PLIEGO DE CONDICIONES
PLIEGO DE CONDICIONES
INVITACIÓN PÚBLICA PARA CONTRATAR LAS OBRAS DE CERRAMIENTO PERIMETRAL FASE 1 DEL CAMPUS DE LA SEDE DE LA PAZ DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA, BAJO LA MODALIDAD DE PRECIOS UNITARIOS FIJOS SIN FÓRMULA DE REAJUSTE
CAPÍTULO I
INFORMACIÓN GENERAL A LOS PROPONENTES
1.1. OBJETO DE LA INVITACIÓN
Contratar las obras de cerramiento perimetral fase 1 del campus de la Sede de la paz de la Universidad Nacional de Colombia, bajo la modalidad de precios unitarios fijos sin fórmula de reajuste
1.2. ALCANCE DEL OBJETO
Contratar las obras de cerramiento perimetral fase 1 que incluyan la ornamentación de la fachada del acceso principal, el cerramiento lateral y la intervención física que contemple el suministro e instalación de postes y alambrado del costado posterior del campus de la Sede de La Paz de la Universidad Nacional de Colombia, bajo la modalidad de precios unitarios fijos sin fórmula de reajuste.
Obras que se contrataran según los siguientes tipos de intervención:
a) Intervención Tipo 1
Realizar las obras de ornamentación de la fachada del acceso principal al campus.
Características: Consiste en la fabricación e instalación de cerramiento en el costado frontal del campus, construido mediante tipología mixta de estructura metálica y base de apoyo en cimentación en concreto. Esta intervención contempla también la Fabricación e instalación de tres puertas de acceso vehicular y peatonal en carpintería metálica Una localizada en la entrada principal de la sede, otra al acceso de parqueaderos de profesores y administrativos y la tercera en la vía que comunica al área en donde se construirá la segunda etapa de construcción de la sede.
Localización: Se construirá paralelo a la vía que conduce de La Paz a la ciudad de Valledupar.
b) Intervención Tipo 2
Realizar el cerramiento lateral del campus.
Características: La intervención consta de una estructura formada por xxxxxxx en tubular metálico embebidos en el terreno con pilotes en concreto 3 y reja construida en malla ondulada y ángulos metálicos perimetrales con refuerzo horizontal
Localización: Se construirá en los márgenes laterales del límite del predio del Campus hasta llegar a la línea demarcada con postes de red eléctrica que coinciden con las construcciones de la primera etapa y la expansión futura correspondiente a la segunda etapa del Campus de la Paz.
c) Intervención Tipo 3
Realizar la intervención física que incluya el suministro e instalación de postes y alambrado del costado posterior del campus.
1.3. SELECCIÓN DE PROPUESTA(S) Y ASIGNACIÓN DE CONTRATO
La asignación del contrato se realizará de forma total a un solo oferente, que haya cumplido con todos los requisitos de habilitación y obtenido el mayor puntaje, teniendo en cuenta lo siguiente:
a) Los PROPONENTES deberán presentar oferta para los 3 tipos de intervención.
b) Las propuestas presentadas DEBERÁN comprender todas y cada una de las especificaciones técnicas de cada uno de los tipos de intervención. No se aceptan propuestas parciales.
1.4. OBLIGACIONES ESPECÍFICAS
Los PROPONENTES dentro de su propuesta deberán aceptar la ejecución de las siguientes obligaciones específicas:
1. Garantizar el desarrollo del objeto contractual de acuerdo con las especificaciones técnicas suministradas por la Universidad.
2. Garantizar la fabricación e instalación de todos los elementos requeridos para la ejecución de las actividades, así como todos los servicios conexos (transporte, bodegaje, retiro de escombros, alquiler, materiales, soldaduras, retiro de postes de delimitación existentes, etc.), por lo que debe prever todo costo en su oferta, sin generar otros costos para la Universidad.
3. El contratista se obliga a mantener tres frentes de trabajo con diferente personal con el fin de realizar los 3 tipos de intervenciones de manera simultánea.
4. Inspeccionar, previo al inicio de la ejecución de las obras, el sitio donde se ejecutarán, para observar las condiciones existentes en el mismo y planear los trabajos a realizar.
5. Realizar las actividades cumpliendo con la normatividad vigente para seguridad y manejo de residuos aplicable a este proceso, como lo establecen las especificaciones técnicas.
6. Consultar con el supervisor asignado al proyecto, de manera oportuna, cualquier posible ambigüedad, o duda que considere necesario en las especificaciones para el correcto desarrollo del proyecto.
7. Responder en forma exclusiva por el cumplimiento del Manual de Seguridad, Salud Ocupacional y Ambiente para contratistas de la Universidad. Este Manual puede ser consultado en el siguiente link: xxxx://xxx.xxxx.xxx.xx/xxx/Xxxxxxxx_xxxx/XXXXXX_XXXXXXXXX_XXXXX_XXXXXXXXXXX_X_XX BIENTE_CONTRATISTAS_UN-DNSO.pdf
8. Utilizar andamios certificados, en las actividades que así lo requieran dentro del desarrollo de obra.
9. Prever las protecciones, cerramientos provisionales y la señalización necesaria para la seguridad de los operarios y del personal de la Universidad.
10. Señalizar las áreas a intervenir y circundantes, garantizando que todo espacio esté debidamente señalizado, acatando la normatividad vigente.
11. Garantizar el aseo general y final de todos los espacios afectados directa e indirectamente durante la ejecución de la obra.
12. El contratista debe garantizar que cuenta con profesionales idóneos para la supervisión y ejecución de las actividades.
13. Proveer al personal equipos para trabajo en altura debidamente certificados con los permisos y licencias que exige la ley para el cumplimiento del objeto contractual, así como el conocimiento y aplicación de la normativa y la resolución 1409 (julio 23 de 2012) del Ministerio de Seguridad Social y todas las disposiciones xx xxx.
14. Verificar que todo personal que esté vinculado para realizar trabajos que conlleven a estar en alturas esté certificado en trabajo de este tipo sin ninguna excepción. Se deberá aportar el certificado respectivo al supervisor del contrato.
15. El contratista debe verificar todas las medidas en obra, y consultarlas previamente al inicio de Obra con el supervisor asignado por la Universidad.
16. Responder por los defectos en los materiales o en la ejecución de las actividades, los cuales se imputarán al contratista, en tal caso deben ser corregidos y pagados por su cuenta durante el plazo de ejecución de la orden contractual, sin perjuicio de las acciones contractuales o legales que decida emprender la Universidad.
17. Suministrar y mantener por su cuenta la señalización preventiva suficiente y necesaria para informar y advertir acerca de la realización de los trabajos, la existencia de peligro y tránsito restringido o prohibido, manteniéndola durante la ejecución de la orden contractual.
18. Responder de manera exclusiva por los daños que se ocasionen a empleados o bienes de La Universidad, lo mismo que a terceras personas y sus bienes, procediendo a la inmediata reparación en un plazo máximo de quince (15) días calendario, contados a partir de la fecha de su ocurrencia, sin perjuicio de que la Universidad proceda a la reparación inmediata de los daños causados a sus instalaciones y descuente a motu proprio la totalidad de los respectivos costos y sin perjuicio de hacer efectiva la respectiva garantía de responsabilidad civil extracontractual.
NOTA: Las obligaciones antes indicadas serán de obligatorio cumplimiento por parte del(los) proponente(s) seleccionado(s). La sola presentación de la propuesta será evidencia de que el proponente
acepta y se obliga a realizar las actividades antes relacionadas, quedando sin efecto cualquier modificación o condicionamiento que en la propuesta se llegare a introducir a las mismas.
1.5. VALOR ESTIMADO DEL PROCESO DE CONTRATACIÓN
La Universidad Nacional de Colombia, en adelante la UNIVERSIDAD, cuenta con los recursos para amparar la contratación que se llegare a derivar del objeto de la presente Invitación Pública por un valor de hasta MIL QUINIENTOS CUARENTA Y SEIS CUATROCIENTOS DOCE MIL NOVECIENTOS TREINTA Y CUATRO MILLONES DE PESOS M/CTE ($1.546.412.934). INCLUIDO IVA, más el gravamen a los
movimientos financieros por la suma de Seis Millones Ciento Ochenta y Cinco Mil Seiscientos Cincuenta y Dos Pesos Moneda Legal ($6.185.652), de conformidad con el Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. 27 de 2018, los cuales se encuentran distribuidos así:
TIPOS DE INTERVENCIÓN | Vr. DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL MAXIMA POR INTERVENCIÓN (INCLUIDO IVA) | |
1 | Obras de ornamentación de la fachada del acceso principal al campus. | $652.916.655 |
2 | Cerramiento lateral del campus | $670.802.431 |
3 | Intervención física que incluya el suministro e instalación de postes y alambrado del costado posterior del campus. | $222.693.847 |
TOTAL DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL INCLUIDO IVA | $1.546.412.934 |
NOTAS:
a) El presupuesto asignado a este proceso contractual comprende todos los costos, gastos e impuestos directos e indirectos que se puedan generar para la suscripción, legalización, ejecución y liquidación del contrato. Por lo anterior, los PROPONENTES deberán proyectar el valor de su propuesta incluyendo todos los valores, así como los impuestos a que haya lugar, en que pudieran incurrir durante la suscripción, legalización, ejecución y liquidación del contrato.
b) El valor del gravamen a los movimientos financieros no hace parte del valor estimado para la ejecución del presente proceso de selección, y se detalla solo para efectos tributarios internos de la Universidad.
1.6. PLAZO DE EJECUCIÓN REQUERIDO POR LA UNIVERSIDAD
El plazo estimado para la ejecución del (los) contrato(s) requerido por la UNIVERSIDAD es SETENTA
(70) DÍAS calendarios, contados a partir de la fecha de la firma del acta de inicio, previo cumplimiento de todos los requisitos de perfeccionamiento, legalización y ejecución exigidos.
Nota: El proponente que presente una vigencia superior a la aquí establecida incurrirá en causal de rechazo de la propuesta.
1.7. FORMA DE PAGO
La Universidad pagará al proponente seleccionado el valor pactado en el presente contrato, de la siguiente manera:
a) Un anticipo de hasta el 30 % del valor total del contrato antes de IVA, el cual iniciará trámite de pago una vez suscrita el acta de inicio, entrega por parte del contratista del plan de manejo, inversión y amortización del anticipo aprobado por la SUPERVISIÓN, previo cumplimiento de todos los requisitos de perfeccionamiento, legalización y ejecución.
b) Pagos correspondientes al 40% previa presentación de actas parciales de obra ejecutada contra medición de obra debidamente aprobadas por la SUPERVISIÓN. De cada pago se descontará un porcentaje proporcional de su valor, para amortizar el anticipo recibido.
c) Un pago final correspondiente al 30%por el saldo de las obras pendientes por pagar, previa suscripción del Acta de recibo final de obra a satisfacción y del acta de liquidación, firmada por las partes. En esta Acta se descontará el saldo pendiente de amortización del anticipo.
Nota 1. A excepción del anticipo, cada pago requerirá de presentación de factura, constancia de cumplimiento expedida por el supervisor, certificación en que conste que ELCONTRATISTA se encuentra al día en el pago de aportes a seguridad social y a parafiscales, conforme a lo dispuesto en la Ley 789 de 2002.
Nota 2. El valor correspondiente a la “I” de imprevistos del AIU se cancelará al contratista en cada corte de obra únicamente si éstos están totalmente demostrados y justificados ante la SUPERVISIÓN, según lineamientos de la Contraloría General de la República.
1.8. LUGAR DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO
El lugar de ejecución del contrato es el Campus de la Sede de la paz, ubicado en municipio de La Paz (Cesar), en el xxxxxxxxx 0 xx xx xxx Xxxxxxxxxx - Xx Xxx.
1.9. MODALIDAD DE CONTRATACIÓN
Como resultado de la presente Invitación pública, la Universidad Nacional de Colombia contratará los servicios mediante la suscripción de un CONTRATO DE OBRA, bajo la modalidad de precios unitarios fijos sin formula de reajuste.
1.10. RÉGIMEN JURÍDICO APLICABLE
La presente invitación publica y el (los) contrato(s) que llegare(n) a suscribirse, se regirán además de lo establecido en el Acuerdo 002 de 2008 del Consejo Superior Universitario, "Por el cual se adopta el régimen que contiene las normas generales de los acuerdos de voluntades en la Universidad Nacional de Colombia"; por la Resolución de Rectoría No. 1551 de 2014, "Por medio de la cual se adopta el Manual de Convenios y Contratos de la Universidad Nacional de Colombia”, por las demás normas que los modifiquen y/o complementen y/o sustituyan; y por las normas legales, comerciales y civiles que rigen la materia.
En cualquier caso, los proponentes deberán cumplir con los requisitos jurídicos, financieros, económicos y técnicos establecidos en el presente pliego de condiciones, y no estar incursos en las prohibiciones, inhabilidades e incompatibilidades consagradas en la Constitución Política y la Ley, entre otras, las consagradas en la Ley 1474 de 2011, “Por la cual se dictan normas orientadas a fortalecer los mecanismos de prevención, investigación y sanción de actos de corrupción y la efectividad del control de la gestión pública”.
LOS PROPONENTES que participen en la presente Invitación Pública, así como el (los) futuro(s) Contratista(s) deben comprometerse a que las relaciones contractuales o vínculos laborales que acuerden con mujeres, para efectos de ejecutar el objeto contractual requerido por la UNIVERSIDAD, deberán regirse por la normatividad nacional e internacional que propende por garantizar un trato equitativo a las mujeres en materia laboral y así evitar cualquier tipo de discriminación por género. Dentro de las normas a tener en cuenta, con el fin de asegurar un ambiente digno de trabajo y un reconocimiento económico justo a su desempeño laboral, se encuentran las Leyes 731 de 2002, 823 de 2003, 931 de 2004, 1009 de 2006, 1010 de 2006, 1257 de 2008 y 1496 de 2011.
Tanto LOS PROPONENTES, como el contratista que resulte favorecido con la selección de su propuesta, dentro del proceso de selección, deberán garantizar que no se promoverá, consentirá, impulsará, financiará o permitirá el trabajo forzado, ni el trabajo infantil, tal como se define en los Convenios de la OIT 29, 105, 138 y 182, así como también todas las Convenciones e instrumentos Internacionales que el Gobierno Colombiano haya ratificado o adoptado, como la Declaración Universal de Derechos Humanos de 1948 o la Declaración de los Derechos del Niño de 1959. Así mismo, se acatarán las normas vigentes nacionales que regularizan el tema, entre otras, la Ley 387 de 1997, Ley 515 de 1999 y Ley 1098 de 2006, por la cual se expide el Código de la Infancia y la Adolescencia.
1.11. RESERVA DE DOCUMENTOS
Los PROPONENTES interesados en participar en la presente invitación pública, se comprometen bajo la gravedad del juramento, a guardar la debida reserva de todos los documentos que se les den a conocer, siempre y cuando la UNIVERSIDAD comunique el carácter de reserva y la norma o sustento legal sobre la cual se soporta dicha reserva.
Dicho compromiso se entiende concertado por el simple hecho de presentar la oferta.
1.12. VALIDEZ DE LAS PROPUESTAS
Las propuestas deberán tener una validez mínima de sesenta (60) días calendario, contados a partir de la fecha de cierre de la Invitación.
1.13. INFORMACIÓN SUMINISTRADA A LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA
La UNIVERSIDAD, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 83 de la Constitución Política, presume que toda la información que el PROPONENTE xxxxxxx a esta invitación es veraz, y corresponde a la realidad. NO obstante, la UNIVERSIDAD podrá verificar la información suministrada por el PROPONENTE.
1.14. PARTICIPANTES
Podrán participar en la presente invitación pública todas las personas jurídicas legalmente constituidas y domiciliadas en Colombia, individualmente o bajo las modalidades de consorcios o uniones temporales cuyo objeto social esté relacionado con el objeto del Contrato a celebrarse, que cumplan con los requisitos jurídicos, financieros, técnicos y económicos establecidos en el presente pliego de condiciones, y que no estén incursos en las prohibiciones, inhabilidades e incompatibilidades consagradas en la Constitución Política y la Ley.
1.15. CONFIDENCIALIDAD Y RETIRO DE LA PROPUESTA
Se presume que las propuestas presentadas no contienen ningún tipo de información confidencial o privada de acuerdo con la ley colombiana, por lo que LA UNIVERSIDAD se encuentra facultada para revelar dicha información sin reserva alguna, a partir de la fecha de recepción de las mismas, a sus servidores, a los demás proponentes o participantes en el proceso de selección, y al público en general cuando así lo soliciten.
Si EL PROPONENTE presenta su PROPUESTA con información confidencial, ésta debe presentarse en cuaderno separado, debidamente foliado, con la justificación legal y técnica que ampara los documentos con la confidencialidad invocada, mencionando las normas, disposiciones, decisiones de organismos competentes y actos administrativos que le confieran tal confidencialidad a los mismos.
El PROPONENTE podrá solicitar el retiro de su propuesta mediante escrito dirigido a la Sección de Adquisiciones de Bienes y Servicios de la División Nacional de Servicios Administrativos, hasta antes de la fecha y hora prevista para el plazo de entrega de la propuesta. En tal caso, en la diligencia de cierre de la Invitación y apertura de propuestas, no se abrirán los sobres que contengan el original y las copias de la propuesta retirada.
1.16. NEGATIVA O ABSTENCIÓN INJUSTIFICADA A LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO
Si el PROPONENTE seleccionado mediante la presente Invitación, no suscribe el contrato dentro de los cinco (5) días siguientes a la comunicación de su asignación, quedará a favor de la UNIVERSIDAD, en calidad de sanción, la garantía de seriedad de la propuesta, sin menoscabo de las sanciones legales conducentes al reconocimiento de los perjuicios causados y no cubiertos por la garantía.
En este evento, la UNIVERSIDAD podrá asignar el contrato dentro de los cinco (5) días siguientes, al PROPONENTE calificado en segundo lugar, siempre y cuando su propuesta sea igualmente favorable para la UNIVERSIDAD.
1.17. DEVOLUCIÓN DE LAS PROPUESTAS
No habrá devolución de propuestas. Una vez finalizado el proceso de selección, la UNIVERSIDAD procederá a archivar los originales de todas y cada una de las propuestas recibidas. Sólo en el caso que la invitación sea declarada desierta, se devolverá a los PROPONENTES el original de sus propuestas previa solicitud escrita dirigida a la Sección de Adquisiciones de Bienes y Servicios de la División Nacional de Servicios Administrativos.
1.18. DECLARATORIA DE DESIERTA
La Universidad podrá declarar desierto un proceso de invitación pública o directa por los siguientes motivos:
a) La no presentación de ofertas.
b) Incumplimiento por parte de los oferentes de los requisitos habilitantes establecidos en el Pliego de Condiciones o en los términos de la invitación.
c) Que la oferta no alcance los puntajes mínimos requeridos en el Pliego de Condiciones o en los términos de la invitación.
d) Cuando no existan razones que justifiquen la diferencia de precios entre los precios del estudio xx xxxxxxx o de referencia y los presentados por los oferentes.
e) Cuando se presenten causales que impidan la escogencia objetiva del oferente.
f) Cuando la oferta resulte inconveniente institucionalmente para la Universidad.
g) Cuando se presenten circunstancias sobrevinientes al proceso de invitación que determinen la inconveniencia de la selección de la oferta para los intereses de la Universidad.
1.19. FORMATOS Y ANEXOS
Los siguientes Formatos y Anexos hacen parte integral xxx xxxxxx según se detalla a continuación:
FORMATOS:
No. | CONTENIDO |
Formato 1 | CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA |
Formato 2 | CUADRO DE OFERTA ECONÓMICA |
Formato 3 | COMPROMISO ANTICORRUPCIÓN |
Formato 4 | RELACIÓN CONTRATOS EN EJECUCIÓN |
Formato 5 | ANÁLISIS DE PRECIOS UNITARIOS |
Formato 6 | CERTIFICACIÓN DE LA CAPACIDAD TÉCNICA |
ANEXOS:
No. | CONTENIDO |
Anexo 1 | ANEXOS TÉCNICOS |
Anexo 2 | MINUTA DEL CONTRATO |
Los documentos antes mencionados deberán ser tenidos en cuenta por el Proponente para la elaboración de la propuesta y sus estipulaciones son de estricto cumplimiento en la ejecución del contrato que llegare a celebrarse. Los formatos y anexos suministrados en el presente pliego, deben adjuntarse a la propuesta, totalmente diligenciados.
Si el Proponente considera que es conveniente para complementar su propuesta anexar otra información adicional a la solicitada por la Universidad en los formatos establecidos, podrá hacerlo referenciando el formato que complementa.
CAPITULO II ETAPAS DEL PROCESO
2.1. CRONOGRAMA
El proceso de contratación se llevará a cabo en las fechas, sitios y horas exactos que se establecen a continuación:
ACTIVIDAD | FECHA Y HORA | LUGAR |
PUBLICACIÓN Y CONSULTA XXX XXXXXX DE CONDICIONES | 28 de septiembre de 2018 | |
VISITA TÉCNICA AL LUGAR DE LA OBRA | 2 de octubre de 2018 | Hola 2.00 x.xx En el Campus de la Sede de La Paz ubicado en municipio La paz (Cesar), en el xxxxxxxxx 0 xx xx xxx Xxxxxxxxxx - Xx Xxx. |
OBSERVACIONES AL PLIEGO DE CONDICIONES | Desde el 28 de septiembre hasta el 5 de octubre de 2018, hasta las 11:00 am | Xxxxxxx 00 Xx. 00-00, xxxx 0, xxxxxxx 000, Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx, Xxxxxx X.X., o al correo electrónico: xxxxxxxxxxxx@xxxx.xxx.xx |
PUBLICACIÓN DEL INFORME DE RESPUESTAS A LAS OBSERVACIONES AL PLIEGO DE CONDICIONES | 12 de Octubre de 2018 | |
RECEPCIÓN DE PROPUESTAS Y CIERRE DE LA INVITACIÓN | 18 de Octubre de 2018, hasta las 11:00 am | Xxxxxxx 00 Xx. 00-00, xxxx 0, xxxxxxx 000, Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx, Xxxxxx X.X. |
PUBLICACIÓN DEL INFORME PRELIMINAR DE EVALUACIÓN | 23 de octubre de 2018 | |
OBSERVACIONES AL INFORME PRELIMINAR DE EVALUACIÓN | Desde el 23 de octubre de 2018 hasta el 26 de octubre de 2018, hasta las 11:00 a.m. | Xxxxxxx 00 Xx. 00-00, xxxx 0, xxxxxxx 000, Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx, Xxxxxx X.X., o al correo electrónico: xxxxxxxxxxxx@xxxx.xxx.xx |
PUBLICACIÓN DEL INFORME DE RESPUESTA A LAS OBSERVACIONES PRESENTADAS AL INFORME DE EVALUACIÓN PRELIMINAR, Y DEL INFORME DEFINITIVO DE EVALUACIÓN | 1° de Noviembre de 2018 |
Notas:
a) Cuando se presenten razones de conveniencia o necesidad institucional, LA UNIVERSIDAD podrá prorrogar los plazos establecidos en el cronograma, antes de su vencimiento, para lo cual se informará a los PROPONENTES a través de la página Web xxxx://xxx.xxxx.xxx.xx/xxxxxxxxxxxx/, acerca de las modificaciones o variaciones necesarias.
b) Todas las adendas, avisos y comunicaciones que emita la Universidad, con relación al pliego de condiciones, pasarán a formar parte del mismo, y serán comunicadas a través de la página Web xxxx://xxx.xxxx.xxx.xx/xxxxxxxxxxxx/.
c) Las horas señaladas en el anterior cronograma, en especial la relativa a la hora límite para presentación de la oferta, se tomarán según indique el reloj de la página web: xxxx://xxxxxxxxx.xxx.xxx.xx.
2.2. PUBLICACIÓN Y CONSULTA XXX XXXXXX DE CONDICIONES
El pliego de condiciones será publicado a partir de la fecha establecida en el Cronograma, por intermedio de la Sección de Adquisiciones de Bienes y Servicios de la División Nacional de Servicios Administrativos, y podrá ser consultado por los interesados en la página Web de la UNIVERSIDAD xxxx://xxx.xxxx.xxx.xx/xxxxxxxxxxxx/, bajo el título “INVITACIÓN PÚBLICA PARA CONTRATAR LAS OBRAS DE CERRAMIENTO PERIMETRAL DEL CAMPUS DE LA SEDE DE LA PAZ DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA”.
2.3. VISITA TÉCNICA AL LUGAR DE LA OBRA
Los interesados deberán presentarse en el sitio y hora indicados en el cronograma de la Invitación Pública, con el propósito de asistir a la VISITA TÉCNICA que adelantará LA UNIVERSIDAD al lugar de ejecución de las obras objeto de contratación. La visita será realizada x xxxxx del interesado y bajo su responsabilidad.
La obra se ejecutará en el Campus de la Sede de La Paz ubicado en municipio La paz (Cesar), en el kilómetro 9 de la vía Valledupar - La Paz.
A la visita técnica deberá asistir el representante legal de la empresa interesada o su delegado (debidamente autorizado mediante documento escrito dirigido a la Universidad), quien debe ser ingeniero civil, acreditando su profesión con la presentación al ingreso al lugar de la visita del original del documento de identificación (cédula de ciudadanía) y de la tarjeta profesional.
En caso que el representante legal no sea ingeniero civil, su delegado sí deberá ser Ingeniero Civil acreditando su profesión con la presentación al ingreso al lugar de la visita del original del documento de identificación (cédula de ciudadanía) y de la tarjeta profesional.
En caso de consorcios o uniones temporales, la visita tendrá que realizarla el representante legal del Consorcio o Unión Temporal interesada o su delegado, quien debe ser ingeniero civil, acreditando su profesión con la presentación al ingreso al lugar de la visita del original del documento de identificación (cédula de ciudadanía) y de la tarjeta profesional.
Se tomará como referencia de la Hora Oficial Colombiana el sitio web xxxx://xxxxxxxxx.xxx.xxx.xx/; cuando dicho sitio web marque la hora fijada para la visita, se impedirá el ingreso al predio a cualquier persona que hasta ese momento no haya ingresado y se circulará entre los asistentes una planilla de asistencia la cual deberán diligenciar. Dicha planilla será la evidencia de su asistencia a la visita.
Cada ingeniero civil debidamente acreditado, únicamente podrá representar a una (1) empresa o a un
(1) consorcio o a una (1) unión temporal.
Si alguno de los asistentes a la Visita Técnica llegase a formular observaciones sobre el contenido, alcance, requisitos o cualquier otra solicitud que incida en el trámite de la presente Invitación Pública, las mismas podrán ser presentadas por escrito bajo los parámetros y dentro del término estipulado en el Numeral 2.4. Las observaciones o dudas que realicen los interesados podrán ser resueltas en el desarrollo de la visita por parte de los funcionarios que designe la UNIVERSIDAD para tal efecto, o dependiendo de su carácter, podrán ser tramitadas de manera posterior por escrito bajo los parámetros y dentro del término estipulado en el Numeral 2.4 xxx Xxxxxx de condiciones. No obstante, ninguna aclaración o respuesta verbal emitida por la Universidad en desarrollo de la visita, implicará modificación al pliego de condiciones ni compromiso alguno por parte de la Institución.
Todo lo acontecido en la visita, se registrará en un Acta, la cual será firmada por los asistentes.
La visita técnica de que trata el presente numeral ES OBLIGATORIA, toda vez que es necesario que los PROPONENTES tengan pleno conocimiento de las condiciones de accesibilidad y técnicas particulares de la zona que pueden afectar la propuesta técnica y económica. Será responsabilidad de los PROPONENTES obtener la asesoría necesaria y recopilar la información que estimen pertinente e incida en la estructuración
de la propuesta económica y técnica de la oferta, por consiguiente, cualquier reclamación posterior que se suceda con ocasión a las condiciones del sitio de las obras, no será responsabilidad de la UNIVERSIDAD. Se RECHAZARÁ la PROPUESTA que no evidencie asistencia a la visita técnica mediante el registro de su representante en la planilla de asistencia anteriormente descrita.
2.4. OBSERVACIONES AL PLIEGO DE CONDICIONES
Los PROPONENTES podrán presentar, por escrito, las observaciones y/o solicitudes de aclaraciones al pliego de condiciones, que consideren convenientes, a más tardar en la fecha y hora establecidas en el CRONOGRAMA, en la Sección de Adquisiciones de Bienes y Servicios de la División Nacional de Servicios Administrativos ubicada en la Xxxxxxx 00 Xx. 00-00, Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx, Xxxxxxx 000 xx Xxxxxx X.X., o remitirlas al correo electrónico: xxxxxxxxxxxx@xxxx.xxx.xx.
Solo se tendrán como presentadas las observaciones que se hagan a través de los canales y dentro de los plazos establecidos en el cronograma.
2.5. PUBLICACIÓN DEL INFORME DE RESPUESTAS A LAS OBSERVACIONES PRESENTADAS AL PLIEGO DE CONDICIONES
La UNIVERSIDAD, publicará la respuesta a las observaciones presentadas por los PROPONENTES al pliego de condiciones, el día establecido en el Cronograma en la página Web xxxx://xxx.xxxx.xxx.xx/xxxxxxxxxxxx/.
La consulta y la respuesta a las observaciones formuladas por los PROPONENTES, no producirán efecto suspensivo sobre el plazo de presentación de las Propuestas. Ninguna aclaración verbal podrá afectar los términos y condiciones de este pliego de condiciones y sus adendas.
El silencio por parte de la UNIVERSIDAD a la fecha del vencimiento de la presente invitación, ante cualquier sugerencia, manifestación de supuestas inconsistencias, errores, omisiones y solicitud de modificaciones, deberá tenerse como negación de la solicitud.
2.6. RECEPCIÓN DE PROPUESTAS Y CIERRE DE LA INVITACIÓN
Las PROPUESTAS deben ser presentadas en la Sección de Adquisiciones de Bienes y Servicios de la División Nacional de Servicios Administrativos, ubicada en la Xxxxxxx 00 Xx. 00-00, Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx, Xxxxxxx 000 xx Xxxxxx X.X., hasta la fecha y hora indicada en el CRONOGRAMA.
Sólo se evaluarán las propuestas que hayan sido radicadas en la Sección de Adquisiciones de Bienes y Servicios de la División Nacional de Servicios Administrativos hasta la fecha y hora indicada en el CRONOGRAMA. El PROPONENTE que envíe su propuesta por correo, será responsable de que la misma sea radicada en el sitio, fecha y hora establecidos.
En la fecha y hora establecidas para el cierre de la invitación, se levantará un acta que contendrá una relación sucinta de las propuestas presentadas, el nombre del PROPONENTE, el número de folios de que consta, haciendo la aclaración si la numeración de la misma presenta tachaduras o enmendaduras o si se encuentran folios en blanco.
En el evento que la PROPUESTA se encuentre sin foliar, la UNIVERSIDAD procederá a hacerlo en presencia de los asistentes y consignará esta circunstancia en la respectiva Acta. Cuando se encuentren folios en blanco se procederá a anular la correspondiente hoja con una nota diagonal que así lo señale. Cuando se presenten folios superpuestos, se procederá a verificar su foliación y también se dejará constancia de ello.
El acta deberá ser suscrita por los funcionarios de la UNIVERSIDAD que allí intervengan y por los PROPONENTES presentes que manifiesten su deseo de firmarla.
2.7. SOLICITUD DE ACLARACIONES Y/O SUBSANACIÓN DE LAS PROPUESTAS
La UNIVERSIDAD, a través de la Sección de Adquisiciones de Bienes y Servicios de la División Nacional de Servicios Administrativos, podrá solicitar por escrito una vez cerrada la Invitación y hasta antes de la publicación de la evaluación definitiva, subsanar la forma como acreditaron los requisitos habilitantes, requerir las aclaraciones y explicaciones que estime pertinentes sobre los puntos dudosos o confusos de las propuestas, y solicitar los documentos y certificaciones que encuentre convenientes, sin que esto implique adición o modificación de la propuesta presentada.
La solicitud de la UNIVERSIDAD y la respuesta del PROPONENTE deberán constar por escrito, y no se pedirán, ofrecerán, ni permitirán cambios en los aspectos substanciales de la Propuesta.
2.8. PUBLICACIÓN DEL INFORME PRELIMINAR DE EVALUACIÓN
Los resultados de la evaluación preliminar de las propuestas serán publicados en la página Web de Contratación de la UNIVERSIDAD xxxx://xxx.xxxx.xxx.xx/xxxxxxxxxxxx/, a partir de la fecha indicada en el CRONOGRAMA.
2.9. OBSERVACIONES AL INFORME DE EVALUACIÓN PRELIMINAR Y CONSULTA DE PROPUESTAS
Los PROPONENTES podrán allegar por medio escrito las observaciones al Informe de Evaluación Preliminar que estimen convenientes, a más tardar en la fecha y hora indicada en el cronograma, ante Sección de Adquisiciones de Bienes y Servicios de la División Nacional de Servicios Administrativos, ubicada en la Xxxxxxx 00 Xx 00- 00, Xxxxxxx 000, Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx, Xxxxxx X.X., o remitirlas al correo electrónico: xxxxxxxxxxxx@xxxx.xxx.xx.
Solo se tendrán como presentadas las observaciones que se hagan a través de los canales y dentro de los plazos establecidos en el cronograma.
En este mismo período establecido en el cronograma, los PROPONENTES podrán tener acceso a las propuestas para verificar contra el informe de evaluación preliminar y presentar observaciones.
Si vencida la fecha para presentación de observaciones al informe prelim inar de evaluación, la UNIVERSIDAD no ha recibido observaciones por parte de los participantes, el documento quedará ratificado como informe definitivo de evaluación.
2.10. PUBLICACIÓN DEL INFORME DE RESPUESTA A LAS OBSERVACIONES AL INFORME DE EVALUACIÓN PRELIMINAR Y DEL INFORME DE EVALUACIÓN DEFINITIVO
Las respuestas a las observaciones presentadas y los resultados de la evaluación definitiva, serán publicadas en la página Web de la UNIVERSIDAD: xxxx://xxx.xxxx.xxx.xx/xxxxxxxxxxxx/, en la fecha indicada en el cronograma.
CAPITULO III
CONDICIONES GENERALES PARA LA PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA
EL PROPONENTE deberá hacer una lectura juiciosa y detallada de los requisitos establecidos en este Pliego de Condiciones y en sus adendas, y cumplir estrictamente las siguientes condiciones:
a. Seguir las instrucciones que en el presente pliego de condiciones se imparten para la elaboración de su oferta.
b. Queda entendido que con la presentación de la propuesta se acogen y aceptan todas las condiciones estipuladas en el presente pliego, y en la ley.
c. Verificar que no se encuentran incursos en ninguna de las causales de inhabilidad e incompatibilidad o prohibiciones, constitucional y legalmente establecidas, para participar en el presente proceso de selección y para contratar.
d. Examinar rigurosamente el contenido de los pliegos de condiciones, de los documentos que hacen parte del mismo y de las normas que regulan la contratación con la Universidad Nacional.
e. La propuesta debe ser presentada en el orden exigido en el pliego de condiciones para facilitar su estudio, con un índice o tabla de contenido, y debidamente foliada desde la primera hoja.
f. Las propuestas que se presenten deberán referirse y sujetarse a todos y cada uno de los puntos contenidos en el pliego de condiciones.
g. Debe cerciorarse que cumple las condiciones y reúne los requisitos aquí señalados y proceder a reunir la información y documentación exigida.
h. La presentación de la propuesta constituye evidencia de que el proponente estudió el pliego de condiciones, los estudios y documentos previos, los formularios y demás documentos; que se recibieron las aclaraciones necesarias sobre las inquietudes o dudas previamente consultadas y se acepta que el mismo, es completo compatible y adecuado para identificar los bienes y/o servicios que se contratarán.
i. La presentación de la propuesta indica igualmente que el proponente está enterado a satisfacción en cuanto al alcance del objeto a contratar y que ha tenido en cuenta todo lo anterior, para definir las obligaciones que se adquieren en virtud del contrato que se celebrará.
j. No se aceptarán propuestas radicadas en lugar diferente y/o por fuera de la fecha y hora límite establecida en el cronograma.
k. La propuesta y sus documentos anexos deben redactarse en idioma castellano y presentarse por escrito, utilizando un medio impreso, debidamente foliada en la parte frontal de cada página, en estricto orden consecutivo ascendente.
l. La propuesta deberá entregarse en: Un (1) original en medio escrito y en sobre sellado y rotulado en su parte exterior, y dos (2) copias en medio magnético (CD) debidamente marcados.
El Rótulo contendrá como mínimo la siguiente información del PROPONENTE:
UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA
INVITACIÓN PÚBLICA PARA CONTRATAR LAS OBRAS DE CERRAMIENTO PERIMETRAL FASE 1 DEL CAMPUS DE LA SEDE DE LA PAZ DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA, BAJO LA MODALIDAD DE PRECIOS UNITARIOS FIJOS SIN FÓRMULA DE REAJUSTE
Propuesta presentada por: Nombre o razón social Dirección
No. Teléfono No. de Fax
Correo electrónico ORIGINAL
m. La propuesta y sus copias (física y digital) deberán contener la totalidad de los documentos exigidos,
con todos sus anexos.
n. La propuesta remitida por correo tradicional que para la fecha y hora límite establecida para su presentación en el Cronograma, haya sido radicada en dependencias distintas a las indicadas en el presente pliego de condiciones, no se tendrá en cuenta.
o. No se aceptarán propuestas fuera de la fecha y hora límite establecida en el cronograma.
p. En caso de discrepancia entre el original y la copia, se tendrá en cuenta la información contenida en el original.
q. El PROPONENTE debe diligenciar y presentar todos los formatos enunciados a lo largo de este documento, los cuales hacen parte integral de este Pliego de Condiciones.
r. En el presente proceso NO SE ACEPTA la presentación de ofertas complementarias o alternativas.
s. No se aceptarán Propuestas cuyos documentos presenten tachaduras o enmendaduras, a menos que tengan la aclaración correspondiente.
t. En la propuesta deben indicarse los precios expresados en pesos colombianos, sin centavos, incluyendo todos los costos en que pueda incurrir durante el plazo del contrato.
u. Serán a cargo del PROPONENTE todos los costos asociados a la preparación y presentación de su propuesta.
v. Los PROPONENTES deberán tener en cuenta que la propuesta básica deberá ceñirse a las condiciones y especificaciones contenidas en los documentos de la Invitación.
w. En caso de contradicción entre el valor ofertado en letras y el valor consignado en números, prevalecerá para todos los efectos el valor consignado en letras, sin perjuicio de las aclaraciones que pueda solicitar la Universidad.
x. Toda comunicación enviada por los PROPONENTES y relacionada con esta invitación pública, deberá ser dirigida a la Sección de Adquisiciones de Bienes y Servicios de la División Nacional de Servicios Administrativos de la Gerencia Nacional Financiera y Administrativa de la UNIVERSIDAD Nacional de Colombia, ubicada en la Xxx. 00 Xx. 00-00, Xxxxxxx 000 xxx Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx xx Xxxxxx X.X., o por correo electrónico a xxxxxxxxxxxx@xxxx.xxx.xx.
CAPITULO IV
DOCUMENTOS A PRESENTAR CON LA PROPUESTA
4.1. DOCUMENTOS DE VERIFICACIÓN JURÍDICA
4.1.1. CAPACIDAD JURÍDICA
La Universidad revisará que los Proponentes no se encuentren en causales de inhabilidad, incompatibilidad o conflictos de interés para celebrar o ejecutar el contrato. Para ello, revisará el boletín de responsables fiscales, el certificado de antecedentes disciplinarios y el certificado de antecedentes judiciales, para verificar que no haya sanciones inscritas.
4.1.2. CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA
El PROPONENTE deberá anexar carta de presentación firmada por el representante legal de la persona jurídica, consorcio o unión temporal, y diligenciarla de acuerdo con el modelo suministrado en el Formato No 1.
En caso que la propuesta sea presentada por el representante legal suplente del proponente, se deberá allegar el documento idóneo que dé cuenta de la falta absoluta, temporal o transitoria del representante legal principal.
Si el representante legal del PROPONENTE o de alguno de los integrantes de un consorcio o unión temporal no se encuentra obligado a contar con la señalada autorización, tanto para presentar PROPUESTA como para suscribir y legalizar el respectivo contrato, el PROPONENTE deberá incluir en su PROPUESTA un documento que certifique esta situación, respectivamente firmado por el representante legal principal.
En la carta de presentación, el PROPONENTE debe indicar si la información allegada con la propuesta tiene el carácter reservado, señalando la norma que le otorga tal naturaleza.
Nota: La no presentación de este documento en el formato establecido por la UNIVERSIDAD, o si este no viene firmado por el representante legal del PROPONENTE o el apoderado constituido para tal efecto, será causal de rechazo de la propuesta. El contenido de este documento será subsanable.
4.1.3. COMPROMISO ANTICORRUPCIÓN
Los Proponentes deben suscribir el compromiso anticorrupción contenido en el Formato 3. Compromiso Anticorrupción en el cual manifiestan su apoyo irrestricto a los esfuerzos del Estado colombiano contra la corrupción.
Si hay incumplimiento comprobado del compromiso anticorrupción por parte del Proponente, sus empleados, representantes, asesores o de cualquier otra persona que en el Proceso de Contratación actúe en su nombre, es causal suficiente para el rechazo de la Oferta o para de terminación anticipada del contrato si el incumplimiento ocurre con posterioridad a la asignación del mismo, sin perjuicio de que tal incumplimiento tenga consecuencias adicionales.
NOTA: En caso de no presentarse este documento con la propuesta, la UNIVERSIDAD podrá requerirlo en cualquier momento antes de la publicación de la evaluación definitiva, y el PROPONENTE deberá adjuntarlo dentro del término establecido por la UNIVERSIDAD.
4.1.4. CERTIFICADO DE EXISTENCIA Y REPRESENTACIÓN LEGAL DE LA CÁMARA DE COMERCIO
El PROPONENTE, deberá presentar el certificado de existencia y representación legal expedido por la Cámara de Comercio de la ciudad donde opere la Oficina Principal y de la sucursal que atenderá el contrato (en caso que aplique).
En el certificado se verificará la siguiente información:
a) Que su objeto social esté relacionado con las actividades objeto del presente proceso.
b) Que esté contemplado el nombramiento del Representante Legal.
c) Que estén contempladas las facultades del Representante Legal.
d) Que esté contemplado el nombramiento del Revisor Fiscal.
e) La persona jurídica debe haberse constituido legalmente por lo menos cinco (5) años antes, contados a partir de la fecha de cierre de la presente invitación.
f) La duración de la sociedad no será inferior al plazo del contrato y tres (3) años más, contados a partir de la fecha de cierre de la presente invitación.
g) Fecha de expedición con una antelación máxima de treinta (30) días calendario, contados a partir de la fecha inicialmente establecida para el cierre del presente proceso. (cuando se prorrogue la fecha de cierre, esta certificación tendrá validez con la primera fecha de cierre).
Solamente en el caso de no ser posible acreditar en el certificado de existencia y representación legal de la Cámara de Comercio, a la fecha de cierre del presente proceso, la información requerida en el literal
c) del presente numeral, el PROPONENTE deberá presentar el documento idóneo, legalmente permitido, que contenga dicha información. Dicho documento podrá ser:
1) Escrituras públicas de la sociedad.
2) Actas de Asambleas de Accionistas.
3) Estatutos de la sociedad.
En caso de presentarse la propuesta en Unión Temporal o Consorcio, estos documentos deberán ser presentados en forma individual por cada uno de los integrantes.
Nota: Serán causales de rechazo de la PROPUESTA, aplicables a este numeral:
i. La presentación de documentos distintos a los expresamente exigidos en este numeral.
ii. Que la información solicitada en los literales a), b), y d) de este numeral no repose en el Certificado de existencia y representación legal expedido por la Cámara de Comercio.
iii. La omisión por parte de alguno de los miembros de uniones temporales o consorcios, de la presentación de los documentos expresamente exigidos en el presente numeral, sin perjuicio que los demás miembros lo hubieren presentado.
xx.Xx no presentación del documento idóneo y legalmente permitido para probar la información solicitada en el literal c), cuando estas no estén contempladas en el Documento de Existencia y Representación Legal, respectivo.
El contenido de los documentos exigidos en este numeral será subsanable, a excepción de la información solicitada en las literales a) y b) de este numeral.
4.1.5. DOCUMENTO FORMAL QUE ACREDITE LA CONFORMACIÓN DEL CONSORCIO O UNIÓN TEMPORAL
Si el PROPONENTE presenta su PROPUESTA a título de consorcio o unión temporal deberá presentar el respectivo documento de conformación, en el que se verificará la siguiente información:
a) Indicar la razón social que figura en el Certificado de Existencia y Representación Legal, NIT, domicilio y representación legal de cada uno de los miembros que conforman la Unión Temporal o el Consorcio.
b) Expresar si la participación es a título de Consorcio o de Unión Temporal. Si se trata de Unión Temporal, cada una de sus miembros deberá señalar el porcentaje de participación o la extensión de la responsabilidad en la propuesta, el contrato y su ejecución, los cuales no podrán ser modificados sin previa autorización de la UNIVERSIDAD.
c) Señalar la duración del Consorcio o Unión Temporal, la cual no podrá ser inferior a la del plazo del contrato y tres (3) años más. En caso de que la liquidación del contrato demore más tiempo, la vigencia del consorcio o de la Unión Temporal deberá ampliarse en este sentido.
d) Informar quien es el líder del Consorcio o Unión Temporal.
e) Estipular claramente las actividades y obligaciones de todos los integrantes del Consorcio o Unión Temporal en el marco de la ejecución de la propuesta y el posible contrato que se llegare a suscribir.
f) Designación del representante o apoderado que deberá estar facultado para actuar en nombre y representación del Consorcio o de la Unión Temporal indicando expresamente sus facultades. Igualmente deberá designar un suplente que lo reemplace en los casos de ausencia temporal o definitiva, indicando expresamente sus facultades.
g) Xxxxxxx las reglas básicas que regulen las relaciones entre ellos y su responsabilidad, de conformidad con lo señalado en el parágrafo 1o del artículo 7o de la Ley 80 de 1993.
h) Informar cuál es el porcentaje de participación de cada uno de los miembros de dicho Consorcio o Unión Temporal.
i) Manifestación expresa de cada uno de los Integrantes en el sentido de que conoce y acepta los términos del presente Pliego de Condiciones y responde solidariamente tanto por la veracidad de la información y demás manifestaciones incluidas en los documentos y en la Propuesta.
j) Declaración de que ninguno de los Integrantes del Consorcio o Unión Temporal se encuentra inhabilitado o tiene incompatibilidades para contratar con la UNIVERSIDAD.
k) Informar cuál será la empresa que emitirá la facturación para la Universidad.
Nota: Este documento podrá ser subsanado, en cuanto a su contenido. La omisión de este documento o de las firmas de sus integrantes y la falta de designación de representante legal, o en el caso de las Uniones Temporales, la falta de señalamiento de los términos y extensión de la participación de los miembros que las integren, no son subsanables y generan el rechazo de la propuesta.
4.1.6. CÉDULA DE CIUDADANÍA O DE EXTRANJERÍA DEL REPRESENTANTE LEGAL
El PROPONENTE deberá presentar la respectiva copia de la Cédula de Ciudadanía o de Extranjería del Representante Legal.
En caso de Consorcios o Uniones Temporales, cada uno de los miembros deberá presentar éste documento.
Nota: En caso de no presentarse este documento, la UNIVERSIDAD podrá requerirlo en cualquier momento, antes de la publicación de la evaluación definitiva, y el PROPONENTE deberá adjuntarlo antes de la publicación de la evaluación definitiva, so pena de incurrir en causal de rechazo.
4.1.7. AUTORIZACIÓN PARA PRESENTAR PROPUESTA Y SUSCRIBIR CONTRATO
Si el representante legal del PROPONENTE requiere autorización de sus órganos de dirección para presentar propuesta, suscribir y legalizar contrato o en su Certificado xx Xxxxxx de Comercio así lo señala, deberá anexar los documentos que acrediten dicha autorización, debidamente firmados por el presidente o el secretario de la reunión del órgano competente para emitir dicho permiso, de acuerdo con los estatutos o reglamentos de la respectiva persona jurídica.
Si el representante legal suplente del PROPONENTE o de alguno de los integrantes de un consorcio o unión temporal, no se encuentra obligado a contar con la señalada autorización, tanto para presentar PROPUESTA como para suscribir y legalizar el respectivo contrato, el PROPONENTE deberá incluir en su PROPUESTA un documento que certifique esta situación, firmado por el representante legal principal.
En caso que la propuesta sea presentada por el representante legal suplente del proponente, y dentro del certificado de existencia y representación legal del proponente se establezca que los representantes suplentes tengan las mismas facultades que el principal o se estipule que para la actuación de los suplentes no es necesario acreditar la ausencia del titular, no será necesario allegar el documento idóneo que dé cuenta de la falta absoluta, temporal o transitoria del representante legal principal.
En caso de falta absoluta del representante legal principal, la respectiva certificación deberá ser expedida por el presidente o secretario del órgano de superior jerarquía de acuerdo a la estructura de la persona jurídica.
En caso de nombrar apoderado, se deberá presentar el poder que lo faculte para presentar propuestas, y celebrar y legalizar contratos, y la copia de su documento de identidad.
Nota: Este documento podrá ser subsanado, en cuanto a su contenido. Será causal de rechazo la no presentación del mismo, o la falta de las firmas de sus integrantes.
4.1.8. GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA PROPUESTA
El PROPONENTE debe acompañar su propuesta, como requisito indispensable, con una Garantía de Seriedad a favor de Entidades Estatales, expedida por una compañía de seguros legalmente constituida y establecida en Colombia o podrá constar en una garantía bancaria expedida por el representante legal de la entidad bancaria.
En dicho documento se verificará lo siguiente:
a) Asegurado/Beneficiario: UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA – NIT 000.000.000-3
b) Cuantía: Diez por ciento (10%) del valor total de la propuesta (IVA incluido);
c) Vigencia: de noventa (90) días calendario contados a partir de la fecha prevista para el cierre de la invitación
d) Xxxxxxx/Afianzado: la póliza o garantía deberá tomarse con el nombre del PROPONENTE o de la razón social que figura en el Certificado de Existencia y Representación Legal expedido por la Cámara de Comercio.
Cuando la PROPUESTA la presente un consorcio o unión temporal, la garantía de seriedad podrá ser tomada a nombre de todos o de uno sus integrantes (indicando los miembros y su porcentaje de participación).
e) Objeto: “Invitación pública para contratar las obras de cerramiento perimetral fase 1 del campus de la Sede De La Paz de la Universidad Nacional de Colombia, bajo la modalidad de precios unitarios fijos sin fórmula de reajuste
f) Firma del representante legal: la póliza o garantía deberá firmarse por parte del representante legal del PROPONENTE (tratándose de uniones temporales o consorcios por el representante legal designado en el documento de constitución).
El PROPONENTE deberá ampliar la vigencia de la garantía en caso de presentarse prórrogas en los plazos de la contratación, de la asignación, o de la suscripción del contrato, no cubiertas con la vigencia inicial.
Tanto al PROPONENTE que haya sido seleccionado como a los demás participantes, se les devolverá la garantía de la seriedad de la propuesta cuando esté perfeccionado y legalizado el contrato, previa solicitud escrita dirigida a la Sección de Adquisiciones de la División Nacional de Servicios Administrativos.
La UNIVERSIDAD hará efectiva la totalidad de la garantía, a título de indemnización por perjuicios en los siguientes casos:
1. Cuando el PROPONENTE se niegue a prorrogar la garantía de seriedad de la PROPUESTA, en caso que la UNIVERSIDAD decida modificar el calendario de la invitación.
2. Cuando el PROPONENTE, por cualquier motivo, salvo fuerza mayor o caso fortuito debidamente comprobado y aceptado por la UNIVERSIDAD, no cumpliere las condiciones y obligaciones
establecidas en el pliego de condiciones o en su PROPUESTA, en especial no suscribir y legalizar el contrato dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la comunicación de su otorgamiento.
Nota: La no presentación de la Garantía de Seriedad de la PROPUESTA, será causal de rechazo por considerar que la PROPUESTA no tiene la seriedad exigida. También será causal de rechazo de la PROPUESTA la presentación de la garantía sin el cumplimiento de los requisitos contenidos en los literales a) y d). El contenido de los literales b), c), y e) establecidos en este numeral, podrá ser subsanado.
4.1.9 CERTIFICACIÓN DE REGISTRO ÚNICO DE PROPONENTES (RUP) DE LA CÁMARA DE COMERCIO
El PROPONENTE deberá acreditar la inscripción y clasificación vigente, en el Registro Único de Proponentes de la Cámara de Comercio.
En el caso de Consorcios o Uniones Temporales cada uno de los miembros que lo integran deberá acreditar la inscripción y clasificación en el Registro Único de Proponentes de la Cámara de Comercio.
En el certificado se verificará la siguiente información:
a) Que el proponente acredite su inscripción y clasificación como proveedor, vigente.
b) La inexistencia de reportes sobre multas o sanciones impuestas al Proponente, dentro de los cinco
(5) años anteriores a la fecha de expedición del RUP, en relación con el objeto contractual de la presente invitación.
c) Fecha de expedición inferior a quince (15) días calendario a la fecha prevista para el cierre de la presente invitación. (cuando se prorrogue la fecha de cierre, esta certificación tendrá validez con la primera fecha de cierre)
d) Que la información financiera reportada sea a corte 31 de diciembre de 2017.
e) Que en el RUP el PROPONENTE acredite alguna de las clasificaciones que se presentan a continuación:
CÓDIGO DE SEGMENTO | NOMBRE DEL SEGMENTO | CÓDIGO FAMILIA | NOMBRE DE FAMILIA | CÓDIGO CLASE | NOMBRE DE CLASE |
72 | Servicios de Edificación, Construcción de Instalaciones y mantenimiento. | 7212 | Servicios de construcción de edificaciones no residenciales | 721214 | Servicios de construcción de edificios públicos especializados |
Nota: Serán causales de rechazo de la propuesta, aplicables a este numeral:
i. La no presentación del RUP por parte del proponente.
ii. La presentación de documentos distintos a los expresamente exigidos en este numeral.
iii. La omisión por parte de alguno de los miembros de uniones temporales o consorcios, de la presentación del documento expresamente exigido en este numeral, sin perjuicio que los demás miembros lo hubieren presentado.
iv. Que la inscripción y clasificación no se encuentra vigente.
v. Que en el certificado exista constancia de multas y/o sanciones impuestas al proponente en relación con la ejecución del objeto contractual de la presente invitación dentro del término establecido.
El contenido del literal c) del presente numeral, podrá ser subsanado.
4.1.10 CERTIFICACIÓN DE PAGO DE APORTES A SEGURIDAD SOCIAL Y PARAFISCALES
Los PROPONENTES deberán presentar el certificado expedido por el revisor fiscal (Si está obligado a tenerlo) o por el representante legal, en el que conste el cumplimiento de los pagos de aportes a salud, pensiones, riesgos profesionales, SENA, ICBF y cajas de compensación familiar, de acuerdo a lo establecido en el artículo 50 de la ley 789 de 2002.
Las personas jurídicas integrantes de un Consorcio o Unión temporal deben presentar individualmente el certificado sobre el pago de los aportes al Sistema General de Seguridad Social y aportes parafiscales.
Dicha certificación deberá expedirse con una antelación inferior a treinta (30) días calendarios, a la fecha prevista para el cierre de la presente invitación.
Nota: Este documento podrá subsanarse en su contenido. La no presentación será causal de rechazo de la propuesta.
4.1.11 TARJETA PROFESIONAL Y CERTIFICACIÓN DE VIGENCIA DE INSCRIPCIÓN Y ANTECEDENTES DISCIPLINARIOS DEL REVISOR FISCAL
El PROPONENTE deberá anexar copia de la Tarjeta Profesional y de la Certificación de Vigencia de Inscripción y Antecedentes Disciplinarios vigente, expedida por la Junta Central de Contadores, del Revisor Fiscal (si está obligado a tenerlo) responsable de la suscripción del certificado sobre el pago de los aportes al Sistema General de Seguridad Social y aportes parafiscales y de la información financiera.
Para el caso de consorcios o uniones temporales, cada uno de los integrantes deberá presentar los documentos en los términos de este numeral.
Nota: El contenido de los documentos exigidos en este numeral será subsanable. Si el PROPONENTE no allega la tarjeta profesional y el certificado de antecedentes disciplinarios, o si este último no se encuentra vigente, la UNIVERSIDAD podrá solicitarlo(s) en cualquier momento antes de la publicación de la evaluación definitiva, y el PROPONENTE deberá adjuntarlo antes de la publicación de la evaluación definitiva, so pena de rechazo.
4.2 DOCUMENTOS DE VERIFICACIÓN FINANCIERA
4.2.1 RUT (Registro Único Tributario)
El PROPONENTE deberá presentar el respectivo certificado expedido por el ente legal, donde conste si se encuentra en representación de una persona jurídica debidamente registrada, y que su actividad económica corresponde a la del objeto a contratar.
En caso de Consorcios o Uniones Temporales, cada uno de los miembros deberá presentar éste documento.
Nota: En caso de no presentarse con la propuesta, la UNIVERSIDAD podrá requerirlo en cualquier momento, antes de la publicación de la evaluación definitiva, y el PROPONENTE deberá adjuntarlo antes de la publicación de la evaluación definitiva, so pena de incurrir en causal de rechazo. Este documento podrá subsanarse en su contenido.
4.2.2 INFORMACIÓN FINANCIERA
La UNIVERSIDAD realizará la verificación de los indicadores financieros de los proponentes, a corte 31 de diciembre de 2017, de acuerdo a la información del RUP, según lo establecido en el Numeral 8.1.2.
ASPECTOS A EVALUAR | CUMPLE |
Índice de liquidez | Mayor o igual a 1 |
Índice de endeudamiento | Menor o igual a 70% |
Razón de Cobertura de Intereses | Mayor o igual a 1 |
Capital de Trabajo | Igual o superior al 45% del valor de la disponibilidad presupuestal |
En caso de ofertas presentadas por Proponente plural, acreditará los indicadores de capacidad financiera de la siguiente manera:
a) El indicador de liquidez será el resultado del cociente cuyo numerador es la sumatoria de los valores ponderados de los activos corrientes de cada uno de los integrantes considerando su porcentaje de
participación y el denominador es la sumatoria de los valores ponderados de los pasivos corrientes de cada uno de los integrantes considerando su porcentaje de participación.
b) El indicador de Endeudamiento será el resultado del cociente cuyo numerador es la sumatoria de los valores ponderados de los pasivos totales de cada uno de los integrantes y el denominador es la sumatoria de los valores ponderados de los activos totales de cada uno de los integrantes que conforman ese Proponente.
c) El indicador de la Razón de Cobertura de Intereses será el resultado del cociente cuyo numerador es la sumatoria de los valores ponderados de la utilidad operacional de cada uno de los integrantes considerando su porcentaje de participación y el denominador es la sumatoria de los valores ponderados de los gastos de intereses de cada uno de los integrantes considerando su porcentaje de participación.
d) El indicador de Capital de trabajo será el resultado de la resta de los valores ponderados de los activos corrientes de cada uno de los integrantes menos los valores ponderados de los pasivos corrientes de cada uno de los integrantes considerando su porcentaje de participación.
Para que un proponente se considere habilitado, se requiere que cumpla con los cuatro (4) indicadores.
Nota: Esta información podrá ser objeto de solicitud de aclaración por parte de la UNIVERSIDAD en su contenido, para lo cual la UNIVERSIDAD podrá requerir al proponente en cualquier momento antes de la publicación de la evaluación definitiva.
4.2.3 TARJETA PROFESIONAL Y CERTIFICACIÓN DE VIGENCIA DE INSCRIPCIÓN Y ANTECEDENTES DISCIPLINARIOS DEL CONTADOR PÚBLICO
El PROPONENTE deberá anexar copia de la Tarjeta Profesional y de la Certificación de Vigencia de Inscripción y Antecedentes Disciplinarios vigente, expedida por la Junta Central de Contadores, del Contador Público y Revisor Fiscal que certifiquen la información financiera.
Para el caso de consorcios o uniones temporales cada uno de los participantes deberá anexar la Certificación de Vigencia de Inscripción y Antecedentes Disciplinarios y la correspondiente tarjeta profesional.
Nota: Si el PROPONENTE no allega la tarjeta profesional y el certificado de antecedentes disciplinarios, o si este último no se encuentra vigente, la UNIVERSIDAD podrá solicitarlo(s) en cualquier momento antes de la publicación de la evaluación definitiva, y el PROPONENTE deberá adjuntarlo antes de la publicación de la evaluación definitiva, so pena de rechazo. El contenido de los documentos exigidos en este numeral será subsanable.
4.3 DOCUMENTOS DE VERIFICACIÓN TÉCNICA
4.3.1 DOCUMENTOS PARA ACREDITAR EXPERIENCIA GENERAL
El proponente deberá allegar con su propuesta certificaciones de mínimo dos (2) y máximo cinco (5) contratos celebrados y ejecutados al 100%, cuyo objeto esté relacionado con la construcción de obras civiles, contratos cuya sumatoria entre sí de los valores certificados (incluyendo adicionales) de los contratos presentados (expresados en SMLMV del año de suscripción del contrato), sean iguales o superiores a 1.979 SMLMV.
En el caso de acreditar experiencia, habiendo sido integrante de un consorcio o unión temporal, se tomará el valor de cada uno de los contratos certificados y se ponderará por el porcentaje de participación dentro del consorcio o unión temporal.
Para el caso de Consorcios o Uniones Temporales, sus integrantes en conjunto, deberán acreditar la experiencia requerida en este numeral, presentando de manera acumulada mínimo dos (2) y máximo cinco (5) certificaciones de contratos celebrados y ejecutados al 100% que se encuentren relacionados con el objeto de la presente invitación pública. El integrante de mayor participación del proponente plural
deberá acreditar mínimo una (1) certificaciones de contratos suscritos, cuya sumatoria sea igual o superior a 990 salarios mínimos mensuales vigentes (SMMLV), los demás integrantes del consorcio o unión temporal deberán presentar mínimo una (1) certificación de contrato suscrito. En todo caso, la sumatoria de los contratos certificados por los integrantes del proponente plural deberán ser iguales o superiores a 1.979 salarios mínimos legales mensuales vigentes (SMMLV).
Para fines de verificación de la experiencia del proponente plural, se tendrán en cuenta las cinco (5) certificaciones con mayor equivalencia en SMMLV.
La experiencia del oferente plural (unión temporal, consorcio) corresponde a la suma de la experiencia que acredite cada uno de los integrantes del proponente plural, cuya sumatoria total deberá ser igual o superior al 100% del valor establecido en el párrafo anterior.
Para efectos de verificación de la acreditación de experiencia de la Unión Temporal, se deberá indicar cuál o cuáles de las actividades desarrollará cada integrante.
Las certificaciones deberán contener como mínimo la siguiente información:
a) Nombre o razón social de la empresa o persona contratante del servicio.
b) Objeto del contrato.
c) Valor total del contrato incluido IVA (de no discriminar los valores, se entenderá que el valor final presentado en cada certificación, incluye IVA). Si el valor del contrato certificado se presenta en moneda extranjera, la Universidad calculará su valor en pesos, liquidándolo a la TRM de la fecha de terminación.
d) Los contratos deben haber sido ejecutados al 100%.
e) Área construida relacionada con la experiencia específica requerida para el presente proceso.
f) Fecha de inicio y fecha de terminación de cada contrato.
g) Nombre, cargo, teléfono y firma de quien la expide.
h) En caso que el proponente haya participado en el contrato como integrante de consorcio o unión temporal, indicar el porcentaje de participación de cada uno de sus integrantes.
En una misma certificación aportada, se pueden certificar uno, dos o más contratos, siempre y cuando cumplan con la información mínima requerida por la Universidad.
Las certificaciones no podrán ser expedidas por el propio Proponente, el Consorcio, o la Unión Temporal de la cual formó parte en la ejecución del contrato.
Los documentos otorgados en el exterior, deberán presentarse traducidos al idioma castellano y legalizado en la forma prevista por la normatividad vigente en la materia; de lo contrario, la universidad entenderá que no existe el cumplimiento del requisito.
Solamente serán válidas las certificaciones que se presenten con los requisitos exigidos. No obstante, el Proponente podrá acompañar dichas certificaciones, adicionalmente de copias de contratos, órdenes de compra, actas de terminación, acta de liquidación firmadas por las partes o facturas de venta, para efectos de verificar cantidades y valores unitarios, en caso de que dicha información no se encuentre contenida en las certificaciones aportadas.
NOTAS: Estos documentos podrán subsanarse en su contenido. En caso de no presentarse con la propuesta, LA UNIVERSIDAD podrá requerirlo en cualquier momento antes de la publicación de la evaluación definitiva, y el PROPONENTE deberá adjuntarlo dentro del término establecido por la Universidad.
4.3.2 CAPACIDAD ORGANIZACIONAL
El Proponente debe cumplir con los siguientes indicadores con base en la información contenida en el RUP.
Indicador | Índice requerido |
Rentabilidad sobre el patrimonio | Mayor a 0 |
Rentabilidad sobre activos | Mayor a 0 |
Si el Proponente es plural acreditará los indicadores de su capacidad organizacional de la siguiente manera:
a) El valor de la Rentabilidad del patrimonio será el resultado del cociente cuyo numerador es la sumatoria de los valores de la utilidad operacional de cada uno de los integrantes y el denominador es la sumatoria de los valores del patrimonio de cada uno de los integrantes que conforman ese Proponente.
b) El valor de la Rentabilidad del activo será el resultado del cociente cuyo numerador es la sumatoria de los valores de la utilidad operacional de cada uno de los integrantes y el denominador es la sumatoria de los valores del activo total de cada uno de los integrantes que conforman ese Proponente.
NOTA: Este documento podrá subsanarse en su contenido. En caso de no presentarse con la propuesta, LA UNIVERSIDAD podrá requerirlo en cualquier momento antes de la publicación de la evaluación definitiva, y el PROPONENTE deberá adjuntarlo dentro del término establecido por la Universidad.
4.3.3 CAPACIDAD RESIDUAL
Este factor analiza la capacidad del Proponente para cumplir oportuna y cabalmente con el objeto de un contrato de obra, sin que sus otros compromisos contractuales afecten su habilidad de responder con el contrato objeto del Proceso de Contratación.
El Proponente debe presentar un certificado suscrito por su representante legal y su revisor fiscal, si el Proponente está obligado a tenerlo, o por el contador o su auditor independiente, el cual contenga la lista de los Contratos en Ejecución, indicando: (i) el valor del contrato; (ii) el plazo del contrato en meses; (iii) la fecha de inicio de las obras objeto del contrato, día, mes, año; (iv) si la obra la ejecuta un consorcio, unión temporal o sociedad de propósito especial, junto con el porcentaje de participación del oferente que presenta el certificado; (v) si el contrato se encuentra suspendido, y si es así, la fecha de suspensión.
Si el Proponente no tiene contratos en ejecución, en el certificado debe constar expresamente esa circunstancia.
a) CAPACIDAD RESIDUAL DEL PROCESO DE INVITACIÓN
El Proponente debe acreditar una capacidad residual o K de contratación igual o superior de la siguiente fórmula:
Si la capacidad residual del Proponente es menor a la capacidad residual del proceso de contratación, éste queda automáticamente inhabilitado.
NOTA: Estos documentos podrán ser objeto de solicitud de aclaración por parte de la UNIVERSIDAD en su contenido, para lo cual, la Universidad podrá requerir al proponente en cualquier momento antes de la publicación de la evaluación definitiva.
CAPITULO V PROPUESTA ECONÓMICA
La propuesta económica deberá contemplar todas y cada una de las actividades descritas en el presente Pliego de Condiciones, con los correspondientes costos que sean necesarios para las obras de cerramiento contratadas de manera oportuna, en los lugares y plazos definidos para desarrollar el objeto contractual, incluyendo el costo de los impuestos a que haya lugar.
Se debe tener en cuenta que el Régimen Tributario1 de la UNIVERSIDAD contempla las siguientes contribuciones y retenciones:
a) Contribución de obra: 5% sobre cada valor pagado antes de IVA, incluye anticipos.
b) Contribución Estampilla Pro Universidad Nacional de Colombia y demás universidades estatales de Colombia, para el año 2018, sobre cada valor autorizado para pago antes de IVA, incluye anticipos:
a. Contratos entre $781.242 hasta $ 1.562.484.000, el 0,5%
b. Contratos entre $1.562.484.001 hasta $ 4.687.452.000, el 1%
c. Contratos mayores a $4.687.452.001, el 2%
c) Retención de IVA (de acuerdo a la calidad de contribuyente del contratista): 19% del valor de IVA, no aplica para anticipos.
d) Retención en la fuente (de acuerdo a la calidad de contribuyente del contratista): 2% sobre sobre cada valor autorizado para pago antes de IVA, no aplica para anticipos.
e) Retención en Garantía: 10% sobre cada valor autorizado para pago.
El PROPONENTE deberá preparar su PROPUESTA económica diligenciando el Formato No 2. Cuadro Oferta económica que hace parte integral del presente pliego de condiciones. Al diligenciar el anexo, El PROPONENTE no podrá adicionar, modificar o suprimir los ítems, sus unidades y/o cantidades.
La oferta económica debe presentarse de conformidad con las siguientes reglas:
a) El valor de la propuesta no podrá ser, en ningún caso, superior a la disponibilidad presupuestal establecida en el numeral 1.5 del presente pliego de condiciones.
b) La oferta económica deberá formularse en pesos colombianos y sin centavos.
c) El PROPONENTE deberá ajustar al peso los precios que relacione, bien sea por exceso o por defecto; en caso contrario, la UNIVERSIDAD efectuará dicho ajuste.
d) Se realizará el ajuste al peso ya sea por exceso o por defecto de los precios unitarios contenidos en la propuesta económica, de las operaciones aritméticas a que haya lugar y del valor del IVA, si es del caso, así: Cuando la fracción decimal del peso sea igual o superior a cinco (5) se aproximará por exceso al número entero siguiente del peso y cuando la fracción decimal del peso sea inferior a cinco
(5) se aproximará por defecto al número entero del peso.
e) Para determinar el valor total de la oferta, el proponente incluirá la totalidad de los costos a los que haya lugar y en los que deba incurrir para la ejecución del contrato, señalando el valor antes de IVA y el valor del IVA, incluyendo valores unitarios y totales para cada requerimiento.
f) Presentar la lista de insumos y los análisis de precios unitarios (APU) que conforman la propuesta económica, los cuales deberán ser diligenciados por el PROPONENTE para cada uno de los Ítems ofertados, en el Formato No. 5 Análisis de Precios Unitarios APU. El Análisis de Precios Unitarios APU (Formato No. 5) los cuales deberán ser validados por la SUPERVISIÓN DE LA OBRA, sin generar cambios en ninguno de los precios unitarios de actividades, antes de la firma de Acta de Inicio.
g) El AIU propuesto deberá consignarse en el Formato No. 2, discriminando el porcentaje de Administración, Imprevistos y Utilidad, y realizando la respectiva descripción, justificación y metodología de cálculo de cada uno de los componentes.
h) El A.I.U. propuesto no podrá ser en ningún caso superior al (24%), so pena de incurrir en causal de RECHAZO de la PROPUESTA. Cabe aclarar que el valor correspondiente a la “I” de imprevistos solo se cancelará al contratista al finalizar la liquidación del contrato, una vez estén totalmente
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demostrados y justificados ante el SUPERVISOR, según lineamientos de la Contraloría General de la República.
i) El Formato de Cuadro de Oferta Económica (Formato No. 2) forma parte integral de la oferta y del contrato que llegare a celebrarse.
j) En caso de existir discrepancias entre lo expresado en letras y números prevalecerá lo expresado en letras.
k) Se revisarán las operaciones aritméticas de las ofertas presentadas, y en caso de error serán corregidas por la UNIVERSIDAD. Los valores corregidos se tendrán en cuenta en el análisis de las ofertas. Si el valor total corregido es superior a la disponibilidad presupuestal, la oferta será RECHAZADA.
l) Será de exclusiva responsabilidad del PROPONENTE los errores u omisiones en que incurra al indicar los precios unitarios y/o totales en su oferta, debiendo asumir los mayores costos y/o pérdidas que se deriven de dichos errores u omisiones.
m) El valor de la oferta debe incluir la totalidad de los costos directos e indirectos para la completa y adecuada ejecución del contrato objeto de la presente Invitación Pública, así como todas las contribuciones fiscales y parafiscales, impuestos y tasas establecidas por las diferentes autoridades nacionales, departamentales, distritales o municipales. Por lo tanto, los precios que se propongan deberán considerar tales conceptos.
n) Todo costo que no esté incluido en la PROPUESTA económica y que sea requerido para el desarrollo del objeto contractual, deberá ser asumido por el PROPONENTE.
NOTAS:
a) La no presentación del Formato No 2. Cuadro Oferta económica será causal de rechazo de la propuesta.
b) En el evento que el PROPONENTE no señale dentro del Formato No 2. el valor unitario de un ítem, la Universidad pedirá aclaración al respecto al PROPONENTE, sin que esto implique modificación del valor total de la oferta económica.
c) El Formato No.5 podrá ser subsanado en cuanto a su contenido. La no presentación del mismo será causal de rechazo de la propuesta.
Las propuestas económicas que superen el valor de la disponibilidad presupuestal o el AIU máximo establecido, incurrirán en causal de RECHAZO de la PROPUESTA.
CAUSALES DE RECHAZO DE LAS PROPUESTAS
La UNIVERSIDAD rechazará las propuestas que no cumplan con los requisitos exigidos y entre otros, en los siguientes casos:
6.1. Cuando se encuentre que el PROPONENTE está incurso en alguna de las inhabilidades e incompatibilidades o prohibiciones previstas en la Constitución o en la Ley.
6.2. Cuando el valor de la propuesta supere el valor de la disponibilidad presupuestal.
6.3. Cuando el porcentaje de anticipo supere el 30% del valor total de la oferta.
6.4. Cuando el A.I.U. propuesto supere el 24%.
6.5. Cuando se presenten varias propuestas por el mismo PROPONENTE por sí, por interpuestas personas (o por personas jurídicas pertenecientes al mismo grupo empresarial (ya sea en consorcio, unión temporal o individualmente).
6.6. Cuando se descubra serios indicios de falsedad material o ideológica en cualquiera de los documentos de la propuesta o se descubra cualquier intento de fraude o engaño por parte del PROPONENTE a la UNIVERSIDAD o los demás PROPONENTES.
6.7. Cuando el PROPONENTE habiendo sido requerido por La UNIVERSIDAD para aportar documentos, información o aclaraciones, conforme a lo establecido en el Pliego de Condiciones, no los xxxxxxx antes de la publicación de la evaluación definitiva.
6.8. Cuando la propuesta presentada no cumpla con los requerimientos mínimos y obligatorios establecidos en los capítulos IV y VI del presente pliego de condiciones.
6.9. Cuando las certificaciones, formatos, anexos y demás documentos necesarios para la evaluación de las PROPUESTAS presenten enmendaduras y no hayan sido refrendadas por el representante legal.
6.10. Cuando no coincida o no guarde correspondencia la información diligenciada en los formatos o certificaciones, con la acreditada en los documentos o soportes solicitados como aclaraciones por parte de LA UNIVERSIDAD.
6.11. Cuando la propuesta contenga condicionamientos, requisitos y/o garantías de imposible cumplimiento por parte de la Universidad, a causa de restricciones y/o disposiciones de orden legal y/o presupuestal o cuando la operación de la Universidad no permita su cumplimiento.
6.12. Cuando el representante legal de una persona jurídica o los representantes legales que participen en un consorcio o unión temporal ostenten igual condición en otra u otras firmas que también participen en la presente contratación.
6.13. Cuando la vigencia de la propuesta comprenda un plazo inferior al exigido.
6.14. Cuando la propuesta se presente en forma extemporánea.
6.15. Los demás casos expresamente establecidos en el presente pliego de condiciones.
CAPITULO VII
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS MÍNIMAS OBLIGATORIAS REQUERIDAS
7.1 LOCALIZACIÓN
El sitio de localización es el Campus de la Sede de la paz, ubicado en municipio La Paz (Cesar), en el xxxxxxxxx 0 xx xx xxx Xxxxxxxxxx - Xx Xxx.
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7.2 DESCRIPCIÓN GENERAL DE LA OBRA
De acuerdo con la necesidad de construir las obras de adecuación perimetral para la Sede La Paz de la Universidad Nacional de Colombia, se plantean tres tipos de intervenciones a implementar en la sede. La tipo 1, se construirá paralelo a la vía que conduce de La Paz a la ciudad de Valledupar. La tipo 2, se construirá en los márgenes laterales del límite del predio hasta llegar a la línea demarcada con postes de red eléctrica que coinciden con las construcciones de la primera etapa y la expansión futura correspondiente a la segunda etapa. La intervención tipo 3 será construida en la zona norte de la sede, demarcando el área en donde se construirá la segunda etapa en su totalidad.
7.3 MEMORIA GRÁFICA ESTADO ACTUAL
7.4 LOCALIZACIÓN DE LAS INTERVENCIONES A REALIZAR
7.5 SERVICIOS CONEXOS
Este documento contiene las especificaciones técnicas para la ejecución de las obras civiles correspondientes a la ad ecuación perimetral de la sede La Paz de la Universidad Nacional de Colombia. Las especificaciones técnicas aquí consignadas son de cumplimiento obligatorio en el desarrollo de las actividades. La omisión de alguna aclaración o reglamentación específica, no exime al contratista del cumplimiento de sus obligaciones de entregar las obras ejecutadas, aprobadas y en correcto funcionamiento de acuerdo con la reglamentación técnica exigida para este tipo de actividades.
Los planos muestran la disposición general y las especificaciones de las actividades a ejecutar. El Contratista deberá examinar cuidadosamente esta información y será el único responsable de la calidad de las obras ejecutadas. Si existiera alguna contradicción entre los planos y las especificaciones técnicas, están deberán ser aclaradas oportunamente durante el desarrollo de las actividades.
Todas las inquietudes y/o sugerencias surgidas, previas a la iniciación del proyecto y durante su desarrollo, deberán ser expuestas únicamente a la persona o personas asignadas por la Universidad.
El Contratista deberá suministrar los materiales, equipos, personal de obra, herramientas y todo lo que sea necesario para realizar los trabajos de ejecución de las actividades de conformidad con lo establecido en las especificaciones técnicas, en los planos y en las cantidades de obra.
7.5.1 Almacenamiento
Se deberá almacenar los equipos, herramientas y materiales en un espacio interior para evitar daños en estos. La Universidad le proporcionará al contratista un espacio en donde pueda realizar el almacenamiento temporal de herramientas, equipos, materiales. El cuidado y seguridad de estos, será de única responsabilidad del contratista sin generar costos a la Universidad por pérdida o daño de los mismos.
7.5.2 Transportes, herramientas y equipos
El Contratista suministrará los equipos y materiales temporales que necesite para las obras civiles incluyendo andamios, grúas, vehículos necesarios para el cargue, almacenamiento y descargue de los materiales para su transporte y manejo dentro de la obra, así como todas las herramientas requeridas para el manejo y montaje de los elementos de acuerdo con la ubicación referenciada en los planos arquitectónicos, urbanísticos y de detalle. En el precio deberá estar incluido el transporte hasta la obra de todos estos materiales y equipos. El contratista deberá incluir en su presupuesto una estimación de transporte interno de materiales, equipos y personal dentro del predio de la Universidad Nacional de Colombia Sede La Paz.
7.5.3. Desmonte de cerramientos existentes
En donde exista cerramiento, el contratista deberá contemplar el desmonte de este, incluyendo el retiro de estos elementos al lugar autorizado por la autoridad ambiental local.
7.5.4. Conexiones a redes de servicios públicos
La Universidad proporcionará al Contratista el uso de la red de servicios públicos (Acueducto, alcantarillado y energía) disponible dentro del Campus para facilitar la ejecución de las obras. Dado que el predio se encuentra en zona rural, en las partes en donde no exista proximidad de suministro de estos servicios, el Contratista deberá suministrar por su cuenta, si lo requiere, equipos provisionales de generación de energía para el caso de alimentación eléctrica en las zonas alejadas del Campus.
7.5.5. Personal para la ejecución de las actividades
El personal empleado para la realización de las actividades, deberá contar con la experiencia y conocimientos necesarios para ejecutar su trabajo acorde al diseño suministrado; por obligación deberá estar afiliado a los sistemas de seguridad social.
Durante la ejecución de las actividades, el contratista exigirá a su personal total cumplimiento de los reglamentos internos que se establezcan en la obra.
Todas las recomendaciones, instrucciones u órdenes que la Universidad crea conveniente dar, deberán ser cumplidas y ejecutadas por el contratista.
7.5.6 Medidas de seguridad
El Contratista deberá cumplir con el manual de Seguridad, Salud Ocupacional y Ambiente para contratistas (xxxx://xxx.xxxx.xxx.xx/xxx/Xxxxxxxx_xxxx/XXXXXX_XXXXXXXXX_XXXXX_XXXXXXXXXXX_X_XXXXX NTE_CONTRATISTAS_UN-DNSO.pdf).
Todo el personal deberá estar permanentemente provisto de los elementos y equipos necesarios que garanticen la seguridad tanto del personal que labora en la obra, así como del personal que realiza visitas o inspecciones a los diferentes frentes de trabajo; cabe resaltar que durante la realización de las obras la Universidad funcionará normalmente por lo que las medidas de seguridad deben garantizar la integridad del personal particular, administrativo, docente y estudiantil que transitará en la zona.
Estos elementos y equipos deberán estar conforme a lo establecido en la Resolución 1409 del 2012 (Reglamento de Seguridad para Protección Contra Caídas en Trabajo en Alturas). Entre ellos se encuentran:
7.5.6.1 Elementos de protección Personal (EPP):
Toda persona que esté en obra deberá estar permanentemente provista de elementos de protección personal que permitan proteger las diferentes partes del cuerpo, para evitar que se tenga contacto directo con factores de riesgo que puedan ocasionar una lesión o enfermedad. (Casco con barbuquejo, gafas de seguridad, careta de seguridad, mascarillas, tapa oídos, guantes resistentes, botas de seguridad, entre otros).
7.5.6.2. Medidas de prevención contra caídas: Se deberá implementar medidas de prevención contra caídas de trabajo en alturas para proteger todos los trabajadores. Entre estas medidas se encuentran: capacitación, sistemas de ingeniería para prevención de caídas, medidas colectivas de prevención, premiso de trabajo en alturas, sistemas de acceso para trabajos en altura y en suspensión.
Se deberá implementar medidas de protección a ser utilizadas en el sitio de ejecución de las actividades donde exista por lo menos una persona trabajando en alturas ya sea de manera ocasional o rutinaria.
7.5.6.3. Uso de elementos o equipos de protección contra caídas: Se deberán usar todos los elementos y equipos de protección contra caídas de acuerdo con lo especificado en la Resolución 1409 del 2012. (Puntos de anclaje, dispositivos de anclaje, líneas de vida, conectores, eslingas, frenos para líneas de vida, arnés, entre otros). Todos los elementos o equipos a usar deberán estar certificados y en perfecto estado para su uso.
7.5.6.4. Trabajo en alturas: Todo personal que esté vinculado para realizar trabajos que conlleven a estar en alturas deberá estar certificado en trabajo de este tipo sin ninguna excepción; este personal podrá ser verificado por la Interventoría de la obra.
7.5.7. Calidad de la obra
El contratista será responsable de la realización de las pruebas de campo y ensayos que aseguren la calidad de la obra, de los materiales a utilizar y de los procedimientos a implementar, incluidas aquellas requeridas para el manejo ambiental y entregará a la Universidad los resultados de los mismos dentro de los DOS (2) días hábiles siguientes a la fecha de su obtención, para que esta verifique si se ajustan a los requerimientos de las especificaciones. La verificación de la Universidad no exonerara de responsabilidad al Contratista por la calidad de la obra. Dichas pruebas y ensayos deberán ser realizados y pagados por cuenta del Contratista.
7.5.8. Adecuación del terreno
Antes de iniciar la construcción de las intervenciones, se debe localizar el eje del trazado a realizar de acuerdo con los limites definidos en los planos urbanísticos, nivelar las irregularidades de la superficie y se debe despejar la zona mínimo 0.60 m de ancho a cada lado del mismo, adicional se debe retirar todos los troncos, malezas, rocas, árboles y demás elementos que obstaculicen el trabajo a ejecutar.
Cuando sea necesario retirar cerramientos existentes, se debe hacer únicamente durante el tiempo necesario de dicha ejecución, dejando referenciada su ubicación.
7.5.9. Limpieza mecánica de la superficie de los elementos metálicos
Se debe realizar limpieza de todos los elementos metálicos que componen el sistema de las intervenciones. Esta limpieza se realiza mecánicamente mediante gratas circulares, cepillos con cerdas metálicas o cinceles para quitar residuos e incrustaciones metálicas como esquirlas de soldadura. Cuando se trate de materiales con acabado galvanizado, se debe efectuar una limpieza SSPC-SP-7 para asegurar buen acople y por tanto buena adherencia con el recubrimiento a aplicar.
7.5.10. Aplicación de pintura
Se debe aplicar dos capas de anticorrosivo a base de zinc en las partes que no llevan recubrimiento galvánico para luego dar acabado a dos manos con esmalte alquídico tipo 1 color negro mate resistente a la intemperie.
7.5.11. Soldadura
Los requerimientos de la soldadura utilizada para la fabricación de la carpintería metálica de las intervenciones será de tipo E-6013
7.5.12. Ensayos de laboratorio
Para asegurar la correcta ejecución y funcionamiento de las intervenciones a realizar, se deben realizar ensayos de laboratorio de los elementos a emplear. Mínimo serán los siguientes:
- Prueba visual de continuidad en el cerramiento
- En el caso que se emplee elementos galvanizados en caliente, debe cumplir la norma ASTM B6 SHG y se solicitará ensayos de apariencia superficial, adherencia y espesor del galvanizado
- Espesor mínimo del anticorrosivo a base de zinc 80 micras (μm).
- Espesor de la pintura con prueba de ecómetro. Capa mínima total de 3 mils
- Adherencia de la pintura por ensayo xx xxxxx enrejado.
- Ensayo de soldadura no destructiva por ultrasonido, con un detector xx xxxxxx portátiles y un palpador angular.
- Dimensiones del elemento de acuerdo al plano de especificaciones.
7.5.13. Modificación De Especificaciones, Ítems Sustitutivos Y Obras Extras. Implicaciones Presupuestales
LA UNIVERSIDAD se reserva el derecho de modificar algunas de las especificaciones técnicas de las actividades a ejecutar, invocando razones de conveniencia o facilidad constructiva, por decisión propia, motivación de EL INTERVENTOR o sugerencia del CONTRATISTA
7.5.14. Análisis de precios unitarios
La presentación de estos análisis de precios unitarios es un requisito técnico que sustenta la propuesta. Los análisis de precios unitarios deberán incluir todos los materiales necesarios para realizar la actividad, mano de obra, transporte, equipos y todos aquellos valores necesarios para la ejecución de cada ítem. De no incluir toda la información técnica necesaria, la Universidad no reconocerá valores adicionales por la ejecución de cada actividad.
7.6 ESPECIFICACIONES TÉCNICAS POR TIPO DE INTERVENCIÓN
7.6.1 INTERVENCIÓN TIPO 1
7.6.1.1 Descripción
La intervención tipo 1 se localizará sobre la calzada que conduce del municipio de Valledupar a La Paz.
Consiste en la fabricación e instalación de postes en tubular metálico ASTM X00 Xx X xx 00 x 00 x 0 mm embebidos en una columneta de 0.20 x 0.20 m en concreto 3000 psi reforzado, muro bajo en bloque de concreto de 15 x 20 x 40 cm. Xxxxxxx en platina metálica de 2 x 3/16”, con refuerzos horizontales en perfil tubular de metálico de 60 x 40 x 2 mm. Incluye cimentación compuesta de viga de cimiento ciclópeo de
0.35 x 0.55 m y viga de sobre cimiento de 0.25 x 0.25 m con xxxxx xx xxxxxxxx 420 Mpa.
7.6.1.2 Localización Intervención Tipo 1:
7.6.1.3 Planimetría general:
7.6.1.4 Actividades mínimas requeridas
7.6.1.4.1 Replanteo:
El Constructor ejecutará el replanteo de las líneas de intervención de acuerdo con la localización, utilizando todos los instrumentos de precisión que sean necesarios tomando como referencia el plano urbanístico de la Sede. El Constructor procederá a identificar los ejes extremos del proyecto, así como su relación con los linderos del predio, vías existentes y vías proyectadas, de manera que se respeten los aislamientos y alineamientos.
7.6.1.4.2 Desmonte de cerramiento existente en alambre de púas
Se considera en la construcción de la intervención tipo 1, los trabajos necesarios para el desmonte del cerramiento existente fabricado con postes de concreto o madera y líneas de alambre de púas. Se deben tomar todas las precauciones de seguridad industrial y utilizar los Elementos de Protección Personal (EPP) para el personal que trabaja. Todo el material que se desmonte debe ser cargado y retirado en volqueta a un lugar autorizado para su disposición final.
7.6.1.4.3 Limpieza y descapote de la zona a intervenir
Se deberá realizar limpieza y descapote superficial de forma manual de la zona a intervenir.
7.6.1.4.4 Excavación manual (0 a 1 m de profundidad). Incluye retiro de sobrantes a punto autorizado por la autoridad ambiental local
Se considera en esta intervención, toda clase de excavaciones en forma manual necesarias para la construcción de acuerdo con las líneas, pendientes y profundidades requeridas para el proceso constructivo de las actividades a ejecutar. Se deberá contemplar el retiro de sobrantes hasta un punto autorizado por la autoridad ambiental local teniendo en cuenta la ubicación en la que se encuentra la zona de intervención.
Las excavaciones serán manuales de acuerdo con las normas establecidas o las indicaciones dadas por la Universidad, si los materiales encontrados a las cotas especificadas no son apropiados para el apoyo de las estructuras la excavación se llevará hasta la profundidad requerida previa aprobación de la Universidad.
Se deben tomar todas las precauciones de seguridad industrial y utilizar los Elementos de Protección Personal (EPP) para el personal que trabaja.
7.6.1.4.5 Solado de limpieza 2000 psi e= 5 cm
Se deberá colocar una capa de concreto pobre de 2000 psi con el fin de emparejar y mantener limpias las superficies, sobre las cuales se van a cimentar las estructuras. Es el concreto que se aplica al fondo de las excavaciones con el fin de proteger el piso de cimentación y el refuerzo, de cualquier tipo de contaminación o alteración de las condiciones naturales del terreno.
El solado de concreto reposará sobre el piso sólido, y éste se aplicará en los sitios indicados por los diseños. El espesor de la capa de concreto será de 5 cm.
7.6.1.4.6 Cimiento ciclópeo 2000 psi
Se refiere a la construcción de cimentación de tipo ciclópeo de 2000 psi. Formada por una mezcla homogénea de concreto 40% y piedra media zonga 60%, en los sitios indicados en los planos de detalle.
7.6.1.4.7 Suministro de concreto 3000 psi y construcción de vigas de cimentación, columnetas y viga cinta
Se refiere a la construcción de las vigas de cimentación, columnetas y viga cinta en concreto de 3000 PSI fabricado en obra y reforzado de acuerdo con las especificaciones y detalles consignados en los planos.
Este ítem incluye materiales, mano de obra de fabricación del concreto, formaletas, acarreo, vaciado, vibrado y curado del concreto; así como el desencofrado de la cimentación.
Para la construcción de las obras de la intervención 1, se contemplan los siguientes elementos estructurales:
- Vigas de cimentación en concreto 3000 psi de sección 0.25 m x 0.25 m
- Columnetas en concreto 3000 psi de sección 0.20 m x 0.20 m
- Viga cinta en concreto 3000 psi de sección 0.20 m x 0.15 m
El recubrimiento mínimo será: Cuando el concreto se coloque directamente sobre el terreno, en contacto con el suelo: 7 cm. - En superficies formaleteadas que han de quedar en contacto con el suelo y en sus superficies que han de quedar expuestas a la intemperie o permanentemente sumergidas: 5 cm. - En cualquier otro caso, no será menor de 3 cm.
7.6.1.4.8 Xxxxx xx xxxxxxxx Fy=420 Mpa. Incluye mano de obra para figurado y transporte hasta el sitio
Esta especificación comprende el suministro, transporte, corte, doblaje, figuración, y colocación de xxxxxx xx xxxxx f’y=420 Mpa para elementos en concreto reforzado para estructuras y demás obras que requieran de este material, de conformidad con los diseños y detalles mostrados en los planos, lo indicado en las Normas Colombianas de Diseño y Construcción Sismo Resistente, las normas técnicas vigentes y las instrucciones dadas por la Universidad.
El acero a emplear deberá ser corrugado y certificado de acuerdo con la NSR-10. Cuando los planos no incluyan listas o diagramas de despiece, el contratista las preparará y someterá a la aprobación del supervisor.
7.6.1.4.9 Relleno compactado manualmente con material seleccionado
Se refiere al uso de material seleccionado resultante de la excavación y posterior colocación y compactación del material que rodea los elementos estructurales. Con dimensiones que se indiquen en los Planos Generales y Planos de Detalle.
7.6.1.4.10 Muro en bloque de cemento de 15 x 20 x 40 cm. Incluye mortero de pega
Corresponde a la construcción xx xxxx en bloque de cemento liso pos sus dos caras que no requiere de ningún tipo de terminado. Incluye mortero de pega 1:4. Se deberá incluir en el precio la mano de obra, transportes, materiales, equipos, y todos materiales o actividades necesarias para la correcta ejecución de las actividades.
7.6.1.4.11 Suministro, fabricación e instalación de elementos metálicos cerramiento en tubería y platinas xx xxxxx galvanizado. Incluye perfiles metálicos, platinas, soldadura, corte y mano de obra de fabricación e instalación
Esta especificación se refiere al suministro, fabricación y montaje de carpintería metálica mediante perfiles estructurales en acero galvanizado tipo Colmena o similar de acuerdo con las dimensiones y calibres especificados en los planos de detalle. Los elementos constitutivos del cerramiento de fachada estarán compuestos por:
- Xxxxxxx principales en perfil tubular rectangular metálico de 90 mm x 50 mm x 2 mm ASTM X000 Xx C, con sus respectivas tapas de extremos según sea necesario.
- Secuencia vertical compuesta de platinas metálicas de 2” x 3/16”
- Refuerzos horizontales en perfil tubular rectangular metálico de 60 mm x 40 mm x 2 mm ASTM X000 Xx C, con sus respectivas tapas de extremos según sea necesario.
Los elementos deberán preferiblemente ser elaborados en taller y con ajustes finales en obra.
Se deberá incluir en el precio la mano de obra de fabricación y montaje, corte, transportes, materiales, equipos, soldadura y todos materiales o actividades necesarias para la correcta fabricación e instalación de la carpintería metálica requerida para la ornamentación de la fachada del acceso principal al campus de la Sede La Paz de la Universidad Nacional de Colombia.
Los requerimientos de la soldadura utilizada para la fabricación de la carpintería metálica de las intervenciones será de tipo E-6013
7.6.1.4.12 Suministro y aplicación de pintura anticorrosiva con acabado en pintura alquídica
Todos los elementos metálicos que conforman la ornamentación, deberán ser recubiertos en su superficie con anticorrosivo y pintura de tipo alquídico de color negro mate. Las superficies deberán estar libres de óxido, grasa, aceite y humedad. Para su aplicación se deberán seguir todos los procesos y recomendaciones dadas por el fabricante del producto elegido.
7.6.1.4.13 Fabricación e instalación de puerta de acceso vehicular, dos alas abatibles 180 grados, de dimensiones 7.00 m de ancho total por 2.40 m de altura. Fabricada en carpintería metálica de acuerdo con los detalles y especificaciones suministrados en los planos.
Descripción: Corresponde a la fabricación e instalación de puerta de acceso vehicular, dos alas abatibles 180 grados, de dimensiones 7.00 m de ancho total por 2.40 m de altura. Fabricada en carpintería metálica de acuerdo con los detalles y especificaciones suministrados en los planos.
Se contemplan en total 3 puertas de este tipo. Una localizada en la entrada principal de la sede, otra al acceso de parqueaderos de profesores y administrativos y la tercera en la vía que comunica al área en donde se construirá la segunda etapa de construcción de la sede.
Nota: El extremo superior de los elementos verticales debe taparse con tapón metálico soldado para evitar la entrada de aguas lluvias.
7.6.1.4.14 Medida y forma de pago:
La unidad será la definida en el formulario de cantidades. El valor será el precio unitario estipulado en la orden contractual e incluye: Materiales, equipos, herramientas, mano de obra, transportes dentro y fuera de la obra, retiro de sobrantes y escombros. El pago se hará de acuerdo con el precio unitario del ítem contratado.
7.6.1.4.15 Fabricación e instalación de puerta de acceso peatonal, dos alas abatibles 180 grados, de dimensiones 2.50 m de ancho total) por 2.40 m de altura. Fabricada en carpintería metálica de acuerdo con los detalles y especificaciones suministrados en los planos
Descripción: Corresponde a la fabricación e instalación de puerta de acceso peatonal, dos alas abatibles
180 grados, de dimensiones 2.50 m de ancho total por 2.40 m de altura. Fabricada en carpintería metálica de acuerdo con los detalles y especificaciones suministrados en los planos.
Se contemplan en total 2 puertas de este tipo. La primera se encuentra localizada en la entrada principal a la sede y la segunda contigua a la cafetería en la zona donde se ubica la intervención tipo 2.
Nota: El extremo superior de los elementos verticales debe taparse con tapón metálico soldado para evitar la entrada de aguas lluvias.
7.6.1.5 Medida y forma de pago:
La unidad será la definida en el formulario de cantidades. El valor será el precio unitario estipulado en la orden contractual e incluye: Materiales, equipos, herramientas, mano de obra, transportes dentro y fuera
de la obra, retiro de sobrantes y escombros. El pago se hará de acuerdo con el precio unitario del ítem contratado.
7.6.2 INTERVENCIÓN TIPO 2
7.6.2.1 Descripción:
La intervención tipo 2 se localizará en la zona occidente y oriente del predio de la Universidad Nacional De Colombia Sede La Paz hasta llegar a la línea demarcada con postes de red eléctrica que coinciden con las construcciones de la primera etapa y la expansión futura correspondiente a la segunda etapa.
7.6.2.2 Localización de la intervención Tipo 2:
7.6.2.3 Especificaciones técnicas Intervención Tipo 2:
La intervención tipo 2 consta de una estructura formada por xxxxxxx en tubular metálico de 2” en acero galvanizado embebidos en el terreno 60 cm con pilotes en concreto 3000 psi reforzado con xxxxx xx xxxxxxxx de 3/8” en espiral cada 10 cm y 6 xxxxx xx xxxxx longitudinal de ½”. Entre los tubulares, se plantea una reja construida en malla ondulada y ángulos metálicos perimetrales con refuerzo horizontal en platina metálica soldada a los xxxxxxx tubulares. Toda la estructura metálica deberá ir protegida con pintura anticorrosiva y acabado en pintura alquídica color negro mate. La intervención tendrá una altura total de 2.40 m sobre el nivel del terreno.
7.6.2.4 Actividades requeridas
a) Realizar el replanteo.
b) Realizar limpieza y descapote de la zona a intervenir
c) Excavación por medios manuales para construir la cimentación de acuerdo con las especificaciones técnicas.
d) Construcción de pilote de concreto de 30 cm de diámetro reforzado con acero de ¼” y 3/8”. En este pilote ira embebido 60 cm el poste metálico xx xxxxx galvanizado de 2”.
e) Suministro e instalación xx xxxxx fabricadas con malla ondulada y ángulos metálicos perimetrales con refuerzo horizontal en platina metálica a los 2/3 de la luz. Toda la estructura metálica deberá ir protegida con pintura anticorrosiva y acabado en pintura alquídica color blanco.
Nota: El extremo superior de los elementos verticales debe taparse con tapón metálico soldado para evitar la entrada de aguas lluvias.
7.6.3 INTERVENCIÓN TIPO 3
7.6.3.1 Descripción:
La intervención tipo 3 será construida en la zona norte de la sede, demarcando el área en donde se construirá la segunda etapa en su totalidad. Este tipo de intervención a realizar es similar al que se encuentra actualmente construido.
Cuando las obras crucen zanjas u otras depresiones súbitas y angostas, se colocarán postes de mayor longitud con alambre de púas adicional en la parte inferior del cerco para cerrarlo.
Antes de iniciar la construcción, se despejará el sitio donde se van a ejecutar las actividades y se nivelarán las irregularidades de la superficie de tal manera que siga sus contornos generales. A cada lado se despejará una zona de 0.60 m de ancho y se retirarán los troncos, malezas, rocas u otros obstáculos que impidan su construcción. La primera línea de alambre se colocará a una distancia uniforme sobre el terreno, las otras líneas irán paralelas a esta de acuerdo con las instrucciones de la supervisión.
7.6.3.2 Colocación y fijación del alambre:
Los hilos de alambre se fijarán paralelos, estirados y templados a la altura y espaciamiento señalados en los planos. (Mínimo 5 hiladas) o de acuerdo con lo encontrado inicialmente en el sitio.
En los postes terminales el alambre de púas se envolverá alrededor del poste en concreto y se fijará por lo menos con tres grapas, doblando, anudando y apretando las puntas sueltas. En los demás postes se fijará con no menos de una grapa por cada hilo.
7.6.3.3 Postes de concreto:
Los postes serán de sección cuadrada de 100 x 100 mm de 2 m de longitud mínima, en concreto reforzado de 21 MPa, de altura media (1.50 m) y 0.50 m enterrado sobre el terreno, el espacio entre los bordes del orificio de la excavación se llenará con concreto de 17.5 MPa. Una vez terminado el lleno, los postes deberán quedar alineados y verticales. La armadura del poste deberá estar constituida por cuatro varillas de mínimo 6 mm de diámetro, más estribos cada 200 mm. Los postes se instalarán con una separación máxima de 2 m. Las perforaciones de los postes deberán tener amplitud suficiente área permitir el libre paso del alambre de púas o deberán disponer de aditamentos adosados para tal fin.
7.6.3.4 Alambre de púas:
El alambre de púas será de dos hilos retorcidos, xx xxxxx galvanizado en caliente con un espesor de recubrimiento clase A, según la norma ASTM A112 para un calibre No. 12. Tendrá púas de 4 puntas de alambre galvanizado en caliente Calibre No. 14, espaciadas a un máximo de 15 cm.
El alambre utilizado para la fijación del alambre de púas a los postes de concreto, deberá ser blando, liso, galvanizado en caliente con un espesor de recubrimiento Clase A, según la norma ASTM A112 para un calibre No. 12.
7.6.3.5 Grapas:
Las grapas serán xx xxxxx galvanizado en caliente, según norma NTC 2076 para un calibre No. 9 de 25 mm (1”)
7.6.3.6 Localización Intervención Tipo 3:
7.7 ANEXOS TÉCNICOS
Los anexos técnicos se presentaran adjuntos en el Anexo No. 1 del presente pliego de condiciones, y contendrán la siguiente información:
a) Plano cerramiento tipo 1
b) Plano puertas de acceso
c) Plano cerramiento tipo 2
d) Plano cerramiento tipo 3
7.8 PERSONAL TÉCNICO MINIMO REQUERIDO
El contratista deberá presentar a la firma del acta de inicio el personal que empleará para la correcta ejecución del objeto contractual, el cual deberá estar compuesto como mínimo por los siguientes perfiles:
PERIENCIA DEL RECURSO HUMANO BÁSICO | ||||
CARGO/OFICIO | PERFIL | DEDICACIÓN (%) | EXPERIENCIA GENERAL | EXPERIENCIA ESPECÍFICA |
Director de Obra | Profesional con título en Ingeniería Civil o Arquitectura y Especialización o Maestría en Construcción y/o Gerencia de Proyectos | 100% | Mínimo 10 años a partir de la fecha de expedición de la matrícula profesional | Xxxxxx en tres (3) contratos en calidad de director de obra en contratos de obras civiles. |
Residente técnico | Profesional con título en Ingeniería Civil | 100% | Mínimo 5 años a partir de la fecha de expedición de la matrícula profesional | Xxxxxx en tres (3) contratos en calidad de residente técnico de obra en contratos de obras civiles. |
Residente SISOMA* | Ingeniero en todas las disciplinas, especialista en un área de seguridad y salud en el trabajo o su equivalente, profesionales con especialización en seguridad y salud en el trabajo o alguna de sus áreas, o Profesional en seguridad y salud en el trabajo o su equivalente | 100% | Mínimo 3 años a partir de la fecha de expedición de la matrícula profesional | Mínimo en dos (2) contratos en calidad de responsable de seguridad industrial o salud ocupacional en contratos de obra civil. |
Residente Administrativo | Profesional con título Ingeniería Civil o Arquitectura | 100% | Mínimo 5 años a partir de la fecha de expedición de la matrícula profesional | Mínimo en un (1) contrato en calidad de residente administrativo en contratos de obra civil. |
Almacenista | Profesional con título en Trabajo social, Antropología, sociología, comunicación social o afines | 100% | Mínimo 5 años a partir de la fecha de expedición de la matrícula profesional (cuando la ley lo exija) | Xxxxxx en dos (2) contratos en calidad de responsable del manejo social, en contratos de obra civil. |
7.8.1 Para acreditar la formación académica del personal técnico mínimo, el contratista deberá adjuntar los siguientes documentos por cada persona propuesta:
a) Copia de la tarjeta o matrícula profesional vigente (si aplica) y en caso de que la ley exija este requisito para ejercer la profesión.
b) Certificación de vigencia de la matrícula profesional (si aplica) en caso de que la ley exija este requisito para ejercer la profesión.
c) Copia de la cédula de ciudadanía
d) Copia del acta de grado o diploma de título profesional
e) Copia del documento de homologación de los títulos obtenidos en el exterior (si aplica), de conformidad con las disposiciones legales vigentes sobre la materia.
7.8.2 Para acreditar la experiencia del personal técnico mínimo, el contratista deberá anexar certificaciones laborales por cada persona propuesta que reúnan los siguientes requisitos:
a) Nombre o razón social de la empresa o persona contratante
b) Detalle de las actividades u obligaciones ejecutadas durante el desarrollo del contrato, dentro de las cuales se debe certificar experiencia relacionada con el objeto del presente proceso.
c) Indicar fecha de inicio (dd-mm-aaaa) y terminación del contrato (dd-mm-aaaa)
d) Indicar nombre, dirección y teléfono del contratante.
En el evento en que las certificaciones laborales no contengan toda la información solicitada, el contratista podrá anexar copia del contrato acompañada del acta de liquidación del mismo, de tal forma que la información no contenida en la certificación, se complemente con el contenido de dichos documentos.
Si el contratista es el mismo que certifica al profesional, además de la certificación laboral del personal propuesto (expedida por el mismo proponente), debe presentar la copia del contrato suscrito entre el proponente y el profesional que presenta en su propuesta.
El contratista deberá garantizar durante la ejecución del contrato, los perfiles aquí descritos, pese a cambios que en este tipo de personal tenga que hacer, por lo tanto, cualquier cambio deberá ser previamente aprobado por la SUPERVISIÓN DE LA OBRA, quienes verificarán que se mantengan las condiciones exigidas en el presente pliego.
Durante la ejecución del contrato, el personal técnico mínimo podrá ser removido únicamente en los siguientes eventos:
a) Por autorización o solicitud de la SUPERVISIÓN DE LA OBRA, debido a fallas o retrasos en la ejecución de los trabajos.
b) Por fuerza mayor o caso fortuito debidamente comprobados.
c) Cuando el personal, por sus actuaciones o comportamiento, atente contra la buena relación con la Comunidad o cause algún impacto negativo a LA UNIVERSIDAD.
d) En el evento de enfermedad o vacaciones, el personal podrá será reemplazado sólo por el tiempo estrictamente necesario y previa autorización de la SUPERVISIÓN DE LA OBRA.
Para autorizar cambios en el personal, el contratista deberá presentar a la SUPERVISIÓN DE LA OBRA una persona que cumpla con los requisitos mínimos solicitados en el presente pliego de condiciones, y que acredite la formación académica y la experiencia en iguales o mejores condiciones que la de la persona a sustituir.
El personal dependerá administrativamente del contratista seleccionado y no tendrá ningún vínculo laboral con la UNIVERSIDAD.
En todo caso el contratista seleccionado deberá conformar bajo su responsabilidad, el equipo de trabajo, la infraestructura y la logística que le permitan cumplir la totalidad de las obligaciones objeto del presente proceso de selección.
CAPITULO VIII CRITERIOS DE EVALUACIÓN
Las propuestas presentadas válidamente en este proceso, serán analizadas por los evaluadores designados por LA UNIVERSIDAD para tal efecto, garantizando una selección objetiva que le permita asegurar la escogencia del ofrecimiento más favorable para LA UNIVERSIDAD y la realización de los fines que se buscan con la contratación.
LA UNIVERSIDAD evaluará las propuestas con base en los aspectos relacionados en la siguiente tabla y suscribirá el contrato con aquella que obtenga el mayor puntaje sobre una asignación máxima total de MIL (1.000) PUNTOS.
ASPECTO | TOTAL PUNTAJE |
DE VERIFICACIÓN | |
Verificación de requisitos jurídicos | CUMPLE-RECHAZO |
Verificación de requisitos financieros | CUMPLE-RECHAZO |
Verificación de requisitos técnicos | CUMPLE-RECHAZO |
Verificación de Capacidad residual de contratación. | CUMPLE-RECHAZO |
DE ASIGNACIÓN DE PUNTAJE | |
Costos directos | 800 |
Porcentaje anticipo solicitado | 200 |
TOTAL | 1.000 puntos |
8.1 VERIFICACIÓN DE REQUISITOS
LA UNIVERSIDAD efectuará la verificación de los aspectos jurídicos, técnicos, financieros y capacidad residual de contratación de las propuestas, cuyo cumplimiento permitirá que se dé inicio al proceso de evaluación de la propuesta.
8.1.1 VERIFICACIÓN DE REQUISITOS JURÍDICOS (CUMPLE - RECHAZO)
Este factor se evaluará de acuerdo con el cumplimiento de cada uno de los requisitos exigidos en el numeral 4.1 del presente Pliego de Condiciones.
El cumplimiento de los requisitos jurídicos es fundamental para que la propuesta sea evaluada financiera y técnicamente.
8.1.2 VERIFICACIÓN DE REQUISITOS FINANCIEROS (CUMPLE - RECHAZO)
8.1.3 Documentos de verificación financiera (CUMPLE - RECHAZO)
Este factor se evaluará de acuerdo con el cumplimiento de cada uno de los requisitos exigidos en el numeral 4.2 del presente pliego de condiciones.
8.1.3.1 Análisis de Capacidad Financiera (CUMPLE - RECHAZO)
Este factor analiza la capacidad del PROPONENTE para realizar la gestión financiera del objeto propuesto en el Pliego de Condiciones. El cumplimiento de este aspecto es requisito fundamental para que la propuesta sea evaluada técnicamente.
El estudio financiero de las propuestas, no tiene ponderación alguna, se efectúa con el fin de medir la fortaleza financiera del interesado, e indica si la propuesta CUMPLE O SE RECHAZA.
El proponente deberá acreditar mediante el Registro Único de Proponentes vigente, la información financiera con corte a 31 de diciembre de 2017, de acuerdo con las reglas generales establecidas en el presente documento para efectos de la información consignada en el RUP.
Para el análisis de la capacidad financiera del presente proceso se han determinado cuatro (4) indicadores en las siguientes condiciones:
ASPECTOS A EVALUAR | FÓRMULA | CUMPLE |
Índice de liquidez | Activo Corriente / Pasivo Corriente | Mayor o igual a 1 |
Índice de endeudamiento | Total Pasivo / Total Activo | Menor o igual a 70% |
Razón de Cobertura de Intereses | Utilidad Operacional / Gastos de Intereses | Mayor o igual a 1 |
Capital de Trabajo | Activo Corriente - Pasivo Corriente | Igual o superior al 45% del valor de la disponibilidad presupuestal |
Para que un proponente se considere habilitado, se requiere que cumpla con los cuatro (4) indicadores.
En caso de ofertas presentadas por Proponente plural, acreditará los indicadores de capacidad financiera de la siguiente manera:
a) El indicador de liquidez será el resultado del cociente cuyo numerador es la sumatoria de los valores ponderados de los activos corrientes de cada uno de los integrantes considerando su porcentaje de participación y el denominador es la sumatoria de los valores ponderados de los pasivos corrientes de cada uno de los integrantes considerando su porcentaje de participación.
b) El indicador de Endeudamiento será el resultado del cociente cuyo numerador es la sumatoria de los valores ponderados de los pasivos totales de cada uno de los integrantes y el denominador es la sumatoria de los valores ponderados de los activos totales de cada uno de los integrantes que conforman ese Proponente.
c) El indicador de la Razón de Cobertura de Intereses será el resultado del cociente cuyo numerador es la sumatoria de los valores ponderados de la utilidad operacional de cada uno de los integrantes considerando su porcentaje de participación y el denominador es la sumatoria de los valores ponderados de los gastos de intereses de cada uno de los integrantes considerando su porcentaje de participación.
d) El indicador de Capital de trabajo será el resultado de la resta de los valores ponderados de los activos corrientes de cada uno de los integrantes menos los valores ponderados de los pasivos corrientes de cada uno de los integrantes considerando su porcentaje de participación.
Si el proponente es un Consorcio o Unión Temporal, debe acreditar su capacidad financiera sumando cada uno de los componentes de los indicadores (Índice de Liquidez, Índice de Endeudamiento y Capital de Trabajo) de todos los miembros del Proponente Plural.
8.1.4 VERIFICACIÓN DE REQUISITOS TÉCNICOS (CUMPLE - RECHAZO)
Este factor se evaluará de acuerdo con el cumplimiento de cada uno de los requisitos exigidos en el numeral 4.3 del presente Pliego de Condiciones. Y adicionalmente, se verificará que el valor de la oferta presentada no supere la disponibilidad presupuestal estipulada en el Numeral 1.5 del presente pliego de condiciones.
8.1.4. CAPACIDAD RESIDUAL DE CONTRATACIÓN (CUMPLE - RECHAZO)
Este factor analiza la capacidad del PROPONENTE para cumplir oportuna y cabalmente con el objeto de un contrato de obra, sin que sus otros compromisos contractuales afecten su habilidad de responder con el contrato objeto del Proceso de Contratación.
El PROPONENTE deberá acreditar una capacidad residual igual o superior a la Capacidad Residual establecida en este proceso de Invitación Pública. En caso de Consorcios y Uniones Temporales, al menos uno de sus integrantes debe cumplir con esta capacidad.
El PROPONENTE deberá acreditar su Capacidad Residual de Contratación con la presentación de los siguientes documentos:
a. La lista de los contratos de obras civiles en ejecución suscritos con Entidades Estatales y con entidades privadas, la cual debe incluir el valor y plazo de tales contratos, incluyendo contratos de concesión y los contratos de obra suscritos con concesionarios, según Formato No.4.
b. La lista de los contratos de obras civiles en ejecución, suscritos por sociedades, consorcios o uniones temporales en los cuales el proponente tenga participación, con Entidades Estatales y con entidades privadas, la cual debe incluir el valor y plazo de tales contratos, incluyendo los contratos de concesión y los contratos de obra suscritos con concesionarios, según Formato No 4.
El PROPONENTE debe presentar un certificado suscrito por su representante legal y su revisor fiscal, si el proponente está obligado a tenerlo, o por el contador o su auditor independiente, el cual contenga la lista de los Contratos en Ejecución, indicando: (i) el valor del contrato; (ii) el plazo del contrato en meses;
(iii) la fecha de inicio de las obras objeto del contrato, día, mes, año; (iv) si la obra la ejecuta un consorcio, unión temporal o sociedad de propósito especial, junto con el porcentaje de participación del oferente que presenta el certificado; (v) si el contrato se encuentra suspendido, y si es así, la fecha de suspensión.
Si el PROPONENTE no tiene Contratos en Ejecución, en el certificado debe constar expresamente esa circunstancia.
c. Estado de resultados auditado del año en que haya obtenido el mayor ingreso operacional en los últimos cinco (5) años. Los estados financieros deben estar suscritos por el interesado o su representante legal y el revisor fiscal si está obligado a tenerlo, o el auditor o contador si no está obligado a tener revisor fiscal. La información de liquidez del PROPONENTE será tomada del RUP con corte a 31 de diciembre de 2017.
LA UNIVERSIDAD adopta las siguientes consideraciones para el cálculo de la Capacidad Residual del presente proceso de invitación pública y la Capacidad Residual de los proponentes del proceso, así:
8.1.4.1 Capacidad Residual del proceso de Invitación Pública
El cálculo de la Capacidad Residual del proceso de Invitación Pública, será equivalente a la Disponibilidad presupuestal del proceso de Invitación Pública de contratación menos el anticipo, así:
Dada la anterior ecuación se establece la capacidad residual del presente proceso de invitación pública:
Capacidad Residual del proceso de Invitación Pública
= $ 1.546.412.934 - $ 463.923.880= $1.082.489.054
8.1.4.2 Cálculo de la Capacidad Residual del proponente
LA UNIVERSIDAD adopta las siguientes consideraciones para el cálculo de la Capacidad Residual de los proponentes del proceso, así:
La Capacidad de Organización (CO) corresponde a los ingresos operacionales acreditados en el Estado de Resultados, y se evaluará teniendo en cuenta lo siguiente:
Años de Información Financiera | Capacidad de Organización |
Cinco (5) años o más | Mayor ingreso operacional de los últimos cinco años |
El Factor de experiencia (E) del PROPONENTE indica el número de veces que el proponente ha ejecutado contratos equivalentes a la cuantía de este proceso de contratación, objeto de la acreditación de la Capacidad Residual.
El Factor de experiencia (E) del PROPONENTE, para propósitos de la Capacidad Residual, será calculado de acuerdo con los siguientes aspectos:
(i) El valor total en pesos expresado en SMMLV de los contratos clasificados en el RUP de acuerdo con los requisitos establecidos en el numeral 4.1.9 del presente pliego de condiciones.
(ii) La disponibilidad presupuestal estimada para este Proceso de Invitación pública.
(iii) Para el caso de consorcios y uniones temporales, se incluirá dentro del cálculo del Factor de experiencia el porcentaje de participación de cada uno dentro del presente proceso.
El Factor de experiencia (E) del PROPONENTE se calculará de acuerdo con la siguiente formula:
Experiencia =
Valor total de los contratos RUP (COP) expresado en el formato 4 Valor Disponibilidad Presupuestal del proceso actual x % participación
El Factor de experiencia (E) del PROPONENTE se evaluará de acuerdo con la siguiente ponderación:
Factor de experiencia | Puntaje |
Mayor que 0 y menor o igual a 3 | 60 |
Mayor a 3, menor o igual a 6 | 80 |
Mayor a 6, menor o igual a 10 | 100 |
Mayor a 10 | 120 |
La Capacidad Financiera (CF) se obtiene teniendo en cuenta el índice de liquidez del proponente con base en la siguiente fórmula:
El índice de liquidez del proponente será verificado mediante el RUP con corte 31 de diciembre de 2017.
La Capacidad Financiera (CF) del PROPONENTE se evaluará de acuerdo con la siguiente ponderación:
Índice de Liquidez | Puntaje |
Mayor a 1,00 y menor o igual a 1,5 | 20 |
1,5 o mayores | 40 |
La Capacidad Técnica (CT) se asigna teniendo en cuenta el número de socios y profesionales de ingeniería civil, arquitectura o geología vinculados mediante una relación laboral o contractual con el PROPONENTE conforme a la cual desarrollen actividades relacionadas directamente con la construcción de obra, según Formato No 6.
Factor de capacidad técnica | Puntaje |
Mayor a 1 y menor o igual a 5 | 20 |
Mayor a 6 y menor o igual a 10 | 30 |
11 o mayores | 40 |
El Saldo de los Contratos en Ejecución (SCE) debe hacerse linealmente calculando una ejecución diaria equivalente al valor del contrato dividido por el plazo del contrato expresado en días. Este resultado se multiplica por el número de días pendientes para cumplir el plazo del contrato y si el contrato es ejecutado por una estructura plural por la participación del proponente en el respectivo contratista. Si el número de días por ejecutar en un contrato es superior a 12 meses, es decir 360 días, el Saldo del Contrato en Ejecución solo tendrá en cuenta la proporción lineal de 12 meses.
SCE = ∑[(Valor del Contrato en Ejecución)/(Plazo del Contrato en días)] X [(Número de días pendientes para cumplir el plazo del contrato)* X (% de Participación)**]
8.1.4.3 Evaluación de la Capacidad Residual de Contratación
La Universidad calculará la Capacidad Residual exigida de acuerdo con la metodología definida, teniendo en cuenta los factores de: Experiencia (E), Capacidad Financiera (CF), Capacidad Técnica (CT), Capacidad Organización (CO), y el saldo de los contratos en ejecución (SCE), de acuerdo con la siguiente fórmula:
Si la Capacidad Residual del Proponente es inferior a la Capacidad Residual del proceso de Invitación Pública, se configurará causal de RECHAZO de la PROPUESTA
FACTORES DE ASIGNACIÓN DE PUNTAJE
FACTORES DE ASIGNACIÓN DE PUNTAJE | PUNTAJE MÁXIMO |
Factor económico | 1000 |
- Costos directos | 800 |
- Porcentaje anticipo solicitado | 200 |
TOTAL | 1.000 PUNTOS |
8.2 FACTOR ECONÓMICO (1000 PUNTOS)
La evaluación económica se realizará de acuerdo con la propuesta económica diligenciada por los Proponentes en el Formato 2. Cuadro de oferta económica, de la presente Invitación.
Realizada la corrección aritmética (si hubiere lugar) y verificados los requisitos para la presentación de la propuesta económica establecidos en el Capítulo VI de la presente Invitación, se asignará una calificación de hasta 1000 puntos de acuerdo con el siguiente criterio:
8.2.1. COSTOS DIRECTOS (Máximo 800 puntos)
Se asignarán 800 puntos al proponente que presente el menor valor total de la propuesta, y a los demás proponentes se les asignará puntaje por regla de tres inversa.
8.2.2. PORCENTAJE ANTICIPO SOLICITADO (Máximo 200 PUNTOS)
Su calificación se determinará tomando como referencia la tabla a continuación:
RANGO ANTICIPO SOLICITADO | PUNTAJE |
≤ 10% | 200 |
> 10% y ≤ 20% | 150 |
*
**
> 20% y ≤ 25% | 100 |
> 25% y ≤ 30% | 50 |
Nota: En todo caso, el porcentaje máximo de anticipo solicitado que aceptará la Universidad, será de treinta por ciento (30%). Toda propuesta que sobrepase este límite, será RECHAZADA.
8.3. CRITERIOS DE DESEMPATE EN LA CALIFICACIÓN DE DOS O MÁS PROPONENTES
En caso de presentarse un empate en el primer lugar de la calificación de dos o más proponentes, la Universidad seleccionará al PROPONENTE aplicando los siguientes criterios en estricto orden:
a) Se tendrá como criterio el proponente que haya obtenido el mayor puntaje en la evaluación económica.
b) Si continúa el empate se tendrá como criterio el proponente que haya obtenido el mayor xxxxxxx en la evaluación técnica.
c) Si el empate persiste y entre los empatados se encuentran MIPYMES, se preferirá a la MIPYME nacional, sea proponente singular, o al Consorcio o Unión Temporal, conformada únicamente por MIPYMES nacionales. Para lo anterior y a efectos de la aplicación del presente criterio de desempate, deberá adjuntarse dentro de la propuesta, certificación suscrita por el revisor fiscal o representante legal, según corresponda.
d) Si no hay lugar a la hipótesis prevista en el literal anterior y entre los empatados se encuentran Consorcios o Uniones Temporales en la que tenga participación al menos una MYPE o MIPYME, este se preferirá. Para lo anterior y a efectos de la aplicación del presente criterio de desempate, deberá adjuntarse dentro de la propuesta, certificación suscrita por el revisor fiscal o representante legal, según corresponda.
e) Si agotado los anteriores criterios, continúa el empate, se seleccionará el proponente singular que dentro de su nómina cuente por lo menos con un mínimo del 10% de sus empleados en las condiciones de discapacidad enunciadas en la Ley 361 de 1997, debidamente certificada por la oficina de trabajo de la respectiva zona y contratados por lo menos con anterioridad a un año y que certifique adicionalmente que mantendrá dicho personal por un lapso igual al de la contratación. Esta certificación para efectos de la aplicación del presente criterio de desempate, deberá anexarse dentro de la propuesta.
f) Si continúa el empate, se seleccionará por sorteo mediante balotas, el cual se llevará a cabo bajo las siguientes reglas:
i. En la sesión de desempate, se numerarán las balotas de acuerdo al número de proponentes empatados en el primer lugar.
ii. Las balotas numeradas serán depositadas en un recipiente que impida ver hacia su interior.
iii. Luego, se realizará un sorteo para establecer cuál será el orden en que cada proponente escogerá la balota.
iv. Realizado este primer sorteo los proponentes, en el orden que se haya determinado, procederán a tomar, a ciegas, de dentro del recipiente, una única balota y se asignará la contratación al proponente que saque la balota con el número mayor y cuyo resultado es aceptado de antemano por los proponentes involucrados en el empate sin lugar a reclamación alguna.
v. En todo caso sólo podrán participar en el desempate los proponentes que asistan a dicha sesión. Se entiende que el proponente que no asista o no esté representado en este sorteo, será descalificado.
CAPITULO IX.
GARANTÍAS A EXIGIR PARA LA CONTRATACIÓN
9.1. GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO
En atención a las obligaciones y cuantía del contrato, el contratista deberá constituir dentro de los cinco
(5) días siguientes al perfeccionamiento del contrato, Garantía Única de Cumplimiento, en una compañía de seguros o en una entidad bancaria debidamente reconocida por la Superintendencia Financiera, de conformidad con lo establecido en el Decreto 1082 de 2015, que ampare los siguientes riesgos:
a) Buen manejo y correcta inversión del anticipo: En cuantía equivalente al cien por ciento (100%) del valor del anticipo y con vigencia igual al plazo del contrato y seis (6) meses más (Solo en caso de otorgar anticipo).
b) Cumplimiento del contrato: Por cuantía equivalente al veinte por ciento (20%) del valor del contrato y con una vigencia igual al plazo del mismo y seis (6) meses más.
c) Estabilidad y calidad de la obra: Por cuantía equivalente al veinte por ciento (20%) del valor total del contrato y vigencia de cinco (5) años, contados a partir de la fecha de suscripción del acta de entrega a satisfacción de la obra.
d) Pago de Salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones laborales: Por cuantía mínima equivalente al cinco por ciento (5%) del valor total del presente Contrato, y con una vigencia igual al plazo del mismo y tres (3) años más.
9.2. GARANTÍA DE RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL:
En atención a las obligaciones y cuantía del contrato, el contratista deberá constituir dentro de los cinco
(5) días siguientes al perfeccionamiento del contrato, Garantía de responsabilidad civil extracontractual por daños que se puedan producir a terceros en el desarrollo de la ejecución contractual, que ampare los siguientes riesgos, en una compañía de seguros o en una entidad bancaria debidamente reconocida por la Superintendencia Financiera, de conformidad con lo establecido en el Decreto 1082 de 2015, que ampare los siguientes riesgos:
a) Predios, labores y operaciones,
b) Responsabilidad civil patronal,
c) Contratistas y subcontratistas,
d) Vehículos propios y no propios
La vigencia de la póliza de responsabilidad civil extracontractual y de cada uno de sus amparos deberá ser igual al plazo de ejecución del contrato.
El valor de cada uno de los amparos deberá ser de cuantía equivalente a 300 salarios mínimos legales mensuales vigentes y los deducibles de cada amparo serán de hasta el 10% del valor de cada perdida y de mínimo 1 salarios mínimos legales mensuales vigentes y máximo 2.000 salarios mínimos legales mensuales vigentes.
Los deducibles de cada amparo serán de hasta xxx xxxx por ciento (10%) del valor de cada pérdida, y de mínimo 1 SMMLV y máximo 2000 SMMLV.
9.3. SEGURO COLECTIVO DE VIDA
Una vez suscrita el Acta de inicio, previo perfeccionamiento y legalización del contrato, el CONTRATISTA deberá constituir una Seguro Colectivo de Vida, en una compañía de seguros o en una entidad bancaria debidamente reconocida por la Superintendencia Financiera, que ampare los siguientes riesgos, de conformidad con lo establecido en el Decreto 1082 de 2015, que ampare a todo el personal contratado para la ejecución de la obra civil, así:
Con un valor asegurado mínimo, por persona, equivalente a 12 Salarios Mínimos Legales Mensuales Vigentes para los amparos de vida e incapacidad total y permanente; y, con un valor asegurado mínimo,
por persona, equivalente a 1 Salario Mínimo Legal Mensual Vigente para auxilio funerario; con vigencia igual al plazo del contrato.
Nota 1. En caso de prórroga, adición, modificación o suspensión del presente contrato, EL CONTRATISTA deberá remitir para revisión y aprobación el respectivo certificado modificatorio de la garantía, en la que se verifique la respectiva modificación.
Nota 2. En caso de disminución del valor de la póliza de garantía por cualquier causa, EL CONTRATISTA se obliga a reponerla de manera inmediata.
CAPÍTULO X CONDICIONES DEL CONTRATO
Los PROPONENTES aceptan íntegramente las condiciones y obligaciones del presente pliego de condiciones, y en caso de ser seleccionados, se obligan a suscribir la minuta del contrato que se presenta en el Anexo No. 2. No obstante, el contenido de la minuta será susceptible de modificación por parte de la UNIVERSIDAD, y esta la UNIVERSIDAD podrá determinar las cláusulas y condiciones adicionales que considere necesarias en el momento de la elaboración de la minuta definitiva del contrato.
FORMATO No. 1
CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA (SE PUBLICA EN FORMATO WORD ADJUNTO)
FORMATO No. 3 COMPROMISO ANTICORRUPCIÓN
SE PUBLICA EN FORMATO WORD ADJUNTO
ANEXO No. 2 MINUTA DEL CONTRATO
CONTRATO No. de 2018, DE OBRA SUSCRITO ENTRE
LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA
Y
_______________________________
Entre los suscritos, mayores de edad y residentes en Bogotá D.C., a saber: XXXXXX XXXX XXXXXXXX, identificado con cédula de ciudadanía 19.343.690 expedida en Bogotá en su calidad de Gerente Nacional Financiero y Administrativo y quien por delegación conferida en el artículo 13 del Manual de Convenios y Contratos, adoptado mediante Resolución de Rectoría No. 1551 de 2014, está facultado para la celebración y liquidación de contratos en nombre de la UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA, identificada con NIT 899.999.063–3, ente universitario autónomo del orden nacional, sin ánimo de lucro, con personería jurídica reconocida mediante Decreto 1210 del 28 xx xxxxx de 1993 expedido por el Gobierno Nacional, quien para efectos de este contrato se llamará LA UNIVERSIDAD de una parte; y por la otra, , identificado con cédula de ciudadanía
_____________________ de Bogotá, quien en su calidad de ____________________ actúa en nombre y representación legal de _, Identificada con NIT , constituida bajo escritura pública según certificación de la Cámara de Comercio de fecha , quien para efectos de este contrato se llamará EL CONTRATISTA, hemos convenido celebrar el presente contrato de seguros, previas las siguientes
CONSIDERACIONES:
1) Mediante oficio – del de 201 , el Director del proyecto “PUESTA EN OPERACIÓN DEL CAMPUS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA SEDE DE LA PAZ”, presentó ante el Comité de Contratación del Nivel Nacional, la solicitud, el estudio xx xxxxxxx, análisis de estudio xx xxxxxxx, directriz técnica, l CDP, la justificación, el pliego de condiciones y demás anexos para adelantar mediante Invitación pública para contratar las obras de cerramiento perimetral del campus de la Sede De La Paz de la Universidad Nacional de Colombia, bajo la modalidad de precios unitarios fijos sin fórmula de reajuste.
2) El Comité de Contratación del Nivel Nacional, en sesión No. Del de de 201 , aprobó el pliego de condiciones y la invitación publica, de acuerdo con la solicitud presentada.
3) La invitación y el pliego de condiciones fueron publicados en el sitio Web xxxx://xxx.xxxx.xxx.xx//xxxxxxxxxxxx, el día …. de …. de 2018;
4) El día de de 201X, fecha de cierre de la invitación publica, se recibieron propuestas por parte de las firmas:
5) El Comité de Contratación del Nivel Nacional, en sesión del 201X, teniendo en cuenta las evaluaciones técnica-económica, jurídica y financiera, efectuadas al respecto, recomendó al ordenador del gasto la suscripción del presente contrato con la firma.
6) En el presupuesto de LA UNIVERSIDAD existen recursos para cubrir las obligaciones derivadas del presente contrato, según el Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. 27 de 2018 expedido por la Jefe de la División Nacional de Gestión Presupuestal.
Por lo anterior las partes,
ACUERDAN:
CLÁUSULA PRIMERA. OBJETO DEL CONTRATO: Contratar las obras de cerramiento perimetral fase 1 del campus de la Sede De La Paz de la Universidad Nacional de Colombia, bajo la modalidad de precios unitarios fijos sin fórmula de reajuste
CLÁUSULA SEGUNDA. ALCANCE DEL OBJETO: Contratar las obras de cerramiento perimetral fase 1 que incluyan la ornamentación de la fachada del acceso principal, el cerramiento lateral y la intervención física que contemple el suministro e instalación de postes y alambrado del costado posterior del campus de la Sede de La Paz de la Universidad Nacional de Colombia bajo la modalidad de precios unitarios fijos sin fórmula de reajuste.
Obras que se contrataran según los siguientes tipos de intervención:
a) Intervención Tipo 1
Realizar las obras de ornamentación de la fachada del acceso principal al campus.
Características: Consiste en la fabricación e instalación de cerramiento en el costado frontal del campus, construido mediante tipología mixta de estructura metálica y base de apoyo en cimentación en concreto. Esta intervención contempla también la Fabricación e instalación de tres puertas de acceso vehicular y peatonal en carpintería metálica Una localizada en la entrada principal de la sede, otra al acceso de parqueaderos de profesores y administrativos y la tercera en la vía que comunica al área en donde se construirá la segunda etapa de construcción de la sede.
Localización: Se construirá paralelo a la vía que conduce de La Paz a la ciudad de Valledupar.
b) Intervención Tipo 2
Realizar el cerramiento lateral del campus.
Características: La intervención consta de una estructura formada por xxxxxxx en tubular metálico embebidos en el terreno con pilotes en concreto 3 y reja construida en malla ondulada y ángulos metálicos perimetrales con refuerzo horizontal
Localización: Se construirá en los márgenes laterales del límite del predio del Campus hasta llegar a la línea demarcada con postes de red eléctrica que coinciden con las construcciones de la primera etapa y la expansión futura correspondiente a la segunda etapa del Campus de la Paz.
c) Intervención Tipo 3
Realizar la intervención física que incluya el suministro e instalación de postes y alambrado del costado posterior del campus.
CLÁUSULA TERCERA. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS: En virtud del presente contrato, EL CONTRATISTA se obliga con LA UNIVERSIDAD, a dar cumplimiento a las características mínimas estipuladas en el pliego de condiciones y sus anexos y formatos, y en presentada por EL CONTRATISTA el día de 2018.
CLÁUSULA CUARTA. DOCUMENTOS DEL CONTRATO: Son documentos del contrato y hacen parte integral del mismo: 1) La invitación pública y el pliego de condiciones publicados por LA UNIVERSIDAD el día de 2018, así como sus Adendas; 2) La propuesta presentada por EL CONTRATISTA el día
de 2018; 3) Los documentos y Actas que se produzcan en desarrollo de este contrato.
En caso de diferencia o discrepancia entre los diferentes documentos del contrato que implicare un desacuerdo entre las partes sobre las obligaciones a cargo de cada una y en el evento que no pudieren ponerse de acuerdo, se atenderá lo dispuesto en los diferentes documentos del contrato en el siguiente orden: 1) El contrato, sus modificaciones, prorrogas, adiciones y suspensiones; 2) La invitación pública y el pliego de condiciones publicados por LA UNIVERSIDAD el de de 2018, así como sus Adendas; 3) La propuesta presentada por EL CONTRATISTA el día de 2018; 4) Los documentos y actas que se produzcan en desarrollo de este contrato.
Sin perjuicio de lo anterior, LA UNIVERSIDAD en el evento de considerarlo necesario podrá hacer uso de la Interpretación Unilateral contemplada en el presente contrato.
CLÁUSULA QUINTA. OBLIGACIONES GENERALES DEL CONTRATISTA: En virtud del presente
contrato EL CONTRATISTA se obliga con LA UNIVERSIDAD a cumplir con las siguientes obligaciones:
a) Cumplir oportunamente con el objeto del presente contrato en los términos y condiciones funcionales, técnicas, económicas, financieras y comerciales establecidos en la cláusula primera del mismo, en la propuesta de fecha de de 2018, y en el pliego de condiciones de la invitación pública hecha por LA UNIVERSIDAD;
b) Reportar cualquier novedad o anomalía que se presente en el desarrollo del contrato a la Dirección de la Sede Tumaco de la Universidad Nacional de Colombia;
c) Colaborar con LA UNIVERSIDAD en lo que sea necesario para que el objeto contratado se cumpla, y que éste sea de la mejor calidad;
d) Acatar los acuerdos a los que se llegue durante el desarrollo del contrato con los funcionarios que LA UNIVERSIDAD designe como parte del equipo de seguimiento del mismo;
e) Cuando a juicio de LA UNIVERSIDAD, EL CONTRATISTA haya entregado elementos con especificaciones inferiores o diferentes a las señaladas en la propuesta, discutir con éstos las objeciones presentadas y cumplir con los acuerdos que se establezcan como resultado de dichas discusiones;
f) Disponer de todos los recursos que se requieran para el cumplimiento del objeto del presente contrato; g) Cumplir sus obligaciones frente al sistema de seguridad Social Integral y Parafiscales (Cajas de Compensación Familiar, SENA e ICBF), de conformidad con lo establecido en el parágrafo 2 del artículo 50 de la Ley 789 de 2002;
g) Responder ante terceros por los daños que se ocasionen, cuando provengan de causas que le sean imputables.
h) Obrar con buena fe, evitando dilaciones que puedan presentarse durante la ejecución del contrato;
i) Constituir la garantía exigida en el presente contrato y presentarla a LA UNIVERSIDAD para su aprobación;
j) Garantizar que no hará uso de trabajo forzado, ni trabajo infantil, tal como se define en los Convenios de la OIT 29, 105, 138 y 182, lo cual será verificado de manera permanente por la SUPERVISIÓN DE LA OBRA.
k) Garantizar que las relaciones contractuales o vínculos laborales que acuerden con mujeres, para efectos de ejecutar el objeto contractual, deberán seguirse por la normatividad internacional y nacional que propende por garantizar un trato equitativo a las mujeres, en materia laboral y así evitar cualquier tipo de discriminación por género. Dentro de las normas a tener en cuenta, con el fin de asegurar un ambiente digno de trabajo y un reconocimiento económico justo a su desempeño laboral, se encuentran las Leyes 731 de 2002, 823 de 2003, 931 de 2004, 1009 de 2006, 1010 de 2006, 1257 de 2008 y 1496 de 2011.
l) Responder a las consultas efectuadas por LA UNIVERSIDAD a más tardar dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha del recibo de la solicitud;
m) Abstenerse de usar el nombre de LA UNIVERSIDAD en actividades de publicidad, comunicados de prensa, avisos comerciales o similares, sin la expresa autorización escrita de LA UNIVERSIDAD;
n) No acceder a peticiones o amenazas de quienes actúen por fuera de la Ley con el fin de obligarlo a hacer u omitir algún acto o hecho. En caso de que durante la ejecución del presente contrato reciba tales peticiones o amenazas, deberá informarlo inmediatamente a LA UNIVERSIDAD, y a las demás autoridades competentes para que se adopten las medidas y correctivos que fueren necesarios;
o) Las demás que se deriven tanto del contenido de la propuesta presentada como de la solicitud de servicios y de los documentos que forman parte integral del presente contrato, así como de la esencia y naturaleza del objeto contractual.
p) Abstenerse de incurrir en acciones u omisiones que causen discriminación, sufrimiento físico, psicológico, sexual o patrimonial, por razones de sexo, género u orientación sexual, en cualquier persona perteneciente a la comunidad de la Universidad Nacional de Colombia o que se encuentre dentro del campus universitario. El incumplimiento de esta obligación acarreará las sanciones contractuales a que haya lugar en el marco del Manual de Convenios y Contratos de la Universidad Nacional de Colombia y de lo dispuesto en la Resolución 1215 de 2017.
q) Las demás que se deriven tanto del contenido de la propuesta presentada como de la solicitud de servicios y de los documentos que forman parte integral del presente contrato, así como de la esencia y naturaleza del objeto contractual.
CLÁUSULA SEXTA. OBLIGACIONES ESPECÍFICAS DEL CONTRATISTA. En virtud del presente
contrato EL CONTRATISTA se obliga específicamente con LA UNIVERSIDAD a cumplir con las siguientes obligaciones:
a) Garantizar el desarrollo del objeto contractual de acuerdo con las especificaciones técnicas suministradas por la Universidad.
b) Garantizar la fabricación e instalación de todos los elementos requeridos para la ejecución de las actividades, así como todos los servicios conexos (transporte, bodegaje, retiro de escombros, alquiler, materiales, soldaduras, retiro de postes de delimitación existentes, etc.), por lo que debe prever todo costo en su oferta, sin generar otros costos para la Universidad.
c) El contratista se obliga a mantener tres frentes de trabajo con diferente personal con el fin de realizar los 3 tipos de intervenciones de manera simultánea.
d) Inspeccionar, previo al inicio de la ejecución de las obras, el sitio donde se ejecutarán, para observar las condiciones existentes en el mismo y planear los trabajos a realizar.
e) Realizar las actividades cumpliendo con la normatividad vigente para seguridad y manejo de residuos aplicable a este proceso, como lo establecen las especificaciones técnicas.
f) Consultar con el supervisor asignado al proyecto, de manera oportuna, cualquier posible ambigüedad, o duda que considere necesario en las especificaciones para el correcto desarrollo del proyecto.
g) Responder en forma exclusiva por el cumplimiento del Manual de Seguridad, Salud Ocupacional y Ambiente para contratistas de la Universidad. Este Manual puede ser consultado en el siguiente link: xxxx://xxx.xxxx.xxx.xx/xxx/Xxxxxxxx_xxxx/XXXXXX_XXXXXXXXX_XXXXX_XXXXXXXXXXX_X_XX BIENTE_CONTRATISTAS_UN-DNSO.pdf
h) Utilizar andamios certificados, en las actividades que así lo requieran dentro del desarrollo de obra.
i) Prever las protecciones, cerramientos provisionales y la señalización necesaria para la seguridad de los operarios y del personal de la Universidad.
j) Señalizar las áreas a intervenir y circundantes, garantizando que todo espacio esté debidamente señalizado, acatando la normatividad vigente.
k) Garantizar el aseo general y final de todos los espacios afectados directa e indirectamente durante la ejecución de la obra.
l) Garantizar que cuenta con profesionales idóneos para la supervisión y ejecución de las actividades.
m) Proveer al personal equipos para trabajo en altura debidamente certificados con los permisos y licencias que exige la ley para el cumplimiento del objeto contractual, así como el conocimiento y aplicación de la normativa y la resolución 1409 (julio 23 de 2012) del Ministerio de Seguridad Social y todas las disposiciones xx xxx.
n) Verificar que todo personal que esté vinculado para realizar trabajos que conlleven a estar en alturas esté certificado en trabajo de este tipo sin ninguna excepción. Se deberá aportar el certificado respectivo al supervisor.
o) Verificar todas las medidas en obra, y consultarlas previamente al inicio de Obra con el supervisor asignado por la Universidad.
p) Responder por los defectos en los materiales o en la ejecución de las actividades, los cuales se imputarán al contratista, en tal caso deben ser corregidos y pagados por su cuenta durante el plazo de ejecución de la orden contractual, sin perjuicio de las acciones contractuales o legales que decida emprender la Universidad.
q) Suministrar y mantener por su cuenta la señalización preventiva suficiente y necesaria para informar y advertir acerca de la realización de los trabajos, la existencia de peligro y tránsito restringido o prohibido, manteniéndola durante la ejecución de la orden contractual.
r) Responder de manera exclusiva por los daños que se ocasionen a empleados o bienes de La Universidad, lo mismo que a terceras personas y sus bienes, procediendo a la inmediata reparación en un plazo máximo de quince (15) días calendario, contados a partir de la fecha de su ocurrencia, sin perjuicio de que la Universidad proceda a la reparación inmediata de los daños causados a sus instalaciones y descuente a motu proprio la totalidad de los respectivos costos y sin perjuicio de hacer efectiva la respectiva garantía de responsabilidad civil extracontractual.
CLÁUSULA SÉPTIMA. OBLIGACIONES DE LA UNIVERSIDAD: En virtud del presente contrato LA UNIVERSIDAD se obliga a cumplir con las siguientes: a) Pagar oportunamente el valor del contrato, en la forma definida en la cláusula décima primera; b) Informar al CONTRATISTA sobre cualquier irregularidad u observación que se encuentre en la ejecución de este contrato; c) Asignar un funcionario específico para la coordinación con EL CONTRATISTA de todos los procedimientos y requerimientos que genere el presente contrato.
CLÁUSULA OCTAVA. PLAZO: El plazo estimado para la ejecución del (los) contrato(s) requerido por la UNIVERSIDAD es setenta (70) días calendarios, contados a partir de la fecha de la firma del acta de inicio, previo cumplimiento de todos los requisitos de perfeccionamiento y legalización exigidos.
Parágrafo. Siempre que exista concepto favorable por parte de la SUPERVISIÓN DE LA OBRA, las partes podrán prorrogar el plazo del contrato por mutuo acuerdo y previamente a su vencimiento. Esta prórroga deberá constar por escrito y surtirá efectos a partir de la fecha de su legalización. No obstante lo anterior, toda prorroga deberá ceñirse a los procedimientos regulados y establecidos en el Manual de Convenios y Contratos adoptado mediante Resolución de Rectoría No. 1551 de 2014.
CLÁUSULA NOVENA. SITIO DE EJECUCIÓN DE LA OBRA: El CONTRATISTA ejecutará la obra en el
Campus de la Sede de La Paz ubicado en municipio La paz (Cesar), en el kilómetro 9 de la vía Valledupar - La Paz.
CLÁUSULA DÉCIMA. VALOR DEL CONTRATO: El valor total del contrato es por la suma de
«VALOR_LETRAS» ($«VALOR_CONTRATO»), IVA incluido, más el Gravamen a los Movimientos Financieros por valor de “VALOR EN LETRAS” “($VALOR NÚMEROS)”.
Parágrafo 1. Dentro del valor estipulado en la presente cláusula, están incluidos todos los servicios conexos en que EL CONTRATISTA debe incurrir para la entrega de la obra civil en las condiciones requeridas en la invitación pública, y contenidas en su propuesta. Por tanto, LA UNIVERSIDAD no reconocerá ningún pago adicional.
Parágrafo 2. El CONTRATISTA se obliga a mantener durante todo el plazo del contrato, los precios ofrecidos en su propuesta de fecha de 2018.
Parágrafo 3. El valor del Gravamen a los Movimientos Financieros no hace parte del valor estimado para la ejecución del presente contrato, y se detalla solo para efectos tributarios internos de la Universidad.
CLÁUSULA DÉCIMA PRIMERA. FORMA DE PAGO: LA UNIVERSIDAD pagará al CONTRATISTA el
valor pactado en el presente contrato, de la siguiente manera:
a) Un anticipo de hasta el 30 % del valor total del contrato antes de IVA, el cual iniciará trámite de pago una vez suscrita el acta de inicio, entrega por parte del contratista del plan de manejo, inversión y amortización del anticipo aprobado por la SUPERVISIÓN, previo cumplimiento de todos los requisitos de perfeccionamiento, legalización y ejecución.
b) Pagos correspondientes al 40% previa presentación de actas parciales de obra ejecutada contra medición de obra debidamente aprobadas por la SUPERVISIÓN. De cada pago se descontará un porcentaje proporcional de su valor, para amortizar el anticipo recibido.
c) Un pago final correspondiente al 30%por el saldo de las obras pendientes por pagar, previa suscripción del Acta de recibo final de obra a satisfacción y del acta de liquidación, firmada por las partes. En esta Acta se descontará el saldo pendiente de amortización del anticipo.
Parágrafo 1. A excepción del anticipo, cada pago requerirá de presentación de factura, constancia de cumplimiento expedida por el supervisor, certificación en que conste que EL CONTRATISTA se encuentra al día en el pago de aportes a seguridad social y a parafiscales, conforme a lo dispuesto en la Ley 789 de 2002.
Parágrafo 2. El valor correspondiente a la “I” de imprevistos del AIU se cancelará al contratista en cada corte de obra únicamente si éstos están totalmente demostrados y justificados ante la SUPERVISIÓN, según lineamientos de la Contraloría General de la República.
CLÁUSULA DÉCIMA SEGUNDA. SUJECIÓN PRESUPUESTAL. El valor del presente contrato se imputará con cargo a los recursos del Proyecto de inversión “PUESTA EN OPERACIÓN DEL CAMPUS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA SEDE DE LA PAZ”, y los recursos estimados se encuentran en el rubro “Construcción y/o adecuación de inmuebles” del presupuesto aprobado en el proyecto 400000011956, según certificado de disponibilidad presupuestal No. 27 expedido por la Jefe de la División Nacional de Gestión Presupuestal.
CLÁUSULA DECIMA TERCERA. SUPERVISIÓN. La UNIVERSIDAD ejercerá la supervisión del presente contrato, a través del Director del Proyecto “Puesta en operación del campus de la Universidad Nacional de Colombia Sede de la paz”, quien podrá asignar al personal específico que se encargará de
adelantar el control y seguimiento general del mismo. El supervisor deberá dar cumplimiento a las obligaciones establecidas en los artículos 93 a 94 del Manual de Convenios y Contratos de la UNIVERSIDAD, adoptado mediante Resolución de Rectoría No. 1551 de 2014, y en las demás obligaciones que se estipulen en el pliego de condiciones y sus anexos, los cuales hacen parte integral del presente contrato
CLÁUSULA DÉCIMA CUARTA. LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO. La liquidación del Contrato se sujetará a los términos y oportunidades establecidas en la normatividad contractual de LA UNIVERSIDAD. La liquidación tendrá lugar dentro de los seis (6) meses siguientes a la finalización del plazo así:
Dentro los primeros cuatro (4) meses siguientes a la finalización del contrato se efectuará el trámite de liquidación por mutuo acuerdo entre las partes. Si finalizado dicho término las partes no llegan a un acuerdo o, habiendo requerido al contratista, este no suscribe el acta de liquidación, la misma será practicada directa y unilateralmente por la Universidad durante los dos (2) meses siguientes a la finalización del trámite por mutuo acuerdo.
Para la liquidación del contrato EL CONTRATISTA deberá remitir al SUPERVISOR dentro de los cinco
(5) días hábiles siguientes al vencimiento del plazo de ejecución del Contrato, los soportes que acrediten el pago de los aportes a los sistemas de salud, pensiones, riesgos profesionales y aportes al Servicio Nacional de Aprendizaje SENA, Instituto de Bienestar Familiar y Caja de Compensación Familiar, durante el término de ejecución del contrato.
Al momento de liquidar el presente Contrato el SUPERVISOR verificará y dejará constancia del cumplimiento de las obligaciones del CONTRATISTA frente a los aportes mencionados durante su vigencia, estableciendo una correcta relación entre el monto cancelado y las sumas que debieron haber sido cotizadas. En el evento en que no se hubieren realizado totalmente los aportes correspondientes, LA UNIVERSIDAD deberá retener las sumas adeudadas al sistema y efectuará el giro directo de dichos recursos a las correspondientes entidades con prioridad a los regímenes de salud y pensiones, de acuerdo con lo previsto en el artículo 50 de la ley 789 del 2002.
CLÁUSULA DÉCIMA QUINTA. SUSPENSIÓN DEL CONTRATO. En caso de presentarse la ocurrencia de hechos ajenos a la voluntad de las partes, circunstancias de fuerza mayor o caso fortuito, interés y conveniencia mutua e interés público, se podrá suspender temporalmente la ejecución del contrato, para lo cual EL SUPERVISOR remitirá al comité de contratación un informe con la justificación sobre la necesidad de suspender su ejecución y el proyecto de acta de suspensión. El Comité de Contratación del Nivel Nacional, recomendará al Ordenador del Gasto aceptar la suspensión de la ejecución contractual.
El Ordenador del Gasto aceptará la suspensión del Contrato y procederá a firmar el acta respectiva, remitiéndose copia de la misma a la Compañía Aseguradora o banco garante. El término de la suspensión debe ser determinado o determinable y para la reiniciación de la ejecución del contrato se suscribirá la respectiva acta.
Es función del SUPERVISOR verificar que una vez reiniciada la ejecución contractual el contratista amplíe o prorrogue la vigencia de la garantía pactada en el Contrato.
CLÁUSULA DÉCIMA SEXTA. PROHIBICIÓN DE CESIÓN. Es prohibido al CONTRATISTA ceder el
presente Contrato en forma total o parcial, sin la previa autorización por escrito de LA UNIVERSIDAD. No se consideran dentro de esta situación aquellos subcontratos que sean necesarios otorgar por parte del CONTRATISTA para la ejecución de las actividades pactadas.
CLÁUSULA DECIMA SÉPTIMA. INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES. EL CONTRATISTA
manifiesta expresamente a LA UNIVERSIDAD que no está incurso en ninguna causal de inhabilidad o incompatibilidad contenida en la Constitución Política ni en la Ley, y que serán de su exclusiva responsabilidad las consecuencias que se deriven de las antecedentes o sobrevinientes.
CLÁUSULA DÉCIMA OCTAVA. CONFIDENCIALIDAD Y ACUERDO DE NO REVELACIÓN. EL
CONTRATISTA deberá mantener la confidencialidad sobre toda la información de LA UNIVERSIDAD
que pueda conocer durante el desarrollo del contrato y no utilizará información de LA UNIVERSIDAD para la presentación de su producto en otras organizaciones. La propiedad, titularidad y reserva de los datos e información almacenada en los repositorios de datos que sean generados y/o utilizados por EL CONTRATISTA para el cumplimiento de las funciones contractuales pactadas, pertenecen de forma exclusiva a LA UNIVERSIDAD. EL CONTRATISTA se compromete a respetarla, reservarla, no copiarla y a guardar absoluta reserva sobre toda la información que conozca por su actividad o que le sea dada a conocer por LA UNIVERSIDAD con ocasión del desarrollo del objeto del presente Contrato. Para asegurar el cumplimiento de la obligación estipulada en esta cláusula, EL CONTRATISTA se obliga a devolver de inmediato al SUPERVISOR designado por LA UNIVERSIDAD, toda la información facilitada para la prestación del objeto contractual, en la medida en que ya no resulte necesaria en la ejecución del mismo; absteniéndose de mantener copia parcial o total de la información y documentos obtenidos o generados con ocasión de la relación contractual al vencimiento del plazo. En todo caso si EL CONTRATISTA utiliza la información para su propio provecho distinto al objeto contractual o para entregarla o darla a conocer a terceros, deberá indemnizar a LA UNIVERSIDAD y responder a los terceros por todos los perjuicios ocasionados, sin menoscabo de las acciones legales a que haya lugar.
CLÁUSULA DÉCIMA NOVENA. EXCLUSIÓN DE RELACIÓN LABORAL Y AUTONOMÍA. El presente
Contrato lo desarrolla EL CONTRATISTA con plena autonomía y no genera relación laboral entre LA UNIVERSIDAD con EL CONTRATISTA ni con el personal que este designe para el cumplimiento del objeto contractual. Todo el personal del CONTRATISTA deberá estar vinculado en forma tal que se garantice su disponibilidad para la ejecución oportuna de las distintas actividades del contrato.
CLÁUSULA VIGESIMA. SUBCONTRATACIÓN. Cualquier subcontratación que EL CONTRATISTA pretenda hacer para la ejecución del Contrato, deberá ser aprobada previamente por LA UNIVERSIDAD. EL CONTRATISTA será responsable del cumplimiento por parte de sus subcontratistas, de las exigencias comerciales, económicas y jurídicas establecidas por LA UNIVERSIDAD, y en consecuencia EL CONTRATISTA será responsable directa y exclusivamente por los perjuicios de toda índole que LA UNIVERSIDAD, sus clientes o usuarios puedan sufrir como consecuencia de la labor del subcontratista. Los subcontratos no eximirán al CONTRATISTA de sus responsabilidades contractuales ni las atenuará. LA UNIVERSIDAD no asumirá ninguna obligación directa o indirecta con el subcontratista, ni está en la obligación de tener ningún contacto o entendimiento con los subcontratistas, siendo EL CONTRATISTA el directamente obligado a responder ante LA UNIVERSIDAD por la actividad subcontratada como si él fuere el directo ejecutor de la misma; en los subcontratos se deberá consignar expresamente esta circunstancia. En todo caso LA UNIVERSIDAD se reserva el derecho de exigirle al CONTRATISTA, de ser procedente, que reasuma el cumplimiento de la obligación subcontratada, o el cambio del subcontratista, sin que se derive responsabilidad de ninguna clase para LA UNIVERSIDAD. En tal evento, EL CONTRATISTA deberá proceder dentro de los quince (15) días calendarios siguientes a la comunicación de LA UNIVERSIDAD.
CLÁUSULA VIGÉSIMA PRIMERA. LIQUIDACIÓN UNILATERAL. Cuando el CONTRATISTA, habiendo
sido requerido, no se presente a la liquidación de común acuerdo dentro de los cuatro (4) meses siguientes a la extinción de la relación contractual, o las partes no lleguen a un acuerdo sobre el contenido de la misma, la liquidación será practicada directa y unilateralmente por LA UNIVERSIDAD dentro de los dos (2) meses siguientes y se adoptará por acto administrativo motivado, el cual será susceptible del recurso de reposición.
En todo caso, el acta de liquidación unilateral deberá ser expedida por el Ordenador del Gasto, y en el evento de resultar sumas de dinero a favor de LA UNIVERSIDAD y a cargo del CONTRATISTA, la resolución proferida prestará mérito ejecutivo.
CLÁUSULA VIGÉSIMA SEGUNDA. MODIFICACIÓN UNILATERAL. Si durante la ejecución del presente Contrato, y para evitar su paralización o afectación grave del servicio que se deba satisfacer con él, fuere necesario introducir variaciones en el Contrato, y previamente las partes no logr an un acuerdo al respecto, LA UNIVERSIDAD, en acto administrativo debidamente motivado, podrá modificarlo mediante la supresión o adición de obras, trabajos, suministros o servicios. Si las modificaciones alteran el valor del presente Contrato en un veinte por ciento (20%) o más de su valor inicial, EL CONTRATISTA podrá renunciar a la continuación de la ejecución; en éste evento se
ordenará la liquidación del Contrato, y LA UNIVERSIDAD adoptará de manera inmediata las medidas necesarias para garantizar la terminación de su objeto. Para su aplicación, LA UNIVERSIDAD procederá de conformidad con lo señalado en los Artículos 79 y 81 del Manual de Convenios y Contratos adoptado mediante Resolución de Rectoría No. 1551 de 2014.
CLÁUSULA VIGÉSIMA TERCERA. INTERPRETACIÓN UNILATERAL. Cuando con ocasión de la
ejecución del presente Contrato se presenten divergencias respecto a la interpretación de las Cláusulas contenidas en el presente Instrumento, que no puedan ser subsanadas acudiendo a las normas generales de interpretación, el Pliego de Condiciones que antecede al presente proceso contractual y la propuesta presentada por EL CONTRATISTA, LA UNIVERSIDAD interpretará en acto administrativo debidamente motivado, las estipulaciones objeto de controversias. Para su aplicación, LA UNIVERSIDAD procederá de conformidad con lo señalado en los Artículos 80 y 81 del Manual de Convenios y Contratos adoptado mediante Resolución de Rectoría No. 1551 de 2014.
CLÁUSULA VIGÉSIMA CUARTA. TERMINACIÓN UNILATERAL. LA UNIVERSIDAD podrá terminar
unilateralmente el presente Contrato, en cualquiera de los siguientes casos:
a) Cuando las exigencias del servicio público lo requieran, o la situación de orden público lo imponga.
b) Por muerte o incapacidad física permanente del contratista, si es persona natural o por disolución de la persona jurídica del contratista.
c) Por interdicción judicial o liquidación obligatoria del contratista.
d) Por cesación de pagos, concurso de acreedores o embargos judiciales al CONTRATISTA, que afecten de manera grave el cumplimiento del Contrato.
En ocurrencia de alguna de las causales anteriores, LA UNIVERSIDAD expedirá acto administrativo debidamente motivado, en el cual se dará aplicación a la terminación unilateral del Contrato, sin que sea necesario procurar acuerdos previos con EL CONTRATISTA para dar lugar a su declaración.
CLÁUSULA VIGÉSIMA QUINTA. CLÁUSULA PENAL. Se pacta como cláusula penal pecuniaria la suma equivalente al veinte por ciento (20%) del valor total del contrato, la cual se hará efectiva por parte de la UNIVERSIDAD, en caso de atraso o incumplimiento por parte del CONTRATISTA de cualquiera de las obligaciones surgidas del presente contrato. Dicha suma podrá ser tomada directamente de las garantías, o de ser el caso, se cobrará por jurisdicción coactiva. Para su aplicación, LA UNIVERSIDAD procederá de conformidad con lo señalado en el Artículo 83 del Manual de Convenios y Contratos adoptado mediante Resolución de Rectoría No. 1551 de 2014.
CLÁUSULA VIGÉSIMA SEXTA. MULTAS. En caso de que EL CONTRATISTA incurra en incumplimiento parcial de las obligaciones derivadas del presente Contrato, LA UNIVERSIDAD, mediante resolución motivada, que prestará mérito ejecutivo, podrá imponer multas diarias sucesivas, a razón del 0,1% sobre el valor contractual de la obligación o parte incumplida, mientras persista el incumplimiento, sin que sumadas superen el 20% del valor del presente contrato. Para su aplicación, LA UNIVERSIDAD procederá de conformidad con lo señalado en el Artículo 83 del Manual de Convenios y Contratos adoptado mediante Resolución de Rectoría No. 1551 de 2014.
Parágrafo. El pago de las multas no exime al CONTRATISTA de cumplir con la obligación principal, ni excluye el cobro de los perjuicios que hubiere sufrido LA UNIVERSIDAD.
CLÁUSULA VIGÉSIMA SÉPTIMA. CADUCIDAD. LA UNIVERSIDAD podrá dar por terminado el presente Contrato y ordenar su liquidación, en aquellos casos en los que advierta que hay claras evidencias de que EL CONTRATISTA está incumpliendo con las obligaciones contractuales, y que esta circunstancia afecta de manera grave y directa la ejecución del mismo, hasta el punto de considerar que puede presentar su parálisis. La declaratoria de caducidad será constitutiva del siniestro de incumplimiento. Para su aplicación, LA UNIVERSIDAD procederá de conformidad con lo señalado en el artículo 78 del Manual de Convenios y Contratos, adoptado mediante Resolución de Rectoría No. 1551 de 2014.
CLÁUSULA VIGÉSIMA OCTAVA. GARANTÍAS. Para garantizar el cumplimiento de este contrato EL CONTRATISTA se compromete a constituir en favor de LA UNIVERSIDAD una garantía expedida por
una Compañía de Seguros legalmente establecida en el país, cuya póliza matriz se encuentre aprobada por la Superintendencia Financiera, que ampare:
a) Buen manejo y correcta inversión del anticipo: En cuantía equivalente al cien por ciento (100%) del valor del anticipo y con vigencia igual al plazo del contrato y seis (6) meses más.
b) Cumplimiento del contrato: Por cuantía equivalente al veinte por ciento (20%) del valor del contrato y con una vigencia igual al plazo del mismo y seis (6) meses más.
c) Estabilidad y calidad de la obra: Por cuantía equivalente al veinte por ciento (20%) del valor total del contrato y vigencia de cinco (5) años, contados a partir de la fecha de suscripción del acta de entrega a satisfacción de la obra.
d) Pago de Salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones laborales: Por cuantía mínima equivalente al cinco por ciento (5%) del valor total del presente Contrato, y con una vigencia igual al plazo del mismo y tres (3) años más.
e) Responsabilidad civil extracontractual: Por daños que se puedan producir a terceros en el desarrollo de la ejecución contractual, que ampare los siguientes riesgos:
i. Predios, labores y operaciones,
ii. Responsabilidad civil patronal,
iii. Contratistas y subcontratistas,
iv. Vehículos propios y no propios
La vigencia de la póliza de responsabilidad civil extracontractual y de cada uno de sus amparos deberá ser igual al plazo de ejecución del contrato.
El valor de cada uno de los amparos deberá ser de cuantía equivalente a 300 SMLMV.
Los deducibles de cada amparo serán de hasta xxx xxxx por ciento (10%) del valor de cada pérdida, y de mínimo 1 smlmv.
f) Seguro colectivo de vida: Que ampare a todo el personal contratado. El valor será determinado de conformidad con el riesgo probable en la ejecución del contrato y con un valor asegurado mínimo por persona equivalente a 12 Salarios Mínimos Legales Mensuales Vigentes para los amparos de vida e incapacidad total y permanente y de 1 Salarios Mínimos Legales Mensuales Vigentes para auxilio funerario y con vigencia igual al plazo del contrato.
Parágrafo 1. En caso de prórroga, adición, modificación o suspensión del presente contrato, EL CONTRATISTA deberá remitir para revisión y aprobación el respectivo certificado modificatorio de la garantía, en la que se verifique la respectiva modificación.
Parágrafo 2. En caso de disminución del valor de la póliza de garantía por cualquier causa, EL CONTRATISTA se obliga a reponerla de manera inmediata.
Parágrafo 3. El Seguro colectivo de vida debe ser presentado por el contratista para la suscripción del acta de inicio.
CLÁUSULA VIGÉSIMA NOVENA. PREVENCIÓN DE VIOLENCIAS BASADAS EN GENERO O
VIOLENCIA SEXUAL: El CONTRATISTA se obliga para con la Universidad a abstenerse de incurrir en acciones u omisiones que causen discriminación, sufrimiento físico, sicológico, sexual o patrimonial, por razones de sexo, género u orientación sexual, en cualquier persona perteneciente a la comunidad de la Universidad Nacional de Colombia o que se encuentre dentro del campus universitario.
CLÁUSULA TRIGÉSIMA. PERFECCIONAMIENTO, LEGALIZACIÓN Y EJECUCIÓN. El presente
contrato se perfecciona con la firma de las partes
Para su legalización requiere la constitución por parte del CONTRATISTA de la garantía exigida, y aprobación de la misma por parte de la UNIVERSIDAD;
Para su ejecución requiere el registro presupuestal y el cumplimiento de los requisitos de perfeccionamiento, legalización y a los demás que se hayan pactado en el contrato.
Una vez cumplidos los anteriores requisitos, el Jefe de Adquisiciones del Nivel Nacional comunicará a través de cualquier medio escrito al CONTRATISTA y a la SUPERVISIÓN del Contrato, que se ha legalizado el Contrato, y la fecha a partir de la cual podrá darse inicio a su ejecución.
Parágrafo 1. Los documentos de que trata la presente cláusula deben ser entregados por el CONTRATISTA para su revisión y aprobación en la Sección de Contratación de la División Nacional de Servicios Administrativos, ubicada en el Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx, Xxxxxxx 00 Xx. 00-00, Xxxxxxx 000, de la ciudad de Bogotá, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la remisión por parte de la UNIVERSIDAD del Contrato suscrito por el ordenador del gasto.
Parágrafo 2. Será obligación del Jefe de Adquisiciones del Nivel Nacional, publicar el presente Contrato, así como sus adiciones, prórrogas, modificaciones o suspensiones en el sitio Web de Contratación de LA UNIVERSIDAD, según lo dispuesto en el Manual de Convenios y Contratos adoptado mediante Resolución de Rectoría No. 1551 de 2014.
CLÁUSULA TRIGÉSIMA PRIMERA. SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS CONTRACTUALES. Antes
de acudir a las instancias judiciales, las partes buscarán resolver cualquier diferencia o discrepancia surgida con ocasión del presente Contrato, de forma ágil y rápida, intentando en primera medida el arreglo directo, previo a la aplicación de los mecanismos alternativos de solución de conflictos, tales como la Conciliación, la Mediación o la Transacción.
CLÁUSULA TRIGÉSIMA SEGUNDA. NOTIFICACIONES. Para todos los efectos de este Contrato, se establecen como mecanismos para comunicaciones en general, por parte de LA UNIVERSIDAD: correspondencia física que será recibida en la “DIRECCIÓN UNAL” Bogotá D.C., Correo electrónico: @xxxx.xxx.xx; y por parte del CONTRATISTA: correspondencia física: “DIRECCIÓN PROVEEDOR”, de la ciudad de ( ); correo electrónico:
CLÁUSULA TRIGÉSIMA TERCERA. DOMICILIO: Para todos los efectos judiciales y extrajudiciales, las partes declaran la ciudad de Bogotá D.C. como su domicilio contractual.
En constancia se firma en Bogotá D.C., a los
XXXXXX XXXX XXXXXXXX NOMBRE REPRESENTANTE LEGAL»
Gerente Nacional Financiero y Administrativo Representante Legal
UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA CONTRATISTA
(Fin ANEXO 2)