CONTRATO DE ENCARGO DE TRATAMIENTO DE DATOS
CONTRATO DE ENCARGO DE TRATAMIENTO DE DATOS
REUNIDOS
De una parte:
D. XXXXX XXXXX XXXXXXX , con D.N.I. 44719376Q , actuando como representante legal xxx Xxxxxxx de Gran Canaria, con C.I.F. CIF X0000000X y con domicilio en Xxxxx Xxxxx Xxxxxxx, 00, 00000, Xxx Xxxxxx xx Xxxx Xxxxxxx, Xxx Xxxxxx (Xxxxxx), en adelante RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO.
De la otra:
D. _XXXXXX XXXXXX XXXXXX XXXXXXXXXXX , con D.N.I 42848106A , actuando como representante de la entidad Asesoramientos Agronómicos Canarios, S.L.P. , con C.I.F
B35902741 y domicilio a efectos de este contrato, en xxxxx Xxxx Xx Xxxxx, xx 00, xxxxx 0, 00000, Xxx Xxxxxx xx Xxxx Xxxxxxx, Xxx Xxxxxx (Xxxxxx), , en adelante ENCARGADO DEL TRATAMIENTO.
Ambas partes se reconocen mutuamente la capacidad legal suficiente para suscribir este contrato de encargo de tratamiento de datos personales y para quedar obligadas en la representación en que respectivamente actúan, en los términos convenidos en él. A tal fin,
MANIFIESTAN
1. Que ambas partes se encuentran vinculadas por una relación contractual para la prestación del servicio de
_CURSO: FORMACIÓN EN EL SECTOR DE LA JARDINERÍA (en adelante SERVICIO).
2. Que para la prestación de dicho servicio es necesario que el ENCARGADO DEL TRATAMIENTO tenga acceso y realice tratamientos de datos de carácter personal de todas aquellas cuestiones relacionadas con el objeto del contrato, responsabilidad del RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO, por lo que asume las funciones y obligaciones que el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 xx xxxxx de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos (en adelante, “RGPD”), y la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (en adelante, también “LOPDGDD”) impone para los Encargados de Tratamiento.
3. Que, en cumplimiento del artículo 28 del RGPD, ambas partes acuerdan regular este acceso y tratamiento de datos de carácter personal de conformidad con las siguientes:
ESTIPULACIONES
PRIMERA - Objeto del acuerdo
Mediante las presentes cláusulas, se habilita al ENCARGADO DEL TRATAMIENTO, a tratar por cuenta del RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO, los datos personales necesarios para prestar el servicio.
El tratamiento consistirá en: acceder a los datos personales necesarios de las personas que van a participar en las pruebas físicas y posteriormente de las personas que entraran en las 16 plazas del curso Formación en prevención, vigilancia y salvamento en el medio acuático.
El Encargado podrá tratar datos de carácter personal de los siguientes tipos o categorías:
• Datos identificativos [Nombre y Apellidos, DNI, Nº SS, Dirección, Teléfono, Firma/Huella, Imagen/Voz]
• Datos de características personales [Datos de estado civil; Edad; Datos de familia; Sexo; Fecha de nacimiento; Nacionalidad; Lugar de nacimiento; Idioma]
Tratamientos concretos:
Tratamientos a realizar | |||
Recogida | Registro | ||
Estructuración | Modificación | ||
Conservación | Extracción | ||
Consulta | X | Comunicación por transmisión | |
Difusión | Interconexión | ||
Cotejo | Limitación | ||
Supresión | Destrucción | ||
Otros | Comunicación |
SEGUNDA - Identificación de la información afectada
Para la ejecución de las prestaciones derivadas del cumplimiento del objeto del encargo, el RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO pondrá a disposición del ENCARGADO DEL TRATAMIENTO datos personales de actividades de tratamiento de su propiedad a los únicos y específicos fines de la ejecución de los servicios objeto del presente acuerdo, acuerdo que deberá constar por escrito, inclusive en formato electrónico. Las actividades de tratamiento sobre las que el encargado del tratamiento tendrá acceso son los siguientes:
Nombre de la actividad de tratamiento | Finalidad |
Actividades de Juventud | Organización de las actividades del área de Juventud con las personas solicitantes. |
TERCERA - Duración
El presente acuerdo tendrá una duración de _mientras la prestación del servicio se produzca.
El RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO, determinará si, cuando finalice la prestación de los servicios del ENCARGADO DEL TRATAMIENTO, los datos personales deben ser destruidos, devueltos al responsable o entregados, en su caso a un nuevo encargado. conforme a lo que dispone el artículo 28.3.g) del RGPD, y art. 33 LOPDGDD.
En caso de que se decida suprimir o devolver, los datos personales al RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO, esto comprenderá todos los datos personales, las copias existentes y, si procede, los soportes donde consten, una vez cumplida la prestación.
La devolución deberá comportar, en cualquier caso, el borrado total de los datos existentes en los equipos informáticos utilizados para el encargo por parte del encargado del tratamiento, que deberá aportar un certificado en el que acredite el cumplimiento de este extremo.
No procederá la destrucción de los datos cuando exista una previsión legal que obligue a su conservación en cuyo caso deberán ser devueltos al responsable, que garantizará su conservación mientras tal obligación persista.
No obstante, lo anterior, el encargado del tratamiento podrá conservar una copia, con los datos debidamente bloqueados, en tanto puedan derivarse responsabilidades de su relación con responsable del tratamiento. Una vez transcurrido este período de tiempo, se deberá actuar de la manera indicada en el párrafo anterior.
CUARTA - Obligaciones del encargado del tratamiento
El ENCARGADO DEL TRATAMIENTO y todo su personal se obligan a:
1. Cumplimiento de la normativa de Protección de Datos-. Cumplir y respetar lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 xx xxxxx de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos, en adelante RGPD) y su normativa de desarrollo, así como la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales y toda la normativa vigente en relación con el objeto del acuerdo.
2. Delimitación de finalidad-. Utilizar los datos personales objeto del tratamiento, o los que recoja para su inclusión, sólo para la finalidad objeto de este encargo. En ningún caso, podrá utilizar los datos personales para fines propios o para fines ajenos a la finalidad propia de este encargo.
3. Instrucciones del Responsable-. Tratar los datos personales de acuerdo con las instrucciones del RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO. El ENCARGADO DEL
TRATAMIENTO no tendrá motivos para creer que la legislación que le es de aplicación le impide cumplir las instrucciones del responsable del tratamiento, así como sus obligaciones a tenor del acuerdo. En el caso de que no pueda cumplir tales instrucciones por la razón que fuera o de que la modificación de la legislación pueda tener un efecto negativo sobre las garantías y obligaciones estipuladas en las cláusulas, informará de ello, sin demora, al responsable del tratamiento, en cuyo caso este estará facultado para suspender el acceso a los datos o rescindir el acuerdo.
En cualquier caso, sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos 82 a 84 RGPD, si el ENCARGADO DEL TRATAMIENTO infringe el RGPD al determinar los fines y medios del tratamiento, será considerado RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO con respecto a dicho tratamiento.
4. Confidencialidad y Tratamiento de datos-. Garantizar que las personas autorizadas para tratar los datos personales se hayan comprometido a respetar la confidencialidad o estén sujetas a una obligación de confidencialidad de naturaleza estatutaria.
A tal fin, el ENCARGADO DEL TRATAMIENTO pondrá a disposición del RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO un listado de las medidas de seguridad que adoptará para asegurar el cumplimiento de la normativa aplicable.
Asimismo, el ENCARGADO DEL TRATAMIENTO deberá presentar, antes de la formalización del contrato, una declaración, como la mostrada en el Anexo I, donde se ponga de manifiesto la ubicación de los servidores informáticos, propios o terceros, en los que, en su caso, se tratasen datos de carácter personal derivados de la ejecución del contrato, así como también deberá declararse el lugar desde se prestarán los servicios asociados a estos servidores (recogida, almacenamiento, procesamiento y gestión de los datos), donde se prestarán los servicios, acreditando que esta se encuentra dentro de la Unión Europea, así como la previsión de subcontratar dichos servidores o los servicios asociados a los mismos. El ENCARGADO DEL TRATAMIENTO quedará obligado a comunicar por escrito al RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO cualquier cambio al respecto durante el periodo de vigencia del contrato. Se considerará nulo de pleno derecho, la celebración de contratos que omitan mencionar en los pliegos las obligaciones del futuro contratista en materia de protección de datos.
Los datos personales a los que accederá y tratará –o sean susceptibles de tratamiento- la entidad adjudicataria en el ejercicio de la prestación de los servicios profesionales derivados de la formalización del presente contrato, son responsabilidad del RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO.
La entidad adjudicataria ostentará la posición de ENCARGADO DEL TRATAMIENTO en relación con estos datos, de conformidad con lo que dispone el artículo 28 del RGPD. A tal efecto, se compromete a utilizarlas única y exclusivamente con la finalidad de prestar los servicios profesionales por los cuales ha sido contratada, así como a cumplir con todas las obligaciones que exige la normativa vigente. La entidad adjudicataria tratará los datos de conformidad con las instrucciones del RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO y, en ningún caso, utilizará los datos con una finalidad diferente a la establecida en el presente contrato, ni los comunicará ni cederá, ni siquiera para su conservación, a cualquier tercero ajeno al
contrato. En el caso de que no pueda cumplir tales instrucciones por la razón que fuera o entienda que una de estas instrucciones infringe el RGPD, informará de ello, sin demora, al RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO.
Atendiendo al contenido del artículo 28.10 del RGPD, en caso de que la entidad adjudicataria, como ENCARGADO DEL TRATAMIENTO, destine los datos a una otra finalidad, los comunique o los utilice incumpliendo las estipulaciones indicadas, será considerada RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO y deberá responder de las infracciones en las cuales haya incurrido.
La entidad adjudicataria del contrato y la totalidad de sus trabajadores se obligan a mantener estricto deber xx xxxxxxx y confidencialidad en relación a la información a la cual tenga acceso. Asimismo, las obligaciones de confidencialidad y deber xx xxxxxxx por parte de la entidad adjudicataria subsistirán, también, con posterioridad a la extinción del presente contrato.
5. Medidas de Seguridad-. Aplicar, tanto en el momento de determinar los medios de tratamiento como en el momento mismo del tratamiento, medidas técnicas y organizativas apropiadas y acordes a los principios de protección de datos e integrar las garantías necesarias en el tratamiento, a fin de cumplir los requisitos del presente RGPD y proteger los derechos de los interesados. En este caso, se tendrá en cuenta el estado de la técnica, el coste de la aplicación y la naturaleza, ámbito, contexto y fines del tratamiento, así como los riesgos de diversa probabilidad y gravedad que entraña el tratamiento para los derechos y libertades de las personas físicas.
El ENCARGADO DEL TRATAMIENTO deberá acreditar el cumplimiento de las medidas descritas en el Esquema Nacional de Seguridad (ENS) cuando el contrato afecte a sistemas de información y/o a servicios prestados a través de medios electrónicos.
6. Comunicación de datos-. No comunicar los datos personales a terceras personas, salvo que cuente con la autorización expresa del responsable del tratamiento, en los supuestos legalmente admisibles.
Respecto a las Transferencias Internacionales de datos a países no pertenecientes a la Unión Europea y organizaciones internacionales, solo podrán llevarse a cabo siempre que sean autorizadas por el RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO, y existan garantías adecuadas de dicho tercer país u organización internacional, de conformidad con el art. 46 del Reglamento Europeo de Protección de Datos. salvo que tal Derecho lo prohíba por razones de interés público. Esto es de aplicación tanto para los Encargados de Tratamiento, como para los Subencargados de Tratamiento.
7. Registro de Actividades de Tratamiento-. Llevar un registro de todas las categorías de actividades de tratamiento efectuadas por cuenta del RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO, que contenga:
a. El nombre y los datos de contacto del encargado del tratamiento; de cada responsable del tratamiento por cuenta del cual actúe el encargado del tratamiento; en su caso, del representante del responsable del tratamiento o del encargado del tratamiento, y del delegado de protección de datos.
b. Las categorías de tratamientos efectuados por cuenta del responsable del tratamiento.
c. En su caso, las transferencias de datos personales que, a su vez, tengan lugar a un tercer país u organización internacional, incluida la identificación de dicho tercer país u organización internacional y, en el caso de las transferencias indicadas en el artículo 49.1. 2º RGPD, la documentación de garantías adecuadas.
d. Cuando sea posible, una descripción general de las medidas técnicas y organizativas de seguridad relativas a:
i. La seudonimización y el cifrado de datos personales.
ii. La capacidad de garantizar la confidencialidad, integridad, disponibilidad y resiliencia permanentes de los sistemas y servicios de tratamiento.
iii. La capacidad de restaurar la disponibilidad y el acceso a los datos personales de forma rápida en caso de incidente físico o técnico.
iv. El proceso de verificación, evaluación y valoración regulares de la eficacia de las medidas técnicas y organizativas para garantizar la seguridad del tratamiento.
8. Responsabilidad por uso ilegítimo-. Responder frente al RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO de cualquier reclamación derivada, directa o indirectamente, del uso indebido o ilegítimo de los datos personales por parte del ENCARGADO DEL TRATAMIENTO o del personal a su servicio, quedando el RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO exento de toda responsabilidad y al margen de cualquier reclamación que pudiera plantearse al respecto.
9. Subcontratación-. El ENCARGADO DEL TRATAMIENTO no podrá subcontratar, ni total ni parcialmente, con un tercero la realización de ningún tratamiento que le hubiera encomendado el RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO, excepto en los casos en que este último lo autorice de forma expresa. En estos casos, la contratación se efectuará en nombre y por cuenta del RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO. Si fuera necesario subcontratar, total o parcialmente, algún tratamiento de datos, este hecho se deberá comunicar previamente y por escrito al RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO, con antelación suficiente, indicando los aspectos que se pretenden subcontratar e identificando de forma clara e inequívoca la empresa subcontratista y sus datos de contacto. La subcontratación deberá ser autorizada por escrito por el RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO, siempre antes de su inicio. El subcontratista, que también tendrá la condición de ENCARGADO DEL TRATAMIENTO, está obligado igualmente a cumplir las obligaciones establecidas en este documento para el ENCARGADO DEL TRATAMIENTO y las instrucciones que dicte el RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO. Corresponde al ENCARGADO DEL TRATAMIENTO inicial regular la nueva relación de forma que el nuevo RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO quede sujeto a las mismas condiciones (instrucciones, obligaciones, medidas de seguridad, etc.) y con los mismos requisitos formales que él, en lo referente al adecuado tratamiento de los datos personales y a la garantía de los derechos de las personas afectadas.
En caso de incumplimiento por parte del SUBENCARGADO DEL TRATAMIENTO, el ENCARGADO DEL TRATAMIENTO seguirá siendo plenamente responsable ante el RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO en lo referente al cumplimiento de las obligaciones.
10. Deber xx Xxxxxxx-. El personal que actúe bajo las directrices del ENCARGADO DEL TRATAMIENTO tiene el deber de guardar confidencialidad y, en su caso, secreto profesional
respecto a la información de carácter personal objeto de tratamiento. Esta obligación será exigible al personal, aun después de haber cesado su relación con el ENCARGADO DEL TRATAMIENTO.
Además, será obligación de este último comunicar y exigir a su personal el cumplimiento del deber de confidencialidad o secreto profesional, así como el resto de las condiciones y términos fijados en el presente contrato. Garantizará, en su caso, la formación necesaria en materia de protección de datos personales de las personas autorizadas para tratar datos personales.
El encargado deberá mantener a disposición del RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO la documentación acreditativa del cumplimiento de esta obligación El responsable del tratamiento se reserva el derecho de iniciar las acciones legales que estime oportunas para el supuesto de que la confidencialidad de los datos personales no fuera respetada
11. Formación y Concienciación-. Garantizar la formación necesaria en materia de protección de datos personales de las personas autorizadas para tratar datos personales.
12. Ejercicio de los Derechos-. Asistir al RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO en la respuesta al ejercicio de los derechos de acceso, rectificación, supresión, limitación del tratamiento, portabilidad de los datos, oposición y a no ser objeto de decisiones individualizadas automatizadas, incluida la elaboración de perfiles.
En el supuesto de que el interesado solicite el ejercicio de los derechos de acceso, rectificación, supresión, limitación del tratamiento, portabilidad de los datos, oposición y a no ser objeto de decisiones individualizadas automatizadas, incluida la elaboración de perfiles, frente al responsable del tratamiento, este podrá encomendar al encargado del tratamiento dicho ejercicio, que deberá llevarse a cabo en el plazo máximo de tres días.
13. Deber de Información-. Facilitar, en el momento de la recogida de los datos personales, la información relativa a los tratamientos de datos que se van a realizar. La redacción y el formato en que se facilitará la información se debe consensuar con el RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO antes del inicio de la recogida de los datos.
14. Brechas de Seguridad-. Notificar al RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO, sin dilaciones indebidas y, en cualquier caso, antes del plazo máximo de 24 horas, las violaciones de la seguridad de los datos personales a su cargo de las que tenga conocimiento, juntamente con toda la información relevante para la documentación y la comunicación de la incidencia. No será necesaria la notificación cuando sea improbable que dicha violación de la seguridad constituya un riesgo para los derechos y las libertades de las personas físicas.
Además de lo anterior, corresponderá al encargado del tratamiento la comunicación a la autoridad de control de las violaciones de seguridad de los datos personales. Esta comunicación deberá, como mínimo:
a. Describir la naturaleza de la violación de la seguridad de los datos personales, inclusive, cuando sea posible, las categorías y el número aproximado de interesados afectados y las categorías y el número aproximado de registros de datos personales afectados.
b. Comunicar el nombre y los datos de contacto del delegado de protección de datos o de otro punto de contacto en el que pueda obtenerse más información.
c. Describir las posibles consecuencias de la violación de la seguridad de los datos personales.
d. Describir las medidas adoptadas o propuestas para poner remedio a la violación de la seguridad de los datos personales, incluyendo, si procede, las medidas adoptadas para mitigar los posibles efectos negativos.
Si no fuera posible facilitar la información simultáneamente, la información se facilitará de manera gradual y sin dilaciones indebidas.
15. Evaluación de Impacto-. Xxxxxx al RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO a garantizar el cumplimiento de las obligaciones concernientes a la seguridad de los datos personales y la realización de las evaluaciones de impacto relativas a la protección de datos personales y consulta previa, teniendo en cuenta la naturaleza del tratamiento y la información a disposición del ENCARGADO DEL TRATAMIENTO.
16. Delegado de Protección de Datos-. Designar, en su caso, un delegado de protección de datos y comunicar su identidad y los datos de contacto al RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO.
17. Información sobre el cumplimiento-. Poner a disposición del RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO sus instalaciones y toda la información necesaria para demostrar el cumplimiento de sus obligaciones, así como para la realización de las auditorías o las inspecciones a realizar por el RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO u otro auditor autorizado por este. En este caso, el ENCARGADO DEL TRATAMIENTO informará inmediatamente al RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO si, en su opinión, una instrucción infringe el RGPD u otras disposiciones en materia de protección de datos nacional o comunitaria.
QUINTA - Obligaciones del responsable del tratamiento
Corresponde al RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO:
1. Entregar al RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO los datos a que se refiere la estipulación segunda de este texto.
2. Realizar una evaluación del impacto en la protección de datos personales de las operaciones de tratamiento a realizar por el encargado del tratamiento.
3. Realizar las consultas previas que corresponda.
4. Velar, de forma previa y durante todo el tratamiento, por el cumplimiento del RGPD por parte del ENCARGADO DEL TRATAMIENTO.
5. Supervisar el tratamiento, el ENCARGADO DEL TRATAMIENTO pondrá a disposición del RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO toda la información necesaria para demostrar el cumplimiento de las obligaciones establecidas en el presente contrato, así como para permitir y contribuir a la realización de auditorías, incluidas inspecciones, por parte del RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO o de otro auditor autorizado por el RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO.
SEXTA – Información sobre el tratamiento de los datos personales del contrato
De acuerdo con el Reglamento (UE) 2016/679, de 27 xx xxxxx, (Reglamento General de Protección de Datos), y la normativa de protección de datos aplicable, se le informa de que sus datos serán incorporados en el sistema de tratamiento “Contratación Pública”, del cual es responsable Cabildo de Gran Canaria, con CIF X0000000X dirección en Xxxxx Xxxxx Xxxxxxx, 00, 00000, Xxx Xxxxxx xx Xxxx Xxxxxxx, Xxx Xxxxxx (Xxxxxx). Puede ponerse en contacto con el Cabildo de Gran Canaria por correo ordinario en la dirección indicada o por correo electrónico en xxx@xxxxxxxxxxx.xxx
Sus datos serán tratados para la gestión de las transacciones económicas que el Cabildo de Gran Canaria realiza con proveedores, clientes y terceros en general gestión administrativa, tributaria y fiscal.
La base legal que legitima el tratamiento de sus datos reside en la ejecución de un contrato en la que usted es parte o para la aplicación de medidas precontractuales a petición suya, además del cumplimiento de una obligación legal aplicable al Cabildo de Gran Canaria en virtud de:
• Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.
• Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria.
• Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.
• Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
La comunicación de sus datos personales es un requisito legal para poder para poder suscribir el contrato. En caso de que no nos proporcione sus datos personales, no será posible adjudicarle dicho contrato.
Sus datos se conservarán durante el tiempo que sea necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de dicha finalidad y del tratamiento de los datos. Será de aplicación lo dispuesto en la normativa de archivo y documentación.
En cualquier caso, los datos identificativos y de contrato serán conservados al amparo de lo dispuesto en el Código de Comercio y de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal en materia de transparencia y lucha contra el fraude fiscal y en la Seguridad Social.
Sus datos podrán ser cedidos a la Hacienda Pública y Administración Tributaria; Otros órganos de la Administración; Entidades bancarias y Órganos de la Administración de Justicia.
El Cabildo de Gran Canaria permite el acceso a sus datos a terceras empresas o proveedores de servicios en cuanto sea necesaria su intervención para la prestación del servicio al que nos hayamos comprometido con usted, y que actúan, en todo caso, de conformidad con las instrucciones emitidas por el Cabildo de Gran Canaria y bajo compromiso de confidencialidad para el adecuado tratamiento de tus datos.
Sus datos no serán objeto de transferencias internacionales.
Puede ejercer sus derechos de acceso, rectificación, supresión y portabilidad de sus datos, de limitación y oposición a su tratamiento, así como a no ser objeto de decisiones basadas únicamente en el tratamiento automatizado de sus datos o a retirar su consentimiento, cuando procedan, ante el Cabildo de Gran Canaria, con CIF X0000000X dirección en Xxxxx Xxxxx Xxxxxxx, 00, 00000, Xxx Xxxxxx xx Xxxx Xxxxxxx, Xxx Xxxxxx (Xxxxxx) o en la dirección de correo electrónico xxx@xxxxxxxxxxx.xxx
En caso de estimar una vulneración del derecho a la protección de datos, podrá presentar una reclamación, en primer lugar, ante nuestro Delegado de Protección xxx@xxxxxxxxxxx.xxx o, en su caso, ante la Agencia Española de Protección de Datos xxx.xxxx.xx
SÉPTIMA. - Legislación y jurisdicción.
El presente acuerdo se regirá e interpretará conforme a la legislación española en todo aquello que no esté expresamente regulado, sometiéndose las partes, para las controversias que pudieran surgir en relación al mismo, a la competencia de los Juzgados y Tribunales de la ciudad de Las Palmas de Gran Canaria señalada en el encabezamiento, con renuncia a cualquier otro fuero que les pudiera corresponder.
Y en prueba de conformidad, las partes suscriben el presente contrato, en duplicado ejemplar y a un solo efecto, en la ciudad y fecha al inicio indicados.
D./Dña. XXXXX XXXXX XXXXXXX | D./Dña. XXXXXX XXXXXX XXXXXXXXXXX 42848106A Firmado XXXXXX digitalmente por 42848106A XXXXXX XXXXXX XXXXXX XXXXXX (X: XXXXXX (R: B35902741) Fecha: 2021.07.22 B35902741) 16:50:18 +01'00' ENCARGADO DEL TRATAMIENTO | XXXXXX |
Xxxxxxx de Gran Canaria | ||
RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO |
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