CONVENIO ESPECÍFICO DE COLABORACIÓN ENTRE EMPRESA/INSTITUCIÓN Y LA UNIVERSIDAD DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA PARA EL DESARROLLO DE UN PROYECTO DE DOCTORADO INDUSTRIAL TITULADO [COMPLETAR]
CONVENIO ESPECÍFICO DE COLABORACIÓN ENTRE EMPRESA/INSTITUCIÓN Y LA UNIVERSIDAD DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA PARA EL DESARROLLO DE UN PROYECTO DE DOCTORADO INDUSTRIAL TITULADO [COMPLETAR]
En Las Palmas de Gran Canaria a [COMPLETAR] de [COMPLETAR] de 202X
REUNIDOS
Por una parte,
Sr./Sra./Dr./Dra. [COMPLETAR], en representación de nombre de la empresa (en adelante, acrónimo), con CIF [COMPLETAR], domiciliada en [COMPLETAR], que actúa como representante legal de la entidad en cargo de [COMPLETAR], según escritura o resolución [COMPLETAR].
De otra parte, el Excmo. Xx. Xxx XXXX XXXXX XXXXX, Rector Magnífico de la UNIVERSIDAD DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA, con C.I.F. Q 3518001 G y
domicilio en la xxxxx Xxxx xx Xxxxxxx, xxxxxx 00 xx xxxx Ciudad, nombrado por Decreto de la Presidencia del Gobierno de Canarias 11/2021, de 9 xx xxxxx, publicado el 11 xx xxxxx de 2021 en el Boletín Oficial de Canarias, en virtud de las competencias dispuestas por el Artículo 50.1,2 de la Ley Orgánica 2/2023 de 22 xx xxxxx, del Sistema Universitario y en uso de la facultad atribuida por los artículos 78, 81 a) y 137 de los Estatutos de la Universidad, aprobados Decreto 107/2016, de 1 xx xxxxxx, del Gobierno de Canarias (BOC nº 153, de 09.08.2016) y por Decreto 138/2016, de 10 de noviembre, de modificación de los Estatutos de la ULPGC (BOC nº 224, de 18 de noviembre de 2016)
EXPONEN
Que (Empresa, Organismo/Administración Pública) tiene por objeto y fines: [DEFINIR]
Que es intención de la [COMPLETAR] contar con la colaboración de un Doctorando de la ULPGC en el área de conocimiento [COMPLETAR] para la consecución de los fines empresariales, y apostar por la innovación e investigación en el sector [COMPLETAR].
Que la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria es una universidad pública creada por ley de la Comunidad Autónoma de Canarias 5/1989, de 4 xx xxxx, de Reorganización universitaria de Canarias, se rige por su propios Estatutos y la Ley Orgánica 2/2023 de 22 xx xxxxx del Sistema Universitario (LOSU). Como universidad tiene encomendado el Servicio público de la educación superior, docencia, estudio e investigación, que realiza mediante cumplimiento, entre otros de los fines siguientes:
La creación, desarrollo, transmisión y crítica de la ciencia, la técnica y la cultura.
El apoyo científico y técnico al desarrollo cultural, social, tecnológico y económico, tanto nacional como, en particular, de la Comunidad de Canarias.
La preparación para el ejercicio de actividades profesionales que exijan la aplicación de conocimientos y métodos técnicos y científicos o de creación artística.
Que la ULPGC es una entidad de Investigación de carácter multisectorial y pluridisciplinar que desarrolla actividades de enseñanza, investigación y desarrollo científico y tecnológico.
Que la ULPGC posee una gran tradición en la colaboración con el entorno empresarial e industrial en materia de investigación, desarrollo e innovación, poniendo un muy especial énfasis en la transferencia del conocimiento y tecnología desarrollados, hacia la sociedad en general y hacia el entorno industrial en particular, contribuyendo con ello al desarrollo económico y social de la sociedad.
Que la ULPGC, a través de D./Dña. [COMPLETAR], Doctorando/a de la universidad en el área [COMPLETAR], seleccionado/a tras el proceso de selección descrito en el anexo 3, está interesada en entablar unas condiciones específicas para que este Doctorando/a progrese en la realización de su tesis Doctoral Industrial con Título [COMPLETAR] concretamente en el campo de [COMPLETAR].
En virtud de todo lo expuesto, reconociéndose las partes la plena capacidad de obrar, acuerdan firmar el presente Convenio, de acuerdo con el artículo 15 bis del RD 576/2023 de 4 de julio, por el que se modifica el Real Decreto 99/2011, de 28 de enero, que regula las enseñanzas de doctorado, y el Reglamento de Estudios de Doctorado de la ULPGC. Este convenio se regirá por las siguientes:
CLÁUSULAS
Primera. Objeto del Convenio
El objeto de este Convenio es establecer el régimen de colaboración entre las partes para que D./Dña. [COMPLETAR], estudiante perteneciente a la Escuela de Doctorado de la ULPGC, seleccionado/a según el procedimiento indicado en el Anexo 3 de este documento, desarrolle su Tesis doctoral en el marco del proyecto de investigación industrial o de desarrollo experimental titulado [COMPLETAR], cuyo contenido se detalla en el anexo 1. El plan de trabajo, validado por la Comisión Académica del programa de doctorado, se adjunta en el anexo 2.
Nombre del Programa de Doctorado: [COMPLETAR]
Coordinador/a del Programa: [COMPLETAR]
Correo electrónico del Coordinador/a: [COMPLETAR]
Segunda. Personas responsables de la dirección del proyecto
La dirección del proyecto de investigación estará formada por las siguientes personas del entorno académico y empresarial:
Entorno académico
Elegir una opción:
Profesor/a Dr/a [COMPLETAR], que actuará como Director/a de la tesis doctoral y como Tutor/a Académico/a del estudiante, y que forma parte de la Línea de Investigación [COMPLETAR] de la ULPGC.
Profesor/a Dr/a [COMPLETAR], que actuará como Director/a de la tesis doctoral y que forma parte de la Línea de Investigación [COMPLETAR] de la ULPGC.
Profesor/a Dr/a [COMPLETAR], Tutor/a Académico/a del Programa de Doctorado xxxx de la ULPGC.
Entorno empresarial
Elegir una opción:
Sr./Sra./Dr./Dra. [COMPLETAR] que actuará Responsable del entorno de la empresa.
--
Dr./Dra. [COMPLETAR] que actuará Responsable del entorno de la empresa y como Director de la Tesis Doctoral. Se hace constar que Dr./Dra. [COMPLETAR] posee la titulación de Doctor/a [EN/POR TÍTULO], obtenido en [LUGAR] y [FECHA] y que cumple los requisitos exigidos en el artículo 20 del Reglamento de Estudios de Doctorado de la ULPGC.
Tercera. Contratación laboral.
La empresa/institución [COMPLETAR] será responsable de la contratación xxx xxxxxxxxxx/a y se hará cargo de la totalidad de los costes laborales derivados de la normativa laboral vigente. En este caso, la empresa/institución se compromete a facilitar al doctorando/a la dedicación a la investigación objeto de su tesis y del proyecto presentado.
El contrato tendrá una duración de [COMPLETAR] meses, a contar desde [fecha de inicio]. El contrato deberá tener una duración mínima de dos años. Las condiciones retributivas han de cumplir con la legislación vigente, no aceptándose en ningún caso la contratación de profesionales autónomos. La empresa garantizará unas condiciones retributivas anuales equivalentes a las de la categoría que corresponda en el convenio colectivo de aplicación (si existiera), que en ningún caso podrá ser inferior a las retribuciones contempladas en la letra d) del artículo 21 de la Ley 14/2011, de 1 xx xxxxx, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación.
Se establece para este contrato una jornada laboral de [COMPLETAR] horas semanales y una retribución bruta anual de [COMPLETAR]. Esta retribución no será nunca inferior a 17,920€.
Cuarta. Obligaciones del entorno empresarial
En virtud de la firma del presente Convenio, [EMPRESA/INSTITUCIÓN] se obliga a lo siguiente:
Realizar todas las gestiones necesarias para la contratación laboral xxx xxxxxxxxxx o doctoranda, de acuerdo con lo expuesto en la cláusula tercera de este Convenio.
Garantizar el acceso xxx xxxxxxxxxx o doctoranda a sus instalaciones durante toda la duración del proyecto de investigación y la vigencia del convenio, así como del personal del entorno académico que intervenga directamente en el desarrollo del proyecto.
Aportar la supervisión científica empresarial del proyecto mediante la persona designada en la cláusula segunda del presente Convenio.
Facilitar al doctorando o doctoranda el material fungible, las infraestructuras y las instalaciones indispensables para desarrollar las tareas derivadas del proyecto de investigación.
Facilitar la información y la formación necesarias en materia de prevención de riesgos laborales para asegurar que, tanto el doctorando o doctoranda como las personas de la universidad que deban participar activamente en el desarrollo de alguna o de todas las tareas del proyecto, podrán llevar a cabo sus tareas en las condiciones idóneas de seguridad dentro de las instalaciones de la empresa.
Facilitar las acciones de movilidad (asistencia a congresos, seminarios, estancias en otros centros, sedes o grupos de investigación nacional o internacional) que el doctorando o doctoranda realice a lo largo del desarrollo del proyecto.
Velar por el cumplimiento de las obligaciones contempladas en este Convenio.
Quinta. Obligaciones para el entorno académico
En virtud de la firma del presente Convenio, la ULPGC se obliga a lo siguiente:
Designar un tutor/a académico/a y/o director/a de tesis que cumpla con los requisitos exigidos por el Reglamento de Estudios de Doctorado de la ULPGC.
Garantizar el acceso xxx xxxxxxxxxx/a a sus instalaciones durante toda la duración del proyecto de investigación y la vigencia del convenio.
Facilitar a la empresa [COMPLETAR], bajo su responsabilidad y en caso de que corresponda, la información necesaria sobre la persona o personas que requieran acceder a sus instalaciones para realizar alguna tarea del proyecto.
Facilitar al doctorando o doctoranda el acceso al material fungible, las infraestructuras y las instalaciones indispensables para desarrollar las tareas derivadas del proyecto de tesis, en base a la disponibilidad presupuestaria del director/es de tesis.
Facilitar las acciones de movilidad (asistencia a congresos, seminarios, estancias en otros centros, sedes o grupos de investigación nacional o internacional) que el doctorando o doctoranda realice a lo largo del desarrollo del proyecto.
Velar por el cumplimiento de las obligaciones contempladas en este Convenio.
Sexta. Mecanismos para el seguimiento de los progresos del proyecto
Para el correcto seguimiento de los progresos del proyecto de investigación, se constituirá una Comisión de Seguimiento del proyecto, formada como mínimo por las personas responsables de su dirección académica y empresarial y el/la doctorando/a.
Esta comisión se reunirá, de forma presencial o telemática, como mínimo una vez al año y a las reuniones podrían asistir otras personas relacionadas con el proyecto. El/la doctorando/a deberá entregar anualmente un informe que muestre el estado de la investigación y las tareas realizadas; este informe será confidencial.
La comisión de seguimiento se establece de forma complementaria y sin perjuicio de las obligaciones académicas, de acuerdo con la normativa vigente en materia de estudios de doctorado, que debe atender el doctorando o doctoranda ante la Comisión Académica del programa de doctorado correspondiente durante la elaboración de la tesis doctoral.
En cualquier caso, el doctorando o doctoranda tiene la obligación de seguir las recomendaciones que se deriven tanto de la Comisión de Seguimiento del proyecto como de la Comisión Académica del programa de doctorado.
Séptima. Publicaciones
El doctorando o doctoranda podrá realizar publicaciones sobre el objeto de su investigación, tesis para difundirla o publicarla como artículo, conferencia, etc.
En el caso de que las publicaciones objeto de su investigación contengan información confidencial de la empresa, el doctorando o doctoranda debe obtener la autorización previa y expresa del responsable del proyecto por parte de la empresa [COMPLETAR]. Esta comunicará la autorización o manifestará su desacuerdo en un plazo máximo de 30 días. Transcurrido este plazo sin respuesta, se entenderá que la petición de publicación ha sido estimada.
La prohibición para publicar o difundir resultados debe estar motivada y proporcionada en relación con el perjuicio que se podría ocasionar con la publicación.
Asimismo, cualquier publicación debe incluir la afiliación de los autores a la entidad perteneciente, haciendo referencia al proyecto y la mención de que se trata de un estudio elaborado en el marco del Plan de Doctorados Industriales de la ULPGC. Se procurará que en todas las publicaciones derivadas de la tesis doctoral aparezcan, además xxx xxxxxxxxxx o doctoranda y sus directores, personal por parte de la empresa XXX que haya realizado aportaciones a la investigación objeto de la publicación.
Las partes firmantes pueden utilizar los resultados que se hayan utilizado en el desarrollo del proyecto, en parte o en su totalidad, para su publicación, difusión, comunicación o divulgación por cualquier medio. En todos estos actos de comunicación al público, se debe mencionar la participación de la otra parte, así como las personas que han intervenido activamente en el proyecto.
En cualquier caso, en todas las publicaciones se respetará siempre la mención de los autores como autores del trabajo.
Octava. Confidencialidad de la información y de los resultados
De acuerdo con lo establecido en el artículo 14.6 del Real Decreto 576/2023, de 4 de julio, por el que se modifica el Real Decreto 99/2011, de 28 de enero, por el que se regulan las enseñanzas oficiales de doctorado (BOE n° 170 de 18 de julio de 2023), en circunstancias excepcionales, tales como la existencia de convenios de confidencialidad con empresas o la posibilidad de generación de patentes que recaigan sobre el contenido de la tesis, la ULPGC deberá habilitar los procedimientos oportunos para que se asegure la no publicidad.
En cualquier caso, la información que las partes intercambien para el desarrollo del proyecto debe ser tratada de forma confidencial por todas las partes.
Así, previamente a su puesta en común, las partes se comunicarán por escrito qué información, de toda la que se comparta, debe tener este carácter confidencial, por motivos de interés empresarial, estratégico o de cualquier otro tipo. A priori, tiene la consideración de confidencial toda la información científica, técnica y comercial, los gráficos, los planos, los dibujos y cualquier otra información contenida en cualquier soporte que, con anterioridad a la firma
del presente Xxxxxxxx, fuera propiedad exclusiva de cada una de las partes y no hubiera sido divulgada o comunicada al público por ningún medio.
En consecuencia, las partes no pueden revelar esta información definida como confidencial, ni hacerla pública de manera unilateral por ningún medio sin la previa autorización por escrito de la parte propietaria de la información, ni utilizarla para fines distintos a los propios del desarrollo del proyecto.
En relación con lo anterior, las partes deben velar por que, dentro de sus respectivas organizaciones, la información que compartan sea conocida y utilizada únicamente por las personas que participan en el proyecto, las cuales deben estar convenientemente informadas de este carácter confidencial.
Del mismo modo, se deben tratar de forma confidencial los resultados derivados del proyecto, sin perjuicio de su utilización por parte xxx xxxxxxxxxx o doctoranda, para la realización y defensa de su tesis doctoral, en virtud de la normativa aplicable a los estudios de doctorado. Se entiende por resultado derivado del proyecto toda aquella información, documentación, conocimientos técnicos, científicos, equipos o materiales, know-how, métodos de trabajo, datos o estadísticas obtenidos en el desarrollo del proyecto objeto de este Convenio.
La obligación de confidencialidad se mantiene en vigor incluso después de la finalización de este Convenio y, de forma indefinida, mientras se mantenga el carácter confidencial y secreto de la información. A la finalización del presente Xxxxxxxx, las partes deben devolverse o destruir toda aquella información a la que hayan tenido acceso, y deben garantizar por escrito que no guardan ninguna copia en ningún formato, sin la autorización previa y expresa de la parte propietaria de la información.
Novena. Propiedad industrial e intelectual
La autoría sobre la tesis doctoral corresponderá exclusivamente al doctorando. En cambio, la titularidad del resultado o resultados técnicos que deriven de la tesis doctoral, protegibles mediante derechos de propiedad industrial, propiedad intelectual o susceptibles de explotación bajo secreto, corresponderán a la ULPGC, y en su caso, a la empresa en la proporción que se determine, en atención a cuantas circunstancias hayan concurrido en su obtención, entre las cuales puede estar la participación relevante de otros investigadores de cualquiera de las partes. De ser así, en cumplimiento de la
normativa vigente, deberán ser reconocidos junto al doctorando como coinventores.
A los efectos mencionados en el párrafo anterior, las partes de este convenio y el propio doctorando, en su caso, tienen la obligación a comunicarse entre sí tales resultados a la mayor brevedad, así como, en su caso, la identificación de todas las personas que hayan contribuido sustancialmente a su consecución.
La ULPGC se compromete a otorgar una licencia a la empresa a fin de que esta y/o las filiales del grupo empresarial los exploten comercialmente, siempre que la empresa, a su vez, se comprometa a reconocer un % de regalías a la ULPGC en base al % de la tecnología origen de la tesis que se haya aportado al prototipo final. La concreción del % de titularidad, autores, inventores, las condiciones y el retorno de regalías se negociarán entre las PARTES y se harán efectivas mediante un contrato específico. Estas negociaciones habrán de producirse una vez se haya concretado e identificado un resultado de investigación.
Las partes se obligan a resolver amistosamente cualquier eventual conflicto que derive del cumplimiento de esta cláusula, y de no lograrlo, a someterlo sin dilación a un arbitraje ante la Cámara de Comercio, Industria y Navegación de Gran Canaria.
Décima. Confidencialidad y protección de los datos de carácter personal
La ULPGC y la entidad [COMPLETAR], ambos actuando como corresponsables del tratamiento de los datos, se someterán a la normativa nacional y de la Unión Europea en materia de protección de datos vigente, en concreto, la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales (LOPDGDD), así como con el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 xx xxxxx de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD), así como aquella que pueda sustituirla en un futuro. Así mismo, se tendrá en cuenta el mapa de riesgos en las transferencias internacionales de datos, estableciendo cláusulas específicas al efecto
(xxxxx://xxx.xxxx.xx/xx/xxxxxxxx-x-xxxxxxx/xxxxxx-xxx- deberes/medidas-de-cumplimiento/transferencias-internacionales )
La finalidad de la recogida y tratamiento de la información en el presente convenio será la tramitación de los convenios de colaboración, gastos, formalización, desarrollo y ejecución del mismo. La licitud del tratamiento de
dichos datos se hará de acuerdo con el artículo 6.1.b), c) y e), del citado RGPD, así como al consentimiento prestado con la firma de este convenio.
Los datos se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de dicha finalidad y del tratamiento de los datos, conforme a la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, además de los periodos establecidos en la normativa de archivos.
Los datos tratados en el presente convenio podrán ser comunicados a terceros prestadores de servicios de ambos responsables del tratamiento, cuando sea necesario para la correcta ejecución del convenio. Los datos de carácter personal serán comunicados a Entidades financieras, Agencia de Administración Tributaria competente, Tribunal de Cuentas y otros organismos obligados por Ley.
En cualquier momento se podrán ejercitar los derechos acceso, rectificación, supresión y portabilidad de sus datos, delimitación y oposición a su tratamiento, así como a no ser objeto de decisiones basadas únicamente en el tratamiento automatizado de sus datos y revocar el consentimiento prestado. Se podrá, asimismo, contactar con el delegado de Protección de Datos de la ULPGC, en la siguiente dirección de correo electrónico xxx@xxxxx.xx.
En caso de considerarse vulnerado el derecho a la protección de datos personales, se podrá interponer una reclamación ante la Autoridad de Control competente (Agencia Española de Protección de Datos) cuando considere vulnerados los derechos que la normativa de protección de datos le reconoce en xxx.xxxx.xx.
Por otra parte, los corresponsables cuentan con ciertas obligaciones que tendrán que cumplir al realizar el tratamiento de los datos personales. Estas obligaciones y/o estipulaciones vienen recogidas en los artículos 26 y 27 del RGPD, así como el artículo 28 de la LOPDGDD. Cualquier incumplimiento de estas estipulaciones conllevará que tengan que responder ante los interesados, el otro corresponsable del tratamiento y frente a la Autoridad de Control.
Los interesados podrán solicitar más información sobre protección de datos en la siguiente dirección de correo xxx@xxxxx.xx, o accediendo a la siguiente dirección web:
xxxxx://xxxxxxxxxxxxxxxx.xxxxx.xx/xxxxxxxxxx_xxxxx_xxxxxxxxxxxXxxxx_xx ncionIndustrial
De acuerdo con la Ley Orgánica 3/2018 de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de derechos digitales, y su normativa de desarrollo, ninguna de las partes ni el doctorando o doctoranda pueden aplicar o utilizar los datos de carácter personal a los que tenga acceso cualquiera de las partes en
virtud de los pactos de este Convenio, con finalidades distintas a las inherentes al desarrollo del proyecto.
En consecuencia, ni las partes ni el doctorando o doctoranda pueden cederlos, comunicarlos, copiarlos o distribuirlos a otras personas o entidades, ni siquiera para su simple conservación, sin la previa autorización por escrito de quien corresponda.
El responsable del cumplimiento de Protección de Datos por parte de la ULPGC puede contactarse a través de la dirección de correo electrónico: xxxxxxxxxxxx@xxxxx.xx
Por parte de la empresa [COMPLETAR], la dirección a la que dirigirse es: [AÑADIR]
Undécima. Uso de la imagen corporativa
Si al realizar la mención de la participación de las partes se considera necesario el uso de la imagen corporativa o el logotipo de las partes, se solicitará la autorización previa y por escrito a la parte correspondiente, especificando el uso y el tipo de imagen que se utilizará y sobre qué soporte se reproducirá.
La autorización debe especificar el uso o usos para los que se otorga, así como el periodo de vigencia. Sin embargo, cuando el uso de logotipos y otras marcas identificativas de cualquiera de las partes deba tener carácter comercial para la entidad que solicita el uso, será preciso formalizar el correspondiente contrato de licencia de marca.
Duodécima. Resolución del Convenio
Serán causas de resolución del presente Convenio las siguientes:
El mutuo acuerdo entre las partes firmantes.
La expiración del plazo de vigencia del Convenio.
La cancelación del proyecto por cualquiera de las partes firmantes o por la renuncia xxx xxxxxxxxxx/a a su desarrollo y/o contrato laboral.
El incumplimiento manifiesto de lo previsto en las cláusulas acordadas, especialmente las de confidencialidad y de propiedad intelectual e industrial. En estos casos, la parte no afectada por el incumplimiento comunicará a la otra parte, por escrito, los incumplimientos detectados o las causas que sustenten la resolución. La otra parte puede formular su
respuesta en el plazo de 15 días hábiles desde la recepción del escrito de denuncia.
La no superación por parte xxx xxxxxxxxxx o doctoranda de las evaluaciones que se realicen en el marco de los estudios de doctorado.
Decimotercera. Modificación del Convenio
Las partes pueden acordar la modificación parcial o total de los términos del presente Convenio para asegurar su viabilidad o adaptarlo a las nuevas necesidades. Estas modificaciones deberán constar por escrito, en forma de adenda de modificación del actual que, en cualquier caso, deberán firmar debidamente todas las partes.
Decimocuarta. Régimen de acuerdos y solución de controversias
Las partes firmantes expresan su compromiso de cumplir con las obligaciones respectivas de buena fe y llevar a buen término todas y cada una de las negociaciones que sean necesarias para cumplir este acuerdo de forma satisfactoria para las partes.
Cualquier controversia que se derive de la interpretación, cumplimiento o ejecución de los acuerdos de este documento se resolverá de mutuo acuerdo entre las partes.
Cuando no sea posible llegar a ningún acuerdo, los juzgados y tribunales del orden Contencioso-Administrativo serán los competentes para dirimir cualquier cuestión que pudiera surgir entre las partes sobre la interpretación o el cumplimiento de los pactos contenidos en el presente Convenio; estas se someten a su jurisdicción y competencia, renunciando a cualquier otro fuero que les pudiera corresponder, salvo para aquellas cuestiones que no estén disponibles.
En caso de litigio sobre la interpretación y cumplimiento de este convenio, las partes, con renuncia expresa al fuero que pudiera corresponderles, se someten al conocimiento y competencia de los órganos jurisdiccionales de Las Palmas de Gran Canaria, sin perjuicio de que de común acuerdo hubiesen pactado o pactasen su sometimiento a cualquier clase de arbitraje.
Decimoquinta. Duración y vigencia del Convenio
La duración de este Convenio se extenderá hasta la lectura de la tesis por parte xxx xxxxxxxxxx, siendo la duración máxima permitida de 4 años, de acuerdo con lo establecido en la Ley 402/2015, de 1 de octubre, artículo 49. No obstante, en cualquier momento antes de la finalización del plazo previsto, las partes podrán acordar unánimemente su prórroga por un periodo de hasta cuatro años adicionales o su extinción.
Los asuntos que no estén expresamente regulados en este Convenio se resolverán de mutuo acuerdo y por escrito, y las dos partes deben firmarlos, mediante adendas que pasarán a formar parte de este Convenio.
A la finalización de la vigencia del presente Convenio, todos los pactos que contiene dejarán de estar en vigor, salvo en los que específicamente se haya estipulado lo contrario, en especial los relativos a los derechos de propiedad intelectual e industrial.
Y, en prueba de conformidad total, las partes firman el presente Convenio, en dos ejemplares originales, en el lugar y fecha indicados al inicio del mismo.
DATOS DE CONTACTO
Por parte de la ULPGC:
-
Rectorado/Vicerrectorado:
Email
Teléfono
000 00 00 00
Director/a de tesis:
Email
Teléfono
Tutor/a del Programa de Doctorado:
Email
Teléfono
Por parte la empresa/institución:
-
Responsable xxx xxxxxxxxxx/a:
Email
Teléfono
Responsable del proyecto de investigación industrial o de desarrollo
experimental:
-
Email
Teléfono
-
POR EMPRESA/INSTITUCIÓN
D/Xx/Dr/Dra. XXXXXXXXXXXXXXXXXXX
Cargo
POR LA UNIVERSIDAD DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA
Dr. D. Xxxx Xxxxx Xxxxx Rector Magnífico de la ULPGC
Anexo 1. Descripción del proyecto de investigación industrial o de desarrollo experimental asociado al proyecto de tesis
Contenido orientativo:
Título del proyecto
Antecedentes: relación del proyecto de investigación con el Programa de Doctorado de la ULPGC, relación con la empresa/institución
Objetivos generales y específicos
Metodología
Resultados esperados
Cualquier otra consideración que se desee hacer constar
Anexo 2. Plan de trabajo xxx xxxxxxxxxx o doctoranda
-
Programa de Doctorado
Título de tesis
Director/a de tesis
Tutor/a del Programa de
Doctorado
-
PLANIFICACIÓN TEMPORAL
Actividades/ Tareas
Centro ejecutor
1er año
2º año
3er año
1
2
3
4
1
2
3
4
1
2
3
4
Bibliografía básica
*Nota: Se debe acompañar del visto bueno de la Comisión Académica del programa de doctorado en el que se incluye el proyecto
-
POR EMPRESA/INSTITUCIÓN
D/Xx/Dr/Dra. XXXXXXXXXXXXXXXXXXX
Cargo
POR LA UNIVERSIDAD DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA
Dr. D. Xxxx Xxxxx Xxxxx Rector Magnífico de la ULPGC
Anexo 3. Proceso de selección de candidatos
A continuación se indican los aspectos relativos a la convocatoria pública para proceder a la selección de los candidatos.
Denominación del proyecto:
Puesto:
Perfil del candidato/a: Titulación exigida y otros requisitos que se establezcan (idiomas, experiencia profesional)
Datos de la empresa contratante:
Condiciones del contrato: tipo, duración, cuantía Funciones a desempeñar:
Etc......
Composición Comisión Evaluadora:
Estará integrada de forma igualitaria entre miembros de la ULPGC y de la entidad/empresa [O PLANTEAR LA COMPOSICIÓN]
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