PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE RECOGIDA, CUSTODIA, TRANSPORTE Y CONTEO DE FONDOS, Y REPOSICIÓN DE CAMBIO EN ESTACIONES INTERMEDIAS, EN LAS INSTALACIONES DE SERVEIS FERROVIARIS DE MALLORCA
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE RECOGIDA, CUSTODIA, TRANSPORTE Y CONTEO DE FONDOS, Y REPOSICIÓN DE CAMBIO EN ESTACIONES INTERMEDIAS, EN LAS INSTALACIONES DE SERVEIS FERROVIARIS DE MALLORCA
Objeto.
1. El presente pliego tiene por objeto establecer las condiciones técnicas por las que ha de regirse la prestación de los servicios siguientes:
1.1. Recogida, custodia, transporte y recuento de fondos de las instalaciones de Serveis Ferroviaris de Mallorca (en adelante SFM) que se indiquen.
1.2. Aportación del cambio (moneda y/o billete), en cantidad, frecuencia, horario y punto de entrega que se establezca.
2. La prestación del servicio se llevará a cargo por la empresa adjudicataria con arreglo a lo previsto en el presente pliego de prescripciones técnicas y al resto de normativa que resulte de aplicación, citándose expresamente:
- La Ley de Seguridad Privada y el Reglamento que la desarrolla.
- La normativa laboral, de seguridad social y sectorial.
- La Ley de Protección de Datos de carácter Personal y sus desarrollos legales.
Funciones mínimas a realizar.
3. La presente licitación, y en su virtud el contrato a suscribir, tiene como funciones mínimas a realizar las consistentes en recoger, custodiar, transportar, y el recuento de los fondos generados en las estaciones de metro y tren de SFM, aportando el cambio en aquellas estaciones que se establezaportar el cambio necesario en aquellos puntos y con las frecuencias que se establecen el presente Pliego de Prescripciones Técnicas.
4. Ello incluye, sin ánimo de exhaustividad, las siguientes:
- Recogida de fondos en metálico (billetes y monedas) de la recaudación de las estaciones y dependencias de la red de SFM.
- Transporte y custodia al centro homologado de custodia y su conteo.
- Depósito y custodia.
- Recuento del metálico.
- Entrega de los fondos en la/s entidad/des bancarias que se indique.
- Trasmisión semanal a SFM de los ingresos a través del protocolo de comunicaciones de datos que SFM determine, así como de la aportación de la documentación necesaria en las entregas y recogidas, y realización de informes de incidencias.
- Aportación del cambio necesario, que el adjudicatario retirará de la oficina de la entidad bancaria que se indique, aportándolo a las estaciones y dependencias que se establecen, con la frecuencia y horarios indicados.
- En general, prestación de todos los servicios relacionados con la recogida, custodia, transporte y conteo de los fondos recogidos en los distintos puntos recaudatorios (estaciones xx Xxxxx, Xxxx, Manacor y las que, extraordinariamente, se establezcan), así como la vigilancia y protección, en el horario establecido, que aseguren el adecuado cumplimiento del objeto del contrato.
Medios personales y materiales mínimos.
5. Serán requisitos mínimos indispensables para ejecución del servicio a prestar la adscripción de:
- Dos (2) vigilantes de seguridad de transporte con arma y un vigilante de seguridad de transporte conductor con arma, y un (1) furgón blindado (homologado y debidamente habilitado administrativamente para el transporte por carretera de caudales), debiéndose cumplir en todo momento las obligatorias prescripciones en materia de seguridad.
Se entienden incluidos todos los medios auxiliares necesarios para la correcta prestación del servicio (combustibles, sacas, bolsas y precintos, medios para el acarreo de la moneda desde el punto de entrega hasta el furgón, medios de intercomunicación con SFM y entre el personal dedicado al contrato, material de oficina,….).
Recogidas y entregas.
6. Las recogidas y entregas se realizarán de forma semanal de acuerdo al siguiente calendario:
6.1. Recogida de fondos y entrega a sucursal bancaria
Frecuencia servicio | Estación Intermodal | Inca | Sa Pobla | Manacor |
Recogida | 3 recogidas a la semana | 1 recogida a la semana | Por demanda expresa | 1 recogida a la semana |
Entrega a entidad bancaria | 3 entregas a la semana | 1 entrega a la semana | Por demanda expresa | 1 entrega a la semana |
Nota. (1) La recaudación de la estación de Manacor se entrega directamente en la sucursal bancaria que se indique por parte de SFM, sin materializar actualmente el recuento en las dependencias de la adjudicataria. SFM se reserva el derecho de modificar dicha situación, debiendo el adjudicatario realizar el recuento, sin que esto pueda ser objeto de abono adicional.
(2) El transporte de los fondos siempre deberá realizarse además de cumpliendo la normativa al efecto, utilizando obligatoriamente sacas y precintos en perfecto estado.
6.2. Aportación de cambio (moneda y billete):
Frecuencia servicio | Estación Intermodal | Inca | Manacor |
Entrega | 1 entrega semanal/hasta en 3 despachos de la Estación | 1 entrega semanal/1 despacho | Por demanda expresa (máx. 1 entrega semanal/1 despacho) |
Por la realización de algún servicio especial que requiera la apertura eventual de alguna estación, podrá requerirse al adjudicatario la aportación de cambio a dicha estación (se prevén un máximo de 5 servicios especiales al año) y la posterior recogida de recaudación.
SFM se reserva el derecho de modificar las previsiones anteriores, manteniendo el total de entregas en el total anual que resulta de las previsiones anteriores.
Horarios de recogida.
7. SFM determinará mensualmente los días y la franja horaria de recogida de los caudales en cada una de las estaciones descritas en el punto anterior. Dicho calendario podrá ser modificado por SFM en atención a la posible existencia de necesidades de la explotación ferroviaria.
Provisión de sacas para transporte de caudales y precintos.
8. Las sacas o bolsas de transporte de caudales, así como los precintos, y su mantenimiento y reposición, son a cargo del adjudicatario y su coste está incluido en los precios del contrato.
Entrega de cambio.
9. La adjudicataria vendrá obligada a realizar una vez a la semana la entrega de “cambio” que previamente SFM habrá solicitado a la entidad bancaria correspondiente en los tipos de moneda (papel y/o metálico) de acuerdo con el sistema operativo de la licitadora y la necesidad de la explotación ferroviaria. El cuadro orientativo de frecuencias es el establecido en el punto 6.2.
Manipulación y recuento del dinero.
10. La manipulación, recuento y cuadre de cada uno de los sacos o bolsas, cajas de monedas o similares recogidas en las diferentes estaciones deberá ser individualizada, es decir, deberá ser contado cada elemento por separado dada la necesidad de SFM de conocer las diferencias correspondientes a cada estación (y sin perjuicio que en el futuro deban ser contados diferenciadamente los sacos o bolsas de los agentes de SFM, obligación que también asume la adjudicataria de implantarse este sistema constante la vigencia del contrato).
11. El recuento por parte de la empresa de seguridad se realizará en hojas a parte indicando el que pertenece a billetes y a monedas, así como el total de ambas cantidades. En todo caso se anotará el número del precinto indicando la estación a que se refiera. Igualmente la adjudicataria después de cada recuento deberá realizar un listado desglosando la estación, (el agente de SFM si procediera en un futuro), el número de cada precinto, el importe de billetes, el de monedas y la totalización.
Condiciones del personal adscrito al servicio.
12. El personal adscrito al servicio estará en perfecto estado físico y psíquico, debiendo en todo momento mantener una impoluta imagen exterior y un correcto comportamiento con el personal de SFM y los usuarios del tren.
13. Ejercerá sus funciones dotados de la correspondiente uniformidad, identificación, y con los instrumentos de defensa y disuasión necesarios para la realización de este tipo de servicios. Dicho personal tendrá la formación específica que se requiere legalmente para la realización del servicio de traslados de fondos y caudales.
14. La adjudicataria destinará al servicio a los mismos agentes, con la finalidad de evitar formaciones continuas, ello en atención a lo sensible del servicio a prestar. Si por cualquier causa (bajas laborales, vacaciones, etc..) se tuviera que destinar un nuevo agente, este deberá haber recibido por parte de la adjudicataria la necesaria formación para la realización del servicio con la mayor efectividad y diligencia. Las licitadoras vendrán obligadas a acreditar la existencia de una plantilla suficiente con la habilitación necesaria para prestar este servicio, con el fin de de garantizar las posibles sustituciones.
15. Corresponde a la adjudicataria dar a cada uno de los agentes destinados al servicio a contratar la formación, general y específica, necesaria para la realización del servicio. Igualmente es obligación de la adjudicataria comprobar y certificar ante SFM los antecedentes del personal destinado al servicio.
Aspectos laborales
16. La adjudicataria vendrá obligada a cumplir con toda la normativa laboral que le resulte de aplicación por razón de su tráfico mercantil. Debiendo cumplir con las normas laborales sectoriales y generales.
17. Igualmente debe cumplir con toda la normativa de aplicación en materia de seguridad social y de prevención de riesgos laborales.
Interrupción del servicio.
18. En el supuesto de interrupción del servicio, cualquiera que fuera su causa, incluida la de huelga laboral, el adjudicatario queda obligado a comunicar a SFM de forma inmediata dicho extremo y su causa.
19. Si por el motivo que fuera el adjudicatario no pudiera asegurar la prestación del servicio, o si las condiciones que se ofrecieran no fueran consideradas suficientes por el encargado del servicio de SFM, esta última entidad queda expresamente facultada por parte del adjudicatario para contratar el servicio a tercero durante el período de interrupción del servicio, así como cualquier otra actuación tendente a la continuación en la prestación. En todos los casos, SFM procederá a descontar directamente del precio a pagar a la adjudicataria, el coste de las medidas que se adoptaron para evitar la paralización del servicio.
Contenido de la oferta.
20. La oferta del contratista debe contemplar, como mínimo, los servicios mencionados en los apartados anteriores, criterios que pueden ser mejorados y ampliados.
21. Igualmente contendrá:
Descripción de los medios humanos que se ofrecen con definición de los puestos de trabajo, funciones, turnos y horarios.
Descripción de los medios técnicos de seguridad que se consideren implantar como complemento de los mínimos exigidos, ello para la mejora en la seguridad del servicio.
Medidas organizativas necesarias para la coordinación y funcionamiento adecuado del servicio.
Relación de la plantilla de la empresa, con desglose a nivel de la Isla de Mallorca.
Cuanta información juzguen necesaria y de interés en relación a la formación del personal que se destinará a la realización del servicio para SFM y el “curriculum vitae” de la persona que actúe como responsable del servicio por cuenta de la licitadora.
Relación de medios auxiliares de utilidad para la prestación del servicio objeto del contrato.
Contenido de la documentación de la calidad técnica de la propuesta.
22. En la valoración de la calidad técnica de las propuestas se analizarán los aspectos técnicos que se relacionan:
22.1 Proyecto Técnico y Memoria de prestación del servicio Descripción del equipo técnico dedicado al servicio. Descripción de los medios materiales dedicados al servicio.
Proyecto y memoria de prestación del servicio, debiendo incluir la dirección y localización del licitador.
Documentación técnica adicional que el licitador considere aportar para una mejor definición del servicio ofertado.
22.2. Tecnología, medios materiales y Recursos Humanos Uniformidad y equipamiento del personal.
Descripción del material que el licitador dispondrá para la ejecución del servicio, con especial referencia a la flota de furgones blindados, indicando el número de ellos, la antigüedad media de dicha flota, sistemas de comunicación para resolver incidencias, etc.
Descripción del departamento de recuento, personal adscrito a él, y medios de los que se dispone
Medios informáticos y programas informáticos usados por la licitadora y compatibles con los usados por SFM que permitan tener un rápido acceso a los resultados del recuento y su posterior tratamiento a nivel interno.
Duración del contrato.
23. La duración del contrato objeto de licitación será de dos (2) años a partir de la fecha de la firma. No podrá ser objeto de prórroga.
Presupuesto de licitación.
24. La base de la licitación es de cuarenta y ocho mil (48.000) euros, IVA excluido, por el plazo total de dos (2) años. Incluyendo el importe correspondiente al IVA, el total asciende a cincuenta y ocho mil ochenta euros (58.080 €), IVA incluido. No se admitirán ofertas por encima del presupuesto de licitación, las cuales serán excluidas automáticamente.
El presupuesto estimado es de cuarenta y ocho mil (48.000) euros, IVA excluido, por el plazo total de dos (2) años.
25. El licitador deberá presentar su oferta de acuerdo al presupuesto previsto para la duración total del contrato de (2) años.
26. Dicho presupuesto tiene valor máximo y podrá ser modificado a la baja como resultado de la licitación.
27. En el precio total de la licitación se entenderán incluidos todos los gastos e impuestos, por tanto incluye el impuesto sobre el valor añadido.
Dirección del contrato.
28. La dirección del contrato será designada por SFM, el cual supervisará la prestación del servicio contratado. Dicha persona podrá ser auxiliado por colaboradores quienes quedarán integrados en el equipo de dirección.
Inspección y control.
29. Al objeto de establecer una coordinación adecuada, el adjudicatario designará un único responsable, debidamente facultado para poder representar y vincular a la empresa respecto de cualquier medida relacionada con el servicio a prestar. Dicha persona actuará como único interlocutor con SFM en todos aquellos aspectos relativos a la operatividad del servicio.
Forma de pago.
30. El pago se realizará al presentar el contratista las facturas mensuales con expresión de las recogidas efectivamente realizadas, que servirá como informe mensual del servicio. La misma deberá contar con la conformidad del director del contrato.
31. El importe de las mismas se obtendrá mediante el prorrateo en 24 meses del presupuesto de adjudicación. Las facturas presentadas deberán ajustarse estrictamente a las condiciones previstas en el contrato.
Criterios de valoración.
32. Los criterios que se aplicaran para la adjudicación, relacionados por orden decreciente de importancia son:
Oferta económica (puntuación máxima 90 puntos sobre 100)
Propuesta técnica (puntuación máxima 10 puntos sobre 100)
33. La forma de cálculo de las ofertas económicas se efectuará de acuerdo al siguiente criterio:
La oferta cuyo presupuesto sea el menor de todos se le otorgará 85 puntos, para las restantes se aplicará la siguiente fórmula:
P=90 x presupuesto de la oferta más baja/ presupuesto que se puntúa.
34. La propuesta técnica tendrá una puntuación máxima de 10 puntos.
La valoración de dicha propuesta se realizará siguiendo los siguientes criterios:
Proyecto Técnico y Memoria de prestación del servicio 4 puntos.
Descripción del equipo técnico dedicado al servicio. (1 punto) Descripción de los medios materiales dedicados al servicio. (1 punto)
Proyecto y memoria de prestación del servicio, debiendo incluir la dirección y localización del licitador. (1 punto)
Documentación técnica adicional que el licitador considere aportar para una mejor definición del servicio ofertado. (1 punto).
Tecnología, medios materiales y Recursos Humanos 6 puntos.
Uniformidad y equipamiento del personal. (1 puntos)
Descripción del material que el licitador dispondrá para la ejecución del servicio, con especial referencia a la flota de furgones blindados, indicando el número de ellos, la antigüedad media de dicha flota, sistemas de comunicación para resolver incidencias, etc. (2 puntos)
Descripción del departamento de recuento, personal adscrito a él, y medios de los que se dispone (1 puntos).
Medios informáticos y programas informáticos usados por la licitadora y compatibles con los usados por SFM que permitan tener un rápido acceso a los resultados del recuento y su posterior tratamiento a nivel interno (2 puntos).
35. La evaluación global se obtendrá mediante la suma de las puntuaciones obtenidas en la oferta económica y técnica, siendo la máxima puntuación posible la de 100.
Circunstancia determinante de adjudicación para el supuesto de empate.
36. Para ese supuesto la adjudicación se realizará a la licitadora que haya obtenido una mayor puntuación en el apartado de la propuesta técnica.
Parámetros objetivos de valores anormales o desproporcionados.
37. Se considerarán anormales o desproporcionadas las ofertas que se sitúen en el siguiente supuesto:
- Cuando, concurriendo un solo licitador, sea inferior al presupuesto base de licitación en más de 25 unidades porcentuales.
- Cuando concurran dos licitadores, la que sea inferior en más de 20 unidades porcentuales a la otra oferta.
- Cuando concurran tres licitadores, las que sean inferiores en más de 10 unidades porcentuales a la media aritmética de las ofertas presentadas. No obstante, se excluirá para el cómputo de dicha media la oferta de cuantía más
elevada cuando sea superior en más de 10 unidades porcentuales a dicha media. En cualquier caso, se considerará desproporcionada la baja superior a 25 unidades porcentuales.
- Cuando concurran cuatro o más licitadores, las que sean inferiores en más de 10 unidades porcentuales a la media aritmética de las ofertas presentadas. No obstante, si entre ellas existen ofertas que sean superiores a dicha media en más de 10 unidades porcentuales, se procederá al cálculo de una nueva media sólo con las ofertas que no se encuentren en el supuesto indicado. En todo caso, si el número de las restantes ofertas es inferior a tres, la nueva media se calculará sobre las tres ofertas de menor cuantía.
- Para la valoración de la ofertas como desproporcionadas, la mesa de contratación podrá considerar la relación entre la solvencia de la empresa y la oferta presentada
38. Si la oferta económica del licitador que ha obtenido mayor puntuación de acuerdo con los criterios de valoración fijados en este pliego, resultase incurso en presunción de anormalidad, se recabará la información necesaria para que la mesa de contratación pueda estar en disposición de determinar si efectivamente dicha oferta resulta anormalmente baja en relación con la prestación y por ello debe ser rechazada o, si por el contrario, la citada oferta no resulta anormalmente baja, y por ello deber ser tomada en consideración para adjudicar el servicio.
39. En el anterior caso, se solicitará al licitador, por escrito, las precisiones que se consideren oportunas acerca de la composición de la citada oferta económica y sus justificaciones. El licitador dispondrá de un plazo de tres (3) días hábiles, a contar desde la fecha que reciba la solicitud, para presentar sus justificaciones también por escrito.
40. Si transcurrido este plazo no se aportase la justificación solicitada por SFM o la aportada no fuese satisfactoria, se entenderá que la oferta no puede ser cumplida como consecuencia de la inclusión de valores anormales o desproporcionados sienta esta rechazada. A continuación se acordará la adjudicación a favor de la siguiente proposición económicamente más ventajosa, de acuerdo con el orden en que las ofertas hayan sido clasificadas.
41. Si, por el contrario, la justificación aportada fuese solvente se procederá a adjudicar el contrato al licitador que ha obtenido la máxima puntuación.
Modo de presentación de la oferta.
42. Se estará a lo previsto en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.
Lugar, plazo y límite de presentación de la oferta.
43. La ofertas deben ser presentadas en las oficinas de SFM, sita en el Xxxxxxxx xx Xxxx Xxxxxxx xx0 xx Xxxxx xx Xxxxxxxx.
44. El plazo de presentación será el establecido en el anuncio de licitación. Cualquier oferta presentada con posterioridad a dicho límite horario será rechazada.
Régimen de penalizaciones; Sanciones y causa de resolución.
45. Se considerarán faltas muy graves las siguientes: La falta de cobertura del servicio.
Carecer el personal destinado al servicio de la titulación exigida por la legislación y reglamentación en materia de seguridad privada.
Que se preste el servicio por parte del personal de la contratista estando en estado de embriaguez o bajo los efectos del consumo de cualquier sustancia psicotrópica.
La utilización incorrecta o desmesurada del arma o la defensa.
La comisión de un acto delictivo por parte de cualquier miembro adscrito al servicio.
El incumplimiento de de las obligaciones laborales, de materia de seguridad social o las fiscales relativas al personal destinado al servicio contratado.
La utilización para el servicio de transporte de vehículos no adaptados para el transporte de caudales (no se contempla, en este sentido, las tareas de vigilancia y protección de las intervenciones en máquinas automáticas de venta, aun cuando se retiren las recaudaciones de la misma. Esta infracción hace referencia a la retirada de fondos en estaciones xx Xxxxx, Xxxx, Manacor o, aquella otra que, extraordinariamente, se decida).
La utilización para el servicio de transporte de vehículos que carezcan de todas las habilitaciones administrativas para ello, incluido la ITV o que circulen sin estar debidamente asegurados.
La falsedad o negativa en el suministro de los informes de recuento, de los de naturaleza técnica, así como de los relacionados con número de identidad del personal afecto al servicio, solicitado por el contratante en el ejercicio de sus facultades de control e inspección.
Cubrir el servicio con un número de personal inferior al mínimo exigido en el contrato.
La falta de alguno de los elementos obligatorios (arma, furgón blindado) para la prestación del servicio
No designar interlocutor entre la empresa contratada y SFM dentro del plazo de 10 días a contar desde la suscripción del contrato.
La comisión de una tercera infracción grave.
46. Se considerarán faltas graves:
La falta de colaboración de los guardas de seguridad y del resto de personal adscrito al servicio por parte de la adjudicataria con el personal adscrito al control del servicio por parte de SFM.
La no asistencia de forma injustificada del representante de la empresa a las reuniones que se convoquen por parte del director del contrato.
El incumplimiento de las normas contenidas en el Reglamento de Circulación de vehículos y de las emanadas por el director del contrato en cuanto a la realización del servicio.
El trato vejatorio de la empresa adjudicataria para con sus empleados y tenga repercusión en el servicio.
El trato desconsiderado por parte del personal de la empresa adjudicataria destinado al servicio para y con los usuarios del tren y el metro o los trabajadores de SFM.
El cambio de cualquier miembro del equipo de seguridad adscrito al servicio sin previa comunicación al director del contrato.
La comisión de una tercera infracción leve.
47. Se considerarán faltas leves:
El descuido en el aseo personal y en la uniformidad. El uso incorrecto del uniforme.
Cualquier otra que pueda afectar a la prestación del servicio y no esté comprendida en las anteriores.
48. Las sanciones a aplicar por la comisión de alguna de las faltas previstas serán:
Para las faltas leves el primer incumplimiento implicará una carta de apercibimiento. Para el segundo y los sucesivos se aplicará una sanción de SEISCIENTOS (600) euros por cada incumplimiento producido y detectado.
Para las faltas graves, la sanción consistirá en TRES MIL (3.000) euros por cada cumplimiento producido y detectado.
Para las muy graves SFM podrá optar entre imponer una sanción económica de entre TRES MIL Y UN (3.001) euros hasta QUINCE MIL (15.000) euros.
En el caso de un incumplimiento muy grave que hubiera supuesto que el servicio se hubiese visto afectado de forma también muy grave, y previa resolución debidamente motivada, SFM podrá imponer la sanción consistente en la resolución contractual con pérdida de la fianza y sin derecho del adjudicatario a solicitar daños y perjuicios por finalización anticipada del contrato.
Garantía definitiva.
49. La adjudicataria, al momento de firmar el contrato, vendrá obligada a prestar una fianza del 5% del importe de adjudicación, que podrá ser prestada en cualquiera de las formas previstas en el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
Palma de Mallorca, febrero de 2015.