CONSULTAS FORMULADAS POR LOS INTERESADOS EN RELACIÓN CON LA LICITACIÓN DEL CONTRATO DE “SUMINISTRO POR LOTES DE VEHÍCULOS ESPECIALES PARA EL SERVICIO TÉCNICO DE CARRETERAS Y PAISAJE” (C- 1024).
Área de Presidencia.
Servicio Administrativo de Carreteras y Paisaje.
CONSULTAS FORMULADAS POR LOS INTERESADOS EN RELACIÓN CON LA LICITACIÓN DEL CONTRATO DE “SUMINISTRO POR LOTES DE VEHÍCULOS ESPECIALES PARA EL SERVICIO TÉCNICO DE CARRETERAS Y PAISAJE” (C- 1024).
A continuación, se dará respuesta a las cuestiones planteadas por los licitadores en relación con el procedimiento de referencia.
Se hace constar que este documento se ha elaborado únicamente a partir de la información aportada por los interesados. Asimismo, se señala que estas consultas han sido resueltas por los Servicios Gestores, promotores de la licitación y que, por tanto, ni prejuzgan ni condicionan la decisión que, en la fase procedimental oportuna, pudiese adoptar la Mesa de Contratación constituida al efecto.
1.- PREGUNTA:
“Xxxxx Xxxxxx Presentación: 02/01/2018 00:00”: entendemos que las 00:00 horas del día 02/01/2018 son precisamente las del inicio de dicha fecha y horas límite de presentación; y ya que el 01/01/2018 es día Festivo, y según calendario, la fecha hábil, y límite de presentación es el día 29 de diciembre del presente año 2017??”
RESPUESTA:
El Pliego de cláusulas administrativas particulares establece en su cláusula 15.1. lo siguiente:
“Las proposiciones y la documentación complementaria se presentarán, en la forma indicada en los apartados siguientes, en el lugar y plazo señalado en el anuncio de licitación así como en el perfil del contratante. No obstante lo anterior, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 159.1 del TRLCSP dicho plazo de presentación de proposiciones será de CUARENTA
(40) DÍAS NATURALES contados desde la fecha del envío del anuncio a la Oficina de Publicaciones de la Unión Europea para su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.”
Al respecto, se señala que, en el apartado IV.2.2.) del anuncio publicado en el DOUE referido a la licitación para el “suministro por lotes de vehículos especiales para el Servicio Técnico de Xxxxxxxxxx x Xxxxxxx” (X-0000), se establece, respecto de la fecha límite para presentar las proposiciones, lo siguiente:
“Plazo para la recepción de ofertas o solicitudes de participación
Fecha: 02/01/2018 Hora local: 18:00”
El anuncio publicado en el Perfil del contratante se puede consultar en el siguiente enlace:
xxxx://xxx.xxxxxxxx.xx/xxxxxxxxxxxx/xx/0000-00-00-00-00-00/xxxxxx-xxx-xxxxxxxxxxx/xxxxxxx- licitaciones/detalle-de-la-informacion-de-licitaciones/61-area-presidencia/7517-suministro- por-lotes-de-vehiculos-especiales-para-el-serivicio-tecnico-de-carreteras-y-paisaje-del- excmo-cabildo-insular-de-tenerife
Asimismo, en el citado anuncio publicado en el Perfil del contratante del Cabildo Insular de Tenerife, y sin necesidad de abrir el documento pdf del anuncio publicado en el DOUE, se señala el plazo para la presentación de proposiciones de acuerdo con el siguiente detalle:
Plazo de presentación:
Inicio:
23-nov-2017
Fin:
02-ene-2018
El plazo de presentación cumple con la condición de los 40 días naturales a contar desde la fecha del envío del anuncio al DOUE tal y como está previsto en la cláusula 15.1 xxx Xxxxxx de cláusulas administrativas particulares. El envío del anuncio al DOUE tuvo lugar el 23 de noviembre de 2017, por lo que el plazo de 40 días naturales tendría que finalizar el 1 de enero de 2018. No obstante, el plazo finalizará el 2 de enero de 2018, puesto que deberá prorrogarse al siguiente día hábil en el caso de que el último día del plazo fuese inhábil.
El horario de la oficina del Registro General del Cabildo Insular de Tenerife para el día 2 de enero de 2018 será de de 8:00 a 18:00 horas tal y como se señala en la cláusula 15.6 xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares.
Si el licitador optase por enviar la proposición mediante correo postal, tal y como se prevé en la cláusula 15.2 xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares, la fecha límite para enviarla será también el día 2 de enero de 2018 en el horario de las oficinas de Correos, debiéndose acreditar y justificar, con el resguardo correspondiente, la fecha de imposición del envío en la Oficina de Correos y anunciar, en el mismo día, al Cabildo Insular de Tenerife, la remisión de la proposición por fax, o telegrama (art. 80.4 RGLCAP).
En consecuencia con todo lo expuesto, la fecha límite para presentar las proposiciones es el 2 de enero de 2018.
2.- PREGUNTA:
“Lotes 1, 2, 3 y 4: “Equipamiento y requisitos técnicos obligatorios”: “…La iluminación deberá ser tipo LED”.: en relación a este punto; ¿se refiere a las luces obligatorias de circulación de vehículos por vía pública, luces de trabajo, o ambas?, y si cumplen la normativa de circulación para lo que están homologadas, ¿no serían validas las luces “tradicionales”? ¿Se solicitan este tipo xx xxxxx por alguna necesidad concreta?; ¿será un requisito excluyente?”
RESPUESTA:
El Pliego de prescripciones técnicas particulares que rige en la presente licitación recoge, como parte del “Equipamiento y requisitos técnicos obligatorios” para cada uno de sus cuatro lotes, lo siguiente:
“Señal luminosa V2 y distintivos retroreflectantes en el contorno a la Orden PRE/52/2010, de 21 de enero, por la que se modifican los anexos II, IX, XI, XII y XVIII del Reglamento General de Vehículos, aprobado por Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre. La iluminación deberá ser tipo LED.”
A la vista de la redacción del apartado, la condición de LED hace referencia sólo al sistema xx xxxxx de las señales V-2 (obligatorio para señalización del vehículo en caso de trabajo en vía pública). Se ha elegido por los técnicos responsables esta opción por ofrecer mejor condición de luminosidad frente a la iluminación tradicional.
Por otra parte, de acuerdo con la cláusula 26.1 xxx Xxxxxx de cláusulas administrativas particulares establece lo siguiente:
“26.1. El contrato se ejecutará a riesgo y xxxxxxx del contratista con estricta sujeción a las estipulaciones contenidas en el presente Pliego de cláusulas administrativas particulares y a las xxx Xxxxxx de prescripciones técnicas particulares y de acuerdo con las instrucciones que para su interpretación diere la Administración al contratista a través, en su caso, del director del contrato.”
“En consecuencia, el requisito de contar iluminación tipo LED para la señal luminosa V2 (señal obligatoria para señalización del vehículo en caso de trabajo en vía pública) es un requisito obligatorio para la ejecución de este contrato.
3.- PREGUNTA
“Lote 4: “Filtro de Partículas con regeneración pasiva para el control de emisiones. Sin Mantenimiento.”: ¿Sin Mantenimiento? Los sistemas de pos-tratamiento de los gases para
eliminar contaminantes que trabajan con Filtro de Partículas o DPF, llevan asociados un sistema de recirculación de gases, generalmente refrigerado. Estos sistemas de recirculación a no ser que sean internos del motor (válvulas de escape ), llevan un mantenimiento, ya que el paso de los gases son por el sistema EGR o CEGR, y terminan por obstruir de carbonilla la electroválvula que gestiona el paso de los gases y atascarla, por lo cual debe ser sustituida.”
RESPUESTA:
Efectivamente, entre las “Condiciones técnicas obligatorias” del Lote 4 figura la siguiente:
“Filtro de partículas con regeneración pasiva para el control de emisiones. Sin mantenimiento.”
En relación con este aspecto, cabe apuntar que, en este sistema hay dos posibilidades en la técnica actual: con aditivo o sin aditivo.
En este apartado, el Pliego de prescripciones técnicas, cuando señala “Sin mantenimiento” hace referencia a que no se tenga que hacer un mantenimiento consistente en la reposición de este aditivo (que hay que hacer normalmente cada 100.000Km.), esto es, que no se tenga que reponer el aditivo.
Por tanto, la expresión “Sin mantenimiento” no se refiere al posible cambio de las electroválvulas por obstrucción debido a partículas de hollín ( Moléculas de carbono libres C).
4.- PREGUNTA:
- Financiación: Está marcada la opción SI, esto quiere decir que junto con la oferta económica tenemos que añadir la financiación? o me pueden explicar que es lo que necesitan en referente a la misma
RESPUESTA:
Efectivamente, en el apartado nº 6 del Cuadro-Resumen de Características Generales está marcada la opción “Sí” en el subapartado relativo a la “Financiación”. No obstante, esta información hace referencia a los medios de financiación con los que cuenta el Cabildo Insular de Tenerife para poder afrontar el gasto que conlleva esta licitación.
Por tanto, no sé está exigiendo nada a los licitadores en relación con la financiación, debiéndose presentar la oferta económica en los términos exigidos en los términos previstos en la cláusula
16.4 xxx Xxxxxx de cláusulas administrativas particulares.
5.- PREGUNTA:
- Gastos de publicidad: Me podrían confirmar si los 4.000€ de gastos de publicidad es en conjunto para todo los lotes (1.000€ por cada lote) o cada uno de ellos conlleva un gasto de publicidad de 4.000€?
RESPUESTA:
De acuerdo con lo previsto en el apartado 7 del Cuadro-Resumen de Características Generales “El adjudicatario estará obligado a satisfacer los gastos de publicidad de licitación hasta el siguiente importe máximo: 4.000,00 €. Su distribución en lotes se efectuará conforme a lo previsto en la cláusula 23 del presente pliego.”
Por tanto, el apartado 7 del Cuadro-Resumen de Características Generales remite a la cláusula
23 xxx Xxxxxx de cláusulas administrativas particulares, cuyo apartado 1 (segundo párrafo) señala lo siguiente:
“Los citados gastos de publicación se descontarán en el primer y único pago efectuado a favor del contratista. El importe máximo de los gastos de publicidad de licitación para cada lote del presente contrato en los citados medios asciende a la cantidad prevista en el apartado 7 del Cuadro de Características Generales del presente pliego.”
En consecuencia, los gastos de publicidad máximos de cada lote asciende a la cantidad de 4.000,00€.
6.- PREGUNTA:
- En cuanto a la solvencia técnica o profesional en criterio de selección los certificados de buena ejecución hay que presentarlos firmados, tendrían que firmarlos la Administración pública si le hemos suministrado vehículos de similar naturaleza o la empresa a la que hayamos suministrados los mismo? o se puede certificar mediante una declaración nuestra?
RESPUESTA:
Por lo que se refiere a la forma de acreditación de la solvencia técnica o profesional por los licitadores, el apartado 10 del Cuadro-Resumen de Características Generales, establece lo siguiente:
Se requiere, al menos, aportar tres certificados de buena ejecución, firmados por órgano competente de la Administración Pública o entidad del sector público o empresa contratante que acrediten que el licitador ha realizado suministros de igual o similar naturaleza que los que
constituyen el objeto del contrato o del lote al que licite efectuados en los últimos cinco años contados a partir de la fecha de finalización del plazo establecido para la presentación de ofertas, y cuya suma alcance una cifra igual o superior al presupuesto de licitación (sin IGIC).
Asimismo, cuando el destinatario sea una entidad privada, se acreditará mediante certificación expedida por persona competente, o a falta de este certificado, mediante una declaración firmada por el empresario que ha recibido el suministro.
7.- PREGUNTA:
- Con respecto a las medidas de mejora, solo tendríamos que rellenar el ANEXO X ?
RESPUESTA:
De acuerdo con la cláusula 14 xxx Xxxxxx de cláusulas administrativas particulares, las mejoras constituyen uno de los criterios a tener en cuenta en la valoración de las ofertas (Criterio C.2 MEJORAS AL CONTRATO SIN COSTE ADICIONAL PARA LA ADMINISTRACIÓN).
Por lo que se refiere a la forma de indicar las mejoras, la cláusula 16.4.1. xxx Xxxxxx, donde se detalla el contenido del sobre nº 2, establece, respecto de las “Mejoras opcionales”, lo siguiente:
“(…)
“Mejoras opcionales”, rellenando a tal efecto el modelo del Anexo correspondiente del presente Xxxxxx, a saber:
o ANEXO X (conforme al LOTE O LOTES a los que licita)
(…)”
En el mismo sentido, la cláusula 16.4.2. xxx Xxxxxx señala lo siguiente:
“El contenido de la oferta económica así como el contenido de la oferta de mejoras opcionales, para cada Lote al que se licite, será redactado según los modelos correspondientes, conteniendo todos los elementos que los integran debidamente fechados y firmados por la empresa (en el caso de empresario individual) o por persona que le represente (en el caso que la empresa sea una persona jurídica). Si la proposición fuere presentada por una unión temporal de empresas deberán firmar los representantes de todas las empresas que participan en la unión temporal.”
Por tanto, los licitadores deberán rellenar únicamente el ANEXO X (conforme al LOTE o LOTES a los que licita) a los efectos de indicar qué mejoras están incluidas en su oferta.
Se hace constar que este documento se ha elaborado únicamente a partir de la información aportada por los interesados. Asimismo, se señala que estas consultas han sido resueltas por los Servicios Gestores, promotores de la licitación y que, por tanto, ni prejuzgan ni condicionan la decisión que, en la fase procedimental oportuna, pudiese adoptar la Mesa de Contratación constituida al efecto.
8.- PREGUNTA:
1º.- En la descripción del LOTE Nº 3, se define en el CUADRO RESUMEN de las cláusulas administrativas particulares como “Adquisición de una minipala: Este tipo de maquinaria se destina a trabajos de carga y movimiento de palets en parques de maquinaria móvil”.
En el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares: LOTE 3: Compuesto por una MINIPALA. Este tipo de maquinaria se destina a los servicios que se describen a continuación: Trabajos de carga de material granular, excavación de zanja, carga y movimiento de palets en parques de maquinaria móvil.
Sin embargo en este Pliego en la Condiciones Técnicas obligatorias no se menciona que tiene que estar provisto de un implemento brazo retroexcavador ni un implemento horquillas porta palets, que son anexos a una Minipala en su estado original.
¿Se debe ofertar con estos dos implementos como equipamiento obligatorio?
RESPUESTA:
No se requiere que la minipala esté provista de un implemento “brazo retroexcavadora” ni tampoco de un implemento “horquillas de carga de palets”.
9.- PREGUNTA:
2º.- LOTE Nº 4. En las características técnicas obligatorias se especifica Transmisión hidrostática con 4 velocidades con control electrónico programable de la velocidad de traslación y la tracción.
¿Es posible ofertar en su defecto una máquina con un sistema de Transmisión hidrodinámica con 4 velocidades?
RESPUESTA:
Efectivamente, entre las “Condiciones técnicas obligatorias” del Lote 4, recogidas en el Pliego de prescripciones técnicas particulares se recoge “Transmisión hidrostática con 4 velocidades, con control electrónico programable de la velocidad de traslación y la tracción”, sin que se señale en ningún momento la posibilidad de presentar alternativas.
En consecuencia, únicamente es posible ofertar maquinaria que reúna las condiciones técnicas recogidas en el Pliego de prescripciones técnicas que rigen en la presente licitación.