Mandato Irrevocable
Mandato Irrevocable
Fondo Voluntario de Pensión Skandia Multifund
Skandia Pensiones y Cesantías S.A
Seguros de Pensiones Skandia Crea Patrimonio y Seguro Individual de Pensiones Skandia Crea Retiro Skandia Seguros de Vida S.A.
Yo, , identificado(a) como aparece al pie de mi firma, mayor de edad, vecino(a) de esta ciudad, en pleno ejercicio de mis capacidades, actuando en nombre propio, en adelante EL MANDANTE, otorgo por medio del presente documento mandato especial amplio, suficiente e irrevocable en los términos del artículo 1279 del Código de Comercio y normas concordantes a la sociedad Skandia Pensiones y Cesantías S.A./Skandia Seguros de Vida S.A. con Nit. 800.148.514-2/860.002.504-1, domiciliada en la ciudad de Bogotá, en adelante LA MANDATARIA, con el fin de que ésta celebre o adelante en mi nombre los actos mencionados como OBJETO DEL MANDATO, quedando obligado(a) yo a a cumplir lo pactado en las CONDICIONES GENERALES DEL SEGURO/ REGLAMENTO, previas las siguientes:
1.El MANDANTE es partícipe del Fondo Voluntario de Pensión Skandia Multifund adminsitrado por Skandia Pensiones y
Cesantías S.A., o funge como tomador y/o beneficiario del Seguro de Pensiones Skandia Crea Patrimonio o del Seguro Individual de Pensiones Skandia Crea Retiro en el cual actúa como aseguradora Skandia Seguros de Vida S.A., bajo el número de contrato .
2.EL MANDANTE está adelantando un trámite de adquisición de un inmueble para vivienda y desea que los recursos que se encuentran en el contrato mencionado en la anterior consideración sean destinados al pago de dicha vivienda hasta un valor de $ , el saldo restante en el contrato continuará estando a disposición del MANDANTE.
0.Xx descripción del inmueble objeto de adquisición es la siguiente:
Folio de matrícula:
Descripción (casa o apartamento): Dirección:
I. OBJETO DEL MANDATO
LA MANDATARIA en nombre del mandante procederá a:
1. Hacer efectivo el retiro del Fondo Voluntario de Pensión, o la revocatoria anticipada del seguro ordenado por EL MANDANTE en el formato suscrito por éste que se anexa como Anexo 1 y que forma parte integral del presente acuerdo por un valor de hasta $ una vez deducido los gastos aplicables, a nombre del vendedor del inmueble identificado con el nombre: y con el documento de identificación [Nit] [Cédula] No. , siempre y cuando el vendedor o EL MANDANTE presente copia auténtica de la escritura pública de compraventa correspondiente.
2. Negarse a entregar el valor mencionado en el numeral anterior a persona diferente del vendedor del inmueble, incluido EL MANDANTE, durante el término de duración del presente mandato.
II. CLÁUSULAS GENERALES
PRIMERA. OBLIGACIONES DEL MANDANTE: EL MANDANTE se obliga durante el término del presente contrato a:
1.1. Permitir a LA MANDATARIA la ejecución y cumplimiento del mandato contenido en el presente contrato/póliza sin ningún obstáculo.
FOR-0218 202204
1.2. No suscribir contrato o acuerdo con persona alguna que pueda afectar directa o indirectamente el
destino de los recursos existentes en el contrato/póliza No.
$
1.3. Firmar y diligenciar debidamente el Anexo 1 del presente acuerdo (Formato de retiro).
1.4. Colocar su huella tanto en este acuerdo como en el Anexo 1.
1.5. Las demás obligaciones establecidas en la ley.
, hasta un valor de
Parágrafo. Para el caso de los seguros, el mandante se obliga a realizar la modificación de los beneficiarios de la póliza, con el fin de incluir al vendedor del inmueble, en el monto mencionado en el objeto de este mandato".
SEGUNDA. OBLIGACIONES DE LA MANDATARIA: LA MANDATARIA se obliga a:
2.1. Cumplir el objeto del presente contrato con la diligencia de un profesional y en virtud de las normas legales establecidas para este tipo de acuerdo en el Código de Comercio y en su defecto en el Código Civil.
2.2. Las demás obligaciones establecidas en la ley.
TERCERA. SUFICIENCIA DE RECURSOS: A la fecha de firma del presente contrato EL MANDANTE declara conocer que en el contrato No. existe una suma de $ ( los saldos tienen variación diaria de acuerdo a la selección de portafolios de inversión).
Los cargos para el retiro y/o revocación corresponden a los gastos de cancelación aplicables por revocacion anticipada y retenciones de cuentas contingentes sobre los aportes que no han cumplido 10 años de permanencia en el contrato según estatuto tributario e impuesto de GMF ( 4x1000)
Parágrafo. En cualquier caso, EL MANDANTE declara conocer que el valor de los recursos existentes en el contrato al momento de la firma de este contrato puede variar como consecuencia del comportamiento xxx xxxxxxx, y en esa medida, en el evento de que al momento del pago al vendedor del inmueble, el valor de los recursos existentes en el contrato sea menor a la suma mencionada en el numeral 1) del Objeto del Mandato, se entregará al vendedor el saldo existente en el contrato, sin ser responsable LA MANDATARIA por cualquier diferencia existente entre dicha suma y el valor de la compraventa celebrada entre EL MANDANTE y el vendedor.
CUARTA: DURACIÓN: El presente contrato estará vigente desde el momento de su firma hasta el de
de 202 , inclusive.
Parágrafo Primero. Una vez vencido el término de vigencia de este contrato los recursos existentes en el contrato quedarán a completa disposición del MANDANTE en las condiciones existentes antes de la celebración de este mandato.
Parágrafo Segundo. Una vez se cumpla la duración del presente mandato, desde la suscripción del mismo, el mandante autoriza al mandatario para que realice la modificación de los beneficiarios del seguro, y establezca los mismos que se encontraban constituidos previamente al otorgamiento del presente mandato
QUINTA: CESIÓN DEL CONTRATO: Las partes podrán ceder el presente contrato con previa autorización expresa y escrita de la otra parte.
SEXTA: MODIFICACIÓN: Las partes expresamente convienen en que para la modificación de las condiciones previstas en este contrato sólo serán reconocidos entre ellas los pactos que consten por escrito, siempre y cuando las modificaciones no signifiquen la revocación del mandato antes del vencimiento de su término.
SÉPTIMA: IRREVOCABILIDAD: El mandato contenido en el presente documento tiene la calidad de irrevocable durante el término de su vigencia, de acuerdo con el artículo 1279 del Código de Comercio, dado que así se pacta expresamente y dado que se constituye a favor de un tercero.
OCTAVA: DOMICILIO Y NOTIFICACIONES: Para todos los efectos legales, el domicilio contractual será la ciudad de Bogotá y las notificaciones serán recibidas por las partes en las siguientes direcciones:
EL MANDANTE en: de la ciudad de . LA MANDATARIA en: Av. 19 No. 109A-30.
Otorgado el presente documento a los días del mes de de 202 por:
EL MANDANTE
Nombre:
Identificación No.
Huella Índice Derecho (Dato Sensible)