CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CRÉDITO CUSCO
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CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CRÉDITO CUSCO
ADJUDICACIÓN DE MENOR CUANTÍA
ADMC Nº 0026-2007-CMAC-CUSCO
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“CONTRATACIÓN DE EJECUCIÓN DE OBRA OFICINA ESPECIAL CENTRO COMERCIAL CONFRATERNIDAD CMAC-CUSCO S.A.
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Bases Administrativas
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CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CRÉDITO CUSCO S.A. |
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RUC: 20114839176 |
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PORTAL ESPINAR 146 – CUSCO |
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CONVOCATORIAADJUDICACIÓN DE MENOR CUANTÍA |
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AMC N° 0026- 2007 - CMAC Cusco S.A.
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I. |
OBJETO DEL PROCESO: Obra oficina Especial Centro Comercial Confraternidad CMAC-C. |
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II. |
DESCRIPCIÓN BÁSICA DEL OBJETO DEL PROCESO: Obra Oficina Especial Centro Comercial Confraternidad |
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III. |
CODIGO CIIU DEL OBJETO DEL PROCESO: 4520 |
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IV. |
VALOR REFERENCIAL : S/. 22,935.27 ( Veintidós Mil Novecientos Treinta y Cinco con 27/100 de Nuevos Soles ) | |
V. |
FUENTE DE FINANCIAMIENTO: Recursos Propios |
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VI. |
LUGAR DE EJECUCION DE LA PRESTACIÓN: Cusco. |
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VII. |
CALENDARIO.
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1.- Convocatoria : 17/05/2007 2.- Registro de participantes : 18/05/2007 al 24/05/2007 |
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3.-Plazo de presentación de consultas a las Bases : 18/05/2007 al 21/05/2007 El mismo que será presentado en el Departamento de Logística ubicado en Prolongación Xx.xx la Cultura 1220 |
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4.- Fecha de absolución de consultas a las Bases e Integración a las Bases : 22/05/2007 |
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5.- Presentación de Propuestas : 28/05/2007 hasta las 12:00 horas Las propuestas serán presentadas en el Departamento de Logística ubicada en prolongación Xx. Xx xx Xxxxxxx 0000 Xxxxxxxx xx Xxx Xxxxxxxxx. 6.- Evaluación de Propuestas : 28/05/2007 a las 16:00 horas |
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7.- Fecha de otorgamiento de la Buena Pro : 28/05/2007 a las 17:00 horas. |
BASES
ADJUDICACIÓN DE MENOR CUANTÍA Nº 0026-2007-CMAC CUSCO S.A.
“EJECUCIÓN DE OBRA OFICIANA ESPECIAL CENTRO COMERCIAL CONFRATERNIDAD CMAC-CUSCO S.A.”
PRIMERA CONVOCATORIA
1. GENERALIDADES |
1.1. ENTIDAD QUE CONVOCA
Caja Municipal de Ahorro y Crédito Cusco S.A. – CMAC Cusco S.A.. con Registro Único de Contribuyentes - RUC Nº 20114839176 y con domicilio real en el inmueble Xxxxxx Xxxxxxx 000, xxx xxxxxxx xxx Xxxxx.
1.2. OBJETO
Seleccionar mediante invitacion al contratista para la ejecución de la obra denominada: “OFICINA ESPECIAL CENTRO COMERCIAL CONFRATERNIDAD de la Caja Municipal de Ahorro y Credito Cusco S.A. de acuerdo a las características que se detallan en el Expediente Técnico y a lo regulado por el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 083-2004-PCM y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 084-2004-PCM, y sus respectivas modificatorias y ampliatorias y demás normas aplicables., las mismas que forman parte integrante de las presentes Bases.
1.3. VALOR REFERENCIAL Y FUENTE DE FINANCIAMIENTO
El valor referencial es de S/ 22,935.27 ( Veinte Dos Mil Novecientos Treinta y Cinco con 27/100 de nuevos soles), incluido impuestos xx Xxx creados y por crearse y todo concepto, el mismo será financiado con Recursos Propios, el cual fue calculado al mes xx Xxxxx del 2007
LOCALIZACIÓN DE LA OBRA
Dirección : Centro Comercial Confraternidad
Distrito : Wanchaq
Provincia : Cusco
Departamento : Cusco
PLAZO DE EJECUCION
El plazo de ejecución referencial de la obra es de 30 días, plazo que se computará de acuerdo a lo establecido en el artículo 240° del Reglamento de la Ley.
1.6 SISTEMA DE ADQUISICION
Suma Alzada
1.7. REQUISITOS PARA SER POSTOR
Tener la carta de invitacion.
Haberse registrado en el Registro de participantes.
No estar incluido en el Registro de Inhabilitados para Contratar con el Estado.
No estar comprendido en ninguno de los impedimentos señalados en el Art. 9º, D.S. N° 083-2004-PCM del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado.
2. BASE LEGAL |
La Base Legal está constituida por:
Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado.
Ley Nº 27444. Ley de Procedimiento Administrativo General.
Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado.
Ley N° 28411– Ley General del Sistema Nacional del Presupuesto.
Directivas y acuerdos del Consejo superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado- CONSUCODE.
Código Civil.
Bases del Proceso.
3. REGISTRO DE PARTICIPANTE: |
La Convocatoria se realizará mediante invitación a un proveedor, con comunicación al SEACE, la cual podrá realizarse por cualquier medio de comunicación escrito, incluyendo el facsímil o el correo electrónico.
El registro de participantes se efectuará desde el día siguiente de la convocatoria y hasta un (1) día después de haber quedado integradas las Bases. En el caso de propuestas presentadas por un consorcio, bastará que se registre uno de sus integrantes.
Si el participante (postor registrado) desea que se le notifiquen los actos del proceso de selección a través de su correo electrónico, deberá consignar su dirección electrónica y mantenerla activa, a efectos de que puedan llegarle las notificaciones cursadas, bajo su exclusiva responsabilidad. De otro lado y de manera alternativa, el participante puede optar por solicitar se le notifiquen los actos del presente proceso en la sede de la CMAC CUSCO S.A..
Es importante precisar, que ya sea en los casos enunciados en el párrafo precedente o en el caso que el participante no elija ninguna de aquellas opciones, la CMAC – Cusco cumplirá con notificar todos los actos del presente proceso en el Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado (SEACE).
4. PRESENTACIÓN DE CONSULTAS Y ACLARACIÓN A LAS BASES: |
4.1 Las consultas, y aclaraciones a las bases, podrán ser presentadas en forma simultánea, de conformidad al cronograma establecido en el calendario de la convocatoria, cualquier consulta u observación de los postores referente al presente proceso, se deberá formular por escrito dirigido al Comité Especial de la CMAC Cusco, con el siguiente Rotulo:
Señores Caja Municipal de Ahorro y Crédito Cusco S.A.
Direccion: Xxxxxxxxxxxx Xx. Xx xx Xxxxxxx 0000 – Xxxxxxxx xx Xxx Xxxxxxxxx
Att: COMITÉ ESPECIAL
ADJUDICACIÓN DE MENOR CUANTÍA N° 0026-2007-CMAC-CUSCO S.A.
El Comité Especial dentro del plazo establecido en el calendario del presente proceso, publicará a través del SEACE, la sede de la entidad o al correo electrónico del postor que así lo hayan solicitado, la aclaración de bases, y la absolución de las consultas, mediante un pliego absolutorio.
Tales pliegos absolutorios pasarán a formar parte de las bases.
MUY IMPORTANTE, no se aceptarán consultas que se presenten o ingresen en otras oficinas y fuera del horario establecido.
4.4 OFERTA INVÁLIDA:
De conformidad a lo establecido en el artículo 33º del D.S. 083-2004-PCM y el Acuerdo Nº 017/010-CONSUCODE/2002 publicado el 04/09/2002 que constituye pronunciamiento de observancia obligatoria, la CMAC CUSCO devolverá las propuestas que excedan en 10% el valor referencial y aquellas que sean inferiores al 90% de dicho valor, de conformidad a lo siguiente:
VALOR REFERENCIAL |
XXXXX XX 000 % |
MONTO AL 90 % |
S/.22,935.27 (Veinte Dos Mil Novecientos Treinta y Cinco con 27/100 Nuevos Soles) |
S/.25,228.79 ( Veinte Cinco Mil Doscientos Veintiocho con 79/100 De Nuevos Soles) |
S/.20,641.75 ( Veinte Mil Seiscientos Cuarenta y Uno con 75/100 De Nuevos Soles) |
4.5 INTEGRACIÓN DE LAS BASES
Una vez resueltas las consultas, o si éstas no se han presentado dentro del plazo indicado, las Bases quedarán integradas como reglas definitivas del proceso y no podrán ser cuestionadas en ninguna otra vía ni modificadas.
El Comité Especial publicará las Bases integradas a través del SEACE, bajo sanción de nulidad.
PRÓRROGAS Y POSTERGACIONES
Las etapas y los actos del proceso de selección podrán ser materia de prórroga o postergación por el Comité Especial siempre y cuando medien causas debidamente justificadas, dando aviso de ello en forma oportuna a la Gerencia de la CMAC CUSCO S.A. y a todos los participantes del proceso de selección y además se deberá remitir un informe al Titular de la Entidad explicando el motivo de la prorroga o de la postergación, según el artículo 30º del TUO de la Ley y artículo 84º de su Reglamento.
Es importante mencionar que la prórroga o postergación de las etapas de un proceso de selección será registrada en el SEACE modificando el cronograma original.
CANCELACIÓN DEL PROCESO
LA CMAC Cusco S.A. mediante Resolución de Gerencia puede cancelar el Proceso de Selección, en cualquier estado del mismo hasta antes del otorgamiento de la Buena Pro debiendo registrar la resolución cancelatoria en el SEACE según lo dispuesto en los Arts. 34° del TUO de la Ley y 86º de su Reglamento.
El Comité Especial comunicará la decisión de cancelación a todos los adquirientes de las Bases, dentro del día siguiente de recibida la comunicación de dicha decisión.
5. CONDICIONES DE CARÁCTER TÉCNICO – ECONÓMICO |
PLAZO DE VALIDEZ DE LA OFERTA
Las propuestas deben ser necesariamente elaboradas de acuerdo a las siguientes pautas:
Idioma
La propuesta deberá redactarse en español. El postor será responsable de la exactitud y la veracidad de dichos documentos.
Aspecto de la Oferta:
Los servicios ofertados deberán sujetarse a las especificaciones técnicas y demás condiciones señaladas en estas Bases.
La oferta tendrá una validez mínima de treinta (30) días calendario. Contados a partir de la fecha de apertura de los sobres de propuestas. Suscrito el contrato los términos y condiciones ofertados se mantendrá inalterables. Así mismo, se podrá solicitar a los postores la prorroga del plazo de validez de sus ofertas, en cuyo caso dicha solicitud y sus respuestas serán hechas por escrito (vía fax)
Los postores están prohibidos de celebrar acuerdos entre sí o con terceros, con el fin de establecer prácticas restrictivas de la libre competencia, bajo sanción de quedar inhabilitados para contratar con el Estado, sin perjuicio de las demás sanciones que establecen las disposiciones vigentes.
Cuando las propuestas tengan que ser presentadas total o parcialmente mediante formularios o formatos deberán llevar el sello y la rúbrica del postor o su representante legal, además éstos podrán ser llenados por cualquier medio, incluyendo el manual.
La propuesta económica deberá incluir todos los tributos, seguros, transportes, inspecciones, pruebas y cualquier otro concepto que pueda tener incidencia sobre el costo total materia del presente proceso.
Las Certificaciones, Constancias y Fotocopias tienen asignado el valor de Declaración Jurada, conforme a lo estipulado en la Ley de Simplificación Administrativa Ley Nº 27444.
Aquellas propuestas que no consideren alguna de la documentación solicitada se las dará por no presentadas y serán devueltas en el mismo acto de presentación.
No pueden presentarse a la presente adjudicación dos o más empresas que tengan un mismo representante legal o se encuentren vinculadas económicamente. Si se diera el caso se declararán ambas propuestas como no presentadas.
5.3 CONDICIONES DE CARÁCTER ECONOMICO
La oferta económica de la OBRA, será a todo costo e incluirá el IGV e impuestos xx Xxx y todo gasto adicional que tenga la empresa hasta la ejecución total del contrato. Los precios se cotizarán en Nuevos soles.
Durante el plazo de vigencia de la oferta, el postor no podrá variar ninguna condición y/o termino de lo ofertado en su propuesta, ni lo que haya sido establecido en los documentos presentados.
5.4 VISITA A OBRA
Esta inspección ocular permitirá al proveedor evaluar las condiciones del lugar y servirá para la elaboración de su propuesta y evitar además reclamos posteriores la visita a la obra se realizara de acuerdo a la coordinación efectuada con el Departamento de Logística el mismo que se podrá realizar desde el día 19/05/2007
5.5. VALORIZACIONES
Las Valorizaciones serán mensuales y tendrán el carácter de pagos a cuenta; serán elaboradas por el Supervisor y el Contratista, de acuerdo a lo dispuesto en los Artículos 255° y 257° del Reglamento.
5.6 ADELANTOS
La Entidad entregará los siguientes adelantos:
Para materiales, insumos a utilizarse en el objeto de contrato, los que en conjunto no deberán superar el cuarenta por cien (40%) del monto del contrato original.
El Contratista dentro de los quince (15) días contados a partir del día siguiente de la suscripción del contrato, podrá solicitar formalmente la entrega del adelanto adjuntando a su solicitud la garantía correspondiente, debiendo la Entidad entregar el monto solicitado dentro de los siete (7) días contados a partir del día siguiente de recibida la solicitud y garantía correspondiente. En el caso que la Entidad entregara parcialmente el adelanto directo, se considerará que la condición establecida en el inciso 5) del Artículo 240º del Reglamento se dará por cumplida con la entrega del primer desembolso.
Las solicitudes de otorgamiento de adelantos para materiales o insumos, deberán ser realizadas con la anticipación debida, y siempre que se haya dado inicio al plazo de ejecución contractual, en concordancia con el calendario de adquisición de materiales e insumos presentado por el contratista. No procederá el otorgamiento del adelanto de materiales o insumos en los casos en que las solicitudes correspondientes sean realizadas con posterioridad a las fechas señaladas en el calendario de adquisición de materiales.
La amortización de adelantos, Artículo 246° del Reglamento, se hará mediante descuentos proporcionales en cada una de las valorizaciones de obra. La amortización del adelanto para materiales e insumos se realizará de acuerdo a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 011-79-VC y sus modificatorias, ampliatorias y complementarias. Cualquier diferencia que se produzca respecto de la amortización de los adelantos se tomará en cuenta al momento de efectuar el pago siguiente que le corresponda al contratista y/o en la liquidación.
CUADERNO DE OBRA
En la fecha de entrega del terreno, se abrirá el Cuaderno de Obra, el mismo que será firmado en todas sus páginas por el inspector o supervisor, según corresponda, y por el residente. Dichos profesionales son los únicos autorizados para hacer anotaciones en el Cuaderno de Obra.
El Cuaderno de Obra debe constar de una hoja original con tres (3) copias desglosables, correspondiendo una de éstas a la CMAC CUSCO S.A., otra al contratista y la tercera al inspector o supervisor. El original de dicho Cuaderno debe permanecer en la obra, bajo custodia del residente, no pudiendo ser retenido por ninguna de las partes.
Concluida la ejecución de la obra, el original quedará en poder de la CMAC CUSCO S.A.
5.8 SUPERVISIÓN Y CONTROL DE OBRAS:
La Entidad contratante realizará el control de los trabajos por medio de un Supervisor, quien tendrá autoridad suficiente para vigilar directamente la correcta ejecución de la obra, conforme al Contrato y a los artículos 247º, 248º, 249º, 250º y 251º del Reglamento.
El contratista otorgará al supervisor las facilidades que resulten necesarias para el cabal cumplimiento de sus funciones.
El contratista contará de modo permanente y directo con un profesional colegiado habilitado y especializado designado por el contratista como residente de obra el cual podrá ser ingeniero o arquitecto, según corresponda a la naturaleza de los trabajos, con no menos de 1 año de ejercicio profesional. La sustitución del residente sólo procederá previa autorización escrita de la Entidad y el reemplazante deberá reunir calificaciones profesionales similares o superiores a las del profesional reemplazado.
5.9 RECEPCIÓN DE LA OBRA:
El Comité de Recepción de Obra designado por la Entidad Contratante se constituirá en la obra en la fecha fijada procediendo a su recepción según el procedimiento descrito en el Artículo 268º del Reglamento.
5.10 LIQUIDACIÓN DE LA OBRA
Se sujetará a lo establecido en los artículos 269º, 270º y 271º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado.
6. FORMA DE PRESENTACION DE PROPUESTAS |
6.1 Las propuestas serán presentadas en 2 (DOS) sobres cerrados:
Propuesta Técnica (Sobre Nº 1)
Propuesta Económica (Sobre Nº 2)
Los sobres deberán llevar la inscripción: Adjudicación de Menor Cuantía Nº 0026-2007-CMAC Cusco S.A.; la identificación de cada sobre y el nombre o razón social del postor.
6.2. El postor será responsable de la exactitud y veracidad de todos los documentos que presente en su propuesta.
6.3 La propuesta será presentada en un original y dos copias, cada página deberá estar numerada, en idioma español, sin enmendaduras ni borrones.
El hecho de presentar una propuesta implica la tácita aceptación del postor a las Bases Integradas y a toda disposición legal aplicable a este proceso, al contrato y las relaciones que se deriven de los mismos, así como su sometimiento incondicional a las mismas.
6.4 SOBRE Nº 1 (PROPUESTA TÉCNICA)
SOBRE N° 1 Propuesta Técnica. Deberá contener:
1.- Índice de los documentos que contiene la propuesta técnica.
2.- Declaración Jurada de datos del postor, según Anexo N°02-
3.- Copia simple del Certificado de Inscripción vigente en el Registro Nacional Proveedores
4.- Declaración Jurada, de conformidad a lo señalado en el Artículo 76º del Reglamento, Anexo Nº 3,
5.- Declaración Jurada, de cumplimiento de los Requerimientos Técnicos Mínimos necesarios, Anexo N° 4, que se adjunta.
6.- Carta de Plazo de Entrega de la Obra, Anexo N° 5, que se adjunta.
7.- Declaración Jurada de ser una micro o pequeña empresa conforme de ser el caso.
8.- Declaración Jurada de no estar inhabilitado para contratar con el Estado, Anexo N°6.
9.- Pacto de integridad, según Anexo Nº 7
10.- Promesa de consorcio de ser el caso Anexo N °8
SOBRE N° 2 Propuesta Económica. Deberá contener:
1.- Monto total de la Propuesta Anexo Nº 09
Adjunto a este anexo el postor presentará además el desagregado por partidas que dan origen a su propuesta económica, consignado en nuevos soles con dos (2) decimales, las que deben estar debidamente selladas y rubricadas por el postor o su representante legal.
El Monto Total deberá incluir todo concepto como mano de obra, materiales, transporte y flete, seguros, leyes sociales, imprevistos, pruebas y controles, garantías y gastos bancarios, utilidad y cualquier otro gasto necesario para la total y correcta ejecución de los trabajos, así como el impuesto general a las ventas.
6.6 PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS EN CONSORCIO:
La presentación de propuestas en consorcio de acuerdo a lo establecido en el artículo 37° de la Ley, implica la responsabilidad solidaria ante la CMAC Cusco, de los respectivos postores.
En tal sentido, las partes integrantes del consorcio responderán solidariamente ante la CMAC Cusco por la no suscripción del contrato y el incumplimiento del mismo, así como por todas las consecuencias derivadas de su participación individual o en conjunto dentro del consorcio en el presente proceso de selección y en la ejecución del contrato. CMAC Cusco, está facultado a demandar a cualquiera de los integrantes del consorcio, cuando corresponda, por los daños y perjuicios causados.
Los integrantes de un consorcio no pueden presentar, en el mismo proceso, propuestas individuales.
Para la formalización del consorcio será necesario acreditar la existencia de una promesa formal de consorcio, la que se perfeccionará una vez consentido el otorgamiento de la Buena Pro y antes de la suscripción del contrato.
Las micro y pequeñas empresas mantendrán los beneficios, bonificaciones o similares que las normas establezcan cuando participen en consorcio.
Las partes del consorcio responderán solidariamente ante la Entidad por todas las consecuencias derivadas de su participación individual en el consorcio durante los procesos de selección, o de su participación en conjunto en la ejecución del contrato derivado de éste. Deberán designar un representante o apoderado común con poderes suficientes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que se deriven de su calidad de postores y del contrato hasta la liquidación del mismo.
7. RECEPCIÓN DE PROPUESTAS Y EVALUACIÓN DE PROPUESTAS |
Las propuestas serán presentadas en el Departamento de Logística ubicado en prolongación Xx. Xx xx Xxxxxxx 0000 xxxxxxxx xx Xxx Xxxxxxxxx según lo establece el calendario del Anexo 01
La evaluación de propuestas se realizara en ACTO PRIVADO una vez recibidos los sobres de los postores por el departamento de Logística, serán remitidos al comité el cual procederá a abrir aquellos que contienen las propuestas técnicas de cada postor.
Es obligatorio la presentación de todos los documentos requeridos y el comité especial comprobará que los documentos presentados por cada postor sean los solicitados por las bases la ley y el reglamento de no ser así devolverá la propuesta teniéndola por no presentada.
Se levantará un Acta de todo el acta de evaluación, la cual será suscrita por todos los miembros del Comité
La presentación de documentos adulterados, fraudulentos o no conformes, por razones atribuibles al postor luego de su defensa conforme x xxx, aún cuando sean detectados posteriormente al acto de evaluación, dará lugar a la descalificación el postor, aunque se le hubiese otorgado la buena pro, quedando prohibido de intervenir, según sea la gravedad del caso, en posteriores concursos de precios y licitaciones que convoque la CMAC-Cusco S.A.
7.6 FACTORES DE EVALUACIÓN DE PROPUESTAS.
La evaluación de las propuestas Técnicas y Económicas
EVALUACIÓN TÉCNICA
No se considera puntaje para la propuesta técnica, de acuerdo a lo establecido en el artículo 68º del Reglamento, solo se requiere la presentación obligatoria de los documentos detallados en las bases y que la misma sea técnicamente razonable y debidamente sustentado.
EVALUACIÓN ECONÓMICA
La evaluación económica consistirá en asignar el puntaje máximo a la oferta económica de menor costo. Al resto de las propuestas se le asignará puntaje según la siguiente función:
Pi = (Om x PMPE )/Oi |
Donde :
i = Propuesta
Pi = Puntaje de la oferta económica i
Oi = Oferta económica i
Om = Oferta económica de monto o precio más bajo
PMPE = (100) Puntaje Máximo de la Propuesta Económica
8. OTORGAMIENTO Y PUBLICACIÓN DE LA BUENA PRO |
El otorgamiento de la buena pro se presumirá notificado al postor en la misma fecha, que se Publique en el SEACE, y/o notificando al correo electrónico
9. DEL CONTRATO |
El contrato esta conformado por su texto, las Bases integradas y la oferta ganadora. Los documentos derivados del presente proceso de selección que establezcan obligaciones para las partes y que hayan sido expresamente señalados en el contrato, también formaran parte de este contrato.
9.2 Consentida la adjudicación, el Representante Legal del postor adjudicado, debidamente autorizado con poder suficiente, deberá cumplir con la suscripción del respectivo contrato. Para tal efecto, dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes al consentimiento de la Buena Pro la Entidad debera de citar al postor ganador otorgándole un plazo xx xxxx ( 10 ) días hábiles dentro del cual deberá presentarse a suscribir el contrato.
9.3 En este supuesto, sin perjuicio de la sanción administrativa aplicable, la Entidad llamará al postor que ocupó el segundo lugar en el orden de prelación para que suscriba el contrato, el cual deberá cumplir con los requisitos establecidos para el postor ganador, incluyendo la obligación de mantener su oferta hasta la suscripción del contrato. Si el postor llamado como segunda opción no suscribe el contrato, la Entidad declarará desierto el proceso de selección, sin perjuicio de la sanción administrativa aplicable.
9.4. A la firma de contrato el, Postor que obtuvo la buena pro entregara a la CMAC CUSCO S.A.:
Constancia vigente de disponer la capacidad libre de contratación expedida por el CONSUCODE
Declaración Jurada de compromiso del Profesional Residente de Obra, su Currículum Vitae con no menos de un (1) año de ejercicio profesional, copia del título profesional y su Certificado de Habilidad del Residente de obra para firma del contrato de Obras Publicas expedido por el Colegio Profesional correspondiente. Calendario de Obra Valorizado de Avance de obra de acuerdo al plazo de ejecución y en concordancia con el cronograma de desembolsos previstos.
Calendario de Adquisición de Materiales e Insumos necesarios para la Ejecución de la Obra.
Expediente Técnico de obra completo, debidamente sellado y firmado en todas sus páginas por el Contratista o su representante legal.
Copia del Documento Nacional de identidad del representante legal.
Copia Literal del Registro de Personas Jurídicas con expedición no menor de 30 días calendarios emitidos por la Oficina Registral por el que acredite la representación y nombre de la Empresa.
Contrato de consorcio con firmas legalizadas de los asociados, de ser el caso.
Copia del R.U.C. de la empresa.
9.5 El postor favorecido no podrá ceder ni transferir, en forma parcial o total, su posición contractual en favor de terceros; manteniendo responsabilidad total por la ejecución del mismo.
9.6 El postor favorecido no podrá alterar, modificar, ni sustituir las características del bien ofertado al ejecutar el contrato.
10.GARANTÍAS |
Las garantías a que se refiere el Artículo 213° del Reglamento del TUO de la Ley pueden ser la carta fianza o la póliza de caución, por el fiel cumplimiento del contrato, los adelantos, las mismas que deberán ser incondicionales, solidarias, irrevocables y de realización automática al solo requerimiento de la Entidad, siempre y cuando hayan sido emitidas por una empresa autorizada y sujeta al ámbito de la Superintendencia de Banca y Seguros del Perú.
Las garantías sólo se harán efectivas por el motivo garantizado.
10.1 DE FIEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO.
Como requisito indispensable para suscribir el contrato, el postor ganador debe entregar a la Entidad la garantía de fiel cumplimiento del mismo. Esta deberá ser emitida por una suma equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato y, tener vigencia hasta la aprobación de la Liquidación de Contrato, por parte del CMAC
10.2 GARANTÍA POR XXXXXXXXX
Las garantías por adelantos directos y para materiales se rigen por lo dispuesto en las presentes bases en concordancia con los artículos 213°, 243º, 244°, 245° y 246° del Reglamento.
La garantía que debe entregar el contratista es por adelanto directo y/o adelanto para materiales. Esta garantía puede ser la Carta Fianza y/o Póliza de Caución, las mismas que deberán ser incondicionales, solidarias, irrevocables y de realización automática.
10.3 EJECUCIÓN DE GARANTÍAS
Las garantías se harán efectivas conforme a las estipulaciones contempladas en el Artículo 221° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 084-2004-PCM.
11. DE LOS RECURSOS IMPUGNATIVOS |
11.1 Las reclamaciones y controversias durante el proceso de selección se sujetarán a los requisitos, plazos y condiciones establecidos en el Título V de la Ley y el Capítulo V de su Reglamento.
11.2 Los conflictos, discrepancias o controversias que surjan entre las partes, desde la suscripción del contrato, sobre su ejecución, interpretación, resolución, inexistencia, ineficacia o invalidez, se resolverán mediante conciliación o arbitraje, según lo dispuesto en el contrato respectivo y de conformidad con lo establecido en el Artículo 53º de la Ley, debiendo solicitarse el inicio de estos procedimientos en cualquier momento anterior a la culminación del contrato. Este plazo es de caducidad.
11.3 La conciliación se regulará por las disposiciones del Artículo 272° del Reglamento. Si la conciliación concluye con un acuerdo parcial o sin acuerdo, las partes deberán someter a arbitraje las diferencias no resueltas.
11.4 El arbitraje será de derecho y será resuelto por un Tribunal Arbitral, el mismo que podrá ser unipersonal o colegiado. La designación de los árbitros, los demás aspectos de la composición del Tribunal Arbitral, así como los referidos al desarrollo del proceso arbitral se regulará por las disposiciones del Artículo 273° y siguientes del Reglamento. Los procedimientos de conciliación y arbitraje se sujetarán supletoriamente a lo dispuesto por las leyes de la materia, siempre que no se opongan a lo establecido en el Ley y su Reglamento.
12. PENALIDADES Y SANCIONES |
12.1 PENALIDADES
En caso de retraso injustificado en la prestación de servicios objeto del presente proceso de selección LA CAJA MUNICIPAL DE CUSCO aplicará al postor ganador una penalidad por cada día de atraso, hasta por un monto máximo equivalente al Diez Por ciento (10 %).
Penalidad diaria = (0.10 x Monto del Contrato) / ( 0.40 x plazo en días)
12.2 SANCIONES
De detectarse en cualquiera de las etapas del proceso de selección o durante la ejecución del contrato, la adulteración o falsificación de documentos, se procederá según sea el caso:
a) Para los Postores: Eliminación del postor desaprobándose automáticamente todas sus ofertas, sin perjuicio de iniciarse las demás acciones administrativas, civiles y penales a que hubiera lugar.
b) Para los Proveedor o Contratistas: Se dejará sin efecto automáticamente el contrato y se iniciarán las acciones administrativas, civiles y penales a que hubiera lugar.
El postor contratista, es solidariamente responsable de cualquier adulteración o falsificación de los documentos que haya presentado, así éstas hayan sido cometidas por alguno de sus empleados a iniciativa propia.
Asimismo, la CMAC Cusco comunicará este hecho al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado.
Las sanciones que se imponen al contratista no lo eximen de cumplir con las demás obligaciones del contrato.
Las sanciones precedentes no eximen al contratista de las responsabilidades civiles y penales a que hubiere lugar.
La justificación por el no cumplimiento de la prestación o la demora en el cumplimiento de la prestación se sujeta por lo dispuesto en el Código Civil.
El incumplimiento de cualquiera de los términos del contrato diferente al retraso en la prestación del servicio, faculta a la CMAC Cusco a resolver el contrato por incumplimiento.
13. DISPOSICIONES FINALES |
La CMAC CUSCO S.A. se reserva el derecho de verificar la información proporcionada por el postor.
La Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato será devuelta al postor, una vez liquidado el Contrato, aprobado por la CMAC.
El proveedor no podrá transferir parcial o totalmente la responsabilidad del cumplimiento del Contrato, teniendo responsabilidad plena sobre la ejecución y cumplimiento del mismo.
Los casos no contemplados en las Bases Administrativas se ajustarán y/o resolverán según las disposiciones previstas en la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento,
El postor se obliga a verificar toda la información necesaria para la elaboración de su propuesta; por lo tanto, no podrá invocar responsabilidad alguna en ese aspecto hacia la CMAC CUSCO S.A.
El Comité Especial, se reserva el derecho de interpretar las Bases Administrativas, Anexos, Absolución de Consultas y demás documentos complementarios.
VARIOS
Son de exclusiva responsabilidad del Contratista todos los tributos (IGV, otros) (solo están exonerados del IGV los que están comprendidos en la Ley Nº 27037) y gravámenes que le correspondan de acuerdo a la Ley, toda responsabilidad de carácter laboral y por el pago de aportaciones sociales de su personal y no son transferibles a la Entidad.
Así mismo, corresponde al Contratista la contratación de todos los seguros necesarios para resguardar la integridad de los bienes, los recursos que se utilizan y los terceros afectados eventualmente.
Es responsabilidad del Contratista, la obtención de las licencias, autorizaciones, permisos, servidumbres y similares para la ejecución de la Obra.
El suministro de corriente eléctrica en baja tensión, así como el abastecimiento de agua que sea necesario para la ejecución de la Obra, será por cuenta y responsabilidad de El Contratista.
Al término de la obra será de obligación del Contratista presentar a la Entidad, la liquidación del Contrato, sujetándose a lo establecido en los Artículos 269º y 270º del Reglamento. Con la liquidación se entregará la Memoria Descriptiva Valorizada de conformidad a lo solicitado en el Artículo 271º del Reglamento.
Para todos los aspectos no establecidos en las presentes Bases o en el Contrato se aplicara el Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM Texto único ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado
=====================
FORMATO 1
REGISTRO DEL PARTICIPANTE
Cusco,…. de ……….. de 2007
Por medio de la presente, .............................................(nombre persona jurídica o persona natural), con RUC N° ................................., con domicilio legal en .........................................., debidamente representado por ..............................................., identificado con DNI N° ...........................................
( ) Autorizo al Comité Especial de ADJUDICACIÓN DE MENOR CUANTÍA Nº AMC-0026-2007/CMAC- Cusco, que me notifique al correo electrónico que señalo.
Mi correo electrónico es: ___________________________________, conforme al artículo 87º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado.
( ) Autorizó al Comité Especial de la ADJUDICACIÓN DE MENOR CUANTÍA Nº 0026-2007/CMAC- Cusco, que me notifique personalmente en la sede de la CMAC CUSCO S.A.
Lugar y fecha: ………………………………………………….hora..........................
Apellidos y nombres: ……………………………………………...
DNI: ……………………………………………
Teléfono: …………………………………… CELULAR…………………………………………
..........................................
Firma
ANEXO 1
CALENDARIO DEL PROCESO DE SELECCIÓN |
1.- Convocatoria : 17/05/2007 2.- Registro de participantes por invitación : 18/05/2007 al 24/05/2007 |
3.-Plazo de presentación de consultas a las Bases : 18/05/2007 al 21/05/2007 El mismo que será presentado en el Departamento de Logística ubicado en Prolongación Xx.xx la Cultura 1220 |
4.- Fecha de absolución de consultas a las Bases e Integración a las Bases : 22/05/2007 |
5.- Presentación de Propuesta : 28/05/2007 hasta las 12:00 horas La propuesta serán presentadas en el Departamento de Logística ubicada en prolongación Xx. Xx xx Xxxxxxx 0000 Xxxxxxxx xx Xxx Xxxxxxxxx. 6.- Evaluación de Propuestas : 28/05/2007 a las 16:00 |
7.- Fecha de otorgamiento de la Buena Pro : 28/05/2007 a las 17:00 horas |
ANEXO 02
DECLARACIÓN JURADA DE INFORMACIÓN EMPRESARIAL |
Cusco, 2007....................
Señores
CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CRÉDITO Cusco
Ciudad.-
De nuestra consideración
Nos es grato dirigirnos a Uds., presentándonos a esta Adjudicación de Menor Cuantía para lo cual y con carácter de Declaración Jurada cumplimos con anotar la siguiente información
Nombre o Razón Social del Postor : ........................................................................................
Domicilio Legal : ........................................................................................
RUC : ........................................................................................
Datos del Representante Legal o Apoderado en caso de ser Persona Jurídica
Nombre : ........................................................................................
Cargo que desempeña : .........................................................................................
Documento de Identidad N° : .........................................................................................
Asimismo y con carácter de Declaración Jurada, manifestamos que nuestra empresa no se encuentra inhabilitada para contratar con el Estado
Atentamente,
.............................................................
Firma y Sello del Representante Legal
ANEXO 3
DECLARACIÓN JURADA
CUSCO, 2007 ....................
Señores
CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CRÉDITO CUSCO
Ciudad.-
Ref: ADJUDICACIÓN DE MENOR CUANTÍA Nº ADMC-0026-2007-CMAC- Cusco
De nuestra consideración
Nos es grato dirigirnos a Ustedes y con carácter de Declaración Jurada manifestamos:
Que no tenemos impedimentos para participar en el proceso de selección ni para contratar con el Estado, conforme al Articulo 9 de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado
Que conocemos, aceptamos y nos sometemos a las bases, condiciones y procedimientos del proceso de selección.
Que somos responsables de la veracidad de los documentos e información que se presenta para efectos del presente proceso.
Que nos comprometemos a mantener nuestra oferta durante el proceso de selección y a suscribir el contrato en caso de resultar favorecidos con la Buena Pro
Que conocemos las sanciones administrativas contenidas en la Ley y su Reglamento, así como en la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General y demás disposiciones reglamentarias, complementarias y modificatorias.
Atentamente,
............................................................
Firma y Sello del Representante Legal
ANEXO 04
CUMPLIMIENTO DE REQUERIMIENTO TÉCNICOS MÍNIMOS.
Cusco,......de................del 2007
Señores
CMAC-CUSCO S.A
Presente.-
REF.: ADJUDICACIÓN DE MENOR CUANTÍA N° 0026-2007-CMAC CUSCO S.A.
OBRA: ………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………
Mediante la presente, declaro que mi propuesta cumple con los Requerimientos Técnicos Mínimos, en los cuales se encuentra incluido:
Cumplimiento de los Requerimientos Técnicos mínimos indicados en los planos y Expediente Técnico de la Obra y Bases.
El Residente de Obra designado por mi representada, se encontrará en función al objeto y/o naturaleza de la obra, previa conformidad de la Entidad, de acuerdo a lo señalado en el Artículo 242º del Reglamento.
Declaro que no he encontrado inconveniente alguno para la Ejecución de la Obra y expresando que es conforme al expediente técnico correspondiente, el cual fue verificado en visita al terreno donde se ejecutara la Obra
Atentamente,
---------------------------------------------------------
SELLO Y RUBRICA DEL POSTOR O DEL
REPRESENTANTE LEGAL
ANEXO 05
CARTA DE PLAZO DE EJECUCIÓN DE LA OBRA
CUSCO, 2007
Señores
CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CRÉDITO CUSCO
Ciudad.-
Ref: ADJUDICACIÓN DE MENOR CUANTÍA Nº ADMC-0026-2007-CMAC-C
Estimados señores:
Nos es grato dirigirnos a Ustedes y con carácter de Declaración Jurada manifestamos que nuestra representada ha revisado cuidadosamente las Bases Generales y que cumplirá con el plazo de ejecución de obra establecido en las mismas correspondiente a .............. ( ................) días calendario, trabajo que se ejecutará en los horarios establecidos por la CMAC Cusco (horario diurno y nocturno), según lo especificado en las bases de la presente convocatoria.
Declaramos conocer las sanciones contenidas en el T.U.O. de la Ley y su Reglamento, así como en la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General y demás disposiciones reglamentarias, complementarias y modificatorias.
Atentamente,
--------------------------------------
FIRMA Y SELLO
ANEXO N° 06
DECLARACIÓN JURADA
DE NO TENER SANCIÓN VIGENTE
Cusco de 2007
Señores
CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CRÉDITO Cusco S.A.
Ciudad.-
Ref: Adjudicación de Menor Cuantía Nº0026-2007-CMAC Cusco S.A.
De nuestra consideración
Nos es grato dirigirnos a Uds., y con carácter de Declaración Jurada manifestamos:
NO TENER Sanción Vigente según el Registro de Inhabilitados para Contratar con el Estado (Art. 8° del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado)
Atentamente,
.....................................................
Firma y Sello del Representante Legal
RUC: ...........................................................
DOMICILIO LEGAL:..................................................................................................
ANEXO 07
PACTO DE INTEGRIDAD – PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS - |
CUSCO, 2007 ....................
Señores
CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CRÉDITO CUSCO
Ciudad.-
Ref: ADJUDICACIÓN DE MENOR CUANTÍA Nº Adm.-0026-2007-CMAC-CUSCO
El Representante Legal de .............................................., suscriben el presente Pacto de Integridad a través del cual:
1. El postor confirma que no ha ofrecido u otorgado, ni ofrecerá u otorgará, ya sea directa o indirectamente a través de terceros, ningún pago o beneficio indebido o cualquier otra ventaja inadecuada, a funcionario público alguno, o a sus familiares o socios comerciales, a fin de obtener o mantener el contrato objeto del presente proceso de selección
2. El postor declara no haber celebrado o celebrar acuerdos formales o tácitos, entre los postores o con terceros, con el fin de establecer prácticas restrictivas de la libre competencia.
3. CMAC CUSCO se compromete a evitar la extorsión y la aceptación de sobornos por parte de sus funcionarios.
4. El incumplimiento del Pacto de Integridad generará:
a) Para los postores o contratistas (en el caso de resultar adjudicados con la buena pro); inhabilitación para contratar con el Estado, sin perjuicio de las responsabilidades emergentes.
b) Para los funcionarios de las entidades; las sanciones derivadas de su régimen laboral.
.............................................................
Firma y Sello del Representante Legal
ANEXO N° 08
DECLARACIÓN JURADA “PROMESA DE CONSORCIO” |
Cusco, _____ de ______ del 2007
Señor
PRESIDENTE DEL COMITÉ ESPECIAL DE ADQUISICIONES DE LA CMAC CUSCO S.A.
Ciudad.-
Ref.: Adjudicion MENOR CUANTIA Nº 0026-2007/CMAC CUSCO S.A.
Estimados señores:
Los suscritos declaramos expresamente que hemos convenido en forma irrevocable presentarnos de manera conjunta en el marco del Adjudicación Directa Menor Cuantia Nº 0026-2007-CMAC CUSCO S.A. (Primera Convocatoria).
Asimismo, en caso de obtener la buena pro, nos comprometemos a formalizar el contrato de Consorcio para la provisión correcta y oportuna de los bienes correspondientes al objeto de la Adjudiciaion Directa de Menor N° 0026-2007-CMAC CUSCO S.A. (Primera Convocatoria).
Designamos al Sr. ..................................................................................., identificado con D.N.I. Nº…………………….. como representante legal común del Consorcio y fijando nuestro domicilio legal común en ........................................., para efectos de participar en todas las etapas del proceso de selección y a suscribir con CMAC CUSCO S.A. el contrato de prestación de servicio correspondiente.
OBLIGACIONES DE LA EMPRESA: %
OBLIGACIONES DE LA EMPRESA: %
Nombre, firma, sello y DNI del Nombre, firma, sello y DNI del
Representante Legal Empresa 1 Representante Legal Empresa 2
ANEXO N° 09
PROPUESTA ECONÓMICA
CUSCO, de de 2007
Señores:
CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CRÉDITO CUSCO
Presente
Ref: ADJUDICACIÓN DE MENOR CUANTÍA Nº ADMC-0026-2007/CMAC - CUSCO
Estimados señores:
(Nombre ó Razón Social de la Empresa Postora) ...................................................................... ., por la presente me es grato hacer de su conocimiento que mi Propuesta Económica por ............................................................., en relación al Proceso de Selección de la referencia asciende a la suma de ......................................................y 00/100 .....................) , que incluye todos los tributos vigentes, seguros, transporte, viáticos, inspecciones, pruebas, gastos y cualquier otro concepto que pueda incidir sobre el costo de los trabajos a realizar, a ser cancelados de acuerdo a lo establecido en las Bases materia del presente proceso.
Asimismo, me comprometo a mantener la validez de la oferta hasta la suscripción del contrato, en caso de resultar favorecido con la Buena Pro.
Atentamente,
............................................................
Firma y Sello del Representante Legal
ANEXO 10
PROFORMA DE CONTRATO DE OBRA A SUMA ALZADA
ADJUDICACIÓN DE MENOR CUANTIA N°0026 -2007-CMAC CUSCO S.A.
Conste por el presente documento el contrato de obra a suma alzada por Adjudicación de Xxxxx Xxxxxxx,que celebran de una parte el XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX, con domicilio legal en ………………………………….., que en adelante se denominará XXXXXXXXXXXXXXXXXXXdebidamente representado por su Gerente , señor ………………………………, identificado con DNI Nº ……………….. , y de la otra parte xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx, con Registro de Ejecutor de obras N° xxxxxxxxxxx, RUC Nº xxxxxxxxxxxxxxxxxx, con domicilio legal en xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx DISTRITO, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE xxxxxxxxxxxxxx, TELEFAX xxxxxxxxxxxxxxxxxxx ó xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx, DISTRITO xxxxxxxxxxxxxxx, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE Cusco, teléfono xxxxxxxxxxxxxxxxx debidamente representado por el señor xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx, identificado con DNI N° xxxxxxxxxxxxxx, a quien en adelante se le denominará EL CONTRATISTA, de acuerdo a los términos y condiciones siguientes:
CLÁUSULA PRIMERA Antecedentes
1.1.- LA CMAC CUSCO S.A. con motivo de la ejecución de la obra :…………………………………………………, ubicado en ……………………………………………………………………, en fecha xx de xxxxxxxxxxxx de 2007 realizó la convocatoria de la Adjudicación N° ………………con un valor referencial total de S/…………………(……………………………………………………).. incluido impuesto y plazo de …… días naturales.
1.2.- Que, el Comité Especial de la Adjudicaciones Directas de Menor Cuantía otorgó la Buena Pro en fecha xx de xxxxxxxxxxxxx de 2007, al postor xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx, para la ejecución de la obra………………………………………………………………………………………, por el monto ofertado de S/. xxxxxxxxxxxx incluido IGV (xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx y xx/100 Nuevos Soles), según cuadro comparativo del puntaje total del Proceso de Selección de la Adjudicación Directa de Menor Cuantia N° ………………I, documentos suscritos por los miembros del Comité Especial.
1.3.- Cuando en el presente contrato se mencione la palabra ley se entenderá que se está haciendo referencia al Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM; la mención al Reglamento, se entenderá referida al Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM. La mención contrato se entenderá referida al contrato de la Obra : ……………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………….
BASE LEGAL:
Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado.
Ley Nº 27444. Ley de Procedimiento Administrativo General.
Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado.
Directivas y acuerdos del Consejo superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado- CONSUCODE.
Código Civil.
Bases del Proceso
CLÁUSULA SEGUNDA Objeto del contrato
2.1.- EL CONTRATISTA, se obliga a ejecutar la obra "……………………………………......... , en estricto cumplimiento de las Bases y Expediente Técnico, por el sistema a SUMA ALZADA mediante la cual la propuesta es un monto fijo integral, considerando los trabajos que resulten necesarios para el cumplimiento de la ejecución del contrato en mención, según los planos, especificaciones técnicas, memoria descriptiva y presupuesto de obra que forman parte del Expediente Técnico, en ese orden de prelación; considerándose que el desagregado por partidas que da origen a su propuesta y que forma parte de ésta, es referencial.
2.2.- Forman parte del presente contrato, los siguientes anexos:
2.2.1.- Oferta del postor ganador.
2.2.2.- Otorgamiento de la Buena Pro Definitiva.
2.2.3.- Bases y Expediente Técnico firmado por el postor favorecido con la Buena Pro o su representante legal, absolución de consultas y demás documentos que forman parte del proceso de selección.
2.2.4.- Garantía de fiel cumplimiento de contrato, de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 213°, 214º y 215º del Reglamento, las Bases y el contrato.
2.2.6.- Constancia vigente de no estar inhabilitado para contratar con el Estado, expedida por el Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado.
2.2.7.- Constancia de capacidad libre de contratación, expedida por el Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado.
2.2.8.- Cronograma General de Ejecución de Obra y Calendario de Obra Valorizado de acuerdo al plazo establecido y en concordancia con el cronograma de desembolsos establecido, los precios unitarios del contratista; desagregado de gastos generales, debidamente firmados por su representante legal.
2.2.9.- Calendario de Adquisición de Materiales e insumos necesarios para la ejecución de la obra y armonizado con el calendario de avance de obra, debidamente firmados por su representante legal.
2.2.10.- Documento Nacional de Identidad del representante legal.
2.2.11.- Nombre del residente, curriculum vitae detallado, copias del título profesional y diploma de incorporación al Colegio Profesional correspondiente, certificado de habilidad para el ejercicio profesional, así como el compromiso suscrito para prestar sus servicios como residente y que tendrá a su cargo la Dirección Técnica de la Obra, debidamente firmados por su representante legal y el residente.
CLÁUSULA TERCERA Sistema de Ejecución de Obra
3.1.- El contratista se obliga a ejecutar la obra, en estricto cumplimiento con las Bases y Expediente Técnico, bajo el sistema a SUMA ALZADA, sin reajuste por tratarse de una obra de xxxx días
CLÁUSULA CUARTA Monto del valor de la obra
4.1.- El monto del contrato de obra a suma xxxxxx asciende a S/. xxxxxxxxxxxxxx incluido IGV (xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx).
4.2.- EL CONTRATISTA deja expresa constancia que dentro del monto señalado en el párrafo anterior están incluidos todos los costos por concepto de materiales, mano de obra, dirección técnica, utilidad, transporte, empleo de maquinarias y equipos, obligaciones laborales, leyes sociales, seguros, impuestos y cualquier otro gasto necesario para la ejecución total de la obra y las pruebas que sean necesarias efectuar para verificar la correcta ejecución de los trabajos.
4.3.- EL CONTRATISTA declara de igual forma haber revisado el proyecto e inspeccionado el lugar de la obra, por lo que renuncia expresamente a cualquier reclamación posterior por las condiciones físicas y climatológicas encontradas en el sitio de la obra, durante la ejecución de los trabajos.
4.4.- En el caso de Trabajos Adicionales, para la correcta ejecución de la obra, serán previamente ordenados por la CMAC CUSCO S.A. de acuerdo a la Ley ,
CLÁUSULA QUINTA Plazo de Ejecución
5.1.- EL CONTRATISTA se obliga a ejecutar la obra, objeto del contrato en un plazo de……días calendarios (……….), contados a partir de que se cumplan las condiciones señaladas en el artículo 240° del Reglamento.
5.2.- Queda establecido que EL CONTRATISTA debe adoptar todas las medidas necesarias que garanticen la culminación de la obra dentro del plazo señalado.
5.3.- EL CONTRATISTA declara conocer perfectamente la ubicación del terreno donde se ejecutará la obra materia del contrato.
CLÁUSULA SEXTA Forma de Pago
6.1.- Las valorizaciones serán MENSUALES y tendrán el carácter de pagos a cuenta; serán elaboradas por el supervisor y el contratista, de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 255° y 257° del Reglamento.
6.2. - La valorización elaborada será en estricta sujeción al expediente técnico.
6.3.- El pago se efectuará en moneda nacional.
6.4.- EL CONTRATISTA emitirá su factura a nombre de la CMAC CUSCO S.A. con RUC. 20114839176
CLÁUSULA SÉPTIMA Modificaciones y subsanaciones en el expediente técnico
7.1.- Las modificaciones sustanciales y la subsanación de errores y omisiones en el Expediente Técnico durante la ejecución de la obra, deben contar con la opinión del proyectista, el mismo que intervendrá para aclarar y opinar sobre la situación presentada, a fin que LA CMAC CUSCO S.A., pueda adoptar las medidas que el caso requiera y dilucidar, de ser el caso, las responsabilidades emergentes.
CLÁUSULA OCTAVA Valorización
8.1.- De acuerdo con la cláusula sexta la valorización será en forma MENSUAL.
8.2.- El plazo máximo para la aprobación por el supervisor de la valorización y su remisión A lA CMAC CUSCO S.A., es de cinco (05) días, contados a partir del primer día hábil del mes siguiente al de la valorización.
8.3.- Las valorizaciones, y de ser el caso, los presupuestos de los adicionales de obras se sujetan a las Bases, el contrato, la Ley y el Reglamento.
8.4.-A efectos de realizar un adecuado control de las valorizaciones, se deberá presentar en forma separada la valorización, el reajuste, el reintegro, los adelantos y/o deducciones.
8.5.- Si surgieran discrepancias respecto de la formulación, aprobación o valorización de los metrados entre el contratista y el supervisor de la CMAC CUSCO S.A., según sea el caso, se resolverán en la liquidación del contrato, sin perjuicio del cobro de la parte no controvertida.
8.6.- Sólo será posible iniciar un procedimiento de conciliación o arbitraje dentro de los quince (15) días hábiles después de ocurrida la controversia si la valorización de la parte en discusión representa un monto superior al cinco por cien (5%) del contrato actualizado. La iniciación de este procedimiento no implica la suspensión del contrato ni el incumplimiento de las obligaciones de las partes.
CLÁUSULA NOVENA Garantías
9.1.- Las garantías que EL CONTRATISTA otorgue a favor de la CMAC CUSCO S.A., serán las de fiel cumplimiento de contrato y en su caso, la garantía por los adelantos, que servirán para asegurar la buena ejecución y cumplimiento de contrato.
9.1.1.- Las garantías que acepta la CMAC CUSCO S.A. son las que se encuentran indicadas en el artículo 213° del Reglamento, las mismas que deben ser incondicionales, solidarias, irrevocables, de realización automática en el país al solo requerimiento de la CMAC CUSCO S.A., la que será emitida por empresa autorizada y sujeta al ámbito de supervisión de la Superintendencia de Banca y Seguros.
9.1.2.- En virtud de la realización automática a primera solicitud, las empresas no pueden oponer excusión alguna a la ejecución de la garantía, debiendo limitarse a honrarla de inmediato dentro del plazo máximo de tres días. Toda demora generará responsabilidad solidaria para el emisor de la garantía y para el contratista y dará lugar al pago de intereses a favor de la CMAC CUSCO S.A.
9.1.3.- La CMAC CUSCO S.A., no aceptará las garantías que no se encuentren conforme con lo dispuesto en los párrafos precedentes, sin perjuicio de las acciones administrativas y legales que correspondan.
9.2.- Garantía de fiel cumplimiento del contrato
9.2.1.- Como requisito indispensable para suscribir el contrato, el CONTRATISTA debe entregar al CMAC CUSCO S.A., la garantía de fiel cumplimiento de contrato, que será emitida por una suma equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato, y tener vigencia hasta que la liquidación del contrato quede consentida o firme por decisión arbitral, sin perjuicio de las penalidades que correspondan de acuerdo al contrato, la Ley y su Reglamento.
9.3.- Garantía por los adelantos
9.3.1.- A solicitud del CONTRATISTA la CMAC CUSCO S.A., podrá entregar los adelantos directos al contratista y para materiales. Para su otorgamiento se garantizará por el monto total de estos y de acuerdo a lo siguiente:
Para materiales o insumos a utilizarse en el objeto del contrato, los que en conjunto no deberán superar el cuarenta por cien (40%) del monto del contrato original.
9.3.2.- La CMAC CUSCO S.A., entregará los adelantos solicitados por EL CONTRATISTA, previa entrega de una garantía de conformidad con lo dispuesto por el artículo 219° del Reglamento.
9.3.3.- Las solicitudes de otorgamiento de adelantos para materiales o insumos, deberán ser realizados con la anticipación debida, y siempre que se haya dado inicio al plazo de ejecución contractual en concordancia con el calendario de adquisición de materiales e insumos presentado por el contratista.
9.3.4. - Tratándose del adelanto para materiales, la garantía se mantendrá vigente hasta la utilización de los materiales o insumos, a satisfacción de la CMAC CUSCO S.A., pudiendo reducirse de manera proporcional de acuerdo al desarrollo respectivo.
9.35.- No procederá el otorgamiento del adelanto de materiales o insumos en los casos en que las solicitudes correspondientes sean realizadas con posterioridad a las fechas señaladas en el calendario de adquisición de materiales.
9.3.6.- La amortización de los adelantos se hará mediante descuentos proporcionales de las valorizaciones que se efectúen al CONTRATISTA, de acuerdo al artículo 246° del Reglamento.
9.3.7.- En caso de que la obra se encuentre atrasada, el CONTRATISTA informará por escrito al supervisor sobre las medidas que implementará para solucionar los retrasos producidos.
CLÁUSULA DÉCIMA Responsabilidades y Obligaciones
10.1.- OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA
10.1.1.- EL CONTRATISTA bajo ningún concepto podrá ceder, transferir o subrogar total o parcialmente el contrato.
10.1.2.- EL CONTRATISTA y sus representantes están obligados a conocer minuciosamente los Planos, Instrucciones, Costos y Especificaciones Técnicas. Toda duda será inmediatamente consultada al supervisor quien absolverá las interrogantes en el plazo de tres (03) días naturales siguientes a la recepción de la consulta.
10.1.3.- En caso de no actuar en la forma indicada anteriormente todos los pagos necesarios para subsanar los inconvenientes correrán por cuenta exclusiva del CONTRATISTA.
10.1.4 - Para los efectos de la ejecución de la obra materia del contrato, EL CONTRATISTA se compromete a emplear personal de reconocida capacidad técnica y de experiencia en trabajos similares.
10.1.5 .- EL CONTRATISTA custodiará todos los materiales, equipos y todo trabajo concluido hasta la recepción final de la obra.
10.1.6 .- EL CONTRATISTA cumplirá estrictamente con la Legislación Tributaria, Laboral, Municipal y Social vigente en la República del Perú y será también responsable de dicho cumplimiento por las demás obligaciones que por Ley le correspondan. Mediante el presente se deja expresa constancia la prohibición que EL CONTRATISTA acuerde con terceros la subcontratación de parte o la totalidad de las prestaciones del contrato.
10.1.7 .- El contratista no podrá entregar la obra defectuosa o mal ejecutada, aduciendo defectos, errores u omisiones en los Planos y/o Especificaciones Técnicas, debiendo el trabajo erróneo o defectuoso ser subsanado y enmendado por su exclusiva cuenta, responsabilizándose por las imperfecciones, vicios de la obra y por la destrucción parcial o total de la misma, de acuerdo con lo que prescriben los artículos 1782°, 1783°, 1784° y demás que concuerden del Código Civil.
10.1.8 - El período de responsabilidad para la presente obra es de ocho (08) años, contados a partir de la conformidad de la obra otorgada por la CMAC CUSCO S.A., de acuerdo con lo establecido por el artículo 51° de la Ley.
10.1.9. .- EL CONTRATISTA mantendrá barreras, letreros, luces y señalización adecuadas y en general todo medio de seguridad para el acceso de peatones y vehículos a los lugares de la obra, para prevenir a terceros del riesgo de accidentes. Dichos elementos serán retirados por EL CONTRATISTA a la terminación de la obra.
10.1.10 .- EL CONTRATISTA precautelará de daños a cañerías, árboles, conductores, cables de instalación eléctrica y otras instalaciones de servicio, debiendo reparar cualquier daño o defecto ocasionados por su propia cuenta.
10.1.11.- EL CONTRATISTA debe presentar la liquidación del contrato de obra, debidamente sustentada, con la documentación de cálculos detallados, conjuntamente con la Memoria Descriptiva Valorizada, de acuerdo con lo previsto por los artículos 269°, 270º del Reglamento.
10.1.12 .- Si EL CONTRATISTA no presenta la liquidación en el plazo previsto, la liquidación correspondiente seguirá el tratamiento señalado en el artículo 269° del Reglamento. La CMAC CUSCO S.A., determinará el monto que por concepto de liquidación serán de cargo del contratista.
10.1.13.- El Ingeniero Civil xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx con C. I. P. N° xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx, ( ó Profesional Especialista , según naturaleza de la obra ) residente designado por EL CONTRATISTA deberá permanecer en la sede física de la obra, objeto del presente contrato.
10.1.14 .- Las decisiones aceptadas por el referido profesional estarán premunidas de toda validez técnico – legal, no pudiendo ser enervadas por otra persona ni por la autoridad propia del CONTRATISTA.
10.1.15..- Por su sola designación, el Ingeniero residente representa al CONTRATISTA para los efectos ordinarios de la obra, no estando facultado a pactar modificaciones al contrato, dicho profesional debe tener la previa conformidad de la cmac , la que se entiende otorgada a la suscripción del contrato, sin perjuicio de ser revocada en cualquier momento.
10.1.16 .- Queda entendido que cualquier reemplazo del personal que efectúe EL CONTRATISTA deberá previamente contar con la aprobación del supervisor sin perjuicio del derecho del CMAC CUSCO S.A. de solicitar la sustitución del personal que a su juicio resulte incompetente.
CLÁUSULA DECIMOPRIMERA
11.2.- OBLIGACIONES DEL CMAC CUSCO S.A.
11.2.1.- Entregar el terreno dentro de los quince (15) días siguientes de la suscripción del contrato.
11.2.2.- Designar al supervisor de la obra, quien ostentará los requisitos y funciones señalados en el artículo 250° del Reglamento.
11.2.3.- Abonar la valorización de la obra presentada por EL CONTRATISTA y aprobadas por el supervisor o inspector, de acuerdo al procedimiento expresado en el contrato.
11.2.4.- Elaborar la correspondiente liquidación del contrato, Memoria Descriptiva Valorizada y/o Declaratoria de Fábrica cargando su costo al CONTRATISTA en el caso en que éste no la elabore conforme se estipula en este mismo documento y a lo dispuesto en el artículo 269° del Reglamento.
11.2.5.- Recepcionar la obra totalmente concluida y sin ninguna clase de observaciones, levantando el acta de recepción final de obra, suscrita por los integrantes del comité de recepción de obra, de acuerdo al artículo 268° del Reglamento.
CLÁUSULA DECIMO SEGUNDO Cuaderno de obra
12.1.- EL CONTRATISTA adquirirá por su cuenta el Cuaderno de Obra. En la fecha de entrega de terreno se abrirá el Cuaderno de Obra, el mismo que será firmado en todas sus páginas por el supervisor y por el residente. Sólo estos profesionales son los únicos autorizados para hacer anotaciones en el Cuaderno de Obra.
12.2.- Concluida la ejecución de la obra, el cuaderno quedará en poder de la CMAC CUSCO S.A. conjuntamente con el original del acta de recepción final de obra; el Cuaderno original será entregado al Comité de Recepción de obra, en la fecha de recepción o, dentro del plazo máximo de cinco días naturales siguientes a la recepción de la obra, ala CMAC CUSCO S.A.. En caso, contrario, se aplicará una penalidad de acuerdo a lo determinado por la CMAC CUSCO S.A.
12.4.- La pérdida, deterioro o sustracción del Cuaderno de Obra es de responsabilidad del residente y EL CONTRATISTA, quienes responderán por las acciones administrativas y legales correspondientes sin perjuicio de los daños ocasionados a la CMAC CUSCO S.A..
12.5.- En el Cuaderno de Obra se anotarán en forma legible los hechos relevantes que ocurran durante la ejecución de ella. firmando al pie de cada anotación el supervisor o el residente, según sea el que efectúe la anotación. Las solicitudes a la CMAC CUSCO S.A. que se realicen como consecuencia de las ocurrencias anotadas en el Cuaderno de Obra, se harán directamente por EL CONTRATISTA o su representante ala CMAC CUSCO S.A. , por medio de comunicación escrita.
12.6.- Las consultas se formulan en el Cuaderno de Obra, se dirigen al supervisor según corresponda y se sujetan a lo dispuesto en el artículo 251º del Reglamento.
CLÁUSULA DÉCIMO TERCERA De la Supervisión del supervisor
13.1.- El control de la ejecución de la obra estará a cargo de un supervisor designado por la CMAC CUSCO S.A. , sin perjuicio del control e inspección técnica que puede ejercer directamente la CMAC CUSCO S.A..
13.2.- EL CONTRATISTA se obliga a dar todas las facilidades necesarias para la supervisión de la obra, permitiendo que, en cualquier momento puedan realizarse las visitas, constataciones y controles que fueren necesarias.
13.3.- EL CONTRATISTA deberá someterse al control del supervisor en todo lo concerniente al aspecto técnico de la ejecución de obra.
13.4.- El supervisor tendrá las siguientes atribuciones sin carácter limitativo:
13.4.1.- Verificar y exigir la correcta ejecución de los trabajos y asegurar el fiel cumplimiento de las condiciones estipuladas y obligaciones del contratista, establecidas en el contrato y sus anexos.
13.4.2.- Solicitar información al contratista sobre la obra.
13.4.3.- Exigir al contratista el cumplimiento de los cronogramas de obra.
13.4.4.- Exigir al contratista que los materiales empleados en la obra cumplan con las especificaciones técnicas señaladas en el expediente técnico de obra. Cuando sea pertinente deberá exigir que se retire por cuenta del contratista los materiales o equipos que hayan sido rechazados por mala calidad o incumplimiento de las especificaciones técnicas, así como el desmonte y otros deshechos.
13.4.5.- Exigir al contratista buen comportamiento de su personal.
13.4.6.- Su actuación se sujetará al contrato, no teniendo autoridad para modificarlo.
13.4.7.- Absolver consultas, interpretar planos, especificaciones técnicas, manuales y cualquier otra información técnica relacionada con la obra.
CLÁUSULA DECIMO CUARTA Cumplimiento del contrato
14.1.- EL CONTRATISTA se obliga a entregar la obra, objeto del contrato, totalmente terminada a satisfacción del CMAC CUSCO S.A. , en el plazo de ………….. ( ………. ), días calendarios, contados a partir del cumplimiento de las condiciones dispuestas en el artículo 240° del Reglamento.
14.2.- Queda establecido que EL CONTRATISTA debe adoptar todas las medidas necesarias que garanticen la culminación de la obra en el plazo establecido en el contrato.
14.3.- EL CONTRATISTA declara bajo juramento que se compromete a cumplir las obligaciones derivadas del contrato, bajo sanción de quedar inhabilitado para contratar con el Estado en caso de incumplimiento.
CLÁUSULA DECIMOQUINTA Penalidad por xxxx
15.1.- En el caso que EL CONTRATISTA incurra en xxxx por retraso injustificado en la entrega de la obra, se le aplicará una penalidad por cada día de retraso, hasta por un monto máximo equivalente al diez por cien (10%) del monto contractual. Esta penalidad será deducida de los pagos a cuenta, del pago final o en la liquidación final; o si fuese necesario se cobrará del monto resultante de la ejecución de la garantía a que se refiere el artículo 213º, 214º, 215º y 221° del Reglamento.
15.2.- La penalidad se aplicará y se calculará de acuerdo a la fórmula señalada en el artículo 222° del Reglamento.
15.3.- En caso que llegase acumular el monto máximo de la penalidad por xxxx en la ejecución de la prestación a su cargo la CMAC CUSCO S.A., podrá resolver el contrato por incumplimiento.
CLÁUSULA DECIMO SEXTA Causas de caso fortuito o de fuerza mayor
16.1.- Se entiende por caso fortuito o de fuerza mayor a la causa no imputable a las partes consistente en un evento extraordinario, imprevisible e irresistible que impide la ejecución de la obligación o determine su cumplimiento parcial, tardío o defectuoso.
16.2.- En ningún caso y bajo ninguna circunstancia, se considerará como causa de fuerza mayor el mal tiempo que sea común en el área donde se realiza la obra, tampoco se considerarán como causas de fuerza mayor las demoras en la entrega de los equipos complementarios suministrados por EL CONTRATISTA; por lo que éste deberá tomar y adoptar todas las previsiones necesarias para evitar dichas demoras no consideradas dentro del plazo de su oferta, a excepción de aquellos artículos sujetos de importación a ser utilizados en la obra objeto contrato.
16.3.- La calificación de caso fortuito o de fuerza mayor le corresponde a la CMAC CUSCO S.A., a propuesta del supervisor.
CLÁUSULA DECIMOSETIMA Adicionales
17.1.- La CMAC CUSCO S.A., podrá ordenar y pagar directamente la ejecución de obras adicionales hasta por el diez por ciento del monto total del contrato original, siempre que resulten indispensables para alcanzar la finalidad del contrato. Así mismo podrá reducir obras hasta por el límite permitido según las Bases la Ley y el Reglamento.
17.2.- Para la aplicación de lo dispuesto en el párrafo anterior sólo procederá la ejecución de obras adicionales cuando se cuente previamente con la Resolución emitida por la CMAC CUSCO S.A., y en los casos en que su valor, restándole los presupuestos deductivos vinculados a tales adicionales, no superen el diez por ciento (10%) del monto total del contrato original.
17.3.- La aprobación de las obras adicionales es de competencia de la CMAC CUSCO S.A., el cual se hará mediante acto administrativo expreso, consistente en la emisión del documento de aprobación correspondiente que emita la gerencia de la CMAC CUSCO S.A. para tal fin.
17.4.- Las obras adicionales deben ejecutarse sólo cuando se cuente previamente con la emisión del documento de aprobación correspondiente que emita la gerencia de la CMAC CUSCO S.A. para tal fin.
17.5.- Las obras ejecutadas sin cumplir los requisitos señalados en los párrafos anteriores no generan derecho alguno a favor del CONTRATISTA .
CLÁUSULA DÉCIMO OCTAVA Garantía de la obra y responsabilidad del contratista
18.1.- A partir de la fecha del acta de recepción final de la obra, comienza el período de garantía que tendrá vigencia de ocho años (08) durante los cuales EL CONTRATISTA garantiza el funcionamiento adecuado de la obra, los materiales, instalaciones y todos los elementos que constituyen la obra, con arreglo a las especificaciones y demás indicaciones técnicas.
18.2.- EL CONTRATISTA es el responsable por la calidad ofrecida y por los vicios ocultos que la obra presente, por un plazo de 08 años (ocho), contados a partir de la conformidad de la obra.
CLÁUSULA DECIMO NOVENA Recepción de la obra
19.1.- El Comité de Recepción verificará el fiel cumplimiento de lo establecido en los planos y especificaciones técnicas facultativamente podrá efectuar las pruebas que sean necesarias en caso las considere para comprobar el funcionamiento de las instalaciones y equipos. Culminada la verificación, y de no existir observaciones, se procederá a la recepción de la obra, teniéndose por concluida la misma, en la fecha indicada por el contratista.
19.2.- Previa a la recepción de la Obra, el contratista deberá presentar en un número de 02 juegos, los planos de Replanteo visados por el supervisor + 1 CD conteniendo los Planos de Obra, para su verificación por el Comité de Recepción durante su inspección.
19.3.- Ningún otro documento que no sea el acta de recepción de la obra, servirá para acreditar que el contrato, o alguna parte del mismo, ha sido debidamente ejecutado. No se podrá considerar que el contrato ha sido completamente ejecutado mientras no sea suscrita la indicada acta por los miembros del Comité de Recepción de Obra y EL CONTRATISTA, en la que conste que la obra ha sido concluida a entera satisfacción de la CMAC CUSCO S.A..
19.4.- Se deberá tener en cuenta la Resolución de Contraloría N° 072-98-CG “Normas Técnicas de Control Interno para el Sector Público” Norma 600-14 sobre los metrados post construcción.
CLÁUSULA VIGÉSIMO Liquidación final
20.1.- La liquidación del contrato se presentará a la Gerencia de Administración, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 269° del Reglamento.
20.2.- La liquidación final, contará con el acta de recepción final de la obra.
20.3.- la CMAC CUSCO S.A., descontará del importe del mismo, los siguientes conceptos:
Montos por la reparación de daños atribuidos al CONTRATISTA, o correspondan a las reparaciones efectuadas por la CMAC CUSCO S.A. y se encuentren dentro del período de garantía y que no hubiesen sido reparados por EL CONTRATISTA luego del primer requerimiento realizado por la CMAC CUSCO S.A.
b) Las multas o penalidades y demás montos a favor de la CMAC CUSCO S.A., si hubieren.
20.4.- La liquidación final del contrato se aprobará con la correspondiente emisión del documento de aprobación que emita la gerencia de la CMAC CUSCO S.A. para tal fin.
CLÁUSULA VIGÉSIMO PRIMERA Resolución del contrato
21.1.- Cláusula de resolución de contrato por incumplimiento.
21.1.1.- En caso de incumplimiento por parte del CONTRATISTA de alguna de sus obligaciones, que haya sido previamente observada; es decir, requerida por la CMAC CUSCO S.A. , ésta última podrá resolver el contrato, en forma total o parcial, mediante la remisión por la vía notarial del Acuerdo de la Gerencia de la CMAC CUSCO S.A., en el que se manifieste esta decisión y el motivo que la justifica. El contrato queda resuelto de pleno derecho a partir de la recepción de dicha comunicación por EL CONTRATISTA. Igual derecho asiste al CONTRATISTA ante el incumplimiento por parte de la CMAC CUSCO S.A., de sus obligaciones esenciales, siempre que éste la haya emplazado mediante carta notarial y ésta no haya subsanado su incumplimiento.
21.2.- La CMAC CUSCO S.A., podrá resolver el contrato, de conformidad con el artículo 225° del Reglamento.
21.3.- Si EL CONTRATISTA rechaza la intervención económica, indicada en el numeral 21.1 del presente, el contrato será resuelto.
CLÁUSULA VIGÉSIMO SEGUNDA Solución de Controversias
22.1.- Cláusula de Solución de Controversias.
22.1.1.- Las controversias que surjan sobre la ejecución o interpretación del contrato se resolverán obligatoriamente mediante el procedimiento de conciliación.
22.1.2.- La CMAC CUSCO S.A. y EL CONTRATISTA tienen el derecho de someter la controversia a un centro de conciliación dentro de los plazos previstos por el artículo 272° del Reglamento.
22.1.3.- Si la conciliación concluye con un acuerdo parcial o sin acuerdo las partes deberán someterse a arbitraje las diferencias no resueltas. El arbitraje será resuelto por un tribunal arbitral colegiado (compuesto por 3 árbitros) de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 53º de la Ley, 272º y 273º del Reglamento.
22.3.- De acuerdo a la presente cláusula todos los conflictos que se deriven de la ejecución e interpretación del contrato, incluidos los que se refieran a su nulidad e invalidez, serán resueltos mediante arbitraje, bajo la organización y administración de los órganos del Sistema Nacional de Conciliación y Arbitraje del CONSUCODE y de acuerdo con su Reglamento.
22.4.- Las partes acuerdan expresamente someterse al Reglamento del Sistema Nacional de Conciliación y Arbitraje de CONSUCODE vigente a la fecha del Convenio Arbitral.
CLÁUSULA VIGÉSIMO TERCERA Disposiciones Finales
23.1.- Los casos no previstos en el contrato se regirán por lo dispuesto en la Ley, su Reglamento y demás disposiciones complementarias. Siendo de aplicación supletoria, en lo pertinente, el Código Civil.
23.2.- EL CONTRATISTA declara conocer los documentos señalados en la cláusula segunda numeral 2.2 del contrato, así como las normas a seguir en caso de resolución administrativa de contratos de obras públicas, contenidas en la Ley, su Reglamento y demás disposiciones complementarias sobre la materia.
23.3.- El contrato podrá ser elevado a escritura pública por cualquiera de las partes, debiendo correr los gastos por cuenta de la parte solicitante.
CLÁUSULA VIGÉSIMO CUARTA De la Conformidad
24.1.- Las partes han aprobado el contrato, que consta de xxxxxxxxxxxxx folios y xxxxxxxxxxxxxxx cláusulas, lo suscriben los representantes que se mencionan en las generales introductorias de este mismo documento, en la ciudad Cusco, a los xxxxxxxxxxxxx días del mes de xxxxxxxxxxxxx de dos mil cinco.
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EL CONTRATISTA CMAC CUSCO S.A.