Contract
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES PARA LA CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE TRANSMISIÓN DE DATOS Y ACCESO A INTERNET MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO Y TRAMITACIÓN ORDINARIA.
I.- OBJETO DEL CONTRATO.
1.1 - El contrato tiene por objeto la prestación del servicio de transmisión de datos y acceso a Internet del Consorcio de la Zona Xxxxxx xx Xxxxx de acuerdo con lo establecido en este Pliego y con las condiciones establecidas en el Pliego de Prescripciones Técnicas que se adjunta.
El servicio se realizará de acuerdo con la oferta presentada por el adjudicatario que deberá respetar las condiciones mínimas establecidas en el referido Pliego de Prescripciones Técnicas.
El presente Xxxxxx, Xxxxxx de Prescripciones Técnicas, y la oferta de servicios del adjudicatario revestirán carácter contractual.
1.2 - Mediante el presente contrato se persigue disponer de un servicio altamente confiable de conexión y acceso a Internet de la red corporativa del Consorcio de la Zona Xxxxxx xx Xxxxx, las 24 horas del día y durante los 7 días de la semana, que garantice la continuidad y buen funcionamiento de cuatro tipos de servicios:
- Navegación para sus empleados por la red pública Internet.
- Publicación de los servicios web en la red.
- Acceso a Internet, publicación y transporte de datos para clientes del propio Consorcio.
- Transmisión de datos entre las sedes del Consorcio ubicadas en Cádiz, Puerto de Santa Xxxxx y Algeciras.
El caudal a contratar para el acceso a internet de manera corporativa será al menos de 4 Mbps,
En el presente contrato la infraestructura de acceso principal se ubicará en el Centro de Proceso de Datos con el que cuenta el Consorcio en su Sede Social, además de los accesos ubicados en el resto de edificios según se contempla en el Pliego de Prescripciones Técnicas.
2. - PRESUPUESTO DE LICITACIÓN, IMPORTE DEL CONTRATO Y GARANTIA DEFINITIVA.
2.1 Presupuesto de licitación
El presupuesto base de licitación es de ciento ocho mil, quinientos setenta y seis euros (108.576 Euros) (incluido 16% de I.V.A).
2.2 Importe del contrato y sistema de determinación del precio
De acuerdo con el artículo 202.2 del Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas y 197 del RD 1098/2001 de 12 de octubre por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (en adelante, RGLCAP), el sistema de determinación del precio se ha establecido por precios unitarios.
El importe del contrato y los precios que regirán durante su ejecución serán los resultantes de la oferta económica que sea adjudicada, que llevará incluidos todos los gastos en que el adjudicatario pueda incurrir para el normal cumplimiento de las prestaciones contratadas.
2.3 Garantía definitiva
El cumplimiento del contrato estará garantizado mediante la constitución de una garantía definitiva del 4% (cuatro por ciento) del importe de adjudicación que deberá prestar el adjudicatario, antes de la formalización del contrato.
Se constituirá en metálico, valores públicos o privados, aval bancario o contrato de seguro de caución, de acuerdo con lo establecido en el artículo 36 del Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, y en la forma y requisitos establecidos en el artículo 55 y siguientes del RGLCAP.
2.4 Revisión de precios
De acuerdo con los puntos 1 y 3 del artículo 103 del Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, los precios, en caso de prórroga, serán revisados según I.P.C.
3.- EXISTENCIA DE CRÉDITO
Para atender a las obligaciones económicas que se deriven para el Consorcio de la Zona Xxxxxx xx Xxxxx del cumplimiento de este contrato, existe crédito suficiente, según se acredita con Certificado de Existencia de Crédito, emitido por la Dirección Financiera de este Consorcio, que se incorpora al expediente.
4.- DURACIÓN DEL CONTRATO
Los servicios contratados deberán iniciarse en un plazo máximo de 30 días desde la formalización del contrato.
El contrato tendrá un plazo de duración de dos años. No obstante, el contrato podrá ser prorrogado por mutuo acuerdo de las partes con un mes de antelación a la fecha establecida para su finalización, por plazos de un año, sin que la duración total del contrato, incluidas sus prórrogas, pueda exceder de cuatro años.
5.- FORMA DE ADJUDICACIÓN
5.1 Modalidad contractual.
El sistema de adjudicación del contrato será el de concurso en aplicación del artículo 208.3 del Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 xx xxxxx (en adelante TRLCAP). El procedimiento será abierto y de tramitación ordinaria.
5.2 Documentación exigida.
Para participar en el concurso, el licitador deberá presentar, en el lugar y plazo señalado en el anuncio de licitación, dos sobres cerrados (A y B) con la documentación que a continuación se especifica, indicando en cada uno de los sobres, el concurso al que concurre, nombre y apellidos de quien firma la proposición y el carácter con el que se hace, además de la razón social y denominación de la entidad licitadora, todo ello de forma legible.
Los licitadores podrán entregar sus proposiciones para tomar parte en el concurso en mano, o por correo, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen jurídico de la Administraciones Públicas y de Procedimiento Administrativo Común, debiendo indicar en todo caso teléfono de contacto, número de fax y domicilio a efectos de notificaciones.
Cuando las proposiciones se envíen por correo, el licitador deberá justificar la fecha de imposición del envío en la Oficina de Correos y anunciar al Órgano de Contratación la remisión de la oferta remitida mediante fax o telegrama, el mismo día. Sin la concurrencia de ambos requisitos no será admitida la proposición si es recibida por el Órgano de Contratación con posterioridad a la fecha de terminación del plazo señalado en el anuncio. Transcurrido, no obstante, diez días naturales siguientes a la indicada fecha, sin haberse recibido la proposición, esta no será admitida en ningún caso.
En el supuesto de que el día fijado para la apertura de proposiciones no hubiese llegado alguna proposición que, cumpliendo los requisitos señalados en este párrafo para la admisión, haya sido enviada por correo, se procederá a la apertura y lectura de las restantes proposiciones admitidas y se dejará constancia de la existencia de una proposición que ha sido enviada por correo. Una vez recibida por el Consorcio, se procederá a la calificación y, en su caso, apertura.
En caso de proposiciones que, por haber sido enviadas por correo, tengan entrada en el Registro del Consorcio una vez cerrado el plazo de presentación de proposiciones, la Mesa de Contratación podrá no conceder plazo de subsanación de los defectos que presente la documentación presentada, aunque se hubiere concedido plazo de subsanación a otros licitadores que hayan presentado su documentación dentro del plazo establecido.
5.4 Sobre A: Capacidad del contratista y documentación General.
A) Garantía provisional:
Teniendo en cuenta la cuantía del contrato y en base al artículo 35 del T.R.L.C.A.P. se dispensa a los licitadores de constitución de garantía provisional.
B) Documentos acreditativos de la personalidad del empresario:
Si el licitador fuere una sociedad o persona jurídica, deberá presentar copia compulsada notarial o administrativamente de la escritura de constitución o modificación, en su caso, debidamente inscrita en el Registro Mercantil.
Para los empresarios individuales será obligatorio la presentación de copia del Documento Nacional de Identidad o documento que en su caso le sustituya reglamentariamente.
Los empresarios extranjeros comunitarios, o signatarios del Acuerdo sobre Espacio Económico Europeo, podrán acreditar su personalidad mediante la inscripción en los Registros o presentación de las Certificaciones que se indican en el Anexo I del RGLCAP, en función de los diferentes contratos.
Los demás empresarios extranjeros no comprendidos en el párrafo anterior acreditarán su capacidad de obrar mediante informe expedido por la Misión Diplomática Permanente u Oficina Consular de España del lugar del domicilio de la empresa, en la que se haga constar, previa acreditación por la empresa, que figuran inscritas en el Registro Local Profesional, comercial o análogo o, en su defecto, que actúan con habitualidad en el tráfico local en el ámbito de las actividades a las que se extiende el objeto del contrato. En estos supuestos, además deberá acompañarse el informe de reciprocidad o condición de Estado signatario del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial de Comercio.
C) Documentos acreditativos de la representación:
Los que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otro presentarán documento original del poder de representación previamente bastanteado por la Abogacía del Estado o testimonio notarial del poder original bastanteado. En caso de testimonio notarial, éste deberá ser de fecha posterior a la del anuncio de licitación. Si el licitador fuera persona jurídica, este poder deberá figurar inscrito en el Registro Mercantil.
El documento original que acredita la representación del firmante podrá ser sustituido por copia compulsada administrativa o notarialmente, siempre que la fecha de la compulsa sea posterior a la del anuncio de licitación y que la compulsa se haya hecho sobre el documento original.
No obstante, lo previsto en estos párrafos anteriores, en caso de testimonio notarial o copia compulsada de fecha anterior a la de la publicación del anuncio del concurso en el B.O.E., deberá aportarse una declaración responsable del apoderado, manifestando que el poder aportado se encuentra vigente en el momento de presentar su oferta.
Igualmente, la persona con poder bastante a efectos de representación, deberá acompañar copia compulsada notarial o administrativamente de su D.N.I.
D) Declaración responsable
Los licitadores deberán aportar una declaración responsable reciente de no estar incursos en prohibición de contratar, conforme al artículo 20 del TRLCAP (se considera reciente aquella declaración realizada con una antelación máxima de un mes a la fecha de presentación de la oferta).
E) Cumplimiento de normas tributarias y de Seguridad Social:
La justificación del cumplimiento de las citadas normas se efectuará mediante la presentación de la documentación a que se refiere el artículo 15 del RGLCAP, con los efectos prevenidos en el artículo 16 de la citada norma. En concreto deberán aportarse los certificados correspondientes de la Seguridad Social y de la Agencia Tributaria, así como, en su caso, presentación del Alta en el I.A.E, referida al ejercicio corriente, o último recibo acreditativo del pago del IAE.
El adjudicatario deberá presentar la Certificación de estar al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias a los efectos previstos en el artículo 43.1 f) de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria y de la Seguridad Social.
En su caso, la mesa de contratación podrá admitir una declaración responsable de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, sin perjuicio de que la justificación acreditativa de tal requisito sea exigida antes de la adjudicación.
F) Solvencia financiera y técnica
Los licitadores acreditarán su solvencia económica o financiera mediante informe de instituciones financieras, o en su caso, justificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales.
Por otro lado la solvencia técnica del licitador se deberá acreditar por los medios que se especifican a continuación:
- Una relación de al menos diez servicios similares a los que constituyen el objeto del contrato, realizados por la empresa en los últimos tres años incluyendo importe, fechas y beneficiarios, acompañada de certificados de buena ejecución para los más importantes
- Relación de medios materiales y técnicos de que dispone para la realización del contrato, con indicación expresa del personal que participaría en el mismo y que deberá contar con un responsable encargado de realizar las tareas y que deberá acreditar que dispone de la experiencia y formación adecuada a la naturaleza de los trabajos a realizar. En todo caso, se
establece como requisito mínimo para el responsable, la titulación de ingeniería y una experiencia mínima de dos años en trabajos de similares características.
- Certificaciones emitidas por Organismos, Institutos o Servicios Oficiales u Homologados encargados del Control de Calidad.
No obstante, quedarán eximidos de presentar la citada documentación acreditativa de la solvencia técnica y económica del contratista, aquellos licitadores que presenten Certificado de clasificación igual o superior al Grupo V Subgrupo 4 categoría A, expedido por la Junta Consultiva de Contratación Administrativa.
Para los empresarios no españoles de Estados miembros de la Unión Europea que no estén debidamente clasificados, será suficiente que acrediten documentalmente su capacidad financiera, económica y técnica, conforme a lo previsto en el T.R.L.C.A.P., y demás legislación vigente sobre la materia, así como acreditar su inscripción en un Registro Profesional en las condiciones previstas por la normativa del país donde estén establecidas.
Para los casos de Uniones de Empresarios, cada uno de los empresarios que la componen deberá acreditar todos los extremos que se indican en los apartados de esta cláusula, debiéndose indicar los nombres y circunstancias de los empresarios que la constituyan, la participación de cada uno de ellos y que asumen el compromiso de constituirse en Unión Temporal de Empresas. Asimismo indicar la persona o entidad que, durante la vigencia del contrato ha de ostentar la plena representación de todos ellos frente al Consorcio. Las ofertas deberán estar firmadas por los apoderados de cada una de las empresas que van a constituir la Unión. Cuando la adjudicación recaiga en una Unión de Empresarios deberá acreditar la constitución de la misma en escritura pública ante el Órgano de Contratación.
5.5. Sobre B: Propuesta de Servicios
En el sobre B se incluirá una sola Oferta Económica y una Propuesta Técnica.
.- La Oferta económica deberá presentarse, según el modelo que se indica a continuación, que incluirá el I.V.A., cualquier otro impuesto que le sea de aplicación, así como todos aquellos gastos que sean necesarios para la correcta ejecución de las prestaciones que son objeto de este contrato, entendiéndose en cualquier caso que dichos conceptos han sido incluidos en la oferta formulada.
Asimismo se adjuntará anexo en el cual se detallen los precios unitarios con arreglo al siguiente desglose del importe por partidas y servicios:
- el precio unitario mensual fijo de los accesos (IVA incluido), en cada una del las cuatro ubicaciones.
- el precio unitario mensual fijo de los caudales de transmisión suministrados (IVA incluido), en cada una de las cuatro ubicaciones.
- el precio unitario mensual fijo de los back-ups ofertados (IVA incluido), en las cuatro ubicaciones.
- el precio unitario mensual fijo de los servicios de mantenimiento y gestión de la electrónica de red suministrada (IVA incluido), en las cuatro ubicaciones.
- el precio unitario de incrementar accesos y caudales en 1 Mbps en las diferentes ubicaciones.
* * *
MODELO OFICIAL DE PROPOSICIÓN DE OFERTA ECONÓMICA AL CONSORCIO DE LA ZONA XXXXXX XX XXXXX.
X. xxxxxxxxxxx en , C/ , núm., C.P. , con D.N.I. núm. expedido en , actuando (1) enterado del anuncio publicado en el (2)
de fecha y con pleno conocimiento de los requisitos técnicos y administrativos que se exigen para adjudicar por concurso el contrato de “Servicios de conexión y acceso a internet de la red corporativa del Consorcio de la Zona Xxxxxx xx Xxxxx”, se compromete y obliga a tomar a su cargo dicho contrato de acuerdo con el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y Pliego de Prescripciones Técnicas y con estricta sujeción con la oferta presentada, por la cantidad de. euros ( I.V.A. incluido).
( lugar, fecha y firma del proponente)
SR. PRESIDENTE DE LA MESA DE CONTRATACIÓN DEL CONSORCIO DE LA ZONA XXXXXX XX XXXXX
(1) En nombre propio o en representación o apoderamiento de ...........
(2) Cítese el Boletín Oficial del Estado (3)
* * *
.- La propuesta Técnica deberá respetar las condiciones mínimas exigidas en el Pliego de Prescripciones Técnicas, y se desglosará comprendiendo los siguientes aspectos y referencias técnicas:
- Información sobre la infraestructura física de conexión propia disponible en España, con atención especial a la infraestructura disponible en el entorno del área de influencia geográfica del Consorcio y las ubicaciones a las que se suministrará servicio (Cádiz, El Puerto de Santa Xxxxx y Algeciras).
- Descripción y esquemas de la infraestructura de transmisión (tipo de canal o líneas, tecnología de transmisión, capacidad, etc.).
- Propuesta técnica de interconexión de las diferentes redes de manera segura, rápida y fiable, así como el acceso desde las mismas a Internet.
o Equipamiento de electrónica de red suministrado
o Capacidades de gestión y monitorización por parte del CZFC.
o Límite máximo de aumento de caudal suministrado.
o Líneas de respaldo ante caídas en el servicio suministrado. Velocidad y tecnología empleada en esas líneas.
- Tiempo estimado de instalación y puesta en servicio.
o Tiempo máximo de puesta en marcha del servicio, modificaciones del caudal y presentación e informes
- Compromiso de calidad y niveles del servicio ofrecido:
o Objetivos de latencia en la red, medidos en milisegundos.
o Conectividad garantizada, medida en porcentaje sobre la disponibilidad o en minutos de indisponibilidad máxima por mes.
o Disponibilidad. Este parámetro se refiere a la cantidad de tiempo que debe estar operativo el enlace entre el router del operador y el del Consorcio de la Zona Xxxxxx xx Xxxxx sobre un valor óptimo de 100%
Disponibilidad (mensual) = Ttot − Tnodisp ×100
Ttot
Donde,
Ttot = tiempo total del periodo (minutos)
Tnodisp = tiempo de no disponibilidad del enlace en el intervalo Ttot.
Se considerará no disponibilidad cuando el enlace pierda conectividad a nivel BGP con su peer.
No se contabilizarán dentro del tiempo de no disponibilidad las interrupciones programadas, ni las imputables al Consorcio de la Zona Xxxxxx xx Xxxxx.
El incumplimiento del valor establecido para la disponibilidad conllevará penalizaciones según describe en el presente Pliego de Cláusulas Administrativas
o Tiempo máximo de resolución de incidencias. Tiempo de repuesta ante xxxxxxx, medida en hora desde la detección de una incidencia por parte del personal técnico del adjudicatario o del Consorcio de la Zona Xxxxxx xx Xxxxx…………………
o Valor medio máximo mensual de la latencia con el peer BGP.
- Mejoras en las penalizaciones, previstas en el apartado 9.4 del presente pliego, por los incumplimientos de los compromisos de nivel de servicio y de garantía de calidad sobre aquellas que vienen definidas para este contrato
- Protocolo para la notificación de incidencias por el personal del Consorcio de la Zona Xxxxxx xx Xxxxx
- Plan de Garantía, que formará parte del contrato y obligará al adjudicatario en la ejecución del mismo. En el citado Plan se especificarán todos lo mecanismos con
los que cuenta para garantizar la calidad del servicios prestado, incluyéndose entre otros:
o Condiciones de mantenimiento 24x7
o Existencia de helpdesk basado en número 900 de atención al cliente 24x7
o Tiempo de aviso ante paradas programadas por el licitador y horario de realización de las mismas
o Capacidades de monitorización remota, etc.
- Todas las referencias técnicas que a juicio del licitador sean necesarias para la adecuada valoración de la oferta según los criterios establecidos en el Pliego de Prescripciones Técnicas.
- Plan de puesta en marcha del direccionamiento IP asignado al Consorcio de la Zona Xxxxxx xx Xxxxx como Sistema Autónomo.
Y ello, con objeto de acreditar las circunstancias a tener en cuenta en la valoración del concurso de acuerdo con los criterios de adjudicación del mismo.
Al objeto de elaborar la propuesta técnica los interesados podrán visitar las instalaciones que son objeto del presente concurso concertando previamente cita con el Responsable de Nuevas Tecnologías del Consorcio.
La proposición se presentará escrita a máquina y no se aceptarán aquellas que tengan omisiones, errores, tachaduras que impidan conocer claramente todo aquello que el Consorcio estime fundamental para la oferta.
Los empresarios no españoles, en su proposición harán declaración solemne de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato.
6.- MESA DE CONTRATACIÓN
La Mesa de Contratación estará compuesta de acuerdo con la normativa vigente en materia de contratación administrativa y la normativa interna del Consorcio de la Zona Xxxxxx xx Xxxxx, por aquellas personas que sean designadas por el Órgano de Contratación mediante Resolución dictada al efecto que se incorpora al expediente.
La Mesa de Contratación examinará y calificará previamente los documentos contenidos en los sobres “A” que hayan sido presentados por los licitadores en tiempo y forma. En el caso de que la documentación de los licitadores presente defectos fácilmente subsanables, la Mesa podrá conceder, si lo estima oportuno, el plazo que discrecionalmente estime conveniente, no superior a tres días, para la subsanación de dichos efectos. Transcurrido el plazo concedido sin haberse procedido a la subsanación se procederá a la exclusión.
La Mesa de Contratación, en el lugar y día señalado en el anuncio de licitación, en acto público, procederá a dar cuenta de las empresas excluidas y la causa de su exclusión, procediéndose seguidamente, a la apertura de los sobres “B”, presentados por los licitadores admitidos y a la lectura de las proposiciones económicas.
7- PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN
7.1 Procedimiento de adjudicación
Con el fin de elevar la propuesta de adjudicación del concurso a la oferta que, en su conjunto, sea la proposición más ventajosa, teniendo en cuenta los criterios que se establecen en este Pliego, o bien para proponer la conveniencia de declararlo desierto, la Mesa de Contratación, mantendrá el siguiente procedimiento:
Todos los miembros de la Mesa de Contratación, excepto el Secretario, tendrán voz y voto, así como derecho a expresar su voto particular, por escrito, con relación a la propuesta de adjudicación. En dicho voto particular se formularán las reservas que el miembro de la Mesa que lo ejercite estime necesario, así como los fundamentos jurídicos, en su caso, en que se base.
Dichas reservas en caso de producirse se harán constar en el acta de la Mesa, uniendo copia del escrito presentado a la citada acta. El Secretario de la Mesa tendrá solo voz. Las deliberaciones de la Mesa no serán públicas.
La Mesa de Contratación, calificados los documentos presentados formulará la propuesta de adjudicación del concurso a la proposición que resulte más ventajosa teniendo en cuenta los criterios que se han establecido en este Pliego, ó propondrá la conveniencia de declarar desierto el concurso.
El Órgano de contratación, previa propuesta de la mesa de contratación y los informes técnicos correspondientes adjudicará el contrato en el plazo máximo de tres meses a contar desde la apertura de proposiciones. La adjudicación del contrato una vez acordada por el órgano de contratación se publicará en los correspondientes Diarios Oficiales, y se notificará a los participantes en la licitación, pudiendo retirar, salvo el adjudicatario, la documentación administrativa que hubiese presentado.
7.2 Criterios de Adjudicación.
La Mesa a la hora de efectuar su propuesta de adjudicación tendrá en cuenta los siguientes criterios:
1) Oferta de Servicios hasta 60 puntos, valorándose, en especial los siguientes aspectos:
- Niveles de los servicios ofrecidos hasta 15 puntos.
- Características técnicas del servicio (infraestructura de acceso, caudal máximo, etc..) hasta 15 puntos.
- Mejoras ofertadas con respecto a los mínimos exigidos en el Pliego de Prescripciones Técnicas y a las penalizaciones establecidas en el apartado 9.4 hasta 10 puntos.
- Plan de utilización del direccionamiento IP del Consorcio como Sistema Autónomo hasta 10 puntos.
- Solución de respaldo ofertada hasta 10 puntos.
2) Oferta económica hasta 30 puntos.
3) Plan General de Calidad hasta 10 puntos.
8.- FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO.
8.1 Obligaciones previas a la formalización del contrato.
Acusado recibo de la notificación de adjudicación, el contratista, dentro del plazo máximo de quince (15) días naturales, deberá aportar los siguientes documentos:
- Documento que acredite el pago de los gastos de publicación del anuncio de licitación en el Boletín Oficial del Estado.
- Documento en que se adscriba nominativamente al servicio un responsable, con total disponibilidad y capacidad suficiente pare representar a la empresa en todo cuanto afecta a su correcta ejecución, que deberá estar debidamente aceptado por el interesado.
- Documento que acredite haber constituido, a disposición del órgano contratante, una garantía definitiva del 4%, de acuerdo con lo dispuesto en la cláusula 2 del presente Pliego, en metálico, valores públicos o privados, aval bancario o contrato de seguro de caución. La garantía se constituirá en todo caso en la Caja General de Depósitos o en sus sucursales provinciales. El contratista acreditará su constitución mediante la entrega al Órgano de Contratación del resguardo expedido por aquellas.
- Escritura de constitución de la unión temporal de empresas, de conformidad con lo establecido en la legislación vigente en la materia, cuando el adjudicatario tuviera tal condición y CIF asignado a la Unión Temporal.
De no cumplirse estos requisitos en el plazo indicado, por causa imputable al adjudicatario, el Consorcio podrá declarar sin efecto la adjudicación, sin perjuicio de la indemnización que
pudiera reclamar por los daños y perjuicios ocasionados.
8.2 Formalización del contrato.
La fecha del contrato será la de su perfección que coincide, de acuerdo con el art. 53 del TRLCAP, con la de la adjudicación por el Órgano de Contratación.
El documento administrativo, o en su caso, la escritura pública de formalización del contrato si es solicitada por el contratista, se otorgará tan pronto como se haya cumplimentado toda la documentación a que se refiere el apartado anterior y en todo caso dentro de los treinta días siguientes a la notificación de la adjudicación. En caso de formalización del contrato en Escritura Pública, los gastos serán por cuenta del adjudicatario.
El contratista, en caso de haberse formalizado el contrato en escritura pública, deberá entregar en el organismo contratante dos copias simples y una copia autorizada del citado documento, dentro de los veinte días siguientes a su otorgamiento.
Si por causa imputable al adjudicatario no pudiera formalizarse el contrato, la Administración acordará la resolución de mismo, previa audiencia del contratista y sin perjuicio de la indemnización que pueda reclamar el Consorcio por los daños y perjuicios ocasionados.
9.- OBLIGACIONES DEL ADJUDlCATARlO Y EJECUCIÓN DEL CONTRATO
9.1 Obligaciones del adjudicatario.
El contrato se ejecutará con sujeción a las cláusulas del mismo, lo especificado en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, Pliego de Prescripciones Técnicas, en la Oferta presentada y de acuerdo con las instrucciones que para su interpretación diere a la adjudicataria el Consorcio.
Serán de cuenta del adjudicatario los gastos de publicidad del anuncio de licitación del contrato en el Boletín Oficial del Estado, cuyo importe máximo aproximado asciende a 1120 euros.
La ejecución del contrato se realizará a riesgo y xxxxxxx de la empresa adjudicataria o contratista, y éste no tendrá derecho a indemnización por causa de pérdidas o perjuicios ocasionados en el servicio, no obstante lo establecido en la ley respecto a la fuerza mayor.
El contratista será responsable de la calidad técnica de los trabajos que desarrolle, y de las prestaciones y servicios realizados, así como de los daños y perjuicios que se causen al Consorcio o a terceros como consecuencia de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato. El contratista garantizará en todo caso al Consorcio toda reclamación de tercera persona fundada en la actividad de aquel.
El contratista quedará obligado en su calidad de empresario al cumplimiento de las disposiciones relativas, al contrato de trabajo, convenio colectivo aplicable al sector y demás
legislación laboral y de seguridad social, tanto vigentes como aquellas que se promulguen durante la ejecución del trabajo. Las infracciones y sanciones que se deriven del incumplimiento de la normativa socio-laboral serán de la entera responsabilidad del contratista.
9.2 Dirección del servicio.
El Consorcio designará un responsable de su plantilla que realizará las funciones de dirección, seguimiento y verificación del cumplimiento del contrato y la propuesta de liquidación del mismo.
Asimismo ejercerá de una manera continuada y directa la inspección y vigilancia del trabajo comprobando el cumplimiento, calidad y buena ejecución de los servicios objeto del contrato, determinando si la prestación realizada por el contratista se ajusta a las prescripciones establecidas para su ejecución y cumplimiento, requiriendo, en su caso, la realización de las prestaciones contratadas y la subsanación de los defectos observados con ocasión de su recepción.
Durante la ejecución del contrato, el adjudicatario asumirá las responsabilidades inherentes a la ejecución de los trabajos, conforme a las instrucciones de obligado cumplimiento dadas por escrito por la Administración a través del facultativo designado para la dirección del mismo.
9.3 - Abono del servicio.
Los honorarios se abonarán, fraccionándose su pago por mensualidades vencidas, tras la presentación de las correspondientes facturas, una vez descontadas si procede las reducciones y/o penalizaciones que correspondan establecidas en la clausula 9.4, e incluido el
I.V.A. correspondiente. El Consorcio de la Zona Xxxxxx xx Xxxxx tiene un plazo de tiempo de 60 días, desde su comprobación y aprobación para su abono y ello en virtud del artículo 99.4 del TRLCAP según redacción modificada de la Ley 3/2004.
9.4 - Cumplimiento de plazos y penalidades por xxxx e indemnización de daños y perjuicios.
Cuando el contratista, por causas imputables al mismo, incurriera en demora respecto al cumplimiento de los plazos totales de puesta en servicio o incumplimiento de los niveles de disponibilidad, la Administración podrá optar indistintamente por la resolución del contrato o por la imposición de las penalidades que se detallan.
Puesta en servicio inicial y de la velocidad en Mbps adicional. En el caso de que el operador incumpla los plazos de puesta en servicio inicial y de la velocidad de transmisión de datos adicional fijados en su oferta, serán de aplicación los descuentos que aparecen en la siguiente tabla. En su cuantificación quedará excluido el tiempo que pueda ser imputable a la Administración contratante. Estas mismas penalizaciones son de aplicación para actuaciones singulares como son las ampliaciones del caudal contratado del Mbps.
Compensación como descuento | |
Superar el plazo entre un 20% y un 40% del plazo ofertado | 50% de la cuota mensual precio unitario mensual fijo 50% del precio unitario mensual del Mbps adicional |
Superar el plazo ofertado en más de un 40% o superar la fecha máxima | 100% del precio unitario mensual fijo 50% del precio unitario mensual del Mbps adicional |
Disponibilidad. Cuando el valor de la disponibilidad mensual quede por debajo del valor establecido en su oferta, el operador aplicará el correspondiente descuento indicado en la siguiente tabla.
Reducción de la disponibilidad | Compensación como descuento |
Hasta 0,15% | 10% de la cuota mensual fija y variable |
Del 0,15% al 0,3% | 20% de la cuota mensual fija y variable |
Del 0,3% al 0,8% | 40% de la cuota mensual fija y variable |
Superior al 0,8% | 60% de la cuota mensual fija y variable |
En todo caso la constitución en xxxx del contratista no requerirá intimación previa por parte del CZFC.
9.5 - Conformidad, plazo de garantía
Finalizado el plazo de realización del servicio y, dentro del mes siguiente, el Consorcio procederá al acto formal de conformidad. A partir de éste acto empezará un plazo de garantía de treinta días transcurrido el cual sin objeciones por parte de la Administración o subsanados por el adjudicatario los defectos observados, cesará el plazo de garantía y quedará extinguida la responsabilidad del contratista.
9.6. Cesión y subcontratación
La cesión y subcontratación del contrato se regularán, respectivamente, por lo dispuesto en los artículos 114 y 115 de la T.R.L.C.A.P.
10.- RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
La resolución del contrato podrá tener lugar por el incumplimiento de las cláusulas establecidas en el mismo, en este Pliego, en el de Prescripciones Técnicas, de lo establecido en la Oferta de Servicios del adjudicatario, así como por los supuestos fijados en el Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
Cuando el contrato de servicios no se desarrolle a satisfacción del Consorcio, y esto a juicio de los técnicos de la referida entidad sea por causa imputable al Contratista, previo informe técnico y propuesta de la Mesa de Contratación, el Consorcio podrá resolver el contrato, con incautación de la garantía definitiva y sin perjuicio de la eventual reclamación de indemnización de daños y perjuicios si estos no quedaran suficientemente cubiertos con la garantía prestada
por el contratista. La resolución tendrá los efectos prevenidos en el artículo 215.1 del TRLCAP.
11.- RÉGIMEN JURÍDICO, PRERROGATIVAS DE LA ADMINISTRACIÓN Y JURISDICCIÓN COMPETENTE.
El contrato a que se refiere el presente Xxxxxx tiene naturaleza administrativa y se regirá por lo establecido en el mismo, por la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, Pliego de Cláusulas Administrativas y demás normas reglamentarias vigentes en el momento de la adjudicación.
La Administración ostenta la prerrogativa de interpretar el presente contrato y resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento; igualmente podrá modificar por razón de interés público el contrato celebrado y acordar su resolución, dentro de los límites y con sujeción a los requisitos y efectos señalados en la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, dando audiencia al contratista.
Las cuestiones litigiosas sobre la interpretación, modificación, resolución y efectos del contrato serán resueltas por el Órgano de Contratación competente, cuyos acuerdos pondrán fin a la vía administrativa, y contra los mismos habrá lugar a recurso contencioso- administrativo, conforme a lo dispuesto en la Ley reguladora de dicha jurisdicción.
* * *
El presente Xxxxxx ha sido informado favorablemente por los Servicios Jurídicos del Estado en Cádiz, en aplicación del artículo 49.4 del Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.