ESPECIFICACIONES GENERALES: CONDICIONES GENERALES DE EJECUCION DEL CONTRATO
ESPECIFICACIONES GENERALES: CONDICIONES GENERALES DE EJECUCION DEL CONTRATO
Las presentes condiciones generales de ejecución del contrato, planos arquitectónicos, de detalles, instalaciones eléctricas, electrónicas, instalaciones hidráulicas, sanitarias, mecánicas y planos estructurales, forman parte integral de los documentos contractuales; en caso de existir controversias en el texto de estas especificaciones en relación con el contrato, prevalece lo estipulado en este último.
1 LA CONTRATANTE
Es la Universidad Andina Xxxxx Xxxxxxx, Sede Ecuador. A su propia discreción ejercerá las atribuciones que le corresponden en relación con la ejecución de este contrato, a través del Fiscalizador que se constituirá para el efecto en su representante.
2 EL CONTRATISTA
El Contratista es la persona natural o jurídica, que además de ser calificado, resulte adjudicatario del contrato para la ejecución de las obras del Edificio Xxxxxxx Xxxxxx (a efectos de la aprobación municipal denominado ampliación y modificación del edificio de “Proyectos”) en su Sede Ecuador, el mismo que deberá acreditar todos los requerimientos que se establezcan en el contrato y esté de conformidad con las leyes ecuatorianas.
3 RELACIONES ENTRE LAS PARTES
3. 1 GENERALES
La Contratante se obliga a entregar oportunamente el inmueble previsto en el contrato, en tales condiciones que el contratista pueda iniciar inmediatamente el desarrollo normal de sus trabajos.
Todos los trabajos, materia de este proyecto, se ejecutarán en estricta conformidad con los planos, especificaciones y más disposiciones e instrucciones, y/o informaciones adicionales o suplementarias que suministre la Contratante durante la ejecución de los trabajos.
Todo trabajo o estructura que no tenga el acabado correspondiente y las tolerancias especificadas, deberá ser reparado, demolido o reconstruido por cuenta del Contratista.
El Contratista deberá solicitar aclaración al Fiscalizador en caso de encontrar
discrepancias en los planos y/o especificaciones, de acuerdo a lo señalado en el punto 3.11.2.
El Contratista asumirá toda responsabilidad ante la contratante y sus representantes frente a cualquier reclamo o juicio que surgiera como consecuencia de la contravención o falta de cumplimiento xx xxxxx u ordenanzas y reglamentos.
Los precios acordados en el contrato por los trabajos especificados, constituirán la única compensación al contratista por todos sus costos, inclusive cualquier impuesto, derecho, tasa o contribución que él tuviera que pagar.
El contratista debe obtener los permisos y autorizaciones que se necesiten para la ejecución correcta y legal de la obra, en los términos establecidos en el contrato. El también deberá dar todos los avisos y advertencias requeridos por el contrato o las leyes vigentes, para la debida protección del público, personal de la fiscalización y del contratista mismo, especialmente si los trabajos afectan la vía pública o las instalaciones de servicios públicos. El Fiscalizador solicitará del contratista la entrega de una copia de cualquier autorización que obtenga con relación a ocupación de vías u otros hechos similares que sean de responsabilidad o por conveniencia del Contratista.
3.1.1 DE LA CONTRATANTE
La Contratante notificará al Contratista por escrito la designación o sustitución del Fiscalizador, a través de quien ejercerá las siguientes atribuciones:
Tratará con el Contratista todos los asuntos técnicos y entregará los anexos que sean necesarios para el buen cumplimiento del trabajo contratado, así como también coordinará los asuntos administrativos derivados de este contrato.
Vigilará el estricto cumplimiento y la buena ejecución de las obras, así como por la vigilancia de la misma, para que ésta se lleve a cabo dentro de los plazos previstos, conforme a los planos de las diversas especializaciones y especificaciones técnicas.
- Verificará el número, tipo, características y estado de los equipos de construcción destinados para la obra, así como de las cantidades y calidades de los materiales a ser utilizados en la misma.
- Cuando considere necesario, exigirá al Contratista la modificación o retiro de aquellos equipos que se consideren objetables para la buena ejecución y calidad de los trabajos.
- Realizará inspecciones, muestreo y pruebas de los materiales a ser utilizados en la obra y ejercerá permanente control de dichos materiales tanto en su fuente, depósitos, sitios de almacenamiento y en el área de trabajo.
- Verificará la idoneidad del personal que el Contratista utilice en la obra; podrá exigir al mismo la remoción de aquel personal que a su juicio no reúna la capacidad y experiencia que sea necesaria para la ejecución óptima del trabajo.
- Emitirá órdenes de cambio en relación al diseño y especificaciones técnicas de la obra.
- Verificará que los trabajos se ejecuten de conformidad y en estricta sujeción a los planos y especificaciones correspondientes; podrá rechazar y exigir la reposición de las obras que a su juicio no cumplan con los planos y especificaciones técnicas correspondientes.
- Controlará el avance de los trabajos de acuerdo con los cronogramas aprobados y autorizará los cambios o ajustes que el Contratista proponga a los cronogramas de ejecución.
- Cuantificará las demoras en la ejecución de cualquier parte de la obra en relación con los cronogramas aprobados y dispondrá medidas correctivas que considere necesarias.
- Supervisará las pruebas de instalaciones y operación de los diferentes elementos de la obra conforme a los términos del contrato.
- Participar en las entrega-recepciones provisional y definitiva de la obra.
La Contratante, cuando surja alguna duda, tendrá facultad para introducir modificaciones al proyecto, siempre que las mismas no causen cambios sustanciales y alteren el diseño arquitectónico o estructural y/o cambien la concepción básica del funcionamiento de proyecto.
3.1.2 DEL CONTRATISTA
Las localizaciones, alineamientos y niveles de referencia que la obra requiera, estarán bajo la responsabilidad del Contratista, correspondiendo a la fiscalización aprobar los hitos y mojones que sean necesarios para tener referencias de carácter permanente. A partir de estos datos y elementos de referencia, el Contratista efectuará los trabajos complementarios que se requieran para el replanteo y nivelación de detalle necesarios para la construcción de la obra, dentro de las líneas y niveles fijados en los planos.
Entre las obligaciones del Contratista se encuentra, como una de las más importantes, el ejecutar los "Planos de taller" y los “Planos de línea roja”, que son los que servirán para ir controlando el correcto desarrollo del proyecto en ejecución. Del estricto cumplimiento de lo indicado se encargará el Fiscalizador, que permanecerá en la obra como Supervisor del Proyecto.
Los "Planos de taller" son aquellos que se ejecutan en base a las condiciones reales de la obra y que confirman o aclaran la información, así como también
las diferencias, que puedan existir con los planos con los cuales se contrató la construcción: también están constituidos por toda aquella documentación gráfica explicativa para solicitar al Fiscalizador la aprobación para continuar con el trabajo. Forman parte de estos planos los catálogos y más información proporcionada por los subcontratistas o fabricantes de elementos a utilizar en la obra.
Estos planos y/o documentos deben ser elaborados con la anticipación necesaria como para no detener el normal avance del trabajo conforme el cronograma.
Los "Planos de línea roja" son aquellos que se elaboran inmediatamente después de haber sido terminado un trabajo, que confirman si hubo o no cambios respecto a la concepción de la planificación original; es decir, son los planos que indican cómo queda la obra. Estos planos serán entregados a la Contratante conjuntamente con las planillas de avance de obra mensual, y en la recepción definitiva de la obra.
El Contratista será el único responsable de todos los resultados que se deriven de la forma y ejecución de los trabajos, materia de este contrato, así como de dispositivos, materiales, equipos, instalaciones o procedimientos planteados.
El Contratista deberá mantener permanentemente todas las áreas de trabajo limpias, ordenadas y libres de toda acumulación de desperdicios o basura. El Contratista será el único responsable de la organización de los elementos de trabajo y de la ejecución de las obras; él mismo se compromete a la ejecución completa, correcta y oportuna de las obras, en conformidad con los planos y especificaciones técnicas pertinentes, y a suministrar por su cuenta y a su costo todo el personal, material, equipo y servicios que se requieran para la ejecución de la obra.
El Contratista deberá comunicar con la debida anticipación a la Contratante sus necesidades de ocupación de las áreas y terrenos para la obra y el acceso de los trabajadores a los mismos, no pudiendo ocuparlas sin previa autorización por escrito.
El Contratista, durante la ejecución de los trabajos, mantendrá una oficina y batería sanitaria en el sitio de la obra, debidamente equipadas para dar cabida a su personal directivo y administrativo, así como al de la Contratante.
3.2 APROBACIÓN, VISITAS E INSPECCIONES
3.2.1 APROBACIONES
Con la debida anticipación el Contratista solicitará al Fiscalizador la aprobación de cualquier trabajo que quede en condiciones de no poder ser inspeccionado o controlado posteriormente.
Las obras que fueren cubiertas sin la aprobación del Fiscalizador deberán ser
descubiertas para ser inspeccionadas y el costo correrá a cargo del Contratista.
3.2.2 VISITAS
La Contratante tendrá acceso continuo en todo el tiempo a las obras, cualquiera que sea el estado en que ellas se encuentren, para lo cual el Contratista deberá dar toda clase de facilidades como son:
- Prestar el personal, equipo y material necesario de manera oportuna y eficaz para que el Fiscalizador ejecute la inspección y supervisión de los trabajos.
- Mantener en perfectas condiciones las señales y referencias que sean necesarias para la ejecución de la obra.
En las visitas la Contratante tiene la autoridad a su discreción para introducir cambios o modificaciones que se considere convenientes de acuerdo a las condiciones reales del proyecto, lo cual quedará sentado por escrito; si es el caso, indicando quién, qué y para cuándo se cumplirá con lo solicitado. Es necesario indicar que las órdenes y/o contra-órdenes se deberán cumplir sólo cuando provengan del Fiscalizador y queden sentadas por escrito.
3.2.3 INSPECCIONES
La Contratante podrá efectuar en cualquier momento inspecciones, controles, mediciones y/o ensayos de las obras ejecutadas o en fase de realización.
La Contratante tendrá acceso a las fuentes de información del Contratista para asegurarse de la exactitud de la información suministrada; igualmente podrá solicitar y verificar, en cualquier período económico, todo el proceso financiero y/o contable desde sus trámites administrativos, registro y control, incluso el establecimiento de los estados financieros relativos al contrato.
3.3 PERSONAL
3.3.1 PERSONAL TÉCNICO
El Contratista deberá presentar a la Contratante, con la debida anticipación para su aprobación, la lista y la hoja de vida de todo el personal técnico que actuará en la obra; personal técnico que estará integrado como mínimo por el indicado en el Art. 24 de la Ley de Ejercicio Profesional de Ingeniería y Arquitectura.
Todo el personal a emplearse y especialmente el Superintendente o Residente de la obra deberán tener la suficiente experiencia en la ejecución de trabajos semejantes a los que efectuarán en este proyecto. El personal técnico deberá ser el mismo que consta en el listado de personal que se presentó en la propuesta. Para su reemplazo se deberá solicitar previamente al Fiscalizador
su conformidad, acompañando la hoja de vida del profesional propuesto, quien obligatoriamente acreditará capacidad técnica y experiencias similares o superiores a las del reemplazado.
3.3.2 OBREROS
El Contratista suministrará el número suficiente de personal especializado, técnico y no especializado, para la ejecución de las obras, dentro de los plazos establecidos para la correcta ejecución de los trabajos.
El Contratista solicitará previamente a la Contratante la autorización para establecer turnos de trabajo extras durante la noche o días festivos.
Todo el personal empleado en la obra por el Contratista estará bajo la autoridad disciplinaria del mismo; tomará todas las medidas y precauciones para asegurar el orden y respeto en el sitio de la obra y prevenir toda clase de accidentes.
No se permitirá fumar ni ingerir licor, consumir drogas ni portar armas en la obra; el Contratista deberá mantener letreros para dar estas indicaciones y llevar a cabo este propósito.
El fiscalizador podrá requerir al contratista, justificándolo, que sustituya a cualquier empleado que considere incompetente o negligente en su oficio, o que se negara a cumplir las estipulaciones del contrato y sus anexos, o cuya conducta sea incorrecta.
3.3.3 PAGOS
El Contratista es el único responsable en calidad de empleador para todos los efectos de las Leyes Laborales y de Seguridad Social de la República del Ecuador.
El Contratista y sus empleados estipularán libremente los sueldos y salarios correspondientes, que en ningún caso podrá ser inferior a los mínimos legales; el Contratista no tendrá derecho a compensación adicional sobre los precios de la propuesta en razón del mayor valor que pague a sus trabajadores.
La Contratante podrá exigir al Contratista el retiro definitivo del sitio de las obras de cualquier funcionario y/o empleado del Contratista que, en opinión de la misma, no sea idóneo para el desempeño de las funciones que se le hayan asignado o demostrare ser negligente en la ejecución de sus deberes, o cuyo comportamiento sea censurable y cuya permanencia en el sitio de las obras sea inconveniente para el proyecto y buen prestigio de la Universidad.
Estas medidas no justificarán reclamos ni modificaciones de los compromisos del Contratista con la Contratante. Los costos de liquidación y retiro de dicho personal correrán por cuenta del Contratista.
El Contratista deberá pagar el sueldo y salario a todos sus empleados y obreros en el sitio de la obras, puntualmente y sin otros descuentos que aquellos autorizados por la Ley.
El Contratista deberá observar todos los días de fiesta y descanso obligatorio legalmente reconocidos en el país, y hará arreglos especiales cada vez que los programas de trabajo lo requieran para que el personal necesario pueda trabajar en esos días mediante retribución adicional conforme a las Leyes Laborales del Ecuador.
El Contratista atenderá oportunamente el pago de todas las remuneraciones adicionales y bonificaciones, prestaciones sociales e indemnizaciones que correspondan conforme a la Leyes Ecuatorianas; incluyen remuneraciones adicionales por concepto horas suplementarias y extraordinarias, liquidaciones por vacaciones, fondo de reserva y otros.
El Contratista pagará en forma oportuna las indemnizaciones a que tengan derecho los trabajadores, en virtud de las disposiciones laborales, particularmente por concepto de terminación unilateral del contrato de trabajo y por enfermedades profesionales y accidentes de trabajo.
3.4 PROGRAMA DE TRABAJO
Dentro de los (8) ocho días subsiguientes a la suscripción del contrato de construcción, el Contratista presentará, para la aprobación de la Contratante, un programa detallado de la organización de los trabajos, incluyendo "Planos de taller", observaciones y más esquemas que el Contratista considere necesario para un buen comienzo de la obra.
Este programa de trabajo incluirá el cronograma actualizado de la propuesta, en la que consten las etapas financieras mensuales, tiempo de ejecución de las fases sucesivas de trabajo, referencias a la construcción de las diferentes obras, referencias de todas las fechas fundamentales de ejecución y preparación por el sistema xx xxxx crítica y complementado con el diagrama xx xxxxxx correspondiente.
El Contratista presentará además los programas de movilización, instalaciones provisionales, utilización de personal, equipos y materiales, utilización de subcontratistas y cualquier otra información que sea requerida por la Contratante.
El Contratista será responsable por la coordinación de todos los elementos de trabajo mediante una memoria ilustrada con gráficos y dibujos, en la cual se explique la metodología adoptada para la construcción de los diferentes elementos de la obra.
Estos programas de ejecución deberán ser revisados y actualizados periódicamente por el Contratista y la Contratante.
A partir del citado cronograma y mediante curvas de avance físico e inversión programada, la fiscalización procederá a realizar la evaluación de la obra comparando los avances programados con los efectivamente realizados y entregará las directrices necesarias.
3.5 INSTALACIONES PROVISIONALES
El Contratista organizará en el sitio de la obra todas las instalaciones provisionales y servicios tales como guardianía, bodegas y otros, que fueren necesarias para implementar un adecuado centro de control y operaciones, al igual que locales para su personal.
Todas las instalaciones provisionales mencionadas anteriormente deberán estar dotadas de un adecuado sistema sanitario aprobado por la Contratante y en número suficiente para atender al personal del Contratista.
El Contratista no podrá retirar del sitio de la obra antes de su conclusión, ninguna instalación provisional, equipo o materiales, sin previa autorización del Fiscalizador.
Cuando se requiera realizar trabajos nocturnos, éstos deberán estar lo suficientemente iluminados y con las debidas seguridades que garanticen un tránsito normal y movimiento sin obstáculos dentro de dichas áreas.
3.6 MATERIALES
3.6.1 DEL SITIO
A menos que se especifique lo contrario, todos los suelos, grava, arena, roca, minerales, madera y otros materiales que se encuentren en el sitio de trabajo o que se obtengan en las excavaciones realizadas por el Contratista, son propiedad exclusiva de la Contratante.
3.6.2 SUMINISTRO DE MATERIALES
Corresponde al Contratista ejecutar, terminar y conservar todos los trabajos relacionados con esta obra a satisfacción de la Contratante; del mismo modo corresponde al Contratista suministrar todos los materiales, equipos, mano de obra y otros elementos que le correspondan en virtud del respectivo contrato.
3.6.3 PRUEBAS
Todos los materiales, equipos, accesorios y demás elementos a utilizar en la obra, serán sometidos a las pruebas o ensayos que indiquen las especificaciones o que ordene el fiscalizador, para verificar sus características y condiciones, así como las tolerancias permisibles para el uso al cual han sido
o serán destinados.
Los equipos, accesorios o elementos no aceptados por el Fiscalizador deberán ser retirados del sitio de la obra y remplazados por material adecuado, por cuenta del Contratista.
El Contratista someterá a consideración de la fiscalización las muestras de todos los materiales a ser empleados en el tiempo determinado por el programa de trabajo, a fin de que se realicen los ensayos y pruebas requeridos.
El Fiscalizador podrá realizar en cualquier tiempo ensayos y pruebas que estuvieren en las especificaciones; podrá así mismo eximir al Contratista de cualquier prueba sin que esta acción releve al Contratista de la responsabilidad que le corresponde de conformidad a lo señalado anteriormente.
El costo de la realización de pruebas y ensayos será absorbido por el Contratista, excepto cuando directamente realice la Contratante.
3.7 EQUIPO
El Contratista se compromete a situar y mantener en la obra el equipo mínimo previsto para asegurar la correcta ejecución y terminación de la obra, de acuerdo a lo señalado en el cronograma de trabajo.
La Contratante podrá exigir sustitución de cualquier máquina o unidad de equipo que a su juicio no sea satisfactorio; podrá exigir igualmente el completar las unidades, equipo y materiales que juzguen necesario para al cumplimiento del cronograma de trabajo; el Contratista no podrá retirar del sitio de la obra, antes de su conclusión, ningún tipo de equipo o material.
3.8 INFORMES
El Contratista presentará a la Contratante dentro de los primeros (5) cinco días de cada mes, informes de ejecución utilizando los formularios proporcionados para el efecto por la Contratante.
El Contratista deberá preparar una documentación fotográfica completa de la obra y su progresivo desarrollo, bajo la dirección y orientación de la Contratante; esta documentación, con una presentación inicial de la zona y sitio de la obra en su estado original, deberá ser presentada a medida del avance de la obra.
3.9 PAGOS AL CONTRATISTA
3.9.1 DETERMINACIÓN DEL VALOR
La Contratante pagará al Contratista los precios unitarios o globales por los trabajos que éste ejecute; así como los precios unitarios y/o globales por trabajos adicionales que se convengan, siempre de conformidad con los planos y especificaciones de esta misma obra, y de acuerdo a lo presentado en la propuesta, y a satisfacción de la Universidad.
La Contratante, luego de haber ejecutado las verificaciones correspondientes, se compromete a cancelar dentro de los cinco (5) subsiguientes a la entrega del informe de fiscalización, siempre y cuando no se encuentren anomalías que perjudiquen a alguna de las partes.
Los precios unitarios y globales de la propuesta incluyen los costos directos e indirectos en que habrá de incurrir el Contratista para la realización de las obras propuestas, incluyendo equipos, mano de obra, materiales, imprevistos, gastos de dirección y administración, costos de financiamiento, seguros y honorarios y/o utilidades del Contratista.
Por lo tanto, en lo pagos que haga la Contratante al Contratista, utilizando dichos precios unitarios, se reconoce que está comprendido el valor total que debe percibir el Contratista y que no dará lugar a reclamos adicionales.
Junto con la solicitud de que se proceda a la suscripción del acta de entrega recepción provisional de las obras, el contratista presentará una planilla en base del estado de cuenta final, salvo del rubro de mantenimiento o custodia de la obra hasta la recepción definitiva, si se hubiera previsto tal cosa. A la solicitud de suscripción del acta de entrega - recepción definitiva, acompañará la documentación no presentada con anterioridad, que pruebe haber cancelado las contribuciones señaladas en el contrato, las obligaciones patronales adquiridas para el trabajo y cualquier otra obligación que hubiera sido legalmente notificada a la Contratante.
3.9.2 MEDICIONES Y/O VERIFICACIONES
En los últimos tres días laborables de cada mes, la fiscalización y el contratista, preferentemente de forma conjunta, efectuarán las mediciones de las cantidades de obra ejecutadas durante los (30) treinta días anteriores. Se emplearán las unidades establecidas en la "Tabla de cantidades y precios" para cada rubro. Las mediciones parciales de la obra realizada, no representan entrega por parte del Contratista ni recepción por parte de la fiscalización; pues, las obras serán recibidas cuando estén terminadas totalmente y siguiendo el procedimiento establecido para tal efecto.
La aceptación de las planillas por parte de La Contratante y su posterior pago no implicará, por parte de la misma, la aceptación definitiva de los valores expresados, ni de las obras a las que se refieren dichas cantidades.
El anticipo que se conceda al Contratista será descontado de cada una de las planillas de pago en igual porcentaje y, en todo caso, deberá quedar cancelado a la terminación de los trabajos. Será obligación del Contratista especificar la
inversión a realizarse con el anticipo.
Los pagos parciales que se hagan al Contratista no eximen a éste de la responsabilidad por la calidad de las obras, bienes o servicios materia del pago, ni implican el recibo total o parcial de la obra materia del pago, ni la aceptación de los materiales empleados.
Las cantidades de obra no incluidas en una medición por discrepancia u omisión, serán incluidas a la fecha en que se haya dirimido dicha discrepancia o se haya establecido dicha omisión. El pago de tales cantidades se realizará a los precios unitarios correspondientes, más los reajustes calculados con los índices de la planilla en la cual debió haberse incluido el trabajo respectivo.
3.9.3 FACTURACIÓN Y REAJUSTE
El Contratista preparará mensualmente las planillas las cuales se pondrán a consideración de la fiscalización en los cinco (5) primeros días laborables de cada mes, y serán aprobadas por ella en el término de cinco (5) días laborables; este término puede incrementarse, de acuerdo a la complejidad de la obra hasta un xxxxxx xx xxxx (10) días laborables, luego de lo cual y en forma inmediata se continuará el trámite de pago. Estas planillas serán preparadas por capítulos y siguiendo el orden establecido en la "Tabla de cantidades y precios" y se adjuntarán los anexos de medidas, aprobaciones y otros que correspondan.
Además, el Contratista presentará con las planillas el estado de avance del proyecto y un cuadro informativo - resumen que indicará, para cada concepto de trabajo, el rubro, la descripción, unidad, la cantidad total y el valor total contratado, las cantidades y el valor ejecutado hasta el mes anterior, y en el período en consideración, la cantidad y el valor acumulado hasta la fecha. Estos documentos se elaborarán según el modelo preparado por la fiscalización y serán requisito indispensable para tramitar la planilla correspondiente. Si el Contratista no presentare la planilla con la oportunidad indicada, se considerará que hay xxxx de su parte y se aplicarán los reajustes de precios a la fecha en que debió haberse presentado.
En cada planilla de obra ejecutada, el Fiscalizador calculará el reajuste de precios provisional, aplicando las fórmulas de reajuste que se indican en el contrato con los índices disponibles a la fecha, y este valor constituirá parte de la planilla. Tan pronto se notifique el pago de una planilla y se disponga de los índices de precios a la fecha de pago, la fiscalización reliquidará el reajuste y los valores que resulten por esta causa se pagarán al Contratista con la liquidación final de la planilla.
Si existieran discrepancias entre las planillas presentadas por el Contratista y las cantidades de obra calculadas por la fiscalización, ésta notificará al contratista las discrepancias encontradas. Si no se receptara respuesta, dentro de los cinco (5) días siguientes a la fecha de la notificación, se entenderá que el Contratista ha aceptado la liquidación hecha por la
fiscalización y se dará trámite al pago. Cuando se consiga un acuerdo sobre tales divergencias, se procederá como se indica en el último inciso del numeral 3.9.2
El formulario de la planilla deberá dejar suficiente espacio al final, para que el Fiscalizador anote las divergencias encontradas, el monto corregido de la planilla y sus correspondientes descuentos.
El reajuste de precios por variaciones en los costos de construcción se determinará de acuerdo con las fórmulas polinómicas de reajuste de precios.
El Contratista podrá solicitar reajuste de precios en la parte de la obra aún en ejecución que, de acuerdo al cronograma y al plazo contractual, le faltare por concluir.
La parte de la obra que se encontrare en retardo injustificado, no tendrá derecho a reajuste de precios.
El Contratista se obliga a ejecutar, terminar y entregar la obra a satisfacción de la Contratante, en el plazo estipulado en su oferta.
3.10 RECEPCIÓN DE LA OBRA
3.10.1 RECEPCIÓN PROVISIONAL
Cuando los trabajos que forman parte del contrato hayan sido terminados en todas sus partes, incluyendo las limpiezas finales, previa solicitud del Contratista, se procederá a verificar y probar las obras, y si no se hallaren defectos o mala ejecución, se levantará el Acta de Entrega - Recepción Provisional.
3.10.2 RECEPCIÓN DEFINITIVA
Una vez que los trabajos que forman parte del Contrato han sido recibidos en forma provisional, se haya superado las observaciones de la recepción provisional y una vez transcurrido el período de prueba convenido en el mismo Contrato de Construcción, se procederá a suscribir el Acta de Entrega - Recepción Definitiva y a la devolución de las garantías respectivas.
3.11 FISCALIZACIÓN
3.11.1 DEBERES DE LA FISCALIZACIÓN
El objeto principal de la fiscalización es la vigilancia del fiel y estricto cumplimiento de las cláusulas del contrato de construcción, a fin de que el proyecto se ejecute de acuerdo a sus diseños definitivos, especificaciones técnicas, programas de trabajo, recomendaciones de los diseñadores y normas técnicas aplicables.
El Fiscalizador debidamente designado, actúa a nombre y en representación de la Contratante en la ejecución del contrato y cuenta con las atribuciones que se indican más adelante, a parte de las indicadas en los demás documentos del contrato, siendo por lo tanto responsable por cualquier omisión, descuido o negligencia en el cumplimiento de sus funciones. El Contratista aceptará y colaborará con las tareas y el personal de la fiscalización.
3.11.2 ATRIBUCIONES DEL FISCALIZADOR
Para que las obras puedan ejecutarse dentro de los plazos acordados y con los costos programados, a la fiscalización se le asigna, entre otras, las siguientes funciones:
-Aprobar los programas y cronogramas actualizados, presentados por el contratista y evaluar mensualmente el grado de cumplimiento de los programas de trabajo.
-Sugerir durante el proceso constructivo la adopción de las medidas correctivas y/o soluciones técnicas que se estimen necesarias en el diseño y construcción de las obras, inclusive aquellas referidas a métodos constructivos.
-Medir las cantidades de obra ejecutadas y con ellas verificar y certificar la exactitud de las planillas de pago, incluyendo la aplicación de fórmulas de reajuste de precios.
-Examinar los materiales a emplear y controlar su buena calidad y la de los rubros de trabajo, a través de ensayos de laboratorio, pruebas en sitio o certificados de calidad.
-Resolver oportunamente las dudas que surgieran en la interpretación de los planos, especificaciones, detalles constructivos y sobre cualquier asunto técnico relativo al proyecto, conjuntamente con la Dirección Arquitectónica y previa aprobación de las autoridades universitarias.
-Preparar mensualmente los informes de fiscalización para la Contratante, que contendrán por lo menos la siguiente información: Estado del proyecto en ejecución, atendiendo a los aspectos contractuales, económicos, financieros y avance de obra (cantidades de obra y volúmenes acumulados); cumplimiento de las obligaciones contractuales respecto a personal y equipo del contratista y monto de las multas que por este concepto pudieran haber; condiciones climáticas de la zona del proyecto; cumplimiento del contratista y recomendaciones al respecto; multas, sanciones, suspensiones y otros aspectos importantes del proyecto.
-Calificar al personal técnico del constructor y disponer justificadamente el reemplazo del personal que no satisfaga los requerimientos necesarios.
-Comprobar periódicamente que los equipos sean los requeridos contractualmente según el cronograma vigente y que se encuentren en buenas
condiciones de uso.
-Anotar en el libro de obra (que permanecerá bajo su custodia y responsabilidad), las observaciones, instrucciones o comentarios que en su criterio deben ser considerados por el contratista para el mejor desarrollo de la obra. Aquellos que tengan especial importancia se consignarán adicionalmente por oficio regular.
-Participar en las recepciones provisional y definitiva informando sobre la calidad y cantidad de los trabajos ejecutados, la legalidad y exactitud de los pagos realizados;
-Exigir al contratista el cumplimiento de las leyes laborales y del reglamento de seguridad industrial.
Cuando la fiscalización, durante la ejecución de la obra y hasta la recepción definitiva de la misma, advirtiera vicios de construcción, dispondrá que el Contratista proceda a corregir los defectos observados incluyendo la demolición total y el reemplazo de los trabajos mal ejecutados o defectuosos y le concederá un plazo prudencial para su realización. A la expiración de este plazo, o antes, si el Contratista lo solicitare, se efectuará un nuevo reconocimiento; si de éste resultare que el contratista no ha cumplido con las órdenes emanadas, se podrá ejecutar por cuenta del Contratista los trabajos necesarios, a fin de corregir los defectos existentes, no eximiéndole de las responsabilidades o multas en que hubiera incurrido por incumplimiento del contrato.
3.11.3 SUSPENSIÓN DE LOS TRABAJOS
La fiscalización solicitará al titular de la Contratante, disponga la suspensión de una parte o de la totalidad de la obra, en cualquier momento y por el período que considere necesario, en los siguientes casos:
a) Si las medidas de seguridad adoptadas por el contratista son insuficientes o inadecuadas para proteger la vida de personal o la integridad de las instalaciones o partes ya construidas.
b) Por desorganización del contratista, negligencia en la conducción de los trabajos y/o empleo de sistemas inadecuados.
c) Cuando el contratista no acate las órdenes impartidas por la fiscalización; si no emplea personal y equipo en la cantidad y calidad requeridas, o no utiliza métodos de construcción establecidos, o se niega a sustituir al personal objetado.
En caso de reiterado incumplimiento, la Contratante podrá dar por terminado unilateralmente el contrato.
Las suspensiones ordenadas por las causas antes anotadas no darán origen a
pagos adicionales o indemnizaciones al Contratista, ni a prórroga de plazo.
El Contratista podrá interrumpir las actividades por causas de fuerza mayor o caso fortuito, debidamente comprobadas o por falta de entrega oportuna del anticipo contractual, o de planos, diseños, del proyecto, etcétera, por parte de la Contratante. Las interrupciones por estos motivos darán lugar a ampliación del plazo del contrato.
3.12 COMUNICACIONES
3. 12.1 FORMA
Todas las comunicaciones entre las partes serán formuladas por escrito y por triplicado. Todas las comunicaciones serán numeradas en orden continuo y serán efectivas a partir de la fecha de su recibo.
3.12.2 DE LA CONTRATANTE
La Contratante comunicará los órdenes y recomendaciones al Contratista por escrito, utilizando el Libro de Obra. Si se considerare del caso, también se las realizará a través de oficios que serán numerados.
3.12.3 DEL CONTRATISTA
Las comunicaciones del Contratista a la Contratante se efectuarán utilizando el Libro de Obra, incluyendo los informes de visita que la Contratante o sus representantes efectúen a la obra. Si se lo considera del caso, también se las podrá realizar a través de carta, que será referenciado en el libro de obra.
3.13 AL TERMINAR
3.13.1 FORMA
Al terminar las obras, y como condición necesaria para la aceptación de los trabajos, el Contratista deberá desmantelar y retirar del área del proyecto los equipos de construcción, materiales no utilizados, desperdicios o basura y todos los objetos de su propiedad y/o que haya utilizado durante la ejecución de los trabajos.
4 PLAZOS
4.1 ORIGINAL
El Contratista deberá completar la totalidad de las obras dentro del plazo estipulado y constante en el Contrato, siguiendo el plan de construcción y cronograma presentados.
El período de ejecución será adicionado por las prórrogas que la Contratante apruebe conceder al Contratista de conformidad en lo señalado en el numeral 4.2.
El plazo total de la ejecución comenzará a contarse desde la entrega del anticipo por parte de la Contratante con la respectiva entrega de las garantías por parte del Contratista, hasta la fecha de la firma del Acta de Entrega- Recepción Provisional.
4.2 PRÓRROGAS
Las prórrogas de plazo contractual serán aceptadas por la Universidad únicamente por fuerza mayor, caso fortuito o algún otro motivo debidamente justificado.
La Contratante autorizará prórroga en los plazos establecidos para la terminación de los varios elementos de la obra, con sujeción a lo dispuesto en estas Disposiciones Generales y siempre y cuando el Contratista presente por escrito la justificación de su pedido dentro de un período no mayor a (15) días de ocurrido el hecho.
4.3 SUSPENSIÓN DE OBRA
4.3.1 TEMPORAL:
Por causas técnicas justificadas o incumplimiento de cualquier parte del contrato, la Contratante podrá ordenar al Contratista la total o parcial suspensión de la obra, por el período de tiempo que considere necesario. La Contratante hará estas notificaciones por escrito e indicando, cuando sea posible, la duración exacta de la suspensión ordenada.
La Contratante podrá ordenar al Contratista la suspensión de cualquier trabajo que pueda recibir daños por condiciones climáticas que afecten la obra.
El Contratista podrá ser autorizado para interrumpir los trabajos temporales, en presencia de condiciones de fuerza mayor. El Contratista deberá indicar a la Contratante la magnitud de la suspensión considerada y confirmar cuando haya desaparecido la causa que motivó la suspensión, con indicación de las fechas de suspensión y reanudación de los trabajos.
4.3.2 DEFINITIVA
- La Universidad podrá unilateralmente dar por terminado el Contrato sin perjuicio de lo establecido en la Ley, mediante comunicación
dirigida al Contratista, hacer efectivo el valor de las garantías y demandar el pago de daños y perjuicios en los casos constantes en el Contrato, cláusula vigésimo primera: terminación del contrato.
4.4 COMPLEMETARIOS
Cuando se celebren contratos complementarios para continuar, ampliar, modificar o complementar la obra contratada, la Contratante y el Contratista se pondrán en común acuerdo sobre los nuevos plazos y precios para la terminación del proyecto contratado y de las obras complementarias.
5. CONTROVERSIAS Y RECLAMOS
Todo reclamo que el Contratista tenga, por razón de acciones u omisiones o por decisiones de la Contratante en relación con la ejecución de los trabajos de esta obra, deberá ser presentado por escrito; La Universidad verificará la información disponible, pidiendo información adicional si fuere necesario y suministrando aclaraciones al Contratista.
El Contratista tendrá derecho a solicitar a la Contratante la revisión de las decisiones de la fiscalización referentes al contenido de los planos y a la interpretación de las especificaciones.
6. SANCIONES Y MULTAS
En lo referente a sanciones y multas que deban ser aplicadas al Contratista, la Contratista determinará las mismas de acuerdo a los incumplimientos de los plazos estipulados en el contrato principal y/o en los contratos complementarios que se llegaren a celebrar.