PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA EL CONTRATO DE SERVICIOS DE DESRATIZACIÓN, DESINSECTACIÓN, DESINFECCIÓN, CONTROL DE LEGIONELLA Y LIMPIEZA Y DESINFECCIÓN DE ALJIBE EN MERCAGRANADA.
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA EL CONTRATO DE SERVICIOS DE DESRATIZACIÓN, DESINSECTACIÓN, DESINFECCIÓN, CONTROL DE LEGIONELLA Y LIMPIEZA Y DESINFECCIÓN DE ALJIBE EN MERCAGRANADA.
(EXPEDIENTE NUMERO 11M/2015)
Contenido:
2.- JUSTIFICACIÓN, NECESIDADES Y FINES 2
4.1. VISITA A LA UNIDAD ALIMENTARIA Y DIAGNÓSTICO DE LA SITUACIÓN 5
4.4. MATERIAL Y EQUIPOS DE TRABAJO 12
4.5. FRECUENCIA MÍNIMA DEL SERVICIO. CALENDARIO DE ACTUACIONES 14
4.5.4. LIMPIEZA Y DESINFECCIÓN DE ALJIBE. 18
4.5.5. CONTROL DE LEGIONELLA 19
4.5.6. SERVICIO INTEGRAL DE PLAGAS 19
4.6. EVALUACIÓN DEL SERVICIO 22
4.7. INFORMACIÓN A MERCAGRANADA. 23
5. OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO 25
6.3. Infracciones muy graves 28
7. COMIENZO Y DURACION DEL CONTRATO 29
9. DOCUMENTACIÓN GENERAL (SOBRE A) 30
10. DOCUMENTACIÓN TÉCNICA (SOBRE B) 32
11. CRITERIOS DE LA ADJUDICACIÓN 33
ANEXO 1. AMBITO DE ACTUACIÓN 34
1.- OBJETO DEL CONTRATO.
Constituye el objeto y la finalidad del contrato la prestación, por parte de la empresa adjudicataria, del servicio de control de plagas y las tareas necesarias para su realización, y que son básicamente desratización, desinsectación, desinfección y limpieza, y control de legionella en la Unidad Alimentaria de MERCAGRANADA, en los siguientes espacios
- Naves primera y segunda de Xxxxxx y Hortalizas
- Nave de polivalencia
- Nave de pescados
- Edificio del parking: control de legionella en ACS y limpieza fancoils
- Aljibe de agua industrial
- Edificio administrativo
- Talleres y depuradora
- Resto de la Unidad Alimentaria, zonas verdes (aspersores, insectos y roedores), vías públicas y edificaciones.
- Todo el que tenga una afectación directa a la vía pública en materia de seguridad y salubridad pública.
El servicio incluye la realización de un plan integral de control de plagas, entendiendo como tal la estrategia dirigida a mantener la población de especies potencialmente nocivas por debajo del umbral de tolerancia que prioriza, integra y gestiona medidas de protección ambiental minimizando el uso de biocidas.
2.- JUSTIFICACIÓN, NECESIDADES Y FINES.
Determinadas especies animales representan un problema para la Salud Pública y el bienestar de la población al estar implicadas, directa o indirectamente, en la propagación de ciertas enfermedades transmisibles. Por
ello las actividades de DDD, constituyen, desde el punto de vista sanitario, pilares esenciales para controlar las poblaciones de artrópodos, así como de roedores con incidencia negativa en la población, más aún en una UNIDAD ALIMENTARIA.
Estas plagas se consideran instaladas en la mayoría de los municipios y mercados, frecuentando la Red de alcantarillado público, zonas verdes, jardines, solares, naves con alimentos, pueden venir anidados en los palets, etc., por ser aquellas que reúnen las condiciones necesarias para su asentamiento. Por lo que teniendo en cuenta la imposibilidad de erradicar por completo estas plagas, el objetivo del control de plagas urbanas es la mejora del bienestar de los operadores, la reducción de las enfermedades transmisibles, el mantenimiento de ambientes sanos, la creación de infraestructuras que reduzcan los riesgos, así como la reducción de la exposición a contaminantes biológicos, físicos y químicos y de sus efectos sobre la salud en el ambiente laboral y en la comunidad.
En ese contexto, la aplicación de los procedimientos descritos en el presente pliego permitirá la predicción y la prevención del riesgo vectorial mediante una adecuada gestión ambiental de hábitat y permitirá una reducción en el empleo de biocidas.
Los tratamientos de control de plagas son realizados por empresas autorizadas para tales fines por las Comunidades Autónomas, según lo establecido en la Orden SCO/3269/2006, de 13 de octubre, por la que se establecen las bases para la inscripción y funcionamiento del Registro Oficial de Establecimientos y Servicios de Biocidas. La Consejería de Salud de la Junta de Andalucía publicó el decreto 60/2012 de 13 xx xxxxx por el que se regulan los Establecimientos y Servicios Biocidas de Andalucía y la estructura y funcionamiento del Registro Oficial de Establecimientos y Servicios Biocidas de Andalucía.
La Ley 7/1985, de 2 xx xxxxx, Reguladora de las Bases del Régimen Local
y la Ley 14/1986, de 25 xx xxxxx, General de Sanidad, atribuye a los Ayuntamientos las responsabilidad de control del medio ambiente (saneamiento de aguas residuales, residuos urbanos e industriales, etcétera) que puedan favorecer la aparición y proliferación de artrópodos y roedores con incidencia para la salud pública en el ámbito de su territorio, así como velar, con carácter preventivo, por el mantenimiento de las condiciones higiénico-sanitarias de las instalaciones e infraestructuras Municipales, como es la UNIDAD ALIMENTARIA de MERCAGRANADA.
Para el cumplimiento de estos fines es imprescindible llevar a cabo la contratación de este servicio de control de plagas necesario para mantener la salud pública en nuestra UNIDAD ALIMENTARIA.
Los objetivos del servicio requerido son la identificación de los peligros relacionados con poblaciones de roedores (principalmente ratas) e insectos (principalmente cucarachas, avispas, moscas) en la UNIDAD ALIMENTARIA DE MERCAGRANADA y la reducción a niveles compatibles con la salud pública de los riesgos asociados a esos animales (mantenimiento del nivel de esas poblaciones de animales por debajo de los niveles de tolerancia o “umbrales de plaga” correspondientes y preestablecido.
3. AMBITO DEL SERVICIO.
El área del servicio será la Unidad Alimentaria de MERCAGRANADA, así como las naves de venta mayorista con licencias de ocupación cedidas por el Ayuntamiento de Granada, es decir:
- Nave de pescados
- Naves de Frutas y Hortalizas primera y segunda
- Nave de polivalencia
- Edificio Administrativo
- Talleres y depuradora
- Aljibe de agua industrial.
- Edificio del parking: control de legionella en ACS y limpieza fancoils
- Resto de la Unidad Alimentaria, zonas verdes (aspersores, insectos y roedores), vías públicas y edificaciones.
4.- DEFINICIÓN DEL SERVICIO.
La prestación del servicio incluye las siguientes actuaciones planificadas y ejecutadas por la empresa adjudicataria bajo supervisión del área técnica y de servicios de MERCAGRANADA.
La prestación de los servicios objeto del presente contrato se ajustará a lo dispuesto en estas Condiciones técnicas, así como a las normas y legislación vigentes en el ámbito nacional, autonómico y local que le competan. Las condiciones técnicas incluidas en este pliego son las mínimas admisibles, pudiéndose incluir todo lo que mejore la calidad de los servicios.
4.1. VISITA A LA UNIDAD ALIMENTARIA Y DIAGNÓSTICO DE LA SITUACIÓN.
Para la realización del diagnóstico de la situación y elaboración del correspondiente presupuesto y la oferta técnica, será preceptivo que cada una de las ofertantes realicen una visita a las instalaciones objeto del servicio para la elaboración del Planning de trabajo a presupuestar en la oferta.
El plazo máximo para realizar la preceptiva visita se fija en el día 4 de enero de 2016 a las 13 horas y, la misma, deberá ser previamente concertada con el Jefe Técnico de MERCAGRANADA S.A. en el teléfono 000 00 00 00.
El diagnóstico de situación debe incluir, para cada uno de apartados recogidos en el punto 3. (ámbito del servicio), los siguientes apartados
especificándose de forma detallada la metodología e indicadores a utilizar para:
- Identificación de las especies, ciclo vital, hábitat y costumbres de los organismos a combatir.
- Estimación de la densidad de su población.
- Posible origen de la plaga.
- Asimismo y a al inicio del trabajo, el adjudicatario realizará la determinación de la distribución y extensión de la población. Realizándose un mapa de distribución, indicando la densidad de poblaciones de vectores, los puntos de tratamiento y control de ratas y ratones y los puntos críticos y de control (larvarios y refugio de adultos) en insectos (mosquitos y cucarachas). Este mapa se realizará dividiendo el municipio en sectores.
- Estudio de los factores (ambientales, estructurales, higiénicos-sanitarios, etc.) que originen o que puedan contribuir al desarrollo de organismos nocivos.
- Propuesta de actuaciones distintas a los tratamientos químicos.
SUPERFICIES DE MERCAGRANADA:
SUPERFICIES MERCAGRANADA | ||||||||
MERCADO DE F.Y.H | MERCADO PESCADOS | Z.A.C | ADMINISTRA CION | VIALES Y APARCAMIE NTOS | PARKING | OTRAS AREAS | SUMAS | |
Nave 1 | 6.788 | |||||||
Nave 2 | 6.788 | |||||||
Nave Pescados | 5.296 | |||||||
Parcelas | 43.078 | |||||||
Polivalencia | 6.650 | |||||||
Multiusos | 2.352 | |||||||
Pabellon Envases | 1.600 | |||||||
Xxxxxxxx Xxxxxxxxx | 000 | |||||||
Xxxxx Xxxxxxxxxxxxxx | 0.000 | |||||||
X xxxxx y Aparcamientos | 138.870 | |||||||
Parking Trailers | 24.111 | |||||||
P1 y P2 | 5.562 | |||||||
P3 | 3.707 | |||||||
P4 | 990 | |||||||
Jardines | 9.962 | |||||||
Aceras | 7.296 | |||||||
Depuradora | 3.546 | |||||||
Punto de V ertidos | 3.311 | |||||||
Depositos de Agua | 561 | |||||||
Edifº Servicios Parking | 539 | |||||||
Porticos de Entrada-Salida | 250 | |||||||
Talleres | 193 | |||||||
TOTALES | 13.576 | 5.296 | 54.175 | 2.977 | 138.870 | 34.371 | 25.658 | 274.922 |
Ver anexo 1. Plano de Mercagranada.
4.2. PROGRAMA DE ACTUACIÓN.
Se elaborará un programa de actuación que recoja las medidas y estrategias de actuación necesarias para mantener la población de especies nocivas por debajo del nivel de tolerancia.
Este programa deberá incluir:
• Medidas y estrategias de control.
• Calendario de actuaciones.
• Evaluación del servicio.
En función de esa propuesta de actuación, la Dirección Técnica de la empresa adjudicataria, en colaboración con el área TÉCNICA de MERCAGRANADA S.A. concretarán posteriormente un PLAN DE ACTUACIÓN basado en esas propuestas y en la información disponible (diagnósticos de situación y datos previos evaluados). Este plan se resumirá en un documento técnico inicial en el que se detallarán los objetivos, los diferentes indicadores técnicos de gestión, los cronogramas, distribución de la logística y operativos de trabajo así como los sistemas de control de los trabajos, sistemas y periodicidad de la evaluación de actividad, indicadores de calidad del trabajo, etc.
Los trabajos serán objeto de desarrollo de acuerdo a los correspondientes procedimientos normalizados de trabajo que concreten la metodología precisa de los diferentes trabajos necesarios. El adjudicatario deberá aportar sus correspondientes propuestas al respecto que serán objeto de evaluación y validación previa.
Se priorizará la utilización de métodos de control físico (temperatura, luz ultravioleta, etc.), de métodos de control mecánico (trampas adhesivas y trampas mecánicas, técnicas de aspiración) y de métodos de control
biológico. Por último, en caso de que sea necesario aplicar plaguicidas, se escogerán siempre productos de uso para personal especializado, que impliquen la mínima peligrosidad para las personas y el medio ambiente.
Se priorizarán los plaguicidas biológicos racionales. Asimismo, se escogerán siempre las técnicas que supongan menos riesgo de exposición para las personas (tratamientos dirigidos).
Los plaguicidas que se utilicen deben estar autorizados por el organismo competente y se aplicarán siguiendo estrictamente las condiciones de uso establecidas en su autorización. En ningún caso se podrán utilizar productos de uso doméstico en los locales objeto del contrato.
En caso de que sean necesarias actividades de desinfección, los desinfectantes se seleccionarán en función de los organismos xxxxx que tengan que controlar y se utilizarán aquellos que, teniendo la misma efectividad, sean menos peligrosos.
Asimismo se llevará a cabo todas aquellas actuaciones profesionales diversas que dan cobertura técnica adicional a las diferentes actividades (aspectos legales, gestión de información, divulgación y participación ciudadana).
Evaluación del riesgo de las actuaciones propuestas y de las medidas de seguridad.
En los casos necesarios, especialmente en el tratamiento con plaguicidas, se llevará a cabo previamente una evaluación de los factores de riesgo de la actuación, teniendo en cuenta todos los aspectos relacionados con el área objeto del tratamiento y con la actividad que se desarrolla. Asimismo, se determinará cuál es el área afectada por el tratamiento y las medidas de seguridad correspondientes. Las actuaciones deberán hacerse
siempre con el visto bueno previo del Ayuntamiento. Si pueden representar un riesgo para la salud de los trabajadores y las trabajadoras de los locales afectados, se deberá informar al Servicio de Prevención de Riesgos Laborales de MERCAGRANADA S.A. para que adopte, en su caso, las medidas oportunas
En caso de que se utilicen plaguicidas, las medidas de seguridad deben tener en cuenta, entre otros, los siguientes aspectos:
- El aislamiento del área afectada por el tratamiento.
- La ausencia de personas ajenas a las actuaciones de tratamientos plaguicidas el respeto del plazo de seguridad en toda el área afectada.
- La colocación de rótulos, si procede, donde se indiquen las horas durante las cuales se restringirá el acceso al área afectada.
- La adopción de medidas con respecto a la ventilación.
- La no interacción del plaguicida aplicado con los productos y/o procedimientos de limpieza con el fin de que no se produzcan efectos indeseables.
- La colocación de estaciones de cebos relentecidas o insecticidas de forma que asegure que no serán manipulados por personas ajenas.
- Otras medidas indicadas en la autorización del producto aplicado
En cada aplicación que tenga que llevar a cabo, la empresa adjudicataria les tendrá que entregar un documento informativo previo al tratamiento, con la antelación necesaria para cumplir las medidas de seguridad, en el que conste:
- Diagnóstico previo.
- Nombre comercial del plaguicida, número del Registro de Plaguicidas de la Dirección General de Salud Pública y del de Consumo del Ministerio de Sanidad y Consumo, y composición.
- Copia actualizada de la autorización del producto a aplicar.
- Técnica de aplicación.
- Área objeto del tratamiento. Zona concreta, especificando la superficie volumen sobre el que se lleva a cabo el tratamiento.
- Áreas afectadas por el tratamiento, si procede.
- Evaluación de los factores de riesgo del tratamiento.
- Medidas de seguridad a adoptar antes, durante y después del tratamiento, incluyendo, entre otros, el plazo de seguridad.
- Fecha de la actuación, concretando hora prevista de inicio y finalización.
- Firma de la persona responsable técnica y del personal auxiliar del tratamiento, con la fecha de expedición de los correspondientes carnets de aplicadores de tratamientos DDD o de acreditación de la capacitación necesaria de acuerdo con la normativa vigente de la persona responsable técnica y del personal auxiliar.
Después de un tratamiento con plaguicidas, mediante un documento, se informará a MERCAGRANADA S.A. que el servicio se ha llevado a cabo de acuerdo con el documento informativo previo al tratamiento y también se indicará el plaguicida utilizado, la cantidad aplicada y, si tiene plazo de seguridad, la hora de inicio y de finalización de la aplicación, así como la fecha y la hora que se podrá volver a entrar en el área afectada.
Este servicio se efectuará siempre que sea necesario previa valoración y determinación del Departamento de Tecnico. La actuación deberá desarrollarse en el plazo de 48 horas a contar a partir del requerimiento que se efectúe a la empresa adjudicataria.
Los productos utilizados en los tratamientos deberán ser inocuos siempre que se pueda y, cuando no sean inocuos, se deberán adoptar las medidas necesarias para la salubridad pública.
Las actuaciones se harán respetando las medidas de seguridad.
En cada caso, se determinarán las medidas a tomar en coordinación con el departamento de mercados y atención al cliente y los servicios de limpieza de la Unidad Alimentaria.
4.3. BIOCIDAS.
El adjudicatario deberá aportar a su cargo los biocidas necesarios para la realización del servicio.
Los biocidas aportados por el adjudicatario deberán ajustarse a los requisitos generales siguientes:
• Estar inscritos y autorizados en el Registro de Biocidas del Ministerio de Sanidad y Política Social para el uso al que se destinan.
• La formulación del preparado será elegida en función de: la máxima eficacia y seguridad posibles frente al tipo de vector a combatir y entorno particular (tipo de superficie y características) en el que se prevé utilizar; selectividad para la especie xxxxx; menor toxicidad para la especie humana y especies no xxxxx.
• Se seleccionará la técnica de aplicación del producto con menor impacto ambiental, dando prioridad a los tratamientos localizados, de manera que se maximice su efectividad y evite el riego de deriva y de diseminación no controlada. En todo caso, la metodología de trabajo (al igual que el principio activo y formulación a utilizar) será específicamente aprobada y evaluada por el área técnica de MERCAGRANADA. Su aplicación y seguimiento será objeto de PLANES DE TRABAJO Y PROCEDIMIENTOS específicos.
• En la determinación del momento y lugar de tratamiento se tendrá en cuenta: el momento de mayor vulnerabilidad de la especie xxxxx; plazo de seguridad del biocida; la actividad y uso de las instalaciones de modo que en ningún momento se ponga en peligro la salud de las personas y en ningún caso, las actuaciones que se realicen causarán molestias ni
perturbaciones en el funcionamiento de los servicios y el desarrollo normal de la actividad comercial en MERCAGRANADA.
• La gestión y eliminación de los residuos generados será asimismo responsabilidad de la empresa adjudicataria, en consonancia con la normativa vigente sobre éstos.
• Siempre que se realice cualquier tratamiento, la empresa contratada, deberá emitir certificado acreditativo que incluya como mínimo los siguientes datos:
o Datos de la empresa adjudicataria: razón social; domicilio, CIF/NIF; NºROESB.
o Datos del contratante.
o Área/s tratadas: nombre; dirección.
o Fecha de prestación del servicio.
o Tipo de servicio: vigilancia/monitorización; tratamiento biocida.
o Especies: detectadas; ubicación.
o Medidas a adoptar: medidas de optimización de las condiciones higiénicosanitarias y ambientales; medidas sobre el desarrollo de comportamientos y hábitos saludables; medidas de control directo sobre la especie nociva.
o Productos utilizados: área tratada; tipo de biocida; Nombre comercial; número de inscripción en el registro de biocidas; materia activa; dosificación; plazo de seguridad; método de aplicación.
o Nombre y firma del responsable técnico.
4.4. MATERIAL Y EQUIPOS DE TRABAJO.
La empresa adjudicataria deberá mantener, durante todo el tiempo de duración del contrato, el equipo material y humano necesario para realizar
todos aquellos servicios que puedan surgir por la aparición de nuevos focos y por los partes de denuncias.
El personal necesario para realizar los trabajos de desratización, desinsectación y desinfección dependerá exclusivamente del adjudicatario, por cuanto éste tendrá todos los derechos y deberes inherentes a su calidad de empresario y deberá cumplir las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y seguridad e higiene en el trabajo, referidas al propio personal a su cargo, sin que en ningún caso pueda alegarse derecho alguno por dicho personal en relación con la entidad contratante, ni exigirse a ésta responsabilidades de cualquier clase, como consecuencia de las obligaciones existentes entre el adjudicatario y sus empleados, aún en el supuesto de que los despidos o medidas que adopte se basen en el incumplimiento, interpretación o resolución del contrato.
El personal aplicador y el responsable técnico xxxxxxxxx con lo dispuesto en el Real Decreto 830/2010, de 25 xx xxxxx, por el que se establece la normativa reguladora de la capacitación para realizar tratamientos con biocidas. El personal “aplicador” dispondrá de acreditación profesional homologada de “Aplicador de Plaguicidas nivel básico”, mientras dure el período transitorio de validez de dichos carnés, o dispondrán de acreditación de la cualificación profesional de Servicios de control de plagas (nivel 2). El responsable técnico, se encontrará en posesión de certificado acreditación profesional homologada de “aplicador de plaguicidas nivel cualificado”, o dispondrá de la formación profesional de cualificación profesional de gestión de servicios para el control de organismos nocivos (nivel 3). Se considerará igualmente capacitados quienes se encuentren en posesión de título universitario relacionado con la sanidad ambiental o ingeniería sanitaria o título de Formación Profesional de grado superior específico en salud ambiental.
Se deberá documentar estas titulaciones en el sobre B. Propuesta Técnica.
4.5. FRECUENCIA MÍNIMA DEL SERVICIO. CALENDARIO DE ACTUACIONES.
Las actividades a realizar por la empresa adjudicataria del servicio de DDD serán en cada momento las necesarias para controlar los vectores (insectos y otros artrópodos, microorganismos y roedores) que puedan constituir un riesgo o peligro sanitario para la Unidad Alimentaria de MERCAGRANADA, en general o para alguna dependencia o servicio en particular, de tal forma que en ningún momento se detecte la presencia de dichos vectores por sí mismas o por la contaminación y consecuencias que puedan producir. Debiéndose presentar una planificación anual de las mismas.
En caso de detectarse una urgencia la actuación de la Empresa adjudicataria será inmediata.
Se emitirán certificados acreditativos de cada uno de los tratamientos, tal como se establece en el punto 4.3, informes de incidencias y de recomendaciones preventivas.
Para la realización de los servicios de desratización, desinsectación y desinfección, en general, se utilizará la Lucha Integrada de Plagas, es decir, la minimización de utilización de plaguicidas potenciando otros métodos físicos y mecánicos, y que consiste en el uso coordinado de la información sobre la plaga y el medio ambiente, con unos métodos de control viables sobre estas, para prevenir niveles inaceptables de daño, utilizando los medios más económicos con el menor riesgo posible para las personas, la propiedad y el medio ambiente.
En caso de que las plagas persistan el adjudicatario deberá efectuar las actuaciones necesarias para su erradicación total.
Sirva como orientación o actuaciones mínimas exigidas las efectuadas con la periodicidad siguiente:
4.5.1. DESRATIZACIÓN.
En la oferta se especificarán los puntos en los que se colocarán los cebos y testigos, número de puntos y localización, determinará el número de días y las fechas aproximadas de comienzo y duración de los tratamientos necesarios. Asimismo, se especificarán claramente los productos de elección y los productos en reserva para rotación así como la forma de presentación del rodenticida (bolsa, bloque, gel, etc. ) y método de aplicación. Se organizará el trabajo en actuaciones de choque y actuaciones de control y seguimiento:
- Actuaciones de choque: serán con periodicidad mínima bimensual, en todos los lugares del dominio público y sin necesidad de que haya ningún tipo de problema que lo justifique. La periodicidad de estos tratamientos de mantenimiento puede aumentar si el área técnica de MERCAGRANADA o la propia empresa lo considera necesario y justifica en función de la necesidad y sin coste extra. Si se establecen otras periodicidades será incluidas en las mejoras a describir en la memora a presentar, así como en modelo de anexo X xxx Xxxxxx de Prescripciones Administrativas.
- Actuaciones de control y seguimiento: El seguimiento se hará alternando entre los tratamientos de choque, para controlar. Con el fin de garantizar la eficacia del servicio se establecerán testigos y se repondrán los cebos siempre que sea necesario, aun cuando no correspondiese el tratamiento pautado. Se realizará control y seguimiento con mayor frecuencia, que la establecida anteriormente, en aquellas zonas en las que bien por el diagnóstico de situación o por
la verificación de un aumento de densidad de las poblaciones de roedores, tras la valoración del consumo de cebos y/o tras los avisos de operadores de la Unidad Alimentaria o del personal de MERCAGRANADA, así lo justifique. La periodicidad de estos tratamientos de mantenimiento puede aumentar si MERCAGRANADA o la empresa contratada lo considera necesario y lo justifica en función de la necesidad y sin coste extraordinario.
En ambos casos deberán presentar la documentación que se les solicite referente a sus servicios en MERCAGRANDADA, a petición de algún operador de esta Unidad Alimentaria.
4.5.2. DESINSECTACIÓN.
En la oferta se especificara: en cada nave o área los puntos a tratar; los productos de elección y los productos en reserva para rotación, así como el método de aplicación del plaguicida (pulverización dirigida, gel, etc). La técnica utilizada siempre será la más segura para la población, siendo más valorada aquella que no tenga efecto desalojo y que no dé lugar en ningún caso a que el plaguicida llegue a los operadores y a los alimentos que se venden en la Unidad Alimentaria; determinará el número y las fechas aproximadas de comienzo y duración de los tratamientos necesarios.
Se organizará el trabajo en actuaciones de choque y actuaciones de control y seguimiento.
Los tratamientos de choque se realizarán en campañas teniendo en cuenta el ciclo vital del insecto.
Para cucarachas se realizarán como mínimo 3 tratamientos de choque antes y durante el comienzo del calor y durante el ciclo vital del insecto, y otros 2 tratamientos como mínimo de control y seguimiento (los 5 tratamientos se
realizarán generalmente entre mayo y octubre). La periodicidad de estos tratamientos puede aumentar si MERCAGRANADA o la empresa lo considera necesario y lo justifica en función de la necesidad, sin coste extra.
Si hubiese necesidad de realizar tratamiento sobre mosquitos. Se hará un diagnóstico de situación y si procediera se tratarán sobre todo los larvarios y los refugios de adultos. Debiéndose emitir informe previo.
Mosquitos tigre: Se harán los tratamientos necesarios y para el control del mosquito tigre en las zonas afectadas, también debe incluir mejoras en la concienciación y control del mosquito tigre basándonos en el Plan Integral de Control de Mosquito tigre
Colmena de avispas y abejas:
En el caso de la presencia de una colmena de avispas y abejas en MERCAGRANADA la empresa adjudicataria debe dar una solución al problema respetando la ley de protección de los animales.
Si la colmena de avispas y abejas se sitúa en una fachada de un edificio con gran afectación en la vía pública, la empresa deberá realizar el tratamiento previa petición a MERCAGRANADA.
Será a cargo del adjudicatario efectuar las tareas en coordinación con MERCAGRANADA y el adjudicatario deberá utilizar los productos necesarios para cada una de las tipologías de plagas.
Una vez acreditado que se tratan de abejas, al ser ésta una especie protegida, los trabajos deberán coordinarse con el departamento de Medio Ambiente del Ayuntamiento de Granada
4.5.3. DESINFECCIÓN.
En la oferta se especificará para cada nave o área los puntos a tratar, los productos de elección y los productos en reserva, así como el método de aplicación para la desinfección y tipo de producto a utilizar y medios auxiliares.
Se realizará mínima una desinfección anual, Naves de Frutas y Verduras 1 y 2, Nave de pescados, preferiblemente en lunes cuando no hay actividad comercial en las principales naves de venta.
La periodicidad de estos tratamientos puede aumentar si MERCAGRANADA o la empresa lo considera necesario y lo justifica en función de la necesidad, sin coste extra.
4.5.4. LIMPIEZA Y DESINFECCIÓN DE ALJIBE.
En la oferta se especificará como se realizará esta limpieza y desinfección del aljibe de agua industrial, especificando claramente los productos que se van a utilizar, las dosis recomendadas, y el método. Se cumplirá con lo establecido en el RD 865/2003 del Ministerio de Sanidad y Consumo para la prevención y control de legionelosis.
Se realizará mínimo un vaciado anual de aljibe, limpieza xx xxxxxxx con agua a presión, limpieza residuos en suelo, desinfección xx xxxxxxx y recirculación de agua con dosificación de cloro.
La periodicidad de estos tratamientos puede aumentar si MERCAGRANADA o la empresa lo considera necesario y lo justifica en función de la necesidad, sin coste extra.
4.5.5. CONTROL DE LEGIONELLA.
Para la realización de este control de legionella en el Edificio Parking en fancoils y red ACS, así como en aspersores xx xxxxxxxx y Aljibe de agua industrial, se tendrá en cuenta el R.D. 865/2003 por el que se establecen los criterios higiénicos sanitarios para la prevención y control de la legionellosis. Tambien se tendrá en cuenta el R.D. 140/2003 por el que se establecen los criterios de la calidad de las aguas de consumo humano.
En el edificio parking de MERCAGRANADA al existir una unidad común de climatización de circuito de agua, se deberán realizar los trabajos de desinfección de la red, limpieza y desinfección de fancoils, mínimo una vez al año. Así como en los aspersores xx xxxxx repartidos por las zonas ajardinadas.
En la oferta se especificará como se realizan estas tareas, productos que se van a utilizar, y métodos de aplicación, así como normas de uso posterior al tratamiento.
4.5.6. SERVICIO INTEGRAL DE PLAGAS.
El servicio se realizará cumpliendo las recomendaciones fijadas por la norma UNE 171210:2008 “Buenas prácticas en los planes de desinfección, desinsectación y desratización”. Así, como la norma UNE 16636 que sustituye la anterior, donde se establecen los requisitos que deben cumplir las empresas de Gestión de Plagas, tanto en lo que refiere a los procedimientos de actuación, como a los niveles de competencia de sus trabajadores.
En el caso de que se requirieran medidas de control directo sobre la plaga se priorizaran los métodos físicos, físico-químicos, biológicos a los métodos químicos. Limitándose el uso de métodos químicos a aquellos casos en los que los métodos anteriores sean insuficiente para conseguir el control
adecuado. Elaborándose informe previo a MERCAGRANADA de las actuaciones sobre el tipo de plaga, y los métodos de control a utilizar.
Se realizarán como mínimo 12 inspecciones anuales (se ampliarán siempre que sea necesario), en MERCAGRANADA para realizar diagnóstico de situación y vigilancia periódica. Tras cada inspección se emitirá un informe legible, concreto y detallado de la inspección, empleando en , caso necesario, pruebas fotográficas, en el que se hará hincapié de las medidas de control positivo para prevenir la aparición de vectores y aumentar la eficacia de las actuaciones.
· Antes de cada tratamiento con medidas de control directo, la empresa estará obligada a:
• Informar por escrito con “preavisos” a MERCAGRANADA, y a las dependencias a tratar y comunicar mediante carteles instalados en las dependencias a tratar al resto del personal.
• El preaviso contendrá al menos los siguientes datos: fecha y hora prevista de tratamiento; identificación del personal que participará en el mismo; producto o productos a utilizar; método de aplicación; lugar de la aplicación; plazo de seguridad; medidas higiénico-sanitarias, de seguridad y protección requeridas antes, durante y después del tratamiento. Adjuntar en la oferta el modelo de preaviso y cartel informativo que presentará la empresa.
• Coordinarse con el responsable de las dependencias, con el tiempo suficiente, para que antes del tratamiento se realice una limpieza de las instalaciones y se aíslen aquellos elementos que por razones de seguridad no deban estar presentes en las estancias en el momento del tratamiento.
• Aislar la zona a tratar de la forma más segura.
· Durante el tratamiento, la empresa estará obligada a:
• El tratamiento no se aplicará hasta no tener el acuse del recibo del preaviso con el conforme del responsable del centro.
• Tomar las medidas de protección individual y para las personas ajenas al tratamiento adecuadas. Asegurándose la ausencia de cualquier persona ajena a la aplicación del tratamiento.
• No causar molestias o riesgos sanitarios a la población, a los animales o al medioambiente. Así mismo el tratamiento no afectará a la actividad cotidiana de la población.
· Después del tratamiento, la empresa estará obligada a:
• Señalizar en las áreas tratadas, mediante carteles en los que se informe del plazo de seguridad.
• Mantener alerta todos los sistemas de prevención de riesgos y de seguridad.
• Emitir informe de incidencias, si las hubiera.
• Emitir certificado acreditativo del tratamiento realizado.
• Emitir informe con recomendaciones y pautas a seguir para evitar la propagación de vectores y limitar los factores que favorecen su desarrollo. Este informe recogerá con letra legible las recomendaciones de las medidas adoptar específicas para el lugar tratado, incluyendo aportación de pruebas fotográficas, haciéndose hincapié en las medidas higiénicas y estructurales necesarias para prevenir la aparición de vectores y aumentar la eficacia de las actuaciones.
• De todos los informes recogidos en este apartado se entregará copia a MERCAGRANADA.
4.5.7 ATENCIÓN DE AVISOS.
Las actuaciones de obligada ejecución se complementarán, con un servicio de actuaciones derivadas de la recepción de avisos por presencia de vectores, comunicados directamente por operadores de la Unidad Alimentaria y/o otras fuentes de información (personal de limpieza de MERCAGRANADA S.A., personal de MERCAGRANADA S.A. y vigilantes, controladores de MERCAGRANADA S.A.), sin coste añadido.
Estos avisos se centralizarán en el área técnica de MERCAGRANADA, desde la cual se comunicará mediante por correo electrónico a la empresa.
Los avisos serán atendidos por el contratista en un plazo de tiempo no superior a 24 horas.
Así mismo, la empresa se pondrá siempre que sea posible en contacto con el emisor del aviso para ampliar la información sobre la incidencia e informarle del momento en el que se va a acometer la intervención.
4.6. EVALUACIÓN DEL SERVICIO.
La evaluación del servicio, tendrá en cuenta los siguientes apartados:
· Grado de vigilancia del cumplimiento y mantenimiento de las medidas y estrategias adoptadas y del calendario de actuación (presentar indicadores objetivos).
· Vigilancia de la actividad de la plaga (presentar indicadores objetivos).
· Evaluación del método de control o tratamiento elegido y su idoneidad (presentar indicadores objetivos).
· Vigilancia de los posibles efectos adversos sobre la salud de las personas, las instalaciones, los alimentos y otros productos (presentar indicadores objetivos).
· Vigilancia del grado de cumplimiento del plan (presentar indicadores objetivos
· Al final de cada año la empresa deberá presentar la siguiente documentación:
• Plan de desratización, desinfección y desinsectación
• Encuesta de calidad realizada a los operadores de la UNIDAD ALIMENTARIA DE MERCAGRANADA.
4.7. INFORMACIÓN A MERCAGRANADA.
Todas las actividades/operaciones recogidas en el servicio se realizan partiendo de la premisa de información a MERCAGRANADA con antelación a las actividades a realizar.
Se emitirán informes por escrito a MERCAGRANADA y actuaciones realizadas, como mínimo con periodicidad trimestral, una memoria anual y siempre que MERCAGRANADA lo demande. Estos informes deberán constar, como mínimo, de:
• Descripción detallada de situación xx xxxxxxx.
• Diagnóstico de situación en el momento de la realización del informe trimestral y comparación con el xx xxxxxxx.
• Tratamientos de choque o mantenimiento realizados (fechas).
• Puntos de control y medición de la densidad de población de vectores en ese momento.
• Número de avisos realizados, en ese periodo, en vía pública o en módulos de operadores.
• Incluyendo gráficos y detalle de los sectores y del número de avisos por vector y sectores.
• Inspecciones o tratamientos realizados en dependencias en ese trimestre. Incidencias y medidas correctivas, necesarias.
• Informe de Evaluación
• En todo momento la empresa adjudicataria, tendrá la obligación de informar a Mercagranada de cualquier cambio en la legislación vigente que pueda afectar a la prestación de su servicio.
4.8. CONTROL DEL SERVICIO.
La empresa licitadora deberá nombrar un responsable de la empresa para MERCAGRANADA asimismo establecerá teléfonos de emergencia, operativos las 24 horas del día, para que ante cualquier emergencia, se tomen las medidas oportunas en el tiempo más breve posible. Si el caso, así lo requiriere, se deberá poner a disposición municipal todo el material y personal necesario para solventar el problema.
Los servicios contratados podrán ser sometidos a control, supervisión y vigilancia continuada por parte del personal de MERCAGRANADA. Los responsables municipales podrán hacer uso del derecho a supervisar la labor de los técnicos de la empresa con objeto de conocer en primera línea las posibles incidencias, muestreos o determinaciones y mediciones en los puntos de testigos de control. Las autoridades municipales podrán realizar aportaciones o sugerencias sobre las zonas prioritarias o con mayor problemática, MERCAGRANADA facilitará a la empresa toda la información necesaria para el mejor desarrollo del servicio.
La empresa está obligada a confeccionar los correspondientes partes de trabajo e informes establecidos (informes de inspección, de incidencias, certificado acreditativo del tratamiento realizado, informe de recomendaciones sobre factores a tras la aplicación de un tratamiento) que se pondrán a disposición de MERCAGRANADA en el menor tiempo posible.
Las fechas de tratamientos, las técnicas y productos a utilizar, métodos de aplicación y cuantas cuestiones constituyen el servicio requerido deberán ser puestas en conocimiento de los técnicos de MERCAGRANADA con
anterioridad a la ejecución, así como cualquier innovación o variación sobre el programa de DDD establecido y que supongan variaciones sustanciales de este.
La empresa adjudicataria no podrá mantener relación institucional, hacer declaraciones a medios de comunicación o entregar documentación o datos, sobre temas concernientes al servicio, sin la autorización expresa de MERCAGRANADA.
5. OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO.
5.1. Será a cargo del adjudicatario:
a) El suministro de todos los productos, utensilios y medios auxiliares necesarios para la prestación de los servicios de desratización, desinsectación, desinfección y tratamiento de prevención y control de legionelosis de acuerdo a lo determinado en el objeto del contrato (desplazamientos, productos, aplicaciones, toma de muestras, transporte, analíticas, comunicación de resultados, software informático, etc.).
b) Las tareas propias de los servicios.
b) Tener un teléfono de asistencia las 24 horas del día, para atender cualquier urgencia.
c) Disponer de una plantilla de personal, debidamente autorizados para efectuar las tareas pertinentes, y para poder resolver en tiempo y forma los problemas que se devenguen.
d) Contratar por su cuenta, los seguros necesarios para cubrir los riesgos propios y de terceras personas que se puedan producir en el ejercicio de su actividad.
5.2. Mensualmente, el adjudicatario deberá presentar una memoria detallada de las actuaciones realizadas especificando el tipo de servicios efectuados y los motivos.
.
5.3. Formar y mantener actualizada la formación y capacitación técnica de todo su personal en cumplimiento de la legislación vigente en referencia al control de plagas y Legionelosis.
5.4. Cumplir todos los requisitos establecidos en materia de seguridad e higiene del trabajo que debe incluir los medios, las EPIS y la formación.
5.5. Cumplir con todo los Registros establecidos en la legislación vigente por el cumplimiento de las tareas objeto del contrato.
5.6. Asistir a las reuniones que MERCAGRANADA convoque.
5.7. Tendrá que tener oficina permanente en Granada para su contacto permanente con MERCAGRANADA y aportará dirección, teléfonos y correos electrónicos.
6. REGIMEN SANCIONADOR.
Las infracciones del adjudicatario por incumplimiento de sus obligaciones se clasificarán en leves, graves y muy graves.
6.1. Infracciones leves
Son infracciones leves aquellas que, no afectando desfavorablemente a la calidad, cantidad y tiempo de la prestación de los servicios, no comportan peligro para las personas o las cosas, ni causan molestias a los usuarios.
También se considerarán infracciones leves, aquellas que no estén determinadas en ninguno de los apartados especificados.
Las infracciones o faltas leves serán sancionadas con una multa de 601,01 €.
6.2. Infracciones graves
Son infracciones graves aquellas que afecte desfavorablemente a la calidad, cantidad y tiempo de la prestación de los servicios o causen molestias a los usuarios de los servicios.
En particular, se consideran faltas graves las siguientes:
a) La infracción de las condiciones establecidas, por disposición legal o reglamentaria, o en estos pliegos.
b) La desobediencia a las órdenes de modificación de los servicios concedidos, aprobados por MERCAGRANADA.
c) La puesta en peligro de la buena prestación del servicio.
d) La comisión de dos o más faltas leves.
e) Las infracciones en la prestación del servicio que lo perturbe o altere gravemente en su volumen o calidad sin llegar a paralizarlo.
f) La resistencia del adjudicatario la realización de reformas preceptivas ordenadas por MERCAGRANADA.
g) El incumplimiento de las obligaciones laborales y con la Seguridad Social en relación con los trabajadores incluidos en el ámbito del contrato de concesión regulado por estos Pliegos.
Con carácter general, la comisión xx xxxxxx graves será sancionada con imposición de una multa de 3.000 €.
En concreto se identifican las siguientes faltas graves que conllevarán una indemnización económica adicional a la multa definida, y que vincula el costo del servicio ofertado. Una diferencia fundamental en la cuantía y relevancia de estas indemnizaciones será la puesta en conocimiento de MERCAGRANADA S.A. o no de los incumplimientos producidos.
Se notifica o existe acuerdo con MERCAGRANADA S.A.:
Se notifica o existe acuerdo con MERCAGRANADA | No se notifica o no cuenta con aprobación de MERCAGRANADA | |
No realización de un servicio | DEDUCCION DEL COSTE DEL SERVICIO | DEDUCCION DEL TRIPLE DEL COSTE DEL SERVICIO |
El personal o medios de la contrata se han utilizado para fines diferentes en los lugares contratados | DEDUCCIÓN DEL COSTE DEL SERVICIO | DEDUCCIÓN DEL CUADRUPLE DEL COSTE DEL SERVICIO |
Las deducciones se contabilizarán a precio/hora del personal contratado, atribuyéndole el total de personas y horas, por servicio no realizado, incluyendo todos los gastos de seguridad social, etc.
Las infracciones se detectarán comparando las hojas de control de los servicios, de acuerdo a la programación de trabajo presentado por el adjudicatario. Esta información se podrá completar o contrastar con la información obtenida, en su caso, de las inspecciones realizadas por los SERVICIOS TÉCNICOS DE MERCAGRANADA.
Si del incumplimiento del contrato por parte del empresario se derivara perturbación del servicio y MERCAGRANADA no decidiese la resolución del contrato, ésta podrá acordar intervenir el servicio hasta que aquellas causas desaparezcan, en las condiciones y según el procedimiento establecido en los artículos 254 y siguientes del Real Decreto 179/1995
6.3. Infracciones muy graves.
Se consideran infracciones muy graves las siguientes:
a) Las que provoquen perturbación en los servicios objeto de la contrata con reiteración y reincidencia.
b) La interrupción total o parcial de los servicios de forma continua y regular, excepto en los casos de fuerza mayor.
c) La no realización, por parte del adjudicatario, de una buena gestión de los servicios.
d) La desobediencia reiterada de las órdenes y directrices de MERCAGRANADA para asegurar que los servicios se llevan a cabo en las debidas condiciones.
e) Impago del seguro de responsabilidad civil.
f) Incurrir por segunda vez en causa de secuestro.
g) La comisión de dos o más faltas graves.
h) La no prestación del servicio durante uno o más días para cualquier tipo de motivos, entre ellos los de la huelga en el sector.
i) El incumplimiento de lo indicado en la normativa vigente relacionado con la prestación del servicio contratado.
Las faltas muy graves podrán sancionarse con la resolución del contrato de concesión o con una multa de entre 6.000 € y 12.000 €.
7. COMIENZO Y DURACION DEL CONTRATO.
La duración del contrato será de cuatro años a partir de su formalización, con posibilidad de dos prórrogas de un año cada una, vinculantes para la adjudicataria y que únicamente serán efectivas en el caso de que MERCAGRANADA S.A. notifique su voluntad de xxxxxxxxx, de forma expresa y por escrito a la adjudicataria, con una antelación mínima de tres mes antes de la extinción del contrato.
El comienzo del servicio se realizara en máximo diez días tras la firma del contrato.
8. IMPORTE DE LICITACIÓN.
El coste anual del servicio para el control y tratamiento integral de DDD más tratamiento de legionelosis en el Edificio Administrativo en MERCAGRANADA conforme se ha descrito en este documento, no superará el importe de:
€/AÑO | |
Desratización | 3.260,00 € |
Desinsectación | 806,60 € |
Desinfección | 1.618,40 € |
Control legionella ACS, Clima y Aspersores | 638,00 € |
Limpieza y desinfección aljibe | 860,00 € |
TOTAL ANUAL | 7.183,00 € |
El importe total del contrato, sin IVA, incluidas las posibles prórrogas y la totalidad de las modificaciones previstas es de 43.098 €.
A lo largo de la prestación del Servicio podrá requerirse a la empresa adjudicataria, la ampliación de operaciones o servicios en algunas zonas a tratar, que no existían en la fecha de la adjudicación sin coste añadido.
Asimismo MERCAGRANADA, podrá decidir en cualquier momento no realizar alguna de estas partidas por solaparse con otras actividades o contratas.
9. DOCUMENTACIÓN GENERAL (SOBRE A):
Además de condiciones fijadas en las cláusulas económico- administrativas, los licitadores deberán presentar la siguiente documentación:
9.1. La empresa acreditará estar autorizada por la Consejería de Salud de la Junta de Andalucía según lo publicado en el Decreto 60/2012 de 13 xx xxxxx, por el que se regulan los Establecimientos y Servicios Biocidas de Andalucía, y la estructura y funcionamiento del Registro Oficial de Establecimientos y Servicios Biocidas de Andalucía.
9.2. Relación de recursos materiales y de personal de que disponga para realizar el servicio en MERCAGRANADA, detallando la dedicación y el número de trabajadores que pondrá a disposición del proyecto.
9.3. Acreditación que justifique que el personal aplicador y el responsable técnico cumplen con lo dispuesto en el Real Decreto 830/2010, de 25 xx xxxxx, por el que se establece la normativa reguladora de la capacitación para realizar tratamientos con biocidas.
9.4. Relación de los productos a emplear en la realización del servicio en la que figure: tipo de biocida; nombre comercial; materia activa y %; número de registro; método de aplicación; tipo de instalación en el que se va a usar; dosis aplicada del producto (%); plazo de seguridad.
9.5. Declaración expresa de NO utilizar productos clasificados como TÓXICOS O MUY TÓXICOS según la normativa vigente
9.6. Documentación que acredite el cumplimiento de lo establecido en la Ley de Prevención de Riesgos Laborales. Se detallarán los medios de prevención y protección disponibles tanto para su personal como para la población en general.
9.7. Compromiso expreso de la eficacia de los tratamientos y declaración de responsabilidad ante posibles accidentes o intoxicaciones, exonerando de ellos a MERCAGRANADA.
9.8. Documento acreditativo de cumplimiento de la normativa vigente referida a la producción, gestión y eliminación de Residuos Tóxicos y Peligrosos.
9.9. Seguro de responsabilidad civil por importe de 300.000 €.
10. DOCUMENTACIÓN TÉCNICA (SOBRE B):
10.1. Procedimiento de actuación para la realización del diagnóstico de situación, el cual incluirá:
- métodos a utilizar para la detección de las posibles especies;
- métodos e indicadores a utilizar para la estimación de la densidad de sus poblaciones, su origen, distribución, extensión, puntos críticos y los factores ambientales que los favorecen.
10.2. Propuesta de programa de actuación en el que se incluirán:
- las medidas y estrategias de control de plagas (actuaciones a realizar sobre condiciones higiénico-sanitarias y ambientales; elementos estructurales y constructivos; desarrollo de comportamientos saludables; control directo sobre la plaga) que consideren necesarias para reducir o minimizar la incidencia de plagas;
- calendario de actuaciones, especificando las épocas, periodicidad y duración estimada de los tratamientos, deberá contener como mínimo los servicios y frecuencias que se recogen en el punto 4.5.
- Características y empleo previsto de los recursos humanos y materiales, disponibles para desarrollar las actividades propuestas.
10.3. Protocolo escrito de la inspección de centros y dependencias; puntos a inspeccionar; actuaciones a realizar sobre condiciones higiénico- sanitarias y ambientales; elementos estructurales y constructivos; desarrollo de comportamientos saludables; control directo sobre la plaga; tipos y contenido de informes tras la inspección; consejos y recomendaciones para subsanación de problemas. Descripción de la metodología para el control o la detección de vectores, puntos y métodos de monitorización, etc.
10.4. Descripción detallada de actuaciones de control directo sobre la plaga (métodos mecánicos, físicos, físico-químicos, biológicos y químicos). Explicar los tipos de tratamientos a realizar, en los distintos ámbitos de aplicación (vía pública y dependencias). Explicación detallada del
porqué de la elección de los biocidas propuestos en los distintos ámbitos: eficacia; seguridad; métodos y técnica de aplicación, así como los medios de protección personal utilizados por los trabajadores de la empresa; lugares de aplicación. Criterios de rotación de los productos a emplear para cada especie y según el ámbito de aplicación. Descripción de la actuación de la empresa en caso de plaga por encima del umbral de tolerancia.
10.5. Descripción de los sistemas evaluación
10.6. Compromiso de cumplimiento estricto de la legislación relativa al empleo de biocidas.
10.7. Compromiso de cumplimiento estricto de la normativa relativa a la formación y cualificación profesional del personal. Especificar titulación de los técnicos de plantilla para poder realizar las labores de DDD.
10.8. En lo aplicable, compromiso de trabajo bajo la Norma UNE 171210:2008 sobre “buenas prácticas en los planes de Desinfección, Desratización y Desinsectación”. Y norma UNE 16636. La designación de un responsable del servicio, con titulación de grado superior que deberá elaborar los informes de la actividad desarrollada y una persona responsable del servicio, facilitando teléfonos de emergencia, operativos las 24 horas del día
10.9. Normativas de calidad que cumple la empresa, ISO 9001:2008, ISO 14001:2004, UNE 16636, IFS, BRX, Global Lab. Presentar fotocopia compulsada de estar en posesión de alguna de estar normativas.
10.10. Justificante debidamente firmado y sellado por MERCAGRANADA S.A. de visita a la UNIDAD ALIMENTARIA para poder presupuestar de conformidad con los parámetros de esta licitación pública.
11. CRITERIOS DE LA ADJUDICACIÓN:
Para la adjudicación se tendrá en cuenta los siguientes aspectos:
Calidad y precisión en la elaboración del diagnóstico de situación: Se valorará. | Hasta 10 puntos. |
Propuesta de programa de actuación | Hasta 15 puntos. |
Protocolo escrito de la inspección de centros y dependencias de MERCAGRANADA S.A. | Hasta 10 puntos. |
Descripción detallada de actuaciones de control directo sobre la plaga. Productos a utilizar. | Hasta 10 puntos. |
Descripción de los sistemas evaluación de plagas. | Hasta 10 puntos. |
Estar en posesión de los certificados de calidad ISO 9000 hasta 5 puntos e ISO 14.000 hasta 5 puntos. | 10 puntos. |
Mejoras propuestas por la empresa respecto a atención a los clientes de MERCAGRANADA, métodos de gestión y otras no contempladas en el pliego. | Hasta 10 puntos. |
Oferta económica: Se valorará con 25 puntos la oferta económica más ventajosa, (la mayor diferencia entre el tipo de licitación y la oferta), y el resto de forma proporcional. En cualquier caso se considerarán desproporcionadas las ofertas que se encuentren en los supuestos señalados en el artículo 85 del R.D. 1.098/2001 de 12 de octubre, Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Publicas, por lo que se valorarán con 0 puntos en el criterio de oferta económica, por considerar que tales proposiciones no pueden ser cumplidas como consecuencia de desproporción de la oferta presentada. | Hasta 25 puntos. |
TOTAL | 100 |
ANEXO 1. AMBITO DE ACTUACIÓN.
PLANO DE MERCAGRANADA ADJUNTO.
VER EN LA WEB DE MERCAGRANADA NUMERO DE EMPRESAS EXISTENTES.