Unidad de Contratación y Compras Exp. 17/2008
Unidad de Contratación y Compras Exp. 17/2008
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS (PARTICULARES), QUE REGIRÁN LA CONTRATACIÓN CONJUNTA DE ELABORACIÓN DE PROYECTO Y EJECUCIÓN DE LAS OBRAS DE REFORMA DEL CENTRO DE CULTURA XXXXXXXX XXXXXX XXXXX, MEDIANTE PROCEDIMIENTO NEGOCIADO SIN PUBLICIDAD
1º.- OBJETO DEL CONTRATO.-
El objeto del contrato es la elaboración del proyecto de ejecución y ejecución de obra para la reforma de cubierta, taquillas y Xxxxx ; y la ejecución de obra de adecuación de las instalaciones eléctricas (Proyecto redactado por el Ingeniero, D. Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxx) del Teatro e instalaciones del Centro de Cultura Xxxxxxxx Xxxxxx en San Xxxxxxxx xx Xxxxxxx (Madrid), conforme al Pliego de Prescripciones Técnicas unido al expediente.
De conformidad con el artículo 108.1 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, la contratación tiene carácter excepcional y se justifica en base al art. 108.2 de la mencionada Ley, por conveniencia al interés público.
El contrato definido tiene la calificación de contrato administrativo de obras conforme a lo establecido en el art. 6 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre de Contratos del Sector Público (en adelante LCSP)., siendo la categoría, número de referencia CP y número referencia de la CPV los siguientes:
REDACCIÓN PROYECTO:
Categoría: 12
Número referencia CCP: 867
Número referencia CPV: De 74200000-1 a 74276400-8 y de 74310000-5 a 74323199-0 y 74874000-6
EJECUCIÓN OBRAS:
Código CPV: 45000000, 45310000, 45430000, 45440000
2.- PROCEDIMIENTO Y FORMA DE CONTRATACIÓN:
El procedimiento contemplado para esta contratación es “NEGOCIADO SIN PUBLICIDAD” , de conformidad con lo establecido en el art. 154.c de la LCSP., al haberse declarado “DESIERTO” el procedimiento abierto, convocado mediante anuncio en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid nº 170 de fecha 00 xx xxxxx xx 0000, x xxxxxxx xx xxxxxxxx.
3º.- PLAZO DE EJECUCIÓN.-
El plazo máximo para la redacción del Proyecto de ejecución será de QUINCE (15) DÍAS, contado a partir del día siguiente a la notificación de la adjudicación definitiva.
Presentado el proyecto el Ayuntamiento procederá a su supervisión aprobación y replanteo.
Si se observaren defectos o referencias de precios inadecuados en el proyecto recibido se requerirá su subsanación .
El plazo para la ejecución de la obra se establece en CUARENTA Y CINCO (45) DÍAS, contados a partir del día siguiente a la firma del Acta de Comprobación del Replanteo.
La ejecución del contrato podrá iniciarse sin la previa formalización, siempre y cuando se haya depositado la garantía definitiva, según lo dispuesto en el art. 96.2.c) de la LCSP.
El contratista se entenderá incurso en xxxx por el transcurso del plazo citado, no siendo precisa comunicación a este respecto a no ser que, por alguna de las causas de fuerza mayor reconocidas por la vigente Legislación, el órgano municipal competente, acuerde prorrogar el plazo señalado, en cuyo caso, la xxxx empezaría a computarse tras el transcurso de la prórroga.
4º.- TIPO DE LA LICITACIÓN.-
El presupuesto del contrato que servirá de base de licitación asciende a la cantidad máxima de CUATROCIENTOS NOVENTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y NUEVE CON SESENTA Y CINCO (495.689,65) más
el importe correspondiente al Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), según el siguiente desglose:
• Redacción de proyecto de ejecución para la reforma de cubierta, taquillas y aseos: CINCO MIL SEISCIENTOS TRES CON CUARENTA Y CUATRO (5.603,44) EUROS, más el importe sobre el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA).
• Ejecución de las obras: CUATROCIENTOS SETENTA Y SIETE MIL CIENTO CINCUENTA Y CINCO CON DIECIOCHO (477.155,18) EUROS, más el importe sobre el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA).
• Dirección facultativa: NUEVE MIL NOVECIENTOS TRECE CON SETENTA Y NUEVE (9.913,79) EUROS, mas el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA).
• Trabajos de Coordinación, Seguridad y Salud: TRES MIL DIECISIETE CON VEINTICUATRO (3.017,24) EUROS, más el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA).
El importe correspondiente al Impuesto Sobre el Valor Añadido, o el tributo que le sustituya deberá expresarse de forma separada en las ofertas que presenten los interesados.
5.- CRÉDITO PRESUPUESTARIO.
La financiación del contrato se realizará con cargo a los Presupuestos Municipales del ejercicio 2008, partidas presupuestarias: 0806 451A 63301 (111.000,00€) y 0806 451A 63203 (464.000,00€ ).
6º.- FORMA DE PAGO.-
El pago se efectuará en varias fases:
a) Proyecto de ejecución: Se abonará una vez sea supervisado y aprobado por el Ayuntamiento.
b) Ejecución de las Obras y trabajos de Coordinación de Seguridad y Salud: Mediante certificaciones de obras expedidas por la Dirección facultativa, en la que se contemplaran tanto la obra ejecutada como la parte proporcional correspondiente a la dirección facultativa y trabajos de coordinación de la Seguridad y la Salud, una vez aprobada por el Órgano competente del Ayuntamiento y previos los trámites contables establecidos en las disposiciones vigentes.
7º.- RECEPCIÓN DE LAS OBRAS LIQUIDACIÓN Y PLAZO DE GARANTÍA.-
En el plazo de un mes contado desde la finalización de las obras se procederá a su recepción, conforme al art. 205.2 de la LCSP, a cuyos efectos concurrirá el facultativo que designe el Ayuntamiento en representación de éste, el facultativo encargado de la dirección de las obras y el contratista,
asistido, si lo estima oportuno, de su facultativo. La recepción se instrumentará en un Acta levantada al efecto. Dentro del plazo de tres meses contados a partir de la recepción, el órgano de contratación deberá aprobar la certificación final de las obras que será abonada al contratista a cuenta de la liquidación del contrato, según lo previsto en el art. 218.1 de la LCSP.
Cuando las obras no se hallen en condiciones de ser recibidas se hará constar así en el acta y el Director de las mismas señalará los defectos observados y detallará las instrucciones precisas, fijando un plazo para remediar aquellos. Si transcurrido dicho plazo el contratista no lo hubiere efectuado, podrá concedérsele otro nuevo plazo improrrogable o se declarará resuelto el contrato por el órgano de contratación.
Podrán ser objeto de recepción parcial aquellas partes de obra susceptibles de ser ejecutadas por fases que puedan ser entregadas al uso público.
Conforme a lo establecido en el art. 218.3 de la LCSP, desde la recepción positiva de las obras habrá de mediar un plazo de UN AÑO que se fija como garantía, a los efectos previstos en los art. 90 de la citada Ley.
Dentro del plazo de quince días anteriores al cumplimiento del plazo de garantía, el director facultativo de la obra, de oficio o a instancia del contratista, redactará un informe sobre el estado de las obras. Si éste fuera favorable, el contratista quedará relevado de toda su responsabilidad, según dispuesto en el artículo 218.3 de la LCSP, procediéndose a la devolución o cancelación de la garantía y a la liquidación del contrato, en su caso, de las obligaciones pendientes, que deberá efectuarse en el plazo de 60 días. En el caso de que el informe no fuera favorable y los defectos observados se debiesen a deficiencias en la ejecución de la obra y no al uso de lo construido, durante el plazo de garantía el director facultativo procederá a dictar las
oportunas instrucciones al contratista para la debida reparación de lo construido, concediéndole un plazo para ello durante el cual continuará encargado de la conservación de las obras, sin derecho a percibir cantidad alguna por ampliación del plazo de garantía.
Siempre que por razones excepcionales de interés público debidamente motivadas en el expediente, el órgano de contratación acuerde la ocupación efectiva de las obras o su puesta en servicio para el uso público, aún sin el cumplimiento del acto formal de recepción, desde que concurran dichas circunstancias se producirán los efectos y consecuencia propios del acto de recepción de las obras y en los términos en que reglamentariamente se establezcan, según lo dispuesto en el art. 218.6 de la LCSP.
8º.- CONSTITUCIÓN DE GARANTÍAS.-
Las garantías se depositarán en la CAJA MUNICIPAL de este Ayuntamiento y se podrán constituir en metálico o en cualquier otro medio de los admitidos por el artículo 84.1, apartados a), b) y c) de la LCSP. En el caso de que se optara por el Aval prestado, en la forma y condiciones reglamentarias, por alguno de los Bancos, Cajas de Ahorros, Cooperativas de Crédito, Sociedades de Garantía Recíproca autorizados para operar en España, o por Contrato de Seguro de Caución, se realizará según los modelos que, como anexo II, se acompañan a este Pliego.
a) Provisional.- No se requiere.
b) Definitiva.- El adjudicatario del contrato, a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones contraídas, vendrá obligado a constituir una garantía definitiva, por importe del 5% del importe de
adjudicación del contrato, excluido el IVA conforme al artículo 83.1 de la LCSP.
El plazo para la constitución de la citada garantía será xx xxxx días hábiles, contados desde el siguiente a aquel en que fuese notificada, al adjudicatario, la adjudicación provisional. La adjudicación provisional no podrá ser elevada a definitiva sin el cumplimiento de este requisito, conforme a lo que se establece en el art. 135.4 de la LCSP. el adjudicatario a tal efecto y será devuelta según lo previsto en la cláusula 7ª de este Pliego,
9º.- CAPACIDAD PARA CONCURRIR.-
Podrán concurrir a esta licitación las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras que se hallen en plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar, y no estén comprendidas en ninguna de las circunstancias de prohibición de contratar señaladas en el art. 49 de la LCSP , en la fecha de conclusión del plazo de presentación de proposiciones, cuya actividad tenga relación directa con el objeto de este contrato, y para las empresas españolas, que se encuentren debidamente Clasificadas por la Junta Consultiva de Contratación Administrativa del Estado o Comunidad Autónoma, en los siguientes Grupos, Subgrupos y Categorías:
GRUPO | SUBGRUPO | CATEGORÍA |
C | 4,6 y 7 | e) |
I | 1 | e) |
J | 4 | e) |
A estos mismos efectos, los empresarios no españoles de Estados miembros de la Comunidad Europea, podrán justificar su solvencia económica y financiera, técnica y profesional por medio de certificados de clasificación o documentos similares que hayan sido expedido por Estados miembros de la
Comunidad Europea, o por cualquiera de los medios a que se refieren los artículos 63, 64 y 65 de la LCSP
Asimismo podrán hacerlo por sí o representadas por persona autorizada, mediante poder bastante.
Cuando en representación de una Sociedad concurra algún miembro de la misma, deberá justificar documentalmente que está facultado para ello. Tanto en uno como en otro caso, al representante le afectan las causas de incapacidad e incompatibilidad citadas.
La Administración podrá contratar con uniones de empresas que se constituyan temporalmente al efecto (sin que sea necesaria la formalización de las mismas en Escrituras Públicas hasta que se haya efectuado la adjudicación), las cuales responderán solidariamente ante la Administración y ante la cual nombrarán un representante y apoderado único, siendo necesaria la clasificación de cada una como empresa de obra.
Los poderes y documentos acreditativos de la personalidad, se acompañarán a la proposición bastanteados por el Sr. Secretario de la Corporación, a cuyo efecto deberán ser presentados previamente, con una anticipación mínima de veinticuatro horas a la entrega de la proposición en la Secretaria General del Ayuntamiento, Plaza de España s/n y en horario de 11 a 13 horas, abonándose previamente, la tasa por expedición de "bastanteos", que según las Ordenanzas Municipales está fijada en 49,37 Euros., que serán ingresados en la “Caja municipal”.
10º.- PUBLICIDAD/ PERFIL DEL CONTRATANTE.-
Al tramitarse el expediente de contratación mediante procedimiento negociado sin publicidad, se invitarán a empresas capacitadas, conforme lo dispuesto en el el art. 162.1 de la LCSP. No obstante con el fin de asegurar la
transparencia y el acceso públaico a la información relativa a su actividad contractual, los pliegos serán expuestos en el “Perfil del contratante” del Ayuntamiento de San Xxxxxxxx xx Xxxxxxx, al que se tendrá acceso en la página “Web” siguiente:
11º.- PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES, DOCUMENTOS, LUGAR Y PLAZO DE PRESENTACIÓN.-
El expediente de esta licitación, con las condiciones y demás elementos, podrá ser examinado en la Unidad de Contratación de este Ayuntamiento, sito en Plaza de España s/n, todos los días hábiles, excepto sábados, de 9 a 14 horas, hasta el día 21 xx xxxxxx de 2008 fecha en que finalizará el plazo de presentación de ofertas, las cuales se enteregarán en el lugar aindicado, dentro de tres sobres cerrados y con la firma del presentador en el reverso, en cuyas portadas deberá figurar la inscripción: "Proposición para tomar parte en la contratación conjunta de elaboración de proyecto y ejecución de las obras de reforma del Centro de Cultura Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxx de San Xxxxxxxx xx Xxxxxxx" El sobre A se subtitulará "Documentación administrativa" el B "Proposición económica", y el C “Referencias Técnicas” debiendo contener, cada uno, los siguientes documentos, bien originales o mediante copias de los mismos que tengan carácter de auténticas conforme a la legislación vigente.
SOBRE A
1. Documento o documentos que acrediten la personalidad del empresario y la representación, en su caso, del firmante de la proposición consistentes en:
1.1. Para Empresas españolas:
a) Documentación que acredite la personalidad jurídica de las empresas mediante Escritura de Constitución o Modificación inscrita en el Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuera, Escritura o Documento de Constitución, Estatutos o Acto Fundacional, en el que constaren las normas por las que se regula su actividad inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro Oficial.
b) Documento Nacional de Identidad, caso de que el licitador sea persona física que actúe por si misma
1.2. Para las Empresas no españolas de Estados miembros de la Comunidad Europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico-Europeo:
a) Inscripción en los Registros o presentación de las certificaciones que se indican en el anexo I del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas
1.3. Los demás empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa.
2. Poder bastanteado por el Sr. Secretario de la Corporación, si se obra en representación de otra persona o entidad, acompañado del Documento Nacional de Identidad o similar de la persona que ostente el poder.
3. En caso de concurrir a la licitación varias empresas constituyendo una unión temporal, cada una de ellas deberá acreditar su personalidad y capacidad, indicando los nombres y circunstancias de los empresarios que
suscriben las proposiciones, la participación de cada una de ellas, designando un representante o apoderado único de la unión que, durante la vigencia del contrato, ha de ostentar la representación de la unión ante la Administración.
4. Declaración responsable del licitador otorgada ante la Autoridad Judicial, Administrativa, Notario u Organismo cualificado, haciendo constar que no se halla incursa en ninguna de las prohibiciones para contratar enumeradas en el art. 49.1 de la Ley de Contratos del Sector Público, según modelo adjunto (anexo I).
5. Certificado de clasificación de empresa en los grupos y Subgrupos que más abajo se indican, expedida por la Junta Consultiva de Contratación Administrativa del Estado o de la respectiva Comunidad Autónoma, caso de que la empresa sea española.
GRUPO | SUBGRUPO | CATEGORÍA |
C | 4, 6 y 7 | e) |
I | 1 | e) |
J | 4 | e) |
6. Justificación de solvencia, técnica y profesional mediante los siguientes documentos:
a) Justificante de la existencia de un seguro de indemnización por Riesgos profesionales
b) Las titulaciones académicas y profesionales del personal de dirección de la empresa y, en particular, del equipo técnico redactor del proyecto, indicándose el año de obtención del título, tiempo
de ejercicio profesional en activo y relación acreditada de la experiencia profesional.
c) Una relación de los principales trabajos realizados en los últimos tres años, detallando los de carácter similar al objeto del contrato, que incluya importe, fecha y beneficiarios públicos o privados de los mismos.
7. En relación con el cumplimiento de las obligaciones tributarias y de Seguridad Social, a tenor de lo dispuesto en los artículos 13 y 14 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, deberá aportar, en su caso, los siguientes documentos:
a) Original o copia compulsada del alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas en el epígrafe correspondiente al objeto del contrato, siempre que ejerza actividades sujetas a dicho impuesto, en relación con las que venga realizando a la fecha de presentación de su proposición, referida al ejercicio corriente, o el último recibo, completado con una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del citado impuesto.
Sin perjuicio de la obligación de acreditar el alta en el impuesto, en el supuesto de encontrarse en alguna de las exenciones establecidas en el artículo 83.1, apartados b), e) y f) de la Ley 39 1988, de 29 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales, en su nueva redacción dada por Ley 51/2002, de 27 de diciembre, deberá acreditarse mediante resolución expresa de la concesión de la exención de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, o declaración responsable de tener una cifra de negocio inferior a
1.000.000 de euros respecto de los sujetos pasivos enunciados en la
letra c) del artículo 83.1 de la mencionada Ley con excepción de las personas físicas.
Se exceptúa de estos requisitos los sujetos pasivos a que se refiere el artículo 83.1 apartados a), d), g) y h) de la citada Ley.
b) Certificación administrativa que acredite haber presentado, si estuvieren obligadas, las declaraciones del I.R.P.F., o del Impuesto de Sociedades, según se trate de personas o entidades sujetas a uno u otro impuesto, así como las correspondientes declaraciones de los pagos a cuenta o fraccionados que en cada caso procedan, y de haber presentado las declaraciones periódicas por el Impuesto sobre el Valor Añadido, así como la declaración resumen anual.
c) Certificación administrativa de no existir deudas con el Estado, ni con el Ayuntamiento de San Xxxxxxxx xx Xxxxxxx, de naturaleza tributaria en periodo ejecutivo o, en el caso de contribuyentes contra los que no proceda la utilización de la vía de apremio, deudas no atendidas en período voluntario. Para la expedición de la certificación administrativa del Ayuntamiento de San Xxxxxxxx xx Xxxxxxx, se presentará escrito solicitando la expedición de dicho documento en el Registro Municipal de este Ayuntamiento, con una anterioridad de tres días a la fecha de finalización del plazo de presentación de ofertas.
d) Certificación administrativa que acredite la inscripción del licitador en el sistema de la Seguridad Social y, en su caso, si se tratare de un empresario individual, afiliado y en alta en el régimen que corresponda por razón de la actividad; haber afiliado, en su caso, y haber dado de alta a los trabajadores que presten servicios en la empresa; haber presentado los documentos de cotización correspondientes a las cuotas de la Seguridad Social y, si procediese,
de los conceptos de recaudación conjunta con las mismas, así como de las asimiladas a aquéllas a efectos recaudatorios, correspondientes a los doce meses anterior a la fecha de solicitud de la certificación; estar al corriente en el pago de las cuotas o de otras deudas con la Seguridad Social.
e) La documentación exigida en el apartado 7 a),b),c),d), podrá ser sustituida por una declaración responsable que comprenda expresamente la circunstancia de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, sin perjuicio de que la justificación acreditativa establecida en los citados apartados, deberá presentarse por la empresa que resulte adjudicataria provisional del contrato, en un plazo máximo diez días hábiles desde el día siguiente a aquel en que le sea notificada dicha adjudicación provisional. De no cumplirse ese requisito, la adjudicación provisional no será elevada a definitiva.
SOBRE B
- Proposición económica ajustada al siguiente modelo:
"Don
, vecino de,
con domicilio
en
DNI nº
en plena
posesión de su capacidad jurídica y de obrar, en nombre propio (o en representación de ) hace constar:
Que enterado xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas y Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares aprobados por ese Ayuntamiento, a
regir en la contratación conjunta de “REDACCIÓN DEL PROYECTO DE EJECUCIÓN Y EJECUCIÓN DE OBRA, PARA LA REFORMA DE CUBIERTA, TAQUILLAS Y ASESOS; Y EJECUCIÓN DE OBRA DE ADECUACIÓN DE LAS INSTALACIONES ELÉCTRICAS DE LAS DEPENDENCIAS DEL TEATRO E INSTALACIONES DEL CENTRO CULTURAL XXXXXXXX XXXXXX XXXXX, DIRECCIONES FACULTATIVAS Y COORDINACIÓN DE LA SEGURIDAD Y SALUD”,
se compromete a su ejecución con xxxxxxx a los citados documentos, por un
precio de euros, más la cantidad de
euros, en concepto del IVA repercutido, lo
que hace un total de siguiente desglose:
euros, según el
PRECIO IVA
• Redacción de proyecto de ejecución para la
reforma de cubierta, taquillas y aseos: |
|
|
• Ejecución de las obras……………………………… |
|
|
• Dirección Facultativa……………………………….. |
|
|
• Trabajos de Coordinación, Seguridad y Salud |
|
|
En un plazo de ejecución de : |
Redacción del Proyecto: días Ejecución de la Obra: meses
Asimismo, se obliga al cumplimiento de lo legislado o reglamentado en materia laboral y tributaria.
En a de de 2.008
FIRMA
SOBRE C
Contendrá los siguientes documentos :
1. Experiencia profesional del Director Técnico del equipo redactor del proyecto, con indicación del año de obtención del título académico, tiempo de ejercicio profesional en activo .
2. Propuesta Técnica
Las proposiciones podrán también presentarse por correo administrativo, dentro del plazo de presentación de ofertas, en cuyo caso el interesado deberá acreditar, con el resguardo correspondiente, la fecha de imposición del envío en la Oficina de Correos y anunciar el mismo día al órgano de contratación, por TELEX, FAX o TELEGRAMA, la remisión de la proposición. Sin la concurrencia de ambos requisitos no será admitida la proposición si es recibida por el Ayuntamiento con posterioridad a la fecha de la terminación del plazo señalado en el anuncio. Transcurridos, no obstante, diez días naturales siguientes a la indicada fecha sin haberse recibido la proposición, ésta no será admitida en ningún caso.
A efectos de la finalización del plazo de presentación, el sábado será considerado día inhábil, trasladándose dicho plazo al primer día hábil siguiente.
12ª.- MESA DE CONTRATACIÓN.
Conforme al acuerdo adoptado por el Ayuntamiento Pleno de fecha 26 xx xxxxx de 2007, la Mesa de Contratación estará integrada o constituida del modo siguiente:
PRESIDENCIA: La Alcaldía Presidencia o Concejal/a en quién delegue
VOCALES : El Concejal Delegado del Área de Cultura y Festejos Un/a Concejal/a del Grupo Político de Izquierda Unida (IU).
Un/a Concejal/a del Grupo Político del Partido Popular (PP).
Un/a Concejal/a del Grupo Político del Partido Socialista Obrero Español (PSOE).
Un/a Técnico/a Municipal del Área de Política Territorial
Un/a Técnico/a Municipal designado por la Alcaldía o Concejal/a Delegado/a, atendiendo a su
experiencia profesional en este tipo de contratos.
El Secretario General de la Corporación. El Interventor de la Corporación
Todos los anteriores actuarán con voz y voto.
SECRETARIO/A: Un/a Funcionario/a o empleado/a municipal adscrito a la Unidad de Contratación y Compras, y, en su defecto, podrá ser designado entre el personal adscrito a la Concejalía de Hacienda, a los meros efectos de levantar acta, con voz y sin voto.
13ª.- EXAMEN DE LAS PROPOSICIONES. APERTURA DE PROPOSICIONES.
a) Calificación de Documentos.
A las 13 horas del día siguiente hábil a aquel en que finaliza el plazo de presentación de proposiciones, se constituirá la Mesa de Contratación para proceder a la calificación de la documentación general presentada por los licitadores en el sobre "A", Si la Mesa de Contratación observara defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada, lo comunicará verbalmente a los interesados y lo hará público a través de un anuncio en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de San Xxxxxxxx xx Xxxxxxx, concediendo un plazo no superior a tres días hábiles para que los licitadores lo corrijan o subsanen.
b) Valoración de los criterios de selección de las empresas.
La Mesa, una vez subsanados, en su caso, los defectos u omisiones de la documentación presentada, procederá a determinar las empresas que se ajustan a los criterios de selección de las mismas a que hace referencia el art. 11 del Reglamento General de la Ley de Contratos aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, con pronunciamiento expreso sobre los admitidos a la licitación, los rechazados y las causas de su rechazo.
c) Apertura del sobre "B" y “C”
Una vez realizadas las actuaciones previstas en los dos apartados anteriores, y transcurridos tres días hábiles contados a partir del siguiente día hábil a la fecha de finalización del plazo de presentación de proposiciones a las 13 horas, en Acto público, la Mesa procederá a la apertura de las proposiciones". El acto comenzará dándose lectura al anuncio del contrato y procediéndose seguidamente al recuento de las proposiciones presentadas y a su confrontación con los datos que figuren en la certificación expedida por la Unidad de Contratación, hecho lo cual se dará conocimiento al público del número de proposiciones recibidas y nombre de los licitadores, dando ocasión a los interesados para que puedan comprobar que los sobres que contienen
las ofertas se encuentran en la mesa y en idénticas condiciones en que fueron entregadas.
Por la Presidencia de la Mesa se manifestará el resultado de la calificación de los documentos presentados, con expresión de las proposiciones admitidas, de las rechazadas y causa o causas de inadmisión de estas últimas. Antes de la apertura de la primera proposición se invitará a los licitadores interesados a que manifiesten las dudas que se les ofrezcan o pidan las explicaciones que estimen necesarias, procediéndose por la mesa a las aclaraciones y contestaciones pertinentes, pero sin que en este momento pueda aquélla hacerse cargo de documentos que no hubiesen sido entregados durante el plazo de admisión de ofertas, o el de corrección o subsanación de defectos u omisiones Seguidamente la Mesa procederá a la apertura del sobre “B” de las proposiciones admitidas dando lectura a la proposición económica, procediéndose a continuación a la apertura del sobre “C”.
La Mesa de Contratación podrá solicitar, antes de formular la propuesta de adjudicación, los informes técnicos que considere necesarios para la valoración de las ofertas presentadas siendo los aspectos objeto de negocicación los que figuran en la cláusula 14ª de este Pliego, y una vez emitidos éstos, se reunirá la Mesa de Contratación y realizará propuesta de adjudicación provisional que elevará al órgano de contratación.
Si el día para la apertura de ofertas coincidiera en sábado, ésta se realizará el siguiente día hábil.
14ª.- ASPECTOS OBJETO DE NEGOCIACIÓN CON LA EMPRESA:
Para la valoración de las ofertas y la determinación de la más ventajosa se atenderá los siguientes aspectos:
• Precio
• Plazo de ejecución
• Valor técnico del proyecto
• Características estéticas o funcionales
• Ampliación del plazo de garantía
• Otras mejoras adicionales
15ª.- ADJUDICACIÓN. EFECTOS. GASTOS.
1..Adjudicación provisional.
La Mesa de Contratación valorará las proposiciones presentadas y admitidas y realizará propuesta de adjudicación provisional elevándose al órgano de contratación, quien efectuará la adjudicación provisional. También podrá declarar desierta la contratación si en su apreciación estimara que ninguna de las proposiciones presentadas cumpliera con los requisitos establecidos en el Pliego.
La adjudicación provisional será publicada en el “perfil del contratante” del Ayuntamiento de San Xxxxxxxx xx Xxxxxxx, y será notificada a los candidatos y al adjudicatario, el cual dentro de los 10 días hábiles siguientes a aquel en que reciba la notificación, deberá presentar en la unidad de contratación la siguiente documentación:
a) En el caso de que el empresario propuesto como adjudicatario no hubiese presentado con la oferta las certificaciones acreditativas de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social, deberá aportar dichas certificaciones.
b) Documento que acredite haber constituido la garantía definitiva.
2. Adjudicación Definitiva:
A los cinco días hábiles siguientes a aquel en que expire el plazo señalado en el punto 1 párrafo segundo de este artículo y siempre y cuando se haya presentado por el adjudicatario toda la documentación la adjudicación se elevará a definitiva.
Si la empresa adjudicataria provisional no cumpliera las condiciones necesarias para resultar adjudicatario definitivo, se realizará nueva adjudicación provisional a favor del candidato siguiente a aquél, por el orden en que hayan quedado clasificadas sus ofertas, concediéndole un plazo xx xxxx días hábiles para presentar la documentación y demás requerimientos establecidos en el segundo párrafo del apartado 1 de esta cláusula.
La adjudicación definitiva será notificada al adjudicatario y a los candidatos y se publicará en el “perfil del contratante” del Ayuntamiento de San Xxxxxxxx xx Xxxxxxx.
3. En el plazo de los cinco días hábiles, a contar desde el siguiente al de la notificación de la adjudicación definitiva, el adjudicatario comparecerá en la Unidad de Contratación y Compras de este Ayuntamiento , para la formalización del correspondiente contrato en documento administrativo.
4. Gastos: Serán por cuenta del adjudicatario los siguientes gastos:
a) Los tributos estatales, autonómicos y municipales que se deriven del contrato.
b) Asumir el pago del IVA.
c) Abonar los gastos de publicidad en Boletines Oficiales. Máximo 1.500,00€
16ª. - CASOS DE IMPOSICIÓN DE SANCIONES AL CONTRATISTA. RESOLUCIÓN DEL CONTRATO. APLICACIÓN DE LAS CAUSAS DE RESOLUCIÓN Y SUS EFECTOS.
1. Cuando el contratista, por causas imputables al mismo, hubiere incurrido en demora respecto al cumplimiento de los plazos del contrato, el Ayuntamiento podrá optar indistintamente por la resolución del contrato o por la imposición de las penalidades diarias en la proporción de 0.20 por cada 1.000,00 euros del precio del contrato (art. 196.4 de la LCSP).
2. En caso de incumplimiento de las obligaciones contractuales, se podrán imponer sanciones al adjudicatario por cuantías de hasta el 10 por 100 del presupuesto del contrato, atendiendo a la gravedad del incumplimiento.
3. Las penalidades se impondrán por acuerdo del órgano de contratación a propuesta del responsable del contrato y será inmediatamente ejecutivo, haciéndose efectivo mediante deducción de las cantidades que, en concepto de pago total o parcial, deban abonarse al contratista o sobre la garantía constituida. (art. 196.8 de la LCSP)
4. Son causas de Resolución del contrato:
a) La muerte o incapacidad sobrevenida del contratista individual o la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad contratista.
b) La declaración de quiebra, de suspensión de pagos, de concurso de acreedores o de insolvente fallido en cualquier procedimiento o el acuerdo de quita y espera.
c) El mutuo acuerdo entre la Administración y el contratista.
d) La no constitución de la garantía definitiva dentro del plazo de quince días hábiles contados a partir del día siguiente a la notificación de la adjudicación provisional.
e) La no formalización del contrato en el plazo xx xxxx días hábiles contados a partir del día siguiente a la notificación de la adjudicación definitiva.
f) La demora en el cumplimiento de los plazos por parte de contratista, y el incumplimiento del plazo de inicio de ejecución del contrato en los expedientes tramitados por urgencia.
g) La demora en el pago por parte del Ayuntamiento de San Xxxxxxxx xx Xxxxxxx por plazo superior a ocho meses
h) La suspensión por causa imputable al Ayuntamiento de la iniciación del contrato por plazo superior a seis meses a partir de la fecha señalada en el mismo para su comienzo.
i) El desistimiento o la suspensión del contrato por plazo superior a un año acordada por la Administración.
j) Las modificaciones en el contrato aunque fueran sucesivas, que impliquen, aislada ó conjuntamente, alteraciones del precio del contrato en cuantía superior, en más o en menos, al 20 por 100 del precio primitivo del contrato, con exclusión del Impuesto sobre el Valor Añadido o representen una alteración sustancial del mismo.
k) El incumplimiento de las restantes obligaciones contractuales esenciales.
5. Para la aplicación de las causas de resolución se estará a lo dispuesto en el art. 207 de la LCSP siendo sus efectos los que se establecen en los artículos 208 y 285 de la LCSP.
17ª.- REVISIÓN DE PRECIOS.
Al no exceder el plazo de ejecución del contrato de un año los precios en los que se realice la contratación, no serán revisados.
18ª.- MODIFICACIÓN DEL CONTRATO
De conformidad con lo establecido en el art. 202 de la LCSP, una vez perfeccionado el contrato, el órgano de contratación solo podrá introducir modificaciones en el mismo por razones de interés público y para atender a causas imprevistas, justificando debidamente su necesidad en el expediente. Estas modificaciones no podrán afectar a las condiciones esenciales del contrato.
No tendrán la consideración de modificaciones del contrato las ampliaciones de su objeto que no puedan integrarse en el proyecto inicial mediante una corrección del mismo o que consistan en la realización de una prestación susceptible de utilización o aprovechamiento independiente o dirigida a satisfacer finalidades nuevas no contempladas en la documentación preparatoria del contrato, que deberán ser contratadas de forma separada, pudiendo aplicarse, en su caso, el régimen previsto para la contratación de prestaciones complementarias si concurren las circunstancias previstas en los artículos 155 b) y 158 b) de la LCSP.
19ª. PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL
El órgano de contratación municipal, hace constar que los datos de carácter personal que pueda contener el contrato, serán tratados conforme a la legislación específica de aplicación , de acuerdo con lo dispuesto en la disposición adicional trigésimo primera de la Ley de Contratos del Sector Público.
Asimismo, la empresa adjudicataria, como responsable del tratamiento de datos facilitados exclusivamente a la finalidad del contrato, deberá guardar secreto sobre el contenido de los mismos, asumiendo la prohibición de utilizarlos en cualquier otro sentido, estando sometidos los datos que se le faciliten, a lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y su normativa de desarrollo, debiendo cumplir con lo establecido en la Disposición adicional trigésimo primera de la Ley de Contratos del Sector Público.
20ª. - LEYES ESPECIALES.-
Será de cumplimiento obligatorio, por parte del adjudicatario, las normas vigentes en materia laboral y tributaria y caso de precisarse bienes o servicios que no sean de origen comunitario, haber cumplido, para su importación, con la legislación vigente en tal materia.
21. - JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA.-
El Orden Jurisdiccional Contencioso-Administrativo será el competente para resolver las controversias que surjan entre las partes y se entenderán siempre sometidos a los Tribunales competentes con jurisdicción en el lugar en que la Corporación tiene su sede.
22ª- RÉGIMEN JURÍDICO.-
Este contrato tiene carácter administrativo y su preparación, adjudicación efectos y extinción se regirá por lo establecido en este pliego de cláusulas administrativas particulares, por el Pliego de prescripciones técnicas y para lo no previsto en él , será de aplicación la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público y sus disposiciones de desarrollo; supletoriamente se aplicarán las restantes normas de derecho administrativo y, en su defecto, las normas de derecho Público.
En caso de contradicción entre el presente Pliego de Cláusulas Administrativas (Particulares) con el Pliego de Prescripciones Técnicas y alguno de sus anexos, prevalecerá lo dispuesto en este Pliego.
San Xxxxxxxx xx Xxxxxxx a 7 xx xxxxxx de 2008
POR CONTRATACIÓN
Fdo. XXXXXX XXXXXXXX XXXXXXX
ANEXO I
MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE (Para Sociedades)
D. , con D.N.I. nº . en representación de la Sociedad
, CIF .
DECLARA:
Que la citada Sociedad, sus Consejeros Directivos, administradores y representantes legales, así como el firmante no se hallan comprendidos en ninguna de las
causas de prohibición para contratar establecidas en los arts 49 y concordantes de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.
Que la citada Sociedad se encuentra al corriente en las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, comprometiéndose a justificar esta circunstancia mediante la aportación de los documentos y certificados acreditativos, tan pronto sea requerida para ello.
Que la mencionada empresa, comprende una organización con elementos personales y materiales suficientes para la debida ejecución del contrato y su finalidad o actividad tiene relación directa con el objeto del contrato.
La presente declaración se formula para dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 130.1.c) de la Ley de Contratos del Sector Público
Y para que así conste y a los efectos de contratar con el Ayuntamiento de San Xxxxxxxx xx Xxxxxxx (Madrid), firmo la presente en San Xxxxxxxx xx Xxxxxxx, a
de de 2008
FIRMA
ANEXO I
MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE SOBRE I.A.E. (Para Sociedades)
D. , con D.N.I. nº . en representación de la Sociedad
, CIF .
DECLARA:
Que la Sociedad , a la que represento, está exenta del pago del Impuesto de Actividades Económicas (I.A.E.), por no alcanzar en el año la cifra de facturación de un millón de euros.
Y para que así conste y a los efectos de contratar con el Ayuntamiento de San Xxxxxxxx xx Xxxxxxx (Madrid), firmo la presente en San Xxxxxxxx xx
Xxxxxxx, a
de de 2008
FIRMA
ANEXO II
Modelo de Aval
La entidad (razón social de la entidad o sociedad de garantía recíproca)............................, NIF......
con domicilio (a efectos de notificaciones y requerimientos) en la calle/plaza/avenida ........
.....................C.P.................. y en su nombre (nombre y apellidos de los Apoderados)
......................................................................................................
con poderes suficientes para obligarle en este acto, según resulta del bastanteo de poderes que se reseña en la parte inferior de este documento,
AVALA
a: (nombre y apellidos o razón social del avalado) ...........................................................
..............................., NIF ..................., en virtud de lo dispuesto por (art. 84.1.b) de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público) para responder de las obligaciones siguientes: (detallar si es Garantía Provisional o Definitiva y el objeto del contrato), ante el Ayuntamiento de San Xxxxxxxx xx Xxxxxxx, por importe de: (en letra) ........................................euros (en cifra) .........................
La Entidad avalista declara bajo su responsabilidad, que cumple con los requisitos previsto en el artículo 56 del Reglamento de Contratos de las Administraciones Públicas. Este aval se otorga solidariamente respecto al obligado principal, con renuncia expresa al beneficio de excusión y con compromiso de pago al primer requerimiento del Ayuntamiento de San Xxxxxxxx xx Xxxxxxx, con sujeción a los términos previstos en la legislación de Contratos del Sector Público y en sus normas de desarrollo.
El presente aval estará en vigor hasta que el órgano de contratación del Ayuntamiento de San Xxxxxxxx xx Xxxxxxx, habilitado legalmente para ello, autorice su cancelación o devolución de acuerdo con lo establecido en la Ley de Contratos del Sector Publico y legislación complementaria.
(lugar y fecha)
(razón social de la entidad) (firma de los Apoderados)
BASTANTEO DE PODERES POR LA ASESORÍA JURÍDICA DE LA CGD O ABOGACÍA DEL ESTADO
Provincia: Fecha: Número o Código:
Modelo de certificado de seguro de caución
Certificado número (1)..................................................( en adelante, asegurador) con domicilio en ,
calle ............................., y NIF/ CIF .................................
debidamente representado por don (2) ............................................................, con poderes suficientes para obligarle en este acto, según resulta del bastanteo de poderes que se reseña en la parte inferior de este documento,
ASEGURA
A (3) ......................................................NIF/CIF. , en concepto de tomador del seguro, ante
el Ayuntamiento de San Xxxxxxxx xx Xxxxxxx (Madrid), en adelante asegurado, hasta el importe de euros
(4) en los términos y condiciones establecidos en la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, normativa de desarrollo y pliego de cláusulas administrativas particulares por la que se rige el contrato de (5) ................................... , en concepto de garantía (6) ....................... para responder de las obligaciones,
penalidades y demás gastos que se puedan derivar conforme a las normas y demás condiciones administrativas precitadas frente al asegurado.
La entidad aseguradora declara, bajo su responsabilidad, que cumple los requisitos exigidos en el artículo
57.1 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
La falta de pago de la prima, sea única, primera o siguientes, no dará derecho al asegurador a resolver el contrato, ni éste quedará extinguido, ni la cobertura del asegurador suspendida, ni éste liberado de su obligación, caso de que el asegurador deba hacer efectiva la garantía.
El asegurador no podrá oponer al asegurado las excepciones que puedan corresponderle contra el tomador del seguro.
El asegurador asume el compromiso de indemnizar al asegurado al primer requerimiento de éste, en los términos establecidos en el art. 57 del Reglamento General de Contratos de las Administraciones Públicas.
El presente seguro de caución estará en vigor hasta que el órgano de contratación del Ayuntamiento de San Xxxxxxxx xx Xxxxxxx, habilitado legalmente para ello, autorice su cancelación o devolución, de acuerdo con lo establecido en la Ley de Contratos del Sector Público y legislación complementaria.
En............................ a .............. de ....................... de ...............
Firma: Asegurador
BASTANTEO DE PODERES POR LA ASESORÍA JURÍDICA DE LA C.G.D. O ABOGACÍA DEL ESTADO
Provincia: Fecha: Número o Código
Instrucciones para la cumplimentación del modelo
(1) Se expresará la razón social completa de la entidad aseguradora.
(2) Nombre y apellidos del Apoderado o Apoderados.
(3) Nombre de la persona asegurada
(4) Importe en letras por el que se constituye el seguro.
(5) Identificar individualmente de manera suficiente (naturaleza, clase, etc.) el contrato en virtud del cual se presta la caución.
(6) Expresar la modalidad de seguro de que se trata, provisional, definitiva, etc.