PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES
PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES
Organismo Contratante | AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL del MINISTERIO DE TRANSPORTE |
PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN | |||
TIPO: | Nº 8 | Ejercicio: 2017 | |
CLASE: | Etapa Única Nacional | ||
MODALIDAD: | Sin Modalidad |
Expediente Nº: | S02:0043327/2017 |
RUBRO COMERCIAL: |
EQUIPOS |
Objeto de la Contratación: |
ADQUISICIÓN DE VEHÍCULOS Y MOTOVEHÍCULOS PARA LA ANSV |
Costo xxx Xxxxxx | SIN VALOR |
PRESENTACIÓN DE OFERTAS
Lugar/Dirección | Plazo y Horario |
OFICINA DE COMPRAS de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, sita en Brasil 55 12º Piso (C.P.1063), C.A.B.A. | Hasta la fecha y horario fijado para el Acto de Apertura |
ACTO DE APERTURA
Lugar/Dirección | Plazo y Horario |
Sala de Aperturas de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, sita en Brasil 55 12º Piso (C.P.1063), C.A.B.A. | Viernes, 11 xx xxxxxx de 2017 a las 12:00 horas. |
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
Renglón N° | Cantidad | Unidad de medida | Descripción |
1 | 7 | Unidad | 000-00000-0000 VEHÍCULO TIPO PICK UP 4X4, según especificaciones técnicas |
2 | 1 | Unidad | 000-00000-0000 VEHÍCULO TIPO PICK UP 4X4 SIN SISTEMA LUMÍNICO, según especificaciones técnicas |
3 | 1 | Unidad | 000-00000-0000 VEHÍCULO TIPO UTILITARIO FAMILIAR, según especificaciones técnicas |
4 | 3 | Unidad | 000-00000-0000 VEHÍCULO MONOVOLUMEN FAMILIAR CINCO (5) PASAJEROS, según especificaciones técnicas |
5 | 10 | Unidad | 000-00000-0000 MOTOVEHÍCULO, según especificaciones técnicas |
6 | 2 | Unidad | 000-00000-0000 CAMIÓN TRACTOR PARA SEMIRREMOLQUE TIPO MOSQUITO, según especificaciones técnicas |
7 | 10 | Unidad | 000-00000-0000 CAMIÓN AUXILIO CON PLANCHA, según especificaciones técnicas |
8 | 1 | Unidad | 000-00000-0000 VEHÍCULO TIPO MINIBÚS, según especificaciones técnicas |
9 | 2 | Unidad | 000-00000-0000 SEMIRREMOLQUE TIPO MOSQUITO, según especificaciones técnicas |
10 | 2 | Unidad | 000-00000-0000 CAMIÓN TRACTOR PARA SEMIRREMOLQUE, según especificaciones técnicas |
11 | 5 | Unidad | 000-00000-0000 TRÁILER PARA MOTO, según especificaciones técnicas |
1. Renglón 1: Vehículo tipo pick up 4x4 con sistema lumínico. Cantidad SIETE (7) unidades
1.1. Motor:
1.1.1. Tipo: Diesel, 4 tiempos.
1.1.2. Potencia: Mínimo 175 CV.
1.1.3. Torque: Mínimo 400 Nm.
1.1.4. Número de cilindros: Mínimo 4 cilindros.
1.1.5. Cilindrada: Mínimo 1.950 cm3.
1.1.6. Alimentación: Inyección electrónica, tipo “Common-Rail”, con turbo.
1.1.7. Refrigeración: Por líquido.
1.1.7.1. Deberá cumplir con las normas vigentes en el país, relacionadas con la emisión de gases contaminantes.
1.2. Transmisión:
1.2.1. Caja de cambios: manual, sincronizada, mínimo SEIS (6) marchas adelante y UNA (1) marcha atrás.
1.2.2. Tracción: mínimo 4X2, 4X4 y 4x4 “Baja” / “Reducida”, con accionamiento mecánico o electrónico.
1.2.3. Eje trasero con ruedas simples.
1.3. Dirección:
1.3.1. Hidráulica ó servo-asistida ó electro-asistida (mínimo).
1.4. Embrague:
1.4.1 Según ingeniería del fabricante.
1.5. Suspensión:
1.5.1. Suspensión delantera: Independiente, con amortiguadores hidráulicos (mínimo) y barra estabilizadora.
1.5.2. Suspensión trasera: Eje rígido o Independiente.
1.6. Sistema de frenos:
1.6.1. De servicio:
1.6.1.1. Doble circuito hidráulico.
1.6.1.2. Delanteros: a discos; ventilados.
1.6.1.3. Traseros: a disco o tambor.
1.6.2. Freno de estacionamiento:
1.6.2.1. Según diseño del fabricante.
1.6.3. Sistemas de seguridad: (mínimo)
1.6.3.1. Sistema Antobloqueo de Frenado ABS (Antilock Braking System).
1.6.3.2. Distribución Electrónica de Frenado EBD (Electronic Brake Force Distribution).
1.6.3.3. Control de Estabilidad ESP (Electronic Stability Program) ó VSC (Vehicle Stability Control)
1.6.3.4. Control de Tracción TCS (Traction Control System) ó Control de Tracción ASR (Anti- Slip Regulation) ó Control de Tracción TRC (Traction Control)
1.6.3.5. Asistente xx Xxxxxxx en Pendiente HLA (Xxxx Launch Assist) ó Asistente de Ascenso Xxxx Hold ó Asistente de Arranque en Pendiente HAC (Xxxx-start Assist Control).
1.6.3.6. Air Bags: mínimo DOS (2), a saber: frontal conductor, frontal acompañante.
1.6.4. Instalación eléctrica:
1.6.4.1. Tensión nominal: 12 Volt.
1.6.4.2. Luces antiniebla delanteras.
1.6.4.3. Luces reglamentarias según las leyes de tránsito vigentes.
1.6.4.4. Alternador: según ingeniería del fabricante.
1.6.5. Rodado (cubiertas / llantas):
1.6.5.1. Llantas de aleación 17”.
1.6.5.2. Tipo de cubiertas: multipropósito o polivalente, que permita su uso en carretera y todo terreno.
1.6.6. Dimensiones del vehículo:
1.6.6.1. Largo (mínimo): 5.100 mm.
1.6.6.2. Ancho básico (mínimo): 1.800 mm.
1.6.6.3. Distancia entre ejes (mínimo): 3.000 mm.
1.6.6.4. Altura (mínimo): 1.800 mm.
1.6.6.5. Distancia mínima del suelo: mayor o igual a 210 mm.
1.6.7. Pesos y capacidades:
1.6.7.1. Peso en Orden de Marcha: 2.000 kg +- 200 kg
1.6.7.2. Capacidad caja de carga (mínimo): 900 kg.
1.6.7.3. Tanque de combustible (mínimo): 75 litros.
1.6.8. Cabina:
1.6.8.1. Cabina doble, con capacidad de transportar como mínimo UN (1) conductor y TRES
(3) ó CUATRO (4) pasajeros. Con CUATRO (4) puertas laterales.
1.6.8.2. Asiento de conductor: individual, con xxxxx xxxxxx.
1.6.8.3. Asiento de acompañante: con xxxxx xxxxxx.
1.6.8.4. Asientos traseros: para DOS (2) ó TRES (3) pasajeros, con apoya cabeza.
1.6.8.5. Cinturones de seguridad:
1.6.8.5.1. Delanteros: de TRES (3) puntos.
1.6.8.5.2. Traseros: de TRES (3) puntos.
1.6.8.6. Parasol para conductor y acompañante.
1.6.8.7. Luz de lectura en cabina.
1.6.8.8. Limpiaparabrisas de dos velocidades e intermitente (mínimo).
1.6.8.9. Ventanillas eléctricas delanteras y traseras.
1.6.8.10. Calefacción o sistema superior.
1.6.8.11. Aire Acondicionado o sistema superior.
1.6.8.12. Radio AM-FM, USB, MP3, Bluetooth, etc.
1.6.8.13. Alarma antirrobo.
1.6.8.14. Cierre centralizado con comando a distancia.
1.6.8.15. Llaves de contacto completas: DOS (2).
1.6.9. Chasis:
1.6.9.1. Según ingeniería de fabricante.
1.6.9.2. Caja de carga abierta, con portón rebatible.
1.6.9.3. Protector de motor.
1.6.10. Mejoras / Modificaciones / Elementos Adicionales.
1.6.10.1. Accesorios:
1.6.10.1.1. Cubre-alfombras de vinilo.
1.6.10.1.2. Neumático de auxilio: UNO (1), con llanta y cubierta.
1.6.10.1.3. Crique: UNO (1), de acuerdo al peso del vehículo.
1.6.10.1.4. Llave xx xxxxxx: UNA (1).
1.6.10.1.5. Matafuegos reglamentarios: UNO (1).
1.6.10.1.5.1. Tipo ABC, de 2,5 kg, con potencial extintor de 5 B.
1.6.10.1.5.2. Con soporte metálico de sujeción. 1.6.10.1.5.3. Balizas reflectantes triangulares: DOS (2). 1.6.10.1.5.4. Botiquín de primeros auxilios: UNO (1).
1.6.10.1.5.5. Chaleco reflectante: UNO (1).
1.6.10.1.6. Elementos Adicionales:
1.6.10.1.6.1. Sistema Lumínico de Auxilio: UNO (1), compuesto por:
1.6.10.1.6.1.1. Xxxxxx Lumínico: UNO (1), de tecnología led, color ambar, de gran capacidad lumínica y bajo consumo. Los materiales deberán tener protección UV (rayos ultravioleta), con alta resistencia al impacto y a la decoloración. El diseño debe optimizar la resistencia al viento para poder ser utilizado a altas velocidades. Todas las piezas utilizadas deberán estar protegidas contra los factores climáticos, resistentes a la corrosión y de solidez estructural. Los leds deberán estar distribuidos alrededor y a lo largo de todo el xxxxxx (laterales, frontal y trasero) que provean un efecto de advertencia 360°. El xxxxxx deberá estar ubicado sobre el techo de la cabina, deberá ocupar más del 80 % del ancho del techo y no podrá superar el ancho del mismo.
1.6.10.1.6.1.2. Módulos led: DOS (2), rectangulares, de tecnología led, color ambar, de gran capacidad lumínica y bajo consumo. Los materiales deberán tener protección UV (rayos ultravioleta), con alta resistencia al impacto y a la decoloración. Montados preferentemente en la parrilla del vehículo.
1.6.10.1.6.1.3. Sirena de auxilio: UNA (1), incorporada al xxxxxx, potencia del orden de 75 W y 120 Db o similar.
1.6.10.1.6.1.4. Altoparlante / megáfono: UNO (1), operable desde el interior del vehículo.
1.6.10.1.6.1.5. Comando de control manual: UNO (1), para el control manual centralizado xxx xxxxxx lumínico, de los módulos rectangulares xx xxxxx, de la sirena de auxilio, de altoparlante / megáfono. Con mínimo SEIS (6) combinaciones xx xxxxx y SEIS
(6) combinaciones de sonidos. Diseño según ingeniería del fabricante.
1.6.10.1.6.2. Conector acople eléctrico completo: UNO (1), tipo hembra de 7 polos, para acoplar a un tráiler categoría O1 u O2, con su kit de cables correspondientes.
1.6.10.1.6.2.1. Los elementos adicionales expresados en 1.6.10.1.6.1, y 1.6.10.1.6.2, se deberán entregar instalados y en funcionamiento, no debiendo interferir el normal funcionamiento del sistema eléctrico original con el que viene provisto el vehículo de fábrica.
1.6.10.1.7. Dispositivo de remolque: UNO (1), sistema “perno”, para atravesar “ojal”.
1.6.10.1.8. Dispositivo traba antirrobo para rueda de auxilio: UNO (1).
1.6.10.1.8.1. Barra de seguridad protección de cabina: UNA (1), ubicado en la caja de carga.
1.6.10.2. Manuales Técnicos:
1.6.10.2.1. Juego de manuales de operación y mantenimiento del usuario, en idioma español: UNO (1).
1.6.11. Pintado de los vehículos:
1.6.11.1. Pintado exterior:
1.6.11.1.1. Color Blanco.
2. Renglón 2: Vehículo tipo pick up 4x4. CANTIDAD UNA (1) UNIDAD.
2.1. Motor:
2.1.1. Tipo: Diesel, 4 tiempos.
2.1.2. Potencia: Mínimo 175 CV.
2.1.3. Torque: Mínimo 400 Nm.
2.1.4. Número de cilindros: Mínimo 4 cilindros.
2.1.5. Cilindrada: Mínimo 1.950 cm3.
2.1.6. Alimentación: Inyección electrónica, tipo “Common-Rail”, con turbo.
2.1.7. Refrigeración: Por líquido.
2.1.8. Deberá cumplir con las normas vigentes en el país, relacionadas con la emisión de gases contaminantes.
2.2. Transmisión:
2.2.1. Caja de cambios: manual, sincronizada, mínimo SEIS (6) marchas adelante y UNA (1) marcha atrás.
2.2.2. Tracción: mínimo 4X2, 4X4 y 4x4 “Baja” / “Reducida”, con accionamiento mecánico o electrónico.
2.2.3. Eje trasero con ruedas simples.
2.3. Dirección:
2.3.1. Hidráulica ó servo-asistida ó electro-asistida (mínimo).
2.4. Embrague:
2.4.1. Según ingeniería del fabricante.
2.5. Suspensión:
2.5.1. Suspensión delantera: Independiente, con amortiguadores hidráulicos (mínimo) y barra estabilizadora.
2.5.2. Suspensión trasera: Eje rígido o Independiente.
2.6. Sistema de frenos:
2.6.1. De servicio:
2.6.1.1. Doble circuito hidráulico.
2.6.1.2. Delanteros: a discos; ventilados.
2.6.1.3. Traseros: a disco o tambor.
2.6.2. Freno de estacionamiento:
2.6.2.1. Según diseño del fabricante.
2.6.3. Sistemas de seguridad: (mínimo)
2.6.3.1. Sistema Antobloqueo de Frenado ABS (Antilock Braking System).
2.6.3.2. Distribución Electrónica de Frenado EBD (Electronic Brake Force Distribution).
2.6.3.3. Control de Estabilidad ESP (Electronic Stability Program) ó VSC (Vehicle Stability Control)
2.6.3.4. Control de Tracción TCS (Traction Control System) ó Control de Tracción ASR (Anti- Slip Regulation) ó Control de Tracción TRC (Traction Control)
2.6.3.5. Asistente xx Xxxxxxx en Pendiente HLA (Xxxx Launch Assist) ó Asistente de Ascenso Xxxx Hold ó Asistente de Arranque en Pendiente HAC (Xxxx-start Assist Control).
2.6.3.6. Air Bags: mínimo DOS (2), a saber: frontal conductor, frontal acompañante.
2.6.4. Instalación eléctrica:
2.6.4.1. Tensión nominal: 12 Volt.
2.6.4.2. Luces antiniebla delanteras.
2.6.4.3. Luces reglamentarias según las leyes de tránsito vigentes.
2.6.4.4. Alternador: según ingeniería del fabricante.
2.6.5. Rodado (cubiertas / llantas):
2.6.5.1. Llantas de aleación 17”.
2.6.5.2. Tipo de cubiertas: multipropósito o polivalente, que permita su uso en carretera y todo terreno.
2.6.6. Dimensiones del vehículo:
2.6.6.1. Largo (mínimo): 5.100 mm.
2.6.6.2. Ancho básico (mínimo): 1.800 mm.
2.6.6.3. Distancia entre ejes (mínimo): 3.000 mm.
2.6.6.4. Altura (mínimo): 1.800 mm.
2.6.6.5. Distancia mínima del suelo: mayor o igual a 210 mm.
2.6.7. Pesos y capacidades:
2.6.7.1. Peso en Orden de Marcha: 2.000 kg +- 200 kg
2.6.7.2. Capacidad caja de carga (mínimo): 900 kg.
2.6.7.3. Tanque de combustible (mínimo): 75 litros.
2.6.8. Cabina:
2.6.8.1. Cabina doble, con capacidad de transportar como mínimo UN (1) conductor y TRES
(3) ó CUATRO (4) pasajeros. Con CUATRO (4) puertas laterales.
2.6.8.2. Asiento de conductor: individual, con xxxxx xxxxxx.
2.6.8.3. Asiento de acompañante: con xxxxx xxxxxx.
2.6.8.4. Asientos traseros: para DOS (2) ó TRES (3) pasajeros, con apoya cabeza.
2.6.8.5. Cinturones de seguridad:
2.6.8.5.1. Delanteros: de TRES (3) puntos.
2.6.8.5.2. Traseros: de TRES (3) puntos.
2.6.8.6. Parasol para conductor y acompañante.
2.6.8.7. Luz de lectura en cabina.
2.6.8.8. Limpiaparabrisas de dos velocidades e intermitente (mínimo).
2.6.8.9. Ventanillas eléctricas delanteras y traseras.
2.6.8.10. Calefacción o sistema superior.
2.6.8.11. Aire Acondicionado o sistema superior.
2.6.8.12. Radio AM-FM, USB, MP3, Bluetooth, etc.
2.6.8.13. Alarma antirrobo.
2.6.8.14. Cierre centralizado con comando a distancia.
2.6.8.15. Llaves de contacto completas: DOS (2).
2.6.9. Chasis:
2.6.9.1. Según ingeniería de fabricante.
2.6.9.2. Caja de carga abierta, con portón rebatible.
2.6.9.3. Protector de motor.
2.6.10. Mejoras / Modificaciones / Elementos Adicionales.
2.6.10.1. Accesorios:
2.6.10.1.1. Cubre-alfombras de vinilo.
2.6.10.1.2. Neumático de auxilio: UNO (1), con llanta y cubierta.
2.6.10.1.3. Crique: UNO (1), de acuerdo al peso del vehículo.
2.6.10.1.4. Llave xx xxxxxx: UNA (1).
2.6.10.1.5. Matafuegos reglamentarios: UNO (1).
2.6.10.1.5.1. Tipo ABC, de 2,5 kg, c. potencial extintor de 5 B.
2.6.10.1.5.2. Con soporte metálico de sujeción. 2.6.10.1.5.3. Balizas reflectantes triangulares: DOS (2). 2.6.10.1.5.4. Botiquín de primeros auxilios: UNO (1).
2.6.10.1.5.5. Chaleco reflectante: UNO (1).
2.6.10.2. Manuales Técnicos:
2.6.10.2.1. Juego de manuales de operación y mantenimiento del usuario, en idioma español: UNO (1).
2.6.10.3. Pintado de los vehículos.
2.6.10.4. Pintado exterior:
2.6.10.4.1. Color: Blanco.
3. Renglón 3: Vehículo tipo utilitario familiar. CANTIDAD UNA (1) UNIDAD.
3.1. Planta Motriz:
3.1.1. Cantidad de cilindros: mínimo CUATRO (4).
3.1.2. Cilindrada: mínima 1.550 cm3.
3.1.3. Nro de válvulas: mínimo 16.
3.1.4. Potencia: mínima 90 CV.
3.1.5. Torque: mínimo 143 Nm.
3.1.6. Nafta, 4 tiempos. Inyección electrónica (mínimo).
3.1.7. Norma EURO IV (mínimo), emisiones según legislación vigente.
3.2. Dimensiones del vehículo:
3.2.1. Distancia entre ejes: 2.695 mm (+- 20 mm).
3.2.2. Altura de la cabina/carrocería: 1.830 mm (+- 50 mm).
3.2.3. Largo: 4.150 mm (+- 100 mm).
3.2.4. Ancho (con espejos): 1.880 mm (+- 100 mm).
3.3. Pesos y capacidades:
3.3.1. CINCO (5) pasajeros sentados.
3.3.2. Volumen baúl/compartimiento de carga: (mínimo) 600 lts.
3.3.3. Tanque de combustible: (mínimo) CINCUENTA (50) litros.
3.3.4. Velocidad final carretera: 160 km/h o superior.
3.4. Cabina / Carrocería:
3.4.1. Puertas laterales delanteras: DOS (2), batientes.
3.4.2. Puertas laterales traseras: DOS (2), corredizas, vidriadas.
3.4.3. Portón trasero para carga: UNO (1), vidriado.
3.4.4. Xxxxxxxx en techo: DOS (2), longitudinales.
3.4.5. Asientos de conductor: individual, anatómico, regulable, con apoya cabeza.
3.4.6. Asientos de acompañante: individual, anatómico, regulable, con apoya cabeza.
3.4.7. Asientos traseros de pasajeros: con apoya cabeza.
3.4.8. Cinturón de seguridad conductor (mínimo): inercial, de TRES (3) puntos.
3.4.9. Cinturón de seguridad acompañante (mínimo): inercial, de TRES (3) puntos.
3.4.10. Cinturones de seguridad para TRES (3) pasajeros traseros (mínimo): de DOS (2) puntos.
3.4.11. Airbag conductor: (mínimo) UNO (1).
3.4.12. Airbag acompañante: (mínimo) UNO (1).
3.4.13. Asiento trasero rebatible: (mínimo) 1/3, 2/3.
3.4.14. Parasol para conductor y acompañante.
3.4.15. Luz de lectura en cabina.
3.4.16. Limpiaparabrisas delantero de dos velocidades e intermitente (mínimo).
3.4.17. Limpiaparabrisas luneta trasera.
3.4.18. Aire Acondicionado, con comando regulable o sistema climatizador superior.
3.4.19. Ventilación forzada y Calefacción ó sistema superior.
3.4.20. Sistema de Audio (mínimo) con radio AM-FM, con USB, MP3, Aux-In, Bluetooth, etc.
3.4.21. Cierre centralizado con mando a distancia, alarma antirrobo.
3.5. Tracción:
3.5.1. Tracción 4x2, delantera.
3.6. Caja de velocidades:
3.6.1. Mecánica, manual sincronizada.
3.6.2. Cantidad de marchas (mínimo): CINCO (5) hacia delante, UNA (1) hacia atrás.
3.7. Embrague:
3.7.1. Según ingeniería del fabricante.
3.8. Sistema eléctrico:
3.8.1. Voltaje: 12 V.Alternador: según ingeniería del fabricante.
3.8.2. Luces reglamentarias según las leyes de tránsito vigentes.
3.8.3. Luces antiniebla.
3.9. Rodados:
3.9.1. Eje delantero simple.
3.9.2. Eje trasero simple.
3.9.3. Llantas: 14” ó 15“.
3.9.4. Neumáticos: Radiales, sin cámara, medidas según ingeniería del fabricante.
3.10. Suspensión:
3.10.1. Delantera: Mecánica, independiente. Diseño según ingeniería del fabricante.
3.10.2. Trasera: Mecánica. Diseño según ingeniería del fabricante.
3.11. Sistemas de Freno:
3.11.1. De servicio: doble circuito, hidráulico asistido. A disco en ruedas delanteras. A tambor en traseras (mínimo).
3.11.2. De estacionamiento: Según ingeniería del fabricante.
3.11.3. Sistema ABS, según ingeniería del fabricante.
3.11.3.1. Sistema de Dirección:
3.11.3.1.1. Asistida hidráulicamente (mínimo).
3.11.3.2. Accesorios:
3.11.3.2.1. Neumático de auxilio: UNO (1), con llanta y cubierta.
3.11.3.2.2. Matafuegos reglamentarios: UNO (1).
3.11.3.2.2.1. Tipo ABC, de 1 kg, con potencial extintor de 3 B.
3.11.3.2.2.2. Con soporte metálico de sujeción.
3.11.3.2.3. Crique mecánico ó hidráulico: UNO (1), de acuerdo al peso del vehículo.
3.11.3.2.4. Llave xx xxxxxx: UNA (1).
3.11.3.2.5. Balizas reflectantes triangulares: DOS (2).
3.11.3.2.6. Cubre alfombras: TRES (3) (conductor, acompañante y trasera).
3.11.3.2.7. Herramientas: juego de herramientas estándar de fábrica para mantenimiento elemental y operación particular del vehículo.
3.11.3.2.8. Bolsa porta herramientas. 3.11.3.2.9. Botiquín de primeros auxilios. 3.11.3.2.10. Chaleco reflectante.
3.11.3.2.11. Todas las llaves provistas, se deberán entregar por duplicado.
3.11.3.3. Manuales Técnicos:
3.11.3.3.1. Juego de manuales de operación y mantenimiento del usuario, en idioma español: UNO (1).
3.12. Pintado y marcación de los vehículos:
3.12.1. Pintado exterior:
3.12.1.1. Color: Blanco.
3.13. Requisitos de calidad:
3.13.1. Estado de los vehículos: los vehículos ofrecidos deben ser nuevos, 0 Km, sin uso y encontrarse en perfecto estado de empleo y conservación.
3.13.2. El año de fabricación de los vehículos ofrecidos, deberá ser coincidente ya sea con el año de presentación de la oferta ó con el año de entrega de los mismos (cualquiera de las 2 opciones será válida)
3.13.3. Los vehículos deberán ser en todos los casos legítimos y originales de fábrica.
4. Renglón 4: Vehículo monovolumen familiar. CANTIDAD TRES (3) UNIDADES.
4.1. Planta Motriz:
4.1.1. Cantidad de cilindros: mínimo 4.
4.1.2. Cilindrada: mínima 1.587 cm3.
4.1.3. Nro de válvulas: mínimo 8.
4.1.4. Potencia: mínima 100 CV.
4.1.5. Torque: mínimo 145 Nm.
4.1.6. Nafta, 4 tiempos. Inyección electrónica (mínimo).
4.1.7. Norma de Emisiones: según legislación vigente.
4.2. Dimensiones del vehículo:
4.2.1. Distancia entre ejes: 2.570 mm (+- 110 mm).
4.2.2. Altura: 1.663 mm (+- 85 mm).
4.2.3. Largo: 4.292 mm (+- 95 mm).
4.2.4. Ancho (sin espejos): 1.741 mm (+- 90 mm).
4.3. Pesos y capacidades:
4.3.1. CINCO (5) pasajeros sentados.
4.3.2. Volumen baúl con asientos en posición normal: (mínimo) 475 lts.
4.3.3. Tanque de combustible: (mínimo) CINCUENTA (50) litros.
4.3.4. Velocidad final carretera: 160 km/h o superior.
4.4. Cabina / Carrocería:
4.4.1. Puertas laterales delanteras: DOS (2), batientes.
4.4.2. Puertas laterales traseras: DOS (2), batientes.
4.4.3. Portón trasero para carga: UNO (1), vidriado, de apertura vertical.
4.4.4. Xxxxxxxx en techo: DOS (2), longitudinales.
4.4.5. Espejos retrovisores externos: DOS (2), accionamiento eléctrico.
4.4.6. Levanta cristales delanteros: accionamiento eléctrico.
4.4.7. Levanta cristales traseros: accionamiento eléctrico.
4.4.8. Asientos de conductor: individual, anatómico, regulable, con apoya cabeza, con ajuste en altura.
4.4.9. Asientos de acompañante: individual, anatómico, regulable, con apoya cabeza.
4.4.10. Asientos traseros para TRES (3) pasajeros: con TRES (3) apoya cabeza.
4.4.11. Asiento trasero abatible.
4.4.12. Cinturón de seguridad conductor: (mínimo) inercial, de TRES (3) puntos.
4.4.13. Cinturón de seguridad acompañante: (mínimo) inercial, de TRES (3) puntos.
4.4.14. Cinturones de seguridad para TRES (3) pasajeros traseros: (mínimo) de DOS (2) puntos.
4.4.15. Airbag conductor: (mínimo) UNO (1).
4.4.16. Airbag acompañante: (mínimo) UNO (1).
4.4.17. Sensor estacionamiento trasero: UNO (1).
4.4.18. Luz de lectura en cabina.
4.4.19. Limpiaparabrisas delantero de dos velocidades e intermitente (mínimo).
4.4.20. Limpiaparabrisas luneta trasera.
4.4.21. Aire Acondicionado, con comando regulable o sistema climatizador superior.
4.4.22. Ventilación forzada y Calefacción ó sistema superior.
4.4.23. Sistema de Audio Multifunción (mínimo) con radio AM-FM, con USB, MP3, Aux-In, conectividad Bluetooth, etc.
4.4.24. Cierre centralizado de puertas con comando mando a distancia
4.4.25. Alarma antirrobo: perimetral / periférica (mínimo)
4.5. Tracción:
4.5.1. Tracción 4x2, delantera.
4.6. Caja de velocidades:
4.6.1. Mecánica, manual sincronizada.
4.6.2. Cantidad de marchas (mínimo): CINCO (5) hacia delante, UNA (1) hacia atrás.
4.7. Embrague:
4.7.1. Según ingeniería del fabricante.
4.8. Sistema eléctrico:
4.8.1. Voltaje: 12 V.
4.8.2. Alternador: según ingeniería del fabricante.
4.8.3. Luces reglamentarias según las leyes de tránsito vigentes.
4.8.4. Luces antinieblas delanteras: DOS (2).
4.8.5. 3ra xxx xx xxxxx: UNA (1).
4.9. Rodados:
4.9.1. Eje delantero simple.
4.9.2. Eje trasero simple.
4.9.3. Llantas: 16“, de aleación.
4.9.4. Neumáticos: Radiales, sin cámara, medidas según ingeniería del fabricante.
4.10. Suspensión:
4.10.1. Delantera: Mecánica, independiente. Diseño según ingeniería del fabricante.
4.10.2. Trasera: Mecánica. Diseño según ingeniería del fabricante.
4.11. Sistemas de Freno:
4.11.1. De servicio: doble circuito, hidráulico asistido. A disco ventilados en ruedas delanteras. A tambor en traseras (mínimo).
4.11.2. De estacionamiento: Según ingeniería del fabricante.
4.11.3. Sistema ABS, según ingeniería del fabricante.
4.12. Sistema de Dirección:
4.12.1. Asistida hidráulicamente (mínimo).
4.13. Accesorios:
4.13.1. Neumático de auxilio: UNO (1), con llanta y cubierta.
4.13.2. Matafuegos reglamentarios: UNO (1).
4.13.2.1. Tipo ABC, de 1 kg, con potencial extintor de 3 B.
4.13.2.2. Con soporte metálico de sujeción.
4.13.3. Crique mecánico ó hidráulico: UNO (1), de acuerdo al peso del vehículo.
4.13.4. Llave xx xxxxxx: UNA (1).
4.13.5. Juego tuercas antirrobo: UN (1) juego, con 4 tuercas y llave maestra.
4.13.6. Balizas reflectantes triangulares: DOS (2).
4.13.7. Cubre alfombras “originales”: CUATRO (4) (conductor, acompañante, trasera y baúl).
4.13.8. Herramientas: juego de herramientas estándar de fábrica para mantenimiento elemental y operación particular del vehículo.
4.13.9. Bolsa porta herramientas.
4.13.10. Botiquín de primeros auxilios.
4.13.11. Chaleco reflectante.
4.13.12. Todas las llaves provistas, se deberán entregar por duplicado.
4.14. Manuales Técnicos:
4.14.1. Juego de manuales de operación y mantenimiento del usuario, en idioma español: UNO (1).
4.15. Pintado y marcación de los vehículos.
4.15.1. Pintado exterior:
4.15.1.1. Color: Blanco.
4.16. Requisitos de calidad:
4.16.1. Estado de los vehículos: los vehículos ofrecidos deben ser nuevos, 0 Km, sin uso y encontrarse en perfecto estado de empleo y conservación.
4.16.2. El año de fabricación de los vehículos ofrecidos, deberá ser coincidente ya sea con el año de presentación de la oferta ó con el año de entrega de los mismos (cualquiera de las 2 opciones será válida). Los OFERENTES deberán indicar en sus ofertas el año de fabricación correspondiente.
4.16.3. Los vehículos deberán ser en todos los casos legítimos y originales de fábrica.
5. Renglón 5: Motovehículo. CANTIDAD DIEZ (10) UNIDADES
5.1. Motor:
5.1.1. Combustible: Nafta, 4 tiempos.
5.1.2. Potencia: mínima 70 Hp.
5.1.3. Par Motor: mínimo 65 Nm.
5.1.4. Número de cilindros: Mínimo DOS (2).
5.1.5. Cilindrada: 700 cm3 (+- 20 cm3).
5.1.6. Alimentación: Inyección electrónica.
5.1.7. Lubricación: xxxxxx húmedo / seco.
5.1.8. Encendido: electrónico.
5.1.9. Refrigeración: líquida, con radiador.
5.2. Transmisión:
5.2.1. Final sistema a cadena, con rueda dentada
5.2.2. Marchas: mínimo SEIS (6) marchas.
5.3. Embrague: Multidisco en baño de aceite.
5.4. Sistema de Suspensión:
5.4.1. Suspensión delantera: Sistema horquilla - amortiguadores telescópicos.
5.4.2. Suspensión trasera: Sistema basculante o mono-amortiguador progresivo.
5.5. Sistema Eléctrico:
5.5.1. Batería: 12 V.
5.5.2. Luces: reglamentarias, según diseño fabricante, que debe cumplir la normativa establecida en la Ley Nacional de Tránsito Nro 24.449 y su Reglamentación.
5.6. Sistema de Frenos:
5.6.1. Delanteros: doble disco, ventilados. ABS
5.6.2. Traseros: a disco, ventilados. ABS.
5.6.3. Reglamentarios, según diseño fabricante, que debe cumplir la normativa establecida en la Ley Nacional de Tránsito Nro 24.449 y su Reglamentación.
5.7. Rodados:
5.7.1. Llanta delantera: mínimo 17”, xx xxxxx o aleación.
5.7.2. Llanta trasera: mínimo 17”, xx xxxxx o aleación.
5.7.3. Neumáticos: tipo “ON ROAD”. Dimensiones, índice de carga y velocidad, según ingeniería del fabricante.
5.8. Dimensiones:
5.8.1. Largo: 2.150 mm (+- 100 mm).
5.8.2. Ancho: 780 mm (+- 40 mm).
5.8.3. Distancia entre ejes: 1.470 mm (+- 70 mm).
5.8.4. Altura del asiento: 815 mm (+- 10 mm).
5.9. Capacidades:
5.9.1. Peso en orden de marcha: 185 Kgrs (+- 5 Kgrs).
5.9.2. Tanque de combustible: mínimo 14 litros.
5.9.3. Radio de giro: mínimo 2.700 mm.
5.10. Estructura:
5.10.1. Tratamiento anticorrosivo: todos los componentes deben ser tratados y protegidos contra la corrosión con los métodos más actualizados que la tecnología del momento aconseje como más conveniente.
5.11. Accesorios / Modificaciones / Elementos Adicionales:
5.11.1. Accesorios (en caso de no estar incluidos de fábrica)
5.11.1.1. Espejos retrovisores exteriores: DOS (2).
5.11.1.2. Faros antiniebla: DOS (2).
5.11.1.3. Patines laterales ó descansa pie, para conductor: DOS (2).
5.11.1.4. Patines laterales ó descansa pie, para acompañante: DOS (2).
5.11.1.5. Caballete: UNO (1).
5.11.1.6. Pie-soporte lateral: UNO (1).
5.11.1.7. Protector de seguridad “mataperros”: UNO (1).
5.11.1.8. Parabrisas: UNO (1). Altura 40 / 48 cm. Ancho: 38 / 46 cm. De primera calidad, tipo marca “GIVI”.
5.11.1.9. Maletas laterales: DOS (2). Volumen c/u 35/40 litros, con “ojo de gato-refractario”. Deben permitir transportar DOS (2) conos de auxilio plegables de base 25 x 25 cm. De primera calidad, tipo marca “GIVI”.
5.11.1.10. Botiquín de primeros auxilios: UNO (1).
5.11.1.11. Chaleco reflectante: UNO (1).
5.11.1.12. Herramientas: juego de herramientas estándar de fábrica para mantenimiento elemental y operación particular del vehículo motocicleta.
5.11.1.13. Llaves de contacto completas: DOS (2).
5.11.2. Elementos Adicionales:
5.11.2.1. Sistema Lumínico de Auxilio: UNO (1), compuesto por:
5.11.2.1.1. Módulos led-lumínicos delanteros: UNO (1). Rectangulares, de tecnología led, color ambar, de gran capacidad lumínica y bajo consumo. Los materiales deberán tener protección UV (rayos ultravioleta), con alta resistencia al impacto y a la decoloración. Ubicación: delantera, lugar exacto a definir con ADJUDICATARIO.
5.11.2.1.2. Mini módulos led-lumínico delanteros para manubrio: DOS (2). Uno por lado, de tecnología led, color ambar, de gran capacidad lumínica y bajo consumo. Los materiales deberán tener protección UV (rayos ultravioleta), con alta resistencia al impacto y a la decoloración. Ubicación: delantera, lugar exacto a definir con ADJUDICATARIO.
5.11.2.1.3. Módulo led-lumínico trasero: UNO (1). Rectangular, de tecnología led, color ambar, de gran capacidad lumínica y bajo consumo. Los materiales deberán tener protección UV (rayos ultravioleta), con alta resistencia al impacto y a la decoloración.
Ubicación: trasera, lugar exacto a definir con ADJUDICATARIO.
5.11.2.1.4. Mini módulos led-lumínico laterales: DOS (2). Uno por lado, de tecnología led, color ambar, de gran capacidad lumínica y bajo consumo. Los materiales deberán tener protección UV (rayos ultravioleta), con alta resistencia al impacto y a la decoloración. Ubicación: lateral, lugar exacto a definir con ADJUDICATARIO.
5.11.2.1.5. Sirena de auxilio: DOS (2), potencia del orden de 35 W y 120 Db o similar.
5.11.2.1.6. Comando de control manual: UNO (1). Estanco, resistente al agua, diseño ergonómico, para el control manual centralizado de los módulos lumínicos y sirenas descriptos precedentemente.
Combinaciones: Con como mínimo SEIS (6) combinaciones xx xxxxx y SEIS (6) combinaciones de sonidos (sonido tipo emergencia, sonido tipo ambulancia, sonido tipo policía, sonido tipo bomberos, etc). De primera calidad, tipo marca “WHELEN”.
Diseño según ingeniería del fabricante.
5.11.2.1.7. Los elementos adicionales expresados en 5.11.2.1. se deberán entregar instalados y en funcionamiento, no debiendo interferir el normal funcionamiento del sistema eléctrico original con el que viene provisto el vehículo de fábrica.
5.11.3. Manuales Técnicos:
5.11.3.1. Juego de manuales de operación y mantenimiento del usuario, en idioma español: UNO (1).
5.11.4. Pintado y Ploteo de los vehículos:
5.11.4.1. Pintado exterior:
5.11.4.1.1. Color según disponibilidad del fabricante.
5.11.4.2. Ploteo / Repintado:
5.11.4.2.1. El color del ploteo será el Celeste Institucional de la ANSV. Se acepta el proceso de “repintado”.
5.11.4.2.2. El Ploteo / Repintado cubrirá la superficie exterior del vehículo e incluirá las maletas laterales.
5.11.4.2.3. El ADJUDICATARIO deberá consultar con el ORGANISMO ADQUIRENTE receptor el tono particular, logos y detalles referidos al ploteo a efectuar.
5.12. Requisitos Servicio “Post-Venta”:
5.12.1. El OFERENTE deberá considerar e incluir en su oferta los siguientes “services”:
5.12.2. UN (1) “Sevice Inicial”, a los 1.000 / 2.000 Km de uso, según corresponda.
5.12.3. TRES (3) Services programados, repartidos durante el primer año de uso o durante los primeros 12.000 km de uso.
5.13. Requisitos de calidad:
5.13.1. Estado de los vehículos: los vehículos ofrecidos deben ser nuevos, 0 Km, sin uso y encontrarse en perfecto estado de empleo y conservación.
5.13.2. El año de fabricación de los vehículos ofrecidos, deberá ser coincidente ya sea con el año de presentación de la oferta ó con el año de entrega de los mismos (cualquiera de las 2 opciones será válida). Los OFERENTES deberán indicar en sus ofertas el año de fabricación correspondiente.
5.13.3. El ADJUDICATARIO deberá asegurar que la colocación de los dispositivos lumínicos y eléctricos de auxilio agregados en los vehículos 0 Km, mantienen la garantía original de fábrica.
6. Renglón 6: Camión tractor para semirremolque tipo mosquito. CANTIDAD DOS (2) UNIDADES.
6.1. Planta Motriz:
6.1.1. Cantidad de cilindros: mínimo SEIS (6).
6.1.2. Cilindrada mínima: 7.200 cm3.
6.1.3. Potencia mínima: 320 CV.
6.1.4. Torque mínimo: 1.300 Nm.
6.1.5. Diesel, 4 tiempos. Inyección electrónica (mínimo)
6.1.6. Norma EURO V.
6.2. Dimensiones del vehículo:
6.2.1. Distancia entre ejes: 3.760 mm (máxima)
6.2.2. Altura de la cabina: Cabina Techo Bajo, 3.180 mm (máximo). Nota: La altura máxima de cabina obedece a la necesidad que no exista interferencia con la plataforma superior y/o con la carga del Semirremolque transporte de vehículos (mosquito).
6.2.3. Trocha delantera: 2.000 mm +- 10 %.
6.2.4. Ancho: según diseño fabricante.
6.3. Pesos y capacidades:
6.3.1. PBT: 16.000 Kgr a 18.600 Kgrs.
6.3.2. PBTC: 45.000 Kgrs +- 10 %.
6.3.3. Velocidad final carretera con PBT: 90 km/h o superior.
6.4. Cabina:
6.4.1. Cabina: frontal, simple, con dormitorio, de dos puertas.
6.4.2. Capacidad: mínimo DOS (2) tripulantes.
6.4.3. Asientos de conductor individual, con xxxxx xxxxxx.
6.4.4. Asientos de acompañantes: con xxxxx xxxxxx.
6.4.5. Cinturones de seguridad: inerciales, de TRES (3) puntos.
6.4.6. Parasol para conductor y acompañante.
6.4.7. Luz de lectura en cabina.
6.4.8. Limpiaparabrisas de dos velocidades e intermitente (mínimo).
6.4.9. Ventilación forzada y calefacción.
6.4.10. Aire acondicionado.
6.4.11. Radio AM-FM, con lector de CD, USB, etc.
6.5. Caja de velocidades:
6.5.1. Mecánica, manual sincronizada o automática.
6.5.2. Cantidad de marchas (mínimo): DIECISEIS (16) hacia delante, UNA (1) hacia atrás.
6.6. Embrague:
6.6.1. Tipo Monodisco.
6.6.2. Accionamiento: según ingeniería del fabricante.
6.7. Sistema eléctrico:
6.7.1. Voltaje: 24 V.
6.7.2. Alternador: según ingeniería del fabricante.
6.7.3. Luces reglamentarias según las leyes de tránsito vigentes.
6.7.4. Luces antiniebla.
6.8. Rodado:
6.8.1. Eje delantero simple, eje trasero doble.
6.8.2. Llantas: xx xxxxx, de 22,5 ” (mínimo).
6.8.3. Neumáticos: según ingeniería del fabricante.
6.9. Suspensión:
6.9.1. Delantera: Mecánica, con ballestas parabólicas, con amortiguadores hidráulicos telescópicos xx xxxxx acción y barra estabilizadora. Diseño según ingeniería del fabricante.
6.9.2. Trasera: Ballestas, con amortiguadores hidráulicos telescópicos y/o muelles. Diseño según ingeniería del fabricante.
6.10. Sistemas de Freno:
6.10.1. De servicio: neumático ó hidráulico servo asistido, a tambor ó disco en eje delantero y trasero.
6.10.2. De estacionamiento: Según ingeniería del fabricante
6.10.3. De motor: Según ingeniería del fabricante.
6.10.4. Sistema ABS, según ingeniería del fabricante.
6.11. Sistema de dirección:
6.11.1. Asistida hidráulicamente (mínimo).
6.12. Paragolpes:
6.12.1. Paragolpe trasero: reglamentarios.
6.12.2. Paragolpe delantero: reglamentarios.
6.13. Dispositivo 5ta Rueda:
6.13.1. Para acoplamiento xx xxxxx rey estándar, de 2”.
6.13.2. Diseño según ingeniería del fabricante.
6.14. Dispositivos Agregados: (en caso no venir provistos de serie):
6.14.1. Toma de fuerza.
6.14.1.1. Bomba hidráulica, con caudal del orden de 15 Lts/min, apropiada para operar los dispositivos hidráulicos de accionamiento de rampas y plataformas de carga del Semirremolque transporte de vehículos.
6.14.1.2. Depósito de aceite hidráulico, de 30 lts +- 20 %.
6.15. Accesorios:
6.15.1. Ruedas de auxilio: UNO (1), con llanta y cubierta.
6.15.2. Matafuegos reglamentarios: UNO (1).
6.15.2.1. Tipo ABC, de 5 kg, con potencial extintor de 10 B.
6.15.2.2. Con soporte metálico de sujeción.
6.15.3. Crique hidráulico: UNO (1), de acuerdo al peso del vehículo.
6.15.4. Llave xx xxxxxx con palanca de fuerza: UNA (1).
6.15.5. Balizas reflectantes triangulares: DOS (2).
6.15.6. Herramientas: juego de herramientas estándar de fábrica para mantenimiento elemental y operación particular del vehículo.
6.15.7. Bolsa porta herramientas.
6.15.8. Botiquín de primeros auxilios.
6.15.9. Chaleco reflectante.
6.15.10. Todas las llaves provistas, se deberán entregar por duplicado.
6.16. Manuales Técnicos:
6.16.1. Juego de manuales de operación y mantenimiento del usuario, en idioma español: UNO (1).
6.17. Pintado de los vehículos:
6.17.1. Pintado exterior:
6.17.1.1. Color: Blanco.
6.18. Requisitos de calidad
6.18.1. Estado de los vehículos: los vehículos ofrecidos deben ser nuevos, 0 Km, sin uso y encontrarse en perfecto estado de empleo y conservación.
6.18.2. El año de fabricación de los vehículos ofrecidos, deberá ser coincidente ya sea con el año de presentación de la oferta ó con el año de entrega de los mismos (cualquiera de las 2 opciones será válida). Los OFERENTES deberán indicar en sus ofertas el año de fabricación correspondiente.
6.18.3. El Camión-Chasis (chasis, motor, cabina y su equipamiento básico) deberán ser en todos los casos legítimos y originales de fábrica.
6.18.4. El agregado de los dispositivos, requeridos en 6.14. “Dispositivo Agregados”, deberán realizarse manteniendo la garantía original de fábrica del vehículo.
7. Renglón 7: Camión auxilio con plancha. CANTIDAD DIEZ (10) UNIDADES
7.1. Planta Motriz:
7.1.1. Cantidad de cilindros: mínimo CUATRO (4).
7.1.2. Cilindrada mínima: 3.000 cm3.
7.1.3. Potencia mínima: 156 CV.
7.1.4. Torque mínimo: 450 Nm.
7.1.5. Diesel, 4 tiempos. Inyección electrónica (mínimo)
7.1.6. Norma EURO V.
7.2. Cabina:
7.2.1. Cabina semi-avanzada o cabina frontal, simple, de dos puertas.
7.2.2. Capacidad: mínimo DOS (2) tripulantes.
7.2.3. Asientos de conductor individual, con xxxxx xxxxxx.
7.2.4. Asientos de acompañantes: con xxxxx xxxxxx.
7.2.5. Cinturones de seguridad: inerciales, de TRES (3) puntos.
7.2.6. Parasol para conductor y acompañante.
7.2.7. Luz de lectura en cabina.
7.2.8. Limpiaparabrisas de dos velocidades e intermitente (mínimo).
7.2.9. Ventilación forzada y calefacción.
7.2.10. Aire acondicionado.
7.2.11. Radio AM-FM, con lector de CD, USB, etc.
7.3. Caja de velocidades:
7.3.1. Mecánica, manual sincronizada o automática.
7.3.2. Cantidad de marchas (mínimo): CINCO (5) hacia delante, UNA (1) hacia atrás.
7.4. Embrague:
7.4.1. Tipo Monodisco.
7.4.2. Accionamiento: según ingeniería del fabricante.
7.5. Sistema eléctrico:
7.5.1. Voltaje: 12 V ó 24 V.
7.5.2. Alternador: según ingeniería del fabricante.
7.5.3. Luces reglamentarias según las leyes de tránsito vigentes.
7.5.4. Luces antiniebla.
7.6. Rodado:
7.6.1. Eje delantero simple, eje trasero doble.
7.6.2. Llantas: xx xxxxx, de 17,5 ” (mínimo).
7.6.3. Neumáticos: según ingeniería del fabricante.
7.7. Suspensión:
7.7.1. Delantera: Independiente ó rígido (con ballestas parabólicas), con amortiguadores hidráulicos telescópicos xx xxxxx acción y barra estabilizadora. Diseño según ingeniería del fabricante.
7.7.2. Trasera: Ballestas, con amortiguadores y/o muelles, y barra estabilizadora.
7.7.3. Diseño según ingeniería del fabricante.
7.8. Sistemas de Freno:
7.8.1. De servicio: neumático ó hidráulico servo asistido, a tambor ó disco en las cuatro ruedas.
7.8.2. De estacionamiento: Según ingeniería del fabricante
7.8.3. De motor: Según ingeniería del fabricante.
7.8.4. Sistema ABS, según ingeniería del fabricante.
7.9. Sistema de dirección:
7.9.1. Hidráulica asistida (mínimo).
7.10. Paragolpes:
7.10.1. Paragolpe trasero: reglamentarios.
7.10.2. Paragolpe delantero: reglamentarios.
7.11. Dimensiones del vehículo:
7.11.1. Ancho: 2.100 mm ± 100 mm (sin espejos).
7.11.2. Altura: según diseño del fabricante.
7.11.3. Trocha delantera: 1.700 mm ± 100 mm.
7.11.4. Distancia entre ejes: 3.700 mm (mínimo)
7.11.5. Longitud libre para carrozado: ver 7.14.2. “plataforma de auxilio autodeslizante”.
7.12. Pesos y capacidades:
7.12.1. PBT: 6.800 Kgrs a 9.000 Kgrs.
7.12.2. Velocidad final carretera con PBT: 105 km/h o superior.
7.13. Accesorios:
7.13.1. Neumático de auxilio: UNO (1), con llanta y cubierta.
7.13.2. Matafuegos reglamentarios: UNO (1).
7.13.2.1. Tipo ABC, de 5 kg, con potencial extintor de 10 B.
7.13.2.2. Con soporte metálico de sujeción.
7.13.3. Crique hidráulico: UNO (1), de acuerdo al peso del vehículo.
7.13.4. Llave xx xxxxxx con palanca de fuerza: UNA (1).
7.13.5. Balizas reflectantes triangulares: DOS (2).
7.13.6. Calzas metálicas para ruedas del camión: DOS (2).
7.13.7. Herramientas: juego de herramientas estándar de fábrica para mantenimiento elemental y operación particular del vehículo.
7.13.8. Bolsa porta herramientas.
7.13.9. Botiquín de primeros auxilios.
7.13.10. Chaleco reflectante.
7.13.11. Todas las llaves provistas, se deberán entregar por duplicado.
7.14. Manuales Técnicos:
7.14.1. Juego de manuales de operación y mantenimiento del usuario, en idioma español: UNO (1).
7.14.2. Plataforma de Auxilio Autodeslizante:
7.14.2.1. Plataforma:
7.14.2.1.1. Capacidad de carga: 4.000 Kgr +- 200 kgrs.
7.14.2.1.2. Diseño: según ingeniería del fabricante.
7.14.2.1.3. Piso antideslizante.
7.14.2.1.4. Ancho: 2200 mm +- 50 mm.
7.14.2.1.5. Largo: 5500 mm +- 100 mm.
7.14.2.1.6. Cilindros hidráulicos doble efecto: DOS (2). UNO (1) de inclinación y UNO (1) de elevación.
7.14.2.1.7. Comando hidráulico manual de plataforma: UNO (1).
7.14.2.2. Malacate: UNO (1).
7.14.2.2.1. Hidráulico.
7.14.2.2.2. Capacidad de tiro simple (mínimo): 5.000 Kgrs.
7.14.2.2.3. Largo eslinga xx xxxxx (mínimo): 18 metros.
7.14.2.2.4. Diámetro de la eslinga: 3/8“.
7.14.2.2.5. Comando hidráulico manual de malacate: UNO (1)
7.14.2.2.6. Control remoto inalámbrico: UNO (1).
7.14.2.3. Equipamiento de Seguridad y Accesorios:
7.14.2.3.1. Balizas con Leds (según normativa de tránsito vigente), colocadas sobre la plataforma de carga.
7.14.2.3.2. Reflectores: DOS (2), para la operación de carga/descarga.
7.14.2.3.3. Luces traseras de seguridad: DOS (2).
7.14.2.3.4. Baulera porta - herramientas: UNA (1).
7.14.2.3.5. Topes vehiculares desplazables sobre plataforma: DOS (2). 7.14.2.3.6. Juegos de topes para transportar motocicletas: DOS (2) juegos. 7.14.2.3.7. Cinta malacate de amarre de vehículos: DOS (2).
7.14.2.3.8. Juego de ganchos dobles para izaje de vehículos: UNO (1).
7.14.2.3.9. Cadena de seguridad con gancho: UNA (1).
7.14.2.3.10. Boggy con 4 ruedas para vehículos inmovilizados o siniestrados: DOS (2).
7.14.2.3.11. Polea de tiro lateral o reenvío: UNA (1).
7.14.2.3.12. Horquilla trasera para evacuación rápida o transporte de un 2do vehículo: UNA (1).
7.14.2.3.13. Manguera para inflado de neumáticos: UNA (1).
7.14.2.3.14. Borneras hembra de 12 Volt y juego de cables con pinza cocodrilo para puesta en marcha vehicular.
7.14.2.3.15. Tanque de agua de 20 / 25 litros: UNO (1).
7.14.2.3.16. Conos de seguridad: DOS (2). Apilables, resistentes a rayos UV, color naranja, con cintas reflectivas. Peso debe soportar vientos de 70 km/h, dimensiones mínimas: altura 55 cm.
7.14.2.4. Manuales Técnicos:
7.14.2.4.1. Juego de manuales de operación y mantenimiento del usuario, en idioma español: UNO (1).
7.14.3. Pintado y marcación de los vehículos.
7.14.3.1. Pintado exterior:
7.14.3.1.1. Color Blanco, para el camión chasis.
7.14.3.1.2. Color Celeste institucional ANSV, para plataforma de auxilio antideslizante. El ADJUDICATARIO deberá consultar con el ORGANISMO ADQUIRENTE receptor el tono del color celeste solicitado.
7.14.3.2. Marcación:
7.14.3.2.1. La plataforma de auxilio antideslizante presentará banda perimetral reflectante, los adhesivos de velocidad máxima, y otras señales, de acuerdo con las
exigencias técnicas requeridas por la CNRT, y otras normativas vigentes para este tipo de vehículos.
7.15. Requisitos de calidad:
7.15.1. Estado de los vehículos: los vehículos ofrecidos deben ser nuevos, 0 Km, sin uso y encontrarse en perfecto estado de empleo y conservación.
7.15.2. El año de fabricación de los vehículos ofrecidos, deberá ser coincidente ya sea con el año de presentación de la oferta ó con el año de entrega de los mismos (cualquiera de las 2 opciones será válida). Los OFERENTES deberán indicar en sus ofertas el año de fabricación correspondiente.
7.15.3. El Camión-Chasis (chasis, motor, cabina y su equipamiento básico) deberán ser en todos los casos legítimos y originales de fábrica.
7.15.4. La transformación del Camión-Chasis en el vehículo Camión 4x2 con Plataforma de Auxilio Autodeslizante, podrá ser realizada y/o ensamblada en la República Argentina y en todos los casos deberá poseer para estas actividades un Certificado de Garantía de Calidad refrendado por el fabricante del camión-chasis, con su acuerdo técnico acerca de la transformación del vehículo, manteniendo la garantía original de fábrica.
8. Renglón 8: Vehículo tipo minibús. CANTIDAD UNA (1) UNIDAD
8.1. Planta Motriz:
8.1.1. Cantidad de cilindros: mínimo CUATRO (4), en línea.
8.1.2. Cilindrada: mínima 2.100 cm3.
8.1.3. Potencia: mínima 150 CV.
8.1.4. Torque: mínimo 330 Nm.
8.1.5. Diesel, 4 tiempos. Inyección electrónica (mínimo), turbo, intercooler.
8.1.6. Norma EURO III (mínimo), emisiones según legislación vigente.
8.2. Dimensiones del vehículo:
8.2.1. Distancia entre ejes: 4.150 mm (+- 250 mm).
8.2.2. Altura de la cabina/carrocería: 2.745 mm (mínimo-descargado).
8.2.3. Largo: 7.200 mm +- 200 mm.
8.2.4. Ancho (sin espejos): 1.990 mm +- 100 mm.
8.3. Pesos y capacidades:
8.3.1. PBT: 5.000 Kgr.
8.3.2. Carga útil: 1.700 kgrs (mínima).
8.3.3. DIECINUEVE (19) pasajeros sentados + un (1) conductor.
8.3.4. Tanque de combustible: (mínimo) SETENTA (70) litros.
8.3.5. Velocidad final carretera con PBT: 90 km/h o superior.
8.4. Cabina / Carrocería:
8.4.1. Puerta de acceso individual para el conductor: UNA (1).
8.4.2. Puerta de acceso delantera y/o lateral derecha: (mínimo) UNA (1). Batiente o corrediza, para el ingreso/egreso de acompañante y/o pasajeros.
8.4.3. Portón trasero para carga, con sistema de cierre.
8.4.4. Asientos de conductor: individual, anatómico, con apoya cabeza, regulable en altura y profundidad (mínimo).
8.4.5. Asientos de pasajeros: individuales, reclinables, con apoya cabeza.
8.4.6. Cinturón de seguridad conductor (mínimo): inercial, de TRES (3) puntos.
8.4.7. Cinturones de seguridad pasajeros (mínimo): de DOS (2) puntos.
8.4.8. Parasol para conductor y acompañante.
8.4.9. Luz de lectura en cabina.
8.4.10. Limpiaparabrisas de dos velocidades e intermitente (mínimo).
8.4.11. Aire Acondicionado reforzado/alta potencia, con comando independiente conductor y pasajeros o sistema climatizador superior.
8.4.12. Ventilación forzada y Calefacción ó sistema superior.
8.4.13. Radio AM-FM, con USB, Aux-In, etc.
8.4.14. Cierre centralizado con alarma antirrobo.
8.5. Tracción
8.5.1. Tracción 4x2.
8.6. Caja de velocidades:
8.6.1. Mecánica, manual sincronizada.
8.6.2. Cantidad de marchas (mínimo): CINCO (5) hacia delante, UNA (1) hacia atrás.
8.7. Embrague:
8.7.1. Según ingeniería del fabricante.
8.8. Sistema eléctrico:
8.8.1. Voltaje: 12 V.
8.8.2. Alternador: según ingeniería del fabricante.
8.8.3. Luces reglamentarias según las leyes de tránsito vigentes.
8.8.4. Luces antiniebla.
8.8.5. 3ra luz de stop.
8.8.6. Iluminación interior de todos los compartimentos del vehículo, con tubos fluorescentes ó LED ó plafones distribuidos en forma proporcional.
8.9. Rodados:
8.9.1. Eje delantero simple.
8.9.2. Eje trasero doble.
8.9.3. Llantas: xx xxxxx, de 16 ” (mínimo).
8.9.4. Neumáticos: Radiales, sin cámara, medidas según ingeniería del fabricante.
8.10. Suspensión:
8.10.1. Delantera: Mecánica, independiente, con ballestas parabólicas ó barras de torsión, con amortiguadores hidráulicos y barra estabilizadora. Diseño según ingeniería del fabricante.
8.10.2. Trasera: Mecánica, ballestas parabólicas, con amortiguadores hidráulicos y barra estabilizadora. Diseño según ingeniería del fabricante.
8.11. Sistemas de Freno:
8.11.1. De servicio: doble circuito, hidráulico servo asistido, a disco en las cuatro ruedas.
8.11.2. De estacionamiento: Según ingeniería del fabricante.
8.11.3. Sistema ABS, según ingeniería del fabricante.
8.12. Sistema de Dirección:
8.12.1. Asistida hidráulicamente (mínimo).
8.13. Accesorios:
8.13.1. Neumático de auxilio: UNO (1), con llanta y cubierta.
8.13.2. Matafuegos reglamentarios: UNO (1).
8.13.2.1. Tipo ABC, de 2,5 kg, con potencial extintor de 5 B.
8.13.2.2. Con soporte metálico de sujeción.
8.13.2.3. Crique hidráulico: UNO (1), de acuerdo al peso del vehículo.
8.13.2.4. Llave xx xxxxxx con palanca de fuerza: UNA (1).
8.13.2.5. Balizas reflectantes triangulares: DOS (2).
8.13.2.6. Xxxxx xxxxxxxx conductor: UNO (1).
8.13.2.7. Herramientas: juego de herramientas estándar de fábrica para mantenimiento elemental y operación particular del vehículo.
8.13.2.8. Bolsa porta herramientas.
8.13.2.9. Botiquín de primeros auxilios.
8.13.2.10. Chaleco reflectante.
8.13.2.11. Todas las llaves provistas, se deberán entregar por duplicado.
8.14. Manuales Técnicos:
8.14.1. Juego de manuales de operación y mantenimiento del usuario, en idioma español: UNO (1).
8.14.2. Pintado y marcación de los vehículos.
8.14.2.1. Pintado exterior:
8.14.2.1.1. Color: Blanco.
8.14.2.2. Marcación: Los vehículos presentarán la banda perimetral retrorreflectante (trasera, laterales y delantera), y adhesivos de velocidad máxima de acuerdo con las características técnicas requeridas por la CNRT (Resolución ST 492/2004 y Norma IRAM 3952/84)
8.15. Requisitos de calidad:
8.15.1. Estado de los vehículos: los vehículos ofrecidos deben ser nuevos, 0 Km, sin uso y encontrarse en perfecto estado de empleo y conservación.
8.15.2. El año de fabricación de los vehículos ofrecidos, deberá ser coincidente ya sea con el año de presentación de la oferta ó con el año de entrega de los mismos (cualquiera de las 2
opciones será válida). Los OFERENTES deberán indicar en sus ofertas el año de fabricación correspondiente.
8.15.3. Los vehículos deberán ser en todos los casos legítimos y originales de fábrica.
9. Renglón 9: Semirremolque mosquito. CANTIDAD DOS (2) UNIDADES
9.1. Características y requisitos.
9.1.1. Capacidad: 20 Ton.
9.1.2. Tara del semirremolque en orden de marcha: inferior a 12 Ton.
9.1.3. Doble plataforma de carga (doble piso).
9.1.4. Plataforma inferior: tipo deprimida.
9.1.5. Xxxxxx xx xxxxx: fijo.
9.1.6. Cantidad de vehículos a transportar: SIETE (7) camionetas 4x4 doble cabina.
9.2. Dimensiones:
9.2.1. Largo total: 19,50 mts (+- 1 m). Para ello se deberá considerar que la distancia total del conjunto camión tractor – semirremolque, no debe sobrepasar del largo total de 22,40 mts estipulado por la Ley Nacional de Tránsito para este tipo de vehículos.
9.2.2. Largo útil de la plataforma de carga inferior: según diseño de fabricante, tal que permita transportar TRES (3) camionetas doble cabina.
9.2.3. Largo útil de la plataforma de carga superior: según diseño de fabricante, tal que permita transportar CUATRO (4) camionetas doble cabina.
9.2.4. Distancia al perno: según ingeniería del fabricante.
9.3. Suspensión:
9.3.1. 1er y 2do eje: En tándem. Mecánica, ballestas accionamiento progresivo o superior.
9.4. Transmisión:
9.4.1. DOS (2) ejes.
9.4.2. Ejes tubulares con rodado dual.
9.5. Chasis:
9.5.1. Batea: los diferentes tipos de largeros, la estructura reticular, el diseño tubular, deberán conformar una estructura suficientemente resistente a los esfuerzos a los que será sometido el equipo.
9.5.2. Diseñado según ingeniería del fabricante
9.5.3. Ejes tubulares, con rodamientos gemelos. Con mazas de 10 agujeros.
9.5.4. Pisos de la plataforma superior e inferior, reforzado, construido en xxxxx xx xxxxx tipo antideslizante, con punzonado tipo crater.
9.5.5. Deberá poseer todos los anclajes necesarios para el amarre de los todos vehículos.
9.5.6. Rampa superior delantera con dispositivo de alargue rebatible.
9.5.7. Plataforma superior, con capacidad de regulación en altura, pudiendo estar dividido en tramos.
9.5.8. Plataforma superior, con dispositivos hidráulicos de regulación.
9.5.9. Patas de apoyo: DOS (2), retractiles, telescópicas, de accionamiento mecánico en los extremos del chasis, para efectuar la carga y descarga del semirremolque en forma segura y desacoplado del tractor.
9.5.10. Soporte reglamentario para placa patente.
9.5.11. Soportes para DOS (2) ruedas de auxilio.
9.5.12. Paragolpe: reglamentario, con bandas reflectivas.
9.6. Frenos:
9.6.1. Disponer de:
9.6.1.1. Frenos de servicio. Campana/tambor, o superior. Este debe estar en concordancia y ser compatible con el freno de servicio del Camión Tractor.
9.6.1.2. Freno de emergencia y de estacionamiento, según ingeniería del fabricante.
9.6.1.3. El sistema de frenado debe responder a las exigencias técnicas de habilitación establecidas en el Anexo A del Decreto 779/95 de la Ley 24.449.
9.7. Rodados:
9.7.1. Llantas: xx xxxxx, diámetro 22,5” (mínimo).
9.7.2. Cubiertas: medidas según diseño fabricante. A proveer por ADJUDICATARIO.
9.7.3. Rueda de Auxilio: UNA (1), completa.
9.8. Instalación eléctrica:
9.8.1. Tensión nominal 24 Volts.
9.8.2. Iluminación: Debe cumplir con los requisitos establecidos en el Anexo I de la ley 24.449/95, Decreto Reglamentario 779/95 y normas adicionales de aplicación para este tipo de vehículos.
9.9. Acoplamiento a la unidad tractora:
9.9.1. Acoplamiento de tracción constituido por perno rey estándar, de 2”, para quinta rueda homologada, para ser remolcado por una unidad tractora.
9.9.2. El ADJUDICATARIO deberá adoptar las medidas para adaptar el perno rey del semirremolque a los platos existentes de la unidad tractora.
9.9.3. Acoplamiento neumático y eléctrico: El eléctrico será de 7 polos y el neumático de tipo rápido estándar ó americano, debiendo estar ambos normalizados con los de la unidad tractora. A tal efecto, el ADJUDICATARIO deberá adoptar las medidas (tipo y cantidad de acoplamientos que se requieran) para garantizar el normal funcionamiento de los todos los sistemas.
9.10. Accesorios:
9.10.1. Neumático de auxilio: UNO (1), con llanta y cubierta.
9.10.2. Crique: UNO (1), de acuerdo al peso del vehículo.
9.10.3. Llave xx xxxxxx: UNA (1).
9.10.4. Llave tubo para ajuste de puntas de eje: UNA (1).
9.10.5. Prolongación palanca para llave rueda: UNA (1).
9.10.6. Cajones portaherramientas: UNO (1).
9.10.7. Portacartel indicador de vehículo especial: UNO (1).
9.10.8. Cintas “sujeta-coches”: VEINTIOCHO (28) (4 x vehículo)
9.10.9. Matafuegos reglamentarios: UNO (1).
9.10.9.1. Tipo ABC, de 5 kg, con potencial extintor de 10 B.
9.10.9.2. Con soporte metálico de sujeción.
9.10.9.3. Balizas reflectantes triangulares: DOS (2).
9.10.9.4. Botiquín de primeros auxilios: UNO (1).
9.10.9.5. Chaleco reflectante: UNO (1).
9.11. Manuales Técnicos:
9.11.1. Juego de manuales de operación y mantenimiento del usuario, en idioma español: UNO (1).
9.11.2. Pintado y ploteo de los vehículos:
9.11.2.1. Pintado exterior:
9.11.2.1.1. Color: Celeste Institucional de la ANSV.
9.11.2.1.2. El ADJUDICATARIO deberá consultar con el ORGANISMO ADQUIRENTE receptor el tono del color solicitado.
9.11.2.2. Ploteo:
9.11.2.2.1. El ADJUDICATARIO deberá consultar con el ORGANISMO ADQUIRENTE receptor los logos y detalles referidos al ploteo a efectuar.
9.11.2.2.2. Los datos deberán ser solicitados al ORGANISMO ADQUIRENTE con antelación a la oportunidad de requerir turno para entregar del vehículo.
9.11.2.2.3. Los vehículos presentarán la banda perimetral reflectante, los adhesivos de velocidad máxima, y otras señales, de acuerdo con las exigencias técnicas requeridas por la CNRT, y otras normativas vigentes para este tipo de vehículos.
9.12. Requisitos de calidad:
9.12.1. Estado de los vehículos: los vehículos ofrecidos deben ser nuevos, 0 Km, sin uso y encontrarse en perfecto estado de empleo y conservación.
9.12.2. El año de fabricación de los vehículos ofrecidos, deberá ser coincidente ya sea con el año de presentación de la oferta ó con el año de entrega de los mismos (cualquiera de las 2 opciones será válida). Los OFERENTES deberán indicar en sus ofertas el año de fabricación correspondiente.
10. Renglón 10: Camión tractor para semirremolque. CANTIDAD DOS (2) UNIDADES
10.1. Planta Motriz:
10.1.1. Cantidad de cilindros: mínimo SEIS (6).
10.1.2. Cilindrada: mínima 5.800 cm3.
10.1.3. Potencia: mínima 256 CV.
10.1.4. Torque: mínimo 900 Nm.
10.1.5. Diesel, 4 tiempos. Inyección electrónica (mínimo).
10.1.6. Norma EURO V, emisiones según legislación vigente.
10.2. Dimensiones del vehículo:
10.2.1. Distancia entre ejes: 3.650 mm (+- 150 mm).
10.2.2. Altura de la cabina: 2.750 mm (mínimo-descargado).
10.2.3. Trocha delantera: 2.000 mm +- 200 mm.
10.2.4. Ancho: según diseño fabricante.
10.3. Pesos y capacidades:
10.3.1. PBT: 16.000 Kgr a 17.500 Kgrs.
10.3.2. PBTC: 33.000 Kgrs a 38.000 Kgrs.
10.3.3. Velocidad final carretera con PBT: 90 km/h o superior.
10.4. Cabina:
10.4.1. Cabina: frontal, con dormitorio, de DOS (2) puertas.
10.4.2. Capacidad: mínimo DOS (2) tripulantes.
10.4.3. Asientos de conductor individual, con xxxxx xxxxxx.
10.4.4. Asientos de acompañantes: con xxxxx xxxxxx.
10.4.5. Cinturones de seguridad: inerciales, de TRES (3) puntos.
10.4.6. Parasol para conductor y acompañante.
10.4.7. Luz de lectura en cabina.
10.4.8. Limpiaparabrisas de dos velocidades e intermitente (mínimo).
10.4.9. Ventilación forzada y Calefacción ó sistema superior.
10.4.10. Aire acondicionado o sistema superior.
10.4.11. Radio AM-FM, con USB, Aux, etc.
10.5. Caja de velocidades:
10.5.1. Mecánica, manual sincronizada.
10.5.2. Cantidad de marchas (mínimo): SEIS (6) hacia delante, UNA (1) hacia atrás.
10.6. Embrague:
10.6.1. Tipo Monodisco.
10.6.2. Accionamiento: según ingeniería del fabricante.
10.7. Sistema eléctrico:
10.7.1. Voltaje: 24 V.
10.7.2. Alternador: según ingeniería del fabricante.
10.7.3. Luces reglamentarias según las leyes de tránsito vigentes.
10.7.4. Luces antiniebla.
10.8. Rodado:
10.8.1. Eje delantero simple, eje trasero doble.
10.8.2. Llantas: xx xxxxx, de 22,5 ” (mínimo).
10.8.3. Neumáticos: según ingeniería del fabricante.
10.9. Suspensión:
10.9.1. Delantera: Mecánica, con ballestas parabólicas, con amortiguadores hidráulicos y barra estabilizadora. Diseño según ingeniería del fabricante.
10.9.2. Trasera: Ballestas, con amortiguadores hidráulicos y/o muelles. Diseño según ingeniería del fabricante.
10.10. Sistemas de Freno:
10.10.1. De servicio: neumático ó hidráulico servo asistido, a tambor ó disco en las cuatro ruedas.
10.10.2. De estacionamiento: Según ingeniería del fabricante
10.10.3. De motor: Según ingeniería del fabricante.
10.10.4. Sistema ABS, según ingeniería del fabricante.
10.11.Sistema de dirección:
10.11.1. Asistida hidráulicamente (mínimo).
10.12.Paragolpes:
10.12.1. Paragolpe trasero: reglamentarios.
10.12.2. Paragolpe delantero: reglamentarios.
10.13.Dispositivo 5ta Rueda:
10.13.1. Para acoplamiento xx xxxxx rey estándar, de 2”.
10.13.2. Distancia “frente semirremolque-centro perno rey”: 1.500 mm (+- 100 mm)
10.13.3. Diseño según ingeniería del fabricante.
10.14.Accesorios:
10.14.1. Neumático de auxilio: UNO (1), con llanta y cubierta.
10.14.2. Matafuegos reglamentarios: UNO (1).
10.14.2.1. Tipo ABC, de 5 kg, con potencial extintor de 10 B.
10.14.2.2. Con soporte metálico de sujeción.
10.14.2.3. Crique hidráulico: UNO (1), de acuerdo al peso del vehículo.
10.14.2.4. Llave xx xxxxxx con palanca de fuerza: UNA (1).
10.14.2.5. Balizas reflectantes triangulares: DOS (2).
10.14.2.6. Herramientas: juego de herramientas estándar de fábrica para mantenimiento elemental y operación particular del vehículo.
10.14.2.7. Bolsa porta herramientas.
10.14.2.8. Botiquín de primeros auxilios.
10.14.2.9. Chaleco reflectante.
10.14.2.10. Todas las llaves provistas, se deberán entregar por duplicado.
10.15.Manuales Técnicos:
10.15.1. Juego de manuales de operación y mantenimiento del usuario, en idioma español: UNO (1).
10.16.Pintado de los vehículos.
10.16.1. Pintado exterior:
10.16.1.1. Color: Blanco. 10.17.Requisitos de calidad:
10.17.1. Estado de los vehículos: los vehículos ofrecidos deben ser nuevos, 0 Km, sin uso y encontrarse en perfecto estado de empleo y conservación.
10.17.2. El año de fabricación de los vehículos ofrecidos, deberá ser coincidente ya sea con el año de presentación de la oferta ó con el año de entrega de los mismos (cualquiera de las 2 opciones será válida).
10.17.3. Los OFERENTES deberán indicar en sus ofertas el año de fabricación correspondiente.
10.17.4. El Camión-Tractor (chasis, motor, cabina y su equipamiento básico) deberán ser en todos los casos legítimos y originales de fábrica.
11. Renglón 11: Tráiler para moto. CANTIDAD CINCO (5) UNIDADES
11.1. Capacidad de carga: 2.000 Kgrs (mínimo).
11.2. Peso Bruto Total: inferior a 3.500 kgrs.
11.3. Cantidad de motocicletas a transportar: CUATRO (4).
11.4. Dimensiones:
11.4.1. Largo útil plataforma de carga: 4.600 mm (mínimo) Según diseño de fabricante, tal que permita transportar CUATRO (4) motocicletas de aprox 700 cm3 y 250 Kgrs.
11.4.2. Ancho útil plataforma de carga: 2.000 mm (mínimo). Según diseño de fabricante, tal que permita transportar CUATRO (4) motocicletas de aprox 700 cm3 y 250 Kgrs.
11.5. Chasis:
11.5.1. Plataforma de carga: piso entero, construido en chapa de aleación acero ó aleación aluminio, antideslizante, tipo “punzonado cráter” ó tipo “semilla de melón”.
11.5.2. Deberá poseer todos los anclajes necesarios para el amarre de las CUATRO (4) motocicletas. Rampa de acceso trasera: rebatible, de “metal desplegado” tipo maya metálica, enteriza, ancho que ocupe toda la plataforma de carga.
11.5.3. Barandas: UNA (1) anterior y DOS (2) laterales, dimensiones según diseño de fabricante.
11.5.4. Lanza: según diseño de fabricante.
11.5.5. Sistema de enganche cabezal para bola de 2”: UNA (1).
11.5.6. Cadenas de seguridad: DOS (2).
11.5.7. Pata de apoyo con rueda: UNA (1), rebatible, retráctil, telescópica, de accionamiento mecánico a engranajes, ubicada en la parte delantera.
11.5.8. Patas de apoyos: CUATRO (4), telescópica, ubicadas en cada uno de los vértices de la plataforma de carga.
11.5.9. Manijas laterales para manipulación: DOS (2), ubicadas en la lanza.
11.5.10. Soporte reglamentario para placa patente.
11.5.11. Soporte para rueda de auxilio, con dispositivo antirrobo.
11.5.12. Guardabarros envolventes en las ruedas.
11.5.13. Paragolpes: reglamentario.
11.6. Suspensión:
11.6.1. Mecánica, ballesta / ballestas accionamiento progresivo o superior.
11.7. Tren de rodaje:
11.7.1. DOS (2) ejes.
11.7.2. Ejes tubulares con rodado simple.
11.8. Frenos:
11.8.1. Frenos de servicio: Sistema de freno hidráulico por inercia, independiente del vehículo tractor. Frenos a discos o superior.
11.8.2. Dispositivo bloqueo de retromarcha.
11.8.3. Dispositivo seguridad de desenganche.
11.8.4. El sistema de frenado debe responder a las exigencias técnicas de habilitación establecidas en el Anexo A del Decreto 779/95 de la Ley 24.449.
11.9. Rodados:
11.9.1. Llantas: xx xxxxx ó galvanizadas, diámetro 14” (mínimo).
11.9.2. Cubiertas: Radiales. Medidas según diseño fabricante.
11.9.3. Rueda de Auxilio: UNA (1), completa, llanta y cubierta.
11.9.4. El año de fabricación de los neumáticos debe coincidir con el año de presentación de la oferta o con el año de entrega definitiva del efecto.
11.10.Instalación eléctrica:
11.10.1. Tensión nominal 12 Volts.
11.10.2. Iluminación: Debe cumplir con los requisitos establecidos en el Anexo I de la Ley 24.449/95, Decreto Reglamentario 779/95.
11.10.3. Acoplamiento eléctrico: De SIETE (7) polos, tipo “HELLA”.
11.10.4. Deberá permitir su conexión con camionetas tipo “XXXX RANGER”, VW AMAROK”, “CHEVROLET S-10”, “TOYOTA HILUX”, etc
11.11.Accesorios:
11.11.1. Crique: UNO (1), de acuerdo al peso del vehículo.
11.11.2. Llave xx xxxxxx: UNA (1).
11.11.3. Cajones portaherramientas: UNO (1).
11.11.4. Cintas de amarre “sujeta-motos”, con crique tensor, con ganchos “sujeta-motos, de ancho 25 mm, tipo “XXXXXXX”: DIECISEIS (16), a saber 4 x motocicleta.
11.11.5. Matafuegos reglamentarios: UNO (1).
11.11.5.1. Tipo ABC, de 2,5 kg, con potencial extintor de 5 B.
11.11.5.2. Con soporte metálico de sujeción.
11.11.5.3. Balizas reflectantes triangulares: DOS (2).
11.11.5.4. Chaleco reflectante: UNO (1).
11.11.5.5. Chapa rectangular para plotear logo de la ANSV: TRES (3), de 1.000 mm x 300 mm (+- 10 %)
11.12.Manuales Técnicos:
11.12.1. Juego de manuales de operación del usuario, en idioma español: UNO (1).
11.12.2. Pintado y ploteo de los vehículos.
11.12.2.1. Pintado exterior:
11.12.2.1.1. Color: Celeste Institucional de la ANSV.
11.12.2.1.2. El ADJUDICATARIO deberá consultar con el ORGANISMO ADQUIRENTE receptor el tono del color solicitado.
11.12.2.2. Ploteo:
11.12.2.2.1. El ADJUDICATARIO deberá consultar con el ORGANISMO ADQUIRENTE receptor los logos y detalles referidos al ploteo a efectuar.
11.12.2.2.2. Los datos deberán ser solicitados al ORGANISMO ADQUIRENTE con antelación a la oportunidad de requerir turno para entregar del vehículo.
11.12.2.2.3. Los vehículos presentarán la banda perimetral retrorreflectante (trasera, laterales y delantera), y adhesivos de velocidad máxima de acuerdo con las características técnicas requeridas por la CNRT (Resolución ST 492/2004 y Norma IRAM 3952/84).
11.13.Requisitos de calidad:
11.13.1. Estado de los vehículos: los vehículos ofrecidos deben ser nuevos, 0 Km, sin uso y encontrarse en perfecto estado de empleo y conservación.
11.13.2. El año de fabricación de los vehículos ofrecidos, deberá ser coincidente ya sea con el año de presentación de la oferta ó con el año de entrega de los mismos (cualquiera de las 2 opciones será válida).
11.13.3. Los OFERENTES deberán indicar en sus ofertas el año de fabricación correspondiente.
11.13.4. El Efecto deberá poseer el certificado de Otorgamiento de la Licencia de Configuración de Modelo (LCM) correspondiente, emitido por la Secretaría de Industria, Comercio y PYME, según Ley Nº 24.449 y Decreto Reglamentario Nº 779/95.
DISPOSICIONES GENERALES
Renglón 1:
El oferente deberá entregar junto con la oferta la siguiente documentación:
• HOJA TÉCNICA: es un documento en forma de sumario que identifica al producto, informa de su composición, características técnicas, propiedades, normas que satisface y toda otra información de carácter técnico descriptivo de utilidad para el usuario.
La PICK-UP CABINA DOBLE 4x4, objeto de la presente especificación deberá poder desempeñarse en:
• funciones específicas de prevención vial operando particularmente en banquinas y fuera xx xxxx.
• acciones de auxilio de vehículos siniestrados, tanto en ruta de asfalto como en caminos de tierra / ripio, en banquinas y fuera xx xxxx, en particular con condiciones meteorológicas adversas (días de lluvia).
• tareas de apoyo a las campañas de seguridad vial xx xxxxxx e invierno, en localidades cordilleranas y del sur de nuestro país, zonas estas generalmente de difícil transitabilidad.
Requisitos de calidad
• Estado de los vehículos: los vehículos ofrecidos deben ser nuevos, 0 Km, sin uso y encontrarse en perfecto estado de empleo y conservación.
• El año de fabricación de los vehículos ofrecidos, deberá ser coincidente ya sea con el año de presentación de la oferta ó con el año de entrega de los mismos (cualquiera de las 2 opciones será válida). Los OFERENTES deberán indicar en sus ofertas el año de fabricación correspondiente.
• El ADJUDICATARIO deberá asegurar que la colocación de los dispositivos eléctricos agregados (xxxxxx de auxilio, sirena de auxilio y conector acople para tráiler) en los vehículos 0 Km, mantienen la garantía original de fábrica.
Renglón 2:
El oferente deberá entregar junto con la oferta la siguiente documentación:
• HOJA TÉCNICA: es un documento en forma de sumario que identifica al producto, informa de su composición, características técnicas, propiedades, normas que satisface y toda otra información de carácter técnico descriptivo de utilidad para el usuario.
La PICK-UP CABINA DOBLE 4x4, objeto de la presente especificación deberá poder desempeñarse en:
• funciones específicas de prevención vial operando particularmente en banquinas y fuera xx xxxx.
• acciones de auxilio de vehículos siniestrados, tanto en ruta de asfalto como en caminos de tierra / ripio, en banquinas y fuera xx xxxx, en particular con condiciones meteorológicas adversas (días de lluvia).
• tareas de apoyo a las campañas de seguridad vial xx xxxxxx e invierno, en localidades cordilleranas y del sur de nuestro país, zonas estas generalmente de difícil transitabilidad.
Requisitos de calidad
• Estado de los vehículos: los vehículos ofrecidos deben ser nuevos, 0 Km, sin uso y encontrarse en perfecto estado de empleo y conservación.
• El año de fabricación de los vehículos ofrecidos, deberá ser coincidente ya sea con el año de presentación de la oferta ó con el año de entrega de los mismos (cualquiera de las 2
opciones será válida). Los OFERENTES deberán indicar en sus ofertas el año de fabricación correspondiente.
• El ADJUDICATARIO deberá asegurar que la colocación de los dispositivos eléctricos agregados (conector acople para tráiler) en los vehículos 0 Km, mantienen la garantía original de fábrica.
Renglón 3:
El oferente deberá entregar junto con la oferta la siguiente documentación:
• HOJA TÉCNICA: es un documento en forma de sumario que identifica al producto, informa de su composición, características técnicas, propiedades, normas que satisface y toda otra información de carácter técnico descriptivo de utilidad para el usuario.
El UTILITARIO FAMILIAR 5 PASAJEROS 5 PUERTAS objeto de la presente especificación deberá transportar adecuadamente integrantes de la ANSV prioritariamente a diferentes destinos ubicados en el A.M.B.A. Eventualmente transportar a integrantes y su equipaje a las Bases Operativas y Unidades de Enlace ubicadas a distancias medias del A.M.B.A..
Requisitos de calidad
• Estado de los vehículos: los vehículos ofrecidos deben ser nuevos, 0 Km, sin uso y encontrarse en perfecto estado de empleo y conservación.
• El año de fabricación de los vehículos ofrecidos, deberá ser coincidente ya sea con el año de presentación de la oferta ó con el año de entrega de los mismos (cualquiera de las 2 opciones será válida). Los OFERENTES deberán indicar en sus ofertas el año de fabricación correspondiente.
• El ADJUDICATARIO deberá asegurar que la colocación de los dispositivos eléctricos agregados (conector acople para tráiler) en los vehículos 0 Km, mantienen la garantía original de fábrica.
Renglón 4:
El oferente deberá entregar junto con la oferta la siguiente documentación:
• HOJA TÉCNICA: es un documento en forma de sumario que identifica al producto, informa de su composición, características técnicas, propiedades, normas que satisface y toda otra información de carácter técnico descriptivo de utilidad para el usuario.
El MONOVOLUMEN 4X2 5 PASAJEROS 5 PUERTAS objeto de la presente especificación deberá transportar adecuadamente funcionarios de la ANSV prioritariamente a diferentes destinos ubicados en el A.M.B.A como así también a funcionarios y su equipaje a las Bases Operativas y Unidades de Enlace ubicadas a distancias medias del A.M.B.A..
Requisitos de calidad
• Estado de los vehículos: los vehículos ofrecidos deben ser nuevos, 0 Km, sin uso y encontrarse en perfecto estado de empleo y conservación.
• El año de fabricación de los vehículos ofrecidos, deberá ser coincidente ya sea con el año de presentación de la oferta ó con el año de entrega de los mismos (cualquiera de las 2 opciones será válida). Los OFERENTES deberán indicar en sus ofertas el año de fabricación correspondiente.
• Los vehículos deberán ser en todos los casos legítimos y originales de fábrica.
Renglón 5:
El oferente deberá entregar junto con la oferta la siguiente documentación:
• HOJA TÉCNICA: es un documento en forma de sumario que identifica al producto, informa de su composición, características técnicas, propiedades, normas que satisface y toda otra información de carácter técnico descriptivo de utilidad para el usuario.
La MOTOCICLETA PARA PREVENCIÓN Y ASISTENCIA VIAL 700 CC, objeto de la presente
especificación deberá poder desempeñarse en:
• funciones específicas de prevención vial operando sobre rutas y banquinas xx xxxx.
• acciones de auxilio de vehículos siniestrados, preferentemente sobre rutas.
• tareas de apoyo a las campañas de seguridad vial xx xxxxxx e invierno.
Requisitos Servicio “Post-Venta”:
El OFERENTE deberá considerar e incluir en su oferta los siguientes “services”:
• UN (1) “Sevice Inicial”, a los 1.000 / 2.000 Km de uso, según corresponda.
• TRES (3) Services programados, repartidos durante el primer año de uso o durante los primeros 12.000 km de uso.
Requisitos de calidad
• Estado de los vehículos: los vehículos ofrecidos deben ser nuevos, 0 Km, sin uso y encontrarse en perfecto estado de empleo y conservación.
• El año de fabricación de los vehículos ofrecidos, deberá ser coincidente ya sea con el año de presentación de la oferta ó con el año de entrega de los mismos (cualquiera de las 2 opciones será válida). Los OFERENTES deberán indicar en sus ofertas el año de fabricación correspondiente.
• El ADJUDICATARIO deberá asegurar que la colocación de los dispositivos lumínicos y eléctricos de auxilio agregados en los vehículos 0 Km, mantienen la garantía original de fábrica.
Renglón 6:
El oferente deberá entregar junto con la oferta la siguiente documentación:
• HOJA TÉCNICA: es un documento en forma de sumario que identifica al producto, informa de su composición, características técnicas, propiedades, normas que satisface y toda otra información de carácter técnico descriptivo de utilidad para el usuario.
Requisitos de calidad
• Estado de los vehículos: los vehículos ofrecidos deben ser nuevos, 0 Km, sin uso y encontrarse en perfecto estado de empleo y conservación.
• El año de fabricación de los vehículos ofrecidos, deberá ser coincidente ya sea con el año de presentación de la oferta ó con el año de entrega de los mismos (cualquiera de las 2 opciones será válida). Los OFERENTES deberán indicar en sus ofertas el año de fabricación correspondiente.
• El Camión-Chasis (chasis, motor, cabina y su equipamiento básico) deberán ser en todos los casos legítimos y originales de fábrica.
• El agregado de los dispositivos, requeridos en “Dispositivo Agregados”, deberán realizarse manteniendo la garantía original de fábrica del vehículo.
Renglón 7:
El oferente deberá entregar junto con la oferta la siguiente documentación:
• HOJA TÉCNICA: es un documento en forma de sumario que identifica al producto, informa de su composición, características técnicas, propiedades, normas que satisface y toda otra información de carácter técnico descriptivo de utilidad para el usuario.
Requisitos básicos que debe reunir el vehículo
• El CAMIÓN 4x2 CON PLATAFORMA DE AUXILIO AUTODESLIZANTE objeto de la presente especificación deberá poder izar, amarrar, transportar y bajar adecuadamente, DOS (2) motocicletas ó UN (1) automóvil ó UNA (1) camioneta doble cabina.
Requisitos de calidad
• Estado de los vehículos: los vehículos ofrecidos deben ser nuevos, 0 Km, sin uso y encontrarse en perfecto estado de empleo y conservación.
• El año de fabricación de los vehículos ofrecidos, deberá ser coincidente ya sea con el año de presentación de la oferta ó con el año de entrega de los mismos (cualquiera de las 2 opciones será válida). Los OFERENTES deberán indicar en sus ofertas el año de fabricación correspondiente.
• El Camión-Chasis (chasis, motor, cabina y su equipamiento básico) deberán ser en todos los casos legítimos y originales de fábrica.
• La transformación del Camión-Chasis en el vehículo Camión 4x2 con Plataforma de Auxilio Autodeslizante, podrá ser realizada y/o ensamblada en la República Argentina y en todos
los casos deberá poseer para estas actividades un Certificado de Garantía de Calidad refrendado por el fabricante del camión-chasis, con su acuerdo técnico acerca de la transformación del vehículo, manteniendo la garantía original de fábrica.
Renglón 8:
El oferente deberá entregar junto con la oferta la siguiente documentación:
• HOJA TÉCNICA: es un documento en forma de sumario que identifica al producto, informa de su composición, características técnicas, propiedades, normas que satisface y toda otra información de carácter técnico descriptivo de utilidad para el usuario.
Requisitos básicos
• El MINIBUS CAPACIDAD 19 PASAJEROS MAS CONDUCTOR (19+1) objeto de la presente especificación deberá transportar adecuadamente integrantes de la ANSV a diferentes destinos ubicados en el A.M.B.A. y en las Bases Operativas y Unidades de Enlace del interior del país.
Requisitos de calidad
• Estado de los vehículos: los vehículos ofrecidos deben ser nuevos, 0 Km, sin uso y encontrarse en perfecto estado de empleo y conservación.
• El año de fabricación de los vehículos ofrecidos, deberá ser coincidente ya sea con el año de presentación de la oferta ó con el año de entrega de los mismos (cualquiera de las 2 opciones será válida). Los OFERENTES deberán indicar en sus ofertas el año de fabricación correspondiente.
• Los vehículos deberán ser en todos los casos legítimos y originales de fábrica.
Renglón 9:
El oferente deberá entregar junto con la oferta la siguiente documentación:
• HOJA TÉCNICA: es un documento en forma de sumario que identifica al producto, informa de su composición, características técnicas, propiedades, normas que satisface y toda otra información de carácter técnico descriptivo de utilidad para el usuario.
Requisitos básicos que debe reunir el vehículo
El SEMIRREMOLQUE TRANSPORTE DE VEHÍCULOS, objeto de la presente especificación deberá poder:
• Realizar desplazamientos de larga distancia, por rutas, durante las tareas de apoyo a las campañas de seguridad vial xx xxxxxx e invierno.
• Cargar, amarrar, transportar y bajar adecuadamente, SIETE (7) camionetas 4x4 doble cabina.
(Imagen referencial, no contractual)
Requisitos de calidad
• Estado de los vehículos: los vehículos ofrecidos deben ser nuevos, 0 Km, sin uso y encontrarse en perfecto estado de empleo y conservación.
• El año de fabricación de los vehículos ofrecidos, deberá ser coincidente ya sea con el año de presentación de la oferta ó con el año de entrega de los mismos (cualquiera de las 2 opciones será válida). Los OFERENTES deberán indicar en sus ofertas el año de fabricación correspondiente.
Renglón 10:
El oferente deberá entregar junto con la oferta la siguiente documentación:
• HOJA TÉCNICA: es un documento en forma de sumario que identifica al producto, informa de su composición, características técnicas, propiedades, normas que satisface y toda otra información de carácter técnico descriptivo de utilidad para el usuario.
Requisitos básicos que debe reunir el vehículo
• El CAMIÓN TRACTOR 4x2 PARA SEMIRREMOLQUE ANSV objeto de la presente especificación deberá transportar adecuadamente los Semirremolque existentes y de dotación de la ANSV, del tipo carrozados, de DOS (2) ejes duales, de Peso Bruto del semirremolque del orden de 20 Ton.
Requisitos de calidad
• Estado de los vehículos: los vehículos ofrecidos deben ser nuevos, 0 Km, sin uso y encontrarse en perfecto estado de empleo y conservación.
• El año de fabricación de los vehículos ofrecidos, deberá ser coincidente ya sea con el año de presentación de la oferta ó con el año de entrega de los mismos (cualquiera de las 2 opciones será válida). Los OFERENTES deberán indicar en sus ofertas el año de fabricación correspondiente.
• El Camión-Tractor (chasis, motor, cabina y su equipamiento básico) deberán ser en todos los casos legítimos y originales de fábrica.
Renglón 11:
El oferente deberá entregar junto con la oferta la siguiente documentación:
• HOJA TÉCNICA: es un documento en forma de sumario que identifica al producto, informa de su composición, características técnicas, propiedades, normas que satisface y toda otra información de carácter técnico descriptivo de utilidad para el usuario.
Requisitos básicos que debe reunir el vehículo
• El TRAILER HOMOLOGADO TRANSPORTE 4 MOTOCICLETAS, objeto de la presente especificación deberá poder:
• Realizar desplazamientos de corta, media y larga distancia, por rutas, durante las tareas de apoyo diarias y durante las campañas de seguridad vial xx xxxxxx e invierno.
• Cargar, amarrar, transportar y bajar adecuadamente, CUATRO (4) motocicletas de aproximadamente 700 cm3 y 225 Kgrs de peso.
Requisitos de calidad
• Estado de los vehículos: los vehículos ofrecidos deben ser nuevos, 0 Km, sin uso y encontrarse en perfecto estado de empleo y conservación.
• El año de fabricación de los vehículos ofrecidos, deberá ser coincidente ya sea con el año de presentación de la oferta ó con el año de entrega de los mismos (cualquiera de las 2 opciones será válida). Los OFERENTES deberán indicar en sus ofertas el año de fabricación correspondiente.
• El Efecto deberá poseer el certificado de Otorgamiento de la Licencia de Configuración de Modelo (LCM) correspondiente, emitido por la Secretaría de Industria, Comercio y PYME, según Ley Nº 24.449 y Decreto Reglamentario Nº 779/95.
PLAZO, LUGAR Y FORMA DE ENTREGA:
El plazo de entrega de los bienes será de SESENTA (60) días hábiles a partir de la adjudicación. Para la totalidad de los renglones, el proveedor será responsable del traslado de los vehículos hasta el sitio que disponga el Organismo (consíderese un radio de distancia máximo de 50 km desde Av. Brasil 55 C.A.B.A.), previa solicitud del Organismo de entrega de los bienes.
El proveedor será asimismo responsable de cualquier deterioro o daño que sufrieran los vehículos durante la operación de traslado de los mismos, debiendo reponer la unidad siniestrada por una de idénticas características, corriendo la totalidad de los gastos a cargo del adjudicatario.
PATENTAMIENTO:
Los vehículos deberán ser entregados inscriptos ante el Registro de la Propiedad del Automotor a nombre de AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, para lo cual el Adjudicatario deberá presentar la documentación necesaria, cubriendo a su cargo con todos los gastos de gestoría, formularios, aranceles y/o impuestos que pudieran corresponder.
EXENCIÓN DE PAGO DE PATENTES:
Por tratarse de un organismo del estado, la Agencia Nacional de Seguridad Vial se encuentra exenta del pago de aranceles correspondientes a la patente vehicular, siendo responsabilidad exclusiva del adjudicatario la realización del trámite de exención, ante la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos dependiente del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
ARTÍCULO 1: VISTA Y RETIRO DE LOS PLIEGOS (Art. 48º del Anexo del Reglamento aprobado por Decreto 1030/2016).
Cualquier persona podrá tomar vista del presente Xxxxxx en la Agencia Nacional de Seguridad Vial
Los interesados en presentarse a cotizar en el presente procedimiento de selección, podrán elegir cualquiera de las siguientes opciones:
a) Retirar el Pliego en la Agencia Nacional de Seguridad Vial en la oficina, plazos y horarios anteriormente mencionados. En este caso el oferente deberá adjuntar a la oferta la constancia de retiro xx xxxxxx.
b) Obtener el Pliego del sitio de Internet de la Oficina Nacional de Contrataciones (xxx.xxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx).
No será requisito para presentar ofertas, ni para la admisibilidad de las mismas, ni para contratar, haber retirado el pliego en el Organismo o haberlos descargado del sitio de Internet de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES, no obstante quienes no los hubiesen retirado o descargado, no podrán alegar el desconocimiento de las actuaciones que se hubieren producido hasta el día de la apertura de las ofertas, quedando bajo su responsabilidad llevar adelante las gestiones necesarias para tomar conocimiento de aquellas.
ARTÍCULO 2: CONSULTAS AL PLIEGO Y CIRCULARES ACLARATORIAS Y MODIFICATORIAS
(Art. 49º y 50º del Anexo del Reglamento aprobado por Decreto 1030/2016).
Las consultas al presente Pliego de Bases y Condiciones Particulares deberán efectuarse por escrito a la Agencia Nacional de Seguridad Vial – Oficina de Compras – Xxxxxx 00, Xxxx 00x, Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx, hasta CUATRO (4) días antes de la fecha fijada para la apertura de las ofertas al correo electrónico xxxxxxx@xxxxxxxxxxxxx.xxx.xx
No se aceptarán consultas telefónicas y no serán contestadas aquéllas que se presenten fuera de término.
En oportunidad de realizar una consulta al pliego, los consultantes que no lo hubieran hecho con anterioridad, deberán suministrar obligatoriamente su nombre o razón social, domicilio, y dirección de correo electrónico en los que serán válidas las comunicaciones que deban cursarse hasta el día de apertura de las ofertas.
Las circulares emitidas por el Organismo, bien sea de oficio o con motivo de una consulta, serán notificadas con DOS (2) días como mínimo de anticipación a la fecha de apertura, a todas las personas que hubiesen retirado o comprado el pliego -según corresponda- y en el caso de circulares originadas con motivo de una consulta, también se notificará al consultante.
Las circulares podrán ser notificadas en forma válida tanto en la dirección de correo electrónico que hubiere consignado el interesado al obtener el pliego desde el sitio de Internet o bien en la que hubiese denunciado al retirar el pliego del Organismo Contratante.
ARTÍCULO 3: RÉGIMEN NORMATIVO DE LA CONTRATACIÓN (Art. 1º y 2º del Anexo del
Reglamento aprobado por Decreto 1030/2016).
El presente procedimiento de selección, el contrato y su posterior ejecución se regirán por el Decreto N° 1023/2001 y sus modificatorios, el reglamento aprobado por el Decreto Nº 1030/2016, por las normas que se dicten en su consecuencia y por el presente Pliego de Bases y Condiciones Particulares, sin perjuicio de la aplicación directa de las normas del Título III de la Ley 19.549 y sus modificaciones en cuanto fuere pertinente.
Supletoriamente se aplicarán las normas restantes de derecho administrativo y, en su defecto, se aplicarán las restantes normas de derecho privado por analogía.
Todos los documentos que integran el contrato serán considerados como recíprocamente explicativos.
En caso de existir discrepancias se seguirá el siguiente orden de prelación:
a) Decreto N° 1023 de fecha 13 xx xxxxxx de 2001 y sus modificatorios y complementarios.
b) Decreto N° 1030 de fecha 15 de septiembre de 2016.
c) Las normas que se dicten en consecuencia del Decreto Nº 1030/2016.
d) El manual de Procedimientos del Régimen de Contrataciones de la Administración. Nacional de Contrataciones que dicte la Oficina Nacional de Contrataciones o las normas que dicte dicha Oficina Nacional, en su carácter de órgano rector del presente régimen.
e) El Pliego Único de Bases y Condiciones Generales (xxx.xxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx)
f) El presente Pliego de Bases y Condiciones Particulares.
g) La oferta.
h) La adjudicación.
i) La Orden de Compra.
ARTÍCULO 4: FORMALIDADES Y CONTENIDO DE LAS OFERTAS (Art. 55º del Anexo del
Reglamento aprobado por Decreto 1030/2016).
Las propuestas serán redactadas en idioma nacional y presentadas en original, en sobres, cajas o paquetes cerrados con identificación del procedimiento de selección a que corresponden, el día y hora de la apertura y la identificación del oferente. El original deberá estar firmado en todas sus hojas por el oferente o su representante legal, quien deberá salvar las enmiendas o raspaduras si las hubiere.
Toda fotocopia que integre el original de la oferta deberá ser legible y estar autenticada o certificada por autoridades administrativas competentes.
La oferta deberá especificar el precio unitario y cierto, en números, con referencia a la unidad de medida, el precio total del renglón, en números, y el total general de la oferta, expresado en letras y números, en la moneda de cotización fijada en el presente Pliego.
La cotización deberá efectuarse en el Formulario que forma parte integrante del presente como Anexo I. Los oferentes deberán cotizar la totalidad del renglón, sobre la base de una adjudicación integral a la oferta de menor precio para el renglón propuesto. No se admitirán las ofertas parciales.
ARTÍCULO 5: COMPRE TRABAJO ARGENTINO (LEY 25551).
A fin de garantizar el efectivo cumplimiento del Régimen de Compre de Trabajo Argentino, toda oferta nacional deberá ser acompañada por una Declaración Jurada mediante la cual se acredite el cumplimiento de las condiciones requeridas para ser considerada como tal de acuerdo a lo establecido por el artículo 11 del decreto 1600/2002.
La falta de presentación configurará una presunción, que admite prueba en contrario, de no cumplimiento de las prescripciones vigentes con relación a la calificación de oferta nacional.
En los casos en que se trate de bienes importados, deberá acompañarse una declaración jurada mediante la cual se informe, la provisión y/o uso de los bienes y/o materiales importados, así como el resultado de su balanza comercial en el último ejercicio y la proyectada para el ejercicio corriente.
ARTICULO 6: SISTEMA DE INFORMACIÓN DE PROVEEDORES (Art. 111º Y 112º del Anexo del
Reglamento aprobado por Decreto 1030/2016).
En el Sistema de Información de Proveedores se inscribirá a quienes pretendan participar en los procedimientos de selección llevados a cabo por las jurisdicciones o entidades comprendidas dentro del ámbito de aplicación del Decreto Delegado Nº 1023/01 y sus modificatorios y complementarios, salvo las excepciones que disponga la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES.
No constituye requisito exigible para presentar ofertas la inscripción previa en el Sistema de Información de Proveedores.
Sin perjuicio de ello, los oferentes deberán encontrarse incorporados en el SIPRO y con los datos actualizados, para formar parte del orden de mérito cuando se emita el Dictamen de Evaluación, o a la fecha de adjudicación en las contrataciones que por su tipo de procedimiento no intervenga la Comisión Evaluadora.
Asimismo, será causal de desestimación de ofertas no subsanable cuando el oferente no estuviera preinscripto en el SIPRO a la fecha de comienzo del período de evaluación de las ofertas.
Oferentes no incorporados:
Los oferentes deberán realizar su preinscripción, accediendo al sitio de Internet XXXXX.XX, donde completarán la información requerida en los formularios de preinscripción. Quienes estén exceptuados de estar incorporados en el SIPRO, deberán igualmente realizar la misma. (Art. 1º y ss. del Anexo del Manual de Procedimiento para la incorporación y actualización de datos en el
SIPRO, aprobado por la Disposición Nº 64/2016 emitida por la Oficina Nacional de Contrataciones de la Secretaría de Modernización Administrativa del Ministerio de Modernización).
Oferentes ya incorporados:
Los interesados en participar en procedimientos de selección que ya estuvieran incorporados en el Sistema de Información de Proveedores, deberán mantener actualizada la información modificando los datos que hubieran variado.
La actualización del domicilio especial, número de teléfono, correo electrónico y nombre de fantasía, podrán realizarla modificando el formulario de preinscripción sin más trámite, con el usuario y contraseña obtenido en la preinscripción. (Art. 6º y ss. del Anexo del Manual de Procedimiento para la incorporación y actualización de datos en el SIPRO, aprobado por la Disposición Nº 64/2016 emitida por la Oficina Nacional de Contrataciones de la Secretaría de Modernización Administrativa del Ministerio de Modernización).
ARTÍCULO 7: DOMICILIO.
El oferente juntamente con la presentación de la oferta deberá indicar el domicilio, el que será considerado como “constituido”, y se tendrá como válido para todas las notificaciones que se efectúen referidas al presente Acto Contractual. Éste debe serlo dentro del territorio nacional o extranjero, en éste último caso, siempre que no cuente con domicilio o representación legal en el país, situación que deberá acreditarse mediante declaración jurada.
Asimismo, deberá indicar números de teléfonos, fax y direcciones de correos electrónicos.
En el caso en que no se constituya un domicilio especial y una dirección de correo electrónico en la respectiva oferta, se tendrán por válidos los informados en la base de datos administrada en el ámbito de la Oficina Nacional de Contrataciones, se encuentre preinscripto o incorporado, bien sea que la inscripción se encuentre vigente o no.
ARTÍCULO 8: MONEDA Y FORMA DE COTIZACION (Art. 58 del Anexo del Reglamento aprobado por Decreto 1030/2016).
La propuesta económica deberá ser formulada en moneda nacional. No se aceptarán propuestas en moneda distinta y, dado el caso, serán automáticamente desestimadas.
Los precios cotizados deberán incluir, indefectiblemente, el importe correspondiente a la alícuota del
I.V.A y todo otro impuesto, arancel o tasa que corresponda abonar para la comercialización. En caso de no hacerse expresa mención a ello en la oferta, quedará tácitamente establecido que dichos valores se hallan incluidos en la misma.
Los precios cotizados serán considerados a todos los efectos fijos e inamovibles. Se entenderá en consecuencia que se encuentran incluidas en el precio todas las prestaciones que, de acuerdo a su juicio y experiencia, deberá realizar para el fiel y estricto cumplimiento de sus obligaciones, aunque las mismas no estén explicitadas en la oferta.
La cotización deberá efectuarse en el Formulario que forma parte integrante del presente como Anexo I. Los oferentes deberán cotizar la totalidad del renglón, sobre la base de una adjudicación integral a la oferta de menor precio para el renglón propuesto. No se admitirán las ofertas parciales.
ARTÍCULO 9: PLAZO DE MANTENIMIENTO DE OFERTAS (Art. 54º del Anexo del Reglamento aprobado por Decreto 1030/2016).
Los oferentes deberán mantener las ofertas por SESENTA (60) días corridos, contados a partir de la fecha del acto de apertura. Si no manifestara en forma fehaciente su voluntad de no renovar la oferta con una antelación mínima xx XXXX (10) días corridos al vencimiento del plazo, aquélla se considerará prorrogada automáticamente por un lapso igual y así sucesivamente.
ARTÍCULO 10: GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE LA OFERTA (Art. 78º inc. a) del Anexo del
Reglamento aprobado por Decreto 1030/2016).
Los oferentes deberán constituir una garantía de mantenimiento de la oferta equivalente al CINCO POR CIENTO (5%) del valor total de su oferta.
Dicha garantía deberá constituirse en algunas de las formas previstas en el artículo 39 del Anexo X xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional, aprobado por la Disposición Nº 63/2016 emitida por la Oficina Nacional de Contrataciones de la Secretaría de Modernización Administrativa del Ministerio de Modernización.
Para el caso de optar por integrar la garantía mediante póliza de caución, la misma deberá ser extendida por compañías aseguradoras debidamente autorizadas por la Superintendencia de Seguros de la Nación.
La integración en Pagaré a la vista suscripto por quien tenga el uso de la firma social o actuare con poderes suficientes, será válida solamente cuando el monto de la garantía no supere la suma de DOSCIENTOS SESENTA MÓDULOS (260 M). Esta forma de garantía no es combinable con las restantes enumeradas en el artículo 39 del Anexo X xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional.
En el caso de cotizar con alternativas, la garantía se deberá calcular sobre el mayor valor propuesto.
ARTÍCULO 11: DOCUMENTACIÓN.
Los oferentes deberán presentar en su oferta la documentación que a continuación se detalla:
a) Garantía de mantenimiento de la oferta. De acuerdo a lo detallado en el artículo 10 “Garantía de Mantenimiento de la Oferta”.
b) Certificado fiscal para contratar.
Los oferentes que efectúen ofertas cuyos importes sean iguales o superiores a CINCUENTA MIL PESOS ($ 50.000) deberán poseer el Certificado Fiscal para Contratar vigente.
Nota: A los fines de dar por cumplido el requisito de existencia de Certificado Fiscal para Contratar vigente, será suficiente con una copia de la nota presentada ante la dependencia de la
ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS en la cual se encuentren inscriptos a los fines de solicitar el ‘Certificado Fiscal para Contratar’.
Es obligación del oferente comunicar al organismo contratante la denegatoria a la solicitud del certificado fiscal para contratar emitida por la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS, dentro de los CINCO (5) de haber tomado conocimiento de la misma.
c) Formulario de cotización que forma parte integrante del presente como Anexo I.
d) Si la presentación es firmada por apoderado, copia del poder que lo acredite como tal.
e) La HOJA TECNICA requerida para cada Renglón ofertado.
f) Toda oferta nacional deberá ser acompañada por una declaración jurada mediante la cual se acredite el cumplimiento de las condiciones requeridas para ser consideradas como tal, de acuerdo a la normativa vigente sobre la materia.
En los casos en que se trate de bienes importados, deberá acompañarse una declaración jurada mediante la cual se informe, la provisión y/o uso de los bienes y/o materiales importados, así como el resultado de su balanza comercial en el último ejercicio y la proyectada para el ejercicio corriente.
g) Declaración jurada que de resultar adjudicatario se obliga a ocupar a personas con discapacidad, en una proporción no inferior al CUATRO POR CIENTO (4%) de la totalidad del personal afectado a la prestación del servicio, de conformidad con lo dispuesto por el Decreto N° 312/10.
Si por las particularidades del servicio no resultara posible contar con personas con discapacidad que reúnan las condiciones de idoneidad para el cargo referidas en el artículo 8 de la Ley 22.431, el oferente deberá manifestar dicha circunstancia al momento de presentar su oferta y en el caso de resultar adjudicatario acreditar tal imposibilidad dentro del plazo de CINCO (5) días de notificado el acto de adjudicación. Ante la falta de acreditación, la jurisdicción o entidad contratante lo intimará para que dentro del plazo xx XXXX (10) días incorpore el porcentaje de personas con discapacidad en la forma y términos establecidos en la presente, bajo apercibimiento de rescindir el contrato o de aplicar una multa xxx XXXX COMA CINCO POR CIENTO (0,5%) del valor del contrato por cada día de retraso hasta la efectiva incorporación o hasta el límite establecido en el artículo 102, apartado 3 del Anexo Reglamento aprobado por Decreto 1030/2016.
ARTÍCULO 12: OFERENTES EXTRANJEROS.
Todos los oferentes extranjeros además de presentar la documentación referenciada en el artículo 11, excepto lo requerido en el inciso b), como así tampoco lo solicitado en el artículo 6 del presente. Asimismo, deberán acompañar junto con la oferta, la siguiente documentación:
a) Las personas humanas:
1. Copia fiel del pasaporte o documento de identificación del país de origen en caso de no poseer pasaporte.
2. Copia fiel del formulario de inscripción en el ente tributario del país de origen o constancia equivalente.
b) Las personas jurídicas:
1. Documentación que acredite la constitución de la persona jurídica conforme a las normas que rijan la creación de dichas instituciones.
2. Documentación que acredite la personería (mandato, acta de asamblea en el que se lo designe como representante de la entidad respectiva, etc.) del apoderado o mandatario que actúe en representación de la entidad respectiva.
3. Copia fiel del formulario de inscripción en el ente tributario del país de origen o constancia equivalente.
ARTÍCULO 13: EFECTOS DE LA PRESENTACIÓN (Art. 52º del Anexo del Reglamento aprobado por Decreto 1030/2016).
La presentación de la oferta significará de parte del oferente el pleno conocimiento y aceptación de toda la normativa que rige el llamado, la evaluación de todas las circunstancias, la previsión de sus consecuencias y la aceptación en su totalidad de las bases y condiciones estipuladas, sin que pueda alegar en adelante el oferente su desconocimiento, por lo que no será necesaria la presentación de los pliegos con la oferta.
ARTÍCULO 14: APERTURA DE LAS OFERTAS Y VISTA (Art. 59º y 60º del Anexo del
Reglamento aprobado por Decreto 1030/2016).
En el lugar, día y hora determinados para celebrar el acto de apertura, se procederá a abrir las ofertas en presencia de funcionarios de la dependencia y de todos aquellos que desearan presenciarlo. A partir de la hora fijada como término para la recepción de las ofertas no se recibirán otras, aun cuando el acto de apertura no se haya iniciado. Si el día señalado para la apertura de las ofertas deviniera inhábil, el acto tendrá lugar el día hábil siguiente y a la misma hora en el mismo lugar.
El Acta será firmada por los funcionarios y por los oferentes presentes que desearan hacerlo. Los originales de las ofertas se exhibirán a los oferentes por el término de DOS (2) días, contados a partir del día hábil siguiente al de la apertura.
ARTÍCULO 15: CAUSALES DE DESESTIMACIÓN NO SUBSANABLES (Art. 66º del Anexo del
Reglamento aprobado por Decreto 1030/2016).
Será desestimada la oferta, en los siguientes supuestos:
a) Si fuera formulada por personas humanas y/o jurídicas que no estuvieran preinscriptas en el Sistema de Información de Proveedores a la fecha de comienzo del período de evaluación de las ofertas.
b) Si fuera formulada por personas humanas y/o jurídicas no habilitadas para contratar con la ADMINISTRACIÓN NACIONAL de acuerdo a lo prescripto en el artículo 28º del Decreto Delegado Nº 1023/001 y sus modificatorios y complementarios, al momento de la apertura de las ofertas o en la etapa de evaluación de aquellas o en la adjudicación.
c) Si el oferente fuere inelegible de conformidad con lo establecido en el artículo 68º del Reglamento aprobado por Decreto 1030/16.
d) Si el precio cotizado mereciera la calificación de vil o no serio.
e) Si tuviere tachaduras, raspaduras, enmiendas o interlíneas sin salvar en las hojas que contengan la propuesta económica, la descripción del bien o servicio ofrecido, plazo de entrega, o alguna otra parte que hiciere a la esencia del contrato.
f) Si estuviera escrita con lápiz o con un medio que permita el borrado y reescritura sin dejar rastros.
g) Si contuviera condicionamientos.
h) Si contuviera cláusulas en contraposición con las normas que rigen la contratación o que impidieran la exacta comparación con las demás ofertas.
i) Cuando contuviera errores u omisiones esenciales.
j) Si no se acompañare la garantía de mantenimiento de oferta o la constancia de haberla constituido.
ARTÍCULO 16: CAUSALES DE DESESTIMACIÓN SUBSANABLES (Art. 67º del Anexo del
Reglamento aprobado por Decreto 1030/2016).
No serán desestimadas las ofertas que contengan defectos de forma u otras imperfecciones que no impidan su análisis y comparación con las demás, siempre que dichos defectos sean subsanados a pedido del Organismo Contratante, otorgando un plazo de CUATRO (4) días hábiles al efecto. Se reconocerán como errores u omisiones subsanables las relacionadas con constatación de datos o información de tipo histórico, que no signifiquen una modificación de la oferta.
Si el total cotizado para el renglón único no respondiera al precio unitario, se tomará este último como precio cotizado.
Todo otro error denunciado por el oferente antes de la adjudicación, producirá la desestimación de la oferta, con pérdida de la garantía en la proporción que corresponda.
ARTÍCULO 17: IMPUGNACIONES AL DICTÁMEN DE EVALUACIÓN (Art. 73º del Anexo del
Reglamento aprobado por Decreto 1030/201).
Los oferentes podrán impugnar el dictamen de evaluación dentro de los TRES (3) días de su comunicación. Quienes no revistan tal calidad podrán impugnarlo dentro de los TRES (3) días de su difusión en el sitio de internet de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES, o en el sitio de internet del sistema electrónico de contrataciones.
En ambos casos previa integración de la garantía regulada en el artículo 78, inciso d) del Anexo del Reglamento aprobado por Decreto 1030/2016.
Las garantías de impugnación serán reintegradas al impugnante sólo en caso de que la impugnación sea resuelta favorablemente.
ARTÍCULO 18: GARANTÍA DE IMPUGNACIÓN.
La garantía de impugnación se constituirá de la siguiente forma:
a) Del TRES POR CIENTO (3%) del monto de la oferta del renglón o los renglones en cuyo favor se hubiere aconsejado adjudicar el contrato.
b) Del TRES POR CIENTO (3%) de la oferta del renglón o renglones del impugnante, si no se aconsejare la adjudicación a ninguna oferta.
c) De TREINTA MÓDULOS (30 M) si el impugnante fuera alguien que no reviste la calidad de oferente en ese procedimiento, o para el renglón o los renglones en discusión, y el dictamen de evaluación para el renglón o renglones que se impugnen, no aconsejare la adjudicación a ninguna oferta.
d) De SESENTA Y CINCO MÓDULOS (65 M) cuando la impugnación recaiga en cuestiones generales o particulares del dictamen de evaluación.
e) De NOVENTA Y CINCO MÓDULOS (95 M) cuando la impugnación versare sobre la recomendación efectuada sobre uno o varios renglones específicos y, además, sobre cuestiones generales o particulares del dictamen de evaluación.
ARTÍCULO 19: CRITERIO DE EVALUACIÓN Y SELECCIÓN DE OFERTAS.
La adjudicación recaerá sobre aquella oferta que, ajustándose en un todo a lo requerido en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, Generales y de Especificaciones Técnicas, resulte económicamente la de menor precio considerando los servicios cotizados.
Al solo efecto de una correcta evaluación de las ofertas, la Comisión Evaluadora de este Organismo podrá solicitarles a todos los oferentes un análisis de costos de su cotización en el cual se vea desagregado todo tipo de concepto que componga la cotización efectuada.
ARTÍCULO 20: ADJUDICACIÓN Y PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO (Art. 74º del Anexo
del Reglamento aprobado por Decreto 1030/2016).
Dentro del plazo de mantenimiento de la oferta, se procederá a emitir la orden de compra y su notificación al adjudicatario producirá el perfeccionamiento del contrato.
La adjudicación será notificada al adjudicatario o adjudicatarios y al resto de los oferentes, dentro de los TRES (3) días de dictado el acto respectivo. Si se hubieran formulado impugnaciones contra el dictamen de evaluación de las ofertas, éstas serán resueltas en el mismo acto que disponga la adjudicación. Podrá adjudicarse aun cuando se haya presentado una sola oferta.
ARTÍCULO 21: GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO (Art. 77º y 78º inciso b) del
Anexo del Reglamento aprobado por Decreto 1030/2016).
El adjudicatario deberá constituir una garantía de cumplimiento del contrato equivalente al DIEZ POR CIENTO (10%) del valor total del contrato. Dicha garantía deberá constituirse en alguna de las formas previstas en el artículo 39 del Anexo X xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional, aprobado por la Disposición Nº 63/2016 emitida por la Oficina Nacional de Contrataciones de la Secretaría de Modernización
Administrativa del Ministerio de Modernización, o combinaciones de ellas, dentro del término de CINCO (5) días de recibida la orden de compra.
ARTÍCULO 22: FORMAS DE GARANTÍA (Art. 39 del Anexo X xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales aprobado por la Disposición Nº 63/2016).
Las garantías mencionadas en el presente Pliego podrán constituirse de las siguientes formas, o mediante combinaciones de ellas:
a) En efectivo, mediante depósito bancario en la cuenta de la jurisdicción o entidad contratante, o giro postal o bancario.
b) Con cheque certificado contra una entidad bancaria, con preferencia del lugar donde se realice el procedimiento de selección o del domicilio de la jurisdicción o entidad contratante. La jurisdicción o entidad deberá depositar el cheque dentro de los plazos que rijan para estas operaciones.
c) Con títulos públicos emitidos por el ESTADO NACIONAL con posterioridad al 31 de diciembre de 2001. Los mismos deberán ser depositados en el BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA a la orden de la jurisdicción o entidad contratante, identificándose el procedimiento de selección de que se trate. El monto se calculará tomando en cuenta la cotización de los títulos al cierre del penúltimo día hábil anterior a la constitución de la garantía en la Bolsa o Mercado correspondiente. Se formulará cargo por los gastos que ocasione la ejecución de la garantía. El eventual excedente quedará sujeto a las disposiciones que rigen la devolución de garantías.
d) Con aval bancario u otra fianza a satisfacción de la jurisdicción o entidad contratante, constituyéndose el fiador en deudor solidario, liso y llano y principal pagador con renuncia a los beneficios de división y excusión, así como al beneficio de interpelación judicial previa, en los términos de lo dispuesto en el Código Civil y Comercial de la Nación.
e) Con seguro de caución, mediante pólizas aprobadas por la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN, extendidas a favor de la jurisdicción o entidad contratante y cuyas cláusulas se conformen con el modelo y reglamentación que a tal efecto dicte la Autoridad de Aplicación. Se podrán establecer los requisitos de solvencia que deberán reunir las compañías aseguradoras, con el fin de preservar el eventual cobro del seguro de caución. La jurisdicción o entidad contratante deberá solicitar al oferente o adjudicatario la sustitución de la compañía de seguros, cuando durante el transcurso del procedimiento o la ejecución del contrato la aseguradora originaria deje de cumplir los requisitos que se hubieran requerido.
f) Mediante la afectación de créditos líquidos y exigibles que el proponente o adjudicatario tenga en entidades de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL, a cuyo efecto el interesado deberá presentar, en la fecha de la constitución de la garantía, la certificación pertinente y simultáneamente la cesión de los mismos al organismo contratante.
g) Con pagarés a la vista, cuando el importe que resulte de aplicar el porcentaje que corresponda, según se trate de la garantía de mantenimiento de oferta, de cumplimiento de contrato o de impugnación, o bien el monto fijo que se hubiere establecido en el pliego, no supere la suma de
DOSCIENTOS SESENTA MÓDULOS (260 M). Esta forma de garantía no es combinable con las restantes enumeradas en el presente artículo.
Las garantías de mantenimiento de la oferta serán constituidas por el plazo inicial y sus eventuales renovaciones.
Todas las garantías deberán cubrir el total cumplimiento de las obligaciones contraídas, debiendo constituirse en forma independiente para cada procedimiento de selección.
ARTÍCULO 23: EXCEPCIONES A LA OBLIGACIÓN DE PRESENTAR GARANTÍAS (Art. 80º del
Anexo del Reglamento aprobado por Decreto 1030/2016).
a) Adquisición de publicaciones periódicas.
b) Contrataciones de avisos publicitarios.
c) Cuando el monto de la oferta no supere la cantidad que represente UN MIL TRESCIENTOS MÓDULOS (1.300 M).
d) Cuando el monto de la orden de compra, venta o contrato no supere la cantidad UN MIL TRESCIENTOS MÓDULOS (1.300 M).
e) Contrataciones que tengan por objeto la locación de obra intelectual a título personal.
f) Ejecución de la prestación dentro del plazo de integración de la garantía. En el caso de rechazo el plazo para la integración de la garantía se contará a partir de la comunicación del rechazo. Los elementos rechazados quedarán en caución y no podrán ser retirados sin, previamente, integrar la garantía que corresponda.
g) Cuando el oferente sea una jurisdicción o entidad perteneciente al Sector Público Nacional en los términos del artículo 8º de la Ley Nº 24.156 y sus modificaciones.
h) Cuando el oferente sea un organismo provincial, municipal o del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.
i) Cuando así se establezca para cada procedimiento de selección en particular en el Manual de procedimiento o en el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales.
No obstante, todos los oferentes, adjudicatarios y cocontratantes quedan obligados a responder por el importe de la garantía no constituida, de acuerdo al orden de afectación de penalidades establecido en el artículo 104 del Reglamento aprobado por el Decreto Nº 1030/16, a requerimiento de la jurisdicción o entidad contratante, sin que puedan interponer reclamo alguno sino después de obtenido el cobro o de efectuado el pago.
ARTÍCULO 24: PLAZO DEL SERVICIO (Art. 83º del Anexo del Reglamento aprobado por Decreto 1030/2016).
El plazo de entrega de los bienes será de SESENTA (60) días hábiles a partir de la adjudicación. Para la totalidad de los renglones, el proveedor será responsable del traslado de los vehículos hasta el sitio que disponga el Organismo (considérese un radio de distancia máximo de 50 km desde Av. Brasil 55 C.A.B.A.), previa solicitud del Organismo de entrega de los bienes.
El proveedor será asimismo responsable de cualquier deterioro o daño que sufrieran los vehículos durante la operación de traslado de los mismos, debiendo reponer la unidad siniestrada por una de idénticas características, corriendo la totalidad de los gastos a cargo del adjudicatario.
ARTÍCULO 25: PENALIDADES, AFECTACIÓN Y SANCIONES (Art. 102º, 104º, 106º y 107º del
Anexo del Reglamento aprobado por Decreto 1030/2016).
Las penalidades que se apliquen se afectarán conforme el siguiente orden y modalidad:
a) Se afectará las facturas al cobro emergente del contrato o de otros contratos de la jurisdicción o entidad contratante.
b) De no existir facturas al cobro, el oferente, adjudicatario o cocontratante quedará obligado a depositar el importe pertinente en la cuenta de la jurisdicción o entidad contratante, dentro de los DIEZ (10) días de notificado de la aplicación de la penalidad, salvo que se disponga un plazo mayor.
c) En caso de no efectuarse el depósito, se afectará a la correspondiente garantía.
Los Oferentes/Adjudicatarios podrán ser pasibles de las siguientes penalidades establecidas en el artículo 29º del Decreto Delegado Nº 1023/01 y sus modificatorios y complementarios, cuando incurran en las siguientes causales:
1. Pérdida de la garantía de mantenimiento de la oferta:
1.1- Si el oferente manifestara su voluntad de no mantener su oferta fuera del plazo fijado para realizar tal manifestación o retirara su oferta sin cumplir con los plazos de mantenimiento.
2. Pérdida de la garantía de cumplimiento del contrato:
2.1- Por incumplimiento contractual, si el adjudicatario desistiere en forma expresa del contrato antes de vencido el plazo fijado para su cumplimiento, o vencido el plazo de cumplimiento original del contrato o de su extensión, o vencido el plazo de las intimaciones que realizara la Comisión de Recepción, en todos los casos, sin que los bienes fueran entregados o prestados los servicios de conformidad.
2.2- Por ceder el contrato sin autorización del organismo contratante.
3. Multa por xxxx en el cumplimiento de sus obligaciones:
3.1- Se aplicará una multa xxx XXXX COMA CERO CINCO POR CIENTO (0,05%) del valor de lo satisfecho fuera de término por cada día hábil de atraso.
4. Rescisión por su culpa:
4.1- Por incumplimiento contractual, si el adjudicatario desistiere en forma expresa del contrato antes de vencido el plazo fijado para su cumplimiento, o vencido el plazo de cumplimiento original del contrato o de su extensión, o vencido el plazo de las intimaciones que realizara la Comisión de Recepción, en todos los casos, sin que los bienes fueran entregados o prestados los servicios de conformidad.
4.2- Por ceder el contrato sin autorización del organismo contratante.
4.3- En caso de no integrar la garantía de cumplimiento de contrato luego de la intimación cursada por el entidad contratante, quedando obligado a responder por el importe de la garantía no constituida de acuerdo al orden de prelación de penalidades establecido en el Decreto Nº 1030/16. La rescisión del contrato y la consiguiente pérdida de la garantía de cumplimiento del contrato podrán ser totales o parciales, afectando en este último caso a la parte no cumplida de aquél.
Sin perjuicio de las correspondientes penalidades los Oferentes/Adjudicatarios podrán ser pasibles de las siguientes sanciones:
(1) Apercibimiento.
(2) Suspensión.
(3) Inhabilitación.
Las sanciones que correspondan serán aplicadas por la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES en los casos previstos en el artículo 106º del Decreto Nº 1030/16.
ARTÍCULO 26: RECEPCIÓN DEFINITIVA (Art. 88º y 89º del Anexo del Reglamento aprobado por Decreto 1030/2016).
La recepción de los bienes y/o servicios tendrá carácter provisional y se acreditará mediante la conformidad en los correspondientes remitos.
La conformidad o el rechazo de la entrega de los bienes y/o servicios objeto del contrato, se informará dentro del plazo xx XXXX (10) días a partir del día siguiente de realizada la misma.
En caso de silencio, una vez vencido dicho plazo, el proveedor podrá solicitar al Organismo tal manifestación de conformidad. Si, en tal supuesto el Organismo Contratante no se expidiera dentro de los DIEZ (10) días siguientes al de la recepción de la solicitud, los bienes y/o servicios se tendrán por recibidos de conformidad.
ARTÍCULO 27: FACTURACIÓN Y FORMA DE PAGO (Artículo 90º y 91º del Anexo del Reglamento aprobado por Decreto 1030/2016).
El pago de las facturas correspondientes se realizarán luego de operada la conformidad definitiva de cada una de las recepciones por parte del área requirente, dentro de los TREINTA (30) DÍAS corridos contados a partir del día siguiente al de su presentación.
Cuando en las ofertas se incluyan plazos diferentes, no se considerarán como válidos, rigiendo el principio general.
Si se hiciere alguna observación a la documentación presentada, el trámite de pago se interrumpirá hasta la subsanación del vicio.
La AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, tiene carácter frente al IVA y GANANCIAS de “EXENTO”, por lo tanto no deberá discriminarse en la factura que al efecto se emita el IVA que eventualmente pudiera recaer en la operación (Art. 39 Ley de IVA).
Le corresponde actuar como agente de retención de los impuestos mencionados, por imperio de las Resoluciones Generales AFIP Nº 18/97 y DGI Nº 2784, en las facturaciones que se emitan, y atento a la no discriminación señalada deberá indicarse el importe del IVA contenido en la operación y, en su caso, otros conceptos no sujetos a retención (vgr. Impuestos internos).
Todos los comprobantes deberán ser en formato electrónico, en función de lo establecido en la Resolución General 2853/2010 artículo 1.
Por su carácter de jurisdicción del ESTADO NACIONAL, los contratos que celebra la AGENCIA están excluidos del régimen de factura de crédito instaurado por Ley Nº 24760.
ARTÍCULO 28: OBLIGACIONES DE LA ADJUDICATARIA.
a) Relativas al SIDIF (Alta de Beneficiarios):
• En el caso de no estar inscripto, el oferente deberá tramitar su incorporación al Sistema Integrado de Información Financiera, - SIDIF – Resolución Nº 262/95 de la SECRETARIA DE HACIENDA DEL MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS y sus modificatorias, en el Departamento de Compras y Contrataciones de este Organismo sito en Av. Brasil 55, 12º Piso, C.A.B.A..-
• En el caso de estar inscripto, el adjudicatario deberá informar al Departamento de Compras y Contrataciones la cuenta habilitada a los efectos de recibir los depósitos provenientes de la CUENTA ÚNICA XXX XXXXXX.
• En el caso que el Adjudicatario, desee modificar la cuenta habilitada a tal efecto, deberá tramitar la incorporación de una nueva, en el Departamento de Compras y Contrataciones; la cual una vez habilitada implicará la baja automática de la cuenta anterior.
b) La obligación de cumplimentar exclusiva y excluyentemente y sin derecho a reembolso o resarcimiento alguno, la totalidad de las normas administrativas, comerciales, laborales, impositivas, previsionales, de cobertura aseguradora o de cualquier otra índole - tanto nacionales, provinciales o municipales- que le resulten inherentes como consecuencia de la actividad que desarrolle por el presente, asumiendo idéntica responsabilidad con relación a su personal. El Organismo Contratante podrá, a su solo juicio y en cualquier oportunidad, requerir la documentación que acredite dicho cumplimiento.
c) La obligación de resarcir en forma integral los daños que sus incumplimientos ocasionen al Organismo Contratante.
d) Cumplir con el plazo de entrega del servicio dentro del término previsto en el Artículo 24 del presente. Podrá solicitar una extensión del plazo de cumplimiento de la prestación cuando existieran causas debidamente justificadas y las necesidades de la jurisdicción o entidad contratante admitan la satisfacción de la prestación fuera de término. (Art. 93º del Anexo del Reglamento aprobado por Decreto 1030/16)
e) Realizar todas las acciones que garanticen la vigencia del seguro contratado durante la prestación del servicio, realizando en tiempo y forma, las comunicaciones necesarias a tal efecto, y
las denuncias de los siniestros que pudieran ocurrir en término, conforme a la obligación asumida al firmarse el Contrato.
ARTÍCULO 29: FACULTADES DEL ORGANISMO CONTRATANTE (Artículo 100º del Anexo del
Reglamento aprobado por Decreto 1030/2016).
El Organismo Contratante podrá dejar sin efecto el presente procedimiento de Contratación en cualquier momento anterior al perfeccionamiento del Contrato, sin lugar a indemnización alguna en favor de los interesados u oferentes (conf. artículo 20º último párrafo del Decreto Nº 1023/01).
Al solo efecto de una correcta evaluación de las ofertas, la Comisión Evaluadora de este Organismo podrá solicitarles a todos los oferentes un análisis de costos de su cotización en el cual se vea desagregado todo tipo de concepto que componga la cotización efectuada.
Tendrá la posibilidad de aumentar o disminuir, como facultad unilateral, hasta un VEINTE POR CIENTO (20%) el monto total del contrato, en las condiciones y precios pactados y con la adecuación de los plazos respectivos.
En los casos en que resulte imprescindible para el organismo contratante el aumento o la disminución podrán alcanzar el TREINTA Y CINCO POR CIENTO (35%), y se deberá requerir en este caso, la conformidad del cocontratante, si esta no fuera aceptada, no generará ningún tipo de responsabilidad al proveedor ni será pasible de ningún tipo de penalidad o sanción.
El aumento o la disminución de la prestación podrá tener lugar en oportunidad de dictarse el acto de adjudicación o durante la ejecución del contrato, incluida la prórroga en su caso o, como máximo, hasta TRES (3) meses después de cumplido el contrato.
Tendrá a su cargo el poder de control, inspección y dirección de la respectiva contratación.
Tiene la facultad de imponer penalidades de las previstas en el presente Régimen a los oferentes cuando éstos incumplieren sus obligaciones.
El Organismo se reserva el derecho de admisión sobre cualquier integrante del plantel de la adjudicataria, pudiéndole exigir su desvinculación cuando la presencia o conducta del mismo no sea considerada adecuada.
ARTÍCULO 30: OBLIGACIONES DEL ORGANISMO CONTRATANTE.
Una vez firmada la el Orden de Compra con la adjudicataria, el Organismo se obliga según lo especificado en este Pliego, sus Anexos, Circulares y Disposiciones que se dictaren y, en particular, a:
a) Realizar el pago tal como se especifica en el Artículo 27.
b) Responder a las consultas de la contratista.
ARTICULO 31: INDEMNIDAD.
El Adjudicatario mantendrá indemne a su xxxxx a la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL y a su personal contra todos los juicios, reclamos, demandas y responsabilidades de toda naturaleza o especie, incluidas las costas y gastos que se derivaren de actos u omisiones del Adjudicatario o
de su personal o de otras personas que ante él fueren responsables con motivo o en ocasión del cumplimiento del servicio objeto de la presente contratación.
ARTICULO 32: SUBCONTRATACIÓN.
La empresa adjudicataria no podrá subcontratar con otras entidades la ejecución contrato, así como tampoco podrá ceder ni transferir total o parcialmente el contrato y, en todos los casos, será totalmente responsable frente al Organismo en lo relativo al cumplimiento de las obligaciones emergentes del mismo.
ARTÍCULO 33: COMPETENCIA.
Los Oferentes/Adjudicatarios/Cocontratantes acuerdan someterse a la Justicia en lo Contencioso Administrativo Federal de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con renuncia expresa a cualquier otra jurisdicción que les pudiera corresponder por cualquier motivo o causa derivada de la interpretación y ejecución de la presente contratación.
EXPEDIENTE N° S02:0043327/2017 LICITACIÓN PÚBLICA Nº: 8/2017
FECHA DE APERTURA: 11/08/2017 HORA DE APERTURA: 12:00 horas.
“FORMULARIO DE COTIZACIÓN”
El que suscribe , Documento de Identidad Nº
, en nombre y representación de la Empresa
con domicilio legal en la calle Nº ,
Localidad , Teléfono , Mail:
y con poder suficiente para obrar en su nombre, según consta en contrato poder que acompaña, luego de interiorizarse de las condiciones particulares y especificaciones técnicas que rigen la presente compulsa, cotiza los siguientes precios:
Renglón N° | Cantidad | Unidad de Medida | Descripción | Precio Unitario (IVA inc.) | Precio Total (IVA inc.) |
1 | 7 | Unidad | 000-00000-0000 VEHÍCULO TIPO PICK UP 4X4, según especificaciones técnicas | ||
2 | 1 | Unidad | 000-00000-0000 VEHÍCULO TIPO PICK UP 4X4 SIN SISTEMA LUMÍNICO, según especificaciones técnicas | ||
3 | 1 | Unidad | 000-00000-0000 VEHÍCULO TIPO UTILITARIO FAMILIAR, según especificaciones técnicas | ||
4 | 3 | Unidad | 000-00000-0000 VEHÍCULO MONOVOLUMEN FAMILIAR CINCO (5) PASAJEROS, según especificaciones técnicas | ||
5 | 10 | Unidad | 000-00000-0000 MOTOVEHÍCULO, según especificaciones técnicas | ||
6 | 2 | Unidad | 000-00000-0000 CAMIÓN TRACTOR PARA SEMIRREMOLQUE TIPO MOSQUITO, según especificaciones técnicas | ||
7 | 10 | Unidad | 000-00000-0000 CAMIÓN AUXILIO CON PLANCHA, según especificaciones técnicas | ||
8 | 1 | Unidad | 000-00000-0000 VEHÍCULO TIPO MINIBÚS, según especificaciones técnicas |
9 | 2 | Unidad | 000-00000-0000 SEMIRREMOLQUE TIPO MOSQUITO, según especificaciones técnicas | ||
10 | 2 | Unidad | 000-00000-0000 CAMIÓN TRACTOR PARA SEMIRREMOLQUE, según especificaciones técnicas | ||
11 | 5 | Unidad | 000-00000-0000 TRÁILER PARA MOTO, según especificaciones técnicas | ||
TOTAL DE LA OFERTA: PESOS |
SI | NO |
SI | NO |
SI | NO |
FORMA DE PAGO: SEGÚN PLIEGO PLAZO DE MANTENIMIENTO DE OFERTA: SEGÚN PLIEGO PLAZO DE ENTREGA: SEGÚN XXXXXX
FIRMA DEL OFERENTE