Contract
PLIEGO DE CLÁUSULAS ECONÓMICO ADMINISTRATIVAS Y TÉCNICAS QUE HA DE REGIR LA ADJUDICACIÓN, POR PROCEDIMIENTO NEGOCIADO SIN PUBLICIDAD DEL CONTRATO PRIVADO DE REPRESENTACIÓN ARTÍSTICA DEL CONCIERTO DEL ARTISTA XXXXXXX XXXXXX EN EL TEATRO AUDITORIO CIUDAD XX XXXXXXXXXX
INDICE
ORDEN | CLAUSULA | PAGINA |
1 | OBJETO DEL CONTRATO | 3 |
2 | ÓRGANO COMPETENTE | 3 |
3 | RÉGIMEN JURÍDICO | 3 |
4 | PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACIÓN | 4 |
5 | VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO | 4 |
6 | CONTENIDO DEL CONTRATO | 4 |
7 | FUNDAMENTO | 4 |
8 | TIPO DE LICITACION | 5 |
9 | FORMA DE PAGO | 5 |
10 | CONSIGNACIÓN PRESUPUESTARIA | 5 |
11 | REVISIÓN DE PRECIOS | 6 |
12 | PLAZO DE DURACIÓN | 6 |
13 | VARIANTES Y/O MEJORAS | 6 |
14 | GARANTIAS | 6 |
15 | CRITERIOS DE SELECCIÓN Y CAPACIDAD DE CONTRATAR | 6 |
16 | CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN | 6 |
17 | FASES DE SELECCIÓN | 7 |
18 | ASPECTOS NEGOCIABLES | 7 |
19 | PLAZO DE PRESENTACIÓN DE OFERTAS | 7 |
20 | PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES Y DOCUMENTOS | 7 |
21 | ADJUDICACIÓN | 9 |
22 | NO FORMALIZACIÓN IMPUTABLE AL CONTRATISTA | 11 |
23 | RECURSO ESPECIÁL EN MATERIA DE CONTRATACIÓN | 11 |
24 | DEBERES DEL CONTRATISTA | 11 |
25 | RESPONSABLE DEL CONTRATO | 14 |
26 | PROMOCIÓN E IMAGEN | 15 |
27 | SUSPENSIÓN DEL CONCIERTO | 15 |
28 | RESPONSABLE DEL CONTRATO | 17 |
29 | COMPROBACIONES RECEPCIÓN DEL CONTRATO Y PROPIEDAD DEL TRABAJO | 17 |
30 | MODIFICACIÓN DEL CONTRATO | 17 |
31 | RESOLUCIÓN DEL CONTRATO | 18 |
32 | RIESGO Y XXXXXXX | 18 |
33 | INTERPRETACIÓN | 19 |
34 | CONFIDENCIALIDAD Y PROTECCIÓN DE DATOS | 19 |
35 | RECURSOS | 19 |
36 | JURISDICCION COMPETENTE | 19 |
37 | LEGISLACION APLICABLE | 20 |
38 | DOCUMENTOS QUE TIENEN CARÁCTER CONTRACTUAL | 20 |
39 | DEVOLUCIÓN DE DOCUMENTACIÓN | 20 |
ANEXO I | PROPOSICIÓN ECONOMICA | 21 |
XXXXX XX | MODELO DE PRESENTACIÓN DE PROYECTO TÉCNICO | 22 |
XXXXX XXX | MODELO DE DECLARACION RESPONSABLE | 23 |
ANEXO IV | MODELO DE AVAL | 26 |
RESPONSABLE JURIDICO DEPARTAMENTO DE CONTRATACION | RESPONSABLE TECNICO Xxxx Xxxx Xxxxxx | |
PLAZA MAYOR Nº 1 | Coor. Teatro Auditorio xx Xxxxxxxxxx | |
TEL: 00-000-00-00 | 1/00 | 00 000 00 00 xxx 0000 |
CUADRO RESUMEN
DEPARTAMENTO: | TEATRO CIUDAD XX XXXXXXXXXX |
OBJETO | CONTRATACIÓN CONCIERTO DEL ARTÍSTA XXXXXXX XXXXXX |
NUMERO DE EXPEDIENTE | |
TIPO DE CONTRATO | PRIVADO |
PRESUPUESTO LICITACION | 22.000,00.- EUROS MÁS IVA |
PLAZO INICIAL | 9 de noviembre de 2017 |
GARANTIA PROVISIONAL | NO |
SOLVENCIAS | Al tratarse de un contrato de exclusividad no es necesario exigir criterios de selección, si bien el licitador deberá cumplir con los requisitos de estar en plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar, y no hallarse comprendidas en ninguno de los casos de prohibiciones para contratar con las Administraciones Públicas establecidos en el artículo 60 del TRLCSP. |
RESPONSABLE JURIDICO DE LA LICITACION | TÉCNICO DE CONTRATACIÓN |
RESPONSABLE TECNICO DE LA LICITACION | COORDINADORA ARTES ESCÉNICAS Y MUSICALES. Xx. Xxxx Xxxx Xxxxxx |
PLIEGO DE CLÁUSULAS ECONÓMICO ADMINISTRATIVAS Y TÉCNICAS QUE HA DE REGIR LA ADJUDICACIÓN, POR PROCEDIMIENTO NEGOCIADO SIN PUBLICIDAD DEL CONTRATO PRIVADO DE REPRESENTACIÓN ARTÍSTICA DEL CONCIERTO DEL ARTISTA XXXXXXX XXXXXX EN EL TEATRO AUDITORIO CIUDAD XX XXXXXXXXXX
1.- OBJETO DEL CONTRATO.
Constituye el objeto del contrato la adjudicación de los servicios de ejecución del concierto del artista Xxxxxxx Xxxxxx el día 9 de noviembre de 2017 en el Teatro Auditorio Ciudad xx Xxxxxxxxxx.
Codificación correspondiente de la Nomenclatura CPV: 92312000-1 Servicios artísticos
2.- ÓRGANO COMPETENTE.
El órgano competente para aprobar la presente licitación será la Concejal Delegada de Contratación, conforme lo dispuesto en el punto tercero de la Disposición Adicional Segunda del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (en adelante, TRLCSP) y según las delegaciones efectuadas por la Junta de Gobierno Local en la sesión celebrada el 30 xx xxxxx de 2.015, modificada por el acuerdo de 23 febrero de 2016.
3.- RÉGIMEN JURÍDICO DEL CONTRATO.
Este contrato tiene carácter PRIVADO, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 del TRLCSP, cuyo tenor literal es el siguiente: “tendrán la consideración de contratos privados los celebrados por los entes, organismos y entidades del sector público que no reúnan la condición de Administraciones Públicas.
Igualmente, son contratos privados los celebrados por una Administración Pública que tengan por objeto servicios comprendidos en la categoría 6 del Anexo II, la creación e interpretación artística y literaria o espectáculos comprendidos en la categoría 26 del mismo Anexo, y la suscripción a revistas, publicaciones periódicas y bases de datos, así como cualesquiera otros contratos distintos de los contemplados en el apartado 1 del artículo anterior.
Los contratos privados se regirán, en cuanto a su preparación y adjudicación, en defecto de normas específicas, por el Real Decreto Legislativo 3/2011 de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (TRLCSP), el Real Decreto 817/2009 de 8 xx xxxx, por lo que se desarrolla parcialmente la LCSP, el Real Decreto 1098/2001 de 12 de octubre consolidado el 25 de septiembre de 2.015 que aprueba el Reglamento General de Contratación y supletoriamente el resto de normas de derecho administrativo o, en su caso, las normas de derecho privado, según corresponda por razón del sujeto o entidad contratante. En cuanto a sus efectos y extinción, estos contratos se regirán por el derecho privado.
No obstante, serán de aplicación a estos contratos las normas contenidas en el Título V del Libro I, sobre modificación de los contratos.”
4.- PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACIÓN.
El expediente tiene carácter ordinario, tramitándose por procedimiento negociado sin publicidad, en atención a la protección de derechos de exclusiva que dispone la sociedad CLIPPER’S LIVE, S.L. conforme dispone el artículo 170 d) del TRLCSP.
Los datos de la Sociedad CLIPPER LIVE, S.L. con C.I.F. nº B83678029, a efectos de cursar la correspondiente invitación son los siguientes:
CLIPPER’S LIVE, S.L.
X/ Xxxxxxxx x Xxxxxx, 00 00000 Xxxxxxxxx
D. Xxxxx Xxxx Xxxxxxxx
X. Xxxxxx Xxxxxxxx 932400520
5.- VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO
El valor estimado del contrato es de 22.000,00.-€, que comprende la total ejecución del concierto y todo ello sin IVA.
6.- CONTENIDO DEL CONTRATO.
El espectáculo se llevará a cabo el día 09 de noviembre de 2017, a las 20:00 horas. No obstante, EL PATRONATO SOCIOCULTURAL se reserva el derecho de alterar o revisar la fecha y hora del espectáculo, previa consulta al adjudicatario, en el supuesto de cambios en su programación cultural.
La actuación ofrecida por el adjudicatario tendrá una duración aproximada de 90 minutos.
7.- FUNDAMENTO.
Las necesidades a satisfacer mediante el presente contrato son la ejecución de la programación del Teatro Auditorio xx Xxxxxxxxxx para dar respuesta a un criterio principal de presentar un amplio abanico de posibilidades, géneros y estilos para llegar al máximo de ciudadanos posible, acompañado de criterios de calidad que hacen de esta programación un elemento de éxito y atracción. La calidad del espectáculo presentado por el artista, la valoración del caché, la disponibilidad de calendario, así como la aceptación de los requisitos técnicos y organizativos se consideran óptimos para el cumplimiento de las competencias culturales que ostenta el Patronato Sociocultural xx Xxxxxxxxxx.
8.- TIPO DE LICITACIÓN.
Se señala como tipo máximo de licitación la cantidad de VEINTIDOS MIL EUROS (22.000,00.-€) SIN IVA (El importe correspondiente al IVA (21%) es de 4.620,00.-€) El importe total del Presupuesto de Ejecución por Contrata asciende a VEINTISEIS MIL SEISCIENTOS VEINTO EUROS.
Los presupuestos que se presenten se entenderán SIN IVA.
Se consideran incluidos los gastos necesarios para llevar a cabo la realización del concierto en todas sus fases, así como los costos, retribuciones, dietas, alojamiento, transporte y viajes de los elementos materiales y su personal (técnico y artístico) necesarios para el espectáculo, responsabilizándose totalmente de los mimos. Asimismo, será responsable de las formalidades y liquidaciones de sus cargos sociales y fiscales y de asegurar a su personal con una entidad de accidentes laborales.
9.- FORMA DE PAGO.
El importe de las facturas se abonará en los plazos previstos en el art. 216.4 del TRLCSP y conforme lo dispuesto en la disposición transitoria octava de dicha norma legal, en los términos de la nueva redacción aprobada por la Ley 15/2010, de 5 de julio, de modificación de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales.
La facturación de este contrato se realizará mediante la presentación de la factura de la siguiente forma;
Si el importe es mayor a 2.000€, en cumplimiento de la Ley 25/2013 de 27 de diciembre, de impulso de la factura electrónica, esta deberá presentarse obligatoriamente en formato electrónico a través de la plataforma FACe., para lo que se facilita el código “DIR3” de identificación del órgano contratante:
LA0000728 Contabilidad del Patronato Sociocultural | LA0000728 Presidencia del Patronato Sociocultural | LA0000728 Administración del Patronato Sociocultural |
Se procederá al abono de dichas facturas una vez hayan sido informados los servicios municipales correspondientes y aprobado por el órgano del Patronato Sociocultural.
10.- CONSIGNACIÓN PRESUPUESTARIA.
Para el gasto que supone esta contratación en el presente ejercicio y que asciende a 26.620,00 euros (IVA incluido) existe consignación adecuada y suficiente con cargo a la aplicación presupuestaria 374.33301.22608 del Presupuesto para el año 2017, según RC nº: 2017005166.
11.- REVISIÓN DE PRECIOS.
No procede revisión de precios, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 2/2015, de 30 xx xxxxx, de desindexación de la economía española.
12.- PLAZO DE DURACIÓN
El plazo de ejecución se iniciará desde el día siguiente a la firma del contrato administrativo, debiendo desarrollarse de forma ininterrumpida durante dicho periodo con efectos el día 9 de noviembre de 2017.
El servicio deberá prestarse en las dependencias del Teatro Auditorio Ciudad xx Xxxxxxxxxx.
13.- VARIANTES Y/O MEJORAS.
Deberá presentarse una oferta única no admitiéndose variantes.
No obstante podrán presentarse mejoras que serán aquellas que no tengan coste para el Ayuntamiento y variantes aquéllas que, en caso de ser aceptadas, incrementen el precio del contrato.
14.- GARANTÍAS.
PROVISIONAL: No se exige la constitución de garantía provisional, de conformidad con el artículo 103.1 del TRLCSP.
DEFINITIVA: Se exime la constitución de la garantía definitiva en atención a la naturaleza y características del contrato a celebrar cuya ejecución se asegura con la propia celebración del concierto del artista el día 9 de noviembre de 2017, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 95.1 del TRLCSP.
15.- CRITERIOS DE SELECCIÓN Y CAPACIDAD DE CONTRATAR.
Al tratarse de un contrato de exclusividad no es necesario exigir criterios de selección, si bien el licitador deberá cumplir con los requisitos de estar en plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar, y no hallarse comprendidas en ninguno de los casos de prohibiciones para contratar con las Administraciones Públicas establecidos en el artículo 60 del TRLCSP.
16.- CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN.
Al igual que en la cláusula anterior, al tratarse de un contrato de exclusividad no es preceptivo establecer criterios de adjudicación de la oferta.
17.- FASES DE SELECCIÓN:
Tras el estudio de la única oferta presentada se solicitará al licitador la mejora de la misma en el aspecto económico principalmente así como en el resto de aspectos negociables.
Se mantendrá al menos una reunión, de la que se levantará acta suscrita por el técnico representante del departamento promotor de la contratación, técnico representante del Departamento de Contratación, que a su vez ejercerá como Secretario y por el representante de cada licitador presentado, que versará sobre la mejora de la oferta en los aspectos negociables.
18.- ASPECTOS NEGOCIABLES.
Para dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 176 del TRLCSP, se indica que será objeto de negociación:
El precio del contrato, que no podrá superar el tipo máximo de licitación establecido en el Pliego, así como las características técnicas y condiciones intrínsecas al concierto, que determinen la manera más satisfactoria de ejecución de la actuación.
19.- PLAZO DE PRESENTACIÓN DE OFERTAS.
Al efecto se invitará a la única empresa capacitada para la realización del objeto del contrato, concediendo un plazo de 10 días hábiles para la presentación de oferta.
20.- PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES Y DOCUMENTOS.
El expediente de este contrato, con las condiciones y demás elementos, podrá ser examinado en la Oficina Municipal de Contratación durante el plazo de presentación de ofertas, de lunes a viernes desde las 9,00 a las 14,00 horas.
Antes de las 14 horas del último día del plazo que figura en la invitación, el interesado podrá entregar la plica en el Registro General del Ayuntamiento, Xxxxx Xxxxx 0, 00000 Xxxxxxxxxx o se enviará por correo cumpliendo con los requisitos del artículo 80 del R.D. 1098/2001 de 12 de octubre. El anuncio de la presentación de la oferta por correo deberá efectuarse al correo xxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxx.xxx
La proposición del interesado deberá ajustarse a lo previsto en los Pliegos y sus Anexos, y su presentación supondrá la aceptación incondicionada por el empresario del contenido de la totalidad de dichas cláusulas o condiciones, así como xxx xxxxxx de condiciones técnicas, sin salvedad o reserva alguna.
La documentación deberá estar redactada en idioma castellano. Si viniera expresada en otro idioma se tendrá que adjuntar una traducción oficial.
La proposición será secreta y se arbitrarán los medios que garanticen tal carácter hasta el momento en que deba procederse a la apertura de las mismas.
El licitador no podrá presentar más de una proposición, sin perjuicio de la admisibilidad de variantes o mejoras, cuando así se establezca.
Tampoco podrá suscribir ninguna propuesta en unión temporal con otros, si lo ha hecho individualmente, o figurar en más de una unión temporal. La infracción de estas normas dará lugar a la no admisión de todas las propuestas por él suscritas.
La proposición se presentará en dos sobres cerrados y lacrados, identificados en su exterior, con indicación de la licitación a la que concurran y con los siguientes datos:
- Nombre y apellidos o razón social de la empresa.
- CIF o NIF.
- Persona de contacto.
- Dirección Postal.
- Nº de Teléfono, Fax, Correo electrónico.
- En caso de presentarse bajo el compromiso de constituir una UTE, en el sobre figurarán los anteriores datos de todas las empresas que la formen.
- Correo electrónico que será el medio utilizado para efectuar todas las notificaciones en relación a esta licitación y posterior contratación.
Sobre 1. DOCUMENTACION ADMINISTRATIVA
De conformidad con el régimen establecido en el art. 146.4 del TRLCSP, tras la modificación efectuada por el art. 44 de la Ley 14/2013 de 27 de septiembre, de apoyo a emprendedores y su internalización, la documentación administrativa en aquellos contratos NO sujetos a regulación armonizada se efectuará mediante la declaración responsable del licitador indicando que cumple las condiciones establecidas legalmente para contratar con la Administración (está incluido el cumplimiento de la solvencia exigida en el pliego).
No obstante a elección de licitador, podrá presentar copia del certificado de registro en el ROLECE o en el Registro de licitadores de la Comunidad de Madrid, o bien la referencia informática integra, para que este Ayuntamiento pueda consultarlo vía telemática.
La aportación de estas documentaciones o certificaciones deberán ir acompañadas inexorablemente de:
- Si se presenta ROLECE o el Registro autonómico acompañar también la dirección electrónica a efectos de notificación.
El órgano de contratación, en orden a garantizar el buen fin del procedimiento, podrá recabar, en cualquier momento anterior a la adopción de la propuesta de adjudicación, que los licitadores aporten documentación acreditativa del cumplimiento de las condiciones establecidas para ser adjudicatario del contrato.
Resumen de documentación a incluir en el sobre nº 1:
- Declaración responsable, ROLECE o Registro autonómico debidamente cumplimentados.
- Dirección de correo electrónico a efectos de notificación electrónica (si se aporta ROLECE o Registro autonómico).
Sobre 2. OFERTA TÉCNICA Y PROPOSICIÓN ECONÓMICA,
En este sobre deberá introducirse la documentación necesaria para definir y valorar la propuesta presentada, así como la proposición económica que figura en el Anexo I del presente pliego.
La oferta técnica se presentara en papel, firmado por el representante legal de la licitadora y en formato digital (DVD o Pendrive) declarando que la versión impresa y la digital coinciden plenamente.
El licitador deberá indicar aquella parte de la documentación que es confidencial a efectos de posibles impugnaciones en la licitación.
La proposición económica conforme al modelo recogido al final xxx Xxxxxx.
21.- ADJUDICACIÓN.
1) Clasificación de la oferta:
El órgano de contratación previo informe técnico y tras la oportuna negociación con el único licitador aprobará la adjudicación de la proposición.
El órgano de contratación requerirá al licitador elegido para que, dentro del plazo xx xxxx días hábiles a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento presente la documentación justificativa de:
Los documentos que acrediten la personalidad del ofertante y, en su caso, su representación (D.N.I., Escritura de Constitución, Elevación a Público de Acuerdos, Escritura de Poder, representación, etc.). Tratándose de personas jurídicas, el poder deberá estar inscrito en los Registros Oficiales necesarios según su naturaleza (mediante documentos originales o fotocopias debidamente compulsadas por Notario o Director
de la Asesoría Xxxxxxxx, persona en quien delegue o empleados del Registro de Entrada).
La escritura de Poder deberá acompañarse de declaración expresa de que el poder no se encuentra revocado.
Los poderes y documentos acreditativos de la personalidad jurídica se acompañarán bastanteados por la Asesoría Jurídica del Ayuntamiento, a cuyo efecto, deberán ser presentados previamente en la Oficina de Contratación Municipal (3ª planta del edificio del Ayuntamiento). Las personas físicas no han de realizar este trámite.
Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
Póliza del seguro de responsabilidad civil suscrito (incluido el último recibo pagado).
Acreditación por escrito de haber realizado la evaluación de riesgos y la planificación de su actividad preventiva. Asimismo acreditará haber cumplido sus obligaciones en materia de información y formación respecto de los trabajadores que vayan a prestar sus servicios, de acuerdo a lo establecido en el RD 171/2004, de 30 de Enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de riesgos laborales, en materia de coordinación de actividades empresariales.
Certificación relativa al cumplimiento de la obligación de tener empleados, durante la vigencia del contrato, a trabajadores minusválidos en un 2%, al menos, de la plantilla de la empresa, si esta alcanza un número de 50 o más trabajadores y por tanto el contratista está sujeto a tal obligación, de acuerdo con el artículo 38.1 de la Ley 13/1982, de 7 xx xxxxx, de integración social de minusválidos.
Esta certificación podrá sustituirse por una declaración de excepcionalidad y adopción de medidas alternativas, según lo dispuesto en el R.D. 364/2005, de 8 xx xxxxx, por el que se regula el cumplimiento alternativo con carácter excepcional de la cuota de reserva en favor de los trabajadores con discapacidad.
En el caso, de que la Sociedad licitadora no esté obligada al cumplimiento de tener en plantilla el 2% de trabajadores minusválidos por no superar los 50 trabajadores, se deberá aportar una declaración en la que conste tal circunstancia y que se comprometen a cumplir con la legislación vigente.
Cualesquiera otros documentos acreditativos de su aptitud para contratar o de la efectiva disposición de los medios que se hubiesen comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato conforme al artículo 64.2 del TRLCSP que le reclame el Órgano de Contratación.
De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento de presentación de la documentación en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta. Se propondrá, previo informe técnico, nueva adjudicación.
2) Adjudicación:
El órgano de contratación deberá adjudicar el contrato dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción correcta de la documentación.
La adjudicación deberá ser motivada y se notificará a los licitadores y se publicará en el perfil del contratante. Dicha adjudicación deberá expresarse en los términos expuestos en el art. 151 del TRLCSP.
3) Formalización del contrato.
El contrato se perfeccionará con la formalización.
El contrato se firmará dentro de los cinco días siguientes a aquel en que el adjudicatario hubiera recibido el requerimiento, efectuándose dicho requerimiento siempre con carácter posterior al plazo del párrafo anterior y siempre que no se haya interpuesto recurso que implique la suspensión de la formalización, o interpuesto el recurso la formalización haya sido levantada, conforme dispone el art. 156.3 del TRLCSP.
22.- NO FORMALIZACION IMPUTABLE AL CONTRATISTA
Cuando por causas imputables al contratista no pudiera formalizarse el contrato dentro del plazo indicado, se deberá indemnizar a la Administración por los daños ocasionados.
Pasado el plazo de formalización del contrato y en el caso de que no se lleve a efecto, se adjudicará al licitador o licitadores siguientes a aquel, por orden de sus ofertas, contando con la conformidad del nuevo adjudicatario.
23.- RECURSO ESPECIAL EN MATERIA DE CONTRATACIÓN:
Al tratarse de un expediente no sujeto a regulación armonizada no se podrá interponer recurso especial en materia de contratación según lo previsto en el artículo 40 y siguientes del TRLCSP.
24.- DEBERES DEL CONTRATISTA
El contratista estará obligado a:
Ejecutar el contrato de conformidad con el pliego de clausulas administrativas particulares y con el pliego de prescripciones técnicas particulares.
El contratista estará obligado a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello y en todo caso los especificados en su oferta.
El contratista será responsable de la calidad técnica de los trabajos que desarrolle y de las prestaciones y ejecución realizada, así como de las consecuencias que se
deduzcan para la Administración o para terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato.
El contratista deberá cumplir bajo su exclusiva responsabilidad las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y de seguridad e higiene en el trabajo. A la extinción del contrato no podrá producirse, en ningún caso, la consolidación de las personas que hayan realizado los trabajos objeto del contrato como personal del Ayuntamiento.
Será obligación del contratista indemnizar todos los daños y perjuicios que se causen por sí mismo o por personal o medios dependientes del mismo a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato. Cuando tales daños y perjuicios hayan sido ocasionados como consecuencia inmediata y directa de una orden de la Administración será responsable la misma dentro de los límites señalados en las Leyes.
Xxxxx a cargo del contratista el pago de los anuncios y de cuantos otros gastos se ocasionen con motivo de los actos preparatorios y de formalización del contrato, hasta el límite máximo fijado en la cláusula correspondiente.
Todos los gastos de comprobación, dirección, inspección, y liquidación del contrato será asimismo por cuenta del contratista.
Abonar los impuestos, derechos, tasas, compensaciones, precios públicos y demás gravámenes y exacciones que resulten de aplicación, según las disposiciones vigentes, con ocasión o como consecuencia del contrato o de su ejecución, así como abonar cualquier otro gasto que, para la ejecución del contrato, esté incluido en el pliego de cláusulas administrativas particulares.
Llevar a cabo la realización del concierto en todas sus fases, asumiendo los costos, retribuciones, dietas, alojamiento, transportes y viajes de los elementos materiales y su personal (técnico y artístico) necesarios para el espectáculo, responsabilizándose totalmente de los mismos. Asimismo, será responsable de las formalidades y liquidaciones de sus cargas sociales y fiscales y de asegurar a su personal con una entidad de accidentes laborales.
No estar sujeto a cumplimiento de ningún otro con distinta empresa, u otro pormenor, que pudiera ser impedimento para el cumplimiento de éste.
Obtener los permisos y autorizaciones para llevar a cabo el concierto y, en caso de contratación de extranjeros, la obtención de pasaportes, visados y permisos de su personal.
Estar en posesión de la correspondiente autorización del autor o de sus herederos, responsabilizándose directamente frente a cualquier reclamación de terceros, fundada en lesión de derechos de la propiedad intelectual de la obra a ejecutar, manteniendo
indemne al PATRONATO SOCIO-CULTURAL de todos los daños y perjuicios que para la misma puedan derivarse de la interposición de dichas reclamaciones.
Aportar al PATRONATO SOCIO-CULTURAL la ficha técnica del espectáculo, adaptada al espacio escénico con medidas exactas y material necesario para llevar a cabo dicha función, antes del lunes 16 de octubre de 2017, donde se especifiquen sus necesidades y se adjunten:
o Planos de escenografía (planta, alzado y sección).
o Planos de iluminación.
o Distribución de sonido.
o Tiempo y horarios de montaje y desmontaje.
o Personal técnico necesario (maquinaria, electricidad, sonido y cualquier otro).
o Programa de trabajo para el montaje y ensayo del espectáculo.
En caso de que el espectáculo requiera cañón/cañones de seguimiento, CLIPPER’S LIVE S.L. aportará el/los técnico/s necesario/s para su uso.
Que todos los componentes del Grupo estén en Alcobendas (Madrid) el día 9 de noviembre de 2017, comprometiéndose a:
o Comenzar el concierto a la hora acordada.
o Tener el escenario despejado y finalizado, al menos treinta (30) minutos antes del comienzo del concierto.
o Dejar libre el escenario después de los ensayos y concierto y proceder al desmontaje, inmediatamente después de finalizar el concierto. El montaje del espectáculo se efectuará el día 9 de noviembre de 2017 y el desmontaje se efectuará también el día 9 de noviembre de 2017.
CLIPPER’S LIVE S.L. proporcionará el espectáculo totalmente montado, y aportará todos los elementos necesarios para el concierto tales como el material y los equipos xx xxxxx y sonido necesarios. Estos elementos deben estar en perfectas condiciones de uso y cumplir todas las normas de seguridad.
Aportar el elenco del Grupo. La relación nominal del equipo humano será enviada 3 días antes de la actuación.
Hacerse cargo de la gestión de transporte del material y seguro desde el punto de origen hasta el espacio escénico y retorno.
Acatar y cumplir las normas de régimen interno del PATRONATO SOCIO-CULTURAL en el Teatro Auditorio Ciudad xx Xxxxxxxxxx. En especial, CLIPPER’S LIVE S.L. será responsable de cumplir lo establecido en la vigente legislación de Prevención de Riesgos Laborales y del cumplimiento de las normas de Seguridad e Higiene en el
trabajo de sus representados, entre las que se encuentra no fumar en las dependencias municipales.
Mantener los umbrales de presión acústica en un máximo de 90 decibelios SPL en la zona de las butacas de patio del teatro.
25.- OBLIGACIONES DEL PATRONATO SOCIO-CULTURAL
1. Proporcionar a CLIPPER’S LIVE S.L. el espacio escénico, del cual declara conocer y aceptar todas sus características técnicas, desde el día 9 de noviembre de 2017 a las 09:00 horas hasta las 24:00 horas del mismo día.
Descarga | Montaje | Función | Desmontaje y carga | Personal de la compañía | |
Nº personal carga-descarga | 2 | 0 | 0 | 2 | 1 |
Nº maquinistas | 0 | 3 | 3 | 3 | 1 |
Nº técnicos iluminación | 0 | 2 | 2 | 2 | 1 |
Nº técnicos sonido | 0 | 1 | 1 | 1 | 1 |
2. Proporcionar el equipo técnico y humano necesario para la descarga, montaje, ensayos, concierto, desmontaje y carga del espectáculo y consistente en el siguiente número con el horario señalado:
Día, horario y número de trabajadores
3. Aportar el personal de taquilla y xx xxxx necesario para el concierto.
4. Asegurar por contingencia de responsabilidad civil el espacio escénico, no así al personal del Grupo por su estancia y trabajo en los mismos.
5. Abonar los derechos de autor derivados de la comunicación pública de los espectáculos.
6. Establecer los precios de las localidades y la gestión de su venta. Igualmente, el PATRONATO SOCIO-CULTURAL se reserva el derecho a las reducciones en el precio de las localidades por el uso de carnets de socios, abonos o grupos.
7. Poner a disposición de CLIPPER’S LIVE S.L. hasta un máximo de quince (15) localidades gratuitas.
8. Aportar a CLIPPER’S LIVE S.L. ficha técnica del Teatro Auditorio Ciudad xx Xxxxxxxxxx antes del día 16 de octubre de 2017 conteniendo las siguientes condiciones:
- Equipamiento escénico
- Equipo de iluminación y componentes
- Equipo de sonido y componentes
- Plantilla técnica
9. El PATRONATO SOCIO-CULTURAL realizará cuanta publicidad estime oportuna de la actividad, incluida la realizada mediante acuerdos con patrocinadores o asociados.
26.- PROMOCIÒN E IMAGEN
1. CLIPPER’S LIVE S.L. se compromete a que ningún fotógrafo x xxxxxx de vídeo contratado por ella o bajo su control esté autorizado a realizar tomas de imágenes durante el concierto, sin perjuicio de que el Grupo preste su colaboración al PATRONATO SOCIO-CULTURAL en la realización de dichas tomas durante los ensayos o las sesiones pactadas a tal efecto.
2. El PATRONATO SOCIO-CULTURAL autoriza a CLIPPER’S LIVE S.L., mediante el presente compromiso contractual, a la grabación en audio o vídeo de un máximo de tres
(3) minutos del concierto, con fines informativos y sin ánimo de lucro. En este caso, CLIPPER’S LIVE S.L. debe de avisar al PATRONATO SOCIO-CULTURAL con 24 horas de antelación al inicio de la representación.
3. El presente compromiso contractual no supone derecho de emisión o reproducción del concierto para fines comerciales por medio alguno, incluyendo radio, televisión o cine, salvo consentimiento previo, expreso y por escrito CLIPPER’S LIVE S.L. en hoja anexa a este compromiso contractual.
4. En el caso de que CLIPPER’S LIVE S.L. desee situar publicidad sobre el escenario y/o en el xxxx del Teatro, así como piezas publicitarias realizadas en cualquier soporte, tendrá que contar con la autorización expresa del PATRONATO SOCIO-CULTURAL. En este apartado se incluyen los mensajes publicitarios sonoros y/o audiovisuales.
5. El montaje de tiendas o la venta de productos de CLIPPER’S LIVE S.L. en cualquier lugar del Teatro Auditorio Ciudad xx Xxxxxxxxxx deberá ser autorizado por el PATRONATO SOCIO-CULTURAL por escrito.
En virtud de lo anterior, CLIPPER’S LIVE S.L. tiene expresamente prohibido la realización de cualquier actividad, directa o indirectamente, por medio de la cual pueda asociarse el nombre o imagen del PATRONATO SOCIO-CULTURAL o del Teatro Auditorio Ciudad xx Xxxxxxxxxx, a menos que expresamente se pacte en este compromiso contractual
27.- SUSPENSIÓN DEL CONCIERTO
1. CLIPPER’S LIVE S.L. tendrá la facultad de resolver el presente contrato, recuperando los derechos cedidos al PATRONATO SOCIO-CULTURAL para sí o para un tercero, y sin perjuicio de recibir la totalidad de la contraprestación económica pactada en la cláusula tercera, en los siguientes casos:
1.1 La falta de pago en la forma y plazos señalados en la cláusula cuarta que conforman el presente contrato.
1.2 Por la suspensión y/o cancelación del concierto por causas imputables, o que estén bajo el control del PATRONATO SOCIO-CULTURAL, incluyendo que las instalaciones no reúnan las características técnicas, ni de seguridad, ni los servicios necesarios para poder celebrar el concierto.
1.3 Por el incumplimiento por parte del PATRONATO SOCIO-CULTURAL de los compromisos y obligaciones que asume por el presente contrato y anexos que forman parte inseparable del mismo, así como por contravenir cualquiera de los pactos que conforman el presente contrato.
2. En caso de suspensión y/o cancelación del concierto por:
2.1 Causas imputables o bajo el control de CLIPPER’S LIVE S.L., éste deberá reintegrar al PATRONATO SOCIO-CULTURAL las cantidades recibidas.
2.2 Causas ajenas y que no estén bajo el control del PATRONATO SOCIO-CULTURAL, causas fortuitas y/o de fuerza mayor, el PATRONATO SOCIO-CULTURAL abonará a CLIPPER’S LIVE S.L. la totalidad de la contraprestación económica pactada. CLIPPER’S LIVE
S.L. recomienda al PATRONATO SOCIO-CULTURAL obtener el correspondiente seguro de suspensión y/o cancelación, incluyendo que dicha suspensión sea por causas meteorológicas. No obstante, ambas parten intentarán siempre, en caso de cancelación, como primera opción, buscar una fecha alternativa al concierto.
2.3 Causas de enfermedad o fuerza mayor justificada de XXXXXXX XXXXXX o equipo artístico y técnico que le impida al ARTISTA cumplir los compromisos adquiridos, XXXXXXX’X LIVE S.L. se compromete a presentar los oportunos justificantes y a determinar, de común acuerdo con el PATRONATO SOCIO-CULTURAL la realización de una nueva actuación dentro de un plazo máximo de 1 mes conforme a las condiciones iniciales y previstas en el presente, siendo potestad exclusiva de CLIPPER’S LIVE S.L. la decisión final de la fijación de la nueva fecha de celebración del concierto. En caso de que no sea posible el aplazamiento y/o realización de un nuevo concierto, CLIPPER’S LIVE S.L. devolverá al PATRONATO SOCIO- CULTURAL las cantidades percibidas, sin que el PATRONATO SOCIO-CULTURAL tenga derecho a indemnización alguna.
FUERZA MAYOR
1. Si las obligaciones asumidas por las partes en virtud de este compromiso contractual fueran imposibles de cumplir o sufrieran un retraso por causa de fuerza mayor, se entenderá que CLIPPER’S LIVE S.L. y PATRONATO SOCIO-CULTURAL están liberados del cumplimiento de dichas obligaciones durante el periodo de tiempo en que subsista la fuerza mayor.
2. Se entenderán como supuestos de fuerza mayor sucesos como incendios, catástrofes naturales, guerras, actos vandálicos o de terrorismo, huelga de los servicios públicos, huelga de personal, prohibición de las representaciones por parte de la autoridad competente y, en general, todas aquellas que no se pudieran evitar.
3. En caso de fuerza mayor, las previsiones contenidas en la cláusula vigésimo séptima del presente plieogo en concepto de indemnizaciones no serán de aplicación, sin perjuicio de la compensación por los gastos efectivamente ocurridos hasta el momento de la suspensión por esta causa debidamente justificada. La parte que alegue la fuerza mayor deberá justificarla convenientemente a la otra.
28.- RESPONSABLE DEL CONTRATO
Se designa a un responsable del contrato al que le corresponderá supervisar su ejecución y adoptar las decisiones y dictar las instrucciones necesarias con el fin de asegurar la correcta realización de la prestación pactada, dentro del ámbito de facultades que se le atribuyan. Dicho responsable será Xxxx Xxxx Xxxxxx.
29.- COMPROBACIONES A LA RECEPCIÓN DEL CONTRATO Y PROPIEDAD DEL TRABAJO
El resultado del contrato será propiedad del Ayuntamiento, pudiendo recabar en cualquier momento los documentos que lo integren.
El contratista tendrá la obligación de entregar al Ayuntamiento todos los datos empleados durante el desarrollo del objeto del contrato. Asimismo, los derechos de explotación del contrato quedaran de propiedad exclusiva del Ayuntamiento, sin que puedan ser reproducidos total o parcialmente sin previa y expresa autorización del órgano de contratación.
Especialmente se considera en todo momento propiedad del Ayuntamiento cualquier base de datos, digital o analógica vinculada a la prestación objeto del contrato.
30.- MODIFICACIÓN DEL CONTRATO.
Una vez perfeccionado el contrato el Ayuntamiento podrá modificar por razón de interés público las características del mismo, dentro de los límites y con sujeción a los requisitos señalados en los artículos 211 y 219 del TRLCSP y en la demás legislación vigente.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 106 del TRLCSP, el presente contrato podrá ser objeto de modificación en los siguientes supuestos especiales:
En caso de que durante la vigencia del contrato el Ayuntamiento tuviese que transferir sus competencias a otra administración o asumirlas por forma de gestión especializada, variasen las instalaciones o edificios utilizados en la prestación del contrato se podrá modificar el contrato sin indemnización alguna para el contratista.
31.- RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
Serán casusa de resolución del contrato las establecidas en los artículos 223 del TRCLSP con los efectos previstos en los artículos 225 del mismo texto legal, así como las siguientes:
La pérdida sobrevenida de los requisitos para contratar con la Administración
El incumplimiento de las limitaciones establecidas en materia de subcontratación sin perjuicio de las penalidades, que en su caso, se puedan imponer, conforme a lo establecido en la cláusula correspondiente.
La obstrucción a las facultades de dirección e inspección de la Administración
El incumplimiento de la obligación del contratista de respetar el carácter confidencial respecto de los datos o antecedentes que, no siendo públicos o notorios, estén relacionados con el objeto del contrato y de los que tenga conocimiento con ocasión del mismo, siendo de aplicación lo establecido en el art. 140 del TRLCSP.
Si no se prorrogase el convenio o subvención de la Comunidad de Madrid o Administración que corresponda que permita la financiación del presente contrato.
En caso de que durante la vigencia del contrato el Ayuntamiento perdiese o tuviese que transferir por mandato legal o reglamentario las competencias a las que se vinculan determinadas instalaciones y/o edificios incluidos en el objeto del contrato, que hagan imposible la continuidad del contrato.
El incumplimiento de las condiciones esenciales del contrato. A estos efectos se entienden por condiciones esenciales del contrato las siguientes:
o Los medios personales y/o materiales que el licitador incluya en su propuesta
o La subcontratación sin autorización por parte de la Administración
o Condiciones de pago a los subcontratistas o suministradores
o Alteración de las condiciones ofertadas en su proposición
Previo acuerdo de autorización de la Junta de Gobierno Local, la resolución deberá de acordarse por el órgano de contratación, sin más trámite que la audiencia al interesado, según lo establecido en el artículo 109 del RGLCAP. Solo cuando éste formule oposición será preceptivo el dictamen de la Comisión Jurídica Asesora de la Comunidad de Madrid.
En caso de resolución por incumplimiento culpable del contratista, este deberá indemnizar a la Administración los daños y perjuicios ocasionados. La indemnización se hará efectiva sobre la garantía, sin perjuicio de la subsistencia de la responsabilidad del contratista en lo que se refiere al importe que exceda del de la garantía incautada.
32.- RIESGO Y XXXXXXX.
El contrato se entiende a "riesgo y xxxxxxx" del contratista, sin que éste pueda solicitar alteración del precio e indemnización a causa de pérdidas, averías o perjuicios ocasionados a los servicios, si no se da causa de fuerza mayor.
33.- INTERPRETACIÓN.
El Órgano de Contratación ostenta la prerrogativa de interpretar el contrato administrativo que se derive de este contrato y resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento, en virtud de lo dispuesto en el artículo 210 TRLCSP. Para la resolución de las incidencias surgidas durante la ejecución del contrato se estará a lo dispuesto en el artículo 97 del Reglamento.
34.- CONFIDENCIALIDAD Y PROTECCIÓN DE DATOS.
El contratista y el personal encargado de la realización de los trabajos guardarán secreto profesional sobre toda la información que recaben y documentos que generen, así como de los asuntos a los que tengan acceso o conocimiento durante la vigencia del contrato, estando obligados a no hacer públicos o enajenar cuantos datos conozcan como consecuencia o con ocasión de su ejecución, incluso después de finalizar el plazo contractual.
Asimismo el contratista quedará obligado al cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y en concreto a lo referente al cumplimiento de las medidas de seguridad establecidas y al deber xx xxxxxxx profesional, asumiendo las responsabilidades que por su incumplimiento le incumban.
35.- RECURSOS
En los supuestos previstos en el art. 40 del TRLCSP, procederá con carácter potestativo la interposición del recurso administrativo especial en materia de contratación previo al contencioso administrativo, en el plazo de quince días, en los términos previstos en el art. 44 del TRLCSP.
Para aquellos supuestos no contemplados en el citado artículo y de conformidad con lo establecido en los artículos 123 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, cabrá la interposición del recurso potestativo de reposición previo al Contencioso administrativo, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación del acto objeto del recurso.
36.- JURISDICCIÓN COMPETENTE.
Conforme al artículo 20.2) del TRLCSP y por tratarse de un contrato privado el procedimiento seguirá, en cuanto a su preparación y adjudicación, lo dispuesto en dicho Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre y sus normas de desarrollo, siendo susceptible de impugnación frente a los Juzgados de lo Contencioso Administrativo de Madrid y en cuanto a sus efectos y extinción por el derecho privado, por lo que en caso de litigio se resolvería por los Juzgados Civiles del término municipal xx Xxxxxxxxxx, o en su caso los que correspondan.
37.- LEGISLACION APLICABLE.
En lo no previsto en los Pliegos, será de aplicación lo dispuesto en:
- Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
- Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.
- Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.
- Texto Consolidado del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, de 5 de septiembre de 2.015.
- Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, Reglamento de desarrollo de la Ley de Protección de Datos de Carácter Personal.
- La vigente legislación y normativa en materia laboral, de seguros sociales, contratación de personal, seguridad e higiene en el trabajo, accesibilidad y construcción y lo que dispongan las leyes protectoras de la industria comunitaria.
- Ordenanzas e instrucciones técnicas municipales vigentes.
38.- DOCUMENTOS QUE TIENEN CARÁCTER CONTRACTUAL.
Además del presente Xxxxxx tendrán carácter contractual los siguientes documentos:
El Pliego de Condiciones Técnicas.
Los Anexos.
El documento en que se formalice el contrato.
La oferta técnica y económica del adjudicatario.
39.- DEVOLUCIÓN DE DOCUMENTACIÓN.
La documentación administrativa y técnica de los licitadores no adjudicatarios se devolverá tras la adjudicación del contrato al licitador interesado que así lo solicite, en el plazo de 10 días naturales a contar desde la notificación de aquella resolución. En el caso de no recibir tal solicitud se procederá a su destrucción sin más trámite.
ANEXO I
MODELO DE PROPOSICIÓN
D. con domicilio en y D.N.I. nº , en plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar, en nombre
propio o en representación de -----------------------------------------, según se acredita debidamente, hace constar:
1º) Que enterado xxx Xxxxxx de Cláusulas Económico – Administrativas aprobados por el Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx, que ha de regir en el contrato PRIVADO consistente en
…………….., lo acepta íntegramente, presenta oferta ajustada a las condiciones señaladas en el mismo y solicita sea admitido a la licitación que se convoca.
2º) Que ofrece como precio para la ejecución del contrato citado la cantidad de
......................................................... euros POR LA EJECUCIÓN TOTAL DEL CONTRATO,
más el IVA correspondiente, que asciende a euros. Siendo el
importe total del contrato, IVA incluido de
........................................................................................... euros.
(expresar en letra y número)
3º) Que se compromete a cumplir las prestaciones objeto del mencionado Pliego, así como al cumplimiento de la legislación vigente que resulte de aplicación directa o subsidiaria.
En ..............., a ... de de 20…
Firma
ANEXO II
MODELO DE PRESENTACIÓN DE PROYECTO TÉCNICO
D. con domicilio en y D.N.I. nº , en plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar, en nombre
propio o en representación de -----------------------------------------, según se acredita debidamente, hace constar:
Que enterado xxx Xxxxxx de Cláusulas Económico – Administrativas aprobado por el Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx, que ha de regir el procedimiento NEGOCIADO, mediante la selección de la oferta económica más ventajosa para la adjudicación de la
………………………………………………., lo acepta íntegramente y presenta proyecto técnico que se acompaña, declarando que la versión impresa y la versión digital aquí inserta coinciden plenamente.
INSERTE AQUÍ EL DVD O PENDRIVE, INDICANDO EN SU CASO LA CLAVE DE ACCESO
En ...................................., a ................... de ......................... de 201… .
Firma y sello de la
empresa
ANEXO III
Modelo de declaración responsable del cumplimiento de las condiciones exigidas en la Modalidad Simplificada para contratar con el Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx.
D. , con domicilio a
efectos de notificaciones en y D.N.I.
teléfono Fax , email
por sí o en representación de (según xxxxxxx)
con domicilio en
NIF Teléfono número y enterado de los Pliegos de Cláusulas Administrativas y Técnicas que han de regir en la “CONTRATACIÓN DE
DECLARA:
- Que la entidad por mí representada reúne las condiciones para contratar y que cuando sea requerido por el Ayuntamiento o en caso de resultar licitador a cuyo favor recaiga la propuesta de adjudicación y se compromete a acreditar la posesión y validez de los documentos exigidos en el art. 146.1 del TRLCSP, en el plazo xxxxxx xx xxxx días hábiles desde la notificación de la propuesta de adjudicación.
- Que cumple con la las obligaciones dispuestas en el Real Decreto Legislativo 1/2003 o en su caso con el R.D. 364/2005, de 8 xx xxxxx y con la Ley Orgánica 3/2007.
- Que su finalidad o actividad tiene relación directa con el objeto del contrato y que dispone de una organización con elementos personales y materiales suficientes para la debida ejecución del contrato por lo que se acompañan los documentos acreditativos de la solvencia técnica y económica.
- Que se halla al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias, de Seguridad Social y de seguridad, salud en el trabajo y prevención de riesgos laborales, impuestas por las disposiciones legales vigentes.
- Que conociendo los pliegos que rigen la presente contratación, se compromete a su realización con sujeción estricta a éstos, a la propuesta técnica en la ejecución del contrato y a la oferta económica que se presentan.
- Que identifica como dirección electrónica para la realización de notificaciones a través de medios telemáticos, en cualquier materia relacionada con esta contratación la siguiente:
- Que la Empresa o Trabajador Autónomo, en lo sucesivo Empresa, para su labor en el Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx y/o Patronatos, cumple con todo lo previsto en su
sector por la Reglamentación vigente de Prevención de Riesgos Laborales (Ley 31/1995) estando en posesión de cuantas acreditaciones legales son necesarias en la actualidad.
- Que la Empresa se compromete en caso de adjudicación al estricto cumplimiento de las medidas de coordinación previstas en el art. 24 de la ley 31/95, de Prevención de Riesgos Laborales y en el R.D. 171/2004, de 30 de enero por el que se desarrolla dicho artículo.
- Que la Empresa cumple con los requisitos establecidos en el Reglamento de los Servicios de Prevención (R.D. 39/1997 de 17 de enero y sus posteriores modificaciones Real Decreto 780/1998 y R.D. 604/2006), y asume como propio el Servicio de Prevención o contrata dichas funciones con un Servicio de Prevención Ajeno.
- Que la Empresa dispone de un Plan de Prevención acorde a lo dispuesto en la Ley de Prevención de Riesgos Laborales y sus disposiciones de desarrollo.
- Que la Empresa dispone de la Evaluación de Riesgos de los puestos de trabajo a desarrollar por los trabajadores de dicha Empresa en los centros de trabajo del Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx y Patronatos, así como de las medidas de prevención y protección necesarias para evitar dichos riesgos.
- Que la Empresa informará de los posibles riesgos que afecten al personal del Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx y Patronatos o a trabajadores de otras empresas concurrentes como consecuencia de las operaciones o trabajos que deba de realizar su personal en nuestras instalaciones.
- Que la Empresa comunicará a sus propios trabajadores la información proporcionada por el Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx y Patronatos.
- Que la Empresa ha formado e informado a los trabajadores que llevarán a cabo las actividades en el Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx y Patronatos de los riegos generales y específicos de su puesto de trabajo, así como en Prevención de Riesgos Laborales.
- Que la Empresa ha proporcionado a sus trabajadores tanto las medidas de protección colectiva, como los Equipos de Protección Individual (EPIS) necesarios para desarrollar sus tareas, así como los equipos de trabajo y productos, debidamente certificados, y todo ello conforme a las exigencias legales existentes y en vigor.
- Que la Empresa ha realizado la Vigilancia de la salud de los trabajadores a su cargo, conforme a los protocolos sanitarios establecidos y en función a los riesgos específicos.
- Que la Empresa realiza el estudio y control de siniestralidad de sus trabajadores.
- Que la Empresa contratista en caso de realizar subcontrataciones, hace extensivo las mismas obligaciones para éstas, siendo el contratista el responsable de la recopilación de la documentación y de la vigilancia de su cumplimiento. Así mismo, en el caso en el que se subcontrate en el sector de la construcción se deberá cumplir con lo recogido en la Ley 32/2006, reguladora de la subcontratación en el sector de la construcción.
- Que la Empresa designará los Recursos Preventivos para su presencia en el centro de trabajo del Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx y Patronatos, cuando sea necesario conforme establece la Ley 54/203 de Reforma del Marco Normativo de la Prevención de Riesgos Laborales (Ley 31/1995), y RD 39/1997 y su posterior modificación por el RD 604/2006.
- Que la Empresa comunicará de inmediato al Servicio de Prevención de Riesgos Laborales del Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx y Patronatos de cualquier incidente y/o accidente que signifique o pudiera haber significado daño para la salud, tanto de sus trabajadores como cualquier otra persona existente en al Ayuntamiento o Patronatos, así como cualquier situación de emergencia o riesgo detectado en el centro de trabajo.
Y para que así conste y surta los efectos oportunos, expido y firmo la presente, en Alcobendas, a de de 2.01_
(Firma)
Representante y/o Administrador DNI … Firma y sello.
ANEXO IV
MODELO DE AVAL
La entidad (razón social de la entidad de crédito o sociedad de garantía recíproca)..........................................................., con N.I.F. ..................... y domicilio (a
efectos de notificaciones y requerimientos) en .............................. la calle/plaza/avenida
................... C.P. ................... y en su nombre y representación ....................................
(nombre y apellidos de los apoderados), con poderes suficientes para obligarle en este acto, según resulta de la verificación de la representación de la parte inferior de este documento, AVALA
A: (nombre y apellidos o razón social del avalado)......................................., N.I.F.
..................................., en virtud de lo dispuesto por (artículos 95 y siguientes para constituir la garantía definitiva y artículo 103 para constituir la garantía provisional) del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, y artículo 55 y siguientes del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, para responder de las obligaciones siguientes: (detallar el objeto de la garantía y obligación asumida por el garantizado),
.............................................................................................., ante el Ayuntamiento xx
Xxxxxxxxxx por importe de (en letra).....................euros, (en cifra) euros.
Este aval se otorga solidariamente respecto al obligado principal, con renuncia expresa al beneficio de excusión y con compromiso de pago al primer requerimiento del Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx, con sujeción a los términos previstos en el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público y Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
La presente garantía estará en vigor hasta que el Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx, o quien en su nombre sea habilitado legalmente para ello, autorice su cancelación o devolución de acuerdo con lo establecido en la citada Ley de Contratos y legislación complementaria.
Fecha.......................................
Razón social de la entidad.......
Firma de apoderados...............
VERIFICACIÓN DE LA REPRESENTACIÓN POR LA ASESORÍA JURÍDICA DE LA CGD O ABOGACÍA DEL ESTADO