CONSULTORIA INDIVIDUAL: ESPECIALISTA SOCIAL CI-BCIE-2116-01-2019
Documento Base de Concurso Público Nacional con Recursos del Banco Centroamericano de Integración Económica
Modalidad: Cocalificación
CONSULTORIA INDIVIDUAL: ESPECIALISTA SOCIAL CI-BCIE-2116-01-2019
Préstamo No. 2116
“Proyecto Construcción xxx Xxxxxxxx Logístico Villa de San Xxxxxxx – Goascorán, Secciones II y III”
Febrero, 2019
INDICE
Sección I. Invitación a Concurso 3
Sección II. Instrucciones a los Oferentes 5
C. Preparación de las Propuestas 12
D. Presentación y apertura de las Propuestas 17
E. Evaluación y comparación de las Propuestas 19
F. Adjudicación del Concurso 25
Sección III. Datos del Concurso 28
Sección IV. Criterios de evaluación 35
Sección V. Formularios Estándar del Concurso 39
Sección VI. Términos de Referencia 44
Sección VII. Formato de Contrato 51
Sección I. Invitación a Concurso
CONSULTORIA INDIVIDUAL: ESPECIALISTA SOCIAL CI-BCIE-2116-01-2019
Modalidad: Cocalificación
Fecha: 21 de febrero de 2019
1. FUENTE DE RECURSOS
El Banco Centroamericano de Integración Económica (BCIE), como parte de los servicios que brinda a sus países socios beneficiarios, está otorgando el financiamiento total para la realización de la consultoría Especialista Social, en el xxxxx xxx Xxxxxxxx No. 2116 “Proyecto Construcción xxx Xxxxxxxx Logístico Villa de San Xxxxxxx – Goascorán, Secciones II y III”.
2. ORGANISMO EJECUTOR Y CONTRATANTE DEL PROCESO DE CONCURSO
2.1 Inversión Estratégica de Honduras (INVEST–H) en representación del Gobierno de la República, ha recibido fondos del Banco Centroamericano de Integración Económica (BCIE) para la implementación del Proyecto Construcción xxx Xxxxxxxx Logístico Villa de San Xxxxxxx – Goascorán, Secciones II y III, a través del Contrato xx Xxxxxxxx No. 2116; y se propone utilizar parte de los fondos de este préstamo para efectuar pagos de gastos elegibles en virtud del contrato de consultoría Especialista Social.
2.2 Inversión Estratégica de Honduras (INVEST-H), es el responsable del presente proceso de adquisición para lo cual, nombra al Comité Ejecutivo del Concurso e invita a presentar propuestas para la contratación requerida.
3. PRESENTACIÓN DEL PROCESO DE CONCURSO
3.1. Objetivos generales de la consultoría a contratar es apoyar la coordinación, controlar y realizar el seguimiento y cumplimiento de los instrumentos de Gestión Social que se han diseñado para la cartera de proyectos financiadas con recursos del BCIE, conforme lo establecido en las políticas operativas del BCIE y políticas de salvaguardas sociales referidas por INVEST-H en las áreas de influencia de los proyectos asignados; particularmente, políticas sobre Igualdad de Género en el Desarrollo, políticas de Reasentamiento Involuntario, y políticas de Pueblos Indígenas en la implementación de los Proyectos (diseños y estudios, ejecución de las obras, y servicios de mantenimiento vial a través de microempresas, por parte de los implementadores y la Unidad de Gestión de Proyectos).
3.2. El organismo ejecutor pone a disposición de los interesados toda la documentación relacionada con este concurso, necesaria para la preparación de las propuestas.
Dicha información estará disponible sin costo alguno:
a. Para descarga en el sitio web: xxx.xxxxxxxxxxxx.xxx.xx, y xxx.xxxxxxxxxxx.xx
b. Físicamente en: INVEST-H, edificio Los Castaños, 5to. Piso, Blvd. Xxxxxxx, Tegucigalpa, M.D.C, Honduras.
c. Solicitar mediante correo electrónico: xxxxxxxxxxxxxxxxxx0000@xxxxxxxxxxx.xx
3.3. Se recibirán propuestas para este concurso a más tardar el día 13 xx xxxxx de 2019, hasta las 5:00 p.m. en la dirección física siguiente: Inversión Estratégica de Honduras (INVEST-H), edificio Los Castaños, 5to. Piso, Blvd. Xxxxxxx, Tegucigalpa. (No se aceptarán propuestas por medios digitales).
Atentamente,
Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxx Director Ejecutivo
cc: Ing. Xxxxxx Xxxxxx / Directora Adjunta Invest-H MCA-H
Ing. Xxxxxx Xxxxxxx / Directora de Adquisiciones Invest-H MCA-H Archivo
A continuación, las secciones II a la VII del documento base, en el cual las secciones II, III y IV prevalecen al resto de las secciones.
1. Definiciones | 1.1 | BCIE: Banco Centroamericano de Integración Económica. Cocalificación: Procedimiento mediante el cual se presentan en forma simultánea los antecedentes legales, técnicos y financieros del oferente que demuestran sus capacidades, con la oferta técnica y la económica, con el propósito de precalificar a los oferentes y posteriormente evaluar las ofertas en el marco de un mismo proceso. Comité Ejecutivo del Concurso: Es el nombrado y acreditado por el Prestatario/Beneficiario y que ha sido notificado al BCIE como responsable del proceso de concurso Concurso público: Procedimiento formal y competitivo mediante el cual, a través de un anuncio, se solicitan, reciben y evalúan ofertas técnicas y económicas para la adquisición de servicios intelectuales para el desarrollo de una consultoría. Consorcio: Oferentes que se unen temporalmente como uno solo, con el propósito de ofrecer servicios de consultoría. Consultor: Persona natural o jurídica, pública o privada, a quien se le encarga prestar sus servicios intelectuales para una consultoría, relacionada con una materia en la cual tiene conocimientos especializados. Consultorías: Servicios Intelectuales requeridos para estudios, diagnósticos, diseños, asesorías, supervisión y otros que requieran conocimientos intelectuales específicos. Día: Se entenderá que los plazos expresados en días se refieren a días calendario; excepto cuando se especifique “días hábiles”. Informe o Acta (del proceso): Documento que presenta el Prestatario/Beneficiario con los resultados y recomendación sobre el proceso realizado (precalificación de oferentes o evaluación de ofertas), para obtener la No Objeción del BCIE previo a comunicar los resultados a los oferentes. Oferente: Persona natural o jurídica que participa en un proceso de precalificación o concurso, ofreciendo sus capacidades y/o la provisión de consultorías solicitadas. |
Sección II. Instrucciones a los Oferentes | ||
Operación: Se utilizará este término indistintamente a proyectos, cooperaciones y asistencias técnicas reembolsables o no reembolsables, programas, operaciones especiales u otras modalidades de financiamiento otorgadas por el BCIE. Países Miembros del BCIE: Son los países fundadores, los países regionales no fundadores y los países extrarregionales, conforme a lo establecido en el Convenio Constitutivo del Banco Centroamericano de Integración Económica. Política: Política para la Obtención de Bienes, Obras, Servicios y Consultorías con Recursos del Banco Centroamericano de Integración Económica vigente. Propuesta: Documentación que presenta un oferente para un proceso de precalificación o concurso para ser considerado como potencial consultor. Prestatario/Beneficiario: Persona natural o jurídica, pública o privada, que ha suscrito un contrato o convenio para el financiamiento de una operación con el BCIE y generalmente nombra un organismo ejecutor para su ejecución. Protesta: Es todo reclamo, objeción, impugnación, rechazo, controversia u otra manifestación de inconformidad, presentada por escrito en tiempo y forma por un oferente ante el Comité Ejecutivo de Concurso o, posteriormente ante la autoridad competente que ha sido claramente establecida en este Documentos Base, interpuesto durante el proceso de adquisición y únicamente en relación con los resultados obtenidos. En todos los casos de licitación o concurso será requisito indispensable que no existan protestas pendientes de resolver a efecto de proceder a la adjudicación. | ||
1.2 | Alcance del Concurso El Prestatario/Beneficiario, identificado en la sección III, invita a presentar propuestas para la realización de la consultoría, que se describe en la misma sección, donde también se especifican el nombre y número de identificación de este proceso de concurso y plazo máximo para la terminación de los servicios de consultoría. | |
2. Relación Jurídica de las partes. Derechos y Obligaciones. | 2.1 | Las relaciones jurídicas entre los Prestatarios/Beneficiarios y consultores seleccionados para la realización de consultorías, se regirán por los respectivos contratos de consultoría definidos en la sección VII. Los derechos y obligaciones relacionados con los oferentes en los procesos de concurso serán determinados por los Documentos Base de Concurso. |
Sección II. Instrucciones a los Oferentes | |
Ningún oferente de procesos de concurso o consultores contratados por el Prestatario/Beneficiario para la realización de consultorías en el marco de las operaciones financiadas, podrá derivar derechos o exigir pagos al Banco, ya que en todo momento la relación jurídica que involucra derechos y responsabilidades es entre estos y el Prestatario/Beneficiario. | |
3. Debido Proceso | 3.1 El BCIE exige a los Prestatarios/Beneficiarios de las operaciones que en los documentos de concurso y el contrato resultante, se establezca el arbitraje primordialmente y sin perjuicio de otras alternativas contempladas en las legislaciones nacionales de los países, como la instancia y método transparente que permita hacer posible una amplia discusión y pronta resolución de protestas durante el proceso de adquisición y de las controversias durante la ejecución del contrato, de manera tal que los oferentes y contratistas tengan posibilidad jurídica de formular impugnaciones o defenderse de las que reciban hasta su total resolución. En todos los casos, previo a recurrir a las instancias y métodos establecidos, el Comité Ejecutivo de Concurso como responsable del proceso deberá recibir y atender las protestas que formulen los oferentes, las cuales podrán ser únicamente ante las notificaciones que reciban en relación con los resultados obtenidos por sus propuestas. |
4. Fuente de los fondos | 4.1 El Prestatario/Beneficiario ha recibido financiamiento del BCIE y estos recursos serán utilizados, para sufragar el costo total o parcial de los pagos elegibles en virtud de los contratos que resulten de estos Documentos de Concurso. |
5. Prácticas Prohibidas | 5.1 El BCIE exige que los Prestatarios/Beneficiarios y todas las personas naturales o jurídicas que participen o presten servicios en proyectos u operaciones con financiamiento del BCIE, ya sea en su condición de oferentes, prestatarios, organismos ejecutores, coordinadores, supervisores de proyectos, contratistas, subcontratistas, consultores, proveedores, beneficiarios de donaciones (y a todos sus funcionarios, empleados, representantes y agentes), así como cualquier otro tipo de relación análoga, lo siguiente: a. Observar los más altos niveles éticos en todas las etapas del proceso de adquisición o la ejecución de un contrato. b. Abstenerse de realizar cualquier acto o acción que se enmarque o pueda catalogarse como Práctica Prohibida. |
Sección II. Instrucciones a los Oferentes | |
c. Denunciar ante el BCIE utilizando el Canal de Reportes u otro Mecanismo de denuncia disponible para el BCIE 1 todo acto sospechoso de constituir una Práctica Prohibida del cual tenga conocimiento o sea informado. Conforme a las mejores prácticas y para establecer un marco de referencia en su operatividad, se entienden cómo Prácticas Prohibidas: Práctica corruptiva, práctica coercitiva, práctica fraudulenta, práctica colusoria, práctica obstructiva para efectos de esta disposición, los términos anteriores, así como las acciones a seguir en el art. 16 de las Normas para la Aplicación de la Política para la Obtención de Bienes, Obras, Servicios y Consultorías con Recursos del BCIE. Ante denuncias recibidas en el canal de reportes u otros medios aceptables al BCIE, relacionado a Prácticas Prohibidas ocurridas durante los procesos de adquisición de Bienes, Obras, Servicios y Consultorías, así como durante la ejecución de un contrato resultante de dichos procesos en el marco de una operación financiada con recursos del BCIE, este procederá conforme con sus políticas internas relacionadas con el tema. Previo a determinar la existencia de una Práctica Prohibida, el BCIE se reserva el derecho de ejecutar los procedimientos de auditoría e investigación2 requeridos y otorgará a las contrapartes y sus relacionados la oportunidad procesal para presentar sus argumentos de descargo, a través de la realización de un procedimiento administrativo. Cuando se determine la existencia de una Práctica Prohibida, el BCIE emitirá una o varias de las acciones y recomendaciones que se enumeran a continuación, sin que las mismas sean limitativas: a. Remisión del caso correspondiente a las autoridades locales competentes, b. Emisión de una amonestación por escrito. c. Adopción de medidas para mitigar los riesgos identificados. d. Suspensión de desembolsos. e. Desobligación de recursos. f. Solicitar el pago anticipado de los recursos. g. Cancelar el negocio o la relación contractual. |
1 Mecanismos de denuncia disponibles en: xxx.xxxx.xxx.
2 Se refiere al acceso irrestricto del BCIE o sus representantes debidamente autorizados para visitar o inspeccionar las oficinas o instalaciones físicas, utilizadas en relación con los procesos de adquisición o los proyectos financiados con fondos propios del BCIE o administrados por éste. Asimismo, la realización de entrevistas y el acceso a los archivos físicos y digitales relacionados con dichos procesos de adquisiciones, proyectos u operaciones, debiendo prestar toda la colaboración y asistencia que fuese necesaria, a efectos que se ejecuten adecuadamente las actividades previstas, a discreción del BCIE.
Sección II. Instrucciones a los Oferentes | ||
h. Suspensión de los procesos de adquisición, o de ejecución de los contratos, independientemente del estado en que se encuentren i. Solicitud de garantías adicionales. j. Ejecución de fianzas o garantías. k. Solicitar el reembolso de los gastos o costos vinculados con las actividades e investigaciones efectuadas en relación con la comisión de Prácticas Prohibidas Las acciones o recomendaciones emitidas por el BCIE serán de observancia y cumplimiento obligatorio. El BCIE se reserva en todo caso, y sin perjuicio de las sanciones que impongan las autoridades del país del Prestatario/Beneficiario, el derecho a solicitar la suspensión de los procesos de contratación o de la ejecución del o de los contratos resultantes de aquellos, independientemente del estado en que se encuentren. Si el BCIE solicitara la suspensión de los procedimientos de contratación o de la ejecución del o de los contratos y esto no ocurriera, se reserva el derecho de no financiar el o los contratos resultantes de esos procedimientos. Derivado del proceso de investigación, el BCIE podrá incorporar a personas naturales o jurídicas en la Lista de Contrapartes Prohibidas u otra lista de inelegibilidad del BCIE que, para tal efecto haya instituido. | ||
6. Disposiciones para los oferentes | 6.1 | Un oferente, y todas las partes que constituyen el oferente, podrán ser originarios de países socios y no socios del Banco. Será limitada o restringida la participación en los procesos de adquisición cuando así lo determine la fuente de financiamiento a utilizar por el BCIE, restricción que quedará claramente definida en la sección III. |
6.2 | No podrán ser adjudicatarios o sujetos de ampliaciones de contratos con financiamiento total o parcial del BCIE o de fondos administrados por este, las personas jurídicas o naturales que tengan una de las siguientes condiciones: | |
a. Se encuentren incluidos en la Lista de Contrapartes Prohibidas del BCIE u otra lista de inelegibilidad del BCIE. | ||
b. Hayan sido inhabilitados o declarados por una entidad como inelegibles o sancionados para la obtención de recursos o la adjudicación de contratos financiados por organizaciones reconocidas por el BCIE para tal fin. | ||
c. Declarados culpables mediante sentencia firme de delitos o sanciones vinculadas con Prácticas Prohibidas por parte de la autoridad competente, mientras se encuentre vigente la sanción. |
Sección II. Instrucciones a los Oferentes | ||
7. Prohibiciones por conflicto de interés | 7.1 | No podrán participar directa o indirectamente en el suministro de bienes, ejecución de obras, servicios o consultorías para operaciones financiadas por el BCIE, las siguientes personas: a. Los funcionarios o empleados del BCIE b. Los cónyuges y familiares de dichos funcionarios o empleados hasta el cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad, inclusive y c. En los financiamientos al sector público, los particulares con nexos familiares o de negocio con los representantes del Prestatario/Beneficiario o su organismo ejecutor, hasta el segundo grado de consanguinidad o segundo de afinidad, inclusive. La prohibición contenida en los literales b) y c) anteriores no operará cuando las personas allí nombradas acrediten que se dedican, en forma habitual, a desarrollar la actividad empresarial objeto de la contratación respectiva, al menos desde dos años antes del surgimiento del supuesto de inhibición; así mismo que los costos involucrados sean acordes con el mercado. d. Aquellos que están o han estado asociados, directa o indirectamente, con una firma o con cualquiera de sus afiliados, que ha sido contratada por el Prestatario/Beneficiario para la prestación de servicios de consultoría para la preparación del diseño, las especificaciones técnicas y otros documentos que se utilizarán en el proceso de adquisición y se considere que su participación afecta los intereses de la operación. e. Todos aquellos que presentan más de una propuesta en un proceso de licitación o concurso, excepto si se trata de ofertas alternativas permitidas en los documentos base del respectivo proceso. Esto no limita la participación de subcontratistas en más de una propuesta. f. Otros indicados en la sección III. |
8. Secciones de los Documentos de Concurso | 8.1 | Los Documentos de Concurso constan de las siete (07) secciones que se indican en el índice del presente documento base y deberán leerse en conjunto con las aclaraciones que se publiquen y cualquier enmienda emitida de conformidad con el numeral 10 de esta sección. |
Sección II. Instrucciones a los Oferentes | ||
8.2 | El Comité Ejecutivo del Concurso no se responsabiliza por la integridad de los documentos del concurso y sus enmiendas, si ellos no se obtuvieren directamente de la fuente señalada por el organismo ejecutor en la sección I. | |
8.3 | Los oferentes deberán estudiar todas las instrucciones, formularios, condiciones y especificaciones contenidas en el Documento Base del Concurso. El incumplimiento por parte del oferente en el suministro de toda la información o documentación que se exige en los Documentos de Concurso podría traer como consecuencia el rechazo de su propuesta. | |
9. Aclaraciones sobre el Documento de Concurso y régimen de comunicación | 9.1 | Todo oferente que requiera alguna aclaración de los Documentos de Concurso deberá comunicarse con el Comité Ejecutivo del Concurso por escrito a la dirección que se suministra en la sección I, o plantear sus inquietudes en la reunión de homologación o visita de campo en los casos para los que dichas actividades sean previstas, en cualquier caso, el plazo para realizar consultas y solicitar aclaraciones se indicara en la sección III. Así mismo, el plazo para que el Prestatario/Beneficiario, a través del Comité Ejecutivo del Concurso responda a consultas y/o aclaraciones se indicara en la sección III |
9.2 | El Comité Ejecutivo del Concurso responderá por escrito a todas las solicitudes de aclaración, enviando copia de las respuestas a todos los oferentes, incluyendo una descripción de las consultas realizadas, sin identificar su fuente. | |
9.3 | El oferente y cualquier miembro de su personal o representante, tendrá acceso a la información y lugar relacionados con la consultoría requerida bajo su propio riesgo, haciéndose responsable de cualquier pérdida, daño, costos y gastos que se incurra. | |
9.4 | Si se ha programado visita de campo y/o reunión de homologación, se proporcionarán los datos necesarios en la sección III. La reunión de homologación tiene como finalidad aclarar dudas y responder a preguntas con respecto a cualquier tema que se plantee durante esa etapa. La visita de campo tiene el propósito de facilitar que los oferentes conozcan las condiciones del sitio. Los gastos relacionados con esta visita correrán por cuenta del oferente. En caso de que la reunión de homologación y visita de campo se definan como obligatorias, se descalificará al oferente que no cumpla con este requisito. |
Sección II. Instrucciones a los Oferentes | ||
9.5 | El acta de la reunión de homologación, incluidas las preguntas planteadas, sin identificar su procedencia, y las respuestas a éstas, juntamente con cualesquiera otras respuestas preparadas como producto de la reunión, se transmitirán por escrito y sin demora a todos los oferentes. | |
9.6 | El canal de comunicación oficial de este proceso de licitación se apegará a lo establecido en la sección III | |
10. Modificación del Documento de Concurso | 10.1 | Si en cualquier momento del proceso, el Comité Ejecutivo del Concurso considera necesario enmendar el Documento Base del Concurso o cualquier información del proceso, podrá enmendar los documentos que sea necesario a través de la emisión de enmiendas, las que serán comunicadas a los oferentes oportunamente, con el fin de dar a los posibles oferentes un plazo razonable para que puedan tomar en cuenta las enmiendas en la preparación de sus propuestas. Dicho plazo no podrá ser menor a diez (10) días antes de la fecha de recepción de las propuestas. |
10.2 | Toda enmienda emitida formará parte de los Documentos del Concurso y deberá ser comunicada a todos los oferentes que hayan obtenido el Documento Base del Concurso de acuerdo con lo establecido en el numeral 9.6 de la sección III. | |
11. Costo de participación en el Concurso | 11.1 | El oferente financiará todos los costos relacionados con la preparación y presentación de su propuesta desde la obtención de las bases. El Prestatario/Beneficiario no estará sujeto ni será responsable en caso alguno por dichos costos, independientemente del resultado del proceso de concurso. |
12. Idioma de la Propuesta | 12.1 | La propuesta, así como toda la correspondencia y los documentos relativos a la misma que intercambien el oferente y el Comité Ejecutivo del Concurso deberán ser escritos en el idioma español. Documentos de soporte y el material impreso que formen parte de la propuesta podrán estar en otro idioma, con la condición de que las partes pertinentes estén acompañadas de una traducción fidedigna al idioma español. Para los efectos de la interpretación de la propuesta, dicha traducción prevalecerá. |
Sección II. Instrucciones a los Oferentes | ||
13. Documentos que conforman la Propuesta | 13.1 | Forman parte de la propuesta: a. Presentación de la Propuesta y Documentos de Precalificación: (Sobre No.1): 1. Carta de presentación de la propuesta. 2. Con la finalidad de identificar a oferentes que tengan capacidad para la provisión de los servicios de consultoría requeridos. La documentación a entregar contendrá como mínimo su organización, la capacidad financiera, legal y administrativa, debiendo demostrar su capacidad para contratar. b. Oferta Técnica: (Sobre No.2) Lo requerido específicamente para el caso se detalla en la sección III. Generalmente incluye la siguiente información: i. La lista del personal profesional clave propuesto por área de especialidad, cargo que será asignado a cada miembro del equipo y sus tareas (Formulario TEC-3, sección IV). ii. Las hojas de vida del personal profesional clave debidamente firmados por el profesional (Formulario TEC-4, sección IV). iii. Una descripción del alcance de los servicios, enfoque, metodología y plan de trabajo y organización del personal propuesto. Una guía del contenido de esta sección de las propuestas técnicas se provee en el formulario TEC-5 de la sección IV. El plan de trabajo deberá ser consistente con el calendario de trabajo el cual deberá mostrar en un gráfico xx xxxxxx el tiempo propuesto para cada actividad. La descripción del enfoque, metodología y plan de trabajo podrá incluir gráficos, diagramas, y comentarios y sugerencias si la hubiera, sobre los términos de referencia y el personal de contrapartida y las instalaciones. El número de páginas máximo se estipula en la sección III. La propuesta técnica no deberá incluir ninguna información relativa a precios y/o remuneraciones, una propuesta técnica que contenga esta información será rechazada. |
Sección II. Instrucciones a los Oferentes | ||
c. Oferta Económica: (Sobre No.3) El oferente deberá utilizar el formulario de Presentación de la Oferta Económica indicado en la sección III, en donde se deberá listar todos los costos asociados con las tareas, incluyendo (i). Remuneraciones del personal (extranjero y nacional, en el campo y en la oficina del consultor), (ii) los gastos y, (iii) obligaciones fiscales. Todas las actividades y productos descritos en los términos de referencia y en la propuesta técnica, deberán ser tenidas en cuenta para incluirlas en la oferta económica. En los casos donde el Prestatario/Beneficiario, proporcione la solución técnica podrá únicamente solicitar los sobres de precalificación y de oferta económica, asimismo tomando en cuenta lo más conveniente para la evaluación de ofertas, podrá solicitar a los oferentes incluir en un solo sobre la oferta técnica y económica. El número de sobres a presentar y el contenido de cada uno de ellos se indica en la sección III. | ||
13.2 | El periodo para el cual se analizarán los antecedentes de contratación, la experiencia general y específica será señalado en la sección III. La situación financiera se analizará a partir de la información de al menos los últimos tres años. | |
13.3 | El consultor podrá estar sujeto a impuestos nacionales sobre los gastos y montos pagaderos bajo el contrato o pagos por conceptos de prestaciones o seguridad social, en la sección III se establece si el consultor está sujeto a dichos pagos. | |
14. Carta de la Propuesta y formularios | 14.1 | La lista de los formularios y documentos a presentar en la propuesta se detallan en las secciones III y V, los que se deberán completar sin realizar ningún tipo de modificaciones al texto ni presentar ninguna sustitución a lo requerido. Todos los espacios en blanco deberán llenarse con la información solicitada, adjuntando los documentos solicitados en cada uno de ellos. |
15. Propuestas alternativas | 15.1 | Cada oferente presentará solamente una propuesta, ya sea de forma individual o como miembro de un consorcio, salvo que en la sección III se permita la presentación de propuestas alternativas. El oferente que presente o participe en más de una propuesta (a menos que lo haga como subcontratista) ocasionará que todas las propuestas en las cuales participa sean rechazadas. |
Sección II. Instrucciones a los Oferentes | ||
16. Ajuste de Precios | 16.1 | Los precios cotizados por el oferente serán fijos durante la ejecución del contrato y no estarán sujetos a ajustes durante la ejecución, salvo indicación contraria en la sección III. |
16.2 | En el caso que las ofertas se puedan presentar por lotes individuales o por combinación de lotes, se indicará en las secciones III y IV. | |
16.3 | El Prestatario/Beneficiario no asumirá ninguna obligación sobre seguros, por lo que el consultor está obligado a contratar los seguros que corresponda y que deberán reflejarse en el contrato. El consultor deberá entregar al Prestatario/Beneficiario, para su aprobación, las pólizas y los certificados de seguro exigidos, antes de la fecha de inicio. Dichos seguros deberán contemplar indemnizaciones pagaderas en los tipos y proporciones de monedas requeridos para rectificar la pérdida o los daños o perjuicios ocasionados. Las condiciones del seguro no podrán modificarse sin la aprobación del Prestatario/Beneficiario | |
17. Monedas de la Oferta y de pago | 17.1 | La moneda de la oferta se especifica en la sección III. Asimismo, se informa el tipo de cambio a utilizar para la evaluación de ofertas y si el monto presupuestado será o no publicado. |
18. Sub contratación | 18.1 | La propuesta deberá indicar las intenciones de realizar subcontratos indicándolos en el TEC-7 tomando en cuenta el porcentaje máximo de subcontratación que se especifica en la sección III. |
19. Período de validez de las Propuestas | 19.1 | Las propuestas deberán mantenerse válidas durante el periodo determinado en la sección III, a partir de la fecha límite para presentación de propuestas establecida en el Documento Base del Concurso. Toda propuesta con un plazo menor será rechazada por incumplimiento a lo establecido. |
19.2 | En casos excepcionales, antes del vencimiento del período de validez de la propuesta, el Comité Ejecutivo del Concurso podrá solicitar a los oferentes que extiendan el período de validez de sus propuestas. | |
El Prestatario/Beneficiario hará todo lo que esté a su alcance para completar las negociaciones dentro de este plazo de validez de las propuestas. Sin embargo, el Comité Ejecutivo del Concurso podrá pedirles a los oferentes que extiendan el plazo de la validez de sus ofertas si fuera necesario. |
Sección II. Instrucciones a los Oferentes | ||
Los oferentes que estén de acuerdo con dicha extensión deberán confirmar que mantienen disponible el personal indicado en la propuesta, o en su confirmación de la extensión de la validez de la oferta, los oferentes pueden someter nuevo personal en reemplazo y éste será considerado en la evaluación final para la adjudicación del contrato. Los oferentes que no estén de acuerdo en ampliar la validez de las propuestas tienen el derecho de rehusarse a la solicitud sin perder la Garantía de Mantenimiento de Oferta y Firma de Contrato en los casos en que se haya solicitado. | ||
20. Garantía de mantenimiento de la Oferta y firma de contrato | 20.1 | En la sección III se establecerá la obligación de presentar Garantía de Mantenimiento de Oferta y Firma de Contrato. En caso de requerirse la misma, el oferente deberá presentar como parte de su propuesta esta Garantía con las características, monto, plazo y moneda estipulada en la sección III. Esta Garantía podrá ser del tipo bancaria, fianza o cualquier otro instrumento financiero de fácil ejecución. En la sección III se indicará a favor de quien deberá ser emitida la garantía Dicha garantía será devuelta a los oferentes que no sean seleccionados tan pronto como sea posible. |
20.2 | En caso de requerirse la Garantía de Mantenimiento de Oferta y Firma de Contrato se deberá cumplir las siguientes condiciones: a. Cuando el proceso de concurso requiera de la ampliación del período de validez de las propuestas, el plazo de validez de la garantía deberá ser prorrogado por el mismo período. Los oferentes podrán rechazar la solicitud sin por ello perder la garantía de la oferta. A los oferentes que acepten la solicitud no se les pedirá ni se les permitirá que modifiquen su propuesta. b. Deberá ser una garantía a la vista, o en formato electrónico, incondicional e irrevocable de realización automática o a único requerimiento del Prestatario/Beneficiario mediante carta simple, sin necesidad de exigencia judicial o ante garante para su pago y sin beneficio de excusión que le permita hacer efectiva dicha garantía. c. Deberá ser emitida por una institución financiera o aseguradora aceptable por el Prestatario/Beneficiario. d. Deberá estar sustancialmente de acuerdo con una de las opciones de formulario incluidos en la sección V. |
Sección II. Instrucciones a los Oferentes | ||
e. El plazo de validez deberá ser de al menos 30 días adicionales al plazo de validez de las propuestas, o del período prorrogado de este cuando así corresponda. f. Todas las ofertas que no estén acompañadas por esta garantía serán rechazadas por el Comité Ejecutivo de Concurso por haber incumplimiento con un requisito no subsanable. | ||
20.3 | La Garantía de Mantenimiento de la Oferta se podrá hacer efectiva si: El oferente retira su propuesta durante el período de validez de la misma, salvo lo estipulado en el numeral de estas Instrucciones relativas al período de validez de las propuestas y garantías; o a. El oferente seleccionado: i. No firma el contrato de conformidad con lo establecido en este Documento Base de Concurso; o ii. No suministra la Garantía de Ejecución de conformidad con lo establecido en la sección III. | |
21. Formato de la Propuesta | 21.1 | El oferente preparará un juego original de los documentos que constituyen la propuesta, según se señala en estas Instrucciones a los Oferentes. Además, el oferente presentará el número de copias de la propuesta que se indica en la sección III. |
21.2 | Deberán entregar el original y cada copia de la propuesta, en sobres separados, cerrados en forma inviolable y debidamente identificados como “ORIGINAL” y “COPIA” de la siguiente manera: • Sobre 1: Original y copias de la información de precalificación. • Sobre 2: Original y copias de la oferta técnica. • Sobre 3: Original y copias de la oferta económica. Los sobres 1, 2 y 3 serán incluidos a su vez en un solo sobre o paquete. En el caso de discrepancias el texto original prevalecerá sobre las copias. No se aceptarán los textos entre líneas, tachaduras o palabras superpuestas. | |
22. Procedimie nto para firmar, | 22.1 | El original y todas las copias de la propuesta deberán estar foliados y firmados por la persona autorizada para firmar en nombre del oferente. |
Sección II. Instrucciones a los Oferentes | ||
sellar y marcar las Propuestas | 22.2 | Los sobres interiores y el sobre exterior deberán: a. Llevar el nombre y la dirección del oferente; b. Estar dirigidos al Comité Ejecutivo de Concurso y llevar la dirección que se indica en los Datos del Concurso; c. Llevar la identificación específica de este proceso de concurso indicando el nombre del concurso; d. Incluir una advertencia para no abrir antes de la hora y fecha de la apertura de la propuesta. |
22.3 | Si los sobres no están sellados e identificados como se requiere, el Comité Ejecutivo del Concurso no se responsabilizará en caso de que la propuesta se extravíe o sea abierta prematuramente. | |
23. Plazo para la presentación de las Propuestas | 23.1 | El Comité Ejecutivo del Concurso, deberá recibir las propuestas en la dirección y, a más tardar, a la hora y fecha que se indican en sección III. Podrán acompañar otros representantes del prestatario que este designe. El plazo para la preparación de propuestas no deberá ser menor de 30 días calendario contados a partir del día siguiente hábil después de la fecha de la publicación de los Documentos Base, o a partir del día siguiente hábil después de la fecha en que se disponga de los mismos. |
23.2 | El Comité Ejecutivo del Concurso podrá, prorrogar la fecha límite de presentación de las propuestas mediante una enmienda del Documento de Concurso, en cuyo caso todas las obligaciones y derechos del Comité Ejecutivo del Concurso y de los oferentes que estaban sujetas a dicha fecha límite, quedarán sujetas al nuevo plazo. | |
23.3 | Los oferentes tendrán la opción de presentar sus propuestas electrónicamente, cuando así se indique en la sección III. En ese caso los oferentes que presenten sus propuestas electrónicamente seguirán los procedimientos indicados en dicha sección para la presentación de las mismas. | |
24. Propuestas Tardías | 24.1 | El Comité Ejecutivo del Concurso no considerará ninguna propuesta que llegue con posterioridad a la hora y fecha límite para la presentación de las propuestas. Ninguna propuesta que llegue después de la hora límite será recibida. |
Sección II. Instrucciones a los Oferentes | ||
25. Retiro, sustitución y modificación de las Propuestas | 25.1 | Siempre que el plazo de presentación de propuestas esté vigente, los oferentes podrán retirar, sustituir o modificar su propuesta después de presentada, debiendo presentar para ello una comunicación, por escrito, debidamente firmada por el representante autorizado a presentar la propuesta. Dicha comunicación deberá ser acompañada de la correspondiente sustitución o modificación de propuesta (con excepción de las notificaciones de retiro de propuesta). Todas las comunicaciones deberán ser: a. Acompañadas con la información pertinente (con excepción de la comunicación de retiro, que no requiere copias) y los respectivos sobres deberán estar claramente marcados “retiro”, “sustitución” o “modificación”; b. Recibidas por el Comité Ejecutivo del Concurso antes de la fecha y hora límite establecida para la presentación de las propuestas. |
26. Recepción y Apertura de las Propuestas | 26.1 | Una vez cerrado el plazo para la presentación de propuestas, el Comité Ejecutivo del Concurso llevará a cabo el acto de recepción y apertura de propuestas. Siempre que se hayan recibido al menos el número de propuestas esperadas, se llevará a cabo un acto público de apertura de propuestas donde se abrirá solamente el Sobre No. 1, permaneciendo sin abrir los sobres restantes, según sea el caso. Se leerá en voz alta el nombre de los oferentes, la Carta de Presentación de la Propuesta, el plazo y monto de las garantías si las hubiera, así como cualquier modificación sustancial que se hubiere presentado por separado durante el plazo para presentación de propuestas, procediéndose a levantar un acta de lo actuado, la que deberá ser suscrita por el o los representantes del Prestatario/Beneficiario y por los oferentes presentes. |
26.2 | A menos que se estipule lo contrario en la sección III, cuando se presenten menos de tres propuestas a la recepción y apertura de propuestas, se procederá a declarar desierto el proceso. | |
27. Confidencial idad | 27.1 | No se divulgará a los oferentes ni a ninguna persona que no forme parte del Comité Ejecutivo del Concurso, información relacionada con la evaluación de las propuestas, ni sobre la recomendación de adjudicación del contrato. Será hasta que corresponda la notificación que se darán a conocer a los oferentes los resultados obtenidos en su propia evaluación y posteriormente será pública la adjudicación. Ninguna persona ajena al proceso podrá solicitar información sobre las evaluaciones o resultados del mismo. |
Sección II. Instrucciones a los Oferentes | ||
27.2 | Cualquier intento por parte de un oferente para influenciar al Comité Ejecutivo del Concurso, en cuanto a la evaluación, comparación de las propuestas o la adjudicación del contrato podrá resultar en el rechazo de su propuesta. | |
28. Aclaración de las Propuestas | 28.1 | Con el fin de facilitar la evaluación y la comparación de las propuestas hasta la calificación de los oferentes, el Comité Ejecutivo del Concurso, podrá, a su discreción, solicitar a cualquier oferente aclaraciones a su propuesta. No se considerarán aclaraciones a una propuesta presentadas por un oferente cuando dichas aclaraciones no sean respuesta a una solicitud del Comité Ejecutivo del Concurso. La solicitud de aclaración del Comité Ejecutivo del Concurso, y la respuesta, deberán ser por escrito. No se solicitará, ofrecerá o permitirá cambios en los precios ni en la esencia de la oferta económica, excepto para confirmar correcciones de errores aritméticos descubiertos por el Comité Ejecutivo del Concurso, en la evaluación de la oferta económica. Si un oferente no ha entregado las aclaraciones a su propuesta en la fecha y hora fijadas en la solicitud de aclaración del Comité Ejecutivo del Concurso, se evaluará dicha propuesta con la información disponible. |
28.2 | El plazo para la presentación de información adicional o aclaraciones al Comité Ejecutivo del Concurso será establecido en la sección III. | |
29. Errores u omisiones | 29.1 | Para la evaluación de las propuestas, se aplican las siguientes definiciones: a. Errores u omisiones subsanables: Se trata generalmente de cuestiones relacionadas con constatación de datos, información de tipo histórico, envío de documentación poco legible o cuestiones que no afecten el principio de que las ofertas deben ajustarse sustancialmente a los documentos del concurso. b. Errores u omisiones no subsanables: Son aquellos que se consideran básicos y cuya acción u omisión impiden la validez de la oferta o aquellas cuya subsanación puede cambiar, mejorar o alterar la sustancia de la propuesta causando ventaja al oferente sobre otros. Ejemplos son errores o falta de la firma del representante legal en la carta de presentación de la propuesta o no presentar dicha carta, no presentar el poder o escritura que autoriza a quien firma para presentar la propuesta, asimismo, errores en una garantía o fianza o la no presentación de las mismas cumpliendo con las condiciones establecidas para su presentación. |
Sección II. Instrucciones a los Oferentes | ||
c. Errores Aritméticos: Se refiere al hecho de encontrar que existiese discrepancia entre un precio unitario y el precio total que se obtenga multiplicando ese precio unitario por las cantidades correspondientes, error en un precio total como consecuencia de la suma o resta de subtotales o discrepancia entre palabras y cifras. d. Error u omisión significativo: Es aquel que i. Si es aceptada: 1. Afecta de una manera sustancial el alcance, la calidad o el funcionamiento de los servicios ofertados; o 2. Limita de una manera sustancial, contraria a los Documentos de Concurso, los derechos del Prestatario/Beneficiario con las obligaciones del oferente en virtud del contrato; o ii. Si es rectificada, afectaría injustamente la posición competitiva de otros oferentes que presentan propuestas que se ajustan sustancialmente a los Documentos de Concurso. | ||
30. Método de Selección del Consultor | 30.1 | El Prestatario/Beneficiario, de acuerdo con las características de la consultoría, seleccionará uno de los siguientes métodos de selección de consultores: a. Selección basada en la calidad y el costo, b. Selección basada en la calidad, c. Selección basada en presupuesto es fijo d. Selección basada en el menor costo |
31. Evaluación de las Propuestas | 31.1 | Para determinar si la propuesta se ajusta sustancialmente a los Documentos de Concurso, el Comité Ejecutivo del Concurso, se basará en el contenido de la propia propuesta y los requisitos establecidos en el Documento Base de Concurso, examinará y evaluará los diferentes aspectos de la propuesta con el fin de confirmar que satisface los requisitos estipulados en la sección IV, sin errores ni omisiones significativas. |
31.2 | Si una propuesta no se ajusta sustancialmente a los Documentos de Concurso, o se puede anticipar que el oferente no podrá cumplir con su compromiso, el Comité Ejecutivo del Concurso, podrá proponer su rechazo y previa aprobación del BCIE esta podrá ser rechazada y no podrá convertirse posteriormente, mediante la corrección o el retiro de los errores o las omisiones, en una propuesta que se ajusta sustancialmente a los Documentos del Concurso. |
Sección II. Instrucciones a los Oferentes | ||
31.3 | A menos que se estipule un procedimiento diferente en la sección III, el procedimiento a seguir para la evaluación de propuestas será: a. Para la precalificación (Sobre No.1) los oferentes deberán cumplir con todos los criterios mínimos establecidos en la sección IV. Se continuará con la fase de evaluación técnica únicamente hasta concluir la precalificación de todos los oferentes y estar consignada dicha evaluación en el informe/acta respectiva debidamente firmado por el Comité Ejecutivo. Solamente los oferentes que obtengan la precalificación, se les abrirá el sobre No 2 Oferta Técnica. b. Para la evaluación de la Oferta Técnica (Sobre No.2) se evaluará la oferta técnica presentada por cada oferente, asignándose los puntajes correspondientes establecidos en la sección IV Criterios de Evaluación y Calificación. Una vez concluidas la evaluación de los sobres 1 y 2, contando con la No Objeción del BCIE a los informes de ambas etapas, se les comunicara a todos los oferentes los resultados obtenidos. Solamente los oferentes que obtengan el puntaje mínimo requerido, se les abrirá el sobre No 3 Oferta Económica. La apertura de las ofertas económicas se llevará a cabo en acto público una vez se resuelva todo reclamo o protesta, en presencia de los representantes de los oferentes precalificados y que obtuvieron una calificación técnica igual o superior a la mínima establecida, previa convocatoria. c. Para la evaluación de la Oferta Económica (Sobre No 3) Durante la apertura de las ofertas económicas se realizará al menos: i. Se leerá en voz alta el nombre de los oferentes y los puntajes técnicos obtenidos. ii. Las ofertas económicas serán inspeccionadas para confirmar que los sobres han permanecido sellados y sin abrir, serán abiertas y los precios totales serán leídos en voz alta y registrados. ii. Posteriormente, el Comité Ejecutivo del Concurso procederá con la evaluación de las ofertas económicas. Posteriormente el Comité Ejecutivo del Concurso procederá con la evaluación de las ofertas económicas. El oferente indicará en su oferta sus precios totales para todos los lotes descritos en la sección III. |
Sección II. Instrucciones a los Oferentes | ||
Para evaluar una oferta, el Comité Ejecutivo del Concurso utilizará únicamente los factores, metodologías y criterios definidos en la sección IV. No se permitirá ningún otro criterio ni metodología. Si a criterio del Comité Ejecutivo del Concurso, la oferta económica a ser evaluada requiere un análisis más detallado, éste podrá solicitar al oferente ampliar la información presentada, a fin de demostrar la coherencia interna de dichos precios con los requerimientos y el calendario previsto. Si el Comité Ejecutivo del Concurso, razonablemente puede anticipar que el oferente no podrá cumplir con los compromisos del contrato, podrá rechazar la oferta. El Comité Ejecutivo del Concurso realizará la revisión aritmética y confirmará con el oferente las correcciones en caso de existir. | ||
31.4 | La calificación técnica mínima de una propuesta para poder pasar a la fase de evaluación económica se indica en la sección III. | |
31.5 | La ponderación de la calificación de la oferta técnica y la oferta económica se establecerá en la sección III de conformidad con el método de selección establecido en el numeral 30 de esa misma sección. | |
32. Comparación de las Propuestas | 32.1. | El Comité Ejecutivo del Concurso, analizará, calificará, evaluará y comparará todas las propuestas que se ajustan sustancialmente a los Documentos del Concurso con el objeto de seleccionar al adjudicatario. |
33. Inconformid ades no significativas | 33.1 | Si una propuesta se ajusta sustancialmente a los Documentos del Concurso, el Comité Ejecutivo del Concurso, podrá dispensar inconformidades que no constituyan una omisión o un error significativo. |
33.2 | Cuando la propuesta no se ajuste sustancialmente a los Documentos de Concurso, el Comité Ejecutivo del Concurso, podrá solicitar al oferente que presente, dentro de un plazo razonable, la información o documentación necesaria para rectificar inconformidades no significativas en la propuesta, relacionadas con requisitos referentes a la documentación. La solicitud de información o documentación relativa a dichas inconformidades no podrá estar relacionada de ninguna manera con el precio de la oferta. Si el oferente no cumple la solicitud, su propuesta podrá ser rechazada. | |
34. Corrección de errores aritméticos | 34.1 | Para que la oferta económica cumpla sustancialmente con los Documentos de Concurso, el Comité Ejecutivo del Concurso, podrá corregir errores aritméticos de la siguiente manera: |
Sección II. Instrucciones a los Oferentes | ||
a. Si existiese discrepancia entre un precio unitario y el precio total que se obtenga multiplicando ese precio unitario por las cantidades correspondientes, prevalecerá el precio unitario. El precio total será corregido a menos que, a criterio del Prestatario/Beneficiario, exista un error obvio en la colocación del punto decimal del precio unitario en cuyo caso prevalecerá el precio total cotizado y se corregirá el precio unitario; b. Si existiese un error en un precio total como consecuencia de la suma o resta de subtotales, prevalecerán los subtotales y el precio total será corregido; y c. Si existiese discrepancia entre palabras y cifras, prevalecerá el monto expresado en palabras, salvo que la cantidad expresada en palabras tenga relación con un error aritmético, en cuyo caso prevalecerá el monto en cifras con sujeción a las condiciones mencionadas en a) y b). | ||
34.2 | El Comité Ejecutivo del Concurso ajustará el monto indicado en la oferta de acuerdo con el procedimiento antes señalado para la corrección de errores y, con la anuencia del oferente, el nuevo monto se considerará de obligatorio cumplimiento para el oferente. Si el oferente no acepta la corrección de los errores, su propuesta será rechazada. | |
35. Calificación del Oferente | 35.1 | El Comité Ejecutivo del Concurso de conformidad con los requisitos y criterios de evaluación que se especifican en la sección IV, realizará la evaluación de las propuestas, estableciendo el orden de prelación de las mismas y la propuesta con la oferta más conveniente, a partir de lo cual recomendará la adjudicación del contrato. De conformidad con lo anterior, preparará un informe o acta detallando la revisión, análisis, evaluación y comparación de las propuestas, exponiendo las razones precisas en que se fundamenta la selección de la propuesta evaluada como la más conveniente. Dicho informe o acta deberá contar con la información referente a las publicaciones realizadas, comunicaciones durante el periodo de preparación y evaluación de propuestas, enmiendas, recepción y resolución de protestas etc. y será sometido a No Objeción del Banco antes de notificar el resultado a los oferentes y adjudicar el contrato. |
36. Presentació n de Protestas en el proceso de | 36.1 | El Prestatario/Beneficiario deberá hacer del conocimiento del Banco sobre la presentación y solución de protestas durante el proceso de concurso y controversias relacionadas con los contratos resultantes. |
Sección II. Instrucciones a los Oferentes | ||
adquisición o controversias en los contratos resultantes | El Prestatario/Beneficiario deberá actuar con diligencia para la solución de protestas y controversias, el BCIE se reserva el derecho de abstenerse de financiar, cualquier servicio de consultoría, cuando no se concrete oportunamente la solución respectiva o a su juicio la solución adoptada no responda a los mejores intereses de la operación. | |
36.2 | El plazo para presentar protestas ante resultados de la precalificación o evaluación una vez que estos sean notificados a los oferentes de un proceso se indicará en la sección III. El tiempo otorgado para que los oferentes presenten sus consultas o protestas no deberá ser nunca menor a cinco días hábiles contados a partir del día siguiente hábil posterior a la notificación. En los casos en que se reciba únicamente una propuesta y de acuerdo con lo establecido en el numeral 26.2 de la sección III, el plazo para la presentación de las protestas tendrá lugar únicamente después de comunicar los resultados finales. | |
36.3 | El Comité Ejecutivo del Concurso, suspenderá las actividades relacionadas con el proceso de adquisición al momento de recibir una protesta hasta la resolución de la misma. En caso de presentarse una protesta en el marco de un proceso para el cual se establezca adjudicación por lote, será sujeto de suspensión únicamente el lote afectado por la protesta. En ambos casos, cuando así se requiera, se deberá solicitar a todos los oferentes la ampliación de la validez de las propuestas y la Garantía de Mantenimiento de Oferta y Firma de contrato. | |
37. Derecho del Comité Ejecutivo del Concurso para aceptar y rechazar Propuestas | 37.1 | El Comité Ejecutivo del Concurso se reserva el derecho de aceptar o rechazar cualquier propuesta, de anular el proceso de concurso y de rechazar todas las propuestas en cualquier momento antes de la adjudicación del contrato, sin que por ello adquiera responsabilidad alguna ante los oferentes. En caso de anular el proceso, devolverá con prontitud a todos los oferentes las propuestas y las Garantías de Mantenimiento de Oferta y Firma de Contrato que hubiera recibido. |
38. Criterios de adjudicación | 38.1 | Una vez se resuelva todo reclamo o protesta, el Prestatario/Beneficiario, previa No Objeción del Banco al informe o acta del proceso respectivo, adjudicará el concurso al oferente cuya propuesta haya sido evaluada por el Comité Ejecutivo del Concurso como la más conveniente |
Sección II. Instrucciones a los Oferentes | ||
39. Notificación de la adjudicación | 39.1 | Dentro del plazo de validez de la propuesta, el Comité Ejecutivo del Concurso notificará por escrito al oferente con la oferta más conveniente, que su oferta ha sido seleccionada. En la carta de notificación se especificará el monto que el Prestatario/Beneficiario pagará al consultor y el plazo para desarrollar la consultoría e indicará la fecha en la que se realizará la negociación del contrato. Al concluirse exitosamente la negociación del contrato de consultoría, el Prestatario/Beneficiario notificará a las demás firmas que fueron consideradas dentro de esta etapa, los resultados del proceso de adjudicación. |
39.2 | En el caso de que la negociación no permita al Prestatario/Beneficiario concretar ésta en los términos que convienen a los intereses de la operación, este deberá invitar a negociar a la firma siguiente mejor calificada, manteniendo al margen de esta negociación la oferta previamente analizada. | |
40. Garantías | 40.1 | Al oferente adjudicatario podrá requerirse la presentación de una Fianza o Garantía de Cumplimiento de conformidad con las condiciones del contrato y especificaciones contenidas al respecto en las secciones III y VII. El incumplimiento por parte del oferente adjudicatario de sus obligaciones de presentar esta Fianza o Garantía bancaria en el plazo previsto, constituirá causa suficiente para la anulación de la adjudicación y para hacer efectiva la Garantía de Mantenimiento de la Oferta y Firma de Contrato. En este caso, el Prestatario/Beneficiario podrá adjudicar el contrato al oferente cuya oferta sea evaluada como la siguiente más conveniente. |
40.2 | Se podrá proveer un anticipo sobre el precio del contrato, de acuerdo con lo estipulado en la sección III. En caso de aplicar, el pago deberá realizarse contra la recepción de una garantía por buen uso por el 100% del valor de dicho anticipo. Esta garantía podrá ser tipo bancaria, fianza o cualquier otro tipo de instrumento financiero de fácil ejecución, emitido por instituciones financieras o aseguradoras aceptables para el Prestatario/Beneficiario. | |
40.3 | Se podrá requerir otras garantías o fianzas que se consideren necesarias para garantizar el desarrollo y logro de los objetivos de la consultoría, teniendo en cuenta exigir las garantías que cautelen el buen suceso de la |
Sección II. Instrucciones a los Oferentes | ||
consultoría y sean las estrictamente necesarias, evitando cargar costos innecesarios a los oferentes y al futuro consultor. Estas garantías o fianzas de ser aplicables estarán detalladas en la sección III. | ||
41. Firma del contrato | 41.1 | Después de la notificación, el adjudicatario, deberá presentar al Prestatario/Beneficiario los Documentos señalados en la sección III. |
41.2 | El Prestatario/Beneficiario definirá en la sección III el plazo y procedimiento para la firma del contrato de consultoría. | |
41.3 | Todo contrato de consultoría con recursos del BCIE estará sujeto a: a. Supervisión del BCIE conforme sus disposiciones vigentes en la materia para asegurar la consecución de los objetivos previstos. b. No Objeción previa a cualquier cambio relevante como, por ejemplo: aquellos que puedan involucrar un incremento de costos relacionados con el financiamiento del BCIE, desfases en el cronograma de ejecución de la operación y cambios en el alcance de los servicios prestados. c. Instancias de resolución de controversias establecidas en la sección III | |
42. Otros | 42.1 | En todo lo no previsto en este Documento Base del Concurso se actuará de acuerdo con lo dispuesto en la Política para la Obtención de Bienes, Obras, Servicios y Consultorías con Recursos del BCIE y sus Normas para la Aplicación que se encuentran bajo la siguiente dirección xxxxx://xxx.xxxx.xxx. |
Sección III. Datos del Concurso
A continuación, se indican los detalles específicos del presente proceso para los numerales correspondientes de la sección II, prevaleciendo la información contenida en esta sección III
Ref. de la Sección II | Datos del Concurso |
A. Generalidades | |
1.2 | Número de identificación del concurso: CI-BCIE-2116-01-2019 Nombre del organismo ejecutor: Inversión Estratégica de Honduras (INVEST-H) Nombre del concurso y descripción de la consultoría a realizar: Especialista Social, para apoyar la coordinación, controlar y realizar el seguimiento y cumplimiento de los instrumentos de Gestión Social que se han diseñado para la cartera de proyectos financiadas con recursos del BCIE. La duración del contrato se estima en: 24 meses (se realizarán contratos por periodos de 12 meses renovables de acuerdo a desempeño) |
3 | El Comité Ejecutivo del Concurso es el responsable del proceso, lo que incluye la atención de las protestas formuladas ante las notificaciones a los oferentes. Una vez atendida la protesta por el Comité Ejecutivo del Concurso de conformidad con el debido proceso, y en caso que el oferente no esté conforme, se establece la siguiente instancia de resolución: “El Panel Técnico”, compuesto por los siguientes miembros de INVEST-Honduras: Dirección Adjunta, Dirección de Adquisiciones y Abogado, debiendo recurrir a dicha instancia en un plazo máximo de 5 días hábiles después de la comunicación de la resolución del Comité Ejecutivo de Concurso. La protesta remitida deberá: a. Identifica la acción de adquisiciones por la cual se reclama; b. Describir la naturaleza de la protesta y los hechos que respaldan dicha queja incluyendo las referencias a las políticas de adquisiciones del BCIE que supuestamente han sido incumplida; c. “Indicar y adjuntar toda la información requerida para evidenciar la cronología del reclamo”; d. Proporcionar una justificación para solución solicitada. e. Indique el nombre, la dirección, el teléfono y la dirección de correo electrónico del Reclamante para recibir notificaciones; |
Ref. de la Sección II | Datos del Concurso |
Todas las protestas deben enviarse por escrito a cualquiera de las siguientes direcciones: INVEST-Honduras Dirección de Adquisiciones Xxxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxx Xxxxxxxx 0xx xxxx, Xxxxxxxxxxx, Xxxxxxxx Teléfono: (000) 0000 0000/0000 0000/0000 0000. | |
6.1 | El concurso no está limitado a la participación de oferentes de un origen específico, se aceptarán oferentes nacionales o internacionales de cualquier país que se interesen en participar |
7 | Adicionalmente a lo establecido en la sección II, se considerará conflicto de interés: Estar comprendido en las inhabilidades a que se refieren los artículos 15 y 16 de la Ley de Contratación del Estado de Honduras, las cuales se describen a continuación: 1. Haber sido condenados mediante sentencia firme por delitos contra la propiedad, delitos contra la fe pública, cohecho, enriquecimiento ilícito, negociaciones incompatibles con el ejercicio de funciones públicas, malversación de caudales públicos o contrabando y defraudación fiscal, mientras subsista la condena. Esta prohibición también es aplicable a las sociedades mercantiles u otras personas jurídicas cuyos administradores o representantes se encuentran en situaciones similares por actuaciones a nombre o en beneficio de las mismas; 2. Haber sido declarado en quiebra o en concurso de acreedores, mientras no fueren rehabilitados; 3. Ser funcionarios o empleados, con o sin remuneración, al servicio de los Poderes del Estado o de cualquier institución descentralizada, municipalidad u organismo que se financie con fondos públicos, sin perjuicio de lo previsto en el Artículo 258 de la Constitución de la República; 4. Haber dado lugar, por causa de la que hubiere sido declarado culpable, a la resolución firme de cualquier contrato celebrado con la Administración o a la suspensión temporal en el Registro de Proveedores y Contratistas en tanto dure la sanción. En el primer caso, la prohibición de contratar tendrá una duración de dos (2) años, excepto en aquellos casos en que haya sido objeto de resolución en sus contratos en dos ocasiones, en cuyo caso la prohibición de contratar será definitiva; |
Ref. de la Sección II | Datos del Concurso |
5. Ser cónyuge, persona vinculada por unión de hecho o parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad de cualquiera de los funcionarios o empleados bajo cuya responsabilidad esté la precalificación de las empresas, la evaluación de las propuestas, la adjudicación o la firma del contrato; 6. Tratarse de sociedades mercantiles en cuyo capital social participen funcionarios o empleados públicos que tuvieren influencia por razón de sus cargos o participaren directa o indirectamente en cualquier etapa de los procedimientos de selección de contratistas. Esta prohibición se aplica también a las compañías que cuenten con socios que sean cónyuges, personas vinculadas por unión de hecho o parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad de los funcionarios o empleados a que se refiere el literal anterior, o aquellas en las que desempeñen, puestos de dirección o de representación personas con esos mismos grados de relación o de parentesco; 7. Haber intervenido directamente o como asesores en cualquier etapa de los procedimientos de contratación o haber participado en la preparación de las especificaciones, planos, diseños o términos de referencia, excepto en actividades de supervisión de construcción; 8. Estar suspendido del Registro de Proveedores y Contratistas o tener vigente sanción de suspensión para participar en procedimientos de contratación administrativa. | |
B. Documento del Concurso | |
9.1 | Si para la preparación de propuestas, se considera necesario realizar consultas, las comunicaciones deberán realizarse a la misma dirección electrónica/física indicada en la sección I. Inversión Estratégica de Honduras (INVEST-H), edificio Los Castaños, 5to. Piso, Blvd. Xxxxxxx, Tegucigalpa, M.D.C, Honduras. ó al correo electrónico xxxxxxxxxxxxxxxxxx0000@xxxxxxxxxxx.xx. El plazo para realizar las consultas y solicitar aclaraciones son los siguientes: Pueden pedirse aclaraciones a más tardar 15 días antes de la fecha de presentación de las propuestas. El plazo para que el Prestatario/Beneficiario, a través del Comité Ejecutivo del Concurso responda consultas de los oferentes para la preparación de sus propuestas será de 10 días antes de la fecha de presentación de las propuestas. |
9.4 | a. No se realizará reunión de homologación para este concurso. b. No se efectuará visita al lugar donde se desarrollarán los servicios de consultoría |
Ref. de la Sección II | Datos del Concurso |
9.6 | El canal de comunicación oficial es: Atención: Abogado Xxxxx X. Xxxxxx Dirección: INVEST-H, Edificio Los Castaños, Boulevard Xxxxxxx; Número del Piso/ Oficina: 5to piso; Ciudad y Código postal: Tegucigalpa.; País: Honduras Dirección de correo electrónico: xxxxxxxxxxxxxxxxxx0000@xxxxxxxxxxx.xx. |
C. Preparación de las Propuestas | |
13.1 | Los documentos que deberán conformar la propuesta son: 1. Presentación de la propuesta y documentos de Precalificación (Sobre No.1). 1.1. Carta de presentación de la propuesta de acuerdo con el formulario CP-1 1.2. Copia de cédula de identidad o documento similar de identificación, vigente, de quien suscribe la propuesta 1.3. Formulario PREC-2: Declaración jurada 2. Oferta Técnica (Sobre 2) 2.1. Formulario TEC-1: Hoja de Vida. (Con sus datos personales actualizados y copia del título de estudios obtenido) 3. Oferta Económica (Sobre No.3) 3.1. Formulario ECO-1 Presentación de la Oferta Económica La información anterior deberá prepararse en sobres separados, rotulados y sellados y luego presentarse todos en un solo sobre o paquete sellado. |
13.2 | Los períodos para los cuales se analizará la información presentada serán a partir de la obtención del título universitario |
13.3 | El consultor estará sujeto a impuestos nacionales sobre los gastos y montos pagaderos bajo el contrato, por lo cual deberá incluir los mismos en la oferta económica. Se hará retención del 12.5% del monto de los honorarios, por concepto de impuesto sobre la renta de acuerdo con la ley vigente del país . Sin embargo si el Consultor presentara de manera oportuna constancia vigente extendida por el Servicio de Administración xx Xxxxxx (SAR) de estar sujeto al régimen de pagos a cuenta no se le efectuará retención alguna. |
15 | No se permite la presentación de ofertas alternativas |
Ref. de la Sección II | Datos del Concurso |
16.1 | Los precios cotizados por el oferente no estarán sujetos a ajuste. |
16.2 | No aplica |
16.3 | No aplica |
17 | El monto presupuestado es de Setenta y Dos Mil Dólares de Estados Unidos de América (72,000.00), se estima un monto máximo mensual de USD3,000.00, por los 24 meses de la consultoría. El pago se efectuará de manera mensual en Lempiras al tipo de cambio de compra emitida por el Banco Central de Honduras al momento de efectuar el respectivo pago y dentro de los treinta (30) días contados a partir de la fecha de entregado el recibo correspondiente. |
18 | No aplica |
19.1 | El plazo de validez de la propuesta será de ciento veinte (120) días contados después de la fecha de terminación del plazo de recepción de propuestas establecido. |
20.1 | No deberá presentarse una Garantía de Mantenimiento de la Oferta y Firma de Contrato. |
21.1 | El oferente deberá presentar original de la oferta técnica y económica. |
D. Presentación y apertura de las Propuestas | |
23.1 | El plazo para la presentación y recepción de propuestas es de 20 días, iniciando el día 21 de febrero de del 2019. Las propuestas deberán recibirse a más tardar el día miércoles 13 xx xxxxx del 2019, hasta las 17 horas en la dirección detallada en esta sección y en la Invitación al concurso. |
23.3 | Los oferentes no tendrán la opción de presentar sus propuestas de manera electrónica. |
26.2 | Se requiere que se presenten al acto de recepción y apertura al menos una (1) propuesta, para continuar con el proceso. |
E. Evaluación y comparación de las Propuestas | |
28.2 | El plazo para presentar aclaraciones o información adicional que solicite el Comité Ejecutivo del Concurso será de al menos un (1) días hábil. |
30 | El método de selección es presupuesto fijo |
Ref. de la Sección II | Datos del Concurso |
31.4 | La calificación mínima de una oferta técnica deberá ser 60% |
31.5 | No aplica |
36.2 | El plazo para presentar protestas ante resultados de la precalificación o evaluación una vez que estos sean notificados a los oferentes será de cinco (5) días hábiles contados a partir del día siguiente hábil posterior a la notificación por parte del Comité Ejecutivo. |
F. Adjudicación del Concurso | |
38.1 | Se adjudicará el concurso al oferente cuya propuesta haya sido evaluada por el Comité Ejecutivo del Concurso como la más conveniente. |
40.1 | El oferente adjudicatario No deberá presentar una Fianza o Garantía de Cumplimiento. |
40.2 | No se pagará anticipo. |
40.3 | No se requerirán otras garantías |
41.1 | Documentos a presentar posterior a la adjudicación: 1. Registro SIAFI 2. Fotocopia de Registro Tributario Nacional (RTN) 3. Solvencia del Servicio Administrativo xx Xxxxxx (SAR) |
41.2 | El procedimiento a seguir para la firma del contrato es Contar con la no objeción del BCIE al proceso de contratación. El plazo para firmar el contrato es de hasta 15 días hábiles, posteriores a la adjudicación. |
41.3 (c) | Para todas las controversias que se deriven del presente contrato o que guarden relación con éste y que no puedan ser resueltas de manera amigable, las partes se someten a la Ley de Conciliación y Arbitraje de la República de Honduras, y al Reglamento del Centro de Conciliación y Arbitraje de la Cámara de Comercio e Industrias de Tegucigalpa. El idioma del arbitraje será el español. El arbitraje se llevará a cabo en la ciudad de Tegucigalpa, República de Honduras. Por lo tanto, las partes hacen expresa su renuncia de someter dichas controversias a la justicia ordinaria. La Ley sustantiva a utilizar será la de la República de Honduras. Los honorarios y gastos del arbitraje serán a cargo de las partes según la tarifa establecida en el Reglamento correspondiente. Las partes hacen constar expresamente su compromiso de cumplir el laudo arbitral que se dicte de buena fe y sin demora alguna. i |
Sección IV. Criterios de Precalicación
A. Primera Etapa de Precalificación (Sobre 1)
El oferente presentará incluidos como parte de su propuesta, todos los documentos que acrediten su precalificación para participar en el concurso y sus calificaciones para proveer los servicios de consultoría requeridas en caso de que se le adjudique el concurso.
Criterios de Precalificación
Requisito | Documentación requerida |
El oferente no se encuentra incluidos en la lista de Contrapartes Prohibidas del BCIE u otra lista de inelegibilidad del BCIE | Carta de confirmación de participación y presentación de la propuesta (CP-1) Y Búsqueda en las listas de inhabilitados, sancionados o declarados inelegibles en el BCIE y en las organizaciones reconocidos por el BCIE |
El oferente no se encuentra inhabilitado o declarado como inelegible o sancionado para la obtención de recursos o la adjudicación de contratos financiados por organizaciones reconocidas por el BCIE para tal fin |
El oferente que no cumpla todos los criterios no pasará a la etapa de evaluación de la oferta técnica.
Criterio de Precalificación 1: Capacidad para obligarse y contratar | |
Evaluación | Evidencia Presentada |
Cumple / No Cumple | 1. Carta de confirmación de participación y presentación de la propuesta, debidamente firmada por el oferente. (CP-1) (Documento obligatorio) |
Cumple / No Cumple | 2. Copia de cédula de identidad o documento similar de identificación, vigente, de quien suscribe la propuesta |
Cumple / No Cumple / No Aplica | 3. Formulario PREC-2: Declaración jurada ante notario público de: a. No encontrarse en convocatoria de acreedores, quiebra o liquidación, b. No encontrarse en interdicción judicial, c. No tener conflicto de Interés de acuerdo con lo descrito en la sección II d. No encontrarse incluidos en la Lista de Contrapartes Prohibidas del BCIE u otra lista de inelegibilidad del BCIE. e. No haber sido inhabilitados o declarados por una entidad como inelegibles o sancionados para la obtención de recursos o la adjudicación de contratos financiados por organizaciones reconocidas por el BCIE para tal fin f. No haber sido declarados culpables mediante sentencia firme de delitos o sanciones vinculadas con Prácticas Prohibidas por parte de la autoridad competente, mientras se encuentre vigente la sanción. |
Cumple / No Cumple / No Aplica | 4. |
B. Segunda Etapa Evaluación de la Oferta Técnica (Sobre 2)
Para la evaluación de la oferta técnica se definieron los criterios de evaluación necesarios para evaluar y conocer si los Oferentes cumplen adecuadamente con los requisitos establecidos para la realización de la consultoría.
Los criterios de evaluación de las propuestas técnicas serán:
Criterios de Evaluación | Puntaje Máximo |
1. Nivel académico | 25% |
2. Experiencia General | 20% |
3. Experiencia Específica afín al proceso | 55% |
Total | 100 % |
Detalle de los criterios a evaluar:
Factor | Criterios | Ponderación | Puntaje máximo | Peso |
Formación académica | 25 | |||
Formación del consultor/a | Grado académico universitario en ciencias sociales, antropología, sociología, trabajo social, pedagogía, economía, psicología, o desarrollo local. | Obligatorio | Obligatorio | |
Preferiblemente con Maestría (o postgrados) en campo relacionado en las áreas de investigación social. | Maestría = 10 Posgrados = 7 | 10 | ||
Contar con al menos una capacitación en temas de organización, planificación o ejecución de proyectos de gestión social con grupos vulnerables tales como niñas, niños y jóvenes en situación xx xxxxx, migrantes, personas con discapacidad, adultos mayores y la población indígena, que más allá de su pobreza viven en situaciones de riesgo. | Una capacitación en un tema = 10 Una capacitación en dos temas = 12 Una capacitación en tres temas = 15 | 15 | ||
Experiencia profesional | 75 | |||
Experiencia profesional consultor/a | Experiencia general de al menos 10 años: | Menos de 10 años = 0 Igual a 10 años = 15 Mas de 10 y hasta-15 años = 18 Más de 15 años = 20 | 20 | |
Experiencia en proyectos con aplicación de políticas de salvaguarda social de Organismos Multilaterales aplicadas en obras de infraestructura. | 1 Proyecto = 10 2 Proyectos = 12 3 Proyectos o más = 15 | 15 | ||
Haber participado en al menos dos proyectos con involucramiento de grupos vulnerables como niñas, niños y jóvenes en situación xx xxxxx, migrantes, personas con discapacidad, los adultos mayores y la población indígena, que más allá de su pobreza, viven en situaciones de riesgo. | Menos de 2 Proyectos = 0 2 Proyectos = 15 3 Proyectos = 20 4 Proyectos o más = 25 | 25 | ||
Haber participado en al menos dos proyectos que impliquen participación comunitaria. | Menos de 2 Proyectos = 0 2 Proyectos = 10 3 Proyectos = 12 4 Proyectos o más = 15 | 15 |
• Se requiere que el Oferente utilice y presente con su oferta el Formulario TEC-1.
• Si la experiencia del evaluado es menor al mínimo requerido en la tabla, se le asignará un valor xx xxxx.
• El oferente que no alcance el puntaje mínimo establecido en el numeral 31.4 de la sección III Datos del Concurso no pasará a la etapa de evaluación de la oferta económica.
• En caso de empate de oferentes que obtengan el puntaje más alto se seleccionará al Oferente Mejor Calificado para los intereses del Proyecto Construcción xxx Xxxxxxxx Logístico Villa de San Xxxxxxx – Goascorán, Secciones II y III de la siguiente manera:
• De acuerdo a la Experiencia Específica presentada en su oferta por los oferentes empatados, se dará preferencia al oferente que presente experiencia con mayor número de proyectos con aplicación de políticas de salvaguarda social de Organismos Multilaterales aplicadas en obras de infraestructura.
C. Evaluación de la Oferta Económica (Sobre 3)
Con base al formulario ECO-1 Presentación de la Oferta Económica, El Comité Ejecutivo del Concurso evaluará solamente las Ofertas Económicas de aquellas propuestas que su evaluación técnica sea igual o mayor al mínimo establecido.
Al evaluar las Ofertas Económicas, el Comité Ejecutivo del Concurso, realizará las correcciones aritméticas de acuerdo a lo establecido en la Sección II. Una vez revisada la oferta económica y confirmados las correcciones aritméticas en caso de existir, se determinará si la oferta se apega al presupuesto. Si la oferta se apega al presupuesto y ostentó el primer lugar en la evaluación técnica, se le adjudicará el contrato a éste.
Por tratarse de la modalidad de contratación por presupuesto fijo, la evaluación económica consistirá en determinar si las ofertas presentadas no sobrepasan el monto establecido Sección III, Datos del Concurso, cláusula No. 17, por tanto las propuestas que excedan el presupuesto establecido, serán descalificadas
Para evaluar una oferta, el Comité Ejecutivo del Concurso utilizará únicamente los factores, metodologías y criterios definidos en la sección IV. No se permitirá ningún otro criterio ni metodología.
Si el Comité Ejecutivo del Concurso, razonablemente puede anticipar que el oferente no podrá cumplir con los compromisos del contrato, podrá rechazar la oferta.
El Comité Ejecutivo del Concurso realizará la revisión aritmética y confirmará con el oferente las correcciones en caso de existir.
D. Propuesta más conveniente
El Comité Ejecutivo del Concurso recomendará la adjudicación del contrato a la Propuesta más conveniente,
La Propuesta más conveniente, será aquella que:
1. Cumple con todos los requisitos de precalificación
2. La Oferta Técnica obtiene el puntaje técnico más alto
3. La Oferta Económica no sobrepasa el valor presupuestado.
4. No se encuentra incluidos en la lista de Contrapartes Prohibidas del BCIE u otra lista de inelegibilidad del BCIE
5. No se encuentra inhabilitado o declarado como inelegible o sancionado para la obtención de recursos o la adjudicación de contratos financiados por organizaciones reconocidas por el BCIE
Sección V Formularios Estándar del Concurso
Precalificación
CP – 1 Carta de Presentación de la Propuesta
PREC - 2 Declaración Jurada
Oferta Técnica
TEC – 1 Hoja de vida
Oferta Económica
ECO-1 Presentación de la Oferta Económica
Formulario CP-1 Carta de confirmación de participación y presentación de la propuesta
Fecha:
Concurso Público Nacional No.:
Señores
Comité Ejecutivo del Concurso Estimados Señores:
Por medio de la presente, confirmo mi decisión de participar en el concurso “(título del
concurso en la que participa)”.
Por ello, estoy remitiendo en adjunto mi propuesta, con vigencia de un plazo de 120 días a partir de la fecha de terminación del plazo de recepción de propuestas establecido. A la vez, confirmo el compromiso de cumplir con lo propuesto en caso de que mi propuesta resulte adjudicataria y sea contratada.
Queda entendido que los documentos de Precalificación, Oferta Técnica, Oferta Económica y toda la información que se anexa en esta propuesta será utilizada por el Comité Ejecutivo del Concurso, para determinar, con su criterio y discreción, la capacidad para desarrollar la consultoría requerida mediante el proceso de concurso.
Acepto que cualquier dato falso u omisión que pudiera contener esta solicitud y/o sus anexos puede ser elemento justificable para la descalificación de la propuesta.
En caso ser seleccionado para desarrollar la consultoría, me comprometo a desarrollar el cronograma de ejecución propuesto y cumplir con todos los alcances solicitados en las cláusulas del Contrato, de acuerdo con los Términos de Referencia, Instrucciones del presente concurso y cualquier aclaración o adición emitida para el presente proceso.
La firma del suscrito en este documento garantiza la verdad y exactitud de todas las declaraciones y documentos incluidos.
Fechado en el día del mes de del año . Nombre del Oferente
Dirección de Oferente Correo Electrónico del Oferente:
Teléfono (Fijo y/o Celular):
Firma del Oferente
DECLARACION DE NO TENER CONFLICTO DE INTERES
(Indicar el nombre del proceso de concurso) Nº (número del proceso)
Yo , identificado con Cédula de Identidad No. , certifico y declaro Que:
i. No tengo relación alguna, ni me he visto involucrado en actividades relacionadas con el lavado de activos y financiamiento del terrorismo;
ii. No me encuentro en convocatoria de acreedores o quiebra;
iii. No me encuentro en interdicción judicial;
iv. No tengo Conflicto de Interés de acuerdo con lo descrito en las Instrucciones para los Oferentes y Datos del concurso;
v. No me encuentro incluido en la Lista de Contrapartes Prohibidas del BCIE u otra lista de inelegibilidad del BCIE;
vi. No he sido inhabilitado o declarado por una entidad u autoridad como inelegibles para la obtención de recursos o la adjudicación de contratos financiados por cualquier otra entidad, mientras se encuentre vigente la sanción;
vii. No he sido declarado culpable de delitos o sanciones vinculadas con Prácticas Prohibidas por parte de la autoridad competente.
viii. No estoy comprendido en las inhabilidades a que se refieren los artículos 15 y 16 de la Ley de Contratación del Estado de Honduras.
Asimismo, autorizo al Prestatario/Beneficiario correspondiente y al Banco Centroamericano de Integración Económica (BCIE), para que realice las verificaciones que considere pertinentes con el fin de corroborar lo arriba mencionado con cualquier sistema de búsqueda o base de datos de la que el Prestatario/Beneficiario o el BCIE disponga para tales fines, así como con cualquier autoridad competente que se estime necesario.
Igualmente, certifico y declaro que los fondos de mi patrimonio no provienen de ninguna actividad ilícita.
Finalmente, y de ser el caso, declaro que los fondos suministrados serán administrados conforme a mejores prácticas, transparencia e integridad y en ningún momento serán utilizados para actividades ilícitas.
Declaramos adicionalmente que se dará aviso inmediato al Prestatario/Beneficiario y al BCIE en caso de que en un momento posterior ocurra cualquier cambio en las condiciones antes mencionadas.
Acepto que el Prestatario/Beneficiario tendrá el derecho de excluirme de este proceso si la información proporcionada en esta Declaración Jurada es falsa o si el cambio de condición ocurre en un momento posterior a la entrega de esta Declaración Jurada.
Firma: Fecha:
FORMULARIO TEC-1
Hoja de vida
1. Cargo propuesto: | |
2. Nombre del oferente: (inserte el nombre completo) | |
3. Fecha de nacimiento: | Nacionalidad: |
4. Educación: (Indicar los nombres de las universidades y otros estudios especializado, dando los nombres de las instituciones, grados obtenidos y las fechas en que los obtuvo.) | |
5. Asociaciones profesionales a las que pertenece: | |
6. Otras especialidades (Indicar otros estudios significativos después de haber obtenido los grados indicados en el número 4 y dónde obtuvo la educación): | |
7. Países donde tiene experiencia de trabajo: (Enumere los países donde el individuo ha trabajado en los últimos diez años): | |
8. Idiomas (Para cada idioma indique el grado de competencia: bueno, regular, pobre, en hablarlo, leerlo y escribirlo): | |
9. Historia Laboral (Empezando con el cargo actual, enumere en cronológico los cargos que ha desempeñado desde que se graduó el candidato, indicando para cada empleo las actividades realizadas en el marco de esa contratación, fechas de empleo, nombre de la organización y cargos desempeñados): Desde (Año y mes): Hasta (Año y mes) Empresa: Cargos y funciones desempeñados: |
Certificación:
Yo, el abajo firmante, certifico que, según mi mejor conocimiento y mi entender, este currículo describe correctamente mi persona, mis calificaciones y mi experiencia.
Fecha:
(Firma del profesional Día / Mes / Año
Nombre completo del oferente:
FORMULARIO ECO-1
Presentación de la Oferta Económica
Fecha: de del
Señores Inversión Estratégica - Honduras
Nombre del proyecto y número de concurso
De conformidad con la documentación recibida para presentar la oferta para el proyecto de (indicar el nombre del concurso), Yo (Nombre del oferente)
ofrezco llevar a cabo la ejecución de un contrato tipo consultoría, por una suma cerrada total por los (incluir el plazo total de la consultoría) meses de
(Escribir el monto en números y letras) Dólares de los Estados Unidos de América, que corresponden a un monto mensual de (Escribir el monto en números y letras) Dólares de los Estados Unidos de América .
Nuestra oferta permanecerá vigente por ciento veinte (120) días calendario a partir de la fecha de presentación de la propuesta.
En caso de ser elegido como consultor para el desarrollo de la consultoría antes indicada, me comprometo a desarrollar el cronograma de ejecución propuesto y cumplir con todos los alcances solicitados en las cláusulas del contrato, de acuerdo con los requerimientos técnicos establecidos en los Términos de Referencia.
Entiendo y acepto que el Prestatario/Beneficiario no está obligado a aceptar la oferta más baja o cualquier oferta que puedan recibir.
Atentamente,
Oferente: (indicar nombre completo del oferente)
Firma: (firma de la persona cuyo nombre y cargo aparecen arriba indicados)
Fecha: (día, mes y año en que se firma la propuesta)
Dirección: Correo Electrónico: Teléfono (Fijo y/o Celular):
Sección VI Términos de Referencia
INVERSIÓN ESTRATEGICA DE HONDURAS
(INVEST-Honduras)
TÉRMINOS DE REFERENCIA
CONSULTORIA INDIVIDUAL: ESPECIALISTA SOCIAL
FUENTE DE FINANCIAMIENTO:
BANCO CENTROAMERICANO DE INTEGRACIÓN ECONOMICA
(BCIE)
Enero 2019
I. INTRODUCCIÓN
El Gobierno de la República dentro del Plan de Nación 2007-2030 ha considerado priorizar los Programas de Infraestructura Vial en el contexto de implementación del plan vial, como uno de los ejes transversales del desarrollo económico del país. En este sentido como parte de las políticas de desarrollo del país y de conformidad con las metas que se ha propuesto llevar a cabo, es la Construcción y Pavimentación de la Red Vial xxx Xxxxxxxx Logístico, Proyecto que forma parte de la Red Internacional de Carreteras Mesoamericanas (RICAM), siendo esta carretera de mucha importancia para la economía hondureña, aportando enormemente al Producto Interno Bruto (PIB), y contribuyendo al mejoramiento de accesibilidad a mercados, a bajar los costos de los insumos, y a mejorar la conectividad regional. Cabe mencionar que Honduras tiene ya muy avanzado el corredor logístico que unirá el Atlántico con el Pacífico, mediante una carretera que en la mayor parte de su recorrido tiene cuatro carriles, dos en cada sentido.
Bajo esa perspectiva la Construcción y Pavimentación de la Red Vial xxx Xxxxxxxx Logístico se convierte en uno de los componentes principales de la integración regional, económica y social del país. Así mismo permitirá la integración y conectividad de una vasta zona productiva a un sistema de carreteras pavimentadas, lo que causará una reducción en los costos de operación y transporte de los productos, mejorando la competitividad. Entre los argumentos que justifican la ejecución del Programa, se establecen los siguientes: (i) Está dentro de las prioridades en el ámbito de las estrategias de desarrollo nacional y regional; (ii) responde a las necesidades de vinculación e integración física, económica y política de la región; y (iii) permitirá mejorar las condiciones de infraestructura vial nacional para el comercio interno e internacional considerando la utilización de Puerto Cortés la principal infraestructura portuaria de Honduras, en la xxxxx Atlántica, con el puerto salvadoreño de La Unión, en el Pacífico.
La cartera de Proyectos BCIE, está conformada por los siguientes Préstamos:
➢ Préstamo No.2116 y No.2205 Proyecto: “Construcción xxx Xxxxxxxx Logístico Carretera Villa de San Xxxxxxx-Goascorán; Sección II El Quebrachal-Puente San Xxxx II y Sección III Puente San Xxxx II- Goascorán”. Proyecto que forma parte de la Red Internacional de Carreteras Mesoamericanas (RICAM), actualmente en construcción con una longitud de 46.18 kilómetros en 4 carriles, iniciando en El Quebrachal, municipio de Aguanqueterique, Departamento de La Paz y finalizando en Goascorán en el Departamento xx Xxxxx.
➢ Préstamo No.2162 Programa de Infraestructura Vial: Incluye la Ampliación y Mejoramiento de 236.10 kilómetros, distribuidos en los tramos siguientes:
• Construcción, Rehabilitación y Mejoramiento de la Carretera CA-5 Sur: Tegucigalpa
– Jícaro Galán
• Finalización Sección I-B y Obras Complementarias Anillo Periférico de Tegucigalpa
• Ampliación y Mejoramiento de la Carretera La Esperanza – Camasca
• Ampliación y Mejoramiento de la Carretera Cololaca – Valladolid
• Ampliación y Mejoramiento de la Carretera La Esperanza - Marcala
➢ Préstamo No.2098 Proyecto Ampliación y Mejoramiento de la Carretera CA-5 Segmentos I y II (Sección 2ª): Con una longitud de 4.76 kilómetros de Las Xxxxxxxx x Xxxxx xx Xxx Xxxxxxx, xx xx Xxxxxxxxxxxx xx Xxxxxxxxx.
➢ Proyecto “Construcción del Libramiento Anillo Periférico CA-5 Sur”: Actualmente, la República de Honduras se encuentra gestionando financiamiento con el Banco Centroamericano de Integración Económica (BCIE), para realizar el Proyecto “Construcción del Libramiento Anillo Periférico CA-5 Sur: La Cañada Anillo Periférico de Tegucigalpa - Aldea El Tizatillo, en el Departamento de Xxxxxxxxx Xxxxxxx, Longitud = 5.36 Km, 4 Carriles, 2 por Sentido”. Proyecto que se integrará al Xxxxxxxx Xxxxxxxx y formará parte de la carretera CA-5 Sur.
INVEST-Honduras, Unidad Ejecutora a cargo de la ejecución de la cartera de proyectos en Infraestructura Vial, financiada con fondos provenientes xxx Xxxxxxxx Directo Cofinanciado No.2116, reconoce la importancia de la gestión social, así como el manejo del derecho de vía de proyectos de infraestructura vial, ya que si no es manejada adecuadamente se torna engorrosa, lo que conlleva el encarecimiento de las obras, y en algunas ocasiones perdiéndose el control de la ejecución de las obras.
En ese sentido y con el apoyo del BCIE, se ha visto la necesidad de la contratación de un Consultor especializado en el área social que formará parte del equipo de trabajo en el manejo de la cartera de proyectos del BCIE; y apoyará el empoderamiento y sistematización de los procedimientos relacionados con el manejo de temas sociales, de manera tal que facilite y viabilice la ejecución de la cartera de proyectos en infraestructura vial financiada por el BCIE, promoviendo la coordinación interinstitucional con todos los actores involucrados, alcaldías municipales, instituciones del estado, organizaciones no gubernamentales, sociedad civil organizada y demás actores clave que tengan presencia en la zona de influencia de la cartera de proyectos de infraestructura vial.
1.1 Fuente de Financiamiento
La Consultoría está siendo financiada con recursos provenientes xxx Xxxxxxxx Directo Cofinanciado No.2116, provistos por el Banco Centroamericano de Integración Económica (BCIE) y el gobierno de la Republica de Honduras.
II. OBJETIVO DE LA CONSULTORIA.
2.1 Objetivo General
El objetivo principal de la Consultoría, es apoyar la coordinación, controlar y realizar el seguimiento y cumplimiento de los instrumentos de Gestión Social que se han diseñado para la cartera de proyectos financiadas con recursos del BCIE, conforme lo establecido en las políticas operativas del BCIE y políticas de salvaguardas sociales referidas por INVEST-Honduras en las áreas de influencia de los proyectos asignados; particularmente, políticas sobre Igualdad de Género en el Desarrollo, políticas de Reasentamiento Involuntario, y políticas de Pueblos Indígenas en la implementación de los Proyectos (diseños y estudios, ejecución de las obras, y servicios de mantenimiento vial a través de microempresas, por parte de los implementadores y la Unidad de Gestión de Proyectos).
III. ALCANCE DE LOS SERVICIOS
Mediante la incorporación del Consultor, se garantizará el apoyo a la socialización y sistematización de los procedimientos, para llevar a cabo una Gestión Social en congruencia con políticas operativas del BCIE y de salvaguardas sociales referidas por INVEST-Honduras en las áreas de influencia de los proyectos asignados; particularmente, políticas sobre igualdad de género en el desarrollo, políticas de reasentamiento involuntario, y políticas de pueblos indígenas.
Además de las políticas del BCIE, el Consultor deberá apoyar su gestión en el marco jurídico-social nacional:
i. Constitución de la República
ii. Ley de Municipalidades de Honduras
iii. Ley de expropiación forzosa.
iv. Ley de Comunicación Terrestre (Decreto Numero 173)
x. Xxx de Propiedad
vi. Ley de Ordenamiento Territorial
vii. Convenio 169 para Pueblos Indígenas y Tribales de OIT
viii. Declaración de los Derechos Humanos de ONU
ix. Declaración de la Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas
x. Convención Americana sobre Derechos Humanos.
xi. Ley Especial para la Simplificación de los Procedimientos de Inversión en Infraestructura Pública, u otras que apliquen.
3.1 Principales Actividades a Desarrollar
El Consultor deberá realizar, sin limitarse a las siguientes actividades:
▪ Evaluar y manejar los potenciales impactos sociales adversos, que podrían afectar a estas poblaciones, proponer medidas de mitigación y apoyar en la implementación de las que sean acordadas con INVEST-Honduras.
▪ Apoyar la coordinación interinstitucional con todos los actores involucrados, como ser alcaldías municipales, instituciones del estado, organizaciones no gubernamentales, sociedad civil organizada y demás que tengan presencia en la zona de influencia de los proyectos.
▪ Revisar y emitir sus comentarios y recomendaciones en lo que a temas sociales se refiera, en los informes que presenten los Consultores a cargo de la supervisión de los de las obras viales en los proyectos asignados.
▪ Apoyar el diseño de planes de comunicación social, el cual deberá ser actualizado periódicamente y que se requiera de acuerdo a la etapa de estudios y diseños, implementación de las diferentes obras viales en los proyectos asignados.
▪ Apoyar el diseño de planes de sostenibilidad con recomendaciones de acción que garanticen la continuidad en el cumplimiento de las políticas de salvaguardas ambientales y sociales; particularmente, políticas sobre Igualdad de Género en el Desarrollo, políticas de Reasentamiento Involuntario y políticas de Pueblos Indígenas, durante la operación de los diferentes tramos carreteros referidos en estos alcances, indicando las Entidades a cargo de las acciones, mecanismos y arreglos de implementación que deban acordarse durante la ejecución de las obras viales.
▪ Apoyar la coordinación, supervisión y darle seguimiento a las empresas Contratistas durante la liberación del derecho de vía en los proyectos asignados, conforme a políticas de reasentamiento indicadas por INVEST-Honduras.
▪ Revisar y emitir sus comentarios y recomendaciones en lo que a temas sociales se refiera, en los informes presentados por las empresas consultoras a cargo de los estudios y diseños de las obras viales desde la perspectiva social, género y reasentamiento involuntario y por empresas contratistas a cargo de la implementación del Plan de Reasentamiento Involuntario (PRI).
▪ Apoyar la implementación de metodologías participativas y convocatorias de mujeres, para su participación en talleres de formación técnica. Entre otros, se elaborará una base de datos, se aplicarán sondeos e instrumentos psicométricos de intereses y aptitudes vocacionales.
▪ Apoyar la elaboración de un Reglamento de Conducta para las participantes en los talleres de formación técnica y velar por su cumplimiento.
▪ Coordinar la ejecución de talleres sobre "Formación y pasantías para mujeres, en trabajos calificados de la construcción".
▪ Apoyar la ejecución de talleres de Sensibilización y sobre el Enfoque de Género, para personal Técnico y Administrativo de Contratistas y Supervisión de obras viales.
▪ Coordinar la capacitación de grupos de mujeres que recibirán los talleres de formación, en temas relacionados con género (autoestima, motivación, liderazgo, derechos sexuales y reproductivos, enfermedades de transmisión sexual, violencia basada en género, entre otros).
▪ Apoyar la elaboración de un portafolio profesional que incluya la nueva oferta de servicios generada a través de los talleres, y difundirlo en las organizaciones gremiales y sociales pertinentes.
▪ Documentar mensualmente todos los procesos de formación técnica e intervenciones en género, a través del levantamiento de ayudas memorias, videos, fotografías y testimonios.
▪ Desarrollar en general todas las actividades de gestión social e institucional asociadas al cumplimiento del objetivo general de la consultoría, incluyendo elaboración de términos de referencia, apoyo en procesos licitatorios, que sean solicitados por INVEST-Honduras.
3.2 Informes
El Consultor deberá presentar un informe mensual, que remitirá vía correo electrónico y una vez que sea aprobado, lo presentará en formato duro un original y una (1) copia y una copia digital en CD, que contenga el Informe completo en pdf y en formatos editables. Los informes serán presentados a INVEST-Honduras, quien los revisará comunicando su aprobación, para que se proceda a realizar el trámite del pago correspondiente.
Los Informes deberán incluir la revisión de los siguientes aspectos como mínimo:
➢ Informe Inicial:
conteniendo la propuesta de plan de actividades enlazado con el PEP y los objetivos de la consultoría, programa de actividades a realizar con actores involucrados, como ser alcaldías municipales, instituciones del estado, organizaciones no gubernamentales, sociedad civil organizada y demás que tengan presencia en la zona de influencia de los proyectos.
➢ Informes mensuales de avance:
Los informes deberán incluir la revisión de los siguientes aspectos como mínimo:
• Actividades Coordinadas durante el período reportado
• Problemas potenciales identificados y recomendación de medidas de prevención
• Impactos identificados y recomendación de medidas de remediación
• Comentarios y recomendaciones a los informes de los implementadores
• Resultados de la revisión de los informes presentados por los Consultores a cargo de la supervisión de los proyectos viales asignados.
➢ Informe Final
Deberá contener un resumen ejecutivo, las observaciones, conclusiones y recomendaciones generales y lecciones aprendidas, considerando la problemática evidenciada en todo el ciclo de la consultoría.
IV. ORGANIZACIÓN DE LA EJECUCIÓN
Para la ejecución de este trabajo, el Consultor contará con toda la información disponible en las Oficinas del Contratante, quien proporcionará copia de todos los documentos y estudios pertinentes; sin embargo, el Consultor será totalmente responsable del análisis, procesamiento e interpretación de ésta y de gestionar cualquier otra información requerida para el desarrollo de los alcances de estos servicios, así como de sus conclusiones y recomendaciones.
La Coordinación de esta consultoría está a cargo de la Dirección de Transporte o de la persona que esta designe, quien tendrá la responsabilidad técnica en la revisión de las actividades realizadas por el Consultor y en la aprobación de los informes requeridos en estos TdR. Adicionalmente el Contratante proveerá un espacio físico en las oficinas de la Unidad Ejecutora de Proyectos, equipo de cómputo, y logística necesaria y demás facilidades e insumos requeridos para llevar a cabo los servicios dentro del plazo contratado.
No será permitido que el Consultor emita instrucciones al personal de los implementadores de los proyectos y de las empresas contratistas financiadas por el BCIE.
V. PLAZO DE EJECUCIÓN DE LA CONSULTORÍA
5.1 Duración de la consultoría
La consultoría tendrá una duración de doce (12) meses calendario, contados a partir de la fecha de firma del contrato respectivo; mismo que podrá ser renovable sujeto a evaluación satisfactoria de desempeño. El consultor firmará un contrato estándar que se utiliza para la contratación de consultores individuales y se sujetará a todas las condiciones previstas en este instrumento sin excepción.
5.2 Forma de Pago
Se realizarán pagos mensuales contra la presentación del informe mensual de actividades que cumpla con los requisitos establecidos en estos Términos de Referencia.
Sección VII. Formato de Contrato
Contrato de Servicios de Consultoría Individual No.
“Especialista Social”
Contrato xx Xxxxxxxx No. 2116
Proyecto Construcción xxx Xxxxxxxx Logístico Villa de San Xxxxxxx – Goascorán, Secciones II y III Entre:
Inversión Estratégica de Honduras también Cuenta del Desafío del Milenio Honduras (INVEST- Honduras / MCA-Honduras)
y
Fecha: de de 2019
Contrato xx Xxxxxxxx No. 2116
Proyecto Construcción xxx Xxxxxxxx Logístico Villa de San Xxxxxxx – Goascorán, Secciones II y III
Contrato de Servicios de Consultoría Individual Nacional Financiados por el Banco Interamericano de Desarrollo Económico (BCIE)
CONTRATO No.
Nombre de la Consultoría: Especialista Social
Xxxxxxxx, Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx, Abogado, nombrado mediante Acuerdo Ejecutivo número 004-2011, de fecha 27 de enero de 2011, emitido por el Presidente Constitucional de la República, actuando en su condición de representante legal de Inversión Estratégica de Honduras, creada mediante Decreto No. 233-2005 y con designación institucional alternativa según Xxxxxxx xx. 00-0000, también conocida como INVEST-Honduras o INVEST-H, en adelante denominado “El Contratante”, con facultades suficientes para la celebración de esta clase de actos, por una parte; y XXX, mayor de edad, profesión XXX, con tarjeta de identidad número XXX; actuando en su condición personal, en adelante denominado El Consultor, manifiestan que han convenido en celebrar, como al efecto lo hacen, un Contrato de Prestación de Servicios Profesionales, que estará regido por las cláusulas siguientes:
PRIMERA: NATURALEZA DE LOS SERVICIOS. Este Contrato de prestación de servicios profesionales es de naturaleza privada y se regirá por las disposiciones contenidas en el mismo. Por tanto, el Consultor expresamente declara y reconoce que no le son aplicables y no tiene derecho a exigir su participación en cualquier plan, arreglo o beneficio otorgado bajo la Ley de Servicio Civil. El Contratante declara que para la ejecución de todas las actividades vinculadas al cumplimiento de su mandato en cuanto a lo relacionado con la Infraestructura Vial nacional, se hace necesario contratar los servicios profesionales de un consultor que desempeñe las actividades de Especialista Social, quien reportará a XXX del INVEST-Honduras o a quien este designe.
SEGUNDA: DESCRIPCIÓN DE LOS SERVICIOS. El Consultor se compromete a ejecutar las funciones los Términos de Referencia adjunto en Anexo 1 a este Contrato.
TERCERA: VALIDEZ Y DURACIÓN DEL CONTRATO. El presente contrato tendrá validez una vez suscrito por las partes contratantes. La duración será contada a partir del XXX hasta el XXX, prorrogable por mutuo acuerdo entre las partes, siempre y cuando no se dé por terminado anticipadamente por las causas especificadas en la cláusula sexta de este Contrato.
CUARTA: HONORARIOS O MONTO DEL CONTRATO. El Contratante pagará al Consultor en el marco del presente Contrato un monto máximo no superior a XXX Dólares de los Estados Unidos de América con 00/100 (USD XXX) por los Servicios prestados conforme a lo indicado en el Anexo 1, a través de pagos mensuales de un monto equivalente a XXX Dólares de los Estados Unidos de América con 00/100 (USD XXX), debiendo presentar al efecto un recibo por sus servicios profesionales para su cancelación, con la correspondiente retención del 12.5% que se hará basándose en lo dispuesto en el artículo 50 reformado de la Ley del Impuesto Sobre la Renta. No obstante, de la remuneración mensual a El Consultor se harán las deducciones correspondientes para pago de retenciones legales o por mandato judicial y las que El Consultor autorice.
El Consultor solo tendrá derecho a recibir los pagos expresamente acordados en esta Cláusula Cuarta. Los pagos se efectuaran en moneda Lempiras al tipo de cambio de compra emitida por el Banco Central de Honduras al momento de efectuar el respectivo pago y dentro de los treinta (30) días contados a partir de la fecha de entregado el recibo correspondiente.
QUINTA: VIÁTICOS Y GASTOS DE VIAJE. El Contratante proporcionará a El Consultor, cuando fuere procedente, el pago de viáticos y gastos de viaje dentro y fuera del país de conformidad con el Reglamento de Viáticos que se establezca oportunamente para estos efectos, en el grado y categoría que corresponda.
SEXTA: RESOLUCIÓN DE CONTRATO. Este Contrato podrá terminarse por las siguientes causas y sin ninguna responsabilidad para el Contratante:
1) Por mutuo consentimiento de las partes;
2) Por muerte de El Consultor o incapacidad física o mental de la misma, que haga imposible el cumplimiento del Contrato;
3) Por decisión unilateral del Contratante, obligándose la Dirección Ejecutiva a dar el aviso correspondiente con quince (15) días de anticipación;
4) Por incumplimiento de El Consultor de las obligaciones contraídas;
5) Cuando El Consultor sea condenado por los Juzgados o Tribunales con privación de su libertad por delitos cometidos;
6) Por caso fortuito o fuerza mayor;
7) Cuando el Contratante pierda la confianza en El Consultor en la prestación de sus servicios profesionales;
8) Por todo daño material causado dolosamente a los edificios, obras, mobiliario o equipo, vehículos, instrumentos y demás objetos relacionados;
9) Por prestar sus servicios profesionales con grave negligencia que ponga en peligro la seguridad de las personas o de las cosas;
10) Por cualquier acto inmoral o delictuoso que El Consultor cometa en el establecimiento o lugar donde presta sus servicios profesionales, debidamente comprobado ante la autoridad competente;
11) Por revelar o dar a conocer asuntos de carácter reservado en perjuicio del
Contratante;
12) Por inhabilidad, negligencia o ineficiencia manifiesta de El Consultor que haga imposible el cumplimiento del Contrato.
SEPTIMA: PAGOS POR TERMINACIÓN DEL CONTRATO. Excepto por lo establecido por ley, El Consultor, ni sus beneficiarios, cesionarios o su sucesión tendrán derecho o reclamo alguno bajo este Contrato para recibir cesantía o cualquier otra compensación en virtud que a través del mismo no se está generando una relación de trabajo.
OCTAVA: EXCLUSIVIDAD DE SERVICIOS. Durante el plazo de este contrato, los servicios provistos por El Consultor bajo el mismo deberán constituir la principal ocupación profesional de El Consultor. Asimismo, El Consultor no podrá proveer directa ni indirectamente, servicios a ninguna persona u organización de la cual reciba una compensación o que, recibiendo o no compensación, se comprometa en actividades que generen conflicto o interfieran significativamente con la xxxx y oportuna ejecución de los deberes de El Consultor según este Contrato, sin el consentimiento previo del Contratante. Esta prohibición excluye cualquier servicio ejecutado por El Consultor bajo la dirección del MCA Honduras. del Contratante.
El Consultor manifiesta que no está sujeta a ningún acuerdo, contrato, compromiso o política de un tercero que le prevenga o prohíba cumplir con las obligaciones a las cuales se compromete en este contrato. Asimismo, El Consultor acuerda no suscribir ningún contrato, compromiso o sujetarse a cualquier política que obstaculice el cumplimiento de las obligaciones acordadas en el Contrato.
NOVENA: CONFLICTO DE INTERESES. El Consultor manifiesta que a su mejor saber y entender ha revelado completamente al Contratante cualquier circunstancia mediante la cual, é, su cónyuge y parientes hasta tercer grado de consanguinidad (incluyendo sus cónyuges, hijos y parientes hasta tercer grado de consanguinidad) tienen o podrían tener conflictos de interés con INVEST-H. El Consultor revelará completamente al Contratante cualquier circunstancia que pueda presentar un conflicto de interés durante la prestación de los servicios profesionales. El Consultor manifiesta que cumplirá totalmente con las políticas y prácticas de INVEST-H relacionada con conflictos de intereses.
DECIMA: PAGOS INDEBIDOS. El Consultor no pagará ni permitirá que se efectúe remuneración alguna en beneficio de ningún funcionario gubernamental, salvo los pagos requeridos o permitidos por la ley aplicable. El Consultor, directa o indirectamente, no deberá:
(a) Xxxxx o permitir ninguna contribución, regalo, soborno, rebaja, recompensa, pago inducido, o cualquier otro pago a cualquier persona o entidad, privada o pública, sin consideración de la forma, sea en dinero, propiedades o servicios:
(i) Para obtener un trato favorable para negocios concretados;
(ii) Para pagar por un trato favorable en negocios concretados:
(iii) Para obtener concesiones especiales o para concesiones especiales ya obtenidas; o bien,
(iv) En violación de cualquier requerimiento legal; o,
(b) Establecer o mantener cualquier fondo o bien que no esté debidamente acreditado en los libros o registros de INVEST-H.
DECIMA
PRIMERA: LEYES APLICABLES. Para todas las controversias que se deriven del presente contrato o que guarden relación con éste y que no puedan ser resueltas de manera amigable, las partes se someten a la Ley de Conciliación y Arbitraje de la República de Honduras, y al Reglamento del Centro de Conciliación y Arbitraje de la Cámara de Comercio e Industrias de Tegucigalpa. El idioma del arbitraje será el español. El arbitraje se llevará a cabo en la ciudad de Tegucigalpa, República de Honduras. Por lo tanto, las partes hacen expresa su renuncia de someter dichas controversias a la justicia ordinaria. La Ley sustantiva a utilizar será la de la República de Honduras.
Los honorarios y gastos del arbitraje serán a cargo de las partes según la tarifa establecida en el Reglamento correspondiente.
Las partes hacen constar expresamente su compromiso de cumplir el laudo arbitral que se dicte de buena fe y sin demora alguna.
DECIMA
SEGUNDA: CESION. El Consultor no podrá ceder, delegar el Contrato, o alguno de los derechos, deberes, obligaciones e intereses bajo el mismo.
DECIMA
TERCERA: Las Partes en cumplimiento a lo establecido en el artículo 7 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública (LTAIP) y con la convicción de que evitando las prácticas de corrupción podremos apoyar la consolidación de un cultura de transparencia, equidad y rendición de cuentas en los procesos de contratación y adquisiciones del Estado, para así fortalecer las bases del Estado de Derecho, nos comprometemos libre y voluntariamente a: 1. Mantener el más alto nivel de conducta, ética, moral y de respeto a las Leyes de la República así como los valores de: INTEGRIDAD, LEALTAD, CONTRACTUAL, EQUIDAD, TOLERANCIA, IMPARCIALIDAD Y DISCRECIÓN CON LA INFORMACIÓN CONFIDENCIAL QUE MANEJAMOS, ABSTENIÉNDONOS DE DAR DECLARACIONES PÚBLICAS SOBRE LA MISMA. 2. Asumir
una estricta observancia y aplicación de los principios fundamentales bajo los cuales se rigen los procesos de contratación y adquisiciones publicas establecidos en la Ley de Contratación del Estado tales como: Transparencia igualdad y libre competencia.
3. Que durante la ejecución del contrato ninguna persona que actué debidamente autorizada en nuestro nombre y representación y que ningún empleado o trabajador, socio o asociado autorizado o no, realizará a) Practicas Corruptivas: entendiendo estas como aquellas en la que se ofrece dar, recibir, o solicitar directa o indirectamente, cualquier cosa de valor para influenciar las acciones de la otra parte; b) Practicas Xxxxxxxxxx: entendiendo estas como aquellas en las que denoten, sugieran o demuestren que existe un acuerdo malicioso entre dos o más partes o entre una de las partes y uno o varios terceros, realizado con la intención de alcanzar un propósito inadecuado incluyendo influenciar en forma inapropiada las acciones de la otra parte. 4. Revisar y verificar toda la información que deba ser presentada a través de terceros a la otra parte, para efectos del contrato y dejamos manifestado que durante el proceso de contratación o adquisición causa de este contrato, la información intercambiada fue debidamente revisada y verificada, por los que ambas partes asumen y asumirán la responsabilidad por el suministro de Información inconsistente, imprecisa o que no corresponda a la realidad para efectos de este contrato. 5. Mantener la debida confidencialidad sobre toda la información a la que se tenga acceso por razón del Contrato, y no proporcionarla ni divulgarla a terceros y a su vez, abstenernos de utilizarla para fines distintos. 6. Aceptar las consecuencias a que hubiere lugar, en caso declararse el incumplimiento de alguno de los compromisos de esta Cláusula por Tribunal Competente, y sin perjuicio de la responsabilidad civil o penal, en la que se incurra. 7. Denunciar en forma oportuna ante las autoridades correspondientes cualquier hecho o acto irregular cometido por nuestros empleados o trabajadores, socios a asociados de cual se tenga un indicio
razonable y que pudiese ser constitutivo de responsabilidad civil y/o penal. Lo anterior se extiende a los subcontratistas con los cuales el Contratista o Consultor contrate así como a los socios, asociados, ejecutivos y trabajadores de aquellos. El incumplimiento de cualquiera de los enunciados de esta cláusula dará lugar a. De parte de Contratista o Consultor: i A la inhabilitación para contratar con el Estado, sin perjuicio de las responsabilidades que pudieren deducírsele. ii. A la aplicación al trabajador, ejecutivo, representante, socio, asociado o apoderado que haya incumplido esta Cláusula, de las sanciones o medidas disciplinarias derivadas del régimen laboral, en su caso entablar las acciones legales que correspondan. b. De parte del Contratante: i. A la eliminación definitiva del Contratista o Consultor y a los subcontratistas responsables o que pudiendo hacerlo no denunciaron la irregularidad de su Registro de proveedores y contratistas que al efecto llevare para no ser sujeto de elegibilidad futura en procesos de contratación. ii. A la aplicación del empleado o funcionario infractor, de las sanciones que correspondan según Código de Conducta Ética del Servidor Público, sin perjuicio de exigir la responsabilidad administrativa, civil y/o penal a las que hubiere lugar. En fe de lo anterior, las partes manifiestan la aceptación de los compromisos adoptados en el presente documento, bajo el entendido que esta Declaración forma parte integral del contrato, firmando voluntariamente para constancia.
DECIMA
CUARTA: ACEPTACIÓN DE CONDICIONES. Ambas partes aceptan los términos del presente contrato, comprometiéndose al fiel cumplimiento del mismo.
En fe de lo cual, firman el presente Contrato en la Ciudad de Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central a los xxx días del mes de xxx del año xxx.
POR EL CONTRATANTE: POR EL CONSULTOR:
Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxx Corrales | XXXXXXXXXXX | |
El Contratante | El Consultor |
Xxxxx xx Xxxxxx
Xxxxx 0: Términos de referencia y alcance de los Servicios
Anexo 2: Política Antifraude, Anticorrupción y Otras Prácticas Prohibidas del BCIE
ANEXO 1: TERMINOS DE REFERENCIA
“ESPECIALISTA SOCIAL”
Los TdR aquí insertados son los ya negociados y aceptados por ambas partes.
ANEXO 2: POLÍTICA ANTIFRAUDE, ANTICORRUPCIÓN Y OTRAS PRÁCTICAS PROHIBIDAS DEL BCIE
De conformidad con lo establecido en el acápite IX de la Carta Complementaria No.04/2018 Procedimiento para el Desembolso de Recursos xxx Xxxxxxxx “BCIE No.2116” a través de un Fondo Rotatorio, suscrita entre el Banco Centroamericano de Integración Económica y la República de Honduras para la ejecución del “Proyecto Construcción xxx Xxxxxxxx Logístico Villa de San Xxxxxxx – Goascorán, Xxxxxxxxx XX x XXX”, xx xx Xxxxxxxxx xx Xxxxxxxx, financiado mediante el Contrato xx Xxxxxxxx No.2116, el Contratante y el Consultor, acuerdan observar, además de lo establecido en la cláusula décima tercera del Contrato, las siguientes disposiciones, en materia de antifraude, anticorrupción y otras prácticas prohibidas:
A. Prácticas Prohibidas:
El BCIE ha establecido un Canal de Reportes como el mecanismo para denunciar e investigar irregularidades, así como la comisión de cualquier Práctica Prohibida, en el uso de los fondos del BCIE o de los fondos administrados por éste.
Para efectos del presente contrato, entiéndase por Prácticas Prohibidas las siguientes:
i. Las señaladas en los literales a) y b) de la cláusula décima tercera del Contrato.
ii. Práctica Fraudulenta: Cualquier hecho u omisión, incluyendo la tergiversación de hechos y circunstancias, que deliberadamente o por negligencia, engañe o intente engañar a alguna parte para obtener un beneficio financiero o de otra índole, propio o de un tercero o para evadir una obligación a favor de otra parte.
iii. Práctica Coercitiva: Consiste en perjudicar o causar daño, o amenazar con perjudicar o causar daño, de manera directa o indirecta, a cualquier parte o a sus bienes para influenciar en forma indebida las acciones de una parte.
iv. Práctica Obstructiva: Consiste en: (a) deliberadamente destruir, falsificar, alterar u ocultar pruebas materiales para una investigación, o hacer declaraciones falsas en las investigaciones, a fin de impedir una investigación sobre denuncias de prácticas corruptas, fraudulentas, coercitivas o colusorias; y/o amenazar, acosar o intimidar a cualquiera de las partes para evitar que ellas revelen el conocimiento que tienen sobre temas relevantes para la investigación, o evitar que siga adelante la investigación, o (b) emprender intencionalmente una acción para impedir físicamente el ejercicio de los derechos contractuales de auditoría y acceso a la información que tiene el BCIE.
B. Declaraciones y Obligaciones de las partes:
Las partes declaran con el propósito de prevenir la comisión de Prácticas Prohibidas, relacionadas en el literal A) anterior, lo siguiente:
Declaraciones Particulares
Las partes declaran que:
i. Conocen el Canal de Reportes del BCIE, como un mecanismo para denunciar e investigar irregularidades o la comisión de cualquier Práctica Prohibida en el uso de los fondos del BCIE o de los fondos administrados por éste.
ii. Conservarán todos los documentos y registros relacionados con actividades financiadas por el BCIE por un período xx xxxx (10) años, contados a partir de la finalización del presente contrato.
iii. A la fecha del presente contrato no se ha cometido de forma propia ni través de relacionados (funcionarios, empleados, representantes y agentes) o como cualquier otro tipo de relación análoga, en Prácticas Prohibidas.
iv. Toda la información presentada es veraz y por tanto no ha tergiversado ni ocultado ningún hecho durante los procesos de elegibilidad, selección, negociación, licitación y ejecución del presente contrato.
v. Ni ellos, ni sus directores, funcionarios, su personal, contratistas, consultores y supervisores de proyectos (i) se encuentran inhabilitados o declarados por una entidad como inelegibles para la obtención de recursos o la adjudicación de contratos financiados por cualquier otra entidad, o (ii) declarados culpables de delitos vinculados con Prácticas Prohibidas por parte de la autoridad competente.
vi. Ninguno de sus directores y funcionarios ha sido director, funcionario o accionista de una entidad (i) que se encuentre inhabilitada o declarada inelegible por cualquier otra entidad, (ii) o haya sido declarado culpable de un delito vinculado con Prácticas Prohibidas por parte de la autoridad competente.
Obligaciones de las Contrapartes
Son obligaciones de las Contrapartes las siguientes:
i. No incurrir en ninguna Práctica Prohibida en los programas, proyectos u operaciones financiados con fondos propios del BCIE o fondos administrados por éste.
ii. Reportar durante el proceso de selección, negociación y ejecución del contrato, por medio del Canal de Reportes, cualquier irregularidad o la comisión de cualquier Práctica Prohibida relacionada con los proyectos financiados por el BCIE o con los fondos administrados por éste.
iii. Reembolsar, a solicitud del BCIE, los gastos o costos vinculados con las actividades e investigaciones efectuadas en relación con la comisión de Prácticas Prohibidas. Todos los gastos o costos antes referidos deberán ser debidamente documentados, obligándose a reembolsar los mismos a solo requerimiento del BCIE en un período no mayor a noventa (90) días naturales a partir de la recepción de la notificación de cobro.
iv. Otorgar el acceso irrestricto al BCIE o sus representantes debidamente autorizados para visitar o inspeccionar las oficinas o instalaciones físicas, utilizadas en relación con los proyectos financiados con fondos propios del BCIE o administrados por éste. Asimismo, permitirán y facilitarán la realización de entrevistas a sus accionistas, directivos, ejecutivos o empleados de cualquier estatus o relación salarial. De igual forma, permitirán el acceso a los archivos físicos y digitales relacionados con dichos proyectos u operaciones, debiendo prestar toda la colaboración y asistencia que fuese necesaria, a efectos que se ejecuten adecuadamente las actividades previstas, a discreción del BCIE.
v. Atender en un plazo prudencial las consultas relacionadas con cualquier, indagación, inspección, auditoría o investigación proveniente del BCIE o de cualquier investigador, agente, auditor, o consultor apropiadamente designado, ya sea por medio escrito, virtual o verbal, sin ningún tipo de restricción.
vi. Atender y observar cualquier recomendación, requerimiento o solicitud emitida por el BCIE o a cualquier persona debidamente designada por éste, relacionada con cualesquiera de los aspectos vinculados a las operaciones financiadas por el BCIE, su ejecución y operatividad.
Las Declaraciones y Obligaciones efectuadas por las Contrapartes contenidas en este literal C son veraces y permanecerán en vigencia desde la fecha de firma del presente contrato hasta la fecha en que finalice el mismo.