos.
4. Decisiones del Gerente de Obras 71
10. Riesgos del Contratante y del Contratista 72
11. Riesgos del Contratante 72
12. Riesgos del Contratista 73
14. Informes de investigación del Sitio de las Obras 74
15. Consultas acerca de las Condiciones Especiales del Contrato 74
16. Construcción de las Obras por el Contratista 74
17. Terminación de las Obras en la fecha prevista 74
18. Aprobación por el Gerente de Obras 74
21. Toma de posesión del Sitio de las Obras 75
22. Acceso al Sitio de las Obras 75
23. Instrucciones, Inspecciones y Auditorías 75
25. Procedimientos para la solución de controversias 76
26. Reemplazo del Conciliador 76
28. Prórroga de la Fecha Prevista de Terminación 77
29. Aceleración de las Obras 77
30. Xxxxxxx ordenadas por el Gerente de Obras 78
31. Reuniones administrativas 78
33. Identificación de Defectos 79
38. Modificaciones en las Cantidades 80
40. Pagos de las Variaciones 80
41. Proyecciones de Flujo de Efectivos 81
49. Liquidación por daños y perjuicios 85
E. Finalización del Contrato 87
55. Terminación de las Obras 87
58. Manuales de Operación y de Mantenimiento 87
59. Terminación del Contrato 88
61. Pagos posteriores a la terminación del Contrato 95
63. Liberación de cumplimiento 96
Condiciones Generales del Contrato
A. Disposiciones Generales
1. Definiciones |
1.1 Las palabras y expresiones definidas aparecen en negrillas (a) El Conciliador es la persona nombrada en forma conjunta por el Contratante y el Contratista o en su defecto, por la Autoridad Nominadora de conformidad con la cláusula 26.1 de estas CGC, para resolver en primera instancia cualquier controversia, de conformidad con lo dispuesto en las cláusulas 24 y 25 de estas CGC, (b) La Lista de Cantidades es la lista debidamente preparada por el Oferente, con indicación de las cantidades y precios, que forma parte de la Oferta. (c) Eventos Compensables son los definidos en la cláusula 44 de estas CGC (d) La Fecha de Terminación es la fecha de terminación de las Obras, certificada por el Gerente de Obras de acuerdo con la Subcláusula 55.1 de estas CGC. (e) El Contrato es el Contrato entre el Contratante y el Contratista para ejecutar, terminar y mantener las Obras. Comprende los documentos enumerados en la Subcláusula 2.3 de estas CGC. (f) El Contratista es la persona natural o jurídica, cuya Oferta para la ejecución de las Obras ha sido aceptada por el Contratante. (g) La Oferta del Contratista es el documento de licitación que fue completado y entregado por el Contratista al Contratante. (h) El Precio del Contrato es el precio establecido en la Carta de Aceptación y subsecuentemente, según sea ajustado de conformidad con las disposiciones del Contrato. (i) Días significa días calendario; Meses significa meses calendario. (j) Trabajos por día significa una variedad de trabajos que se pagan en base al tiempo utilizado por los empleados y equipos del Contratista, en adición a los pagos por concepto de los materiales y planta conexos. (k) Defecto es cualquier parte de las Obras que no haya sido terminada conforme al Contrato. (l) El Certificado de Responsabilidad por Defectos es el certificado emitido por el Gerente de Obras una vez que el Contratista ha corregido los defectos. (m) El Período de Responsabilidad por Defectos es el período estipulado en la Subcláusula 35.1 de las CEC y calculado a partir de la fecha de terminación. (n) Los Planos incluye los cálculos y otra información proporcionada o aprobada por el Gerente de Obras para la ejecución del Contrato. (o) El Contratante es la parte que contrata con el Contratista para la ejecución de las Obras, según se estipula en las CEC. (p) Equipos es la maquinaria y los vehículos del Contratista que han sido trasladados transitoriamente al Sitio de las Obras para la construcción de las Obras. (q) El Precio Inicial del Contrato es el Precio del Contrato indicado en la Carta de Aceptación del Contratante. (r) La Fecha Prevista de Terminación de las Obras es la fecha en que se prevé que el Contratista deba terminar las Obras y que se especifica en las CEC. Esta fecha podrá ser modificada únicamente por el Gerente de Obras mediante una prórroga del plazo o una orden de acelerar los trabajos. (s) Materiales son todos los suministros, inclusive bienes fungibles, utilizados por el Contratista para ser incorporados en las Obras. (t) Planta es cualquiera parte integral de las Obras que tenga una función mecánica, eléctrica, química o biológica. (u) El Gerente de Obra o Administrador del Contrato es la persona cuyo nombre se indica en las CEC (o cualquier otra persona competente nombrada por el Contratante con notificación al Contratista, para actuar en reemplazo del Gerente de Obras), responsable de supervisar la ejecución de las Obras y de administrar el Contrato. (v) CEC significa las Condiciones Especiales del Contrato. (w) El Sitio de las Obras es el sitio definido como tal en las CEC. (x) Los Informes de Investigación del Sitio de las Obras, incluidos en los documentos de licitación, son informes de tipo interpretativo, basados en hechos, y que se refieren a las condiciones de la superficie y en el subsuelo del Sitio de las Obras. (y) Especificaciones significa las especificaciones de las Obras incluidas en el Contrato y cualquier modificación o adición hecha o aprobada por el Gerente de Obras. (z) La Fecha de Inicio es la fecha más tardía en la que el Contratista deberá empezar la ejecución de las Obras y que está estipulada en las CEC. No coincide necesariamente con ninguna de las fechas de toma de posesión del Sitio de las Obras. (aa) Subcontratista es una persona natural o jurídica, contratada por el Contratista para realizar una parte de los trabajos del Contrato, y que incluye trabajos en el Sitio de las Obras. (bb) Obras Provisionales son las obras que el Contratista debe diseñar, construir, instalar y retirar, y que son necesarias para la construcción o instalación de las Obras. (cc) Una Variación es una instrucción impartida por el Gerente de Obras que modifica las Obras. (dd) Las Obras es todo aquello que el Contrato exige al Contratista construir, instalar y entregar al Contratante como se define en las CEC. (ee) Certificado de pago equivale a Planilla (ff) Fiscalizador es el tercero designado por el contratante que tiene a su cargo la fiscalización de la obra
|
2. Interpretación |
2.1 Para la interpretación de estas CGC, si el contexto así lo requiere, el singular significa también el plural, y el masculino significa también el femenino y viceversa. Los encabezamientos de las cláusulas no tienen relevancia por sí mismos. Las palabras que se usan en el Contrato tienen su significado corriente a menos que se las defina específicamente. El Gerente de Obras proporcionará aclaraciones a las consultas sobre estas CGC. 2.2 Si las CEC estipulan la terminación de las Obras por secciones, las referencias que en las CGC se hacen a las Obras, a la Fecha de Terminación y a la Fecha Prevista de Terminación aplican a cada Sección de las Obras (excepto las referencias específicas a la Fecha de Terminación y de la Fecha Prevista de Terminación de la totalidad de las Obras). 2.3 Los documentos que constituyen el Contrato se interpretarán en el siguiente orden de prioridad:
(b) Carta de Aceptación, (c) Oferta, (d) Condiciones Especiales del Contrato, (e) Condiciones Generales del Contrato, (f) Especificaciones, (g) Planos, (h) Lista de Cantidades,35 y (i) Cualquier otro documento que en las CEC se especifique que forma parte integral del Contrato. |
3. Idioma y Ley Aplicables |
3.1 El idioma del Contrato y la ley que lo regirá se estipulan en las CEC. |
4. Decisiones del Gerente de Obras |
4.1 Salvo cuando se especifique otra cosa, el Gerente de Obras, en representación del Contratante, decidirá sobre cuestiones contractuales que se presenten entre el Contratante y el Contratista. |
5. Delegación de funciones |
5.1 El Gerente de Obras, después de notificar al Contratista, podrá delegar en otras personas, con excepción del Conciliador, cualquiera de sus deberes y responsabilidades y, asimismo, podrá cancelar cualquier delegación de funciones, después de notificar al Contratista. |
6. Comunicaciones |
6.1 Las comunicaciones cursadas entre las partes a las que se hace referencia en las Condiciones del Contrato sólo serán válidas cuando sean formalizadas por escrito. Las notificaciones entrarán en vigor una vez que sean entregadas. |
7. Subcontratos |
7.1 El Contratista podrá subcontratar trabajos si cuenta con la aprobación del Gerente de Obras, pero no podrá ceder el Contrato sin la aprobación por escrito del Contratante. La subcontratación no altera las obligaciones del Contratista. |
8. Otros Contratistas |
8.1 El Contratista deberá cooperar y compartir el Sitio de las Obras con otros contratistas, autoridades públicas, empresas de servicios públicos y el Contratante en las fechas señaladas en la Lista de Otros Contratistas indicada en las CEC. El Contratista también deberá proporcionarles a éstos las instalaciones y servicios que se describen en dicha Lista. El Contratante podrá modificar la Lista de Otros Contratistas y deberá notificar al respecto al Contratista. |
9. Personal |
9.1 El Contratista deberá emplear el personal clave enumerado en la Lista de Personal Clave, de conformidad con lo indicado en las CEC, para llevar a cabo las funciones especificadas en la Lista, u otro personal aprobado por el Gerente de Obras. El Gerente de Obras aprobará cualquier reemplazo de personal clave solo si las calificaciones, habilidades, preparación, capacidad y experiencia del personal propuesto son iguales o superiores a las del personal que figura en la Lista. 9.2 Si el Gerente de Obras solicita al Contratista la remoción de un integrante de la fuerza laboral del Contratista, indicando las causas que motivan el pedido, el Contratista se asegurará que dicha persona se retire del Sitio de las Obras dentro de los siete días siguientes y no tenga ninguna otra participación en los trabajos relacionados con el Contrato. |
10. Riesgos del Contratante y del Contratista |
10.1 Son riesgos del Contratante los que en este Contrato se estipulen que corresponden al Contratante, y son riesgos del Contratista los que en este Contrato se estipulen que corresponden al Contratista. |
11. Riesgos del Contratante |
11.1 Desde la Fecha de Inicio de las Obras hasta la fecha de emisión del Certificado de Corrección de Defectos, son riesgos del Contratante: (a) Los riesgos de lesiones personales, de muerte, o de pérdida o daños a la propiedad (sin incluir las Obras, Planta, Materiales y Equipos) como consecuencia de: (i) el uso u ocupación del Sitio de las Obras por las Obras, o con el objeto de realizar las Obras, como resultado inevitable de las Obras, o (ii) negligencia, violación de los deberes establecidos por la ley, o interferencia con los derechos legales por parte del Contratante o cualquiera persona empleada por él o contratada por él, excepto el Contratista. (b) El riesgo de daño a las Obras, Planta, Materiales y Equipos, en la medida en que ello se xxxx x xxxxxx del Contratante o en el diseño hecho por el Contratante, o a una guerra o contaminación radioactiva que afecte directamente al país donde se han de realizar las Obras. 11.2 Desde la Fecha de Terminación hasta la fecha de emisión del Certificado de Corrección de Defectos, será riesgo del Contratante la pérdida o daño de las Obras, Planta y Materiales, excepto la pérdida o daños como consecuencia de: (a) un Defecto que existía en la Fecha de Terminación; (b) un evento que ocurrió antes de la Fecha de Terminación, y que no constituía un riesgo del Contratante; o (c) las actividades del Contratista en el Sitio de las Obras después de la Fecha de Terminación. |
12. Riesgos del Contratista |
12.1 Desde la Fecha de Inicio de las Obras hasta la fecha de emisión del Certificado de Corrección de Defectos, cuando los riesgos de lesiones personales, de muerte y de pérdida o daño a la propiedad (incluyendo, sin limitación, las Obras, Planta, Materiales y Equipo)no sean riesgos del Contratante, serán riesgos del Contratista |
13. Seguros |
13.1 El Contratista deberá contratar seguros emitidos en el nombre conjunto del Contratista y del Contratante, para cubrir el período comprendido entre la Fecha de Inicio y el vencimiento del Período de Responsabilidad por Defectos, por los montos totales y los montos deducibles estipulados en las CEC, los siguientes eventos constituyen riesgos del Contratista: (a) pérdida o daños a -- las Obras, Planta y Materiales; (b) pérdida o daños a -- los Equipos; (c) pérdida o daños a -- la propiedad (sin incluir las Obras, Planta, Materiales y Equipos) relacionada con el Contrato, y (d) lesiones personales o muerte. 13.2 El Contratista deberá entregar al Gerente de Obras, para su aprobación, las pólizas y los certificados de seguro antes de la Fecha de Inicio. Dichos seguros deberán contemplar indemnizaciones pagaderas en los tipos y proporciones de monedas requeridos para rectificar la pérdida o los daños o perjuicios ocasionados. 13.3 Si el Contratista no proporcionara las pólizas y los certificados exigidos, el Contratante podrá contratar los seguros cuyas pólizas y certificados debería haber suministrado el Contratista y podrá recuperar las primas pagadas por el Contratante de los pagos que se adeuden al Contratista, o bien, si no se le adeudara nada, considerarlas una deuda del Contratista. 13.4 Las condiciones del seguro no podrán modificarse sin la aprobación del Gerente de Obras. 13.5 Ambas partes deberán cumplir con todas las condiciones de las pólizas de seguro. |
14. Informes de investigación del Sitio de las Obras |
14.1 El Contratista, al preparar su Oferta, se basará en los informes de investigación del Sitio de las Obras indicados en las CEC, además de cualquier otra información de que disponga el Oferente. |
15. Consultas acerca de las Condiciones Especiales del Contrato |
15.1 El Gerente de Obras responderá a las consultas sobre las CEC. |
16. Construcción de las Obras por el Contratista |
16.1 El Contratista deberá construir e instalar las Obras de conformidad con las Especificaciones y los Planos. |
17. Terminación de las Obras en la fecha prevista |
17.1 El Contratista podrá iniciar la construcción de las Obras en la Fecha de Inicio y deberá ejecutarlas de acuerdo con el Programa que hubiera presentado, con las actualizaciones que el Gerente de Obras hubiera aprobado, y terminarlas en la Fecha Prevista de Terminación. |
18. Aprobación por el Gerente de Obras |
18.1 El Contratista deberá proporcionar al Gerente de Obras las Especificaciones y los Planos que muestren las obras provisionales propuestas, quien deberá aprobarlas si dichas obras cumplen con las Especificaciones y los Planos. 18.2 El Contratista será responsable por el diseño de las obras provisionales. 18.3 La aprobación del Gerente de Obras no liberará al Contratista de responsabilidad en cuanto al diseño de las obras provisionales. 18.4 El Contratista deberá obtener las aprobaciones del diseño de las obras provisionales por parte de terceros cuando sean necesarias. 18.5 Todos los planos preparados por el Contratista para la ejecución de las obras provisionales o definitivas deberán ser aprobados previamente por el Gerente de Obras antes de su utilización. |
19. Seguridad |
19.1 El Contratista será responsable por la seguridad de todas las actividades en el Sitio de las Obras. |
20. Descubrimientos |
20.1 Cualquier elemento de interés histórico o de otra naturaleza o de gran valor que se descubra inesperadamente en la zona de las obras será de propiedad del Contratante. El Contratista deberá notificar al Gerente de Obras acerca del descubrimiento y seguir las instrucciones que éste imparta sobre la manera de proceder. |
21. Toma de posesión del Sitio de las Obras |
21.1 El Contratante traspasará al Contratista la posesión de la totalidad del Sitio de las Obras. Si no se traspasara la posesión de alguna parte en la fecha estipulada en las CEC, se considerará que el Contratante ha demorado el inicio de las actividades pertinentes y que ello constituye un evento compensable. |
22. Acceso al Sitio de las Obras |
22.1 El Contratista deberá permitir al Gerente de Obras, y a cualquier persona autorizada por éste, el acceso al Sitio de las Obras y a cualquier lugar donde se estén realizando o se prevea realizar trabajos relacionados con el Contrato. |
23. Instrucciones, Inspecciones y Auditorías |
23.1 El Contratista deberá cumplir todas las instrucciones del Gerente de Obras que se ajusten a la ley aplicable en el Sitio de las Obras. 23.2 El Contratista permitirá que el Banco inspeccione las cuentas, registros contables y archivos del Contratista relacionados con la presentación de ofertas y la ejecución del contrato y realice auditorías por medio de auditores designados por el Banco, si así lo requiere el Banco. Para estos efectos, el Contratista debera conservan todos los documentos y registros relacionados con el proyecto financiado por el Banco, por un período de cinco (5) años luego de terminado el trabajo. Igualmente, entregará al Banco todo documento necesario para la investigación pertinente sobre denuncias de prácticas prohibidas y ordenará a los individuos, empleados o agentes del Contratista que tengan conocimiento del proyecto financiado por el Banco a responder a las consultas provenientes de personal del Banco. |
24. Controversias |
24.1 Si el Contratista considera que el Gerente de Obras ha tomado una decisión que está fuera de las facultades que le confiere el Contrato, o que no es acertada, la decisión se someterá a la consideración del Conciliador dentro de los 14 días siguientes a la notificación de la decisión del Gerente de Obras. |
25. Procedimientos para la solución de controversias |
25.1 El Conciliador deberá comunicar su decisión por escrito dentro de los 28 días siguientes a la recepción de la notificación de una controversia. 25.2 El Conciliador será compensado por su trabajo, cualquiera que sea su decisión, por hora según los honorarios especificados en los DDL y en las CEC, además de cualquier otro gasto reembolsable indicado en las CEC y el costo será sufragado por partes iguales por el Contratante y el Contratista. Cualquiera de las partes podrá someter la decisión del Conciliador a arbitraje dentro de los 28 días siguientes a la decisión por escrito del Conciliador. Si ninguna de las partes sometiese la controversia a arbitraje dentro del plazo de 28 días mencionado, la decisión del Conciliador será definitiva y obligatoria. 25.3 El arbitraje deberá realizarse de acuerdo al procedimiento de arbitraje publicado por la institución denominada en las CEC y en el lugar establecido en las CEC. |
26. Reemplazo del Conciliador |
26.1 En caso de renuncia o muerte del Conciliador, o en caso de que el Contratante y el Contratista coincidieran en que el Conciliador no está cumpliendo sus funciones de conformidad con las disposiciones del Contrato, el Contratante y el Contratista nombrarán de común acuerdo un nuevo Conciliador. Si al cabo de 30 días el Contratante y el Contratista no han llegado a un acuerdo, a petición de cualquiera de las partes, el Conciliador será designado por la Autoridad Nominadora estipulada en las CEC dentro de los 14 días siguientes a la recepción de la petición. |
B. Control de Plazos |
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27. Programa |
27.1 Dentro del plazo establecido en las CEC y después de la fecha de la Carta de Aceptación, el Contratista presentará al Gerente de Obras, para su aprobación, un Programa en el que consten las metodologías generales, la organización, la secuencia y el calendario de ejecución de todas las actividades relativas a las Obras. 27.2 El Programa actualizado será aquel que refleje los avances reales logrados en cada actividad y los efectos de tales avances en el calendario de ejecución de las tareas restantes, incluyendo cualquier cambio en la secuencia de las actividades. 27.3 El Contratista deberá presentar al Gerente de Obras para su aprobación, un Programa con intervalos iguales que no excedan el período establecidos en las CEC. Si el Contratista no presenta dicho Programa actualizado dentro de este plazo, el Gerente de Obras podrá retener el monto especificado en las CEC del próximo certificado de pago y continuar reteniendo dicho monto hasta el pago que prosiga a la fecha en la cual el Contratista haya presentado el Programa atrasado. 27.4 La aprobación del Programa por el Gerente de Obras no modificará de manera alguna las obligaciones del Contratista. El Contratista podrá modificar el Programa y presentarlo nuevamente al Gerente de Obras en cualquier momento. El Programa modificado deberá reflejar los efectos de las Variaciones y de los Eventos Compensables. |
28. Prórroga de la Fecha Prevista de Terminación |
28.1 El Gerente de Obras deberá prorrogar la Fecha Prevista de Terminación cuando se produzca un Evento Compensable o se ordene una Variación que haga imposible la terminación de las Obras en la Fecha Prevista de Terminación sin que el Contratista adopte medidas para acelerar el ritmo de ejecución de los trabajos pendientes y que le genere gastos adicionales. 28.2 El Gerente de Obras determinará si debe prorrogarse la Fecha Prevista de Terminación y por cuánto tiempo, dentro de los 21 días siguientes a la fecha en que el Contratista solicite al Gerente de Obras una decisión sobre los efectos de una Variación o de un Evento Compensable y proporcione toda la información sustentadora. Si el Contratista no hubiere dado aviso oportuno acerca de una demora o no hubiere cooperado para resolverla, la demora debida a esa falla no será considerada para determinar la nueva Fecha Prevista de Terminación. |
29. Aceleración de las Obras |
29.1 Cuando el Contratante quiera que el Contratista finalice las Obras antes de la Fecha Prevista de Terminación, el Gerente de Obras deberá solicitar al Contratista propuestas valoradas para conseguir la necesaria aceleración de la ejecución de los trabajos. Si el Contratante aceptara dichas propuestas, la Fecha Prevista de Terminación será modificada como corresponda y ratificada por el Contratante y el Contratista. 29.2 Si las propuestas con precios del Contratista para acelerar la ejecución de los trabajos son aceptadas por el Contratante, dichas propuestas se tratarán como Variaciones y los precios de las mismas se incorporarán al Precio del Contrato. |
30. Xxxxxxx ordenadas por el Gerente de Obras |
30.1 El Gerente de Obras podrá ordenar al Contratista que demore la iniciación o el avance de cualquier actividad comprendida en las Obras. |
31. Reuniones administrativas |
31.1 Tanto el Gerente de Obras como el Contratista podrán solicitar a la otra parte que asista a reuniones administrativas. El objetivo de dichas reuniones será la revisión de la programación de los trabajos pendientes y la resolución de asuntos planteados conforme con el procedimiento de Advertencia Anticipada descrito en la Cláusula 32. 31.2 El Gerente de Obras deberá llevar un registro de lo tratado en las reuniones administrativas y suministrar copias del mismo a los asistentes y al Contratante. Ya sea en la propia reunión o con posterioridad a ella, el Gerente de Obras deberá decidir y comunicar por escrito a todos los asistentes sus respectivas obligaciones en relación con las medidas que deban adoptarse. |
32. Advertencia Anticipada |
32.1 El Contratista deberá advertir al Gerente de Obras lo antes posible sobre futuros posibles eventos o circunstancias específicas que puedan perjudicar la calidad de los trabajos, elevar el Precio del Contrato o demorar la ejecución de las Obras. El Gerente de Obras podrá solicitarle al Contratista que presente una estimación de los efectos esperados que el futuro evento o circunstancia podrían tener sobre el Precio del Contrato y la Fecha de Terminación. El Contratista deberá proporcionar dicha estimación tan pronto como le sea razonablemente posible. 32.2 El Contratista colaborará con el Gerente de Obras en la preparación y consideración de posibles maneras en que cualquier participante en los trabajos pueda evitar o reducir los efectos de dicho evento o circunstancia y para ejecutar las instrucciones que consecuentemente ordenare el Gerente de Obras. |
C. Control de Calidad
33. Identificación de Defectos |
33.1 El Gerente de Obras controlará el trabajo del Contratista y le notificará de cualquier defecto que encuentre. Dicho control no modificará de manera alguna las obligaciones del Contratista. El Gerente de Obras podrá ordenar al Contratista que localice un defecto y que ponga al descubierto y someta a prueba cualquier trabajo que el Gerente de Obras considere que pudiera tener algún defecto. |
34. Pruebas |
34.1 Si el Gerente de Obras ordena al Contratista realizar alguna prueba que no esté contemplada en las Especificaciones a fin de verificar si algún trabajo tiene defectos y la prueba revela que los tiene, el Contratista pagará el costo de la prueba y de las muestras. Si no se encuentra ningún defecto, la prueba se considerará un Evento Compensable. |
35. Corrección de Defectos |
35.1 El
Gerente de Obras notificará al Contratista todos los defectos de
que tenga conocimiento antes de que finalice el Período 35.2 Cada vez que se notifique un defecto, el Contratista lo corregirá dentro del plazo especificado en la notificación del Gerente de Obras. |
36. Defectos no corregidos |
36.1 Si el Contratista no ha corregido un defecto dentro del plazo especificado en la notificación del Gerente de Obras, este último estimará el precio de la corrección del defecto, y el Contratista deberá pagar dicho monto. |
D. Control de Costos
37. Lista de Cantidades36 |
37.1 La Lista de cantidades deberá contener los rubros correspondientes a la construcción, el montaje, las pruebas y los trabajos de puesta en servicio que deba ejecutar el Contratista. 37.2 La Lista de Cantidades se usa para calcular el Precio del Contrato. Al Contratista se le paga por la cantidad de trabajo realizado al precio unitario especificado para cada rubro en la Lista de Cantidades. |
38. Modificaciones en las Cantidades37 |
38.1 Si la cantidad final del trabajo ejecutado difiere en más de 25% de la especificada en la Lista de Cantidades para un rubro en particular, y siempre que la diferencia exceda el 1% del Precio Inicial del Contrato, el Gerente de Obras ajustará los precios para reflejar el cambio. 38.2 El Gerente de Obras no ajustará los precios debido a diferencias en las cantidades si con ello se excede el Precio Inicial del Contrato en más del 15%, a menos que cuente con la aprobación previa del Contratante. 38.3 Si el Gerente de Obras lo solicita, el Contratista deberá proporcionarle un desglose de los costos correspondientes a cualquier precio que conste en la Lista de Cantidades. |
39. Variaciones |
39.1 Todas las Variaciones deberán incluirse en los Programas38 actualizados que presente el Contratista. |
40. Pagos de las Variaciones |
40.1 Cuando el Gerente de Obras la solicite, el Contratista deberá presentarle una cotización para la ejecución de una Variación. El Contratista deberá proporcionársela dentro de los siete (7) días siguientes a la solicitud, o dentro de un plazo mayor si el Gerente de Obras así lo hubiera determinado. El Gerente de Obras deberá analizar la cotización antes de ordenar la Variación. 40.2 Cuando los trabajos correspondientes a la Variación coincidan con un rubro descrito en la Lista de Cantidades y si, a juicio del Gerente de Obras, la cantidad de trabajo o su calendario de ejecución no produce cambios en el costo unitario por encima del límite establecido en la Subcláusula 38.1, para calcular el valor de la Variación se usará el precio indicado en la Lista de Cantidades. Si el costo unitario se modificara, o si la naturaleza o el calendario de ejecución de los trabajos correspondientes a la Variación no coincidiera con los rubros de la Lista de Cantidades, el Contratista deberá proporcionar una cotización con nuevos precios para los rubros pertinentes de los trabajos.39 40.3 Si el Gerente de Obras no considerase la cotización del Contratista razonable, el Gerente de Obras podrá ordenar la Variación y modificar el Precio del Contrato basado en su propia estimación de los efectos de la Variación sobre los costos del Contratista. 40.4 Si el Gerente de Obras decide que la urgencia de la Variación no permite obtener y analizar una cotización sin demorar los trabajos, no se solicitará cotización alguna y la Variación se considerará como un Evento Compensable. 40.5 El Contratista no tendrá derecho al pago de costos adicionales que podrían haberse evitado si hubiese hecho la Advertencia Anticipada pertinente. |
41. Proyecciones de Flujo de Efectivos |
41.1 Cuando se actualice el Programa,40 el Contratista deberá proporcionar al Gerente de Obras una proyección actualizada del flujo de efectivos. Dicha proyección podrá incluir diferentes monedas según se estipulen en el Contrato, convertidas según sea necesario utilizando las tasas de cambio del Contrato. |
42. Certificados de Pago |
42.1 El Contratista presentará al Gerente de Obras cuentas mensuales por el valor estimado de los trabajos ejecutados menos las sumas acumuladas previamente certificadas por el Gerente de Obras de conformidad con la Subcláusula 42.2. 42.2 El Gerente de Obras verificará las cuentas mensuales del Contratista y certificará la suma que deberá pagársele. 42.3 El valor de los trabajos ejecutados será determinado por el Gerente de Obras. 42.4 El valor de los trabajos ejecutados comprenderá el valor de las cantidades terminadas de los rubros incluidos en la Lista de Cantidades.41 42.5 El valor de los trabajos ejecutados incluirá la estimación de las Variaciones y de los Eventos Compensables. 42.6 El Gerente de Obras podrá excluir cualquier rubro incluido en un certificado anterior o reducir la proporción de cualquier rubro que se hubiera certificado anteriormente en consideración de información más reciente. |
43. Pagos |
43.1 Los pagos serán ajustados para deducir los pagos de anticipo y las retenciones. El Contratante pagará al Contratista los montos certificados por el Gerente de Obras dentro de los 28 días siguientes a la fecha de cada certificado. Si el Contratante emite un pago atrasado, en el pago siguiente se deberá pagarle al Contratista interés sobre el pago atrasado. El interés se calculará a partir de la fecha en que el pago atrasado debería haberse emitido hasta la fecha cuando el pago atrasado es emitido, a la tasa de interés vigente para préstamos comerciales para cada una de las monedas en las cuales se hace el pago. 43.2 Si el monto certificado es incrementado en un certificado posterior o como resultado de un veredicto por el Conciliador o un Árbitro, se le pagará interés al Contratista sobre el pago demorado como se establece en esta cláusula. El interés se calculará a partir de la fecha en que se debería haber certificado dicho incremento si no hubiera habido controversia. 43.3 Salvo que se establezca otra cosa, todos los pagos y deducciones se efectuarán en las proporciones de las monedas en que está expresado el Precio del Contrato. 43.4 El Contratante no pagará los rubros de las Obras para los cuales no se indicó precio y se entenderá que están cubiertos en otros precios en el Contrato. |
44. Eventos Compensables |
44.1 Se considerarán eventos compensables los siguientes: (a) El Contratante no permite acceso a una parte del Sitio de las Obras en la Fecha de Posesión del Sitio de las Obras de acuerdo con la Subcláusula 21.1 de las CGC. (b) El Contratante modifica la Lista de Otros Contratistas de tal manera que afecta el trabajo del Contratista en virtud del Contrato. (c) El Gerente de Obras ordena una demora o no emite los Planos, las Especificaciones o las instrucciones necesarias para la ejecución oportuna de las Obras. (d) El Gerente de Obras ordena al Contratista que ponga al descubierto los trabajos o que realice pruebas adicionales a los trabajos y se comprueba posteriormente que los mismos no presentaban Defectos. (e) El Gerente de Obras sin justificación desaprueba una subcontratación. (f) Las condiciones del terreno son más desfavorables que lo que razonablemente se podía inferir antes de la emisión de la Carta de Aceptación, a partir de la información emitida a los Oferentes (incluyendo el Informe de Investigación del Sitio de las Obras), la información disponible públicamente y la inspección visual del Sitio de las Obras. (g) El Gerente de Obras imparte una instrucción para lidiar con una condición imprevista, causada por el Contratante, o de ejecutar trabajos adicionales que son necesarios por razones de seguridad u otros motivos. (h) Otros contratistas, autoridades públicas, empresas de servicios públicos, o el Contratante no trabajan conforme a las fechas y otras limitaciones estipuladas en el Contrato, causando demoras o costos adicionales al Contratista. (i) El anticipo se paga atrasado. (j) Los efectos sobre el Contratista de cualquiera de los riesgos del Contratante. (k) El Gerente de Obras demora sin justificación alguna la emisión del Certificado de Terminación. 44.2 Si un evento compensable ocasiona costos adicionales o impide que los trabajos se terminen con anterioridad a la Fecha Prevista de Terminación, se deberá aumentar el Precio del Contrato y/o se deberá prorrogar la Fecha Prevista de Terminación. El Gerente de Obras decidirá si el Precio del Contrato deberá incrementarse y el monto del incremento, y si la Fecha Prevista de Terminación deberá prorrogarse y en qué medida. 44.3 Tan pronto como el Contratista proporcione información que demuestre los efectos de cada evento compensable en su proyección de costos, el Gerente de Obras la evaluará y ajustará el Precio del Contrato como corresponda. Si el Gerente de Obras no considerase la estimación del Contratista razonable, el Gerente de Obras preparará su propia estimación y ajustará el Precio del Contrato conforme a ésta. El Gerente de Obras supondrá que el Contratista reaccionará en forma competente y oportunamente frente al evento. 44.4 El Contratista no tendrá derecho al pago de ninguna compensación en la medida en que los intereses del Contratante se vieran perjudicados si el Contratista no hubiera dado aviso oportuno o no hubiera cooperado con el Gerente de Obras. |
45. Impuestos |
45.1 El Gerente de Obras deberá ajustar el Precio del Contrato si los impuestos, derechos y otros gravámenes cambian en el período comprendido entre la fecha que sea 28 días anterior a la de presentación de las Ofertas para el Contrato y la fecha del último Certificado de Terminación. El ajuste se hará por el monto de los cambios en los impuestos pagaderos por el Contratista, siempre que dichos cambios no estuvieran ya reflejados en el Precio del Contrato, o sean resultado de la aplicación de la cláusula 47 de las CGC. |
46. Monedas |
46.1 Cuando los pagos se deban hacer en monedas diferentes a la del país del Contratante estipulada en las CEC, los tasas de cambio que se utilizarán para calcular las sumas pagaderas serán las estipulados en la Oferta. |
47. Ajustes de Precios |
47.1 Los precios se ajustarán para tener en cuenta las fluctuaciones del costo de los insumos, únicamente si así se estipula en las CEC. En tal caso, los montos autorizados en cada certificado de pago, antes de las deducciones por concepto de anticipo, se deberán ajustar aplicando el respectivo factor de ajuste de precios a los montos que deban pagarse en cada moneda. Para cada moneda del Contrato se aplicará por separado una fórmula similar a la siguiente: Pc = Ac + Bc (Imc/Ioc) en la cual: Pc es el factor de ajuste correspondiente a la porción del Precio del Contrato que debe pagarse en una moneda específica, "c"; Ac y Bc son coeficientes42 estipulados en las CEC que representan, respectivamente, las porciones no ajustables y ajustables del Precio del Contrato que deben pagarse en esa moneda específica "c", e Imc es el índice vigente al final del mes que se factura, e Ioc es el índice correspondiente a los insumos pagaderos, vigente 28 días antes de la apertura de las Ofertas; ambos índices se refieren a la moneda “c”. 47.2 Si se modifica el valor del índice después de haberlo usado en un cálculo, dicho cálculo deberá corregirse y se deberá hacer un ajuste en el certificado de pago siguiente. Se considerará que el valor del índice tiene en cuenta todos los cambios en el costo debido a fluctuaciones en los costos. |
48. Retenciones |
48.1 El Contratante retendrá de cada pago que se adeude al Contratista la proporción estipulada en las CEC hasta que las Obras estén terminadas totalmente. 48.2 Cuando las Obras estén totalmente terminadas y el Gerente de Obras haya emitido el Certificado de Terminación de las Obras de conformidad con la Subcláusula 55.1 de las CGC, se le pagará al Contratista la mitad del total retenido y la otra mitad cuando haya transcurrido el Período de Responsabilidad por Defectos y el Gerente de Obras haya certificado que todos los defectos notificados al Contratista antes del vencimiento de este período han sido corregidos. 48.3 Cuando las Obras estén totalmente terminadas, el Contratista podrá sustituir la retención con una garantía bancaria “a la vista”. |
49. Liquidación por daños y perjuicios |
49.1 El Contratista deberá indemnizar al Contratante por daños y perjuicios conforme al precio por día establecida en las CEC, por cada día de retraso de la Fecha de Terminación con respecto a la Fecha Prevista de Terminación. El monto total de daños y perjuicios no deberá exceder del monto estipulado en las CEC. El Contratante podrá deducir dicha indemnización de los pagos que se adeudaren al Contratista. El pago por daños y perjuicios no afectará las obligaciones del Contratista. 49.2 Si después de hecha la liquidación por daños y perjuicios se prorrogara la Fecha Prevista de Terminación, el Gerente de Obras deberá corregir en el siguiente certificado de pago los pagos en exceso que hubiere efectuado el Contratista por concepto de liquidación de daños y perjuicios. Se deberán pagar intereses al Contratista sobre el monto pagado en exceso, calculados para el período entre la fecha de pago hasta la fecha de reembolso, a las tasas especificadas en la Subcláusula 43.1 de las CGC. |
50. Bonificaciones |
50.1 Se pagará al Contratista una bonificación que se calculará a la tasa diaria establecida en las CEC, por cada día (menos los días que se le pague por acelerar las Obras) que la Fecha de Terminación de la totalidad de las Obras sea anterior a la Fecha Prevista de Terminación. El Gerente de Obras deberá certificar que se han terminado las Obras de conformidad con la Subcláusula 55.1 de las CGC aun cuando el plazo para terminarlas no estuviera vencido. |
51. Pago de anticipo |
51.1 El Contratante pagará al Contratista un anticipo por el monto estipulado en las CEC en la fecha también estipulada en las CEC, contra la presentación por el Contratista de una Garantía Bancaria Incondicional emitida en la forma y por un banco aceptables para el Contratante en los mismos montos y monedas del anticipo. La garantía deberá permanecer vigente hasta que el anticipo pagado haya sido reembolsado, pero el monto de la garantía será reducido progresivamente en los montos reembolsados por el Contratista. El anticipo no devengará intereses. 51.2 El Contratista deberá usar el anticipo únicamente para pagar equipos, planta, materiales y gastos de movilización que se requieran específicamente para la ejecución del Contrato. El Contratista deberá demostrar que ha utilizado el anticipo para tales fines mediante la presentación de copias de las facturas u otros documentos al Gerente de Obras. 51.3 El anticipo será reembolsado mediante la deducción de montos proporcionales de los pagos que se adeuden al Contratista, de conformidad con la valoración del porcentaje de las Obras que haya sido terminado. No se tomarán en cuenta el anticipo ni sus reembolsos para determinar la valoración de los trabajos realizados, Variaciones, ajuste de precios, eventos compensables, bonificaciones, o liquidación por daños y perjuicios. |
52. Garantías |
52.1 El Contratista deberá proporcionar al Contratante la Garantía de Cumplimiento a más tardar en la fecha definida en la Carta de Aceptación y por el monto estipulado en las CEC, emitida por un banco o compañía afianzadora aceptables para el Contratante y expresada en los tipos y proporciones de monedas en que deba pagarse el Precio del Contrato. La validez de la Garantía de Cumplimiento excederá en 28 días la fecha de emisión del Certificado de Terminación de las Obras en el caso de una garantía bancaria, y excederá en un año dicha fecha en el caso de una Fianza de Cumplimiento. |
53. Trabajos por día |
53.1 Cuando corresponda, los precios para trabajos por día indicadas en la Oferta se aplicarán para pequeñas cantidades adicionales de trabajo sólo cuando el Gerente de Obras hubiera impartido instrucciones previamente y por escrito para la ejecución de trabajos adicionales que se han de pagar de esa manera. 53.2 El Contratista deberá dejar constancia en formularios aprobados por el Gerente de Obras de todo trabajo que deba pagarse como trabajos por día. El Gerente de Obras deberá verificar y firmar dentro de los dos días siguientes después de haberse realizado el trabajo todos los formularios que se llenen para este propósito. 53.3 Los pagos al Contratista por concepto de trabajos por día estarán supeditados a la presentación de los formularios mencionados en la Subcláusula 53.2 de las CGC. |
54. Costo de reparaciones |
54.1 El Contratista será responsable de reparar y pagar por cuenta propia las pérdidas o daños que sufran las Obras o los Materiales que hayan de incorporarse a ellas entre la Fecha de Inicio de las Obras y el vencimiento del Período de Responsabilidad por Defectos, cuando dichas pérdidas y daños sean ocasionados por sus propios actos u omisiones. |
E. Finalización del Contrato
55. Terminación de las Obras |
55.1 El Contratista le pedirá al Gerente de Obras que emita un Certificado de Terminación de las Obras y el Gerente de Obras lo emitirá cuando decida que las Obras están terminadas. |
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56. Recepción de las Obras |
56.1 El Contratante tomará posesión del Sitio de las Obras y de las Obras dentro de los siete (7) días siguientes a la fecha en que el Gerente de Obras emita el Certificado de Terminación de las Obras. |
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57. Liquidación final |
57.1 El Contratista deberá proporcionar al Gerente de Obras un estado de cuenta detallado del monto total que el Contratista considere que se le adeuda en virtud del Contrato antes del vencimiento del Período de Responsabilidad por Defectos. El Gerente de Obras emitirá un Certificado de Responsabilidad por Defectos y certificará cualquier pago final que se adeude al Contratista dentro de los 56 días siguientes a haber recibido del Contratista el estado de cuenta detallado y éste estuviera correcto y completo a juicio del Gerente de Obras. De no encontrarse el estado de cuenta correcto y completo, el Gerente de Obras deberá emitir dentro de 56 días una lista que establezca la naturaleza de las correcciones o adiciones que sean necesarias. Si después de que el Contratista volviese a presentar el estado de cuenta final aún no fuera satisfactorio a juicio del Gerente de Obras, éste decidirá el monto que deberá pagarse al Contratista, y emitirá el certificado de pago. |
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58. Manuales de Operación y de Mantenimiento |
58.1 Si se solicitan planos finales actualizados y/o manuales de operación y mantenimiento actualizados, el Contratista los entregará en las fechas estipuladas en las CEC. 58.2 Si el Contratista no proporciona los planos finales actualizados y/o los manuales de operación y mantenimiento a más tardar en la fecha estipulada en las CEC, o no son aprobados por el Gerente de Obras, éste retendrá la suma estipulada en las CEC de los pagos que se le adeuden al Contratista. |
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59. Terminación del Contrato |
59.1 El Contratante o el Contratista podrán terminar el Contrato si la otra parte incurriese en incumplimiento fundamental del Contrato. 59.2 Los incumplimientos fundamentales del Contrato incluirán, pero no estarán limitados a los siguientes: (a) el Contratista suspende los trabajos por 28 días cuando el Programa vigente no prevé tal suspensión y tampoco ha sido autorizada por el Gerente de Obras; (b) el Gerente de Obras ordena al Contratista detener el avance de las Obras, y no retira la orden dentro de los 28 días siguientes; (c) el Contratante o el Contratista se declaran en quiebra o entran en liquidación por causas distintas de una reorganización o fusión de sociedades; (d) el Contratante no efectúa al Contratista un pago certificado por el Gerente de Obras, dentro de los 84 días siguientes a la fecha de emisión del certificado por el Gerente de Obras; (e) el Gerente de Obras le notifica al Contratista que el no corregir un defecto determinado constituye un caso de incumplimiento fundamental del Contrato, y el Contratista no procede a corregirlo dentro de un plazo razonable establecido por el Gerente de Obras en la notificación; (f) el Contratista no mantiene una garantía que sea exigida en el Contrato; (g) el Contratista ha demorado la terminación de las Obras por el número de días para el cual se puede pagar el monto máximo por concepto de daños y perjuicios, según lo estipulado en las CEC. (h) si el Contratista, a juicio del Contratante, ha incurrido en fraude o corrupción al competir por el Contrato o en su ejecución, conforme a lo establecido en las políticas del Banco sobre Prácticas Prohibidas, que se indican en la Cláusula 60 de estas CGC. 59.3 Cuando cualquiera de las partes del Contrato notifique al Gerente de Obras de un incumplimiento del Contrato, por una causa diferente a las indicadas en la Subcláusula 59.2 de las CGC, el Gerente de Obras deberá decidir si el incumplimiento es o no fundamental. 59.4 No obstante lo anterior, el Contratante podrá terminar el Contrato por conveniencia en cualquier momento. 59.5 Si el Contrato fuere terminado, el Contratista deberá suspender los trabajos inmediatamente, disponer las medidas de seguridad necesarias en el Sitio de las Obras y retirarse del lugar tan pronto como sea razonablemente posible. |
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60. Prácticas prohibidas |
60.1 El Banco exige a todos los Prestatarios (incluyendo los beneficiarios de donaciones), organismos ejecutores y organismos contratantes, al igual que a todas las firmas, entidades o individuos oferentes por participar o participando en actividades financiadas por el Banco incluyendo, entre otros, solicitantes, oferentes, proveedores de bienes, contratistas, consultores, miembros del personal, subcontratistas, subconsultores, proveedores de servicios y concesionarios (incluidos sus respectivos funcionarios, empleados y representantes, ya sean sus atribuciones expresas o implícitas), observar los más altos niveles éticos y denuncien al Banco43 todo acto sospechoso de constituir una Práctica Prohibida del cual tenga conocimiento o sea informado, durante el proceso de selección y las negociaciones o la ejecución de un contrato. Las Prácticas Prohibidas comprenden actos de: (i) prácticas corruptivas; (ii) prácticas fraudulentas; (iii) prácticas coercitivas; y (iv) prácticas colusorias y (v) prácticas obstructivas. El Banco ha establecido mecanismos para la denuncia de la supuesta comisión de Prácticas Prohibidas. Toda denuncia deberá ser remitida a la Oficina de Integridad Institucional (OII) del Banco para que se investigue debidamente. El Banco también ha adoptado procedimientos de sanción para la resolución de casos y ha celebrado acuerdos con otras Instituciones Financieras Internacionales (IFI) a fin de dar un reconocimiento recíproco a las sanciones impuestas por sus respectivos órganos sancionadores. (a) El Banco define, para efectos de esta disposición, los términos que figuran a continuación: (i) Una práctica corruptiva consiste en ofrecer, dar, recibir o solicitar, directa o indirectamente, cualquier cosa de valor para influenciar indebidamente las acciones de otra parte; (ii) Una práctica fraudulenta es cualquier acto u omisión, incluida la tergiversación de hechos y circunstancias, que deliberada o imprudentemente, engañen, o intenten engañar, a alguna parte para obtener un beneficio financiero o de otra naturaleza o para evadir una obligación; (iii) Una práctica coercitiva consiste en perjudicar o causar daño, o amenazar con perjudicar o causar daño, directa o indirectamente, a cualquier parte o a sus bienes para influenciar indebidamente las acciones de una parte; (iv)Una práctica colusoria es un acuerdo entre dos o más partes realizado con la intención de alcanzar un propósito inapropiado, lo que incluye influenciar en forma inapropiada las acciones de otra parte; y (v) Una práctica obstructiva consiste en: a.a. destruir, falsificar, alterar u ocultar deliberadamente evidencia significativa para la investigación o realizar declaraciones falsas ante los investigadores con el fin de impedir materialmente una investigación del Grupo del Banco sobre denuncias de una práctica corrupta, fraudulenta, coercitiva o colusoria; y/o amenazar, hostigar o intimidar a cualquier parte para impedir que divulgue su conocimiento de asuntos que son importantes para la investigación o que prosiga la investigación, o b.b. todo acto dirigido a impedir materialmente el ejercicio de inspección del Banco y los derechos de auditoría previstos en el párrafo 60.1 (f) de abajo. (b) Si se determina que, de conformidad con los Procedimientos de sanciones del Banco, cualquier firma, entidad o individuo actuando como oferente o participando en una actividad financiada por el Banco incluidos, entre otros, solicitantes, oferentes, proveedores, contratistas, consultores, miembros del personal, subcontratistas, subconsultores, proveedores de bienes o servicios, concesionarios, Prestatarios (incluidos los Beneficiarios de donaciones), organismos ejecutores o organismos contratantes (incluyendo sus respectivos funcionarios, empleados y representantes, ya sean sus atribuciones expresas o implícitas) ha cometido una Práctica Prohibida en cualquier etapa de la adjudicación o ejecución de un contrato, el Banco podrá: (i) no financiar ninguna propuesta de adjudicación de un contrato para la adquisición de bienes o servicios, la contratación de obras, o servicios de consultoría; (ii) suspender los desembolsos de la operación, si se determina, en cualquier etapa, que un empleado, agencia o representante del Prestatario, el Organismo Ejecutor o el Organismo Contratante ha cometido una Práctica Prohibida; (iii) declarar una contratación no elegible para financiamiento del Banco y cancelar y/o acelerar el pago de una parte xxx xxxxxxxx o de la donación relacionada inequívocamente con un contrato, cuando exista evidencia de que el representante del Prestatario, o Beneficiario de una donación, no ha tomado las medidas correctivas adecuadas (lo que incluye, entre otras cosas, la notificación adecuada al Banco tras tener conocimiento de la comisión de la Práctica Prohibida) en un plazo que el Banco considere razonable; (iv) emitir una amonestación a la firma, entidad o individuo en el formato de una carta formal de censura por su conducta; (v) declarar a una firma, entidad o individuo inelegible, en forma permanente o por determinado período de tiempo, para que (i) se le adjudiquen contratos o participe en actividades financiadas por el Banco, y (ii) sea designado subconsultor, subcontratista o proveedor de bienes o servicios por otra firma elegible a la que se adjudique un contrato para ejecutar actividades financiadas por el Banco; (vi) remitir el tema a las autoridades pertinentes encargadas de hacer cumplir las leyes; y/o; (vii) imponer otras sanciones que considere apropiadas bajo las circunstancias del caso, incluyendo la imposición de multas que representen para el Banco un reembolso de los costos vinculados con las investigaciones y actuaciones. Dichas sanciones podrán ser impuestas en forma adicional o en sustitución de las sanciones arriba referidas. (c) Lo dispuesto en los incisos (i) y (ii) del párrafo 60.1 (b) se aplicará también en casos en los que las partes hayan sido temporalmente declaradas inelegibles para la adjudicación de nuevos contratos en espera de que se adopte una decisión definitiva en un proceso de sanción, o cualquier otra resolución. (d) La imposición de cualquier medida que sea tomada por el Banco de conformidad con las provisiones referidas anteriormente será de carácter público. (e) Asimismo, cualquier firma, entidad o individuo actuando como oferente o participando en una actividad financiada por el Banco, incluidos, entre otros, solicitantes, oferentes, proveedores de bienes, contratistas, consultores, miembros del personal, subcontratistas, subconsultores, proveedores de servicios, concesionarios, Prestatarios (incluidos los beneficiarios de donaciones), organismos ejecutores o contratantes (incluidos sus respectivos funcionarios, empleados y representantes, ya sean sus atribuciones expresas o implícitas) podrá verse sujeto a sanción de conformidad con lo dispuesto en convenios suscritos por el Banco con otra Institución Financiera Internacional (IFI) concernientes al reconocimiento recíproco de decisiones de inhabilitación. A efectos de lo dispuesto en el presente párrafo, el término “sanción” incluye toda inhabilitación permanente, imposición de condiciones para la participación en futuros contratos o adopción pública de medidas en respuesta a una contravención del marco vigente de una Institución Financiera Internacional (IFI) aplicable a la resolución de denuncias de comisión de Prácticas Prohibidas. (f) El Banco exige que los solicitantes, oferentes, proveedores de bienes y sus representantes, contratistas, consultores, miembros del personal, subcontratistas, subconsultores, proveedores de servicios y sus representantes, y concesionarios permitan al Banco revisar cualesquiera cuentas, registros y otros documentos relacionados con la presentación de propuestas y con el cumplimiento del contrato y someterlos a una auditoría por auditores designados por el Banco. Todo solicitante, oferente, proveedor de bienes y su representante, contratista, consultor, miembro del personal, subcontratista, subconsultor, proveedor de servicios y concesionario deberá prestar plena asistencia al Banco en su investigación. El Banco también requiere que solicitantes, oferentes, proveedores de bienes y sus representantes, contratistas, consultores, miembros del personal, subcontratistas, subconsultores, proveedores de servicios y concesionarios: (i) conserven todos los documentos y registros relacionados con actividades financiadas por el Banco por un período de siete (7) años luego de terminado el trabajo contemplado en el respectivo contrato; y (ii) entreguen todo documento necesario para la investigación de denuncias de comisión de Prácticas Prohibidas y (iii) aseguren que los empleados o agentes de los solicitantes, oferentes, proveedores de bienes y sus representantes, contratistas, consultores, subcontratistas, subconsultores, proveedores de servicios y concesionarios que tengan conocimiento de las actividades financiadas por el Banco estén disponibles para responder a las consultas relacionadas con la investigación provenientes de personal del Banco o de cualquier investigador, agente, auditor, o consultor apropiadamente designado. Si el solicitante, oferente, proveedor de bienes y su representante, contratista, consultor, miembro del personal, subcontratista, subconsultor proveedor de servicios o concesionario se niega a cooperar o incumple el requerimiento del Banco, o de cualquier otra forma obstaculiza la investigación por parte del Banco, el Banco, bajo su sola discreción, podrá tomar medidas apropiadas contra el solicitante, oferente, proveedor de bienes y su representante, contratista, consultor, miembro del personal, subcontratista, subconsultor, proveedor de servicios, o concesionario. (g) Cuando un Prestatario adquiera bienes, servicios distintos de servicios de consultoría, obras o servicios de consultoría directamente de una agencia especializada, todas las disposiciones contempladas en el xxxxxxx 00 relativas a sanciones y Prácticas Prohibidas se aplicarán íntegramente a los solicitantes, oferentes, proveedores de bienes y sus representantes, contratistas, consultores, miembros del personal, subcontratistas, subconsultores, proveedores de servicios, concesionarios (incluidos sus respectivos funcionarios, empleados y representantes, ya sean sus atribuciones expresas o implícitas), o cualquier otra entidad que haya suscrito contratos con dicha agencia especializada para la provisión de bienes, obras o servicios distintos de servicios de consultoría en conexión con actividades financiadas por el Banco. El Banco se reserva el derecho de obligar al Prestatario a que se acoja a recursos tales como la suspensión o la rescisión. Las agencias especializadas deberán consultar la lista de firmas e individuos declarados inelegibles de forma temporal o permanente por el Banco. En caso de que una agencia especializada suscriba un contrato o una orden de compra con una firma o individuo declarado inelegible de forma temporal o permanente por el Banco, el Banco no financiará los gastos conexos y se acogerá a otras medidas que considere convenientes. 60.2 Los Oferentes, al presentar sus ofertas, declaran y garantizan: (a) que han leído y entendido las definiciones de Prácticas Prohibidas del Banco y las sanciones aplicables a la comisión de las mismas que constan de este documento y se obligan a observar las normas pertinentes sobre las mismas; (b) que no han incurrido en ninguna Práctica Prohibida descrita en este documento; (c) que no han tergiversado ni ocultado ningún hecho sustancial durante los procesos de selección, negociación, adjudicación o ejecución de un contrato; (d) que ni ellos ni sus agentes, personal, subcontratistas, subconsultores, directores, funcionarios o accionistas principales han sido declarados por el Banco o por otra Institución Financiera Internacional (IFI) con la cual el Banco haya suscrito un acuerdo para el reconocimiento recíproco de sanciones, inelegibles para que se les adjudiquen contratos financiados por el Banco o por dicha IFI, o culpables de delitos vinculados con la comisión de Prácticas Prohibidas; (e) que ninguno de sus directores, funcionarios o accionistas principales han sido director, funcionario o accionista principal de ninguna otra compañía o entidad que haya sido declarada inelegible por el Banco o por otra Institución Financiera Internacional (IFI) y con sujeción a lo dispuesto en acuerdos suscritos por el Banco concernientes al reconocimiento recíproco de sanciones para que se le adjudiquen contratos financiados por el Banco o ha sido declarado culpable de un delito vinculado con Prácticas Prohibidas; (f) que han declarado todas las comisiones, honorarios de representantes, pagos por servicios de facilitación o acuerdos para compartir ingresos relacionados con actividades financiadas por el Banco; (g) que reconocen que el incumplimiento de cualquiera de estas garantías constituye el fundamento para la imposición por el Banco de una o más de las medidas que se describen en la Cláusula 60.1 (b). |
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61. Pagos posteriores a la terminación del Contrato |
61.1 Si el Contrato se termina por incumplimiento fundamental del Contratista, el Gerente de Obras deberá emitir un certificado en el que conste el valor de los trabajos realizados y de los Materiales ordenados por el Contratista, menos los anticipos recibidos por él hasta la fecha de emisión de dicho certificado, y menos el porcentaje estipulado en las CEC que haya que aplicar al valor de los trabajos que no se hubieran terminado. No corresponderá pagar indemnizaciones adicionales por daños y perjuicios. Si el monto total que se adeuda al Contratante excediera el monto de cualquier pago que debiera efectuarse al Contratista, la diferencia constituirá una deuda a favor del Contratante. 61.2 Si el Contrato se rescinde por conveniencia del Contratante o por incumplimiento fundamental del Contrato por el Contratante, el Gerente de Obras deberá emitir un certificado por el valor de los trabajos realizados, los materiales ordenados, el costo razonable del retiro de los equipos y la repatriación del personal del Contratista ocupado exclusivamente en las Obras, y los costos en que el Contratista hubiera incurrido para el resguardo y seguridad de las Obras, menos los anticipos que hubiera recibido hasta la fecha de emisión de dicho certificado. |
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62. Derechos de propiedad |
62.1 Si el Contrato se termina por incumplimiento del Contratista, todos los Materiales que se encuentren en el Sitio de las Obras, la Planta, los Equipos, las Obras provisionales y las Obras se considerarán de propiedad del Contratante. |
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63. Liberación de cumplimiento |
63.1 Si el Contrato es frustrado por motivo de una guerra, o por cualquier otro evento que esté totalmente fuera de control del Contratante o del Contratista, el Gerente de Obras deberá certificar la frustración del Contrato. En tal caso, el Contratista deberá disponer las medidas de seguridad necesarias en el Sitio de las Obras y suspender los trabajos a la brevedad posible después de recibir este certificado. En caso de frustración, deberá pagarse al Contratista todos los trabajos realizados antes de la recepción del certificado, así como de cualesquier trabajos realizados posteriormente sobre los cuales se hubieran adquirido compromisos. |
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64. Suspensión de Desembolsos xxx Xxxxxxxx del Banco |
64.1 En caso de que el Banco suspendiera los desembolsos al Contratante bajo el Préstamo, parte del cual se destinaba a pagar al Contratista:
(b) Si el Contratista no ha recibido algunas sumas que se le adeudan dentro del periodo de 28 días para efectuar los pagos, establecido en la Subcláusula 43.1, el Contratista podrá emitir inmediatamente una notificación para terminar el Contrato en el plazo de 14 días. |
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65. Elegibilidad |
65.1 El Contratista y sus Subcontratistas deberán ser originarios de países miembros del Banco. Se considera que un Contratista o Subcontratista tiene la nacionalidad de un país elegible si cumple con los siguientes requisitos:
65.2 Todos los socios de una asociación en participación, consorcio o asociación (APCA) con responsabilidad mancomunada y solidaria y todos los subcontratistas deben cumplir con los requisitos arriba establecidos. 65.3 En caso de Bienes y Servicios Conexos que hayan de suministrarse de conformidad con el contrato y que sean financiados por el Banco deben tener su origen en cualquier país miembro del Banco. Los bienes se originan en un país miembro del Banco si han sido extraídos, cultivados, cosechados o producidos en un país miembro del Banco. Un bien es producido cuando mediante manufactura, procesamiento o ensamblaje el resultado es un artículo comercialmente reconocido cuyas características básicas, su función o propósito de uso son substancialmente diferentes de sus partes o componentes.
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Sección VI. Condiciones Especiales del Contrato
A menos que se indique lo contrario, el Contratante deberá completar todas las CEC antes de emitir los documentos de licitación. Se deberán adjuntar los programas e informes que el Contratante deberá proporcionar.
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CGC 1.1 (f) |
El Contratista es: Nombre: Representante legal (de ser el caso): Dirección: Teléfonos: |
CGC 1.1 (h) |
El precio del contrato es de: USD. ………………………., sin incluir el IVA. |
CGC 1.1 (m) |
El Período de Responsabilidad por Defectos es de 180 días contados a partir de la entrega recepción provisional de la obra. |
CGC 1.1 (o) |
El Contratante es Entidad: Gobierno Autónomo Descentralizado Provincial de Napo. Dirección. Av. Xxxx Xxxxxxxx y Xxxxxx esquina. Representante Legal: Xx. Xxxxxx Xxxxxx |
CGC 1.1 (r) |
La Fecha Prevista de Terminación de la totalidad de las Obras es 300 días plazo contados a partir de la fecha de notificación de que el anticipo se encuentra disponible; en caso que el contratista renuncie al anticipo la fecha regirá desde la suscripción del contrato |
CGC 1.1 (u) |
El Gerente de Obras/Administrador del Contrato: Administrador del Contrato: Ing. Xxxxxxx Xxxxxx – DIRECTOR DE OBRAS PÚBLICAS GADPN. Dirección: Av. Xxxx Xxxxxxxx y Xxxxxx esquina. Edificio: Gobierno Autónomo Descentralizado Provincial de Napo. - Dirección de Obras Públicas Ciudad: Napo País: Ecuador Teléfono: (000 0) 0000 000, 0-000-000 E-mail: xxxxxxxxxxxxxxx@xxxx.xxx.xx; xxxxxxxx@xxxx.xxx.xx; xxxxxxxxxx@xxxx.xxx.xx El Gerente de Obras / Administrador del Contrato, de conformidad con lo dispuesto en el art. 121 del Reglamento General de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, velará por el cabal y oportuno cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones derivadas del Contrato. Adoptará las acciones que sean necesarias para evitar retrasos injustificados e impondrá las multas y sanciones a que hubiere lugar, incluida la ejecución de las garantías cuando fuere del caso. Velará porque la fiscalización actúe de acuerdo a las especificaciones constantes en los Documentos de Licitación, y porque se observen las normas de seguridad y salud ocupacional. El Gerente de Obra/Administrador de Contrato podrá ser reemplazado a conveniencia de la Contratante, mediante comunicación por escrito, emitida por la máxima autoridad del Gobierno Autónomo Descentralizado Provincial de Imbabura o su delegado. |
CGC 1.1 (w) |
Este puente se ubica en la vía que comunica a la cabecera cantonal del Cantón Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxx con las comunidades Chucapi, Xxxx xxx Xxxxxx, Morete, Centro Kichwa, entre otras. El puente estará ubicado en las coordenadas UTM: Este: 182529.752 Norte: 9871941.006 Cota: 514 msnm |
CGC 1.1 (z) |
La Fecha de Inicio es al siguiente día de la fecha de notificación de que el anticipo se encuentra disponible o en su defecto en caso de renuncia al anticipo, al siguiente día de suscrito el contrato. |
CGC 1.1 (dd) |
Las Obras consisten en la Construcción de un puente carrozable de 120.00 metros de luz y ancho de vía 4.20 metros sobre el río Anzu, cantón Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxx, Provincia de Napo. |
CGC 1.1 (ff) |
Se agrega el siguiente párrafo: Fiscalizador: El Fiscalizador velará por la correcta ejecución de la obra, a fin de que el proyecto se ejecute de acuerdo a sus diseños definitivos, especificaciones técnicas, cronogramas de trabajo, recomendaciones de los diseñadores, normas técnicas aplicables, y en caso de requerirse deberá realizar diseños no sustanciales o los cambios que se requiera para la correcta ejecución de la obra, previa autorización del Gerente de Obras/Administrador del Contrato. |
CGC 2.2 |
Las secciones de las Obras con fechas de terminación distintas a las de la totalidad de las Obras son: NO APLICA |
CGC 2.3 (i) |
Los siguientes documentos también forman parte integral del Contrato: Los documentos que acreditan la calidad de los comparecientes y su capacidad para celebrar este tipo de contratos. La memoria descriptiva y especificaciones técnicas /expediente técnico (especificaciones generales Específicas, lista de cantidades, planos) y demás secciones del Documento de Selección en los cuales se detallan el objeto y alcance de la contratación Las Garantías presentadas por el oferente adjudicado La Certificación de Disponibilidad Presupuestaria La Notificación de adjudicación al oferente adjudicado |
CGC 3.1 |
El idioma en que deben redactarse los documentos del Contrato es: Español La ley que gobierna el Contrato es la ley de la República del Ecuador |
CGC 4.1 |
Decisiones y funciones del Administrador del Contrato:
En complemento a lo establecido en la CGC:
El Gerente de Obra/Administrador de Contrato velará por el cabal y oportuno cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones derivadas del contrato y adoptará las acciones que sean necesarias para evitar retrasos injustificados e impondrá las multas y sanciones a que hubiere lugar.
El Gerente de Obra/Administrador de Contrato velará porque la fiscalización actúe de acuerdo con las especificaciones técnicas constantes en los pliegos y en el contrato y porque se observen las normas de seguridad y salud ocupacional.
El Gerente de Obra/Administrador de Contrato administrará el contrato en representación de la Contratante y supervisará la construcción de la obra dando las directrices a la Fiscalización con la asesoría del equipo técnico de la Contratante.
En caso de modificación del plazo contractual o del valor total del contrato, el Gerente de Obra/Administrador de Contrato solicitará autorización a la Máxima Autoridad del Gobierno Autónomo Descentralizado Provincial de Napo.
Son funciones del Gerente de Obra/Administrador de Contrato, entre otras:
• Xxxxx y responsabilizarse porque la ejecución de la obra se realice de acuerdo a lo programado;
• Establecer un sistema para medir el logro de los objetivos definidos, de manera que oportunamente se obtenga información exacta sobre su estado y se comuniquen los resultados a las autoridades de la Contratante;
• Velar porque se efectúen evaluaciones periódicas del proyecto;
• Autorizar el inicio de la obra o de cualquier trabajo no contemplado en los planos originales, que deba cargarse a los fondos destinados al contrato; • • Coordinar su trabajo con el Fiscalizador del contrato;
• Establecer la estructura organizacional apropiada para la ejecución de la obra, considerando todos los aspectos que intervienen en ella financieros, legales, de suministros, etc. aunque éstos no sean constructivos y definir las funciones, responsabilidades y autoridad de los participantes; asimismo, proporcionar el apoyo logístico requerido.
• En el caso de que la fiscalización sea externa, el Gerente de Obra/Administrador de Contrato deberá realizar la supervisión responsable sobre todas las labores del Fiscalizador;
• Elaborar y suscribir las actas de entrega recepción provisional y definitiva de la obra; y, dar cumplimiento a las disposiciones e instrucciones de la Contratante, respecto a la correcta ejecución del contrato. |
CGC 5.1 |
NO APLICA |
CGC 6.1 |
Se agrega el siguiente párrafo: Su constancia de entrega debe encontrarse en la copia del documento y se registrarán en el libro de obra. |
CGC 8.1 |
Lista de Otros Contratistas: NO APLICA |
CGC 9.1 |
Personal Clave: SUPERINTENDENTE OBRA: ……………………………………………… RESIDENTE DE OBRA: ……………………………………………………. GEOTÉCNICO: ……………………………………………………………… INGENIERO AMBIENTAL: …………………………………………………. INGENIERO MECÁNICO: ………………..………………………………… |
CGC 13.1 |
Los seguros se mantendrán vigentes hasta que se expida el acta de entrega recepción definitiva de terminación de las obras y solo podrán cancelarse con previo aviso a la Contratante.
Las coberturas mínimas de seguros y los deducibles serán:
a) Para pérdida o daños de las obras, planta y materiales: Diez por ciento (10%) del valor del contrato. b) Para pérdida o daño de equipo: Diez por ciento (10%) del valor del contrato. c) Para pérdida o daño a la propiedad del contratante, del contratista o de terceros (excepto a las Obras, Planta, Materiales y Equipos) en conexión con el Contrato: Diez por ciento (10%) del valor del contrato.
Adicionalmente: Indemnización por muerte accidental: Hasta US$ 50.000,00 por persona, para empleados del contratista, subcontratista y empleados del subcontratista, así como terceras personas. Incapacidad total y permanente: Hasta US$ 20.000,00 por persona, para empleados del contratista, subcontratista y empleados del subcontratista, así como terceras personas. Gastos médicos y hospitalización por heridas, fracturas y lesiones por accidentes de trabajo: Hasta US$ 5.000,00 por persona, para empleados del contratista, subcontratista y empleados del subcontratista; cobertura similar para terceras personas de responsabilidad civil.
Todos los reclamos por los siniestros ocurridos serán presentados y tramitados por el contratista a nombre del Gobierno Autónomo Descentralizado Provincial de Napo. Los seguros se mantendrán vigentes hasta que se expida el acta de entrega recepción definitiva de terminación de las obras y solo podrán cancelarse con previo aviso a la Contratante.
Nota: Los seguros deberán ser emitidos en el nombre conjunto Contratista y del Contratante, para cubrir el periodo comprendido entre la Fecha de inicio y del Vencimiento del Periodo de Responsabilidad por Defectos. |
CGC 14.1 |
Los Informes de Investigación del Sitio de las Obras son: Planos de localización del proyecto, memorias de cálculo. |
CGC 21.1 |
La(s) fecha(s) de Toma de Posesión del Sitio de las Obras será(n) Será a más tardar a los ocho (8) días de la suscripción del acta de inicio del contrato. |
CGC 25.2 |
Los honorarios y gastos reembolsables pagaderos al Conciliador serán a razón de conformidad con el reglamento interno del organismo conciliador |
CGC 25.3 |
En caso de contratista local:
1. Si se suscitaren divergencias o controversias en la interpretación o ejecución del presente contrato, cuando las partes no llegaren a un acuerdo amigable directo, podrán utilizar los métodos alternativos para la solución de controversias en el Centro de Mediación de la Procuraduría General del Estado en la ciudad de Quito 2. Si respecto de la divergencia o divergencias suscitadas no existiere acuerdo, y las partes deciden someterlas al procedimiento establecido en la Ley de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, será competente para conocer la controversia el Tribunal Distrital de lo Contencioso Administrativo que ejerce jurisdicción en la ciudad de Quito. En caso de que la entidad contratante sea de derecho privado: “Solución de Controversias dirá: Si respecto de la divergencia o controversia existentes no se lograre un acuerdo directo entre las partes, éstas recurrirán ante la justicia ordinaria del domicilio de la Entidad Contratante”. La legislación aplicable a este Contrato es la ecuatoriana. Contratista local es la persona jurídica o natural con domicilio o sede principal de sus negocios dentro del territorio de la República del Ecuador En caso de contratista extranjero: “Comisión de las Naciones Unidas para el derecho mercantil internacional (CNUDMI)” (UNCITRAL, por sus siglas en inglés) Cualquiera disputa, controversia o reclamo generado por o en relación con este Contrato, o por incumplimiento, rescisión, o anulación del mismo, deberán ser resueltos mediante arbitraje de conformidad con el Reglamento de Arbitraje vigente de la UNCITRAL”. |
CGC 26.1 |
La Autoridad Nominadora del Conciliador es: El Centro de Mediación de la Procuraduría General del Estado |
B. Control de Plazos |
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CGC 27.1 |
Se precisa el contenido de la subcláusula 27.1 con los siguientes ajustes:
1. A continuación de la frase “…después de la fecha de la Carta de Aceptación…”, añadir y “dentro de los cinco (5) días de la fecha de suscripción del contrato.” 2. Al final añadir: “que incluya los programas de Utilización de Personal y de Utilización de Equipos, los que serán aprobados luego de cinco (5) días de su presentación al Gerente de Obras”. |
CGC 27.3 |
Los plazos entre cada actualización del Programa serán de treinta [30] días. El monto que será retenido por la presentación retrasada del Programa actualizado será del 0,01% cero punto cero uno por ciento del monto total del contrato por cada día de incumplimiento, sin sobrepasar el 5% del monto total del contrato. |
CGC 28.1 |
Prórroga de la Fecha Prevista de Terminación Se agrega lo siguiente:
La Contratante prorrogará el plazo total o los plazos parciales fijados en este contrato, en los siguientes casos:
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CGC 28.2 |
Prórroga de la fecha prevista de Terminación. Se agrega lo siguiente:
La Contratista para obtener la prórroga de plazo deberá solicitarlo por escrito, de manera motivada dentro de (15) días siguientes a la fecha de producido el hecho que motivó la petición.
En casos de prórroga de plazo, las partes elaborarán un nuevo cronograma de avance de obra y/o de devengación del anticipo según sea el caso, que sustituirá al original o precedente y tendrá el mismo valor contractual del sustituido (Reprogramación de Programa o cronograma valorado de ejecución de obra).
Cuando las prórrogas o ampliaciones de plazo modifiquen el plazo total, se necesitará la autorización del Gerente de Obras/Administrador de Contrato y de la Máxima Autoridad de la Contratante, o su delegado, previo informe de la Fiscalización.
Se considerará prórroga de plazo, los eventos que llegaron a ocurrir dentro de la fase inicial de ejecución del contrato; mientras que los eventos que se llegaron a suscitar en las fases intermedias y finales de la ejecución del contrato se considerarán como ampliación del plazo contractual.
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CGC 30.1 |
Se modifica por lo siguiente: Xxxxxxx ordenadas por el Gerente de Obras o Administrador de Contrato. El Gerente de Obras o Administrador de Contrato podrá ordenar al Contratista que demore la iniciación o el avance de cualquier actividad comprendida en las Obras. |
CGC 31.1 |
Se modifica por lo siguiente: Reuniones administrativas Tanto el Gerente de Obras o Administrador de Contrato, el Fiscalizador como el Contratista podrán solicitar a la otra parte que asista a reuniones administrativas. El objetivo de dichas reuniones será la revisión de la programación de los trabajos pendientes y la resolución de asuntos planteados conforme con el procedimiento de Advertencia Anticipada descrito en la Cláusula 32. |
CGC 31.2 |
Se modifica por lo siguiente: Reuniones administrativas El Gerente de Obras o Administrador de Contrato deberá llevar un registro de lo tratado en las reuniones administrativas y suministrar copias del mismo a los asistentes y al Contratante. Ya sea en la propia reunión o con posterioridad a ella, el Gerente de Obras o Administrador de Contrato deberá decidir y comunicar por escrito a todos los asistentes sus respectivas obligaciones en relación con las medidas que deban adoptarse. |
CGC 32.1 |
Se modifica por lo siguiente: Advertencia Anticipada El Contratista deberá advertir al Gerente de Obras o Administrador de Contrato lo antes posible sobre futuros posibles eventos o circunstancias específicas que puedan perjudicar la calidad de los trabajos, elevar el Precio del Contrato o demorar la ejecución de las Obras. El Gerente de Obras o Administrador de Contrato podrá solicitarle al Contratista que presente una estimación de los efectos esperados que el futuro evento o circunstancia podrían tener sobre el Precio del Contrato y la Fecha de Terminación. El Contratista deberá proporcionar dicha estimación tan pronto como le sea razonablemente posible. |
CGC 32.2 |
Se modifica por lo siguiente: Advertencia Anticipada El Contratista colaborará con el Gerente de Obras o Administrador de Contrato en la preparación y consideración de posibles maneras en que cualquier participante en los trabajos pueda evitar o reducir los efectos de dicho evento o circunstancia y para ejecutar las instrucciones que consecuentemente ordenare el Gerente de Obras o Administrador de Contrato |
C. Control de la Calidad |
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CGC 33.1 |
Se modifica por lo siguiente:
Identificación de Defectos El Gerente de Obras o Administrador del Contrato controlará el trabajo del Contratista y le notificará de cualquier defecto que encuentre. Dicho control no modificará de manera alguna las obligaciones del Contratista. El Gerente de Obras o Administrador del Contrato podrá ordenar al Contratista que localice un defecto y que ponga al descubierto y someta a prueba cualquier trabajo que el Gerente de Obras considere que pudiera tener algún defecto.
El mantenimiento rutinario y vigilancia de la obra, entre la recepción provisional (o Certificado de Terminación de las Obras), y la recepción definitiva (o liquidación final) estará a cargo de la Contratista, para lo cual deberá proporcionar el personal y las instalaciones adecuadas. |
CGC 34.1 |
Se modifica por lo siguiente:
Pruebas: Si el Gerente de Obras o Administrador del Contrato ordena al Contratista realizar alguna prueba que no esté contemplada en las Especificaciones a fin de verificar si algún trabajo tiene defectos y la prueba revela que los tiene, el Contratista pagará el costo de la prueba y de las muestras. Si no se encuentra ningún defecto, la prueba se considerará un Evento Compensable. |
CGC 35.1 |
El Período de Responsabilidad por Defectos es: 180 días. A partir de la entrega recepción provisional de la obra. El mantenimiento rutinario y vigilancia de la obra, entre la recepción provisional (o Certificado de Terminación de las Obras), y la recepción definitiva (o liquidación final) estará a cargo de la Contratista, para lo cual deberá proporcionar el personal y las instalaciones adecuadas |
D. Control de Costos |
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CGC 43.1 |
Se modifica por lo siguiente: Pagos: Los pagos serán ajustados para deducir los pagos de anticipo y las retenciones. El Contratante pagará al Contratista los montos certificados por el Gerente de Obras o Administrador del Contrato dentro de los 28 días siguientes a la fecha de cada certificado. FORMA DE PAGO: Anticipo: Se entregará un anticipo del cuarenta por ciento (40%) del monto del contrato. Valor total del contrato: se lo realizará mediante planillas mensuales, y el anticipo será devengado proporcionalmente en cada planilla hasta la liquidación de la obra. |
CGC 45.1 |
Se agrega lo siguiente:
Impuestos
La Contratante efectuará a la Contratista las retenciones que dispongan las leyes tributarias: actuará como agente de retención del Impuesto a la Renta, de acuerdo a la Ley de Régimen Tributario Interno que señala: Toda persona jurídica, pública o privada, la sociedades y las empresas o personas naturales obligadas a llevar contabilidad que paguen o acrediten en cuenta cualquier otro tipo de ingresos que constituyan rentas gravadas para quien lo recibe, actuará como agente de retención del impuesto a la Renta, con relación al Impuesto al Valor Agregado, procederá conforme a la legislación tributaria vigente.
La Contratante, retendrá el valor de los descuentos que el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social ordenase y que corresponda x xxxx patronal, por obligaciones con el Seguro Social provenientes de servicios personales para la ejecución del contrato. |
CGC 46.1 |
La moneda del País del Contratante es: Dólares de los Estados Unidos de América. |
CGC 47.1 |
El Contrato no está sujeto a ajuste de precios de conformidad con la Cláusula 47 de las CGC, |
CGC 48.1 |
La proporción que se retendrá de los de pagos es: 5% de cada pago |
CGC 49.1 |
El contratista deberá pagar una multa por demora en la entrega de la obra del, 1 por mil del precio final del contrato, por cada día de atraso, a efectos de resarcir los daños y perjuicios que tal demora ha ocasionado al contratante. El monto máximo de la multa por demoras en la entrega de la obra es del 5% del precio final del contrato. a) El contratista deberá pagar una multa por demora en la entrega de la obra del 1 por mil del precio final del contrato, por cada día de atraso, a efectos de resarcir los daños y perjuicios que tal demora ha ocasionado al contratante. b) Por otros incumplimientos: Además, el Contratante sancionará al Contratista, con multa diaria equivalente al 0.01% del Precio del Contrato en los siguientes casos:
b.1) si no dispone del personal técnico o del equipo de construcción de acuerdo a los compromisos contractuales;
b.2) si el Contratista no acatare las órdenes del Gerente de Obras y durante el tiempo que dure este incumplimiento;
b.3) cuando intencionalmente el Contratista obstaculice los trabajos de otros Contratistas o de los trabajadores del Contratante; La multa se establece por cada ocurrencia. El monto máximo de la multa por demoras en la entrega de la obra es del 5% del precio final del contrato. |
CGC 50.1 |
La bonificación para la totalidad de las Obras es [indicar el porcentaje del precio final del Contrato] por día. El monto máximo de la bonificación por la totalidad de las Obras es [indicar el porcentaje] del precio final del Contrato. [indique en su caso no aplica]. NO APLICA |
CGC 51.1 |
La sub clausula 51.1 se modifica como sigue: El pago por anticipo será del cuarenta por ciento (40%) del precio del contrato y se desembolsará al contratista una vez sea entregada las Garantías indicadas en el numeral 35.1 de las IAO, por el 100% del valor de anticipo por concepto de buen uso del anticipo.
El anticipo se amortizará proporcionalmente de cada planilla, hasta su devolución total.En caso de anticipo, se deberá presentar una Garantía por el buen uso del anticipo.
Estas garantías no admitirán cláusula alguna que establezca trámite administrativo previo, bastando para su ejecución el requerimiento por escrito del CONTRATANTE. Cualquier cláusula en contrario, se entenderá como no escrita. |
CGC 52.1 |
La Garantía de Cumplimiento aceptable al Contratante será emitida en dólares de los Estados Unidos de América y deberá ser:
Estas garantías no admitirán cláusula alguna que establezca trámite administrativo previo, bastando para su ejecución el requerimiento por escrito del CONTRATANTE. Cualquier cláusula en contrario, se entenderá como no escrita. VIGENCIA DE GARANTÍAS: Será obligación de la Contratista, mantener vigentes las garantías otorgadas. La renovación de las garantías se las hará por lo menos con diez (10) días de anticipación a su vencimiento, caso contrario la Contratante, podrá hacer efectivas las mismas sin más trámite. La Contratista tiene la obligación de mantener vigentes las garantías de cumplimiento del contrato hasta la suscripción del acta de entrega-recepción definitiva y la liquidación del contrato que extinguen las obligaciones pactadas; en tanto que la de buen uso del anticipo previa verificación de su amortización. Las demás garantías deberán mantenerse vigentes hasta que se cumpla con el objeto del contrato. De no renovarse cualquiera de las garantías otorgadas, con por lo menos diez (10) días de anticipación a su vencimiento, la Contratante las hará efectivas, sin más trámite que su presentación a la entidad emisora; y podrá ser causal de terminación unilateral del contrato por incumplimiento. Las garantías estipuladas en el contrato, son incondicionales, irrevocables y de cobro inmediato, sin cláusula de trámite administrativo previo, bastando para su ejecución el requerimiento de la Contratante, en calidad de Asegurado; En caso de incumplimiento de las obligaciones de la Contratista, emanadas de las garantías requeridas, la Contratante, podrá exigir, el pago de multas en los términos establecidos en este contrato, sin perjuicio del derecho que se reserva la Contratante, de requerir el resarcimiento y pago de daños y perjuicios de conformidad con la Ley y de acuerdo al procedimiento de solución de controversias previsto en este instrumento. Ejecución de las garantías: Las garantías contractuales serán ejecutadas por la Contratante en los siguientes casos: Garantía de cumplimiento del contrato: a) Cuando la Contratante, declare anticipada y unilateralmente terminado el contrato por causas imputables a la Contratista. b) Cuando la Contratante determine un incumplimiento contractual que motive aquella decisión. c) Si la Contratista no la renovase diez (10) días antes de su vencimiento. d) Cuando un juez competente disponga su pago por obligaciones a favor de terceros relacionados con el contrato, no satisfechas por la Contratista. e) Cuando el monto total de multas impuestas a la Contratista, por incumplimiento a las obligaciones previstas en este Contrato, sea igual o superior al cinco por ciento (5%) del valor total del Contrato. Garantía del buen uso del anticipo: a) Si la Contratista no la renovase diez (10) días antes de su vencimiento y en caso de terminación unilateral del contrato. b) En caso de que la Contratista no pague a la Contratante, el saldo adeudado del anticipo, después xx xxxx (10) días de notificado con la liquidación del contrato. |
E. Finalización del Contrato |
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CGC 58.1 |
Los Manuales de operación y mantenimiento deberán presentarse a más tardar con la suscripción del acta de entrega – recepción provisional. Los planos actualizados finales deberán presentarse a más tardar con la suscripción del acta de entrega - recepción provisional, debidamente aprobados por la fiscalización. |
CGC 58.2 |
La suma que se retendrá por no cumplir con la presentación de los planos actualizados finales y/o los manuales de operación y mantenimiento en la fecha establecida en las CGC 58.1 es de uno por mil del monto del contrato por cada día de atraso. |
CGC 59.2 (g) |
El número máximo de días cincuenta (50) días |
CGC 61.1 |
El porcentaje que se aplicará al valor de las Obras no terminadas es 15% del valor global del contrato |
Sección VII. Especificaciones y Condiciones de Cumplimiento
Construcción del Puente sobre El Río Anzu, cantón Xxxxxxxxx Xxxx, provincia de Napo.
Especificaciones Técnicas
Estudios A Nivel De Diseño Definitivo Del Puente “Sobre El Rio Anzu – Cantón Xxxxxxxxx Xxxx – Provincia De Napo.
Especificaciones Técnicas
RUBRO: Replanteo Y Nivelación Con Equipo De Topografía 116
RUBRO: Desbroce y Limpieza 116
RUBRO: Desbosque (incluye desalojo) 117
RUBRO: Excavación a mano en suelo sin clasificar 118
RUBRO: Excavación a máquina sin clasificar 118
RUBRO: Excavación a máquina en Xxxx 000
RUBRO: Abatimiento del nivel freático 121
RUBRO: Material granular para Dren 121
RUBRO: Hormigón Estructural de Cemento Portland Clase E f’c=180 kg/cm²; Clase C f’c=240 kg/cm². 122
RUBRO: Xxxxx xx Xxxxxxxx fy= 4200 kg/cm² 133
RUBRO: Material de Mejoramiento puesto en obra 136
RUBRO: Suministro y montaje de pernos SAE 1045 144
RUBRO: Limpieza y pintura para estructuras 145
RUBRO: Suministro y Montaje xx Xxxxx Estructural A-325 ó A 490 (Pernos) 148
RUBRO: Placa de Neopreno de DS70 (500 x 300x 85 mm) 151
RUBRO: Terminal de regulación para péndolas=1-9/16" (Incluye socket cónico) 156
RUBRO: Mejoramiento de Subrasante con Suelo Seleccionado (Incluye Transporte) 158
PREPARACIÓN Y DESBROCE
Código: 501001
RUBRO: Replanteo Y Nivelación Con Equipo De Topografía
DESCRIPCIÓN: Se refiere a la provisión de los insumos incluido mano de obra y equipo de topografía para la realización de los trabajos de ubicación, trazado y señalización entre estribos xxx xxxxxx en el sitio según los planos indicados, de todos los detalles necesarios para la iniciación de la obra motivo del contrato.
PROCEDIMIENTO DEL TRABAJO: Mediante la utilización de equipo topográfico, se dispondrá la colocación de estacas en el área de implantación xxx xxxxxx según los planos, y referencias existentes.
UNIDAD: Kilometro
EJECUCIÓN Y COMPLEMENTACIÓN:
Se efectuará basándose en los planos respectivos. El constructor informará en el libro de obra, el replanteo realizado, y previo visto bueno de fiscalización por escrito, continuará hasta su terminación. Si se encontrarán desajustes en las dimensiones de la xxx xxx xxxxxx, respecto de las medidas que constan en planos, el Constructor deberá consultar al Fiscalizador y proseguir los trabajos sólo con su visto bueno o recomendaciones.
MEDICIÓN Y PAGO:
La medición y pago se realizará por Km de terreno replanteado y nivelado, medido y aprobado por fiscalización en obra, se pagará al costo indicado en el contrato.
Código: 501003
RUBRO: Desbroce y Limpieza
DESCRIPCIÓN: Este trabajo consistirá en la provisión de la mano de obra y maquinaria para despejar el terreno necesario y llevar a cabo la obra contratada en las zonas indicadas en los planos o por el Fiscalizador, se eliminarán arbustos, matorrales y cualquier otra vegetación baja.
Este trabajo contemplará también la conservación, evitando todo daño o deformación de la vegetación, plantaciones y objetos destinados a conservarse.
PROCEDIMIENTO DEL TRABAJO: El desbroce y limpieza se efectuarán por medios eficaces, manuales y/o mecánicos, cualquier otro procedimiento que dé resultados que el Fiscalizador considere satisfactorios. Por lo general, se efectuará dentro de los límites de construcción.
UNIDAD: m²
EJECUCIÓN Y COMPLEMENTACIÓN:
Se efectuará basándose en el área de implantación de la obra según los planos respectivos. El constructor informará en el libro de obra, el desbroce y limpieza realizado, y previo visto bueno de fiscalización por escrito, continuará hasta su terminación.
MEDICIÓN Y PAGO:
La medición y pago se realizará por m² de terreno de desbroce y limpieza, medido y aprobado por fiscalización en obra, se pagará al costo indicado en el contrato.
Código: 501004
RUBRO: Desbosque (incluye desalojo)
DESCRIPCIÓN: Este trabajo consistirá en la provisión de la mano de obra y maquinaria para la tala, almacenamiento y desalojo de árboles y troncos existentes en el área de implantación, o accesos del proyecto.
PROCEDIMIENTO DEL TRABAJO: Se aserrará la parte baja del tronco en el lado de dirección de la caída, respetando un Angulo de 45° con respecto a la horizontal del tronco. La profundidad xxx xxxxx debe ser ¼ del diámetro del tronco. Realizar el xxxxx xx xxxxxxx de forma paralela al suelo. Luego en el lado opuesto hacer la línea de tala 2 cm por encima del punto xx xxxxx para no presionar la cadena. Dejar una distancia entre el corte y la línea de tala. Utilizar cuñas haciendo palanca para favorecer y guiar la caída en la dirección deseada. Justo antes de la caída se produce un primer crujido en el tronco del árbol. El desbosque se efectuará por medios eficaces, manuales y/o mecánicos, cualquier otro procedimiento que dé resultados que el Fiscalizador considere satisfactorios. Por lo general, se efectuará dentro de los límites de construcción.
UNIDAD: u
EJECUCIÓN Y COMPLEMENTACIÓN: Se efectuará basándose en el área de implantación de la obra según los planos respectivos. El constructor informará en el libro de obra, el desbosque realizado, y previo visto bueno de fiscalización por escrito, continuará hasta su terminación.
MEDICIÓN Y PAGO: La medición y pago se realizará por unidad de árboles cortados, almacenados y desalojados, aprobados por fiscalización en obra, se pagará al costo indicado en el contrato.
2. INFRAESTRUCTURA
Código: 505003
RUBRO: Excavación a mano en suelo sin clasificar
DESCRIPCIÓN: Se entenderá por excavación manual, el excavar y quitar la tierra u otros materiales según las indicaciones de planos estructurales, sin el uso de maquinaria, y para volúmenes de menor cuantía, que no se puedan ejecutar por medios mecánicos.
PROCEDIMIENTO DEL TRABAJO: Las excavaciones menores que se indiquen en los planos estructurales o las indicadas por Fiscalización serán realizadas a mano. Todas las operaciones y el equipo serán de tipo manual, por lo que se debe prever los cuidados y seguridades para los obreros que ejecuten el rubro y para las construcciones adyacentes.
UNIDAD: m³.
EJECUCIÓN Y COMPLEMENTACIÓN: Este trabajo consiste en el conjunto de actividades necesarias para la remoción de materiales de la excavación por medios ordinarios tales como picos y palas. Se utilizará para excavar la última capa del área, o en aquellos sitos en los que la utilización de equipo mecánico sea imposible. Su ejecución se colocará en el libro de obra, y realización deberá ser verificada por fiscalización.
MEDICIÓN Y PAGO: Se medirá el volumen del terreno excavado de acuerdo a planos, y su pago se lo efectuará por metro cúbico “m³”. El rubro incluye todos los trabajos de excavación manual. En caso de que parte del material de excavación, se lo utilice nuevamente para rellenos se deberá ubicar un área de almacenamiento temporal conjuntamente con fiscalización.
Código: 505001
RUBRO: Excavación a máquina sin clasificar
DESCRIPCIÓN: Se entenderá por excavación a máquina, el movimiento de tierra utilizando maquinaria pesada con el objetivo de conformar o llegar hasta las cotas indicadas en los planos.
PROCEDIMIENTO DEL TRABAJO: La excavación se realizará con una excavadora de oruga mínimo de 138 Hp de potencia, la misma que operará hasta aproximadamente treinta centímetros del nivel de fundación o el que se determine en obra, para manualmente corregir los anchos y profundidad de fundación.
UNIDAD: m³.
EJECUCIÓN Y COMPLEMENTACIÓN: Se efectuará la implantación según los planos según los planos respectivos. El constructor informará en el libro de obra, la excavación a máquina, y previo visto bueno de fiscalización por escrito, continuará hasta su terminación.
CONTROL DE CALIDAD, REFERENCIAS NORMATIVAS, APROBACIONES
REQUERIMIENTOS PREVIOS
• Determinación y trazado de las excavaciones que deben efectuar manualmente, de acuerdo a los datos del proyecto, fijando y trazando cotas, niveles y pendientes.
• El trabajo final de excavación se realizará con la menor anticipación posible, con el fin de evitar que el terreno se debilite o altere por la intemperie.
• Apuntalamiento y protección de construcciones existentes, para evitar rajaduras o desmoronamientos.
• Determinación de los lugares de acopio del material resultante de la excavación, para su posterior desalojo o reutilización.
DURANTE LA EJECUCIÓN
• Cuando se encuentren imprevistos o inconvenientes, se los debe superar en forma conjunta con fiscalización y de requerirlo con el consultor de los estudios de suelos.
• A criterio de fiscalización y/o constructor, cuando se llegue a nivel de fundación y se encuentre un terreno diferente al determinado en el estudio de suelos, se verificarán las resistencias efectivas y se solicitarán las soluciones, para elementos estructurales, al calculista y al consultor de los estudios de suelos.
• Los materiales producto de la excavación serán dispuestos temporalmente a los costados de la excavación, de forma que no interfiera en los trabajos que se realizan y con la seguridad del personal y las obras
• Para protección xx xxxxxxx de excavación, deberán utilizarse entibados, acodalamientos u otro sistema con capacidad resistente para evitar derrumbos y proveer de toda la seguridad necesaria a los trabajadores y las obras en ejecución.
• Cualquier excavación en exceso, será a cuenta del constructor y deberá igualmente realizar el respectivo relleno, conforme las indicaciones del consultor del estudio de suelos y la fiscalización.
POSTERIOR A LA EJECUCIÓN
• Se verificarán las tolerancias permitidas, de acuerdo con el numeral 303-1.02 Ensayos y tolerancias. Sección 303 de las Especificaciones generales para construcción de caminos y puentes del M.O.P.: para cotas y secciones transversales no podrá variar en más de 20mm.
• Prueba de resistencia efectiva del suelo a nivel de fundaciones estructurales y comparación de los resultados obtenidos con los de diseño.
• Mantenimiento de las excavaciones, impidiendo el ingreso de agua.
• Previo a la colocación hormigón, estructura no debe existir agua en la excavación, y así se mantendrá hasta que hayan fraguado morteros y hormigones.
• Aprobación de fiscalización de las excavaciones ejecutadas y visto bueno para continuar con la obra.
MEDICIÓN Y PAGO: Se cubicará el volumen de la excavación realmente ejecutado. Su pago será por metro cúbico “m³ “.
Código: 505002
RUBRO: Excavación a máquina en Roca
DESCRIPCIÓN: Comprende toda excavación xx xxxx in situ de origen ígneo, metamórfico o sedimentario y en general todo material que a juicio del FISCALIZADOR se debe remover por medio de explosivos u otros métodos.
PROCEDIMIENTO DEL TRABAJO: Los procedimientos, tipos y cantidades de explosivos y equipos que el contratista proponga usar para excavar en roca deben ser previamente aprobados y autorizados por las autoridades competentes y la Fiscalización, lo cual no releva al contratista de la responsabilidad que le pueda corresponder por daños a terceros.
El contratista deberá proveer dirección permanente de los respectivos trabajos, por parte de personas con amplia experiencia en obras similares. Igualmente estarán sujetas a la aprobación de la fiscalización la secuencia y disposición de las voladuras.
La zona de voladura deberá cubrirse con tablones y/o redes o mallas, con el fin de proteger al máximo las estructuras adyacentes, las personas y las vecindades. No podrá usarse ningún explosivo a una distancia inferior a 2 m. de cualquier tubería, edificación, poste, etc., que puedan sufrir daños o deterioros por esta razón; deberá tenerse especial cuidado con estructuras existentes y vaciados recientes de cemento que estén localizadas dentro de un radio de 60 m. Del sitio de la explosión.
UNIDAD: m³.
EJECUCIÓN Y COMPLEMENTACIÓN: Se efectuará en caso de existir este tipo de material es el área de la implantación de los estribos, o alguna estructura secundaria. El constructor informará en el libro de obra, la existencia xx xxxx, y previo visto bueno de fiscalización por escrito, continuará hasta su terminación. Cuando una voladura pueda perjudicar la roca o la base sobre la cual va a colocarse una estructura, o pueda causar perjuicios a estructuras adyacentes, el uso de explosivos deberá suspenderse y la excavación se completará por otros métodos, sin que el contratista pueda reclamar precios distintos a los estipulados en el contrato para excavaciones en roca.
En lo referente al transporte de explosivos, El contratista deberá cumplir con lo estipulado en las especificaciones Técnicas del MOP (Capitulo 200, Sección 222, numerales 01; 01.1; 02.1.1; 02.2 y 03) “Manejo y Trasporte de materiales peligrosos”.
MEDICIÓN Y PAGO: Se cubicará el volumen de la excavación en roca realmente ejecutado. Su pago será por metro cúbico “m³ “.
Código: 505004
RUBRO: Abatimiento del nivel freático
DESCRIPCIÓN: Se reconocerá como abatimiento del nivel freático cuando en el transcurso de una excavación exista la presencia de agua por condiciones del nivel freático y que para su evacuación fuese necesario la utilización de bombas de mínimo 6 HP de potencia.
PROCEDIMIENTO DEL TRABAJO: Como resultado del abatimiento de la mesa de agua subterránea, se pueden producir asentamientos del terreno con los consecuentes daños a viviendas y estructuras cercanas al sitio de los trabajos por lo que deberá tomar todas las precauciones. Toda la responsabilidad por posibles daños o perjuicios a propiedad pública y/o privada recaerá únicamente sobre el contratista.
UNIDAD: hora.
EJECUCIÓN Y COMPLEMENTACIÓN:
No se considerará abatimiento del nivel freático, cuando el agua sea evacuada mediante zanjas auxiliares que drenen el sitio de la obra o cuando la presencia de aguas obedezca a roturas de tuberías o canales, o falta de previsión en proteger que las aguas superficiales ingresen en la excavación o por efectos de un tipo prolongado de apertura sin justificación.
MEDICIÓN Y PAGO:
Se medirá el tiempo en horas de abatimiento del nivel freático ejecutadas en obra y verificadas por la fiscalización.
Código: 505005
RUBRO: Material granular para Dren
DESCRIPCIÓN: Suministro materiales, equipo y mano de obra para la construcción de trabajos de drenaje, de acuerdo a la ubicación, dimensiones y características indicadas en los planos o como lo ordene la Fiscalización.
PROCEDIMIENTO DEL TRABAJO: Los drenes se realizarán utilizando material: piedra clasificada de 10 – 15 cm como parte de trabajos para protección de obras.
UNIDAD: m³.
EJECUCIÓN Y COMPLEMENTACIÓN:
Suministro y Colocación de material granular para protección de estructuras.
MEDICIÓN Y PAGO:
Los trabajos ejecutados para conformar drenes permanentes ejecutados por el contratista y verificados por la Fiscalización en m³.
Código: 505007; 505006
RUBRO: Hormigón Estructural de Cemento Portland Clase E f’c=180 kg/cm²; Clase C f’c=240 kg/cm².
DESCRIPCIÓN: Este trabajo consistirá en el suministro, puesta en obra, terminado y curado del hormigón en puentes, en concordancia con estas especificaciones, de acuerdo con los requerimientos de los documentos contractuales y las instrucciones del Fiscalizador.
El hormigón para estructuras estará constituido por cemento Portland, agregado fino, agregado grueso, aditivos, si se requiere, y agua, mezclados en las proporciones especificadas o aprobadas y cumplir de acuerdo con lo estipulado en esta sección y en la Especificación 503 correspondiente a Hormigón Estructural y el Capítulo 800 para calidad de Materiales de las especificaciones MOP 001 F-2002.
PROCEDIMIENTO DEL TRABAJO: El objetivo es la construcción de elementos de hormigón estructural, especificados en planos y demás documentos del proyecto. Incluye el proceso de fabricación, vertido y curado del hormigón.
El fiscalizador, para cada caso de fundición de hormigón deberá realizar chequeos permanentes de conformidad al planeamiento de la obra, o cronograma de obras para hormigones.
No se deberá colocar el hormigón de columnas en capas mayores de 60 centímetros.
El vibrado será aplicado al hormigón inmediatamente después de llegar a la altura de cada capa indicada. Se lo realizará a través de la mezcla, vibrando cuidadosamente alrededor de las armaduras, esquinas y ángulos de los encofrados.
DISEÑO DE DOSIFICACION Y CONTROL DE CALIDAD.
El diseño del hormigón será realizado por el Contratista y será aprobado por la Fiscalización. El Contratista asume toda la responsabilidad sobre su correcta ejecución. La dosificación podrá ser cambiada cuando fuere conveniente, para mantener la calidad del hormigón en las distintas estructuras o para afrontar las diferentes condiciones que se encuentran durante la construcción.
Los cambios de las dosificaciones, ordenados por la Fiscalización, no implicarán pago adicional alguno sobre los precios propuestos por el Contratista.
La resistencia requerida de los hormigones se ensayará en muestras cilíndricas de 15.3 cm de diámetro y 30.5 cm de alto, de acuerdo con las recomendaciones y requisitos de las especificaciones ASTM-C 172; X 000, X 00 x X 00.
Los resultados de los ensayos a compresión, a los 28 días, deberán ser iguales o mayores que las resistencias especificadas; y no más del 10 % de los resultados de por lo menos 20 ensayos (de 4 cilindros cada ensayo: un roto a los 7 días, y los tres restantes a los 28 días) deberá tener valores inferiores.
La cantidad de ensayos a realizarse no deberá ser menor a (4 cilindros por ensayo uno roto a los 7 días y tres a los 28 días) por cada 30 m³ de hormigón o por cada estructura individual; y no menos de un ensayo por día.
Fiscalización verificará y dispondrá que se puede iniciar con el hormigonado.
PREPARACION
La dosificación de los materiales se realizara de acuerdo a los diseños aprobados por la fiscalización.
• Verificación de plomos, nivelaciones, deslizamientos o cualquier deformación en los encofrados y/o las excavaciones.
• La preparación, vertido y acabado se regirá a lo estipulado en la sección 503. Hormigón Estructural de las “Especificaciones generales para construcción de caminos y puentes” del MOP.
• Verificación de la compactación y vibrado del hormigón.
POSTERIOR A LA EJECUCIÓN:
• Las superficies terminadas serán lisas y se sujetarán a lo señalado en los planos del proyecto, para aprobación de fiscalización.
• La calidad y aceptabilidad del presente rubro, se regirá a lo estipulado en la sección 503. Hormigón Estructural. Numeral 503-6.04. Ensayos y tolerancias, de las “Especificaciones generales para construcción de caminos y puentes” del MOP.
• Comprobación de niveles, plomos y alturas con los planos del proyecto.
• Cuidados para no provocar daños al hormigón, durante el proceso de desencofrado.
• Evitar cargar al elemento recién fundido hasta que el hormigón haya adquirido el 70% de su resistencia de diseño, transcurran un mínimo de 14 días luego del hormigonado, o a la aprobación e indicaciones de Fiscalización.
• Cuidado y mantenimiento hasta el momento de entrega recepción del rubro.
El curado del hormigón se hará de acuerdo con lo estipulado en la sección 801 de las Especificaciones Técnicas del MTOP
UNIDAD: metro cubico (m³).
EJECUCIÓN Y COMPLEMENTACIÓN:
Preparación
La dosificación de los materiales debe ser realizada en peso, ya que si se miden en volumen conducen a graves errores, salvo para volúmenes pequeños y con diseños aprobados por la fiscalización.
Plantas dosificadoras
El Contratista podrá proveer, mantener y operar hormigoneras móviles o pantas dosificadoras y mezcladoras estacionarias, en óptimas condiciones de funcionamiento y adecuadamente ubicadas para el hormigonado de los principales frentes de trabajo.
El contratista someterá su equipo a la aprobación de la Fiscalización, de manera que se encuentre listo y aprobado antes de la iniciación de la producción, para ello la Fiscalización realizará una inspección a la planta dosificadora y evaluará su sistema de producción y en base de lo cual la certificará o no. En general se cumplirán las Especificaciones Técnicas del MOP. (Capítulo 800, sección 801, numerales 2.02, 2.03, y 3.03 al 3.06)
El contratista junto con la Fiscalización efectuará un control continuo delo sistema der alimentación y pesaje.
El pesaje de los ingredientes del hormigón se realizará con los siguientes porcentajes máximos de error:
Agua 1.0 %
Agregados 2.0%
Aditivos 1.0 %
Cemento 1.5%
Equipo y proceso de mezclado
Las mezcladoras de hormigón podrán ser estacionarias o móviles del tipo xx xxxxxx, paletas o turbina, o camiones mezcladores de probada calidad. Las mezcladoras tendrán una capacidad de por lo menos 320 litros; desde el instante que se incluya el agua. Estos tiempos podrán ser modificados por la Fiscalización a fin de garantizar la homogeneidad de las mezclas.
En general, la temperatura del hormigón preparado no será mayor a 21|C y por tanto, el Contratista empleará medios efectivos para mantener la temperatura del hormigón dentro de los limites especificados k, tales como la provisión de sombra para los agregados, etc.
Sebe evitar el contacto del agua muy caliente con el cemento para evitar un fenómeno de fraguado instantáneo, para lo cual, deberá entrar a la mezcladora primero los agregados, luego el agua y finalmente el cemento y los aditivos.
El contratista proporcionará todas las facilidades (mano de obra, herramientas, equipo, acceso, etc.) para la obtención de muestras representativas para los ensayos, sin costo adicional, tanto para estos servicios, como por el valor del hormigón de las muestras.
Hormigón elaborado en sitio
Para el caso en que se autorice la preparación del hormigón en sitio, el contratista deberá previamente poner a consideración de la Fiscalización los agregados a utilizar, proponiendo en base a ellos, un diseño del hormigón debidamente certificado por un laboratorio autorizado por la Fiscalización. (Acreditado por el Servicio de Acreditación del Ecuador)
Obligatoriamente, al Contratista deberá disponer de un equipo mínimo compuesto por dos concreteras de dos sacos de capacidad.
Para la elaboración del hormigón se seguirán las Especificaciones Técnicas del MOP (Capitulo 800, Sección 801.3.02: Hormigón Mezclado en obra)
Componentes:
Las propiedades y características de los materiales empleados en la elaboración delos hormigones y morteros se presentan:
Cemento
El cemento será suministrado por el Contratista en sacos o a granel previa autorización de la Fiscalización. El transporte del cemento será realizado por el Contratista. El equipo aprobado de transporte garantizará la protección total del cargamento contra la humedad o contami9nacion, durante las operaciones de carga, transporte y descarga.
Durante el transporte, los sacos, deberán permanecer completamente cerrados y sanos durante toda esta faena. Todo saco que sea descargado roto, abierto, deteriorado o con muestras de humedad será rechazado a expensas del Contratista. Cuando, se transporte cemento a granel, se lo hará en carro cisterna, para lo que deberá contar con el equipo adecuado para su descarga.
Inmediatamente después de la recepción en el área del proyecto, el cemento deberá ser almacenado cuidadosamente en estructuras provistas por el Contratista, completamente secas, protegidas contra la atmosfera y la humedad y con adecuada ventilación, acceso para carga y descarga, inspección o identificación. Los sacos no deben estar en contacto con el suelo ni con muros de cerramiento. Los sacos pueden apilarse sobre plataformas elevadas no menos de 0.15 m de suelo y no menos de 0.50 m de las paredes, en grupo de hasta 14 sacos, cuando vayan a ser utilizados dentro de 30 días desde su llegada u en grupo de hasta 7 sacos, cuando este tipo fuera mayor. Las facilidades de almacenaje serán aprobadas por la Fiscalización.
El contratista deberá disponer de un volumen útil de almacenaje que garantice una producción continua de hormigón de por lo menos 10 días de consumo máximo en el periodo.
Xxxxxx envió de cemento podrá ser utilizado en los primeros días de llegado, a menos que haya expresa autorización de la Fiscalización. Luego de aprobada la calidad del envió en el área del Proyecto, el cemento será utilizado dentro de 60 días contados dese su fabricación para periodos más largos la Fiscalización exigirá a expensas del Contratista, la realización de ensayos de calidad del cemento para autorizar o rechazar su uso.
El Contratista mantendrá un registro claro y preciso de todos los envíos, de los certificados de fábrica, de los resultado de los ensayo de control respectivo y de las estructuras en que se ha utilizado el cemento, el cual estará a disposición del Fiscalizador.
Si los cementos son obtenidos de diferentes fabricantes, no se permitirá su mezcla o contaminación durante el transporte, almacenamiento o elabo0racion. En el caso de cemento x xxxxx, el almacenamiento se lo realizará en silos que impidan el contacto con el agua y tengan la suficiente ventilación.
La fiscalización podrá definir los ensayos a efectuarse con mayor prioridad, la frecuencia de ejecución de cierto ensayos tales como: calor de hidratación expansión en autoclave, determinación de álcalis, tiempos de fraguado, resistencia, así como la modificación de la frecuencia de toma de muestras individuales o compuestas.
Si uno o más resultados de los ensayos no satisfacen los requerimientos especificados, un nuevo ensayo será efectuado con una muestra compuesta formada con el resto de las muestras individuales utilizadas para el primer ensayo.
La fiscalización podrá ordenar la ejecución de todos los ensayos físicos y químicos o únicamente ordenar la ejecución de los ensayos y los respectivos certificados elaborados por el laboratorio designado serán automáticamente aceptados por la Fiscalización y por el Contratista, como los únicos válidos para aprobar o rechazar el cemento.
Dentro de los 7 primeros días siguientes a la toma de muestras de cemento de un lote, la Fiscalización comunicará por escrito al Contratista su aceptación provisional o rechazo del cemento.
Agregados
El material deberá ser obtenido por el contratista de las fuentes de abastecimiento previamente aprobadas por la Fiscalización.
La aprobación de los depósitos por la Fiscalización, no se interpretará como aprobación a cualquier material tomado de estos depósitos. El contratista será el responsable directo por la calidad de los materiales usados en el trabajo.
Los agregados fino y grueso manufacturados, deberán ser preparados xx xxxx sana no alterada; las operaciones de trituración, lavado, tamizado y mezclado serán aprobadas por la Fiscalización.
Almacenamiento
Los agregados deberán ser almacenados en cantidades suficientes y separadamente de acuerdo a su grupo granulométrico Los sitios de almacenamiento podrán ser escogidos por el Contratista y sometidos a la aprobación de la Fiscalización; dichos sitio deberán garantizar la no contaminación o conclusión de elementos extraños. Para ellos las áreas de circulación y las vías de acceso serán convenientemente afirmadas y libres de baches.
Se evitará la segregación de los agregados, almacenándolos de modo que formen terrazas con taludes a grados. Deberán estar convenientemente drenados a fin de obtener un contenido de humedad estable, que será controlado antes de su uso.
Aditivos
Los aditivos son materiales distintos del agua, los agregados y el cemento Portland, que se añaden a la mezcla antes o durante su mezclado, para mejorar su calidad, modificar el tiempo de fraguado o para lograr otros objetivos relacionados con la construcción de las obras de hormigón.
La utilización con cualquier aditivo deberá ser aprobada por la Fiscalización. Ningún aditivo se utilizará sin previo ensayo con los materiales que van a utilizarse en la obra. Por esta razón, el Contratista someterá un aditivo a su aprobación por lo menos con Para el uso de cualquier aditivo especifico, será obligatorio que el Fiscalizador de su autorización escrita. Los principales casos en los que puede ser conveniente el emplear un aditivo serán:
Cuando las especificaciones de la construcción de la obra lo establezcan
Cuando lo solicite el Contratista, para satisfacer las condiciones de trabajo, o
Cuando el Contratista solicite o la Fiscalización obligue, para corregir deficiencias observadas en los materiales disponibles o para satisfacer requisitos especiales de fiscalizador concederá la necesaria autorización construcción.
El Fiscalizador concederá la necesaria autorización solamente después de verificar el efecto del aditivo, mediante los respectivos ensayos establecidos. Los productos que satisfagan los requisitos establecidos en estas especificaciones, serán considerados como aditivos aptos para su uso.
Las pruebas para la aprobación de aditivos se harán usando igual tipo de cemento y los mismos agregados y agua que se emplearán en un trabajo específico, comparando mezclas testigo que no contienen aditivo con mezclas de prueba que contenga el aditivo propuesto, con diferentes proporciones.
Si un aditivo aprobado ha permanecido almacenado por más de
Mese, luego de las pruebas de control correspondientes, será muestreado y probado nuevamente antes de ser usado.
Plastificantes
No se utilizará plastificante en hormigones fluidos. El uso del aditivo, no releva al Contratista de las responsabilidades de curado y protección del hormigón.
Transporte
En el caso que se empleen plantas estacionarias, el transporte del hormigón desde la planta al lugar de colocación, se debe realizar en el menor tiempo posible y de tal forma que se evite la segregación o pérdida de los materiales y el aumento o disminución excesiva de la temperatura del hormigón.
El tiempo máximo admisible entre la mezcla del hormigón y su colocación será determinado experimentalmente por la Fiscalización, en base a las condiciones establecidas por la norma ASTM-C 94; sin embargo, como orientación preliminar, ese tiempo no podrá ser superior a 45 minutos para el transporte con agitación y 30 minutos para el transporte sin agitación, para hormigón sin aditivo retardador de fraguado.
El Contratista debe proveer equipo de transporte en número y cantidad suficiente para asegurar la entrega continua del hormigón aun en los periodos de máximo requerimiento.
El equipo de transporte del hormigón debe ser previamente aprobado por la Fiscalización y consistirá de cualquier equipo alternativo siguiente: camiones hormigoneros, mixers, bandas transportadoras, equipo de bombeo o grúas.
Procedimiento de hormigonado
Para iniciar la colocación del hormigón el contratista solicitará la autorización a la Fiscalización por lo menos con 24 horas de anticipación. No se colocará hormigón sin la previa inspección y aprobación de la Fiscalización del método a usarse para su colocación, de los encofrados y elementos empotrados según los planos y estas especificaciones.
Para iniciar la colocación de un hormigón, debe disponer de todo el equipo necesario. El hormigón será colocado en capas continuas hasta alcanzar el espesor especificado en los planos.
El hormigón será depositado lo más cerca posible a su posición final, evitando la segregación de sus componentes y debe cubrir a todas las armaduras y piezas empotradas, así como todos los ángulos y partes componentes y debe cubrir a todas las armaduras y piezas empotradas, así como todos los ángulos y partes irregulares de los encofrados y de las cimentación
La colocación de hormigón a través de armaduras debe ser cuidadosa, para minimizar la segregación xxx xxxxxxxx grueso y el desplazamiento de las xxxxxx xx xxxxx. En el caso de resultar concentración de agregados separados de la masa de hormigón, estos deben ser esparcidos antes de la vibración del hormigón y se modificará el método de colocación en lo que sea necesario para evitar segregación. Una nueva capa debe ser colocada durante el periodo en que el vibrador pueda penetrar por su propio peso la capa inferior, para evitar la formación de una junta que requiera tratamiento. Toda agua proveniente de la exudación debe ser retirada.
En caso de interrupción en el proceso de colocado continuo, el Contratista procurará que esta se produzca fuera de la zona crítica de la estructura según los requerimientos del caso, previa aprobación de la Fiscalización.
Colocación (Vaciado)
Todo el hormigón será colocado en horas del día, y su colocación en cualquier parte de la obra no se iniciará si no puede completarse en dichas condiciones.
No se colocará el hormigón mientras los encofrados y la obra falsa no hayan sido revisados por el Fiscalizador y de ser necesario, corregidos, mientras el xxxxx xx xxxxxxxx no este completo, limpio debidamente colocación en su sitio.
Como paso previo para el vaciado del hormigón, todo el aserrín, viruta, cualquier otro desecho de la construcción o materiales extraños a ella se retirarán del interior de los encofrados. Puntuales, riostras y refuerzos que sirvan provisionalmente para mantener lo encofrados en su posición y alineación correcta durante la colocación del hormigón, se retirarán cuando la resistencia este en un nivel tal que resulten estos innecesarios y ninguna parte auxiliar deberá quedar embebida en el hormigón.
Los métodos de colocación y compactación del hormigón serán tales como para obtener una masa uniforme y densa evitando la segregación de materiales y el desplazamiento de la armadura. El uso de conductos largos, canaletas y tubos para llevar el hormigón desde la mezcladora al encofrado, se realizará únicamente con la autorización de la
Fiscalización. En el caso de que por el uso de estos conductos la calidad del hormigón resulte inferior, el Fiscalizador puede ordenar que sean sustituidos por un método eficiente de vaciado.
Los conductos abiertos y las canaletas serán de metal o forradas de metal y tendrán pendientes altas. Las canaletas serán equipadas con deflectores o serán de longitudes cortas para invertir la dirección del movimiento. No se usarán canaletas, conductos o tubos de aluminio para la colocación del hormigón.
En las canaletas, conductos y tubos se limpiará y removerá cuidadosamente todo el hormigón endurecido antes de su uso. El hormigón será colocado dentro de los 30 minutos siguientes de su mezclado. Después del fraguado inicial del hormigón, los encofrados no deberán ser sometidos a vibraciones o movimientos y los extremos de las armaduras sobresalientes no se someterán a esfuerzo alguno.
El hormigón deberá vaciarse los más exactamente posible en su posición definitiva. No se permitirá que el hormigón caiga libremente de más de 1.2 metros o que sea lanzado a distancias mayores de 1.5 m. El hormigón será depositado con el equipo aprobado por el Fiscalizador. Ha de colocarse en capas horizontales y de espesor uniforme, consolidando una antes de colocar otra.
Las capas no deberán exceder de 15 a 30 cm de espesor, para miembros reforzados y de 45 centímetros de espesor para trabajos en masa, según la separación de los encofrados y la cantidad de xxxxx xx xxxxxxxx. Cada capa se compactará antes de que la anterior haya fraguado, para impedir daños al hormigón fresco y evitar superficies de separación entre capas.
El ritmo de colocación del hormigón deberá regularse, de manera que las presiones contra los moldes o encofrados causadas por el hormigón húmedo no excedan a las consideradas en el diseño de los encofrados.
Todo el hormigón, será vibrado, a criterio del Fiscalizador y con equipo aprobado por el. La vibración deberá ser interna y penetrará dentro de la capa colocada anteriormente para asegurar que toda la masa se haga homogénea y densa y si segregación.
Se colocará el número adecuado de vibradores para que exista una completa consolidación de la capa antes de que el hormigón haya comenzado a fraguar.
Los vibradores no serán empleados para empujar o conducir lamas de hormigón dentro de los encofrados hasta el lugar de su colocación. Tampoco serán colocados contra los moldes o encofrados o contra el xxxxx xx xxxxxxxx. La vibración deberá tener la suficiente duración e intensidad para consolidar completamente el hormigón, pero no deberá continuarse hasta el punto que cause segregación.
Los vibradores se aplicarán en puntos uniformemente espaciados y no más lejos que dos veces el radio sobre el cual la vibración es visualmente efectiva.
El trabajo de los vibradores será tal que se obtenga un hormigón de textura uniforme en las capas expuestas, evitando la formación de panales.
En vías el hormigón será colocado en capas horizontales uniformes, a lo largo de toda su longitud.
El hormigonado de los estribos o columnas, vigas y acartelamientos, deberá realizarse en tres etapas sucesivas: primero, la parte inferior del acartelamiento, luego, la parte inferior de la viga y por último se completará lo que falta.
El hormigonado en losas y zapatas se realizará en una operación continua a menos que se indique otra cosa en los planos.
El hormigonado de columnas y muros se lo realizará en forma continua, a menos que se indique otra cosa en los planos. El hormigón se dejará fraguar por lo menos 12 horas antes de colocar el hormigón en el cabezal, y este no se colocará hasta que se haya removido los moldes de las columnas e inspeccionado el hormigón colocado en ellas, salvo que el Fiscalizador autorice otro procedimiento. La carga de elementos estructurales en niveles superiores no se la dejará descansar sobre las columnas hasta que haya transcurrido por lo menos 14 días después del hormigonado, a menos que el Fiscalizador permita otro procedimiento. El hormigón no se colocará bajo agua, excepto cuando se indique en los planos o lo autorice el Fiscalizador en circunstancias especiales, en cuyo caso, la colocación de una capa sellante se efectuará bajo su control y de acuerdo al método descrito a continuación:
El hormigón por depositarse en agua tendrá un aumento del 10% de cemento. Para impedir la segregación se vaciará cuidadosamente en una masa compacta, por medio de una tolva y tubería, o una bomba. El vaciado deberá efectuarse en forma continua, sin afectar al hormigón colocado previamente. El agua en el lugar de colocación se mantendrá tranquila.
La tolva y tubería estarán constituidas por un tubo metálico de un diantre de no menos de 25 centímetros construidos en secciones con acoples de bridas provistas de empaques. La tolva se apoyará de modo que permita un movimiento libre del extremo de descarga sobre toda la superficie de trabajo y se puede bajar rápidamente, si fuera necesario retardar o para el flujo del hormigón. El extremo de descarga estará cerrado al inicio del trabajo para impedir la entrada de agua al hormigón. Iniciada la descarga de la mezcla, el extremo inferior del tubo deberá quedar sumergido en el hormigón fresco para mantenerlo sellado evitando la entrada de agua y un posible lavado del hormigón. El flujo de hormigón deberá ser continuo hasta que el trabajo finalice. No se permitirá el uso de tubos de aluminio.
El espesor exacto de sello estará contenido en los planos o será indicado por el Fiscalizador. Al hormigón en el sello, se lo curará por lo menos durante 5 días después del colocado, antes de proceder a desaguar la ataguía dentro de la cual se ha colocado el sello.
Después de transcurrido un tiempo, para asegurar una adecuada resistencia del sello de hormigón y con la autorización del Fiscalizador, la ataguía será desaguada y la cara superior del hormigón limpia de espuma, nata y sedimentos. Antes de depositar el hormigón fresco sobre el sello, se nivelará la superficie a fin de proporcionar un espacio libre adecuado para la armadura de refuerzo de la capa siguiente.
El vaciado neumático del hormigón se permitirá únicamente si ha sido especificado en las disposiciones especiales o autorizado por el Fiscalizador. El equipo por usarse en el vaciado neumático será de clase y capacidad adecuadas para el tipo de trabajo.
La distancia, desde el punto de descarga hasta el depósito, no será mayor de 10 m. La línea de descarga será horizontal o hacia arriba de la máquina.
El vaciado del hormigón por bombeo se permitirá únicamente si así se especifica en las disposiciones especiales o si es autorizado por el Fiscalizador. El equipo deberá funcionar de modo que no produzca vibraciones que puedan dañar el hormigón fresco. El equipo, para conducir el hormigón por bombeo deberá ser de clase y capacidad adecuadas para el tipo de trabajo. No se usarán tubos de aluminio para conducir el hormigón.
La bomba deberá ser operada correctamente produciendo un flujo continuo de hormigón sin cavidades de aire. Cundo el bombeo se haya completado, el hormigón remanente en la tubería, si va a usarse, deberá ser expulsado, sin que el hormigón se mezcle con elementos extraños o exista segregación de sus materiales.
Temperatura del Hormigón
Durante su colocación, la temperatura del hormigón no deberá ser mayor a 20°C. Si el vaciado
Se realiza en época muy calurosas, o si el cemento utilizado es de alta generación de calor, el Contratista deberá emplear medios efectivos para mantener la temperatura dentro del límite indicado, tales como: preenfriamiento e los agregados, agua de mezcla refrigerada, colocación del hormigón durante la noche, etc.
Plan de hormigonado
El Contratista presentará a la Fiscalización con 60 días de anticipación al inicio de la colocación de hormigones, su plan de colocación del hormigón, que incluye el programa calendario, sitio y volúmenes, el equipo y el método que va a utilizar.
Para cada estructura, el Contratista debe presentar un plan de hormigonado para ser aprobado por la Fiscalización. Este plan será programado teniendo en cuenta el plazo de ejecución de las estructuras y de forma que se minimicen las retracciones térmicas e hidráulicas del hormigón.
Terminados del Hormigón
Todas las estructuras deberán construirse de acuerdo con las líneas prescritas de gradientes y dimensiones. Donde no este indicado, la localización de las juntas de construcción se sujetará a la aprobación de la Fiscalización. El Contratista deberá colocar y asegurar a cada estructura, todo material de construcción, metales y otros accesorios embebidos o no, como se indique en los planos.
Acabados y sus procesos de ejecución.
Las clases de acabados y su ejecución se harán de acuerdo a estas especificaciones y/o a las indicaciones de los planos y/o de la Fiscalización.
Las irregularidades graduales, medidas conforme a la manera descrita anteriormente, no excederán de 5 mm. Y las irregularidades abruptas serán totalmente eliminadas
Acabado de las superficies
Las superficies de hormigón obtenidas con el uso de encofrados serán lisas. Para lograr este acabado no se utilizará tratamientos de martilleo o de frotación, excepto cuando sea para reparación de irregularidades.
Las irregularidades se las clasifica como abruptas o graduales. Los desarreglos causados por el desplazamiento o mala colocación de los encofrados o por defectos de la madera se los considera como abruptos, y serán chequeados por medición directa. Toda otra irregularidad se la considera como gradual. Estas irregularidades serán controladas por medio xx xxxxxxxxxx indeformables o reglas enrazadoras, de 1.5m de longitud para superficies formadas por encofrados; y 3.0 para superficies sin encofrados.
El acabado con xxxxx xx xxxxx será efectuado con una presión firme y constante de modo de aplanar la textura arenosa de la superficie tratada y producir una superficie compacta y uniforme, libre de defectos y marcas de la llana.
El acabado final será hecho con llana revestida con lámina absorbente para eliminar el exceso de agua superficial proveniente de los acabados interiores.
CURADO DE SUPERFICIE
Este trabajo consiste en realizar el proceso que exige el hormigón a fin de alcanzar los requisitos mínimos indispensables para cumplir la resistencia de diseño.
El fiscalizador aprobará el método que será presentado por el contratista para el efecto; podrá ser a base de agua, utilizando cualquiera de los sistemas existentes de tal manera que no vaya en mengua del acabado de la capa de rodadura, no pudiendo ser menor a 7 días contados a partir del comienzo del fraguado, o cualquier otro sistema que demuestre su eficacia para este objeto.
MEDICIÓN Y PAGO:
Las cantidades determinadas en la forma indiciada en el numeral anterior se pagarán a los precios señalados en el contrato para los rubros designados.
Estos precios y pago constituirán la compensación total por la preparación y suministro de los agregados, mezcla, transporte, distribución, incorporación y mezclado del cemento, tendido, hidratación, conformación y curado; así como por mano de obra, equipo, herramientas, materiales y operaciones conexas en la realización completa de los trabajos descritos en esta sección.
Código: 505008
RUBRO: Xxxxx xx Xxxxxxxx fy= 4200 kg/cm²
DESCRIPCIÓN: Este trabajo consiste en el suministro y colocación de xxxxx xx xxxxxxxx en barras de sujeción y en barras de transmisión de esfuerzo. Tendrá una resistencia a la tracción de 4200 kg/cm2.
PROCEDIMIENTO DEL TRABAJO:
Materiales: El xxxxx xx xxxxxxxx deberá ser corrugado, de límite de fluencia Fy= 4200 kg/cm² y cumplirá con las especificaciones de la ASTM-A 615 grado 40; además, el xxxxx xx xxxxxxxx cumplirá con lo señalado en el en las sección 807.a. Materiales de las especificación del MOP F 001-2002.
Almacenamiento, preparación y doblado.
Antes de pedir el material, las planillas de armadura serán sometidas por el Contratista a la aprobación del Fiscalizador y no se hará ningún pedido de materiales hasta que dichas planillas estén aprobadas.
La aprobación de las planillas de armaduras por parte del Fiscalizador, no relevará, en forma alguna, al Contratista de su responsabilidad respecto de la exactitud de tales planillas y del suministro de xxxxx xx xxxxxxxx que deberá cumplir con todos los requerimientos del contrato. Cualquier gasto, en conexión con modificaciones del material suministrado, de acuerdo a las planillas, para cumplir con los planos será de cuenta del Contratista.
El xxxxx xx xxxxxxxx deberá ser almacenado en plataformas u otros soportes adecuados, de tal forma que no esté en contacto con la superficie del terreno. Deberá estar protegido, hasta donde sea posible, para evitar daños mecánicos y deterioro por oxidación.
Las barras y el alambre xx xxxxx serán protegidos en todo tiempo de daño y cuando se los coloque en la obra, estarán libres de suciedad, escamas sueltas, herrumbrado, pintura, aceite y otra sustancia inaceptable.
Las barras se doblarán en la forma indicada en los planos. Todas las barras se doblarán en frio. Ninguna barra parcialmente empotrada en el hormigón será doblada a menos que así lo indiquen los planos o lo permita expresamente el Fiscalizador.
Los radios para el doblado deberán estar indicados en los planos. En todo caso, el radio de curvatura será función de diámetro nominal, excepto en estribos y amarres en los cuales no será menor que el diámetro nominal de la barra. Los ganchos de las barras se harán doblando el extremo de la barra en semicírculo, con un radio también en función del diámetro nominal de la barra según se especifica en la siguiente tabla:
Colocación
Antes de la colocación del xxxxx xx xxxxxxxx deberá comprobarse que sus superficies estén libres de mortero, polvo, escamas o herrumbres o cualquier otro recubrimiento que reduzca o impida su adherencia con el hormigón.
Las xxxxxx xx xxxxxxxx deberán ser colocadas cuidadosamente y mantenidas segura y firmemente en su correcta posición mediante el empleo de espaciadores, sillas y colgadores metálicos asegurados con el alambre de calibre No 18 o mediantes cualquier otro aparato lo suficientemente fuerte para resistir el aplastamiento.
No se admitirá la colocación xx xxxxxx sobre capas de hormigón fresco, ni la reubicación o ajuste de ellas durante la colocación del hormigón. El espaciamiento mínimo entre armaduras y los elementos embebidos en el hormigón, será igual a 10.5 veces al tamaño máximo del agregado.
Ningún hormigón podrá ser vertido antes de que la Fiscalización haya inspeccionado y aprobado la colocación de la aradura de refuerzo.
No más de la tercera parte de las barras se podrán empalmar en una misma zona, manteniendo los esparcimientos mínimos especificados.
La armadura principal se colocará a no menos cinco centímetros libres de cualquier superficie de hormigón en fundaciones y otros miembros estructurales donde se deposite el hormigón directamente contra el terreno; tendrá un recubrimiento no menor de ocho centímetros.
Inspección
Ningún hormigón podrá ser vertido antes de que la Fiscalización haya inspeccionado y aprobado la colocación de la armadura de refuerzo.
UNIDAD: kg.
EJECUCIÓN Y COMPLEMENTACIÓN:
Muestras y Ensayos
Cada lote de xxxxx xx xxxxxxxx deberá ser rotulado, indicando el nombre de la fábrica. Este rotulo deberá ser colocado en un lugar visible para facilitar la identificación.
El Ingeniero Fiscalizador de la obra tiene el derecho de tomar muestras de xxxxx xx xxxxxxxx que vaya a usarse y envíalas al laboratorio para ensayarlas.
El muestreo puede hacerse en la fuente de suministro, en el lugar de distribución o en el sitio. La verificación de los resultados de los ensayos y pruebas correrá por cuenta del Constructor. Además se realizará según lo dispuesto en el capítulo 800, Sección 807, numeral 2 de las especificaciones Técnicas del MOP.
MEDICIÓN Y PAGO:
La unidad de medida del xxxxx xx xxxxxxxx, será el kg con una aproximación de dos decimales y se medirá en los planos las longitudes xx xxxxx incluyendo ganchos. Como referencia se calculará el peso de las xxxxxxxx xx xxxxxxxx de acuerdo a lo señalado en la tabla.
Código: 505009
RUBRO: Material de Mejoramiento puesto en obra
DESCRIPCIÓN: El material a utilizarse para la capa de mejoramiento, se colocará sobre la subrasante natural, preparada y previamente aprobada por la Fiscalización y el espesor será de acuerdo al diseño. El mejoramiento deberá ser construido en capas que tengan 20 centímetros de espesor como máximo, una vez compactadas.
El Contratista deberá dedicar a estos trabajos el equipo adecuado y necesario para la debida y oportuna ejecución de los mismos, aprobado por la Fiscalización antes de ser utilizado en obra.
PROCEDIMIENTO DEL TRABAJO:
REQUERIMIENTOS ESPECIFICADOS DE MATERIAL DE MEJORAMIENTO
Requisitos de graduación
Tamiz % que pasa
3" 100%
No. 4 30-70
No. 200 0-20
La porción que pasa el tamiz No. 40, deberá tener un límite líquido menor o igual a 32% y un índice de plasticidad menor o igual a 12 %, de acuerdo a lo determinado según AASHTO T-89 y T-90.
El Valor Relativo de Soporte (VRS) será mayor 20%.
Los agregados gruesos deberán tener un porcentaje de desgaste, no mayor del 50% a 500 revoluciones, determinado según ensayo ASTM 131.
Al considerar que las canteras existentes en la zona, generalmente no cumplen con las condiciones de plasticidad y graduación establecidas, el contratista deberá cribar mezclar, desmenuzar, quitar o añadir material, conforme sea necesario para obtener un producto que cumpla los requerimientos incluidos anteriormente, el mezclado se lo hará en la cantera o lugar de almacenamiento, no será permitido realizar la mezcla en la vía. Los costos que demandan estos trabajos correrán exclusivamente a cargo del contratista.
La calificación de muestras individuales de material de mejoramiento, no exonera al contratista de la obligación de cumplir las especificaciones, hasta cuando éste haya sido incorporado en obra.
El material deberá ser tendido y conformado sin producir segregación en el mismo y compactado hasta que se obtengan los pesos volumétricos secos requeridos y una superficie uniforme de conformidad a lo especificado.
Los siguientes ensayos se realizarán para control de calidad de construcción de la capa de mejoramiento.
Densidad máxima y humedad óptima: ensayo AASHTO T-180, método D.
Densidad de campo: ensayo AASHTO T-147.
Las densidades de la capa compactada deberá ser como mínimo el 95%, de la densidad máxima obtenida, según ensayo AASHTO T - 180, método D.
En todos los sitios no accesibles al rodillo, el material de mejoramiento, deberá compactarse mediante el empleo de apisonadoras mecánicos manuales.
Los ensayos de densidad de campo, se harán cada 20 m a ambos lados del eje de la vía o en los sitios señalados por la Fiscalización. Los puntos para los ensayos serán también seleccionados al azar, disminuyendo esta distancia en zonas en las cuales existan dudas acerca del grado de compactación requerida, si existieren varias franjas x xxxxxxxx, estos ensayos se efectuarán en cada una de ellas
El promedio del espesor de la capa de mejoramiento, deberá ser mayor o igual al espesor indicado en el diseño. Las cotas de la superficie terminada no podrán variar en más de 0,01 m. de las cotas establecidas.
Cuando el contratista crea que se ha logrado la densidad y la superficie terminada, ya anteriormente indicadas, notificará a la Fiscalización la cual efectuará los ensayos de densidades requeridos y comprobación de los perfiles longitudinales y transversales de acuerdo a lo especificado.
Si se obtienen valores inferiores a la densidad mínima establecida o la superficie no cumple con lo especificado, el Contratista deberá seguir con la compactación y operaciones conexas, hasta obtener la densidad y superficie señalada.
El Contratista para estos trabajos contará con el equipo adecuado y necesario para la debida y oportuna ejecución de los mismos. El equipo deberá tener la aprobación de la Fiscalización antes de ser utilizado en obra.
UNIDAD: m³.
MEDICIÓN Y PAGO:
La cantidad a pagarse por la construcción de la capa de mejoramiento, será el número de metros cúbicos medidos en el lugar de la obra, después de la compactación y de acuerdo a los precios establecidos para éste fin.
El precio y pago constituirán la compensación total por la provisión del material, su tendido, compactado y sellado, así como por toda la mano de obra, equipo, herramientas, materiales y operaciones conexas, necesarias para la ejecución de los trabajos descritos en esta sección
Código: 505010
RUBRO: Relleno Compactado
DESCRIPCIÓN: Incluye la mano de obra y maquinaria menor para la realización del relleno y posterior compactación hasta alcanzar el nivel del suelo adyacente.
PROCEDIMIENTO DEL TRABAJO:
Por relleno compactado se define la colocación de material proveniente de la propia zanja o xx xxxxxxxx, en capas sensiblemente horizontales de no más de 0.20 m. de espesor, debidamente compactadas, hasta las alturas definidas por la Fiscalización, con una densidad medida en sitio, igual o mayor a 95 % de la densidad máxima.
La compactación será realizará preferiblemente con compactadores mecánicos, como rodillo compactador, compactador de talón o rodillo pata xx xxxxx. Para obtener una densidad de acuerdo con lo especificado el contenido de humedad del material a ser usado en el relleno debe ser óptimo. Si el material se encuentre seco, se añadirá la cantidad necesaria de agua, y si existe exceso de humedad, será necesario secar el material. Para una adecuada compactación mediante apisonamiento, no será utilizado en el relleno material húmedo excedido con relación a la humedad óptima obtenida en la prueba Xxxxxxx T-99, de la ASSHO.
Para iniciar el relleno de las zanjas el Fiscalizador verificará que las paredes tengan los taludes autorizados, estables, (evitando que se formen “xxxxxx” donde el relleno no se puede compactar adecuadamente) en caso de haberse producido derrumbes por defectos en el proceso de excavación, originándose socavaciones o bóvedas que impida una correcta compactación del material de relleno, serán eliminadas mediante sobre excavación, por cuenta y a xxxxx del contratista.
UNIDAD: m³.
EJECUCIÓN Y COMPLEMENTACIÓN:
Control de Calidad en los Rellenos: La fiscalización determinará el número y la ubicación de la prueba para ensayar la compactación.
Los ensayos a ejecutarse estarán de acuerdo con las recomendaciones del AASHTO y en función de la naturaleza del material (95% según el ensayo T-99-70 para suelos xx xxxxxx triturada manufacturados, agregados manufacturados clase IA, IB, ASTM D 2321, canto rodado con poco limo; 95% de la máxima obtenida según el método T-180-T de la ASSHTO T-180, método D, con la modificación permitida en cuanto al remplazo de material retenido en el tamiz de 2/4” (19.0mm), por material retenido en el numero 4 (4.75 mm))
El control de la densidad en la obra será llevado a cabo por el Fiscalizador, de acuerdo a los siguientes métodos.
Método del Cono y arena
Método Volumétrico, según AASHO 206-64
Método nuclear debidamente calibrado.
La ubicación de los pozos de prueba será determinada por el Fiscalizador, normalmente, se efectuarán el ensayo de compactación de acuerdo al siguiente criterio general: Cada 30 m³ de relleno o cada 75 metros lineales como promedio en zanjas.
La fiscalización, fijará los niveles y abscisas en lo que se realizarán las pruebas de control de calidad dependiendo de las recomendaciones específicas en cada proyecto. Dependiendo de los resultados, se podrán ordenar nuevos ensayo.
Cuando el área compactada cumpla con los ensayos y rangos establecidos, el contratista está en la obligación de limpiar la vía del sobrante de material y escombros generados por los trabajos de construcción.
MEDICIÓN Y PAGO:
La preparación y colocación de material para conformar los rellenos en las condiciones indicadas en este ítem se medirá en metros cúbicos debidamente compactados según las líneas y niveles definidos en los planos o lo señalado por escrito en el libro de obra por la fiscalización.
No se reconocerá pago adicional por preparación del terreno ni por relleno de depresiones.
El pago de este rubro incluye la mano de obra, herramientas, equipo y preparación de los materiales necesarios para la correcta ejecución de los trabajos a entera satisfacción de la Fiscalización.
Código: 540002
RUBRO: Muro de Gaviones
DESCRIPCIÓN: Consiste en la construcción xx xxxxx de gaviones, fabricados con mallas de alambre xx xxxxx galvanizado reforzado de triple torsión, en los sitos que se indican en los planos o donde ordene la Fiscalización.
PROCEDIMIENTO DEL TRABAJO:
Material para Gaviones
El material de relleno estará constituido de material compuesto de rocas sansa, resistentes, densas, durables, limpias, insolubles al agua, no meteorizadas ni laminadas. Las rocas tendrán un tamaño mínimo de 15 cm y un máximo de 25 cm, preferentemente canto rodado o piedra bola. El contratista debe someter a la aprobación de la Fiscalización el material antes del acarreo al sitio de trabajo.
Las muestras para el ensayo del material propuesto, deben ser obtenidas por el contratita bajo la supervisión de la Fiscalización y estarán sujetas a una inspección visual y ensayo que incluirán análisis petrográficos, densidad absoluta, abrasión absorción, humedecimiento y secado y otros ensayos que la Fiscalización considere necesarios para la aprobación. Todos los ensayos serán efectuados en laboratorios seleccionados por la Fiscalización y los costos serán pagados por el Contratista. La aprobación de la Fuente de materiales no significará la aprobación de todo el material de esa fuente sino solamente de material representado en las muestras de ensayo.
La fiscalización exigirá al contratista el certifica do de garantía relativo a la calidad de los materiales empleados en la fabricación de los gaviones metálicos. El certificado, expedido por el fabricante, deberá contener:
El contenido de zinc en graos m² de superficie recubierta de alambre,
La adherencia, uniformidad y presentación del alambre re galvanizado
El tipo xx xxxxx y el calibre del alambre correspondiente
La resistencia.
El acero que se utilice para la fabricación de los hilos de alambre de las mallas y para marre y atirantados será de tipo adecuado para la obtención del alambre trefilado, con contenido máximo de carbono de 0.10%. Límites máximos de fosforo y azufre de 0.04 y 0.05% respectivamente, y magnesio entre 0.3 y 0.5%.
El alambre se galvanizará en caliente mediante inmersión en un baño de zinc fundido cuyo contenido no deberá ser menor a 98.5% de pureza en la masa de zinc. El peso del recubrimiento de zinc no será inferior a 220 gr/m² el recubrimiento no presentará ninguna exfoliación apreciable a simple vista.
Los gaviones deben confeccionarse con malla entrelazada de triple torsión de alambre xx xxxxx triplemente galvanizado y de 2.4 mm de diámetro. La escuadría de la malla no será inferior a 5 x 7 cm ni superior a 12 x 15 cm. El alambre para bordes, costuras y tirantes será xx xxxxx triplemente galvanizado del número BWG 13 y de 2.4 mm de diámetro como mínimo.30
Previo al emplazamiento de los gaviones, se efectuará la excavación necesaria para retirar el material inapropiado y para uniformizar el lugar donde se asentarán los gaviones.
Los gaviones serán de sección rectangular y consistirán en cestos de forma prismática regular. Los cestos serán normalmente de 1m x 1m x 2m; 1m x 1m x 3 m, según el caso.
Los gaviones serán armados en módulos y niveles, de manera que todo los gaviones superpuestos y yuxtapuestos queden cosidos entre sí, en tal forma que el conjunto constituya un solo cuerpo; bajo ningún concepto deben quedar gaviones sueltos.
Una vez ubicado el cesto en su posición final, se proceda a rellenarlo, colocando las rocas más grandes en las caras del gavión y las pequeñas en el centro, de manera que quede el menor número posible de vacíos. A medida que adelante el relleno del cesto será necesario colocar tirantes en sentido horizontal para unir las caras opuesta del gavión y evitar deformaciones por la presión de los materiales sueltos. Estos tirantes se colocarán a 30 cm. En sentido vertical y de 60 a 90 cm. En sentido horizontal, y deben atarse firmemente a los alambres en ambos costados del cesto. Las tapas de los gaviones deben coserse en su totalidad y la tapa de un xxxxx de coserse con la tapa del gavión contiguo. Los bordes de un gavión siempre deben coserse con los bordes del gavión contiguo.
No se recibirán gaviones que presentes deformaciones en sus parámetros vistos o deformaciones en su estructura o que salga la piedra por los agujeros de la malla o por las aberturas debidas a deficiencias en su cosido y ataduras.
UNIDAD: m³.
EJECUCIÓN Y COMPLEMENTACIÓN:
Además de esta especificación la estructura debe está de acuerdo con la especificación del MOP 001-2002 Sección 508-3 correspondiente a Gaviones.
.
MEDICIÓN Y PAGO:
La medición para el pago por el suministro y transporte de materiales y la conformación de gaviones se realizará en base al número de metros cúbicos (m³) efectivamente conformados a satisfacción de la Fiscalización.
SUPERESTRUCTURA
Código: 514001; 5140011; 5140012; 514002; 5140021; 5140022; 514010; 5140101; 5140102
RUBRO: Suministro xx xxxxx A-588; Fabricación acero A-588; Montaje acero A-588; Suministro xx xxxxx A-588 maquinado; Fabricación acero A-588 maquinado; Montaje acero A-588 maquinado; Suministro xx xxxxx A-572 torneado; Fabricación xx xxxxx A-572 torneado; Montaje xx xxxxx A-572 torneado.
DESCRIPCIÓN:
En esta especificación particular queda vigente todo lo estipulado en la Especificación general de la especificación 505 correspondiente a Estructura xx Xxxxx.
La calidad xxx Xxxxx, debe ser de calidad certificada por el fabricante que cumpla con todas las características de la normativa
PROCEDIMIENTO DEL TRABAJO:
Se seguirán los procedimientos descritos en el código AWS D.1.5: 2002. Dichos procedimientos se realizarán antes de iniciar los trabajos que serán revisados y aprobados por la fiscalización.
UNIDAD: Kg.
EJECUCIÓN Y COMPLEMENTACIÓN:
CALIFICACIÓN PROCEDIMIENTO DE SOLDADURA
Requerimientos mínimos que se deben solicitar al constructor para el trabajo de soldadura calificada.
Entregar el certificado de calidad del material acero ASTM, propiedades mecánicas y su composición química.
Procedimiento de calificación de proceso de soldadura, equipo, soldadores, material de aporte, posiciones y técnicas, es decir WPS; PQR; WQ, según formato de la AWS D1.5.
Reporte de trazabilidad de las partes y piezas.
Calificación de los talleres de fabricación (aceptación del fiscalizador).
El tipo de ensayos para calificar la soldadura aprobado por fiscalización
• CALIFICACIÓN DEL SOLDADOR
DESCRIPCIÓN Y PROCEDIMIENTO.
La calificación del soldador, se deberá efectuar antes de iniciar los trabajos en coordinación con fiscalización, de tal forma que no represente atraso en la programación de los trabajos.
Mano de Obra y Fabricación de elementos, Tipo de Uniones (Empernadas, Soldadas)
Detalle de trabajos en taller
Detalle de Transporte, Manejo y Almacenamiento de las estructuras
Montaje de la Estructura
• ENSAYOS NO DESTRUCTIVOS
El contratista deberá realizar la totalidad de los ensayos no destructivos, que se requieran efectuar tanto en la etapa de fabricación como en la etapa de montaje; para ello se ceñirán a lo estipulado en los Códigos A.W.S.D.1.5 para verificar la calidad de la totalidad de las juntas de penetración total y soldaduras a tope.
Metodología, muestreo y nivel de calidad exigido para los ensayos de control de calidad de la estructura.
Cuando se utilizará Tintas Penetrantes, Ultrasonido o Radiografía
Los ensayos no destructivos serán realizados por empresas calificadas y de reconocido prestigio con amplia experiencia en campo
Los ensayos se realizarán las veces que el fiscalizador las determina hasta cuando los reportes establezcan la aceptación de la calidad de las juntas soldadas.
Todos los costos que representan los ensayos e inspecciones deben estar incluidos en los respectivos precios unitarios, por ende corren a cargo del constructor.
Estos requerimientos mínimos no restringen de ninguna manera lo establecido en código AWS D1.5, siendo estos de carácter mandatorio sin lugar a interpretaciones.
MEDICIÓN Y PAGO:
Medida
El xxxxx xx xxxxxxxx se medirá por peso; esto es, el número de kilogramos xx Xxxxx, colocado en obra. Esto incluye Fabricación, transporte, montaje y limpieza de la estructura metálica incluyen costos de realización de ensayos, calificación del soldador y calificación del procedimiento de soldadura.
Forma de pago
Su pago será de acuerdo al rubro estipulado en el contrato previa aprobación de fiscalización. Dicho precio incluirá el suministro, el corte, el transporte, los desperdicios, la limpieza de impurezas, el biselado, la soldadura requerida para su instalación, mano de obra y los demás costos imputables a dicha actividad.
Con el fin de clarificar la equivalencia entre el volumen y el peso del xxxxx xx xxxxxxxx, se usará un peso específico xxx xxxxx de 7.850.00 Kg/m3.
Código: 514011
RUBRO: Suministro y montaje de pernos SAE 1045
DESCRIPCIÓN: Comprende el acero que se usa para los pernos de sujeción y anclaje del dispositivo de conexión cable torre y el anclaje de las articulaciones a la torre.
PROCEDIMIENTO DEL TRABAJO:
Materiales: Certificado del fabricante o del distribuidor autorizado que cumpla las normas ASTM -325 O ASTM-490.
Entre las propiedades químicas que debe cumplir tenemos:
En cuanto a propiedades mecánicas debe cumplir lo siguiente:
UNIDAD: kg
MEDICIÓN Y PAGO:
Se paga por kilogramos xx xxxxx suministrados colocados en obra y a entera satisfacción de la Fiscalización.
Código: 514006
RUBRO: Limpieza y pintura para estructuras
DESCRIPCIÓN: Comprende las normas, procedimientos y condiciones ambientales a considerar para efectuar la limpieza superficial y aplicación de sistemas protectores mediante pinturas en los elementos metálicos. Los trabajos se deben ejecutar todas las veces que se estime que es técnicamente necesario.
PROCEDIMIENTO DEL TRABAJO:
Materiales.
Los revestimientos de protección y sus aplicaciones cumplirán con las especificaciones Standard de las siguientes instituciones, según el caso pertinente:
American Society for Testing Materials (ASTM).
Steel Structures Painting Council (SSPC).
Normas ecuatorianas INEN.
y/o normas equivalentes reconocidas Internacionalmente.
Todos los materiales que se especifiquen aquí o que se requieran para aplicaciones de revestimientos superficiales, serán de la mejor calidad y apropiados para las condiciones del área donde van a ser aplicadas con la correspondiente aprobación de fiscalización.
Los colores de las pinturas estarán constituidos por pigmentos mezclados en fábrica, los cuales serán puros, no desteñibles, y de grano fino.
Todos los materiales deberán ser almacenados por el contratista en lugares protegidos de la luz solar directa y con buena ventilación.
Preparación de la superficie
Limpieza manual (SP2)
La limpieza manual es un método para preparar superficies metálicas para pintarlas, eliminando las cascarillas de laminado sueltas, la herrumbre y la pintura suelta con cepillo manual, lijado manual, raspado manual u otras herramientas de impacto o por combinación de varios métodos. La superficie debe quedar con un suave brillo metálico.
Limpieza con herramientas eléctricas (SP3)
La limpieza con herramientas eléctricas es un método para preparar una superficie metálica para pintarla, eliminando la cascarilla de laminado suelta, la herrumbre suelta y la pintura suelta con cepillos eléctricos, de impacto eléctrico, esmeril eléctrico, o mediante la combinación de varios de estos métodos. Al término de la limpieza, la superficie deberá presentarse rugosa y con un claro brillo metálico. En este tipo de limpieza hay que tener cuidado de no bruñir la superficie metálica a fin de lograr una buena adherencia de las pinturas a la base.
Generalidades
Todas las superficies que deban ser pintadas o revestidas serán convenientemente limpiadas, con equipo aprobado, antes de aplicar los materiales de pintura o de revestimiento.
La remoción de aceite o grasa se efectuará con solventes apropiados antes de que se inicie la limpieza mecánica. Cualquier residuo o polvo que permanezca sobre la superficie, después de la operación de limpieza, serán removidos antes de proceder a la aplicación de la pintura o revestimiento. En caso que se forme herrumbre o que las superficies se contaminen de alguna otra manera durante el intervalo entre la limpieza y la aplicación de la pintura, o entre capas de pintura, se deberá relimpiar el área comprometida.
Las superficies preparadas serán aprobadas por la fiscalización inmediatamente antes de la aplicación de los materiales de pintura o revestimiento.
Metal ferroso
Generalidades.
La superficie limpiada recibirá la primera capa del material de revestimiento especificado en el mismo día en que se la haya limpiado y antes de cualquier xxxxx, xxxxxx, humedad u otra sustancia deletérea caiga sobre ella.
En material que se use para limpieza mediante chorro deberá se arena dura de granos ángulos, acero finamente granulado u otros aprobados por la fiscalización. La arena será libre de arcilla para evitar que se incruste en los xxxxxx de la superficie tratada, el aire comprimido que se emplee estará libre de aceite y de humedad condensada.
Aplicación.
Los materiales serán completamente mezclados en el momento de su aplicación, de acuerdo con lo que recomienda el fabricante. Cualquier polvo que quede sobre las superficies metálicas preparadas mediante la operación de limpieza será removido antes de proceder a la aplicación de materiales de recubrimiento.
Se proveerán medios apropiados para eliminar aceite libre de humedad de las líneas de suministro de aire de todos los equipos al soplete (rociadores). Cuando se pinte al soplete, se empleará una presión firme en la boquilla, con resultados aceptables en el acabado. Cada capa estará libre de huellas, agujeros, rebordes (acumulamiento) y desprendimiento, y se dejará que se seque o endurezca antes de aplicar la capa siguiente.
Los materiales se diluirán únicamente con la aprobación de la fiscalización. La cantidad y tipo de diluyente que se empleen estarán limitados a las recomendaciones del fabricante del material de revestimiento. Estos no se aplicarán hasta que las superficies hayan sido preparadas según se especifica en esta sección y se cuente con la aprobación de la fiscalización.
Protección de superficies recubiertas.
Las partes o piezas metálicas que hayan sido recubiertas se manipularán con cuidado y se protegerán, según sea necesario, para evitar el daño del recubrimiento. Las piezas con recubrimiento fresco no serán manipuladas o movidas hasta que la capa de recubrimiento este completamente seca y dura. No se permitirá la manipulación de piezas metálicas recubiertas con cadenas o amarras de cabos o cuerdas, que causen daño al recubrimiento. Durante el transporte, se proveerá las medidas apropiadas de protección para evitar el daño o deterioro del recubrimiento. Toda pieza metálica recubierta será almacenada, manteniéndola libre del contacto con el suelo y, de tal forma, que se limite al mínimo de daños, el ensuciamiento, la contaminación y el deterioro del recubrimiento.
Las láminas de recubrimiento que se hayan dañado por manipulación, transporte, almacenaje, contaminación, suciedad, intemperización o por cualquier otra razón, serán reparadas o recubiertas como lo indique la fiscalización, aplicándolas entonces todas las medidas de protección especificadas, todo a expensas del contratista.Inspección.
El procedimiento total de limpieza de las superficies metálicas y la aplicación de materiales de recubrimiento protector, como se especifica aquí, será inspeccionado por la fiscalización, desde el momento mismo en que se recibe los elementos metálicos, hasta su instalación completa en las obras a que pertenecen.
Las piezas metálicas que requieren ser limpiadas con chorro de arena serán inspeccionadas por la fiscalización antes y durante las operaciones de pintura, ya sea en el taller o en el terreno. Para ello, el contratista deberá avisar a la fiscalización con suficiente anticipación.
El contratista suministrará el equipo necesario y realizará las mediciones de los espesores de las capas y la inspección eléctrica, de las superficies requeridas, recubriéndolas y reparándolas cuando sea necesario, todo en presencia de la fiscalización.
El espesor de los revestimientos se medirá con un calibrador de espesores de películas o capa seca, tipo magnético, digital, tal como Elcometer 451 fabricado por “Garden Laboratorios Incorporated”, u otro similar que sea aprobado.
El contratista proveerá y mantendrá los dispositivos de medida descritos anteriormente, para su uso y para el de fiscalización, durante la ejecución de este contrato.
La adherencia será verificada de acuerdo a la norma DIN 53151.
También se entregará las respectivas medidas de la rugosidad de la superficie de anclaje según ASTM.
Pintura y revestimientos.
Descripción.
Acero estructural y misceláneos.
Preparación de superficie.
Nivel de limpieza al grado SSPC-SP2.
Pintura en fábrica.
Una capa de pintura inorgánica rica en zinc, con espesor de película seca de 45 micras mínimo, y una capa de pintura poliuretano epóxido de dos componentes, con un espesor mínimo de película seca de 120 micras. La pintura se aplicará con equipo especial, pistola sin aire (airless). Tipo Hempel, Sigma, Rustoleon.
UNIDAD: Kilogramos
MEDICIÓN Y PAGO:
Los trabajos ejecutados para las labores de limpieza y pintura se pagarán de acuerdo a los Kilogramos xx xxxxxx colocado, limpiado y pintado según estas especificaciones y medidos por la fiscalización.
Código: 514003
RUBRO: Suministro y Montaje xx Xxxxx Estructural A-325 ó A 490 (Pernos)
DESCRIPCIÓN: Incluye el suministro y montaje xx xxxxx de alta resistencia ASTM A-325 del tipo 3 y ASTM A-490 del tipo 3.
PROCEDIMIENTO DEL TRABAJO:
Materiales: Los pernos del Tipo tres se diferencian de los del tipo 1 ya que la especificación ASTM xxx xxxxx en la cabeza hexagonal se encuentra subrayada.
Las tuercas que se utilizan conjuntamente con los tornillos de alta resistencia están bajo la normativa ASTM A563 grado C para pernos A 325, mientras que la tuerca ASTM A 563 grado DH es la recomendada a usarse con los pernos A490, debe usarse el Tipo 3.
Los pernos deben ser importados y contar con los certificados de calidad y ensayos de tensión y composición química respectiva de acuerdo a la cantidad y diámetro que se adquieran. Antes de la adquisición deben de presentarse a la Fiscalización, para su evaluación, las cotizaciones y especificaciones de casa fabricantes y elegir el más adecuado. La cantidad de los pernos que se requiere es exactamente la cantidad requerida más 5% adicionalmente como suplemento para cada tamaño.
Los pernos visiblemente dañados no deben ser utilizados.
Las distancias entre los ejes de los pernos a los bordes libres, así como la separación entre ejes de los pernos, se muestran en los planos correspondientes.
Perforaciones de agujeros para los pernos de alta resistencia
Para realizar las perforaciones, para alojar los pernos de alta resistencia se deberá usar el siguiente método:
Agujeros de tipo Estándar (STD)
Los agujeros estándar son aquellos en los que se aumenta en 1/16” el diámetro nominal xxx xxxxx, esto con el fin de brindar una holgura en lo referente a montajes estructurales. Se deberá realizar la perforación con taladro.
Instalación
Ajuste por vuelta de la Tuerca
Este tipo de instalación es utilizada para acero de Tipo ASTM A 325, cuando este medio es usado para proporcional al tornillos la tensión especificada, primero deberán colocarse los suficientes tornillos para asegura una condición de ajuste en los bordes, de tal forma que las partes de las juntas estén en contacto una con otra. La colocación suficiente de tornillos es para asegurar la condición de ajuste, esta se define como el ajuste obtenido por unos pocos impactos de una llave de impacto o por el esfuerzo total de un hombre usando una llave de cola. Siguiendo esta operación inicial, los tornillos serán colocados en los restantes orificios en la conexión y se tratará de obtener la condición de ajuste deseada. Todos los tronillos en la conexión serán ajustados un poco más, de acuerdo a la rotación de la tuerca especificada, con el ajuste progresivo y sistemático de la parte más rígida de la junta hasta sus bordes libres. Durante esta operación no deberá existir rotación de la parte que no se supone deba ser movida por la llave.
Longitud del Tornillo( medido desde debajo de la cabeza al extremo final de la punta) |
Disposición de la cara exterior de las partes atornilladas |
Ambas caras normales al eje del tornillo |
|
Hasta o incluyendo 4 veces el diámetro |
1/3 de vuelta |
Arriba de 4 diámetros pero menor que 8 diámetros |
1/2 vuelta |
Arriba de 8 diámetros perno menor que 12 diámetros |
2/3 de vuelta |
Tabla No 1.Ajuste permitido según la longitud del Tornillo
Ajuste por llaves calibradas
Es usada para instalación xx xxxxx ASTM A325 o ASTM A460, cuando se usan llaves calibradas, estas deberán proporcionar al menos 5% de la tensión mínima del tornillo especificada en la tabla 2. Las llaves deberán ser calibradas al menos una vez cada día de trabajo por cada diámetro diferente de tornillo instalado. Las llaves deberán recalibrarse cuando se realizan cambios significantes en el equipo o cuando una diferencia significativa es notada en la condición superficial de los tornillos, tuercas. Que serán instalados.
Cuando se ajustan las llaves para proporcionar la tensión requerida, se debe verificar durante la instalación que en la hoja de trabajo xx xxxxx, que la calibración seleccionada no produzca rotación de la tuerca o de la cabeza del tornillo mayor que el ajuste permitido en la tabla 1. Si una llave de torsión es usada, loas tuercas deberán está en movimiento de ajuste cuando la torsión es medida.
Cuando se usan llaves calibradas para instalar varios tornillos en una conexión simple, la llave será regresada para el torque final en los tornillos previamente ajustados, los cuales pueden haberse perdido por el ajuste de subsecuentes tornillos, hasta que todos sean ajustados a la cantidad prescrita.
Tabla No 2 Tensiones mínimas admisibles según Conector
UNIDAD: u.
MEDICIÓN Y PAGO:
Los pernos se medirán y pagarán por unidad colocada en obra y verificado por la fiscalización.
Código: 514004
RUBRO: Placa de Neopreno de DS70 (500 x 300x 85 mm)
DESCRIPCIÓN: Incluye el suministro y la mano de obra para la colocación de la placa de Neopreno de DS70 (500 x 300 x85 mm)
PROCEDIMIENTO DEL TRABAJO:
Materiales: Certificado del fabricante o del distribuidor autorizado que cumpla la norma D70.
Los aparatos de apoyo serán, neopreno simple grado 70, según se especifique en los planos.
Apoyos de neopreno simple: El neopreno deberá cumplir con los requisitos establecidos en la norma AASHTO-525.
Estos deben ser fabricados de las dimensiones indicadas en los planos y no podrán ser recortados en la obra.
Las propiedades físicas
deberán llenar los requisitos establecidos en la siguiente
tabla. |
Norma |
Descripción |
Dureza |
método B |
70 + 5 |
Resistencia mínima a la Tensión |
ASTM D-412 |
1,22 kg/cm² |
Alargamiento en la rotura, |
|
Porcentaje mínimo de 300 |
Ensayos acelerados para determinar características de envejecimiento a largo plazo |
|
|
Envejecimiento en horno 710 hrs /212° Fm |
ASTM D-573 |
|
Dureza puntos de cambio máximo |
|
0 a +15 |
Resistencia a la Tensión, % de cambio máximo |
|
15 |
Alargamiento en la rotura % de cambio máximo |
|
-40 |
Ozono -1 PPM en aire por volumen |
|
Ninguna |
Deformación 100 + 2°F - tipo de exposición 100 horas |
ASTM-1149 |
rajadura |
Deformación permanente en compresión -22h/158° F |
ASTM D 395 |
25% máximo |
Tesura a Temperaturas bajas |
ASTM D-797 |
0 40° F |
Módulo xx Xxxxx |
|
máximo 4,88 kg/cm² |
Tabla No 3. Propiedades De Placa de Neopreno
UNIDAD: u.
MEDICIÓN Y PAGO:
Se pagará cada placa de neopreno colocada en obra según los planos y a entera satisfacción de la Fiscalización.
CABLES PRINCIPALES Y PENDOLAS
Código: 524002
RUBRO: Suministro Cable xx xxxxx d=2-1/2" Galvanizado (6x19); Montaje de cable xx xxxxx d=2-1/2" Galvanizado (6x19)
DESCRIPCIÓN: Comprende el suministro, la provisión de mano de obra, maquinaria, herramienta menor para el montaje del cable xx xxxxx d=2-1/2" Galvanizado (6x19).
PROCEDIMIENTO DEL TRABAJO:
Materiales: Certificado del fabricante o del distribuidor autorizado que cumpla la especificación técnica.
El cable estructural debe cumplir la norma ASTM A603 con una resistencia nominal a la tensión Fu de 15500 kg/cm², con una cobertura de galvanizado clase A. El diámetro nominal es de 2 ½ de pulgada (65mm).
Proceso de montajes
Habilitación de Cable de Montaje
Consideraciones Generales
Uno de los factores a tomar en cuenta es el tipo de clima zona siendo una zona lluviosa y de clima con altas temperaturas este factor produce que son muy pequeñas y generalmente pueden ser ignoradas otro factor a tomar en cuenta es las cargas aplicadas.
El valor práctico de esta característica depende de muchos factores. Los más importantes son el tipo y construcción del cable, el rango de cargas aplicadas y la cantidad y frecuencia de los ciclos de operación.
Los alargamientos de los cables (elongación) serán mayores al comenzar a actuar la carga debido a que no es un material homogéneo y el alargamiento se debe al propio material más el debido acomodo de las fibras del cable.
Para la instalación de los cables portantes estos contarán con las marcas exactas y distancias indicadas en los planos del fabricante siguiendo correctamente las indicaciones y aplicaciones que indican la CIA. WAAGNER XXXX
No es posible afirmar cifras exactas para los distintos tipos de cables en uso, pero los siguientes valores aproximados podrían ser empleados para conseguir resultados razonablemente acertados.
|
% Longitud del Cable |
|
CARGA |
Alma de Fibra |
Xxxx xx Xxxxx |
Liviana (factor de seguridad 8:1) |
0.25 |
0.125 |
Normal (factor de seguridad 5:1) |
0.5 |
0.25 |
Pesada (factor de seguridad 3:1) |
0.75 |
0.50 |
Pesada con muchos dobleces y deflexiones |
hasta 2.0 |
hasta 1.0 |
Preestiramiento
El pre alargamiento ó prestiramiento remueve el alargamiento de construcción inherente al producto cuando sale de las máquinas de enrollado y cerramiento.
Se lleva a cabo por el fabricante al someter sobre el cable a una carga predeterminada durante un intervalo de tiempo suficiente para permitir el ajuste de las partes componentes a esa carga. La carga de preestiramiento normalmente no excede 55% de la resistencia última nominal del cable.
El pre-estiramiento también permite, bajo cargas prescritas, la medición precisa de longitudes y la marcación de puntos especiales en el cable dentro de tolerancias estrechas.
Demarcación
Todos los cables tienes marcas en forma de una línea rayada con las que se puede colocar los cables en su posición exacta encima xx xxxxxx de cambio de la dirección en los bloques de anclaje y encima de las cabezas de los pilones
Para una colocación exacta de los cables en el nivel y distancias se utilizará equipos sofisticados como la estación total.
Recomendaciones:
Como consecuencia debemos considerar el preestiramiento de acuerdo al alargamiento calculado antes de la medición de las longitudes y la marcación de puntos especiales.
Las marcas se deben respetar para evitar diferentes flechas
Recomendaciones:
Es responsabilidad del Contratista chequear que la deformación de los cables se encuentren dentro de los límites especificados.
Las comprobaciones de las flechas de los cables deben ser efectuadas en las horas de la mañana pues el calentamiento diferente de los cables por el sol causa diferentes flechas
Montaje de los cables portantes
Para desenrollar los cables hay procedimiento fabricándose una tornamesa y colocándose sobre ella los Carretes según las posiciones de afuera hacia adentro y de abajo hacia arriba. Durante el lanzamiento se utilizarán tacos xx xxxxxx, poleas de transporte medias lunas (estructuras metálicas), etc., de tal modo que se evite el contacto con el suelo u otros elementos que puedan dañar la superficie galvanizada
El cable será jalado por encima de un sistema de poleas que se encuentran al lado exterior de la cabeza xxx xxxxx, finalmente se deberá chequear la inclinación requerida de los pilones
Colocación del cable principal
Los cables deben anclarse en sus extremos, el ángulo de inclinación de los cables a anclarse se recomienda que tengan un rango de variación de 20% respecto a la tangente al cable principal en los extremos del vano central xxx xxxxxx, con la finalidad de tener una variación menos brusca de las tensiones en los cables. Si el cable es más inclinado la tensión es mayor, siendo un mínimo si es horizontal, las condiciones topográficas determinarán el aprovechamiento de estas características.
Recomendaciones:
Estos cables serán colocados utilizando para ello un camión tipo grúa, de una capacidad de carga no menor a 25 toneladas.
Estos trabajos deberán ser realizados por personal especializado, y una constante evaluación por la supervisión.
UNIDAD: Kg.
EJECUCIÓN Y COMPLEMENTACIÓN:
Es labor de la Fiscalización la verificación del pre estirado y demarcado del cable estructural, así como también de la aceptación y correcto lanzamiento y montaje del mismo en obra.
MEDICIÓN Y PAGO:
Los pagos se realizarán por kilogramo de cable suministrado, y montado en obra de acuerdo con las especificaciones, a entera satisfacción de la fiscalización.
Código: 524001
RUBRO: Suministro de péndolas, Xxxxx Xxxxx ASTM A 586 d=40mm (Incluye socket abierto); Montaje de péndolas, Xxxxx Xxxxx ASTM A 586 d=40mm (Incluye socket abierto)
DESCRIPCIÓN: Comprende el suministro, la provisión de mano de obra, maquinaria, herramienta menor para el montaje de los torones ASTM A586 para péndolas.
Comprende también los terminales de vaciado abierto en extremo superior.
PROCEDIMIENTO DEL TRABAJO:
Materiales: Certificado del fabricante o del distribuidor autorizado que cumpla la norma.
El torón estructural para péndolas debe cumplir la norma ASTM A586 con una resistencia nominal a la tensión Fu de 15500 kg/cm², con una cobertura de galvanizado clase A. El diámetro nominal es de 1 9/16 de pulgada.
UNIDAD: kg.
MEDICIÓN Y PAGO:
Los pagos se realizarán por kilogramo de cable estructural suministrado, y montado en obra que cumplan las especificaciones, verificado por la fiscalización.
Código: 524003
RUBRO: Terminal de regulación para péndolas=1-9/16" (Incluye socket cónico)
DESCRIPCIÓN: Comprende el suministro y colocación de un terminal cónico en un extremo del xxxxx xx xxxxxxx que se conectará a la viga de rigidez mediante dos tornillo fabricados con acero AISI 4340 con su respectivas tuercas.
PROCEDIMIENTO DEL TRABAJO:
Materiales: Las terminales de vaciado deben cumplir con la especificación Federal RR-550D., D
UNIDAD: u.
EJECUCIÓN Y COMPLEMENTACIÓN:
Instalación
Ligar el cable usando alambre suave, recocido, una longitud mínima igual al diámetro del cable.
Destorcer los torones del cable y del Alma hasta el amarre.
Cortar cualquier Alma de fibra.
Destorcer los alambre individuales de cada torón incluyendo el alma, completamente, hasta la ligadura.
Xxxxxxx cualquier material de plástico del área de separación de los torones.
Limpieza
El método de limpieza depende del lubricante y/ revestimiento del cable
El método y los materiales usados para limpiar deben cumplir las normas de la EPA.
Posicionamiento
Colocar la terminal sobre los torones separados hasta que el alambre quede a nivel con la parte superior de cuerpo de la terminal o sumido mínimamente según se muestra.
Prensar cable y terminal verticalmente con una abrazadera para asegurar que los ejes estén alineados.
Sellado de la terminal
Sellar la base de la terminal con masilla o plastilina para evitar la filtración de WireLock en la base.
Juegos de Wirelock
Los juegos vienen medidos y consisten de dos recipientes uno con la resina y uno con el compuesto granulado.
Usar el juego completo. Nunca mezclar menos del Contenido Total de ambos recipientes.
Cada juego tiene una vida útil claramente marcada en cada contenedor y debe ser observada.
Nunca usar juegos con fecha caducada.
Mezcla y Vaciado
Mezclar y vaciar dentro del rango de temperatura entre 9 a 43 en grados Celsius.
Vaciar toda la resina en un contenedor con todo el compuesto granulado y mezclar completamente por dos minutos con una paleta plana.
Inmediatamente después de mezclar, vaciar lentamente la mezcla en el lado de la terminal hasta llenar la taza del mismo.
Curado
Wirelock se endurece en aproximadamente en 15 minutos a una temperatura entre 18 y24 grados centígrados.
La terminal debe permanecer en posición vertical durante 10 minutos más después de gelificar Wirelock
La terminal estará lista para ser usada después de 60 minutos después de la gelificacion.
Nunca calentar la terminal para acelerar la coagulación o el curado.
Re lubricar el cable según se requiera.
Siempre que sea posible, el ensamblaje debe probarse con carga. Todos los tirantes con terminales hechos a vaciado, de acuerdo a ASME B30.9, deben probarse con carga
MEDICIÓN Y PAGO:
Se pagará por unidad de terminal de vaciado abierta colocada a satisfacción del Fiscalizador.
ACESSOS
Código: 527001
RUBRO: Mejoramiento de Subrasante con Suelo Seleccionado (Incluye Transporte)
DESCRIPCIÓN: Incluye el suministro, mano de obra, herramienta menor, maquinaria, para la realización de este rubro conforme con la especificación 402-2 Mejoramiento con suelo seleccionado de las Especificaciones MOP 001F-2002.
UNIDAD: m³.
MEDICIÓN Y PAGO:
Se pagará por metro cubico de mejoramiento de subrasante con suelo seleccionado, colocado en obra y verificado por la fiscalización.
Código: 527002
RUBRO: Base Clase II (Incluye Transporte)
DESCRIPCIÓN: Incluye el suministro, mano de obra, herramienta menor, maquinaria, para la realización de este rubro conforme con la especificación 404-1 base de agregados de las Especificaciones MOP 001F-2002.
UNIDAD: m³.
MEDICIÓN Y PAGO:
Se pagará por metro cubico de mejoramiento de base tipo II, colocado en obra y verificado por la fiscalización.
Rubros Plan de manejo Ambiental
RUBRO: Charlas de Capacitación a Trabajadores
DESCRIPCIÓN: Incluye la realización de charlas para capacitación a los trabajadores de la obra; las mismas deben ser realizadas profesiones vinculados con el área ambiental.
PROCEDIMIENTO DEL TRABAJO:
Las charlas de educación ambiental, tienen por objetivo capacitar al personal de la Constructora y al de la Fiscalización sobre como ejecutar las labores propias de la construcción, o mantenimiento vial considerando los aspectos de conservación de la salud, seguridad y medio ambiente.
Estas charlas tendrán una duración de 60 minutos y los temas a tratar deberán ser muy concretos, prácticos y de fácil comprensión, los cuales deberán previamente ser puestos a consideración del Fiscalizador para conocimiento y aprobación. Las charlas deben ser diseñadas por profesionales vinculados al área ambiental.
De igual forma estas charlas se sustentarán en afiches e instructivos propuestos por el Contratista y aprobados por el Fiscalizador.
UNIDAD: u.
EJECUCIÓN Y COMPLEMENTACIÓN:
La realización de las chalas se incluirá en el libro de obra, además será necesario realizar un listado de asistencia, y un registro fotográfico del evento.
MEDICIÓN Y PAGO:
Los trabajos ejecutados para realizar conformar drenes permanentes ejecutados por el contratista y verificados por la Fiscalización
RUBRO: Charlas de Concienciación dirigidas a Comunidades
DESCRIPCIÓN: Incluye la realización de charlas dirigidas a los habitantes de las poblaciones aledañas, esta charlas debe ser dictadas por un sociólogo con conocimientos en el área ambiental.
PROCEDIMIENTO DEL TRABAJO:
Las charlas de concientización estarán dirigidas a los habitantes de las poblaciones aledañas, que directa o indirectamente están relacionados con el objeto de la obra vial.
Estas charlas desarrollarán temas relativos al proyecto y su vinculación con el ambiente, tales como:
♦ El entorno que rodea a la obra y su íntima interrelación con sus habitantes;
♦ Los principales impactos ambientales de la obra y sus correspondientes medidas de mitigación;
♦ Beneficios sociales y ambientales que traerá la construcción / rehabilitación viales;
♦ Cómo cuidar la obra una vez que ha terminado los trabajos de construcción;
♦ Otros.
UNIDAD: u.
EJECUCIÓN Y COMPLEMENTACIÓN:
La realización de las chalas se incluirá en el libro de obra, además será necesario realizar un listado de asistencia, y un registro fotográfico del evento.
MEDICIÓN Y PAGO:
Los trabajos ejecutados para realizar conformar drenes permanentes ejecutados por el contratista y verificados por la Fiscalización
RUBRO: Entrega de Trípticos
DESCRIPCIÓN: Comprende la entrega de trípticos informativos a los habitantes de las poblaciones aledañas al proyecto.
PROCEDIMIENTO DEL TRABAJO:
Los instructivos o trípticos serán realizados a colores en papel bond de 90 gramos, formato A4 y cuyo contenido textual y gráfico sea alusivo a la defensa de los valores ambientales presentes en el área de la obra, tales como: paisaje, xxxx, vegetación y especies animales en peligro de extinción, saneamiento ambiental, etc.
UNIDAD: u.
EJECUCIÓN Y COMPLEMENTACIÓN:
La entrega de trípticos se incluirá en el libro de obra.
MEDICIÓN Y PAGO:
Los pagos se realizarán por unidad de tríptico entregado y verificado por la fiscalización.
RUBRO: Cuñas Radiales (2 minutos)
DESCRIPCIÓN: Incluye la emisión de comunicados en las emisoras radiales de la localidad con información a la comunidad acerca del proyecto y conservación ambiental. Cada cuña radial debe ser de una duración de mínimo dos minutos.
PROCEDIMIENTO DEL TRABAJO:
La información emitida deberá ser aprobada por la fiscalización; entre los temas a transmitirse se encontrarán los siguientes:
El entorno que rodea a la obra y su íntima interrelación con sus habitantes;
♦ Los principales impactos ambientales de la obra y sus correspondientes medidas de mitigación;
♦ Beneficios sociales y ambientales que traerá la construcción / rehabilitación viales;
♦ Cómo cuidar la obra una vez que ha terminado los trabajos de construcción;
♦ Otros.
UNIDAD: u.
EJECUCIÓN Y COMPLEMENTACIÓN:
La temática será diseñada y ejecutada por profesionales con suficiente experiencia en manejo de recursos naturales, desarrollo comunitario y comunicación social. La duración de estas charlas será de un mínimo de 60 minutos y se las dará en los principales centros poblados aledaños a la obra vial. Se incluirá en el libro de obra los días en que se realicen las emisiones radiales.
MEDICIÓN Y PAGO:
Los pagos se realizarán por unidad de comunicado radial realizado y verificado por la fiscalización.
RUBRO: Suministro e Instalación xx Xxxxx para señalización
DESCRIPCIÓN: Incluye el suministro y Colocación xx xxxxx para señalización para protección de los peatones deben ajustarse a las normas ANSI, estar constituidas por polietileno de alta densidad de color anaranjado. Con una altura mínima de 0.9 m.
PROCEDIMIENTO DEL TRABAJO:
Colocación xx xxxxx utilizando parantes, aproximadamente cada 2 metros de distancia, en zonas que indique peligro para peatones o vehículos y para delimitar áreas de trabajo.
UNIDAD: m.
EJECUCIÓN Y COMPLEMENTACIÓN:
En caso de rotura o robo deberá ser repuesta a costo del contratista.
MEDICIÓN Y PAGO:
Los trabajos ejecutados para colocar mallas de señalización se pagarán de acuerdo a los colocados en obra y verificados por la Fiscalización.
RUBRO: Suministro e Instalación de Cinta para señalización
DESCRIPCIÓN: Incluye el suministro y mano de obra para la colocación de cintas para la restricción de ingreso a zanjas abiertas, el ancho de las cintas no será inferior a 7.5 cm. El color utilizado será siguiendo las normas INEN 439 de Colores de Seguridad.
PROCEDIMIENTO DEL TRABAJO:
Colocación de Cinta de restricción en mínimo dos filas en áreas de peligro y para delimitar áreas de trabajo.
UNIDAD: m.
EJECUCIÓN Y COMPLEMENTACIÓN:
En caso de rotura o robo deberá ser repuesta a costo del contratista.
MEDICIÓN Y PAGO:
Los trabajos ejecutados para colocar cintas de señalización se pagarán de acuerdo a los colocados en obra y verificados por la Fiscalización.
RUBRO: Suministro e Instalación de Parantes
DESCRIPCIÓN: Incluye los materiales, mano de obra, y herramienta menor para la confección de parantes para señalización.
PROCEDIMIENTO DEL TRABAJO:
Los parantes de Hormigón serán de una altura igual a 1.2 m, con una base de hormigón de 0.4m x 0.4m x 0.2m, con tira xx xxxxxx o pingo el mismo que será pintado de color blanco con rojo con pintura de esmalte.
UNIDAD: u.
EJECUCIÓN Y COMPLEMENTACIÓN:
Los parantes serán construidos con hormigón simple de resistencia igual a f’c= 210 kg/cm².
MEDICIÓN Y PAGO:
Los trabajos ejecutados para conformar drenes permanentes ejecutados por el contratista y verificados por la Fiscalización
RUBRO: Señales para interferencia de trafico
DESCRIPCIÓN: Letreros de Advertencia de Peligro: se colocarán letreros para indicar la presencia de riesgos, o situaciones imprevistas, presentes en la vía. Se les denomina también señales preventivas y se colocarán cuando:
Indicación de Áreas restringidas
Cruce de Peatones
Circunstancias de Peligro
Prohibición o restricción de paso de vehículos
Señales Informativas: este tipo de señales tiene como propósito guiar a los transeúntes por las zonas de trabajo y entregarles información de forma que puedan a travesarla de forma segura.
PROCEDIMIENTO DEL TRABAJO:
Para lo cual se dispondrá de señales rectangulares con una dimensión de 60 cm x 1.20 cm; se colocarán con una altura de 1.8 m. desde el nivel del piso hasta la base del marco de la leyenda, el color de fondo de letrero será anaranjado con letras negras (colores usados para construcción de obras).
UNIDAD: u
EJECUCIÓN Y COMPLEMENTACIÓN:
La colocación en el sitio se realizará con una base de hormigón de una resistencia de 210 kg/cm², con dimensiones de 0.4m x 0.4m x 0.4 m
MEDICIÓN Y PAGO:
Los trabajos ejecutados se pagarán por unidad colocada en obra y verificada por la fiscalización.
RUBRO: Siembra de Especies Herbáceas o arbustivas
DESCRIPCIÓN: Incluye la mano de obra, herramienta menor y suministro de semillas para la siembra de áreas adyacentes a las estructuras construidas para reconformación.
PROCEDIMIENTO DEL TRABAJO:
Reconformación de geomorfología del terreno, luego de lo cual se colocará semillas de especies herbáceas o arbustivas, aprobadas por la fiscalización, luego de lo cual se rastrillará y regará el terreno.
UNIDAD: m².
EJECUCIÓN Y COMPLEMENTACIÓN:
Sera necesario el mantenimiento, y riego de las superficies sembradas por parte del contratista.
MEDICIÓN Y PAGO:
El pago se realizará luego de comprobarse por la fiscalización el cubrimiento de por lo menos el 60 % del área sembrada.
RUBRO: Campamento incluye tratamiento de aguas residuales para 50 hab.
DESCRIPCIÓN: La construcción de un campamento que incluye tratamiento de aguas residuales para 50 habitantes como indica en los planos. Además debe cumplir con la especificación 201-01 Construcción de Campamentos de las Especificaciones MOP-001F-2002
UNIDAD: glb.
EJECUCIÓN Y COMPLEMENTACIÓN:
Suministro y Colocación de material granular para protección de estructuras.
MEDICIÓN Y PAGO:
El pago se realizará por un campamento como global, en caso de que el contratista construya un campamento ocupando un área mayor a la especificada en los planos estos gastos adicionales irán a cuenta del contratista.
RUBRO: Letrero Informativo del Proyecto 2.4 m x 1.2 m
DESCRIPCIÓN: Incluye la mano de obra, herramienta menor, y materiales para la ejecución de letrero informativo del proyecto con una dimensión de 2.4 m por 1.2 m. y la pintura de la leyenda del mismo en el que se incluyan Nombre del proyecto, nombre del Contratista, entidad contratante, nombre del fiscalizador, monto del Contrato, Plazo de ejecución de las Obras.
PROCEDIMIENTO DEL TRABAJO:
Se colocará una plancha de tol con dimensiones iguales a 2.4m x 1.2 m sobre una estructura compuesta por tubos cuadrados de 40 mm de lado con un espesor de 1.5 mm. Como indica la figura. Sostenida por parantes soldados de dos perfiles tipo G de 100 mm x 50mm x 15 mm.
UNIDAD: u.
EJECUCIÓN Y COMPLEMENTACIÓN:
Se realizará una fundición de dos bases de hormigón con una dimensión de 0.4m x 0.4m x 0.4 m.
MEDICIÓN Y PAGO:
Los trabajos ejecutados se pagarán por unidad de letrero informativo puesto en obra, colocado y verificado por la Fiscalización
RUBRO: Agua para control de Polvo
DESCRIPCIÓN: Este trabajo consistirá en la aplicación de agua como paliativo para controlar el polvo que se produzca, como consecuencia de la construcción de la obra o del tráfico público que transita por el proyecto, los desvíos y los accesos.
El control de polvo se lo hará mediante el empleo de agua. El material empleado, los lugares tratados y la frecuencia de aplicación deberán ser aprobados por el Fiscalizador.
PROCEDIMIENTO DEL TRABAJO:
En caso de usar el agua como paliativo para el polvo, ésta será distribuida de modo uniforme por carros cisternas equipados con un sistema de rociadores a presión. El equipo empleado deberá contar con la aprobación del Fiscalizador. La rata de aplicación será entre los 0,90 y los 3,5 litros por metro cuadrado, conforme indique el Fiscalizador, así como su frecuencia de aplicación.
UNIDAD: miles de litros.
MEDICIÓN Y PAGO:
Las cantidades que han de pagarse por estos trabajos serán los miles de litros de agua de aplicación en obra y verificada por el Fiscalizador
“Equivalencia de normas y códigos”
Cuando en el Contrato se haga referencia a las normas y códigos específicos con cuyos requisitos deban cumplir los bienes y materiales a ser suministrados y los trabajos a ser ejecutados o las pruebas a que deban ser sometidos, se aplicarán las disposiciones de la última edición o revisión de las normas y códigos pertinentes en vigencia, salvo que expresamente se estipule otra cosa en el Contrato. Cuando dichas normas y códigos sean nacionales, o estén relacionados con un país o región determinados, se aceptarán otras normas reconocidas que aseguren una calidad sustancialmente igual o superior a la de las normas y códigos especificados supeditadas al examen y consentimiento previos por escrito del Gerente de Obras. El Contratista deberá describir detalladamente por escrito las diferencias que existan entre las normas especificadas y las que propone como alternativa, y presentarlas al Gerente de Obras por lo menos 28 días antes de la fecha en que desee contar con su consentimiento, Si el Gerente de Obras determinara que las desviaciones propuestas no garantizan una calidad en igual o superior, el Contratista deberá cumplir con las normas especificadas en los documentos.”
Estas notas para preparar las Especificaciones tienen como único objetivo el de informar al Contratante o a la persona que redacte los documentos de licitación y no deben incluirse en los documentos finales.
Sección VIII. Planos
Nota para quien prepara los documento de selección: Liste aquí los Planos. Los planos, incluyendo los planos del Sitio de las Obras, deberán adjuntarse a esta sección en una carpeta separada.
Topografía xx xxxxxx Río Anzu
Implantación xxx xxxxxx Río Anzu
Geometría xx xxxxx
Xxxxxx xx xxxxx y anclaje
Armado estructura puente
Detalle de armado
Detalle xx xxxx
Secuencia de armado y vaciado de hormigón
Sección IX. Lista de Cantidades44
Nota para quien prepara los documentos de selección:
Objetivos
Los objetivos de la Lista de Cantidades son:
(a) proporcionar información suficiente acerca de las cantidades de las Obras que deberán realizarse a fin de que las Ofertas puedan ser preparadas adecuadamente y con precisión, y
(b) cuando se haya celebrado el Contrato, contar con una Lista de Cantidades con precios, para ser utilizada en la valoración periódica de las Obras ejecutadas.
Con el fin de alcanzar estos objetivos, las Obras deberán desglosarse en la Lista de Cantidades con suficiente detalle para que se pueda distinguir entre las diferentes clases de Obras, o entre las Obras de la misma naturaleza realizadas en distintos sitios o en circunstancias diferentes que puedan dar lugar a otras consideraciones en materia de costos. Consistente con estos requisitos, la Lista de Cantidades deberá ser, en forma y contenido, lo más simple y breve posible.
Lista de trabajos por día
La Lista de trabajos por día deberá incluirse únicamente si existe la probabilidad de realizar trabajos imprevistos, en adición a los rubros incluidos en la Lista de Cantidades. Para facilitar al Contratante la verificación de que los precios cotizados por los Oferentes se ajustan a la realidad, la Lista de trabajos por día normalmente deberá comprender lo siguiente:
(a) Una lista de las diversas clases de mano de obra, materiales y planta de construcción para las cuales el Oferente deberá indicar precios básicos de trabajo por día, junto con una declaración de las condiciones bajo las cuales se pagarán al Contratista los trabajos realizados de acuerdo a la modalidad de trabajos por día;
(b) Las cantidades nominales de cada rubro de los trabajos por día, cuyo precio cada Oferente deberá calcular al precio cotizado para trabajos por día. El precio que debe indicar el Oferente para cada rubro básico de trabajos por día deberá comprender las utilidades del Contratista, gastos generales, cargos por supervisión y cargos de otra naturaleza.
Sumas Provisionales
Podrá hacerse una asignación general para contingencias físicas (excesos sobre las cantidades), incluyendo una suma provisional en la Lista Resumida de Cantidades. Igualmente, se deberá establecer una reserva para posibles alzas de precios en la Lista Resumida de Cantidades y sus precios. La inclusión de dichas sumas provisionales suele facilitar el proceso de aprobación presupuestaria al evitarse la necesidad de tener que solicitar aprobaciones suplementarias a medida que surjan nuevas necesidades. Cuando se utilicen tales sumas provisionales o reservas para contingencias, deberá indicarse en las Condiciones Especiales del Contrato la manera como se han de usar y la autoridad (usualmente el Gerente de Obras) a la que su uso va a estar supeditada.
El costo estimado de los trabajos especializados que han de ejecutar otros contratistas, o de los materiales especiales que éstos han de suministrar (remitirse a la cláusula 8 de las CGC) deberá indicarse como una suma provisional con una breve descripción, donde corresponda en la Lista de Cantidades. El Contratante normalmente lleva a cabo un proceso de licitación separado para seleccionar a dichos contratistas especializados. Con el fin de introducir competencia entre los Oferentes con respecto a cualquiera instalación, servicios, asistencia, etc., que deba proporcionar el Oferente seleccionado en calidad de Contratista principal, para el uso y conveniencia de los contratistas especializados, cada suma provisional pertinente debe ir acompañada por un rubro en la Lista de Cantidades en que se pida al Oferente que cotice un precio por tales instalaciones, servicios, asistencia, etc..
Estas notas para preparar las Lista de Cantidades tienen como único objeto informar al Contratante o la persona que redacte los documentos de licitación y no deben incluirse en los documentos finales.
PRESUPUESTO PUENTE SOBRE RÍO ANZU
TABLA DE DESCRIPCIÓN DE RUBROS, UNIDADES, CANTIDADES Y PRECIOS |
|||||
|
|
|
|
|
|
No. |
Rubro / Descripción |
Unidad |
Cantidad |
Precio unitario |
Precio global |
|
Preparación y Desbroce |
|
|
|
|
501001 |
Replanteo y nivelación |
km |
0,36 |
961,45 |
346,12 |
501003 |
Desbroce y limpieza |
m2 |
1.000,00 |
0,50 |
500,00 |
501004 |
Desbosque (incluye desalojo) |
m3 |
20,00 |
4,34 |
86,80 |
|
Infraestructura |
|
|
|
|
505003 |
Excavación a mano en suelo sin clasificar |
m3 |
226,83 |
13,61 |
3.087,16 |
505001 |
Excavación a máquina en suelo sin clasificar |
m3 |
5.103,69 |
4,46 |
22.762,46 |
505002 |
Excavación en roca |
m3 |
340,25 |
32,16 |
10.942,44 |
505004 |
Abatimiento del nivel freático |
hora |
480,00 |
6,14 |
2.947,20 |
505005 |
Material granular para dren |
m3 |
10,44 |
15,58 |
162,66 |
505007 |
Hormigón estructural con cemento portland Clase E f´c=240kg/cm2 |
m3 |
1.170,94 |
235,25 |
275.463,64 |
505006 |
Hormigón estructural con cemento portland Clase E f´c=180kg/cm2 |
m3 |
68,20 |
194,99 |
13.298,32 |
505008 |
Xxxxx xx Xxxxxxxx fy=4200kg/cm2 |
kg |
85.251,66 |
1,43 |
121.909,87 |
505009 |
Material de mejoramiento puesto en obra |
m3 |
1.782,70 |
5,04 |
8.984,81 |
505010 |
Relleno compactado |
m3 |
1.782,70 |
3,10 |
5.526,37 |
540002 |
Muro de gaviones |
m3 |
940,00 |
68,12 |
64.032,80 |
|
Superestructura |
|
|
|
|
514001 |
Suministro xx xxxxx A-588 |
kg |
275.225,62 |
1,40 |
385.315,87 |
5140011 |
Fabricación acero A-588 |
kg |
275.225,62 |
1,02 |
280.730,13 |
5140012 |
Montaje acero A-588 |
kg |
275.225,62 |
1,25 |
344.032,03 |
514002 |
Suministro xx xxxxx X-000 xxxxxxxxx |
kg |
13.788,55 |
1,40 |
19.303,97 |
5140021 |
Fabricación acero X-000 xxxxxxxxx |
kg |
13.788,55 |
1,08 |
14.891,63 |
5140022 |
Montaje acero X-000 xxxxxxxxx |
kg |
13.788,55 |
1,25 |
17.235,69 |
514010 |
Suministro xx xxxxx X-000 xxxxxxxx |
kg |
13.985,21 |
1,20 |
16.782,25 |
5140101 |
Fabricación xx xxxxx X-000 xxxxxxxx |
kg |
13.985,21 |
1,08 |
15.104,03 |
5140102 |
Montaje xx xxxxx X-000 xxxxxxxx |
kg |
13.985,21 |
1,25 |
17.481,51 |
514006 |
Limpieza y Pintura para estructuras |
kg |
302.999,38 |
0,44 |
133.319,73 |
514003 |
Suministro y montaje de pernos A 325 ó A 490 |
kg |
4.616,82 |
9,11 |
42.059,23 |
514011 |
Suministro y montaje de pernos SAE 1045 |
kg |
216,87 |
6,71 |
1.455,20 |
514004 |
Placa de Neopreno D70 (500x300x85mm) |
unida |
4,00 |
1.078,31 |
4.313,24 |
|
Elementos de Suspensión |
|
|
|
|
524002 |
Suministro Cable xx xxxxx d=2-1/2" Galvanizado (6x19) |
kg |
63.273,67 |
3,38 |
213.865,00 |
5240021 |
Montaje de cable xx xxxxx d=2-1/2" Galvanizado (6x19) |
kg |
63.273,67 |
1,30 |
82.255,77 |
524001 |
Suministro de péndolas, Xxxxx Xxxxx ASTM A 586 d=40mm (Incluye socket abierto) |
kg |
2.882,68 |
12,31 |
35.485,79 |
5240011 |
Montaje de péndolas, Xxxxx Xxxxx ASTM A 586 d=40mm (Incluye socket abierto) |
kg |
2.882,68 |
2,89 |
8.330,95 |
524003 |
Terminal de regulación para péndolas=1-9/16" (Incluye socket cónico) |
u |
38,00 |
1.597,92 |
60.720,96 |
|
Accesos |
|
|
|
|
527001 |
Mejoramiento de subrasante con suelo seleccionado (incluye transporte) |
m3 |
16,64 |
11,38 |
189,36 |
527002 |
Base clase ll (incluye transporte) |
m3 |
12,48 |
26,82 |
334,71 |
|
Plan de Manejo Ambiental |
|
|
|
|
540019 |
Plan de Manejo Ambiental |
globa |
1,00 |
10.463,46 |
10.463,46 |
|
|
|
|
SUBTOTAL: |
2.233.721,14 |
Sección X. Formularios de Garantía
Nota para el Oferente: Se adjuntan formularios para la Declaración de Mantenimiento de la Oferta, la Garantía de Cumplimiento y la Garantía por Pago de Anticipo deberán ajustarse a lo previsto en la sub cláusula IAO 35.1 y la sub cláusula CGC 52.1 para la Garantía de Cumplimiento y la sub cláusula IAO 36.1 y la sub cláusula CGC 51.1. para la Garantía de Buen Uso de Anticipo.
Los Oferentes no deberán presentar la Garantía de Cumplimiento ni para la Garantía de Buen Uso del Anticipo en esta etapa de la licitación. Solo el Oferente seleccionado deberá proporcionar estas dos garantías en la forma prevista en las clausulas arriba referidas, como así también la Garantía Técnica.
Garantía de Mantenimiento de la Oferta (Garantía Bancaria)
[Si se ha solicitado, el Banco/Oferente completará este formulario de Garantía Bancaria según las instrucciones indicadas entre corchetes.]
_________________________________________________________
[indicar el Nombre del Banco, y la dirección de la sucursal que emite la garantía]
Beneficiario: [indicar el nombre y la dirección del Contratante]
Fecha: [indique la fecha]
GARANTIA DE MANTENIMIENTO DE LA OFERTA No. [indique el número]
Se nos ha informado que [indique el nombre del Oferente; en el caso de una APCA, enumerar los nombres legales completos de los socios] (en adelante denominado “el Oferente”) les ha presentado su Oferta con fecha del [indicar la fecha de presentación de la Oferta] (en adelante denominada “la Oferta”) para la ejecución del [indique el nombre del Contrato] en virtud del Llamado a Licitación No. [indique el número del Llamado] (“el Llamado”).
Así mismo, entendemos que, de acuerdo con sus condiciones, una Garantía de Mantenimiento deberá respaldar dicha Oferta.
A solicitud del Oferente, nosotros [indique el nombre del Banco] por medio del presente instrumento nos obligamos irrevocablemente a pagar a ustedes una suma o sumas, que no exceda(n) un monto total de [indique la cifra en números expresada en la moneda del país del Contratante o su equivalente en una moneda internacional de libre convertibilidad] [indique la cifra en palabras] al recibo en nuestras oficinas de su primera solicitud por escrito, acompañada de una comunicación escrita que declare que el Oferente está incurriendo en violación de sus obligaciones contraídas bajo las condiciones de la Oferta, porque el Oferente:
ha retirado su Oferta durante el período de validez establecido por el Oferente en el Formulario de la Oferta; o
(b) no acepta la corrección de los errores de conformidad con las Instrucciones a los Oferentes (en adelante “las IAO”) de los documentos de licitación; o
(c) habiéndole notificado el Contratante de la aceptación de su Oferta dentro del período de validez de la Oferta, (i) no firma o rehúsa firmar el Convenio, si así se le solicita, o (ii) no suministra o rehúsa suministrar la Garantía de Cumplimiento de conformidad con las IAO.
Esta Garantía expirará (a) si el Oferente fuera el Oferente seleccionado, cuando recibamos en nuestras oficinas las copias del Contrato firmado por el Oferente y de la Garantía de Cumplimiento emitida a favor de ustedes por instrucciones del Oferente, o (b) si el Oferente no fuera el Oferente seleccionado, cuando ocurra el primero de los siguientes hechos: (i) haber recibido nosotros una copia de su comunicación informando al Oferente que no fue seleccionado; o (ii) haber transcurrido veintiocho días después de la expiración de la Oferta.
Consecuentemente, cualquier solicitud de pago bajo esta Garantía deberá recibirse en esta institución en o antes de dicha fecha.
Esta Garantía está sujeta a las Reglas Uniformes de la CCI relativas a las garantías contra primera solicitud” (Uniform Rules for Demand Guarantees), Publicación del CCI No. 458. (ICC, por sus siglas en inglés)
[Firma(s) del (de los) representante(s) autorizado(s)]
Garantía de Mantenimiento de la Oferta (Fianza)
[Si se ha solicitado, el Fiador/Oferente deberá completar este Formulario de Fianza de acuerdo con las instrucciones indicadas en corchetes.]
FIANZA No. [indique el número de fianza]
POR ESTA FIANZA [indique el nombre del Oferente; en el caso de una APCA, enumerar los nombres legales completos de los socios] en calidad de Contratista (en adelante “el Contratista”), y [indique el nombre, denominación legal y dirección de la afianzadora], autorizada para conducir negocios en [indique el nombre del país del Contratante], en calidad de Garante (en adelante “el Garante”) se obligan y firmemente se comprometen con [indique el nombre del Contratante] en calidad de Demandante (en adelante “el Contratante”) por el monto de [indique el monto en cifras expresado en la moneda del País del Contratante o su equivalente en una moneda internacional de libre convertibilidad] [indique la suma en palabras], a cuyo pago en forma legal, en los tipos y proporciones de monedas en que deba pagarse el precio de la Garantía, nosotros, el Contratista y el Garante antemencionados nos comprometemos y obligamos colectiva y solidariamente a nuestros herederos, albaceas, administradores, sucesores y cesionarios a estos términos.
CONSIDERANDO que el Contratista ha presentado al Contratante una Oferta escrita con fecha del ____ día de _______, del 200_, para la construcción de [indique el número del Contrato] (en adelante “la Oferta”).
POR LO TANTO, LA CONDICION DE ESTA OBLIGACION es tal que si el Contratista:
retira su Oferta durante el período de validez de la Oferta estipulado en el Formulario de la Oferta; o
no acepta la corrección de los errores del Precio de la Oferta de conformidad con la Subcláusula 28.2 de las IAO; o
si después de haber sido notificado de la aceptación de su Oferta por el Contratante durante el período de validez de la misma,
(a) no firma o rehúsa firmar el Formulario de Convenio, si así se le solicita, de conformidad con las Instrucciones a los Oferentes; o
(b) no presenta o rehúsa presentar la Garantía de Cumplimento de conformidad con lo establecido en las Instrucciones a los Oferentes;
el Garante procederá inmediatamente a pagar al Contratante la máxima suma indicada anteriormente al recibo de la primera solicitud por escrito del Contratante, sin que el Contratante tenga que sustentar su demanda, siempre y cuando el Contratante establezca en su demanda que ésta es motivada por el acontecimiento de cualquiera de los eventos descritos anteriormente, especificando cuál(es) evento(s) ocurrió / ocurrieron.
El Garante conviene, por lo tanto, en que su obligación permanecerá vigente y tendrá pleno efecto inclusive hasta la fecha 28 días después de la expiración de la validez de la Oferta tal como se establece en la Llamado a Licitación o prorrogada por el Contratante en cualquier momento antes de esta fecha, y cuyas notificaciones de dichas extensiones al Garante se dispensan por este instrumento.
EN FE DE LO CUAL, el Contratista y el Garante han dispuesto que se ejecuten estos documentos con sus respectivos nombres este [indique el número] día de [indique el mes] de [indique el año].
Contratista(s):_______________________ Garante: ______________________________
Sello Oficial de la Corporación (si corresponde)
__________________________________ ______________________________________
[firma(s) del (de los) representante(s) [firma(s) del (de los) representante(s)
autorizado(s) autorizado(s)
_________________________________ _______________________________________
[indique el nombre y cargo en letra de [indique el nombre y cargo en letra de imprenta] imprenta]
Declaración de Mantenimiento de la Oferta
[Si se solicita, el Oferente completará este Formulario de acuerdo con las instrucciones indicadas en corchetes.]
_________________________________________________________________________
Fecha: [indique la fecha]
Nombre del Contrato.: [indique el nombre]
No. de Identificación del Contrato: [indique el número]
Llamado a Licitación: [Indique el número]
A: ________________________________
Nosotros, los suscritos, declaramos que:
1. Entendemos que, de acuerdo con sus condiciones, las Ofertas deberán estar respaldadas por una Declaración de Mantenimiento de la Oferta.
2. Aceptamos que automáticamente seremos declarados inelegibles para participar en cualquier licitación de contrato con el Contratante por un período de [indique el número de mes o años] contado a partir de [indique la fecha] si violamos nuestra(s) obligación(es) bajo las condiciones de la Oferta sea porque:
retiráramos nuestra Oferta durante el período de vigencia de la Oferta especificado por nosotros en el Formulario de Oferta; o
(b) no aceptamos la corrección de los errores de conformidad con las Instrucciones a los Oferentes (en adelante “las IAO”) en los Documentos de Licitación; o
(c) si después de haber sido notificados de la aceptación de nuestra Oferta durante el período de validez de la misma, (i) no firmamos o rehusamos firmar el Convenio, si así se nos solicita; o (ii) no suministramos o rehusamos suministrar la Garantía de Cumplimiento de conformidad con las IAO.
3. Entendemos que esta Declaración de Mantenimiento de la Oferta expirará, si no somos el Oferente Seleccionado, cuando ocurra el primero de los siguientes hechos: (i) hemos recibido una copia de su comunicación informando que no somos el Oferente seleccionado; o (ii) haber transcurrido veintiocho días después de la expiración de nuestra Oferta.
4. Entendemos
que si somos una APCA, la Declaración de Mantenimiento de la Oferta
deberá estar en el nombre de la APCA que presenta la Oferta. Si la
APCA no ha sido legalmente constituida en el momento de presentar la
Oferta, la Declaración de Mantenimiento de la Oferta deberá estar
en nombre de todos los miembros futuros tal como se enumeran en la
Carta de Intención mencionada en la Subcláusula 16.1 de las IAO.
Firmada: [firma del representante autorizado]. En capacidad de [indique el cargo]
Nombre: [indique el nombre en letra de molde o mecanografiado]
Debidamente autorizado para firmar la Oferta por y en nombre de: [indique el nombre la entidad que autoriza]
Fechada el [indique el día] día de [indique el mes] de [indique el año]
Garantía de Cumplimiento (Garantía Bancaria)
(Incondicional)
[El Banco/Oferente seleccionado que presente esta Garantía deberá completar este formulario según las instrucciones indicadas entre corchetes, si el Contratante solicita esta clase de garantía.]
[Indique el Nombre del Banco, y la dirección de la sucursal que emite la garantía]
Beneficiario: [indique el nombre y la dirección del Contratante]
Fecha: [indique la fecha]
GARANTIA DE CUMPLIMIENTO No. [indique el número de la Garantía de Cumplimiento]
Se nos ha informado que [indique el nombre del Contratista] (en adelante denominado “el Contratista”) ha celebrado el Contrato No.[indique el número referencial del Contrato] de fecha [indique la fecha] con su entidad para la ejecución de [indique el nombre del Contrato y una breve descripción de las Obras] en adelante “el Contrato”).
Así mismo, entendemos que, de acuerdo con las condiciones del Contrato, se requiere una Garantía de Cumplimiento.
A solicitud del Contratista, nosotros [indique el nombre del Banco] por este medio nos obligamos irrevocablemente a pagar a su entidad una suma o sumas, que no exceda(n) un monto total de [indique la cifra en números] [indique la cifra en palabras],45 la cual será pagada por nosotros en los tipos y proporciones de monedas en las cuales el Contrato ha de ser pagado, al recibo en nuestras oficinas de su primera solicitud por escrito, acompañada de una comunicación escrita que declare que el Contratista está incurriendo en violación de sus obligaciones contraídas bajo las condiciones del Contrato sin que su entidad tenga que sustentar su demanda o la suma reclamada en ese sentido.
Esta Garantía expirará no más tarde de veintiocho días contados a partir de la fecha de la emisión del Certificado de Posesión de las Obras, calculados sobre la base de una copia de dicho Certificado que nos será proporcionado, o en el [indicar el día] día del [indicar el mes] mes del [indicar el año],46 lo que ocurra primero. Consecuentemente, cualquier solicitud de pago bajo esta Garantía deberá recibirse en esta institución en o antes de esta fecha.
Esta Garantía está sujeta a las Reglas uniformes de la CCI relativas a las garantías pagaderas contra primera solicitud (Uniform Rules for Demand Guarantees), Publicación del CCI No. 458. (ICC, por sus siglas en inglés), excepto que el subpárrafo (ii) del subartículo 20 (a) está aquí excluido.
[Firma(s) del (los) representante(s) autorizado(s) del banco]
Garantía de Cumplimiento (Fianza)
[El Garante/ Oferente seleccionado que presenta esta fianza deberá completar este formulario de acuerdo con las instrucciones indicadas en corchetes, si el Contratante solicita este tipo de garantía]
Por esta Fianza [indique el nombre y dirección del Contratista] en calidad de Mandante (en adelante “el Contratista”) y [indique el nombre, título legal y dirección del garante, compañía afianzadora o aseguradora] en calidad de Garante (en adelante “el Garante”) se obligan y firmemente se comprometen con [indique el nombre y dirección del Contratante] en calidad de Contratante (en adelante “el Contratante”) por el monto de [indique el monto de fianza] [indique el monto de la fianza en palabras]47, a cuyo pago en forma legal, en los tipos y proporciones de monedas en que deba pagarse el Precio del Contrato, nosotros, el Contratista y el Garante antemencionados nos comprometemos y obligamos colectiva y solidariamente a nuestros herederos, albaceas, administradores, sucesores y cesionarios a estos términos.
Considerando que el Contratista ha celebrado con el Contratante un Contrato con fecha48 del [indique el número] días de [indique el mes] de [indique el año] para [indique el nombre del Contrato] de acuerdo con los documentos, planos, especificaciones y modificaciones de los mismos que, en la medida de lo estipulado en el presente documento, constituyen por referencia parte integrante de éste y se denominan, en adelante, el Contrato.
Por lo tanto, la Condición de esta Obligación es tal que si el Contratista diere pronto y fiel cumplimiento a dicho Contrato (incluida cualquier modificación del mismo), dicha obligación quedará anulada y, en caso contrario, tendrá plena vigencia y efecto. En cualquier momento que el Contratista esté en violación del Contrato, y que el Contratante así lo declare, cumpliendo por su parte con las obligaciones a su cargo, el Garante podrá corregir prontamente el incumplimiento o deberá proceder de inmediato a:
(1) llevar a término el Contrato de acuerdo con las condiciones del mismo, o
(2) obtener una oferta u ofertas de Oferentes calificados y presentarla(s) al Contratante para llevar a cabo el Contrato de acuerdo con las Condiciones del mismo y, una vez que el Contratante y el Garante hubieran determinado cuál es el Oferente que ofrece la oferta evaluada más baja que se ajusta a las condiciones de la licitación, disponer la celebración de un Contrato entre dicho Oferente y el Contratante. A medida que avancen las Obras (aun cuando existiera algún incumplimiento o una serie de incumplimientos en virtud del Contrato o los Contratos para completar las Obras de conformidad con lo dispuesto en este párrafo), proporcionará fondos suficientes para sufragar el costo de la terminación de las Obras, menos el saldo del Precio del Contrato, pero sin exceder el monto fijado en el primer párrafo de este documento, incluidos otros costos y daños y perjuicios por los cuales el Garante pueda ser responsable en virtud de la presente fianza. La expresión "saldo del Precio del Contrato" utilizada en este párrafo significará el monto total pagadero por el Contratante al Contratista en virtud del Contrato, menos el monto que el Contratante hubiera pagado debidamente al Contratista, o
(3) pagar al Contratante el monto exigido por éste para llevar a cabo el Contrato de acuerdo con las Condiciones del mismo, hasta un total que no exceda el monto de esta fianza.
El Garante no será responsable por una suma mayor que la penalización específica que constituye esta fianza.
Cualquier juicio que se entable en virtud de esta fianza deberá iniciarse antes de transcurrido un año a partir de la fecha de emisión del certificado de terminación de las obras.
Ninguna persona o empresa del Contratante mencionado en el presente documento o sus herederos, albaceas, administradores, sucesores y cesionarios podrá tener o ejercer derecho alguno en virtud de esta fianza.
En fe de lo cual, el Contratista ha firmado y estampado su sello en este documento, y el Garante ha hecho estampar su sello institucional en el presente documento, debidamente atestiguado por la firma de su representante legal, a los [indique el número] días de [indique el mes] de [indique el año].
Firmado por [indique la(s) firma(s) del (de los) representante(s) autorizado(s)
En nombre de [nombre del Contratista] en calidad de [indicar el cargo)]
En presencia de [indique el nombre y la firma del testigo]
Fecha [indique la fecha]
Firmado por [indique la(s) firma(s) del (de los) representante(s) autorizado(s) del Fiador]
En nombre de [nombre del Fiador] en calidad de [indicar el cargo)]
En presencia de [indique el nombre y la firma del testigo]
Fecha [indique la fecha]
Garantía Bancaria por Pago de Anticipo
[El Banco / Oferente seleccionado, que presenta esta Garantía deberá completar este formulario de acuerdo con las instrucciones indicadas entre corchetes, si en virtud del Contrato se hará un pago anticipado]
[Indique el Nombre del Banco, y la dirección de la sucursal que emite la garantía]
Beneficiario: [Nombre y dirección del Contratante]
Fecha: [indique la fecha]
GARANTIA POR PAGO DE ANTICIPO No.: [indique el número]
Se nos ha informado que [nombre del Contratista] (en adelante denominado “el Contratista”) ha celebrado con ustedes el contrato No. [número de referencia del contrato] de fecha [indique la fecha del contrato], para la ejecución de [indique el nombre del contrato y una breve descripción de las Obras] (en adelante denominado “el Contrato”).
Así mismo, entendemos que, de acuerdo con las condiciones del Contrato, se dará al Contratista un anticipo contra una garantía por pago de anticipo por la suma o sumas indicada(s) a continuación.
A solicitud del Contratista, nosotros [indique el nombre del Banco] por medio del presente instrumento nos obligamos irrevocablemente a pagarles a ustedes una suma o sumas, que no excedan en total [indique la(s) suma(s) en cifras y en palabras]49 contra el recibo de su primera solicitud por escrito, declarando que el Contratista está en violación de sus obligaciones en virtud del Contrato, porque el Contratista ha utilizado el pago de anticipo para otros fines a los estipulados para la ejecución de las Obras.
Como condición para presentar cualquier reclamo y hacer efectiva esta garantía, el referido pago mencionado arriba deber haber sido recibido por el Contratista en su cuenta número [indique número] en el [indique el nombre y dirección del banco].
El monto máximo de esta garantía se reducirá progresivamente a medida que el monto del anticipo es reembolsado por el Contratista según se indique en las copias de los estados de cuenta de pago periódicos o certificados de pago que se nos presenten. Esta garantía expirará, a más tardar, al recibo en nuestra institución de una copia del Certificado de Pago Interino indicando que el ochenta (80) por ciento del Precio del Contrato ha sido certificado para pago, o en el [indique el número] día del [indique el mes] de [indique el año]50, lo que ocurra primero. Por lo tanto, cualquier demanda de pago bajo esta garantía deberá recibirse en esta oficina en o antes de esta fecha.
Esta garantía está sujeta a los Reglas Uniformes de la CCI relativas a las garantías pagaderas contra primera solicitud (Uniform Rules for Demand Guarantees), ICC Publicación No. 458.
[firma(s) de los representante(s) autorizado(s) del Banco]
LLAMADO A LICITACIÓN
REPÚBLICA DEL ECUADOR
PROGRAMA DE INVERSIÓN PARA EL DESARROLLO DE LOS GOBIERNOS AUTÓNOMOS DESCENTRALIZADOS Y/O SUS EMPRESAS PÚBLICAS- FASE I (PRODESARROLLO)
Contrato xx Xxxxxxxx No. 2839/OC-EC-BID
CONSTRUCCIÓN DEL PUENTE SOBRE EL RIO ANZU, CANTÓN XXXXXX XXXXX XXXXXXXXX XXXX, PROVINCIA DE NAPO.
Licitación Pública Nacional No: LPN-GADPN-O-5-2018
1. Este llamado a licitación se emite como resultado del Aviso General de Adquisiciones que para este Proyecto fuese publicado en el Development Business, edición No. IDB 1866-12/14 de 00 xx xxxxxxxxx xx 0000.
0. Xx Xxxxxxxxx xxx Xxxxxxx ha recibido un préstamo del Banco Interamericano de Desarrollo para financiar parcialmente el costo del Programa de Desarrollo de Gobierno Autónomos Descentralizado (PRODESARROLLO), cuyo Organismo Ejecutor es el Banco de Desarrollo del Ecuador, Institución que ha otorgado al Gobierno Provincial de Napo un contrato de financiamiento y servicios bancarios, para financiar proyecto Construcción del Puente sobre El Río Anzu, Cantón Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxx, Provincia de Napo y se propone utilizar parte de los fondos de este préstamo para efectuar los pagos bajo el Contrato derivado de la Licitación Pública Nacional No. LPN-GADPN-O-5-2018.
3. El Gobierno Autónomo Descentralizado Provincial de Napo invita a los Oferentes elegibles a presentar ofertas selladas para participar en el proceso de contratación del proyecto CONSTRUCCIÓN DEL PUENTE SOBRE EL RIO ANZU, CANTÓN XXXXXX XXXXX XXXXXXXXX XXXX, PROVINCIA DE NAPO. El plazo de construcción es de 300 días contados a partir de la notificación de que el anticipo se encuentra disponible en la cuenta informada por el Contratista. El presupuesto referencial excluido el IVA es de 2.233.721,14 (Dos millones doscientos treinta y tres mil setecientos veintiún, con 14/100 Dólares de los Estados Unidos de América).
4. La licitación se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública Nacional (LPN) establecidos en la publicación del Banco Interamericano de Desarrollo titulada Políticas para la Adquisición de Obras y Bienes financiados por el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) GN-2349-9, y está abierta a todos los Oferentes de países y territorios elegibles, según se definen en los Documentos de Licitación.
5. Los Oferentes elegibles que estén interesados podrán obtener información adicional de: Gobierno Autónomo Descentralizado Provincial de Napo, con la Lcda. Xxxxx Xxxxxxxxx, Directora de Apoyo de Compras Públicas al E-mail: xxxxxxxxxx@xxxx.xxx.xx y revisar los documentos de licitación en la dirección indicada al final de este Llamado de lunes a viernes de 7h30 a 12h30 y de 14h00 a 17h00.
6. Los requisitos de calificación incluyen entre otros que, los Oferentes acrediten experiencia específica, dentro de los últimos 10 años, contar con un equipo mínimo de trabajo y personal clave para la ejecución del proyecto. No se otorgará un Margen de Preferencia a contratistas o APCAs nacionales.
Los requisitos de evaluación están detallados en las IAO 5.3 e IAO 5.5 de los Documentos de Licitación.
7. Los Oferentes interesados podrán solicitar al Gobierno Autónomo Descentralizado Provincial de Napo, un juego completo de los Documentos de Licitación en español, mediante presentación de una solicitud por escrito a la dirección indicada al final de este Llamado, para lo cual deberán acercarse con un CD o memoria externa a la dirección indicada al final de este Llamado. El documento deberá ser retirado en la dirección abajo indicada o requerido vía mail, o podrán consultar los documentos de licitación en la página web xxx.xxxx.xxx.xx.
Exclusivamente el oferente adjudicado, una vez recibida la notificación de adjudicación, pagará a la entidad el valor no reembolsable del 1 por mil del Presupuesto Referencial (US$2.233,72).
8. Las ofertas deberán hacerse llegar a la dirección indicada abajo Av. Xxxx Xxxxxxxx y Xxxxxx esquina, Oficina de la Dirección de Apoyo de Compras Públicas a más tardar a las 15h00 del día 13 xx xxxxxx de 2018. Las ofertas que se reciban fuera del plazo serán rechazadas. Las ofertas se abrirán físicamente en presencia de los representantes de los Oferentes que deseen asistir en persona, en la dirección indicada al final de este Llamado, a las 16h00 del día 13 xx xxxxxx de 2018.
9. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Declaración de Mantenimiento de la Oferta”, de acuerdo a lo establecido en la IAO 17.1
10. La dirección referida arriba es:
Entidad contratante: Gobierno Autónomo Descentralizado Provincial de Napo
Atención: Xx. Xxxxxx Xxxxxx – PREFECTO PROVINCIAL DE NAPO
Dirección: Av. Xxxx Xxxxxxxx y Xxxxxx esquina, Oficina de la Dirección de Apoyo de Compras Públicas.
Ciudad: Xxxx
Xxxx: Ecuador
Tena, 29 xx xxxxx de 2018
Xx. Xxxxxx Xxxxxx
PREFECTO PROVINCIAL DE NAPO
1 Los contratos por suma alzada deben utilizarse para obras cuyas características físicas y de calidad puedan definirse en su totalidad antes de solicitar propuestas, o para aquellos cuyos diseños se esperará que sufrirán Variaciones mínimas, como en el caso de la construcción de edificios, la instalación de tuberías, xxxxxx de líneas de transmisión eléctrica y series de estructuras pequeñas, como paraderos de autobuses o baños escolares. En los contratos a suma alzada se ha introducido el concepto de "calendario de actividades" valoradas, para permitir que se efectúen pagos a medida que se completen las "actividades". Los pagos también pueden realizarse en base al porcentaje de avance de cada actividad.
2 Véase la Sección V, “Condiciones Generales del Contrato”, Cláusula 1. Definiciones
3 En el sitio virtual del Banco (xxx.xxxx.xxx/xxxxxxxxx) se facilita información sobre cómo denunciar la supuesta comisión de Prácticas Prohibidas, las normas aplicables al proceso de investigación y sanción y el convenio que rige el reconocimiento recíproco de sanciones entre instituciones financieras internacionales.
4 Generalmente este valor es el equivalente del estimado del flujo de los pagos durante un período de 4 a 6 meses en base al avance promedio de construcción (considerando una distribución uniforme). El periodo real de referencia dependerá de la rapidez con que el Contratante pague los certificados mensuales del Contratista.
5 Pudiera ser necesario extender el plazo para la presentación de Ofertas si la respuesta del Contratante resulta en cambios sustanciales a los Documentos de Licitación. Véase la cláusula 11 de las IAO.
6 Es importante, por lo tanto, que el Contratante mantenga una lista completa y actualizada de todos los que hayan recibido los documentos de licitación y sus direcciones.
7 En los contratos a suma alzada, suprimir la expresión "Lista de Cantidades " y reemplazarla por "Calendario de Actividades".
8 En los contratos a suma alzada, suprimir la expresión "Lista de Cantidades " y reemplazarla por "Calendario de Actividades".
9 En los contratos a suma alzada, suprimir la expresión "descritos en la Lista de Cantidades" y reemplazarla por “descritas en los planos y en las Especificaciones y enumeradas en el Calendario de Actividades”.
10 En los contratos por suma alzada, suprimir “en los precios unitarios y.”
11 En los contratos de suma alzada, suprimir las palabras “los precios unitarios” y reemplazarlas con “el precio global”.
12 En los contratos de suma alzada, suprimir las palabras “los precios unitarios” y reemplazarlas con “el precio global”.
13 Las sumas provisionales son sumas monetarias especificadas por el Contratante en la Lista de Cantidades para ser utilizadas a su discreción con subcontratistas designados y para otros fines específicos.
14 En los contratos de suma alzada, suprimir las palabras “los precios” y reemplazarlas con “el precio global”.
15 El período es un plazo razonable, generalmente no menor de 35 días y no mayor de 105, para permitir la evaluación de las Ofertas, hacer aclaraciones, y obtener la ‘no objeción’ del Banco (cuando la adjudicación del contrato está sujeta a revisión previa).
16 La dirección donde se reciban las Ofertas debe ser una oficina que esté abierta durante el horario normal de trabajo, con personal autorizado para certificar la hora y fecha de recepción y asegurar la custodia de las Ofertas hasta la fecha de la apertura. No se debe indicar una dirección de apartado postal. La dirección para la recepción de las Ofertas debe ser la misma que se indique en el Llamado a licitación.
17 Para los contratos sujetos a revisión previa, una copia del acta de apertura deberá ser enviada por el Contratante al Banco Interamericano de Desarrollo, junto con el acta de evaluación de las ofertas.
18 En los contratos a suma alzada, suprimir las palabras "los precios unitarios" y reemplazarlas por "los precios en el Calendario de actividades".
19En los contratos a suma alzada, suprimir el texto que se inicia con las palabras "de la siguiente manera" al final de la cláusula, y reemplazarlo por "de la siguiente manera: cuando haya una discrepancia entre los montos indicados en números y en palabras, prevalecerá el indicado en palabras".
20 En los contratos a suma alzada, suprimir la expresión "Lista de cantidades" y reemplazarla por "Calendario de actividades".
21 Trabajos por día son los trabajos que se realizan según las instrucciones del Gerente de Obras y que se remuneran conforme al tiempo que le tome a los trabajadores, en base a los precios cotizados en la Oferta. Para que a los fines de la evaluación de las Ofertas se considere que el precio de los trabajos por día ha sido cotizado de manera competitiva, el Contratante deberá hacer una lista de las cantidades tentativas correspondientes a los rubros individuales cuyos costos se determinarán contra los días de trabajo (por ejemplo, un número determinado de días-hombre de un conductor de tractores, una cantidad específica de toneladas de cemento Portland, etc.), los cuales se multiplicarán por los precios unitarios cotizados por los Oferentes e incluidos en el precio total de la Oferta.
22 Si los documentos de licitación incluyen dos o más lotes, agregar la siguiente Subcláusula 30.5: "En caso de que existan varios lotes, de acuerdo con la Subcláusula 30.2 d), el Contratante determinará la aplicación de los descuentos a fin de minimizar el costo combinado de todos los lotes."
23 El Contratante no deberá rechazar Ofertas o anular el proceso de licitación, excepto en los casos en que lo permiten las Políticas para la Adquisición de Bienes y Obras financiados por el Banco Interamericano de Desarrollo.
24 Esta sección deberá ser completada por el Contratante antes de emitir los Documentos de Licitación.
25 Los títulos equivalentes serán válidos sólo para aquellos profesionales Nacionales o Extranjeros que hubieren obtenido su título en un país diferente al Ecuador
26 Los títulos equivalentes serán válidos sólo para aquellos profesionales Nacionales o Extranjeros que hubieren obtenido su título en un país diferente al Ecuador
27 Los títulos equivalentes serán válidos sólo para aquellos profesionales Nacionales o Extranjeros que hubieren obtenido su título en un país diferente al Ecuador
28 Los títulos equivalentes serán válidos sólo para aquellos profesionales Nacionales o Extranjeros que hubieren obtenido su título en un país diferente al Ecuador
29 Los títulos equivalentes serán válidos sólo para aquellos profesionales Nacionales o Extranjeros que hubieren obtenido su título en un país diferente al Ecuador
30 Los títulos equivalentes serán válidos sólo para aquellos profesionales Nacionales o Extranjeros que hubieren obtenido su título en un país diferente al Ecuador
31 Suprimir "equivalente a" y agregar "de" si el precio del Contrato está expresado en una sola moneda.
32 Suprimir “correcciones y” o “y modificaciones”, si no corresponde. Remitirse a las Notas sobre el Formulario del Contrato (página siguiente).
33 Se utilizará únicamente si el Oferente seleccionado indica en su Oferta que no está de acuerdo con el Conciliador propuesto por el Contratante en las Instrucciones a los Oferentes, y consecuentemente propone otro candidato.
34 Se utilizará únicamente si el Oferente seleccionado indica en su Oferta que no está de acuerdo con el Conciliador propuesto por el Contratante en las IAO, y consecuentemente propone otro candidato, y el Contratante no acepta la contrapropuesta.
35 En los contratos a suma alzada, suprimir la expresión "Lista de cantidades” y reemplazarla por "Calendario de actividades".
36 En el caso de contratos a suma alzada, suprimir "Lista de cantidades" y sustituir por "Calendario de actividades", y reemplazar las Subcláusulas 37.1 y 37.2 por las siguientes:
“37.1El Contratista deberá presentar un Calendario de actividades actualizado dentro de los 14 días siguientes a su solicitud por parte del Gerente de Obras. Dichas actividades deberán coordinarse con las del Programa.
37.2 En el Calendario de actividades el Contratista deberá indicar por separado la entrega de los materiales en el Sitio de las Obras cuando el pago de los materiales en el sitio deba efectuarse por separado.”
37 En el caso de contratos a suma alzada, suprimir "Lista de cantidades" y sustituir por "Calendario de actividades", y reemplazar toda la Cláusula 38 con la siguiente Subcláusula 38.1:
“38.1El Calendario de actividades será modificado por el Contratista para incorporar las modificaciones en el Programa o método de trabajo que haya introducido el Contratista por su propia cuenta. Los precios del Calendario de actividades no sufrirán modificación alguna cuando el Contratista introduzca tales cambios.”
38 En el caso de contratos a suma alzada, agregar "y Calendarios de actividades" después de “Programas”.
39 Suprimir esta Subcláusula en los contratos a suma alzada.
40 En los contratos a suma alzada, agregar "o Calendario de actividades" después de “Programa”.
41 En los contratos a suma alzada, reemplazar este párrafo por el siguiente:
"42.4 El valor de los trabajos ejecutados comprenderá el valor de las actividades terminadas incluidas en el Calendario de actividades".
42 La suma de los dos coeficientes, Ac y Bc, debe ser igual a l (uno) en la fórmula correspondiente a cada moneda. Normalmente, los dos coeficientes serán los mismos en todas las fórmulas correspondientes a las diferentes monedas, puesto que el coeficiente A, relativo a la porción no ajustable de los pagos, por lo general representa una estimación aproximada (usualmente 0,15) que toma en cuenta los elementos fijos del costo u otros componentes no ajustables. La suma de los ajustes para cada moneda se agrega al Precio del Contrato.
43 En el sitio virtual del Banco (xxx.xxxx.xxx/xxxxxxxxx) se facilita información sobre cómo denunciar la supuesta comisión de Prácticas Prohibidas, las normas aplicables al proceso de investigación y sanción y el convenio que rige el reconocimiento recíproco de sanciones entre instituciones financieras internacionales.
44 En los contratos por suma alzada, la “Lista de Cantidades” se prepara para información solamente y no forma parte del contrato. El documento contractual preparado por el Oferente será un “Calendario de Actividades”.
45 El Garante (banco) indicará el monto que representa el porcentaje del Precio del Contrato estipulado en el Contrato y denominada en la(s) moneda(s) del Contrato o en una moneda de libre convertibilidad aceptable al Contratante.
46 Indique la fecha que corresponda veintiocho días después de la Fecha de Terminación Prevista. El Contratante deberá observar que en el caso de prórroga del plazo de terminación del Contrato, el Contratante necesitará solicitar una extensión de esta Garantía al Garante. Dicha solicitud deberá ser por escrito y presentada antes de la expiración de la fecha establecida en la Garantía. Al preparar esta Garantía el Contratante podría considerar agregar el siguiente texto al formulario, al final del penúltimo párrafo: “El Garante conviene en una sola extensión de esta Garantía por un plazo no superior a [seis meses]/[ un año], en respuesta a una solicitud por escrito del Contratante de dicha extensión, la que será presentada al Garante antes de que expire la Garantía.”
47 El Fiador debe indicar el monto equivalente al porcentaje del precio del Contrato especificado en las CEC, expresado en la(s) moneda(s) del Contrato, o en una moneda de libre convertibilidad aceptable para el Contratante.
48 Fecha de la carta de aceptación o del Convenio.
49 El Garante deberá indique una suma representativa de la suma del Pago por Xxxxxxxx , y denominada en cualquiera de las monedas del Pago por Anticipo como se estipula en el Contrato o en una moneda de libre convertibilidad aceptable al Comprador.
50 Indicar la fecha prevista de expiración del Plazo de Cumplimiento. El Contratante deberá advertir que en caso de una prórroga al plazo de cumplimiento del Contrato, el Contratante tendrá que solicitar al Garante una extensión de esta Garantía. Al preparar esta Garantía el Contrante pudiera considerar agregar el siguiente texto en el Formulario, al final del penúltimo párrafo: “Nosotros convenimos en una sola extensión de esta Garantía por un plazo no superior a [seis meses] [ un año], en respuesta a una solicitud por escrito del Contratante de dicha extensión, la que nos será presentada antes de que expire la Garantía.”