PLIEGO DE CLAUSULAS ADMINISTRATIVA PARTICULARES DEL CONTRATO ADMINISTRATIVO ESPECIAL, PROCEDIMIENTO ABIERTO, DE LA EXPLOTACIÓN DEL CERE DE MIGUELTURRA EN LAS FIESTAS DE CARNAVAL DEL AÑO 2017.
PLIEGO DE CLAUSULAS ADMINISTRATIVA PARTICULARES DEL CONTRATO ADMINISTRATIVO ESPECIAL, PROCEDIMIENTO ABIERTO, DE LA EXPLOTACIÓN DEL CERE DE MIGUELTURRA EN LAS FIESTAS DE CARNAVAL DEL AÑO 2017.
CLÁUSULA PRIMERA. Objeto del Contrato
1.- Constituye el objeto del contrato el servicio de explotación comercial del CERE de titularidad municipal durante el periodo en que se desarrollen las Fiestas del Carnaval 2017.
2.- La ejecución del contrato se ajustará a las condiciones expresadas en el presente
pliego.
3.- La presentación de proposiciones presume por parte del oferente la aceptación
incondicional de las cláusulas de este Pliego y la declaración responsable de que reúne todas las condiciones exigidas para contratar con la Administración.
El contrato definido tiene la calificación de contrato administrativo especial ya que según la doctrina de la Junta Consultiva, estos contratos no tienen legalmente limitación de objeto, y ya que, al tratarse de una mera vinculación y no de una pertenencia estricta, permite incluir en esta categoría aquellos contratos que afectan al concreto interés público perseguido por la Administración de que se trate.
CLÁUSULA SEGUNDA. Régimen Jurídico del Contrato
El presente se trata de un procedimiento administrativo. Contrato administrativo especial a adjudicar mediante procedimiento abierto, varios criterios de adjudicación. El mismo se regirá por lo establecido en este Pliego y para lo no previsto en Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público y demás normas complementarias y de desarrollo.
CLÁUSULA TERCERA. Capacidad
Podrán presentar proposiciones las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en prohibiciones para contratar, y acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional.
1. La capacidad de obrar del empresario se acreditará:
a. De los empresarios que fueren personas jurídicas mediante la escritura o documento de constitución, los estatutos o el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate.
b. De los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea por su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde están establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un
certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación.
c. De los demás empresarios extranjeros, con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa.
2. La prueba, por parte de los empresarios, de la no concurrencia de alguna de las prohibiciones para contratar reguladas en el Texto Refundido de la Ley de contratos del Sector Publico podrá realizarse:
a. Mediante testimonio judicial o certificación administrativa, según los casos, y cuando dicho documento no pueda ser expedido por la autoridad competente, podrá ser sustituido por una declaración responsable otorgada ante una autoridad administrativa, notario público u organismo profesional cualificado.
b. Cuando se trate de empresas de Estados miembros de la Unión Europea y esta posibilidad esté prevista en la legislación del Estado respectivo, podrá también sustituirse por una declaración responsable, otorgada ante una autoridad judicial.
3. La solvencia del empresario:
3.1 La solvencia económica y financiera del empresario se acreditará por los siguientes medios los medios siguientes:
a) Volumen anual de negocios durante los últimos 3 años superior a 20.000€.
3.2. La solvencia técnica o profesional de los empresarios deberá apreciarse por los siguientes medios:
a) Acreditación de la experiencia en la prestación de servicios similares al menos en una ocasión anterior en los últimos 3 años.
CLÁUSULA CUARTA. Instalaciones en que se desarrollara el servicio.
El servicio se prestara en el Centro de Exposiciones y Representaciones Escénicas (CERE) sito en la Plaza Doctor Xxxxxxx.
Se adjunta a este Pliego plano de las instalaciones que se ceden para su explotación.
CLÁUSULA QUINTA. Plazo
El plazo del presente contrato administrativo especial será del correspondiente y necesario para la ejecución del objeto del contrato, en las fiestas del Carnaval del 2017, prorrogable por mutuo acuerdo expreso entre las partes al Carnaval para el año 2018.
CLÁUSULA SEXTA. Deberes y Facultades del Concesionario
El contrato se ejecutará con sujeción a lo establecido en su clausulado y en el pliego, y de acuerdo con las instrucciones que para su interpretación diere al contratista el órgano de contratación.
El contratista será responsable de la calidad técnica de los trabajos que desarrolle y de las prestaciones y servicios realizados, así como de las consecuencias que se deduzcan para la Administración o para terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato. Concretamente será responsable de la ejecución del contrato y de las responsabilidades que se deriven por incumplimientos de lo establecido en el presente Pliego y en el resto de normativa de aplicación.
Son en particular obligaciones del contratista las siguientes:
A) El contratista se compromete a realizar, a su riesgo y xxxxxxx, la explotación del CERE de acuerdo con las condiciones técnicas y económicas que figuran en el expediente (u otra de similares características de acuerdo con la oferta presentada) en el periodo oficial en el que se desarrollen las Fiestas del Carnaval 2017 en Miguelturra, asumiendo todos y cada uno de los gastos que se deriven de la misma, tanto directos como indirectos.
B) El horario de apertura y cierre del CERE será el indicado por el Ayuntamiento, de acuerdo con las disposiciones normativas aplicables.
C) No suministrará bebidas alcohólicas a menores en los términos establecidos en la normativa vigente en cada momento, ni venderá ningún tipo de bebidas para su consumición incontrolada fuera xxx xxxxxxx autorizado por el Ayuntamiento, siendo responsable de proceder a la limpieza de cuantos objetos y restos de esta actividad se encuentren abandonados en el propio recinto denominado CERE.
D) Será de su responsabilidad la limpieza del entorno del terreno utilizado por la actividad y de los servicios anejos a dicho edificio.
E) Se observará en todo momento la reglamentación sanitaria que rige este tipo de instalaciones y no se utilizarán en ningún caso envases de cristal para el suministro de consumiciones a los usuarios.
F) Será responsable del mantenimiento en perfectas condiciones de las instalaciones del CERE mientras dure la ejecución del contrato. Los daños que pudieran producirse en dicho edificio serán abonados con cargo a la fianza preconstituida conforme a lo dispuesto en las bases de este Pliego.
G) Será obligación del contratista cumplir en todo momento con el aforo máximo permitido del CERE y cumplir con la totalidad de la normativa vigente en la materia.
Otras obligaciones del contratista serán las siguientes:
1.- El contratista se compromete a tramitar con la debida diligencia todos los permisos y autorizaciones que resulten preceptivas para realizar la explotación de que se trata, y a asumir los gastos que se deriven de la tramitación y de los tributos que pudieran gravar la actividad. Tramitados y obtenidos los expresados documentos, serán facilitados a la Concejalía
de Festejos a efectos de comprobación administrativa, al menos una semana antes del comienzo de las fiestas.
2.- El contratista se compromete a adoptar todas las medidas de seguridad que estén normativamente establecidas para este tipo de establecimientos, incluidas expresamente las correspondientes salidas de emergencia, la instalación de extintores, y la contratación del personal de seguridad necesario para este tipo de actividades. El contratista responderá exclusivamente de la actuación del personal de seguridad.
El personal de seguridad será en número y cualificación suficiente en atención a las características y dimensiones del CERE, siempre en función de las indicaciones que los técnicos municipales en materia de seguridad establezcan.
Los trabajadores de seguridad estarán acreditados como tal, con número de registro y formación adecuada
3.- Actuaciones Musicales: las orquestas y DJ’s serán propuestas por el contratista en la oferta presentada con pleno respeto a los limites y criterios fijados en el pliego, teniendo las mismas suficiente categoría a las fiestas del carnaval de Miguelturra, Fiesta declarada de Interés Turístico Regional, teniendo que asumir el contratista el coste de las mismas. En el caso de que por causa de fuerza mayor alguna de las actuaciones propuestas en la oferta no pudiera actuar, será sustituida por otra de igual o superior categoria previa autorización por parte del Ayuntamiento. Todas las actuaciones serán en directo y en horario nocturno. Las orquestas previstas a tales efectos deberán ser ratificadas con una antelación mínima de quince días antes del inicio del Carnaval de cada anualidad por la Concejalía de Festejos, oída la Asociación xx Xxxxx (se recogen en el Anexo de la Programación). Las liquidaciones que, en su caso, se deriven de derechos de autor serán, asimismo, de cuenta del contratista.
4.- Actos Municipales: El Ayuntamiento podrá organizar libremente en el CERE cualesquiera actos con motivo del Carnaval (se recogen en el Anexo de la Programación). El contratista se compromete a permitir la celebración dentro del CERE de todas aquellas actividades programadas con motivo del Carnaval por la Concejalía de Festejos y/o la Asociación xx Xxxxx de Carnaval. Podrá, asimismo, celebrar en el CERE, en fechas u horas distintas de las indicadas en el párrafo anterior, un Baile de Mayores o similar. Será de cuenta del contratista la iluminación y el sonido en los citados actos.
ANEXO PROGRAMACIÓN
- Viernes 24/02/2017. Equipo de sonido Pregón y Concurso de Charangas. DJ.
- Sábado 25/02/2017. Equipo de sonido presentación Máscaras Mayores. Actuación de orquesta de 00:00 h a 05:00 h
- Sábado 25/02/2017. DJ (discoteca) de 5:00 h a 07:00 h
- Domingo 26/02/2017. Espectáculo Infantil.
- Domingo 26/02/2017. DJ (discoteca) de 0:00 h a 02:00 h
- Lunes 27/02/2017. Actuación de Trío/Cuarteto Musical de 19:30 a 22:00 h. (Baile Personas Mayores)
- Lunes 27/02/2017. DJ (discoteca) de 0:00 h a 06:00 h
- Martes 28/02/2017. Actuación de orquesta de 00:00 h a 04:00 h
- Martes 28/02/2017. DJ (discoteca) de 4:00 h a 07:00 h
- Jueves 02/03/2017. Equipo sonido Tu careta me suena
- Viernes 03/03/2017. Equipo de sonido concurso de chirigotas y concurso de trajes
- Sábado 04/03/2017. Equipo de sonido concurso Drag Queen
- Sábado 04/03/2017. Actuación de orquesta de 00:00 h a 04:00 h
- Sábado 04/03/2017. DJ (discoteca) de 4:00 h a 07:00 h
- Domingo 05/03/2017. Equipo de sonido entrega de premios y DJ.
5.- La retribución del contratista vendrá determinada por el importe de lo que recaude por venta de entradas al CERE, por el servicio de repostería misma. No obstante, en lo relativo al precio de las entradas, habrá de atenerse a los siguientes criterios:
Día Carnaval | Baile | Precio máximo entrada. € |
Viernes | Discoteca | Gratuita |
Sábado | Orquesta y DJ`s | 5,00€ |
Xxxxxxx | DJ`s comercial | Gratuita |
Lunes | DJ`s comercial | 2,00€ |
Xxxxxx | Orquesta y DJ`s | 5,00 € sin consumición mínima |
Sábado | Orquesta y DJ`s | Gratuita |
Xxxxxxx | Xxxxxxxxx | Gratuita |
Podría ofertarse un bono que no deberá superar los 10,00 €
En el servicio de repostería, el precio de las consumiciones no superará 3,50 € en el horario de 23:00 h a 03:00 h y precio comercial a partir de las 03:00 h, con la música de DJ’s.
6. El CERE deberá ser destinado única y exclusivamente a la actividad indicada por el adjudicatario, no pudiendo éste cambiar su destino, ni dedicarlo a actividad o negocio distintos al pactado.
7. El adjudicatario se obliga y compromete a facilitar al Ayuntamiento o personal que éste designe, el acceso al espacio cedido para la comprobación del uso y destino dado al mismo.
8. El adjudicatario se obliga a no desarrollar en el espacio cedido ni en los demás espacios comunes, actividades que perjudiquen al edificio o que puedan causar incomodidades o molestias a los demás ocupantes o usuarios del mismo o al vecindario
9. La colocación de anuncios o cualquier clase de publicidad en la fachada de los espacios, en su interior, o en las zonas o espacios comunes deberá ser autorizada por el Ayuntamiento.
10. El Ayuntamiento queda autorizado para retirar los anuncios y publicidad que se hubiesen colocado sin autorización, siendo los gastos que se ocasionen por cuenta del adjudicatario.
11. Durante la vigencia de la autorización de cesión, el adjudicatario hará constar expresamente en toda su difusión publicitaria, incluyendo los logotipos oficiales, la colaboración del Ayuntamiento.
12. El adjudicatario exime de toda responsabilidad al Ayuntamiento, por los daños y lesiones, en las cosas o personas se causen como consecuencia de la ocupación del espacio cedido o de las actividades que en el mismo se desarrollen.
13. El Ayuntamiento no responderá por los daños y perjuicios que se puedan ocasionar al adjudicatario por casos fortuitos y de fuerza mayor.
14. Tampoco asumirá el Ayuntamiento ninguna responsabilidad en relación a la seguridad del espacio cedido, ni por los daños que pudieran ocasionarse a las personas, mercancías o cosas existentes en el mismo en caso de incendio, robo, hurto, daños o accidentes de cualquier clase.
15. El adjudicatario se obliga a suscribir y abonar a su cargo una póliza de seguro multirriesgo para el contenido de su propiedad que se halle en el interior del espacio cedido y para la responsabilidad civil por daños a su propio personal o al público en general.
16. El plazo de duración de la póliza de seguro contratada será igual al del periodo de adjudicación.
17. Una copia de la póliza de seguro suscrita deberá ser facilitada por el adjudicatario al Ayuntamiento previamente al inicio de la prestación del servicio.
18.- El adjudicatario tiene la obligación de contratar a su cargo los servicios de Vigilancia y Seguridad, de conformidad con las disposiciones legales vigentes y la oferta presentada.
19.- En la entrada al Centro de Exposiciones y Representaciones Escénicas, dentro del mismo, se habilitará un espacio, donde podrán aparcarse los carros que lleven las peñas de carnaval de la localidad acreditadas.
En ningún caso será mas de un carro por xxxx.
CLÁUSULA SÉPTIMA. Facultades de la Corporación
El órgano de contratación, de conformidad con el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Publico, ostenta las siguientes prerrogativas:
a) Interpretación del contrato.
b) Resolución de las dudas que ofrezca su cumplimiento.
c) Modificación del contrato por razones de interés público.
d) Acordar la resolución del contrato y determinar los efectos de ésta.
CLÁUSULA OCTAVA. Retribución del adjudicatario
Como se ha señalado anteriormente, la retribución del contratista vendrá determinada por el importe de lo que recaude por venta de entradas al CERE, por el servicio de repostería que habrá de instalarse en la misma y por la aportación municipal de conformidad con el precio de adjudicación.
CLÁUSULA NOVENA. Desmonte de las instalaciones
Una vez cumplido el contrato, en un plazo xxxxxx xx xxxx días, el adjudicatario desalojar sus instalaciones del CERE, debiendo dejar el mismo en las mismas condiciones en que le fue entregado.
CLÁUSULA DÉCIMA. Precio del contrato.
Además de la retribución propia del contratista fijada en la Clausula Novena del presente Xxxxxx, se fija como precio del contrato a pagar por el Ayuntamiento la cantidad máxima xx xxxx mil euros (10.000) por año, que podrá ser modificada a la baja en la oferta presentada por el licitador.
CLÁUSULA UNDÉCIMA. Garantías
Los licitadores deberán constituir una garantía definitiva por importe de tres mil euros (3.000€).
Esta garantía podrá prestarse en alguna de las siguientes formas:
a) En efectivo o en valores de Deuda Pública, con sujeción, en cada caso, a las condiciones establecidas en las normas de desarrollo de esta Ley. El efectivo y los certificados de inmovilización de los valores anotados se depositarán en la Caja General de Depósitos o en sus
sucursales encuadradas en las Delegaciones de Economía y Hacienda, o en las Cajas o establecimientos públicos equivalentes de las Comunidades Autónomas o Entidades locales contratantes ante las que deban surtir efectos, en la forma y con las condiciones que las normas de desarrollo de esta Ley establezcan.
b) Mediante aval, prestado en la forma y condiciones que establezcan las normas de desarrollo de esta Ley, por alguno de los bancos, cajas de ahorros, cooperativas de crédito, establecimientos financieros de crédito y sociedades de garantía recíproca autorizados para operar en España, que deberá depositarse en los establecimientos señalados en la letra a) anterior.
c) Mediante contrato de seguro de caución, celebrado en la forma y condiciones que las normas de desarrollo de esta Ley establezcan, con una entidad aseguradora autorizada para operar en el ramo. El certificado del seguro deberá entregarse en los establecimientos señalados en la letra a anterior.
La garantía no será devuelta o cancelada hasta que se haya producido el vencimiento del plazo de garantía y cumplido satisfactoriamente el contrato. La misma responderá así mismo de las obligaciones económicas que contraiga el adjudicatario del contrato con las orquestas y grupos a contratar.
Esta garantía responderá a los conceptos incluidos en el Texto Refundido de la Ley Contratos del Sector Público.
CLÁUSULA DUODÉCIMA. Criterios de Adjudicación
Los criterios objetivos que servirán para valorar las ofertas y la puntuación máxima que se asignará a cada uno de ellos serán los siguientes:
a.- Calidad técnica del Proyecto de explotación del CERE. Hasta 50 puntos. Especialmente:
- Calidad de las orquestas
- Caché y nivel de los DJ’s
- Actividades complementarias en la programación y animación.
- Cualificación del personal.
- Demás mejoras en la programación y/o precios
b.- Características del personal de seguridad: Hasta 30 puntos.
c.- Mejoras en el precio del abono general a pagar por los usuarios: Hasta 15 puntos
Se otorgará un punto por punto porcentual de mejora en la oferta económica. (Precio máximo abono general 10 euros).
d.- Reducción en la cuantía de la aportación municipal en la oferta de licitación: Hasta 30 puntos. De la siguiente forma:
0,003 puntos por cada euro de mejora hasta un máximo de 10.000€ de mejora y 30 puntos.
CLÁUSULA DECIMOTERCERA. Publicación de la Licitación
El órgano de contratación dispondrá las correspondientes publicaciones de anuncios en el Boletín Oficial de la Provincia con una antelación mínima de quince días al señalado como el último para la admisión de proposiciones.
El órgano de contratación podrá disponer, con carácter discrecional, la publicación en prensa del anuncio de la licitación.
CLÁUSULA DECIMOCUARTA. Presentación de Proposiciones
Las ofertas se presentarán en el Ayuntamiento, en horario de atención al público, dentro del plazo de quince días contados a partir del día siguiente al de la publicación del anuncio de licitación en el Boletín Oficial de la Provincia.
Cuando las proposiciones se envíen por correo o por algún otro de los medios previstos en la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común, el licitador deberá justificar la fecha y hora de la presentación del envío y anunciar al órgano de contratación, dentro de la fecha y hora establecidos como plazo de presentación, la remisión de la oferta mediante fax o telegrama en el que se consigne el título completo del contrato y el nombre del licitador. La acreditación de la recepción del referido fax o telegrama se efectuará mediante diligencia extendida en el mismo por el Secretario Municipal. Sin la concurrencia de ambos requisitos, no será admitida la proposición si es recibida por el órgano de contratación con posterioridad a la fecha de terminación del plazo señalado en el anuncio de licitación. En todo caso, transcurridos diez días siguientes a esa fecha sin que se haya recibido la documentación, esta no será admitida.
Cada licitador no podrá presentar más de una proposición. La presentación de proposiciones supone la aceptación incondicional de las cláusulas de este Xxxxxx, sin salvedad alguna.
Los interesados podrán consultar los pliegos en el perfil del contratante del Ayuntamiento de Miguelturra, desde la publicación de la convocatoria de la licitación hasta el día en que finalice el plazo de presentación de proposiciones, solicitándolo en el Ayuntamiento, en días y horas de oficina.
Las proposiciones para tomar parte en el concurso se presentarán en dos sobres cerrados, firmados por el licitador y con indicación del domicilio a efectos de notificaciones, en los que se hará constar la denominación del sobre y la leyenda «Proposición para licitar al
contrato administrativo especial para la instalación y explotación del CERE en Miguelturra”. La denominación de los sobres es la siguiente:
— Sobre «A»: Documentación administrativa.
— Sobre «B»: Proposición económica y Documentación Técnica.
Los documentos a incluir en cada sobre deberán ser originales o copias autentificadas, conforme a la Legislación en vigor.
Dentro de cada sobre se incluirá una relación numerada de los documentos que se aportan y los siguientes documentos:
SOBRE «A» DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA.
a) Documentos que acrediten la personalidad jurídica del empresario.
b) Documentos que acrediten la representación.
— Los que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otro, presentarán copia notarial del poder de representación, bastanteado por el Secretario de la Corporación.
— Si el licitador fuera persona jurídica, este poder deberá figurar inscrito en el Registro Mercantil, cuando sea exigible legalmente.
— Igualmente la persona con poder bastanteado a efectos de representación, deberá acompañar fotocopia compulsada administrativamente o testimonio notarial de su documento nacional de identidad.
c) Declaración responsable de no estar incurso en una prohibición para contratar de las recogidas en el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
Esta declaración incluirá la manifestación de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, sin perjuicio de que la justificación acreditativa de tal requisito deba presentarse, antes de la adjudicación definitiva, por el empresario a cuyo favor se vaya a efectuar ésta.
d) Los que acrediten la clasificación de la empresa, en su caso, o justifiquen los requisitos de su solvencia económica, financiera y técnica o profesional.
Si la empresa se encontrase pendiente de clasificación, deberá aportarse el documento acreditativo de haber presentado la correspondiente solicitud para ello, debiendo justificar el estar en posesión de la clasificación exigida en el plazo previsto en las normas de desarrollo del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Publico para la subsanación de defectos u omisiones en la documentación.
e) Las empresas extranjeras presentarán declaración de someterse a la Jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo
directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitador.
f) Una garantía provisional por importe de 300€ que responderá del mantenimiento de las ofertas.
Podrá sustituirse la documentación por:
- Una declaración responsable en los términos establecidos en el artículo 146.4 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, de conformidad con el modelo Anexo I, de modo que el resto de documentación se presentarán una vez que sea clasificado el contratista en primer lugar.
- Una garantía provisional por importe de 300€.
SOBRE «B»
PROPOSICIÓN ECONÓMICA Y DOCUMENTACIÓN TÉCNICA (en sobres independientes las letras a) y b)).
a) Proposición económica.
Se presentará conforme al siguiente modelo:
«D. , con domicilio a efectos de notificaciones en , c/
, n.º , con DNI n.º , en representación de la Entidad
, con CIF n.º , enterado del expediente para la contratación administrativa especial para la explotación de la CERE en el año 2017, mediante procedimiento abierto oferta económicamente más ventajosa, varios criterios de adjudicación, anunciado en el Boletín Oficial de la Provincia de Ciudad Real n.º , de fecha
, hago constar que conozco el Pliego que sirve de base al contrato y lo acepto íntegramente, tomando parte de la licitación y comprometiéndome a llevar a cabo el objeto del contrato por el importe siguiente:
euros aportación municipal
euros de precio de abono general.
En Miguelturra, a de de 201 . Firma del licitador,
Fdo.: ».
b) Documentos que permitan a la Mesa de Contratación valorar las condiciones de las ofertas según los criterios de adjudicación.
a.- Calidad técnica del Proyecto de explotación del CERE. Hasta 50 puntos.
Especialmente:
- Calidad de las orquestas
- Actividades complementarias en la programación y animación.
- Cualificación del personal.
- Demás mejoras en la programación.
b.- Características del personal de seguridad: Hasta 30 puntos.
CLÁUSULA DECIMOQUINTA. Mesa de Contratación y Apertura de Proposiciones
La Mesa de Contratación, de acuerdo con lo establecido en el punto 10 de la Disposición Adicional Segunda del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Publico, estará presidida por un miembro de la Corporación o un funcionario de la misma, y formarán parte de ella, como vocales, el Secretario o, en su caso, el titular del órgano que tenga atribuida la función de asesoramiento jurídico, y el Interventor, así como aquellos otros que se designen por el órgano de contratación entre el personal funcionario xx xxxxxxx o personal laboral al servicio de la Corporación, o miembros electos de la misma, sin que su número, en total, sea inferior a tres. Actuará como Secretario un funcionario de la Corporación.
Sin perjuicio de las delegaciones que puedan realizarse, conforman la Mesa de Contratación, de acuerdo con la disposición Adicional Segunda de la Ley de Contratos del Sector Público los siguientes miembros:
— Xx. Xx Xxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx, que actuará como Presidenta de la Mesa.
—Vocal, el Secretario de la Corporación o funcionario en quien delegue.
— Vocal, el Interventor de la Corporación o funcionario en quien delegue.
— Vocal, el Concejal delegado de Servicios Municipales.
— Un funcionario de la Corporación que actuará como Vocal/Secretario de la Mesa. La mesa de contratación podrá nombrar los asesores que estime conveniente.
De acuerdo con lo establecido en el articulo 134 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Publico se constituirá un comité que con un mínimo de tres miembros, formado por expertos no integrados en la mesa de contratación y con cualificación apropiada, al que corresponderá realizar la evaluación de las ofertas en lo relativo a:
a.- Calidad técnica del Proyecto de explotación del CERE. Hasta 50 puntos. Especialmente:
- Calidad de las orquestas
-Actividades complementarias en la programación y animación.
- Cualificación del personal.
- Demás mejoras en la programación.
b.- Características del personal de seguridad: Hasta 30 puntos.
CLÁUSULA DECIMOSEXTA. Adjudicación y Formalización del Contrato
El órgano de contratación adjudicará el contrato a la proposición más ventajosa o declarará desierto el procedimiento, motivando en todo caso su resolución con referencia a los criterios de adjudicación que figuran en este Xxxxxx. Si el órgano de contratación no adjudica el contrato de acuerdo con la propuesta de la Mesa de Contratación, deberá motivar su decisión.
El órgano de contratación adjudicará el contrato en el plazo máximo de dos meses, a contar desde la apertura de proposiciones. En caso de que el licitador al que se proponga adjudicar el contrato no hubiere presentado con la oferta las certificaciones acreditativas de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social, se le exigirá su presentación, las certificaciones acreditativas de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social antes de la formalización del contrato.
CLÁUSULA DECIMOSÉPTIMA. Sanciones
A efectos contractuales se considerará falta penalizable toda acción u omisión del concesionario que suponga un quebranto de las exigencias específicas en el contrato.
Las faltas que pudiera cometer el contratista se clasificarán, según su trascendencia, en leves, graves y muy graves, de acuerdo a los siguientes criterios:
— Faltas leves: Se considerarán faltas leves aquellas irregularidades en el cumplimiento de lo establecido en el Pliego de Condiciones que no sean debidas a una actuación voluntaria, o deficiencia en las inspecciones, ni lleven unido peligro a personas o cosas, ni reduzcan la vida económica de los componentes de las instalaciones, ni causen molestias a los usuarios de los equipamientos.
— Faltas graves: Aquellas actividades por parte del concesionario que produzcan una depreciación del bien de dominio público, realizar una actividad distinta a aquella para la que se adjudicó la concesión o la reiteración en actuaciones calificadas como infracciones leves.
— Faltas muy graves: Aquellas actuaciones voluntarias o por realización deficiente de las inspecciones o trabajos que afecten gravemente al valor económico del bien de dominio público o que puedan ocasionar peligro para las personas o cosas.
Las personas que, aun a título de simple inobservancia, causen daños en el dominio público de las Entidades Locales u ocupen bienes sin título habilitante o lo utilicen contrariando su destino normal o las normas que lo regulan, serán sancionadas con una multa cuyo importe se
determinará por el órgano competente entre el tanto y el duplo del perjuicio ocasionado, con independencia de la reparación del daño y de la restitución de lo usurpado. En todo caso se dará audiencia al infractor.
Para la graduación de la sanción a aplicar se tendrán en cuenta la cuantía del daño, el beneficio obtenido por el infractor, así como su reincidencia y circunstancias personales y económicas.
30 de noviembre de 2016 El Concejal de Festejos
ANEXO I MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE
AL AYUNTAMIENTO DE MIGUELTURRA
NOMBRE Y APELLIDOS O DENOMINACIÓN O RAZÓN SOCIAL: | |||
DNI/CIF/NIF | DOMICILIO PARA NOTIFICACIONES (Calle, Plaza) Nº, piso: | ||
POBLACIÓN: | C.POSTAL: | PROVINCIA: | TELÉFONO DE CONTACTO: |
FAX: | TELÉFONO MÓVIL: | CORREO ELECTRÓNICO: | |
EN SU CASO, NOMBRE COMPLETO DEL REPRESENTANTE (ACREDITAR): | DNI DEL REPRESENTANTE: |
Que enterado del procedimiento para la adjudicación por PROCEDIMIENTO ABIERTO, del contrato administrativo “DE EXPLOTACION DEL CERE DE MIGUELTURRA DURANTE LAS FIESTAS DEL CARNAVAL” tomo parte en el mismo y al efecto manifiesta declaración responsable ante el órgano de contratación sobre los siguientes extremos:
Primero.- Que cumple las condiciones establecidas en los arts. 60 y 146 del TRLCSP para contratar con este Ayuntamiento y que en el caso de que la propuesta de adjudicación recaiga en su oferta, acreditará ante el Órgano de contratación, previamente a la adjudicación del contrato, la posesión y validez de los documentos exigidos en el presente pliego.
Segundo.- Empresa vinculadas.- En cumplimiento de lo establecido del art. 145 del TRLCSP declaro:
Opción A: Que no existen empresas vinculadas con la empresa oferente.
Opción B: Que son empresas vinculadas con la empresa oferente, dentro del sector de actividad objeto de la presente contratación, las incluidas en la relación adjunta, sin que exista ninguna otra empresa en la que concurran los requisitos señalados en el citado precepto.
Tercero.- Documentos confidenciales.- Declaro que deben tenerse por confidenciales los siguientes documentos incorporados a mi oferta: (detallar los documentos así como la numeración de páginas asignada a cada uno de ellos, en su caso).
Cuarto.- Presentación de Certificados, declaro: (marque la opción elegida)
Que autorizo expresamente al Ayuntamiento de Miguelturra para efectuar tales
comprobaciones por vía telemática.
Que aportaré los certificados acreditativos de estar al corriente en el cumplimiento de mis obligaciones tributarias con el Estado, con la Seguridad Social y ese Ayuntamiento y resto de documentación administrativa establecida en los pliegos de clausulas una vez resulte propuesto adjudicatario.
(fecha y firma del licitador)