Pro forma de Contrato Utilizado por la convocante en los rubros de Construcciones y/o Reparaciones)
FORMULARIO Nº 7
(Pro forma de Contrato Utilizado por la convocante en los rubros de Construcciones y/o Reparaciones)
Contratación Directa N° 029/16 “Instalaciones Eléctricas y de Transformador de Distribución de 315 KVA al Nuevo Edificio de la Facultad de Ciencias Económicas y Administrativas”
En la ciudad xx Xxxxxxxxxx, República del Paraguay, a los xxxxxxxxx días del mes de xxxxxxxxxxxx del año dos mil dieciséis, entre: la UNIVERSIDAD NACIONAL XX XXXXXXXXXX (U.N.C.) con RUC Nº 80045779-0, representada en este acto por el Dr. XXXXXXX XXXXX XXXXX, titular de la Cédula de Identidad Civil Nº 000.000, de nacionalidad paraguaya, casado, en su calidad de Rector, designado por la por Res. A.U. Nº 04/15 de fecha 25 xx xxxxx de 2015; el C.P.N XXXXX XXXXXX XXXXXX XXXXXXX, titular de la Cédula de Identidad Civil Nº 0.000.000, de nacionalidad paraguaya, casado, en su calidad de Secretario General, nombrado por Resolución REC Nº 234/2014; quienes constituyen domicilio para este acto en la Xxxx X, Xxxx. Xxxxxxxxxx Xxxxxxxxx, Xx. 0 – Campus Universitario de esta ciudad, en adelante LA CONTRATANTE, por una parte; y por la otra, la empresa xxxxxxxxxxxxxx, RUC xxxxxxxxxxxxxxx, con domicilio legal en las calles xxxxxxxxxxxxxx de la ciudad de xxxxxxxxxxxxxxxxxxx, representada en este acto por el xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx, titular de la Cédula de Identidad Civil Nº xxxxxxxxxxxxxxxx, de nacionalidad paraguaya, estado civil xxxxxxxxxxxx, Teléf. N° xxxxxxxxxxx, Email xxxxxxxxxxxxxxxx, en su calidad de representante legal de la misma, en adelante EL CONTRATISTA; todos mayores de edad, hábiles para contratar, convienen en celebrar el presente CONTRATO DE LICITACIÓN Nº xx/2016, para la Contratación de “Instalaciones Eléctricas y de Transformador de Distribución de 315 KVA al Nuevo Edificio de la Facultad de Ciencias Económicas y Administrativas”, y estarán sujetos a las cláusulas y condiciones siguientes.
CLÁUSULA PRIMERA: OBJETO DEL CONTRATO.
1. El CONTRATISTA se obliga a ejecutar las obras que forman parte de la Licitación por Contratación Directa Nº 29/16 “Instalaciones Eléctricas y de Transformador de Distribución de 315 KVA al Nuevo Edificio de la Facultad de Ciencias Económicas y Administrativas”.
CLÁUSULA SEGUNDA: PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN (Art. 37, b de la Ley Nº 2051).
2. El presente contrato es el resultado del procedimiento de Licitación por Contratación Directa Nº 29/16, convocado por la UNIVERSIDAD NACIONAL XX XXXXXXXXXX, previa confirmación del Plan Anual de Contrataciones 2016, según la Resolución REC Nº 058/16, de fecha 25/02/2016; y la Adjudicación llevada a cabo de conformidad a lo recomendado en el Dictamen N° xx/16 del Comité de Evaluación de Ofertas, y a la Resolución REC Nº xx/16, de fecha de xx de xxxxxx del 2016.
CLÁUSULA TERCERA: DOCUMENTOS INTEGRANTES DEL CONTRATO.
3.1. Las partes contratantes entienden y convienen en que los trabajos contratados serán ejecutados de acuerdo, con los documentos abajo indicados, los cuales constituyen partes de este contrato y quedan a él incorporados completa y efectivamente.
a) El presente contrato y sus anexos.
b) El Pliego de Bases y Condiciones y sus Adendas o modificaciones
c) Las Instrucciones al Oferente (IAO) y las Condiciones Generales del Contrato (CGC) publicadas en el portal de la DNCP.
d) Resolución de adjudicación del Contrato emitida por la contratante y su respectiva notificación
e) La oferta del contratista.
3.2. Los documentos que forman parte del Contrato deberán considerarse mutuamente explicativos; en caso de contradicción o discrepancias entre los mismos, la prioridad de dará en el orden enunciado anteriormente, siempre que no contradigan las disposiciones xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones, en cuyo caso prevalecerá lo dispuesto en este”
CLÁUSULA CUARTA: DESCRIPCIÓN DE OBRAS.
4.1. Los trabajos que EL CONTRATISTA se obliga a ejecutar están descriptos en los Pliegos de Bases y Condiciones, detallados en la Planilla de Cómputos y Especificaciones Técnicas.-
4.2. EL CONTRATISTA declara que tiene claro conocimiento de todas las condiciones que afectan los trabajos a ser realizados, habiendo previsto para este fin todos los estudios e investigaciones a su parecer necesarios.
CLÁUSULA QUINTA: FONDOS PARA LA OBRA.
5.1 Los fondos requeridos para la obra están previstos en el Presupuesto General de Gastos de la Nación, Ejercicio 2016, en el SGOG. 52O “CONSTRUCCIONES” por un monto total de Gs xxxxxxxxxxxxxxxx (Guaraníes xxxxxxxxxxxxxxxxxxx); de la línea presupuestaria: Tipo 2 - Prog. 1 – Sub. Prog. 3 (Facultad de Ciencias Económicas y Administrativas), F.F. 30 (Recursos Propios).
5.2 Esta contratación está incluida en el Plan Anual de Contrataciones (PAC) con el ID Nº: 313.215
CLÁUSULA SEXTA: GARANTÍAS.
6.1. EL CONTRATISTA, dentro de los 10 (diez) días corridos de haberse firmado el contrato, deberá presentar una Declaración Jurada o en su caso una Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato en cualquiera de las formas previstas en el Art. 81 del Decreto Nº 21909/03, por el equivalente al 5% del monto total adjudicado. Dicho porcentaje asciende a un monto total minima de Gs. xxxxxxxxxxxxxxx (Guaraníes xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx). La garantía deberá de tener vigencia hasta 30 días corridos posteriores al vencimiento de la fecha de la vigencia del plazo contractual. Si la validez de la garantía prestada, feneciere antes de la recepción definitiva de los trabajos, el CONTRATISTA deberá de extender su eficacia hasta la recepción final de los trabajos (tener en cuenta lo dispuesto en el Art. 39 de la ley 2051/03).
6.2. EL CONTRATISTA asegurará por cuenta propia contra todo riesgo el sitio de la obra, con todos los materiales existentes durante la ejecución de la misma y hasta 30 días después de la fecha de recepción final.
CLÁUSULA SÉPTIMA: RELACIÓN ENTRE LAS PARTES.
7.1. La representación de LA CONTRATANTE en todos los asuntos pertinentes a la ejecución de la obra, así como la fiscalización y supervisión general estará a cargo de xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx, designada por Resolución REC. Nº xx/16, de fecha xx de xxxxxxxx del 2016, en adelante denominada LA FISCALIZACIÓN.
7.2. La Unidad afectada, representado por el Decanato, designará un personal responsable de la co-fiscalización, encargado de llevar la documentación referente a la ejecución y avance de los trabajos, en coordinación con el fiscalizador designado por la Resolución REC. Nº xx/16, de fecha xx de xxxxxxxxx del 2016.
7.3. EL CONTRATISTA será representado en la obra por un único Superintendente designado por la Empresa, y deberá tener el título de Ingeniero Civil o Arquitecto, especializado y/o con experiencia en construcciones y que tendrá plenos poderes para resolver los asuntos relacionados con la obra, y notificado al Rectorado, tal como se establece en la Resolución REC. Nº xx/16, de fecha xx de xxxxxxxxx del 2016.
7.4. Todas las comunicaciones entre las partes se harán por escrito, habilitando un Libro de Obras, un Libro de Pedidos del CONTRATISTA y un Libro de Órdenes de Servicio de Fiscalización.
7.5. Las personas responsables para el cumplimiento a lo dispuesto en los puntos 7.2 y 7.3, deberán de ser designadas y presentados sus respectivos nombres a la Dirección de la UOC y a la Dirección de la Fiscalización dentro de los 10 (diez) días corridos de haberse firmado el presente contrato.
CLÁUSULA OCTAVA: PLAZOS, LUGAR Y CONDICIONES DE LA OBRA. (Art. 37 de la Ley N° 2051)
8.1. El plazo de vigencia de este Contrato será hasta el 31 de Diciembre del 2016, contabilizados desde la firma del mismo.
8.2. El Tiempo de ejecución del servicio será de dos (02) semanas corridos, plazo a ser contabilizado desde el día del comienzo de los trabajos, que deberá de estar asentado en el libro de obras; el plazo para comenzar los trabajos es dentro de los 10 corridos de haberse firmado el Contrato, que deberá de tener una ejecución sostenido y regular.-
8.3. Si hubiere variación de precios, se ajustará de acuerdo a la fórmula más abajo detallada, labrándose el Acta de Inicio correspondiente, a partir del cual se computará el plazo de la obra, habiéndose cumplido con el requisito de entrega por parte de LA CONTRATANTE del terreno o lugar para la construcción, para lo cual se suscribirá el Acta correspondiente.
8.4. EL CONTRATISTA ejecutará las obras previstas en este contrato según Plano y Planilla de Obras, en el predio del Campus Universitario de la UNC
CLÁUSULA NOVENA: EQUIPOS.
9.1. EL CONTRATISTA proveerá todas las unidades de equipos, herramientas, repuestos y materiales requeridos por la obra, en el momento oportuno para su utilización. Así mismo mantendrá un equipo para ensayos de laboratorio que sea requerido para el caso, por la FISCALIZACIÓN.-
CLÁUSULA DÉCIMA: PERSONAL Y SALARIO.
10.1. El CONTRATISTA, por su propia cuenta y bajo su exclusiva responsabilidad, deberá contratar y pagar al personal, los sueldos, salarios, beneficios sociales y demás obligaciones que le imponen las leyes y reglamentaciones legales en materia laboral de Previsión Social, siendo además responsable civil y/o penalmente por los accidentes que ocurran a obreros, propiedades o personas, ya sea por culpa del personal por él contratados, por acción de los elementos naturales o por causas eventuales y será a su xxxxx la reparación o indemnización del daño producido, poniendo a LA CONTRATANTE a cubierto de cualquier reclamación y demanda que se pudiera originar al respecto, siendo igualmente responsable de asegurar a sus obreros contra accidentes.-
CLÁUSULA DÉCIMO PRIMERA: PRECIO DE LA OBRA.
11.1. A los efectos de este Contrato las partes convienen en establecer los precios unitarios y globales especificados en la Planilla de Cómputos adjunto y cuyo monto total asciende a la suma de Gs. Xxxxxxxxxxxxxxx (Guaraníes xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx).
11.2. DESCRIPCIÓN DE LA OBRA
Ítem s | Código de Catalogo | Descripción de Rubros | Presentaci ón | Uni dad de | Cant. | Precio Unitario | Precio Total | |
01 | 72102201- | Montaje de Transformador | Evento | Gl | 01 | |||
9996 | ||||||||
02 | 72102201- 9996 | Provisión y montaje de 2 (dos) gabinetes metálicos con llave disyuntor de 500 Amper, cada una regulable de 200 Amper a 500 Amper. | Evento | Uni dad | 02 | |||
03 | 72102201- 9996 | Provisión y colocación de 48 metros de cable de Cu aislado de 150 mm2 para alimentador principal para dos transformadores de 300 y 315 KVA respectivamente. | Evento | Met ros | 48 | |||
04 | 72102201- 9996 | Provisión y Montaje de 5 disyuntores de 200 amper cada uno para limitadora por sección de Distribución en Baja Tensión | Evento | Uni dad | 05 | |||
Lote | 05 | 72102201- 9996 | Provisión y montaje de una caja para llave limitadora 200 amper | Evento | Uni dad | 01 | ||
01 | ||||||||
06 | 72102201- 9996 | Provisión y colocación de 96 metros de cable de Cu aislado de 70 mm2. | Evento | Met ros | 96 | |||
07 | 72102201- 9996 | Provisión y colocación de 40 prensa a comprensión para cable de 70/70 | Evento | Uni dad | 40 | |||
08 | 72102201- 9996 | Provisión y colocación de 5 puesta a tierra para baja tensión con 2 jabalinas cada una de 2,5 metros, con cobre desnudo de 25 mm2. | Evento | Uni dad | 05 | |||
09 | 72102201- | Provisión y colocación de 24 pg para cable de 70 mm2 | Xxxxxx | Xxx | 00 | |||
9996 | dad | |||||||
10 | 72102201- | Provisión y colocación de 8 pg para cable de 150 mm2. | Xxxxxx | Xxx | 00 | |||
9996 | dad | |||||||
11 | 72102201- 9996 | Provisión y colocación de 16 terminales de Cu para cable de 150 mm2 | Evento | Uni dad | 16 | |||
12 | 72102201- 9996 | Provisión y colocación de 4 caños de 100 mm2 para bajada y subida de línea de Baja Tensión. | Evento | Uni dad | 04 | |||
Monto Total: |
Mano de Obra: así mismo el oferente deberá incluir en su presupuesto global el costo total de los trabajos realizados
Servicio de transporte o grúa: todos los gastos de transporte y utilización de equipos para la correcta instalación, correrán por cuenta del oferente y deberá contar con personal suficiente para realizar los trabajos.
Garantía: el oferente deberá ofrecer una garantía escrita por el servicio de instalación de transformadores, realizado por periodo de 1 (un) año posterior a la recepción del mismo.
11.3. Los precios unitarios del presupuesto de obra incluyen todos los costos, gastos generales y utilidades del CONTRATISTA para la completa y eficiente ejecución de la obra indicada.-
CLÁUSULA DÉCIMO SEGUNDA: FORMAS DE PAGO.
12.1 ANTICIPO
NO HABRÁ ANTICIPO
12.2 CERTIFICACIONES.
La Empresa CONTRATISTA presentará sus certificados de obras por los trabajos realmente ejecutados, las mismas ya se podrán realizar después de los veinte días corridos de cada mes, o de la fecha de la última certificación presentada, en donde el fiscalizador tendrá seis (6) días corridos para expedirse sobre la misma.). LA UNIVERSIDAD abonara por la certificación en un plazo no mayor a 30 (treinta) días corridos, de ser aprobado por la Dirección de Fiscalización de Obras de la UNC.
12.3 FORMA DE PAGO
Los pagos se efectuarán por la cantidad de trabajos realmente ejecutados y medidos que sean aprobadas por la Fiscalización, multiplicada por los Precios Unitarios del Formulario de Ofertas; La misma será a Plazo y en moneda guaraníes.
El pedido de pago deberá estar acompañado de una nota de pedido, Copia del Contrato; Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato; la factura correspondiente, Certificado de Cumplimiento Tributario; copia de la Certificación de los trabajos, aprobado por la Dirección de Fiscalización de Obras, el Cuadro de Adjudicaciones y el Contrato; También se deberá de contar con los sgtes. Documentos:
✓ Certificado de no hallarse en interdicción judicial expedido por la Dirección General de Registros Públicos;
✓ Certificado de no encontrarse en quiebra o en convocatoria de acreedores expedido por la Dirección General de Registros Públicos;
✓ Constancia de no adeudar aporte obrero patronal expedida por el Instituto de Previsión Social y/o en su caso constancia de no ser aportante (dichos documentos deberán de ser presentados en el momento de la firma del presente contrato)
El plazo de pago será en un tiempo no mayor a 30 (treinta) días posteriores a dicha presentación de pedido de pago (Dependiendo del Plan Financiero Institucional).
De todos los Certificados a pagar al CONTRATISTA por los trabajos realizados, LA CONTRATANTE retendrá una cantidad de 5% (cinco por ciento) como Caución (Fondo de Reparo), para responder por eventuales vicios ocultos, dichos montos serán devueltos una vez subsanadas las posibles observaciones, al final de la obra y/o los trabajos.
A los efectos de este contrato en aplicación del Art. 1 de la Ley Nº 3439/07 “Que modifica la Ley 2051/03 de Contrataciones Públicas y establece la Carta Orgánica de la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas”, se retendrá el 0,4 % sobre el importe de cada factura, deducido los impuestos correspondientes que presente al cobro el Proveedor.
CLÁUSULA DÉCIMO TERCERA: REAJUSTE DE PRECIOS.
13.1. Los precios serán reajustados de acuerdo a la siguiente ecuación: El precio del Contrato será reajustable si se verificare una variación en el salario mínimo oficial, decretada por el Poder Ejecutivo, la CGR reconocerá tal variación, a partir de la fecha de la promulgación oficial correspondiente, en la misma relación porcentual sobre el monto contratado.
La siguiente fórmula será la aplicada:
Pa= Po (Mi/Mo)
Dónde:
Pa: Xxxxxx Xxxxxxxx.
Po: Precio original de Fecha de Contrato.
Mi: Mano de Obra sobre la base xxx xxxxxxx mínimo oficial decretado.
Mo: Mano de Obra sobre la base xxx xxxxxxx mínimo, en fecha de la presentación de oferta.
CLÁUSULA DÉCIMO CUARTA: RECEPCIÓN DE OBRAS
14.1. Dentro de los 15 (quince) días de terminada la Obra, LA FISCALIZACIÓN procederá a la Recepción Provisoria de la Obra a solicitud del CONTRATISTA. Si existen observaciones sobre la obra, deberá prepararse una lista a ser cumplida por el CONTRATISTA antes de ser solicitada la Recepción definitiva.-
14.2. Luego de verificado el cumplimiento de todas las correcciones o modificaciones solicitadas en la Recepción Provisoria, dentro de los (quince) días de la misma se procederá a la Recepción Definitiva.-
CLÁUSULA DÉCIMO QUINTA: RESPONSABILIDADES DEL CONTRATISTA.
15.1. Son responsabilidades del CONTRATISTA:
a. La provisión de todos los materiales, insumos, mano de obra, equipamiento y dirección técnica, necesaria para la construcción de la Obra.-
b. Los seguros y beneficios sociales de los obreros y seguros contra terceros.-
c. La vigilancia y limpieza del sitio de Obras.-
d. La firma, preparación y presentación de las carpetas técnicas para el permiso municipal.-
e. Único responsable de manera integral de la buena calidad y comportamiento de la obra construida.-
f. Las omisiones de la FISCALIZACIÓN y cualquier estipulación del presente contrato no eximen al CONTRATISTA de su completa responsabilidad para la perfección de la obra.-
g. Hasta la recepción definitiva establecida estará a cargo exclusivo del CONTRATISTA el mantenimiento y protección contra daños y perjuicios de la obra, siendo por su cuenta reconstruir, reparar y restaurar cualquier daño, perjuicio o defecto de la obra, antes de la recepción definitiva de la misma.-
CLÁUSULA DÉCIMO SEXTA: DE LA FISCALIZACIÓN.
16.1. La FISCALIZACIÓN ejercerá la inspección de los trabajos ejecutados por EL CONTRATISTA teniendo atribuciones tales como:
a. Inspeccionar todos los trabajos y operaciones constructivas del CONTRATISTA para verificar la calidad de los materiales y de la mano de obra y si satisface los requisitos de este Contrato, rechazando lo que juzgue inadecuados, o exigiendo su corrección. Aprobar los métodos constructivos del CONTRATISTA.-
b. Interpretar los requisitos de este contrato y de los documentos que lo integran, en los puntos que, eventualmente, sean discutibles o posibles xx xxxxx interpretación.-
c. Inspeccionar en cualquier momento los equipos e instalaciones del CONTRATISTA, aprobando aquellos que a su parecer están en estado de conservación funcionamiento satisfactorios y solicitando la sustitución de los no aprobados.
d. Verificar los certificados de ensayos de materiales de construcción presentados por EL CONTRATISTA.-
e. Efectuar mediciones y evaluaciones en la obra junto con EL CONTRATISTA, para verificar el progreso de la obra, y estimar los pagos parciales de los trabajos.
f. Examinar, verificar y visar los certificados mensuales de trabajo sometidos por EL CONTRATISTA para los pagos de los trabajos efectuados.
16.2. EL CONTRATISTA cumplirá todas las instrucciones de la FISCALIZACION y cooperará con el mismo proveyendo todos los medios a su alcance para el buen desempeño de sus funciones.-
CLÁUSULA DÉCIMO SÉPTIMA: CAUSAS FORTUITAS O DE FUERZA MAYOR.
17.1. EL CONTRATISTA no será culpable por demoras debidas a causas fortuitas o de fuerza mayor. En el caso de que se vea impedido, entera o parcialmente, por las causas señaladas precedentemente y que fueren debidamente comprobadas, las obras serán suspendidas mientras subsistan los impedimentos.-
CLÁUSULA DÉCIMO OCTAVA: ATRASO EN EL CRONOGRAMA DE OBRAS.
18.1. En caso de atraso por causas atribuibles a EL CONTRATISTA, éste abonará a LA CONTRATANTE en concepto de multa de 0,1% (cero coma uno por ciento) del monto total estipulado en el Contrato por cada día de atraso.-
18.2. Los descuentos por xxxx será hasta el límite del cinco (5%) por ciento, estipulado en la garantía de fiel cumplimiento del contrato, alcanzado dicho porcentaje se procederá a realizar los trámites necesarios para la rescincion del contrato, ejecución de la garantía contractual y comunicación a la DNCP.
CLÁUSULA DÉCIMO NOVENA: CAUSAS RESCISORIAS DE CONTRATO.
19.1 El presente Contrato podrá ser rescindido por LA CONTRATANTE por las causas siguientes:
a. Imposibilidad del CONTRATISTA para iniciar el trabajo en la fecha estipulada.
b. Evidencia de que el progreso alcanzado por el CONTRATISTA en la ejecución de la obra no le permitirá completar la obra dentro del plazo estipulado.-
c. Incumplimiento del CONTRATISTA en observar cualquier requisito fundamental de los documentos contractuales.-
d. Quiebra o disolución del CONTRATISTA, en caso de sociedad.-
e. Cuando sin causa justificada, EL CONTRATISTA interrumpa la ejecución de los trabajos por más de 15 (quince) días hábiles corridos.-
f. Por negativa del CONTRATISTA en acatar las observaciones de la Administración licitante, siempre que las mismas hubieren sido realizadas en el marco del Contrato.-
g. Por las demás causas establecidas en las leyes vigentes.-
19.2 Serán consideradas faltas si el CONTRATISTA:
• No ejecuta adecuadamente la construcción.
• Se rehúsa a retirar los materiales rechazados como defectuosos o inadecuados por LA FISCALIZACIÓN.
• Interrumpe la continuidad del trabajo.
• Por otras causas no que impida continuar el trabajo en forma aceptable.
19.3 LA CONTRATANTE avisará por escrito con 15 (quince) días de anticipación, la fecha de rescisión del Contrato, siendo el CONTRATISTA y su Fiador responsables de los daños causados por la rescisión del Contrato.
19.4 El presente Contrato podrá ser rescindido por EL CONTRATISTA con previo aviso de 15 (quince) días a LA CONTRATANTE por las siguientes causas:
a. Si LA CONTRATANTE dejase de proveer los fondos necesarios al CONTRATISTA.-
b. Incumplimiento permanente de lo que se estipula en el control por la CONTRATANTE, en los aspectos que perjudique al desarrollo normal de la obra.-
c. En los casos de rescisión atribuible a LA CONTRATANTE, ésta le devolverá al CONTRATISTA la Retención Caucional y le reembolsará los gastos de movilización de equipos en el porcentaje de trabajo que faltare Ejecutar.-
CLÁUSULA VIGÉSIMA: TERMINACIÓN DE LOS CONTRATOS
20.1 Los Contratos terminarán:
a. Por incumplimiento de las obligaciones contractuales.
b. Por mutuo acuerdo de las partes.
c. Por sentencia ejecutoriada de la autoridad jurisdiccional, que declare nulidad, resolución o rescisión del contrato.
d. Por decisión unilateral de LA CONTRATANTE, en caso de incumplimiento del CONTRATISTA.
e. Por muerte del CONTRATISTA, persona física, o por disolución de la persona jurídica, siempre que ésta última no se origine por decisión interna voluntaria de sus órganos competentes. Los representantes legales y los integrantes de los órganos de dirección de las personas jurídicas cuya disolución se tramita, están obligados, bajo su responsabilidad personal y solidaria, a informar a la autoridad a la que compete aprobar la disolución, sobre la existencia de contratos que aquellas tengan pendientes con entidades del sector público y a comunicar a las contratantes respectivas sobre la situación y causales de disolución.
20.2. Cuando por circunstancias imprevistas, técnicas o económicas, o causas de fuerza mayor o caso fortuito, no fuere posible o conveniente para los intereses públicos ejecutar total o parcialmente el contrato, las partes podrán, por mutuo acuerdo, convenir la extinción de todas o algunas de las obligaciones contractuales, en el estado en que se encuentren. Salvo estipulación en contrario, la extinción de las obligaciones contractuales por mutuo acuerdo no implicará renuncia a derechos causados o adquiridos a favor del CONTRATISTA. En estos casos, dicha entidad no podrá celebrar contrato posterior sobre el mismo objeto con el mismo sujeto.
CLÁUSULA VIGÉSIMO PRIMERA: JURISDICCIÓN.
21.1. A todo o cualquier desacuerdo o controversia en la ejecución o interpretación del presente Contrato le serán aplicados los mecanismos descriptos en el Título Octavo de la Ley N°. 2051/03 "De Contrataciones Públicas", y sus reglamentaciones. A todos los efectos legales del presente contrato, las partes fijan domicilio especial en los indicados al inicio.
SOBRE TALES CLAUSULAS, previa lectura y ratificación, dan por formalizado este contrato y a su fiel cumplimiento se obligan las partes, suscribiendo el presente instrumento en prueba de conformidad y aceptación, constituido por 08 (ocho) páginas, en 04 (cuatro) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en el lugar y fecha de su otorgamiento.
………………………………………… | ………………………………. | …………………………………………. |
CPN Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxx | Rep. Legal de Empresa | Dr. Xxxxxxx Xxxxx Xxxxx |
Srio. Gral. UNC | C.I Nº | Rector - UNC |