PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES DE LA CONTRATACION
PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES DE LA CONTRATACION
ARTICULO 1°. PROCEDIMIENTO DE LA CONTRATACIÓN.
El presente llamado a Licitación Pública se convoca en los términos del Régimen de Compras y Contrataciones vigente para el Sistema de Compras Electrónicas de la Provincia de Buenos Aires, en adelante “PBAC”, haciendo uso de la facultad que prevé el artículo 4º del Decreto 167/20 y en un todo de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 10, 17 y concordantes de la Ley N° 13.981, artículos 10, 17 apartado 3 inciso h) y concordantes del Anexo I del Decreto N° DECTO-2019-59-GDEBA- GPBA, Resolución Conjunta N° 20/17 del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros y N° 92/17 del Contador General de la Provincia de Buenos Aires, Resolución N° RESOL-2017-5-E-GDEBA- CGP, Resolución N° RESOL-2018-547-GDEBA-CGP y Resolución N° RESOL-2019-76-GDEBA-CGP
de la Contaduría General de la Provincia de Buenos Aires que aprueba el Pliego de Bases y Condiciones Generales para la Contratación de Bienes y Servicios, y el presente Pliego de Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas.
ARTICULO 2°. OBJETO DE LA CONTRATACIÓN.
Esta Licitación Pública tiene por objeto la contratación de un servicio integral de alquiler y mantenimiento de equipos multifunción digital con provisión de insumos y repuestos, a excepción del papel, a instalarse en dependencias de este Ministerio de Gobierno y el mantenimiento de equipos multifunción propios ya instalados, conforme lo estipulado en el presente Pliego de Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas Básicas.
R. | Cant. | Descripción | Cod. Nom. |
1 | 5568 | Servicio de alquiler con mantenimiento e insumos de DOSCIENTOS TREINTA Y DOS (232) equipos multifunción digitales MENSUALES, nuevos sin uso, a instalar en dependencias de este Ministerio, según Anexo I adjunto, incluyendo la asistencia técnica y provisión de repuestos e insumos (tóner, revelador, cilindros, etc.) necesarios para el normal funcionamiento de los equipos (no incluye la provisión de papel), con una visita mensual obligatoria de mantenimiento y las necesarias ante desperfectos de los equipos, dentro de las 48 horas de solicitado el Servicio. Los equipos deberán cumplir con las Especificaciones Técnicas Básicas. Al inicio del contrato y al inicio del segundo año de contrato deberá entregarse un kit de TRES (3) toners originales y UNA (1) unidad de imagen. | 8917-0001 |
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R. | Cant. | Descripción | Cod. Nom. |
2 | 48 | Alquiler y mantenimiento de DOS (2) equipos duplicadoras digitales MENSUALES, nuevos sin uso, a instalar en Casa Central de la Dirección Provincial del Registro de las Personas, Imprenta; según Anexo II adjunto. Incluye la asistencia técnica y provisión de repuestos e insumos (tóner, revelador, cilindros, etc.) necesarios para el normal funcionamiento de los equipos (no incluye la provisión de papel), con una visita mensual obligatoria de mantenimiento y las necesarias ante desperfectos de los equipos, dentro de las 48 horas de solicitado el servicio. | 8917-0001 |
3 | 7320 | Servicio de alquiler y mantenimiento de TRESCIENTOS CINCO (305) equipos multifunción digitales MENSUALES, nuevos sin uso, a instalar en dependencias de este Ministerio, según Anexo III adjunto, incluyendo la asistencia técnica y provisión de repuestos e insumos (tóner, revelador, cilindros, etc.) necesarios para el normal funcionamiento de los equipos (no incluye la provisión de papel), con una visita mensual obligatoria de mantenimiento y las necesarias ante desperfectos de los equipos, dentro de las 48 horas de solicitado el servicio. Los equipos deberán cumplir con las Especificaciones Técnicas Básicas. Al inicio del contrato y al inicio del segundo año de contrato deberá entregarse un kit de TRES (3) toners originales y UNA (1) unidad de imagen. | 8917-0001 |
4 | 1272 | Servicio de mantenimiento de CINCUENTA Y TRES (53) equipos multifunción digitales monocromáticos MENSUALES, propiedad del Ministerio de Gobierno, marca Ricoh, modelos MP402SPF, MP501SPF y MP601SPF, instalados en las dependencias indicadas en el Anexo IV adjunto. Incluye la asistencia técnica y provisión de repuestos e insumos (tóner, revelador, cilindros, etc.) necesarios para el normal funcionamiento de los equipos (no incluye la provisión de papel), con una visita mensual obligatoria de mantenimiento y las necesarias ante desperfectos de los equipos, dentro de las 48 horas de solicitado el servicio. | 2372-14 |
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R. | Cant. | Descripción | Cod. Nom. |
5 | 600 | Servicio de mantenimiento de VEINTICINCO (25) equipos multifunción digitales a color MENSUALES, propiedad del Ministerio de Gobierno, marca Ricoh modelos MP407SPF, instalados en las dependencias indicadas en el Anexo V adjunto. Incluye la asistencia técnica y provisión de repuestos e insumos (tóner, revelador, cilindros, etc.) necesarios para el normal funcionamiento de los equipos (no incluye la provisión de papel) con una visita mensual obligatoria de mantenimiento y las necesarias ante desperfectos de los equipos, dentro de las 48 horas de solicitado el servicio. | 2372-14 |
6 | 720 | Servicio de mantenimiento de TREINTA (30) equipos multifunción digitales monocomaticos MENSUALES, propiedad del Ministerio de Gobierno, marca Lexmark modelos MX317dn y MX417de, instalados en las dependencias indicadas en el Anexo VI adjunto. Incluye la asistencia técnica y provisión de repuestos e insumos (tóner, revelador, cilindros, etc.) necesarios para el normal funcionamiento de los equipos (no incluye la provisión de papel), con una visita mensual obligatoria de mantenimiento y las necesarias ante desperfectos de los equipos, dentro de las 48 horas de solicitado el servicio. | 2372-14 |
ARTICULO 3°. MONTO ESTIMADO DE LA COMPRA.
A los efectos pertinentes se establece que el monto estimado de la compra asciende a la suma de pesos ciento noventa y ocho millones novecientos dos mil cuatrocientos ($ 198.902.400,00).
ARTICULO 4°. PLAZO DE ENTREGA.
La duración del Contrato será desde el primer día del mes siguiente a la formalización de la contratación, y por un período total de veinticuatro (24) meses, con opción a una prórroga de un (1) año más a partir de su finalización.
ARTICULO 5°. COMPETENCIA JUDICIAL.
Ante cualquier cuestión judicial que pudiera suscitarse en torno al presente procedimiento de selección y perfeccionamiento del contrato conforme Ley N° 13.981, ambas partes quedan sometidas a la competencia de los Juzgados en lo Contencioso Administrativo de la Provincia de Buenos Aires del Departamento Judicial de La Plata renunciando a cualquier otro fuero o jurisdicción (Artículo 6º xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones Generales).
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ARTICULO 6°. PUBLICIDAD.
El llamado a Licitación Pública para la contratación objeto de la presente se publicará y comunicará de acuerdo con lo establecido en los artículos 15 y 16 de la Ley N° 13.981 y Decreto Reglamentario N° DECTO-2019-59-GDEBA-GPBA.
A tal efecto, se deja constancia que la apertura de ofertas se realizará electrónicamente mediante el PBAC, el día……… de…………………………. de 2020, a las horas.
ARTICULO 7°. DESCARGA XXX XXXXXX.
Los Pliegos de Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas se encuentran a disposición de los interesados para su consulta y descarga en forma gratuita en el portal xxxxx://xxxx.xxx.xxx.xxx.xx y en el link de la página web de la Gobernación de la Provincia de Buenos Aiires xxxxx://xxxxxxxx.xxx.xxx.xx/xxxxxxxx/xxxxxxxxxxxxxx. En el primer caso, podrán descargar el Pliego quienes hubieren cumplido con el procedimiento de registración, autenticación y autorización como usuario externo de PBAC.
ARTÍCULO 8°. CONSULTAS.
Quienes se encuentren acreditados y que hubieran cumplido con el procedimiento de autenticación y registración como usuario proveedor podrán formular consultas sobre los Pliegos de Condiciones Particulares, hasta tres (3) días previos a la fecha establecida para la apertura de ofertas, sin computar el día de la apertura. Las consultas se podrán realizar a través de Pbac, mail oficial de proveedores a xxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxx.xxx.xxx.xxx.xx, o por nota enviada a la Dirección de Compras y Contrataciones del Ministerio de Gobierno, xxxxx 0 x/00 x 00, xxxxxxx xxxx, xxxxxxx 000, en el horario de 9:00 a 15:00.
Se difundirá y notificará x xxxxxx del PBAC, el sitio de internet de la Provincia de Buenos Aires y el Boletín Oficial, las circulares aclaratorias y modificatorias que se emitan de oficio o como respuesta a consultas, en este último caso sin indicar el autor de la consulta.
ARTICULO 9. DOMICILIOS Y NOTIFICACIONES.
Los avisos, citaciones, notificaciones, intimaciones, así como cualquier tipo de comunicaciones que efectúe el Ministerio en el marco de la Ley N° 13.981, serán practicados digitalmente en el domicilio electrónico establecido en el Registro de Proveedores y Licitadores conforme lo dispuesto en el artículo 12° de la Ley N° 13.981 y Decreto Reglamentario N° DECTO-2019-59-GDEBA-GPBA, y Resoluciones Nº 713/16 y RESOL-2019-76-GDEBA-CGP de la Contaduría General de la Provincia de Buenos Aires.
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ARTICULO 10. CÓMPUTO DE PLAZOS.
Todos los plazos deben computarse en días hábiles administrativos. La presentación en un día inhábil se entenderá realizada en la primera hora del día hábil siguiente.
ARTICULO 11. IMPUGNACIÓN XXX XXXXXX.
El Pliego de Bases y Condiciones podrá ser impugnado a partir del día siguiente a su publicación, y hasta el día inmediatamente anterior a la apertura de ofertas.
La impugnación xxx xxxxxx deberá ser presentada en la Dirección de Compras y Contrataciones del Ministerio de Gobierno, xxxxx 0 x/00 x 00, xxxxxxx xxxx, xxxxxxx 000, en el horario de 9:00 a 15:00 y se formalizará acompañando una garantía equivalente al tres (3%) por ciento del monto estimado de la compra. En ningún caso suspenderá el procedimiento. De la impugnación articulada se dará intervención a los Organismos de Asesoramiento y Control en forma simultánea, quienes se expedirán en un plazo xx xxxx (10) días. La impugnación será resuelta en el acto por le que se apruebe el procedimiento, o se deje sin efecto.
Será requisito de admisibilidad de la impugnación xxx Xxxxxx la acreditación de la garantía que deberá constituirse mediante cualquiera de las formas establecidas en el Artículo 19°, apartado 2, del Decreto N° DECTO-2019-59-GDEBA-GPBA, reglamentario de la Ley 13.981. Téngase presente que en este caso no se exige garantías en efectivo.
Los importes correspondientes a las garantías de impugnación serán reintegrados al impugnante, si la impugnación es resuelta favorablemente.
ARTICULO 12. CONDICIONES PARA SER OFERENTE.
Se encuentran habilitadas para ofertar las personas humanas o jurídicas con capacidad para obligarse que hayan iniciado el trámite de inscripción en el Registro de Proveedores y Licitadores al momento de la apertura de ofertas.
Es condición para la adjudicación que el proveedor acredite en las actuaciones administrativas respectivas que se encuentra inscripto en el Registro de Proveedores y Licitadores en el rubro correspondiente al objeto de la contratación y con credencial vigente expedida por la referida autoridad.
Asimismo, se deberá cumplir con los requisitos previstos para la presentación de la oferta conforme artículo 4° xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones Generales para la Contratación de Bienes y Servicios.
Admisibilidad de ofertas de proponentes no inscriptos:
Podrán ser admitidas ofertas de proponentes no inscriptos en los casos previstos en el último párrafo
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del punto I, del apartado 3, del artículo 11 del del Anexo I del Decreto N° DECTO-2019-59-GDEBA- GPBA.
ARTICULO 13. PERSONAS NO HABILITADAS PARA CONTRATAR.
No pueden presentarse en los procedimientos de selección:
1) Los que no puedan ejercer el comercio de acuerdo a la legislación vigente.
2) Las sociedades cuyos directores, representantes, socios, síndicos, gerentes registren condena firme por la comisión de delitos penales económicos y contra la Administración Pública. En todos los casos hasta diez (10) años de cumplida la condena.
3) Las sociedades integradas por personas humanas y/o jurídicas cuyos miembros del Directorio, Consejo de Vigilancia, Síndicos, Gerentes, Socios, Representantes o apoderados sean agentes y/o funcionarios, bajo cualquier forma de modalidad contractual, de la Administración Pública Nacional, Provincial o Municipal.
4) Las sociedades de la Sección IV de la Ley General de Sociedades N° 19.550, excepto para el caso de contrataciones encuadradas en el artículo 18, inciso 1) de la Ley 13.981.
5) Las sociedades que se encuentren suspendidas o inhabilitadas en el Registro Proveedores de la Provincia de Buenos Aires.
6) Las personas jurídicas e individualmente sus socios o miembros del Directorio, según el caso, que hayan sido sancionadas con suspensión o inhabilitación por parte de alguno de los Poderes Ejecutivo, Legislativo o Judicial, los órganos creados por la Provincia de Buenos Aires o las empresas y sociedades del Estado, mientras dichas sanciones sigan vigentes.
7) Las personas humanas que hayan sido sancionadas con suspensión o inhabilitación por parte de alguno de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, los órganos creados por la Provincia de Buenos Aires o las empresas y sociedades del Estado, mientras dichas sanciones sigan vigentes.
8) Las personas humanas o jurídicas en estado de quiebra o liquidación.
9) Los evasores en el orden nacional o provincial con sentencia firme y los deudores morosos previsionales o alimentarios declarados tales por autoridad competente.
10) Las personas humanas y los miembros del Directorio, Consejo de Vigilancia, Síndicos, Gerentes, Socios, Representantes o apoderados de sociedades que tengan parentesco hasta dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad con funcionarios de la administración provincial centralizada o descentralizada que tengan la facultad de decidir sobre el proceso de selección del oferente.
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A los efectos de evaluar esta inhabilidad, se establecen los funcionarios con facultades decisorias: Ministra de Gobierno, Xxxxx Xxxxxx Xxxxxx; Subsecretaria Técnica Administrativa y Legal, Xxxxx Xxxxx Xxxxxxxxxx; Director General de Administración, Xxxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxxx.
Funcionarios que intervienen en el procedimiento de selección: De la Subdirección de Servicios Auxiliares, Xxxxxxxx Xxxxxxxxx: i) elevando el requerimiento de adquisición; Director de Compras y Contrataciones, Xxxxx Xxxxx Xxxxxxx: ii) elaborando los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares y las Especificaciones Técnicas; Ministra de Gobierno, Xxxxx Xxxxxx Xxxxxx: iii) aprobando los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares y las Especificaciones Técnicas, iv) autorizando el respectivo llamado a contratación y vi) adjudicando la contratación a la oferta más conveniente; Director General de Administración, Xxxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxxx, v) respondiendo consultas aclaratorias o modificatorias de los Pliegos de Bases y Condiciones. Miembros de la Comisión de Preadjudicación: Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx, DNI 00.000.000, Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx, DNI 00.000.000 y Xxxxxxxx Xxxxxxxxx, DNI 00.000.000.
11) Será condición para presentarse en toda licitación o contratación en la que sea parte el Estado Provincial, acreditar el cumplimiento de las obligaciones fiscales referidas a los impuestos sobre los ingresos brutos, inmobiliarios y automotores, según Resolución Normativa Nº 55/20 de la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires.
Si en dicha oportunidad se verificara la existencia de deuda exigible correspondientes a los periodos no prescriptos, que no supere el monto establecido en el artículo 134 de la Ley 14200 (Texto según Ley 14880) o aquel que en el futuro lo sustituya, al momento de la Preadjudicación la jurisdicción contratante intimará al pre adjudicatario a la cancelación total en el plazo de tres (3) días, bajo apercibimiento de tener desistida la oferta. La Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires reglamentará el modo y las condiciones de aplicación del presente artículo.
Las personas que deseen presentarse en un procedimiento de selección deben presentar conjuntamente con la oferta una declaración jurada en la que conste expresamente que no se encuentran incursas en ninguna de las inhabilidades previstas. Sin perjuicio de lo expuesto, la Comisión de Preadjudicación podrá verificar la veracidad de los datos en cualquier etapa del procedimiento.
La falsedad de los datos implicará la pérdida de las garantías y la suspension del oferente por el plazo máximo previsto en el presente régimen. Si la falsedad fuera detectada durante el plazo de cumplimiento del contrato, el adjudicatario se hará pasible de la aplicación de las sanciones previstas para la rescisión del contrato por causas imputables al contratista.
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ARTÍCULO 14. CONDICIONES DE LA OFERTA.
Este proceso de compra no acepta cotizaciones parciales, en cuanto a que un oferente puede cotizar un renglón y otro no, atento a la necesidad de poder cubrir la totalidad de los servicios solicitados, no aceptando, a su vez, cotizaciones parciales dentro de cada renglón.
Las ofertas deberán ser cotizadas en PESOS ($) indicando el precio unitario, el total por renglón y el total general.
A los efectos del Impuesto al Valor Agregado (IVA), la Provincia de Buenos Aires reviste la calidad de exenta por lo tanto en la propuesta económica, el interesado no deberá discriminar el importe correspondiente a la incidencia de este impuesto, debiendo incluirse el mismo en el precio cotizado.
El precio cotizado será considerado el precio final que debe pagar el organismo contratante por todo concepto.
ARTICULO 15. CONTENIDO DE LA OFERTA.
El contenido de la oferta deberá acreditar por si sólo el cumplimiento de los requisitos formales detallados a continuación:
Deberá cumplir con los requisitos previstos en el artículo 4° xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones Generales para la Contratación de Bienes y Servicios aprobado por RESOL-2019-76-GDEBA-CGP.
Toda la documentación anexada a la oferta en el sistema PBAC, deberá estar firmada y sellada en todas sus hojas por el representante legal de la firma.
Requisitos administrativos:
1) La indicación de los domicilios real, legal que se fije en la Provincia de Buenos Aires y electrónico del oferente. Este último será el provisto por el Registro de Proveedores de la Provincia, de acuerdo a lo establecido en las Resoluciones N° 263/16 y 713/16 de la Contaduría General de la Provincia y la indicación de un número telefónico de contacto. Requiere documentación electrónica. Ver Anexo “Denuncia de Domicilio”.
2) Acreditar su inscripción o haber dado inicio al trámite de inscripción en el Registro de Proveedores y Licitadores de la PBA, en el Rubro 73 - Servicios de Produccion y Fabricacion Industrial, Subrubro 150000 - Servicios de apoyo a la fabricación y Rubro 81 - Servicios de Investigacion y Cientificos, Subrubro 110000 - Servicios informáticos. Requiere documentación electrónica. Generar archivo en formato PDF denominado “Credencial Registro de Proveedores PBA”.
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3) El oferente deberá suscribir una Declaración Jurada donde manifieste:
a) La inexistencia de las causales de inhabilidad previstas en el artículo 16, apartado 3 del Anexo I del Decreto N° DECTO-2019-59-GDEBA-GPBA y artículo 13 del presente.
b) Conocer todos y cada uno de los aspectos y las condiciones establecidas en el Pliego de Bases y Condiciones Generales, Pliego de Condiciones Particulares y Pliego de Especificaciones Técnicas.
c) Que ante cualquier cuestión judicial que pudiera suscitarse en torno al presente procedimiento de selección y perfeccionamiento del contrato, ambas partes quedan sometidas a la competencia de los Juzgados en lo Contencioso Administrativo de la Provincia de Buenos Aires del Departamento Judicial de La Plata, renunciando a cualquier otro fuero o jurisdicción (Artículo 6º Pliego de Bases y Condiciones Generales).
d) Que no fue demandada por la Provincia de Buenos Aires o sus entidades descentralizadas por causas fiscales o contractuales.
e) Que no utiliza ni utilizará mano de obra infantil, en ninguno de los segmentos de sus procesos de fabricación o producción.
Requiere documentación electrónica. Ver Anexo “Declaraciones Juradas”.
4) Declaración del número de cuenta corriente o caja de ahorro, en moneda nacional, operativa en el Banco de la Provincia de Buenos Aires, de la cual fuera titular, indicando el número de Sucursal. Generar archivo en formato PDF denominado “Número de Cuenta Banco de la Provincia de Buenos Aires”.
5) Certificado extendido por el Ministerio de Trabajo en el cual conste que el oferente no mantiene conflictos gremiales ni laborales con su personal (Certificado Ley N° 10.490). Requiere documentación electrónica. Generar archivo en formato PDF denominado “Certificado Ley 10.490”.
6) Certificado emitido por el Banco Central de la República Argentina, en su central de información por número de CUIT, donde se acredite situación 1. Requiere documentación electrónica. Generar archivo en formato PDF denominado “Certificado BCRA”.
7) Constancia de inscripción en AFIP y en el impuesto de los ingresos brutos local o convenio multilateral. Este último con sus tres (3) últimas Declaraciones Juradas y pagos correspondientes. Requiere documentación electrónica. Generar archivo en formato PDF denominado “Inscripciones Afip e Ingresos Brutos”.
8) Estructura Operativa: Las empresas oferentes deberán contar con Capacidad Técnica acorde a la magnitud de la provisión contratada, y disponer de una infraestructura de servicio técnico acorde a
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las tareas que se le encarguen.
Consideraciones relativas al Soporte, Servicio Técnico y obligaciones propias de la Garantía de Buen Funcionamiento. El Oferente deberá disponer de:
• Tiempo mínimo (20 días) y máximo (40 días) en el cual se instalarán los equipos ofrecidos en alquiler, en la totalidad de las oficinas, teniendo en cuenta el inicio del período de la contratación.
• Capacidad para llevar a cabo el servicio conexo solicitado.
• Personal técnico acreditado por el fabricante de los equipos a alquilar en los renglones 1, 2 y 3, que garantice la suficiente idoneidad para efectuar el servicio, por lo cual, el Adjudicatario deberá acompañar dichos certificados o avales de aptitud.
• Stock de repuestos equivalente al 5% (cinco por ciento) de insumos y partes.
• Servicio de emergencia que garantice la atención de reclamos en los horarios solicitados.
• Los referidos requerimientos implican un mínimo de exigencias respecto a una estructura, para realizar el Servicio Técnico requerido.
Requiere documentación electrónica. Generar archivo en formato PDF denominado “Estructura operativa”.
9) Los oferentes deberán cumplimentar las exigencias previstas por la Ley N° 13.074 y el Decreto N° 340/04 en forma previa al dictado del acto administrativo de adjudicación por parte de la autoridad competente.
Requisitos económicos:
1) La oferta económica por cada uno de los renglones detallados en el presente Pliego de Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas, la que debe consignar el precio unitario, el total por renglón y el total general. Se debe consignar el precio neto, es decir, con sus descuentos e incluyendo impuestos.
2) A los efectos de acreditar su capacidad económica cada oferente deberá presentar los Estados Contables del último ejercicio cerrado con anterioridad a la fecha de apertura de la presente Licitación, con firma del Informe de Auditoría certificado por ante el Consejo de Ciencias Económicas de la jurisdicción del contador interviniente con la estampilla original correspondiente. Cuando el último Estado Contable anual tenga una antigüedad mayor de seis (6) meses respecto del mes de apertura de las ofertas, deberá presentarse un informe de ventas de dicho período, con un Informe sobre las variaciones cualitativas y cuantitativas operadas en ese lapso de tiempo, emitido por
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Contador Público, con firma certificada por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas. Requiere documentación electrónica. Generar archivo en formato PDF denominado “Estados Contables”.
Para el caso de personas humanas, se deberá presentar una manifestación de bienes, deudas e ingresos por los últimos doce (12) meses, emitida por Contador Público, con firma certificada por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas. Requiere documentación electrónica. Generar archivo en formato PDF denominado “Manifestación de Bienes, Deudas e Ingresos”.
3) Del último Estado Contable presentado, deberán surgir los siguientes parámetros: PATRIMONIO NETO: No menor al monto anual de la oferta cotizada.
PROMEDIO DE VENTAS MENSUALES: deberá acreditarse un promedio de ventas que sea como mínimo cuatro (4) veces el valor mensual de la oferta para la presente contratación.
INDICE DE SOLVENCIA: Patrimonio Neto / Pasivo Total: Igual o mayor a 1.
INDICE DE LIQUIDEZ CORRIENTE: Activo Corriente / Pasivo Corriente: Igual o mayor a 1.
El cálculo de los parámetros solicitados deberá estar firmado por quien detente la firma de la entidad oferente.
Requiere documentación electrónica. Generar archivo en formato PDF denominado “Parámetros Estados Contables”.
Requisitos técnicos:
1) ANTECEDENTES COMERCIALES: Los oferentes deberán acreditar antecedentes de dos (2) años en el rubro de provisión de alquiler y mantenimiento de equipos similares a los requeridos y/o de al menos tres (3) años en el rubro de venta de impresoras y equipos tecnológicos, con Organismos de la Administración Pública Nacional, Provincial o Municipal. Para el caso de antecedentes en el alquiler, los equipos deberán contar con características similares a las requeridas en la presente contratación, en cuanto a la cantidad de máquinas (igual o superior) y la posibilidad de la empresa de hacer frente a la logística del servicio a los fines de cubrir la totalidad de las dependencias involucradas en cada renglón, a partir de los distintos lugares de asentamiento.
Para su acreditación se deberán presentar mínimo dos (2) órdenes de compra otorgadas por los organismos y/o certificaciones de servicio emitidas por los mismos, en las cuales consten los datos solicitados, cantidad de equipamiento, perfectamente verificables. Requiere documentación electrónica. Generar archivo en formato PDF denominado “Antecedentes Comerciales”.
2) Los oferentes deben acreditar ser Representantes de la marca de los equipos ofrecidos en alquiler, acreditando indefectiblemente esta condición con una antigüedad no menor a dos (2) años,
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a fin de asegurar que el personal sea especializado, que posean stock de todos los repuestos y que estos estén garantizados en la República Argentina. Requiere documentación electrónica. Generar archivo en formato PDF denominado “Certificado de Representación”.
3) La marca ofrecida para alquiler de equipos, deberá contar con certificaciones ISO 9001 según Sistema de Gestión de Calidad e ISO 14.001 según Sistema de Gestión Ambiental, establecidos por la Organización Internacional de Normalización. Requiere documentación electrónica. Generar archivo en formato PDF denominado “Certificado de Gestión de Calidad”.
ARTICULO 16. PRESENTACIÓN DE LA OFERTA
Quienes hubieren descargado el Pliego de Condiciones Particulares conforme a las pautas establecidas en el artículo 7° del presente, podrán formular las ofertas correspondientes. La presentación de la oferta se hará a través de la plataforma PBAC, cumpliendo todos los requerimientos exigidos en el Pliego de Condiciones Generales, Pliego de Condiciones Particulares, Especificaciones Técnicas y sus Anexos, adjuntando todos y cada uno de los documentos solicitados en ellos en soporte electrónico. Asimismo, los documentos deberán ingresarse en el sistema PBAC en formato PDF, no pudiendo superar cada uno los 20 MB.
Los documentos que por sus características deban ser presentados en soporte papel serán individualizados en la oferta y entregados en la Dirección de Compras y Contrataciones del Ministerio de Gobierno, sita en xxxxx 0 x/00 x 00, Xxxxxxx xxxx, xxxxxxx 000, xx xx Xxxxxx xx Xx Xxxxx, desde la fecha de publicación en el portal xxxxx://xxxx.xxx.xxx.xxx.xx, en el Boletín Oficial y en el sitio web de la Provincia de Buenos Aires, hasta la fecha y hora establecida para la apertura de ofertas.
Toda documentación que se acompañe y que sea requerida en los pliegos, deberá encontrarse redactada en idioma castellano o en su defecto deberá acompañar la traducción realizada por un traductor oficial.
A fin de garantizar su validez, la oferta electrónicamente cargada deberá ser confirmada por el oferente, lo cual podrá realizarlo únicamente a través de un usuario habilitado para ello, conforme lo normado en el artículo 3 del Anexo Único de la Resolución Conjunta Nº 20/17 del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros y N° 92/17 de la Contaduría General de la Provincia.
ARTICULO 17. FALSEAMIENTO DE DATOS.
El falseamiento de datos contenidos en la oferta dará lugar a la inmediata exclusión del OFERENTE, sin lugar a la devolución de la garantía de mantenimiento de Oferta que se hubiere constituido. Si la falsedad fuere advertida con posterioridad a la contratación, será causal de rescisión por culpa del contratista, con pérdida de la garantía de Cumplimiento de Contrato y sin perjuicio de las demás responsabilidades que pudieren corresponder.
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ARTICULO 18. LUGAR Y PLAZO DE ENTREGA. VISITAS
El servicio se prestará desde el primer día del mes posterior a la formalización de la contratación y por un plazo de veinticuatro (24) meses, con opción a una prórroga de un (1) año más a partir de su finalización, en las dependencias detalladas en el Anexo A de estas Condiciones Particulares.
No obstante no ser un requisito para la cotización la visita a las dependencias donde se instalarán los equipos, ni tampoco a donde se encuentran instalados los equipos propios, los oferentes interesados en relizar visitas podrán solicitar la coordinación de las mismas, comunicándose al teléfono 0000- 0000000/2 de 10 a 14 horas, debiéndose dar aviso al menos 96 horas antes de la apertura, a fin de informar a los encargados de cada dependencia.
ARTICULO 19. GARANTÍA DE LA OFERTA.
Los oferentes deberán formalizar e individualizar la garantía de mantenimiento de oferta en el formulario electrónico de PBAC. El original del instrumento deberá ser presentado en la Dirección de Compras y Contrataciones del Ministerio de Gobierno, sita en xxxxx 0 x/ 00 x 00 Xxxx 0 Xxxxxxx 000 xx xx Xxxxxx xx Xx Xxxxx, hasta un plazo máximo de veinticuatro (24) horas computado a partir del acto de apertura. La fecha de emisión del instrumento de garantía no podrá exceder del día y hora de apertura de ofertas.
El monto de la garantía de mantenimiento de oferta deberá ser equivalente al cinco (5%) por ciento del valor total de la oferta, de conformidad con lo prescripto en el artículo 19 de la Ley N° 13.981, artículo 19 Apartado 1 a) del Anexo I del Decreto Reglamentario N° DECTO-2019-59-GDEBA-GPBA y artículo 19 xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones Generales para la Contratación de Bienes y Servicios. La falta de presentación de la garantía producirá la desestimación de la oferta sin más trámite.
ARTICULO 20. FORMAS DE CONSTITUCIÓN.
La garantía de mantenimiento de oferta se deberá constituir en las formas y condiciones detalladas en el artículo 19, apartado 2 del Anexo I del Decreto Nº DECTO-2019-59-GDEBA-GPBA.
ARTICULO 21. PLAZO DE MANTENIMIENTO DE LA OFERTA.
La oferta formulada en los términos del Artículo 17°, apartado 4) del Decreto N° DECTO-2019-59- GDEBA-GPBA, reglamentario de la Ley 13.981, tiene un plazo de vigencia de treinta (30) días hábiles desde el acto de apertura.
Si el oferente no manifestara en forma fehaciente su voluntad de no renovar la garantía de mantenimiento de oferta con una antelación mínima xx xxxx (10) días anteriores al vencimiento del plazo, aquella se considera tácitamente mantenida por un lapso igual al inicial.
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Manifestado el retiro de la oferta, ésta pierde vigencia al completarse el plazo que se encuentre corriendo.
El desistimiento en otras condiciones, se encuentra sujeto a las penalidades.
En caso de resultar adjudicatario/s, la garantía de oferta se prolongará hasta la constitución de la Garantía de Cumplimiento de Contrato.
ARTICULO 22. ACTA DE APERTURA.
El acto de apertura de ofertas se efectuará a través del PBAC, liberándose las ofertas en el día y hora establecidos en el presente pliego, formulándose electrónicamente el Acta pertinente con los siguientes requisitos:
a) Xxxxx, hora, e identificación de la contratación;
b) Número de orden asignado a cada oferta;
c) Monto de cada oferta y sus variantes;
d) Nombre del oferente y número de C.U.I.T.;
e) Xxxxx y forma de la garantía cuando corresponda su presentación. Ninguna oferta puede ser desestimada en el acta de apertura.
ARTICULO 23. DICTAMEN DE PREADJUDICACIÓN.
Las ofertas serán analizadas por una Comisión de Preadjudicación.
La Comisión de Preadjudicación evaluará en cada oferta el cumplimiento de los requisitos exigidos por la normativa vigente y los establecidos en los Pliegos de Bases y Condiciones Generales, Particulares y Especificaciones Técnicas, la aptitud de los oferentes para contratar, los aspectos formales, legales, económicos, forma de cotización y técnicos de cada oferta.
El cuadro comparativo de precios será confeccionado automáticamente por PBAC tomando la información que surja de la cotización de las ofertas presentadas en el sistema.
En el Acta que se emita como consecuencia de su dictamen, se indicará si hay ofertas inadmisibles, explicando los motivos y disposiciones aplicables, siguiendo igual procedimiento en caso de ofertas manifiestamente inconvenientes. Se dejará constancia de la evaluación de las observaciones que se hayan efectuado y se consignarán los fundamentos normativos de la recomendación aconsejada en el dictamen.
La Comisión emitirá su dictamen mediante PBAC dentro de cinco (5) días hábiles contados desde la fecha de apertura de las propuestas indicando el orden de mérito de las ofertas que hayan sido
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aceptadas en el proceso de selección en forma fundada. Dicho plazo se suspenderá por el requerimiento de informes técnicos o por la intimación a subsanar defectos formales, cursada a los oferentes. La Comisión deberá intimar al oferente, bajo apercibimiento de desestimar la oferta, a subsanar deficiencias insustanciales de su oferta dentro del término que se fije en la intimación. Asimismo se dejará constancia de la evaluación de las observaciones efectuadas y de la recomendación sobre las ofertas habilitadas, indicando los productos y/o servicios a incluir, y el precio unitario de cada ítem a proveer por cada oferente.
Es condición para la adjudicación que el proveedor acredite en las actuaciones administrativas respectivas que se encuentra inscripto en el Registro de Proveedores y Licitadores en el rubro correspondiente al objeto de la contratación y con credencial vigente expedida por la referida autoridad.
El dictamen de evaluación de las ofertas se notificará a todos los oferentes por avisos mediante mensajería de PBAC, en el domicilio electrónico declarado por los proveedores de acuerdo a los términos y condiciones establecidos en la Resolución N° 713/16 del Contador General de la Provincia de Buenos Aires.
ARTÍCULO 24. CONOCIMIENTO DE LAS CONDICIONES.
La presentación de la oferta importa, de parte del oferente, el pleno conocimiento de toda la normativa que rige el procedimiento de selección, la evaluación de todas las circunstancias, la previsión de sus consecuencias y la aceptación en su totalidad de las bases y condiciones estipuladas, como así también la de las circulares con y sin consulta que se hubieran emitido, sin que pueda alegar en adelante su desconocimiento.
ARTICULO 25°. INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA.
Para la evaluación de las ofertas, la Comisión de Preadjudicación, podrá requerir de los oferentes la información complementaria que estime necesaria para el cumplimiento de su cometido sin que ello afecte el derecho de igualdad entre ellos, ni altere los términos de las ofertas presentadas.
ARTICULO 26. CESE DEL PROCEDIMIENTO.
El organismo contratante puede dejar sin efecto el procedimiento de contratación en cualquier momento anterior al perfeccionamiento del contrato, sin lugar a indemnización alguna en favor de los interesados u oferentes.
ARTICULO 27. IMPUGNACIÓN DE LA PREADJUDICACIÓN.
El dictamen de preadjudicación se notifica electrónicamente a los oferentes haciéndoles saber el derecho a tomar vista de las actuaciones y a formular impugnaciones dentro del plazo de tres (3)
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días hábiles desde la notificación.
Los interesados podrán impugnarlo, debiendo previamente presentar en forma física la garantía de impugnación ante la Dirección de Compras y Contrataciones del Ministerio de Gobierno, Xxxx 0x Xxxxxxx 000, sita en xxxxx 0 x/ 00 x 00 xx xx Xxxxxx xx Xx Xxxxx, en el horario de 09:00 a 15:00. En el caso que se encuentren vigentes las prescripciones del Decreto Nacional Nº 297/2020 respecto al aislamiento social preventivo y obligatorio, deberán enviar la garantía requerida por correo electrónico official de Proveedores del Estado Provincial a xxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxx.xxx.xxx.xxx.xx; postergando su entrega física en hasta un plazo de tres (3) días a partir del cese de las prescripciones del mencionado decreto y sus prórrogas, en el Ministerio de Gobierno, en el lugar y horario indicados.
La garantía deberá constituirse por un tres (3%) por ciento del monto de la oferta del renglón o de los montos impugnados, de cualquiera de las formas establecidas en el Apartado 2 del artículo 19 del DECTO-2019-59-GDEBA-GPBA. Téngase presente que en este caso no se exige garantías en efectivo.
Si el Dictamen de Preadjudicación no aconsejare la aceptación de ninguna oferta, el importe de la garantía de impugnación se calculará sobre la base del monto ofertado por el impugnante por el renglón o renglones cuestionados. Los importes correspondientes a las garantías de impugnación serán reintegrados al impugnante si la impugnación es resuelta favorablemente.
ARTICULO 28. ADJUDICACIÓN.
La adjudicación será de forma total y conjunta, siguiendo el criterio de oferta más conveniente, teniendo en cuenta para ello el precio, la calidad, la idoneidad del oferente, los costos asociados de uso y mantenimiento presentes y futuros y demás condiciones de la oferta.
Previa vista o intervención de los Organismos de Asesoramiento y Control, se dictará el acto administrativo de adjudicación que se notificará, con sus fundamentos, dentro de los siete (7) días de emitido, al adjudicatario, a quienes hayan efectuado impugnaciones o deducido pretensiones que se resuelvan en ese acto administrativo y a todos aquellos que sean parte del procedimiento administrativo en trámite.
La notificación del acto de adjudicación, cita y emplaza al adjudicatario por el plazo de siete (7) días hábiles a la entrega física de la garantía de cumplimiento de contrato (artículo 30 de las presentes Condiciones Particulares) en la Dirección de Compras y Contrataciones del Ministerio de Gobierno, sita en calle 6 e/ 51 y 53, Piso 2°, Oficina 220, de la Ciudad de La Plata, en el horario de 09:00 a 15:00 hs.
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ARTICULO 29. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO.
El Cocotratante deberá integrar la garantía de cumplimiento de contrato utilizando los formularios correspondientes en Pbac, presentando la documentación original de la garantía en el plazo y forma establecido en este Pliego de Condiciones Particulares.
Integrada la garantía de cumplimiento de contrato, éste se perfecciona con la notificación de la Orden de Compra al domicilio electrónico del adjudicatario.
Todos los documentos que integran el contrato se consideran explicativos, pero en caso de existir discrepancias se seguirá el siguiente orden de prelación:
1) La Ley N° 13.981;
2) Las disposiciones del Decreto Reglamentario DECTO-2019-59-GDEBA-GPBA;
3) El Pliego de Bases y Condiciones Generales;
4) El Pliego de Bases y Condiciones Particulares, sus Especificaciones Técnicas y circulares dictadas de oficio o como respuesta a consultas;
5) La oferta y las muestras que se hubieren acompañado;
6) La adjudicación;
7) La orden de compra.
ARTICULO 30. GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO.
El cocotratante deberá integrar la garantía de Cumplimiento de Contrato utilizando los formularios correspondientes en PBAC, presentando la documentación original dentro de los siete (7) días posteriores a la notificación del acto administrativo de adjudicación en la sede de la Dirección de Compras y Contrataciones del Ministerio de Gobierno, Casa de Gobierno, xxxx 0x, xxxxxxx 000, xxxxx 0 x/00 x 00 xx xx Xxxxxx xx Xx Xxxxx.
Esta garantía será equivalente al diez (10%) por ciento del valor total de la adjudicación a favor del Ministerio de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires.
La constitución de esta Garantía de Cumplimiento de Contrato podrá realizarse en cualquiera de las formas previstas en artículo 19 de la Ley N° 13.981 artículo 19 apartado 2 del Anexo I del Decreto Reglamentario N° DECTO-2019-59-GDEBA-GPBA.
La falta de presentación de la garantía de Cumplimiento de Contrato, dejará sin efecto la adjudicación al oferente sin más trámite, sin perjuicio de la ejecución de la Garantía de Oferta y la
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aplicación de Multas y Sanciones de acuerdo al Decreto Reglamentario N° DECTO-2019-59-GDEBA- GPBA.
ARTICULO 31. ORDEN DE COMPRA.
La Orden de Compra será enviada electrónicamente a través de PBAC al proveedor de acuerdo a lo normado en la Resolución N° 713/16 del Contador General de la Provincia de Buenos Aires, artículo 23 Ley N° 13.981 y Decreto Reglamentario N° DECTO-2019-59-GDEBA-GPBA.
ARTICULO 32. CUMPLIMIENTO CONTRACTUAL.
La obligación de ejecutar el contrato corresponde exclusivamente al proveedor adjudicado, quedando prohibida la cesión o subcontratación, salvo expreso consentimiento de la autoridad administrativa. Toda tercerización, subcontratación, delegación o interposición en contravención a la prohibición precedente determinará la responsabilidad solidaria del cocontratante y xxx xxxxxxx por las obligaciones emergentes del contrato.
La inobservancia de esta estipulación facultará a la Provincia de Buenos Aires a la rescisión unilateral del contrato por culpa del adjudicatario con pérdida de la garantía de cumplimiento de contrato, ello sin perjuicio de las demás acciones a que hubiere lugar.
ARTICULO 33. RESPONSABILIDAD DEL ADJUDICATARIO.
El/los contratantes se harán responsables de los daños y/o perjuicios que se originen por su culpa, dolo o negligencia, actos u omisiones de deberes propios o de las personas bajo su dependencia. Asimismo adoptarán todas las medidas y precauciones necesarias para evitar daños al personal que de él depende, a terceros vinculados o no con la contratación. El resarcimiento de los perjuicios que no obstante se produjeran, correrán por su exclusiva cuenta.
Deberán informar, inmediatamente de conocido, cualquier hecho o circunstancia que pudiera incidir en la normal prestación de los servicios relacionados al objeto de la presente contratación.
ARTICULO 34. PERSONAL DEL ADJUDICATARIO.
El personal afectado por el proveedor para el cumplimiento de las obligaciones emergentes de este proceso, y/o las relaciones jurídico contractuales generadas con terceros al efecto, carecerán de relación alguna con el Ministerio de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires y/o Jurisdicciones o Entidades de la Provincia de Buenos Aires. Dicho personal no adquiere por esta contratación ningún tipo o forma de relación de dependencia con la Provincia de Buenos Aires.
Correrán por cuenta del proveedor todas las responsabilidades emergentes de la relación laboral con el personal que este emplee para el cumplimiento del objeto de este procedimiento. Queda bajo la exclusiva responsabilidad del proveedor el cumplimiento en el pago de impuestos, salarios, cargas
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sociales, seguros y todas las obligaciones y responsabilidades resultantes de la relación laboral que existan o pudieren surgir durante la vigencia del Contrato como así también todo accidente de trabajo que ocurra a su personal o a terceros vinculados o no con la satisfacción del objeto contratado. Ténganse presentes los alcances de la Ley 24.557 y lo establecido en los artículos 33° y 35°.
ARTICULO 35. SEGUROS. GENERALIDADES.
El adjudicatario será único responsable de contratar los seguros exigidos por la normativa vigente vinculados al objeto de la contratación (ART y de Seguro de Vida Obligatorio de la totalidad del personal), quedando la Provincia de Buenos Aires exenta de toda responsabilidad respecto de cualquier siniestro que se produjera durante la prestación del objeto de la presente contratación.
ARTICULO 36. CASO FORTUITO. FUERZA MAYOR.
El cocontratante tendrá la obligación de cumplir las prestaciones por sí en todas las circunstancias, salvo caso fortuito o de fuerza mayor, no imputables a él, de tal gravedad que tornen imposible la ejecución del contrato. El caso fortuito o fuerza mayor deberá ser puesto en conocimiento a la Dirección de Compras y Contrataciones del Ministerio de Gobierno, dentro de los diez (10) días hábiles de producido. Si el vencimiento fijado para el cumplimiento de la obligación fuera inferior a dicho plazo, la comunicación deberá efectuarse antes de las veinticuatro (24) horas del vencimiento.
La documentación probatoria de los hechos que se aleguen deberá presentarse a la autoridad citada dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha en que se puso en conocimiento la existencia del caso fortuito o fuerza mayor. Cuando el impedimento le conste, el organismo comitente, en caso que el procedimiento de selección se haya instrumentado de forma centralizada, podrá eximir al proveedor de la obligación de cumplir las prestaciones. Transcurridos los plazos mencionados caducará todo derecho al respecto. Todo conforme artículo 8 inciso c) del Anexo I del Decreto N° DECTO-2019-59-GDEBA-GPBA.
ARTICULO 37. PENALIDADES Y SANCIONES.
Los oferentes o cocontratantes podrán ser pasibles de las penalidades y sanciones previstas en el artículo 24º de la Ley N° 13.981 y artículo 24º, apartados 1, 2 y 3 del Decreto Reglamentario N° DECTO-2019-59-GDEBA-GPBA:
ARTICULO 38. INCUMPLIMIENTO.
El incumplimiento de las obligaciones contraídas por los oferentes, preadjudicatarios o adjudicatarios dará lugar a la aplicación de las penalidades y sanciones previstas por los artículos 24 y 25 del Anexo I del Decreto N° DECTO-2019-59-GDEBA-GPBA.
En el supuesto de haberse constatado el incumplimiento de las obligaciones por parte del contratista
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durante la ejecución del contrato, la administración podrá dictar el acto administrativo que decida la aplicación de las penalidades correspondiente, ello aun cuando el tiempo de su materialización el contrato se encontrara extinguido.
Los incumplimientos del personal de la contratista con motivo o en ocasión del servicio que desarrollen, serán considerados imputables a la adjudicataria y pasibles de las correspondientes sanciones en el marco de la normativa vigente.
ARTICULO 39. PAGO.
El pago será efectuado de acuerdo a las disposiciones contenidas en el artículo 23 Inciso III, “Facturas y Pago” del Decreto N° DECTO-2019-59-GDEBA-GPBA y artículos 30 y 31 xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones Generales (Resolución N° RESOL-2019-76-GDEBA-CGP del Contador General de la Provincia de Buenos Aires).
ARTICULO 40. PENALIDADES ESPECÍFICAS A LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO.
En el caso de disconformidad y/o inconvenientes en el desarrollo de la prestación del servicio por parte de alguno de sus integrantes, por una parte o por el todo del servicio contratado, se pondrá en conocimiento de tal circunstancia a EL PRESTADOR, el cual, sin atenuantes, procederá a la normalización del servicio, ya sea mediante cambio inmediato en los equipamientos defectuosos, el personal involucrado en la asistencia ante eventos o instrumentando las medidas tendientes a tal fin de plena conformidad por el Comitente.
EL PRESTADOR tendrá responsabilidad patrimonial por los elementos robados y/o hurtados y/o dañados que se produzcan por negligencia y/o culpa y/o dolo.
Cuando EL PRESTADOR cumpliere parcialmente o dejare de cumplir con el servicio contratado o el mismo no resultare satisfactorio a solo juicio de la repartición, hecho que resultar acreditado por el Comitente mediante inspecciones y/o denuncia de cualquiera de las autoridades de las Dependencias mediante notificaciones fehacientes del/de los incumplimientos con detalle de los mismos al adjudicatario con copia a la Dirección de Compras y Contrataciones, EL PRESTADOR se hará pasible de las sanciones previstas en el Decreto N° DECTO-2019-59-GDEBA-GPBA.
Se deja establecido que el Comitente a su solo juicio, podrá rescindir el contrato ante reiterados incumplimientos o faltas graves. Entiéndase por falta grave, el abandono de servicio y/o desobediencia a las instrucciones y/o falta de denuncia de los hechos cometidos.
Sin perjuicio de ello, se hará pasible de la siguiente sanción punitoria:
40.1. Sanción Punitoria por Incumplimiento Parcial de los Trabajos, en el tiempo y/o en forma y/o en los resultados según lo establecido en las Especificaciones Técnicas Básicas: Desde cinco
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décimos por ciento (0,5%) hasta cinco por ciento (5 %) sobre el monto mensual contratado por cada hecho en cada Dependencia y con un total acumulable de hasta el cuarenta por ciento (40 %) considerándose que si el monto es superior, existe incumplimiento total.
40.2. Sanción Punitoria por Incumplimiento en tiempo de respuesta ante un evento - Especificaciones Técnicas Básicas: cinco décimos por ciento (0,5%) sobre el monto mensual contratado, por evento.
La La aplicación de esta multa se realizará mediante disposición del Director General de Administración y se efectivizará sobre la facturación del mes siguiente al acto sancionatorio.
ARTICULO 41. PROCEDIMIENTO DE REDETERMINACION DE PRECIOS
Conforme las disposiciones establecidas en el artículo 7, punto g de la Ley 13.981 y Decreto DECTO-2019-59-GDEBA-GPBA, los precios de los contratos podrán ser redeterminados, siempre que medie solicitud del contratista, cuando los costos de los factores principales que componen la estructura de costos estimada, reflejen una variación promedio ponderada superior en un CINCO POR CIENTO (5%) a los costos o al surgido de la última redeterminación de precios, según corresponda.
Los precios de los contratos se redeterminarán a partir del primer día del mes en que los costos de los factores principales que los componen hayan adquirido la variación que supere el límite indicado anteriormente y sólo sobre la parte del contrato no cumplido a esa fecha.
Deberá evaluarse la variación de los índices que se detallan en la estructura de costos que se indica a continuación. Para determinar esta variación, se tomará el índice correspondiente al mes de apertura de ofertas o el de la última redeterminación de precios aprobada según corresponda y el último índice publicado al momento de la solicitud. La solicitud será realizada ante la CONTADURÍA GENERAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES.
RUBRO | INCIDENCIA | REFERENCIA |
Mano de Obra y Cargas Sociales | 30,00% | CCT N° 130/75 - Empleados de Comercio Categoría Empleado Auxiliar B. |
Insumos y repuestos | 45,00% | Índice de Precios Internos al por Mayor (IPIM) - Productos Importados. |
Amortización | 15,00% | Índice de Precios Internos al por Mayor (IPIM) - Nivel General. |
Otros Gastos | 10,00% | Índice de Precios Internos al por Mayor (IPIM) - Nivel General. |
TOTAL | 100,00% |
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El Precio Vigente (PV) será el de la apertura de ofertas o el último redeterminado, según corresponda.
La Variación Verificada se corresponde con el porcentaje de variación al que se arriba en función de la estructura de costos precedente.
El nuevo precio redeterminado (PN) surgirá de la aplicación de la siguiente fórmula:
Precio Nuevo = (0,80 * PV * variación verificada) + PV
100
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ESPECIFICACIONES TECNICAS BASICAS PARA LOS RENGLONES 1 y 3
Equipo Multifunción B&N Cantidad: 537
Especificar | ||
Marca del Equipo: | ||
Modelo del Equipo: | ||
Características generales: | - Deberá permitir la administración del equipo mediante un browser, verificar su estado, configuración, destinos, etc. - Tareas de impresión, copiado y digitalización de imágenes. - Deberá incluir la provisión de un software de reconocimiento de textos (OCR). - Panel de control/Pantalla táctil accesible al usuario. | |
Características de la Impresora | - Tecnología de impresión: Electrofotográfica (Laser/Led - Fijación térmica de Tóner). - Resolución nativa: mínimo 600 x 600 dpi. | |
Velocidad | Mínima 40 ppm. | |
Procesador/Memoria | Mínimo 1 GHz /Memoria mínima 1 GB. | |
Disco duro: | Opcional. | |
Conectividad | - Ethernet 10/100/1000 Base-TX (Rj45), USB 2.0 de alta velocidad o superior – USB Host para impresión directa, Wifi802.11 b/g/n integrado. | |
Manejo de Papel | - Bandeja de Entrada: Mínimo de 250 hojas. - Bandeja de salida: Mínimo de 250 hojas, ampliable a 2.000 como mínimo. - Tamaño de papel soportados: (76 x 127 mm a 216 x 356 mm) A4, A5, B5, C5, Legal, Oficio. (No se aceptarán equipos que soporten tamaños superiores a los especificados). | |
Lenguajes de impresión | - PCL5 o compatible superior. - PCL6 o compatible superior. - Post Script Nivel 3 o compatible superior. | |
Volumen mensual recomendado | 5.000 a 15.000 páginas. | |
Ciclo de trabajo estimado | Mínimo 250.000 páginas. | |
Características Escaner | - Escáner plano Color, con carga automática del alimentador de documentos. - Doble faz automática. - Alimentador de documentos: mínimo 50 hojas. - Rango de Reducción/Ampliación: 25-400%. - Tamaño del escaneo en cama plana: hasta 215.9 x 355.6 mm. - Tamaño del escaneo en alimentador: A4, legal. - Escaneo color. - Resolución nativa mínima: 600x600 dpi. - Velocidad de escaneo en b/n: mínimo 40 ppm. | |
Características de la copiadora | - Resolución nativa mínima: 600 x 600 dpi. - Tamaño de copia: - En cama plana: A4 mínimo. - En ADF: legal. - Velocidad de copia: Mínimo 40 ppm. |
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Funcionalidad de Fax incluida: | -Velocidad de transmisión: aprox. 3 seg. /página. -Velocidad del módem: 33.6 Kbps. | |
Software de contabilidad integrado: | - Contabilidad estándar (copiado, escaneo, fax y correo electrónico) - Habilitación de contabilidad de red con un mínimo de 1.000 usuarios y 500 cuentas de grupo. | |
Con el equipo se deberán proveer los drivers y software necesarios para su instalación bajo los sistemas operativos: | - Windows (10 Pro 64 bit., Server 2003 y posteriores 32 y 64 bit). - Linux (Enterprise Server 10, 11/Desktop 10, 11/Red Flag 6.0/Linpus 9.6/Debian etc.). - Apple OS X (XX.X). | |
Alimentación: | - La fuente de alimentación deberá estar en concordancia con las normativas eléctricas vigentes en la República Argentina. | |
Con el equipo se deberá proveer | - Cables de conexión al equipo PC. Manuales de usuario, cables de conexión al CPU y de alimentación. | |
Destinos de digitalización en formatos JPEG, JPG, PDF, TIFF, etc.: | - e-mail. - FTP. - USB. - Flash Drive. - Network. |
SERVICIO DE IMPRESIÓN, COPIADO Y SCANNEO GESTIONADO:
Mantenimiento preventivo y correctivo de toda la infraestructura, administración de incidentes, insumos y solicitudes de servicio técnico, y soporte a los usuarios del Ministerio de Gobierno que así lo requieran por parte de personal altamente entrenado del proveedor. En caso de que el Ministerio de Gobierno lo requiera se prestará una capacitación de hasta 4 personas sobre los equipos prestados en alquiler mediante personal certificado del fabricante de los equipos.
Servicio técnico e insumos excepto papel.
Contar con un monitoreo real de los equipos xx xxxxxx y consumibles. Servicio de soporte eficiente y proactivo.
Reducir el impacto medio ambiental con equipo de tecnología sustentable.
La solución de ser capaz de gestionar de manera proactiva toda la asignación de costos relacionada con impresión y copiado de los dispositivos.
La lectura de contadores será gestionada y/o automatizada por el proveedor, generando reportes en una plataforma/software a ser provista por el adjudicatario e instalada en oficinas de la Dirección de Informática, sita en xxxxx 0 xxxxxxx 00, 0x xxxx xx xx xxxxxx xx Xx Xxxxx.
Se debe contar con un modelo de monitoreo proactivo, que controle, mantenga y gestione el entorno de impresión, el proveedor debe contar con un centro de servicio preparado para satisfacer necesidades de los usuarios.
Todos los equipos deberán estar conectados a la red para monitoreo proactivo.
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La solución debe asegurar y contar con la posibilidad opcional de las siguientes funciones de escaneo: Escaneo seguro, Escaneo automático al email o folder del usuario, Procesamiento automático del trabajo escaneado según workflow pre definido, Seguimiento de todas las actividades de escaneo llevadas a cabo. Flujos de escaneo con completitud de metadata directamente desde el panel del dispositivo (que debe ser pantalla táctil color).
El sistema deberá poseer un set de herramientas de configuración y administración vía web, que permiten operar bajo un esquema de administración centralizada, tanto en el control de Usuarios, Equipos, como Reportes.
Toda la coordinación con el adjudicatario y lo relacionado a la supervisión del cumplimiento de las condiciones establecidas en la contratación, estarán a cargo de la Dirección de Informática del Ministerio de Gobierno, como así también será por la mencionada dirección por donde se canalizarán los reclamos.
RESIDUOS PELIGROSOS
Para el transporte, reciclado, tratamiento o disposición final de los cartuchos y tóner deberá cumplimentarse con la normativa que se detalla:
En el caso de proceder al tratamiento o disposición final de los cartuchos agotados, deberá presentar el Certificado de inscripción o la constancia de haber iniciado el trámite como generador de residuos peligrosos de acuerdo con la ley vigente.
Para el tratamiento o disposición final todos los sujetos intervinientes (generador, transportistas y operador), deberán cumplir con lo establecido en la Ley N° 24.051.
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ANEXO I Renglón 1: LUGARES DE INSTALACION
ORDEN | DOMICILIO DE INSTALACION |
1 | La Xxxxxx - Xxxxxxx Xxxxxxxx 308 - Partido de San Xxxxxxx - Bs. As. |
2 | Xxxxx Xxxxxx - Xxxxxxx Xx. Xxxx Xxxxxxxx 000 - Partido xx Xxxxxxx - Xx.Xx. |
3 | Capitán Xxxxxxxxx - Xxxxxxx Xxxxx y Planes 746 |
4 | Santa Xxxxx - Belgrano 331 - Funciona en Municipalidad - Partido de San Xxxxx - Bs. As. |
5 | San Xxxxx - Ayacucho e Ituzaingo, San Xxxxx |
6 | Mercedes - 841 nº 2504 |
7 | San Xxxxxxx - Italia 95 |
8 | Dirección de Personal – Casa de Gobierno – Planta Baja – calle 6 e/51 y 53 – La Plata |
9 | Colón - 46 N° 1078 e/22 y 23 |
10 | General Arenales - 9 de Julio N° 46 |
11 | Ascensión - Av. San Xxxxxx y Libertad – Partido de Gral. Arenales. |
12 | Salto - Xxxxxx y Xxxxxxxxx (Centro Cívico) - Salto - Bs. As. |
00 | Xxxxxxxxx - Xx. Córdoba 209 – Partido de General Arenales. |
14 | Las Carabelas - Ejercito de los Andes entre Rivadavia y Colon – Partido xx Xxxxx |
15 | Xxxxxx Xxxxx - Xxxxxx y Avenida Xxxxxxx s/n - Partido xx Xxxxx - Xx.Xx. |
16 | El Socorro - Xxxxxx XXXX Nº 520 - Partido de Pergamino - Bs. As. |
17 | Pergamino - Florida 557 - 1° Piso. |
18 | Xxxxx - Xxxxxxx 345 |
00 | Xxxxxx xx Xxxxx - Xxxxxxxx 000 |
00 | Xxxxx - Xxxxxxxxx Xxx. Xxxxx N° 1165/1185 – Partido xx Xxxxxxx |
21 | Hospital Nuestra Xxx. xx Xxxxx - San Xxxxxx 1750 – Partido xx Xxxxx |
22 | Xxxx Xxxxx Xxxxxxxx - Xx. España esq. Flandria 1° Piso – Partido xx Xxxxx |
23 | Xxxxxxx Xxxxxx - Xxxxxxxx N° 326 – Nazarre 354 – Partido xx Xxxxxxx |
24 | Hospital Xxxxxxx Xxxxx - San Xxxxxxx 651 e/Xxxxx xx Xxxx y Gelves – Pdo. xx Xxxxxxx |
25 | Los Cardales- 25 xx Xxxx 123 - Exaltación de la Xxxx- |
26 | Xxxxxx Xxxxxxx - Santa Xxxx N° 1417 esq. Pailletti (Tortuguitas) (Xxx Xxxxx) |
00 | Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx - Xx. Xxxxxxxxxx N° 1470 – Partido xx Xxxxxxx |
28 | Xxxxxx - 19 xx xxxxx Nº 147 |
29 | Hospital San Xxxx - Xxxxxxx N° 573 – Partido xx Xxxxxxx |
30 | Lima - Calle 8 N° 535 - Partido xx Xxxxxx |
31 | Xxx Xxxx - French N° 1238 – Partido Xxx Xxxxx |
00 | Xxxxxxxx Xxxxxxxxxxxxx Xxxxxxx - Xx. Presidente Xxxxx 1500 – Derqui |
33 | Maquinista Xxxxx - Xxxxxxx (sur) N° 145 – Partido xx Xxxxxxx |
34 | Xxxxx – Xxxx 530 - Xxxxx |
35 | Xxxxxx - 19 xx Xxxxx 147 |
00 | Xxx Xxxxxx xx Xxxxx - Xxx Xxxxxx 000 |
37 | Ameghino - 9 de Xxxxx e/28 y 30 |
38 | Xxxxxxx - Xxxxxx 451 |
39 | 9 de Julio - Av. Mitre 2346 |
40 | Villa Belgrano - Primera Junta 720– Partido de Junín. |
41 | Xxxxxxx – Xxxxxxx Xxxx 000 |
42 | Xxxxxxx X. Xxxx - Xxxxxxxxxxxx y Xxxxxx Xxxxxx. |
43 | Xxxxx - X. Xxxxxxxx 85 |
44 | Cañuelas - Del Carmen N° 475 |
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45 | General Las Xxxxx - Las Xxxxx 835 |
46 | Pedernales - Avenida Keen S/N esquina San Xxxxxx (Funciona en Municipalidad) - Partido 25 xx Xxxx |
47 | Xxxxxxx - 22 N° 322 |
48 | Mechita - San Xxxxxx Nº 26 - Partido Xxxxxxx |
49 | Xxxxxxxx de la Xxxxxxx - Xxxxxx Xxxxxx xx Xxxxxx s/n – Partido de 25 xx Xxxx |
50 | Moquehua - Centro Comunitario Villarino N° 319 (ver N° 219) – Partido de Chivilcoy |
51 | Saladillo - Xxxxxxxxx 3045 |
52 | Xxxxx Xxxxx - Xxxxxxxxxx 1306 |
00 | Xxxxxxxx - Xxx Xxxxxx 000 |
54 | 25 xx Xxxx - Xxxxx 0 Xx 0000 e/30 y 31 |
55 | Lobos - Ayacucho 140 (Planta Alta) |
56 | Xxxxxxx – Xxxxxx Xxxxxxxxxx Nº 85 - Xxxxxxx |
57 | Xxxxxxxxx Xxxxxx - 1º Xxxxxxxxx Xxxxx 240/42 PB |
58 | Xxxxxx - Xxxxxxx 423 – Partido de Quilmes |
59 | Hospital Municipal Materno Infantil de San Xxxxxxxxx Xxxxxx "XX.X.XXXXX" - Xxxxx 000 Xx 0000 e/892 y 893 - Partido de Quilmes |
60 | Barrio Marítimo xx Xxxxxx – Galería Patio del Xxx Xxxxx 00 Xx 0000 – Xxxxxxxxxxx |
61 | La Florida - 844 Nº 737 |
62 | Berazategui Primera – 14 Nº 4520 |
63 | Xxxxxxxxx - España Nº 607 – Partido de Xxxxxxxx Xxxxxxxx |
64 | 30 xx Xxxxxx - Xxxxx Xxxxx Xxxx 241– Partido de Trenque Lauquen |
65 | Xxxxx Cazón - Gobernador Xxxxx y Xxxxx Xxxxx - ex estación del Ferrocarril – Partido Pehuajó |
66 | Xxxxxx Xxxxxxx - San Xxxxxx N° 190 esq. Xxxxx – Partido de Xxxxxx Xxxxxxx |
67 | Trenque Lauquen - Fray Justo Santa Xxxxx de Oro N° 70 esq. Villegas (Centro Cívico) - Partido de Trenque Lauquen |
68 | Gral. Xxxxxx - Xxxxxxxxx y San Xxxx Xxxxxxx– Partido de Gral. Alvear |
69 | Villa Italia Xxxxxxxx 648 – Partido de Tandil |
70 | Cacharí - Rivadavia 1699 – Partido de Azul |
71 | Hospital Xx. Xxxxxx Xxxx - Xxxxxxxxx 4057 – Partido xx Xxxxxxxxx |
72 | Tandil 25 xx Xxxx 650 – Partido de Tandil |
73 | Xxxxxxxxx - Belgrano 2867- Partido xx Xxxxxxxxx |
74 | Azul - Xxxxxxxx Xxxxxxxx 518 – Partido de Azul |
75 | Xxxxx Xxxxxxx - Xxxxxx 575 – Partido de Tandil |
76 | Bolívar - Av. San Xxxxxx 655 1° Piso- Partido xx Xxxxxxx |
77 | Xxxxxx Xxxxxxxx 50 e/Xxxxxx Xxxx y Blandengue – Partido xx Xxxxxx |
78 | Xxxxxxxx - Falucho 115 – Partido xx Xxxxxxxx |
79 | Gral. Belgrano - Xxxxxxx Xxxxxxxxx 000 – Partido de General Belgrano |
80 | San Xxxxxxxx - Calle 1 N° 1904 |
81 | Pila - 4 esq. 11 – Partido de Pila |
82 | General Xxxxxx - Xxxx X. Xxxxx N° 100 – Partido xx Xxxxxxxx |
83 | General Xxxxxxx - Xxxxxx de la Xxxxx N° 1188 Piso 1° - Partido de Gral. Lavalle |
84 | Gral. Xxxxx – Xxxxxxxx N° 460 e/X. Xxxxxx y 25 xx xxxx- Partido de Gral. Xxxxx |
85 | Labarden - San Xxxxxx 313 y Belgrano – Partido de Gral. Xxxxx |
86 | Mar de Ajó - Azopardo 82 – Partido de la Xxxxx |
87 | Maipú - Xxxxxx 476 – Partido de Maipú |
88 | Las Flores - Harosteguy 376 – Partido de Las Flores |
89 | Xxxx Xxxxx - Xxxxxxxx 616 e/ San Xxxxxx x Xxxxxxxx – Partido de Gral. Paz |
PLIEG-2020-28228620-GDEBA-DCYCMGGP
90 | Xxxxxxx Xxxxx - Xxxx. Paz 516 – Partido de Mar Chiquita |
91 | CDR Xxx xxx Xxxxx 20 de septiembre 1929 – Partido de Gral. Pueyrredón |
92 | Mechongué - Calle 9 e/ 12 y 14 s/n – Partido de Gral. Xxxxxxxx |
93 | Cte. Xxxxxxx Xxxxxxxx - San Xxxx y Bs As (CC Golondrina) – Partido de Gral. Xxxxxxxx |
94 | Santa Clara del Mar - Santa Xxxxxx e/Selva Negra y Montreal - Partido de Mar Chiquita |
95 | Xxx xxx Xxxxx - Av. Independencia 2846/48 - Partido de Gral. Pueyrredón |
96 | Hosp. Xxxxxxxx Xxxxxxxxxx - Xxxxxxxx N° 2450 - Xxx xxx Xxxxx – Partido Gral. Pueyrredón |
97 | Batán - Colectora N° 9506 – Partido Gral. Pueyrredón |
98 | Puerto - Acha N° 302 y El Xxxx - Xxx xxx Xxxxx – Partido de Gral. Pueyrredón |
99 | CDR Xxx xxx Xxxxx 20 de Septiembre 1929 |
100 | Pinamar - Av. Xxxx N° 87 of. 15 Piso 1° - Partido de Pinamar |
101 | Gral. Xxxxxxxxx - Mitre 866 e/Xxxxxxxxxx e Xxxxxxxx Xxxxxxxx – Partido de Gral. Madariaga |
102 | En Sede de Subdirección Zona XI - Independencia 2846 Planta alta |
000 | Xxxxx Xxxxxx - Xx. 5 e/Paseo 105 y 106 – Partido xx Xxxxx Xxxxxx |
000 | Xxxxxx Xx. Nueve de Julio N° 56 B – Partido de Tres Arroyos |
105 | De la Xxxxx -Xxxxxx X Xxxxxxx N° 152- Partido de Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx |
000 | Xxxxxxxx Xx. Xxxxxx Xxxxxxxx - Xx. 59 N° 4801 – Partido xx Xxxxxxxx |
107 | Xxxx Xxxxxxxxx - 33 y 26 s/n – Partido xx Xxxxxxxx |
108 | San Xxxxxx - Rivadavia e/San Xxxxxx y Belgrano – Partido xx Xxxxxxx |
109 | Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx - Xxxxxxx 240 – Partido de Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx |
000 | Xxxxxxxxx Xx. San Xxxxxx 490 esq. Independencia- Partido de Tres Arroyos |
111 | Quequén - 519 N° 2694 esq. 556 – Partido xx Xxxxxxxx |
112 | San Xxxxxx - Xxxxxx 305 – Partido de San Xxxxxx |
113 | Tigre - Cazón 1378 – Partido de Tigre |
114 | Villa Xxxxxxxx Colombia 284 – Partido de Xxxxxxx Xxxxx |
115 | San Xxxxxxxx - Belgrano 2112 – Partido de San Xxxxxxxx |
116 | Xxxxxxx Xxxxx (Olivos) - Xxxx xx Xxxxx 3163 – Partido de Xxxxxxx Xxxxx |
000 | Xxxxxxxxxx Xxx Xxxxxx - Xxxxx Xxxxx Xx 000 esq. Haedo– Partido de San Xxxxxx |
118 | Maternidad Santa Xxxx - Xxxxxx Xxxxx 4150 Florida – Partido de Xxxxxxx Xxxxx |
119 | Xxx Xxxxxxxx - X. X. xx Xxxxxx N° 1414 – Partido de Tigre |
120 | Xxxxxxxxx - Xxxxxx N° 2069 – Partido de Tigre |
121 | El Talar - Xxxxxxx y Las Xxxxx – Partido de Tigre |
122 | Olivos - Xxxx Xx Xxxxx 3161/63 1ºpiso – Partido de Xxxxxxx Xxxxx |
123 | Gral. Xxxxxxx - Sgo. Del Estero 262 – Partido de Tigre |
124 | San Xxxxxxxx 2° Virreyes - Av. Xxxxxxxxxx 4286 – Partido de San Xxxxxxxx |
125 | Hosp. Comunal de Tigre M – Alvear 1666 – Partido de Tigre |
126 | Hospital P. V. de Xxxxxxx Xxxxxxxx 1955- Partido de San Xxxxxxxx |
127 | Castelar - Xxxxx y Buenos Aires – Partido xx Xxxxx |
128 | Villa Xxxxx - Ascasubi N. 5951 – Partido Tres de Febrero |
000 | Xxxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx 0000 XX, Xxxx Xxxxxxx, Xxxxxxx de Tres de Febrero |
130 | Morón - N. Sra. Del Buen Viaje 470 – Partido xx Xxxxx |
131 | Xxxxx 19 de Noviembre n°80/82 e/ Rivadavia y La Paz – Partido xx Xxxxx |
132 | Villa Xxxxxxxxx - Gral. Paz 2618 – Partido Gral. San Xxxxxx |
133 | Caseros - Xxxxxxxxx 4660 – Partido Tres de Febrero |
134 | Hospital Posadas - Pte. Xxxxxx Xxxxx y Xxxxxxx Piso 6° Sector B – Partido xx Xxxxx |
000 | Xxxxxxxxxx - Xx. Xxxxxxx e/ Xxxxxxxx XXX y Caning Nº 4019 PB – Partido xx Xxxxxxxxxx |
136 | Hosp. Ostenciana Xxxxxxxxxx - Córdoba N° 755 - 2° piso sector maternidad - Partido Morón |
PLIEG-2020-28228620-GDEBA-DCYCMGGP
000 | Xxxxxxxx Xxxxxxxxx Xx. Xxxx Xxxxxxx - Xx. Pte. Xxxxx 2311 – Partido de San Xxxxxx |
138 | Hospital Bocalandro - Ruta 8 Km 20,5 N° 9100 – Partido de Tres de Febrero |
139 | Hospital Xxxxx Xxxxxxxx - Xxxxxxxx Xxxxxxxx 1051 Ciudadela – Partido de Tres de Febrero) |
140 | CDR San Xxxxxx - Belgrano 4279- San Xxxxxx |
000 | Xxx Xxxxxx - Xx. Pte. Xxxxx N° 1081 – Partido de San Xxxxxx |
000 | Xx Xxxxxxx - Xx. Xxxxxxx 575 – Partido xx Xxxxx |
143 | SANTA XXXXX Intendente Xxxxxx 0000 – Xxxxxxx xx Xxx Xxxxxx |
144 | Reg. Ciudadela - Lobato 604 y Xxxxx Xxxxx – Partido de Tres de Febrero |
000 | XXX Xxxxx - Xx. Argentina 1156 – Partido xx Xxxxx |
146 | CDR Xxxxx Avenida Argentina 1156 |
147 | Barrio Parque San Xxxxxx - Av. San Xxxxxx 2024, e/ Yapeyú y Pitágoras – Partido xx Xxxxx |
148 | Xxxxxx Xxx - Xxxxxxxxxx 77 – Partido de Xxxxxx Xxx |
000 | XXX Xxxxx - Xx. Argentina N° 1156 |
150 | Xxxxxxx Xxxxxx - Xxxx 200 "Xxxxxxx Xxxxxx" esq. Xxxxxxx – Partido xx Xxxxx |
151 | Pontevedra - De Los Españoles N° 4030 – Partido xx Xxxxx |
152 | Hospital Xxxxx Xxxxxx - Chubut 368 de San Xxxxxxx xx Xxxxx – Partido xx Xxxxx |
153 | Libertad - Xxxxx Xxxxx esq. España - Partido Xxxxx |
154 | Hospital Héroes de Malvinas - Xxxxxxx Xxxxxx 1910 – Partido xx Xxxxx |
155 | San Xxxxxxx xx Xxxxx - Xxxxxxxx 370 – Partido xx Xxxxx |
156 | Bahía Xxxxxx Xxxxxxxx 366 – Partido de Bahía Blanca |
157 | CDR Bahía Blanca Las Xxxxx 138 – Partido de Bahía Blanca |
158 | Xxxxx Xxxx (Xxxxxxxxx) - 28 N° 149 e/1 y3 – Partido xx Xxxxxxxxx |
159 | Xxxxxxxxxx - Los Pozos N° 148 – Partido de Xxxxxx xx Xxxxxxxxx |
160 | Hospital Xxxx Xxxxx - Xxxxxx N° 2401 – Partido de Bahía Blanca |
161 | Mayor Xxxxxxxxxx - Xxxxxx y 27 xx xxxxx N° 811 –Partido xx Xxxxxxxxx |
162 | Bahía Blanca Primera - Castelli 366 – Partido de Bahía Blanca |
163 | Xxxxx Xxxxxxx - Xxxxxxx N° 265 – Partido de Xxxxx Xxxxxxx |
164 | BAHIA BLANCA Las Xxxxx 138 |
165 | Xxxx Xxxxx - Xxxx Xxxxx N° 1702 – Partido de La Matanza |
166 | Xxxxxx Xxxxxxxx - Rep. De Portugal N° 2787 – Partido de La Matanza |
000 | Xxx Xxxxx - Xx. Xxxx X. Xxxxx N° 3549 |
000 | Xxx Xxxxx - Xx. Xxxx Xxxxxxx Xxxxx 0000 - Xxxxx. San Justo - La Matanza |
000 | Xxxxx Xxxxxx - Xx. Crovara 835 – Partido de La Matanza |
170 | Villa Xxxxxxxxx - Arieta N° 1040 – Partido de La Matanza |
171 | Hosp. Materno Infantil T. G. Laferrere - Av. Luro 656 1° Piso Of. 2 – Partido de La Matanza |
000 | Xxx Xxxxx Xxxxxxx , Xxxx. Xxxx Xxxxxxx Xxxxx N° 3549 – Partido de La Matanza |
173 | Ciudad Xxxxxx - Xxxxxxx Xxxxxx 1858 – Partido de La Matanza |
174 | CDR Laferrere Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx N° 5960 PB – Partido de La Matanza |
000 | Xxxxxx Xxxxxxxx - Xxxxxxxxx 0000 xxx. Comandante Xxxxxxx– Partido de La Matanza |
176 | Hosp. Gral. Simplemente Evita Xx. Xxxxxx 6310 KM 32 RUTA 3 – Partido de La Matanza |
000 | Xxxxxxxxx - Xxxxxx Xxxxx 0000 |
178 | Hosp. Balestrini - Camino de cintura y ruta 21 Ciudad Evita (La Matanza) |
179 | Hosp. Italiano "Xxxxxxx Xxxxx" (Privado)- Av. Pte. Xxxxx 2231 (San Justo - La Matanza) |
180 | Hosp.Gral. de Agudos Dr.Mayor X. Xxxxxxxxxx - B.Xxxx X.xx Xxxxx 5975 (Xxxxxx Xxxxxxx)-PB |
181 | Xxxxxx Xxxxxx - San Xxxxxx 35. |
182 | CDR SAN JUSTO Almafuerte 3271 e/ Perú y Mendoza 1° Piso |
183 | CDR SAN JUSTO Almafuerte 3271 e/ Perú y Mendoza 1° Piso |
184 | SAN JUSTO 1° Avda. Xxxx Xxxxxxx Xxxxx N° 3549 1° Piso |
185 | Xxxx Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxxx 57 1° piso( A media xxxxxx xx Xxxxxx ) - EZEIZA |
PLIEG-2020-28228620-GDEBA-DCYCMGGP
000 | Xxxxx Xxxxxx - Xxxxxxxxx 000 |
187 | CDR ALTE. XXXXX Xxxxxxxx 760 entre Gral. Roca y Mitre -Burzaco |
188 | Xxxx Xxxxxxx - Xxxxxxx N° 21 Esq. Tte. Xxxx (Xxxxxxx Xxxxxxxxxx) |
189 | El Xxxxxx - Xxxx Xxxxxxxxx esq. Rotta N° 402 (Xxxxxxx Xxxxxxxxxx) |
190 | La Unión - Argerich N° 376 y La Merced (Ezeiza) |
191 | Hosp. Xxxxx Xxxxxxxx - Xx. Xxxxxxx Xxxxxxx 55 esq. Matheu (San Xxxxxxx) |
000 | XXXXXXXX Xxxxx 0 Xx 000, x/00 x 00, Xxxxxxxx, Xxxx. xx Xxxxxxxxxx Xxxxx |
193 | Hosp. Xxxxx Xxxxxxx de Santa Marina - Xxxxxx y Xxxxxxx N° 350 - Monte Grande |
194 | Hosp. Xx. Xxxxxx Xxxxxxxx - Xxxxx Xxxxxxxx 1339 (Xxxxxxxxx Xxxxx) |
195 | CDR ALTE. XXXXX Xxxxxxxx 760 entre Gral. Roca y Mitre -Burzaco |
196 | 9 xx xxxxx (X. Xxxxxxxxxx) - Xxxxxxxx N° 1467 |
000 | Xxxxxx Xxxxxxx - Xxxxxxx 0000 (Xxxxx) |
198 | Burzaco - Etchegoyen 577 e/Xxxxxx y Xxxxxxx Xxxxxxx |
199 | Expedición de Partidas - 1 y 59 – La Plata |
200 | Xxxxxxx Xxxxxx - Xxxxxx e/Xxxxxxx Xxxxxx y Xx. Xxxxxxxxx Xxxxx |
000 | Xxxxxxx Xxxxxx - Xxx Xxxxx 000 |
202 | Gral. Xxxxxxxx - X. Xxxxx y Alem |
000 | Xxxxxxxxxx - Xx. Italia esq. Carranza |
000 | Xxxx Xxxxx - Xxx Xxxxxx 000 |
205 | CDR XXXX X. XXX R197 y PICHINCHA - Delegación Xxxx X. Xxx - X. X. Xxx |
206 | Los Polvorines - Rivadavia y Tacuarí N° 2297 |
207 | Ituzaingó - Mansilla N° 714 |
208 | Xxxxxx - Xxxxxxxxx Xxxxx N° 3188 |
209 | Hosp. L y M de la Xxxx (Xxxxxx) Av. Del Libertador N° 710 |
210 | Maternidad Xxxxxx xx Xxxxxxxx - Albatros 7225, B1736AEA Trujui |
211 | Barrio Xxxxxxxxx Xxxxxxx - Xxxxxx Rico y Xxxxxxxx (Xxxxxx) |
000 | Xxxxx Xxxxxxx - Xx. Xxxxxx Xxxxxx 3367 (Ituzaingó) |
213 | Xxxx X. Xxx - Xxxxx y Obes 5042 (Xxxx X. Xxx) |
000 | Xxxxxx Xxxxxxxx - Xx. Croacia 2612 1º - Partido de Xxxx X. Xxx |
215 | Tortuguitas - Xxxx Xxxxx Xxxxx N° 1100 (Malvinas Argentinas) |
000 | Xxxx xxx Xxx - Xx. 25 xx Xxxx N° 25 (Xxxxxx) |
000 | Xxxxx Xxxxx - Xx. Xxx Xxxxxx xx Xxxxx N° 1209 (Malvinas Argentinas) - PB |
218 | CDR XXXX X. XXX R197 y PICHINCHA - Xxxxx. Xxxx X. Xxx - X. X. Xxx |
219 | CDR XXXXX Xxxxxx Xxx 142 e/ Xxxx X. Xxxxx y Xx. Xxxx |
220 | CDR Xxxxx -Xxxxxx Xxx 142 e/ Xxxx X. Xxxxx y Xx. Xxxx |
221 | Xxxxx xx Xxxxxx - Laprida 642 |
000 | Xxxxx Xxxxxx - Xxxxxxxx Xx 0000 Xxx. La Rioja (Lanús) |
000 | Xxxx xx Xxxxxx - Xxxxxxx 000 - (Xxxxxx Xxxx) |
224 | Avellaneda - Lebenshon 947 (Avellaneda) |
225 | Xxxxx - Xxxxxx Xxx n 142 e/ Xxxx X. Xxxxx y Xx. Xxxx |
000 | Xxxxxxxx - Xx. Antártida Argentina 1781 (Xxxxx xx Xxxxxx) |
000 | XXXXX XX XXXXXX XXXXXXX 000 0x XXXX |
228 | Hosp. Xxx Xxxxxx - Xxxxx Xxxxxxx Xxxxx 1737 (Xxxxxxxxxx) |
229 | Hosp. Interzonal de Agudos Evita - Río de Janeiro 1910 Piso 2° (Lanús) |
230 | Xxxxxxxxxx - Lebenshon 947 Xxxxxxx |
231 | Reg. Xxxxx - Xxxxxx Xxxx 112 – Xxxxx |
232 | DIRECCION PROVINCIAL DE REFORMA POLITICA – La Plata Xxxxx 0 x 00 x 00 |
PLIEG-2020-28228620-GDEBA-DCYCMGGP
RENGLON 2: ESPECIFICACIONES TECNICAS BASICAS
ALQUILER CON MANTENIMIENTO DE DOS (2) EQUIPOS DUPLICADORES DIGITALES
Características técnicas:
• Velocidad de Impresión: 130 impresiones por minuto.
• Ciclo de trabajo hasta 30.000 mensual.
• Resolución de escaneo: 300 x 600 dpi.
• Tamaño de original: A3.
• Rangos de Reproducción: desde 140% a 70 %.
• Capacidad de Alimentación de Papel: 1 Bandeja de 1000 hojas. Se aceptará que el equipo contenga 2 (DOS) o más depósitos que sumen la misma cantidad especificada, debiendo quedar éstos incluidos dentro del precio como depósitos estándar.
• Interface: Ethernet 10/100 Base TX
• Gramaje de papel: 50 a 200 g/m2.
• Los equipos deberán conectarse a la RED.
Lugares de Instalación:
1 | Registro de las Personas - IMPRENTA - Calle 1 y 60 - 1° Subsuelo |
2 | Registro de las Personas - IMPRENTA - Calle 1 y 60 - 1° Subsuelo |
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RENGLON 3: LOCACIONES
ALQUILER Y MANTENIMIENTO DE EQUIPOS FOTOCOPIADORES MULTIFUNCION DIGITALES
305 EQUIPOS MULTIFUNCION MONOCROMATICOS | |||
ORDEN | LUGAR | LOCALIDAD | DIRECCION |
1 | BARADERO | BARADERO | Santa Xxxxx de Oro N° 450 |
2 | NODO CAPITAN XXXXXXXXX | CAPITAN XXXXXXXXX | Xxxxxxx Xxxxx y Planes 746 |
3 | VILLA XXXXXXX | XXXXXXX | Avenida San Xxxxxx S/N° y Av. Xxxxxxxxx Centro Cívico Municipal |
4 | XXXXXXX | XXXXXXX | Catamarca 940 esq. Av. Xxxxxxxxx Xxxxx |
5 | CID SAN XXXXXXX | SAN XXXXXXX | MAIPU N° 59 |
6 | SAN XXXXXXX | SAN XXXXXXX | ITALIA 95 |
7 | HTAL SAN XXXXXX | SAN XXXXXXX | Xxxxxx 30 (Planta Baja - Maternidad) de San Xxxxxxx |
8 | HOSPITAL SAN XXXXX | SAN XXXXX | Veinticinco xx Xxxx 1901 de San Xxxxx |
9 | SAN XXXXX | SAN XXXXX | AYACUCHO E ITUZAINGO |
10 | XXXXX | XXXXX | 46 N° 1078 E/ 22 Y 23 |
11 | HPTAL. SAN XXXX | PERGAMINO | LINIERS ESQ ITALIA |
12 | PERGAMINO | PERGAMINO | FLORIDA 557 |
13 | PERGAMINO (BARRIO XXXXXXX) | PERGAMINO | Xxxxxxx Xxxxxxxxxx Xx 000 |
14 | XXXXXX OBLIGADO | XXXXX | X. XXXXXXXXXX 127 |
15 | SALTO | SALTO | XXXXXX Y XXXXXXXXX |
16 | XXXXXXX | XXXXXXX | Xx. Xxxxxx Xxxxxxxxxx 85 |
17 | CAMPANA | CAMPANA | Belgrano Nº 36 entre Dellepiane y Xxxxx |
00 | Xxxxx xx Xxxxxxx | XXXXXXX | Xxxxxxx Xx000 |
00 | Xxxxx xx Xxxxxxx | XXXXXXX | Xxxxxxx Xx000 |
00 | XXXXX | XXXXXXX | Xxxxxxxxx Xxx. Xxxxx N° 1165/1185 |
21 | Hospital Xxxxxxx Xxxxx | GENERAL XXXXXXXXX | Xxxx y 25 xx xxxx de Gral. Xxxxxxxxx |
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22 | General Xxxxxxxxx | General Xxxxxxxxx | Int. Xxxxx y 9 de Julio |
23 | XXXXX | XXXXX | XXXXXXXXX 590 |
24 | XXXXX | XXXXX | Xxxx 530 |
25 | Xxx Xxxx | XXXXX | Xxxxxxx Xxxxxx 1238 |
26 | PRESIDENTE XXXXXX | XXXXX | Xx. xx Xxxx xx 000 |
27 | XXXXX XXXX | XXXXX | JD.XXXXX 670 |
00 | XXXXX | XXXXX | Xxxx X 000 xxxxxxx Xxxxxxxx |
29 | HOSPITAL XXXXXXX PRESIDENTE XXXXXX | XXXXX | XXXXXX Nº 821 |
30 | SAN XXXXXXX XX XXXXX | SAN XXXXXXX XX XXXXX | Xxxxxxx 761 |
31 | Hospital Zonal Gral. de A " Xxxxxx xxx Xxxxxx" | XXXXXX | Xx. Xxxxxx N° 1502 |
32 | XXXXXX | CHACABUCO | CHACABUCO Y AV BSAS |
33 | Chacabuco | CHACABUCO | 25 xx Xxxx y Xxxxxx |
34 | LOS TOLDOS | GENERAL XXXXXXXX | X.XXXXX 959 |
35 | BAIGORRITA | GENERAL XXXXXXXX | Xxxxxxx Xxxxxx 000 |
36 | VILLA BELGRANO | JUNIN | Primera Junta 720 |
37 | XXXXX | XXXXX | X. Xxxxxxxx 85 |
38 | Hosp. Zonal Gral. Ag. "Doctor Xxxxxxx Xxxxxxx" XXXXX | XXXXX | XXXXXXX 1084 |
39 | JUNIN | JUNIN | XXXXXXXX XXXXXXXX 85 |
40 | CORRESPONDENCIA - 1 y 59 al fondo | LA PLATA | AV. 1 Y 59 |
41 | XXXXX | XXXXXXX X. XXXX | DIAG XXXXXXX 56 |
42 | XXXXXXX | XXXXXXX | San Xxxxxx e/Dugan y Xxxxxxxxx |
00 | XXXXXXX | XXXXXXX | Xxxxxxx Xxxxxxx X. Xxxx 999 |
44 | 9 DE JULIO | NUEVE DE JULIO | Av. Mitre 2346 |
45 | XXXXXXX | NUEVE DE JULIO | DRO XXXXXX X XXXX 538 |
46 | XXXXXXX | XXXXXXX | Xxxxxx Xxxxxxxxxx Nº 85 |
47 | CAÑUELAS | XXXXXXXX | Xxx Xxxxxx 475 |
48 | CAÑUELAS | XXXXXXXX | Xxx Xxxxxx 475 |
PLIEG-2020-28228620-GDEBA-DCYCMGGP
49 | HOSPITAL MUNICIPAL “XX. XXXXX XXXXXXXX” | CAÑUELAS | XXXXXX 450 |
50 | CHIVILCOY | CHIVILCOY | RIVADAVIA 117 |
51 | CHIVILCOY | CHIVILCOY | RIVADAVIA 117 |
52 | HTAL CHIVILCOY | CHIVILCOY | Hijas de San Xxxx 31 |
53 | GENERAL LAS XXXXX | GENERAL LAS XXXXX | Las Xxxxx 835 |
54 | ABASTO | LA PLATA | 516 BIS E 210 Y 211 |
55 | HOSPITAL LOBOS | LOBOS | Xxxxxxxxxxxx e/Xxxxxxx y Chacabuco |
56 | XXXXXXXX | XXXXXXXX | 841 n. 2504 |
57 | XXXXXXX | XXXXXXX | 22 322 |
58 | XXXXX XXXXX | XXXXX XXXXX | Xxxxxxxxxx 1306 |
59 | SALADILLO | Saladillo | Xxxxxxxxx 3045 |
60 | 25 XX XXXX | VEINTICINCO XX XXXX | 9 1162 |
61 | XXXXXXX | XXXXXXX | 4 n. 421 |
62 | BERISSO 2 | BERISSO | 19 ESQ 122 |
63 | EL DIQUE | ENSENADA | Xxxxx 00 x 000 |
64 | HOSP. CESTINO - ENSENADA | ENSENADA | San Xxxxxx y Estados Unidos s/n° |
65 | CASA CENTRAL - DEFUNCIONES | LA PLATA | 1 y 60 |
66 | XXXXXX | LA PLATA | 2 Bis y 528 Bis |
67 | XXXXX XXXXX | LA PLATA | Arana esquina 21 D |
68 | XXXXXX | LA PLATA | 519 E/169 Y 170 |
69 | XXXXX | LA PLATA | 44 Y 194 |
70 | HTAL XXXXXXXXX XXXX - XXXXXX | LA PLATA | 520 Y 175 |
71 | CITY BELL | LA PLATA | 14 B E 473 y 474 |
72 | HTAL. XXXXXXXXX | LA PLATA | DIAG 114 Y 39 |
73 | XXXXX XXXXXX | LA PLATA | 7 e/ 76 y 77 n° 2178 |
74 | HOSPITAL EVITA PUEBLO - BERAZATEGUI | BERAZATEGUI | 136 e/ 27 y 29 |
75 | BERAZATEGUI | BERAZATEGUI | 14 N° 4520 |
PLIEG-2020-28228620-GDEBA-DCYCMGGP
76 | BERAZATEGUI | BERAZATEGUI | 14 N° 4520 |
77 | XXXXXXXXX XXXXXX | XXXXXXXXX XXXXXX | XXXXX 240 |
78 | CRUCE XXXXXX | XXXXXXXXX XXXXXX | Xxxxxxxx xxxxxxxx 1222 |
79 | ING XXXXX | XXXXXXXXX XXXXXX | 1211 E/ 1250 Y 1252 |
80 | XXXXXX | XXXXXX | Galería Patio d/ S 53 N° 2991 |
81 | QUILMES | QUILMES | AV XXXXXXXX 497 |
82 | QUILMES | QUILMES | AV XXXXXXXX 498 |
83 | LAFLORIDA - QUILMES | QUILMES | 844 737 |
84 | QUILMES | QUILMES | AV XXXXXXXX 497 |
85 | SANATORIO DE LA TRINIDAD-QUILMES | QUILMES | XXXXXX XXXXXXXXXX Nº 499 Y X. XX XXXXXXXX |
86 | QUILMES | QUILMES | AV XXXXXXXXX 497 |
87 | SAN XXX XXXXXX | QUILMES | 841 N°2504 S Xxx Xxxxxx |
88 | XXXXXX XXXXXXX | XXXXXX XXXXXXX | Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxx 000 |
00 | TRES ALGARROBOS | XXXXXX XXXXXXX | Veinticinco xx Xxxx Xxx. Xxxxxxxx xx Xxxxxxxx |
90 | CORONEL XXXXXXXX | GENERAL XXXXXXXX | Xx. Xxxxx 929 e/ Xxxxx Xxxxxxxxx y Xxxxxxxxx |
91 | PIEDRITAS | GENERAL XXXXXXXX | SAN XXXXXX 607 |
92 | GRAL XXXXXXXX | GENERAL XXXXXXXX | XXXXXXXX 359 |
93 | XXXXXX | XXXXXXXXX | 11 e/ 10 y 12 |
94 | PEHUAJO | PEHUAJO | XXXXXX 595 |
95 | PEHUAJO | PEHUAJO | XXXXXX 595 |
96 | AMERICA | RIVADAVIA | Esquina Xxxxxx Xxxxxx y Xxxxxxxxx N° 307 |
97 | TRENQUE LAUQUEN | TRENQUE LAUQUEN | Fray Justo Santa Xxxxx de Oro N° 70 esq. Villegas |
98 | CHILLAR | AZUL | X.X XXXXXX 66 |
99 | Hospital Arg. Xxxxx - Xxxx | AZUL | Xx Xxxxx entre Xxxxxxxxx Xxxxx y Xxxxxxx Xxxx |
100 | AZUL | AZUL | XXXXXXXX XXXXXXXX 518 |
000 | XXXXXXXXXXXX | XXXXXXX | Xx. Rivadavia Nº196 |
102 | GRAL XXXXXX | GRAL XXXXXX | Xxxxxxxxx y Xxxx Xxxxxxx |
PLIEG-2020-28228620-GDEBA-DCYCMGGP
103 | HINOJO | XXXXXXXXX | 11 e/ 10 y 12 |
104 | XXXXXXXXX | XXXXXXXXX | BELGRANO 2867 |
105 | XXXXX | XXXXX | XXXXXXXXXX XXX XXXXX 40 |
106 | TANDIL | TANDIL | 25 xx xxxx Nº 650 |
107 | VILLA ITALIA | TANDIL | XXXXXXXX 648 |
108 | TANDIL | TANDIL | 25 XX XXXX 650 |
109 | Xxxxx Xxxxxxx | XXXXXX | Xxxxxx 575 |
110 | TAPALQUE | TAPALQUE | MITRE Nº170 |
111 | CHASCOMUS | CHASCOMUS | Xxxxxxx y Bolívar |
000 | XXXXXXX | XXXXXXX | XXXXXXXXXX XXX XXXXX Xx 000 0X |
000 | XXXXXXX | XXXXXXX | Xxxxxxxxxx xxx Xxxxx Xx 000 xxxx 0 |
114 | RANCHOS | GENERAL XXX | Xxxxxxxxx Xxxxxx 2813 |
115 | GRAL XXXXXXX | GRAL XXXXXXX | XXXXXX DE LA XXXXX 1188 |
116 | Santa Xxxxxxxx – Mar del Tuyu | LA XXXXX | 3 N° 1597 de Santa Xxxxxxxx |
117 | XXXXX | XXXXX | XXXXXX 476 |
118 | MONTE | SAN XXXXXX XXX XXXXX | ITALIA Y XXXXX X XXXXX |
000 | XXXXXXXX | XXXXXXXX | 00 X 000 |
120 | CDR MDP | GENERAL PUEYRREDON | 20 de septiembre 1929 |
000 | XXX XXX XXXXX | XXXXXXX XXXXXXXXXX | Xx. Independencia 2846/48 |
000 | Xxx xxx Xxxxx | XXXXXXX XXXXXXXXXX | Xx. Independencia 2846/48 |
123 | CDR MDP | GENERAL XXXXXXXXXX | 20 de septiembre 1929 |
124 | XXX XXX XXXXX PRIMERA | GENERAL PUEYRREDON | Av. Independencia 2846/48 |
125 | Xxx xxx Xxxxx 1º | GENERAL PUEYRREDON | Av. Independencia 2846/48 |
000 | XXX XXX XXXXX | XXXXXXX XXXXXXXXXX | Xx. Independencia 2846/48 |
127 | LOS HORNOS | LA PLATA | 137 e/ 64 y 65 |
128 | Santa Clara del Mar | MAR CHIQUITA | Santa Xxxxxx entre Selva Negra y Montreal |
129 | PINAMAR | PINAMAR | Xxxx 87 P1 OF15 |
000 | XXX XXXXXXX | XXX XXXXXXX | Xxxxx 00 |
PLIEG-2020-28228620-GDEBA-DCYCMGGP
131 | CENTRALIZADORA DE DEFUNCIONES | LA PLATA | 131 e/ 72 y 73 1er piso |
132 | LOBERIA | LOBERIA | Italia n° 21 |
133 | CLAROMECO | TRES ARROYOS | 11 N° 2090 |
134 | TRES ARROYOS | TRES ARROYOS | 25 XX XXXX Nº511 |
135 | HOSPITAL SAN XXXXXXXX | SAN XXXXXXXX | XXXXXXXX 1955 |
136 | SAN XXXXXXXX | SAN XXXXXXXX | XXXXXXXX Y XXXXXXXXXX |
000 | XXX XXXXXX | XXX XXXXXX | XXXXXX 000 |
138 | SANATORIO DE LA TRINIDAD-SAN XXXXXX | SAN XXXXXX | Fondo xx Xxxxx N° 851 y Thames |
139 | SAN XXXXXX | SAN XXXXXX | XXXXXX 305 |
000 | XXXXXXXX | XXX XXXXXX | XX. XXXXX 2336 |
141 | Dirección de Compras y Contrataciones | LA PLATA | Calle 6 e/51 y 53 – 2do. Piso – Of. 220 |
142 | Subsecretaría Técnico Administrativa y Legal | LA PLATA | Calle 6 e/51 y 53 – 2do. Piso |
000 | XXXXXXXX | XXX XXXXXX | XX. XXXXX 2336 |
000 | XXX XXXXXX | XXX XXXXXX | XXXXXX Xx000 |
145 | HOSPITAL COMUNAL TIGRE | TIGRE | Xxxxxxx Xxxxxx 0000 |
000 | XXXXXXXX XXXXX xx XXXXX | XXXXX | Xx. Constituyente 400 e/ Entre Xxxx y Córdoba |
147 | TIGRE | TIGRE | Xxxxxxx Xxxxx 0000 |
148 | OLIVOS | XXXXXXX XXXXX | Xxxx xx Xxxxx 3161 PA |
149 | VILLA XXXXXXXX | XXXXXXX XXXXX | Colombia 284 |
150 | OLIVOS | XXXXXXX XXXXX | Xxxx xx Xxxxx Nº3161 |
151 | MATERNIDAD SANTA XXXX | XXXXXXX XXXXX | Xxxxxx Xxxxx 4150 Florida |
000 | XXXX XXX XXXXXX | XXXXXXX XXX XXXXXX | Xxxxxxxx 0000 |
000 | XXXXX XXXXXXXXX | XXXXXXX XXX XXXXXX | Xxxxxxx Xxx 0000 |
154 | XXXX XXXX XXXXXX | GENERAL SAN XXXXXX | Independencia nº 7261 y Washing |
000 | XXXX XXX XXXXXX | XXXXXXX XXX XXXXXX | XXXXXXXX 0000 |
156 | HOSPITAL XXX XXXXX | GENERAL SAN XXXXXX | Xxxxxxxx 900 e/ Xxxxxxx X. Xxxx y La Crujía Piso 4 |
PLIEG-2020-28228620-GDEBA-DCYCMGGP
157 | HTAL XXXXXXXX | GENERAL SAN XXXXXX | XXXXXXXXXX 33 San Xxxxxx |
158 | HOSPITAL XXXXXX XXXXXXXX - SAN XXXXXX | GENERAL SAN XXXXXX | Constituyentes 3120 xx Xxxxx Xxxxxx |
159 | Xxxxxxx Xxxxxx | XXXXXXXXXX | XXXXXXXX 1971 |
160 | CORRESPONDENCIA - 1 y 59 al fondo | LA PLATA | 1 Y 59 - LA PLATA C |
161 | Xxxxx | MORON | 19 de noviembre Nº 80 |
162 | MORON | MORON | NUESTRA SEÑORA DEL BUEN V 470 |
163 | MORON | MORON | Nuestra Señora del Buen Viaje 470 |
164 | XXXXX | MORON | 19 DE NOVIEMBRE Nº 80 |
165 | SAN XXXXXX | SAN XXXXXX | PTE XXXXX 1081 |
000 | XXXXX XXXXX | XXX XXXXXX | Xxxxxx xx0000 |
167 | Hosp. Inter Gral. de A "Prof. Xxxxx Xxxxxxxx", CIUDADELA | TRES DE FEBRERO | Xxxxxxxx Xxxxxxxx nº 1051 |
168 | VILLA XXXXX | TRES DE FEBRERO | ASCASUBI 5951 |
169 | XXXXXX XXX | XXXXXX XXX | XXXXXX XXXXXXXXXX 77 |
170 | SAN XXXXXXX XX XXXXX | XXXXX | XXXXXXXX N° 370 |
171 | XXXXXXXX | XXXXX | XXXXX XXXXX ESQ ESPAÑA |
172 | BARRIO PARQUE SAN MARTIN | MERLO | AV SAN MARTIN 2024 |
173 | SAN ANTONIO PADUA | MERLO | SULLIVAN N° 370 |
174 | Hosp. Zonal Gral. De Agudos "Héroes de Malvinas" | MERLO | Ricardo Balbín 1910 de Merlo |
175 | HOSPITAL PONTEVEDRA - MERLO | MERLO | calle Capitán Gianchino N° 2220 |
176 | BARRIO PARQUE SAN MARTIN | MERLO | Av. San Martin 2024 e/ Yapeyú y Pitágoras |
177 | PONTEVEDRA | MERLO | de los Españoles 4030 |
178 | MARIANO ACOSTA | MERLO | RUTA 200 ESQ URIARTE |
179 | BAHIA BLANCA | BAHIA BLANCA | Castelli 366 |
180 | BAHIA BLANCA | BAHIA BLANCA | CASTELLI 366 |
181 | INGENIERO WHITE | BAHIA BLANCA | San Martín 3466 |
182 | GENERAL CERRI | BAHIA BLANCA | Juan José Paso 201 |
183 | CID BAHIA BLANCA | BAHIA BLANCA | Castelli 366 |
184 | CORONEL DORREGO | CORONEL DORREGO | Av. Ricardo Fuertes 674 |
185 | Coronel Pringles | CORONEL PRINGLES | Pellegrini 476 |
PLIEG-2020-28228620-GDEBA-DCYCMGGP
186 | PUNTA ALTA | CORONEL ROSALES | Rivadavia y Paso |
187 | CARMEN DE PATAGONES | PATAGONES | OLIVERA 67 |
188 | STROEDER | PATAGONES | CHUBUT Nº24 |
189 | Hosp Zonal Gral. de A " Dr. Alberto Balestrini" | LA MATANZA | Camino de Cintura y Ruta N° 21 de Ciudad Evita |
190 | CDR SAN JUSTO | LA MATANZA | ALMAFUERTE 3271 |
191 | LAFERRERE | LA MATANZA | PIEDRA BUENA N° 6489 |
192 | GONZALEZ CATAN | LA MATANZA | EQUIZA Y MELIAN |
193 | HOSPITAL MATERNO DR EQUIZA | LA MATANZA | EQUIZA 4642 GONZALEZ CATAN |
194 | CIUDAD EVITA | LA MATANZA | Av. Martin M de Güemes e/ El Leñatero y Bevilaqua s/n |
195 | RAMOS MEJIA | LA MATANZA | Rivad.13518e/Brown y Las Heras |
196 | GONZALEZ CATAN | LA MATANZA | DR. EQUIZA 6300 |
197 | LOS CEIBOS | LA MATANZA | RUTA 3 KM 32.5 |
198 | HOSPITAL BALESTRINI | LA MATANZA | Camino de Cintura y Ruta N° 21 de Ciudad Evita |
199 | CIUDAD EVITA | LA MATANZA | Av. Martin M de Güemes e/ El Leñatero y Bevilaqua s/n |
200 | INFORMATICA 1 Y 60 | LA PLATA | 1 Y 60 |
201 | RAFAEL CALZADA | ALMIRANTE BROWN | Gorriti 3223 (Perón) |
202 | GLEW | ALMIRANTE BROWN | Sarmiento 336 |
203 | ALMIRANTE BROWN Bº SAN JOSE | ALMIRANTE BROWN | MITRE 4926 |
204 | HTAL LUCIO MELENDEZ | ALMIRANTE BROWN | PTE PERON 859 |
205 | MONTE GRANDE | ESTEBAN ECHEVERRIA | RIVADAVIA 128 |
206 | MONTE GRANDE | ESTEBAN ECHEVERRIA | RIVADAVIA 128 |
207 | EZEIZA | EZEIZA | ESTEBAN ECHEVERRRIA N° 57 |
208 | EZEIZA | EZEIZA | ESTEBAN ECHEVERRRIA 57 |
209 | HOSPITAL INTERZONAL DE EZEIZA | EZEIZA | Alem e/ Ñandubay y La Merced |
210 | Hospital GUERNICA | PRESIDENTE PERON | Alberdi Nº 38 |
211 | Guernica | PRESIDENTE PERON | Calle 6 N° 343 entre 33 y 35 |
212 | GUERNICA | PRESIDENTE PERON | Calle 6 N° 343 entre 33 y 35 |
213 | SAN VICENTE | SAN VICENTE | Av. Pte. Perón nº12 |
PLIEG-2020-28228620-GDEBA-DCYCMGGP
214 | ALEJANDRO KORN | SAN VICENTE | Pte. Perón y Mitre |
215 | RIVERA | ADOLFO ALSINA | 25 de Mayo 273 |
216 | CARHUE | ADOLFO ALSINA | 25 de Mayo y Pellegrini |
217 | DAIREAUX | DAIREAUX | AV ROCA Y PELLEGRINI |
218 | SALAZAR | DAIREAUX | SAN MARTIN 44 |
219 | HUANGUELEN | GRAL ALVEAR | 9 E 26 Y 27 |
220 | CASBAS | GUAMINI | RIVADAVIA 147 |
221 | DARREGUEIRA | PUAN | 25 DE MAYO 255 |
222 | PIGUE | SAAVEDRA | AV CASEY 537 |
223 | ITUZAINGO | ITUZAINGO | MANSILLA 714 |
224 | Hospital Mercante JOSE C. PAZ | JOSE C. PAZ | René Favaloro 4750 |
225 | JOSE C PAZ | JOSE C. PAZ | GELLY OBES 5042 |
226 | CDR JOSE C PAZ | JOSE C. PAZ | Ruta 197 y Pichincha |
227 | GRAND BOURG | MALVINAS ARGENTINAS | Av. María Eva Duarte de Perón 1209 |
228 | GRAND BOURG | MALVINAS ARGENTINAS | AV EVA D PERON 1098 |
229 | Hosp. Mat. Inf. María Eva Duarte de Perón | MALVINAS ARGENTINAS | Sesqui Centenario 2057 |
230 | BARRIO PARQUE TRUJUI | MORENO | ECHEVERRIA 10546 |
231 | MORENO | MORENO | MITRE 3188 |
232 | PASO DEL REY | MORENO | 25 DE MAYO 25 |
233 | MORENO | MORENO | BARTOLOME MITRE 3188 |
234 | San Isidro | SAN ISIDRO | MORENO Nº305 |
235 | Hosp. Interz. Gral. de Agudos Presidente Perón | AVELLANEDA | Anatole France 773 |
236 | AVELLANEDA | AVELLANEDA | Lebenshon 947 Piñeyro |
237 | VILLA DOMINICO | AVELLANEDA | BELGRANO 4441 |
238 | HTAL PRESIDENTE PERON | AVELLANEDA | Anatole France 773 |
239 | HTAL PEDRO FIORITO | AVELLANEDA | Av. Belgrano 851 |
PLIEG-2020-28228620-GDEBA-DCYCMGGP
240 | REMEDIOS DE ESCALADA | LANUS | HIPOLITO YRYG 5357 |
241 | MONTE CHINGOLO | LANUS | EVA PERON 4393 |
242 | CDR LANUS | LANUS | Máximo Paz n 142 e/ Luis M. Drago y Dr. Melo |
243 | LANUS | LANUS | MIGUEL CANE Nº 112 |
244 | REMEDIOS DE ESCALADA ESTE | LANUS | ACHAVAL 2883 |
245 | HTAL NARCISO LOPEZ - LANUS | LANUS | O'HIGGINS Nº 1333 |
246 | LANUS | LANUS | MIGUEL CANE N2112 |
247 | VILLA ALBERTINA | LOMAS DE ZAMORA | Bayona N° 70 entre Homero y Arroyo del Rey |
248 | SAN JOSE - TEMPERLEY | LOMAS DE ZAMORA | Calandria 3178 |
249 | CID LOMAS DE ZAMORA | LOMAS DE ZAMORA | Av. Hipólito Irigoyen 9333 |
250 | HOSPITAL GANDULFO | LOMAS DE ZAMORA | BALCARCE 351 ASOTEA |
251 | LOMAS DE ZAMORA | LOMAS DE ZAMORA | LAPRIDA 642 |
252 | HTAL ALLENDE LOMAS DE ZAMORA | LOMAS DE ZAMORA | Claudio de Alas N° 2584 esq. Azamor (Ing. Budge) |
253 | GUERNICA | PRESIDENTE PERON | Calle 6 N° 343 entre 33 y 35 |
254 | MIRAMAR | MIRAMAR | 17 n° 1630 |
255 | DPTO. INSCRIPCIONES ESPCIALES - 1 Y 59 | LA PLATA | TECNICA |
256 | DEPTO IDENTIFICACION DE PERSONAS | LA PLATA | TECNICA |
257 | SUBDIRECCION DE SERVICIOS | LA PLATA | DEA |
258 | ARCHIVO HISTORICO - 1 Y 59 - PB | LA PLATA | TECNICA |
259 | DIRECCION TECNICA | LA PLATA | TECNICA |
260 | PERSONAL REG PROV PERS - 1 Y 60 | LA PLATA | DEA |
261 | PERSONAL REG PROV PERSO - 1 Y 60 | LA PLATA | DEA |
262 | ARQUITECTURA REG PROV PERSO - 1 Y 60 | LA PLATA | DEA |
263 | PATRIMONIAL REG PROV PERSO - 1 Y 60 | LA PLATA | DEA |
264 | DIRECCION | LA PLATA | DEA |
265 | DIRECCION TECNICA | LA PLATA | TECNICA |
266 | SECRETARIA - 6° PISO - REG PROV PER - 1 Y 60 | LA PLATA | PROVINCIAL |
PLIEG-2020-28228620-GDEBA-DCYCMGGP
267 | DEPTO ESTADISTICA | LA PLATA | MODERNIZACION Y AUDIT. INTERNA |
268 | CENTRO CONCENTRADOR -1 y 59 - al fondo | LA PLATA | DOCUMENTACION |
269 | DCCION.DE DOCUMENTACION CENTRO CONCENTRADOR - 1 y 59 | LA PLATA | DOCUMENTACION |
270 | CORRESPONDENCIA - 1 y 59 al fondo | LA PLATA | 1 Y 59 |
271 | DIR. DOCUMENTACION - 1 Y 60 - 4 PISO | LA PLATA | DOCUMENTACION |
272 | AUDITORIA - 1 Y 60 -PISO 4 | LA PLATA | MODERNIZACION Y AUDIT. INTERNA |
273 | RECTIFICACIONES - 1 P – 1 Y 59 | LA PLATA | TECNICA |
274 | INSPECCION Y CONTROL | LA PLATA | 1 Y 60 |
275 | DIRECCION DE DELEGACIONES | LA PLATA | 1 Y 60 |
276 | FORMACION Y RELACIONES CON LA COMUNIDAD | LA PLATA | 7 Piso Casa Central - 1 y 60 |
277 | DEPOSITO | LA PLATA | ASUNTOS LEGALES – DIR. PROVINCIAL |
278 | DEPOSITO | LA PLATA | PROMEDEL - 7 P – 1 Y 60 |
279 | DEPOSITO | LA PLATA | 1 Y 60 |
280 | RECTIFICACIONES ADMINISTRATIVO - 1 Y 59 | LA PLATA | TECNICA |
281 | VIRREY DEL PINO | LA PLATA | Gorostiaga 5845 |
282 | MATRIMONIOS - 1 y 59 - of. 31 | LA PLATA | TECNICA |
283 | CONTROL DE RECAUDACION | LA PLATA | DEA |
284 | OF. CORRESPONDENCIA -1 Y 60 | LA PLATA | DEA |
285 | NOTAS MARGINALES - 1 Y 59 - PA | LA PLATA | TECNICA |
286 | DEPTO ESTADISTICA | LA PLATA | MODERNIZACION Y AUDIT. INTERNA |
287 | CIUDADELA | LA PLATA | Avenida Rivadavia 12602 |
288 | FICHERO GENERAL - DEPOSITO -1 Y 60 | LA PLATA | TECNICA |
289 | MESA DE ENTRADAS - 1 y 60 | LA PLATA | DEA |
290 | ARCHIVO - 1 Y 59 | LA PLATA | TECNICA |
291 | CONTABLE - 1 Y 60 | LA PLATA | DEA |
292 | SERVICIOS AUXILIARES - 1 Y 60 | LA PLATA | DEA |
293 | Hospital San Roque de Gonnet | LA PLATA | 508 Y 19 |
294 | DEPOSITO 1 Y 60 | LA PLATA | DEA |
PLIEG-2020-28228620-GDEBA-DCYCMGGP
295 | DEPOSITO 1 Y 60 | LA PLATA | DEA |
296 | ARCHIVO GENERAL DE PROTOCOLOS PB - 1 Y 59 | LA PLATA | TECNICA |
297 | SUBSUELO - DPTO IMPRENTA 1 Y 60 | LA PLATA | DEA |
298 | DEPÓSITO SERV. AUXILIARES | LA PLATA | DEA |
299 | DELEGACIONES - CALLE 1 Y 60 | LA PLATA | 1 Y 60 |
300 | DEPOSITO | LA PLATA | 1 Y 60 (PARA REASIGNAR) |
301 | DELEGACIONES | LA PLATA | 1 Y 60 -4 Piso |
302 | ARCHIVO-1 Y 59-REGISTRO PERSONAS | LA PLATA | TECNICA |
303 | ARCHIVO HISTORICO - 1 y 59 | LA PLATA | TECNICA |
304 | CASA CENTRAL | LA PLATA | DEPOSITO |
305 | Maternidad Estela de Carlotto | MORENO | Albatros 7225 |
PLIEG-2020-28228620-GDEBA-DCYCMGGP
ANEXO IV
RENGLON 4: LOCACIONES - MANTENIMIENTO DE EQUIPOS FOTOCOPIADORES MULTIFUNCION DIGITALES
MANTENIMIENTO DE 53 EQUIPOS MULTIFUNCION RICOH MONOCROMATICOS | |||||
Orden | BIEN | MODELO | LUGAR | LOCALIDAD | DIRECCION |
1 | IM-1797 | MP402SPF | DIRECCION DELEGADA DE LA DGA | LA PLATA | CASA CENTRAL DIRECCION DGA |
2 | IM-1798 | MP402SPF | DEPOSITO | LA PLATA | DEPOSITO |
3 | IM-1799 | MP402SPF | DEPOSITO | LA PLATA | DEPOSITO |
4 | IM-1800 | MP402SPF | DEPOSITO | LA PLATA | DEPOSITO |
5 | IM-1801 | MP402SPF | DEPOSITO | LA PLATA | DEPOSITO |
6 | IM-1802 | MP402SPF | DEPOSITO | LA PLATA | DEPOSITO |
7 | IM-1794 | MP501SPF | SUBDIRECCION ASUNTOS LEGALES | LA PLATA | CASA CENTRAL DIRECCION PROVINCIAL |
8 | IM-1795 | MP501SPF | DEPOSITO | LA PLATA | DEPOSITO |
9 | IM-1796 | MP501SPF | DEPOSITO | LA PLATA | DEPOSITO |
10 | IM-1810 | MP501SPF | DIRECCION DE DELEGACIONES | LA PLATA | Casa Central |
11 | IM-1811 | MP501SPF | Ensenada | ENSENADA | Camino Rivadavia (calle 52) esq. 130 n° 1009 |
12 | IM-1812 | MP501SPF | BOSQUES | FLORENCIO VARELA | Av. Lujan 1124 B° Ricardo Rojas |
13 | IM-1813 | MP501SPF | HOSPITAL MI PUEBLO- FCIO VARELA | FLORENCIO VARELA | Progreso 240 |
14 | IM-1814 | MP501SPF | ADROGUE | ADROGUE | Av. Espora 1136 |
15 | IM-1815 | MP501SPF | LONGCHAMPS | ALMIRANTE BROWN | Burgwartd 991 |
16 | IM-1816 | MP501SPF | IDENTIFICACION DE PERSONAS | LA PLATA | Casa Central |
17 | IM-1817 | MP501SPF | CLAYPOLE | ALMIRANTE BROWN | Lobato 604 y Monte Coman |
18 | IM-1818 | MP501SPF | DOCK SUD | AVELLANEDA | Ingeniero Huergo 1209 |
19 | IM-1819 | MP501SPF | TEMPERLEY | LOMAS DE ZAMORA | Liniers 155 |
20 | IM-1820 | MP501SPF | EZPELETA | QUILMES | Av. San Martin N° 5197 Esq. Perú |
21 | IM-1821 | MP501SPF | HOSPITAL ISIDRO IRIARTE | QUILMES | Allisson Bell 770 |
22 | IM-1822 | MP501SPF | EXPEDICION DE PARTIDAS | LA PLATA | 1 y 59 DIRECCION TECNICA |
PLIEG-2020-28228620-GDEBA-DCYCMGGP
23 | IM-1823 | MP501SPF | Imprenta | LA PLATA | CASA CENTRAL DIRECCION DGA |
24 | IM-1824 | MP501SPF | Departamento Liquidaciones | LA PLATA | CASA CENTRAL DIRECCION DGA |
25 | IM-1825 | MP501SPF | La Plata 2da | LA PLATA | Av. 13 n. 165 e/ 35 y 36 |
26 | IM-1826 | MP501SPF | Departamento Mesa de Entradas y Salidas | LA PLATA | CASA CENTRAL DGA |
27 | IM-1827 | MP501SPF | Dirección de Delegaciones | LA PLATA | Casa Central. Dirección de Delegaciones |
28 | IM-1828 | MP501SPF | GUILLERMO HUDSON | BERAZATEGUI | Galería Patio d/ S 53 N° 2991 |
29 | IM-1829 | MP501SPF | EL PATO | BERAZATEGUI | 517 y 611 |
30 | IM-1830 | MP501SPF | CORONEL BRANDSEN | CORONEL BRANDSEN | Sáenz Peña n° 605 esquina Pueyrredón |
31 | IM-1831 | MP501SPF | SAN CARLOS | LA PLATA | 137 e/ 32 y 33 |
32 | IM-1832 | MP501SPF | ARCHIVO GRAL | LA PLATA | 1 Y 59 DIRECCION TECNICA |
33 | IM-1833 | MP501SPF | ARCHIVO GRAL | LA PLATA | 1 Y 59 DIRECCION TECNICA |
34 | IM-1834 | MP501SPF | ARCHIVO GRAL | LA PLATA | 1 Y 59 DIRECCION TECNICA |
35 | IM-1835 | MP501SPF | ARCHIVO GRAL | LA PLATA | 1 Y 59 DIRECCION TECNICA |
36 | IM-1836 | MP501SPF | MANUEL B. GONNET | LA PLATA | 495 y 15 bis |
37 | IM-1837 | MP501SPF | JUAN MARIA GUTIERREZ | BERAZATEGUI | 458 esquina 413A |
38 | IM-1838 | MP501SPF | CITY BELL | LA PLATA | 473 bis N° 616 esq. 14b |
39 | IM-1839 | MP501SPF | FICHERO GENERAL | LA PLATA | 1 Y 59 DIRECCION TECNICA |
40 | IM-1840 | MP501SPF | ANOTACIONES MARGINALES | LA PLATA | 1 Y 59 DIRECCION TECNICA |
41 | IM-1841 | MP501SPF | DEPARTAMENTO INSCRIPCIONES ESPECIALES | LA PLATA | 1 Y 59 DIRECCION TECNICA |
42 | IM-1842 | MP501SPF | DEPTO RECTIFICACIONES ADMINISTRATIVAS | LA PLATA | 1 Y 59 DIRECCION TECNICA |
43 | IM-1843 | MP501SPF | DIRECCION TECNICA | LA PLATA | 1 Y 59 DIRECCION TECNICA |
44 | IM-1844 | MP501SPF | ARCHIVO GRAL | LA PLATA | 1 Y 59 DIRECCION TECNICA |
45 | IM-1845 | MP501SPF | La Plata 2da | LA PLATA | CALLE 13 34 Y 35 |
46 | IM-1846 | MP501SPF | La Plata 2da | LA PLATA | CALLE 13 34 Y 35 |
47 | IM-1847 | MP501SPF | PROGRAMA DERECHO A LA IDENTIDAD DE LA NIÑEZ | LA PLATA | 1 Y 59 DIRECCION DOCUMENTACIÓN |
PLIEG-2020-28228620-GDEBA-DCYCMGGP
48 | IM-1804 | MP601SPF | DCCION PROVINCIAL DE POLITICA Y SEGURIDAD VIAL | LA PLATA | 6 E/50 Y 51 |
49 | IM-1803 | MP601SPF | AREA CONTRATOS | LA PLATA | 6 E/51 Y 53 |
50 | IM-1805 | MP601SPF | DEPARTAMENTO CONTABLE | LA PLATA | 6 E/51 Y 53 |
51 | IM-1806 | MP601SPF | Hospital Sor María Ludovica | LA PLATA | 14 N° 1631 Planta Baja |
52 | IM-1807 | MP601SPF | Berisso 1° | BERISSO | 4 (ex Rio de Janeiro) 4421 |
53 | IM-1809 | MP601SPF | DEPARTAMENTO LOCACIONES | LA PLATA | 6 E/51 Y 53 |
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ANEXO V
RENGLON 5: LOCACIONES - MANTENIMIENTO DE EQUIPOS FOTOCOPIADORES MULTIFUNCION DIGITALES
MANTENIMIENTO DE 26 EQUIPOS MULTIFUNCION COLOR: RICOH (25) Y SAMSUNG (1) | |||||
Orden | BIEN | MODELO | LUGAR | LOCALIDAD | DIRECCION |
1 | IM-1808 | MP407SPF | MINISTERIO DE GOBIERNO | LA PLATA | 6 E/51 Y 53 |
2 | IM-1848 | MP407SPF | Depósito | LA PLATA | 1 y 60 DIRECCION DELEGACIONES |
3 | IM-1849 | MP407SPF | Dpto. Formación y Comunicación | LA PLATA | 1 y 60 DIRECCION DE FORMACION |
IM-1850 | MP407SPF | DIRECCION TECNICA | LA PLATA | 1 Y 59 DIRECCION DOCUMENTACIÓN | |
5 | IM-1851 | MP407SPF | DIRECCION DELEGADA DE LA DGA | LA PLATA | 1 y 60 DIRECCION DGA |
6 | IM-1852 | MP407SPF | FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL | LA PLATA | 6 E/51 Y 53 |
7 | IM-1853 | MP407SPF | PRIVADA MINISTRO | LA PLATA | 6 E/51 Y 53 |
8 | IM-1854 | MP407SPF | SUBSECRETARIA DE ASUNTOS MUNICIPALES | LA PLATA | 6 E/51 Y 53 |
9 | IM-1855 | MP407SPF | DCCION PROV DE RELACIONES PARLAMENTARIAS | LA PLATA | 6 E/51 Y 53 |
10 | IM-1856 | MP407SPF | SUBDIRECCION DE COMPRAS | LA PLATA | 6 E/51 Y 53 |
11 | IM-1857 | MP407SPF | DIRECCION DE COMPRAS | LA PLATA | 6 E/51 Y 53 |
12 | IM-1858 | MP407SPF | DCCION PROV DE RELACIONES PARLAMENTARIAS | LA PLATA | 6 E/51 Y 53 |
13 | IM-1859 | MP407SPF | DIRECCION DE CONTABILIDAD | LA PLATA | 6 E/51 Y 53 |
14 | IM-1860 | MP407SPF | DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION | LA PLATA | 6 E/51 Y 53 |
15 | IM-1861 | MP407SPF | Mesa de Entradas y Salidas. | LA PLATA | 1 y 60 DIRECCION DGA |
16 | IM-1862 | MP407SPF | Dirección de Documentación | LA PLATA | 1 y 60 DIRECCION DE DOCUMENTACION |
17 | IM-1863 | MP407SPF | DCCION PROV DE ORDENAM URBANO TERRITORIAL | LA PLATA | 6 E/51 Y 53 |
18 | IM-1864 | MP407SPF | DEPOSITO | LA PLATA | CALLE 2 entre 67 y 68 |
19 | IM-1865 | MP407SPF | DIRECCION DE INFORMATICA | LA PLATA | 1 Y 60 |
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20 | IM-1866 | MP407SPF | CASA DE LA PROVINCIA | C.A.B.A. | Av. Callao 237 - Ciudad Autónoma de Bs. As. |
21 | IM-1867 | MP407SPF | DCCION PROV DE ORDENAM URBANO TERRITORIAL | LA PLATA | 6 E/51 Y 53 |
22 | IM-1868 | MP407SPF | Dirección de Delegaciones | LA PLATA | 1 y 60 DIRECCION DE DELEGACIONES |
23 | IM-1869 | MP407SPF | Dirección Provincial RPP | LA PLATA | 1 y 60 DIRECCION PROVINCIAL |
24 | IM-1871 | MP407SPF | MINISTERIO DE GOBIERNO | LA PLATA | 1 Y 60 |
25 | IM-1872 | MP407SPF | DEPOSITO CALLE 2 entre 67 y 68 | LA PLATA | CALLE 2 entre 67 y 68 |
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ANEXO VI
RENGLON 6: LOCACIONES - MANTENIMIENTO DE EQUIPOS FOTOCOPIADORES MULTIFUNCION DIGITALES
MANTENIMIENTO DE 30 EQUIPOS MULTIFUNCION LEXMARK | ||||
Orden | MODELO | LUGAR | LOCALIDAD | DIRECCION |
1 | MX317 dn | SUBDIRECCION SERVICIOS AUXILIARES | LA PLATA | 6 E/51 Y 53 |
2 | MX317 dn | LABORALES | LA PLATA | 6 E/51 Y 53 |
3 | MX317 dn | DCION PROV DE POLITICAS PUBLICAS METROPOLITANAS | LA PLATA | 6 E/51 Y 53 |
4 | MX317 dn | SOPORTE TECNICO INFORMATICA | LA PLATA | 6 E/51 Y 53 |
5 | MX317 dn | DEPARTAMENTO LIQUIDACIONES | LA PLATA | 6 E/51 Y 53 |
6 | MX317dn | Departamento Contable | LA PLATA | DGA |
7 | MX317dn | La Plata 10° | LA PLATA | DGA |
8 | MX317dn | Partidas On line | LA PLATA | Dirección Técnica |
9 | MX317dn | Servicios Auxiliares | LA PLATA | DGA |
10 | MX317dn | Dpto. Mesa de Entradas | LA PLATA | DGA |
11 | MX317dn | Casa Central | LA PLATA | Casa Central |
12 | MX317dn | Dirección de Automotores | LA PLATA | 4 e/34 y 35 |
13 | MX417de | DEPARTAMENTO PATRIMONIO | LA PLATA | 6 E/51 Y 53 |
14 | MX417de | TESORERIA | LA PLATA | 6 E/51 Y 53 |
15 | MX417de | DEPARTAMENTO RENDICION DE CUENTAS | LA PLATA | 6 E/51 Y 53 |
16 | MX417de | SUBSECRETARIA DE REFORMA POLITICA | LA PLATA | 6 E/51 Y 53 |
17 | MX417de | DIRECCION DE PERSONAL | LA PLATA | 6 E/51 Y 53 |
18 | MX417de | DEPTO DE ESTRUCTURA Y PLANTELES BASICOS | LA PLATA | 6 E/51 Y 53 |
19 | MX417de | DEPARTAMENTO DE CONTROL DE ASISTENCIA | LA PLATA | 6 E/51 Y 53 |
20 | MX417de | DEPARTAMENTO SUELDOS | LA PLATA | 6 E/51 Y 53 |
21 | MX417de | MESA DE ENTRADAS | LA PLATA | 6 E/51 Y 53 |
PLIEG-2020-28228620-GDEBA-DCYCMGGP
22 | MX417de | Coordinación Operativa de DNI | LA PLATA | Dirección de Documentación |
23 | MX417de | Coordinación Operativa de DNI | LA PLATA | Dirección de Documentación |
24 | MX417de | Casa Central | LA PLATA | 1 y 60 Casa Central |
25 | MX417de | Casa Central | LA PLATA | 1 y 60 Casa Central |
26 | MX317/417 | MINISTERIO DE GOBIERNO | LA PLATA | 6 E/51 Y 53 |
27 | MX317/417 | MINISTERIO DE GOBIERNO | LA PLATA | 6 E/51 Y 53 |
28 | MX317/417 | MINISTERIO DE GOBIERNO | LA PLATA | 6 E/51 Y 53 |
29 | MX317/417 | MINISTERIO DE GOBIERNO | LA PLATA | 6 E/51 Y 53 |
30 | MX317/417 | MINISTERIO DE GOBIERNO | LA PLATA | 6 E/51 Y 53 |
PLIEG-2020-28228620-GDEBA-DCYCMGGP
G O B I E R N O DE LA P R O V I N C I A DE B U E N O S A I R E S
2020 - Año del Bicentenario de la Provincia de Buenos Aires
Hoja Adicional de Firmas Proyecto de Pliego Definitivo
Número: PLIEG-2020-28228620-GDEBA-DCYCMGGP
LA PLATA, BUENOS AIRES
Jueves 3 de Diciembre de 2020
Referencia: Proyecto de Pliego de C.P. y E.T. Alquiler y mantenimiento equipos multifunción
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Digitally signed by GDE BUENOS AIRES
DN: cn=GDE BUENOS AIRES, c=AR, o=MINISTERIO DE JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS BS AS, ou=SUBSECRETARIA DE GOBIERNO DIGITAL, serialNumber=CUIT 30715471511
Date: 2020.12.03 15:01:06 -03'00'
Pablo Ariel CARDOSO Director
Dirección de Compras y Contrataciones Ministerio de Gobierno
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Date: 2020.12.03 15:01:06 -03'00'