OFERENTES
Bogotá D.C.
Señores:
OFERENTES
ASUNTO: INVITACIÓN A OFERTAR No. 013/2024 “CONTRATAR LOS SERVICIOS DE IMPRESIÓN, ESCÁNER Y FOTOCOPIADO MEDIANTE EL SISTEMA DE OUTSOURCING.”
Documento firmado electrónicamente - 2024-05-06 15:41:46
INFORMACIÓN DE LA INVITACIÓN
1. OBJETO
Contratar los servicios de impresión, escáner y fotocopiado mediante el sistema de outsourcing.
PLAZO Y LUGAR DE EJECUCION
Doce (12) meses, contados a partir de la suscripción del acta de inicio, previo cumplimiento de los requisitos de perfeccionamiento y ejecución.
Lugar de ejecución:
Bogotá D.C. - Terminal de Transporte S.A.
PRESUPUESTO OFICIAL ESTIMADO
Para el presente proyecto, se estima como presupuesto oficial la suma VEINTIOCHO MILLONES OCHOCIENTOS MIL PESOS M/CTE ($28.800.000) incluidos XXX e Impuestos a que haya lugar, para toda la vigencia del contrato, y serán distribuidos así:
De los cuales CATORCE MILLONES CUATROCIENTOS MIL PESOS ($14.400.000) están
aprobados con el presupuesto de la vigencia 2024, y el saldo de CATORCE MILLONES CUATROCIENTOS MIL PESOS M/CTE (14.400.000) se incluirán en el presupuesto de la vigencia 2025. Será responsabilidad del supervisor del contrato, realizar los trámites pertinentes para dicha gestión.
Lo anterior, en consideración a lo establecido en concepto emitido por la Secretaría Distrital de Hacienda Rad:2021EE28225001 del 13/12/2021 en la que la Terminal de Transporte S.A. solicito la siguiente información: “5. ¿Puede la Terminal de Transporte S.A. realizar contratación de presupuestos de vigencias futuras sin aprobación en el presupuesto del año en que se celebra el contrato?” respuesta: “De conformidad con lo señalado por el Manual de Contratación de la Terminal de Transporte S.A., se puede efectuar contratación que se ejecute en diferentes vigencias, pero el primer año deben contar con recursos, los cuales deben estar respaldados en el respectivo certificado de disponibilidad presupuestal.”
JUSTIFICACIÓN O ANÁLISIS DEL VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO O PRESUPUESTO OFICIAL.
Para la determinación del presupuesto oficial se analizó el mercado a través de la solicitud de cotizaciones y la consulta de contrataciones con objeto similar en la plataforma SECOP II, información que se encuentra incluida en el estudio xx xxxxxxx y estudio del sector, documentos que hacen parte integral del presente proceso de selección que se publica.
FORMA DE PAGO
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La Terminal de Transporte S.A. cancelará el valor del contrato en pagos mensuales incluido IVA de acuerdo con la cantidad de fotocopias, impresiones y scanner que se registren en cada uno de los equipos, previo cumplimiento de los requisitos de perfeccionamiento y ejecución del mismo.
Los pagos se realizarán dentro de los treinta (30) días siguientes a la radicación de los siguientes documentos:
1. Factura electrónica de acuerdo a la normatividad vigente, en donde se relacionen los servi- cios efectivamente prestados.
2. Informe detallado con consolidado mensualmente del consumo de impresiones, fotocopiado y escáneres de cada uno de los usuarios asociados a cada máquina.
3. Certificado expedido por el supervisor del contrato, en donde conste el cumplimiento del servicio efectivamente prestado y producto objeto de pago, acorde a las obligaciones del contrato y su alcance.
4. Acreditación del pago de aportes de seguridad social integral, de acuerdo con lo señalado en la normatividad vigente.
Nota 1: La facturación debe expedirse y radicarse hasta el día veinticinco (25) de cada mes dentro del horario hábil, es decir, hasta las 5:00 p.m., de lo contrario deberá expedirse en el mes siguiente. Las facturas podrán ser recepcionadas en el siguiente correo electrónico: xxxxxxxxxxxxxxx.xxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx
Nota 2: La Terminal de Transporte S.A. no se hace responsable por las demoras presentadas en el trámite para el pago al Contratista cuando ellas sean ocasionadas por encontrarse incompleta la documentación soporte o por no ajustarse a cualquiera de las obligaciones establecidas en el presente contrato o en la oferta presentada.
Nota 3: La Terminal de Transporte S.A. hará las retenciones a que haya lugar sobre el pago de acuerdo a las disposiciones legales vigentes.
Nota 4: Si la(s) factura(s) no ha(n) sido correctamente elaborada(s), o no se acompañan los documentos requeridos para el pago, el término para este solo empezará a contarse desde la fecha en que se presenten debidamente corregidas, o desde que se haya aportado el último de los documentos solicitados.
Las demoras que se presenten por estos conceptos serán de responsabilidad del contratista y no tendrá por ello, derecho al pago de intereses o compensación de ninguna naturaleza.
PLAZOS DEL PROCESO
ACTIVIDAD | FECHA |
Fecha límite para presentar observaciones Al correo electrónico: xxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx | 09/05/2024 - 4:00 p.m. |
Fecha para contestar observaciones Por el correo electrónico: xxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx | 10/05/2024 |
Fecha límite de presentación de ofertas Al correo electrónico: xxxxxx.xxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx | 15/05/2024 - 4:00 p.m. |
Fecha límite para evaluación de las ofertas y solicitud de subsanaciones Por el correo electrónico: | 17/05/2024 |
Fecha límite para presentar subsanaciones Por el correo electrónico: xxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx | 21/05/2024 - 4:00 p.m. |
Fecha para solicitar el último lance de ofertas Por el correo electrónico: xxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx | 22/05/2024 |
Fecha límite para presentar ofertas último lance Al correo electrónico: xxxxxx.xxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx | 23/05/2024 - 4:00 p.m. |
Fecha estimada de aceptación de oferta Por el correo electrónico: xxxxxx.xxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx | 30/05/2024 |
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PERFIL ESPECIFICO
Podrán participar las personas jurídicas nacionales o extranjeras directamente o a través de consorcios o Uniones Temporales debidamente registradas ante Cámara de Comercio, cuya actividad comercial se encuentre directamente relacionada con el objeto a contratar, con una vigencia mínima de término de ejecución del contrato y tres (3) años más.
Como criterios de evaluación de las propuestas técnicas, se tomarán los factores de calificación destinados a valorar los aspectos técnicos de la oferta que permitan escoger la oferta más favorable para la entidad, con el fin de brindar las mejores condiciones para la ejecución del contrato y la calidad del servicio.
El proponente deberá presentar Anexo “DECLARACIÓN JURAMENTADA - COMPROMISOS AMBIENTALES”, debidamente diligenciada y suscrita por el representante legal.
EXPERIENCIA MÍNIMA HABILITANTE. (CUMPLE/NO CUMPLE)
El oferente deberá acreditar experiencia que esté relacionada directamente con el objeto del contrato, mediante la presentación de máximo tres (3) certificaciones de contratos suscritos y terminados a satisfacción, donde la sumatoria sea igual o superior al presupuesto oficial.
El oferente deberá presentar la certificación de fabricante y/o distribuidor autorizado con el fin de demostrar el año de fabricación de los equipos.
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El proponente deberá presentar Ficha Técnica de la impresora en la que se pueda constatar las especificaciones técnicas.
CONDICIONES DE ACREDITACIÓN DE EXPERIENCIA
Para acreditar la experiencia específica el proponente deberá dar cumplimiento a las siguientes reglas:
1. No presentar un contrato más de una vez. En caso de darse lugar a dicha situación, la Terminal de Transporte S.A., considerará el contrato por una sola vez.
2. Los documentos que soporten la información relacionada en el anexo de experiencia específica deberán contener la siguiente información:
• Nombre del proponente y de sus miembros, junto con la discriminación de la participación de cada miembro en los casos de uniones temporales o consorcio
• Objeto y/o alcance del contrato
• Fecha de inicio
• Fecha de terminación
• Actividades desarrolladas en la ejecución del contrato
• Valor total del contrato (incluido IVA y sus reformas si aplica).
3. Los Proponentes deben acreditar la información mediante la presentación de los siguientes documentos:
✓ Certificaciones de contratos suscritos, ejecutados, terminados y recibidos a satisfacción, contados a partir de la fecha establecida para la entrega de ofertas.
✓ Demás documentos legales que permitan a la entidad verificar la información exigida.
4. Si en un mismo documento se presenta la acreditación de la experiencia en más de un contrato, se tomará cada contrato como una (1) certificación de experiencia.
Nota 1. Se aclara que las exigencias en la experiencia radican en la necesidad de identificar ejecuciones que hayan sido recibidas a plena satisfacción, lo cual sirve de respaldo en la elección objetiva del ejecutor. Dicho soporte de recibo lo otorgan las respectivas actas de terminación a satisfacción, acta final y/o liquidación de contratos, por ende, no se acepta experiencia de contratos en ejecución.
Nota 2. Las certificaciones que no cumplan con la totalidad de los requisitos y condiciones exigidos
para ellas, o que no se anexen o no contengan la totalidad de la información solicitada, no se tendrán en cuenta para efecto de verificar la experiencia mínima específica del oferente.
Nota 3. Si las certificaciones aportadas contienen terminología o palabras distintas a las aquí contempladas, se verificará el objeto, el alcance y la descripción de los trabajos ejecutados.
REQUISITOS HABILITANTES JURIDICOS (CUMPLE/ NO CUMPLE)
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Podrán participar en el presente proceso, las personas jurídicas nacionales, cuyo objeto social se relacione con el objeto de la presente contratación, que no se encuentren incursas en causales de inhabilidad e incompatibilidad previstas en la Constitución y la Ley.
El objeto social de cada proponente ya sea persona jurídica, deberá estar relacionado con el objeto del presente proceso de selección.
CAPACIDAD JURIDICA
La capacidad jurídica y la experiencia de los proponentes, será objeto de verificación de cumplimiento como requisitos habilitantes para la participación en la presente invitación:
a) Se estudiarán y analizarán los documentos, formalidades y especificaciones legales relacionadas en el presente documento, verificando su estricto cumplimiento. Serán descartadas las propuestas que no cumplan con los citados requisitos y por ello no se sujetarán a evaluación.
b) Podrá participar en el proceso de invitación privada toda persona natural y/o jurídica, nacional o extranjera, que dentro de su objeto social pueda desarrollar las actividades que la Terminal de Transporte S.A. requiere contratar y que reúna los requisitos que se enuncian en el presente numeral.
c) Tener capacidad para contratar conforme a las normas legales (Código Civil, Código de Comercio y demás normas complementarias, así como el artículo 6° de la Ley 80 de 1993).
d) No encontrarse incurso en causal alguna de inhabilidad y/o incompatibilidad para contratar, previstas en la Constitución Política, los artículos 8° y 9° de la Ley 80 de 1993, en el artículo 18 de la Ley 1150 de 2007, la Ley 1296 de 2009, los artículos 1°, 2° y 90 de la Ley 1474 de 2011, y demás normas pertinentes, ni encontrarse en conflicto de intereses con la Terminal de Transporte S.A. Dicha situación se entenderá declarada por el proponente bajo el juramento con la firma de la propuesta o del contrato, según el caso.
e) Cuando el oferente sea una persona jurídica nacional o extranjera, su duración no deberá ser inferior al plazo de ejecución del contrato y hasta su liquidación y un (1) año más, contado a partir de la fecha de entrega de propuestas del presente proceso.
f) El Representante Legal de la persona jurídica debe estar debidamente facultado o autorizado mediante documento para participar en el presente proceso, presentar la oferta y celebrar el contrato en el evento de resultar adjudicatario.
El proponente deberá aportar con su oferta la siguiente documentación:
✓ Carta de presentación de la Propuesta (ANEXO No. 1)
✓ Oferta económica (ANEXO No. 2)
✓ Certificado de Existencia y Representación Legal del Proponente y/o Registro Mercantil cuya fecha de expedición no podrá ser superior a 30 días contados desde la fecha del cie - rre del proceso.
✓ Autorización de la Junta Directiva de Socios o Asamblea General (si lo requiere).
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✓ Certificado suscrito por el Revisor Fiscal, cuando éste exista de acuerdo con los requeri- mientos de la Ley, o por el Representante Legal, donde se certifique el pago de los aportes de sus empleados a los sistemas de salud, pensiones y riesgos laborales, y aportes a las Cajas de Compensación Familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar - ICBF y Ser- vicio Nacional de Aprendizaje - SENA, según corresponda de conformidad con la normati- vidad vigente y copia de la planilla de pago de aportes del último mes pagado. (ANEXO No. 6)
✓ Documento Consorcial (ANEXO No. 7) Si lo requiere.
✓ Unión Temporal (ANEXO No. 8) Si lo requiere.
✓ Registro único Tributario (RUT): Los proponentes deberán adjuntar junto con su propuesta el Registro único tributario emitido por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales DIAN.
✓ Fotocopia de la Cedula de Ciudadanía del representante legal.
✓ Libreta Militar (Persona natural).
✓ Certificado del Sistema de Información y Registro de Sanciones y Causas de Inhabilidad- SIRI-vigente, expedido por la Procuraduría General de la Nación de la sociedad.
✓ Boletín de responsables Fiscales, expedido por la Contraloría General de la República de la sociedad.
✓ Certificado del Sistema de Información y Registro de Sanciones y Causas de Inhabilidad- SIRI-vigente, expedido por la Procuraduría General de la Nación, Boletín de responsables Fiscales, certificado de antecedentes judiciales, certificado de antecedentes de Personería de Bogotá y certificado de medidas correctivas del representante legal y certificado de no existencia de multas policiales en los términos de la ley 1801 del representante legal.
✓ Compromiso de transparencia. (ANEXO no. 3)
✓ Acuerdo de compromiso Antisoborno (ANEXO No. 9)
✓ Declaración juramentada – Compromisos ambientales. (ANEXO No.10) Se deberá adjuntar la documentación requerida establecida en el ANEXO No. 5 CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA.
La carta de presentación de la propuesta deberá ser diligenciada según el ANEXO No. 1 adjunto a las condiciones de contratación, firmada por el representante legal de la persona jurídica, o por la persona natural según corresponda, o por el apoderado debidamente constituido, quien debe estar facultado para participar en la presente Invitación Privada.
Para el último caso, deberá anexar el poder correspondiente con la manifestación expresa de las facultades otorgadas y sus limitaciones.
El representante legal del proponente debe adjuntar copia de la cédula de ciudadanía.
CERTIFICADO DE EXISTENCIA Y REPRESENTACIÓN LEGAL
El oferente deberá estar constituido como persona jurídica, deberá presentar el certificado de existencia y representación legal expedido por la Cámara de Comercio de su domicilio principal, con fecha no superior a treinta (30) días calendario de antelación a la fecha de cierre, en el que conste que se encuentra legalmente constituida como tal y se acredite que su duración no será
inferior al término de ejecución del contrato y tres (3) años más. Dentro del objeto social el oferente deberá tener incluidas las actividades principales objeto del presente proceso de selección.
Cuando el oferente obre por conducto de un representante o apoderado, allegará con su propuesta copia del documento legalmente otorgado en el que conste tal circunstancia y las facultades conferidas.
Si existieren limitaciones en las facultades del representante legal para contratar y comprometer a la sociedad, deberá acreditar mediante copia del acta expedida como lo determina el Código de Comercio, que ha sido facultado por el máximo órgano social, para presentar la propuesta.
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NOTA: El representante legal de la persona jurídica deberá anexar a la propuesta fotocopia de su cédula de ciudadanía o del documento legal que acredite su identidad.
En el caso de Consorcios o Uniones Temporales, sus integrantes deben cumplir con las exigencias acá establecidas y se debe presentar el certificado de existencia y representación legal de cada uno de los integrantes. Igualmente, en el documento de conformación se deberán describir las facultades del representante legal y que el término de duración de ésta no es inferior a la del plazo de ejecución del contrato y tres (3) años más.
Cuando se trate de personas jurídicas privadas extranjeras que no tengan establecida sucursal en Colombia, deberán acreditar un apoderado domiciliado en Colombia, debidamente facultado para presentar la propuesta, para la celebración del contrato y para representarla judicial y extrajudicialmente. En el evento de resultar favorecido con la adjudicación un proponente extranjero sin domicilio, ni sucursal en Colombia, para poder ejecutar el contrato deberá previamente constituir una sucursal en Colombia en los términos del Código de Comercio.
De igual manera el proponente extranjero, deberá adjuntar el certificado de existencia y representación legal o el documento equivalente del país en que se haya constituido legalmente. Si el mismo se encuentra en idioma distinto al español, oficial de la República de Colombia, deberá adjuntar el texto en el idioma original acompañado de la traducción oficial respectiva.
En el evento en que el proponente extranjero ostente limitación en su capacidad de contratación o de oferta, debe presentar el documento que conforme a la Ley de su país de origen sea idóneo para presentar la propuesta y el cual debe ser allegado de acuerdo con lo establecido en la Ley colombiana.
Todos los documentos otorgados en el exterior para acreditar lo dispuesto en este numeral, deberán presentarse legalizados en la forma prevista en el artículo 251 del Código General del Proceso y el artículo 480 del Código de Comercio.
Si se tratare de documentos expedidos por autoridades de países miembros del Convenio de la Haya de 1961, se requerirá únicamente el apostille.
Si el representante legal del oferente o de algunos de los integrantes de un Consorcio o Unión Temporal requiere de autorización de sus órganos de dirección para presentar oferta y/o para suscribir el contrato en caso de ser adjudicado, deberá anexar los documentos que acrediten la existencia de dicha autorización, de conformidad con lo establecido por los estatutos de constitución de la respectiva persona jurídica o asociación.
La autorización debe tener fecha anterior a la de presentación de la propuesta.
En caso de representación conjunta, cada uno de los miembros del Consorcio o Unión Temporal deberá estar expresamente autorizado para conformar dicha asociación.
AUTORIZACIÓN DEL REPRESENTANTE LEGAL Y/O APODERADO.
Cuando el representante legal de la persona jurídica se encuentre limitado para presentar propuesta o para contratar o comprometer la sociedad, deberá anexar la AUTORIZACIÓN del órgano social correspondiente, que lo autorice para presentar la propuesta y suscribir el contrato en el caso que le sea adjudicado; cuando la propuesta sea presentada por representante legal suplente deberá acreditar la razón por la cual actúa como representante legal.
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Si el proponente actúa a través de un representante o apoderado, deberá acreditar mediante documento legalmente expedido, que su representante o apoderado está expresamente facultado para presentar la propuesta y firmar el contrato respectivo.
En el caso de las personas jurídicas extranjeras, los representantes legales con limitaciones deben presentar el documento que conforme a la Ley de su país de origen sea idóneo para presentar la propuesta y el cual debe ser allegado de acuerdo con lo establecido en la Ley colombiana.
Todos los documentos otorgados en el exterior para acreditar lo dispuesto en este numeral, deberán presentarse legalizados en la forma prevista en el artículo 251 del Código General del Proceso y el artículo 480 del Código de Comercio.
Si se tratare de documentos expedidos por autoridades de países miembros del Convenio de La Haya de 1961, se requerirá únicamente del Apostille.
CERTIFICACIÓN EXPEDIDA POR LA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA.
El proponente deberá presentar certificación expedida por la Contraloría General de la República, en la cual conste que el proponente y su representante legal no se encuentran reportados en el Boletín de responsables Fiscales.
En caso de que el proponente se presente a título de consorcio o unión temporal sobre cada uno de sus integrantes se debe verificar este requisito.
La anterior solicitud se hace a título de colaboración del oferente con La Terminal, sin que en momento alguno su ausencia se constituya en causal de rechazo de la oferta. De no presentarse o de considerarlo conveniente, en cumplimiento de lo establecido por la Contraloría General de la República mediante la Circular No. 05 del 25 de febrero de 2008, la Terminal de Transporte S.A. verificará que los proponentes no se encuentren reportados en el Boletín de responsables Fiscales que expide la Contraloría General de la República
CERTIFICADO DE ANTECEDENTES DISCIPLINARIOS EXPEDIDO POR LA PROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN.
El proponente deberá adjuntar copia del certificado de antecedentes disciplinarios expedido por la Procuraduría General de la Nación, del proponente y su representante legal, en caso de que el proponente se presente a título de consorcio o unión temporal sobre cada uno de sus integrantes se debe verificar este requisito.
La anterior solicitud se hace a título de colaboración del oferente con la entidad, sin que en momento alguno su ausencia se constituya en causal de rechazo de la oferta.
De no presentarse o de considerarlo conveniente, la Terminal de Transporte S.A. verificará en cumplimiento de lo establecido por la Ley 1238 de 2008, los antecedentes disciplinarios de los proponentes.
ANTECEDENTE JUDICIAL EXPEDIDO POR LA AUTORIDAD COMPETENTE.
El proponente, deberá presentar certificación expedida por la autoridad competente.
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Para el proponente, persona jurídica, podrá remitir los antecedentes del Representante Legal. En caso de que el proponente se presente a título de consorcio o unión temporal sobre cada uno de sus integrantes, según su naturaleza, se debe verificar este requisito.
La anterior solicitud se hace a título de colaboración del oferente con la entidad, sin que en momento alguno su ausencia se constituya en causal de rechazo de la oferta.
De no presentarse o de considerarlo conveniente, la Terminal de Transporte S.A. consultará los antecedentes judiciales, de conformidad con lo establecido en el artículo 93 del Decreto 019 de 2012 para verificar dicha información.
CERTIFICADO ANTECEDENTES REGISTRO NACIONAL DE MEDIDAS CORRECTIVAS
De igual forma, el representante legal del proponente deberá aportar certificación del Registro Nacional de Medidas Correctivas del Ministerio de Defensa Nacional- Policía Nacional, en donde conste que la persona se encuentra al día en el pago de multas de conformidad con lo dispuesto en el artículo 183 de la Ley 1801 de 2016.
NOTA: La verificación de los documentos anteriormente descritos se realizará al Representante Legal, apoderado y/o persona natural que suscriba la Carta de Presentación de la oferta.
VERIFICACIÓN INEXISTENCIA ANTECEDENTES FISCALES, PENALES Y DISCIPLINARIOS
La Terminal de Transporte S.A. verificará que ni el proponente ni su representante legal, reporten antecedentes disciplinarios, fiscales y judiciales en los registros de la Procuraduría General de la Nación, Contraloría General de la República y la Policía Nacional.
CONSORCIO O UNIÓN TEMPORAL
Si la oferta es presentada por un Consorcio o Unión Temporal, se deberá anexar el documento que acredite su conformación y representación, de conformidad con el régimen aplicable a la Terminal de Transporte S.A., sus normas complementarias y supletorias y los que le sean aplicables de acuerdo a la invitación a ofertar, el cual deberá:
1. Indicar la duración del Consorcio o de la Unión Temporal, la cual no podrá ser inferior al plazo de ejecución y tres (3) años más.
2. Designar a la persona que se encargará de la representación del Consorcio o Unión Temporal, quién suscribirá la propuesta y se notificará de la adjudicación. Igualmente, deberá notificarse de los actos que se expidan en virtud de la ejecución y liquidación del contrato.
3. Indicar en forma expresa si su participación es a título de Consorcio o Unión Temporal y señalar las reglas básicas que regulen su relación y responsabilidad.
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4. Si se trata de Unión Temporal o Consorcio, sus miembros deberán señalar en la propuesta los términos de la extensión (actividades y porcentaje), de su participación en la misma y en su ejecución, los cuales no podrán ser modificados sin el consentimiento previo y escrito de la Terminal de Transporte S.A. La omisión de este señalamiento hará que la Terminal de Transporte S.A. tome la propuesta como presentada por un Consorcio para todos los efectos.
5. Presentar manifestación de que ninguna de las partes podrá ceder su participación en el Consorcio o Unión Temporal a los demás integrantes.
De igual forma, deberá acreditarse la existencia y representación de cada uno de los integrantes del Consorcio o Unión Temporal en los términos señalados en la invitación a ofertar, cuando se trate de personas jurídicas, quienes deberán cumplir con cada uno de los demás requisitos indicados en estas condiciones de contratación.
NOTA: Se deberá anexar a la propuesta fotocopia de la cédula de ciudadanía o del documento legal que acredite la identidad del representante legal cuando se presente en Consorcio o Unión Temporal.
En el evento en que el proponente no anexe la documentación exigida en el presente numeral, deberá allegarla dentro del término establecido en la solicitud efectuada por la Terminal de Transporte S.A.
CERTIFICACIÓN DE PAGO DE APORTES AL SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL INTEGRAL Y PARAFISCALES
El proponente deberá diligenciar el ANEXO No. 6 y entregarlo firmado por el Revisor Fiscal, cuando éste exista de acuerdo con los requerimientos de la Ley, o por el Representante Legal cuando no se requiera Revisor Fiscal, donde se certifique el pago de los aportes de sus empleados a los sistemas de salud, pensiones y riesgos laborales, y aportes a las Cajas de Compensación Familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar -ICBF y Servicio Nacional de Aprendizaje - SENA, según corresponda de conformidad con la normatividad vigente.
El Revisor fiscal, anexará copia de la cédula, tarjeta profesional y certificado vigente de antecedentes disciplinarios expedido por la Junta Central de Contadores.
Dicho documento debe certificar que, a la fecha de presentación de su oferta, ha realizado el pago de los aportes correspondientes a la nómina de los últimos seis (6) meses, contados a partir de la citada fecha, en los cuales se haya causado la obligación de efectuar dichos pagos.
Así mismo, el proponente deberá manifestar si se encuentra exento del pago de algún aporte parafiscal y con base en qué norma. En consideración a lo anterior el proponente deberá expresarlo a renglón seguido del último párrafo del formato de certificación de aportes al Sistema
de Seguridad Social Integral y aportes Parafiscales, y si es el caso omitirá diligenciar ese valor en la casilla correspondiente del formato con base en la nota mencionada.
La Terminal de Transporte S.A. verificará únicamente la acreditación del respectivo pago a la fecha de presentación de la oferta, para lo cual deberá anexar a la PROPUESTA, copia de la planilla de pago de aportes del último mes pagado, sin perjuicio de los efectos generados ante las entidades recaudadoras por el no pago dentro de las fechas establecidas en las normas vigentes.
Documento firmado electrónicamente - 2024-05-06 15:41:46
Cuando se trate de Consorcios o Uniones Temporales, cada uno de sus miembros integrantes deberá aportar el ANEXO 6 aquí exigido y copia de la planilla de pago de aportes del último mes pagado.
DOCUMENTO COMPROMISO DE TRANSPARENCIA.
El oferente deberá diligenciar, adjuntar y cumplir lo establecido en el ANEXO No.3 del presente pliego de condiciones.
En el caso que el oferente no anexe o diligencie el ANEXO No.3 en la forma exigida en el presente numeral, deberá allegarlo dentro del término establecido en la solicitud efectuada por la Terminal de Transporte S.A., el cual, si no se presenta, dará lugar a que la OFERTA sea declarada como NO HÁBIL.
REGISTRO ÚNICO TRIBUTARIO (RUT)
Con el fin de conocer el régimen tributario al cual pertenece el proponente, deberá presentarse con la propuesta, fotocopia del Registro Único Tributario - RUT, actualizado y expedido por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), donde aparezca claramente el NIT del proponente.
En caso de Consorcios o Uniones Temporales, cada uno de los integrantes deberá aportar este documento.
Las personas jurídicas extranjeras sin sucursal en Colombia y las personas naturales sin domicilio en Colombia, no deben presentar el Registro Único Tributario (RUT), toda vez que en él se debe inscribir toda persona natural o jurídica que deba cumplir obligaciones administradas por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales de Colombia.
Sin perjuicio de lo anterior, en caso que el adjudicatario sea una persona jurídica extranjera sin sucursal en Colombia o una persona natural sin domicilio en Colombia, ésta deberá inscribirse en el Registro Único Tributario (RUT).
CUMPLIMIENTO DE LAS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
El oferente debe cumplir con cada una de las especificaciones técnicas y cantidades del bien a contratar, en su propuesta económica debe describir de manera completa y clara las características específicas técnicas mínimas requeridas.
REQUISITOS TÉCNICOS MÍNIMOS Y/O ESPECIFICACIONES DEL BIEN O SERVICIO A CONTRATAR.
La propuesta deberá garantizar como mínimo las siguientes las especificaciones técnicas y
cantidades de las impresoras solicitadas:
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EQUIPO PARA TRABAJO EN BLANCO Y NEGRO
No. | DESCRIPCIÓN | ESPECIFICACIÓN MÍNIMA |
1 | CANTIDAD | 9 |
2 | MODELO | 2020 EN ADELANTE |
3 | VELOCIDAD DE IMPRESIÓN/ COPIADO | MÍNIMO 50 PÁGINAS POR MINUTO |
4 | IMPRESIÓN DOBLE CARA | SI |
5 | RESOLUCIÓN DE COPIADO | 600X600 DPI E IMPRESIÓN EN RED A 50 PPM. |
6 | RESOLUCIÓN SCANNER | RESOLUCIÓN A 40 PPM. |
7 | RANGO DE AMPLIACIÓN REDUCCIÓN | 25% A 400%. |
8 | UNIDAD DÚPLEX | UNIDAD DÚPLEX QUE NO APILA LAS HOJAS, CREA COPIAS POR AMBOS LADOS, SALIDA A IMPRESORA Y FAX, CORTA PAPEL, REDUCE A LA MITAD LOS COSTOS DE ARCHIVO Y FRANQUEO |
9 | CAPACIDAD DE PAPEL | CAPACIDAD DE 1200 HOJAS DE PAPEL TAMAÑO ESTÁNDAR Y CAPACIDAD MÁXIMA DE 4400 HOJAS DE PAPEL CON BANCO DE PAPEL OPCIONAL. |
10 | MEMORIA | 1 GB / 80+ GB HDD |
11 | CONECTIVIDAD | 10BASET/100BASETX ETHERNET, 802.11 G/B WIRELESS LAN, USB, BLUETOOTH (HCRP) |
12 | AHORRO DE ENERGÍA | Los equipos deben incluir beneficios de ahorro en consumo energía, entendiéndose que la máquina entrará en modo de hibernación automáticamente y en la pantalla LCD aparecerá el mensaje modo de hibernación. |
EQUIPO PARA TRABAJO COLOR
No. | DESCRIPCIÓN | ESPECIFICACIÓN MÍNIMA |
1 | CANTIDAD | 2 |
2 | MODELO | 2020 EN ADELANTE |
3 | VELOCIDAD DE IMPRESIÓN/COPIADO | MÍNIMO 35 PÁGINAS POR MINUTO |
4 | IMPRESIÓN DOBLE CARA | SI |
5 | RESOLUCIÓN DE COPIADO | 600X 600 DPI COLOR / 2400 X 600 DPI B/N |
6 | RESOLUCIÓN SCANNER | RESOLUCIÓN 600, 400, 300, 200, 150 DPI, 100 DPI, VELOCIDAD ESCANEO ORIGINALES: HASTA 47 PPM. |
7 | RANGO DE AMPLIACIÓN REDUCCIÓN | 25% A 400% |
8 | CONECTIVIDAD | 10BASET/100BASETX ETHERNET, 802.11 G/B WIRELESS LAN, USB, BLUETOOTH (HCRP) |
9 | UNIDAD DÚPLEX | UNIDAD DÚPLEX QUE NO APILA LAS HOJAS, CREA COPIAS POR AMBOS LADOS, SALIDA A IMPRESORA Y FAX, CORTA PAPEL, REDUCE A LA MITAD LOS COSTOS DE ARCHIVO Y FRANQUEO. |
10 | CAPACIDAD DE PAPEL | DESDE 8.5 X 5.5” HASTA 47 X 12”, DE 17 A 140 LBS. |
11 | MEMORIA | 1 GB / 80+ GB HDD |
12 | AHORRO DE ENERGÍA | Los equipos deben incluir beneficios de ahorro en consumo energía, entendiéndose que la máquina entrará en modo de hibernación automáticamente y en la pantalla LCD aparecerá el mensaje modo de hibernación. |
Documento firmado electrónicamente - 2024-05-06 15:41:46
1. Los equipos dispuestos para el cumplimiento del objeto contractual, deberán permitir el control detallado por usuario frente al número de impresiones, fotocopias y escáneres utilizados.
El siguiente cuadro, refleja el consumo promedio mes de todos los equipos:
DESCRIPCIÓN | CANTIDAD PROMEDIO MES |
Fotocopias blanco y negro | 20.000 |
Impresiones blanco y negro | 40.000 |
Scanner | 70.000 |
Fotocopias color | 7.000 |
Impresiones color | 10.000 |
Modalidad de contratación de acuerdo al Manual de Contratación de la Empresa:
Según el Manual de Contratación de la Terminal de Transporte S.A., la modalidad que corresponde es la es la de Invitación Privada, numeral 13.1.3. Modalidad de contratación que procederá cuando:
“…Se requiera la adquisición de bienes o servicios cuya cuantía sea igual o mayor a 10 Salarios mínimos Mensuales Legales Vigentes (SMMLV) e igual o inferior a 100 Salarios mínimos Mensuales Legales Vigentes (SMMLV)”.
Una vez seleccionada la propuesta de conformidad con el numeral 16.7.8., la Terminal podrá solicitar al oferente un último lance con el fin de mejorar su oferta económica.
OFERTA MAS FAVORABLE.
La oferta más favorable será la de menor valor, siempre y cuando cumpla con los siguientes requisitos y condiciones y acredite el perfil solicitado
✓ Acreditar la experiencia que esté relacionada directamente con el objeto del contrato, me- diante la presentación de máximo tres (3) certificaciones de contratos suscritos, ejecutados y terminados a satisfacción, donde la sumatoria del valor de los mismos sea igual o supe- rior al presupuesto oficial.
✓ Certificación de fabricante y/o distribuidor autorizado con el fin de demostrar el año de fa- bricación de los equipos.
✓ Ficha técnica de las impresoras en las que se pueda constatar las especificaciones técni - cas.
✓ Declaración juramentada de compromisos ambientales
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FACTOR DE ADJUDICACIÓN - PROPUESTA ECONÓMICA
La oferta más favorable será aquella con el menor precio, siempre y cuando cumpla con los requisitos técnicos establecidos en los términos de la invitación.
1. En la propuesta económica, el valor unitario no podrá ser superior al valor total sugerido por bien o servicio correspondiente al estudio xx xxxxxxx y establecido por la entidad como presupuesto oficial para el presente proyecto de compra.
2. En el valor de la propuesta se entiende incluidos en su totalidad, los costos directos e indi- rectos que genere el servicio a contratar, los impuestos y demás gastos que origine el mis- mo, los cuales estarán a cargo del contratista.
3. Los gastos y costos en que incurran los oferentes para la elaboración y presentación de la propuesta serán de su propia cuenta y riesgo. La Terminal de Transporte S.A. no reconoce - rá, ni reembolsará ningún valor por este concepto.
4. El proponente deberá presentar y firmar la PROPUESTA ECONÓMICA, certificando bajo la gravedad de juramento que toda la información que registra es veraz y que no se encuentra incurso en causal de inhabilidad o incompatibilidad para contratar con la Terminal de Trans- porte S.A.
5. Todos los gastos no previstos en la propuesta serán a cargo del contratista.
6. El oferente como experto en su actividad y conocedor del presente estudio previo declara expresamente que conoce el alcance del objeto contractual, las especificaciones del bien o servicio, los riesgos propios de la contratación, y, por ende, de manera libre y consiente se- ñala que para determinar el valor de la oferta calculó todos los costos que se causen con ocasión de la presentación de la oferta suscripción y ejecución del contrato.
7. OBLIGACIONES ESPECÍFICAS DEL CONTRATISTA COMO EXPERTO.
1. Instalar y poner en marcha los equipos en las sedes de la Terminal de Transporte dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la suscripción del acta de inicio.
2. Presentar Informe detallado y consolidado mensualmente del consumo de impresiones, fotocopiado y escáneres de cada uno de los usuarios asociados a cada máquina.
3. Realizar sin costo adicional para la Terminal de Transporte S.A., el mantenimiento preventivo de los equipos puestos a disposición de la Terminal, mediante una visita técnica mensual en la que se efectuará la limpieza y lubricación de cada uno de ellos.
4. Realizar sin costo adicional para la Terminal de Transporte S.A., los mantenimientos correctivos necesarios para garantizar el normal funcionamiento de los equipos, con un mínimo de cuatro (4) horas cuando se requieran y máximo veinticuatro (24) horas cuando sea necesario la reposición de impresoras.
5. La Terminal podrá realizar descuentos al contratista si incumple con los tiempos de respuesta a las solicitudes de soporte realizadas por la Terminal, con la verificación de su
incumplimiento por parte del supervisor, entendiéndose estos como los ANS propuestos, el valor de cada descuento es del 5% del valor mensual del respectivo mes facturado.
6. Suministrar a solicitud de la supervisión, durante el término de ejecución del contrato, los insumos necesarios para el funcionamiento de los equipos puestos a disposición, entendiéndose estos como los cilindros y tóner originales, dejando un tóner de contingencia por impresora y fotocopiadora para no interrumpir la prestación del servicio. No incluye papel.
7. Los equipos requeridos para la prestación del servicio en la Terminal deben ser mínimo modelos 2020 o posteriores a ese año.
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8. Contar con un sistema y/o herramienta de control que permita llevar el registro detallado y exacto de las fotocopias, escáner o impresiones emitidas por cada área, el cual deberá generar un reporte detallado del servicio solicitado discriminando cada usuario permitiendo la verificación y control por parte del supervisor del contrato.
9. Garantizar durante toda la ejecución del contrato el número de impresoras descritas en el capítulo “Especificaciones técnicas y cantidades del bien o servicio a contratar·
10. Suministrar tóner original, para lo cual aportará los documentos que así lo acrediten.
11. Entregar mensualmente el certificado de la disposición final del tóner acorde a lo enunciado en el numeral de Requisitos Ambientales y de Seguridad y Salud en el Trabajo. Los Equipos deben incluir beneficios de Ahorro en consumo energía, entendiéndose que la máquina entrará en Modo de Hibernación automáticamente y en la pantalla LCD aparecerá el mensaje Modo de Hibernación.
12. Realizar la gestión adecuada de los residuos peligros que se generen en la ejecución del contrato; como constancia de esto, entregará a la Terminal mensualmente copia de los certificados de transporte, almacenamiento, aprovechamiento, tratamiento y disposición final del tóner, estos certificados deben especificar cantidades generadas por mes, por sede (Terminal Salitre, Norte y Sur) y número de referencia. Adicionalmente esta actividad de gestión adecuada de los residuos peligrosos deberá ser realizada por un operador con licencia. (Los gestores deberán contar con los permisos respectivos de la autoridad ambiental competente).
13. Garantizar la gestión y manejo integral de los residuos peligrosos (Tóner) generados, por lo tanto, debe: i) Garantizar que el envasado o empacado, embalado y etiquetado de su tóner se realice conforme a la normatividad vigente y ii) Las demás que se desprendan de la naturaleza del contrato
14. Mantener los precios ofertados durante la ejecución del contrato
15. Asumir cualquier daño que se cause a la infraestructura de las sedes de la Terminal de Transporte que le sean imputables, en el marco de la ejecución del objeto.
16. Las demás que sean necesarias para la correcta ejecución del contrato.
Obligaciones generales del contratista:
1. Suscribir oportunamente el acta de inicio y el acta de liquidación del contrato y las modifi- caciones si las hubiera conjuntamente con el supervisor del mismo.
2. Ejecutar el objeto del contrato de acuerdo a las condiciones de la contratación y las exigen- cias, normas y protocolos técnicos que apliquen.
3. Asumir la responsabilidad de todas las actividades relativas a la ejecución de las obligacio - nes establecidas en este contrato.
4. Participar y apoyar a la Terminal de Transporte S.A., en todas las reuniones a las que este lo convoque relacionadas con la ejecución del contrato.
5. Acatar las instrucciones que durante el desarrollo del contrato imparta la Terminal de Transporte S.A. por conducto del funcionario que ejercerá la Supervisión.
6. Suministrar al supervisor toda la información requerida para el ejercicio oportuno de su gestión.
7. Utilizar la imagen de la Terminal de Transporte S.A., de acuerdo con los lineamientos esta- blecidos por este. Salvo autorización expresa y escrita de las partes para fines publicitarios o de cualquier índole.
8. Cumplir las normas sobre seguridad y salud en el trabajo y realizar los pagos al SGSS (salud, pensión y riesgos laborales), de acuerdo con la normatividad vigente aportando los soportes de pago correspondientes.
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9. Cumplir las normas sobre seguridad de la información, acorde mínimo a la norma ISO 27001.
10. Constituir y entregar a la Terminal de Transporte S.A., las garantías requeridas dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la suscripción del contrato.
11. Asumir el pago de salarios, honorarios, prestaciones e indemnizaciones de carácter laboral personal que contrate para la ejecución del contrato.
12. Efectuar el pago de los tributos que se causen o llegaren a causarse por la celebración, ejecución y liquidación del contrato.
13. Reparar los daños e indemnizar a la Terminal de Transporte S.A., por el incumplimiento del contrato. Se consideran imputables al contratista todas las acciones y omisiones de su per- sonal, subcontratistas y proveedores
14. Mantener vigente las garantías exigentes por el tiempo pactado en el contrato, así como de las modificaciones que se presenten en la ejecución del mismo.
15. Las demás inherentes al objeto y la naturaleza del contrato.
Obligaciones generales de la Terminal:
1. Designar un supervisor para el presente contrato.
2. Suministrar la información que repose en su poder, solicitada por el contratista, que requie- ra para la ejecución del contrato.
3. Exigir el cumplimiento de las condiciones de contratación y las obligaciones del contratista.
4. Pagar el valor del contrato en los términos pactados.
5. Actuar de tal modo que, por causas imputables a La Terminal, no sobrevenga una mayor onerosidad en el cumplimiento de las obligaciones a cargo del contratista, para lo cual, en el menor tiempo posible, corregirá los desajustes que puedan presentarse y acordará los mecanismos y procedimientos pertinentes para precaver o solucionar rápida y eficazmente las diferencias o situaciones litigiosas que lleguen a presentarse.
6. Pronunciarse sobre los documentos que someta el contratista a su consideración.
7. Colaborar con el contratista en la ejecución del objeto contratado.
8. Supervisar el correcto manejo de los recursos.
7.1 OBLIGACIONES AMBIENTALES Y SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO OBLIGACIONES AMBIENTALES:
El Proveedor deberá cumplir con la legislación ambiental vigente sin que la Terminal de Transporte
S.A. le efectúe requerimiento expreso.
Por lo anterior, para adelantar sus actividades, le corresponde obtener previamente las licencias, permisos, o autorizaciones necesarias y cumplir con las especificaciones que para el respectivo contrato sean indicadas por la Entidad.
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Teniendo en cuenta lo anterior, se adopta la siguiente ficha técnica con criterios ambientales aplicables a la adquisición de consumibles de impresión:
CRITERIOS DE SOSTENIBILIDAD | |
ETAPA PRECONTRACTUAL: Solicitado al Proponente | |
CRITERIO | MEDIO DE VERIFICACIÓN |
Manifestar su compromiso de dar cumplimiento a las | |
obligaciones y compromisos que se desprendan con ocasión del cumplimiento de los criterios y normatividad ambiental y de sostenibilidad asociada | Declaración juramentada del Proponente firmada por el representante legal. |
al suministro de consumibles de impresión. | |
El tóner debe contener tintas amigables con el medio | |
ambiente. A modo de ejemplo tintas disolventes | Declaración juramentada del Proponente |
suaves: 1) biodegradables, 2) base de agua o 3) base | firmada por el representante legal. |
de aceite vegetal. | |
En caso que las sustancias químicas de los | |
consumibles de impresión lo requieran, se debe comprometer a contar con las fichas de datos de seguridad de las sustancias químicas que hagan | Declaración juramentada del Proponente firmada por el representante legal. |
parte del suministro de consumibles de impresión. | |
En caso que las sustancias químicas de los | |
consumibles de impresión lo requieran, se debe | |
asegurar que los envases estén identificados con el | |
nombre del producto y un símbolo o pictograma que | |
indique las características de peligrosidad de dicho | Declaración juramentada del Proponente |
producto. Lo anterior, en el marco de lo estipulado en | firmada por el representante legal. |
el Decreto 1496 de 2018, la normatividad relacionada | |
con el Sistema Globalmente Armonizado o aquella | |
que lo | |
derogue, modifique o sustituya. | |
Manifestar su compromiso para realizar una correcta | |
recolección y disposición de los residuos generados | Declaración juramentada del Proponente |
por los consumibles de impresión (ordinarios, | firmada por el representante legal. |
aprovechables, RAEES y peligrosos). |
En cuento a la eficiencia energética, debe de analizarse en encendido, hibernación y apagado. El equipo debe cumplir con norma técnica de bajo consumo energético (p.e. Energy Star o su equivalente). | Ficha técnica del producto |
El equipo de impresión deberá imprimir en doble faz | Ficha técnica del producto |
ETAPA CONTRACTUAL: Solicitado al contratista | |
CRITERIO | MEDIO DE VERIFICACIÓN |
Entregar mensualmente con la factura los | |
Asegurar la gestión adecuada de los residuos (ordinarios, aprovechables, RAEES y peligrosos) generados por los consumibles de impresión en el marco de la normatividad vigente y aplicable. | certificados de gestión de residuos. Los certificados de disposición final de residuos peligrosos (tóner) deben ser emitidos por un operador con licencia ambiental y deben estar a nombre de la |
Terminal y por sede. | |
Reporte que consolide las acciones sostenibles solicitadas y desarrolladas en consecuencia de la ejecución del contrato. | Entregar con la factura el reporte solicitado, que hace referencia a la totalidad de tóner utilizados por sede en el formato que establezca la Terminal. |
Para aquellos consumibles de impresión que sean remanufacturados, el oferente debe presentar el Registro Único Ambiental Manufacturero. Lo anterior, en el marco de lo estipulado en la Resolución 1023 de 2010. | Copia del Registro Único Ambiental Manufacturero de la persona natural o jurídica dedicada a realizar el proceso de manufactura. Cuando aplique |
El equipo de impresión tiene dispositivos de control de uso, como identificación de usuarios con clave. | Presentar informe detallado y consolidado mensualmente del consumo de impresiones, fotocopiado y escáneres de cada uno de los usuarios asociados a cada máquina |
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Nota: Declaración juramentada de compromisos ambientales: El proponente deberá presentar Anexo No. 8 “DECLARACIÓN JURAMENTADA - COMPROMISOS AMBIENTALES”,
debidamente diligenciada
Requisitos de Seguridad y Salud en el Trabajo:
El Contratista debe cumplir la normatividad legal nacional vigente establecida en el Decreto 1072 de 2015, Resolución 0312 de 2019 y la legislación de riesgos laborales en Seguridad y Salud en el Trabajo y el manual de contratistas y proveedores de la Terminal de Transporte S.A. aplicables en materia de seguridad y salud en el trabajo en su versión vigente y aquellas que lo modifiquen, complementen o deroguen.
El contratista se obliga con el Contratante a cumplir con las normas del Sistema General de Riesgos Laborales, el Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo (Decreto 1072 de 2015) y los Estándares Mínimos del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo (Resolución 0312 de 2019), en especial, las siguientes:
1. Procurar el cuidado integral de su salud.
2. Realizar el pago de las cotizaciones al Sistema General de Seguridad Social (Entidad de Promotora de Salud - EPS, Administradora de Riesgos Laborales – ARL, Administradora de Fondo de Pensiones – AFP) y todas las tasas parafiscales que le correspondan dentro de los términos previstos por las normas legales vigentes, manteniendo a disposición del contratante los registros y la documentación apropiada que confirme tales pagos y cobertura. Pagos exigidos para ingresar a la Terminal.
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3. Estar afiliados al Sistema General xx Xxxxxx Laborales por la totalidad de los contratos suscritos con la Terminal de Transporte S.A. en el nivel de riesgo de la actividad económica de los servicios que preste a la Terminal.
4. Contar con los permisos, licencias o autorizaciones por los entes del Gobierno que corresponda para prestar los servicios contratados como lo establezca la Ley nacional vigente de Colombia según corresponda, para mostrar la competencia e idoneidad.
5. Contar con los elementos de protección personal necesarios para ejecutar la actividad contratada, para lo cual asumirá su costo. (Si aplica).
6. Poseer la competencia (Educación, Experiencia y habilidades), licencias o certificados requeridos y necesarios para ejecutar los trabajos correspondientes en forma segura y de calidad, manteniendo a disposición del contratante los registros y la documentación apropiada que confirme tales competencias y aptitudes.
7. Informar al supervisor del contrato la ocurrencia de incidentes, accidentes de trabajo y enfermedades laborales en la ejecución del contrato celebrado.
8. Reportar a la Administradora de Riesgos Laborales los accidentes de trabajo y enfermedades laborales.
9. Presentar un informe de gestión de seguridad y salud en el trabajo en el formato establecido para este fin por el Contratante, a solicitud del Supervisor.
10. Cumplir las políticas, normas, reglamentos e instrucciones del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo SG-SST del contratante.
11. Informar oportunamente al contratante toda novedad derivada del contrato.
El Contratista y la Terminal de Transporte S.A. en conjunto revisarán los requerimientos específicos y particulares de seguridad y salud en el trabajo, y de común acuerdo se asignará o no el trabajo con relación a la capacidad de El Contratista para cumplir con los estándares de seguridad y salud en el trabajo en los lugares donde se deben ejecutar los trabajos.
La implementación de los requisitos establecidos en la presente cláusula, no exime al contratista del cumplimiento de las obligaciones y requisitos contenidos en otras normas del Sistema General de Riesgos Laborales vigentes.
El Contratista es el único responsable ante la Terminal de Transporte S.A. y ante las autoridades nacionales y locales por el cumplimiento de los requisitos y obligaciones en seguridad y salud en el trabajo que adquiere con ocasión de este contrato.
8. CAUSALES DE RECHAZO
Serán causales de rechazo las previstas en el estudio previo y/o invitación pública y las expresamente señaladas en la Ley. Por lo tanto, la Terminal de Transporte S.A., rechazará las propuestas en los siguientes eventos:
CAUSALES GENERALES:
1. El proponente se halle incurso en alguna de las causales de inhabilidad o incompatibilidad para contratar establecidas en la Constitución o en la ley.
2. La propuesta sea presentada por personas jurídicamente incapaces para obligarse.
3. Existan varias propuestas presentadas por el mismo proponente.
4. El proponente señale su desacuerdo o imposibilidad de cumplir las obligaciones y condiciones previstas en la invitación a ofertar, o presente condicionamiento para su adjudicación.
5. Cuando el proponente no responda a cualquiera de los requerimientos efectuados por la enti- dad en el término previsto en la invitación a ofertar o en la solicitud que de forma particular haga la entidad.
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6. Cuando el proponente no subsane dentro del término de traslado o subsane de manera inco- rrecta la información o documentación solicitada por la Terminal de Transporte S.A.
7. Cuando de conformidad con la información a su alcance, la entidad estime que el valor de una oferta resulta artificialmente bajo de conformidad con el procedimiento establecido en la guía para el manejo de ofertas artificialmente bajas en procesos de contratación publicada por Co- lombia Compra Eficiente.
8. Cuando en el certificado de existencia y representación se verifique que el objeto del proponen- te (o de cualquiera de los integrantes cuando sea un consorcio o Unión Temporal) no permita desarrollar la actividad, gestión y operación que se solicita en el presente proceso.
9. Cuando se demuestre que, a la fecha de presentación de su propuesta, el proponente sea per- sona jurídica o natural no se encuentra al día, durante los últimos seis (6) meses con el cumpli - miento en el pago de los aportes al sistema de seguridad social en salud, pensión, y riesgos la - borales y los aportes parafiscales cuando a ello hubiere lugar.
10. Cuando se acrediten circunstancias ocurridas con posterioridad al cierre del proceso.
11. Cuando de conformidad con el certificado de existencia y representación expedido por la cáma- ra de comercio o autoridad competente, con los estatutos de la persona jurídica o con certifica - ción juramentada proveniente del representante legal del proponente, se determine que su du- ración no es igual a la del plazo para la ejecución del contrato y su liquidación y tres (3) años más.
12. Cuando verificada la información aportada por los proponentes, se determine por parte de la Terminal de Transporte S.A., que ella no corresponde a la realidad o existan contradicciones que induzcan a error e impidan la selección objetiva.
13. Cuando el valor de la propuesta económica, sea superior al presupuesto oficial establecido por la entidad, de igual manera será causal de rechazo el no diligenciar de manera correcta cada una de las casillas del Anexo de Oferta Económica (Valor unitario, % de IVA, Valor del IVA, Va- lor unitario total incluido IVA y Valor Total incluido IVA).
14. Cuando el proponente no cumpla con cualquiera de las especificaciones técnicas exigidas, im- pidiendo la comparación objetiva de las propuestas.
15. En los demás casos que contemple la ley y/o los estudios previos y/o la invitación pública que rige el presente proceso de selección.
CAUSALES ESPECIFICAS
1. Cuando el valor de la propuesta económica sea superior al presupuesto oficial establecido por la entidad, o cualquiera de sus ítems.
2. Cuando el proponente no cumpla con cualquiera de las especificaciones técnicas exigidas y necesarias para la comparación objetiva de las ofertas.
3. Cuando en la propuesta económica, el valor unitario sea superior al valor total sugerido como precio techo a ofertar por bien o servicio correspondiente al estudio xx xxxxxxx establecido por la entidad.
CRITERIOS DE ESCOGENCIA CUANDO EXISTA UNA SOLA PROPUESTA HÁBIL
La entidad podrá adjudicar el contrato cuando solo se haya presentado una propuesta y esta cumpla con los requisitos habilitantes exigidos siempre que la oferta satisfaga los requerimientos contenidos en la invitación a ofertar del proceso de selección.
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CRITERIOS DE DESEMPATE
De acuerdo con el manual de contratación y en concordancia con el Artículo 35 de la Ley 2069 de 2020, los factores de desempate dentro de un Proceso de Contratación serán los siguientes:
Si finalizada la etapa de evaluación de ofertas, se presenta un empate entre dos o más ofertas al efectuar la sumatoria de la ponderación técnica y económica, La Terminal de Transporte S.A., utilizará las siguientes reglas de forma sucesiva y excluyente para seleccionar el oferente favorecido, de conformidad con lo establecido en el artículo 35 de la Ley 2069 de 2020 y demás que lo reglamenten.
Para la revisión de la documentación que acredite alguno de los criterios de desempate, sólo se tendrá en cuenta la que sea aportada en la oferta a más tardar a la fecha y hora de presentación de ofertas.
No será tenida en cuenta la información aportada con posterioridad a esa fecha.
En caso de empate en el puntaje total de dos o más ofertas deberán aplicarse las siguientes reglas de acuerdo con cada uno de los numerales, de forma sucesiva y excluyente, para seleccionar al proponente favorecido, respetando en todo caso los compromisos internacionales vigentes:
Preferir la oferta de bienes o servicios nacionales frente a la oferta de bienes o servicios extranjeros.
El proponente acreditará el origen de los servicios con los documentos señalados en el ANEXO DE APOYO A INDUSTRIA NACIONAL.
Para el caso de los proponentes plurales, todos los integrantes deberán acreditar el origen nacional de la oferta en las condiciones señaladas en la ley.
Preferir la propuesta de la mujer cabeza de familia.
Su acreditación se realizará en los términos del parágrafo del artículo 2 de la Ley 82 de 1993, modificado por artículo 1 de la Ley 1232 de 2008, o la norma que lo modifique, aclare, adicione o sustituya, es decir, la condición de mujer cabeza de familia y la cesación de esta se adquirirá desde el momento en que ocurra el respectivo evento y se declare ante un notario.
Esta declaración debe tener una fecha de expedición no mayor a treinta (30) días calendarios anteriores a la fecha del cierre del proceso de selección.
Igualmente, se preferirá la propuesta de la mujer víctima de violencia intrafamiliar, la cual acreditará esta condición de conformidad con el artículo 21 de la Ley 1257 de 2008 o la norma que lo modifique, aclare, adicione o sustituya, esto es, cuando se profiera una medida de protección expedida por la autoridad competente.
En virtud del artículo 16 de la Ley 1257 de 2008 o la norma que lo modifique, aclare, adicione o sustituya, la medida de protección la debe impartir el comisario de familia del lugar donde ocurrieron los hechos y a falta de este del juez civil municipal o promiscuo municipal, o la autoridad indígena en los casos de violencia intrafamiliar en las comunidades de esta naturaleza.
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En el caso de las personas jurídicas se preferirá a aquellas en las que participen mayoritariamente mujeres cabeza de familia y/o mujeres víctimas de violencia intrafamiliar, para lo cual el representante legal o el revisor fiscal, según corresponda, diligenciará documento en el que conste Participación mayoritaria de mujeres cabeza de familia y/o mujeres víctimas de violencia intrafamiliar (persona jurídica), mediante el cual certifica, bajo la gravedad de juramento, que más del cincuenta por ciento (50 %) de la composición accionaria o cuota parte de la persona jurídica está constituida por mujeres cabeza de familia y/o mujeres víctimas de violencia intrafamiliar.
Además, deberá acreditar la condición indicada de cada una de las mujeres que participen en la sociedad, aportando los documentos de cada una de ellas, de acuerdo con los dos incisos anteriores. Finalmente, en el caso de los proponentes plurales, se preferirá la oferta cuando cada uno de los integrantes acredite alguna de las condiciones señaladas en los incisos anteriores de este numeral.
Debido a que para el otorgamiento de este criterio de desempate se entregan certificados que contienen datos sensibles, de acuerdo con el artículo 6 de la Ley 1581 de 2012 o la norma que lo modifique, aclare, adicione o sustituya, se requiere que el titular de la información, como es el caso de las mujeres víctimas de violencia intrafamiliar, diligencie y xxxxxxx documento de Autorización para el tratamiento de datos personales como requisito para el otorgamiento del criterio de desempate.
Preferir la propuesta presentada por el proponente que acredite en las condiciones estable - cidas en la ley que por lo menos el diez por ciento (10 %) de su nómina está en condición de discapacidad, de acuerdo con el artículo 24 de la Ley 361 de 1997 o la norma que lo modifique, aclare, adicione o sustituya, debidamente certificadas por la oficina de trabajo de la respectiva zona, que hayan sido contratados con por lo menos un (1) año de ante - rioridad a la fecha de cierre del presente proceso de selección o desde el momento de la constitución de la persona jurídica cuando esta es inferior a un año y que manifieste adi - cionalmente que mantendrá dicho personal por un lapso igual al término de ejecución del contrato, para lo cual deberá diligenciar el Anexo - Vinculación de personas en condición de discapacidad. Para aquellos eventos en los que el diez por ciento (10%) de la nómina corresponda a un número cuyo primer digito decimal sea 5, 6, 7, 8 o 9 deberá realizarse la aproximación decimal al número entero siguiente.
Si la oferta es presentada por un consorcio o una unión temporal, el integrante del proponente que acredite que el diez por ciento (10 %) de su nómina está en condición de discapacidad en los términos del presente numeral, debe tener una participación de por lo menos el veinticinco por ciento (25 %) en el consorcio o en la unión temporal y aportar mínimo el veinticinco por ciento (25 %) de la experiencia general habilitante.
El tiempo de vinculación en la planta referida de que trata este numeral se acreditará con el certificado de aportes a seguridad social del último año o del tiempo de su constitución cuando su conformación sea inferior a un (1) año, en el que se demuestren los pagos realizados por el empleador.
Preferir la propuesta presentada por el oferente que acredite la vinculación en mayor pro- porción de personas mayores que no sean beneficiarios de la pensión de vejez, familiar o de sobrevivencia y que hayan cumplido el requisito de edad de pensión establecido en la ley.
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Para ello, la persona natural, el representante legal de la persona jurídica o el revisor fiscal, según corresponda, diligenciará un documento que acredite la Vinculación de personas mayores y no beneficiarias de la pensión de vejez, familiar o sobrevivencia (Empleador proponente), mediante la cual certificará bajo la gravedad de juramento las personas vinculadas en su nómina y el número de trabajadores que no son beneficiarios de la pensión de vejez, familiar o de sobrevivencia y que cumplieron el requisito de edad de pensión.
Solo se tendrá en cuenta la vinculación de aquellas personas mayores que se encuentren en las condiciones descritas y que hayan estado vinculadas con una anterioridad igual o mayor a un (1) año contado a partir de la fecha del cierre del proceso.
Para los casos de constitución inferior a un (1) año se tendrá en cuenta a aquellos que hayan estado vinculados desde el momento de la constitución de la persona jurídica.
El tiempo de vinculación en la planta referida de que trata el inciso anterior se acreditará con el certificado de aportes a seguridad social del último año o del tiempo de constitución de la persona jurídica en caso de que la constitución sea inferior a un (1) año, en el que se demuestren los pagos realizados por el empleador.
En el caso de los proponentes plurales, su representante legal diligenciará documento de Vinculación de personas mayores y no beneficiaria de pensión de vejez, familiar o sobrevivencia (Empleador proponente), mediante el cual certifique el número de trabajadores vinculados que siendo personas mayores no beneficiarias de la pensión de vejez, familiar o de sobrevivencia y que cumplieron el requisito de edad de pensión establecido en la ley, de todos los integrantes del consorcio o de la unión temporal.
Las personas enunciadas anteriormente podrán estar vinculadas a cualquiera de sus integrantes.
En cualquiera de los dos supuestos anteriores, para el otorgamiento del criterio de desempate cada uno de los trabajadores que cumpla las condiciones previstas por la ley diligenciará el documento de Vinculación de personas mayores y no beneficiaria de pensión de vejez, familiar o sobrevivencia (Trabajador), mediante el cual certifica bajo la gravedad de juramento que no es beneficiario de pensión de vejez, familiar o sobrevivencia y cumple la edad de pensión, además, se deberá allegar el documento de identificación del trabajador que lo firma.
La mayor proporción se definirá en relación con el número total de trabajadores vinculados en la planta de personal, por lo que se preferirá al oferente que acredite un porcentaje mayor. En el caso de proponentes plurales, la mayor proporción se definirá con la sumatoria de trabajadores vinculados en la planta de personal de cada uno de sus integrantes.
Preferir la propuesta presentada por el oferente que acredite, en las condiciones estable - cidas en la Ley 2069 de 2020, que por lo menos el diez por ciento (10 %) de su nómina pertenece a población indígena, negra, afrocolombiana, raizal, palanquera, Rrom o gita- na, para lo cual, la persona natural, el representante legal o el revisor fiscal, según co- rresponda, diligenciará documento de Vinculación de población indígena, negra, afroco- lombiana, raizal, palenquera, Rrom o gitanas mediante el cual certifica las personas vin- culadas a su nómina y el número de identificación y el nombre de las personas que per -
tenecen a la población indígena, negra, afrocolombiana, raizal, palanquera, Rrom o gita- na. Solo se tendrá en cuenta la vinculación de aquellas personas que hayan estado vin- culadas con una anterioridad igual o mayor a un (1) año contado a partir de la fecha del cierre del proceso.
Para los casos de constitución inferior a un (1) año, se tendrá en cuenta a aquellos que hayan estado vinculados desde el momento de constitución de la persona jurídica.
El tiempo de vinculación en la planta referida de que trata el inciso anterior se acreditará con el certificado de aportes a seguridad social del último año o del tiempo de su constitución cuando su conformación es inferior a un (1) año, en el que se demuestren los pagos realizados por el empleador.
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Además, deberá aportar la copia de la certificación expedida por el Ministerio del Interior en la cual acredite que el trabajador pertenece a la población indígena, negra, afrocolombiana, raizal, palenquera, Rrom o gitana en los términos del Decreto Ley 2893 de 2011, o la norma que lo modifique, sustituya o complemente.
En el caso de los proponentes plurales, su representante legal diligenciará el Anexo Vinculación de población indígena, negra, afrocolombiana, raizal, palenquera, Rrom o gitanas, mediante el cual certifica que por lo menos el diez por ciento (10 %) del total de la nómina de sus integrantes pertenece a población indígena, negra, afrocolombiana, raizal, palanquera, Rrom o gitana. Este porcentaje se definirá de acuerdo con la sumatoria de la nómina de cada uno de los integrantes del proponente plural.
Las personas enunciadas anteriormente podrán estar vinculadas a cualquiera de sus integrantes.
En todo caso, deberá aportar la copia de la certificación expedida por el Ministerio del Interior en la cual acredite que el trabajador pertenece a la población indígena, negra, afrocolombiana, raizal, palenquera, Rrom o gitana en los términos del Decreto Ley 2893 de 2011, o la norma que lo modifique, sustituya o complemente.
Debido a que para el otorgamiento de este criterio de desempate se entregan certificados que contienen datos sensibles, de acuerdo con el artículo 6 de la Ley 1581 de 2012 o la norma que lo modifique, aclare, adicione o sustituya, se requiere que el titular de la información de estos, como es el caso de las personas que pertenece a la población indígena, negra, afrocolombiana, raizal, palenquera, Rrom o gitana, diligencien y alleguen documento de- Autorización para el tratamiento de datos personales como requisito para el otorgamiento del criterio de desempate.
Preferir la propuesta de personas naturales en proceso de reintegración o reincorpora - ción para lo cual presentará copia de alguno de los siguientes documentos:
La certificación en las desmovilizaciones colectivas que expida la Oficina de Alto Comisionado para la Paz.
El certificado que emita el Comité Operativo para la Dejación de las Armas respecto de las per- sonas desmovilizadas de forma individual.
El certificado que emita la Agencia para la Reincorporación y la Normalización que acredite que la persona se encuentra en proceso de reincorporación o reintegración o
Cualquier otro certificado que para el efecto determine la Ley.
Además, se entregará copia del documento de identificación de la persona en proceso de reintegración o reincorporación.
En el caso de las personas jurídicas, el representante legal o el revisor fiscal, si están obligados a tenerlo, diligenciarán un documento de - Participación mayoritaria de personas en proceso de reincorporación y/o reintegración (personas jurídicas), por medio del cual certificarán bajo la gravedad de juramento que más del cincuenta por ciento (50 %) de la composición accionaria o cuotas partes de la persona jurídica está constituida por personas en proceso de reintegración o reincorporación.
Además, deberá aportar alguno de los certificados del inciso anterior y, los documentos de identificación de cada una de las personas que está en proceso de reincorporación o reintegración.
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Tratándose de proponentes plurales, se preferirá la oferta cuando todos los integrantes sean personas en proceso de reincorporación, para lo cual se entregará alguno de los certificados del inciso primero; o personas jurídicas donde más del cincuenta por ciento (50%) de la composición accionaria o cuotas partes esté constituida por personas en proceso de reincorporación, para lo cual, el representante legal, o el revisor fiscal, si están obligados a tenerlo, diligenciarán, bajo la gravedad del juramento, un documento que acredite - Participación mayoritaria de personas en proceso de reincorporación (persona jurídica integrante del proponente plural), junto con los documentos de identificación de cada una de las personas en proceso de reincorporación.
Debido a que para el otorgamiento de este criterio de desempate se entregan certificados que contienen datos sensibles, de acuerdo con el artículo 6 de la Ley 1581 de 2012 o la norma que lo modifique, aclare, adicione o sustituya, se requiere que el titular de la información, como son las personas en proceso de reincorporación o reintegración, diligencien un documento de - Autorización para el tratamiento de datos personales como requisito para el otorgamiento del criterio de desempate.
Preferir la oferta presentada por un proponente plural siempre que se cumplan las condi- ciones de los siguientes literales:
(a) Esté conformado por al menos una madre cabeza de familia y/o una persona en proceso de reincorporación o reintegración, para lo cual se acreditarán estas condiciones de acuerdo con lo previsto en el inciso 1 del numeral 2 y/o el inciso 1 del numeral 6; o por una persona jurídica en la cual participe o participen mayoritariamente madres cabeza de familia y/o per- sonas en proceso de reincorporación o reintegración, para lo cual el representante legal o el revisor fiscal, según corresponda, diligenciará el Anexo Participación mayoritaria de mu- jeres cabeza de familia y/o personas en proceso de reincorporación o reintegración (perso - nas jurídicas), mediante el cual certifica, bajo la gravedad de juramento, que más del cin- cuenta por ciento (50 %) de la composición accionaria o cuota parte de la persona jurídica está constituida por madres cabeza de familia y/o personas en proceso de reincorporación y/o reintegración.
Además, deberá acreditar la condición indicada de cada una de las personas que participe en la sociedad que sean mujeres cabeza de familia y/o personas en proceso de reincorporación y/o reintegración, aportando los documentos de cada uno de ellos, de acuerdo con lo previsto en este literal. Este integrante debe tener una participación de por lo menos el veinticinco por ciento (25 %) en el proponente plural.
(b) El integrante del proponente plural debe aportar mínimo el veinticinco por ciento (25%) de la experiencia general acreditada en la oferta.
(c) En relación con el integrante del literal a) ni la madre cabeza de familia o la persona en pro- ceso de reincorporación o reintegración, ni la persona jurídica, ni sus accionistas socios o
representantes legales podrán ser empleados, socios o accionistas de otro de los integran- tes del proponente plural, para lo cual el integrante de que trata el literal a) lo manifestará diligenciando un documento que indique - Participación mayoritaria de mujeres cabeza de familia y/o personas en proceso de reincorporación y/o reintegración.
(d) Debido a que para el otorgamiento de este criterio de desempate se entregan certificados que contienen datos sensibles, de acuerdo con el artículo 6 de la Ley 1581 de 2012, se re- quiere que el titular de la información, como es el caso de las personas en proceso xx xxxx - corporación y/o reintegración, diligencien el Anexo - Autorización para el tratamiento de da- tos personales como requisito para el otorgamiento del criterio de desempate.
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Preferir la oferta presentada por una Mipyme, para lo cual se verificará en los términos del artículo 2.2.1.2.4.2.4 del presente Decreto, en concordancia con el parágrafo del ar- tículo 2.2.1.13.2.4 del Decreto 1074 de 2015.
En este sentido, la acreditación del tamaño empresarial se efectuará diligenciando un documento de Acreditación Mipyme, mediante el cual se certifique, bajo la gravedad de juramento que la Mipyme tiene el tamaño empresarial establecido de conformidad con la Ley
590 de 2000 y el Decreto 1074 de 2015, o las normas que lo modifiquen, sustituyan o complementen. Asimismo, se preferirá la oferta presentada por una cooperativa o asociaciones mutuales para lo cual se aportará el certificado de existencia y representación legal expedido por la cámara de comercio o la autoridad respectiva.
En el caso específico en que el empate se presente entre cooperativas o asociaciones mutuales que tengan el tamaño empresarial de grandes empresas junto con micro, pequeñas o medianas, se preferirá la oferta de las cooperativas o asociaciones mutuales que cumplan con los criterios de clasificación empresarial definidos por el Decreto 1074 de 2015 o la norma que lo modifique, aclare, adicione o sustituya, que sean micro, pequeñas o medianas.
Tratándose de proponentes plurales, se preferirá la oferta cuando cada uno de los integrantes acredite alguna de las condiciones señaladas en los incisos anteriores de este numeral.
En el evento en que se presente empate entre proponentes plurales cuyos integrantes estén conformados únicamente por cooperativas y asociaciones mutuales que tengan la calidad de grandes empresas junto con otras en las que los integrantes tengan la calidad de micro, pequeñas o medianas, se preferirá la oferta de aquellos proponentes plurales en los cuáles al menos uno de sus integrantes sea una cooperativa o asociación mutual que cumpla con los criterios de clasificación empresarial definidos por el Decreto 1074 de 2015 o la norma que lo modifique, aclare, adicione o sustituya, que sean micro, pequeñas o medianas.
Preferir la oferta presentada por el proponente plural constituido en su totalidad por mi- cro y/o pequeñas empresas, cooperativas o asociaciones mutuales.
La condición de micro o pequeña empresa se verificará en los términos del 2.2.1.2.4.2.4 del presente Decreto, en concordancia con el parágrafo del artículo 2.2.1.13.2.4 del Decreto 1074 de 2015, esto es, la acreditación del tamaño empresarial se efectuará diligenciando un documento de Acreditación Mipyme, mediante el cual bajo la gravedad de juramento certifica la condición de micro o pequeña empresa de conformidad con la Ley 590 de 2000 y el Decreto 1074 de 2015, o las normas que lo modifiquen, sustituyan o complementen.
La condición de cooperativa o asociación mutual se acreditará con el certificado de existencia y representación legal expedido por la cámara de comercio o la autoridad respectiva.
En el evento en que el empate se presente entre proponentes plurales cuyos integrantes estén conformados únicamente por cooperativas y asociaciones mutuales que tengan la calidad de grandes empresas junto con otras en las que los integrantes tengan la calidad de micro,
pequeñas o medianas, se preferirá la oferta de aquellos proponentes plurales en los cuáles al menos uno de sus integrantes sea una cooperativa o asociación mutual que cumpla con los criterios de clasificación empresarial definidos por el Decreto 1074 de 2015 o la norma que lo modifique, aclare, adicione o sustituya, que sean micro, pequeñas o medianas.
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Preferir al oferente persona natural o jurídica que acredite, de acuerdo con sus estados financieros o información contable con corte al 31 de diciembre del año anterior, que por lo menos el veinticinco por ciento (25 %) del total de sus pagos fueron realizados a Mipy - mes, cooperativas o asociaciones mutuales por concepto de proveeduría del oferente, efectuados durante el año anterior, para lo cual el proponente persona natural y contador público, o el representante legal de la persona jurídica y revisor fiscal de las personas obligadas por ley, o del representante legal de la persona jurídica y contador público, se- gún corresponda, diligenciará un documento que acredite - Pagos realizados a Mipymes, cooperativas o asociaciones mutuales.
Igualmente, cuando la oferta es presentada por un proponente plural se preferirá a este siempre que:
(a) Esté conformado por al menos una Mipyme, cooperativa o asociación mutual que tenga una participación de por lo menos el veinticinco por ciento (25 %), para lo cual se presentará el documento de conformación del proponente plural y, además, ese integrante acredite la condición de Mipyme, cooperativa o asociación mutual en los términos del numeral 8;
(b) La Mipyme, cooperativa o asociación mutual aporte mínimo el veinticinco por ciento (25 %) de la experiencia general acreditada en la oferta; y
(c) Ni la Mipyme, cooperativa o asociación mutual ni sus accionistas, socios o representantes legales sean empleados, socios o accionistas de los integrantes del proponente plural, para lo cual el integrante respectivo lo manifestará diligenciando el Anexo Acreditación Mipyme.
En el evento en que el empate se presente entre proponentes plurales, que cumplan con los requisitos de los incisos anteriores, cuyos integrantes estén conformados únicamente por cooperativas y asociaciones mutuales que tengan la calidad de grandes empresas junto con otras en las que los integrantes tengan la calidad de micro, pequeñas o medianas, se preferirá la oferta de aquellos proponentes plurales en los cuáles al menos uno de sus integrantes sea una cooperativa o asociación mutual que cumpla con los criterios de clasificación empresarial definidos por el Decreto 1074 de 2015, que sean micro, pequeñas o medianas.
Preferir las empresas reconocidas y establecidas como Sociedad de Beneficio e Interés Colec- tivo o Sociedad BIC, del segmento Mipymes, para lo cual se presentará el certificado de existencia y representación legal en el que conste el cumplimiento de los requisitos del artículo 2 de la Ley 1901 de 2018, o la norma que la modifique o la sustituya.
Asimismo, acreditará la condición de Mipymes en los términos del numeral 8. Tratándose de proponentes plurales, se preferirá la oferta cuando cada uno de los integrantes acredite las con- diciones señaladas en los incisos anteriores de este numeral.
Si después de aplicar los criterios anteriormente mencionados persiste el empate:
(a) La Entidad Estatal ordenará a los proponentes empatados en orden alfabético según el nombre de la persona natural, la persona jurídica o el proponente plural. Una vez ordenados, le asignará un número entero a cada uno de estos de forma ascendente, de tal manera que al primero de la lista le corresponda el número 1.
(b) Seguidamente, la Entidad Estatal debe tomar la parte entera (números a la izquierda de la coma decimal) de la TRM que rigió el día del cierre del proceso.
La Entidad Estatal debe dividir esta parte entera entre el número total de proponentes en empate, para posteriormente tomar su residuo y utilizarlo en la selección final.
(c) Realizados estos cálculos, la Entidad Estatal seleccionará a aquel proponente que presente coincidencia entre el número asignado y el residuo encontrado. En caso de que el residuo sea cero (0), se escogerá al proponente con el mayor número asignado.
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Nota 1. Si el empate entre las propuestas se presenta con un proponente extranjero, cuyo país de origen tenga Acuerdo Comercial con Colombia o trato nacional por reciprocidad, no se aplicarán los criterios de desempate de los numerales 8, 9, 10 y 11.
Nota 2. Para efectos de los factores de desempate, únicamente serán tenidos en cuenta los formatos y certificaciones presentados HASTA la fecha de cierre, por lo cual en NINGÚN caso serán recibidos de manera posterior.
CONSTITUCION DE GARANTIAS
El CONTRATISTA constituirá a su costo y a favor de la Terminal de Transporte S.A. dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la firma del presente contrato Póliza de Cumplimiento ante Entidades Públicas con Régimen Privado de Contratación otorgada por una Compañía de Seguros o una entidad bancaria legalmente constituida y autorizada para funcionar en Colombia, cuyas pólizas matrices estén aprobadas por la Superintendencia Financiera y cumpla con todos los requisitos xx xxx. La garantía única debe amparar los siguientes riesgos:
1. Cumplimiento: En cuantía equivalente al veinte por ciento (20%) del valor total del contra- to, con vigencia igual al plazo de ejecución del mismo y seis (6) meses más.
2. Calidad del servicio: En cuantía equivalente al veinte por ciento (20%) del valor total del contrato, con vigencia igual al plazo de ejecución del mismo y seis (6) meses más.
3. Calidad de los Bienes: En cuantía equivalente al veinte por ciento (20%) del valor total del contrato, con vigencia igual al plazo de ejecución del mismo y seis (6) meses más.
4. Pago de Salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones laborales: En cuantía equi- xxxxxxx al cinco por ciento (5%) del valor total del contrato, con vigencia igual al plazo de ejecución del mismo y tres (3) años más.
PARÁGRAFO: En caso de que haya necesidad de adicionar, prorrogar o suspender la ejecución, el CONTRATISTA se obliga a modificar la garantía única de acuerdo con las normas legales vigentes. El CONTRATISTA deberá mantener vigente la garantía única y serán de su cargo el pago de todas las primas y demás erogaciones de su constitución. La Terminal de Transporte S.A., podrá solicitar a la aseguradora la prórroga o modificación de la póliza a cargo del CONTRATISTA, cuando éste se negare a hacerlo, valor que se descontará de las sumas a él adeudadas.
Igualmente, el oferente manifiesta que ha revisado el estudio previo y los demás documentos del proceso y en consecuencia conoce el alcance del contrato, sus obligaciones y los riesgos del mismo aceptándolos libremente al presentar su oferta.
PROCEDIMIENTO PARA DECLARAR EL INCUMPLIMIENTO CONTRACTUAL, IMPOSICIÓN DE
MULTAS, PARA EXIGIR EL PAGO DE LA CLÁUSULA PENAL DE APREMIO Y/O CLÁUSULA
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PENAL PECUNIARIA: Cuando se presente un posible incumplimiento parcial o total del contrato atribuible al contratista respecto de cualquiera de las obligaciones del mismo, la entidad, realizará el siguiente procedimiento para declarar dicho incumplimiento: A) evidenciado un posible incumplimiento de las obligaciones a cargo del CONTRATISTA, según conste en informes elaborados por la supervisión o la interventoría, la entidad lo citará a él y al garante, mediante comunicación que por escrito se remitirá al domicilio del contratista y del garante, a una audiencia para debatir lo ocurrido. La entidad, fijará la fecha para realizar la audiencia, como mínimo al quinto día hábil siguiente a la fecha de recepción de la comunicación de citación a audiencia al contratista y al garante. En la citación, se hará mención expresa y detallada de los hechos que la soportan y por ello indicará los presuntos incumplimientos contractuales atribuibles al contratista, acompañando el informe de la supervisión o interventoría en el que se sustente la actuación y las demás pruebas que soporten la citación y enunciará las normas o cláusulas posiblemente violadas y las consecuencias que podrían derivarse para el contratista, de acuerdo con las estipulaciones contractuales. En la misma se establecerá el lugar, fecha y hora para la realización de la audiencia la que deberá tener lugar a la mayor brevedad posible, atendida la naturaleza del contrato y la periodicidad establecida para el cumplimiento de las obligaciones contractuales. B) En desarrollo de la audiencia, el Subgerente de Jurídico (jefe de contratación), presentará las circunstancias de hecho que motivan la actuación contractual, indicará los presuntos incumplimientos contractuales atribuidos al contratista, enunciará las posibles normas o cláusulas posiblemente violadas y las consecuencias que podrían derivarse para el contratista, según las estipulaciones contractuales. Acto seguido se concederá el uso de la palabra al representante legal del contratista o a quien lo represente y al garante, para que ejerzan su derecho de defensa y se pronuncien sobre las imputaciones de incumplimiento, en desarrollo de lo cual podrán rendir las explicaciones del caso, solicitar y aportar pruebas y controvertir las presentadas por la entidad. C) Una vez evacuada la práctica de las pruebas o recibidos los medios probatorios aportados por los interesados, se cerrará la audiencia para que la entidad mediante decisión contractual motivada que constará por escrito, proceda a resolver sobre la exigibilidad o no de la sanción o declaratoria o no del incumplimiento. Si se resuelve que no hubo incumplimiento, se archivará la actuación contractual. Por el contrario, si se decide que hubo incumplimiento contractual, en el mismo documento, se hará la tasación de la suma a pagar a favor de la entidad y a cargo del contratista y/o el garante, como consecuencia del incumplimiento de acuerdo con las estipulaciones contractuales. la respectiva decisión, se informará mediante comunicación escrita que se remitirá al domicilio del contratista y del garante. el contratista y el garante, podrán presentar un escrito de reconsideración ante la entidad, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de adopción de la decisión que declara el incumplimiento contractual. Si declarado éste ni el contratista, ni el garante, presentan el escrito de reconsideración o lo hacen en forma extemporánea, se entenderá que esa decisión se ratifica y se procede para su posterior cobro. La decisión sobre el escrito de reconsideración, si se presenta, será resuelta por la entidad por escrito, dentro de los 15 (quince) días hábiles siguientes a su recepción y remitida al contratista y del garante. El plazo anteriormente descrito podrá ser prorrogado por un término igual al inicialmente pactado. por el contrario, si se resuelve que no hubo incumplimiento, se comunicará por escrito a los interesados y se archivará la actuación contractual D) En todo caso, en cualquier momento del desarrollo de la audiencia contractual, el subgerente jurídico, podrá suspender la audiencia cuando de oficio o a petición de parte, ello resulte en su criterio necesario para allegar o practicar pruebas que estime conducentes y pertinentes, o cuando por cualquier otra razón debidamente sustentada, ello resulte necesario para el correcto desarrollo de la actuación contractual. en todo caso, al adoptar la decisión, se señalará fecha y hora para reanudar la audiencia. La entidad podrá ordenar el archivo de la actuación contractual en cualquier momento, si se prueba la cesación de situación de
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incumplimiento que dio lugar a este procedimiento. PARAGRAFO PRIMERO. Plazos para el pago de la obligación económica a cargo del contratista y/o garante como consecuencia de la declaratoria de incumplimiento parcial o total. El contratista, deberá pagar la totalidad de la obligación a su cargo y a favor de la entidad, conforme a lo indicado en la decisión de declaratoria de incumplimiento, dentro de los ocho (8) días hábiles siguientes a la fecha de confirmación de la declaratoria de incumplimiento. Cuando el garante, sea una entidad bancaria, deberá pagar la totalidad de la obligación a su cargo y a favor de la entidad, conforme a lo indicado en la decisión de declaratoria de incumplimiento, dentro de los ocho (8) días hábiles siguientes a la fecha de confirmación de la declaratoria de incumplimiento. Cuando el garante, sea una compañía de seguros, deberá pagar la totalidad de la obligación a su cargo y a favor de la entidad, conforme a lo indicado en la decisión de declaratoria de incumplimiento, dentro del término establecido en el artículo 1080 del código de comercio. El plazo para el pago de la obligación económica señalada en la decisión de declaratoria de incumplimiento, se contará a partir de la fecha del recibo de la comunicación escrita respectiva en la que conste la confirmación de la declaratoria de incumplimiento o desde el vencimiento del término para presentar el escrito de reconsideración. PARAGRAFO SEGUNDO: Para los efectos del presente contrato, el documento donde conste la declaratoria de incumplimiento contractual parcial o total atribuible al contratista, se constituye en la prueba de la ocurrencia y la cuantía del siniestro. PARAGRAFO TERCERO: Para efectos de valores a favor de la entidad, referentes a cláusula penal de apremio, cláusula penal pecuniaria, procederá la compensación de los saldos a favor del contratista. PARAGRAFO CUARTO: OPORTUNIDAD PARA EL PAGO DE LA PRESTACIÓN ASEGURADA El asegurador estará
obligado a efectuar el pago del siniestro dentro del mes siguiente a la fecha en que la entidad acredite su derecho. Vencido este plazo, el asegurador reconocerá y pagará a la entidad, además de la obligación a su cargo y sobre el importe de ella, un interés moratorio igual al certificado como bancario corriente por la superintendencia financiera, aumentado en la mitad. PARÁGRAFO QUINTO: COMPENSACIONES. Si la entidad al momento de tener conocimiento del incumplimiento o en cualquier momento posterior a este y anterior al pago de la indemnización, fuere deudor del contratista garantizado por cualquier concepto, la indemnización se disminuirá en el monto de las acreencias siempre y cuando estas sean objeto de compensación de acuerdo con la ley, de conformidad con lo reglado en los artículos 1714 y siguiente del Código Civil. Los montos compensados se disminuirán del valor de la indemnización
PRESENTACION DE LA OFERTA
La carta de presentación de la oferta deberá ser diligenciada según el ANEXO No. 1 adjunto a las condiciones de contratación y la OFERTA ECONÓMICA de acuerdo al ANEXO No. 2, firmada por el representante legal, si es persona jurídica, si es del caso, o por la persona natural o por el apoderado debidamente constituido, quien debe estar facultado para participar en la presente INVITACIÓN PRIVADA.
Para el último caso, deberá anexar el poder correspondiente con la manifestación expresa de las facultades otorgadas y sus limitaciones.
El proponente persona natural o el representante legal del proponente persona jurídica deben adjuntar copia de la cédula de ciudadanía.
El proponente como experto en la preparación de su oferta deberá tener en cuenta el estudio previo que hace parte de esta invitación y las condiciones de la presente invitación.
El proponente con la sola presentación de su oferta acepta los riesgos definidos para la ejecución del objeto del presente proceso contractual y que se encuentran en el estudio previo publicado.
NOTA: La oferta presentada es vinculante, irrevocable y obligatoria en los términos del artículo 845 y del Código de Comercio y demás normas pertinentes.
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En la fecha y hora límite señalada para el envío de propuestas a través del correo electrónico xxxxxx.xxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx, se procederá con la diligencia de cierre, dando apertura al sobre electrónico que contiene la(s) propuesta(s) recibidas.
XXXXXX XXXXXXXX XXXXXXX XXXXXX
Subgerente Corporativo (E)
Elaboró: Xxxxxx Xxxxxx - Técnico III - Subgerencia Corporativa Revisó: Xxxxxxxxx Xxxxxxxx – Abogada - Subgerencia Jurídica Revisó: Xxxx Xxxxxx Xxxxx Xxxxx – Xxxxxxx - Xxxxxxxxxxx Jurídica Aprobó: Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx de la Xxxx- Subgerente Jurídico
Este documento radicado con número 20240030031601 de fecha 2024/05/06 15:07, generado mediante el Sistema de Gestión Documental ORFEO ha sido firmado electrónicamente:
Documento firmado electrónicamente - 2024-05-06 15:41:46
FIRMAS:
Nombre:XXXXXX XXXXXXXX XXXXXXX Dependencia:SUBGERENCIA CORPORATIVA
Fecha:2024-05-06 15:41 PM
APROBÓ:
Nombre:XXXXXX XXXXXXXX XXXXXXX DE LA XXXX
Dependencia:SUBGERENCIA JURIDICA Fecha:2024-05-06 15:33 PM
RADICADOR:
Nombre:XXXXXX XXXXXXX XXXXXX XXXXX Dependencia:SUBGERENCIA CORPORATIVA Fecha:2024-05-06 15:07 PM