CONTRATO PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES –
CONTRATO PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES –
TRANSFERENCIA DE DATOS – ACCESO A INTERNET
Entre nosotros: P.L.S.I. FIBERNET SOCIEDAD ANÓNIMA, una compañía constituida bajo las leyes de la República xx Xxxxx Rica, cédula de persona jurídica número 0-000-000000, domiciliada en San Xxxx, San Xxxx, barrio Xxxxx, avenida once, calles trece y quince, número mil trescientos catorce, edificio Teral Dos, representada en este acto por el señor Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxx, mayor de edad, casado, ingeniero, portador de la cédula de identidad número 0-000-000, vecino de San Xxxx, en calidad de Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma de la sociedad (en adelante “FIBERNET”) y el Cliente, cuyas calidades se indican en el Anexo 1 de este Contrato, hemos convenido en la celebración de este CONTRATO DE SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES, el cual se regirá por las siguientes cláusulas, así como lo que al efecto establezca las leyes de la República xx Xxxxx Rica, jurisprudencia aplicable y resoluciones de la Superintendencia de Telecomunicaciones (“SUTEL”).
PRIMERO: Objeto del Contrato:
FIBERNET le proveerá al Cliente el servicio de Transferencia de Datos – modalidad Acceso a Internet (el “Servicio”), de conformidad con la velocidad seleccionada en el Anexo 1 que forma parte integral del presente contrato para todos los efectos legales y contractuales. El Servicio será brindado de conformidad con los parámetros detallados en el Capítulo III del Reglamento de Prestación y Calidad de los Servicios (“RPCS”) y el Reglamento sobre el Régimen de Protección al Usuario Final de los Servicios de Telecomunicaciones (“PRUF”), ambos de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos, y serán facturados en dólares, moneda de curso legal de los Estados Unidos de América, de conformidad con lo que se indica en este Contrato. El Cliente podrá pagar en dólares o en colones, al tipo de cambio vigente del Banco Central xx Xxxxx Rica, del día de pago.
Los términos y condiciones detallados en el presente contrato serán aplicados a los anexos para efectos de interpretación e integración. En caso de divergencia entre este Contrato y cualquiera de sus anexos, el anexo deberá prevalecer.
SEGUNDO: Niveles de Servicio:
Los niveles de servicio se resumen en el Anexo 2 de este Contrato. Sin perjuicio de eso, FIBERNET garantiza que el tiempo de respuesta en caso de averías no será mayor a tres horas y para solución de disconformidades de una hora. El tiempo de disponibilidad para todos los servicios será de 99.97%. FIBERNET cuenta también con un centro de atención al cliente, con horario de atención: i) vía telefónica de lunes a viernes de las ocho horas a las diecisiete horas al número 800-GOFIBER (800-4634237) y ii) vía correo electrónico con disponibilidad 24 horas al día, 7 días a la semana, 365 días al año a la dirección: xxxxxxx@xxxxxxxxxx.xxx
Este proceso de solución de xxxxxxx y problemas técnicos no generará un cargo adicional al Cliente, salvo que se determine que la avería ha sido completa responsabilidad del Cliente. En caso de que se encuentre que la supuesta avería fue responsabilidad exclusiva del Cliente, dicha visita tendrá un costo para el Cliente indicado en el Anexo 1 de este Contrato y la página web de FIBERNET: xxxx://xxx.xxxxxxxxxx.xxx FIBERNET le cobrará al Cliente a partir de la segunda visita que deba realizar en el mismo mes calendario y que sea responsabilidad exclusiva del Cliente.
FIBERNET asegura un sistema de monitoreo de redes de forma continua e ininterrumpida 24 horas al día, 7 días a la semana y 365 días al año que permite detectar a tiempo cualquier falla referente a los equipos instalados por la misma, que paralelamente activa un sistema de notificación que informa al Cliente afectado sobre el caso en cuestión y le indica qué medidas tomar en caso de ser necesario. En la gran mayoría de los casos, el sistema redundante de FIBERNET ayuda a evitar que el Cliente perciba la avería.
El Cliente tendrá derecho a ser indemnizado en caso que se presenten interrupciones en la red de FIBERNET, con excepción de los siguientes casos: (i) Caso fortuito; (ii) Fuerza mayor; (iii) Causas imputables al Cliente; (iv) Hecho de un tercero; (v) Incumplimiento de las condiciones contractuales por parte del Cliente, en particular, para los casos de fraude x xxxx en el pago, donde aplique la suspensión respectiva; y (vi) Conexión por parte del Cliente de terminales no homologadas por la SUTEL cuando la regulación así lo requiera; siempre que estas causales puedan ser demostradas por parte de FIBERNET. Para tales efectos, el cálculo de la indemnización por interrupción temporal y el monto correspondiente a la indemnización será establecido por FIBERNET conforme a los parámetros establecidos en el artículo 26 (veintiséis) del RPCS y la regulación vigente aplicable.
El Cliente expresamente entiende y acepta que la responsabilidad de FIBERNET por interrupciones se restringe y limita única y exclusivamente a lo estipulado en la presente cláusula y que en ningún momento
FIBERNET será responsable por pérdida de negocio, pérdida de oportunidad, lucro cesante, o cualquier otra figura similar. En consecuencia, el Cliente reconoce y acepta que en ningún caso tendrá en contra de FIBERNET, sus apoderados, representantes o agentes, sus compañías matrices o afiliadas y de sus contratistas, derecho alguno distinto o adicional al indicado en esta cláusula por concepto de interrupciones temporales del Servicio.
TERCERO: Plazo:
La vigencia de este Contrato es de un año contado a partir de su firma. A su terminación, las partes podrán extenderlo, renovarlo o firmar un nuevo Contrato. El Cliente tiene el derecho de terminar el contrato en cualquier momento sin penalización alguna, con una antelación de quince días naturales contados a partir de la notificación por escrito entregada a FIBERNET.
CUARTO: Precio:
El Cliente se compromete a pagar a favor de FIBERNET el monto correspondiente al Servicio, de conformidad con las tarifas y precios estipulados en el Anexo 1 de este Contrato. El Cliente reconoce y acepta en este acto el pago por una única vez de la suma indicada en el Anexo 1 de este Contrato así como en los respectivos anexos del presente contrato por concepto de instalación del Servicio. FIBERNET mantendrá sus tarifas, cargos y precios vigentes en su página web xxx.xxxxxxxxxx.xxx
Las partes reconocen en este acto que FIBERNET está facultada para modificar en cualquier momento los cargos, precios y tarifas de sus servicios, siempre y cuando lo avise al Cliente con anticipación y respete el procedimiento establecido en la normativa regulatoria que se encuentre vigente. Dicha notificación deberá ser realizada con, al menos, un mes calendario de anticipación. Sin embargo, en caso que el Cliente no se encuentre de acuerdo con las modificaciones de los precios o tarifas en los servicios contratados, el Cliente podrá terminar el contrato sin penalidad alguna.
El pago por los servicios contratados deberá ser realizado por modalidad mes adelantado durante los tres primeros días calendario del mes en que se prestarán los servicios, para lo cual FIBERNET, enviará previamente la factura al medio fijado para recibir notificaciones, según se detalla en el Anexo 1 de este Contrato. En caso de activación o desactivación sin que se haya consumido la totalidad del mes pagado por adelantado, el Cliente tendrá derecho a que el monto no consumido le sea devuelto; monto que será calculado proporcionalmente. El Cliente podrá pagar su factura por medio de depósito bancario en las cualquiera de las siguientes cuentas del Banco Nacional: en colones: número de cuenta: 100-01-202-
000529-2, cuenta cliente: 15120210010005291; en dólares: número de cuenta: 100-02-202-000382-1, cuenta cliente: 15120210020003821; o en efectivo en el domicilio de FIBERNET ubicado en San Xxxx, San Xxxx, barrio Xxxxx, avenida once, calles trece y quince, número mil trescientos catorce, edificio Teral Dos, en horas de oficina.
QUINTO: Modificación de este Contrato:
Cualquier propuesta de modificación de las condiciones contractuales reguladas en el presente documento deberá ser aprobada por la SUTEL y comunicada al Cliente con una antelación mínima de un (1) mes calendario a su entrada en vigencia. En caso que el Cliente no acepte las nuevas condiciones y/o servicios, cualquiera de las partes podrá rescindir anticipadamente este Contrato, sin penalización alguna, siempre y cuando el Cliente se encuentre al día con sus pagos con FIBERNET.
SEXTO: Cesión total o parcial de este Contrato:
El Cliente no podrá ceder o transferir sus derechos y obligaciones derivadas de este Contrato sin la previa y expresa autorización de FIBERNET. FIBERNET podrá ceder sus derechos y obligaciones derivados de este Contrato en cualquier momento. FIBERNET deberá informar al Cliente de tal cesión a la mayor brevedad posible. A partir del momento en que reciba la notificación de cesión, el Cliente deberá realizar sus siguientes pagos al cesionario de la cesión.
SÉPTIMO: Terminación de este Contrato:
El Cliente podrá en cualquier momento dar por terminado este Contrato con solo dar a FIBERNET un aviso con tres días hábiles de antelación a la fecha deseada de terminación.
FIBERNET podrá dar por terminado el presente contrato y la desconexión del servicio de manera inmediata ante el incumplimiento de alguna de las disposiciones aquí establecidas por parte del Cliente y los demás eventos previstos en este Contrato, especialmente el pago de sus obligaciones.
Además, este Contrato podrá darse por terminado por cualquiera de las siguientes razones, sin responsabilidad para FIBERNET: (i) a solicitud del Cliente con al menos quince días naturales al momento en que ha de surtir efectos; (ii) en casos de insolvencia o quiebra declarada judicialmente o muerte del Cliente; (iii) Cuando el Cliente cometa fraudes o realice un uso indebido de los Servicios, de conformidad con la normativa vigente; (iv) Incumplimiento de alguna de las cláusulas contractuales o de la normativa vigente; (v) la falta de pago de la tarifa acordada en el Anexo 1 de este Contrato; (vi) Por engaño, fraude o
mala fe al momento de suscripción del Contrato, o disfrute posterior del bien o Servicio; (vii) Por actuaciones del Cliente que ocasionen un daño o comprometa de alguna manera, la prestación del Servicio o la operatividad e integridad de la red; (viii) Por la cesión de los derechos del Cliente derivados de este Contrato, sin el consentimiento previo y por escrito de FIBERNET; (ix) Por la reventa que realice el Cliente de los servicios contratados en este Contrato.
En los casos de los supuestos (ii) al (ix), previa comunicación al Cliente, y siempre que se cuente con indicios, presunciones graves o prueba del hecho que así lo justifique, FIBERNET queda expresamente facultado para suspender en forma inmediata, como medida precautoria, los servicios usados en forma indebida o no cancelados y a resolver de pleno derecho este Contrato, sin perjuicio del cobro de las indemnizaciones que procedan.
OCTAVO: Obligaciones generales de las Partes:
Obligaciones generales del Cliente:
i. Pagar puntualmente todos los pagos debidos a FIBERNET por el Servicio.
ii. No realizar ningún tipo de reventa a terceros del Servicio contratado a FIBERNET.
iii. Conservar en buen estado y hacer un uso normal del equipo terminal que le entregue FIBERNET.
iv. Crear una cuenta de usuario en la página web que FIBERNET le indicará, como se explica adelante.
v. No ocasionar ningún daño o amenaza a los activos de FIBERNET o a la operabilidad o integridad de la red de FIBERNET.
vi. Permitir el acceso a su condominio, casa u oficina a FIBERNET, o una persona o empresa subcontratada por FIBERNET, para realizar ampliaciones, mejoras, reparaciones o retiros de la red de FIBERNET o el Servicio.
vii. Cualquier otra obligación estipulada en este Contrato, sus anexos o la ley.
Obligaciones generales de FIBERNET:
i. Suministrar el Servicio al Cliente en la forma establecida en este Contrato y en la ley.
ii. Operar su red y prestar los servicios en las condiciones que establezcan su título habilitante, así como la ley, los reglamentos y las demás disposiciones que al efecto se dicten.
iii. Cumplir con sus obligaciones de acceso universal, servicio universal y solidaridad que le corresponden, de conformidad con la ley.
iv. Respetar los derechos del Cliente y atender sus reclamaciones, según lo previsto en la ley.
NOVENO: Desconexión, reconexión, suspensión temporal y suspensión definitiva del Servicio:
9.1. Solicitud de desconexión del Servicio por parte del Cliente: El Cliente podrá solicitar la suspensión temporal de los Servicios en cualquier momento. Sin embargo, lo anterior no exime al Cliente de su obligación de pagar cualquier precio o cargo pendiente a FIBERNET.
9.2 Solicitud de reconexión del Servicio por parte del Cliente: El Cliente podrá solicitar la reconexión del servicio, para lo cual deberá pagar a FIBERNET la tarifa respectiva más un cargo adicional por concepto de reconexión. El cargo reconexión está indicado en el Anexo 1 de este Contrato y la página web de FIBERNET: xxx.xxxxxxxxxx.xxx. FIBERNET se compromete a realizar la reconexión satisfactoria del servicio en un plazo máximo de un día hábil, contado a partir de la recepción conforme de la solicitud por parte del Cliente a través de los medios establecidos en este Contrato y su Anexo 1.
9.3 Suspensión temporal de parte de FIBERNET: FIBERNET podrá suspender temporalmente el Servicio si el Cliente no paga el monto indicado en el Anexo 1 de este Contrato dentro del plazo establecido en la CLÁUSULA CUARTA de este Contrato, con un periodo xx xxxxxx de 3 días naturales. Una vez transcurrido dicho plazo, el servicio será suspendido temporalmente. Para ser reconectado, el Cliente deberá pagar el monto indicado en el Anexo 1 de este Contrato, así como los intereses corrientes que haya generado dicho monto hasta el día de pago calculado a una tasa de 1% mensual.
9.4 Suspensión definitiva de parte de FIBERNET: FIBERNET podrá suspender de forma definitiva el Servicio en cualquiera de los siguientes casos: i) Falta de pago de parte del Cliente del monto indicado en el Anexo 1 de este Contrato, que amerite la suspensión temporal del servicio por más de un periodo consecutivo; lo cual permitirá a FIBERNET a cobrar el monto correspondiente a reconexión y ii) Cualquiera de los motivos establecidos en la CLÁUSULA SÉPTIMA de este Contrato por los que este Contrato se puede dar por terminado.
DÉCIMO. Tratamiento de datos:
FIBERNET se obliga a no ceder o transmitir a terceros los datos e información personal proporcionada por el Cliente, para que dichos terceros la utilicen con fines mercadotécnicos o publicitarios. El Cliente entiende y acepta que FIBERNET podrá utilizar sus datos e información personal con el fin de evaluar los servicios brindados y ofrecer nuevos servicios que puedan ser de interés para el Cliente, únicamente durante la vigencia del presente contrato, cuando exista autorización del Cliente para dicho envío y se detallará en la respectiva xxxxxxx xxx Xxxxx 0 creada para tales efectos.
UNDÉCIMO. Presentación de reclamos:
El Cliente tendrá un plazo máximo de dos meses para realizar cualquier reclamo ante FIBERNET por motivo de la prestación del Servicio, contado desde el acaecimiento de la falta, salvo para los hechos continuados, en cuyo caso, el plazo comenzará a correr a partir de la terminación del último hecho. El Cliente deberá presentar cualquier reclamación directamente ante FIBERNET, por cualquiera de los medios de notificación indicados en este Contrato, quien los atenderá de forma gratuita. FIBERNET resolverá el reclamo del Cliente en el plazo xxxxxx xx xxxx días naturales. En caso de resolución negativa o que el Cliente considere insuficiente la respuesta de FIBERNET, el Cliente podrá acudir a la SUTEL, de conformidad con el artículo 48 de la LGT y 10 del RPUF.
DUODÉCIMO. Equipo terminal:
FIBERNET aportará el equipo terminal necesario para la utilización de sus servicios debido a que el equipo terminal es parte integrante de la red que emplea FIBERNET. FIBERNET facturará al Cliente una mensualidad por concepto de alquiler del equipo terminal cuyo monto será de EE.UU. $1.00 (un dólar) mensual. El Cliente será responsable por la conservación del equipo terminal y devolución una vez finalizada la prestación del servicio. El Cliente deberá además, facilitar sus actualizaciones y mantenimiento, por parte de FIBERNET, debiendo abstenerse de realizarlas en forma directa o por medio de terceros no autorizados. En caso de pérdida, daños o la no devolución del equipo, FIBERNET podrá facturar al Cliente el valor actual del equipo, según el valor de reposición del activo, cuyo monto se puede consultar en la página web xxxx://xxx.xxxxxxxxxx.xxx. FIBERNET no exige al Cliente el pago de un depósito de garantía por el equipo terminal. Si el equipo se daña debido al uso normal de la cosa, FIBERNET lo repondrá en el plazo máximo de tres días hábiles a partir de la comunicación que reciba de parte del Cliente.
DECIMOTERCERO: Propiedad de los equipos:
El Cliente acepta expresamente que los equipos, aparatos, accesorios, dispositivos, fibras ópticas y demás instalaciones necesarias y aparatos indispensables para la prestación de los servicios contratados son propiedad exclusiva de FIBERNET, salvo que el Cliente los haya pagado y pueda comprobar la propiedad de estos, por lo que se compromete a velar por que sean utilizados única y exclusivamente por FIBERNET. La infracción a esta obligación por parte del Cliente dará lugar a que FIBERNET pueda terminar este Contrato en forma inmediata y sin responsabilidad de FIBERNET, la cual podrá recoger el equipo y demás infraestructura que haya instalado para la prestación de los servicios.
DECIMOCUARTO: Inspección
Para los efectos de inspección, arreglo o reparación de las instalaciones o infraestructura propiedad de FIBERNET así como para retirarla, el Cliente permitirá a los trabajadores o contratistas de FIBERNET, el libre acceso al lugar en donde estén instalados los aparatos, demás accesorios y dispositivos asociados al servicio. El personal encargado deberá estar debidamente identificado. Las inspecciones en sitio serán practicadas, previo aviso, en días y horas hábiles, salvo que el Cliente autorice que se realicen durante fines de semana, días feriados o en otro horario.
DECIMOQUINTO: Cuenta de usuario:
Para iniciar la prestación de los servicios contratados, el Cliente acepta, reconoce y acuerda que deberá crear una cuenta de usuario en la página web que FIBERNET le indicará oportunamente. Esta cuenta estará inicialmente relacionada con la dirección de correo electrónico del Cliente. Desde la página, el Cliente podrá realizar todas las gestiones relacionadas con el Servicio objeto de este Contrato. La gestión de esta cuenta y de cualquier contraseña que sea necesaria será responsabilidad exclusiva del Cliente. El Cliente debe notificar de inmediato a FIBERNET de cualquier cambio en su dirección de correo electrónico.
DECIMOSEXTO: Lugar o medio para recibir notificaciones:
Toda notificación que deban de hacerse entre las partes, se tendrá por bien hecha si la misma es entregada en los siguientes medios: a) FIBERNET: Su domicilio social arriba indicado, con copia vía correo electrónico a xxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxx.xxx b) El Cliente: Correo electrónico, fax o domicilio indicado en el Anexo 1 de este Contrato. Ambas Partes se comprometen a comunicar en forma inmediata a la otra Parte cualquier cambio en su medio para recibir notificaciones.
DECIMOSÉPTIMO: Eventualidad de cualquier nulidad parcial:
Si por cualquier causa llegare a decretarse la nulidad o invalidez de alguna de las cláusulas del presente contrato, eso no será motivo de nulidad de la totalidad del este Contrato, el cual tendrá plena validez y eficacia entre las partes.
DECIMOCTAVO: Legislación y jurisdicción aplicable:
Este Contrato y sus anexos presentes y futuros se regirán por las leyes de la República xx Xxxxx Rica. Sin perjuicio del reclamo administrativo que el Cliente puede interponer, primeramente ante FIBERNET y posteriormente ante SUTEL, de conformidad con la CLÁUSULA UNDÉCIMA de este Contrato, todas las controversias o diferencias que pudieran relacionarse con o derivarse de este contrato, de su ejecución,
liquidación o interpretación; se resolverán por la vía arbitral, de conformidad con el Reglamento de Arbitraje del Centro de Conciliación y Arbitraje de la Cámara de Comercio de Costa Rica (“CCA”), a cuyas normas las partes se someten en forma incondicional. El Tribunal Arbitral estará compuesto por un miembro, designado por el CCA, quien decidirá en Derecho. El Centro de Conciliación y Arbitraje de la Cámara de Comercio de Costa Rica será la institución encargada de administrar el proceso arbitral.
DECIMONOVENO: Fecha cierta:
Se autoriza a las partes a comparecer ante el Notario Público de su elección a poner razón de fecha cierta o protocolizar el presente contrato con previo aviso a la otra parte.
VIGÉSIMO: Caso fortuito y fuerza mayor:
Las partes quedarán exentas de responsabilidad por cualquier incumplimiento del presente contrato que se deba a razones de caso fortuito o fuerza mayor comprobada. Para los efectos de este Contrato, serán considerados como constitutivos de caso fortuito o de fuerza mayor, únicamente aquellos eventos imprevistos que escapan al control razonable o que no son posibles resistir de una de las partes que incluye, pero no se limita a: desastres naturales, insurrecciones, disturbios, guerras u operativos militares o policiales, incendios, rayos, explosiones, terremotos, inundaciones, confiscación o cualquier otra acción adoptada por organismos gubernamentales.
VIGESIMOPRIMERO: Inviolabilidad de las comunicaciones:
FIBERNET protegerá la inviolabilidad, la intimidad y el secreto de la correspondencia, mensaje e información privada, de cualquier tipo, cursada a través de su sistema y, en ningún caso, autorizará la divulgación del contenido de dichas comunicaciones sin el consentimiento expreso de los interesados u orden de la autoridad judicial competente.
Este Contrato se firma en dos tantos originales, una para cada parte, y enteradas las partes de su contenido y alcance, lo aceptan y firman en la ciudad de San Xxxx, República xx Xxxxx Rica, el día [ ] de [ ] del año dos mil [ ]. El modelo de este Contrato se encuentra debidamente homologado por medio del Consejo de la Sutel número [ ] de las [ ] horas del [ ] del año 2016.
Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxx | |
Presidente | [ ] |
P.L.S.I. FIBERNET SOCIEDAD ANÓNIMA | Cliente |
□ | Básico | 30/10 Mbps | $75,00 |
□ | Plus | 50/15 Mbps | $99,00 |
□ | Ultra | 100/30 Mbps | $149,00 |
ANEXO 1 – INFORMACIÓN DEL CLIENTE Y DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO:
Información de Fibernet: | Razón social: P.L.S.I. FIBERNET, cédula jurídica: 3- 101-703823, domicilio: San Xxxx, San Xxxx, barrio Xxxxx, xxxxxxx 00, xxxxxx 00 y 15, número 1314, edificio Teral 2, teléfono: 800-GOFIBER (000-0000000), página web: xxx.xxxxxxxxxx.xxx, correo electrónico: xxxxxxx@xxxxxxxxxx.xxx | |||||
Nombre completo o razón social del Cliente | ||||||
Número de cédula jurídica (solo si es una sociedad) | ||||||
Domicilio social (solo si es una sociedad) | ||||||
Nombre del representante legal (solo si es una sociedad) | ||||||
Número de cédula o pasaporte | ||||||
Correo electrónico | ||||||
Teléfono | 506- | |||||
Fax | 506- | |||||
Domicilio | ||||||
Tarifa del servicio | EE.UU.$ | |||||
Medio escogido para recibir notificaciones | ||||||
¿Desea que FIBERNET guarde sus datos personales únicamente para efectos de este Contrato? | SÍ | NO | ||||
¿Desea recibir información con promociones de FIBERNET? | SÍ | NO | ||||
Servicio, plan y tarifa de Transferencia de Datos – Modalidad Acceso a Internet contratado * | □ Residencial □ Corporativo | |||||
□ | Básico | 100/50 Mbps | $375,00 | |||
□ | Profesional | 100/100 Mbps | $795,00 | |||
□ | Élite | 250/250 Mbps | $1.585,00 | |||
□ | Turbo | 500/500 Mbps | $2.325,00 |
Precio de instalación* | □ Residencial: $200,00 □ Corporativo: $500,00 |
Precio de alquiler de equipo terminal * | $1.00 mensual |
Precio de visita de soporte imputable al Cliente (a partir de la segunda visita injustificada en un mismo mes) * | □ Residencial: $25,00 □ Corporativo: $100,00 |
Precio de reconexión imputable al Cliente * | $25,00 |
Valor de reposición del equipo terminal * | $100,00 |
Características del equipo terminal entregado por FIBERNET | |
Direcciones IP entregadas al Cliente | □ Residencial: 4 direcciones IP privadas dinámicas □ Corporativo: 2 direcciones IP públicas semiestáticas |
Firma del Cliente o representante legal | Firma de funcionario de FIBERNET |
Fecha: | Fecha: |
* De conformidad con el artículo 20, 27 y 28 del RPUF, Fibernet notificará al Cliente, con un mes calendario de anticipación, de cualquier cambio en las tarifas, precios y cargos que le afecte y el Cliente, en caso de no estar de acuerdo, podrá terminar este Contrato sin penalización alguna. La lista vigente de paquetes y precios se puede consultar en xxxx://xxx.xxxxxxxxxx.xxx
ANEXO 2 - ACUERDO DE NIVELES DE SERVICIO (“SLA”)
Servicio de Transferencia de Datos – Modalidad Acceso a Internet
Los niveles de calidad de servicio arriba incluidos se resumen en la siguiente tabla:
Parámetro | Residencial | Empresarial | |
Sobresuscripción a nivel local o internacional | 1:1 | 1:1 | |
Retardo | Local | 5- Datos al mejor esfuerzo 70ms | 5- Datos al mejor esfuerzo 70 ms |
Internacional | 5- Datos al mejor esfuerzo 280ms | 5- Datos al mejor esfuerzo 280ms | |
Pérdida de paquetes a nivel local o internacional | 5- Datos al mejor esfuerzo 5% | 5- Datos al mejor esfuerzo 5% | |
Throughtput a nivel local o internacional | Todos los paquetes: 80% | Pequeñas y medianas empresas 85% | |
Grandes empresas 90% | |||
Corporativo 95% |
Fibernet cuenta también con un centro de atención al cliente, con horario de atención: i) vía telefónica de lunes a viernes de las ocho horas a las diecisiete horas al número 800-GOFIBER (800-4634237) y ii) vía correo electrónico con disponibilidad 24 horas al día, 7 días a la semana, 365 días al año a la dirección: xxxxxxx@xxxxxxxxxx.xxx
El tiempo de resolución de xxxxxxx es de tres horas y de una hora para solución de disconformidades.
La prestación de servicios y demás facilidades incluye la activación, desactivación, así como la reconexión y su umbral de cumplimiento no deberá exceder 1 (un) día hábil cuando exista infraestructura disponible. En caso de no existir disponibilidad inmediata de infraestructura, el plazo no deberá exceder los 30 días hábiles y cuando se requiera la ampliación o construcción de infraestructura de fibra óptica, este plazo no deberá exceder los 45 días hábiles.