CONTRATO DE OBRA XXXXX/2014
Contrato TS-018 de 2014
CONTRATO DE OBRA XXXXX/2014
Entre los suscritos, de una parte, el XXXXXXXX XXXXXXXXXXX XXXXXX XX XXX XXXXX 00 con NIT. 900.232.266-2 ubicado en la XXXXX 00 X 00 X 00 representado legalmente por el señora xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx identificada con cédula de ciudadanía No. xxxxxxxxxxxxxxxxxxxx expedida en xxxxxxx, entidad que en el cuerpo de este contrato se denominará el CONTRATANTE, y de otra parte, DESARROLLOS, DISEÑOS Y MONTAJES TECNOLOGICOS LTDA - DOMOTECK SMART HOME, identificado con Nit 900.252.935-7; cuyo representante legal es el señor XXXXX XXXX XXXXXX identificado con cédula de ciudadanía No. 80.187.485 de Bogotá D.C. quien se encuentra facultado para la celebración del presente contrato y quien en adelante se denominará CONTRATISTA, hemos convenido celebrar el presente contrato, el cual se regirá por las siguientes cláusulas y condiciones, y en lo no previsto, por la Ley sobre la materia.
CONSIDERACIONES
PRIMERA: Que de acuerdo al proceso de selección realizado por el Consejo de Administración como consta en las actas de reuniones del mes de xxxxxxx de xxxxxxx, es escogido el CONTRATISTA (DOMOTECK SMART HOME LTDA), para proporcionar la solución de seguridad denominada Sistema Cerrado de TV digital IP (CCTV-IP) y acceso peatonal.
SEGUNDA: Que de acuerdo a las múltiples negociaciones realizadas con el CONTRATISTA y el consejo de administración, se anexa al presente contrato la propuesta final presentada por el CONTRATISTA, DSH-596 como parte integral del presente contrato.
TERCERA: Iniciar la obra primero por las puertas laterales de la recepción y luego la principal, y realizar la instalación de las cámaras ubicadas en las entradas – salidas vehiculares de sótano y visitantes.
Efectuadas las anteriores consideraciones, las partes acuerdan:
CLAUSULA PRIMERA. Objeto del contrato:
Suministro, instalación y puesta en marcha de un sistema cerrado de televisión digital (CCTV) basado en tecnología IP (Internet Protocol), un centro de de monitoreo para administrar y vigilar el CCTV, la automatización del acceso peatonal principal del Conjunto Residencial y la instalación de acometidas y cableado en los accesos peatonales de cada una de las xxxxxx del Conjunto. Lo anterior conforme a las especificaciones, características y condiciones que se señalan en la descripción del servicio del presente contrato.
CLAUSULA SEGUNDA. OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA: En ejecución del presente contrato, el CONTRATISTA se obliga especialmente con el Conjunto a:
OBLIGACIONES GENERALES:
Realizar los servicios objeto del presente contrato de acuerdo con los términos descritos en la cláusula tercera de este documento “Servicios objeto del presente contrato” y con las especificaciones contempladas en la propuesta presentada por EL CONTRATISTA, la cual hace parte integral del presente contrato.
Cumplir el reglamento y normatividad estipulada por el conjunto
Proporcionar todos los materiales pactados entre las partes, los cuales se reflejan en la propuesta anexa a este contrato y condiciones aquí pactadas.
Por ningún motivo suspenderá o abandonará el cumplimiento del contrato, sin previa justificación aceptada por el CONTRATISTA.
Ejercer la dirección y el control de todas las actividades encomendadas, en forma oportuna y dentro del término establecido, con el fin de tener la correcta realización del contrato.
Mantener dentro de la ejecución del contrato, el equipo técnico presentado en el acta de inicio de este contrato en forma permanente.
Disponer para la ejecución del presente contrato, del personal calificado y debidamente capacitado para realizar cada labor.
Responder sin perjuicio de la respectiva garantía, por el cumplimiento y calidad de los servicios prestados, por el término previsto en el presente contrato.
Responder ante terceros por los daños que se ocasionen y que provengan de causas que le sean imputables.
Salvaguardar la información confidencial que obtenga o conozca en el desarrollo de sus actividades salvo requerimiento expreso del CONTRATISTA. Toda la información y/o documentos que se produzcan en desarrollo del presente contrato serán de uso exclusivo del CONTRATISTA, obligándose desde la firma de este documento, a utilizarlos SOLO para fines relacionados con la ejecución de este contrato, so pena de las acciones civiles, administrativas o penales a que haya lugar.
Atender los requerimientos, instrucciones y/o recomendaciones que durante la ejecución del contrato imparta la administración y/o los consejeros que ejerzan el control de ejecución.
Reportar en forma escrita de cualquier novedad o anomalía, de manera inmediata al supervisor del contrato.
Pagar por su cuenta los salarios, subsidio, prestaciones sociales, afiliación y pago de las contribuciones al Sistema Integral de Seguridad Social - EPS, Pensión y ARP y de los aportes parafiscales - SENA, ICBF, Cajas de Compensación, y Subsidio Familiar, a que hubiere lugar, de todos sus empleados, en especial del personal destinado para el cumplimiento del objeto del presente contrato, de acuerdo con las disposiciones del Régimen Laboral Colombiano, debiendo presentar en su oportunidad, la respectiva certificación de cumplimiento expedida por el Revisor Fiscal.
Utilizar los mejores recursos a su disposición para la ejecución del objeto del contrato.
Subcontratar el personal necesario para cada una de las actividades a ejecutar, bajo su propia responsabilidad, con los cuales el contratante no genera ningún tipo de vínculo contractual ni laboral.
Presentar ante el CONTRATANTE los informes de avances de la ejecución del contrato en los tiempos en que previamente y de manera formal éste los requiera.
Disponer de los equipos necesarios para la realización de los trabajos técnicos.
Contar con los elementos de protección personal que se requieran para la realización de los trabajos contratados por EL CONTRATANTE
Reemplazar, inmediatamente, los materiales o los servicios, cuando no estén de acuerdo con las especificaciones del contrato y así lo solicite EL CONTRATANTE.
En los casos en que, eventualmente, EL CONTRATANTE suministre al CONTRATISTA ó viceversa, herramientas, equipos, materiales o cualquier otra clase de implementos para la ejecución de los servicios; se elaborará un acta xx xxxxxxxx entre las partes con la descripción y estado de los equipos o herramienta xx xxxxxxxx. A quien se le preste se compromete a restituirlos cuando lo solicite el propietario o cuando se terminen los trabajos. En los casos en que no devuelva los elementos suministrados, por pérdida o extravío o los devuelva deteriorados por uso incorrecto de los mismos, desde ahora, el CONTRATISTA autoriza al CONTRATANTE para que le descuente el valor de los elementos extraviados o dañados, de los pagos parciales o la liquidación final del contrato, ó el CONTRATISTA puede pasar una cuenta de cobro al CONTRATANTE por el pago de los equipos.
EL CONTRATISTA recibirá del CONTRATANTE el Reglamento de Higiene y Seguridad Industrial, que rige en EL CONJUNTO RESIDENCIAL y se obliga a observarlo en todas sus partes y hacerlo cumplir por sus trabajadores, impartiendo a estos las órdenes e instrucciones indispensables y suministrándoles los elementos de protección personal necesarios, que se requieren para la realización de las distintas labores que se ejecuten, con el fin de dar el adecuado cumplimiento a las normas incorporadas, en dicho Reglamento de Higiene y Seguridad Industrial prevención de Enfermedades y Riegos Profesionales, como también cumplir con lo estipulado sobre trabajo seguro en alturas. Especialmente se obliga EL CONTRATISTA a afiliar a todo el personal que ocupe, a una Aseguradora de Riesgos Profesionales, durante todo el tiempo que dure la ejecución de los servicios.
Obrar con lealtad y buena fe en las distintas etapas contractuales, evitando todo tipo de dilaciones que pudieran presentarse.
Mantener vigentes las pólizas que deba suscribir en virtud del contrato.
Todas las demás que se desprendan de la naturaleza de este contrato, necesarias para su cumplimiento.
OBLIGACIONES ESPECÍFICAS
Todoas los dispositivos e instalaciones suministrados deben trabajar bajo condiciones de intemperie, humedad y oscuridad.
Instalar, cableado estructurado, equipos de red, equipos de grabación y monitoreo.
Centralizar el monitoreo y administración de los diferentes dispositivos que hagan parte del sistema de seguridad en una sala de monitoreo, la cual incluye el correspondiente mobiliario y obra civil para su adecuación.
Comunicar por escrito o bajo los mecanismos pactados con el CONTRATANTE, cualquier imprevisto que surja en la ejecución del contrato.
Solicitar aprobación previa al supervisor del contrato de cualquier adición que implique un pago adicional al que se pacta en este contrato.
En caso que el CONTRATISTA ejecute acciones que impliquen adiciones de costo al presente contrato, sin contar previamente con la aprobación del supervisor del contrato, el CONTRATISTA asume todos los costos adicionales a que haya lugar sin causar perjuicio al CONTRATANTE.
Se DEBE programar en conjunto con el supervisor del contrato las instalaciones que tengan que ver específicamente con los ascensores, para validar su objetivo y duración.
En caso que la cita programada con el personal especializado de ascensor y el CONTRATISTA no cumpla con el objetivo pactado, y su causa sea imputable al CONTRATISTA, este se obliga a correr con los costos adicionales correspondientes al pago de las horas de acompañamiento de los profesionales especializados de los ascensores para culminar el objetivo pactado con el supervisor del contrato.
Teniendo en cuenta que luego de finalizado el contrato, es posible que se presenten fallas y errores en los productos suministrados o instalados por el ejecutor del contrato, se requiere que durante el periodo de garantía definido en este contrato, el CONTRATISTA se obliga a:
Contestar formalmente en un plazo no mayor a 24 horas, cada solicitud realizada por el conjunto.
Hacerse presente en el conjunto para la respectiva inspección de la solicitud en un plazo no mayor a 48 horas.
Entregar un informe al final de la inspección que describa las acciones realizadas para verificar y/o corregir la solicitud recibida y las conclusiones de las mismas.
Los términos en los que se compromete el CONTRATISTA, pueden ser ampliados, previa aprobación del supervisor del contrato sin que la suma de los tiempos de ampliación de las solicitudes lleguen a ser mayores al 50% del plazo de ejecución del presente contrato.
El CONTRATISTA debe entregar un manual de mantenimiento y uso del sistema cerrado de televisión, incluyendo la manipulación adecuada de los dispositivos suministrados e instalados, donde se indique:
Correcta forma de USO.
Correcta forma de realizar mantenimiento.
Periodicidad de los mantenimientos.
Procedimientos de monitoreo.
Procedimientos xx xxxxxx.
EL CONTRATISTA debe presentar el certificado de importación de la DIAN de todos los equipos o dispositivos importados que sean instalados.
CLÁUSULA TERCERA. Servicios objeto del presente contrato:
Los servicios del presente contrato son:
Suministro:
Los suministros que DEBE proveer el contratista para el funcionamiento del sistema cerrado de televisión, la automatización del acceso peatonal principal, el monitoreo del CCTV y la instalación de los puntos de acceso en la 12 xxxxxx que conforman el conjunto, son los que se describen en la propuesta comercial anexada por el CONTRATISTA, específicamente en el Cuadro de Cotización (DSH-596).
Ubicación Cámaras IP:
Se DEBE anexar al presente contrato un mapa de instalación basado en los planos del conjunto Xxxxxx de San Marco 12 sobre el cual el CONTRATISTA indicará gráficamente la distribución y composición detallada de la red de cámaras IP y de la red de lectores de huellas IP para el acceso peatonal. Se debe mostrar todo el recorrido de los cables que llegarán hasta las puertas de acceso de la recepción y a cada una de las puertas de acceso de las doce (12) xxxxxx del conjunto, el diámetro de la tubería a usar, cámaras IP discriminadas por referencia, función y alcance, y de la misma manera todos los equipos que se instalen y los distintos tipos de cable (UTP, fibra óptica y la red eléctrica).
Cableado:
a) Tubería EMT: Toda el cableado de datos y eléctrico irá con su respectiva tubería tipo EMT, separando la parte eléctrica de la red de datos según normas técnicas colombianas de cableado estructurado para instalación de redes digitales y deberá hacerse de manera organizada y estéticamente bien presentada. La tubería tendrá que marquillarse para poder identificarla fácilmente en intervenciones futuras a la red.
b) Cables: Se cableará cada punto de las redes con nuevo cable UTP categoría 6 xxxxx XXXXXXX debidamente certificados que irán dentro de tubos EMT galvanizados individuales, desde el centro de monitoreo a cada una de las cámaras y lectoras de huellas. Este trabajo incluye obra civil, que consiste en todos los trabajos necesarios para instalar e identificar adecuada y estéticamente la tubería a pisos, techos y paredes, además el retiro de las tuberías y cables del antiguo sistema de cámaras. También incluye las cajas de distribución eléctrica que suministra la energía a todo el sistema, individualizado cada una de las redes a través de su propio circuito (circuit breaker). En ambos extremos de los cables deberán ir marquillados, tanto en el punto de conexión como en el armario (rack).
Todo lo anterior debe cumplir con la normatividad técnica para cableado estructurado y acometidas eléctricas, establecida por los organismos colombianos pertinentes para este tipo de trabajos.
c) Certificacion de puntos: Por tratarse de una red IP la cual se basa en normas de cableado estructurado, cada punto de red se entregará con su respectivo certificado, esto para garantizar que el cable y las conexiones transmitan bien los Datos y el Video objetivo de funcionamiento de la red.
d) Fibra Óptica: Se tenderá fibra óptica desde la sala de monitoreo hasta el punto de distribución escogido dentro de la oficina de administración, ya que la distancia que hay entre estos dos puntos supera los 92 metros exigidos por la norma, y así se garantice un buen ancho xx xxxxx, previendo un posible crecimiento, por ejemplo, la instalación de cámaras en cada piso de las xxxxxx. Los puntos de fibra óptica deberán entregarse con su respectivo certificado.
e) Puntos de lectoras en Xxxxxx: Se realizará la instalación de toda la acometida eléctrica y de datos hasta cada una de las entradas de las xxxxxx, dejando listos estos puntos de conexión para instalar posteriormente a este contrato, las lectoras de huellas y las xxxxxxx xx xxxxxx templado. Estos puntos de conexión incluyen, el botón de emergencia y la condición del reúso de los actuales citófonos, para abrir las puertas desde los apartamentos. En la medida de lo posible, estas acometidas deberán utilizar la ductería existente disminuyendo así el impacto visual de ductería de tubería sobrepuesta en techos y muros.
Cronograma de Trabajo:
El CONTRATISTA deberá presentar al CONTRATANTE un cronograma de actividades en donde se contemple los tiempos de ejecución y entregas parciales de la obra.
a) Ascensores: Se programará con los respectivos contratistas encargados de los ascensores, las intervenciones para instalar los puntos inalámbricos de las cámaras que van dentro de los ascensores, esto con el fin de coordinar y evitar retrasos. Si esto no se cumple por causas imputables al CONTRATISTA, éste se obligará a asumir los gastos adicionales que implique repetir algún trabajo en los ascensores y cuyos montos serán automáticamente descontados de los saldos a pagar al CONTRATISTA.
4. Calidad de Materiales:
Todos y cada uno de los materiales y equipos usados en el presente contrato deberán ser nuevos y cumplir con todos los requisitos legales de importación y por ninguna circunstancia se podrán instalar elementos usados ni utilizar la tubería ya instalada del sistema de cámaras antiguo del Conjunto.
5. Limpieza y Escombros:
El CONTRATISTA entregará la obra con todos los terminados pactados en la sala de monitoreo, y durante la instalación de todo el cableado, el levantamiento y el desecho de escombros, y demás materiales.
6. Garantías y Mantenimientos:
La garantía de toda la obra es de un (1) año después de la entrega a satisfacción por parte del CONTRATISTA, y mínimo (4) mantenimientos preventivos durante este año, sin costo. También, se deben dejar claras las garantías de las cámaras, lectoras y todos los demás equipos de toda la propuesta, dadas por el fabricante y también por el CONTRATISTA.
Ademas se refiere al tiempo durante el cual el CONTRATISTA garantizará el buen funcionamiento tanto de hardware como del software.El tiempo de garantía es de un año.
La empresa deberá ofrecer una garantía no menor a un año a partir de la entrega formal a satisfacción del sistema por defectos de fabricación y materiales de los equipos, así como por el funcionamiento del mismo, En donde la empresa se compromete durante los meses de garantía a cambiar por nuevos aquellos equipos que fallen más de dos veces durante un año.
a) Garantía de Funcionamiento
El CONTRATISTA se obliga a reemplazar a sus expensas aquellos equipos, materiales o partes que resultaren de mala calidad o con defectos de fabricación, durante el periodo de garantía solicitado, contados a partir de la fecha de la entrega a satisfacción. En caso que no pueda ser reparado el equipo deberá ser restituido por un equipo o componente nuevo de las mismas características del inicialmente entregado, los gastos que llegase a generarse con ocasión de la garantía correrán a cargo del CONTRATISTA.
Igualmente el oferente debe garantizar el suministro de partes y/o repuestos de todos y cada uno de los componentes del sistema. Por un tiempo no menor a xx años, certificado directamente por el fabricante.
b) Compatibilidad de Equipos:
El CONTRATISTA presentará en un documento las marcas de cámaras IP y lectoras biometricas compatibles con el sistema que se instalará, con el propósito de tener varias opciones en caso de que estas se dañen por tiempo de uso, y ya no se encuentren de esta misma marca en el mercado. En este mismo documento, deberá describirse en cada cámara su función, garantia y el tiempo de vida útil de cada una de ellas.
c) Servicio Postventa
El contratista deberá realizar el mantenimiento preventivo y correctivo del sistema durante el periodo de garantía, para lo cual se debe desarrollar las siguientes actividades:
Hace referencia a la revisión y limpieza periódica de los equipos, para garantizar su buen funcionamiento. Siendo necesario especificar el cronograma de prestación del mismo (mínimo cuatro veces por año, con un intervalo no menor a tres meses entre cada mantenimiento).
Mantenimiento Preventivo. El contratista debe suministrar mantenimiento preventivo, durante tres años, sin costo adicional.
Mantenimiento Correctivo. Se refiere a la revisión y reparación de los equipos que presenten fallas durante el periodo de garantía, incluyendo el suministro de repuestos sin costo adicional.
El tiempo de respuesta será de 24 horas hábiles como máximo y el tiempo de solución de cuarenta y ocho horas hábiles.
Solamente se desplazarán los equipos de su sitio, cuando requieran ser observados en el laboratorio del contratista (en cuyo caso el tiempo de respuesta y solución no excederá de 56 horas hábiles); sin embargo si los equipos salen de servicio, se deberá entregar e instalar uno de iguales o mejores características técnicas dentro de las 36 horas siguientes a la detección del daño, con el fin de no suspender el funcionamiento del sistema.
El proveedor debe presentar carta del fabricante en la que certifique que el proponente cuenta con laboratorio técnico autorizado para los equipos unimarca para el soporte técnico.
7. Sala de monitoreo:
Los equipos de videograbación y de red del sistema se instalarán en esta sala y todo el sistema funcionará de manera centralizada desde la sala de monitoreo, en donde también estará la base de datos de propietarios que lleva los registros de entrada y salida; de esta manera cuando el usuario ponga su huella, el sistema consultará a cada usuario registrado para verificar si está autorizado para el ingreso y salida del conjunto. Dicha autorización estará dada por una previa programación de las huellas que habilita al propietario, garantizando el ingreso y salida al conjunto y a las xxxxxx.
Se incluye dentro de los servicios de adecuación de la sala de monitoreo, los costos correspondientes a la obra que derribe el muro central, ubicado dentro de la sala destinada para el monitoreo de las cámaras.
8. Capacitación y manejo del sistema:
A la entrega del sistema, este será recibido por el supervisor del contrato y los miembros del consejo escogidos como interventores de la ejecución de la obra, y a ellos y a la administración, se les deberá explicar el funcionamiento, programación y la buena operación de los dispositivos del sistema. Esto incluye, un manual, sugerencias de su buen manejo y las garantías del sistema.
9. Reprogramación del sistema:
Todo el proyecto incluye toda la reprogramación que sea necesaria para el buen funcionamiento del control de acceso peatonal a recepción y a las xxxxxx.
10. Sistema de respaldo de energía eléctrica para la red:
La red tendrá un suministro eléctrico con una duración de 20 minutos proveniente de las UPS adquiridas, que junto con una transferencia automática se conectará con la planta eléctrica del conjunto.
Automatización de acceso peatonal
Suministrar, instalar y colocar en uso:
Dos terminales biométricas para controlar el acceso de la puerta principal del conjunto.
Dos terminales biometricasbiométricas por cada puerta de acceso peatonal (laterales) ubicadas en el lobby
Cabezales para las dos puertas corredizas de que conforman la entrada principal del conjunto
Dos puertas de seguridad en vidrio templado de los accesos peatonales correspondiente al área del lobby
Software de administración de visitantes
Software de administración y control de acceso biometricobiométrico
Realizar acompañamiento y soporte en los días que se acuerde con el CONTRATANTE, para realizar las labores de registro de las huellas para habilitar el acceso peatonal.
12. PRUEBAS DE FUNCIONAMIENTO
El contratista deberá acreditar la práctica de las pruebas de funcionamiento total del sistema, las que deberán arrojar los resultados técnicos, que permitan verificar el cumplimiento de las especificaciones técnicas y funcionales de los bienes suministrados de acuerdo con las especificaciones técnicas presentadas en la oferta.
13. DOCUMENTACION
El contratista deberá entregar toda la documentación técnica de cada uno de los equipos, elementos y periféricos instalados, organizados en un diagrama de conexión, instalación e interacción de equipos; suministrará los manuales originales de instalación, operación y reparación con sus diagramas esquemáticos.
Se entregara un manual de funcionamiento y otro manual de mantenimiento de todo el sistema lo cual incluye cada equipo adquirido.
Toda la documentación de Ingeniería del sistema, tanto física como en Planos de la topología de la red. formato digital, será entregada al supervisor responsable del contrato, la cual incluye:
Planos de la topología de la red.
Diagrama en bloques del sistema.
Planos de conexión de equipos (esquema de conexión inalámbrico y/o cableado según aplique, diagrama de conexiones de señales de video, señales de control, alarmas, conexiones eléctricas etc)
Plano detalle montaje de cámaras.
Plano de ubicación y conexión de equipos en cuarto de monitoreo y en el rack
Planos de la sala de control, diagrama unifilar
Plano por cada cámara instalada, donde se indique la ubicación de cada una de ellas, se debe poder visualizar la acometida eléctrica y debe permitir referenciar la ubicación de la cámara.
Resultados de las pruebas de certificación del sistema, impresa por el equipo de medición, en el momento de la misma
Se debe digitalizar toda la información del proyecto y entregarse a la supervisión del contrato.
Diagramas de interconexión eléctrica y lógicos.
Toda la documentación deberá ser entregada en formato de libro donde se reúna la totalidad de la información requerida.
Los servicios anteriormente descritos permiten describir a groso modo las características esperadas de los servicios contratados sin que estas eliminen las ya estipuladas en la propuesta entregada por el CONTRATISTA y la cual hace parte integral de este contrato.
CLAUSULA CUARTA. PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO.- El plazo para la ejecución del contrato es de CUARENTA Y CINCO DÍAS HÁBILES a partir de la suscripción del acta de inicio del presente contrato.
CLAUSULA QUINTA. Valor del presente contrato. Para todos los efectos legales el valor del presente contrato de DOCE MILLONES DE PESOS MONEDA LEGAL COLOMBIANA ($12.000.000.oo) incluido IMPUESTOS que EL CONTRATANTE reconocerá al CONTRATISTA como suma única por la ejecución del presente contrato.
CLAUSULA SEXTA. Forma de Pago.- EL CONTRATANTE pagará al CONTRATISTA la suma indicada en la cláusula quinta previa aprobación y entrega de cada una de las fases definidas a continuación:
Etapa |
No Pago |
Entregable |
Inicio |
Pago 1 |
Legalización del contrato Firma del acta de Inicio. Cronograma de Ejecución |
Control de acceso peatonal |
Pago 2 |
- Suministro, instalación y puesta en marcha de la automatización del acceso peatonal del conjunto
- Entrega de manuales de instalación y usuario del software de control de visitantes
- Informe de Apoyo sobre la Jornada de registro de huellas para acceso peatonal. - Informe de tarjetas de acceso vehicular re-programadas - Ejecución de la capacitación y material de capacitación sobre los componentes de software de control de acceso peatonal. - Listas de asistencia con firma de las personas que recibieron las capacitaciones. |
Suministro e instalación del CCTV |
Pago 3 |
- Diseño de la red y ubicación de los dispositivos. - Descripción funcional y técnica de los dispositivos entregados, incluyendo garantías del proveedor y fabricante. - Lista de marcas compatibles sobre las cámaras y/o cualquier otro dispositivo que pueda ser cambiado en el sistema cerrado de televisión (huelleros, discos duros, etc...)
- Acta de entrega de las instalaciones y dispositivos que componen el sistema cerrado de televisión. - Acta de aprobación de la entrega y firma del supervisor del contrato y los consejeros delegados como interventores del mismo. - Manuales de mantenimiento - Inventario de dispositivos instalados
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Puntos de lectoras en las xxxxxx |
Pago 4 |
- Diseño de la red y ubicación de los dispositivos. - Descripción funcional y técnica de los dispositivos que se recomienda instalar. - Acta de entrega de las instalaciones que componen los puntos de lectoras de las xxxxxx. - Acta de aprobación de la entrega y firma del supervisor del contrato y los consejeros delegados como interventores del mismo. - Manuales de mantenimiento - Inventario de dispositivos instalados
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Los porcentajes de los pagos serán los siguientes:
Pago |
Porcentaje |
Pago 1 |
30% |
Pago 2 |
20% |
Pago 3 |
25% |
Pago 4 |
25% |
Los pagos se realizarán con base en el cronograma entregado por el CONTRATISTA, EL CONTRATANTE cancelará al CONTRATISTA el valor correspondiente a cada pago dentro de los 10 días hábiles siguientes a la presentación de los siguientes documentos:
Factura
Acta de aprobación.
Los pagos se efectuarán previos los trámites administrativos y presupuestales a que haya lugar; a la cuenta que EL CONTRATISTA indique mediante comunicación dirigida al Conjunto.
CLAUSULA SEPTIMA. Obligaciones del CONTRATANTE .
Efectuar el pago en los términos establecidos en el presente contrato;
Efectuar los trámites administrativos necesarios para reservar de los recursos del Conjunto Xxxxxx de San Marco 12 las sumas necesarias para atender adecuadamente la ejecución del presente contrato.
Todas aquellas que se desprendan de la naturaleza de este contrato, necesarias para su cabal cumplimiento.
CLAUSULA OCTAVA. Inexistencia de Relación Laboral– El presente contrato es de naturaleza civil, no laboral. Las normas que lo rigen son las consagradas en le legislación civil y mercantil colombiana y por tanto no origina prestaciones sociales. Entre el CONTRATISTA y el CONTRATANTE, no existe disponibilidad de carácter permanente o continuada, ni subordinación ni dependencia alguna, llámese ésta técnica, personal, económica o simplemente jurídica y así lo declaran y estipulan las partes.
CLAUSULA NOVENA. Suspensión del contrato. De común acuerdo las partes, EL CONTRATANTE y EL CONTRATISTA, podrán suspender la ejecución del presente contrato para lo cual suscribirán un acta en la cual se indicará la razón de la suspensión del contrato; el término de duración de la misma y la fecha de su reanudación.
CLAUSULA DECIMA. Cesión del contrato. EL CONTRATISTA no podrá ceder el presente contrato, sin previa autorización escrita del CONTRATANTE.
CLAUSULA DECIMA PRIMERA. Disolución del contrato. El presente contrato podrá darse por terminado en cualquiera de los siguientes eventos: a) Por mutuo acuerdo de las partes; c) Por incumplimiento de las obligaciones de cualquiera de las partes, previa evaluación del interventor del contrato; d) Cuando la ejecución de las obligaciones contenidas en el presente contrato se desarrolle en forma tal que no garantice razonablemente la correcta ejecución de su objeto; e) Por las demás causales establecidas en el presente contrato y f) Por vencimiento del término inicialmente pactado.
CLAUSULA DECIMA TERCERA. De las garantías. EL CONTRATISTA deberá constituir a favor del CONTRATANTE, dentro de los cinco (5) días siguientes a la firma del presente contrato una garantía única de cumplimiento y de responsabilidad civil Extracontractual que ampare los siguientes riesgos:
1. GARANTIA UNICA DE CUMPLIMIENTO
a) CUMPLIMIENTO GENERAL DE LAS OBLIGACIONES: Con vigencia igual a su duración, en cuantía equivalente al cincuenta por ciento (50%) del valor total del mismo.
PARÁGRAFO PRIMERO: Se garantizará el cumplimiento de las obligaciones surgidas del presente contrato incluyendo las modificaciones unilaterales o de común acuerdo que a éste se le introduzcan, el pago de la cláusula penal y de las multas.
b. CALIDAD Y CORRECTO FUNCIONAMIENTO DE LOS BIENES Y EQUIPOS SUMINISTRADOS. Para amparar los perjuicios imputables al CONTRATISTA garantizado,(i) derivados de la mala calidad de los bienes de acuerdo con las especificaciones técnicas establecidas en el contrato por el incumplimiento de los parámetros o normas técnicas establecidas para el respectivo bien, por un monto igual al cincuenta por ciento (50%)del valor del contrato, cuya vigencia será igual a dos (2) años, contado a partir de la entrega de los bienes al almacén.
c. CALIDAD DEL SERVICIO: Para garantizar la calidad del servicio, una garantía equivalente al veinte por ciento (30%) del valor total del presente contrato, con una vigencia igual a la del plazo de ejecución del contrato y cuatro (4) meses más, contados a partir de la fecha de suscripción del contrato
d. SALARIOS, PRESTACIONES SOCIALES E INDEMNIZACIONES: La garantía de salarios y prestaciones sociales, en cuantía equivalente al diez por ciento (10%) del valor total del contrato, con una vigencia igual al término de ejecución de este y un (1) (3) años más contados a partir de la de la suscripción del contrato.
2. GARANTÍA DE RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL: A través de un amparo autónomo contenido en póliza anexa, equivalente al cincuenta por ciento del valor total del contrato y con una vigencia igual al plazo de ejecución del contrato.
MULTAS
a) MULTAS: En caso xx xxxx o de incumplimiento parcial de las obligaciones a cargo del CONTRATISTA, y sin perjuicio a que haya lugar a hacer efectiva la cláusula penal pecuniaria, el CONTRATANTE podrá imponer al CONTRATISTA, multas sucesivas diarias equivalentes cada una a un (1) salario mínimo legal mensual vigente. Estas multas se causarán hasta cuando el CONTRATISTA demuestre que ha tomado las medidas necesarias y suficientes para corregir el incumplimiento respectivo, a satisfacción del supervisor asignado. Si pasaren más de quince (15) días calendario sin que se hayan tomado las medidas a que se refiere este numeral, o si hubiere transcurrido el plazo fijado por el supervisor al contratista sin que se hayan obtenido los resultados exigidos, el CONTRATANTE, podrá declarar la caducidad del contrato. Los valores por concepto de multas impuestas podrán igualmente ser compensados con las sumas que adeude el CONTRATANTE.
b) PENAL PECUNIARIA: En caso de incumplimiento total de las obligaciones contractuales por parte del CONTRATISTA, éste debe pagar al CONTRATANTE una suma equivalente hasta del 50% del valor total del contrato, la cual podrá ser compensada con las sumas que adeude el CONTRATANTE. El CONTRATISTA renuncia expresamente a todo requerimiento judicial, para efectos de constitución en xxxx.
CLAUSULA DECIMA CUARTA. Cláusula Penal. En caso de incumplimiento, total o parcial, de EL CONTRATISTA en la ejecución del presente contrato EL CONTRATANTE emprenderá las acciones legales a que haya lugar para reclamar los daños y perjuicios que se le hayan ocasionado, y podrá hacer efectiva la póliza de cumplimiento. Adicionalmente, en caso de incumplimiento, EL CONTRATISTA pagará al CONTRATANTE, a título de cláusula penal una suma equivalente al 20% del valor total del contrato.
CLAUSULA DECIMA QUINTA .Supervisión. La supervisión de la ejecución del presente contrato será ejercida por la señora Administradora y la Interventoría del presente contrato por los señores Xxxxx Xxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, el señor Xxxx Xxxxxx y El Señor Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxx. Son facultades del supervisor y el interventor del contrato, las siguientes: 1) Exigir y vigilar que el contrato se desarrolle de acuerdo con las cláusulas contractuales; 2) Atender y resolver las consultas planteadas por EL CONTRATISTA para el buen desarrollo del objeto del contrato; 3) Estudiar y recomendar cambios sustanciales al proyecto presentado que sean convenientes o necesarios; 4) Decidir sobre cambios propuestos por EL CONTRATISTA al proyecto siempre que no afecten la correcta ejecución del objeto contratado; 5) Aprobar o rechazar, en forma debidamente motivada, los procedimientos utilizados para la ejecución del objeto contratado y Rendir informe sobre el desarrollo del objeto del contrato
Las instrucciones y órdenes impartidas en el ejercicio de tales funciones deberán constar por escrito. Las dadas en forma verbal, por urgencia o necesidad inminente, deberán ratificarse por escrito.
CLAUSULA DECIMA SEXTA. Domicilio contractual. Las partes convienen en señalar como domicilio contractual la ciudad de Bogotá, D.C..
CLAUSULA DECIMA SEPTIMA. Perfeccionamiento y ejecución del contrato. El presente contrato se entenderá perfeccionado con la firma de las partes.
CLAUSULA DECIMA OCTAVA. Legislación aplicable. El presente contrato se rige por las normas civiles y comerciales colombianas vigentes a la fecha de la firma del presente contrato.
CLAUSULA DECIMA NOVENA. Modificaciones. Cualquier modificación al presente contrato deberá constar en documento escrito firmado por las partes contratantes.
CLAUSULA VIGESIMA . Notificaciones. Cualquier notificación o comunicación que deban remitirse las partes será dirigida a las siguientes direcciones:
EL CONTRATANTE: Xxxxx 00x Xx. 00x-00, Xxxxxx, X.X., Xxxxxxxx
EL CONTRATISTA: Xxxxx 00 Xx.00-00, Xxxxxx, X.X., Xxxxxxxx Tel: 0000000
Cualquier cambio de dirección para efecto de notificaciones deberá ser comunicada por las partes en forma escrita.
CLAUSULA VIGESIMA PRIMERA. Fuerza Mayor y Caso Fortuito. En caso de que se presenten eventos que configuren fuerza mayor o caso fortuito, al tenor de las disposiciones legales colombianas, las partes podrán suspender o terminar en común acuerdo el presente contrato sin que haya lugar a la imposición de la cláusula penal.
VIGESIMA SEGUNDA- CLAUSULA COMPROMISORIA: Toda controversia o diferencia que pueda surgir con ocasión de este contrato de prestación de servicios, ejecución o terminación, se procurará resolver de manera directa entre las partes, que de no ser posible se deberá acudir a un Centro de Conciliación autorizado por el Gobierno Nacional, en la ciudad de Bogotá D.C. Fracasado el acuerdo conciliatorio las partes acudirán ante la justicia ordinaria de acuerdo con los factores generales de competencia para que dirima toda controversia susceptible de transacción
VIGESIMA TERCERA. VINCULACIÓN DE PERSONAL Y PRESTACIONES DE LOS TRABAJADORES: EL CONTRATISTA es el único responsable por la vinculación de personal la cual realiza en su propio nombre, por su cuenta y riesgo, sin que EL CONTRATANTE adquiera responsabilidad alguna por dichos actos. Por tanto corresponde al CONTRATISTA el pago de los salarios, cesantías, prestaciones sociales e indemnizaciones a que haya lugar. PARAGRAFO. Queda claramente entendido que no existirá relación laboral alguna entre EL CONTRATANTE y EL CONTRATISTA o el personal que éste utilice para la ejecución del presente contrato.
CLAUSULA VIGESIMA CUARTA. Documentos del contrato. Se consideran documentos del contrato y hacen parte integral del mismo los siguientes:
a. Certificado de existencia y representación legal del CONTRATISTA.
b. Pólizas de garantías - Clausula decima tercera del presente contrato.
c. Acta de noviembre 21 de 2013 del Consejo de Administración.
d. Propuesta presentada por EL CONTRATISTA.
En constancia se firma, en la ciudad de Bogotá, en dos ejemplares del mismo tenor a los veintiséis XXXXXXXXX de dos mil catorce (2014).
XXXXXXXXXXXXXX XXXXX XXXX XXXXXX
Administrador EL CONTRATISTA
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