PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES
CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS DE ASISTENCIA TÉCNICA Y DESARROLLO DE LA ESTRATEGIA
DE LA CAMPAÑA DE COMUNICACIÓN INSTITUCIONAL “ACCIONES DE ACOMPAÑAMIENTO EN AHORRO Y EFICIENCIA ENERGÉTICA 2018”
PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES
Ref.: PCP 14417.01/18 FEBRERO de 2018
1.- Antecedentes.
El IDAE es una Entidad Pública Empresarial, adscrita al Ministerio de Energía, Turismo Y Agenda Digital, a través de la Secretaría General de la Energía.
Entre sus misiones está la promoción de la eficiencia energética y el uso racional de la energía en España, así como la diversificación de las fuentes de abastecimiento y la utilización creciente de las energías renovables.
La Directiva 2012/27/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2012, relativa a la eficiencia energética, crea un marco común para fomentar la eficiencia energética dentro de la Unión Europea y establece acciones concretas a fin de materializar el considerable potencial de ahorro de energía no realizado, con el fin de cumplir con el objetivo para 2020 de reducir en un 20 por ciento su consumo energético.
La Directiva establece en su artículo 7 la obligación de justificar, por parte de cada Estado miembro, una cantidad de ahorro de energía acumulado para el periodo 2014-2020. En cumplimiento de esta obligación, España ha comunicado a la Comisión Europea un objetivo de
15.320 ktep, objetivo que se ha incrementado hasta los 15.979 ktep según la última revisión de la metodología realizada por la Comisión Europea.
Para alcanzar el objetivo de ahorro energético anterior, el artículo 7 de la Directiva determina que cada Estado Miembro establecerá un sistema de obligaciones de eficiencia energética, en virtud del cual los distribuidores y/o comercializadores de energía -denominados sujetos obligados- quedarán obligados a alcanzar en el año 2020 el objetivo de ahorro indicado, a través de la consecución anual -a partir del año 2014- de un ahorro equivalente al 1,5 por ciento de sus ventas finales anuales de energía.
Por otra parte, el artículo 20 de la Directiva permite a los Estados Miembros crear un Fondo Nacional de Eficiencia Energética, de forma que las obligaciones anteriores se cubran mediante contribuciones anuales a este Fondo, con una cuantía equivalente a la de las inversiones necesarias para el cumplimiento de dichas obligaciones, como respaldo de las iniciativas nacionales de eficiencia energética.
El Fondo Nacional de Eficiencia Energética, FNEE, constituido por la Ley 18/2014, tiene como finalidad la financiación de mecanismos de apoyo económico, financiero, asistencia técnica, formación, información u otras medidas, con el fin de aumentar la eficiencia energética en los diferentes sectores consumidores de energía, y de forma que contribuyan a alcanzar el objetivo de ahorro energético nacional que establece el Sistema Nacional de Obligaciones de Eficiencia Energética previsto en el artículo 7 de la Directiva 2012/27/UE. En su artículo 73 esta Ley determina que el Fondo Nacional de Eficiencia Energética estará adscrito al Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital, a través de la Secretaría de Estado de Energía, asignando su gestión al IDAE.
Para alcanzar el objetivo de ahorro energético anual, una de las actuaciones a desarrollar
-aprobadas por el Comité de Seguimiento y Control del FNEE- ha sido la realización de campañas de comunicación, información y publicidad institucional anuales sobre ahorro y eficiencia energética.
2.- Objeto y normativa aplicable.
Es objeto del presente documento, establecer las bases por las que se procederá a la adjudicación de los Servicios de asistencia técnica y desarrollo de la estrategia de la campaña de comunicación institucional “Acciones de acompañamiento en Ahorro y Eficiencia Energética 2018” para un periodo previsto de un año, desde la firma del contrato, de conformidad con lo recogido en las especificaciones técnicas, las cuales formarán parte del contrato a firmar con el adjudicatario.
En la interpretación del Contrato, en caso de conflicto entre los documentos que forman parte del contrato, estos tendrán la siguiente jerarquía:
1º El presente Pliego de Condiciones Particulares para la contratación los Servicios de asistencia técnica y desarrollo de la estrategia de la campaña de comunicación institucional “Acciones de acompañamiento en Ahorro y Eficiencia Energética 2018” para el periodo previsto de un año, con referencia PCP 14417.01/18 de fecha febrero de 2018.
2º Pliego de Condiciones Técnicas para la contratación de los Servicios de asistencia técnica y desarrollo de la estrategia de la campaña de comunicación institucional “Acciones de acompañamiento en Ahorro y Eficiencia Energética 2018”, para el periodo previsto de un año, de referencia PCT 14417.01/18 y fecha febrero de 2018.
3º Oferta del Adjudicatario.
Se entenderán como actividades propias del servicio a realizar, las que se relacionan en el Pliego de Condiciones Técnicas que forma parte del contrato.
La contratación del presente servicio se regirá por lo establecido en la documentación del concurso y por lo previsto en el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (TRLCSP), en cuanto a su preparación y adjudicación, y por derecho privado en cuanto al cumplimiento, efectos y extinción. El conocimiento de las controversias que surjan en relación a la preparación, adjudicación, cumplimiento, efectos y extinción de los contratos formalizados corresponderá a los órganos judiciales del orden contencioso-administrativo (art. 21.1 del TRLCSP).
3.- Tramitación y procedimiento de adjudicación.
El presente expediente de contratación se tramitará y adjudicará, a tenor de lo dispuesto en el TRLCSP, conforme a un procedimiento abierto, estando sujeto a Regulación Armonizada.
4.- Lugar y plazo de presentación de las proposiciones
Las proposiciones se presentarán en la sede del IDAE sita en la calle Madera, nº 8, 00000 Xxxxxx (entrega de paquetería X/ Xxx Xxxxx xx 7).
Cuando las proposiciones se envíen por correo deberán remitirse a la dirección indicada en el párrafo anterior, debiendo justificarse la fecha y hora de la imposición del envío en la Oficina de Correos y anunciar al órgano de contratación la remisión de la oferta mediante fax o telegrama en el que se consigne la clave, título completo del servicio y nombre del licitador. El fax o telegrama deberá haberse impuesto igualmente dentro del plazo fijado en el anuncio publicado. A efectos de
justificar que el envío por correo se hace dentro de la fecha y hora señaladas para la admisión de proposiciones, se admitirá como medio de prueba, que en el fax o telegrama se haga referencia al número del certificado del envío hecho por correo.
El plazo límite de presentación de solicitudes de participación será establecido en el anuncio publicado en la Web oficial del IDAE (xxx.xxxx.xx).
5.- Contenido de las propuestas: Sobres A, B y C.
Las proposiciones se compondrán de tres partes que se presentarán en sobres diferentes, haciendo constar en cada sobre, el objeto del concurso, el contenido y el nombre del licitador, de la forma siguiente:
5.1.- SOBRE: A.
CONTENIDO: Documentación administrativa y general
Contendrá, además del original, una copia en formato electrónico de la siguiente documentación estructurada por secciones:
• SECCIÓN I-A: Acreditación de la capacidad para contratar.
La documentación que debe ser incorporada, al momento de presentar su correspondiente propuesta es la siguiente:
1. Solicitud de participación, conforme al modelo que se incorpora al presente documento como Anexo I, debidamente cumplimentada.
2. Declaración responsable según el modelo que se incorpora en estos pliegos como XXXXX XX. Esta declaración responsable sustituye tanto la aportación inicial de la documentación que acredite la personalidad jurídica del empresario y, en su caso, su representación, como la acreditación previa de no hallarse incurso en supuesto alguno a los que se refiere el artículo 60 del TRLCSP.
El licitador a cuyo favor recaiga la propuesta de adjudicación, deberá acreditar ante el órgano de contratación, previamente a la adjudicación del contrato, la posesión y validez de los documentos exigidos, atendiendo al procedimiento indicado en el apartado 7 del presente pliego.
• SECCIÓN II-A: Acreditación de la solvencia económica y financiera.
La justificación de la solvencia económica y financiera del empresario deberá acreditarse al momento de presentar su correspondiente propuesta.
Se podrá acreditar la solvencia económica por medio de la aportación de certificado de estar clasificado para contratar con la Administración en el Grupo T, Subgrupo 1 y Categoría C
En el caso de no aportar el documento acreditativo de clasificación indicada en el párrafo anterior, la solvencia económica y financiera se acreditará aportando los siguientes documentos:
− Declaración relativa a la cifra de negocios global y de los servicios o trabajos realizados por el empresario en el curso de los tres últimos ejercicios, debiendo ser al menos una vez y media el valor estimado del contrato, es decir la cantidad de 600.000,00 €.
− Informe de instituciones financieras.
− Presentación de balance y cuenta de resultados de los tres últimos ejercicios, aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil.
• SECCIÓN III-A: Acreditación de la solvencia técnica
La justificación de la solvencia técnica del empresario deberá acreditarse al momento de presentar su correspondiente propuesta.
Se podrá acreditar la solvencia económica por medio de la aportación de certificado de estar clasificado para contratar con la Administración en el Grupo T, Subgrupo 1 y Categoría C.
En caso de no aportar dicha clasificación, las empresas licitadoras deberán disponer de experiencia en la prestación de servicios relacionados con el objeto del presente concurso. Para acreditar esta experiencia, se aportará una relación de los trabajos principales relacionados con el objeto del contrato realizados en los cinco últimos años, que incluyan importe, fecha y beneficiarios públicos o privados de los mismos, siendo imprescindible para su admisión el haber formalizado, como mínimo, un contrato cuyo objeto esté relacionado con la presente contratación y la presentación de un certificado que acredite la buena ejecución. Igualmente será requisito mínimo que el importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea una vez y media el valor estimado del presente concurso.
5.2.- SOBRE: B.
CONTENIDO: Presentación técnica de la oferta
Contendrá, además del original, una copia en formato electrónico de la siguiente documentación estructurada por sectores:
• SECCIÓN I-B: Descripción técnica
Respecto a la documentación a presentar en esta sección se tendrá presente lo establecido en el Pliego de Condiciones técnicas.
Se incluirá una descripción completa del servicio planteado, así como del alcance de los servicios que se ofertan, teniendo presente lo establecido en el Pliego de Condiciones Técnicas.
Se incluirá una planificación preliminar de actividades a realizar por parte del equipo contratado.
En la descripción se incluirá una lista de actividades que desarrollará en caso de ser favorecido con la adjudicación.
Se incluirá adicionalmente cualquier otra información que el proponente juzgue conveniente para la valoración de la propuesta de acuerdo con los criterios objetivos señalados en el presente pliego.
5.3.- SOBRE: C.
CONTENIDO: Proposición económica
Contendrá original y una copia en formato electrónico de la siguiente documentación estructurada por secciones:
• SECCIÓN I-C: Propuesta económica.
La proposición económica se presentará redactada conforme al modelo incluido en Xxxxx XXX del presente pliego.
Se incluirán en esta sección los precios totales por los que el proponente se compromete a la ejecución de los servicios a contratar. Los precios se consignarán suponiendo incluidos todos los gastos que la empresa deba realizar para el cumplimiento de las prestaciones contratadas, como son los generales, financieros, de personal, materiales, beneficio, etc.
Para la elaboración de la oferta económica, deberá delimitarse claramente el coste de cada una de las siguientes actuaciones, según lo requerido en el Pliego Técnico:
• ACCIONES DE COMUNICACIÓN DE CARÁCTER GENERAL.
• ACCIONES DE DINAMIZACIÓN XX XXXXXXXX “IDAE”.
• ACCIONES DE COMUNICACIÓN ESPECÍFICA FEDER.
• ACCIONES ESPECÍFICAS PARA HOSTELERÍA Y PEQUEÑO COMERCIO.
• ACCIONES SOBRE NUEVO ETIQUETADO ENERGÉTICO.
• ACCIONES ESPECÍFICAS PARA LOS ADMINISTRADORES DE FINCAS Y COMUNIDADES DE VECINOS.
• ACCIONES PARA UN CATÁLOGO DE BUENAS PRÁCTICAS.
• GESTION DE CONTENIDOS WEB.
• GESTIÓN TÉCNICA Y SEGUIMIENTO.
• ESTUDIO, SEGUIMIENTO Y MEDICIÓN DE RESULTADOS.
Se incluirá adicionalmente cualquier otra información que el proponente juzgue conveniente para la valoración de la propuesta de acuerdo con los criterios objetivos señalados en el presente pliego.
Todos los pagos se realizarán en un plazo no superior a 60 días desde la presentación de la correspondiente factura si ésta resulta de conformidad.
• SECCIÓN II-C: Conocimiento y aceptación.
Se incluirá en esta sección declaración expresa del representante del solicitante en la que conste el conocimiento y aceptación de toda la documentación que forma parte del presente concurso, la cual deberá relacionarse, así como el compromiso de realización de los trabajos por el precio ofertado.
6.- Presupuesto de licitación. Determinación del precio del contrato.
El presupuesto máximo de gasto disponible para el contrato asciende a la cantidad de 400.000,00 EUROS € (CUATROCIENTOS MIL EUROS), más el I.V.A. correspondiente.
Deberá tenerse en cuenta que las actuaciones que forman parte del presente concurso están supeditadas a los distintos programas de ayudas, novedades informativas, cambios en el panorama energético o cualquier eventualidad que pudiera surgir, por lo que podrían no llevarse a cabo todas las actividades descritas en los Pliegos de Condiciones Técnicas, en cuyo caso, no serían requeridos dichos servicios.
Los oferentes deberán valorar el coste de sus servicios de acuerdo al alcance y condiciones establecidos en los documentos que forman parte de la convocatoria, teniendo presente que el precio que determine para la prestación de sus servicios será fijo y no podrá sufrir revisión alguna durante la ejecución del contrato. Dicho precio comprenderá la total ejecución y perfecta realización de los trabajos descritos en los documentos contractuales, compensando, además, todos los imprevistos que pudieran resultar de la naturaleza de los servicios a prestar. Asimismo, se incluyen en el precio la realización de todos aquellos trabajos que, aunque no estén expresamente especificados en los documentos contractuales, y sin separarse xxx xxxxxxxx general de los mismos, sean indispensables para la correcta y total ejecución del objeto del contrato.
A todos los efectos se entenderá que en las ofertas que se presenten estarán incluidas todos los gastos que la empresa deba realizar para el cumplimiento de las prestaciones contratadas, como son los generales, financieros, beneficio, seguros, honorarios de personal técnico, comprobaciones y ensayos, tasas, visados, emisión de certificados y toda clase de tributos, con la excepción del Impuesto sobre el Valor Añadido (I.V.A.).
Para atender las obligaciones económicas que se derivan por el cumplimiento del correspondiente contrato, existe crédito suficiente en el Presupuesto de gasto de IDAE, con cargo al proyecto nº 14417.01/18. Cualquier posible ampliación de trabajos, respecto a los incluidos en este contrato, queda condicionada a la aprobación por parte de IDAE, previamente a su ejecución, de presupuesto suficiente y formalización del correspondiente contrato de modificación y sólo será
posible en el caso de justificarse suficientemente la concurrencia de alguno de los supuestos previstos en el artículo 107.1 del TRLCSP.
7.- Apertura y examen de proposiciones. Mesa de contratación.
La apertura de proposiciones se realizará por parte del Departamento de Contratación, Compras y Servicios de IDAE. En el caso de que del análisis de la documentación administrativa (sobre “A”) se detectara alguna deficiencia subsanable, será puesto en conocimiento de la empresa afectada disponiendo de un plazo máximo de TRES (3) días para subsanar.
En el caso de que alguna de las propuestas fuera descartada por presentar deficiencias en esta documentación administrativa, este hecho será puesto en conocimiento del interesado poniendo la documentación presentada a su disposición para que proceda a su retirada.
Seguidamente, y tras la calificación por la Mesa de Contratación de la documentación administrativa, se convocará a los licitadores que reúnan los requisitos necesarios al acto público de apertura de las ofertas técnicas (sobre "B") de las empresas admitidas, todo ello en los términos previstos en el art. 27.1 del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx.
En este acto la Mesa de Contratación se hará cargo de la documentación correspondiente contenida en el mismo al objeto de su valoración, conforme a los criterios que se establecen en el punto 8 de este Pliego. A tal efecto, la Mesa de Contratación dará traslado de dicha documentación para que efectúe tal valoración al Dpto. de Gabinete de Comunicación del IDAE.
La Mesa de Contratación dará a conocer los informes y resultados de la valoración, con las puntuaciones otorgadas y ponderación asignada a cada una de las propuestas, en el acto público de apertura del sobre “C”.
Concluido el proceso de análisis y evaluación, se procederá a la valoración de las ofertas conforme a los criterios establecidos en los pliegos. Se ordenarán las ofertas en función de la puntuación asignada en la evaluación, formulándose una propuesta de clasificación en función de la misma.
El Órgano de Contratación del presente procedimiento estará asistido por una Mesa de Contratación, integrada por un mínimo de tres y un máximo de seis Vocales y un Secretario, designados por dicho órgano.
La Mesa de Contratación, elevará al Órgano de Contratación la propuesta de clasificación de las ofertas presentadas que juzgue conveniente, acompañada de las actas de sus reuniones y de la documentación que pudiera haberse generado en sus actuaciones.
En el caso de que la propuesta de clasificación de ofertas señalara a algún empresario como posible adjudicatario de los servicios, aquélla no creará derecho alguno en favor del mismo; el cual no lo adquirirá hasta que se le haya adjudicado definitivamente el contrato, por acuerdo expreso del Órgano de Contratación.
El Órgano de Contratación, o por delegación, el Director General del Instituto, en función de la propuesta presentada por la Mesa de Contratación, formulará clasificación por orden decreciente, atendiendo a los criterios establecidos en el apartado 8 del presente Xxxxxx, de las proposiciones recibidas y requerirá al licitador que haya presentado la oferta más valorada para que, dentro del
plazo xx xxxx días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, presente la documentación siguiente:
• Para los empresarios individuales, será obligatoria la presentación de la fotocopia legitimada notarialmente o compulsa administrativa del Documento Nacional de Identidad o del que, en su caso, le sustituya reglamentariamente.
• Los empresarios que fueran personas jurídicas, y en lo que les afecte a los individuales, deberán presentar los siguientes documentos:
1. Escritura de constitución y estatutos sociales, así como sus posibles modificaciones, en su caso, inscritas en el Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuere, habrá de presentarse escritura o documento de constitución, de modificación, estatutos o acto fundacional, en el que constaren las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro Oficial.
2. Fotocopia autenticada de la Tarjeta de Identidad Fiscal.
3. Documento que acredite suficientemente las facultades de representación del firmante de la proposición.
4. Cuando se trate de empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea, deberán acreditar su inscripción en un registro profesional o comercial cuando este requisito sea exigido por la legislación del Estado respectivo. Los demás empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar con certificación expedida por la Embajada de España en el Estado correspondiente.
5. En el caso de empresas extranjeras no comunitarias deberán aportar los documentos que acrediten las condiciones exigidas en el artículo 72 del TRLCSP.
6. Los empresarios extranjeros deberán aportar declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante.
7. Justificantes de estar al corriente de las obligaciones tributarias: alta en el
I.A.E. en el epígrafe que corresponda a su actividad así como último recibo, certificado de estar al corriente de pagos con la Hacienda Pública y con la seguridad social de los trabajadores.
8. Aval de garantía definitiva, en los términos establecidos en el apartado 9 de estos pliegos.
XXXX podrá contratar con uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto, sin que sea necesaria la formalización de las mismas en escritura pública hasta que se haya efectuado la adjudicación a su favor. En este caso, IDAE requerirá a
las licitadoras, para que se aporte declaración firmada por persona responsable de todas las empresas a incluir en la futura U.T.E. en la que se detallen los porcentajes de participación de cada empresa y se designe un interlocutor único ante IDAE durante el proceso de adjudicación.
Dichos empresarios quedarán obligados solidariamente ante XXXX y deberán nombrar un representante o apoderado de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar las empresas para cobros y pagos de cuantía significativa.
El Consejo de Administración de IDAE como Órgano de Contratación, o por delegación, el Director General del Instituto, será el encargado de resolver la adjudicación del contrato. La resolución de adjudicación se notificará a los candidatos o licitadores y, simultáneamente, se publicará en el perfil de contratante.
IDAE tendrá alternativamente la facultad de adjudicar el contrato a la proposición más valorada, mediante la aplicación de los criterios establecidos en el apartado 8, o declarar desierto el concurso, motivando en todo caso su resolución con referencia a los criterios de adjudicación del concurso que figuran en este pliego.
8.- Requisitos de las ofertas y criterios de valoración
Para la selección de la empresa adjudicataria, siguiendo las recomendaciones generales de la Comisión de Publicidad Institucional de la Secretaría de Estado de Comunicación en su “Guía práctica a considerar en la Publicidad Institucional”, se valorarán los siguientes aspectos de las ofertas con la ponderación parcial que se indica a continuación, y hasta un máximo de 100 .
Criterios de selección que dependen de juicio de valor, conforme a los contenidos de la oferta técnica (sobre B). La ponderación máxima será de 70 puntos sobre 100, con el siguiente desglose:
Diseño General del Proyecto. Puntuación Máxima, hasta 30 pts.
CRITERIOS | • Adecuación al propósito y objetivos del proyecto: planificación propuesta, cobertura de objetivos. | Hasta 20 puntos |
• Organización, estructura operativa propuesta. | Hasta 5 puntos | |
• Valoración de la adecuación del perfil profesional y experiencia del “asesor energético”. | Hasta 5 puntos |
Creatividad. Puntuación Máxima, hasta 40 pts.
CRITERIOS | • Originalidad de la propuesta informativa: notoriedad, planteamiento y guionización propuestas. | Hasta 20 puntos |
• Estructura, claridad y comprensión, elementos diferenciales. | Hasta 10 puntos | |
• Integración de lenguajes, peso relativo de cada canal y soportes propuestos. | Hasta 5 puntos | |
• Integración de la escucha “contínua” en rrss y mecanismos de proacción y reacción propuestos. | Hasta 5 puntos |
Criterios de selección que no dependen de juicio de valor, obtenidos a partir de la información aportada en el sobre C de la oferta
− Oferta económica presentada con una ponderación máxima de hasta 30 puntos, y que se valorará conforme a la siguiente fórmula:
Las ofertas por importe máximo superior al presupuesto máximo disponible serán descartadas.
Para la valoración de la oferta económica se asignará la puntuación máxima de TREINTA (30) puntos a la oferta más económica de las aceptadas. A las demás ofertas económicas aceptadas se les asignará la puntuación según la siguiente fórmula:
0 − 0n
siendo:
P = 30 − 30 (
0n )
P = Puntuación final del licitador.
O = Precio de referencia del licitador.
Om = Precio mínimo de las ofertas presentadas en cada lote. Notas:
Se asignará valor cero en los casos en que la fórmula de como resultado un valor negativo.
En caso de recibirse más de tres (3) ofertas, tendrán la consideración de ofertas con valores anormales o desproporcionados, y podrán ser por tanto descartadas, aquéllas que presenten un presupuesto total para la ejecución de los trabajos que resulte inferior en más de un treinta por ciento (30%) a la media de todas las ofertas admitidas. En estos casos, y de acuerdo con lo establecido en el Art. 152.3 del TRLCSP, en caso de presentarse ofertas que puedan ser así clasificadas, se dará audiencia al licitador que la haya presentado, para que justifique la valoración de la oferta y precise las condiciones de la misma.
La adjudicación recaerá en la oferta que alcance mayor puntuación según los criterios expuestos.
9.- Constitución de garantía definitiva.
La constitución de garantía definitiva, por parte del adjudicatario del contrato, se llevará a cabo en forma de un aval bancario (conforme al modelo que se adjunta en el anexo IV), y por un importe equivalente al 5 por 100 del importe total de adjudicación. Xxxxx aval deberá estar en poder de IDAE en el momento establecido en el apartado 7.
El Adjudicatario podrá optar por la retención de un importe similar al establecido como garantía definitiva, de la primera facturación.
La garantía responderá de las penalizaciones que pudieran corresponder al adjudicatario en razón de la deficiente ejecución del contrato, retrasos, así como de todas y cada una de las obligaciones derivadas del mismo, de los gastos originados a IDAE por demora en el cumplimiento, y de cualesquiera daños y perjuicios ocasionados a éste con motivo de la ejecución contrato.
La garantía definitiva no será cancelada, y por tanto devuelto al adjudicatario el aval entregado, hasta que se haya cumplido satisfactoriamente el contrato.
Dicho aval tendrá vigencia desde la fecha de su constitución, es decir, la firma del Contrato, hasta la completa finalización de los trabajos.
A menos que se establezca de otra manera en otros documentos del contrato, el aval será emitido por un banco o entidad financiera de reconocida solvencia a favor y a satisfacción de IDAE. El aval tendrá el carácter de irrevocable e incondicional y será ejecutable a la primera demanda o requerimiento y con renuncia expresa a los beneficios de orden, excusión y división y sin posibilidad de demora mediante simple petición por escrito por parte de IDAE.
Para el supuesto de que durante la vigencia del contrato se llegare a ejecutar por XXXX el aval prestado por el Contratista, éste último vendrá obligado en tal caso, y de no optar el primero por la rescisión de aquél, a entregar otro aval de las mismas características al citado en un plazo no superior a un mes a contar de la fecha en que hubiere sido abonado su importe por la Entidad Bancaria correspondiente.
10.- Formalización del contrato.
La formalización del contrato con el adjudicatario no podrá producirse antes de que transcurran 15 días hábiles contados desde el siguiente a aquel en el que se notifique la adjudicación a los licitadores y candidatos.
Una vez transcurrido el plazo anterior, siempre que el adjudicatario hubiera aportado toda la documentación requerida y no se hubiera presentado por algún interesado recurso especial en materia de contratación contra la adjudicación, XXXX requerirá al adjudicatario para que formalice el contrato en un plazo no superior a cinco días hábiles desde el día siguiente a la recepción del requerimiento.
Cuando el adjudicatario sea una unión temporal de empresarios, dentro del mismo plazo y con anterioridad a la firma del contrato, deberá aportar escritura pública de constitución como tal.
Formarán parte del contrato este Pliego de Condiciones Particulares y el Pliego de Condiciones Técnicas, con este orden de prelación.
El contrato se podrá formalizar en escritura pública cuando así lo solicite el contratista, siendo a su xxxxx los gastos derivados de su otorgamiento.
Si por causa imputable al adjudicatario no pudiera formalizarse el contrato dentro del plazo indicado, IDAE podrá acordar la resolución del mismo, siendo trámite necesario la audiencia del interesado. En tal supuesto, procederá la indemnización de los daños y perjuicios ocasionados, así como la incautación del aval.
En este contexto, el órgano de contratación podrá adjudicar el contrato al licitador que hubiera obtenido la siguiente mejor puntuación, siempre que preste su conformidad. En el caso de que no prestase su conformidad o no se pudiera adjudicar el contrato por causa imputable a dicho licitador, se podrán realizar sucesivos ofrecimientos a los restantes licitadores, siguiendo el orden de puntuación obtenido.
11.- Obligaciones del contratista.
11.1.- El contrato se ejecutará con estricta sujeción a las estipulaciones contenidas en el presente pliego de cláusulas administrativas particulares, aquellas otras condiciones de ejecución que se determinen con el adjudicatario y se establezcan en el correspondiente contrato, observando fielmente la metodología técnica que se concreta en el Pliego de Prescripciones Técnicas.
11.2.- El contratista será responsable de la calidad técnica de los trabajos que desarrolle y de las prestaciones y servicios realizados, así como de las consecuencias que se deduzcan para IDAE o para cualesquiera terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato. El contratista se obliga a prestar los servicios especificados, en el lugar indicado, utilizando para ello los medios humanos y materiales que sean necesarios y que garanticen la calidad técnica de los servicios prestados. En este sentido, el Adjudicatario designará al inicio del Contrato el equipo de trabajo, con cualificación necesaria y nombrará un responsable único en relación con IDAE, no pudiendo sustituir a estas personas salvo razones de fuerza mayor o expresa petición de XXXX.
11.3.- Será obligación del contratista indemnizar todos los daños y perjuicios que se causen, por sí o por personal o medios dependientes del mismo, a cualesquiera terceros como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato. A tal efecto deberá tener contratada y mantener en vigor póliza de seguros de responsabilidad civil que cubra los eventuales riesgos por cuantía suficiente.
11.4.- El contratista deberá contratar al personal preciso para atender a sus obligaciones. Dicho personal dependerá exclusivamente del contratista, por cuanto éste tendrá todos los derechos y deberes inherentes a su calidad de patrono y deberá cumplir las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y de seguridad e higiene en el trabajo, referidas al propio personal a su cargo, sin que en ningún caso pueda alegarse derecho alguno por dicho personal en relación con IDAE, ni exigirse a éste responsabilidades de cualquier clase, como consecuencia de las obligaciones existentes entre el contratista y sus empleados.
11.5.- El contratista asumirá la total responsabilidad de la ejecución del contrato en caso de concertar con terceros la realización parcial del mismo, para lo cual deberá recabarse la previa y expresa conformidad de IDAE tanto en lo que se refiere a la empresa subcontratada como respecto del subcontrato a celebrar.
11.6.- El contratista garantizará en todo caso a IDAE toda reclamación de tercera persona fundada en la actividad de aquél.
11.7.- La ejecución del contrato se realizará a riesgo y xxxxxxx del contratista.
12.- Responsabilidad civil
El contratista garantizará en todo caso a IDAE ante cualquier reclamación de tercera persona fundada en la actividad de aquel, siendo responsable de todo daño o perjuicio que se cause a terceras personas o cosas durante la realización de los servicios, y que le sea imputable, debiendo reparar o indemnizar los daños causados, sin que le sea exigible responsabilidad alguna a IDAE.
El Adjudicatario deberá tener contratado y mantener en vigor durante toda la vigencia del contrato un seguro de responsabilidad civil que cubra suficientemente todas las eventualidades que se pudieran derivar de la actividad que desarrolle la empresa Adjudicataria.
13.- Vigencia y cumplimiento de los plazos
El periodo de duración del contrato está previsto para UN AÑO.
La constitución en xxxx del contratista no precisará intimación previa por parte de IDAE.
Cualquier incidencia en la planificación que supusiera que el contrato no fuera operativo de acuerdo con los plazos que se establezcan, se considerará incumplimiento grave y podrá suponer la resolución automática del contrato, sin perjuicio de otras medidas que pudiera adoptar el IDAE.
14.- Recepción de trabajos
La recepción de los trabajos tendrá lugar una vez se haya podido comprobar la adecuación de los servicios a lo requerido en el contrato y después de haber recibido IDAE toda la documentación final de proyecto. Cuando estas condiciones se hayan cumplido se entenderá concluido el servicio.
Una vez concluidos los trabajos objeto del contrato, si se considera que los mismos reúnen las condiciones debidas, el contratista podrá solicitar el levantamiento de la correspondiente acta de recepción suscrita por ambas partes.
Si los trabajos o servicios no reunieran las condiciones necesarias para proceder a su recepción, se indicarán, por escrito al adjudicatario las instrucciones oportunas para que subsane los defectos observados y cumpla sus obligaciones en el plazo que para ello se fije. El incumplimiento de dichas instrucciones, sin motivo justificado, será causa de rescisión con pérdida de la garantía.
15.- Gastos e impuestos por cuenta del contratista.
Serán por cuenta del contratista todos los gastos derivados de la publicación de los anuncios legalmente previstos en la TRLCSP si los hubiere, así como los de formalización del contrato, si éste se elevare a escritura pública.
16.- Abonos al contratista.
El contratista tendrá derecho al abono del trabajo que realmente realice con arreglo a los precios convenidos mediante presentación de la correspondiente factura conforme a los hitos de pago establecidos en contrato.
Los pagos se realizarán mediante transferencia bancaria o cheque nominativo dentro del plazo de 60 días desde la recepción de la factura correspondiente, si dicha factura fuera conforme y adecuada al calendario de pagos establecido.
17.- Derechos de propiedad
La propiedad de los materiales, documentación, másters de soportes audiovisuales, creatividades, artes finales, registro de dominios, etc., que se obtengan y elaboren, como resultado de los trabajos realizados, corresponderá al IDAE, no pudiendo por tanto el contratista ceder, transmitir o divulgar dicha documentación sin permiso expreso de IDAE. La totalidad de la información, documentación y materiales generada será entregada a IDAE en edición original, en soporte informático y en soporte audiovisual profesional, donde proceda.
La información que IDAE pueda facilitar al Contratista para la realización de los trabajos o a la que éste pueda acceder durante la realización de los mismos tendrá el carácter de confidencial, comprometiéndose el Contratista a no hacer uso de la misma para un fin distinto de la realización de los trabajos objeto del presente Contrato.
El Contratista deja a salvo a IDAE en cuanto al uso de los resultados de los servicios contratados en lo que se refiere a propiedad intelectual o industrial, amparándole y soportando los gastos derivados de cualquier reclamación o litigio por estas causas.
Los derechos de autor de los trabajos objeto de este Contrato, se entenderán cedidos a favor de IDAE, pudiendo IDAE, por tanto, difundir o aprovechar para cualquier medio de información, comunicación pública o reproducción, en cualquier lugar del mundo y sin límite temporal, los resultados o suministros de este Contrato.
18.- Confidencialidad.
Tanto la información aportada para el adecuado desarrollo del contrato, como la generada por el propio adjudicatario dentro de los trabajos incluidos en el mismo tendrán el carácter de CONFIDENCIAL, no pudiendo ser facilitada a terceros sin el consentimiento expreso y por escrito de XXXX. En caso de incumplimiento de esta cláusula de confidencialidad, el IDAE podría proceder a la resolución automática del contrato, todo ello sin perjuicio de otras medidas que considerara adecuadas al carácter y consecuencias del incumplimiento.
19.- Normas Complementarias.
La dirección e inspección por parte de IDAE de los trabajos a realizar por el adjudicatario, corresponderá al Gabinete de Comunicación, dependiente de la Dirección General de este Instituto dentro del cual, además del jefe del departamento se designará un responsable de proyecto, los cuales, podrán dirigir instrucciones al adjudicatario siempre que no supongan modificaciones de la prestación no autorizadas, ni se opongan a las disposiciones en vigor o a las cláusulas del presente Xxxxxx y demás documentos contractuales.
20.- Idioma.
El idioma de trabajo será el español, por lo que toda la documentación que se genere durante el desarrollo de los trabajos objeto de este contrato, deberá estar en este idioma.
21.- Cumplimiento del contrato.
El contrato se entenderá cumplido por el contratista cuando éste haya realizado la totalidad de su objeto, de conformidad con lo establecido en los documentos contractuales a satisfacción de IDAE.
22.- Cesión del contrato y subrogación.
El adjudicatario no podrá ceder o transferir a terceros, en todo o en parte, los derechos y obligaciones dimanantes del presente Contrato, salvo que las cualidades técnicas o personales del cedente no hayan sido razón determinante de la adjudicación del mismo, y de la cesión no resulte una restricción efectiva de la competencia en el mercado, así como se cumplan los requisitos establecidos en el artículo 226.2 del TRLCSP. En todo caso, no podrá autorizarse la cesión a un tercero cuando esta suponga una alteración sustancial de las características del contratista, si éstas constituyen un elemento esencial del contrato.
En el caso de subcontratación por parte del adjudicatario de la realización parcial de la prestación a la que viene obligado, resultará de aplicación lo dispuesto en el artículo 227 del TRLCSP.
A mayor abundamiento, y sin perjuicio de lo establecido en el párrafo anterior, así como de lo dispuesto en el apartado 11 -Obligaciones del Contratista de este Pliego, atendiendo la naturaleza del objeto del contrato, y con el fin de mejorar la solvencia técnica o profesional para la prestación del servicio, la agencia adjudicataria podrá subcontratar a personas, equipos u otras empresas que puedan aportar de manera acreditada un mayor enfoque estratégico, experiencia reconocida en el sector de la comunicación pública y social a nivel nacional o internacional y/o mayor conocimiento especializado de comunicación en el ámbito del sector energético.
23.- Resolución del contrato.
El Contrato se extinguirá por conclusión y cumplimiento del mismo o por resolución. Son causas de resolución del Contrato las siguientes:
• El incumplimiento de las obligaciones esenciales contenidas en el mismo o en caso de reiterado incumplimiento de cualquier obligación contractual.
• Incumplimiento por el Adjudicatario de los plazos de ejecución o entrega.
• La muerte del contratista individual.
• La extinción de la personalidad jurídica de la sociedad contratada o en el caso de Uniones Temporales de Empresas, la disolución de las mismas.
• El cese o suspensión por parte del adjudicatario de sus actividades.
• La solicitud de declaración de concurso, por parte de cualquiera de los sujetos legitimados a que hace referencia el artículo 3 y concordantes de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal.
• El mutuo acuerdo del IDAE y el adjudicatario. Esta causa solo podrá tener lugar cuando no concurra otra causa de resolución imputable al adjudicatario.
• La falta de prestación por la adjudicataria de las garantías establecidas en el contrato.
Salvo en el caso de mutuo acuerdo, la resolución por cualquiera de los motivos indicados en este apartado implicará la ejecución de los avales que se hubieran prestado y la devolución de las cantidades recibidas a cuenta por el Adjudicatario, que serán devueltas con su interés igual al
preferencial para préstamos o créditos a tres años, de los tres mayores bancos, que se acreditará mediante certificación del Banco de España.
La resolución del contrato dará derecho al Adjudicatario a percibir sólo el precio de los estudios, informes, proyectos, trabajos o servicios que efectivamente hubiese realizado con arreglo al Contrato, y que hubiesen sido recibidos por el IDAE, descontando las penalizaciones que le fueran aplicables, todo ello sin perjuicio de las reclamaciones que IDAE pudiera realizar por posibles daños y perjuicios.
En caso de alteración de las políticas energéticas en las que se fundamenta la realización de los trabajos, IDAE podrá resolver el contrato, comunicando tal situación al adjudicatario de manera justificada con un preaviso de UN (1) MES. Una vez concluido este plazo, el adjudicatario suspenderá inmediatamente los trabajos, procediendo a la facturación de todos los trabajos realizados hasta el momento y pendientes de pago, abonándose tal factura al adjudicatario conforme a lo establecido en el presente pliego. El pago por XXXX supondrá la definitiva resolución y liquidación del contrato, sin reserva alguna a ningún otro derecho ni reclamación por parte del adjudicatario.
24.- Jurisdicción aplicable.
Las partes, con renuncia expresa al fuero que pudiera corresponderle, si fuera otro, se someten a la jurisdicción y competencia de los Tribunales y Juzgados de Madrid capital para la resolución de cualquier controversia que pudiera surgir en la interpretación, cumplimiento y ejecución del presente Contrato.
ANEXO I: MODELO DE SOLICITUD
ANEXO II: MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE DE NO ESTAR INCURSO EN NINGUNA DE LAS PROHIBICIONES DE CONTRATAR QUE ESTABLECE EL ARTÍCULO 60 del TR DE LA LEY DE CONTRATOS DEL SECTOR PÚBLICO
XXXXX XXX: MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA y DECLARACIÓN DE CONOCIMIENTO Y ACEPTACIÓN
ANEXO IV: MODELO DE AVAL BANCARIO
ANEXO I
MODELO DE SOLICITUD
D/Dña. , en representación de
con C.I.F. , en calidad de , solicita su participación en el concurso para la contratación de los Servicios de asistencia técnica y desarrollo de la estrategia de la campaña de comunicación institucional “Acciones de acompañamiento en Ahorro y Eficiencia Energética 2018”
Datos principales de contacto de la empresa
Persona de contacto: Cargo en la empresa Dirección completa: Localidad (CP):
Teléfonos: Fax:
Correo e-mail:
(Firma y sello de la empresa)
ANEXO II
MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE A LOS EFECTOS DEL ARTÍCULO 146.4, SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS ESTABLECIDOS EN EL APARTADO 5, SOBRE A, SECCIÓN I-A
Que ni el firmante de la declaración, ni la persona física/jurídica a la que represento, ni ninguno de sus administradores o representantes, se hallan incursos en supuesto alguno a los que se refiere el artículo 60 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, hallándose, la persona física/jurídica representada, al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y de Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.
Que existe relación directa entre las actividades, fines o funciones de la persona jurídica a la que represento y el objeto de la adjudicación, según consta en los estatutos de la misma.
Asimismo me comprometo a aportar los certificados y documentos requeridos por los artículos
151.2 y 146.1 del TR de la LCSP, en los términos expresados en el Pliego de Condiciones Particulares (Apartado 7) en el plazo xx XXXX DÍAS (10) DÍAS hábiles, contados a partir del día siguiente al de la recepción de la solicitud en tal sentido.
También me comprometo a la constitución y entrega al IDAE de la garantía definitiva que corresponda, en el plazo xxxxxx xx xxxx (10) días hábiles a contar desde el siguiente al de la notificación de la adjudicación.
Y para que así conste y surta los efectos oportunos para la participación en el concurso convocado por el IDAE con número de expediente 14417.01/18, expido y firmo la presente en
...............(ciudad), a ………………, de ………, de 2017.
A la atención del Sr. Director General del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE)
ANEXO III
MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA y DECLARACIÓN DE CONOCIMIENTO Y ACEPTACIÓN
D/Dña. , con DNI en
representación de la empresa con C.I.F.
, en calidad de , declara conocer y aceptar íntegramente toda la documentación que forma parte del presente concurso, formada por:
1º Pliego de Condiciones Particulares para la contratación de los Servicios de asistencia técnica y desarrollo de la estrategia de la campaña de comunicación institucional “Acciones de acompañamiento en Ahorro y Eficiencia Energética 2018”, con referencia PCP 14417.01/18 de fecha febrero de 2018.
2º Pliego de Condiciones Técnicas para la contratación de los Servicios de asistencia técnica y desarrollo de la estrategia de la campaña de comunicación institucional “Acciones de acompañamiento en Ahorro y Eficiencia Energética 2018” de referencia PCT 14417.01/18 y fecha febrero de 2018.
Igualmente, se compromete, en caso de resultar adjudicatario, a ejecutar el citado contrato por un precio total (el precio en números y letras, I.V.A. no incluido).
Y para que conste firma el presente en .......... a ...... de ...... de ........
(firma del representante y sello de la empresa)
ANEXO IV
MODELO DE AVAL BANCARIO
El BANCO ..........................................., con domicilio en .............................. de , representado por D.
.................................................................., con poderes suficientes para obligarse en este acto, se constituye, tan ampliamente como en derecho se requiera, ante el INSTITUTO PARA LA DIVERSIFICACIÓN Y AHORRO DE LA ENERGÍA (IDAE), con domicilio en calle Madera número 8 de Madrid y C.I.F. Q-2820009-E, en fiador solidario de la entidad ............................................... con domicilio social en , y C.I.F.
..............................., hasta la cantidad que constituye límite máximo del compromiso que por el presente adquiere, por importe de Euros, y en garantía del cumplimiento de todas y cada una de las
obligaciones que se derivan del contrato para …………………………………….. suscrito con el INSTITUTO PARA LA DIVERSIFICACIÓN Y AHORRO DE LA ENERGÍA con referencia El presente Aval tendrá validez, hasta
su devolución por parte de IDAE conforme a lo previsto en el pliego de condiciones particulares del concurso.
El BANCO ................................. como entidad fiadora, renuncia expresamente a cualquier beneficio que pudiere corresponderle y muy especialmente a los de orden, división y excusión comprometiéndose a atender, a primer y simple requerimiento, todas las peticiones que el INSTITUTO PARA LA DIVERSIFICACIÓN Y AHORRO DE LA ENERGÍA le realice con respecto a este aval, abonándole los importes que el mismo pudiere solicitar, bastando para ello que se lo comunique fehacientemente por escrito. La atención a la petición, se realizará sin oponer dicha entidad fiadora, excusa alguna, incluyendo la oposición del avalado, en relación con la ejecución del presente AVAL.
El firmante de este Aval está debidamente autorizado, en virtud de la escritura pública de apoderamiento otorgada ...................................................................................., para obligar en la forma y términos antes expuestos a su mandante: el BANCO , siendo ésta una de las operaciones que, a
tenor del artículo de sus Estatutos, puede realizar legalmente.
El presente Aval ha sido inscrito con fecha en el Registro Especial de Avales (o Garantías) de
esta entidad con el número ................
En ....................., a ........ de ...................... de ..........
(Sello de la entidad financiera y firma de su apoderado)
NOTA: La firma del apoderado de la entidad financiera deberá constar reconocida por fedatario público.