BASES PARA LA CONTRATACIÓN SERVICIO DE LIMPIEZA Y MANTENIMIENTO LOCALES PERIODO 2023-2024 FONDO DE EMPLEADOS DEL BANCO DE LA NACIÓN – FEBAN
BASES PARA LA CONTRATACIÓN SERVICIO DE LIMPIEZA Y MANTENIMIENTO LOCALES
PERIODO 2023-2024 FONDO DE EMPLEADOS DEL BANCO DE LA NACIÓN – FEBAN
EMPRESA CONVOCANTE
Nombre: Fondo de Empleados del Banco de la Nación - FEBAN.
RUC Nº: 20122794424
DOMICILIO LEGAL
Av. Xxxxxx Xxxxx Xxxx X.x 0000 Xxx Xxxxx - Xxxx.
OBJETIVO DE LA CONTRATACIÓN
El presente procedimiento de selección tiene como objeto de contratación de: el servicio: “LIMPIEZA Y MANTENIMIENTO LOCALES PERIODO 2023-2024 FONDO DE EMPLEADOS DEL BANCO DE LA NACIÓN – FEBAN”, en nuestros locales descritos en el anexo 05 adjunto.
CRONOGRAMA
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Convocatoria de participantes
07/junio/2023
Presentación de consultas a las bases
09/junio/2023
Absolución de consultas a las bases
13/junio//2023
Presentación de Propuestas
16/junio/2023
Evaluación de Propuestas
19/junio/2023
Otorgamiento de la Buena Pro
19/junio/2023
La presentación de consultas a las bases deberá ser enviada vía correo electrónico xxxxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxx.xxx, hasta las 17:30 horas.
La presentación de propuestas deberá realizarse de forma física en original y una (01) copia, así como también en formato digital en USB en cada sobre de las propuestas originales (Técnica y económica), en la mesa de partes del FEBAN sito en la Av. Xxxxxx Xxxxx Xxxx 0000 xxxx 00, en la fecha indicada siendo la hora límite de presentación las 17.30 horas.
Se deberá entregar en dos sobres sellados por duplicado:
Sobre 1 – Propuesta Técnica
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Señores
FONDO DE EMPLEADOS DEL BANCO DE LA NACIÓN - FEBAN
Av. Xxxxxx Xxxxx este 2499 - San Xxxxx
Atención: Comité de Compras FEBAN
CONVOCATORIA
CONTRATACIÓN SERVICIO DE LIMPIEZA Y MANTENIMIENTO LOCALES PERIODO 2023-2024 FONDO DE EMPLEADOS DEL BANCO DE LA NACIÓN – FEBAN
SOBRE 01 : PROPUESTA TÉCNICA
NOMBRE / RAZÓN SOCIAL DEL POSTOR
Sobre 2 – Propuesta Económica
-
Señores
FONDO DE EMPLEADOS DEL BANCO DE LA NACIÓN - FEBAN
Av. Xxxxxx Xxxxx este 2499 - San Xxxxx
Atención: Comité de Compras FEBAN
CONVOCATORIA
CONTRATACIÓN SERVICIO DE LIMPIEZA Y MANTENIMIENTO LOCALES PERIODO 2023-2024 FONDO DE EMPLEADOS DEL BANCO DE LA NACIÓN – FEBAN
SOBRE 02 : PROPUESTA ECONÓMICA
NOMBRE / RAZÓN SOCIAL DEL POSTOR
TÉRMINOS DE REFERENCIA Y REQUISITOS TÉCNICOS MÍNIMOS PARA LA “CONTRATACIÓN SERVICIO DE LIMPIEZA Y MANTENIMIENTO LOCALES
PERIODO 2023-2024– FEBAN”
Los presentes requisitos técnicos mínimos tienen como objeto señalar y establecer las condiciones mínimas bajo las cuales se contratará una empresa para el servicio de limpieza y mantenimiento de los locales del FEBAN.
ALCANCE DEL SERVICIO
El servicio comprende:
Brindar el servicio de limpieza y mantenimiento de los locales de FEBAN de acuerdo a los requerimientos técnicos mínimos solicitados
REQUISITOS TÉCNICOS MÍNIMOS
Adicionalmente a lo que las bases del concurso y sus factores de evaluación requieran, el postor deberá acreditar lo siguiente:
Persona jurídica.
Los postores deberán acreditar experiencia no menor de tres (03) años respecto a servicios de naturaleza similar a la convocada; caso contrario serán descalificados
VALOR PROPUESTO
El valor estimado para el servicio a nivel nacional anual incluye tributos, gastos generales, utilidades, seguros, transportes, inspecciones, pruebas, útiles de limpieza y xxxx, de ser el caso, los costos laborales conforme a la legislación vigente; así como cualquier otro concepto que pueda tener incidencia sobre el presupuesto base o valor estimado, a excepción de aquellos que gocen de exoneraciones legales.
FORMA DE PAGO
El pago se realizará dentro de los 15 días calendarios desde que se emite la factura y con la respectiva conformidad del Área o Unidad Usuaria del FEBAN.
PLAZO DE CONTRATACIÓN DEL SERVICIO
El plazo de contratación del servicio de limpieza y mantenimiento será de 12 meses, del 01 de julio del 2023 al 30 xx xxxxx del 2024, computados desde el día siguiente de la firma de contrato sujeto a renovación automática previo acuerdo de las partes.
REQUERIMIENTOS TÉCNICOS
2.1.- DE LAS CARACTERÍSTICAS DE LA EMPRESA
La empresa deberá contar con operarios con experiencia en diversos sistemas de limpieza debidamente capacitados.
Con autorizaciones y registros del MINISTERIO DE TRABAJO Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO
Antecedentes y seguimiento del personal sometido a diferentes pruebas periódicas sobre su conducta y comportamiento en el trabajo. (Declaración Jurada)
Teléfono y correo electrónico de la empresa (página Web – no obligatorio)
Remisión de Cartera de clientes actuales dentro de los tres últimos años.
Contar con una Central de Comunicaciones que monitoree el servicio de limpieza y mantenimiento.
Contar con un jefe supervisor que realice las rondas físicas de supervisión por todos los locales en forma inopinada y continua.
Envió de registro semanal de las rondas de supervisión realizadas en el puesto, mínimo 2 rondas semanales.
Deberá tener un personal de contingencia si es que el personal titular en el puesto no asistiera a sus labores.
La empresa deberá de abastecer y asumir el costo de los EPP COVID -19 para su personal a destacar de acuerdo a sus protocolos del Plan de vigilancia y seguridad del trabajo aprobado por MINSA.
La empresa deberá suministrar los útiles de limpieza de calidad, previa aprobación del FEBAN. (Anexo 9)
La empresa deberá de cotizar por todos los locales solicitados de acuerdo al anexo 5.
2.2.- EXPERIENCIA Y PERFIL DEL POSTOR DE LA EMPRESA
Los postores deberán acreditar experiencia no menor de tres (03) años respecto a servicios de naturaleza similar a la convocada; caso contrario serán descalificados
2.3.- HORARIOS DE SERVICIO
Los horarios del servicio se detallan en el Anexo 5, los mismos que estarán sujeto a cambios de parte del FEBAN lo cual será debidamente informado.
2.4.- PERFIL DEL PERSONAL SOLICITADO
El personal de limpieza solicitado y destacado deberá acreditar lo siguiente:
Grado de instrucción : Secundaria completa como mínimo
Edad : De 18 hasta 55 años
Sexo : Masculino o femenino
Estado de salud : Buena salud física y mental
Sin antecedentes penales, judiciales, ni policiales
Contar con Carnet de Sanidad con antigüedad no mayor a 3 meses.
Contar con uniforme y debidamente identificado.
Tener experiencia mínima de 12 meses en limpieza de edificios, oficinas centro de salud y/o clubs de esparcimiento según sea el caso.
2.5.- CUADRO DE REQUERIMIENTO DE PERSONAL EN NUESTRAS INSTALACIONES
Ver Anexo 5
2.6 OTRAS CONSIDERACIONES PARA LA EJECUCIÓN DE LA OBLIGACIÓN
2.6.1 Otras Obligaciones del Contratista
Para la firma de contrato, el Contratista debe presentar la relación de todo el personal propuesto detallado en el anexo 05, consignando: (i) nombre y apellidos completos, (ii) DNI, (iii) grado de instrucción, edad, años de experiencia en el servicio, N° de carné de identidad y demás datos que consideren necesarios para su identificación.
Queda precisado que no existe relación laboral, entre el FEBAN y el personal del contratista, siendo este último responsable del pago de sus remuneraciones, beneficios sociales, compensaciones por el tiempo de servicios, condiciones de trabajo, accidentes de trabajo y cualquier otro derecho que pudiera corresponderle. El FEBAN podrá incrementar o reducir el número de operarios de acuerdo a sus necesidades.
Al FEBAN no le corresponderá ninguna responsabilidad en caso de accidentes, daños, mutilaciones, invalidez o muerte de los trabajadores del Contratista o daños ocasionados a terceras personas que pudieran ocurrir con la ejecución del contrato.
Los costos directos e indirectos en que se incurre para la prestación del servicio son de exclusiva responsabilidad del Contratista, como: sueldos, gratificaciones, vacaciones, beneficios sociales, licencias, CTS, Impuesto Extraordinario de Solidaridad, Renta, IGV, pago oportuno de AFP, ESSALUD y cualquier otra obligación laboral, tributaria, impuesto o beneficio creado de acuerdo con la Ley.
El pago oportuno al personal del Contratista que labore bajo el Régimen Laboral de la Actividad Privada, no se verá afectado a pesar de que puedan existir razones de fuerza mayor (huelgas, paros, conmoción civil, u otros). De ocurrir retrasos se aplicará la penalidad correspondiente.
El Contratista asumirá responsabilidad en casos de daños o perjuicios sobre los bienes del FEBAN cuando no actúe con la diligencia ordinaria (incumplimiento de prestaciones contractuales), la cual será establecida por el área o responsable de seguridad del FEBAN y notificada al Contratista, a fin de que presente los descargos que corresponda en un plazo no mayor xx xxxx (10) días calendario, y luego de su evaluación, el FEBAN procederá a determinar la responsabilidad y de ser el caso aplicará los gastos generados en una o más facturas pendientes de pago, de acuerdo con los precios vigentes en el mercado, esto sin perjuicio de la denuncia policial que el FEBAN pueda plantear.
El Contratista se compromete a cumplir con las Leyes N° 29783 y N° 30222 y sus respectivos Reglamentos relacionados a temas de Seguridad y Salud en el Trabajo.
El FEBAN se reserva el derecho de solicitar al Contratista el cambio de personal designado, cuando a su juicio den muestra de indisciplina o incapacidad técnica para el desempeño de su trabajo, caso en el cual el Contratista atenderá el requerimiento de inmediato, tal circunstancia obliga al Contratista a asignar nuevo personal con igual o mejor perfil que los requeridos.
Asimismo, el FEBAN por la necesidad del servicio podrá solicitar que el personal asignado de los locales del anexo 05 puedan rotar o ser designados a otras sedes.
Es responsabilidad del Contratista comunicar toda incidencia al Área o responsable de Seguridad y Transporte de forma inmediata.
Es responsabilidad del contratista atender todo requerimiento de información sobre el servicio solicitado por el FEBAN.
2.6.2 Subcontratación
El Contratista, queda prohibido de subcontratar el servicio.
2.6.3 Confidencialidad de la Información
2.6.3.1 EL CONTRATISTA se obliga a tomar todas las medidas y precauciones razonables para que sus trabajadores y en general con cualquier persona con la que tenga relación al servicio contratado, no divulgue a ningún tercero los documentos o información a los que tengan acceso, haciéndose responsables por la divulgación no autorizada que se pueda producir y asumiendo el pago de la indemnización por daños y perjuicios. Estas medidas incluyen, aunque no se limitan a:
Poner en disposición la información confidencial sólo a un número restringido de personas;
Permitir que sus trabajadores, agentes o terceros, accedan a la información confidencial sólo hasta donde sea necesario para la prestación de los servicios;
Exigir a su personal o trabajadores como condición previa al acceso a la información confidencial que se obliguen por escrito a respetar esta cláusula de confidencialidad.
2.6.3.2 El compromiso de confidencialidad se prolonga por un período de 10 años después de terminado el servicio, y se hace extensivo al personal que el proveedor subcontrate aun cuando hayan dejado de tener vínculo laboral con el proveedor.
2.6.3.3 EL CONTRATISTA reconoce que la información que se le entregue procese, facilite o genere en razón a su desempeño y/o ejecución del presente contrato, se considera un activo de información del FEBAN, por consiguiente, el proveedor se obliga a:
Mantener en confidencial dicha información, sin divulgarla, ni entregarla, directa o indirectamente a terceros, sean personas naturales o jurídicas.
No usarla para cualquier otro fin que no sea en relación con la prestación de los servicios; ni obtener un beneficio propio o de terceros de ella.
No entregarla o revelarla, de manera total o parcial, pública o privada, a ninguna persona sea en el Perú como en el extranjero, sin el consentimiento escrito previo del FEBAN, aun cuando se encuentre obligado con alguna de las partes por un acuerdo de confidencialidad similar; salvo a los empleados de cada una de ellas o de cualquier otra persona que se encuentre en una relación contractual o de confianza con el proveedor y que requiera dicha información para utilizarla para asuntos relacionados con los servicios contratados.
2.6.3.4 El CONTRATISTA debe asegurar de que toda la Información Confidencial sea usada para el exclusivo beneficio de los servicios que se prestan en virtud del contrato. Por tal razón, la violación de cualquiera de las disposiciones establecidas en esta cláusula obligará al proveedor a indemnizar todos los perjuicios directos que cause con motivo de ello y, de caso ser necesario, a resolver de manera automática el contrato.
2.6.3.5 Se considera como violación de la confidencialidad y, por tanto, una conducta desleal, la divulgación o explotación sin autorización de la otra parte, de la información a la que tendrá acceso legítimamente, pero con deber de reserva.
2.6.3.6 Se entiende que la obligación asumida está referida no sólo a documentos e informaciones señalados por la otra parte como "confidenciales" sino a todos los documentos e informaciones que, debido al referido intercambio, pueda ser conocida por cualquier medio, incluyendo, sin limitarse a ella, a programas de cómputo, nombres de clientes, estrategias financieras o comerciales, etc.
2.6.3.7 EL CONTRATISTA se obliga a mantener y guardar en estricta reserva y absoluta confidencialidad todos los documentos e informaciones que reciban del FEBAN, durante las negociaciones y ejecución del servicio.
2.6.3.8 Para la prestación del servicio el CONTRATISTA se compromete a firmar un acuerdo de confidencialidad de la información
2.6.3.9 El contratista se compromete a mantener en reserva, y no revelar a tercero alguno sin previa conformidad escrita del FEBAN, toda información que le sea suministrada por este último, excepto en cuanto resultare estrictamente necesario para el cumplimiento del contrato, y que restringirá la revelación de dicha información sólo a sus empleados y subcontratistas, sobre la base de "necesidad de conocer".
2.6.3.10 El contratista se compromete (excepto que la Ley dispusiera lo contrario o resultare necesario para obtener consejo profesional en relación con este Contrato) a no revelar ni permitir la revelación de cualquier detalle a los medios de prensa o a terceros, a no revelar que el FEBAN es cliente del contratista, y a no usar el nombre del FEBAN en cualquier promoción, publicidad o anuncio, sin previa autorización escrita.
2.6.3.11 El FEBAN facilitará al contratista toda la información que de común acuerdo ambas partes consideren necesaria para la prestación de los servicios y/o ejecución de los trabajos requeridos, señalando aquella que, en su opinión, no tenga carácter confidencial.
2.6.3.12 Por el presente instrumento, el Contratista se obliga a guardar estricta reserva, confidencialidad y secreto respecto de la información que el FEBAN le proporcione, así como de la información que procesa o de la cual tome conocimiento, sea voluntaria o involuntariamente, con ocasión y a consecuencia de la prestación del servicio contratado, o por error de quien se la provee, bajo cualquier modalidad o vía de acceso, y aquella obtenida o producida por el Contratista (informes o entregables) para el FEBAN en razón de la prestación del servicio, siendo su compromiso formal utilizar dicha información exclusivamente para la prestación del servicio contratado y de ningún modo en perjuicio del FEBAN, y se obliga a adoptar todas las acciones necesarias, incluidas aquellas que corresponda frente a sus clientes y a su personal, a efectos de que la información suministrada por el FEBAN o a la que el Contratista tuviere acceso, se mantenga en absoluta reserva.
CAPITULO III
EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS
3.1 EVALUACIÓN DE PROPUESTAS
La evaluación de propuestas se realizará en dos (2) etapas: La evaluación técnica y la evaluación económica.
Los máximos puntajes asignados a las propuestas son las siguientes:
Propuesta Técnica : 100 puntos
Propuesta Económica : 100 puntos
3.1.1 Evaluación Técnica
Se verificará que la propuesta técnica cumpla con los requerimientos técnicos solicitados en el archivo Requisitos_Servicios_Prop_Técnica_Sobre_01.docx. Los documentos de la propuesta técnica son obligatorios.
Sólo a aquellas propuestas admitidas, el Comité de Compras les aplicará los factores de evaluación previstos en las Bases y asignará los puntajes correspondientes, conforme a los criterios establecidos para cada factor.
Las propuestas técnicas que no alcancen el puntaje mínimo de setenta (70) puntos, serán descalificadas en esta etapa y no accederán a la evaluación económica.
3.1.2 Evaluación Económica
No se considerarán, las propuestas económicas cuyo monto supere el valor estimado salvo que el postor acepte reducir su oferta económica y se encuentre en mejor posición respecto a los demás postores.
El monto total de la propuesta económica deberá ser expresado hasta con dos decimales en números y letras.
La evaluación económica consistirá en asignar el puntaje máximo establecido a la propuesta económica de menor monto o en su defecto el precio estimado. Al resto de propuestas se les asignará puntaje inversamente proporcional, según la siguiente fórmula:
Pi = Om x PMPE
Oi
Donde:
i = Propuesta
Pi = Puntaje de la propuesta económica i
Oi = Propuesta Económica i
Om = Propuesta Económica del menor monto o precio estimado
PMPE = Puntaje Máximo de la Propuesta Económica
CAPITULO IV
CRITERIOS DE EVALUACIÓN
4.1 GENERALIDADES
La Buena Pro se adjudicará a la propuesta que obtenga el mayor puntaje total.
La evaluación de las propuestas es integral, realizándose en dos (2) etapas: Evaluación de la Propuesta Técnica y la Evaluación Propuesta Económica. El máximo puntaje a obtener será de 100 puntos.
4.2 PRIMERA ETAPA: EVALUACIÓN TÉCNICA (Puntaje Máximo: 100 Puntos)
La evaluación Técnica comprende dos (2) etapas: admisión y calificación.
4.2.1. ADMISIÓN:
Se verificará que la propuesta técnica cumpla con los requerimientos técnicos solicitados en el archivo Requisitos_Servicios_Prop_Técnica_Sobre_01.docx.
CALIFICACIÓN: (Puntaje Máximo 100 Puntos)
Se asignará puntaje a la propuesta, de acuerdo a los criterios que se señalan a continuación:
4.2.2.1 Acreditación de experiencia de la empresa (Puntaje Máximo 60 puntos):
La experiencia en la especialidad se calificará considerando el monto facturado en los servicios realizados, en los últimos seis (6) años, desde el 1 xx xxxx del 2017.
La experiencia del postor en la especialidad se acreditará con copia simple de:
Contratos u órdenes de servicios, y su respectiva conformidad o constancia de prestación; o
Comprobantes de pago cuya cancelación se acredite documental y fehacientemente, con voucher de depósito, nota de abono, reporte de estado de cuenta, cualquier otro documento emitido por Entidad del sistema financiero que acredite el abono.
La calificación se realizará de acuerdo a la tabla siguiente:
-
Suma total de los montos de los puntos (i) y/o (ii)
Puntaje Total
Igual o mayor a S/ 1,200,000.00
Igual o mayor a S/ 900,000.00
Igual o mayor a S/ 600,000.00
60 puntos
40 puntos
30 puntos
4.2.2.2 Experiencia del Postor (Puntaje Máximo 40 puntos):
Los años de experiencia del servicio serán contados con las copias de los documentos registrados mencionados en el punto 4.2.2.1 y registrados en el Anexo 4.
Más de 5 años 40.00 puntos
Más de 3 a 5 años 30.00 puntos
3 años 20.00 puntos
SEGUNDA ETAPA: EVALUACIÓN ECONOMICA (Puntaje Máximo: 100 Puntos)
No se considerarán, las propuestas económicas cuyo monto supere el valor estimado salvo que el postor acepte reducir su oferta económica y se encuentre en mejor posición respecto a los demás postores.
El monto total de la propuesta económica deberá ser expresado hasta con dos decimales en números y letras.
La evaluación económica consistirá en asignar el puntaje máximo establecido a la propuesta económica de menor monto o en su defecto el precio estimado. Al resto de propuestas se les asignará puntaje inversamente proporcional, según la siguiente fórmula:
Pi = Om x PMPE
Oi
Donde:
i = Propuesta
Pi = Puntaje de la propuesta económica i
Oi = Propuesta Económica i
Om = Propuesta Económica del menor monto o precio estimado
PMPE = Puntaje Máximo de la Propuesta Económica
DETERMINACIÓN DEL PUNTAJE TOTAL
Una vez calificadas las propuestas durante la evaluación técnica y económica se determinará el puntaje total de las mismas. El puntaje total de las propuestas será el promedio ponderado de ambas evaluaciones, obtenido de la siguiente fórmula:
PTPi = c1 PTi + c2 PEi
Donde:
PTPi = Puntaje total del postor i
PTi = Puntaje por evaluación técnica del postor i
PEi = Puntaje por evaluación económica del postor i
c1 = Coeficiente de ponderación para la evaluación técnica = 0.70
c2 = Coeficiente de ponderación para la evaluación económica = 0.30
DETERMINACIÓN DEL POSTOR GANADOR EN CASO DE EMPATE
En el supuesto que dos o más propuestas empaten, el otorgamiento de la buena pro se efectuará observando estrictamente el siguiente orden:
A favor del postor que haya obtenido el mejor puntaje técnico.
A través del sorteo, el mismo que será verificado y certificado por el Comité, representante de la Unidad de Auditoría Interna y los postores participantes que obtuvieron el mismo puntaje total.
CAPITULO V
OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO
5.1. OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO
Se otorgará la buena pro al postor que obtenga el mayor puntaje total.
5.2. COMUNICACIÓN DE LA BUENA PRO
El otorgamiento de la buena pro será notificado a todos los postores por la misma vía en que se realizó la convocatoria, adjuntado el acta de otorgamiento de la buena respectiva.
Al respecto, se elaborará el acta de otorgamiento de la buena pro correspondiente
5.3. DOCUMENTOS OBLIGATORIOS QUE DEBE ADJUNTAR LA EMPRESA GANADORA DEL CONCURSO PARA ELABORACIÓN DEL CONTRATO
Ficha RUC con fecha de emisión no mayor de 3 días a la presentación.
Vigencia de Poder del representante legal con facultades para suscribir el contrato (con un plazo de antigüedad no mayor a 30 días calendario a partir de la Buena Pro)
Copia literal de constitución de la empresa
DNI del representante legal
Recibos de luz y/o agua
Constancia de inscripción en el Registro Nacional de Empresas y Entidades que realizan Intermediación Laboral.
Carta Fianza a favor del Fondo de Empleados del Banco de la Nación por el 15% del valor total del servicio, que garantice el cumplimiento de las obligaciones Laborales y previsionales de los trabajadores destacados.
Relación del personal que será destacado el cual deberá estar plenamente identificado.
DEL CONTRATO
El contrato y su perfeccionamiento
El contrato debe celebrarse por escrito, cuando sea necesario elaborar un contrato, dicha elaboración estará a cargo de la unidad de Legal.
El contrato está conformado por el documento que lo contiene, los documentos del procedimiento de contratación que establezcan reglas definitivas, la oferta ganadora, así como los documentos derivados del procedimiento de contratación que establezcan obligaciones para las partes.
El contratista es responsable de realizar correctamente la totalidad de las prestaciones derivadas de la ejecución del contrato. Para ello, debe realizar todas las acciones que estén a su alcance, empleando la debida diligencia y apoyando el buen desarrollo contractual para conseguir los objetivos previstos.
Requisitos para perfeccionar el contrato
Para perfeccionar el contrato, el postor ganador de la buena pro presenta, además de los documentos previstos en los documentos del procedimiento de contratación, lo siguiente:
Garantías, cuando corresponda.
Código de cuenta interbancaria (CCI) indicando entidad financiera y el tipo de moneda.
Vigencia de poderes con una antigüedad no mayor a los treinta (30) días calendario.
Plazos y procedimiento para el perfeccionamiento del contrato
Los plazos y el procedimiento para perfeccionar el contrato son los siguientes:
Dentro del plazo de cinco (5) días hábiles siguientes a la notificación de la buena pro, el postor ganador presenta los requisitos para perfeccionar el contrato.
En un plazo que no puede exceder de los tres (3) días hábiles siguientes de presentados los documentos la unidad de Logística del FEBAN solicitará a la unidad Legal la redacción del respectivo contrato, teniendo la unidad Legal el plazo de cuatro (4) días hábiles para la elaboración y entrega de este a la unidad solicitante para el trámite de suscripción del contrato. Asimismo, en relación con la notificación de la orden de compra o de servicio, según corresponda, la unidad de Logística tendrá un plazo de tres (3) días hábiles para su materialización, contabilizados desde la firma del contrato respectivo.
Cuando no se perfeccione el contrato, por causa imputable al postor, este pierde automáticamente la buena pro, en tal supuesto, la unidad de Logística, en un plazo máximo de un (1) día hábil, requiere al postor que ocupó el segundo lugar que presente los documentos para perfeccionar el contrato en el plazo previsto en el literal a), si dicho postor no perfecciona el contrato, la unidad de Logística declara desierto el procedimiento de contratación.
Plazo de ejecución contractual
El plazo de ejecución contractual se inicia al día siguiente del perfeccionamiento del contrato, o desde la fecha que se establezca en el contrato o desde la fecha en que se cumplan las condiciones previstas en el contrato, según sea el caso.
Responsabilidad de FEBAN
El FEBAN es responsable frente al contratista de las modificaciones que ordene y apruebe en los proyectos, estudios, informes o similares o de aquellos cambios que se generen debido a la necesidad de la ejecución de estos.
Garantías
Las garantías que deben otorgar los ganadores de la buena pro y/o contratistas, según corresponda, son las de fiel cumplimiento del contrato.
El tipo de garantía que corresponde sea otorgado por el postor y/o contratista, puede ser:
Carta fianza y/o póliza de caución emitidas por entidades bajo la supervisión de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP.
Cheque de gerencia no negociable, cheques en blanco.
Certificado de depósito judicial / administrativo.
Las garantías deben ser incondicionales, solidarias, irrevocables y de realización automática en el país.
Garantía de fiel cumplimiento
Como requisito indispensable para perfeccionar un contrato de ejecución y supervisión de obras o servicios, el postor ganador entrega a FEBAN una garantía de fiel cumplimiento de este por una suma equivalente quine por ciento (15%) del monto del contrato original. Esta se mantiene vigente hasta 31 de julio del 2024.
Ejecución de las garantías
Las garantías se ejecutan en los siguientes supuestos:
Cuando el contratista no las hubiera renovado antes de los siete (7) días calendarios de su vencimiento.
La garantía de fiel cumplimiento se ejecuta, en su totalidad, cuando la resolución por la cual, el FEBAN resuelve el contrato por causa imputable al contratista haya quedado consentida o cuando por laudo arbitral o judicial se declare procedente la decisión de resolver el contrato, En estos supuestos, el monto de la garantía corresponde íntegramente al FEBAN, independientemente de la cuantificación del daño efectivamente irrogado.
Igualmente, la garantía de fiel cumplimiento se ejecuta cuando transcurridos tres (3) días hábiles de haber sido requerido por el FEBAN, el contratista no hubiera cumplido con pagar el saldo a su cargo establecido en la liquidación final del contrato. Esta ejecución es solicitada por un monto equivalente al citado saldo a cargo del contratista.
INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO
Penalidades
El contrato establece las penalidades aplicables al contratista ante el incumplimiento injustificado de sus obligaciones contractuales a partir de la información brindada por el área usuaria, las mismas que son objetivas, razonables y congruentes con el objeto de la convocatoria.
El FEBAN prevé en los documentos del procedimiento de contratación la aplicación de la penalidad por xxxx; asimismo, puede prever otras penalidades. Estos dos (2) tipos de penalidades pueden alcanzar cada una un monto máximo equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato vigente.
Estas penalidades se deducen de los pagos a cuenta, de las valorizaciones, del pago final o en la liquidación final, según corresponda; o si fuera necesario, se cobra del monto resultante de la ejecución de la garantía de fiel cumplimiento.
PENALIDADES E INDEMNIZACIÓN
INCUMPLIMIENTO |
PENALIDAD |
DE LOS OPERARIOS |
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S/. 100.00 y retiro del operario inmediatamente |
DE LA EMPRESA |
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S/. 100.00 y retiro del operario inmediatamente. |
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S/. 100.00 al detectar la situación y se comunica al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo. |
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S/. 100.00 por visita |
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S/. 100.00 hasta por cada hora. |
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S/. 100.00 y retiro del operario inmediatamente |
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El contrato se podrá resolver con 30 días de anticipación y con una indemnización ejecutando la carta fianza. |
El FEBAN puede resolver automáticamente el contrato en mérito del artículo 1430 del código civil en los siguientes casos:
Cuando el contratista, incumpla injustificadamente obligaciones contractuales o a su cargo, pese a haber sido requerido para ello.
Cuando el contratista paralice o reduzca injustificadamente la ejecución de la prestación, pese a haber sido requerido para corregir tal situación.
Cuando el contratista, no cuente con la capacidad económica y técnica para continuar de manera regular con la prestación, con el servicio o con la ejecución de la obra.
Cuando el contratista haya llegado a acumular el monto máximo de la penalidad por mora.
El contratista puede solicitar la resolución del contrato en los casos en que el FEBAN incumpla injustificadamente con el pago y/u otras obligaciones esenciales a su cargo, pese a haber sido requerida para ello.
Cualquiera de las partes puede resolver el contrato por caso fortuito, fuerza mayor o por acuerdo de las partes, debidamente justificado y comprobado.
SEGUROS
Con relación a este concepto, se deberá de considerar los siguientes tipos de seguros:
Declaración Jurada de tener vigente y pagado un Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo, Pensiones y Salud, que incluya a todos los operarios en concordancia con lo dispuesto en la Ley N° 26790 y Decreto Supremo N° 003-98-SA”.
CONFIDENCIALIDAD
El proveedor deberá comprometerse a guardar la más absoluta reserva sobre los datos, infraestructura u otros del proyecto, así como también, deberá comprometerse a abstenerse, sin la respectiva autorización escrita del Feban a facilitar información a terceros bajo responsabilidad.
FACTURACIÓN Y PAGOS
El FEBAN debe pagar las contraprestaciones pactadas a favor del contratista dentro de los quince (15) días calendario siguiente a la conformidad del servicio, siempre que se verifiquen las condiciones establecidas en el contrato. El FEBAN realizará el pago de la contraprestación pactada a favor del contratista en soles (S/) de manera mensual en función a la prestación ejecutada de acuerdo con el detalle de los Anexo 05, de acuerdo con el plan y/o cronograma mensualizado de trabajo ofertado y aprobado por el área o responsable de seguridad del FEBAN, luego de la recepción formal y completa de la documentación correspondiente, de acuerdo al siguiente detalle:
Carta dirigida al área o responsable de seguridad del FEBAN.
Acta de Conformidad debidamente suscrita por el área o responsable de seguridad del FEBAN.
Comprobante de pago.
El Contratista se obliga a adjuntar mensualmente a sus facturas copia de la Boleta de pago, copia de los comprobantes de pago del mes anterior de las obligaciones por leyes sociales (AFP; ESSALUD, gratificaciones vacaciones) en el que demuestren estar al día en el pago de su trabajador. Referente a la compensación por tiempo de Servicios (CTS) no se acepta que la misma compañía contratista sea la depositaria por lo que presentará copia de la constancia de último deposito CTS efectuado al banco de acuerdo con la normativa vigente.
Nota: Los pagos que el FEBAN deba realizar al contratista están en relación directa a la estructura de costos presentada por este último.
Dicha documentación se debe presentar en trámite documentario de la oficina principal del FEBAN, sito Xx Xxxxxx Xxxxx xxxx 0000 xxxx 00 - Xxx Xxxxx — Xxxx, en horario de 9:30 horas a 16:30 horas de lunes a viernes (días laborables).
Pago del primer mes de servicio
Adicionalmente, para el pago del primer mes del servicio, el Contratista debe presentar la totalidad de los siguientes documentos:
Copia simple del documento que acredite la presentación del contrato suscrito con la Entidad ante la Autoridad Administrativa de Trabajo.
Copia simple de los contratos suscritos con los trabajadores destacados a la Entidad.
Pagos a partir del segundo mes de servicio
A fin de verificar el cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales por parte del Contratista, en mérito a lo establecido en el D.S. N° 003-2002-TR, a partir del segundo mes de servicio, El Contratista debe presentar obligatoriamente los siguientes documentos:
Copia de la Planilla Mensual de Pagos — XXXXX del mes anterior y constancia de presentación.
Copia de la planilla de aportes previsionales cancelado del mes anterior.
Copia de las boletas de pago del mes anterior, de todos los trabajadores destacados a la Entidad, así como la respectiva copia del documento de depósito bancario que acredite el pago.
Copia de los documentos que acrediten el depósito de la CTS y pago de gratificaciones, cuando corresponda.
Pago del último mes de servicio
Para el pago del último mes de servicio, el Contratista debe presentar los documentos señalados en el subtítulo precedente, tanto del mes anterior como del mes en que se realiza el último pago.
CAPITULO VII
DISPOSICIONES FINALES
Para el caso que el gobierno incremente la Remuneración mínima Vital (RMV), asignación familiar u otros beneficios para el trabajador que produzca variación en los componentes de la estructura de costos, se considerara el reajuste económico solo para estos casos generando una adenda al contrato.
Todos los demás aspectos del presente proceso de selección no contemplados en las bases, se regirán por las disposiciones legales vigentes.