Contract
PLIEGO DE CONDICIONES PARA LA CONTRATACIÓN, MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO CON VARIOS CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN, DEL SERVICIO DE LIMPIEZA DEL EDIFICIO SEDE DE LA EPE PMVU DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO XX XXXXXXXXX CON EMPLAZAMIENTO EN CALLE POZO AMARILLO, 2.
CAPÍTULO I OBJETO DEL CONTRATO
Artículo 1.- OBJETO DEL CONTRATO: La adjudicación del servicio de limpieza del edificio sede de la EPE Patronato Municipal de la Vivienda y Urbanismo del Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxxxxx con emplazamiento en calle Pozo Amarillo, 2.
Artículo 2.- PRESUPUESTO DEL CONTRATO: El valor estimado del contrato, que servirá de tipo para la contratación, asciende a la cantidad de 14.200€ (17.182 € IVA incluido), este importe se obtiene atendiendo los factores que influyen de modo casi exclusivo como son la mano de obras y materiales + medios auxiliares.
En relación a la mano de obra se ha considerado el Convenio Colectivo Provincial para las actividades de limpieza, abrillantado y pulimento de edificios y locales xx Xxxxxxxxx (BOP xx Xxxxxxxxx de 15 xx xxxxx de 2013), donde se preveía un incremento salarial del 2% para el primer año y un 0,75% sobre el anterior para los dos años siguientes. El citado Xxxxxxxx finalizaba su vigencia el 31/12/2014, dado que no se tiene conocimiento de un nuevo Convenio que lo sustituya, se puede entender prorrogado conforme al art. 4 del mismo “Ámbito Temporal” donde se indica que mantiene su vigencia hasta la firma de un nuevo convenio que lo sustituya. Por ello es de prever que el nuevo convenio maneje cifras de actualizaciones salariales similares si bien a la baja.
En cuanto a medios materiales + medios auxiliares, por las consultas realizadas se han incrementado sus precios en torno al 2% - 3%.
Por ello el incremento que supone la propuesta que se realiza de tipo de licitación, supone un incremento global de 2,27% sobre el abono que se ha realizado para el mismo servicio durante el año 2014, por lo que se considera adecuado.
El presupuesto total anual del mismo asciende a diecisiete mil ciento ochenta y dos euros -
17.182 €-, (14.200 € + 2.982 € IVA del 21%), de los cuales 11.400 € corresponden a la limpieza anual de edificio (950 €/ mes) y 2.800 € a la limpieza xxx xxxxxxx del mismo (1.400 € por cada una de las dos limpiezas anuales).
A efectos de estimación para la calificación del contrato, el coste a lo largo de los dos años del contrato más la posible prórroga por un máximo de otros dos años supone un total de cincuenta y seis mil ochocientos euros 56.800 € más IVA del 21% (once mil novecientos veintiocho euros 11.928 €) NO INCLUIDO.
Artículo 3.- EXISTENCIA DE CRÉDITO: Se han cumplido los trámites necesarios para asegurar la existencia de crédito para el pago de la prestación objeto de este contrato. Según informe de la Intervención: “Que solicitado informe de consignación presupuestaria para la contratación del Servicio de Limpieza del edificio sede del Patronato sito en X/ Xxxx Xxxxxxxx, 0 xx Xxxxxxxxx, durante los próximos cuatro ejercicios, cuyo importe asciende a la cantidad de 60.000,00 € y 12.600,00 € Impuesto sobre el valor añadido incluido, señalar que en el presupuesto de la E.P.E. Patronato Municipal de Vivienda y Urbanismo para el ejercicio 2015 y dentro del CAPÍTULO 62 SERVICIOS EXTERIORES y en la subcuenta 62900008 Limpieza edificio, se recoge importe de 15.000,00 € suficiente para atender dicho
gasto durante citado ejercicio, por lo que en presupuestos futuros se consignará importe para cubrir el gasto a devengar por mencionado concepto. Para la cantidad correspondiente al Impuesto sobre el valor añadido, no es necesaria su previsión, ya que el mismo no supone coste para el Patronato, al encontrarse encuadrado en el Régimen General de citado impuesto”.
Artículo 4.- DURACIÓN DEL CONTRATO: se otorgará por un plazo de dos años, que podrá ser prorrogado por mutuo acuerdo entre las partes por periodos anuales con un máximo de dos.
Artículo 5.- ÓRGANO DE CONTRATACIÓN.- El órgano de contratación es el Presidente de la EPE PMVU, conforme a lo dispuesto en la cláusula segunda de las instrucciones para la contratación por esta entidad.
CAPÍTULO II
SELECCIÓN Y FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
Artículo 6.- PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN.- La adjudicación del contrato se llevará a cabo por procedimiento abierto. La adjudicación recaerá en el licitador justificadamente elegido por el órgano de contratación que obtenga la mayor puntuación conforme a los criterios de valoración establecidos en el artículo nueve de este pliego; citado licitador deberá contar con la capacidad y solvencia necesaria para la realización del objeto del contrato, siempre que ello sea posible.
Artículo 7.- PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES DE PARTICIPACIÓN.- La documentación se entregará en la sede de la EPE PMVU (C/ Pozo Amarillo nº 2 – 37001 Salamanca) dentro del plazo de quince (15) días naturales desde la publicación del procedimiento en el perfil del contratante de la página web municipal (límite 13h). La presentación de proposiciones presume la aceptación incondicional por parte del empresario de las cláusulas de este pliego y la declaración responsable de que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para contratar con la EPE PMVU.
Dentro del mismo plazo podrán presentarse dichas solicitudes por correo: en este caso, el licitador deberá justificar la fecha de imposición del envío en la oficina de correos y anunciar al órgano de contratación la remisión de la oferta mediante télex, fax (000 000 000) o telegrama. Sin la concurrencia de ambos requisitos no será admitida la documentación, si es recibida por el órgano de contratación con posterioridad a la fecha y hora de terminación del plazo señalado en el anuncio.
El acceso al Perfil de contratante será a través del portal del PMVU del Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxxxxx, de acuerdo con lo dispuesto en el art. 53 TRLCSP, a través de la siguiente dirección:
xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xx/xxxxxxxxxxxxxxxxx/xxxxxxxxxx/xxxxx.xxxx
Artículo 8.- DOCUMENTACIÓN PARA LA PARTICIPACIÓN.- La documentación constará de tres sobres, numerados y cerrados en el exterior de los cuales deberá figurar su contenido y nombre del licitador.
1) Sobre nº 1 se denomina “Documentación general”. Se presentarán documentos originales, copias compulsadas o legalizadas ante Notario.
En su interior se hará constar, en hoja independiente, un índice de su contenido. Contenido:
1.1 El documento o documentos que acrediten la personalidad del empresario y la representación del firmante de la proposición, en su caso, consistente en el DNI del licitador, cuando se trate de personas físicas o empresarios individuales, o escritura de constitución de la Sociedad Mercantil, debidamente inscrita en el Registro Mercantil, cuando el empresario fuera persona jurídica, y poder bastanteado por la Secretaria o por el Técnico Jurídico del Patronato.
1.2 Declaración responsable de no estar incurso en prohibición de contratar y de estar al corriente en las obligaciones tributarias y de seguridad social, conforme a lo dispuesto en art. 60 y 73 TRLCSP y 71.bis LRJAPYPAC.
1.3 Documentación que acredita que la persona física o jurídica solicitante tiene como finalidad o actividad relación directa con el objeto del contrato y que dispone de organización y medios personales y materiales suficientes para la debida ejecución del contrato.
1.4 Documentación que acredite la clasificación de la empresa, o en su caso, justificación en relación a la solvencia económica y financiera, de que su volumen de negocio en el ámbito al que se refiere el contrato es superior, en al menos dos veces el importe del contrato por anualidad; y justificación en relación a la solvencia técnica mediante una relación de los principales servicios o trabajos realizados en los últimos 5 años donde se incluya importe, fechas y destinatario de los mismos.
1.5 Delegado de la empresa con capacidad suficiente para representarla en todo cuanto afecte a la ejecución del servicio.
2) Sobre nº 2 se denomina “Otros contenidos de la oferta” En su interior se hará constar, en hoja independiente, un índice de su contenido, que podrá venir referido a:
La relación de equipos, maquinaria y medios auxiliares que la empresa se compromete a poner a disposición de la EPE PMVU para la ejecución de los distintos trabajos, especificando los utilizados para la limpieza de los miradores y compromiso de mantenerlos o incorporarlos en la misma siempre que sean requeridos por la Dirección de la EPE PMVU, designando encargado general de la organización del servicio. Esta relación deberá ser suficiente para el normal desarrollo del servicio en las condiciones y plazos contratados.
3) Sobre nº 3 se denomina “Proposición Económica”. Los licitadores presentarán las ofertas conforme al modelo de solicitud que figura como Xxxxx X. Cada licitador no podrá presentar más que una sola proposición. No se podrá suscribir ninguna propuesta en unión temporal con otra empresa, si lo hubiere hecho individualmente o figurar en más de una unión temporal. El incumplimiento de lo establecido en este párrafo dará lugar a la desestimación de todas las proposiciones por él presentadas.
En la oferta económica deberá indicarse, como partida independiente, el importe del Impuesto sobre Valor Añadido que deba ser repercutido.
Las ofertas que excedan del precio de licitación formulado por la EPE PMVU, serán rechazadas.
Artículo 9.- CALIFICACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN.- La mesa de Contratación de carácter permanente de esta entidad que figura en el perfil de contratante (artículo 7), finalizado el plazo de admisión de la documentación, procederá a su calificación:
La Mesa de Contratación procederá al examen y calificación de la documentación
correspondiente al "SOBRE Nº 1: DOCUMENTACIÓN GENERAL", si se observaren defectos u omisiones subsanables se concederá un plazo no superior a tres (3) días hábiles para que el licitador corrija o subsane los mismos. Si la documentación contuviese defectos substanciales o deficiencias materiales no subsanables, se rechazará la proposición.
Previamente a la apertura del sobre nº 3, se procederá, bien por la Mesa de contratación o por el órgano de adjudicación, a la apertura en acto público, convocada en el perfil del contratante, del "SOBRE Nº 2: OTROS CONTENIDOS DE LA OFERTA", elaborándose el informe de valoración correspondiente a las distintas ofertas y dejando constancia documental de ello.
La apertura del "SOBRE Nº 3: PROPOSICIÓN ECONÓMICA" se llevará a cabo en el lugar, día y hora señalado en el perfil de contratante, teniendo el carácter de acto público. En dicho acto, la Mesa de Contratación dará lectura Integra al contenido de las proposiciones económicas formuladas por los licitadores, declarando válidas y admitidas, las que cumplan con los requisitos previstos en este Pliego y en el TRLCSP, dándose por terminado el acto sin efectuar la adjudicación, elevando las proposiciones al Servicio Técnico para la elaboración del correspondiente informe.
Sin perjuicio de las disposiciones del TRLCSP, relativas a la publicidad de la adjudicación y a la información que debe darse a los candidatos y a los licitadores, éstos podrán designar como confidencial parte de la información facilitada por ellos al formular las ofertas, en especial con respecto a los secretos técnicos o comerciales y a los aspectos confidenciales de las mismas. El órgano de contratación no podrá divulgar esta información sin su consentimiento.
De igual modo, el contratista deberá respetar el carácter confidencial de aquella información a la que tenga acceso con ocasión de la ejecución del contrato a la que se le hubiese dado el referido carácter en los pliegos o en el contrato, o que por su propia naturaleza deba ser tratada como tal. Este deber se mantendrá durante un plazo de cinco años desde el conocimiento de esta información.
Transcurridos TRES (3) MESES desde el acuerdo de adjudicación definitiva del contrato o, en su caso, se declare desierto el procedimiento, sin que el licitador no adjudicatario de que se trate haya retirado la documentación aportada al procedimiento, se entenderá que el interesado renuncia a ella, pudiendo este PMVU, sin necesidad de previo aviso o comunicación alguna, dar a la documentación no retirada el destino que tenga por conveniente, incluso proceder a su destrucción. Cualquier reclamación que se presente por este motivo será rechazada.
Artículo 10.- CLASIFICACIÓN DE LAS OFERTAS.- El Órgano de Contratación, tal como señala el art. 151.1 del TRLCSP, clasificará, por orden decreciente, las proposiciones presentadas. Para realizar dicha clasificación, atenderá a los criterios de adjudicación y valoración establecidos.
Artículo 11.- CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN.- A la vista de las proposiciones presentadas, la EPE PMVU resolverá, en el plazo xx xxxx (10) días, sobre la adjudicación del contrato al licitador que en su conjunto haga la proposición más ventajosa, sin perjuicio del derecho a declararlo desierto. En la estimación por la EPE PMVU de los criterios de valoración, se aplicará el siguiente baremo de puntuación:
- Hasta 7,00 puntos, para la mayor baja económica; 0 puntos a la/s oferta/s que se ajusten a la base de licitación y el resto se valorarán proporcionalmente en función del mayor porcentaje de baja.
- Hasta 2,00 puntos, a la mejor oferta en relación con la presentación de un estudio de la organización del servicio, en el que se incluyan los medios materiales y personales de forma que
permitan la optima realización de las tareas objeto del concurso, como número de operarios, horas de trabajo, medios disponibles, materiales adecuados, etc., que permitan una más rápida prestación del servicio, un mejor control del mismo y una menor incidencia en la jornada laboral y trabajos de este Patronato Municipal, así como menores incidencias en la ocupación de viario público si fuese necesario. A los efectos de su valoración, se analizarán por los Servicios Técnicos del PMVU los Estudios de Organización y Medios ofertados, pudiendo ser rechazados aquellos que no se encuentren debidamente justificados tanto su organización como la suficiencia de los medios materiales ofertados. De aquellas ofertas aceptadas se les valorará hasta el máximo establecido al inicio de este apartado, de acuerdo al siguiente desglose:
o Hasta 0,90 puntos, por la consecución de una más rápida prestación del servicio.
o Hasta 0,80 puntos, por la formulación de un estudio que permita un mejor control por los Servicios Técnicos de este PMVU de la ejecución de los trabajos a realizar, incluso con aportación de sistemas de control o aplicaciones informáticas.
o Hasta 0,20 puntos, por la proposición de realización de los trabajos que permitan una menor incidencia o repercusión en la jornada de trabajo habitual de este PMVU, detallando el horario de cada labor a realizar.
o Hasta 0,10 puntos: por la menor incidencia de los trabajos a realizar (en especial en cuanto a limpieza xx xxxxxxxxx, mirador, barandillas y otros elementos de su fachada) en la ocupación del viario público.
- Hasta 1,00 puntos, para la presentación de mejoras a cargo del contratista, como aumento de periodicidad de las labores a realizar o nuevas labores no contempladas en el Pliego, pudiendo estas ser o no ser valoradas y aceptadas por el Patronato, las mejoras que sean aceptadas se valorarán conforme al mayor ahorro económico para este PMVU, dando la máxima puntuación a la que suponga un mayor ahorro y cero puntos a la que no suponga ningún ahorro, el resto se valorarán proporcionalmente en función del mayor porcentaje de baja.
Artículo 12.- FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO.- Ésta se efectuará dentro de los quince (15) días hábiles siguientes desde la fecha de notificación de la adjudicación, debiendo para ello el adjudicatario aportar los documentos acreditativos de estar al corriente con sus obligaciones tributarias y de la Seguridad Social y de haber constituido la garantía definitiva, conforme a lo estipulado en la cláusula siguiente. Para acreditar el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social se presentarán originales y copias auténticas de los siguiente documentos: Certificaciones expedidas por los órganos competentes en cada caso, con la forma y con los efectos previstos en los artículos 13, 14, 15 y 16 del RCAP, acreditativas de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes y alta en el IAE.
Compromiso de aportar cada doce (12) meses, durante la vigencia del contrato, originales o fotocopia compulsada del documento acreditativo de estar al corriente de las obligaciones tributarias.
Declaración jurada de mantener las condiciones reflejadas en toda la documentación que se incluye en el sobre nº 1.
Cuantos documentos fuesen requeridos por el órgano de contratación.
Artículo 13.- GARANTÍA DEFINITIVA.- Corresponderá al 5% del importe de adjudicación del contrato, IVA no incluido.
La garantía definitiva deberá prestarse en alguna de las formas previstas en el artículo 96 del
TRLCSP: Se podrá constituir a instancia del licitador mediante retención en el precio en cuyo caso se llevaría a cabo en el primer abono y en los sucesivos si fuere necesario o, en su caso, en el pago del importe total del contrato.
Es de aplicación lo dispuesto en el artículo 99 del TRLCSP a los efectos de constitución, reposición y reajuste de garantías
La garantía definitiva responderá de los conceptos mencionados en el art. 100 TRLCSP.
La devolución y cancelación de las garantías se efectuará de conformidad con lo dispuesto en el art. 102 TRLCSP.
CAPITULO III
DERECHOS Y OBLIGACIONES ESPECÍFICAS DE LAS PARTES OBLIGACIONES DE LA EPE PMVU
Artículo 14.- ABONO DEL CONTRATO.- El precio anual de adjudicación del concurso será satisfecho al contratista, previa presentación de la correspondiente factura, de la siguiente forma: 11.400
€ (más IVA) correspondientes a la limpieza anual de edificio, se abonarán en doce mensualidades vencidas. El resto, 2.800 € (más IVA) correspondientes a dos limpiezas anuales de los miradores, se abonaran, junto con la primera mensualidad vencida una vez realizada cada limpieza y revisado ese servicio.
Conforme al artículo 84.1.2f) de la Ley 37/92, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido el Patronato Municipal de Vivienda y Urbanismo actúa como empresario; la factura correspondiente será registrada previamente en el Servicio Económico-Financiero de esta entidad como órgano de la misma con facultades en materia de contabilidad y después conformada por sus Servicios Técnicos. En la factura constará la identificación del destinatario de acuerdo con la disposición adicional
33.2 del TRLCSP.
Artículo 15.- IMPROCEDENCIA DE REVISIÓN DE PRECIOS DE LOS CONTRATOS.- No procede ya
que, por naturaleza y la duración del contrato, se hace previsible que durante los años de ejecución del mismo no existan oscilaciones significativas en los costes que no hayan podido ser tenidas en cuenta por los licitadores en sus ofertas y que pudieran provocar una fluctuación de precios.
Además, al establecer la Disposición adicional octogésimo octava de la Ley 22/2013, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2014 la desindexación respecto a índices generales de contratos del sector público, no se dispone para este contrato de un índice específico que contenga la evolución de los costes al que referenciar una posible revisión de precios.
OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO.
Artículo 16.- OBLIGACIONES LABORALES Y FORMALES DEL ADJUDICATARIO.- El adjudicatario,
tiene la obligación de subrogarse como empleador de los trabajadores que prestan su servicio en las labores de limpieza objeto de contratación; el órgano de contratación facilitará a los licitadores, la información sobre las condiciones de los contratos de los trabajadores a los que afecte la subrogación que resulte necesaria para permitir la evaluación de los costes laborales que implicará tal medida, tal y como prevé el art. 120 TRLCSP.
El contratista está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social, de seguridad e higiene en el trabajo y prevención de riesgos laborales, respecto de todo el personal que emplee en la contrata.
El incumplimiento de estas obligaciones por parte del contratista, ó la infracción de las disposiciones sobre seguridad por parte del personal designado por él, no implicará responsabilidad alguna para la EPE Patronato Municipal de Vivienda y Urbanismo del Excmo. Ayto. xx Xxxxxxxxx.
Artículo 17.- MATERIALES DE TRABAJO, MEDIOS AUXILIARES Y PLANTILLA.- Serán deberes
ineludibles del contratista:
1-. Disponer de personal suficiente para ejecutar correctamente el servicio, debiendo indicar en su propuesta una relación del personal, la cualificación profesional y tiempos estimativos necesarios y que se compromete a contratar para llevar a buen fin el objeto del contrato. Esta relación se actualizará siempre que se produzca algún cambio en las personas trabajadoras.
Serán de cuenta del adjudicatario las obligaciones que las legislaciones y el convenio colectivo aplicables establezcan en cuanto al personal que viniera prestando el servicio. La falta de pago de los salarios a los trabajadores y de las cuotas a la Seguridad Social será causa de resolución del contrato, para lo cual, y junto a la factura de cada mensualidad, vendrá obligado a presentar los documentos TC1 y TC2 correspondientes.
El personal que aporte el adjudicatario no tendrá vinculación alguna con la EPE PMVU ni con el Excmo. Xxxx. xx Xxxxxxxxx, y dependerá única y exclusivamente del adjudicatario el cual asumirá la condición de empresario con todos los derechos y deberes respecto a dicho personal, sin que en ningún caso resulten responsables la EPE PMVU ni el Excmo. Ayto. xx Xxxxxxxxx de las obligaciones del contratista y sus trabajadores, aún cuando los despidos o medidas que adopte sean como consecuencia, directa o indirecta, del cumplimiento, rescisión o interpretación del contrato.
Igualmente se obliga a cubrir las ausencias o bajas de personal de forma que mantenga perfectamente el número de personas de la plantilla ofertada.
2-. Realización de un seguimiento semanal de calidad por la empresa y remisión mensual a la Gerencia de la EPE PMVU de su resultado. Pudiendo dirigirse todo tipo de reclamaciones o quejas al delegado representante de la empresa.
3-. Los útiles y materiales a emplear en los servicios de limpieza de este concurso, serán por cuenta del contratista, debiendo procurar que en todo momento se disponga de los productos necesarios que garanticen la buena calidad del servicio. La carencia de productos de limpieza o de medios, se considerará como incumplimiento en la prestación del servicio.
4-. Los daños que el personal pudiera ocasionar en el mobiliario o instalaciones serán indemnizados por el adjudicatario, de acuerdo con la valoración justificada que realicen los Servicios Técnicos de la EPE PMVU, el cual podrá detraer la compensación procedente del importe de las facturas que presente el adjudicatario.
Artículo 18.- ABONO DE GASTOS, HONORARIOS E IMPUESTOS.- El contratista está obligado a satisfacer todos los gastos de preparación y formalización del contrato, las tasas, los anuncios en boletines oficiales y prensa local o de difusión nacional, y todo género de tributos que graven el contrato, incluido el IVA. Estos gastos, estimados en 1.200 €, serán deducidos de la primera mensualidad.
CAPITULO V PRESTACIÓN DEL SERVICIO
Artículo 19.- La empresa adjudicataria al conocer perfectamente el edificio, en las visitas que considere oportunas, se compromete a realizar todas las prestaciones de los servicios que se solicitan y que se ofrezcan con los medios adecuados para cada caso.
Las operaciones de limpieza se efectuarán con productos adecuados a los materiales existentes en el edificio que impidan su deterioro, y serán las necesarias para la realización de un correcto servicio, si bien se efectuarán como mínimo con el siguiente detalle:
a) Prestación diaria.- Limpieza de todos los suelos y escaleras, incluso ascensor y fregado de suelos xx xxxxxx y de aseos. Limpieza completa de aseos incluso sanitarios y grifería. Retirada de papeleras y ceniceros. Limpieza a fondo del polvo en general, incluso muebles, mamparas, ventanas, repisas, etc.
b) Prestación alterna.- Limpieza a fondo de todo el mobiliario (mesas, sillas, armarios, mamparas, etc.).
c) Prestación semanal.- Limpieza de puntos de luz. Desinfección de WC. Limpieza a fondo de teléfonos, elementos informáticos, cuadros y accesorios de puertas. Limpieza xx xxxxxxxx.
d) Prestación quincenal.- Limpieza de balaustres de escaleras y pasamanos.
e) Prestación mensual.- Limpieza a fondo xx xxxxxxxxx, estanterías, tabiques, paredes, alicatados, carpinterías metálicas y xx xxxxxx, mecanismos eléctricos, aparatos de climatización y tratamiento de suelos xx xxxxxx.
f) Prestación trimestral.- Revisión y limpieza de canalones, bajantes y sumideros, abrillantado de suelos xx xxxxxx, elementos de rejería exteriores, limpieza a fondo de xxxxxxxxx xx xxxxxxx automáticas de cada planta.
g) Prestaciones semestrales.- Limpieza a fondo xx xxxxxxxxx y rejería de miradores, así como revisión y limpieza xx xxxxxxxx y cubierta.
h) Limpieza del Archivo de la EPE PMVU sito en la X/ Xxxxxxxxxx Xxxxxxx Xx 0 - 00 (Xxxxxx 00-X Xxxxxxx XxX-00), se realizarán dos limpiezas anuales.
i) Limpieza por motivos excepcionales: En los supuestos de celebración de procesos electorales en la sede de la EPE PMVU, u otros eventos extraordinarios (realización de pequeñas obras o reparaciones, etc.), se realizará una limpieza en las dependencias afectadas, a primera hora de la mañana del día laborable siguiente a su celebración.
El desarrollo de las actuaciones de limpieza se llevarán a cabo de lunes a viernes no festivos, comenzando a las 15h.
Artículo 20.- ORGANIZACIÓN DEL SERVICIO.- Los licitadores presentarán estudio detallado sobre la organización del servicio que consideren más conveniente, detallando el personal y medios materiales a emplear para su mejor prestación, teniendo en cuenta que el coste estimado de la limpieza de los
miradores supone el 20% del coste total de las prestaciones objeto del servicio a contratar.
Se propondrá un calendario de realización de los servicios y en caso de modificación de las fechas propuestas se acordará con el representante del PMVU (ejemplo de propuesta, limpieza semestral de miradores los meses xx Xxxxx y Octubre).
Artículo 21.- DIRECCIÓN E INSPECCIÓN DEL SERVICIO.- La dirección del servicio corresponde al adjudicatario. La inspección del mismo se efectuará por la Sección de Mantenimiento de la EPE PMVU, a través de la persona que se designe, facultada para revisar el material, efectividad del servicio con anterioridad al abono de la certificación mensual y cumplimiento de las condiciones establecidas en este Pliego.
El adjudicatario vendrá obligado a presentar semanalmente, en la Sección de la EPE PMVU anteriormente mencionada, los partes diarios preestablecidos por la EPE PMVU, del trabajo realizado y a recibir las instrucciones que procedan.
La EPE PMVU, a través de la inspección, conocerá la situación de los trabajadores de la contrata, haciendo un seguimiento de los contratos que se efectúen por la Empresa, para lo cual ésta aportará mensualmente los TC1 y TC2 correspondientes.
Artículo 22.- INFRACCIONES Y SANCIONES.-
A) Infracciones: Las infracciones que cometa el adjudicatario en la ejecución del contrato podrán ser clasificadas como muy graves, graves y leves.
1- Tendrán la consideración de muy graves las siguientes:
- No dar comienzo a la prestación del servicio en la fecha señalada.
- Paralización o no prestación del servicio contratado, excepto cuando ello obedezca a fuerza mayor.
- La prestación manifiestamente defectuosa o irregular del trabajo, incumpliendo las condiciones establecidas y retraso sistemático del mismo, especialmente en cuanto a la limpieza de los miradores.
- El fraude en la forma de prestación del servicio, no utilizando los medios adecuados o elementos esenciales exigidos en el mismo.
- Incumplimiento de las obligaciones laborales de Seguridad Social con el personal afecto al servicio.
- Ceder, subarrendar o traspasar, en todo o en parte, el servicio contratado, bajo cualquier modalidad o título, sin previa autorización expresa de la EPE PMVU.
- La desobediencia a las órdenes dadas por la EPE PMVU respecto al orden, forma y régimen de prestar dicho servicio, o no responder el equipo o material utilizado.
- La comisión de dos faltas graves.
2- Tendrán la consideración xx xxxxxx graves:
- El retraso en la prestación del servicio de modo reiterado y no sistemático.
- Los incidentes habituales del personal del servicio.
- La inobservancia de las prescripciones sanitarias.
- El desaseo del personal, falta de decoro en el vestir o carecer de uniforme.
- El incumplimiento de las órdenes de la EPE PMVU sobre modificaciones o mejoras del servicio que no impliquen mayores gastos para el contratista.
- Aquellas otras que la EPE PMVU estime que representan una irregularidad inadmisible en la prestación del servicio con arreglo a lo exigido en las condiciones del presente Xxxxxx.
- La comisión de dos faltas leves.
- Todas aquellas que, implicando un incumplimiento de las obligaciones establecidas para el contratista en el presente Pliego de condiciones, no merezcan la calificación de muy graves, y que por su naturaleza no deban ser comprendidas como leves.
3- Se considerarán como faltas leves:
- El retraso en los horarios.
- La mera interrupción del servicio.
- La mera imperfección no reiterada en la prestación del servicio.
- En general, cualquier acto u omisión que implique un mero incumplimiento en la prestación del servicio.
B) Sanciones: El importe de las sanciones se graduará por las circunstancias según la calificación que se otorgue a la infracción cometida. (Leve, grave o muy grave)
El contratista será responsable ante la EPE PMVU por las faltas que cometan sus operarios y quedará obligado al resarcimiento de todos los daños que se causen a terceros con motivos de la defectuosa prestación del servicio, o por dolo o culpa, ya sean en bienes personales o instalaciones, sin perjuicio de las sanciones que pueden imponérsele.
El importe de las sanciones será:
- Para faltas muy graves: hasta 3.000 euros.
- Para faltas graves: hasta 1.500 euros.
- para faltas leves: hasta 750 euros.
En la imposición de las sanciones se seguirá el siguiente procedimiento:
- Las sanciones por faltas leves y graves las impondrá el Presidente de la EPE PMVU, previa audiencia del interesado. A tal efecto, la propuesta municipal se someterá por término xx xxxx días al contratista adjudicatario. Se motivará la resolución y la vía de recurso no suspenderá la ejecutividad de lo dispuesto.
- Las sanciones por faltas muy graves, cuya resolución se remite a la competencia del Consejo de Admón. de la EPE PMVU, se concretarán en la instrucción a propuesta de la Presidencia, del correspondiente expediente sancionador. Supletoriamente será de aplicación lo dispuesto en la materia por la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común.
Cometidas dos infracciones señaladas como muy graves, el Consejo de Admón. de la EPE PMVU podrá rescindir o resolver el presente contrato.
Artículo 23.- PAGO DE LAS SANCIONES.- El importe de las sanciones se detraerá del canon que la EPE PMVU debe abonar, quedando obligado el contratista a abonar, si procede, la cantidad restante en el plazo xx xxxx días a contar desde la fecha en que fuera requerido.
CAPITULO IX EJECUCIÓN DEL CONTRATO
Artículo 24.- MODO DE EJECUCIÓN DEL SERVICIO.- El servicio se ejecutará con estricta sujeción a las cláusulas estipuladas en el contrato y al proyecto ofertado por el adjudicatario, con las condiciones fijadas en el acuerdo de adjudicación, y conforme a las instrucciones que en interpretación de éste diere
al contratista el responsable del Patronato que serán de obligado cumplimiento para aquél siempre que lo sean por escrito.
Artículo 25.- CAUSAS DE RESOLUCIÓN.- El contrato podrá extinguirse bien por su normal cumplimiento, o bien por alguna de las causas de resolución definidas en este Pliego o cualquier otra determinada por la legislación aplicable.
Artículo 26.- PRÓRROGA O REVERSIÓN DEL CONTRATO.- Tres meses antes del vencimiento del contrato, el Patronato resolverá sobre su posible prórroga, por un periodo de igual duración, o en su caso, la reversión del servicio, debiendo ser notificado el adjudicatario.
Artículo 27.- DEVOLUCIÓN DE FIANZA DEFINITIVA.- Una vez resuelto el contrato, si no resultasen responsabilidades que hayan de ejercitarse sobre la misma, se procederá a la devolución de la fianza definitiva o a la cancelación del aval.
Artículo 28.- INDEMNIZACIÓN AL CONTRATISTA POR FUERZA MAYOR.- El contratista tendrá derecho a que se le indemnice los daños que se le hubiera producido en casos de fuerza mayor, no mediando actuación imprudente del mismo.
CAPÍTULO VI
RÉGIMEN JURÍDICO DEL CONTRATO
Artículo 29.- NORMAS GENERALES Y TRIBUNALES.- Las cuestiones litigiosas sobre interpretación, modificación, resolución y efectos de la contratación serán resueltas por los órganos de contratación, cuyas resoluciones agotarán la vía administrativa y abrirán la vía jurisdiccional civil, siendo los tribunales competentes con jurisdicción xx Xxxxxxxxx.
Artículo 30.- SUPLETORIO.- Para lo no previsto en el presente pliego y en las directrices para la contratación, aprobadas por el Consejo de Administración de EPE PMVU el día 6/10/2008, y subsidiariamente, si procede, a lo dispuesto en el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. Supletoriamente será de aplicación lo dispuesto en la Ley reguladora de Haciendas Locales.
Salamanca, a 17 xx xxxxx de 2015
El Gerente El Secretario Accidental
El presente Xxxxxx fue aprobado por el Sr. Presidente de la EPE Patronato Municipal de Vivienda y Urbanismo mediante Resolución de
EL PRESIDENTE EL SECRETARIO GENERAL,
A N E X O Nº 1 MODELO DE OFERTA ECONÓMICA
D. , mayor de edad, con domicilio en , de , con Documento Nacional de Identidad nº , actuando en su propio nombre y derecho o en representación de , en su calidad de
)
EXPONE: Que, enterado de las condiciones y requisitos, que acepta, y que se exigen para la adjudicación del contrato que se especifica, a cuyo cumplimiento se compromete en su totalidad, con estricta sujeción al pliego presenta la siguiente
OFERTA:
* Empresa oferente:
* Denominación del servicio:
Oferta económica (se desglosarán los importes de la base imponible y del I.V.A. señalando el tipo del mismo)
Base imponible:
I.V.A. al %
TOTAL (en número y letra)
(Lugar, fecha, firma y sello)