En este contrato de seguro se entiende que:
RIESGOS VARIOS
CERTIFICADO DE COBERTURA SEGURO DE EQUIPOS ELECTRÓNICOS MÓVILES O PORTÁTILES
Definiciones importantes
En este contrato de seguro se entiende que:
Administrador del Programa: Es la empresa Brightstar Uruguay SA que tramitará los siniestros que sufra el Asegurado.
Contacto únicamente por el 08002531
Bien Asegurado: Es el equipo electrónico respecto del cual se ha contratado el presente seguro, el que para poder ser asegurable debe cumplir con las siguientes condiciones o características:
- Debe tratarse de un equipo móvil de comunicación electróni- ca elegible que se pueda identificar por un no alterado y único IMEI (por sus siglas en inglés, Identidad Internacional del Equipo Móvil), ESN (por sus siglas en inglés, Número
ANTEL, según el siguiente detalle:
- Programa Completo incluye las coberturas de Rapiña, Daños y Fallas Mecánicas, Eléctricas y/o Electrónicas;
- Programa Básico incluye las coberturas de Daños y Fallas Mecánicas, Eléctricas y/o Electrónicas.
El Asegurado, contará con una cantidad máxima de 2 eventos indemnizables por cada período de 12 meses durante la vigencia del seguro.
a - Cobertura de pérdida total por Xxxxxx
Se entenderá que existe un siniestro de Pérdida Total cuando el equipo asegurado ha sido objeto de una rapiña.
En estos casos, ANTEL o un tercero autorizado por ANTEL
Electrónico de Serie) o MEID (por sus siglas en inglés, Identificación de Equipo Móvil).
Deducible: Cantidad de dinero fijada por ANTEL que será abonado por el Asegurado en caso de siniestro, antes de recibir la indemnización.
Equipo de reemplazo: Es el equipo de comunicación electrónica que se entrega para cumplir con la indemnización en caso de siniestro.
Matriz de Modelos: Es la base de información en donde se indican todos los posibles reemplazos de un Bien Asegurado y sus valores.
Premio: Es el precio del seguro incluyendo impuestos y otros recargos determinados por la Ley indicado en el documento de contratación de seguro.
Servicio Técnico Autorizado: Son las empresas que se encuen- tran autorizadas para realizar la revisión, mantenimiento, certificación, reparación y/o reemplazo del Equipo Asegurado.
Solicitud de Seguro: Es el documento que firma el cliente adhiriendo al seguro, al momento de la compra del Bien Asegurado, o dentro de los primeros 5 días hábiles luego de efectuar la compra del celular siempre que el mismo sea presenta- do en ANTEL y éste realice el control correspondiente del mismo.
Vigencia: Es de carácter mensual y siempre que el Asegurado esté al día con el pago de la factura xx XXXXX.
Disposiciones comunes
Falsas declaraciones o reticencias
Será nula la cobertura contratada por cualquier Asegurado que realice declaraciones falsas, y/u oculte o falsifique un hecho material relacionado con el contrato de seguro y/o al denunciar un siniestro.
Ámbito Territorial
La presente Póliza rige exclusivamente para Siniestros ocurridos en la República Oriental del Uruguay.
Objeto y Alcance de las Coberturas
La presente Póliza tiene por objeto cubrir los daños en equipos electrónicos personales móviles hasta el valor máximo del Bien Asegurado al momento del siniestro de acuerdo al precio de lista de
procederá a realizar la indemnización.
b - Cobertura de Daños
La Póliza cubre los daños accidentales, totales o parciales que sufran los equipos, sujeto a los límites, montos, condiciones y demás estipulaciones indicadas en este documento, conforme se indica a continuación.
Ante un siniestro de daños el Asegurado deberá presentarlo ante el Administrador del Programa. .
c - Cobertura xx Xxxxx Mecánica, Eléctrica y/o Electrónica
La Póliza cubre los daños que afecten los bienes Asegurados como consecuencia xx xxxxxx mecánicas, eléctricas y/o electrónicas, vencido el plazo de garantía del fabricante, sujeto a los límites, montos y condiciones estipulados en la Garantía del fabricante. Para que se configure el siniestro la falla debe haberse producido utilizando el producto de acuerdo a las instrucciones del fabricante.
Para los casos definidos en a), b) y c), ANTEL o un tercero autorizado por ANTEL procederá a realizar la indemnización al Asegurado. Por otra parte, los equipos de remplazo entregados al Asegurado continuarán con el seguro contratado a partir del momento en que dichos equipos estén a disposición del Asegurado debiendo éste continuar con el pago del seguro, sujeto a los límites de reclamos indicados en las Condiciones Particulares.
Exclusiones
Se excluyen del seguro:
a - Daños o pérdidas que experimenten los componentes o accesorios tales como transformadores, cargadores, cables eléctricos, bluetooth, manos libres, pen drives, o similares.
b - Daños o pérdidas por las que el fabricante, proveedor, vendedor o empresa de reparaciones o de mantenimiento responden legal o contractualmente (Responsabilidad del fabricante).
c - Daños o pérdidas que directa o indirectamente sean consecuencia xx xxxxxx o defectos preexistentes al momento de contratarse el seguro.
d - Daños o pérdidas causados por el uso u operación ordinaria del bien asegurado, tales como desgaste, deformación, corrosión, herrumbre y deterioro por falta de uso o prove- niente de las condiciones atmosféricas normales; así como también grietas, fisuras, rayas, cambios de color en la
Formula BUSA-ANTEL-BSE - 27/07/2017
terminación exterior, expansión o contracción.
e - Daños o pérdidas causadas directa o indirectamente por actos intencionales o constitutivos de culpa grave o dolo cometidos por el asegurado, por sus mandatarios o por las personas a quienes se haya confiado el bien asegurado.
f - Daños o pérdidas en caso que el Asegurado realice una reparación del Bien en un servicio técnico no autorizado.
g - Pérdidas de beneficios, lucro cesante y otros perjuicios indirectos de cualquier tipo.
h - Pérdida del equipo a consecuencia de desaparición inexplicada o extravío.
i - Daños o pérdidas causados directa o indirectamente por sismos, terremotos, maremotos, temblores de tierra, reacción nuclear, radiación nuclear o contaminación radioactiva, o agravados por estos eventos.
j - La pérdida o el daño causados directa o indirectamente por, o a consecuencia xx xxxxxx, invasión, acto de enemigo extranjero, o cualquier acto de hostilidad, operación guerrera (haya habido o no declaración xx xxxxxx), guerra civil, rebelión, sedición, poder militar, naval o aéreo, usurpado o usurpante, estallido, acto de revolución o asonada, motín, conmoción civil; actos de terrorismo cometidos por una o más personas que actúe(n) en nombre o por encargo de o en conexión con cualquier organización de esta naturaleza, entendiéndose por terrorismo el uso de violencia con fines políticos, sociales o religiosos, e incluye el uso de la fuerza y/o violencia con el propósito de crear pánico en un sector y/o en la totalidad de la población; actos de la autoridad pública para reprimir o defenderse de cualquiera de los hechos mencionados. Tampoco se cubre tumulto o alboroto popular, cierre patronal (lock out) o huelgas o actos de personas que tomen parte en tumultos populares o de huelguistas y obreros afectados por cierre patronal o de personas que tomen parte en disturbios obreros, cuando el Asegurado o el operador hubiesen participado voluntariamente en dichos actos.
k - No tendrán derecho a indemnización los siniestros que se produzcan durante la utilización o custodia del bien asegurado por personas distintas al asegurado que no hayan sido expresamente autorizadas por éste.
l - Tampoco se cubrirán las pérdidas o perjuicios que sufra el Asegurado, derivados del uso fraudulento, indebido o no autorizado del equipo, sea con motivo o no de un siniestro amparado, incluyendo la no realización de acciones necesarias por el Asegurado para minimizar o prevenir la pérdida.
m - Cualquier daño o pérdida de información originado por la introducción por cualquier medio de instrucciones o programas informáticos en el software del equipo asegurado.
n - Cualquier daño o pérdida ocurrida en el extranjero.
o - Daño o pérdida derivados por el retiro del equipo asegurado por parte del fabricante; error u omisión en el diseño del equipo, configuración del sistema o programación.
p - Las pérdidas que por cualquier causa puedan originarse como consecuencia, por parte del Asegurado, de no efectuar oportunamente el reclamo conforme a lo estableci- do en la Póliza o Certificado.
q - Toda pérdida o daño causado por un virus informático que afecte el funcionamiento normal del equipo asegurado; o que resulte en la destrucción de su software, programas, y/o datos del equipo asegurado. Tampoco se cubre el costo de recuperación de tales datos.
r - Daño o pérdida durante servicios de reparación, instalación y/o mantenimiento.
Obligaciones y cargas del Asegurado
Pago del premio y del deducible
Es obligación del Asegurado el pago del premio x XXXXX, así como el pago del deducible en caso de siniestro.
Cargas del Asegurado en caso de siniestro
En caso de siniestro se procederá conforme al tipo de daño.
El Asegurado que no cumpla con las cargas o que maliciosamente emplee pruebas o antecedentes falsos para acreditar los siniestros, perderá todo derecho a indemnización.
Una vez formulada la denuncia de siniestro, BUSA comunicará al Asegurado si dará amparo o no al mismo en un plazo máximo de 3 (tres) días hábiles a partir de que el Asegurado cumpla con los requisitos establecidos por BUSA según el tipo de cobertura que se detallan más abajo.
Cumplido un plazo de 30 (treinta) días corridos desde la denuncia del siniestro, si el Asegurado no ha presentado toda la documenta- ción necesaria para la tramitación del siniestro caducará su derecho al cobro de la indemnización.
Una vez resuelta la indemnización mediante el reemplazo del equipo siniestrado, el Asegurado contará con un plazo de 10 (diez) días corridos a partir del aviso del Administrador del Programa para retirar el equipo de reemplazo en la tienda definida por este último.
El Asegurado podrá, previo a vencer el plazo de 10 días corridos antes mencionado, reagendar una segunda vez y por un nuevo plazo máximo de otros 10 días corridos.
Cobertura de Daños y Fallas Mecánicas, Eléctricas y/o Electrónicas
Al ocurrir un siniestro de estas características el Asegurado deberá:
a - Comunicarlo al Administrador del Programa al 0800 2531, salvo en caso de fuerza mayor debidamente justificada, dentro de los 15 días corridos siguientes a la ocurrencia del siniestro. Éste podrá solicitar al Asegurado los datos que estime necesarios para la evaluación del siniestro.
b - Presentar o remitir el equipo siniestrado ante ANTEL o en su defecto donde indique el Administrador del Programa.
Cobertura de Rapiña
Al ocurrir un siniestro de Rapiña el Asegurado deberá:
a - Realizar telefónicamente o personalmente en cualquier sucursal xx XXXXX dentro de un plazo máximo de 15 días corridos desde ocurrida la Rapiña, el bloqueo del equipo y la línea telefónica;
b - Realizar dentro del plazo de 15 días corridos desde ocurrido el hecho, la denuncia policial en la seccional más cercana al sitio del siniestro;
c - Comunicarlo al Administrador del Programa al 0800 2531, salvo en caso de fuerza mayor debidamente justificada, dentro de los 15 días corridos siguientes a la ocurrencia del siniestro. Éste podrá solicitar al Asegurado los datos que estime necesarios para la evaluación del siniestro. Deberá adjuntar copia de la denuncia policial.
Cancelación por parte del Asegurado
El Asegurado podrán cancelar su adhesión al seguro contratado con previa comunicación x XXXXX, la misma tendrá efecto el último día del mes en que hubiere sido efectuada la notificación.