A N T E C E D E N T E S
CONVENIO MARCO DE COLABORACIÓN PARA EL APOYO FINANCIERO, QUE CELEBRAN EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA, EN LO SUCESIVO “ LA SEP", REPRESENTADA POR EL XX. XXXXXXXX XXXX XXXXXXXX, SUBSECRETARIO DE EDUCACIÓN SUPERIOR, ASISTIDO POR EL XX. XXXXXXXX XXXXXXXXX XXXX XXXXXXX, DIRECTOR GENERAL DE EDUCACIÓN SUPERIOR UNIVERSITARIA Y EL XX. XXXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXX XXXXXX, COORDINADOR GENERAL DE EDUCACIÓN INTERCULTURAL Y BILINGÜE; EL GOBIERNO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE TABASCO, EN LO SUCESIVO “ EL EJECUTIVO ESTATAL", REPRESENTADO POR SU GOBERNADOR CONSTITUCIONAL, EL Lie. XXXXXX XXXXX XXXXXXX, ASISTIDO POR LOS SEÑORES C. XXXXX XXXX XXXXX XXXXXXX, SECRETARIO DE GOBIERNO, EL LIC. XXXX XXXXX XXXXXXXX, SECRETARIO DE PLANEACIÓN Y FINANZAS, EL LIC. XXXXXX XXXXXX XXXXX XXXX, SECRETARIO DE EDUCACIÓN Y EL LIC. XXXX XXXX XXXXXXX XXXXX, COORDINADOR GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS; Y LA UNIVERSIDAD INTERCULTURAL DEL ESTADO DE TABASCO, EN LO SUCESIVO “ LA UNIVERSIDAD", REPRESENTADA POR SU RECTORA, LA Lie. XXXXX XXXXXX XXXXXXXX, DE CONFORMIDAD CON LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:
A N T E C E D E N T E S
I. Que el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018, específicamente en el objetivo 3.2, Estrategia 3.2.3, tiene como objeto impulsar un México con Educación de Calidad y promover la ciencia, la tecnología y la innovación, a fin de garantizar la inclusión y la equidad en el Sistema Educativo y crear nuevos servicios educativos, ampliar los existentes y aprovechar la capacidad instalada de los planteles, para incrementar de manera sostenida la cobertura en educación superior e impulsar la diversificación de la oferta educativa en la educación superior, de conformidad con los requerimientos del desarrollo local, estatal y regional; fomentar la creación de nuevas opciones educativas, a la vanguardia del conocimiento científico y tecnológico, así como ampliar
y mejorar la colaboración y coordinación éntre todas las instancias de gobierno, para llevar educación técnica y superior en diversas modalidades a localidades sin oferta educativa de este tipo y a zonas geográficas de alta marginación y fortalecer las capacidades institucionales de vinculación de los planteles de nivel superior con el sector productivo, y alentar la revisión permanente de la oferta educativa.
II. Que el Programa Sectorial de Educación 2013-2018, en su Objetivo 2, Estrategia 1, Democratizar la Productividad, Líneas de acción 6; Objetivo 3, y Estrategia 3.1, Líneas de acción 3.1.1, 3.1.2, 3.1.3, y 3.1.4, señala la Coordinación de esfuerzos entre el gobierno federal y los gobiernos de las entidades federativas, buscando sinergias en las acciones de fonnación de capital humano, por lo que ambos ámbitos de gobierno tiene como objetivo asegurar mayor cobertura, inclusión y equidad educativa entre todos los grupos de la población para la construcción de una sociedad más justa, a fin de fortalecer la planeación y mejorar la organización del Sistema Educativo Nacional para aumentar con eficiencia la cobertura en distintos contextos para:
1. Impulsar el fortalecimiento de las áreas estatales para la planeación y el desarrollo educativo, así como su coordinación con el Gobierno Federal.
2. Acordar con los estados y las instituciones públicas de educación superior, mecanismos para otorgar apoyo financiero de manera prioritaria para el crecimiento de la oferta de educación superior y media superior, en su caso.
3. Habilitar nuevos servicios educativos y ampliar lo^existentes, donde lo justifiquen los estudios de factibilidad avalados por los órganos de planración de los estados.
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4. Impulsar programas para aprovechar cabalmente planteles, con énfasis en la educación superior.
D E C L A R A C I O N E S
la capacidad instalada de los
I.- De “ LA SEP” :
1.1. - Que de conformidad con los artículos 2o., fracción I, 26 y 38 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, es una dependencia de la Administración Pública Federal Centralizada, a la que corresponde el ejercicio de la función social educativa, sin perjuicio de la concurrencia de las entidades federativas y los municipios.
1.2. - Que el Xx. Xxxxxxxx Xxxx Xxxxxxxx, Subsecretario de Educación Superior, suscribe el presente convenio, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 6° del Reglamento Interior de la Secretaría de Educación Pública, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 21 de enero de 2005, así como el “Acuerdo número 399 por el que se delegan facultades a los subsecretarios y titulares de unidad de la Secretaría de Educación Pública”, publicado en el mismo órgano informativo el 26 xx xxxxx de 2007.
1.3. - Que el Xx. Xxxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxx Xxxxxxx, Director General de Educación Superior Universitaria, y el Xx. Xxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx, Coordinador General de Educación Intercultural y Bilingüe, participan en el presente convenio de conformidad con lo dispuesto en los artículos 2, fracciones XI y XIII, 11. fracción I. y 16 y 18 del Reglamento Interior de la Secretaría de Educación Pública, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 21 de enero de 2005.
1.4. - Que de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 21 de la Ley para la Coordinación de la Educación Superior, la Federación, dentro de sus posibilidades presupuestarias y en vista de las necesidades de docencia, investigación y difusión de la cultura de las instituciones públicas de educación superior, les asignará recursos de conformidad con la distribución establecida en el Presupuesto de Egresos de la Federación para apoyar al cumplimiento de sus fines.
1.5. - Que el apoyo al que se refiere la declaración anterior se llevará a cabo mediante la aportación de recursos públicos federales a “ LA UNIVERSIDAD” , conforme a los Anexos de Ejecución que se celebren en cada ejercicio fiscal.
1.6. - Que atendiendo a la solicitud de “ EL EJECUTIVO ESTATAL” , y de acuerdo con el esquema de financiamiento establecido en el presente instrumento, concurre con éste para contribuir al mejoramiento de la calidad, la pertinencia, la diversificación y la ampliación de la oferta educativa en beneficio de la educación superior y de “ LA UNIVERSIDAD” , a fin de fortalecer e impulsar el desarrollo de las actividades que a la misma han sido encomendadas.
1.7. - Que el subsidio asignado por la Federación a “ LA UNIVERSIDAD” , se destinará para cubrir los servicios personales y el gasto de operación que se indiquen en los Anexos de Ejecución que se celebren en cada ejercicio fiscal. De igual manera “ LA UNIVERSIDAD” podrán ajustar ios gastos de operación de acuerdo a sus necesidades y de conformidad con su Ley Orgánica, siempre y cuando no impliquen compromisos adicionales a los montos asignados por “ LA SEP”
y “ EL EJECUTIVO ESTATAL” .
1.8. - Que para efectos del presente instrumento señala como domicilio el ubicado en la calle de República de Brasil Xx. 00, Xxxxxxx Xx. 000, Xxxxxxx Xxxxxx, Xxxxxxxxxx Xxxxxxxxxx, X.X. 00000, en la Ciudad de México.
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11.1. - Que el Estado de Tabasco es una entidad libre y soberana que forma parte integrante de la Federación, de conformidad con lo establecido en los artículos 40 y 43 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los artículos 1 y 9 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Tabasco.
11.2. - Que el Lie. Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxx, es el Gobernador del Estado, por lo que se encuentra plenamente facultado para la suscripción del presente convenio, de conformidad con los artículos 42, 51 fracción XI de la Constitución Política del Estado del Estado Libre y Soberano de Tabasco; y 2 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Tabasco.
11.3. -Que la Secretaria de Gobierno es una dependencia de la Administración Pública Centralizada, lo anterior de conformidad con los artículos 52 primer párrafo de la Constitución Política del Estado del Estado Libre y Soberano de Tabasco, 1, 3, 4, 26 fracción I y 27 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Tabasco; 3 del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobierno.
11.4. -Que el 1 de enero de 2013, el C. Xxxxx Xxxx Xxxxx Xxxxxxx, fue nombrado por el Lie. Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxx, Gobernador del Estado, Secretario de Gobierno, por lo tanto, cuenta con facultades para suscribir el presente convenio, de acuerdo con lo previsto por los artículos 51 fracción II de la Constitución Política del Estado del Estado Libre y Soberano de Tabasco, 5, 7 fracción VIII,12 fracción IX y 21 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Tabasco.
11.5. -Que la Secretaria de Planeación y Finanzas es una dependencia de la Administración Pública Centralizada, de conformidad con los artículos 52 primer párrafo de la Constitución Política del Estado del Estado Libre y Soberano de Tabasco, 1, 3, 4, 26 fracción III y 29 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Tabasco.
11.6. -Que el 01 de enero de 2015, el Lie. Xxxx Xxxxx Xxxxxxxx fue nombrado por el Lie. Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxx, Gobernador del Estado,Secretario de Planeación y Finanzas, por tanto cuenta con las facultades suficientes para suscribir el presente convenio, de conformidad con los artículos 51 fracción II de la Constitución Política del Estado del Estado Libre y Soberano de Tabasco, 5, 7 fracción VIII, 12 fracción IX y 21 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Tabasco.
11.7. -Que la Secretaria de Educación es una dependencia de la Administración Pública Centralizada, de conformidad con los artículos 52 primer párrafo de la Constitución Política del Estado del Estado Libre y Soberano de Tabasco, 1, 3, 4, 26 fracción V y 30 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Tabasco.
11.8. -Que el 1 de julio de 2015, el Lie. Xxxxxx Xxxxxx Xxxxx Xxxx, fue nombrado por el Lie. Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxx, Gobernador del Estado,Secretario de Educación, por tanto cuenta con las facultades suficientes para suscribir el presente convenio, de conformidad con los artículos 51 fracción II de la Constitución Política del Estado del Estado Libre y Soberano de Tabasco, 5, 7 fracción VIII, 12 fracción IX y 21 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Tabasco.
11.9. -Que la Coordinación General de Asuntos Jurídicos es una dependencia de la Administración Púbiiea Centralizada, de conformidad con los artículos 52, primer párrafo de la Constitución Política del Estado del Estado Libre y Soberano de Tabasco, 1, 3, 4, 26 fracción XV y 39 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Tabasco.
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11.10. -Que el 1 de enero de 2013, el Lie. Xxxx Xxxx Xxxxxxx Xxxxx, fue nombrado por el Lie. Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxx, Gobernador del Estado, Coordinador General de Asuntos Jurídieos, por tanto euenta eon las faoultades sufieientes para suseribir el presente eonvenio, de eonformidad oon los artíeulos 51 fraceión II de la Constitueión Polítiea del Estado del Estado Libre y Soberano de Tabaseo, 5, 7 fraeeión VIII, 12 fraeeión IX, 21 y 22 de la Ley Orgánioa del Poder Ejeeutivo del Estado de Tabaseo.
11.11. - Que para satisfaeer las neeesidades loeales y regionales en materia de edueaeión superior, el Congreso del Estado oreó “ LA UNIVERSIDAD” , a la eual proporcionará reeursos económieos, oonforme al esquema de finaneiamiento aoordado en el presente instrumento entre la Federaeión y el Estado, para la realizaeión de las funoiones que le fueron encomendadas.
11.12. - Que para apoyar el finaneiamiento de “ LA UNIVERSIDAD", ha solicitado la participación del Gobierno Federal, en el marco de la coordinación de acciones que han acordado los dos niveles de gobierno, a fin de impulsar el desarrollo económico y social de la entidad.
11.13. - Que para efectos del presente instrumento señala como domicilio el ubicado en Xxxxxxx xx Xxxxxxxx, Xxxxxxxxxxxxx Xx 0, Xxxxxxx Xxxxxx, X.X. 00000, en la Ciudad xx Xxxxxxxxxxxx, Estado de Tabaseo.
III.- De “ LA UNIVERSIDAD":
111.1. - Que es un organismo público descentralizado del Gobierno del Estado de Tabaseo, con personalidad jurídica y patrimonio propio, sectorizado a la Secretaría de Educación, lo anterior de conformidad con el Acuerdo de Creación de la Universidad Intercultural del Estado de Tabaseo, publicado en el suplemento "C" al Periódico Oficial del Estado número 6634 de fecha
5 xx xxxxx de 2006.
111.2. - Que de conformidad con el artículo 3° de su Acuerdo de Creación, tiene por objeto;
• Impartir programas educativos de alta calidad orientados a formar profesionales e intelectuales comprometidos con el desarrollo económico y cultural en los ámbitos comunitario, regional y nacional, cuyas actividades contribuyen a promover un proceso de revaloración y revitalización de las lenguas y culturas originarias, así como de los procesos de generación del conocimiento de estos pueblos;
• Formar individuos con actitud científica, creativos, solidarios, con espíritu emprendedor, innovador, sensibles a la diversidad cultural y comprometidos con el respeto a la valoración de las diferentes culturas;
• Organizar y realizar actividades de docencia, investigación, vinculación con la comunidad, difusión de la cultura y extensión de los servicios, atendiendo fundamentalmente a los problemas locales, regionales, estatales y nacionales, en relación con las necesidades del desarrollo socioeconómico de la entidad, de la región y del país.
III.3.- Que recibe recursos financieros de “ LA SEP” , “ EL EJECUTIVO ESTATAL" y de la generación de recursos propios para su funcionamiento, los cuales en su conjunto se Integrarán al patrimonio de “ LA UNIVERSIDAD” .
111.4. - Que se compromete a utilizar los recursos asignados tanto por “ LA SEP” como por los que le aporte “ EL EJECUTIVO ESTATAL” a los objetivos señalados en este convenio, en el marco de lo dispuesto por el artículo 3°, fracción Vil, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
111.5. - Que su Rectora, es titular de la representación legal de la misma, conforme a lo dispuesto en los artículos 13, 14 y 16 del Acuerdo de Creación de la Universidad Intercultural del Estado de Tabasco y los artículos 8 y 9 del Reglamento Interior de la Universidad Intercultural del Estado de Tabasco, y por tanto cuenta con las facultades legales necesarias para la celebración del presente instrumento y para comprometerse al cumplimiento del mismo.
111.6. - Que para efectos del presente instrumento señala como domicilio el ubicado en Xxxxxxxxx Xxxxxxxx-Xxxxxxxxx Xx. 0, x/x, X. X. 00000, Xxxxxxxx, Xxxxxxx.
IV.- De “ LA SEP” y “ EL EJECUTIVO ESTATAL” :
IV.1.- Que conocen los planes de expansión de la oferta educativa del tipo superior, así como los proyectos docentes y de investigación en que se encuentra comprometida “ LA UNIVERSIDAD", los cuales son derivados de las políticas vigentes en materia de educación superior.
IV.2.- Que es su voluntad conjuntar esfuerzos y recursos para apoyar financieramente a “ LA UNIVERSIDAD” , con el propósito de contribuir a la realización de dichos planes.
En mérito de los antecedentes y declaraciones que anteceden, las partes acuerdan las siguientes:
C L Á U S U L A S
PRIMERA.- El presente convenio tiene por objeto establecer las bases conforme a las cuales “ LA SEP” y “ EL EJECUTIVO ESTATAL", proporcionarán subsidio a “ LA UNIVERSIDAD con el propósito de contribuir al cumplimiento de los servicios educativos y las funciones académicas que realiza, de conformidad con lo establecido en ios Anexos de Ejecución que deriven y se celebren en el marco del mismo, los cuales una vez suscritos por las partes, formarán parte integrante del presente instrumento.
Las partes acuerdan que el subsidio se otorgará independientemente de los recursos que “ LA UNIVERSIDAD” reciba de otras fuentes de financiamiento, sin menoscabo de que tanto "LA SEP” , “ EL EJECUTIVO ESTATAL” y “ LA UNIVERSIDAD” , realicen esfuerzos conjuntos en los cuales se promueva que la institución pueda llevar a cabo programas para incrementar sus recursos y ampliar sus fuentes de financiamiento.
Independientemente de lo pactado en el presente instrumento, “ LA SEP” gestionará los recursos correspondientes ai incremento salarial, plazas de nueva creación, nivelación del SMG en carrera docente, gasto de operación, entre otras, de “ LA UNIVERSIDAD” .
SEGUNDA.- “ LA SEP” y “ EL EJECUTIVO ESTATAL” , asignarán a “ LA UNIVERSIDAD”
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recursos económicos, que le permitan cumplir los propósitos previstos en la cláusula anterior, los cuales serán determinados en los Anexos de Ejecución, que se suscriban para cada ejercicio fiscal, y ministrados mensualmente. Asimismo “ LA SEP” y “ EL EJECUTIVO ESTATAL” están de acuerdo que los recursos que se asignen a “ LA UNIVERSIDAD” , se realicen buscando un esquema de financiamiento equitativo ideal, que con el tiempo logre que “ EL EJECUTIVO ESTATAL” aporte hasta un 50%(cincuenta por ciento) de los recursos. Con la finalidad de lograr lo antes posible el esquema de financiamiento referido en el párrafo anterior, la proporción federal no podrá incrementarse respecto a la del año anterior.
TERCERA.- “ LA UNIVERSIDAD” se obliga a lo siguiente;
A) .. Abrir una cuenta específica para la administración y ejercicio de los recursos financieros que reciba de “ LA SEP” y de “ EL EJECUTIVO ESTATAL” , así como los productos que generen éstos, de conformidad con lo estipulado en la cláusula QUINTA, del presente instrumento;
B) .- Destinar el apoyo financiero que reciba y los productos que genere, al cumplimiento del objeto de este convenio de conformidad con lo establecido en el Anexo de Ejecución correspondiente, así como en los capítulos 1000, 2000 y 3000 del Clasificador por Objeto del Gasto para la Administración Pública Federal vigente, expedido por la Secretaría de Hacienda
y Crédito Público;
C) .- Operar con base en los lineamientos del Modelo Educativo de las Universidades Interculturales, establecidos por la Coordinación General de Educación Intercultural y Bilingüe de “ LA SEP” :
D) .- Registrar sus planes y programas de estudio en la Dirección General de Profesiones adscrita a “ LA SEP” de acuerdo con los “Lineamientos Generales para Asegurar la Calidad y Pertinencia de la Educación Superior Intercultural", establecidos por la Coordinación General de Educación Intercultural y Bilingüe de “ LA SEP” ;
E) .- Proporcionar a “ LA SEP” y a “ EL EJECUTIVO ESTATAL!’ durante los primeros 90 (noventa) días hábiles subsecuentes al término de cada ejercicio fiscal, la información relativa
a la distribución del apoyo financiero recibido, así como los informes que la Dirección General de Educación Superior Universitaria y/o los informes académicos que la Coordinación General de Educación Intercultural y Bilingüe de “ LA SEP” y “ EL EJECUTIVO ESTATAL” , le requieran;
F) .- Facilitar la fiscalización por parte de la Auditoría Superior de la Federación de los recursos federales que reciba, en términos de lo establecido en la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación, así como rendir cuentas sobre su ejercicio en los términos de las disposiciones aplicables, detallando la información en cumplimiento a lo establecido en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal correspondiente y su normatividad interna;
G) .- Dar cumplimiento a las disposiciones relativas a la transparencia y difusión de la información financiera de los recursos que reciba, de conformidad con el Título Quinto de la Ley General de Contabilidad Gubernamental;
H) .- Entregara la Dirección General de Educación Superior Universitaria de “ LA SEP” , el recibo institucional que compruebe la recepción de los recursos transferidos, en un plazo máximo de 10 (diez) días hábiles posteriores a cada ministración recibida;
I) .- Proporcionar las facilidades necesarias para que las instancias competentes de control, supervisión y fiscalización de “ EL EJECUTIVO ESTATAL” , ejerzan sus atribuciones en el ámbito de sus competencias, respecto al ejercicio de los recursos transferidos objeto del presente convenio; y
J) .- Proporcionar a la Dirección General de Educación Superior Universitaria y a la Coordinación General de Educación Intercultural y Bilingüe de “ LA SEP” , toda la información que le sea solicitada con motivo del cumplimiento del objeto de este convenio.
CUARTA.- “ LA SEP” , entregará a “ LA UNIVERSIDAD” los recursos federales referidos en la cláusula SEGUNDA, autorizados por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y de acuerdo a la disponibilidad presupuestaria de la "Tesorería de la Federación" y con base a la reserva autorizada por dicha secretaría.
QUINTA.- Por lo que hace a las aportaciones que “ LA UNIVERSIDAD” reciba de “ LA SEP” y de “ EL EJECUTIVO ESTATAL” , ésta deberá establecer en forma previa una cuenta bancaria específica que permita mediante subcuentas la identificación y diferenciación precisa de los recursos federales de los estatales y sus rendimientos financieros, para efectos de comprobación de su ejercicio y fiscalización, así como mantener en su poder la documentación original que justifique y compruebe el gasto incurrido. Dicha documentación se presentará a los órganos competentes de control y fiscalización que la soliciten, debiendo cumplir con lo dispuesto en el Título Quinto de la Ley General de Contabilidad Gubernamental.
SEXTA.- Para la coordinación, seguimiento, evaluación y cumplimiento del presente convenio, en el ámbito de sus correspondientes atribuciones y obligaciones, las partes acuerdan designar como responsables: “ LA SEP” a sus titulares de la Dirección General de Educación Superior Universitaria y de la Coordinación General de Educación Intercultural y Bilingüe; “ EL EJECUTIVO ESTATAL” al/los funcionario/s que designe para el mismo; y “ LA UNIVERSIDAD” a su propio Rectora.
SÉPTIMA.- Las partes acuerdan, que “ LA UNIVERSIDAD” responderá ante cualquier autoridad o terceros, cuando se vincule a “ LA SEP” en el cumplimiento de resoluciones pronunciadas en juicios de cualquier naturaleza, sin que hubiere sido parte en el proceso correspondiente.
OCTAVA.- Las partes están de acuerdo en que “ LA UNIVERSIDAD” , ejerza los recursos de acuerdo al desglose que se establezca en los Anexos de Ejecución.
“ LA UNIVERSIDAD” podrá ajustar los gastos de operación de acuerdo a sus necesidades y de conformidad con su Ley Orgánica, siempre y cuando no impliquen compromisos adicionales a los montos asignados por “ LA SEP” y “ EL EJECUTIVO ESTATAL” .
NOVENA.- Sin perjuicio de la asignación de los recursos a que se refiere este convenio, “ LA SEP” y “ EL EJECUTIVO ESTATAL” también convienen en alentar las acciones que emprenda “ LA UNIVERSIDAD” , a fin de incrementar sus recursos económicos por vías diferentes ai financiamiento público, de conformidad con lo previsto en el segundo párrafo del artículo 21 de la Ley para la Coordinación de la Educación Superior.
“ LA UNIVERSIDAD” será la responsable de acreditar ante los órganos fiscalizadores competentes el ejercicio y justificación de los gastos que realice sobre los recursos económicos que obtenga por otras vías de financiamiento.
DÉCIMA.- Las partes acuerdan que las dudas que pudieran surgir con motivo de interpretación o incumplimiento de las cláusulas del presente convenio y de los Anexos de Ejecución que deriven del mismo, se resolverán de común acuerdo y por escrito entre las partes, y en caso de que lo anterior no sea posible, acuerdan someterse a la jurisdicción de los tribunales federales competentes.
DÉCIMA PRIMERA.- El presente convenio surtirá efectos a partir de su fecha de firma y por tiempo indefinido. Podrá ser adicionado o modificado de común acuerdo por escrito, conforme a los preceptos y lineamientos que lo originan, o darse por terminado en cualquier tiempo, previa notificación de una parte a la otra con 90 (noventa) días de anticipación, en cuyo caso las partes
tomarán las providencias necesarias a efecto de que las acciones que se hayan iniciado se desarrollen hasta su total conclusión.
Enteradas las partes del contenido y alcance de este convenio, lo firman de conformidad en
cuatro tantos originales en la Ciudad de México, el día 13 de enero de 2016.
Por: “ LA SEP” Por; “ EL EJECUTIVO ESTATAL”
Xx. Xxxxxxxx Xxxx Xxxxxxxx Subsecretario de Educación Superior
Xx. Xxxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxx Xxxxxxx Director General de Educación Superior Universitaria
Xx. Xxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx Coordinador General de Educación Intercultural y Bilingüe
Lie. A r tu ro ^ ^ e z Xxxxxxx Gobernad^ Cénstitucional
C. Xxxxx Xxxx Xxxxx Xxxxxxx Secretario de Gobierno
J
I
Por: “ LA UNIVERSIDAD”
Lie. Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx
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ÚLTIMA HOJA DEL CONVENIO MARCO DE COLABORACIÓN PARA EL APOYO FINANCIERO SUSCRITO POR LA SECRETARIA DE EDUCACIÓN XX0XXX, XX XXXXXXXX XXX XXXXXX XX XXXXXXX X XX XXXXXXXXXXX XXXXXXXXXXXXX XXX XXXXXX XX XXXXXXX
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