Contract
CUADRO DE CARACTERÍSTICAS XXX XXXXXX DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE DIRECCIÓN DE LA EJECUCIÓN Y COORDINACIÓN DE SEGURIDAD Y SALUD DE LA OBRA DEL EDIFICIO SEDE DEL PCTT EN EL ENCLAVE DE XXXXXX XXXXXXX (S.C. DE TENERIFE. PROCEDIMIENTO ABIERTO.
Nº DE EXPEDIENTE:
CONTRATO SUJETO A REGULACIÓN ARMONIZADA: SÍ NO
SE SUSTITUYE LA APORTACION INICIAL DE DOCUMENTACIÓN A INCLUIR EN EL SOBRE NÚMERO 1 POR UNA DECLARACIÓN RESPONSABLE: SI NO
(El momento decisivo para apreciar la concurrencia de los requisitos de capacidad y solvencia exigidos para contratar con la Administración será el de finalización del plazo de presentación de las proposiciones).
1. DEFINICIÓN DEL OBJETO, CODIFICACIÓN Y NECESIDADES A SATISFACER: (Cláusula 2) | ||
1.1.- OBJETO DEL CONTRATO: SERVICIO DE DIRECCIÓN DE EJECUCIÓN DE LA OBRA DE CONSTRUCCIÓN Y SEGURIDAD Y SALUD DEL EDIFICIO SEDE DEL PARQUE CIENTÍFICO TECNOLÓGICO XXXXXX XXXXXXX (T.M. SANTA XXXX DE TENERIFE). LOTES: SI número: ………… NO | COORDINACIÓN EN EL ENCLAVE | DE DE |
1.2.- CLASIFICACIÓN CPA: 71.1 Servicios técnicos de arquitectura e ingeniería y otros servicios relacionados con el asesoramiento técnico. | Código CPV: 71240000-2 Servicios de Arquitectura, Ingeniería y Planificación para edificios | |
1.3.- NECESIDADES ADMINISTRATIVAS A SATISFACER: Esta propuesta tiene por objeto la contratación de la Dirección de Ejecución de las obras para la construcción del Edificio Sede del PCTT en la Urbanización del Parque Científico Tecnológico de Tenerife (enclave de Xxxxxx Xxxxxxx), así como las labores de coordinación de seguridad y salud de la obra. El PCTT no cuenta con personal propio para ejercer estas funciones, por lo que es necesario contratar personal externo. | ||
1.4.- ACTUACIÓN FINANCIADA CON FONDOS EUROPEOS: | SI | NO |
2. ORGANO DE CONTRATACIÓN: (Cláusula 6) |
Consejo de Administración de la Sociedad Parque Científico Tecnológico de Tenerife, S.A. |
3. MESA DE CONTRATACIÓN: |
- Presidente: Consejero Delegado del PCTT - Vocales: Consejero del PCTT, Gerente del PCTT, Asesor Técnico del PCTT - Secretario: TAG del Area de Economía, Competitividad e Innovación del ECIT Los miembros de la Mesa de Contratación podrán delegar sus facultades en cualquier otro miembro de titulación o cargo similar de las Instituciones que representan. |
4. RESPONSABLE DEL CONTRATO: (Cláusula 28) |
Asesor técnico del PCTT, S.A. |
5. PERFIL DEL CONTRATANTE: (Cláusula 7) |
Artículo 53.1 del TRLCSP. Es accesible desde la siguiente dirección de Internet: |
6. PRESUPUESTO, ANUALIDADES Y APLICACIONES PRESUPUESTARIAS: (Cláusula 3) |
6.1.- PRESUPUESTO PRESUPUESTO (IGIC Excluido) 143.648,43 € IMPORTE DEL IGIC 10.055,39 € PRESUPUESTO (IGIC incluido) 153.703,82 € |
En letra (impuestos indirectos EXCLUIDOS): CIENTO CUARENTA Y TRES MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y OCHO EUROS CON CUARENTA Y TRES CÉNTIMOS. TOTAL (Impuestos indirectos INCLUIDOS): CIENTO CINCUENTA Y TRES MIL SETECIENTOS TRES EUROS CON OCHENTA Y DOS EUROS. |
6.2.- ANUALIDADES - Anualidad 1: Año 2015: 48.788,16 € - Anualidad 2: Año 2016: 95.915,66 € - Anualidad 3: Año 2017: 9.000,00 € |
6.3.- APLICACIONES PRESUPUESTARIAS: |
6.4.- TRAMITACIÓN ANTICIPADA DEL EXPEDIENTE DE GASTO (Cláusula 3) SÍ NO |
7. FORMULACIÓN DEL PRECIO: (Cláusula 3) |
A tanto alzado |
8. VALOR ESTIMADO: (Cláusula 4) |
8.1.- VALOR ESTIMADO (Impuestos indirectos excluidos; artº 88 del TRLCSP): En cifra: 143.648,43 € En letra: CIENTO CUARENTA Y TRES MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y OCHO EUROS CON CUARENTA Y TRES CÉNTIMOS. |
9. IMPORTE DE LAS GARANTÍAS: (Cláusulas 15,19,21,50) |
9.1.- PROVISIONAL (Artº 103.2 TRLCSP) No se exige 9.2.- DEFINITIVA (Artº 95.1 TRLCSP) Sí se exige El 5% del importe de adjudicación, impuestos indirectos excluidos El 5% del presupuesto base de licitación (Artº 95.3 TRLCSP), impuestos indirectos excluidos. Posibilidad de acreditar la garantía definitiva por medios electrónicos: SI NO X |
9.3.- COMPLEMENTARIA (Artº 95.2 TRLCSP) a) No se establece esta garantía Se constituirán a disposición de: PARQUE CIENTÍFICO TECNOLÓGICO DE TENERIFE, S.A. |
9.4.- CONSTITUCIÓN MEDIANTE RETENCIÓN EN EL PRECIO (Artº 96.2 TRLCSP) NO |
10. IMPORTE MÁXIMO DE LOS GASTOS DE PUBLICIDAD A ABONAR POR EL ADJUDICATARIO: (Cláusula 41) |
El adjudicatario estará obligado a satisfacer los gastos de publicidad de licitación hasta el siguiente importe máximo (Artº 67.2.g) RGLCAP: 1.000€ |
11. SINGULARIDADES EN LA CELEBRACIÓN DEL PROCEDIMIENTO: (Cláusulas 14,16,19) |
11.1. Existencia de fases sucesivas: SI Número de fases …………… NO |
11.2. Existencia de umbrales mínimos en la puntuación de fases: a) NO se establece umbral mínimo |
11.3. Ofertas referentes a: TOTALIDAD DEL CONTRATO |
12. TRAMITACIÓN DEL EXPEDIENTE A EFECTOS DE ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO: (Cláusula 9) |
Ordinaria Urgente (artº 112.b) TRLCSP |
13. MODO DE PRESENTACIÓN DE LAS PROPOSICIONES: (Cláusula 12) |
En soporte papel |
14. SOLVENCIA: (Cláusula 8, 14, 19, 30) |
Los licitadores deberán acreditar la solvencia económica y financiera, técnica o profesional aportando los documentos exigidos en los artº 75 y 78 del TRLCSP, que se especifican en los siguientes subapartados: Condiciones de solvencia (artº 64 del TRLCSP): Para acreditar la solvencia necesaria para celebrar un contrato determinado, el empresario podrá basarse en la solvencia y medios de otras entidades, independientemente de la naturaleza jurídica que tenga con ellas, siempre que demuestre que, para la ejecución del contrato, dispone efectivamente de esos medios (artº 63 del TRLCSP). CONCRECIÓN DE LAS CONDICIONES DE SOLVENCIA 14.1.- COMPROMISO DE ADSCRIPCIÓN DE MEDIOS El licitador deberá comprometerse a adscribir a la ejecución del contrato los medios materiales siguientes y los medios personales cuyos perfiles profesionales se señalan a continuación (Artº 64.2 del TRLCSP): - Un Arquitecto o Arquitecto técnico con un mínimo de experiencia de CINCO (5) años en la dirección de ejecución de al menos DOS (2) obras similares a la del objeto del contrato. - Un Ingeniero Industrial o Ingeniero Técnico Industrial con un mínimo de experiencia profesional de CINCO (5) años en la dirección de ejecución de al menos DOS (2) instalaciones técnicas de obras similares. - Un Arquitecto, Ingeniero, Arquitecto Técnico o Ingeniero Técnico, con certificado de curso superior de seguridad y salud en obras de construcción con 3 años de experiencia para la coordinación de seguridad y salud. |
A estos efectos se entenderá como obra similar aquella cuyo uso sea ADMINISTRATIVO, SANITARIO, DOCENTE, CULTURAL o COMERCIAL, cuyo importe de ejecución material sea igual o superior a 5.000.000 €, y haya sido ejecutada en los últimos OCHO (8) años. Estas funciones, según la legislación actual, podrán ser ejecutadas por dos o tres personas diferentes. Las titulaciones académicas y profesionales del personal responsable de la ejecución del contrato se acreditarán aportando la fotocopia compulsada de los títulos o certificado del Colegio Profesional correspondiente y experiencia exigida se acreditará aportando los certificados de buena ejecución. Este compromiso tendrá el carácter de obligación esencial a los efectos previstos en el artº 223.f) del TRLCSP. |
14.2.- EXIGENCIA DE CLASIFICACIÓN (Clasificación exigida (artº 65 TRLCSP y 37 RGLCAP) NO se exige, sin perjuicio de lo indicado en el artº 65.1.b) del TRLCSP. |
14.3.- NO EXIGENCIA DE CLASIFICACIÓN El licitador deberá acreditar la solvencia económica y financiera y técnica (artº 75 y 78 del TRLCSP), mediante los medios siguientes: 14.3.1- SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA (Artº 75 del TRLCSP) Se acreditará por los siguientes medios: TODOS LOS SEÑALADOS A CONTINUACIÓN Declaración del volumen anual de negocios, referido a los TRES (3) últimos ejercicios disponibles, en función de la fecha de creación o de inicio de las actividades del empresario (artº 75.1.c) que deberá ser como mínimo, en su globalidad, igual o superior al 100% del presupuesto de licitación. Seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionales por importe igual o superior al valor estimado del contrato. Las cuentas anuales presentadas en el Registro Mercantil o en el Registro oficial que corresponda. Los empresarios no obligados a presentar las cuentas en Registros oficiales podrán aportar, como medio alternativo de acreditación, los libros de contabilidad debidamente legalizados. Otros a indicar: 14.3.2.- SOLVENCIA TÉCNICA (Artº 78 TRLCSP) Se acreditará por los siguientes medios: TODOS LOS SEÑALADOS A CONTINUACIÓN Una relación de los principales servicios o trabajos realizados en el ámbito de las actividades objeto del contrato, ejecutados o en ejecución en los CINCO (5) últimos años que incluya importe, fecha, destinatario, público o privado. El número de servicios o trabajos deberá |
ser mayor o igual a TRES (3) en el citado periodo y su volumen de facturación en el mismo periodo deberá alcanzar el importe del 100% del presupuesto de licitación. Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados de buena ejecución. Declaración indicando los perfiles del personal técnico o las unidades técnicas, estén o no integradas en la empresa, de los que ésta disponga para la prestación del servicio, especialmente los responsables del control de calidad, acompañada de los documentos acreditativos correspondientes que habrá que incluir. Las titulaciones académicas y profesionales del empresario y del personal directivo de la empresa y, en particular, del personal responsable de la ejecución del contrato, aportando fotocopia compulsada de los títulos o certificado del Colegio Profesional correspondiente (artº 78.e) que habrá de incluir: a) Disposición de un arquitecto, arquitecto técnico o equivalente, que se acreditará mediante la aportación del título académico correspondiente, experiencia mínima de CINCO AÑOS, número de colegiado y presentación del currículo vitae. b) Disposición de un ingeniero o ingeniero técnico industrial o equivalente, que se acreditará mediante la aportación del título académico correspondiente, experiencia mínima de CINCO AÑOS, número de colegiado y presentación de currículo vitae. Declaración indicando la maquinaria, material y equipo técnico del que se dispondrá para la ejecución de los trabajos o prestaciones, a la que se adjuntará la documentación acreditativa pertinente: a) …………… b) …………… c) …………… Otros a indicar: Certificados de buena ejecución de las condiciones establecidas para los medios humanos adscritos a este contrato en el punto 14.1. 14.4.- JUSTIFICACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DE LAS NORMAS DE GESTIÓN MEDIOAMBIENTAL (artº 81 TRLCSP) No se requiere. 14.5.- ACREDITACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DE LAS NORMAS DE GARANTÍA DE CALIDAD (artº 80 TRLCSP). No se requiere. 14.6.- ACREDITACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DE LA BASE ADICIONAL 7ª DE EJECUCIÓN DEL PRESUPUESTO DEL ECIT (Cláusula 10.3 y 14.2.A). En su caso, será potestativo del licitador presentar declaración responsable en el que se manifieste el compromiso de la empresa. 14.7.- HABILITACIÓN EMPRESARIAL EXIGIBLE PARA REALIZAR LA PRESTACIÓN (artº 54.2 del TRLCSP) Ninguna en especial |
15. OFERTAS VARIANTES: (Cláusulas 11,14,16) |
a) No se admiten variantes. |
16. CRITERIOS DE VALORACIÓN DE OFERTAS: (Cláusulas 10,17,18,22) |
Solo criterio precio Varios criterios 16.1.- CRITERIOS NO EVALUABLES DE FORMA AUTOMÁTICA MEDIANTE FÓRMULAS (OFERTA TÉCNICA) 16.1.1.- DOCUMENTACIÓN A INCLUIR EN EL SOBRE Nº 2 La Ponderación de estos criterios serán del CINCUENTA POR CIEN (50%) de la puntuación máxima total de la oferta (PT). Experiencia y dedicación profesional (PEDP). VEINTE POR CIEN (20%) de la puntuación máxima total de la oferta (PT). Infraestructura empresarial (PIE). QUINCE POR CIEN (15%) de la puntuación máxima total de la oferta (PT). Estudio pormenorizado de la obra a ejecutar (PEPO). QUINCE POR CIEN (15%) de la puntuación máxima total de la oferta (PT). Para evaluar estos criterios será preceptiva la presentación de una Memoria con un número xxxxxx xx XXXX (10) páginas DIN A4 impresas por una sola cara (o de 5 hojas impresas a doble cara), con el contenido indicado a continuación: 16.1.1.1.- EXPERIENCIA Y DEDICACIÓN PROFESIONAL Se valorará subjetivamente y hasta un máximo de CIEN (100) puntos la adecuación del equipo humano adscrito a las obras que hay que ejecutar, así como su dedicación a la obra en términos porcentuales de la jornada laboral. Se aportará un organigrama funcional y se indicarán brevemente las funciones y responsabilidades del personal adscrito. 16.1.1.2.- INFRAESTRUCTURA EMPRESARIAL Se valorará subjetivamente y hasta un máximo de CIEN (100) puntos, y en lo que concierne a su interacción con la dirección de la ejecución de las obras objeto de este contrato, la actual infraestructura empresarial y trabajos en realización o que se prevé realizar en el ámbito municipal, provincial y autonómico, especificando su compatibilidad con la dedicación y disponibilidad de los medios materiales y humanos propuestos para los servicios objeto del presente contrato. Estos trabajos deberán incluir el tipo de obra, ubicación, importe, fechas de realización, cliente y administación afectada por las mismas. 16.1.1.3.- ESTUDIO PORMENORIZADO DE LA OBRA Se valorará subjetivamente y hasta un máximo de CIEN (100) puntos, el estudio pormenorizado del proyecto de ejecución y posterior análisis de posibles problemas que se pueden presentar durante las obras, señalando las soluciones que podrían plantearse para evitar o minimizar las afecciones a la ejecución de las obras, y en especial, |
a las obra de urbanización del enclave de Xxxxxx Xxxxxxx. La documentación a presentada en relación a los medios humanos deberá ser coherente con la incluida en el Sobre nº1, en el apartado de solvencia técnica. 16.2.- CRITERIOS EVALUABLES DE FORMA AUTOMÁTICA MEDIANTE FÓRMULAS Se valoran en este apartado los siguientes criterios 16.2.1.- VALORACIÓN DE LOS CRITERIOS EVALUABLES MEDIANTE FÓRMULAS: La Ponderación de estos criterios serán del CINCUENTA POR CIEN (50%) de la puntuación máxima total de la oferta (PT). Oferta económica (XXX). CINCUENTA POR CIEN (60%) de la puntuación máxima total de la oferta (PT). Criterios distintos del precio evaluables de forma automática mediante aplicación de fórmulas (POCA) ( …. %) de la puntuación máxima total de la oferta. Para la puntuación del criterio precio, a la oferta más baja se le dará la máxima asignada al criterio precio (Pmax). 16.2.1.1.- CRITERIO PRECIO Se valorará hasta un máximo de CIEN (100) puntos de acuerdo con el siguiente procedimiento: La puntuación máxima se le dará a la oferta con precio más bajo. Para el cálculo de la puntuación a otorgar a cada una de las restantes ofertas se aplicará la fórmula siguiente: (O − O ) XXX = P − x mb × P ; siendo: x max P − O max bl mb Pmax = Puntuación máxima Pbl = presupuesto base de licitación (impuestos indirectos excluidos) Omb = importe de la oferta con precio más bajo (impuestos indirectos excluidos) Ox = Importe de la oferta (x) que se valora (impuestos indirectos excluidos) POEx = Puntuación de la oferta (x) que se valora Todos los importes se consideran EXCLUIDO el impuesto indirecto. Oferta económica (Ox): Se utilizará el precio contenido en la correspondiente proposición económica Para la consideración de una oferta con valores anormales o desproporcionados, se aplicarán los criterios incluidos en los apartados 1,2,3 ó 4 del artº 85 del RGLCAP. 16.2.1.2.- OTROS CRITERIOS No se consideran otros criterios |
17. COMITÉ DE EXPERTOS: (Cláusulas 10.1) |
NO procede su constitución. |
18. COMPENSACIÓN POR RENUNCIA A LA CELEBRACIÓN DEL CONTRATO Y DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN POR LA ADMINISTRACIÓN: (Cláusulas 20) |
Importe máximo de indemnización: una cuantía máxima del 1% del presupuesto base de licitación (IGIC excluido), previa solicitud del licitador y justificación documental. |
19. ASEGURAMIENTO DE LA RESPONSABILIDAD CIVIL: (Cláusulas 23) |
NO se exige SI se exige con los requisitos siguientes: Seguro de Responsabilidad Civil por importe: igual o superior al valor estimado del contrato Póliza de seguro de accidentes con una cobertura mínima de EUROS ( €) por víctima. La cobertura, duración y condiciones son las siguientes: ……………………………………………………………………………………………………………………….. ……………………………………………………………………………………………………………………….. ……………………………………………………………………………………………………………………….. ……………………………………………………………………………………………………………………….. ……………………………………………………………………………………………………………………….. |
20. PLAZO DE EJECUCIÓN Y LUGAR DE ENTREGA DE LOS TRABAJOS O DE PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS: (Cláusulas 31,46) |
20.1.- EXIGENCIA DE PLAZOS PARCIALES: NO SI 20.2.- PLAZO MÁXIMO DE EJECUCIÓN: Se prevé un plazo de ejecución de 24 meses que comprende la ejecución, recepción y medición final de la obra. En todo caso, el servicio tendrá la misma duración que la obra a la que va vinculado. Se admite reducción del plazo de ejecución: NO SI, hasta un plazo mínimo de ejecución de meses |
20.3.- LUGAR DE PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS: En dependencias de la Administración: Justificación: …………………………………………………………………………………. En dependencias de la empresa adjudicataria Otros, indicar: Parcela del Parque Científico Tecnológico de Tenerife, en el enclave de “Xxxxxx Xxxxxxx”, en el municipio de Santa Xxxx de Tenerife (Santa Xxxxx del Mar). 20.4.- LUGAR DE ENTREGA DE LOS TRABAJOS: Oficinas del Parque Científico Tecnológico de Tenerife, S.A., en Xxxxxxx xx Xx Xxxxxxxxxxxx, 00. Recinto Ferial de Tenerife, 38005 Santa Xxxx de Tenerife |
21. PROGRAMA DE TRABAJO: (Cláusulas 27) |
NO se exige |
22. VALORACIÓN Y PAGO: (Cláusulas 39) |
22.1.- PERIODICIDAD Y ALCANCE DE LAS CERTIFICACIONES: Certificaciones mensuales 22.2.- ABONOS A CUENTA (artº 216.3 del TRLCSP) NO se establecen. 22.3.- DATOS QUE DEBEN CONSTAR EN LAS FACTURAS Unidad destinataria de las facturas: Parque Científico Tecnológico de Tenerife, S.A. Xxxx. Xx Xxxxxxxxxxxx, 00; Recinto Ferial de Tenerife; 00000 Xxxxx Xxxx xx Xxxxxxxx 22.4.- ORGANO ADMINISTRATIVO COMPETENTE EN MATERIA DE CONTABILIDAD GERENCIA DEL PCTT, S.A. 22.5.- REGISTRO EN EL QUE SE PRESENTARÁN LAS FACTURAS: Servicio de Administración del PARQUE CIENTÍFICO TECNOLÓGICO DE TENERIFE, S.A. |
23. REVISIÓN DE PRECIOS: (Artº 89 TRLCSP) (Cláusula 5,40) |
Se excluye la revisión de precios. Justificación: De acuerdo con la naturaleza de los trabajos objeto del presente contrato, incluidos en el pliego de prescripciones técnicas, consistente básicamente en mano de obra, procede declarar, de acuerdo con lo indicado en los artículos 89 y 91 del RDL 3/2011, de 14 de noviembre, TRLCSP, la no aplicación de la revisión de precio. |
24. EVENTUAL PRÓRROGA DEL CONTRATO: (Cláusulas 32,40) |
NO PREVISTA |
25. CONDICIONES DE EJECUCIÓN: (Cláusulas 14,33,38,42,43,44,53,54 y 55) |
25.1.- OBLIGACIONES CONTRACTUALES ESENCIALES Son obligaciones esenciales de ejecución las siguientes 1.- Adscripción de los medios específicos que se señalan en el Apartado 14.1 (Artº 64 del TRLCSP) Se exige: NO SI 2.- Puntual observancia de las características de la prestación que se hayan tenido en cuenta para definir los criterios de adjudicación (Artº 150.6 del TRLCSP) Se exige: NO SI 3.- Cumplimiento de la obligación de suministrar información sobre pagos a subcontratistas o suministradores (Artº 228.Bis del TRLCSP). Se exige: X NO SI 4.- Otras: En su caso, el compromiso adquirido en cumplimiento de la Base Adicional 7ª de Ejecución del Presupuesto del ECIT. 25.2.- CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCIÓN Son condiciones especiales de ejecución las siguientes, de acuerdo con lo establecido en el artº 118 del TRLCSP. 1.- Condiciones de carácter social Se exigen: NO SI 2.- Condiciones de carácter medioambiental Se exigen: X NO SI 3.- Deber de confidencialidad sobre los datos o antecedentes que, no siendo públicos o notorios, estén relacionados con el objeto del contrato, o que el contratista conozca con ocasión de su ejecución (Artº 140.2 del TRLCSP). Se exige: NO SI 4.- El cumplimiento de las exigencias mínimas de subcontratación siguientes (Artº 227.7 del TRLCSP): No se prevé la subcontratación del servicio |
5.- Otras: (señalar): ………………………………………………………………………………………………………….. |
26. SUBCONTRATACIÓN: (Artº 227 del TRLCSP) (Cláusula 38) |
a) NO se admite |
27. MODIFICACIÓN DEL CONTRATO en los términos de los art. 105 y 106 del TRLCSP (Cláusula 4,35) |
NO PREVISTA PREVISTA |
28. PENALIDADES POR INCUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES CONTRACTUALES (Cláusula 33) |
28.1.- POR DEMORA Penalidades por demora: a) Las penalidades diarias, sus cuantías y las condiciones de su imposición son las establecidas en el artº 212 del TRLCSP. b) El Órgano de Contratación, dadas las características de la licitación que se propone, y en base a la justificación recogida en el expediente, establece para este contrato, de acuerdo con el artº 212 del TRLCSP la imposición de las penalidades diarias en la proporción de 0,20 € por cada 1.000 euros del precio del contrato. 28.2.- POR INCUMPLIMIENTO DE LAS CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCIÓN No se establece 28.3.- POR CUMPLIMIENTO DEFECTUOSO NO SÍ De acuerdo con el artº 212 del TRLCSO la imposición de penalidades en cuantía del 10% del presupuesto de licitación del contrato (con un máximo de hasta un 10 por ciento del presupuesto del contrato). |
29. CAUSAS DE RESOLUCIÓN DEL CONTRATO (Artº 85, 223 y 308 del TRLCSP) (Cláusula 51) |
29.1.- Las recogidas en el artº 308 del TRLCSP a) No se establecen plazos distintos de los establecidos en el artº 308 del TRLCSP. b) El plazo aludido en el apartado a) del artº 308 referente a la suspensión por causa imputable a la |
Administración se fija para este Pliego en meses . c) El plazo aludido en el apartado b) del artº 308 referente al desistimiento o suspensión del contrato acordado por la Administración se fija para este Pliego en meses (siempre inferior a doce). La opción de aplicación al presente Xxxxxx será la señalada con X en el correspondiente recuadro y en defecto de lo anterior, será la a). 29.2.- El incumplimiento de las obligaciones contractuales esenciales que se señalan en el Apartado 25 de este Cuadro de Características. 29.3.- Otras La pérdida sobrevenida de los requisitos para contratar con la Sociedad. La obstrucción a las facultades de dirección e inspección de la Sociedad. El incumplimiento de la obligación del contratista de guardar sigilo respecto de los datos o antecedentes que, no siendo públicos o notorios, estén relacionados con el objeto del contrato y de los que tenga conocimiento con ocasión de la ejecución del mismo. La demora por causas imputables al contratista |
30. RECEPCIÓN (Cláusula 47) |
PLAZO: a) El plazo es el establecido en el artº 222.2 del TRLCSP. PREVISIÓN DE RECEPCIONES PARCIALES: a) No procede FORMA DE RECEPCIÓN ACTO FORMAL Y POSITIVO DE RECEPCIÓN O CONFORMIDAD DE LOS TRABAJOS |
31. PLAZO DE GARANTÍA (Cláusula 48) |
NO se establece |
32. DOCUMENTOS QUE REVISTEN CARÁCTER CONTRACTUAL |
Sin perjuicio de las obligaciones adicionales asumidas por el adjudicatario al formular su proposición, revestirán carácter contractual los siguientes documentos: - El pliego de cláusulas administrativas particulares - El pliego de prescripciones técnicas - Cuantos otros documentos técnicos integren el expediente aprobado por la Sociedad. - En su caso, el programa de trabajo aceptado por la Sociedad - El documento de formalización |
33. OBTENCIÓN DE DOCUMENTACIÓN E INFORMACIÓN |
La obtención de documentación e información se realizará en las siguientes direcciones de Internet, correo |
electrónico, fax, y teléfono: Correo electrónico: xxxxxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxx.xxx Fax:000 000 000 Teléfono: 000 000 000 |
34. LUGAR DE PRESENTACIÓN DE OFERTAS Y SUBSANACIONES REQUERIDAS (Cláusula 13) |
Se presentarán en las dependencias u oficinas expresadas en el anuncio de la licitación que se publique en el perfil del contratante del PCTT, SA. GERENCIA DEL PARQUE CIENTÍFICO TECNOLÓGICO DE TENERIFE, S.A. XXXX. XX XXXXXXXXXXXX, 00. RECINTO FERIAL DE TENERIFE 38005 SANTA XXXX DE TENERIFE El órgano de contratación determinará en el requerimiento de subsanación el lugar donde debe ser presentada la documentación. |