ORDENANZA Nº 12.646/19.-
XXXXXXX XXXXXXXXXXX XXX XXXXXX XX XXX XXXXX
XXXXXXXXX Xx 12.646/19.-
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN XXXXXX DE LOS ANDES SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA
ARTÍCULO 1º.- APRUÉBASE el pliego de Bases y Condiciones Generales y Particulares para el llamado a Licitación Pública Nacional del Programa de selección de contratistas por asociación público-privada N° 01/19 – Residuos Sólidos Urbanos- “Proyecto de Implementación de Sistema de Transferencia de Residuos Sólidos Urbanos y Tratamiento Integral de Residuos Orgánicos en San Xxxxxx de los Andes”, el que forma parte de la presente como Anexo I.-
ARTÍCULO 2º.- AUTORÍZASE al Departamento Ejecutivo a efectuar el llamado a Licitación Pública para otorgar el “Proyecto de Implementación de Sistema de Transferencia de Residuos Sólidos Urbanos y Tratamiento Integral de Residuos Orgánicos en San Xxxxxx de los Andes”.-
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal.-
Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, Intendente Xxx Xxxxx Xxxxx, en Sesión Ordinaria Nº 26 de fecha 00 xx xxxxxxx 0000, según consta en Acta correspondiente.-
Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxx Secretaría Administrativa Concejo Deliberante | Xxxxxx Xxxxxxxxx Presidencia Concejo Deliberante |
CONCEJO DELIBERANTE SAN XXXXXX DE LOS ANDES
ANEXO I ORDENANZA N° 12.646/19
PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES GENERALES Y PARTICULARES LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL Nº ……/ 2019
PROGRAMA DE SELECCIÓN DE CONTRATISTAS
POR ASOCIACIÓN PÚBLICO PRIVADA Nº 01/2019
RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS
“Proyecto de Implementación de Sistema de Transferencia de Residuos Sólidos Urbanos y
Tratamiento Integral de Residuos Orgánicos”
SAN XXXXXX DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL NEUQUÉN, ARGENTINA
CONCEJO DELIBERANTE SAN XXXXXX DE LOS ANDES
DOCUMENTO LICITATORIO
PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES GENERALES Y PARTICULARES
“PROYECTO DE IMPLEMENTACIÓN DE SISTEMA DE TRANSFERENCIA DE RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS Y
TRATAMIENTO INTEGRAL DE RESIDUOS ORGÁNICOS,
EN SAN XXXXXX DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL NEUQUÉN, REPÚBLICA ARGENTINA”
LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL Nº ……/2019 PAIS: ARGENTINA
CONTRATANTE: MUNICIPALIDAD DE SAN XXXXXX DE LOS ANDES
UNIDAD DE CONTRATOS DE ASOCIACIÓN PÚBLICO-PRIVADA SIN PRESUPUESTO OFICIAL DETALLADO
CONCEJO DELIBERANTE SAN XXXXXX DE LOS ANDES
Contenido
SECCIÓN X. XXXXXX DE BASES Y CONDICIONES GENERALES 9
ARTÍCULO 1°: OBJETO Y MODALIDAD 9
1.2. Licitación Pública Nacional. Etapa Múltiple 9
ARTÍCULO 3°: DISCRECIONALIDAD DE LA Autoridad Convocante 14
ARTÍCULO 4°: VISTA, RETIRO Y CONSULTAS AL PLIEGO. ACCESO A LA INFORMACIÓN 14
4.1. Vista y retiro de pliegos 15
4.2. Consultas relativas al PLIEGO 15
4.3. Acceso a la información 15
4.4. Limitaciones de responsabilidad 16
4.5. Debida diligencia e información 17
ARTÍCULO 5°: CIRCULARES ACLARATORIAS Y MODIFICATORIAS AL PLIEGO 17
5.1. Circulares aclaratorias 17
5.2. Circulares modificatorias 18
5.3. Circulares por las que únicamente se suspenda o se prorrogue la fecha de apertura o la de presentación de las ofertas 18
6.1. Capacidad para ser oferentes 18
6.2. Representante de los oferentes 19
6.3. Responsabilidad solidaria 19
6.4. Objeto y plazo de duración de las sociedades oferentes 19
6.5. Impedimentos o inhabilidades para ser oferente 19
ARTÍCULO 7º: ÉTICA Y TRANSPARENCIA 21
7.1. Deberes de los oferentes 21
ARTÍCULO 8°: CLÁUSULA ANTICORRUPCIÓN 23
ARTÍCULO 9°: FORMALIDADES DE LAS OFERTAS 24
9.1. Traspaso y conformidad 24
ARTÍCULO 10°: CONTENIDO DE LAS OFERTAS 24
10.1. Índices de la presentación 25
10.2. Contenido del SOBRE N° 1 - Antecedentes del Oferente y OFERTA TÉCNICA 25
CONCEJO DELIBERANTE SAN XXXXXX DE LOS ANDES
10.3. Contenido del Sobre N° 2 - OFERTA ECONÓMICA 37
ARTÍCULO 11°: GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE LA OFERTA 39
11.1 Constitución. Formalidad 39
11.2 Devolución de Garantía de Mantenimiento de Oferta 40
ARTÍCULO 12°: PRESENTACIÓN DE OFERTAS 41
12.1. Lugar y fecha de presentación de ofertas 41
12.4. Aceptación de las disposiciones contenidas en los PLIEGOS 42
ARTÍCULO 13°: APERTURA DE SOBRES 42
ARTÍCULO 14°: PLAZO DE MANTENIMIENTO DE OFERTA 42
ARTÍCULO 15: VISTA DE LAS OFERTAS 43
ARTÍCULO 16: Comisión Evaluadora. EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS 43
16.1. Comisión Evaluadora. Funciones 43
16.2. Seriedad de oferta. Subsanación de errores 44
ARTÍCULO 17: CRITERIOS DE EVALUACIÓN DE LA OFERTA TÉCNICA 44
17.1. Evaluación del Proyecto del Oferente 45
ARTÍCULO 18: ETAPA DE EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS 45
18.1. Evaluación de los SOBRES N° 1 - Plazo para emitir el Dictamen de Evaluación de Precalificación 45
18.2. Resolución de Inadmisibilidad de Ofertas 46
18.3. Apertura de los SOBRES N° 2 46
18.4. Evaluación de los SOBRES N° 2 – OFERTA ECONÓMICA 46
18.5. Criterios para la evaluación de la OFERTA ECONÓMICA 47
18.7. Mejora de ofertas económicas 47
19.1. Intervención de la UCAPP 48
19.2. Criterios de adjudicación 48
19.3. Autoridad competente - Notificación 48
19.5. Desistimiento del Adjudicatario 48
ARTÍCULO 20: SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO 49
20.2. Requisitos previos a la suscripción del CONTRATO 49
20.3. Incumplimiento de los requisitos de presentación por parte del CONTRATISTA . 49
20.4. No suscripción del Contrato por parte de la CONTRATANTE 49
20.5. Entrada en vigencia del CONTRATO 50
ARTÍCULO 21: MULTAS Y SANCIONES 50
ARTÍCULO 22: PLAN DE GESTIÓN AMBIENTAL Y SOCIAL 50
CONCEJO DELIBERANTE SAN XXXXXX DE LOS ANDES
23.1. Domicilios del Contratista 50
XXXXX X: MODELO DE DECLARACIÓN XXXXXX XX XXXXXXXXX 00
XXXXX B: MODELO DE DECLARACIÓN JURADA DE HABILIDAD PARA SER OFERENTE 53
ANEXO C: DECLARACIÓN JURADA DE INTERESES 0
Quien suscribe la presente, [NOMBRE DEL DECLARANTE], con documento [TIPO Y Nº], en carácter de [CARÁCTER] de [NOMBRE DE LA PERSONA JURÍDICA O
HUMANA REPRESENTADA] (en adelante, el “Oferente”) declaro bajo juramento No poseer conflicto de intereses. 0
ANEXO D: DECLARACIÓN JURADA DE SOMETIMIENTO A JURISDICCIÓN DE LOS TRIBUNALES DE LA IV CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL NEUQUEN 1
SECCIÓN II. PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES 2
ARTÍCULO 1: OBJETO Y APLICACIÓN XXX XXXXXX 2
ARTÍCULO 2: Objetivos de la LICITACIÓN 2
ARTÍCULO 3: XXXXXXX XX XXX XXXXXXXX 0
ARTÍCULO 4: RÉGIMEN JURÍDICO APLICABLE 4
ARTÍCULO 5: SISTEMA DE CONTRATACION 6
ARTÍCULO 6: FORMALIDADES DE LAS OFERTAS 6
6.2. Formalidades de los SOBRES y cantidad de ejemplares 7
ARTÍCULO 7: GESTIÓN AMBIENTAL Y SOCIAL DEL PROYECTO 8
ARTÍCULO 8: LICITACIÓN sin presupuesto oficial detallado. PRECIO DEL CONTRATO 10
7.1. Recursos y Presupuesto Municipal a afectar al PROGRAMA 10
XXXXXXXX 00: CAPACIDAD TÉCNICA 11
10.2 Nómina de Subcontratistas 13
10.3 Representante Técnico y Jefe de Obra 13
ARTÍCULO 11: CAPACIDAD LEGAL Y ECONÓMICA - FINANCIERA DEL OFERENTE 13
CONCEJO DELIBERANTE SAN XXXXXX DE LOS ANDES
11.2. Capacidad económica – financiera 14
ARTÍCULO 12: Evaluación de las Ofertas 14
12.1 Desestimación de ofertas 15
ARTÍCULO 13: DE LA ADJUDICACIÓN 16
ARTÍCULO 14: FIRMA DEL CONTRATO 16
14.1. Plazo para la firma del CONTRATO 16
14.2. Documentación para la firma del CONTRATO 17
ARTÍCULO 15: GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO 17
15.3. Devolución de la garantía 18
ARTÍCULO 17: ORDEN DE EJECUCION. ACTA DE INICIO DE OBRA 18
ARTÍCULO 18: PLAN DE TRABAJOS DEFINITIVO 19
ARTÍCULO 19: XXXXXXXXX XX XX XXXX 00
ARTÍCULO 20: DE LA EJECUCIÓN DE LA OBRA y/u OPERACIÓN DEL SERVICIO DE rsu contratado 20
ARTÍCULO 21: PARTES DIARIOS DE OBRA 20
ARTÍCULO 22: XXXXXX XX XXXX 00
XXXXXXXX 00: CERRAMIENTO Y CARTEL DEL SITIO DE OBRAS U OPERACIÓN . 22 ARTÍCULO 24: VIGILANCIA, SEGURIDAD E HIGIENE 22
ARTÍCULO 25: PROVISION PARA LA INSPECCIÓN DE OBRAS 23
XXXXXXXX 00: instrucciones al REPRESENTANTE TÉCNICO Y jefe de obra 23
artículo 28: RECEPCIÓN PROVISORIA DE LAS OBRAS Y SERVICIOS 24
28.1. Manual de Operación y Mantenimiento 24
28.2. Documentación a entregar por el CONTRATISTA 24
ARTÍCULO 29: XXXXX XX XXXXXXXX 00
XXXXXXXX 00: RECEPCIÓN DEFINITIVA 25
ARTÍCULO 31: LIQUIDACIÓN FINAL DE LA OBRA 26
ARTÍCULO 32: SANCIONES POR INCUMPLIMIENTO 26
32.1. Autoridad competente para sancionar 26
ARTÍCULO 33: EXTINCIÓN DEL CONTRATO 28
33.1. Causales de extinción 28
33.2. Consecuencias patrimoniales de la extinción 30
33.4. Responsabilidad patrimonial 32
ARTÍCULO 34: ADECUACIÓN DEL CONTRATO. AJUSTE DEL PRECIO 32
34.1. Variaciones al CONTRATO 00
XXXXXXX XXXXXXXXXXX XXX XXXXXX XX XXX XXXXX
ARTÍCULO 35: CONTRATO POR PROVISIÓN DE XXXXXXXX/S 33
ARTÍCULO 36: SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS 33
CONCEJO DELIBERANTE SAN XXXXXX DE LOS ANDES
SECCIÓN X. XXXXXX DE BASES Y CONDICIONES GENERALES
ARTÍCULO 1°: OBJETO Y MODALIDAD
1.1. Objeto
El presente Xxxxxx establece las Bases y Condiciones Generales para la selección de el o los contratistas para la realización del Proyecto denominado “Implementación de Sistema de Transferencia de Residuos Sólidos Urbanos y Tratamiento Integral de Residuos Orgánicos, en Xxx Xxxxxx xx xxx Xxxxx, Xxxxxxxxx xxx Xxxxxxx, Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx” (el PROYECTO en adelante), en el marco del PROGRAMA DE ASOCIACIÓN PÚBLICO PRIVADA Nº 01/2019 (el PROGRAMA, en adelante), de conformidad con las especificaciones que se detallan en el presente (PBCG, en adelante), en el Pliego de Condiciones Particulares (PCP) y en el Pliego de Especificaciones Técnicas, todo ello bajo el régimen de Contratos de Asociación Público-Privada (APP) previsto en la Ley Nº 3.074, la Ordenanza Nº 12.477/19 y sus normas reglamentarias y complementarias.
1.2. Licitación Pública Nacional. Etapa Múltiple
La modalidad de selección de el o los contratistas en los términos de los citados Xxxxxxx será la de Licitación Pública Nacional (la LICITACIÓN, en adelante), de etapa múltiple, con presentación de ofertas en dos (2) sobres y evaluaciones sucesivas, acorde a lo dispuesto en el presente.
ARTÍCULO 2°: DEFINICIONES
Las palabras y expresiones definidas aparecen a continuación en negritas.
• Acta de Apertura de los Sobres N° 1 se refiere al documento labrado por la Autoridad Convocante en el cual se deja constancia de la apertura de los Sobres N° 1 contenidos en las ofertas que se presenten, y que deberá ser firmada por el funcionario que la Municipalidad de San Xxxxxx de los Andes (la MUNICIPALIDAD, en adelante) designe al efecto y los oferentes que deseen hacerlo.
• Acta de Apertura de los Sobres N° 2 es el documento labrado por la Autoridad Convocante en el cual se deja constancia de la apertura de los Sobres N° 2
CONCEJO DELIBERANTE SAN XXXXXX DE LOS ANDES
contenidos en las ofertas presentadas, y que deberá ser firmada por el funcionario que la MUNICIPALIDAD designe al efecto y los oferentes que deseen hacerlo.
• Acta de Inicio es el documento suscripto entre la CONTRATANTE y el CONTRATISTA, que da inicio formal a la ejecución de la obra y/u operación del servicio de RSU, según corresponda.
• Constancia de Recepción es el documento labrado por la Autoridad Convocante en el cual se deja constancia de la recepción de las ofertas presentadas por los oferentes.
• Adjudicación es el acto administrativo emitido por la Autoridad Convocante, que dispone la adjudicación de la LICITACIÓN a favor del oferente cuya oferta sea considerada la más conveniente para el interés público siendo conforme con las condiciones establecidas en los PLIEGOS.
• Adjudicatario es el oferente a favor de quien se adjudique la LICITACIÓN, sea persona jurídica o humana, sea individualmente o en asociación con otras personas.
• Alternativas son las propuestas que, como alternativas de operación del sistema de RSU de San Xxxxxx de los Andes, presente el oferente en su oferta.
• Autoridad Convocante: Es la MUNICIPALIDAD, representada a través del organismo que designe el Departamento Ejecutivo Municipal, o la entidad que actúe en tal carácter por delegación o la sustituya en el desempeño de sus funciones.
• Comisión Evaluadora se refiere a la comisión designada a los efectos de evaluar la documentación presentada por los oferentes, y realizar las demás funciones y atribuciones dispuestas en los PLIEGOS y en la legislación aplicable.
• Contraprestación hace referencia al pago que efectuará a la Contratista la Contratante, sea por inversión y/o por operación del servicio, según corresponda.
• Contratante (CONTRATANTE, en adelante) es la parte que contrata con el Contratista para la ejecución de las obras y servicios comprendidos por el PROYECTO: la Municipalidad de San Xxxxxx de los Andes.
• Contratista (CONTRATISTA, en adelante) es el oferente cuya oferta para la ejecución de las obras y/u operación de un servicio de RSU ha sido aceptada por la Contratante y, consecuentemente, como Adjudicatario, suscribe con aquélla un contrato.
• Contrato se refiere al Contrato de Asociación Público-Privada (CONTRATO, en adelante) sujeto al régimen de la Ley Nº 3.074, de APP, la Ordenanza Nº 12.477/19 y las correspondientes normas reglamentarias y complementarias, que suscriben la CONTRATANTE y el Adjudicatario en relación a la ejecución de las obras y/o la operación de uno o más de los servicios de RSU comprendidos por el presente
CONCEJO DELIBERANTE SAN XXXXXX DE LOS ANDES
PROYECTO, con más los cambios que resulten de las circulares aclaratorias y modificatorias. Serán considerados como integrantes de dicho CONTRATO, además de todos sus Anexos, los PLIEGOS, la oferta adjudicada y todos aquellos documentos que se indiquen en aquél.
• Declaración Jurada significa cualquier manifestación escrita, presentada por el representante del oferente, en la que realiza una declaración bajo la cual este último compromete su responsabilidad respecto de las consecuencias de la falsedad o inexactitud de dicha manifestación.
• Días significa días calendario (corridos) y meses refiere a meses calendario, salvo disposición en contrario.
• Dictamen de Evaluación de las Ofertas se refiere al dictamen emitido por la Comisión Evaluadora, de carácter no vinculante, donde se analizan las ofertas económicas y técnicas presentadas, recomendando cuál de ellas se considera la más conveniente para el interés público de conformidad con lo establecido en los PLIEGOS.
• Domicilio constituido es el domicilio en la Ciudad de San Xxxxxx de los Andes que deberá constituir cada oferente.
• Emprendedores de micro escala: conforme artículo 3º, Anexo I, Ordenanza Nº 12.036/18, el término hace referencia a formas de asociación no contempladas en el pliego de licitación.
• Fecha de Inicio es la fecha más tardía en la que el CONTRATISTA deberá empezar la ejecución de las obras y que está estipulada en el contrato. No coincide necesariamente con las fechas de toma de posesión del Sitio de las Obras.
• Fecha de suscripción es el día en que se suscribe el CONTRATO entre la CONTRATANTE y el Adjudicatario.
• Fecha de terminación es la fecha de terminación de las obras, certificada por el Supervisor de Obras.
• Fecha prevista de terminación de las Obras es la fecha en que se prevé que el CONTRATISTA deba terminar las Obras y que se especifica en el CONTRATO. Esta fecha podrá ser modificada únicamente por el Supervisor de Obras mediante una prórroga del plazo o una orden de acelerar los trabajos.
• Garantía de Mantenimiento de Oferta se refiere a la garantía otorgada por los oferentes a favor de la MUNICIPALIDAD para afianzar el mantenimiento de la oferta durante el plazo indicado en los presentes PLIEGOS.
CONCEJO DELIBERANTE SAN XXXXXX DE LOS ANDES
• Garantía de Cumplimiento del Contrato es la garantía que deberá constituir el CONTRATISTA a favor de la CONTRATANTE, según lo previsto en el CONTRATO y en el PCP, para afianzar el cumplimiento de las obligaciones asumidas.
• Inmueble se refiere al predio donde se implantarán las obras y/o se prestarán los servicios de RSU, según la oferta que resulte seleccionada.
• Inspección / Inspector de Obras se refiere al representante de la CONTRATANTE en todo aquello relacionado con la Inspección de Obras, detallada y permanente de las obras o prestación de los servicios, con amplias facultades para exigir al CONTRATISTA el cumplimiento de todas las medidas que estime necesarias y convenientes para la buena ejecución de los trabajos contemplados en la documentación licitatoria.
• Ley APP se refiere a la Ley provincial Nº 3.074, de Contratos de Asociación Público-Privada (APP, en adelante).
• Licitación Pública Nacional se refiere al procedimiento de selección de contratistas, nacional y de etapa múltiple, convocada por la MUNICIPALIDAD en el marco del Programa de Asociación Público Privada Nº 01/19.
• Lista de Cantidades es la lista debidamente preparada por el oferente, con indicación de las cantidades y precios, que forma parte de la oferta (cómputo y presupuesto).
• Obras comprende todo aquello que el CONTRATO exige al CONTRATISTA diseñar, construir, instalar y/o entregar al CONTRATANTE acorde a las especificaciones detalladas en los PLIEGOS.
• Oferente es toda persona humana, jurídica o consorcio de personas jurídicas, según sea el caso, que presente una oferta en el marco de la LICITACIÓN.
• Oferentes Precalificados serán aquellos oferentes que, a criterio de la Comisión Evaluadora, cumplen con los requisitos establecidos en el PLIEGO y que, por lo tanto, resultan precalificados para acceder a la apertura del SOBRE N° 2 presentado en sus respectivas ofertas.
• Oferta es la declaración de voluntad, de carácter irrevocable y unilateral, presentada por el oferente a la CONTRATANTE a los fines de participar en la LICITACIÓN.
• Operación de los Servicios de RSU significa la prestación de el o los servicios para la gestión de RSU comprendidos por el PROYECTO y que el CONTRATISTA prestará desde la fecha de recepción provisoria de la obra, en la forma y extensión que se detalla en este pliego, el PCP, el PET y el CONTRATO.
CONCEJO DELIBERANTE SAN XXXXXX DE LOS ANDES
• Ordenanza APP es la Ordenanza de San Xxxxxx de los Andes Nº 12.477/19, de adhesión a la Ley APP.
• PBCG corresponde al presente Pliego de Bases y Condiciones Generales.
• PCP significa el Pliego de Condiciones Particulares de la LICITACIÓN.
• Planta es cualquier parte integral de las obras que tenga una función mecánica, eléctrica, química o biológica.
• Pliego de Especificaciones Técnicas es el documento que contiene las especificaciones técnicas particulares para la ejecución de las obras y la operación de los servicios de RSU.
• Pliegos significa, conjuntamente, (i) el presente documento, donde se establecen las bases y condiciones generales y particulares que rigen la LICITACIÓN y sus anexos;
(ii) el PET; y (iii) sus circulares aclaratorias y modificatorias.
• Precio del Contrato es el monto establecido en la Carta de Aceptación de Oferta, con más los ajustes que eventualmente resulten por aplicación de las disposiciones del CONTRATO.
• Precio Inicial del Contrato es el Precio del CONTRATO indicado en la Carta de Aceptación de Oferta emitida por la CONTRATANTE.
• Proyecto del oferente es el documento que contiene los planos de proyecto, dibujos, esquemas, diagramas y cuantos más elementos sirvan para ilustrar todo aquello relativo al diseño de la obra y/la operación del servicio de RSU, presentado por el oferente en su oferta previo a su ejecución y que responden a los lineamientos fijados en el Pliego de Especificaciones Técnicas.
• Representante se refiere a la persona con facultades -según los términos del poder en el que éstas se acrediten- para considerar, resolver y suscribir las cuestiones relativas a la oferta y/o a la LICITACIÓN en general, representando y obligando al oferente, Adjudicatario o CONTRATISTA, según corresponda.
• RSU significa los Residuos Sólidos Urbanos.
• Servicio de RSU es cualquiera de los servicios para la gestión de los RSU comprendidos por el PROYECTO.
• Sistema de tratamiento integral de los residuos orgánicos comprende el conjunto de operaciones técnicas tendientes al acondicionamiento y valorización de dichos residuos, y las acciones no estructurales que garanticen su efectividad y eficiencia.
• Sitios de tratamiento son aquellos lugares especialmente acondicionados y habilitados por la autoridad competente para el tratamiento de los residuos orgánicos
CONCEJO DELIBERANTE SAN XXXXXX DE LOS ANDES
por métodos ambientalmente reconocidos y de acuerdo a normas certificadas por organismos competentes.
• Sitio de las Obras corresponde al inmueble, de propiedad del oferente que resulte Adjudicatario del Componente 1, donde se implantarán las obras y/o se operarán los servicios de RSU.
• Sobres comprende, conjuntamente, el SOBRE N° 1 y el SOBRE N° 2 previstos en este PBCG.
• Subcontratista es una persona, física o jurídica, contratada por el CONTRATISTA para realizar una parte de los trabajos del CONTRATO, lo que incluye trabajos en el Sitio de las Obras.
2.1. Interpretación
Para la interpretación de las condiciones generales y particulares del CONTRATO, si el contexto así lo requiere, el singular significa también el plural, y el masculino significa también el femenino y viceversa. Los encabezamientos de las secciones o artículos no tienen relevancia por sí mismos.
El idioma del CONTRATO y la ley que lo regirá se estipulan en el PCP.
ARTÍCULO 3°: DISCRECIONALIDAD DE LA Autoridad Convocante
La Autoridad Convocante no queda obligada ni asume responsabilidad alguna por la convocatoria a presentar ofertas en esta LICITACIÓN y podrá dejarla sin efecto, parcial o totalmente, en cualquier etapa de su tramitación con anterioridad a la suscripción del CONTRATO, sin necesidad de expresar causa o justificación y sin generar derecho al pago de indemnización alguna.
La presentación de ofertas no obliga a la Autoridad Convocante a realizar la adjudicación ni a contratar, quedando entendido que podrá no aceptar ninguna de las ofertas presentadas si a su juicio las mismas no satisfacen adecuadamente el interés público comprometido en la presente LICITACIÓN, sin asumir responsabilidad alguna.
La Autoridad Convocante podrá, mediante resolución fundada, apartarse de las recomendaciones formuladas por la Comisión Evaluadora.
ARTÍCULO 4°: VISTA, RETIRO Y CONSULTAS AL PLIEGO. ACCESO
CONCEJO DELIBERANTE SAN XXXXXX DE LOS ANDES
A LA INFORMACIÓN
4.1. Vista y retiro de pliegos
El PLIEGO podrá consultarse y descargarse gratuitamente de las páginas web de la MUNICIPALIDAD (xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxxx).
Asimismo, cualquier persona interesada podrá concurrir al domicilio de la MUNICIPALIDAD, sito en calles Tte. Gral. Xxxx y Xxxx Xxxxxx xx Xxxxx, ciudad de San Xxxxxx de los Andes, Tel. (02972) 424741, en día hábil administrativo, en el horario de 8 a 13 horas, a los efectos de tomar vista o retirar los PLIEGOS (en papel a su costo o, en versión digital, sin costo).
4.2. Consultas relativas al PLIEGO
En oportunidad de realizar una consulta, el potencial oferente que no lo hubiera hecho con anterioridad, deberán suministrar su nombre, documento de identidad, razón social, su domicilio constituido y domicilio electrónico en los que serán válidas las comunicaciones que deban cursarse.
Las consultas podrán ser efectuadas, como máximo, hasta cinco (5) días hábiles antes de la fecha fijada para la presentación de las ofertas en la convocatoria de la LICITACIÓN o en las prórrogas que pudieran efectuarse. Las consultas que sean realizadas fuera de dicho plazo no serán respondidas.
La Autoridad Convocante no asume obligación de responder a todas las consultas que le sean presentadas en el marco de esta convocatoria, pudiendo a su exclusivo criterio responder aquellas que considere relevantes.
La falta de respuesta de la Autoridad Convocante a cualquier consulta realizada por un interesado no será interpretada como ratificatoria o confirmatoria de la interpretación, propuesta o sugerencia efectuada por el consultante.
4.3. Acceso a la información
La Autoridad Convocante dará acceso a los interesados a la información relativa al proceso de selección bajo estos PLIEGOS y a la contratación objeto del mismo, pudiendo analizar los documentos, antecedentes técnicos, estudios y demás aspectos relevantes del PROYECTO. La difusión de dichos documentos será realizada mediante su publicación en
CONCEJO DELIBERANTE SAN XXXXXX DE LOS ANDES
los sitios web de la MUNICIPALIDAD.
Asimismo, los interesados podrán participar de las reuniones de información técnica, jurídica y económica-financiera que desarrolle la Autoridad Convocante.
El lugar, día y hora de las reuniones serán anunciadas con no menos de tres (3) días hábiles de anticipación a su realización en las páginas web de la MUNICIPALIDAD, detallándose el temario a considerarse en dichas reuniones. De los temas tratados en esas reuniones se labrarán actas, que se agregarán al expediente y serán difundidas mediante su publicación en los sitios web de la MUNICIPALIDAD.
4.4. Limitaciones de responsabilidad
La presentación de ofertas en el marco de la presente LICITACIÓN será realizada exclusivamente en función de la propia evaluación e investigación que realicen los oferentes, sin derecho a reclamo alguno.
Por la sola presentación de una oferta se considerará que el oferente ha tenido en cuenta la viabilidad financiera de las transacciones previstas en estos PLIEGOS y que son objeto del CONTRATO, realizado la debida diligencia de las condiciones regulatorias y urbanísticas, y de habilitaciones y permisos necesarios para todos los aspectos de la misma, las condiciones de trabajo, los riesgos y en general todos los factores que pudieran incidir en los costos de ejecución de la obra y/u operación de el o los servicios de RSU.
La Autoridad Convocante no garantiza que las proyecciones y estimaciones efectuadas por el Adjudicatario se cumplan durante la ejecución del CONTRATO, puesto que este último asumirá los riesgos dispuestos en dicho documento de acuerdo con la distribución de riesgos allí contenida, y soportará sus efectos sin que las consecuencias derivadas del acaecimiento de tales riesgos constituyan un eventual desequilibrio económico del CONTRATO, o den lugar a reclamación alguna. La xxxxxxxx de riesgos allí establecida deberá ser tenida en cuenta por los oferentes en la valoración y presentación de sus ofertas, y será remunerada de conformidad con dicha oferta y con lo establecido en el CONTRATO.
Si el oferente que resulte Adjudicatario no hubiera evaluado correctamente, o no hubiera obtenido o considerado toda la información que pudiera influir en la determinación de los costos, no se eximirá de su responsabilidad por la ejecución completa de la obra o la prestación del servicio de RSU, según corresponda, de conformidad con el CONTRATO, ni le dará derecho a reembolso de costos ni reclamaciones o reconocimientos adicionales de ninguna naturaleza.
CONCEJO DELIBERANTE SAN XXXXXX DE LOS ANDES
4.5. Debida diligencia e información
Las ofertas que se formulen en el marco de la LICITACIÓN se basarán en la propia evaluación e investigación del oferente, sobre la base de un examen cuidadoso de sus características, incluyendo los estudios, diseños, evaluaciones y verificaciones que consideren necesarios para formular su oferta.
El examen que deberán hacer los interesados incluirá también, entre otras cosas y sin limitarse necesariamente a éstas, la revisión de todos los aspectos e informaciones relacionados con el PROYECTO y con el sitio donde se ejecutará la obra o prestará el servicio de RSU, incluyendo condiciones de transporte, obtención, manejo y almacenamiento de materiales, manejo y disposición de materiales sobrantes, disponibilidad de materiales y de mano de obra para ejecutar las obras o servicios necesarios para el cumplimiento de sus obligaciones contractuales, aspectos ambientales, entre otros.
Adicionalmente, los interesados deberán verificar las condiciones climáticas, de pluviosidad, topografías y geológicas, las características de los equipos requeridos para la ejecución de las obligaciones del CONTRATO, existencia e interferencia de redes de servicios públicos existentes y, en general, todos los demás aspectos que puedan afectar su cumplimiento, todo lo cual debe ser tomado en cuenta para la preparación de la oferta.
ARTÍCULO 5°: CIRCULARES ACLARATORIAS Y MODIFICATORIAS AL PLIEGO
La Autoridad Convocante podrá, a su exclusivo criterio, emitir circulares aclaratorias o modificatorias xxx XXXXXX, ya sea de oficio o como respuesta a consultas que le fueran efectuadas por escrito, a través de los medios habilitados al efecto, por los interesados.
En todos los casos, las circulares serán consideradas como parte integrante de los PLIEGOS y serán difundidas en los sitios web de la MUNICIPALIDAD.
5.1. Circulares aclaratorias
Las circulares aclaratorias deberán ser comunicadas con tres (3) días hábiles como mínimo de anticipación a la fecha fijada para la presentación de las ofertas a todos los interesados y, en particular, a quien hubiere efectuado la consulta si la circular se emitiera como consecuencia de ello.
Asimismo, deberán ser incluidas como parte integrante xxx XXXXXX y difundidas en los sitios web de la MUNICIPALIDAD.
CONCEJO DELIBERANTE SAN XXXXXX DE LOS ANDES
5.2. Circulares modificatorias
Las circulares modificatorias deberán ser difundidas, publicadas y comunicadas por tres (3) días hábiles en los mismos medios en que hubiera sido difundida, publicada y comunicada la convocatoria. Asimismo, deberá ser comunicada a quien hubiere efectuado la consulta si la circular se emitiera como consecuencia de ello, con el mismo plazo mínimo de antelación.
Las circulares modificatorias serán consideradas como parte integrante xxx XXXXXX y difundidas en los sitios web de la MUNICIPALIDAD.
5.3. Circulares por las que únicamente se suspenda o se prorrogue la fecha de apertura o la de presentación de las ofertas
La Autoridad Convocante podrá determinar de oficio y a su exclusivo criterio eventuales prórrogas a la fecha de presentación o apertura de ofertas, así como sus plazos.
Las circulares por las que únicamente se suspenda o se prorrogue la fecha de apertura o la de presentación de las ofertas deberán ser difundidas, publicadas y comunicadas por un (1) día hábil administrativo por los mismos medios en que hubiera sido difundida, publicada y comunicada la convocatoria original, debiendo la última publicación tener lugar un (1) día hábil como mínimo de anticipación al día anterior a la fecha originaria fijada para la presentación de las ofertas.
ARTÍCULO 6°: Oferentes
6.1. Capacidad para ser oferentes
Podrán presentarse como oferentes las personas físicas y las sociedades constituidas de conformidad con la legislación de la República Argentina o las constituidas en el exterior, tengan o no sucursal en la República Argentina, siempre que no estén comprendidas en las prohibiciones de o incompatibilidades para contratar establecidas en la legislación aplicable y en el presente PLIEGO.
Los requisitos y exigencias establecidos en este pliego para el oferente se entenderán igualmente aplicables a cada uno de los integrantes del oferente para el caso de que éste se presente a la LICITACIÓN como un consorcio de personas jurídicas, en cualquiera de las modalidades contempladas por la legislación aplicable.
Será condición para la presentación de ofertas relativas a la construcción de la Estación de Transferencia de RSU (Componente 1) y a la Planta de Tratamiento de Residuos Orgánicos (Sub Componente A) encontrarse inscripto en el Registro Nacional o Provincial de
CONCEJO DELIBERANTE SAN XXXXXX DE LOS ANDES
Constructores de Obras Públicas.
6.1.1. Emprendedores de micro escala
En los términos de los artículos 17 y 18 del Anexo I, Ordenanza Nº 12.036/18, a fin de promover emprendimientos cooperativos o familiares por corriente de residuos (entre los que se enuncian, a modo de ejemplo, la práctica del compostaje y el chipeo de podas), podrán participar también en la LICITACIÓN los emprendedores de micro escala en relación a los RSU y RSE de libre disponibilidad, generados dentro del ejido de San Xxxxxx de los Andes, que resulten aprovechables luego de su tratamiento.
6.2. Representante de los oferentes
Cada oferente deberá designar, al menos un (1) representante, que deberá encontrarse físicamente en la Ciudad de San Xxxxxx de los Andes y estar disponible cada vez que la Autoridad Convocante lo requiera durante todo el proceso de la LICITACIÓN y hasta la fecha de suscripción del CONTRATO.
6.3. Responsabilidad solidaria
Cuando un oferente fuera conformado por dos o más sociedades, bajo cualquier modalidad jurídica bajo la cual se presenten, todas ellas por el solo hecho de su presentación serán responsables en forma solidaria e ilimitada frente a la Autoridad Convocante por las obligaciones y compromisos asumidos en el marco de la presente LICITACIÓN y hasta la suscripción del CONTRATO.
A partir de la suscripción de dicho CONTRATO, las obligaciones y compromisos asumidos por el CONTRATISTA y la CONTRATANTE, y su régimen de responsabilidad, serán aquellos expresamente establecidos en el CONTRATO y la ley aplicable.
6.4. Objeto y plazo de duración de las sociedades oferentes
El plazo de vigencia de toda sociedad que se presente como oferente, o como integrante de un oferente, deberá ser superior en al menos tres (3) años al plazo máximo del CONTRATO, y el objeto social contemplado en sus estatutos deberá ser lo suficientemente amplio como para permitirle ejecutar la obra o prestar los Servicios de RSU, así como cumplir con las demás obligaciones contenidas en el CONTRATO.
6.5. Impedimentos o inhabilidades para ser oferente
No podrán asumir la condición de oferentes, por sí o por interpósita persona, quienes se encuentren comprendidos en alguna de las siguientes situaciones:
CONCEJO DELIBERANTE SAN XXXXXX DE LOS ANDES
a) Carecer de capacidad o de legitimación para contratar con el Estado Nacional o Provincial, en general, o con la CONTRATANTE, en particular.
b) Los agentes y funcionarios de la Administración Pública Nacional, Provincial o Municipal que tengan competencia funcional directa respecto de la LICITACIÓN o ejecución de la obra o control de la misma, y las empresas en las que tuvieren una participación suficiente para formar la voluntad social.
c) Haber actuado como asesores contratados por la Autoridad Convocante en el análisis e implementación de la presente LICITACIÓN.
d) Ser funcionario público dependiente de la Autoridad Convocante, o ser una firma, empresa o entidad con la cual el funcionario esté vinculado por razones de dirección, participación o dependencia.
e) Tener en trámite cualquiera de los procesos previstos en la ley nacional Nº 24.522.
f) Los quebrados, mientras no obtengan su rehabilitación.
g) Si se hubiere decretado dentro de los tres (3) años calendarios anteriores contados desde la fecha de la última publicación de la convocatoria, la resolución por incumplimiento de su parte de un contrato celebrado con el Estado Nacional, Provincial o Municipal.
h) Haber recibido sanciones con causa en infracciones a normas ambientales, siempre que la resolución se encuentre firme y hubieran sido aplicadas dentro de los veinticuatro (24) meses anteriores a la convocatoria de la presente LICITACIÓN.
i) Los procesados por auto firme y los condenados por alguno de los delitos previstos en los títulos XI, XII y XIII del Código Penal de la Nación.
j) Las personas incluidas en las listas de inhabilitados del Banco Mundial o del Banco Interamericano de Desarrollo (BID).
k) Las personas condenadas, con sentencia firme recaída en el país o en el extranjero, por prácticas de soborno o cohecho transnacional en los términos de la Convención para Combatir el Cohecho de Servidores Públicos Extranjeros en Transacciones Comerciales Internacionales de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE).
l) Las personas humanas o jurídicas que no hubieran cumplido con sus obligaciones tributarias y previsionales.
m) Las organizaciones privadas que, habiendo sido beneficiarias de subsidios u aportes estatales, estén incursas en incumplimientos en la presentación de rendiciones de cuentas.
n) Las demás personas que resulten incursas en las causales previstas en el régimen de contrataciones vigente de la Municipalidad de San Xxxxxx de los Andes.
CONCEJO DELIBERANTE SAN XXXXXX DE LOS ANDES
o) Toda persona que resulte inhabilitada de acuerdo a regímenes especiales.
Quienes se encuentren encuadrados en cualquiera de los supuestos antes mencionados tampoco podrán formar parte como miembros de los órganos de administración, fiscalización o dirección, accionistas, socios o participar de cualquier otra forma de una sociedad o entidad que integre el oferente o como subcontratista de éste, directamente o por intermedio de otra entidad controlada, vinculada o que forme parte de un grupo económico con ella. La prohibición se dará incluso en caso de que se pruebe que, por razones de dirección, participación u otra circunstancia, pueda presumirse que son una continuación, o que derivan de aquellas empresas comprendidas en una o más causales explicitadas.
El oferente deberá presentar una Declaración Jurada manifestando que no se encuentra incurso en ninguno de los supuestos mencionados precedentemente, conforme modelo de ANEXO B (DECLARACIÓN JURADA DE HABILIDAD DEL OFERENTE).
ARTÍCULO 7º: ÉTICA Y TRANSPARENCIA
7.1. Deberes de los oferentes
Durante todo el proceso de la LICITACIÓN y la vigencia del CONTRATO, los oferentes y el Adjudicatario, respectivamente, deberán:
a) Cumplir las reglas comerciales y éticas aplicables a sus interacciones con la Autoridad Convocante y sus integrantes, lo cual incluye el conocimiento, consideración y respeto por el ordenamiento jurídico nacional y local aplicable a cada proceso del que participen.
b) Abstenerse de realizar, directa o indirectamente, cualquiera de los comportamientos definidos como prácticas prohibidas, asegurando al respecto una supervisión interna adecuada y suficiente de la conducta que lleven adelante sus empleados y representantes en las relaciones e intercambios que entablen con integrantes de la Autoridad Convocante.
c) No establecer relaciones comerciales, financieras o de cualquier índole económica con integrantes de la Autoridad Convocante o sociedades vinculadas a ellos que puedan determinar la existencia de alguna clase de conflicto de interés, siquiera aparente.
d) Efectuar todas las consultas a través de los canales establecidos al efecto en cada caso en el presente PLIEGO.
e) Denunciar cualquier irregularidad, ilícito o circunstancia contraria a la ética pública o la transparencia institucional de la que tome conocimiento en el marco de su
CONCEJO DELIBERANTE SAN XXXXXX DE LOS ANDES
participación en los procedimientos de selección del presente LICITACIÓN. A tal efecto, podrá utilizar las vías de reporte previstas en el Artículo 7.5 del presente PBCG.
7.2. Prácticas prohibidas
Durante todo el proceso de la LICITACIÓN y durante la vigencia del CONTRATO, los oferentes y el Adjudicatario, respectivamente, tendrán terminantemente prohibido la realización de cualquiera de los actos que se describen en este apartado:
a) Prácticas de corrupción: ofrecer o dar por sí o a través de terceros cualquier ventaja, favor, gratificación, o cualquier otro objeto o prestación de valor a integrantes de la Autoridad Convocante o a sus familiares directos con el fin de obtener un trato favorable o influir indebidamente en sus acciones.
b) Prácticas fraudulentas: falsear, tergiversar u ocultar hechos o circunstancias para engañar a la Autoridad Convocante o sus integrantes con el propósito de obtener un beneficio o eludir el cumplimiento de una obligación.
c) Prácticas anticompetitivas o colusorias: concertar acuerdos entre oferentes con la intención de alcanzar un propósito inapropiado contrario a los principios de concurrencia y competencia, incluyendo prácticas tales como coordinación de posturas, acuerdos para la fijación de precios, reparto de zonas o mercados o cualquier otra actividad similar de naturaleza contraria a lo previsto en la Ley N° 27.442.
d) Prácticas obstructivas: destruir, falsificar, alterar u ocultar deliberadamente información o elementos documentales significativos para los análisis, evaluaciones y, en su caso, investigaciones que deban ser llevados adelante por la Autoridad Convocante o la Comisión Evaluadora con relación al proceso de LICITACIÓN o de cualquier otra manera impedir o dificultar esa tarea.
La realización de cualquiera de los actos descriptos precedentemente, o su mera tentativa, será causal de exclusión del proceso de esta LICITACIÓN y una causal de incumplimiento del CONTRATO, sin perjuicio de las denuncias que fueran menester efectuar en consecuencia.
7.3. Conflicto de interés
Son consideradas conflicto de interés las relaciones o vínculos que puedan interferir en la objetividad e imparcialidad de las decisiones de un funcionario durante la LICITACIÓN. Para el caso de sociedades sujetas al régimen de oferta pública conforme la Ley Nº 26.831,
CONCEJO DELIBERANTE SAN XXXXXX DE LOS ANDES
la vinculación se entenderá referida a cualquier accionista o socio que posea más del cinco por ciento (5%) del capital social.
7.4. Consecuencias
Los oferentes, por el solo hecho de presentar ofertas, declaran y garantizan el conocimiento de las presentes políticas y su conformidad con ellas y se obligan a respetar y hacer respetar sus previsiones y su violación podrá dar lugar a:
a) El rechazo de la oferta y pérdida de la Garantía de Mantenimiento de la Oferta en cualquier estado de la LICITACIÓN.
b) La realización de la denuncia correspondiente ante la justicia o la autoridad de control competente, en su caso.
c) La comunicación que corresponda al respectivo Colegio Profesional, Cámara o Asociación que realice la actividad de superintendencia, supervisión, o similar, del correcto desempeño ético de sus miembros.
7.5. Vías De Reporte
A los efectos de comunicar una práctica irregular de estas políticas, ilícito o circunstancia contraria a la ética pública o a la transparencia institucional de la que se tome conocimiento en el marco de la presente LICITACIÓN podrá comunicarse con la Oficina de Contrataciones de la MUNICIPALIDAD, contactándose al teléfono 00-0000 000000 o al correo electrónico xxxxxxx@xxxxxxx.xxx.xx o mediante el sitio web xxxxx://xxx.xxxxxxx.xxx.xx/.
La denuncia podrá ser formulada de forma anónima, con reserva de identidad o de manera identificada, sin perjuicio de lo cual, con independencia de la modalidad de identificación adoptada, será tratada con la máxima confidencialidad posible.
ARTÍCULO 8°: CLÁUSULA ANTICORRUPCIÓN
Sin perjuicio de lo dispuesto en la normativa vigente, será causal determinante del rechazo sin más trámite de la oferta en cualquier estado de la LICITACIÓN cuando un oferente diere u ofreciere dinero o cualquier dádiva a fin de que:
a) Funcionarios o empleados públicos con competencia suficiente para decidir en cualquier etapa de la LICITACIÓN hagan o dejen de hacer algo relativo a sus funciones, o para que hagan valer la influencia de su cargo ante otro funcionario o empleado público con
CONCEJO DELIBERANTE SAN XXXXXX DE LOS ANDES
la competencia descripta, a fin de que éstos hagan o dejen de hacer algo relativo a sus funciones; o
b) Xxxxxxxxx persona haga valer su relación o influencia sobre un funcionario o empleado público con la competencia descripta, a fin de que éstos hagan o dejen de hacer algo relativo a sus funciones.
También serán considerados sujetos activos de la conducta anteriormente descripta quienes hayan cometido tales actos en interés del oferente directa o indirectamente, ya sea como representantes, administradores, socios, mandatarios, gerentes, factores, empleados, contratados, gestores de negocios, síndicos, o cualquier otra persona humana o jurídica.
Las consecuencias de estas conductas ilícitas se producirán aun cuando se hubiesen consumado en grado de tentativa, todo ello sin perjuicio de las responsabilidades administrativas, civiles o penales que pudieran corresponder a los que llevaren a cabo, o intentaren, tales conductas ilícitas.
Los funcionarios que tomaran conocimiento de la comisión de alguna de las conductas descriptas en el presente artículo deberán formular la pertinente y formal denuncia ante los tribunales y órganos competentes según corresponda.
ARTÍCULO 9°: FORMALIDADES DE LAS OFERTAS
Las ofertas, así como toda presentación que se realice en el marco de la presente LICITACIÓN, deberán presentarse con las formalidades e idioma previstos en el PCP.
9.1. Traspaso y conformidad
La entrega del sobre o cajas que contengan la oferta implica la transmisión de la propiedad sobre todo lo que en los mismos se halle contenido, no teniendo los oferentes, en ningún caso, derecho a su devolución, sin perjuicio de la facultad de la Comisión Evaluadora o de la Autoridad Convocante de devolverlos en los casos que lo juzgue pertinente.
La entrega de los SOBRES también implica la conformidad irrevocable para que se proceda a la destrucción del SOBRE N° 2 (OFERTA ECONÓMICA) sin abrir, en caso de no resultar admitido o precalificado como oferente.
ARTÍCULO 10°: CONTENIDO DE LAS OFERTAS
La presentación de la oferta implicará para el oferente asignar el carácter de declaración jurada a toda la información y documentación que consignen y acompañen a aquélla.
CONCEJO DELIBERANTE SAN XXXXXX DE LOS ANDES
10.1. Índices de la presentación
El oferente deberá encabezar su oferta con un índice general de la documentación que se acompañe, con indicación de los correspondientes números de fojas.
En el caso en que la oferta esté constituida por varios cuerpos, cada uno de ellos deberá contener el correspondiente índice general y el índice de cada tomo en particular.
10.2. Contenido del SOBRE N° 1 - Antecedentes del Oferente y OFERTA TÉCNICA
Los oferentes deberán presentar la documentación detallada en los apartados 10.2.1; 10.2.2 y
10.2.3 del presente PBCG, la cual conformará el contenido del SOBRE N° 1. Sin perjuicio de lo anterior, los oferentes deberán presentar toda otra documentación adicional que les sea solicitada a los fines de clarificar la información volcada en su oferta.
10.2.1. Antecedentes del oferente:
Carta de identificación del oferente, o de cada integrante del oferente, con firma certificada por escribano público. En los casos en que el oferente se encuentre integrado por más de una persona, deberá indicarse con carácter vinculante, en la carta de identificación, la participación que cada integrante tendrá en el capital social del CONTRATISTA, en caso de resultar Adjudicatario.
(i) En caso de que el oferente o una persona integrante del oferente fuese una persona jurídica constituida en la República Argentina:
a. Copia del contrato social o de los estatutos societarios, sus modificaciones y última acta de designación de autoridades conforme al tipo societario que se trate, todo ello certificado por escribano público, y de corresponder legalizado, con constancias de las debidas inscripciones ante el Registro Público de Comercio pertinente.
b. Los oferentes deberán denunciar su Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT), presentando copia de la constancia de inscripción, donde consten el Nº de CUIT, los impuestos en que se hallen inscriptos y aportes previsionales;
c. Copia debidamente certificada, y de corresponder legalizada, de los documentos de los cuales resulte la personería y las facultades suficientes del Representante que representará en la LICITACIÓN al oferente.
d. Acta de reunión del órgano de administración del que surja la decisión social aprobando la presentación y la formulación de la oferta en esta LICITACIÓN y, en su caso, el otorgamiento de la Garantía de Mantenimiento de la Oferta.
e. Certificado de vigencia y de inscripción en el Registro Público de
CONCEJO DELIBERANTE SAN XXXXXX DE LOS ANDES
Comercio correspondiente que acredite la existencia, capacidad jurídica y constitución regular de la persona jurídica.
f. Declaración jurada constituyendo el domicilio constituido y el domicilio electrónico a los efectos de esta LICITACIÓN conforme modelo de ANEXO A (DECLARACIÓN JURADA DE DOMICILIO), donde serán válidas todas las notificaciones que se practiquen.
g. Certificado Fiscal para Contratar en cumplimiento de lo dispuesto por la Resolución General Nº 1.814 de fecha 00 xx xxxxx xx 0000 xx xx XXXXXXXXXXXXXX XXXXXXX DE INGRESOS PÚBLICOS;
h. A fin de verificar el cumplimiento fiscal Provincial por parte de los oferentes estos solicitarán ante la Dirección Provincial xx Xxxxxx la emisión del CERTIFICADO DE CUMPLIMIENTO FISCAL PARA CONTRATAR CON EL ESTADO MUNICIPAL, en un todo de acuerdo a la resolución Nº 572 DPR/00, o la que en su futuro la modifique o sustituya.
A estos efectos el oferente deberá adjuntar al momento de la apertura del llamado copia del Certificado de habilitación vigente o en su defecto copia de la solicitud de dicho certificado donde conste la recepción de la misma por parte de la DPR. Al momento de la adjudicación será indispensable contar con el Certificado de Cumplimiento Fiscal habilitado para contratar con el Estado.
i. Declaraciones juradas de los períodos indicados en cada caso, presentadas en concepto de:
✓ Impuesto a las Ganancias: última declaración anual
✓ Impuesto al Valor Agregado: últimos 3 meses
✓ Impuesto a los Ingresos Brutos: últimos 3 meses
✓ Aportes y Contribuciones a las Cajas Nacionales de Previsión: últimos 3 meses.
(ii) En caso de que el oferente o una persona integrante del oferente fuese una persona constituida en el exterior de la República Argentina:
a. Acreditar la existencia de la sociedad con arreglo a las leyes de su país.
b. Copia debidamente certificada y legalizada de los documentos de los cuales resulte la personería y las facultades suficientes del Representante que representará en el LICITACIÓN al oferente.
c. Acta de reunión del órgano de administración del que surja la aprobación para la presentación y la formulación de la oferta en este LICITACIÓN y, en su caso, el otorgamiento de la Garantía de Mantenimiento de Oferta.
d. Declaración jurada constituyendo el domicilio constituido y el domicilio electrónico a los efectos de esta LICITACIÓN acorde al modelo de ANEXO A (DECLARACIÓN JURADA DE DOMICILIO) de este PBCG, donde serán
CONCEJO DELIBERANTE SAN XXXXXX DE LOS ANDES
válidas todas las notificaciones que se practiquen.
e. Toda la documentación deberá estar legalizada mediante el procedimiento de la Apostille o debidamente consularizada.
f. No será requisito para la presentación de una oferta que la persona jurídica constituida en el exterior de la República Argentina haya dado previo cumplimiento a los requisitos dispuestos en el Capítulo I, Sección XV, de la Ley General de Sociedades N° 19.550, sin perjuicio de la obligación de cumplir con dichos requisitos con anterioridad a la suscripción del CONTRATO en caso de resultar Adjudicatario.
(iii) Otras declaraciones comunes a todos los oferentes:
a) Documentación que acredite la solvencia financiera y patrimonial del oferente, firmada por su representante. A los fines de acreditar que los oferentes cuentan con la solvencia financiera necesaria para ejecutar el PROYECTO, deberán acompañar a su propuesta un plan de trabajos completo y detallado, que asocie una curva de inversión en la que se especifiquen las fuentes de financiamiento que dan sustento a la inversión proyectada. Este requerimiento no aplica respecto del oferente que sólo presente oferta por el Componente 1 (PROVISIÓN DE INMUEBLES).
b) Declaración Jurada del oferente, o de cada uno de sus integrantes, de no encontrarse comprendido en ningún supuesto de impedimentos o inhabilidades para ser oferente detallados en el artículo 6º de este PLIEGO, conforme ANEXO B (DECLARACIÓN JURADA DE HABILIDAD PARA SER OFERENTE) de este PBCG.
c) Declaración Jurada del oferente respecto a la ausencia de conflicto de interés de conformidad con lo establecido en el artículo 7.3 del presente PLIEGO. ANEXO C. (DECLARACIÓN JURADA DE CONFLICTO DE INTERESES).
d) Constancia que acredite la constitución de la Garantía de Mantenimiento de Oferta, de acuerdo con lo previsto en el presente PLIEGO.
e) Declaración de una dirección de correo electrónico, donde se tendrán por válidas todas las comunicaciones y notificaciones que se le cursen a lo largo del procedimiento licitatorio.
f) Constancia de constitución de la Unión Transitoria de conformidad, si correspondiera;
g) Declaración jurada de que, en caso de controversias que pudieren suscitarse, acepta expresamente la jurisdicción de la IV Circunscripción Judicial del Neuquén, Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial Laboral y de Minería, con asiento en la Xxxxxx xx Xxxxx xx xxx Xxxxx, Xxxxxxxxx xxx Xxxxxxx, renunciado a cualquier otra jurisdicción que pudiere
CONCEJO DELIBERANTE SAN XXXXXX DE LOS ANDES
corresponder, conforme ANEXO D.
10.2.2. Oferta Técnica:
La documentación aquí prevista será completada con la información que permita verificar la calidad de la oferta en función de los requerimientos de la presente LICITACIÓN.
Las memorias contendrán referencias sobre el desempeño de los elementos propuestos, describiendo los niveles de prestación calculados para los componentes de cada sistema. En cada caso, se mencionarán expresamente los Códigos, Normas y Reglamentaciones aplicados al dimensionar y calcular los distintos sistemas que permitieron delinear las pautas y características del Proyecto del Oferente.
La documentación gráfica debe permitir una comprensión completa y correcta del Proyecto del Oferente propuesto en la oferta.
Antes de la iniciación de los trabajos, el Contratista deberá confeccionar los planos de Xxxxxx Ejecutivo, con sus correspondientes elementos, y los que fueran necesarios para el replanteo de cada trabajo en obra o planificación de los trabajos en taller.
A continuación, se enumeran los documentos que deberá presentar el oferente para la evaluación técnica de su oferta:
10.2.2.1. Respecto al inmueble:
• Inmueble de propiedad privada de particulares:
Sea que el oferente opte por presentar oferta sólo para el Componente 1 (PROVISIÓN DE INMUEBLE/S), o que ofrezca un inmueble de su propiedad -o de quienes se presenten con él en asociación- para la implantación de las obras o la operación de los Servicios de RSU por los que se presenta oferta, en ambos casos deberá adjuntar copia certificada de las respectivas escrituras que avalen su titularidad dominial.
De resultar adjudicado este oferente, el respectivo CONTRATO deberá ser suscripto por todos los titulares registrales o por apoderado con poder legal suficiente.
• Inmueble/s de dominio estatal:
En este caso, deberá acompañarse con la oferta documentación legal suficiente de la que surjan los datos catastrales y dominiales de el o los predios y su afectación al organismo público que se presenta como oferente.
En ambos casos deberán presentarse un croquis con la ubicación de el o los predios y la superficie que se ofrece para el PROYECTO.
CONCEJO DELIBERANTE SAN XXXXXX DE LOS ANDES
En caso de resultar adjudicada una oferta para el Componente 1, previo a la firma del CONTRATO, se deberá adjuntar el correspondiente Certificado Dominial vigente, emitido por el Registro de la Propiedad Inmueble de la jurisdicción, del que surja la titularidad dominial del inmueble a afectar al PROYECTO.
10.2.2.2. Evaluación del perfil técnico del oferente:
A fin de permitir la evaluación de los antecedentes técnicos del oferente, éste deberá acompañar la siguiente documentación:
1. MEMORIA DESCRIPTIVA DE PROYECTOS CONSTRUIDOS: debe contener una descripción sintética y concisa de los aspectos relevantes de los proyectos construidos por el oferente o quienes integren un consorcio oferente, incluyendo superficie construida, año de terminación, destino del inmueble proyectado, y otra información relevante. Este documento servirá para el análisis en conjunto o no del equipo proyectista y de la empresa constructora. En caso de ser necesario deberá presentarse la información correspondiente a cada uno.
2. IMÁGENES DE LOS PROYECTOS CONSTRUIDOS: al menos 2 (dos) fotos exteriores y 2 (dos) fotos interiores de proyectos construidos. Preferentemente serán los mismos descriptos en la memoria del punto anterior.
3. ARTÍCULOS VARIOS PUBLICADOS SOBRE LOS PROYECTOS: si existieran publicaciones sobre el o los edificios construidos en los distintos medios de difusión del rubro, los mismos se podrán adosar a la documentación presentada.
4. DECLARACIÓN JURADA SOBRE LA FECHA DE INICIO DE ACTIVIDADES DEL ESTUDIO PROYECTISTA.
5. DECLARACIÓN JURADA SOBRE LA FECHA DE INICIO DE ACTIVIDADES DE LA EMPRESA CONSTRUCTORA.
6. MEMORIA DESCRIPTIVA DE TECNOLOGÍAS SUSTENTABLES DE PROYECTOS CONSTRUIDOS: deberá reflejar el modo de concebir el diseño arquitectónico de manera sostenible, buscando optimizar los recursos naturales y
CONCEJO DELIBERANTE SAN XXXXXX DE LOS ANDES
los sistemas de la edificación sustentable. Serán obras de características similares al proyecto objeto de la presente LICITACIÓN. Puede incluir gráficos, esquemas y fotos. Si contaran con alguna certificación LEED en los proyectos presentados, podrán ser adjuntas a la memoria.
7. ORGANIGRAMA DEL EQUIPO DE TRABAJO: deberá reflejar las cualidades, la experiencia y las aptitudes del equipo que integrará dicho equipo.
Los requerimientos enumerados en el presente ítem no aplican al oferente que sólo presente oferta respecto del Componente 1 (PROVISIÓN DE INMUEBLE/S).
10.2.2.3. Evaluación del Proyecto del Oferente:
El Proyecto del Oferente deberá considerar, como mínimo, los lineamientos, características y condiciones de diseño y de construcción previstos en el PET para el Componente o Subcomponente del PROYECTO por el que oferta.
A fin de permitir su evaluación, el Proyecto del Oferente deberá presentarse junto con la siguiente documentación:
1. MEMORIA DESCRIPTIVA DEL PROYECTO DEL OFERENTE: deberá explicar las intenciones proyectuales y los sistemas constructivos a emplear, evitando la descripción o reiteración de la información suministrada en los demás elementos. Su contenido reforzará las intenciones sobre los aspectos significativos de la solución adoptada, fundamentando los criterios incorporados por los proyectistas como así también de las principales ideas y conceptos urbanísticos, arquitectónicos y de la implantación del proyecto en su entorno. Se pueden incluir en la memoria gráficos y esquemas.
2. MEMORIA DE FLUJO DE TRÁFICO: deberá reflejar el estudio del tránsito peatonal dentro y hacia afuera del predio donde se ubicará la obra o prestará el servicio, conjugando la vía pública, y la circulación de acceso a proveedores y a los sectores administrativos y de operación del servicio de RSU. Deberá demostrar la integración, la posibilidad de independencia de los distintos usos y la implantación del proyecto con su entorno. Deberá diferenciar los distintos
CONCEJO DELIBERANTE SAN XXXXXX DE LOS ANDES
tipos de circulación, primaria y secundaria, y acorde a los usos de cada sector, caminos principales, estacionamientos, etc. Puede incluir gráficos y esquemas.
3. MEMORIA DE ESPACIOS VERDES/CORTINAS FORESTALES: deberá reflejar la solución adoptada para los espacios de parquización y áreas buffer acorde al PET. En caso de corresponder, se indicará el equipamiento que se colocará. Puede incluir gráficos y esquemas.
4. MEMORIA DE TECNOLOGÍAS SUSTENTABLES: Deberá explicar la elección de las tecnologías utilizadas y los beneficios de las mismas. Los criterios de aislación térmica y ahorro energético propuestos. Manejo conservativo del agua y tratamiento de pluviales. La memoria deberá ser concisa y deberá expresar las ideas que sustentan las propuestas. Puede incluir gráficos y esquemas.
5. MEMORIA DESCRIPTIVA ESTRUCTURAL: deberá describir la estructura adoptada, teniendo en cuenta el Código de Edificación aplicable en la jurisdicción (sistema de fundación, materialidad, etc.). Puede incluir gráficos y esquemas.
6. MEMORIA DESCRIPTIVA DE LOS MATERIALES ADOPTADOS: deberá describir las calidades y cualidades de los materiales elegidos, como mínimo, en relación a la infraestructura y características arquitectónicas previstos en el PET para el Componente por el que oferta. Deben indicarse las especificaciones técnicas de los materiales y las normas que lo avalan. Puede incluir folletos, gráficos y esquemas.
7. MEMORIA DESCRIPTIVA DE INSTALACIÓNES TERMOMECÁNICA, ELECTRICA, SANITARIA E INCENDIOS: deberá especificar marca y modelo de los equipos y materiales a utilizar. Deberá explicitar la eficiencia energética del sistema demostrando el ahorro energético y sus beneficios. Deberá describir de manera objetiva las instalaciones de referencia explicando el sistema adoptado en su totalidad. La memoria deberá ser concisa y deberá expresar las ideas que sustentan las propuestas, así como sus parámetros sustentables. Puede incluir folletos, gráficos y esquemas.
XXXXXXX XXXXXXXXXXX XXX XXXXXX XX XXX XXXXX
0. MEMORIA DESCRIPTIVA DE LA INSTALACIÓN QUE CORRESPONDA Y NO ESTÉ ENUNCIADA EN EL LISTADO PRECEDENTE: deberá especificar cualquier otro sistema adoptado en el proyecto objeto del LICITACIÓN, cumpliendo con el mismo detalle y descripción de lo enunciado para las demás instalaciones.
9. MEMORIA DESCRIPTIVA DEL PLAN DE LOGÍSTICA QUE SE ADOPTARÁ: deberá describir cómo se realizará la logística de los materiales, equipos, servicios de higiene y bienestar, el manejo de residuos y el control de accesos entre otros, garantizando la organización general de la obra, cuidando el ambiente y el entorno circundante.
10. MEMORIA DESCRIPTIVA DEL SISTEMA DE GESTIÓN AMBIENTAL A EMPLEAR EN LA OBRA: deberá reflejar el sistema de gestión ambiental propuesto que minimice impactos negativos e integre la obra con el paisaje y el ambiente.
11. DESCRIPCIÓN DEL PROTOCOLO Y PROCESO DEL CONTROL DE SEGURIDAD E HIGIENE: deberá reflejar las medidas que se emplearán para el cumplimiento de las normativas de seguridad e higiene en la obra y/o en la operación del servicio de RSU, de corresponder.
12. CRONOGRAMA DE PROYECTO EJECUTIVO Y OBRA. Se presentará completo, incluyendo el tiempo destinado a la materialización del proyecto ejecutivo con sus hitos de entregas parciales y totales a la CONTRATANTE, para su revisión y aprobación, el tiempo que ésta destinará para la revisión y aprobación de los documentos entregados, los posibles tiempos destinados a la ejecución de correcciones, los hitos que marcarán la presentación ante los entes correspondientes, el tiempo de tramitación ante cada ente, aprobaciones y habilitaciones y todo otro hito relevante que lo componga. Deberá además incluir todas las etapas de la obra, con sus hitos parciales y totales. El cronograma de proyecto ejecutivo y obra no podrá prever un plazo para la Recepción Provisoria de la Obra superior al previsto para cada Componente del PROYECTO, contados desde la fecha de firma del CONTRATO.
XXXXXXX XXXXXXXXXXX XXX XXXXXX XX XXX XXXXX
00. TABLA DE SUPERFICIES: se presentará de manera clara y completa. Deberá figurar el cumplimiento de las cantidades y relaciones mínimas según la normativa aplicable, indicando la superficie total construible, que resultará de la sumatoria de los usos previstos. Se computarán tanto superficies como alturas libres, parciales y totales según tipo de área o sector.
14. PLANO DE IMPLANTACIÓN - ESCALA 1:500: mostrará la relación de la obra proyectada con el inmueble y con su entorno urbano, para poder comprender la escala y complejidad de la propuesta. Se indicarán los retiros, los niveles adoptados, las zonas parquizadas y áreas buffers, así como la interrelación o independencia de los distintos accesos y sectores funcionales. La misma incluirá sombras. Se incluirán las vías de ingreso al predio, identificando las tramas circulatorias, las diferentes zonas o sectores de ocupación, uso de suelo, así como las cotas de planos y de nivel, equipamiento, forestación y todo otro dato que a criterio del oferente contribuya a comunicar su idea.
15. PLANOS DE PLANTA - ESCALA 1:250: se deberá poder comprender cómo es la distribución de los espacios y el funcionamiento de la o las plantas. Deberá incluir la propuesta de mobiliario y todo elemento que ayude a la comprensión de los distintos usos del proyecto. Deberán indicarse según el caso, los vacíos, los retiros, dobles alturas, los controles de acceso por nivel, las áreas descubiertas, semi cubiertas y cubiertas, etc. Se indicarán las cotas de planos y de nivel, materialidad de solados, equipamiento y todo otro dato que a criterio del oferente contribuya a comunicar su idea. Mostrará las distintas jerarquías en los accesos a las instalaciones proyectadas, facilitando la comprensión del flujo de tráfico exterior e interior. Se deberán identificar los accesos a los distintos sectores indicados en el PET para cada Componente. Deberá estar previsto el cerramiento perimetral, el equipamiento exterior fijo, los controles de acceso, el estacionamiento, las áreas de carga y descarga con su correspondiente acceso de proveedores, etc. Deberán quedar identificadas las áreas descubiertas, semi cubiertas y cubiertas. Se indicarán las cotas de planos y de nivel, materialidad de solados, equipamiento, forestación y todo otro dato que a criterio del oferente contribuya a comunicar su idea.
16. PLANO XX XXXXXX - ESCALA 1:250: Se realizará uno transversal y uno longitudinal, debiendo reflejar las alturas libres propuestas para cada uso, los
CONCEJO DELIBERANTE SAN XXXXXX DE LOS ANDES
espacios destinados a las instalaciones, la materialidad adoptada para el interior del edificio proyectado, etc. Se indicarán las cotas de nivel, materialidad, equipamiento y todo otro dato que a criterio del oferente contribuya a comunicar su idea.
17. PLANO DE VISTAS - ESCALA 1:250: Se materializarán todas las fachadas que posea el edificio proyectado, debiendo reflejar las soluciones adoptadas según el tipo de orientación, las jerarquías de acceso dependiendo de la función y del flujo de circulación, la materialidad, las alturas, los retiros, la parquización, etc. Se indicarán las cotas de nivel, equipamiento y todo otro dato que a criterio del oferente contribuya a comunicar su idea.
18. PERSPECTIVAS EXTERIORES: Representará la imagen completa del edificio, se debe comprender la idea central del diseño propuesto, incluyendo el entorno y las áreas parquizadas. Incluirá perspectivas exteriores aéreas y peatonales que reflejen los accesos y circulaciones a nivel peatonal del proyecto objeto del LICITACIÓN. La cantidad a presentar queda al criterio del oferente.
Los requerimientos enumerados en el presente ítem no aplican al oferente que sólo presente oferta respecto del Componente 1 (PROVISIÓN DE INMUEBLE/S).
10.2.2.4. Evaluación de la propuesta de operación de Servicios de RSU:
A fin de permitir la ponderación de la propuesta de operación de el o los Servicios de RSU por el oferente, éste deberá acompañar la siguiente documentación:
1. COMPROMISO DE PERSONAL IDÓNEO A CONTRATAR: el oferente deberá presentar un escrito en el que figure el compromiso de contratar profesionales idóneos para ocupar los roles jerárquicos para la ejecución de los trabajos, acorde a lo especificado en los PLIEGOS y las especificaciones técnicas, con experiencia acorde a los roles. Deberá presentar para tal fin el listado de roles completo.
2. MEMORIA DESCRIPTIVA DE LA OPERACIÓN DE SERVICIOS RSU: Debe describir en forma clara los aspectos relevantes de la operación de el o los servicios de RSU propuestos, incluyendo: su alcance, tipo y características, procedimientos de la operación, recursos utilizados (personal, maquinaria específica, etc.), mecánica de funcionamiento, período operado, tiempos de respuesta.
CONCEJO DELIBERANTE SAN XXXXXX DE LOS ANDES
Deben considerarse el PET y los lineamientos generales establecidos en la Ordenanza Nº 12.036/18.
La propuesta de operación de servicios de RSU debe garantizar su gestión eficiente, eficaz, regular, continua y sustentable.
3. ORGANIGRAMA DE OPERACIÓN DEL SERVICIO DE RSU PROPUESTO: deberá entregar una memoria del organigrama propuesto, donde justificará su armado. Acompañará a éste el perfil técnico que tendrán los profesionales de los roles específicos. Deberá indicar también la cantidad de recursos que estipula para cada rol o conjunto de roles y las distintas especialidades.
Realizará la descripción de la organización por turnos o especialidades del servicio, indicando cantidad y tipo de recursos y personal asignados para cada uno, necesarios para atender las tareas previstas.
4. PLAN ANUAL DE MANTENIMIENTO: deberá especificar el listado de tareas y las frecuencias de ejecución, en cuanto a la periodicidad y las horas de funcionamiento para administrar las acciones, ya sean preventivas o correctivas, con el propósito de atender las necesidades que presenta la operación de los servicios de RSU proyectados.
5. PLAN ANUAL DE LIMPIEZA: deberá especificar el listado de tareas y la periodicidad de ejecución para administrar las acciones programadas, con el propósito de atender las necesidades de aseo y orden que presentan los espacios de trabajo y de apoyo de la prestación de servicios proyectados.
Los requerimientos enumerados en el presente ítem no aplican al oferente que sólo presente oferta respecto del Componente 1 (PROVISIÓN DE INMUEBLE/S).
10.2.3. Formato para la presentación de la Oferta Técnica
El presente ítem indica el formato con que los oferentes deberán presentar la documentación técnica exigida en el artículo anterior, a los efectos de la evaluación del SOBRE N° 1.
Toda la documentación será entregada en formato digital y papel. La presentación se compondrá en original y dos copias de toda la documentación enunciada.
Salvo para el caso del oferente que sólo presente oferta respecto del Componente 1
CONCEJO DELIBERANTE SAN XXXXXX DE LOS ANDES
(PROVISIÓN DE INMUEBLE/S), los demás deberán presentar todas las láminas en formato PDF en el tamaño correspondiente:
• Las memorias de proyecto se presentarán en formato .doc y .pdf
• Las Planillas, en formato .xlsx y .pdf.
• Los Planos, en el formato dwg y .pdf.
Toda la información deberá estar contenida en un único disco de memoria flash (Pen Drive) y se presentará tanto en formato PDF como en formato original, sin comprimir.
10.2.3.a) Documentación escrita
La documentación escrita se presentará en hojas A4 contenidas en carpetas plásticas con indicación en frente y lomo de su contenido. Cada carpeta tendrá su propio índice de contenido y separadores por temas. Las hojas serán numeradas correlativamente. La documentación deberá presentarse acompañada de un listado detallado de todos los planos, pliegos y documentos que la componen.
10.2.3.b) Documentación gráfica
A) DIAGRAMACIÓN DE LAS LÁMINAS:
La diagramación de la entrega se realizará en láminas A0 color, según el formato que se detalla en el presente artículo. La escala será la indicada para cada ítem en el presente documento. Para expresar medidas de longitud y superficie, se usará el sistema métrico decimal.
Todas las representaciones de plantas, elevaciones y cortes deberán presentar un grado de definición dimensional indicado por líneas de acotado, que permita la determinación inequívoca de las medidas de todos las instalaciones y sectores proyectados. Deberán indicarse las líneas xx xxxxx en las plantas.
A continuación, se presenta una diagramación de láminas estándar que podrá ser levemente modificado a criterio del Oferente para la mejor representación de su OFERTA:
1. L1. LÁMINA 1: Perspectivas Exteriores.
2. L2. LÁMINA 2: Plano de Implantación - Escala 1:500.
3. L3. LÁMINA 3: Plano de Planta - Escala 1:250. Se realizarán tantas láminas como sean necesarias.
4. L4. LÁMINA 4: Plano xx Xxxxxx y Perspectivas Interiores representativas del sector estudiado - Escala 1:250. Se realizarán tantas láminas como sean necesarias.
5. L5. LÁMINA 5: Plano de Vistas y Perspectivas Exteriores representativas
CONCEJO DELIBERANTE SAN XXXXXX DE LOS ANDES
del sector estudiado, Escala 1:250 Se realizarán tantas láminas como sean necesarias.
B) RÓTULO:
Todas las láminas llevarán su correspondiente rótulo en el margen derecho del sector inferior de la hoja, donde conste el nombre del programa y de la Municipalidad de San Xxxxxx de los Andes.
10.2.4 Pliego
Se deberá incluir el pliego impreso de la página web firmado en todas sus páginas.
10.3. Contenido del Sobre N° 2 - OFERTA ECONÓMICA
El SOBRE N° 2 contendrá la OFERTA ECONÓMICA, suscripta por el Oferente o su Representante. Si no estuviera firmada, la OFERTA ECONÓMICA se considerará como no presentada.
En su OFERTA ECONÓMICA, el oferente indicará el precio, forma, modalidad, plazo de ejecución de las obras, provisión de el o los inmuebles y/o la operación de los servicios, según corresponda, así como las oportunidades de pago de la remuneración pretendida como contraprestación por las obras, bienes o servicios contratados. Deberá acompañarse dicha oferta con el Plan de trabajo, completo y detallado, así como la correspondiente curva de inversión que justifique el precio ofertado.
A los efectos del análisis económico-financiero del proyecto de inversión propuesto por el oferente, deberá incluir un esquema de la estructura general del modelo económico- financiero adoptado, con información sobre los costos de inversión en diseño, construcción, u operación y mantenimiento, según corresponda, y acorde a los siguientes parámetros:
• Parámetros generales:
- Moneda utilizada. Pesos argentinos.
- Porcentajes específicos de las inversiones iniciales para cálculo del monto de la garantía de la etapa de construcción, y de operación y mantenimiento, según corresponda.
• Parámetros de financiamiento:
- Esquema de los parámetros financieros asumidos en la modelación.
- Definición de un cronograma de inversión.
• Parámetros fiscales:
CONCEJO DELIBERANTE SAN XXXXXX DE LOS ANDES
- Según corresponda, en la modelización financiera deberá incluirse el costo financiero del Impuesto al Valor Agregado (IVA) en la etapa de construcción u operación, y demás tributos que resulten aplicables al proyecto en cuestión.
• Inversiones iniciales:
- Deberá incluirse un esquema de las inversiones necesarias para el diseño, construcción, operación y mantenimiento de los distintos tramos del proyecto, según corresponda, teniendo en cuenta el plazo de construcción para las inversiones iniciales.
• Costos de mantenimiento, cuando corresponda:
- Cuando corresponda, deberá realizarse un esquema del costo de las obras de mantenimiento para todo el período del contrato, teniéndose presente las alternativas técnicas empleadas.
• Costos de operación, cuando corresponda:
- Estimación de los gastos de administración y ventas, costos por servicios contratados, entre otros.
- Para sus diferentes partidas, dichos costos deberán proyectarse a lo largo de la vigencia del CONTRATO en base a valores iniciales obtenidos xx xxxxxxx públicas. A tal efecto, deberá incluirse un cuadro con el detalle de los mismos.
• Costo de los fondos propios:
- Estimación del parámetro de costo del capital propio a ser utilizado por el Contratista, indicando metodología aplicada para su cálculo.
• Deuda contraída:
- Esquema a partir del cual se analice la deuda, los montos de capital, intereses, etc., incluyendo el saldo de la deuda durante toda la vigencia del CONTRATO.
• Contraprestación Pública pretendida:
- Según se proponga en la oferta, deberán exponerse los flujos de los recursos a otorgar por la CONTRATANTE durante la vigencia del CONTRATO, sea en dinero, bienes o equipamiento, para desarrollar el proyecto en forma viable, según los parámetros respectivos y de acuerdo al tipo de financiamiento.
- Deberá incluirse un esquema a partir del cual se resuma lo previsto anteriormente.
10.3.1. Provisión de Inmueble/s (Componente 1)
CONCEJO DELIBERANTE SAN XXXXXX DE LOS ANDES
Podrá presentarse como oferta para este Componente uno o más predios para el desarrollo del Proyecto, en su totalidad o parcialmente, sea de propiedad privada de particulares, como del Estado (Nacional o Provincial). A ese fin, deberá considerarse la posible localización de el o los inmuebles, sus características y demás condiciones requeridas establecidas en el ANEXO B del PET.
10.3.1.a) Inmuebles de propiedad de particulares:
Los particulares, sean personas humanas o jurídicas, podrán presentar como oferta para este Componente uno o más predios de su propiedad, preferentemente bajo las siguientes modalidades contractuales: permuta, comodato, servidumbre administrativa de ocupación temporánea, alquiler o donación.
En su OFERTA ECONÓMICA, el oferente deberá indicar bajo qué modalidad contractual ofrece su predio o predios, superficie a afectar al PROYECTO, la contraprestación pretendida y por qué plazos.
10.3.1.b) Inmuebles de dominio estatal:
Podrán también presentarse como oferta para este Componente uno o más inmuebles de dominio del Estado (Nacional o Provincial), cuando el oferente sea un organismo público, bajo las modalidades contractuales indicadas en el punto anterior, transferencia gratuita a favor de la MUNICIPALIDAD u otras posibles a considerar.
ARTÍCULO 11°: GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE LA OFERTA
11.1 Constitución. Formalidad
Para asegurar el mantenimiento de la oferta y de las obligaciones establecidas en los PLIEGOS los oferentes deberán constituir y acompañar, en ocasión de la presentación de su oferta, una garantía incondicional e irrevocable de mantenimiento de ésta, a favor de la Autoridad Convocante, equivalente al cinco por ciento (5%) del precio total propuesto por el oferente en su oferta, ejecutable a primer requerimiento.
La Garantía de Mantenimiento de Oferta deberá ser constituida mediante alguna de las formas establecidas a continuación:
CONCEJO DELIBERANTE SAN XXXXXX DE LOS ANDES
a) Depósito en efectivo en pesos en el Banco Provincia del Neuquén, en la cuenta que la MUNICIPALIDAD determine, a la orden conjunta con el organismo contratante.
b) Póliza de Xxxxxx, en la que el fiador haga expresa renuncia al beneficio de exclusión, constituyéndose en liso, llano y principal pagador y que no contenga restricciones ni salvedades.
c) Cheques Certificados contra una entidad bancaria, con preferencia del lugar donde se realice la LICITACIÓN.
d) Aval bancario u otra fianza emitida por una entidad financiera autorizada para operar en la República Argentina por el Banco Central de la República Argentina, o una entidad financiera del exterior que cuente con una calificación crediticia de su deuda otorgada por cualquier calificadora de riesgo respecto de su deuda de largo plazo no garantizada al menos igual a la calificación internacional de la deuda soberana de la República Argentina, extendida a favor de la MUNICIPALIDAD y constituyéndose dicha entidad financiera en fiadora y co-deudora solidaria, xxxx, llana y principal pagador, con renuncia a los beneficios de división y excusión en los términos del artículo 1.590 y 1.591 del Código Civil y Comercial de la Nación, así como al beneficio de interpelación judicial previa.
Si el oferente: (a) comunicase el desistimiento de su oferta antes de la caducidad del plazo original de mantenimiento de la misma; (b) falseara la información consignada con carácter de Declaración Jurada; (c) no firmare el CONTRATO de acuerdo a lo estipulado en el PLIEGO o (d) no suministre las Garantías de Cumplimiento del Contrato en la oportunidad y en las condiciones previstas en el CONTRATO, la Autoridad Convocante procederá a ejecutar, en esos casos, la Garantía de Mantenimiento de Oferta, sin necesidad de interpelación administrativa o judicial previa alguna y sin que ello genere derecho a reclamo o resarcimiento de ninguna índole por parte del oferente.
11.2 Devolución de Garantía de Mantenimiento de Oferta
Dentro de los cinco (5) días hábiles de la suscripción del CONTRATO, y una vez acreditados los requisitos previos previstos en el Artículo 20.2 (iii) y (iv) del PBCG, le será restituida al CONTRATISTA la Garantía de Mantenimiento de Oferta.
La Garantía de Mantenimiento de Oferta será restituida al resto de los oferentes una vez suscripto el CONTRATO por el Adjudicatario. Si la LICITACIÓN resultara desierta, será devuelta una vez vencido el plazo de mantenimiento de oferta fijado en los PLIEGOS.
CONCEJO DELIBERANTE SAN XXXXXX DE LOS ANDES
ARTÍCULO 12°: PRESENTACIÓN DE OFERTAS
12.1. Lugar y fecha de presentación de ofertas
Las ofertas se presentarán en el lugar, día y hora que se fijen en la convocatoria de la LICITACIÓN.
Se considerará que se ha presentado oferta dentro del plazo, si ésta ha ingresado al lugar en el que se registra la presentación de ofertas hasta la fecha y hora límite establecidas para el efecto en la convocatoria.
No se aceptarán las ofertas que sean presentadas, o que lleguen por correo o por cualquier otro medio, con posterioridad al día y hora fijados como término para la recepción de aquéllas, aun cuando el Acto de Apertura no se haya iniciado y aunque se justifique por el matasellos u otro elemento que se hubieran despachado a tiempo, por lo cual las ofertas presentadas fuera de término serán rechazadas y devueltas a sus representantes sin abrir, con prescindencia de la fecha en que fueron despachadas.
En todos los casos, el oferente será el único responsable de que su oferta sea presentada a tiempo.
No se admitirán modificaciones de oferta luego de su presentación.
12.2. Retiro de ofertas
Una vez presentada la oferta, los oferentes podrán desistir de su participación en el LICITACIÓN, pero no podrán retirar su oferta.
La MUNICIPALIDAD ejecutará la Garantía de Mantenimiento de Oferta de todo aquel que desista de participar en la LICITACIÓN en forma posterior a la fecha y hora límite para la presentación de OFERTAS.
12.3. Recepción de ofertas
El funcionario que la MUNICIPALIDAD designe para presidir el acto de recepción de las ofertas, registrará la recepción de las ofertas en el Acta de Recepción según el orden de presentación, donde hará constar (i) el nombre del oferente, (ii) su domicilio constituido y su domicilio electrónico para efectos de notificaciones, (iii) la fecha y hora de recepción, (iv) el nombre del representante que la presentó.
CONCEJO DELIBERANTE SAN XXXXXX DE LOS ANDES
Como constancia de haber recibido la oferta dentro del plazo estipulado el oferente obtendrá la constancia de recepción de la mesa de entradas municipal.
12.4. Aceptación de las disposiciones contenidas en los PLIEGOS La presentación de la oferta implica, sin admitir prueba en contrario, el conocimiento y aceptación de todas las disposiciones contenidas en los PLIEGOS, como así también de
todas las circulares aclaratorias o modificatorias y de los términos y condiciones del
CONTRATO, así como de la legislación aplicable.
La presentación como oferente también implica la renuncia a plantear cualquier tipo de reclamo judicial o extrajudicial basado en la disconformidad con lo establecido en los PLIEGOS.
ARTÍCULO 13°: APERTURA DE SOBRES
Finalizada la recepción de las ofertas se procederá a la apertura de los SOBRES N° 1 conforme al orden de recepción de ofertas establecido en el Acta de Recepción, en presencia del funcionario designado por la MUNICIPALIDAD, de los funcionarios de las dependencias designados y de todos aquellos que desearen presenciarlo, quienes podrán verificar la existencia, número y procedencia de los sobres, cajas o paquetes dispuestos para ser abiertos.
Los SOBRES N° 2 no serán abiertos en dicho acto, manteniéndose bajo custodia y reserva del funcionario que designe la MUNICIPALIDAD. Asimismo, se constatará su efectivo cierre y se estampará el sello y firma del funcionario para su posterior y eventual consideración.
El Acta de Apertura de los SOBRES Nº 1 será firmada por los funcionarios designados al efecto y por los oferentes presentes que deseen hacerlo.
En el acto de apertura de los SOBRES no se permitirán interrupciones. Cualquier observación deberá ser efectuada al finalizar el mismo, debiendo constar en el Acta de Apertura de los SOBRES Nº 1.
Ninguna oferta presentada en término podrá ser desestimada en el Acto de Apertura. Las que sean observadas se agregarán al expediente para su análisis.
ARTÍCULO 14°: PLAZO DE MANTENIMIENTO DE OFERTA
Los oferentes deberán mantener las ofertas sin posibilidad de modificarlas por el término de
CONCEJO DELIBERANTE SAN XXXXXX DE LOS ANDES
sesenta (60) días, contados a partir de la fecha del Acto de Apertura y recepción de las ofertas establecida en la convocatoria de la LICITACIÓN. A su vencimiento, el plazo antes aludido se renovará en forma automática por un lapso igual al inicial, salvo que el oferente manifestara en forma expresa su decisión de no renovar el mantenimiento de su oferta con una antelación mínima xx xxxx (10) días corridos al vencimiento del plazo.
ARTÍCULO 15: VISTA DE LAS OFERTAS
Los originales del contenido de los SOBRES N° 1 serán exhibidos a los oferentes por el término de cinco (5) días hábiles, contados a partir del día hábil inmediato siguiente al del acto de apertura de los mismos.
Los oferentes podrán solicitar copia a su costo de las ofertas presentadas por los restantes oferentes.
ARTÍCULO 16: Comisión Evaluadora. EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS
16.1. Comisión Evaluadora. Funciones
Sin perjuicio de las demás funciones atribuidas por la reglamentación de la Ordenanza Nº 12.477/19, la Comisión Evaluadora tendrá a su cargo:
(i) Verificar que las ofertas cumplan con los requisitos legales y técnicos y las exigencias establecidas en los PLIEGOS de la LICITACIÓN para la presentación de las ofertas.
(ii) Recomendar a la Autoridad Convocante, a través del Dictamen de Evaluación de Precalificación y del Dictamen de Evaluación de las Ofertas Económicas, el rechazo de las ofertas que presenten errores esenciales y no subsanables, falta de documentación, o que de cualquier otra forma no presenten consistencia con el PLIEGO de la presente LICITACIÓN.
(iii) Emitir el Dictamen de Evaluación de Precalificación.
(iv) Emitir el Dictamen de Evaluación de las Ofertas Económicas.
Los dictámenes de la Comisión Evaluadora versarán sobre el cumplimiento de los requisitos de los PLIEGOS, la admisibilidad de las ofertas y podrán contener las recomendaciones que, en su caso, estime conveniente formular. Los dictámenes no tendrán carácter vinculante y no serán impugnables.
CONCEJO DELIBERANTE SAN XXXXXX DE LOS ANDES
16.2. Seriedad de oferta. Subsanación de errores
La Comisión Evaluadora podrá solicitar a los oferentes informes técnicos cuando de la evaluación de sus ofertas surja que éstas no podrían ser cumplidas en la forma debida.
Asimismo, la Comisión Evaluadora, al constatar la existencia de errores u omisiones no esenciales, deberá intimar al oferente a que subsane dichos errores u omisiones dentro del término de tres (3) días hábiles.
Cuando proceda la posibilidad de subsanar errores u omisiones no esenciales contenidos en las ofertas se interpretará en todos los casos en el sentido de brindar a la MUNICIPALIDAD la posibilidad de contar con la mayor cantidad de ofertas válidas posibles.
La subsanación de deficiencias se posibilitará en toda cuestión relacionada con la constatación de datos o información de tipo histórico obrante en bases de datos de organismos públicos, así como también respecto de errores en documentos u omisiones de presentación de documentos, que no tengan incidencia en el análisis comparativo de las ofertas.
La corrección de errores u omisiones no esenciales también podrá ser presentada en forma espontánea por el Oferente y no podrá ser utilizada para alterar la sustancia de la oferta o para mejorarla o para tomar ventaja respecto de los demás oferentes.
ARTÍCULO 17: CRITERIOS DE EVALUACIÓN DE LA OFERTA TÉCNICA
La Comisión Evaluadora evaluará el contenido del SOBRE Nº 1 mediante la determinación del cumplimiento, o no, de la presentación de documentación antecedentes y los requerimientos técnicos bajo estos PLIEGOS y el PET. Toda propuesta que tenga un valor agregado con relación a aspectos ambientales, energéticos y sociales tendrá una puntuación diferencial.
La Comisión Evaluadora podrá requerir de los oferentes cualquier información complementaria, aclaraciones o subsanación de defectos formales que considere necesarias, quienes deberán dar cumplimiento al pedido de informes complementarios dentro del plazo de tres (3) días hábiles a contar a partir del día siguiente al de su notificación. Si no se cumpliera en término con dicho pedido, se dará por retirada la oferta con pérdida de la Garantía de Mantenimiento de Oferta. El pedido de informes no suspende el plazo para que se expida la Comisión de Evaluación.
CONCEJO DELIBERANTE SAN XXXXXX DE LOS ANDES
Dicha Comisión procederá al estudio de las ofertas y aconsejará a la Autoridad Convocante la desestimación de aquellas deficiencias insalvables que no permitan su comparación en condiciones de igualdad.
17.1. Evaluación del Proyecto del Oferente
Para la admisibilidad de la propuesta, se requiere que ésta cumpla, como mínimo, con los lineamientos y características indicados en el PET de la presente LICITACIÓN. Aquellas ofertas que no cumplan con esos mínimos serán declaradas inadmisibles.
ARTÍCULO 18: ETAPA DE EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS
La etapa de evaluación de las ofertas es confidencial, por lo cual durante esa etapa no se concederá vista de las actuaciones.
18.1. Evaluación de los SOBRES N° 1 - Plazo para emitir el Dictamen de Evaluación de Precalificación
Transcurridos los plazos de vista, la Comisión Evaluadora analizará el contenido de los SOBRES N° 1 a fin de evaluar la coincidencia y cumplimiento, exclusivamente en cuanto a sus aspectos formales, entre la documentación acompañada a dichos SOBRES N° 1 y lo previsto en los PLIEGOS, a fin de verificar si alguna de las ofertas debe ser desestimada con causa en la omisión de documentación esencial en el marco del presente.
Finalizado dicho plazo, la Comisión Evaluadora deberá expedirse sobre el contenido del SOBRE N° 1 y la adecuación del Proyecto del Oferente a las especificaciones detalladas en los PLIEGOS y el PET, y sus méritos técnicos, de diseño/ingeniería civil y otros propios del Proyecto del Oferente. Se expedirá a través de la emisión de un informe de evaluación de cada uno de los proyectos recibidos, pudiendo contener además las recomendaciones que estimen conveniente formular.
Dentro del plazo de treinta (30) días corridos de recibida la respectiva documentación, la Comisión Evaluadora deberá emitir el correspondiente Dictamen de Evaluación de Precalificación. Allí se expedirá, fundadamente, sobre la calidad de las ofertas, en donde se hará constar los siguientes datos: (i) Oferentes admitidos y (ii) Oferentes rechazados. Los oferentes admitidos serán considerados Oferentes Precalificados.
El mencionado plazo sólo podrá ser excedido por causas excepcionales, las que deberán ser debidamente fundadas por la Comisión Evaluadora en su Dictamen de Evaluación de Precalificación. A dichos efectos, se entenderá como causal excepcional el pedido razonable
CONCEJO DELIBERANTE SAN XXXXXX DE LOS ANDES
de precisiones o información adicional realizado por la Comisión Evaluadora a un oferente a los efectos de analizar correctamente su oferta, cuando dichas precisiones o información fuera necesaria para analizar la oferta.
El Dictamen de Evaluación de Precalificación se publicará en los sitios web de la MUNICIPALIDAD.
18.2. Resolución de Inadmisibilidad de Ofertas
Para el caso de existir una o más ofertas que deban ser desestimadas por no dar cumplimiento a lo previsto en estos PLIEGOS, la Autoridad Convocante, dentro de los diez
(10) días de recibido el dictamen de la Comisión Evaluadora previsto en el inciso anterior, deberá emitir una resolución fundada en dicho sentido, estableciendo claramente cuál o cuáles ofertas serán desestimadas por no haber dado cumplimiento a lo previsto en los PLIEGOS.
18.3. Apertura de los SOBRES N° 2
Una vez completada la evaluación de los SOBRES N° 1, se procederá a la apertura de los SOBRES N° 2. La apertura se efectuará en acto público cuya fecha, hora y lugar serán informados por circular y difundidos en los sitios web de la MUNICIPALIDAD.
La Autoridad Convocante procederá a la apertura de los SOBRES N° 2 de los Oferentes Precalificados en presencia del funcionario público que fuese designado depositario de los mismos en el Acta de Recepción de Apertura.
Los oferentes podrán tomar vista de las OFERTAS ECONÓMICAS en el mismo acto de apertura del SOBRE N° 2, debiéndose dejar constancia de dicha circunstancia. Una vez tomadas las vistas por los oferentes que así lo requieran, la Autoridad Convocante, entregará en el mismo acto las OFERTAS ECONÓMICAS a la Comisión Evaluadora.
Las OFERTAS ECONÓMICAS contenidas en el SOBRE N° 2 son irrevocables e inmodificables. En ningún caso, bajo ninguna circunstancia, la Autoridad Convocante admitirá modificación alguna de la OFERTA ECONÓMICA presentada por los oferentes en el SOBRE Nº 2, salvo lo previsto en el siguiente inciso.
18.4. Evaluación de los SOBRES N° 2 – OFERTA ECONÓMICA
La Comisión Evaluadora procederá al análisis de las ofertas, determinando cuáles cumplen con los requisitos exigidos en los PLIEGOS y las Especificaciones Técnicas de la presente LICITACIÓN. La Comisión Evaluadora, al constatar la existencia de errores u omisiones no esenciales, deberá dar lugar al procedimiento establecido en las normas correspondientes.
CONCEJO DELIBERANTE SAN XXXXXX DE LOS ANDES
La Comisión Evaluadora se expedirá sobre las ofertas a través del Dictamen de Evaluación de Ofertas Económicas, en el que se hará constar la recomendación sobre el orden de mérito propuesto a los efectos de la adjudicación por parte de la Autoridad Convocante.
Tal dictamen deberá emitirse dentro del término xx xxxx (10) días corridos, contados a partir del día hábil inmediato siguiente a la fecha en la cual la Autoridad Convocante hubiera procedido a la apertura de los SOBRES N° 2 y no será impugnable.
El plazo arriba indicado sólo podrá ser excedido por causas excepcionales, las que deberán ser debidamente fundadas por la Comisión Evaluadora en su Dictamen de Evaluación de Ofertas Económicas.
El antedicho dictamen será comunicado a todos los oferentes dentro de los dos (2) días hábiles de emitido, mediante su difusión en los sitios web de la MUNICIPALIDAD.
18.5. Criterios para la evaluación de la OFERTA ECONÓMICA
La Comisión Evaluadora aplicará los criterios para el análisis y evaluación de las OFERTAS ECONÓMICAS descriptos en los presentes PLIEGOS.
18.6. Empate
Existirá empate en los términos de las ofertas cuando dos (2) o más oferentes hayan ofrecido igual monto en el SOBRE Nº 2 en concepto de OFERTA ECONÓMICA.
18.7. Mejora de ofertas económicas
Verificada la existencia de empate, la Autoridad Convocante solicitará una mejora de ofertas económicas en un período de un (1) día hábil contado a partir del momento de la notificación de solicitud de mejora de oferta.
Los oferentes empatados podrán realizar su nueva oferta económica, debiendo ésta observar las mismas formalidades que la oferta económica original y ser menor al monto ofertado en la oferta económica original.
18.8. Sorteo
De subsistir el empate, la selección se producirá por sorteo en el mismo acto entre los oferentes que continúan empatados, a través del sistema de bolillero, el cual deberá garantizar elementos suficientes de publicidad y transparencia. El sorteo será realizado por el funcionario público designado por la MUNICIPALIDAD.
CONCEJO DELIBERANTE SAN XXXXXX DE LOS ANDES
ARTÍCULO 19: ADJUDICACIÓN
19.1. Intervención de la UCAPP
Previo a la adjudicación, la Autoridad Convocante solicitará la intervención de la Unidad de Contratos de Asociación Público-Privada, creada por artículo 3º de la Ordenanza Nº 12.477/19, para que dictamine acerca del procedimiento de selección desarrollado, de conformidad con lo dispuesto por la citada ordenanza y su reglamentación.
19.2. Criterios de adjudicación
La adjudicación deberá recaer en la oferta que sea considerada la más conveniente para el interés público acorde con las condiciones de los PLIEGOS y las Especificaciones Técnicas de la LICITACIÓN, y los criterios de selección fijados por la Comisión Evaluadora.
La Autoridad Convocante podrá adjudicar, en los términos de los PLIEGOS, aún en el caso de que existiera un único oferente.
Dentro de los diez (10) días corridos de recibido el Dictamen de Evaluación de las Ofertas Económicas la Autoridad Convocante podrá resolver la adjudicación de la LICITACIÓN o resolver la inconveniencia de la adjudicación en virtud del contenido de las ofertas presentadas, considerando para ello tanto las consideraciones esgrimidas por la Comisión Evaluadora como así también cualquier otro elemento que resulte de relevancia para el interés público comprometido en la contratación objeto de la LICITACIÓN.
19.3. Autoridad competente - Notificación
La adjudicación deberá ser notificada al Adjudicatario y al resto de los oferentes dentro de los tres (3) días corridos de su dictado.
19.4. Impugnación
La adjudicación podrá ser impugnada por los oferentes que se encuentren legitimados para ello por las vías y en los términos previstos en la Ley de Procedimiento Administrativo Nº 1.284.
19.5. Desistimiento del Adjudicatario
El Adjudicatario que hubiera desistido de su oferta luego del acto de adjudicación y dentro del plazo de mantenimiento de la oferta, será sancionado con la pérdida de la Garantía de Mantenimiento de Oferta.
En dicho supuesto, la Autoridad Convocante podrá —de considerarlo conveniente para el
CONCEJO DELIBERANTE SAN XXXXXX DE LOS ANDES
interés público— adjudicar la LICITACIÓN a favor de la siguiente oferta más conveniente y así sucesivamente, hasta adjudicar.
ARTÍCULO 20: SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO
20.1. Plazo
La CONTRATANTE y el ADJUDICATARIO deberán suscribir el CONTRATO dentro del plazo de quince (15) días hábiles siguientes a la fecha en la que el acto administrativo de adjudicación quede firme y consentido. Dicho plazo podrá ser ampliado por la Autoridad Convocante, previa notificación fehaciente al Adjudicatario.
20.2. Requisitos previos a la suscripción del CONTRATO
En el acto de suscripción del CONTRATO, el Adjudicatario deberá:
(i) Entregar copia certificada y debidamente legalizada del estatuto social del CONTRATISTA en caso de ser una persona jurídica, el que deberá contener las disposiciones pertinentes establecidas en el CONTRATO.
(ii) Entregar copia certificada y debidamente legalizada, donde conste que los órganos internos del CONTRATISTA han aprobado la suscripción del CONTRATO.
(iii) Acreditar la constitución a satisfacción de la MUNICIPALIDAD de la Garantía de Cumplimiento del Contrato en la forma, modalidad y de conformidad con lo previsto en el CONTRATO.
20.3. Incumplimiento de los requisitos de presentación por parte del CONTRATISTA
En caso de no presentarse la documentación detallada precedentemente, la Autoridad Convocante (i) dejará sin efecto la adjudicación; (ii) ejecutará la Garantía de Mantenimiento de Oferta y (iii) podrá –de considerarlo conveniente para el interés público- adjudicar el LICITACIÓN a favor de la siguiente oferta más conveniente.
20.4. No suscripción del Contrato por parte de la CONTRATANTE
Si la CONTRATANTE no se encontrare en condiciones de firmar el CONTRATO dentro de los quince (15) días corridos de notificada la adjudicación, el Adjudicatario podrá solicitar que ésta se deje sin efecto, con devolución de la Garantía de Mantenimiento de Oferta, pero sin que ello importe el reconocimiento de indemnización alguna a favor del Adjudicatario.
CONCEJO DELIBERANTE SAN XXXXXX DE LOS ANDES
20.5. Entrada en vigencia del CONTRATO
El CONTRATO entrará en vigencia y surtirá plenos efectos jurídicos desde la fecha de suscripción del mismo, conforme a los términos que allí se establezcan.
ARTÍCULO 21: MULTAS Y SANCIONES
El CONTRATISTA será pasible de la imposición de multas y/o sanciones en caso de incumplimientos, según se dispone en el PCP y en el correspondiente CONTRATO.
ARTÍCULO 22: PLAN DE GESTIÓN AMBIENTAL Y SOCIAL
El CONTRATISTA deberá elaborar y presentar el Estudio de Impacto Ambiental de conformidad con las normas ambientales vigentes, el CONTRATO y el Marco Regulatorio de RSU. Se obliga, además, a cumplir la demás legislación aplicable en materia ambiental y social, y las previsiones establecidas en los PLIEGOS y el CONTRATO.
ARTÍCULO 23: DOMICILIOS
23.1. Domicilios del Contratista
El oferente deberá constituir domicilio especial en la Ciudad de San Xxxxxx de los Andes, así como un domicilio electrónico (dirección de correo electrónico) para notificaciones.
Xxxxxxx presentar la declaración jurada conforme lo dispuesto en el ANEXO A del presente pliego.
Cuando el oferente resulte Adjudicatario, al momento de suscribir el correspondiente CONTRATO deberá constituir nuevo domicilio especial o ratificar el antes constituido.
23.2. Cambios de domicilio
Las comunicaciones de cambios de domicilio se deberán realizar por medio fehaciente a la Autoridad Convocante y sólo surtirán efecto a partir del tercer día hábil siguiente a la fecha de su recepción.
23.3 Notificaciones
Todos los actos que se notifiquen al domicilio constituido y electrónico se tendrán por debidamente notificados.
CONCEJO DELIBERANTE SAN XXXXXX DE LOS ANDES
a) Notificación tácita: Todos los actos para los cuales no se disponga notificación expresa en este PLIEGO, quedarán notificados automáticamente a partir de su publicación en las páginas web de la MUNICIPALIDAD.
b) Notificación personal: Se podrá notificar también personalmente, dejando debida constancia en el expediente de este concurso.
ARTÍCULO 24: JURISDICCIÓN
Para todos los conflictos que pudiesen suscitarse como consecuencia de los PLIEGOS y demás cuestiones vinculadas con la LICITACIÓN y con la suscripción del CONTRATO, los oferentes y CONTRATISTAS se someten a la jurisdicción de los Tribunales de la IV Circunscripción Judicial del Neuquén, Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería, con asiento en la ciudad de Junín de los Andes, Provincia del Neuquén, con renuncia a cualquier otro fuero o jurisdicción territorial, de lo cual dejarán constancia con la suscripción de la Declaración Jurada que figura como ANEXO D del PBCG. La sola presentación de la oferta implica la aceptación de esta jurisdicción.
CONCEJO DELIBERANTE SAN XXXXXX DE LOS ANDES
ANEXO A: MODELO DE DECLARACIÓN JURADA DE DOMICILIO
Señores de la
AUTORIDAD CONVOCANTE
Su Despacho
Por medio de la presente, DECLARAMOS BAJO JURAMENTO lo siguiente:
Que aceptamos que toda notificación o comunicación, dentro de éstas las circulares, que se realice en el marco de la Licitación Pública Nacional Nº sea notificada al siguiente DOMICILIO CONSTITUIDO en la Ciudad de San Xxxxxx de los Andes:
………………………………… y al siguiente correo electrónico:
………………………….…….
Que, asimismo, nos comprometemos, durante la realización del proceso de LICITACIÓN, a mantener activa dicha cuenta de correo electrónico denunciada así como informar fehacientemente el eventual cambio del domicilio constituido, por lo que toda notificación allí cursada será tenida como válida y efectivamente notificada.
Atentamente,
Lugar y fecha: …………..……, …. de de 201….
[FIRMA DEL REPRESENTANTE DEL OFERENTE]
[ACLARACIÓN Y DOCUMENTO DE IDENTIDAD]
[OFERENTE]
CONCEJO DELIBERANTE SAN XXXXXX DE LOS ANDES
ANEXO B: MODELO DE DECLARACIÓN JURADA DE HABILIDAD PARA SER OFERENTE
Señores de la
AUTORIDAD CONVOCANTE
Su Despacho
Por la presente, DECLARO BAJO JURAMENTO:
Que ni el Oferente, ni ninguno de sus integrantes [en caso de ser el oferente una persona jurídica], se encuentra comprendido en alguno de los supuestos de impedimentos o inhabilidades para ser oferente detallados en el artículo 6 de este Pliego de Bases y Condiciones Generales.
[LUGAR Y FECHA]
[FIRMA DEL REPRESENTANTE DEL OFERENTE]
[ACLARACIÓN]
[CARÁCTER]
[OFERENTE]
ANEXO C: DECLARACIÓN JURADA DE INTERESES
Licitación Pública Nacional Nº .…./2019
Señores de la
AUTORIDAD CONVOCANTE
Su Despacho
HUMANA REPRESENTADA] (en adelante, el “Oferente”) declaro bajo juramento No poseer conflicto de intereses.
[LUGAR Y FECHA]
[FIRMA DEL REPRESENTANTE DEL OFERENTE]
[ACLARACIÓN]
[CARÁCTER]
[OFERENTE]
ANEXO D: DECLARACIÓN JURADA DE SOMETIMIENTO A JURISDICCIÓN DE LOS TRIBUNALES DE LA IV CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL NEUQUEN
Señores de la
AUTORIDAD CONVOCANTE
Su Despacho
Quien suscribe la presente, [NOMBRE DEL DECLARANTE], con documento [TIPO Y Nº], en carácter de [CARÁCTER] de [NOMBRE DE LA PERSONA JURÍDICA O HUMANA
REPRESENTADA] (en adelante, el “Oferente”) declaro bajo juramento que el Oferente acepta irrevocablemente que, en caso de cualquier controversia que pudiere suscitarse en relación con la Licitación Pública Nacional Nº …../2019, se someterá a la jurisdicción de los Tribunales de la IV Circunscripción Judicial del Neuquén, Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería, con asiento en la ciudad de Junín de los Andes, Provincia del Neuquén, con renuncia a cualquier otro fuero o jurisdicción territorial que pudiere corresponder.
[LUGAR Y FECHA] [FIRMA] [ACLARACIÓN] [CARÁCTER] [OFERENTE]
SECCIÓN II. PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES
ARTÍCULO 1: OBJETO Y APLICACIÓN XXX XXXXXX
El presente Pliego de Condiciones Particulares (PCP) tiene por objeto establecer las condiciones especiales para llevar a cabo la Licitación Pública Nacional (la LICITACIÓN, en adelante) del Proyecto denominado “IMPLEMENTACIÓN DE SISTEMA DE TRANSFERENCIA DE RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS Y
TRATAMIENTO INTEGRAL DE RESIDUOS ORGÁNICOS” (el PROYECTO, en
adelante), de la ciudad de Xxx Xxxxxx xx xxx Xxxxx, Xxxxxxxxx xxx Xxxxxxx, Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx.
Este PCP y la demás documentación licitatoria aclaran y perfeccionan las estipulaciones xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones Generales (PBCG) correspondiente a la LICITACIÓN. Salvo expresa indicación en contrario en este PCP, los términos utilizados en el presente tendrán el mismo sentido que les fuera asignado en el PCG.
ARTÍCULO 2: Objetivos de la LICITACIÓN
2.1. Objetivo general
La presente LICITACIÓN tiene por objetivo general seleccionar propuestas técnicas y económicas para la implementación del Sistema de Transferencia de RSU y el Tratamiento Integral de Residuos Orgánicos de San Xxxxxx de los Andes.
2.2. Objetivos particulares
Los oferentes deberán presentar propuestas que contemplen los siguientes objetivos particulares, Componentes y Subcomponentes:
• Componente 1- Provisión de inmuebles para el desarrollo del Proyecto: ofrecimiento de uno o más predios para el desarrollo del PROYECTO, en su totalidad o por componentes y sub componentes, en un sitio de localización estratégica, en función de las distancias de recorrido de la recolección municipal de la ciudad y las características ambientales apropiadas para tal fin.
• Componente 2- Estación de Transferencia de RSU: diseño y construcción de una Estación de Transferencia de los RSU de San Xxxxxx de los Andes.
• Componente 3- Traslado de RSU: propuesta de un sistema de traslado de los RSU, desde la Estación de Transferencia a construir, hasta el vertedero regional localizado en Alicura, indicado en el mapa de ANEXO A del PET.
• Componente 4- Sistema de Tratamiento Integral de Residuos Orgánicos para el procesamiento de una parte de la fracción orgánica de los RSU de San Xxxxxx de los Andes a través de procesos de degradación biológica con tecnologías apropiadas. La incorporación de tecnología apuntará a procesar, recuperar y valorizar una fracción de residuos orgánicos preclasificados.
Esta componente comprende los siguientes Sub Componentes:
Sub Componente A- Planta de Tratamiento de Residuos Orgánicos de RSU: comprende la implementación, en un predio adecuado, de un área de recepción y tratamiento de residuos orgánicos a través de las modalidades tecnológicas que resulten recomendables para las características de los residuos de la localidad de San Xxxxxx de los Andes.
Sub Componente B- Plan de Compostaje: diseño e implementación de un plan de compostaje domiciliario y comunitario que incluya la infraestructura necesaria.
Sub Componente C- Sistema de Tratamiento y Reutilización de Residuos Verdes: evaluación e implementación de alternativas de chipeo y tratamiento de residuos forestales y vegetales de jardinería.
Sub Componente D- Programa de Extensión y Educación Ambiental: propuesta de programa de extensión y educación ambiental sobre la práctica del compostaje y la separación domiciliaria de RSU en el hogar.
Sub Componente E- Diseño de una Propuesta de Recolección Diferenciada de Residuos Sólidos Orgánicos.
A los fines de la presente licitación serán considerados como residuos orgánicos, o bioresiduos, los residuos vegetales xx xxxxxxxx y parques, residuos alimenticios y de cocina procedentes de hogares, restaurantes, y establecimientos de consumo al por menor, así como residuos comparables procedentes de plantas de transformación de alimentos. No se incluyen los residuos provenientes de la actividad agrícola x xxxxxxx industrial de escala no domiciliaria, ni los denominados «residuos biodegradables», término más amplio que abarca también otros materiales biodegradables como madera, papel, cartón y lodos de depuración.
En la propuesta del Sistema Tratamiento de Residuos Orgánicos deberá preverse la
recepción y tratamiento de lodos provenientes de las plantas de tratamiento de efluentes cloacales de la localidad.
Las propuestas de los oferentes podrán abarcar todos los Componentes en su conjunto, uno solo o varios componentes y/o Sub Componentes, efectuando la OFERTA ECONÓMICA de manera privada o público-privada.
ARTÍCULO 3: ALCANCE DE LOS TRABAJOS
La contratación comprenderá la ejecución de las obras, servicios y tareas, y la presentación de la documentación previstos en los PLIEGOS y en el PET para cada uno de los Componentes y Subcomponentes indicados en el artículo 2.
Dicha ejecución deberá dar cumplimiento, como mínimo, a los lineamientos de localización espacial de los Componentes, tipología, diseño y características constructivas y de infraestructura indicados en el PET.
Asimismo, el CONTRATISTA deberá proveer los bienes, materiales, equipos, herramientas, mano de obra, y las tramitaciones y obtención de habilitaciones y permisos que corresponda efectuar ante organismos gubernamentales o el sector privado para la ejecución completa de las obras u operación de los servicios de RSU, según corresponda, y su finalización.
ARTÍCULO 4: RÉGIMEN JURÍDICO APLICABLE
La LICITACIÓN y el CONTRATO se regirán conforme a lo dispuesto en los PLIEGOS y el PET, sus circulares aclaratorias y/o modificatorias, y en las normas especiales que resultan aplicables según sus objetivos: el Marco Regulatorio de los Contratos de Asociación Público-Privada (Marco Regulatorio APP, en adelante) y el Marco Regulatorio para la concesión y prestación de los servicios de Tratamiento, Transferencia y Disposición Final de RSU (Marco Regulatorio RSU, en adelante).
La MUNICIPALIDAD otorgará oportunamente a el o los CONTRATISTAS las correspondientes habilitaciones municipales, previo cumplimiento por su parte de los requisitos y procedimientos previstos en los xxxxxx regulatorios de RSU y APP, y en el CONTRATO respectivo.
La MUNICIPALIDAD abonará a el o los CONTRATISTAS la contraprestación fijada en el respectivo CONTRATO por la ejecución de la obra o la operación del servicio de RSU por el que ofertaron y resultaron finalmente adjudicados. La contraprestación por construcción de obras se separará de la contraprestación por operación de servicios.
4.1. Marco Regulatorio APP
El Marco Regulatorio APP es el definido por las siguientes normas:
a) La Ordenanza N° 12.477/19, de adhesión a la Ley provincial Nº 3.074, y sus normas reglamentarias: Ordenanzas Nº 12.494/19, del Procedimiento
Transparente de Consulta y Nº /19, del Reglamento de Contrataciones por
Asociación Público-Privada.
b) La Ley provincial Nº 3.074, de Contratos APP.
c) La Ley nacional Nº 27.328, de Contratos de Participación Público-Privada.
4.2. Marco Regulatorio RSU
Los conceptos de transferencia de RSU, recolección diferenciada y tratamiento de residuos orgánicos, así como el alcance, términos y condiciones de operación de esos servicios, y los derechos y obligaciones correspondientes a el o los CONTRATISTAS, se definen en los Anexos I, II y III de la Ordenanza Nº 12.2036/18, y la documentación licitatoria correspondiente al presente PROYECTO.
Acorde a la Ordenanza Nº 12.036/18, integran el Marco Regulatorio RSU de la Ciudad de San Xxxxxx de los Andes, las siguientes normas:
• La Ordenanza Nº 11.685/17, como “norma principal para la Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos”.
• La Ley nacional Nº 25.675, General del Ambiente.
• La Ley Nacional Nº 25.916, de los Presupuestos mínimos para la Gestión de Residuos Domiciliarios.
• Las Ley nacional Nº 25.831, del Régimen de Libre Acceso a la Información Pública Ambiental.
• Las leyes de la Provincia del Neuquén:
- Nº 1.875 (T.O. Resolución 592), del Medio Ambiente, y su Decreto reglamentario Nº 2.656/99.
- Nº 2.052, del Ejido de San Xxxxxx de los Andes.
- Nº 2.648, de la Gestión Integral de los Residuos Sólidos Urbanos.
- Nº 3.044, de Acceso a la información pública del Neuquén.
• Las ordenanzas municipales:
- Nº 10443/15, del Carácter esencial de los servicios públicos de recolección de residuos sólidos urbanos y cementerio.
- Nº 6.661/04, de Acceso a la Información Pública.
Asimismo, enunciativamente, sin exclusión de otras leyes y normas ambientales vigentes, complementarias y reglamentarias, regulatorias de la gestión de los RSU, resultan aplicables al PROYECTO:
• La Carta Orgánica de SMA: en particular, el articulo Nº8, inciso Nº 10, y los artículos Nº 24 y Nº 110.
• Las ordenanzas municipales:
- Nº 3.338/99, de Audiencia Pública.
- Nº 1584/94, de Evaluación de Impacto Ambiental.
- Nº 11.609/17, de adhesión a la Ley provincial Nº 2.648.
- Nº 12227/19, sobre la Estación de Transferencia de RSU y la Planta SIRVe.
Para el tratamiento de residuos orgánicos mediante compostaje podrá consultarse lo dispuesto por la Resolución Conjunta Nº 01/19, del SENASA y la Secretaría de Control y Monitoreo Ambiental de la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable de Nación, aprobatoria del "Marco Normativo para la Producción, Registro y Aplicación de Compost".
En caso de silencio, se aplicarán los principios generales del derecho administrativo.
ARTÍCULO 5: SISTEMA DE CONTRATACION
La construcción, trabajos y/o servicios que se contraten en el marco del PROYECTO estarán sometidos al régimen previsto en el PBCG y el PET, la normativa aplicable en relación al objeto de la presente LICITACIÓN y lo especificado en el artículo 4 de este PCP.
ARTÍCULO 6: FORMALIDADES DE LAS OFERTAS
6.1. Formas. Idioma
Las ofertas, así como toda presentación que se realice en el marco de la presente LICITACIÓN, deberán presentarse con las siguientes formalidades:
• Xxxxxxx presentarse impresas y redactadas en idioma nacional, debiéndose salvar toda testadura, enmienda o palabra interlineada.
• Salvo indicación expresa en contrario, todos los documentos que integren la oferta deberán presentarse en original o en testimonio expedido por autoridad competente o en copia certificada por autoridad judicial o notarial.
• Cuando se requiera la certificación de la firma, deberá ser cumplida por un escribano público o autoridad municipal competente. Si los escribanos intervinientes en la certificación de fotocopias o firmas fueren escribanos de jurisdicciones distintas de la Ciudad de San Xxxxxx de los Andes, dichas certificaciones deberán estar legalizadas por el colegio profesional correspondiente.
• La documentación emitida en otro idioma deberá estar traducida al español por un traductor público matriculado en la República Argentina y legalizada en el consejo profesional respectivo.
• La documentación emitida en el extranjero deberá presentarse con las formalidades establecidas por el derecho del país de origen, autenticada en éste y apostillada de acuerdo con las normas de la Convención de la Haya o legalizada por el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto de la República Argentina.
• Los oferentes podrán adjuntar folletos o catálogos para una mejor comprensión de la oferta. En el caso de que dichos folletos o catálogos estén redactados, total o parcialmente, en idioma extranjero, estos deberán ser presentados junto con su correspondiente traducción al español, de conformidad con los términos fijados anteriormente para la traducción de documentación emitida en otro idioma. La falta de presentación de la respectiva traducción habilitará a la Autoridad Convocante y a la Comisión Evaluadora a no considerar tales folletos o catálogos en el análisis que efectúe de la oferta.
• En caso de discrepancia entre una versión en idioma extranjero y la versión traducida al español, prevalecerá la versión en idioma español.
• Las hojas que se utilicen para la presentación de la oferta responderán al tipo de formato denominado A4, a excepción de los planos y documentación similar, que se presentarán doblados al tamaño de hojas requerido.
• La oferta deberá estar numerada y foliada en todas sus hojas en orden correlativo de incorporación en el ángulo superior derecho de la hoja, incluso cuando se integre con más de un cuerpo y, en el caso de la documentación correspondiente al SOBRE N° 1, en la forma prevista en la Sección 10.2 del PBCG.
• Deberán estar acompañadas de un índice y suscriptas en todas sus hojas por el oferente, haciéndose constar la identificación del firmante y acompañando el instrumento que acredite tal representación.
• Los cuerpos numerados de las ofertas no excederán de las doscientas (200) hojas, las que estarán contenidas y sujetas en una carpeta rígida.
• En el anverso, reverso y lomo de las carpetas se consignarán, según corresponda, las siguientes leyendas requeridas: 1) “SOBRE N° 1”: Antecedentes del oferente y OFERTA TÉCNICA; y 2) “SOBRE N° 2”: OFERTA ECONÓMICA.
6.2. Formalidades de los SOBRES y cantidad de ejemplares
Las ofertas se deberán presentar en sobre o caja cerrados, con la siguiente leyenda:
MUNICIPALIDAD DE SAN XXXXXX DE LOS ANDES
Licitación Pública Nacional de Etapa Múltiple Nº […… ]/2019 PROGRAMA DE ASOCIACIÓN PÚBLICO PRIVADA Nº 01/2019
PROYECTO “IMPLEMENTACIÓN DEL SISTEMA DE TRANSFERENCIA DE RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS Y DE TRATAMIENTO INTEGRAL DE RESIDUOS ORGÁNICOS DE SAN XXXXXX DE LOS ANDES”
Fecha de Recepción: ....... de ......................... de 2019, hora: ...........
Nombre del Oferente: …………………………………………………….
El sobre o caja incluirá en su interior los SOBRES, que deberán ser identificados como:
1) “SOBRE N° 1”: Antecedentes del Oferente y OFERTA TÉCNICA; y
2) “SOBRE N° 2”: OFERTA ECONÓMICA.
Los sobres deberán ser opacos y estar perfectamente cerrados, sellados y firmados. Los sobres serán suscriptos por el Representante del Oferente, cuya firma será estampada cruzando los lugares normales de apertura.
Cuando el volumen de la documentación así lo exija, los sobres podrán ser reemplazados por cajas que deberán cumplir las mismas condiciones que aquellos.
Asimismo, si fuera necesario dividir la oferta en dos (2) o más sobres o cajas, se consignará también en cada uno de estos las distintas secciones como bis, ter, quater y así sucesivamente.
6.3. Copias. Soporte
Las ofertas deben presentarse junto con dos (2) copias simples de la oferta original. Toda la documentación integrante de la oferta deberá también entregarse en un soporte digital (en CD, DVD o pendrive), en forma separada para cada uno de los SOBRES, respetando sus formatos y extensiones originales.
ARTÍCULO 7: GESTIÓN AMBIENTAL Y SOCIAL DEL PROYECTO
El CONTRATISTA deberá elaborar y presentar el Estudio de Impacto Ambiental de conformidad con lo previsto en el CONTRATO.
El mismo CONTRATISTA se obliga, además, a cumplir las obligaciones establecidas en los PLIEGOS, el PET y el CONTRATO en materia ambiental y social, y observar, especialmente, las obligaciones previstas en la siguiente normativa:
• Marco Regulatorio de RSU de San Xxxxxx de los Andes
• Marco Regulatorio APP
• Ley nacional N° 25.675, General del Ambiente.
• Ley provincial Nº 1.874, de Medio Ambiente.
• Ordenanza Nº 1.584/94, de Evaluación de Impacto Ambiental
• Sus correspondientes normas reglamentarias y complementarias.
El CONTRATISTA asumirá también la responsabilidad de la gestión ambiental y social de la obra y/o la operación de o los servicios, según corresponda al objeto del CONTRATO suscripto, y deberá obtener toda otra licencia, permiso o autorización que pudiere ser necesaria para la ejecución de aquéllos.
Asimismo, según corresponda al CONTRATO suscripto, el CONTRATISTA deberá contemplar los siguientes lineamientos:
• Implementar buenas prácticas ambientales en el diseño del Proyecto a fin de prevenir y mitigar los potenciales impactos ambientales, tales como las aprobadas por el Decreto Municipal Nº 747/11.
• Considerar la perspectiva bioclimática/bioambiental, propiciando la utilización de recursos pasivos de diseño, haciendo uso de estrategias y sistemas desde y a favor del clima local.
• Desarrollar estrategias relacionadas con la radiación solar, por ejemplo: aprovechamiento de la iluminación natural, cubriendo el máximo espectro horario diario; propender la captación solar pasiva en invierno como apoyo a sistemas de calefacción, y el control solar durante el verano para reducir ganancias térmicas no deseadas en el edificio y situaciones de deslumbramiento sobre áreas y superficies de trabajo.
• En la implementación de luminarias, verificar que se cumplan los niveles permitidos de luz para ambiente laboral (considerar encandilamientos y luz azul que generan ciertas luminarias).
• Incorporar arbolado y vegetación que se ajuste a las características naturales del entorno como modo de regulación natural de temperatura y humedad (sombra, filtro de polvo etc.) y ruidos.
• Implementar estrategias de racionalización y economizadores del uso del agua.
• Favorecer el uso xx xxxxxxx de energías renovables para las instalaciones, a saber: fotovoltaica en el marco de la reglamentación de “generación distribuida”, termo solar para sistemas de agua sanitaria y otras que sean asequibles al área de implantación.
• Cumplir con las normas de aislación térmica de acuerdo a la normativa local aplicable.
• Propiciar un sistema de gestión de uso y consumo de energía en las instalaciones en fase operativa, con la designación de personal responsable del sistema.
• Mantener, al máximo posible, la integridad de la cobertura, estratificación y composición de la vegetación nativa en la zona de obra. Deberá realizar las tareas de limpieza y remoción de la vegetación reduciendo el ancho de trabajo al mínimo compatible con los requerimientos constructivos.
• Asegurar el vertido y tratamiento de efluentes cloacales en sistemas de tratamiento propios o en servicios sanitarios, habilitados en el marco de la normativa de aplicación.
• Disponer de lugares estratégicamente asignados para el almacenamiento de sustancias peligrosas, combustibles, alimentos, equipos eléctricos y a combustión, aparatos sometidos a presión, y almacenamiento transitorio de RSU/RSE y residuos peligrosos.
• Facilitar el flujo de residuos desde cada punto de generación, almacenamiento transitorio y retiro, evitando la contaminación de residuos de diferente tipo, así como también el mantenimiento de la higiene de los sectores.
• Incluir las medidas necesarias para garantizar la accesibilidad física y circulación de personas con movilidad reducida.
• Incluir en el diseño el período estimado de vida del edificio.
• Considerar que el diseño del proyecto de infraestructura sea resiliente al Cambio Climático y contribuya a mejorar la adaptación. Para esto, se recomienda considerar los efectos del Cambio Climático climáticos proyectados a futuro sobre la infraestructura en cuestión y sus zonas de influencia, y no sólo las variables climáticas históricas.
• Considerar que el diseño de su proyecto garantice que no aumenten los riesgos asociados al cambio climático en zonas de influencia.
• Contemplar en el diseño, construcción, operación y mantenimiento de la obra los conceptos de riesgos de desastre, resiliencia, adaptación y vulnerabilidad, en los términos de la Ordenanza Municipal Nº 11.873/18.
• El CONTRATISTA deberá constituir, y mantener vigente durante todo el plazo del CONTRATO, una póliza de Seguro por Daño Ambiental de Incidencia Colectiva conforme a lo establecido en el Artículo 22 de la Ley nacional Nº 25.675 y sus normas reglamentarias, en beneficio de la entidad que la Autoridad de Aplicación oportunamente determine.
• Acorde a lo previsto en el Anexo II, Principios y Términos de Referencia Ambientales, de la Ordenanza Nº 12.036/18, el Concesionario deberá presentar un plan de Comunicación y Difusión Anual a aprobar por la Autoridad de Aplicación.
ARTÍCULO 8: LICITACIÓN sin presupuesto oficial detallado. PRECIO DEL CONTRATO
7.1. Recursos y Presupuesto Municipal a afectar al PROGRAMA
La presente LICITACIÓN se realiza sin Presupuesto Oficial detallado.
La CONTRATANTE cuenta con los siguientes recursos destinados a cubrir los costos operativos del Programa. En los mismos se excluyen las inversiones de capital correspondientes a todos los componentes y subcomponentes del Programa.
- Partida anual, en el Presupuesto Municipal vigente, de Pesos Sesenta y seis millones ($ 66.000.000).
- Equipamiento:
✓ Dos (2) bateas cerealeras marca Pluscarga, de 45 m3
✓ Un (1) camión marca Xxxxxxxx Xxxx 1.634.
Asimismo, en los términos del artículo 10, inc. n), de la Ley provincial Nº 3.074, prestará su cooperación para la obtención del financiamiento que resulte necesario para la ejecución del PROYECTO.
7.2. Precio del CONTRATO
Las obras, bienes y servicios de RSU correspondientes a los diversos Componentes y
Sub Componentes que integran el PROYECTO serán contratados por el precio o contraprestación municipal prevista en las respectivas ofertas seleccionadas.
Dicho precio incluirá el Impuesto al Valor Agregado y demás impuestos, gastos generales, tasas y contribuciones aplicables conforme a la normativa vigente a la fecha de suscripción del CONTRATO.
Asimismo, dentro del monto del CONTRATO se entenderá incluido el costo total de todos los trabajos que, sin estar indicados expresamente en el mismo, sean imprescindibles ejecutar o proveer para que la obra o servicio resulte, en cada parte y en su totalidad, concluido o prestado con arreglo a su fin y a lo establecido en la documentación licitatoria.
ARTÍCULO 9: PLAZO DE OBRA
Para la ejecución de la cada uno de los Componentes y Subcomponentes comprendidos por el PROYECTO se han fijado los siguientes plazos máximos, a contar desde la fecha del Acta de Inicio de Obra respectivo:
• Provisión de Inmueble/s para el desarrollo del Proyecto: 1 mes
• Estación de Transferencia de RSU: 6 meses
• Traslado de RSU: 1 mes
• Sistema de Tratamiento Integral de Residuos Orgánicos:
⮚ Planta de Tratamiento de Residuos Orgánicos: 18 meses
⮚ Plan de Compostaje: 6 meses.
⮚ Sistema de Tratamiento y Reutilización de Residuos Verdes: 3 meses
⮚ Diseño de Propuesta de Recolección diferenciada de residuos orgánicos: 6 meses
⮚ Programa de Extensión y Educación Ambiental: 3 meses
• Operación del respectivo servicio de RSU bajo el régimen de concesión: quince
(15) años
Cuando el oferente haya ofertado por la ejecución de obras y, además, por operar un servicio de RSU, a aquel plazo se le sumará el período de prestación del correspondiente servicio, que será de quince (15) años, computados desde la recepción provisoria de la obra. Según establece el artículo 20, Anexo I, de la Ordenanza Nº 12.036/18, el CONTRATO por la concesión del servicio podrá ser renovado por igual período y acuerdo de partes, previa audiencia pública y ratificación legislativa en los términos del artículo 110 de la Carta Orgánica Municipal.
ARTÍCULO 10: CAPACIDAD TÉCNICA
La experiencia técnica específica requerida es determinada en función de las características particulares del o los Componentes por los que se oferta, teniendo en cuenta los antecedentes del oferente, los certificados que acrediten la ejecución satisfactoria de otras obras o servicios de RSU análogos por los que se oferta y algún
otro medio que la MUNICIPALIDAD considere pertinente.
10.1 Oferentes
A los efectos de evaluar adecuadamente la capacidad técnica del oferente que presente oferta para la construcción de la Estación de Transferencia (Componente 1) o de la Planta de Tratamiento (Componente 2, Sub Componente A), se definen los siguientes conceptos:
• Volumen Total de Trabajos de Obra ejecutados: Es el monto total final del contrato de obra que se presenta como antecedente, actualizado mediante el Índice del Costo de la Construcción en el Gran Buenos Aires - Nivel General que informa el Instituto Nacional de Estadística y Censos ("INDEC"), entre el mes de certificación de la recepción provisoria y el mes de presentación de la oferta económica de la licitación.
• Volumen Total de Obra Licitada: equivaldrá al precio propuesto en la oferta.
• Volumen Similar: de refiere a aquellas obras que cumplen con la siguiente condición: VOLUMEN TOTAL DE TRABAJOS DE OBRA UNO (1) X VOLUMEN TOTAL DE OBRA LICITADA.
• Naturaleza Similar y Complejidad Equivalente: se refiere, en la presente LICITACIÓN, a obras de ingeniería y/u operación de servicios de RSU de naturaleza y complejidad similar a los licitados.
Los oferentes deberán presentar la información que se requiere a continuación:
• Nómina de obras ejecutadas, en ejecución, contratadas y a las cuales se ha presentado en licitación con otras Reparticiones Públicas y/o Firmas Particulares, a la fecha de apertura de la LICITACIÓN.
• Certificados emitidos por los Comitentes respectivos de Obras de ingeniería similar y/u operación de servicios de RSU en ejecución y/o ejecutados por la oferente.
• Antecedentes en obras de ingeniería similar.
Las obras presentadas como antecedente deberán cumplir con los siguientes requisitos: que el oferente sea su ejecutor o contratista principal, con constancia expedida por el ente contratante, que incluya, descripción e información gráfica que sintetice las principales características de la obra, el nombre del co- contratante, jurisdicción de pertenencia (indicando dirección y teléfono), fechas de inicio y finalización de los trabajos y concepto que mereció, que deberá ser bueno o superior.
La MUNICIPALIDAD se reserva el derecho de indagar sobre los datos relativos al cumplimiento de los compromisos contractuales oportunamente asumidos por el oferente.
10.2 Nómina de Subcontratistas
De conformidad a lo dispuesto en el PBCG, el oferente podrá presentar una nómina de subcontratistas especializados que se proponga subcontratar en el marco de la ejecución de la Obra y/u operación de servicio propuestos. La MUNICIPALIDAD se reserva el derecho de rechazar total o parcialmente a los Subcontratistas en caso de una eventual adjudicación, en cuyo caso el Oferente deberá presentar una nueva nómina.
10.3 Representante Técnico y Jefe de Obra
Los oferentes deberán presentar los antecedentes del Representante Técnico y del Jefe de Obra a designar para la ejecución de las obras u operación de los servicios de RSU, los que deberán ser aprobados por la MUNICIPALIDAD.
El Representante Técnico deberá estar permanentemente en el sitio de ejecución de los trabajos. En caso de ausencia ocasional, lo reemplazará el Jefe de Obra. Éste deberá cumplimentar los requisitos requeridos para el Representante Técnico.
ARTÍCULO 11: CAPACIDAD LEGAL Y ECONÓMICA - FINANCIERA DEL OFERENTE
11.1. Capacidad legal
Los oferentes deberán contar con capacidad para obligarse, no hallándose incursos en ninguna de las causales de inhabilidad e incompatibilidades para contratar con el Estado Nacional, Provincial y Municipal previstas por la normativa vigente ni en las previstas en el PBCG.
En el caso de que el oferente sea una pluralidad de personas que propongan constituir una UT, sus propuestos miembros deberán presentar un compromiso de constitución en el cual se deberá: (i) identificar a cada uno de ellos aclarando los porcentajes de las respectivas participaciones; (ii) manifestar irrevocablemente su voluntad de constituir dicha UT comprometiéndose, en caso de resultar adjudicatarios de la LICITACIÓN, a formalizar la constitución de la misma acorde a lo dispuesto por el artículo 1.464 del Código Civil y Comercial de la Nación e inscripción pertinente; (iii) unificar domicilios postal y electrónico; (iv) unificar la representación en un representante común, designado e identificado en el mencionado documento; y v) manifestar la voluntad de sus integrantes como responsables solidarios, con expresa renuncia a los beneficios de división y excusión previa.
Los oferentes deberán adjuntar a sus propuestas el Certificado Fiscal para Contratar ante el Estado vigente a la fecha de apertura de las ofertas, expedido por la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS, en el marco de la RG
Nº 1814/05 y sus normas complementarias y modificatorias.
No serán desestimadas aquellas ofertas que acrediten que, habiendo presentado la solicitud de emisión del Certificado Fiscal para Contratar ante el Estado en los plazos establecidos por la normativa vigente, éste no haya sido expedido a la fecha de presentación de la oferta. En tal caso, el oferente deberá adjuntar dicho certificado tan pronto como sea emitido, e indefectiblemente, con carácter previo a la eventual adjudicación.
11.2. Capacidad económica – financiera
Los oferentes deberán presentar:
• Estados Contables de los dos (2) últimos ejercicios cerrados, en original firmados por Contador Público Nacional, cuya firma deberá estar legalizada por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas o por el colegio que corresponda atento a la jurisdicción de que se trate.
• Planillas resumen con el cálculo de los indicadores económicos-financieros patrimoniales correspondientes a cada ejercicio. Su presentación, es obligatoria a los efectos de la admisibilidad de la oferta y deben ser suscriptas por el representante habilitado del oferente y certificadas por Contador Público Nacional, cuya firma deberá ser reconocida por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas o por el colegio que corresponda atento a la jurisdicción de que se trate.
Se considerará que los oferentes han acreditado capacidad económico-financiera suficiente si, cumpliendo en forma excluyente con el índice de liquidez corriente, el resultado del análisis de los índices promedio de los dos (2) últimos ejercicios arroja valores admisibles en por lo menos tres (3) de los cuatro (4) indicadores restantes.
En el caso en que el oferente sea una UT, para determinar el cumplimiento del consorcio oferente con las pautas mínimas de calificación establecidas, las cifras correspondientes a cada socio se adicionarán proporcionalmente a su porcentaje de participación.
11.2. a) Ofertas sólo por Componente 1 (Provisión de Inmueble/s)
El requerimiento de acreditación de capacidad económica – financiera no aplicará para los oferentes que sólo presenten oferta por el Componente 1- Provisión de Inmueble/s.
11.2. b) Emprendedores de micro escala
El requerimiento de acreditación de capacidad económica – financiera no aplicará para estos oferentes en el marco de la Ordenanza Nº 12.036/18.
ARTÍCULO 12: Evaluación de las Ofertas
La Comisión Evaluadora procederá a cumplir con su cometido y, de conformidad a lo dispuesto en el PBCG, al análisis y evaluación de la totalidad de las ofertas, analizando en primer lugar la que resulte más económica en el orden de precios, verificando en todos los casos el cumplimiento de las condiciones de admisibilidad de las mismas, para lo cual tendrá en cuenta los siguientes factores, cuya enumeración no significa orden de
prelación ni limitación:
• Organización y metodología en la realización de las diversas tareas reflejadas en el plan de trabajos presentados.
• Confiabilidad de los métodos constructivos propuestos y de cumplimiento del plazo estipulado para la ejecución de las obras de ingeniería similar y/u operación de los servicios de RSU, según corresponda.
• Nómina y calidad de los equipos ofrecidos al servicio de la realización de los trabajos.
• Confiabilidad del sistema propuesto para el control de la calidad de los trabajos.
12.1 Desestimación de ofertas
Para el análisis de las ofertas, la Comisión Evaluadora podrá requerir a los oferentes todas las aclaraciones que considere necesarias, así como los documentos omitidos con la presentación de esas ofertas.
Será desestimada la oferta, sin posibilidad de subsanación, en los siguientes supuestos:
a) Si no estuviera redactada en idioma nacional.
b) Si la oferta, en su ejemplar original, no tuviera la firma del oferente o su representante legal en ninguna de las hojas que la integran.
c) Si tuviere tachaduras, raspaduras, enmiendas o interlíneas sin salvar en las hojas que contengan la OFERTA ECONÓMICA, la descripción de la obra o servicio ofrecido, su plazo de ejecución, o alguna otra parte que hiciere a la esencia del CONTRATO.
d) Si no se acompañare la Garantía de Mantenimiento de Oferta o no se lo hiciera en la forma debida.
e) Si estuviera escrita con lápiz o con un medio que permita el borrado y reescritura sin dejar rastros.
f) Si no se acompañare el Certificado de Capacidad de Contratación Anual expedido por el Registro Nacional o Provincial, vigente a la fecha de apertura de ofertas, cuando corresponda.
g) Si fuere formulada por personas que tuvieran una sanción vigente de suspensión o inhabilitación en el Registro Nacional o Provincial, vigente al momento de la apertura de las ofertas o en la etapa de su evaluación.
h) Cuando corresponda, si fuese formulada por personas físicas o jurídicas no habilitadas para contratar con el Estado Nacional, Provincial o Municipal al momento de la apertura de las ofertas o en la etapa de su evaluación. Igualmente, si el oferente es una continuación, transformación, fusión o escisión de otras empresas no habilitadas para contratar con el Estado Nacional, Provincial o Municipal.
i) Si tuviera condicionamientos.
j) Si tuviera cláusulas en contraposición con las normas que rigen la contratación o que impidieran la comparación con las demás ofertas.
k) Cuando tuviera errores u omisiones esenciales.
l) Si el precio cotizado mereciera la calificación de vil o no serio.
m) Cuando existan indicios que, por su precisión y concordancia, hicieran presumir que los oferentes han concertado o coordinado ofertas en el procedimiento de selección.
n) Si presentare discrepancias entre la versión consignada en papel, respecto a la del formato digital.
o) Si se omitiere presentar la OFERTA ECONÓMICA y/o TÉCNICA.
ARTÍCULO 13: DE LA ADJUDICACIÓN
Vencido el plazo previsto para las impugnaciones, la Autoridad Convocante podrá efectuar la adjudicación. El acto de adjudicación será notificado y recurrible de acuerdo a la normativa vigente.
La adjudicación será a un único oferente por cada Componente y Sub Componente licitados, y recaerá sobre la oferta más conveniente al interés público comprendido por el PROYECTO.
Podrá realizarse la adjudicación aun cuando se hubiese presentado una (1) sola oferta.
La MUNICIPALIDAD podrá rechazar todas las ofertas, así como dejar sin efecto el procedimiento de contratación en cualquier momento anterior a la celebración del CONTRATO, sin lugar a indemnización alguna a favor de los oferentes o del Adjudicatario.
ARTÍCULO 14: FIRMA DEL CONTRATO
14.1. Plazo para la firma del CONTRATO
Vencido el plazo para impugnar el acto de adjudicación, el Adjudicatario será citado mediante correo electrónico para la firma del Contrato dentro de los cinco (5) días hábiles, contados a partir del día siguiente a la notificación.
Si el mismo no concurriere en la fecha indicada, o se negara a firmar el CONTRATO, se dejará sin efecto la adjudicación respecto de este oferente, con pérdida de la Garantía de Mantenimiento de Oferta en beneficio de la CONTRATANTE, comunicándose el incumplimiento al Registro Nacional o Provincial de Constructores de Obras Públicas, conforme a lo previsto en el Artículo 18 de la Ley Nº 687, cuando corresponda.
En tal caso, la Autoridad Convocante estará facultada a adjudicar al siguiente oferente, según su orden en la preselección hasta la efectiva suscripción del CONTRATO.
En los casos en los que resulte Adjudicataria una UT, ésta deberá acreditar la constitución formal de la misma de conformidad a lo dispuesto en el artículo 1.464 del Código Civil y Comercial de la Nación y su inscripción ante la INSPECCION GENERAL DE JUSTICIA u organismo que corresponda, para la celebración del
Contrato. El incumplimiento de esta obligación generará la revocación de la adjudicación, con pérdida de la Garantía de Mantenimiento de Oferta.
14.2. Documentación para la firma del CONTRATO
El Adjudicatario deberá presentar al momento de la firma del CONTRATO:
a) Garantía de Cumplimiento de Contrato, acorde a lo previsto en artículo 16 del presente PCP.
b) Gastos de sellado: serán por cuenta del Adjudicatario los impuestos, tasas u otros gastos que exigieren las autoridades municipales, provinciales y/o nacionales en concepto de sellado del Contrato, sus ampliaciones o modificaciones, salvo disposición en contrario en el CONTRATO.
c) Cómputo y presupuesto definitivo, cuando corresponda.
Habiéndose firmado el CONTRATO a favor de uno de los oferentes, los restantes podrán solicitar la devolución de la Garantía de Mantenimiento de la Oferta, como se prevé en el artículo 11 del PBCG. También será devuelta si se dejase sin efecto la LICITACIÓN por la MUNICIPALIDAD.
ARTÍCULO 15: GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO
Al momento de la firma del CONTRATO, el Adjudicatario suministrará a la CONTRATANTE una Garantía de Cumplimiento de Contrato.
15.1. Tipos de garantías
La Garantía de Cumplimiento de Contrato podrá constituirse en cualquiera de las siguientes formas:
a) Certificado de depósito en efectivo, efectuado en el BANCO DE LA PROVINCIA DE NEUQUEN, en la cuenta que indique la MUNICIPALIDAD, a su orden.
b) Fianza bancaria que cubra el valor exigido, en la que conste que la entidad bancaria se constituye en fiador codeudor solidario, liso y llano y principal pagador, con la expresa renuncia de los beneficios de división y excusión.
c) Póliza de Seguro de Caución, por medio de la cual la aseguradora se obliga en carácter de codeudor solidario, liso y llano, principal y directo pagador con renuncia expresa de los beneficios de división y de excusión previa del obligado.
No se aceptarán pagarés, letras de cambio, facturas, ni título alguno que no esté expresamente indicado en el presente PLIEGO como depósito de garantía.
La Garantía de Cumplimiento del Contrato deberá expresar que mantiene su vigencia por todo el plazo contractual y con las modalidades establecidas en el presente PCG, que el garante declara conocer y aceptar.
15.2. Monto de la garantía
La Garantía de Cumplimiento de Contrato deberá estar constituida en alguna de las formas previstas en el inciso anterior, por el cinco por ciento (5 %) del importe total del CONTRATO.
Si el Adjudicatario no integrara dicha garantía dentro del plazo establecido, o lo hiciera en forma defectuosa o insuficiente, la MUNICIPALIDAD podrá dejar sin efecto la adjudicación, en cuyo caso el CONTRATISTA perderá la Garantía de Mantenimiento de Oferta, comunicándose el incumplimiento al Registro Nacional o Provincial, cuando corresponda. En este caso la Autoridad Convocante podrá optar por disponer la adjudicación al oferente que siga en el orden de prelación establecido en el Dictamen de Evaluación, pudiendo repetir este procedimiento sucesivamente las veces que sea necesario para adjudicar el CONTRATO, o por dejar sin efecto la LICITACIÓN, convocando a un nuevo llamado.
El CONTRATO quedará perfeccionado únicamente a partir de su suscripción y de la constitución de la Garantía de Cumplimiento del Contrato.
15.3. Devolución de la garantía
En el caso de adjudicación de una obra, la garantía presentada por el Contratista se devolverá luego de finalizado el período de dos (2) meses, contado desde la recepción definitiva de la Obra.
En el caso de la adjudicación de la operación de un servicio de RSU, la Garantía de Cumplimiento de Contrato será devuelta luego de que quede firme la liquidación final de créditos y deudas por la extinción del contrato de concesión.
La devolución de la garantía no incluirá el reintegro de intereses o accesorios. El costo de la garantía será asumido por el CONTRATISTA.
ARTÍCULO 16: FORMA DE PAGO
El pago del precio del CONTRATO se realizará conforme lo previsto en el PBCG y mediante certificaciones mensuales de avance, las que serán expedidas por la Inspección de Obras, previa medición y conformidad de los trabajos ejecutados.
La extensión del certificado de avance habilitará al CONTRATISTA a emitir la correspondiente factura.
Las facturas serán presentadas en el Departamento de Compras, sito en la calle Roca y Rosas, de la Ciudad de San Xxxxxx de los Andes, en el horario de 08.00 a 13.00 horas, o el lugar que en el futuro se designe.
ARTÍCULO 17: ORDEN DE EJECUCION. ACTA DE INICIO DE OBRA
Firmado el CONTRATO, se procederá a la designación de la Inspección de Obras y a la firma de la orden de ejecución de los trabajos dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a dicha firma.
Dentro de los cuatro (4) días hábiles posteriores, se procederá a firmar el acta de inicio de obra, momento a partir del cual comenzarán a correr los plazos contractuales y el CONTRATISTA queda obligado a iniciar los trabajos correspondientes.
Si el CONTRATISTA no diera inicio a los trabajos en los plazos previstos, la CONTRATANTE tendrá derecho a la rescisión del Contrato, en cuyo caso el Contratista perderá la Garantía de Cumplimiento del Contrato y responderá por los daños y perjuicios causados.
ARTÍCULO 18: PLAN DE TRABAJOS DEFINITIVO
El CONTRATISTA presentará a la CONTRATANTE, para su aprobación, el Plan de Trabajos definitivo de acuerdo a lo previsto en el PCG y en el PET, en el que consten los métodos generales, procedimientos, secuencias y tiempos de ejecución de todas las actividades relativas a la Obra. Si no presentara el Plan de Trabajos en un plazo xx xxxx
(10) días contado desde la suscripción del Acta de Inicio, será pasible de una multa.
El Plan de Trabajos deberá tener la representación gráfica mediante diagrama xx xxxxxx horizontales de los períodos de ejecución por rubro, con indicación numérica de las cantidades físicas y porcentuales a ejecutar mensualmente.
La curva de inversiones se adecuará al Plan de Trabajos definitivo, y deberá graficar el porcentaje del monto total de la obra a ejecutar por mes, consignando montos a valores constantes parciales y acumulados.
El Plan de Trabajos definitivo y la curva de inversiones no deberán alterar la estructura técnico-económica de la oferta que resultó adjudicada.
Luego de aprobado definitivamente por la CONTRATANTE, quedarán fijadas todas las fechas en que se deberá finalizar la ejecución de cada uno de los trabajos y los importes parciales por certificar.
ARTÍCULO 19: REPLANTEO DE LA OBRA
El replanteo de los trabajos será realizado por el CONTRATISTA y controlado por la Inspección de Obras, para lo cual el CONTRATISTA deberá proveer todos los elementos necesarios y serán a su exclusivo cargo los gastos que se originen en las operaciones de replanteo, así como los provenientes del empleo de aparatos, enseres, personal, etc.
Establecidas las marcas y/o los puntos fijos por el CONTRATISTA y aceptados por el Inspector de Obras, aquél será responsable de su conservación.
Las operaciones de replanteo se efectuarán con la anticipación necesaria para no causar
atrasos en el desarrollo normal de la obra, y serán concordantes con el Acta de Inicio de Obra y con el Plan de Trabajos definitivo. De cada operación de replanteo se labrará un acta, la que será firmada por el Inspector de Obras y por el CONTRATISTA.
ARTÍCULO 20: DE LA EJECUCIÓN DE LA OBRA y/u
OPERACIÓN DEL SERVICIO DE rsu contratado
A los fines de la ejecución de la obra y/u operación del Servicio de RSU, según corresponda, el CONTRATISTA respetará las prescripciones establecidas en el PLIEGO, el PET, el CONTRATO y las instrucciones impartidas por la Inspección de Obras.
El CONTRATISTA efectuará todo trabajo necesario para la terminación de las tareas, incluso los detalles que no figuren en el PET. Estará obligado a ejecutarlo siempre de acuerdo a las órdenes impartidas por la Inspección de Obras y aplicando a su efecto materiales de primera calidad.
El CONTRATISTA estará obligado a retirar de la obra sin derecho alguno y con carácter definitivo, al personal que no reúna las condiciones elementales de capacidad, moralidad y educación necesarias para desempeñar su respectiva tarea en la obra.
El CONTRATISTA es el único responsable de la Obra y/u operación del servicio de RSU, según corresponda, frente a cualquier anomalía que ocurra en ella, desde el inicio de los trabajos hasta su total terminación.
ARTÍCULO 21: PARTES DIARIOS DE OBRA
El avance diario de obra será asentado por el CONTRATISTA en los partes diarios de obra según el modelo a suministrar, los que serán foliados y numerados en forma correlativa y serán firmados por el representante técnico del CONTRATISTA y la Inspección de Obras diariamente.
ARTÍCULO 22: PLANOS DE OBRA
El CONTRATISTA está obligado a confeccionar, a su costo, toda la documentación de obra adicional a los suministrados por la CONTRATANTE que sea necesaria para su ejecución, según corresponda (planos, especificaciones técnicas, detalles constructivos, cálculos estructurales, estudio de suelos, etc.) y lo que la Inspección de Obras le solicite, debiendo someter esta documentación a la aprobación de esta última en los plazos que ella establezca.
El CONTRATISTA preparará todos los planos o croquis de obra necesarios en el material que determine la Inspección de Obras, para su correcta preservación y, de cada uno de ellos, entregará a la CONTRATANTE dos (2) copias para su aprobación. Una vez aprobado sacará las copias que necesite para su uso y entregará a la CONTRATANTE el original, acompañando además el soporte magnético acorde a lo previsto en estos PLIEGOS.
Si correspondiese para el objeto de la obra, todos los cálculos de las estructuras de hormigón, metálicas y estudios de suelos deberán ser verificados por el CONTRATISTA y rubricados por un profesional con título habilitado en el Consejo Profesional de Ingeniería correspondiente a la jurisdicción donde se ejecutará la obra, el cual será responsable por los cálculos y estudios, debiendo presentarse memorias de cálculos, planos y todo otro elemento necesario para permitir el estudio y aprobación por la CONTRATANTE. En ese caso, la CONTRATANTE no asume responsabilidad alguna por errores de cálculos y estudios que se cometan y no sean advertidos en la revisión, siendo éstos de exclusiva responsabilidad del CONTRATISTA y de sus profesionales.
El CONTRATISTA procederá a desarrollar el proyecto definitivo, complementando la información emanada de la CONTRATANTE en los presentes PLIEGOS, incluyendo la definición de cada una de las partes componentes de la Obra u operación del Servicio de RSU.
El CONTRATISTA realizará todas las tramitaciones necesarias para la ejecución de la Obra, y/u operación del Servicio de RSU, ante las autoridades correspondientes y correrá por su cuenta el pago de derechos. Se podrá solicitar, sin que ello implique adicional de precio, la ejecución de planos parciales de detalle, sobre puntos del proyecto que no resultaren claros para la correcta evaluación de los trabajos.
Los planos de proyecto se presentarán en formato CD, en archivos de extensión DWG o DXF (AutoCAD) y TRES (3) juegos de copia en papel opaco.
Todo plano o documento técnico que el CONTRATISTA presente para su aprobación, deberá tener un rótulo en su parte inferior derecha, con los datos:
• Nombre de la Obra.
• Datos del CONTRATISTA.
• Datos y firmas de los responsables técnicos del proyecto.
• Título del plano o documento técnico.
Se deberá reservar sobre dicho rótulo un espacio para futuras revisiones y otro espacio para las calificaciones.
La CONTRATANTE –o quien ésta designe a tal efecto– revisará los planos de proyecto y/o la documentación técnica a los efectos de que los mismos se adecuen al PET y cumplan con los requisitos de los documentos del CONTRATO. La aprobación que otorgue no relevará al CONTRATISTA de la responsabilidad por errores de cualquier tipo, desviaciones con respecto a las especificaciones técnicas o conflictos que pudieran surgir con los trabajos de terceros como consecuencia de tales desviaciones.
Los planos se devolverán al CONTRATISTA dentro de los quince (15) días hábiles subsiguientes a su recepción en el área correspondiente, mediante una copia con alguna de las calificaciones subsiguientes:
- Aprobado.
- Aprobado con las correcciones indicadas.
- Devuelto para su corrección.
- Rechazado.
El CONTRATISTA no iniciará ninguna parte de las obras cuando los planos de proyecto y/o documentación técnica estén calificados con los dos (2) últimos renglones.
En caso de contradicción entre dos (2) o más disposiciones se adoptará la más exigente.
ARTÍCULO 23: CERRAMIENTO Y CARTEL DEL SITIO DE OBRAS U OPERACIÓN
El CONTRATISTA ejecutará el cerramiento del sitio donde se emplacen las obras y/o la operación del Servicio de RSU, según corresponda, de acuerdo con las reglamentaciones municipales en vigor o, en su defecto, en la forma y extensión que determinen los PLIEGOS y la Inspección de Obras.
El obrador u obradores, de existir como tales, deberán estar cercados con empalizadas xx xxxxxx o material aprobado por la Inspección de Obras, que impidan la salida de los materiales al exterior. Las puertas que se coloquen abrirán al interior y estarán provistas de los medios para cerrarlas perfectamente.
La ubicación de los accesos al obrador u obradores deberán ser aprobados por la Inspección de Obras y serán controlados de acuerdo con las medidas de seguridad que se adopten para la obra.
Estos accesos permanecerán cerrados fuera del horario de trabajo.
Al comenzar los trabajos el CONTRATISTA colocará por su cuenta y cargo un (1) cartel indicador de la obra o de la operación del servicio de RSU objeto del CONTRATO, con las medidas y leyendas indicadas en el plano correspondiente y en el lugar que indique oportunamente la Inspección de Obras, obligándose a mantenerlo en buenas condiciones hasta la recepción definitiva de la obra o la finalización de operación del servicio, en cuya oportunidad deberá retirarlo.
ARTÍCULO 24: VIGILANCIA, SEGURIDAD E HIGIENE
El contratista será responsable de la seguridad de todas las actividades que se desarrollen en el lugar de ejecución de los trabajos objeto del CONTRATO. Adoptará todas las medidas necesarias para prevenir daños a las personas o a los bienes, sean de las partes contratantes o de terceros, para prevenir robos o deterioros de los materiales, estructuras u otros bienes.
Todo el personal afectado a la obra, sea de la CONTRATANTE o de la CONTRATISTA, será provisto por cuenta de ésta con elementos de seguridad pasiva personal (cascos, guantes, botas, máscaras, anteojos, cinturones, etc.), bajo normas I.R.A.M.
Asimismo, en la obra se instalarán los elementos de seguridad colectiva (matafuegos,
disyuntores, botiquín, señalización, etc.) que por su índole correspondan, siendo responsable el contratista de los accidentes ocasionales o agravados por la falta o mal uso de los elementos arriba indicados. Sin perjuicio de lo expuesto, la Inspección de Obras podrá exigir el uso o la colocación de los elementos que considere convenientes.
Al momento de la suscripción del CONTRATO, el CONTRATISTA deberá adecuar las medidas de seguridad del personal a la legislación vigente.
ARTÍCULO 25: PROVISION PARA LA INSPECCIÓN DE OBRAS
Luego de la emisión del Acta de Inicio de los trabajos, en el plazo y demás previsiones contractuales, el CONTRATISTA deberá proveer a la Inspección de Obras los bienes e instalaciones necesarios para realizar sus tareas hasta la recepción provisoria de la obra.
ARTÍCULO 26: SEGUROS
El CONTRATISTA deberá presentar, antes de la suscripción del Acta de Inicio de las tareas, la documentación correspondiente a la contratación de los seguros que resulten necesarios para la ejecución de los correspondientes trabajos conforme el CONTRATO, tales como:
1) Póliza de los seguros de vida y contra accidentes personales, para cubrir a la Inspección de Obras y a todo el personal asignado a la Obra.
2) Póliza de seguro por daños a terceros y/o a los bienes del Estado.
3) Póliza de seguro que cubra las máquinas y equipos del Adjudicatario desde el inicio de los trabajos.
4) Póliza de seguro por Daño Ambiental de Incidencia Colectiva acorde al artículo 22 de la Ley nacional Nº 25.675 y sus normas reglamentarias.
ARTÍCULO 27: instrucciones al REPRESENTANTE TÉCNICO Y jefe de obra
El Representante Técnico se entenderá con la Inspección de Obras y ejercerá las atribuciones y responderá por los deberes del CONTRATISTA, no pudiendo éste discutir la eficacia o validez de los actos que hubiese ejecutado su representante, sin perjuicio de las acciones personales que contra éste pudiera ejercer.
Todas las instrucciones que el Representante Técnico reciba de la Inspección de Obras, serán consideradas como impartidas al CONTRATISTA. Todas las instrucciones que el Jefe de Obra reciba de la Inspección de Obras, serán consideradas como impartidas al Representante Técnico.
artículo 28: RECEPCIÓN PROVISORIA DE LAS OBRAS Y SERVICIOS
Una vez terminada la ejecución de los trabajos, el CONTRATISTA solicitará a la Inspección de Obras la Recepción Provisoria de las Obras y/o servicios.
La fecha de efectiva terminación de los trabajos representa la finalización del periodo de ejecución de la Obra en un todo de acuerdo a lo previsto en el CONTRATO. Si la recepción provisional de la Obra se efectúa de oficio, por negligencia del CONTRATISTA, por requerir la CONTRATANTE la habilitación de la Obra o por cualquier otra causa, la fecha de terminación efectiva de los trabajos será la fecha del acta o del instrumento que acredite dicha recepción.
La Obra será recibida provisionalmente por la Inspección de Obras, ad referéndum de la ratificación de la CONTRATANTE, cuando se encuentre terminada según el CONTRATO y se hayan cumplido satisfactoriamente las pruebas y procedimientos establecidos en los PLIEGOS y el PET.
La recepción de la Obra por la CONTRATANTE no liberará al CONTRATISTA de las responsabilidades establecidas en los artículos 1.271, 1.273 y concordantes del Código Civil y Comercial de la Nación.
Al momento de la recepción provisoria de la Obra, se labrará un acta en presencia del CONTRATISTA o de su Representante Técnico debidamente autorizado, prestando conformidad con el resultado de la operación. En dicha acta se consignará la fecha de la efectiva terminación de los trabajos, a partir de la cual correrá el plazo de garantía.
28.1. Manual de Operación y Mantenimiento
El CONTRATISTA deberá presentar a la Inspección de Obras un Manual de Operación y Mantenimiento de la Obra e Instalaciones, previo a la realización de las pruebas de recepción provisional de la Obra, con la antelación prevista en el CONTRATO.
El contenido del Manual de Operación y Mantenimiento de la Obra e Instalaciones será definido por la Inspección de Obras y deberá permitir guiar la operación de las instalaciones para las distintas maniobras de rutina y de emergencia, así como brindar todas las especificaciones técnicas y los datos necesarios para el mantenimiento de los equipos e instalaciones que correspondan
28.2. Documentación a entregar por el CONTRATISTA
Es condición indispensable para efectuar la Recepción Provisoria de la Obra que el CONTRATISTA haga entrega a la Inspección de Obras de la siguiente documentación, con las formalidades previstas en el PLIEGO y en el CONTRATO:
1) Copia de la totalidad de la documentación técnica conforme con la obra ejecutada (planos, especificaciones y memorias de la obra ejecutada, incluyendo los estudios técnicos realizados -ambientales, geotécnicos, hidrológicos, estructurales, etc.-).
2) Planos municipales conformes a obra, según lo exigido por la jurisdicción local. El CONTRATISTA debe realizar los trámites correspondientes para su aprobación por el organismo competente antes de la finalización del plazo de ejecución de la Obra.
La documentación será verificada por la Inspección de Obras a los efectos de detectar las eventuales faltas de concordancia con la realidad. En tales casos, la documentación será devuelta al CONTRATISTA para su corrección.
ARTÍCULO 29: PLAZO DE GARANTÍA
El Plazo de Garantía será de 12 meses para cada obra y se computará a partir de la firma del Acta de Recepción Provisoria.
La finalización del plazo de garantía sin que existieren observaciones dará lugar a la Recepción Definitiva de la Obra.
Si durante el período de garantía el CONTRATISTA no solucionara, a satisfacción de la Inspección de Obras, los vicios ocultos, las observaciones a los trabajos ejecutados consignadas en el Acta de Recepción Provisoria y los desperfectos ocurridos durante el período de garantía, la CONTRATANTE podrá subsanar las deficiencias contratando los trabajos con terceros o realizándolos por administración, con cargo al correspondiente Fondo de Reparo previsto en el Contrato.
ARTÍCULO 30: RECEPCIÓN DEFINITIVA
Transcurrido el Plazo de Garantía se podrá realizar la Recepción Definitiva de la Obra. Para efectivizar ésta, la Inspección de Obras verificará el buen estado y correcto funcionamiento de la Obra, la ausencia de vicios aparentes, los posibles defectos originados en vicios ocultos, así como que se hayan subsanado las deficiencias consignadas en el Acta de Recepción Provisoria, se haya entregado y aprobado la documentación técnica conforme a obra y el Manual de Operación y Mantenimiento de acuerdo con lo establecido en estos PLIEGOS.
De verificarse deficiencias o defectos, la Inspección de Obras intimará al CONTRATISTA para que en un plazo perentorio los subsane. Vencido dicho plazo sin que el CONTRATISTA haya dado cumplimiento a lo ordenado, la CONTRANTE podrá hacerse cargo de oficio de la Obra y efectuar, por sí o por terceros, los trabajos y provisiones necesarios, cargando los importes que esto insuma al CONTRATISTA, en la liquidación final.
Si las deficiencias verificadas son subsanadas por el CONTRATISTA, el plazo de garantía respecto de las partes afectadas de la Obra se extenderá hasta una fecha que no excederá el doble del plazo de garantía original, todo esto a exclusivo juicio de la CONTRATANTE.
La recepción se formalizará con el Acta de Recepción Definitiva, que será labrada en
presencia de un representante de la CONTRATANTE y la Contratista, o su Representante Técnico.
La Recepción Definitiva de la Obra extinguirá de pleno derecho las garantías otorgadas por el CONTRATISTA por la parte recibida y lo liberará de las responsabilidades contractuales, con excepción de la responsabilidad por ruina de la Obra.
ARTÍCULO 31: LIQUIDACIÓN FINAL DE LA OBRA
Una vez efectuada la Recepción Definitiva de la Obra y antes de liberar los fondos retenidos, se efectuará la liquidación final de la Obra computando, mediante una medición final, la obra total autorizada ejecutada por el CONTRATISTA.
Se incluirán en la liquidación final todos los créditos y cargos que le corresponda efectuar al CONTRATISTA, a fin de que su resultado refleje el saldo total y definitivo resultante de la vinculación contractual entre CONTRATANTE y CONTRATISTA.
Para la liquidación final se tomarán en cuenta, de resultar procedentes, los reclamos no resueltos efectuados por el CONTRATISTA sobre las mediciones y certificaciones mensuales.
Una vez aprobada por la CONTRATANTE, dicha liquidación adquirirá el carácter de liquidación definitiva por la ejecución de la Obra contratada.
ARTÍCULO 32: SANCIONES POR INCUMPLIMIENTO
Durante la ejecución del CONTRATO y hasta la expiración de la vigencia de la Garantía de Cumplimiento del Contrato, todo incumplimiento de las condiciones previstas en estos PLIEGOS, en la documentación contractual, o en las de órdenes de servicio que emita la Inspección de Obras o el Organismo de Control Municipal, dará lugar a la aplicación de sanciones.
32.1. Autoridad competente para sancionar
32.1.1. Concesión de servicios de RSU
Durante el período de operación del correspondiente servicio de RSU, el CONTRATISTA estará sujeto a la potestad sancionatoria de la CONTRATANTE, bajo la fiscalización del Organismo de Control Municipal como autoridad de aplicación del Marco Regulatorio de RSU, siendo pasible de las penalidades previstas allí, en estos PLIEGOS y en el CONTRATO.
Cuando la operación de los servicios concesionados se realice fuera del ejido de San Xxxxxx de los Andes, el vínculo contractual será suficiente título para que el Organismo de Control Municipal ejerza su poder de policía sobre los términos del Marco Regulatorio de RSU, así como en aquellos aspectos que resulten de facultades delegadas o concurrentes con otra jurisdicción competente, según los artículos 2, 13 y 14 de la
Ordenanza Nº 12.036/18, Anexo I.
32.2.2. Otros contratos
En los demás contratos que se suscriban como resultado de la adjudicación será competente para aplicar las sanciones la Secretaría de Obras y Servicios Públicos, como Autoridad de Aplicación de la Ordenanza GIRSU, Nº 11.685/17.
32.2. Imposición de Multas
Según determine la Autoridad de Aplicación competente en cada caso, las multas serán progresivas y acumulativas en proporción a los incumplimientos producidos y al monto del CONTRATO.
A fin de no afectar el derecho de defensa del CONTRATISTA, la Autoridad de Aplicación lo intimará previamente a fin de que dé cumplimiento a la obligación pendiente de cumplimiento.
32.2.1. Causales de multa
Podrán imponerse multas por las causales especificadas a continuación, sin perjuicio de otras penalidades establecidas en este PLIEGO o en el CONTRATO:
a) Xxxx del CONTRATISTA en la iniciación de la obra u operación del servicio, o en la entrega de la posesión del inmueble.
b) Xxxx en la finalización de los trabajos.
c) Paralización de los trabajos sin causa justificada.
d) Faltas o incumplimiento de Órdenes de Servicio o de disposiciones contractuales.
e) Ausencia injustificada del Representante Técnico de la CONTRATISTA.
f) Negativa a notificarse de una Orden de Servicio
g) Incumplimiento de disposiciones municipales vigentes para el cierre de obras y seguridad en la vía pública.
32.2.2. Cálculo. Procedimiento. Destino de las multas
Las multas a fijar por la Autoridad de Aplicación correspondiente podrán variar de entre cinco décimas a diez por mil (0,5‰ al 10‰) del monto del CONTRATO por día de retraso del CONTRATISTA.
Para del cálculo de las multas, se entenderá por monto del CONTRATO al monto original del mismo más los importes de las modificaciones que fueren aprobadas.
A efectos de la imposición de las multas que se fijen, deberá habilitarse una cuenta de
deméritos en la que se asentará el puntaje que reflejará las faltas cometidas por el CONTRATISTA, a partir del cual se medirá el grado de incumplimiento registrado por éste desde el inicio del CONTRATO.
El CONTRATISTA deberá depositar preventivamente el monto de las multas que la CONTRATANTE le imponga en una cuenta especial que se designe a esos efectos, mientras se sustancie el procedimiento impugnatorio de la sanción. En caso de incumplimiento del depósito preventivo, la CONTRATANTE quedará habilitada para ejecutar la Garantía de Cumplimiento del Contrato.
En caso de que la multa fuera dejada sin efecto luego del depósito preventivo, el monto preventivamente depositado será devuelto al CONTRATISTA.
ARTÍCULO 33: EXTINCIÓN DEL CONTRATO
33.1. Causales de extinción
El CONTRATO podrá extinguirse por el vencimiento del plazo, por rescisión por incumplimiento de sus obligaciones por alguna de las partes o por rescate obligatorio por la CONTRATANTE.
33.1.1. Vencimiento del plazo
El CONTRATO se considerará extinguido de pleno derecho por el solo vencimiento del plazo en él estipulado, salvo que las partes hagan uso de la facultad de prorroga cuando estuviera prevista.
33.1.2 Rescisión por culpa del Contratista
Además de las previstas en estos PLIEGOS, la CONTRATANTE podrá decidir unilateralmente la rescisión del CONTRATO con fundamento en las siguientes causas:
a) Incumplimiento grave de disposiciones legales, reglamentarias, resoluciones de la respectiva Autoridad de Aplicación o contractuales.
b) No corrección de defectos notificados por el Inspector de Obras, que constituyen un caso de incumplimiento grave del CONTRATO, dentro del plazo razonable fijado por aquél.
c) Xxxxxx en la terminación de las obras por el número de días para el cual se puede pagar el monto máximo por concepto de multa, según lo estipulado en el CONTRATO.
d) Xxxxxxx reiterados e injustificados en el cumplimiento de las inversiones o metas comprometidas, según el Plan de Trabajo y la curva de inversiones aprobada.
e) Incurrir el CONTRATISTA, a juicio de la CONTRATANTE, en fraude o corrupción al competir por el CONTRATO o en su ejecución.
f) Declaración de quiebra del CONTRATISTA o entrada en liquidación por causas distintas de una reorganización o fusión de sociedades.
g) Abandono del servicio de RSU por el Concesionario. El Organismo de Control Municipal podrá presumir el abandono imputable a aquél si deja de prestar el servicio por un lapso continuo de Veinte (20) días.
h) Venta, cesión, transferencia bajo cualquier título o constitución de gravámenes respecto de los bienes afectados al servicio, en violación de las disposiciones del CONTRATO.
i) Cesión del CONTRATO por la CONTRATISTA sin anuencia de la CONTRATANTE.
j) Ocultamiento de Información, o cualquier otra conducta que denote reticencia u obstaculice la función de control del Inspector de Obras o del Organismo de Control Municipal.
k) La falta de constitución o renovación de las garantías o seguros previstos en el CONTRATO.
l) Cualquier incumplimiento doloso del Contratista que derivase en la comisión de un delito de acción pública en perjuicio de la CONTRATANTE, o que obstaculizase o impidiese, total o parcialmente la prestación de los servicios de RSU concesionados.
33.1.3 Recisión por culpa de la CONTRATANTE
El Contratista podrá solicitar la rescisión del CONTRATO por culpa de la CONTRATANTE, cuando en virtud de una norma, acto, hecho u omisión suya, resulte un incumplimiento grave de las obligaciones asumidas bajo el CONTRATO, que impida razonablemente la ejecución del mismo. En tal caso, dentro de los veinte (20) días de conocido o producido el hecho, el CONTRATISTA deberá intimar a la CONTRATANTE para que proceda a la cesación del incumplimiento, otorgando un plazo razonable que no podrá ser inferior a treinta (30) días. Si la CONTRANTE no cumpliera con sus obligaciones, deberá declarar rescindido el CONTRATO.
33.1.4 Rescate obligatorio de la Concesión
Cuando por hechos o circunstancias no imputables al Concesionario, la prestación de un servicio estuviese en peligro inminente de interrumpirse o se interrumpiere totalmente, y tal situación no pudiere ser remediada por aquél a juicio del Organismo de Control Municipal, éste recomendará al Departamento Ejecutivo Municipal el rescate del servicio a fin de garantizar su continuidad.
El rescate producirá la extinción del CONTRATO, y deberá ser dispuesta unilateralmente por la CONTRATANTE mediante acto administrativo fundado.
El rescate sólo se ejercerá en forma absolutamente excepcional, siempre que se verifique la existencia probada de las causas que sustenten la medida y la finalidad de interés público que oriente su dictado, con la previa intervención del Organismo de
Control Municipal.
33.1.5. Otras causales de extinción del CONTRATO
Para otras situaciones de incumplimiento, total o parcial, por cualquiera de las partes que pueda dar lugar a la extinción del CONTRATO será de aplicación lo previsto en éste y en el Marco Regulatorio de RSU, respecto de la concesión de los servicios de transferencia, traslado o tratamiento de RSU.
Para los demás tipos de contrato que se suscriban como resultado de la adjudicación, se aplicará en subsidio el Código Civil y Comercial de la Nación o el derecho administrativo de la jurisdicción, según corresponda.
33.2. Consecuencias patrimoniales de la extinción
33.2.1. Extinción sin culpa
En casos de extinción por vencimiento del plazo contractual, o por caso fortuito o fuerza mayor, la CONTRATANTE restituirá la Garantía de Cumplimiento del Contrato, pagará el valor de los insumos que reciba y el valor no amortizado de las inversiones efectuadas y de los bienes afectados al servicio adquiridos o construidos por el CONTRATISTA, en virtud del Balance de Liquidación Final debidamente auditado.
No procederá ningún otro reclamo indemnizatorio entre las partes por causa de este tipo de extinción.
33.2.2. Extinción por culpa del CONTRATISTA
En caso de rescisión por culpa del CONTRATISTA, éste perderá automáticamente la Garantía de Cumplimiento del Contrato y deberá indemnizar todos los daños y perjuicios causados a la CONTRATANTE con motivo del incumplimiento, cuyo valor exceda el monto de dicha garantía.
La CONTRATANTE restituirá al CONTRATISTA, únicamente, el valor no amortizado de las inversiones efectuadas y de los bienes afectados al servicio adquiridos o construidos por éste, conforme Balance de Liquidación Final debidamente auditado.
33.2.3 Extinción por culpa de la CONTRATANTE
En caso de rescisión por culpa de la CONTRATANTE, se restituirá al CONTRATISTA la Garantía de Cumplimiento del Contrato y se le pagará el valor no amortizado de las inversiones efectuadas o de los bienes afectados al servicio, adquiridos o construidos por el CONTRATISTA, conforme al Balance de Liquidación Final debidamente auditado. Asimismo, la CONTRATANTE pagará al CONTRATISTA el valor de los insumos que reciba.
El CONTRATISTA deberá entregar a la CONTRATANTE los bienes afectados al servicio cuando ésta se lo requiera. El CONTRATISTA renuncia al derecho de retención respecto de los bienes afectados al servicio.
33.2.4. Rescate
En caso de rescate, será de aplicación lo dispuesto en el punto anterior.
33.2.5. Extinción anticipada
En todos los casos de extinción anticipada del contrato por parte de la CONTRATANTE, con carácter previo a la toma de posesión de los activos, se deberá abonar al CONTRATISTA el monto total de la compensación que corresponda según la metodología de valuación y procedimiento de determinación que, al respecto, se establezca en la reglamentación y en la pertinente documentación contractual, la que, en ningún caso, puede ser inferior a la inversión no amortizada.
Sólo se deberá asegurar el repago del financiamiento pendiente de cancelación que hubiese sido efectivamente aplicado al CONTRATO.
Lo anterior no implica que el CONTRATISTA no deba compensar los daños y perjuicios en beneficio de la CONTRATANTE según lo previsto en el CONTRATO.
33.3. Procedimiento
33.3.1. CONTRATO por obras o prestación de servicios de RSU:
En estos casos, por la extinción del CONTRATO se procederá de la siguiente manera:
33.3.1.a) Recepción Provisoria:
En el lugar, día y hora que se designe, se procederá a la Recepción Provisoria, por parte de la CONTRATANTE, de la obra o del servicio, según corresponda, y de los bienes afectados al mismo. El CONTRATANTE debe ser notificado como mínimo con cinco
(5) días de anticipación.
De la Recepción Provisoria se labrará un acta, que será suscripta por ambas partes. Si el CONTRATISTA no concurriere, se instrumentará la misma con la sola intervención de las autoridades competentes, quienes podrán solicitar el auxilio de la fuerza pública si fuera necesario para llevar adelante la recepción.
La recepción provisoria tendrá los siguientes efectos:
• Transferencia de Bienes: se transferirán a la CONTRATANTE, o a quien ésta designe, la operación del servicio, todos los bienes directamente afectados al mismo y la conducción del personal que correspondiere, en los términos de lo establecido en el presente y el CONTRATO.
• Cesación de poderes y facultades: cesarán de pleno derecho todos los poderes y facultades del CONTRATISTA en relación a la ejecución de las obras o la operación del servicio, la administración y disposición de los bienes, y la conducción del personal, según corresponda.
• Extinción de responsabilidad: transcurridos doce (12) meses a partir de la recepción provisoria, se extinguirá la responsabilidad del CONTRATISTA por los vicios aparentes del servicio y de los bienes que no hubieren sido reclamados por la CONTRANTE en dicho lapso.
33.3.1. b) Recepción Definitiva:
Transcurridos doce (12) meses desde la Recepción Provisoria operará de pleno derecho la Recepción Definitiva. Ésta extinguirá la responsabilidad del CONTRATISTA por los vicios ocultos de la obra o del servicio que no hubieren sido denunciados durante el período de recepción provisoria, con excepción de las responsabilidades que prevén el art. 1.271 y 1.273 y concordantes del Código Civil y Comercial de la Nación.
Se entenderá también por vicio en las obras o del servicio, toda omisión en la operación, mantenimiento o construcción de bienes a que el CONTRATISTA hubiese estado obligado por el CONTRATO.
A los efectos de la aplicación de la responsabilidad del Concesionario establecida en este numeral y en el anterior, éste será considerado como constructor de todos los bienes afectados al servicio que hubieren sido construidos durante la Concesión del servicio de RSU.
33.3.2. CONTRATO por provisión de inmueble/s:
En este caso, la extinción y sus efectos jurídicos y procedimiento se regularán según lo acordado en el CONTRATO y se aplicará, en subsidio, el Código Civil y Comercial de la Nación o el derecho administrativo de la jurisdicción, según corresponda.
33.4. Responsabilidad patrimonial
La responsabilidad patrimonial de las partes contratantes se sujetará a lo dispuesto en el Marco Regulatorio RSU, en el Marco Regulatorio APP, en los PLIEGOS y en el CONTRATO. Supletoriamente, se aplicarán las normas del Código Civil y Comercial de la Nación y del derecho administrativo de la jurisdicción, según corresponda.
ARTÍCULO 34: ADECUACIÓN DEL CONTRATO. AJUSTE DEL PRECIO
A fin de mantener el equilibrio económico-financiero del CONTRATO, se aplicará la metodología o mecanismo previsto en el mismo para el ajuste del precio que eventualmente corresponda, según lo establecido en el contrato.
34.1. Variaciones al CONTRATO
La CONTRATANTE podrá establecer unilateralmente variaciones al CONTRATO sólo en lo referente a la ejecución del PROYECTO, y ello hasta un límite máximo, en más o en menos, del veinte por ciento (20%) del valor total de dicho contrato, compensando adecuadamente la alteración, preservando el equilibrio económico-financiero original
del contrato y las posibilidades y condiciones de financiamiento.
ARTÍCULO 35: CONTRATO POR PROVISIÓN DE INMUEBLE/S
Cuando el CONTRATO tenga como único objeto la provisión de uno o más inmuebles para el desarrollo del PROYECTO, las disposiciones de los artículos 17 a 32 del presente PCP no serán aplicables al CONTRATO o al CONTRATISTA.
ARTÍCULO 36: SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS
Para todas las controversias que eventualmente surjan con motivo de la ejecución, aplicación y/o interpretación de los contratos celebrados bajo el régimen de APP, los pliegos de bases y condiciones y la documentación contractual correspondiente, será de aplicación la Ley Nº 1.284, de Procedimiento Administrativo, y la Ley Nº 1.305, del Código Procesal Administrativo.
PLIEGO DE ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
PROGRAMA DE SELECCIÓN DE CONTRATISTAS
POR ASOCIACIÓN PÚBLICO PRIVADA Nº 01/2019
RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS
“Proyecto de Implementación de Sistema de Transferencia de Residuos Sólidos Urbanos y
Tratamiento Integral de Residuos Orgánicos”
SAN XXXXXX DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL NEUQUÉN, ARGENTINA
DOCUMENTO LICITATORIO PLIEGO DE ESPECIFICACIONES TECNICAS
“PROYECTO DE IMPLEMENTACIÓN DE SISTEMA DE TRANSFERENCIA DE RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS Y
TRATAMIENTO INTEGRAL DE RESIDUOS ORGÁNICOS, EN SAN XXXXXX DE LOS ANDES,
PROVINCIA DEL NEUQUÉN, REPÚBLICA ARGENTINA”
LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL Nº: ………/2019 PAIS: ARGENTINA
CONTRATANTE: MUNICIPALIDAD DE SAN XXXXXX DE LOS ANDES
UNIDAD DE CONTRATOS DE ASOCIACIÓN PÚBLICO-PRIVADA SIN PRESUPUESTO OFICIAL DETALLADO
Contenido
1.4.a) Ubicación de las obras y servicios del PROYECTO: 5
1.5. Datos actualizados de RSU 5
1.6. Objetivos y Componentes del PROYECTO 6
1.7. Normas jurídicas de aplicación 8
2. COMPONENTE 1- PROVISION DE INMUEBLE/S PARA DESARROLLO DEL PROYECTO 9
2.1. Inmuebles de propiedad de particulares 9
2.2. Inmuebles de dominio estatal 9
2.3. Criterios de evaluación técnica de las ofertas 9
3. COMPONENTE 2- ESTACIÓN DE TRANSFERENCIA DE RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS 10
3.1. Especificaciones Estación de Transferencia de RSU 10
3.1.a) Tipología 10
3.1.b) Diseño 10
3.1.c) Componentes y edificios auxiliares 11
3.1.d) Residuos prohibidos 11
3.1.e) Operación de carga o descarga 11
3.1.f) Pre factibilidad ambiental de la Estación de Transferencia 12
3.1.g) Saneamiento 12
3.1.h) Monitoreo Ambiental 12
3.2. Ubicación de la Estación 13
3.2.a) Características biofísicas del predio 13
3.3. Bases del diseño arquitectónico e infraestructura 13
3.3.a) Características de la cortina forestal 14
4. COMPONENTE 3- TRASLADO DE RSU 16
5. COMPONENTE 4- SISTEMA DE TRATAMIENTO INTEGRAL DE RESIDUOS ORGÁNICOS 16
5.1. Tipos de tratamiento 19
5.2. Especificaciones del Sistema de Tratamiento Integral de Residuos Orgánicos 19
5.2.a) Sub Componente A- Planta de Tratamiento de Residuos Orgánicos 20
5.2.b) Sub Componente B- Plan de Compostaje 21
5.2.c) Sub Componente C- Sistema de Tratamiento y reutilización de Residuos Verdes 21
5.2.d) Sub Componente D- Programa de Extensión y Educación Ambiental: 22
5.2.e) Sub Componente E- Diseño de una Propuesta de Recolección Diferenciada de Residuos Sólidos Orgánicos. 23
5.3. Libre disponibilidad 24
5.3.a) Emprendedores de micro escala 24
5.4. Bases del diseño arquitectónico e infraestructura del Sistema de Tratamiento Integral de Residuos Orgánicos 24
6. NORMAS DE CUMPLIMIENTO COMÚN PARA TODOS LOS SERVICIOS DE RSU 25
7. DOCUMENTACION TECNICA DE CONSULTA PREVIA AL PROCESO DE DIALOGO COMPETITIVO 25
Alcance
El presente Pliego de Especificaciones Técnicas (PET) tiene por objeto describir los lineamientos a seguir para la elaboración del PROYECTO a presentar por los oferentes, destinado a implementar el Sistema de Transferencia de RSU y el Tratamiento Integral de Residuos Orgánicos de San Xxxxxx de los Andes.
Se presentan a continuación las principales características y condiciones de diseño y de construcción del PROYECTO y sus COMPONENTES, las que serán una guía para el diseño sin limitar las soluciones que cada oferente considere más apropiada para su propuesta.
En los términos de la Ordenanza de San Xxxxxx de los Andes Nº 11.685/17, de la Gestión Integral de los Residuos Sólidos Urbanos (GIRSU), artículo 14, se entiende por Residuos Sólidos Urbanos (RSU) las sustancias sólidas o semisólidas generadas por las actividades humanas comprendidas en la urbanización territorial, que debido a los procesos de consumo son desechadas y/o abandonadas. Quedan comprendidos aquellos cuyo origen sea doméstico, comercial, institucional, asistencial e industrial no especial asimilable a los residuos domiciliarios.
Se incluye como subcategoría de los RSU a la corriente de los Residuos Sólidos Especiales (RSE). Son éstos los residuos que, por su calidad, cantidad y condiciones, a criterio de la autoridad competente requieren de la implementación de programas particulares de gestión. Se encuentran entre ellos los residuos de podas vegetales y/o forestales.
Quedan excluidos de dicho marco regulatorio, y del presente PROYECTO, los residuos peligrosos y los industriales, regidos respectivamente por las leyes nacionales Nº 24.051 y N° 25.612, o las normas que en el futuro las reemplacen, como así también los residuos radioactivos y los derivados de las operaciones normales de embarcaciones y aeronaves.
Aspectos generales
Antes de la iniciación de los trabajos, el Contratista deberá confeccionar los planos de Xxxxxx Ejecutivo, con sus correspondientes elementos, y los que fueran necesarios para el replanteo de cada trabajo en obra o planificación de los trabajos en taller.
Será por su exclusiva cuenta, y sin derecho a reclamo alguno, la introducción de las modificaciones y la adecuación a las obras de toda observación y/o correcciones que resulten del estudio y aprobación de dichos planos por parte de la Inspección de Obra y las instituciones correspondientes, ejecutando las emisiones tantas veces como sea necesario, para mantener actualizada la documentación de obra.
En oportunidad de la Recepción Provisoria de la Obra, el Contratista deberá presentar la documentación conforme a obra consistente en los planos generales y de cada sistema, detallando medidas y características de los componentes, manuales del usuario e
instrucciones de uso.
Toda la documentación gráfica se entregará impresa y una copia en soporte digital.
El plantel de operarios, herramientas y equipos mínimos necesarios para realizar los trabajos serán provistos por el Contratista y la Inspección de Obra podrá, si lo considera necesario, ordenar su reemplazo parcial o total.
Mientras no se dé término a los trabajos, el Contratista es el único responsable por perdidas, averías, roturas, sustracciones que por cualquier circunstancia se produzcan en la obra.
En el momento de la iniciación de los trabajos, el Contratista deberá llevar a cabo el replanteo parcial o total de la Obra en forma conjunta con la Inspección, labrándose a su término la correspondiente Acta de Replanteo.
El Contratista ejecutará un cerco de obra completo en el lugar indicado por la Inspección de Obra.
El Contratista preparará el obrador de la obra siguiendo las instrucciones sobre ubicación y disposiciones generales que imparta al respecto la Inspección de Obra, proveyendo locales adecuados para el sereno, para el personal propio y para la Inspección de Obra, como así también sanitarios químicos y local para depósito de materiales, herramientas y equipos. Todas estas construcciones complementarias se ejecutarán con materiales y/o componentes en buenas condiciones, y deberán mantenerse en perfecto estado de limpieza, orden y apariencia, a juicio exclusivo de la Inspección de Obra.
Todos los materiales que sean utilizados en la ejecución del contrato, deberán contar con la aprobación del Inspector de Obra antes de su incorporación efectiva a la obra. La Inspección de Obra podrá solicitar la realización de ensayos que verifiquen la calidad de sus prestaciones.
Memoria Técnica
A continuación se describen las actividades que deberán ser desarrolladas para el diseño, construcción, implementación u operación de los distintos Componentes comprendidos por el PROYECTO destinados a dar solución a la problemática de la gestión de los residuos sólidos urbanos de San Xxxxxx de los Andes.
En la Figura 1 se muestra el esquema de la Gestión Integral de RSU y Residuos Sólidos Especiales de San Xxxxxx de los Andes, conforme lo establece la Ordenanza Nº 12.036/18, del Marco Regulatorio para la Prestación y Concesión de los Servicios de Transferencia, Tratamiento y Disposición Final de RSU.
Figura Nº 1. Esquema GIRSU/E
Localización
La ciudad de San Xxxxxx de los Andes se localiza en el sector norte de los Andes Patagónicos, entre los 40°10´ de latitud sur y 71° 30´ de longitud oeste, al noroeste de la región patagónica, en plena Cordillera de los Andes, a orillas xxx Xxxx Xxxxx, en el Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxx, xxx xx xx Xxxxxxxxx xxx Xxxxxxx, Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx.
Biogeográficamente, San Xxxxxx de los Andes se encuentra en una región enmarcada dentro del Distrito Xxxxxx-Patagónico, con un clima mayoritariamente frío y húmedo.
El ejido, con una superficie de 140 km2, abarca parte de las cuencas de los arroyos Pocahullo y Lago Lolog, y dentro del marco regional es la microrregión del Corredor de los Lagos, como se refleja a continuación en Mapas 1 y 2.
Mapa Nº 1 – Marco Geográfico y Territorial
Mapa Nº 2 – Ejido de San Xxxxxx de los Andes
La casi totalidad de los habitantes y su actividad económica se ubica en una superficie
concentrada. Rodeada de laderas boscosas, limitada al suroeste por el Lago Xxxxx abarca la cubeta oriental de éste, el xxxxx xxx Xxxxxx Pocahullo y sus laderas, hasta la cuesta de los Andes.
El relieve de la cuenca es de características montañosas, presentando pronunciadas elevaciones que, en general, se continúan perimetralmente en áreas con mucha menor pendiente como la que conforma la Xxxx Xxxxx.
Las alturas máximas se encuentran hacia el sudeste, en el Cerro Chapelco, donde se alcanzan los 2.000 m.s.n.m. Desde allí, tras recorrer pocos kilómetros, se desciende hasta los 750 m.s.n.m. en la Xxxx Xxxxx.
Ubicación de las obras y servicios del PROYECTO:
Las obras podrán estar localizadas dentro del ejido municipal o en áreas vecinas fuera de su jurisdicción.
La Zonificación municipal de Usos del Suelo asimilable para la localización de Estaciones de Transferencia y Zonas de Tratamiento de Residuos Sólidos Orgánicos y los criterios de implantación aplicables, conforman el ANEXO B del presente pliego.
Acorde a la Ordenanza Nº 12.036/18, Anexo II, el eventual emplazamiento de los servicios a concesionar fuera del ejido, queda sujeto a la aplicación de las normas correspondientes a esa jurisdicción y a las facultades delegadas o concurrentes que en ese sentido se determinen; sin perjuicio de las atribuciones, facultades y competencias exclusivas de la Municipalidad que surjan del Anexo III y de la concesión de los servicios en los términos del artículo 1º del Marco Regulatorio.
Con relación a las regulaciones vigentes en materia de aviación civil se ha contemplado la publicación de las RAAC (Regulaciones Argentinas de Aviación Civil), en particular su Parte 153 - "Operación de Aeródromos", Sección Nº 153.231, de la "Reducción de peligros debido a la fauna". En función de las condiciones de excepción allí establecidas, el municipio ha tomado las previsiones legales y técnicas de diseño y gestión considerando que los sitios posibles para la instalación de las plantas pudieran constituir ofertas fuera del área urbana. Particularmente en la zona de expansión del ejido municipal y dentro del radio de los 20 km del Aeropuerto Chapelco.
Datos actualizados de RSU
Los datos de la cantidad de residuos domiciliarios generados en San Xxxxxx de los Andes son los siguientes:
Cuadro Nº 1. Cuantificación de RSU
MES | TOTAL | Relleno Sanitario | SEPARADO | DESCARTE Del Sirve | RECUPERADO del Sirve | TOTAL RELLENO SANITARIO/TRANSFERENCIA | |
AÑO 2018 | SEPTIEMBRE | 630.046,00 | 539.706,00 | 90.340,00 | 22.629,50 | 67.710,50 | 562.335,50 |
OCTUBRE | 888.050,00 | 594.570,00 | 293.480,00 | 230.660,50 | 62.819,50 | 825.230,50 | |
NOVIEMBRE | 903.950,00 | 579.030,00 | 324.920,00 | 260.025,00 | 64.895,00 | 839.055,00 | |
DICIEMBRE | 736.490,00 | 465.670,00 | 270.820,00 | 216.797,00 | 54.023,00 | 682.467,00 | |
AÑO 2019 | ENERO | 958.310,00 | 781.710,00 | 176.600,00 | 108.630,00 | 67.970,00 | 890.340,00 |
FEBRERO | 825.400,00 | 744.620,00 | 80.780,00 | 32.047,50 | 48.732,50 | 776.667,50 | |
MARZO | 908.160,00 | 786.640,00 | 121.520,00 | 74.723,00 | 46.797,00 | 861.363,00 | |
ABRIL | 828.900,00 | 713.960,00 | 114.940,00 | 56.669,00 | 58.271,00 | 770.629,00 | |
MAYO | 804.680,00 | 694.480,00 | 110.200,00 | 54.045,50 | 56.154,50 | 748.525,50 | |
JUNIO | 623.060,00 | 512.480,00 | 110.580,00 | 69.435,50 | 41.144,50 | 581.915,50 | |
JULIO | 625.280,00 | 503.800,00 | 121.480,00 | 71.431,50 | 50.048,50 | 575.231,50 | |
AGOSTO | 564.000,00 | 412.320,00 | 151.680,00 | 91.299,00 | 60.381,00 | 503.619,00 | |
Kilogramos/Año | 9.296.326,00 | 7.328.986,00 | 1.967.340,00 | 1.288.393,00 | 678.947,00 | 8.617.379,00 | |
Toneladas/Año | 9.296,33 | 7.328,99 | 1.967,34 | 1.288,39 | 678,95 | 8.617,38 | |
Promedio Mensual (Kg) | 774.693,83 | 610.748,83 | 163.945,00 | 107.366,08 | 56.578,92 | 718.114,92 | |
Promedio Mensual (Tn) | 774,69 | 610,75 | 163,95 | 107,37 | 56,58 | 718,11 |
Fuente: Unidad Técnica SIRVe. Municipalidad de San Xxxxxx de los Andes El mayor volumen de basura se registra en las temporadas turísticas.
El 50% de la composición de los RSU de San Xxxxxx de los Andes se compone de la fracción orgánica.
La composición de la fracción reciclada que va la planta SIRVe es fundamentalmente cartón (60%), vidrio (15%), papel (7%) PET (6%) y el resto se compone de aluminio, tetrabrik, hojalata y nylon.
Objetivos y Componentes del PROYECTO
El presente PROYECTO, destinado a implementar el Sistema de Transferencia de RSU y el Tratamiento Integral de Residuos Orgánicos, comprende los siguientes componentes y objetivos particulares:
• Componente 1- Provisión de Inmuebles: ofrecimiento de uno o más predios para el desarrollo del PROYECTO en su totalidad o por componentes y sub componentes, en un sitio de localización estratégica, en función de las distancias de recorrido de la recolección municipal de la ciudad y las características ambientales apropiadas para tal fin.
• Componente 2- Estación de Transferencia de RSU: diseño y construcción de una Estación de Transferencia de RSU de San Xxxxxx de los Andes.
• Componente 3- Traslado de RSU: propuesta de un sistema de traslado de los RSU, desde la Estación de Transferencia a construir, hasta el vertedero regional localizado en Alicura, indicado en el mapa de ANEXO A de las presentes especificaciones.
• Componente 4- Sistema de Tratamiento Integral de Residuos Orgánicos para el procesamiento de una parte de la fracción orgánica de los RSU de San Xxxxxx de los Andes a través de procesos de degradación biológica con tecnologías apropiadas. La incorporación de tecnología apuntará a procesar, recuperar y valorizar una fracción de residuos orgánicos preclasificados.
Esta componente comprende los siguientes subcomponentes:
Sub Componente A- Planta de Tratamiento de Residuos Orgánicos de RSU: comprende la implementación, en un predio adecuado, de un área de recepción y tratamiento de residuos orgánicos a través de las modalidades tecnológicas que resulten recomendables para las características de los residuos de la localidad de San Xxxxxx de los Andes.
Sub Componente B- Plan de Compostaje: diseño e implementación de un plan de compostaje domiciliario y comunitario que incluya la infraestructura necesaria.
Sub Componente C- Sistema de Tratamiento y reutilización de Residuos Verdes: evaluación e implementación de alternativas de chipeo y tratamiento de residuos forestales y vegetales de jardinería. Deberá contemplarse el análisis y potencial implementación de alternativas tecnológicas de reutilización de residuos vegetales mediante la conversión a enmiendas o tecno-suelos.
Sub Componente D- Programa de Extensión y Educación Ambiental: propuesta de programa de extensión y educación ambiental sobre la práctica del compostaje y la separación domiciliaria de RSU en el hogar.
Sub Componente E- Diseño de una Propuesta de Recolección Diferenciada de Residuos Sólidos Orgánicos.
Acorde a lo establecido por el Marco Regulatorio de la concesión de los servicios de RSU (Ordenanza Nº 12.036/18, Anexo I), la contratación de los servicios de tratamiento y de transferencia deberá adecuarse al principio de reducción de la disposición final.
Por el mismo Xxxxx Xxxxxxxxxxx (artículo 6º, Anexo I, Ordenanza Nº 12.036/18), el Departamento Ejecutivo Municipal arbitrará los medios para que los vecinos de la ciudad de San Xxxxxx de los Andes cuenten en forma regular con información vinculada a los servicios concesionados, así como para el establecimiento de un monitoreo participativo del tratamiento de los RSU.
Las propuestas de los oferentes podrán comprender la ejecución de las obras o programas, provisión de equipamiento y/o bienes inmuebles, operación y mantenimiento de los siguientes componentes del PROYECTO:
• Componente 1: Provisión de inmueble/s para el desarrollo del Proyecto
• Componente 2: Estación de Transferencia de RSU
• Componente 3: Traslado de RSU
• Componente 4: Sistema de Tratamiento Integral de Residuos Orgánicos. En este caso, las ofertas podrán comprender todos los Sub Componentes a excepción de la operación del servicio previsto en el Sub Componente E (“Diseño de una Propuesta de Recolección Diferenciada de Residuos Sólidos Orgánicos”).
Las propuestas de los oferentes podrán abarcar todos los componentes en su conjunto, uno solo o varios componentes y/o sub componentes, efectuando la oferta económica de manera privada o público-privada.
Normas jurídicas de aplicación
Acorde a la Ordenanza Nº 12.036/18, integran el Marco Regulatorio (“Marco Regulatorio RSU”, en adelante) para la concesión y prestación de los servicios de Tratamiento, Transferencia y Disposición Final de RSU de la Ciudad de San Xxxxxx de los Andes, además de los términos y condiciones por ella definidos:
- La Ordenanza Nº 11.685/17, como “norma principal para la Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos”.
- La Ley nacional Nº 25.675, General del Ambiente.
- La Ley Nacional Nº 25.916, de los Presupuestos mínimos para la Gestión de Residuos Domiciliarios.
- La Ley nacional Nº 25.831, del Régimen de Libre Acceso a la Información Xxxxxxx Xxxxxxxxx.
- Xxx xxxxx xx xx Xxxxxxxxx xxx Xxxxxxx:
✓ Nº 1.875 (T.O. Resolución 592), del Medio Ambiente, y su Decreto reglamentario Nº 2.656/99.
✓ Nº 2.052, del Ejido de San Xxxxxx de los Andes.
✓ Nº 2.648, de la Gestión Integral de los Residuos Sólidos Urbanos.
✓ 3.044, de Acceso a la información pública del Neuquén.
- Las ordenanzas municipales:
✓ Nº 10443/15, del Carácter esencial de los servicios públicos de recolección de residuos sólidos urbanos y cementerio.
✓ Nº 6.661/04, de Acceso a la Información Pública.
Asimismo, enunciativamente, sin exclusión de otras leyes y normas ambientales vigentes, complementarias y reglamentarias, regulatorias de la gestión de los RSU, resultan aplicables al PROYECTO:
• La Carta Orgánica de SMA: en particular, el articulo Nº8, inciso Nº 10, y los artículos Nº 24 y Nº 110.
- Las ordenanzas municipales:
✓ Nº 3.338/99, de Audiencia Pública.
✓ Nº 1584/94, de Evaluación de Impacto Ambiental.
✓ Nº 11.609/17, de adhesión a la Ley provincial Nº 2.648.
✓ Nº 12.227/18, sobre la Estación de Transferencia de RSU y la Planta SIRVe.
✓ Nº ………/19, aprobatoria de los Pliegos de la presente licitación.
COMPONENTE 1- PROVISION DE INMUEBLE/S PARA DESARROLLO DEL PROYECTO
El oferente podrá optar por realizar la oferta de uno o más predios de su propiedad, aptos para el desarrollo del PROYECTO según las condiciones biofísicas, de superficie y demás que se especifican a continuación y en la descripción de los restantes Componentes.
Junto con la oferta deberá acompañarse copia certificada de las respectivas escrituras que avalen la titularidad dominial del oferente.
Inmuebles de propiedad de particulares
Los particulares, sean personas humanas o jurídicas, podrán presentar como oferta para este Componente uno o más predios de su propiedad, preferentemente bajo las siguientes modalidades contractuales: permuta, comodato, servidumbre administrativa de ocupación temporánea, alquiler o donación.
Inmuebles de dominio estatal
Podrán también presentarse como oferta para este Componente uno o más inmuebles de dominio del Estado (Nacional o Provincial), cuando el oferente sea un organismo público, bajo las modalidades contractuales indicadas en el punto anterior u otras que sean consideradas aplicables.
Criterios de evaluación técnica de las ofertas
En la evaluación técnica de las ofertas presentadas para este Componente, se considerarán las características y condiciones del o los inmuebles ofrecidos según los criterios previstos en