CON EDUCACIÓN”
Convenio de cooperación institucional
“PREVENIR
CON EDUCACIÓN”
Entre el Ministerio de Educación y el Ministerio de Salud Pública
y Asistencia Social
ÍNDICE
03
05
06
Presentación
Cláusula 1a
De las partes
Cláusula 2a
Base legal
08
09
12
Cláusula 3a
Antecedentes
Cláusula 4a
Enfoques
Cláusula 5a y 6a
Principios / Objetivo
13
14
15
Cláusula 7a
Objetivos específicos
Cláusula 8a y 9a
Metas / Indicadores
Cláusula 10a
Ámbito de aplicación
16
16
17
Cláusula 11a y 12a Vigencia / Financiamiento
Cláusula 13a Controversias y casos no previstos
Cláusula 14a Terminación anticipada del convenio
17
18
19
Cláusula 15a
Testigos de honor
Cláusula 16a
Lectura y aceptación
Esfuerzos realizados
Línea del tiempo
En la Ciudad de Guatemala, el dieciséis de diciem- bre de dos mil veinte, nosotras:
Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxxx, guate- malteca, Magister en Ciencias en Gerencia Educati- va, actúo en mi calidad de Ministra de Educación… y Xxxxx Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx, guatemalteca, Médico y Xxxxxxxx, actúo en mi calidad de Ministra de Salud Pública y Asistencia Social… manifestamos que para los efectos legales del presente Convenio se encontrarán las siguientes denominaciones:
El Ministerio de Educación es MINEDUC y el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social es MSPAS.
En la calidad con que actuamos suscribimos el pre- sente Convenio de Cooperación Interinstitucional de conformidad con las siguientes cláusulas:
PRIMERA.
DE LAS PARTES:
El MINEDUC, es el órgano del gobierno que tiene por finali- dad dirigir y articular la política de educación en concordancia con la política general del Estado. Dentro de sus funciones, de acuerdo con el artículo 33 de la Ley del Organismo Ejecutivo le corresponde: Velar porque el sistema educativo del Estado contribuya al desarrollo integral de la persona, con base en los principios constitucionales de respeto a la vida, la libertad, la justicia, la seguridad y la paz, al carácter multiétnico, pluri- cultural y multilingüe de Guatemala.
El MSPAS, es el ente rector del sector salud, de conformidad con el artículo 39 de la Ley del Organismo Ejecutivo le corres- ponde: formular las políticas y hacer cumplir el régimen jurídico relativo a la salud preventiva y curativa y a las acciones de protección, promoción, recuperación y rehabilitación de la salud física y mental de los habitantes del país y a la preservación higiénica del medio ambiente; a la orientación y coordinación de la cooperación técnica y financiera en salud y a velar por el cumplimiento de los tratados y convenios internacionales rela- cionados con la salud en casos de emergencias por epidemias y desastres naturales; y, a dirigir en forma descentralizada el sistema de capacitación y formación de los recursos humanos del sector salud.
SEGUNDA.
BASE LEGAL:
El presente Xxxxxxxx se suscribe con fundamento en los artí- culos: 71, 72, 93, 94, 193 y 000 xx xx Xxxxxxxxxxxx Xxxxxxxx xx xx
Xxxxxxxxx xx Xxxxxxxxx; 19 numerales 5 y 11, 20, 27, 33 y 39 del Decreto número 000-00 xxx Xxxxxxxx xx xx Xxxxxxxxx xx Xxxxxxxxx, Ley del Organismo Ejecutivo; 1, 4, 8, 10 literal b), 17 literal g), y 18 del Decreto número 90-97 del Congreso de la República, Código de Salud; 2, 3, 4, 11, 12, 29, 30 literal a),
31, 37, 39 xxxxxxx x), 00, x 00 xxx Xxxxxxx Xxxxxxxxxxx 115-99 Reglamento Orgánico Interno del Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social; 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 23 y 24 de la Convención de Derechos del niño “El Derecho del Niño al Disfrute del Más Alto Nivel Posible de Salud”; 7 del Decreto número 32-2010 del Congreso de la República de Guatemala, Ley para la Maternidad Saludable; Política Nacional de Pro- moción y Desarrollo Integral de las Mujeres y el Plan de Equidad de Oportunidades 2008-2023.
Así como en las siguientes normas: Xxxxxxx xxxxxx 0-00 xxx Xxxxxxxx xx xx Xxxxxxxxx xx Xxxxxxxxx, Ley de Dignificación y Promoción Integral de la Mujer; Xxxxxxx Xxxxxx 00-0000 xxx Xxxxxxxx xx xx Xxxxxxxxx xx Xxxxxxxxx, Ley General para el Combate del Virus de Inmunodeficiencia Humana VIH y del Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida Sida y de la Promo-
ción, Protección y Defensa de los Derechos Humanos ante el VIH Sida; Decreto número 42-2001 del Congreso de la República de Guatemala, Ley de Desarrollo Social; Decreto número 00-0000 xxx Xxxxxxxx xx xx Xxxxxxxxx xx Xxxxxxxxx, Ley de Protección Integral de la Niñez y Adolescencia; Decreto número 87-2005 del Congreso de la República de Guatemala, Reglamento xx Xxx de Acceso Universal y Equitativo de Servicios de Planificación Familiar y su Integración en el Programa Nacional de Salud Reproductiva; Decreto número 22-2008 del Congreso de la República de Guate- mala, Ley Contra el Femicidio y Otras Formas de Violencia Contra la Mujer; Política Nacional de Juventud 2012-2020; Plan Nacio- nal de Desarrollo Katún: Nuestra Guatemala 2032; Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia Contra la Mujer, Convención Sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Contra la Mujer, (CEDAW); Plataforma de Acción de la IV Conferencia Mundial de la Mujer Beijing de 1995; Declaración Ministerial Prevenir con Educación xx xxxxxx de dos mil ocho (01/08/2008) en la “Primera Reunión de Ministros de Salud y Educación para detener el VIH e ITS en Latinoamérica y el Caribe”; El Programa de Acción de la Conferencia Internacional sobre la Población y el Desarrollo (CIPO), la Plataforma de Acción de Beijing; y, la Agenda 2030 de Desarrollo Sostenible, incluidos los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS).
TERCERA.
ANTECEDENTES:
El uno xx xxxxxx de dos mil ocho (01/08/2008), en el marco de la XVII Conferencia Internacional de Sida, los Ministros de Salud y Educación de América Latina suscribieron la Declaración Ministerial “Prevenir con Educación”. En esa ocasión se comprometieron a incluir la Educación Integral en Sexualidad en los programas escolares de la región. En el año dos mil diez (2010), en Guatemala se ratificó esta declaración por medio de la Carta Acuerdo “Prevenir con Educación” y se definieron lineamientos de coordinación, estableciendo la Mesa Bi Ministerial, Salud-Educación, para asegurar el cumplimiento de los acuerdos establecidos en la Carta Acuerdo y adenda de la Comi- sión de Salud Pública del Congreso de la República de Guatemala a la Carta Acuerdo entre el MINEDUC y MSPAS. Este acuerdo tuvo vigencia hasta el treinta y uno de diciembre de dos mil quince (31/12/2015).
A partir del año dos mil dieciséis (2016) el MINEDUC y el MSPAS con base en los mandatos legales y políticos de nivel nacional como internacional, consideraron la prórroga de la mencionada carta, a fin de dar continuidad al cumplimiento de los compromisos asumidos con la población adolescente y joven del país, la cual tiene vigencia hasta el treinta y uno de diciembre de dos mil veinte (31/12/2020).
Tomando en cuenta que Guatemala está entre los países con las tasas más elevadas de fecundidad en adolescentes como resultado de la exclusión social, pobreza, uniones tempranas aceptadas por familiares y comunidades, que refuerzan la desigualdad y aumenta el riesgo de niñas y adolescentes de no completar sus estudios, falta de acceso a la Educación Integral en Sexualidad (EIS), embarazo infantil forzado, violencia sexual, ausencia de servicios de salud accesibles y amigables, que son condiciones estructurales que habilitan, finalmente, la vulne- ración de derechos de niñas, niños, adolescentes y jóvenes, es urgente y necesaria la prórroga de la Carta Acuerdo 2021-2025, a fin de reconocer y respetar las decisiones informadas de los adolescentes y
jóvenes acerca de su sexualidad, con enfoque intercultural, de género y derechos humanos. Asimismo, promover el análisis crítico reflexivo, para fortalecer y asegurar la efectiva implementación de progra- mas de Educación Integral en Sexualidad (EIS), y servicios de salud sexual y reproductiva diferenciados para entregar a adolescentes y jóvenes información culturalmente relevante, científicamente rigurosa y apropiada a la edad. Esta debe incluir oportunidades estructuradas que les permita explorar sus valores y actitudes, poner en práctica la toma de decisiones y otras competencias necesarias para realizar elecciones fundamentadas acerca de su vida sexual.
CUARTA.
ENFOQUES:
1. Enfoque de Derechos humanos
Implica asumir profundamente la libertad de las personas para decidir, generar las condiciones para tomar decisiones autónomas y responsables, y promover que puedan ejercer sus derechos, cumplir con sus responsabilidades y respetar los derechos de los demás. “Prioriza niñas, niños, adolescentes y jóvenes como sujetos de derecho y propicia las condiciones para que sus referentes adultos puedan asegurar el ejercicio de sus derechos”. (Xxxxxxxx et. al, 2013). “Desde un enfoque de derechos humanos la edu- cación en sexualidad es reconocer los derechos sexuales de los niños, niñas y adolescentes. Tiene como objetivo promover el pleno ejercicio de los derechos sexuales, reconociendo y respetando las necesidades diferenciadas de hombres y mujeres, la diversidad de ideas, creencias, diferencias sexuales”. Xxxxxx Xxxxxxx, (2013).
2. Enfoque con pertinencia cultural
Entendida como la primera expresión del pluralismo cultural, que promueve la no discriminación por razones raciales, étnicas o cul- turales, la celebración y reconocimiento de la diferencia cultural, así como el derecho a ella (Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura -UNESCO-, 2015). Según UNESCO, es un concepto dinámico y se refiere a las relaciones evolutivas entre grupos culturales. Ha sido definida como «la pre- sencia e interacción equitativa de diversas culturas y la posibilidad de generar expresiones culturales compartidas, adquiridas por medio del diálogo y de una actitud de respeto mutuo».
La interculturalidad supone el multiculturalismo y es la resultante del intercambio y el diálogo «intercultural» en los planos local, nacional, regional o internacional”, como la necesidad de mo- dificar las normas sociales y prácticas dañinas que no estén en armonía con los derechos humanos y aumenten el riesgo y la vulnerabilidad, especialmente de niñas, niños, adolescentes y los jóvenes. Así mismo adoptar las medidas necesarias, en conjunto con los pueblos nativos, para garantizar que mujeres, niños, niñas, adolescentes y jóvenes nativos gocen de protección y garantías plenas contra todas las formas de violencia y discriminación, y tomar medidas para asegurar la restitución de derechos.
3. Enfoque de género
Es un marco de análisis que permite identificar y comprender las desigualdades entre hombres y mujeres, existentes en todos los ám- bitos de la sociedad. Reconoce y visibiliza las relaciones de poder y su manifestación en el desigual acceso a oportunidades y derechos” (Xxxxxxxx et. al, 2013).
La perspectiva de género deconstruye esta falsa dicotomía basada en los cuerpos de las personas, así como las consecuencias que se le han atribuido. Es una categoría de análisis que permite: visibilizar la asignación social diferenciada de roles ytareas en virtud del sexo, género o preferencia/orientación sexual, revela las diferencias en oportunidades y derechos que siguen a esta asignación, evidencia las relaciones de poder originadas en estas diferencias, se hace cargo de la vinculación que existe entre las cuestiones de género, la raza, la religión, la edad, las creencias políticas, entre otras, pre- gunta por los impactos diferenciados de las leyes y políticas públicas basadas en estas asignaciones, diferencias y relaciones de poder. (Xxxxx Xxxxx, óp. cit., p. 8).
4. Enfoque integral de la salud reproductiva
Es un estado general de bienestar físico, psíquico, personal y social en todos los aspectos relacionados con la sexualidad humana, con las funciones y procesos del sistema reproductivo, con una vida sexual coherente, con la propia dignidad personal y las propias opciones de vida que conduzcan a disfrutar de una vida sexual satisfactoria y sin riesgos, así como con la libertad de procrear o no, y de decidir cuándoycon qué frecuencia, de una forma responsable.
QUINTA.
PRINCIPIOS:
Transparencia, inclusión, diálogo y participación social, pertinen- cia lingüística y cultural, multiculturalidad e interculturalidad, uni- versalidad e intersectorialidad, basada en la ética de los derechos humanos, laica y científica, gradual y acorde al contexto, de la formación de la familia. La educación integral en sexualidad debe ser adecuada al desarrollo biopsicosocioafectivo de las personas, e incluir los principios básicos de la salud reproductiva.
SEXTA.
OBJETIVO:
Fortalecer el marco de coordinación Bi Ministerial entre el MI- NEDUC y el MSPAS, y la cooperación intersectorial para la implementación de procesos de educación integral en sexualidad, promoción de la salud, prevención de la enfermedad y atención en salud sexual y reproductiva, servicios de salud con enfoque de género, derechos e interculturalidad.
SEPTIMA.
OBJETIVOS ESPECÍFICOS:
1. Impulsar acciones Bi Ministeriales en respuesta a la prevención del embarazo en adolescentes, prevención de matrimonios y uniones
tempranas, la violencia y el abuso sexual, en cumplimiento a los compromisos internacionales y xxxxxx legales vigentes des- de el enfoque de género, derechos humanos, derechos de las mujeres e interculturalidad, para la atención de los niños, niñas, adolescentes, jóvenes y adultos, bajo los principios del Convenio Prevenir con Educación.
2. Fortalecer la educación integral en sexualidad y prevención de violencia con pertinencia cultural, lingüística y de género en el
sistema educativo nacional y nivel comunitario, acorde a edad y estándares internacionales, considerando programas de educa- ción formal, no formal, entre pares, uso de tecnología y medios alternativos de comunicación.
3. Promover la participación de adolescentes y jóvenes en los
procesos técnico-metodológicos afines a la implementación
de la educación integral en sexualidad y la prestación de servicios de salud.
OCTAVA.
METAS:
El MINEDUC: para el año dos mil veinticinco (2025) se habrán fortalecido los conocimientos, habilidades, actitudes y valores de los niños, niñas, adolescentes y jóvenes que los empoderarán para dis- frutar de salud, bienestar y dignidad, entablar relaciones sociales y sexuales basados en el respeto, analizar cómo sus actitudes afectan su propio bienestar y el de otras personas y comprender como proteger sus derechos a lo largo de su vida y velar por ellos. El MSPAS, para el año dos mil veinticinco (2025) se habrán incrementado los servicios de salud a nivel nacional que proveen orientación en sexualidad y atención en salud sexual y reproductiva para adolescentes y jóvenes con enfoque integral y diferenciado.
NOVENA.
INDICADORES:
El MINEDUC: 1) Número de docentes fortalecidos en relación con la educación integral en sexualidad y prevención de violencias; 2) Número de estudiantes del Nivel de Educación Primaria, Nivel de Educación Medio, Ciclo Básico, con formación en Educación Integral en Sexua- lidad (EIS) y Prevención de Violencia (PV) en el Sistema Educativo Nacional; 3) Número de padres y madres de familia, participando en conversatorios de educación integral en sexualidad y prevención de violencia; y, 4) Número de centros educativos en donde se implementa la educación integral en sexualidad y prevención de violencia.
El MSPAS: 1) Porcentaje de distritos de salud que se encuentren fun- cionando y que cuentan con al menos un espacio amigable para ado- lescentes y jóvenes; 2) Porcentaje de personal de salud capacitado en educación integral en sexualidad; y 3) Porcentaje y espacios amigables que brindan educación en sexualidad a adolescentes y jóvenes.
DÉCIMA.
ÁMBITO DE APLICACIÓN:
El ámbito geográfico para la ejecución del presente Convenio será a nivel nacional, considerando la vulnerabilidad de la población, los indicadores de salud sexual y reproductiva, la estructura organizativa para la intervención propuesta. Por el MINEDUC, en la comisión coordinadora participarán; Dirección General de Gestión de Calidad Educativa (Digecade), Dirección General Bilingüe Intercultural (Di- gebi) y Dirección General de Educación Extraescolar (Digeex), con base en el Acuerdo Ministerial número 1120-2014 del Ministerio de Educación. Por el MSPAS en la comisión coordinadora participarán: Programa Nacional de Salud Reproductiva, Departamento de Pro- moción y Educación en Salud (Proedusa) y Programa de Adolescencia y Juventud. Ambos Ministerios conforman la Mesa Bi Ministerial de acuerdo con los lineamientos previamente establecidos, con partici- pación de otros programas del MSPAS (Programa de Salud Mental y Programa Nacional de prevención y Control de ITS, VIH y sida) y Direcciones Generales del MINEDUC (Dirección General de Monito- reo y Verificación de la Calidad Educativa (Digemoca) y la Dirección General de Evaluación e Investigación Educativa (Digeduca).
DÉCIMA PRIMERA.
VIGENCIA:
El presente Convenio tendrá plazo de cinco (5) años, iniciando a partir del uno de enero de dos mil veintiuno (1/01/2021) y finalizando el treinta y uno de diciembre de dos mil veinticin- co (31/12/2025). Dicho plazo podrá prorrogarse por medio de Adenda, que pasará a formar parte del presente Convenio.
DÉCIMA SEGUNDA.
FINANCIAMIENTO:
Las partes, acuerdan dentro de su competencia cubrir los costos en que cada una incurra para realizar las actividades acordadas en el presente Convenio, siempre y cuando exista la disponibilidad presupuestaria y financiera para tales efectos.
DÉCIMA TERCERA.
CONTROVERSIAS
Y CASOS NO PREVISTOS:
Toda controversia surgida de la interpretación, aplicación o cumplimiento del presente Convenio o cualquiera otra causa, será resuelta, siempre en forma amigable y conciliatoria entre las partes signatarias. De igual forma, se resolverán aspectos no contemplados, y los compromisos a los que se llegue se forma- xxxxxxx mediante anexos, los que pasarán a integral del mismo.
DÉCIMA CUARTA. TERMINACIÓN ANTICIPADA DEL CONVENIO:
El presente Xxxxxxxx podrá darse por terminado por las siguien- tes causas:
a) Mutuo acuerdo entre las partes;
b) Incumplimiento de una de las partes en los compromisos adquiridos;
c) Situaciones de fuerza mayor o caso fortuito, debidamente comprobados; en tal caso las partes no incurrirán en incum- plimiento, ni responsabilidad alguna;
d) Unilateralmente por decisión de una de las partes, dando aviso por escrito a la otra, con tres (3) meses de anticipación, permitiendo la conclusión de las acciones en proceso que estén acordadas, con el fin de no afectar a los beneficiarios.
DÉCIMA QUINTA.
TESTIGOS DE HONOR:
Por su parte en Calidad de Testigos de Honor, representantes del Congreso de la República de Guatemala y del Observatorio en Salud Sexual y Reproductiva - OSAR-, asumen el compromi- so de apoyar mediante procesos de gestión, diálogo político y abogacía con tomadores de decisiones, actores clave y sociedad civil, el logro de las metas que este convenio establece, según sus mandatos.
DÉCIMA SEXTA.
LECTURA Y ACEPTACIÓN:
En los términos relacionados, las representantes del MINEDUC y del MSPAS en la calidad con que actuamos, manifestamos que dimos íntegra lectura al presente Convenio, quienes, entera- das de su contenido, objeto, validez y demás efectos legales lo ratificamos, aceptamos y firmamos en dos originales, uno para cada Institución, el cual se encuentra contenido en cinco hojas de papel bond tamaño carta, con el logo de ambas Instituciones, impresas en ambos lados.
¿Cómo se concretó la firma de la Carta Acuerdo Prevenir con Educación 2021-2025?
Introducción
Ante el vencimiento de la Carta Acuer- do Prevenir con Educación 2016-2020, diferentes organizaciones sociales, orga- nizaciones gubernamentales y no gu- bernamentales, organizaciones, grupos y colectivos de jóvenes, liderados por el Observatorio en Salud Sexual y Re- productiva – OSAR - y OSAR Juvenil Guatemala, unificaron esfuerzos para solicitar la prórroga de la Carta Acuer- do Prevenir con Educación 2021-2025.
¿Qué acciones se realizaron?
01
Taller virtual “Análisis del contexto actual sobre la implementación de la Educación Integral en Sexualidad en el marco del Covid-19 en el país con representantes de organizacio- nes juveniles”.
• El OSAR Juvenil Guatemala con- vocó a un taller el 28 xx xxxxx del 2020, con el objetivo de identifi- car a las organizaciones, grupos, colectivos e instituciones que tenían el interés de sumarse al grupo que impulsaría la prórroga de la Carta Acuerdo Prevenir con Educación 2021-2025.
• Se tuvo la participación de 110 personas, quienes con mucho en- tusiasmo propusieron acciones a realizarse para exigir la prórroga de la Carta Acuerdo Prevenir con Educación 2021-2025.
02
Taller virtual “Seguimiento Carta Prevenir con Educación”
• En seguimiento a la reunión anterior, y gracias al interés de diferentes organizaciones, grupos, colectivos e instituciones que desearon impulsar la firma de la Nueva Carta Acuerdo Prevenir con Educación 2021-2025, el OSAR Juvenil realizó un taller el 25 xx xxxx del 2020, con el propósito de cono- cer los diferentes contextos de la Carta Acuerdo Prevenir con Educación en los departamentos y de esa manera definir las acciones de seguimiento a realizar desde los diferentes espacios.
• Participaron 75 persona, quienes aportaron diferentes as- pectos que, sin duda alguna, deberían incluirse dentro de la Carta Acuerdo Prevenir con Educación 2021-2025.
21
• Como resultado, se socializó una infografía con todos los aspectos recabados durante el taller.
03
Reuniones en el Congreso de la República
• Luego de concretar los aportes a la Carta Acuerdo Pre- venir con Educación 2021-2025, el OSAR promovió la firma de la Carta dentro de la Comisión de la Juven- tud del Congreso de la República, y gracias al apoyo de algunas diputadas, el Ministerio de Educación y el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social, pudie- xxx trabajar y darle seguimiento a la firma de la Carta Acuerdo Prevenir con Educación 2021-2025.
04
Testigos de honor
• A finales del año 2020, se logró la firma de la Carta Acuerdo Prevenir con Educación 2021-2025 siendo testigos de honor la diputada Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxx- yoa Xxxxx, Presidente de la Comisión de la Juventud, el diputado Xxxx Xxxx Xxxxxxxxxx Xxxxx, Presidente de la Comisión de Salud y Asistencia Social y la doctora Xxxxx Xxxxxxxxxx, Secretaria Técnica del Observa- xxxxx en Salud Sexual y Reproductiva OSAR.
Agradecimientos
• Diputada Xxxxx Xxxxxxxx, Diputada Xxxxxxx Xxxxxx y Diputada Xxxxxxxx Xxxxxxx: por su apoyo y seguimien- to a la firma de la Carta Acuerdo Prevenir con Educación 2021-2025.
• A las organizaciones, grupos, colec- tivos e instituciones: por promover y unificar esfuerzos para lograr la firma de la Carta Acuerdo Prevenir con Educación 2021-2025. (OSAR, OSAR Juvenil, MENEIS, Colectivo Onda Joven, Fundación Xxxxx Xxxx- da, Asociación Donamor, Asociación SERniña, Care Guatemala, Colectiva Mujer Amate, Cáritas Quiché, FE- MUSAC, Asociación PIES de Oc- cidente, Colectivo Waricha, Frente Nacional de Juventud, EPRODEP, Grupo de Jóvenes Marcando el Fu-
xxxx, APROFAM, Red de Mujeres Xxxxxxxxxx, Red de Jóvenes Artistas por la Justicia Social, Colectivo Juvenil Capullitas de Xxxxx, World Vision, Be- RadFem, Guatecrea, Tierra Nueva, Plan International, Fundación Inte- Red, Go Joven, MOJOMAYAS, Xxx Xxxxx Guatemala, Educo, Prodessa, Movimiento Juvenil Construyendo Sueños, Mesa por los derechos de las mujeres Quiché, Asociación de Jóvenes Cotzal, Grupo Multidiscipli- nario, AGIMS, Visión Mundial, Incide Joven, Asociación Caras Alegres, Red Mundial de Jóvenes Políticos, AMLU- DI, Asociación Nuevos Horizontes, Asociación ALAS de Guatemala, Jóvenes Marcando el Futuro, Tierra Viva, Glaswing Guatemala, CEFEM, EFPEM, EDUCA Guatemala).
Próximos pasos
Hacemos un llamado a todas las organizaciones, grupos, colectivos e instituciones a que puedan monitorear la implementación y cumplimiento de la Carta Acuerdo Prevenir con Educación 2021-2025 en sus diferentes espacios.
Si no se monitorea, seguramente no
se alcanzarán los resultados esperados.
Esta publicación se realiza en el marco del proyecto “Guate Diversa e Inclusiva”, implementado por Hivos y financiado por la Embajada de Suecia en Guatemala, bajo la responsabilidad del Observatorio en Salud Sexual y Reproductiva - OSAR.